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GOBIERNO DE CHILE GOBIERNO REGIONAL DE TARAPACÁ DIVISIÓN DE ANÁLISIS Y CONTROL DE GESTIÓN DEPARTAMENTO DE INVERSIONES MANUAL DE RENDICIONES FIC- FNDR Manual de Rendiciones Fondos de Innovación para la Competitividad (FIC) F.N.D.R.

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GOBIERNO DE CHILE GOBIERNO REGIONAL DE TARAPACÁ

DIVISIÓN DE ANÁLISIS Y CONTROL DE GESTIÓN DEPARTAMENTO DE INVERSIONES

MANUAL DE RENDICIONES FIC- FNDR

Manual de Rendiciones

Fondos de Innovación para la Competitividad (FIC)

F.N.D.R.

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DIVISIÓN DE ANÁLISIS Y CONTROL DE GESTIÓN DEPARTAMENTO DE INVERSIONES

MANUAL DE RENDICIONES FIC- FNDR

1. PRESENTACIÓN

El presente Manual establece las normas y orientaciones que regularán las

rendiciones de las transferencias del Fondo de Innovación para la Competitividad (FIC), por

parte del Gobierno Regional de Tarapacá a las organizaciones privadas o públicas según sea el

caso.

La Ley de Presupuestos Sector Público para cada año, del Ministerio del Interior, SUBDERE,

Provisión Programa Fondo de Innovación para la Competitividad FIC, según Glosa, permite al

Gobierno Regional asignar los recursos correspondientes a esta provisión a las siguientes

instituciones elegibles:

i. Agencias Ejecutoras, constituidas por la Corporación de Fomento de la Producción,

CORFO; el Comité Innova Chile de CORFO; el Comité Innova Bío-Bío de CORFO; la

Fundación para la Innovación Agraria, FIA; la Comisión Nacional de -Investigación

Científica y Tecnológica, CONICYT, el Programa Iniciativa Científica Milenio o ICM.

ii. Las Corporaciones Regionales, constituidas con participación del Gobierno Regional que

suceden o reemplazaron a las Agencias Regionales de Desarrollo Productivo.

iii. Entidades Receptoras, que corresponden a Universidades estatales o reconocidas por el

Estado o, aquellas instituciones incorporadas en el Registro de Centros para la realización

de actividades de I+D+i establecidas en la Ley N° 20.241, y las instituciones que cumplan

con los requisitos exigidos en el Decreto N° 68, de 23 de febrero de 2009, del Ministerio de

Economía, Fomento y Reconstrucción, y sus modificaciones.

2. DEFINICIONES

Para la correcta interpretación de este Manual, se entenderá por:

Gobierno Regional: Es el servicio público creado por la Ley Nº 19.175.- Orgánica

Constitucional sobre Gobiernos y Administración Regional, para estos efectos en lo tocante a

la I Región de Tarapacá, que tiene como naturaleza, función y objetivo la administración superior

de la región con la finalidad de lograr el desarrollo social, cultural y económico de

Tarapacá sujetos al principio de desarrollo armónico y equitativo. El Gobierno Regional

está constituido por la autoridad unipersonal del Intendente Regional y la autoridad colectiva

del Consejo Regional.

Concurso: Es el llamamiento público, previamente acordado por el Consejo del

Gobierno Regional, en que se pone en conocimiento del público interesado los

antecedentes, bases y demás condiciones de participación de los interesados en obtener un

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financiamiento para el desarrollo de la Innovación y Competitividad en la Región de Tarapacá.

Plazos: Es el lapso de tiempo contabilizado en días, que precisa la época en que los

interesados deben presentar los antecedentes requeridos para rendir sus

gastos.

3. RENDICIÓN TÉCNICAS Y FINANCIERAS

En el caso de los Servicios Públicos, la Entidad Ejecutora deberá presentar rendiciones

mensuales, de carácter técnico y financiero dentro de los quince (15) días hábiles administrativos

del mes siguiente a la que se informa incluso respecto de aquellos meses en que no exista

inversión de los fondos traspasados.

En el caso de personas o entidades del Sector Privado, la Entidad Ejecutora deberá

presentar rendiciones de cuentas en los plazos señalados en el respectivo acto que apruebe la

transferencia. Si este nada dice, la rendición deberá ser mensual. Dentro de los 15 primeros días

hábiles administrativos del mes siguiente al que se informa.

Para todos los efectos y sin perjuicio a lo señalado en el párrafo anterior, todas las

rendiciones generadas por las entidades ejecutoras del proyecto, estarán sujetas a lo establecido

en la Resolución Nº 30 de la Contraloría General de la República de fecha 11 de marzo de 2015, la

cual fija normas de procedimientos sobre rendición de cuentas.

De esta forma, se deberá emitir un Informe Técnico Mensual (Anexo N° 8) y un Informe

de Rendición de Cuentas Mensual los cuales deberán ser remitidos en forma física, digital y por

separado a nombre del Intendente Regional de Tarapacá con atención a;

* División de Planificación y Desarrollo, DIPLAD (Informe Técnico)

* División de Análisis y Control de Gestión, DACOG (Informe Financiero)

Sobre lo anterior, los informes de cada proyecto FIC deberán ser enviados además en

formato digital a la División de Planificación y Desarrollo (Informe Técnico) y la División de Análisis

y Control de Gestión (Informe de Rendición y Gastos).

Una vez revisados los Informes Financieros por la División de Análisis y Control de Gestión,

el Gobierno Regional de Tarapacá deberá informar mediante Oficio a la Entidad Ejecutora sobre:

o Gastos Rendidos.

o Gastos Aprobados.

o Gastos Observados y los motivos de su observación.

o Saldos por Rendir

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Al momento de responder las observaciones, la Entidad Ejecutora deberá informar de

manera clara las respuestas a cada una de los gastos observados, haciendo referencia al N°

Correlativo del Gasto indicado en la planilla “Detalle de Rendición de Cuentas”. Los respaldos

adjuntos al Informe de Respuesta a Observaciones también deberán indicar el N° Correlativo del

Gasto.

En relación a los Gastos Observados, cabe destacar que la Entidad Ejecutora contará con

un plazo de diez días hábiles para la subsanación de dichas observaciones. Todo gasto observado,

que tenga una data mayor a dos meses, se dará por rechazado.

Respecto a los avances técnicos, la División de Planificación y Desarrollo (DIPLAD) será la

encargada de evaluar el cumplimento de los objetivos técnicos y resultados del proyecto. Para

esto, la DIPLAD emitirá, semestralmente a la Entidad Ejecutora, un Informe Técnico con un análisis

al desarrollo del proyecto, resultando en observaciones técnicas que la Entidad Ejecutora deberá

responder, si las hubiere, en el siguiente informe de avance. Posteriormente, la División de

Planificación tendrá un plazo de 60 días, desde la recepción del Informe de Avance de la Entidad

Ejecutora, para informar el levantamiento de las observaciones, si las hubiere. En caso que, las

observaciones no sean subsanadas por la Entidad Ejecutora o existan alcances pendientes

respecto del avance técnico, y las cuales afecten los objetivos, resultados o naturaleza del

proyecto, la División de Planificación y Desarrollo informará de la situación a la División de Análisis

y Control de Gestión de la situación con el objetivo de generar las gestiones pertinentes.

En el caso de No Existir avance en la ejecución técnica y/o generación de gastos en uno o

más meses por parte del proyecto, la institución responsable de ejecutar la iniciativa deberá emitir

el informe correspondiente al mes sin ejecución indicando la leyenda “Sin Movimiento” y motivos

que generó la No ejecución.

Para todos los efectos administrativos y de seguimiento de los proyectos se considera como

fecha de ingreso, tanto para el informe técnico y financiero, la consignada por la oficina de

partes del Gobierno Regional de Tarapacá.

Las Entidades Privadas deberán rendir las transferencias otorgadas mediante respaldos

originales.

4. ITEMS PRESUPUESTARIOS

Para todo efecto, el monto máximo total a financiar del proyecto corresponderá al

solicitado a la Provisión Fondo de Innovación para la Competitividad (FIC) por parte del

Ejecutor, sin perjuicio del monto que apruebe y/o asigne el Consejo Regional de Tarapacá.

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En el caso, que el proyecto cuente con Aportes Propios, estos deben ser especificados en

el presupuesto presentado y rendidos paralelamente y en el mismo formato utilizados para la

rendición del Fondo de Innovación.

4.1.- Los Gastos autorizados en las iniciativas que presenten las Universidades y Centros de

I+D+i, serán los siguientes:

a) Recursos Humanos: Se deberá presupuestar los gastos correspondientes a las

remuneraciones y honorarios de personas naturales, correspondiente al personal técnico y

profesional contratado por el ejecutor, vinculados directamente a las actividades del

proyecto. De acuerdo a la naturaleza del proyecto este ítem debe dar cumplimiento y

reflejar el cargo, funciones, perfil, responsabilidades, acciones correspondientes, y

específicamente a las horas destinadas al proyecto.

Los gastos asociados a este ítem no deberán superar el 50% del costo total del proyecto,

porcentaje que puede ser distinto conforme a la naturaleza del proyecto y debidamente

evaluado y observado por la Comisión de Evaluación.

b) Gastos de Contratación de programa: En el presente Ítem, se deberán incorporar y

presupuestar todos los gastos directos de operación asociados a la ejecución y apoyo del

proyecto, que permitan generar las condiciones mínimas necesarias tanto para su

desarrollo, cumplimiento de objetivos y obtención de los productos comprometidos.

c) Gastos de Inversión: Consiste principalmente en adquisición de bienes de activo fijo

destinado a la realización de actividades necesarias para lograr los objetivos del proyecto.

Estos gastos deberán justificarse en relación a su vinculación con el proyecto, tales como:

maquinarias y/o instrumental de uso genérico, equipamiento tecnológico, instalaciones,

computadores, software, derechos de propiedad intelectual e industrial, entro otras. Los

gastos de Bienes y Servicios que no existan en el mercado nacional deberán ser

autorizados por el Gobierno Regional.

d) Difusión y Transferencia Tecnológica: Se deberá presupuestar los gastos destinados a

financiar implementación de la difusión y transferencia tecnológica de resultados del

proyecto. Se pueden considerar las siguientes partidas: publicaciones, distribución y toda

contratación de servicio relacionada con la difusión y transferencia.

e) Gastos de Administración: Los gastos asociados a este ítem no deberán superar el 5%del

total de la transferencia (de acuerdo a lo establecido en la Glosa 5.2), los cuales deberán

ser rendidos con una factura original a nombre del Gobierno Regional de Tarapacá con la

siguiente glosa: “Gastos Administrativos” correspondientes a la ejecución del programa

(Nombre del Programa), Código BIP (Número Código BIP)”

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Cada uno de los ítems indicados anteriormente, deberán estar desglosados en partidas

presupuestarias, debidamente cuantificadas, conforme al Flujo Financiero (Anexo N°4) y así mismo

señalar el objetivo del gasto.

Sin perjuicio de lo anterior, estas partidas podrán ser ampliadas o modificadas de acuerdo a las

necesidades de cada iniciativa.

Nota 1: Los gastos que se incurran en las partidas anteriores deberán regirse por los Principios de

Transparencia, Economía y Racionalidad del Gasto.

Nota 2: El presupuesto deberá ser presentado en moneda nacional.

Nota 3: El presupuesto deberá ser presentado en pesos y no en miles de pesos.

Nota 4: Cada sub Ítem contenido en los partidas anteriormente descritas, deben explicar los

gastos en los cuales se incurrirán.

5. RESTRICCIONES E INHABILIDADES.

Los servicios no entregarán nuevos fondos a rendir, sea a disposición de unidades internas o a

cualquier título a terceros, cuando la rendición se haya hecho exigible y la persona o entidad

receptora no haya rendido cuenta de la inversión de cualquier fondo ya concedido, salvo en casos

debidamente calificados y expresamente fundados por la unidad otorgante, según Resolución

N°30/2015 de la Contraloría General de la República.

6. RESTRICCIÓNES TÉCNICAS Y FINANCIERAS DEL PROCESO

Para todos los efectos, los proyectos que postulen al fondo deberán dar cumplimiento a las

siguientes restricciones tanto técnicas y financieras;

- Cada iniciativa no puede presentar más de dos cargos directivos (por ejemplo Coordinador

General, Director de proyecto, Director adjunto, Jefe Proyecto, y Jefe técnico de Proyecto,

entre otros).

- Los proyectos deben propender a la contratación de profesionales y técnicos de la Región,

según los requerimientos de la iniciativa y disponibilidad en ella.

- El ítem RRHH No debe superar un 50% del presupuesto total del proyecto a financiar,

porcentaje que puede ser distinto conforme a la naturaleza del proyecto y debidamente

evaluado y observado por la Comisión de Evaluación.

- En el proceso de evaluación se analizará las HH de dedicación al proyecto de cada

profesional, con la cual el Gobierno Regional según corresponda y naturaleza del proyecto,

podrá solicitar a la institución (en caso de ser necesario) la modalidad de contratación del

postulante, a fin de garantizar la dedicación al logro de los resultados del proyecto.

- Se permiten subcontrataciones asociadas a la ejecución de los objetivos y/o acciones solo

hasta el 25%del monto total del proyecto, para lo cual el ejecutor debe presentar; y/o

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nómina de profesionales y/o perfil del profesional, horas de trabajo, y/o flujograma de

costos detallado, productos, plan de trabajo y actividades asociadas.

- Las instituciones ejecutoras y/o las vinculadas a ella no pueden subarrendar al proyecto o

a sí mismas recursos físicos, los cuales deben ser considerados y valorizados como aportes

propios.

- Una vez iniciada la ejecución del proyecto la entidad ejecutora debe presentar los

antecedentes curriculares de los RRHH (según requerimiento del desarrollo del proyecto)

señalando las horas comprometidas en el proyecto y en otros proyectos donde el

profesional se encuentre contractualmente relacionado.

- Para una administración clara y transparente del recurso humano que trabajará en el

proyecto, durante su ejecución la DACOG solicitará, según corresponda, un instrumento

para el seguimiento de este aspecto.

- El proyecto deberá contar con un profesional definido específicamente para las labores de

tipo administrativo contable, que responda los requerimientos financieros del Gobierno

Regional.

- Se debe adjuntar Carta Compromiso (original) de recursos adicionales de Terceros,

documento que indica el compromiso de aportar recursos adicionales, tanto sectoriales,

privados, u otros, pecuniarios y/o valorizados, indicando bajo qué condiciones se aplicarán

estos recursos. Este documento se debe adjuntar en el formulario de postulación del

proyecto, ítem presupuesto recursos adicionales (según corresponda).

- Las instituciones que no cuenten con sede regional deberán instalar u/o habilitar una

oficina del proyecto, debiendo estar en ejercicio permanente con un profesional y

secretaria. Este requisito debe ser abordado y expresado en el proyecto mediante la

voluntad de instalar una oficina. Posteriormente, esta condición será validada de forma

administrativa y operativa por la División de Análisis y Control de Gestión (DACOG) desde

la entrega de los recursos y durante el tiempo de duración del Convenio suscrito con la

entidad ejecutora de la Iniciativa.

Adquisiciones que no podrán ser financiadas con Fondos FIC:

• Inversión en equipamiento y/o bienes no determinantes para la ejecución del

proyecto.

• Compra de inmuebles (por ejemplo: terreno, casa, departamentos u otros).

• Construcción de obras civiles y edificios; a excepción de adecuación y/o ampliación de

edificaciones estrictamente necesarias para el desarrollo del proyecto.

• Compra de vehículos motorizados.

• Compras que no cumplan con los principios de economía, (Bienes y Servicios

considerados como un lujo).

• Gastos que son rendidos con documentos que no se encuentran especificados en el

Manual de rendiciones.

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• Gastos que no sean pertinentes para la ejecución de actividades del proyecto, como

por ejemplo, multas, cobros de intereses bancarios, vales de estacionamiento,

propinas, entre otros.

• Compras de bebidas alcohólicas.

• Gastos no considerados en el Proyecto Aprobado.

• Gastos considerados excesivos en relación a lo planificado y presupuestado que no

cuenten con justificación.

• Gastos que no corresponden a ítems financiables por el FIC Regional.

• Gastos no debidamente documentados o respaldados.

• Gastos realizados con anterioridad o posterioridad al periodo de vigencia del proyecto.

• Gastos declarados en anexos que no adjunten el respaldo correspondiente.

• Aportes a Empresas, Universidades, Institutos profesionales, canales de Televisión, o

cualquier otro medio de comunicación social.

• Para las actividades a ejecutar no podrán ser proveedores y prestadores de servicios

en la entidad postulante a la subvención el Representante Legal o Ejecutor de ésta.

• Boletas de venta relacionadas con gastos personales que no corresponden al

proyecto(colaciones y/o refrigerios que no están consideradas dentro del

proyecto, artículos personales, etc.)

• Boletas de gasto de combustible para vehículos particulares.

• Acciones publicitarias, de propaganda y/o gastos de difusión asociadas a las labores

propias de la entidad ejecutora, y no relacionadas directa o exclusivamente a las

actividades financiadas para el proyecto tales como gastos asociados a propaganda

electoral o semejante.

• Y todo lo que no esté aprobado en el proyecto.

7. DE LA PRESENTACIÓN

La presentación de la rendición deberá efectuarse en los formatos establecidos por el Gobierno

Regional. Éstos NO podrán ser intervenidos.

8. DEL RESPALDO

Toda rendición debe ser acompañada del documento original para instituciones del

sector privado y para el sector público fotocopia legible que valida el gasto y autoriza el pago

tales como: facturas, boletas de honorarios, contratos, informes técnicos y todo documento

asociado al gasto debe ser legible. Los documentos deben ser a nombre de la Institución

beneficiaria del proyecto. En la Planilla “Detalle de Rendición de Cuentas”, columna

“Detalle/Concepto”, se deberá indicar el motivo de la compra, las razones que dieron origen al

gasto.

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En cada presupuesto detallado de la rendición de cuentas, y por tipo de gasto, se debe colocar una

hoja en blanco adosando todos las boletas, facturas, entre otros. En el caso de presentar una

boleta de venta y ésta no contemple la descripción del gasto, entonces, debe señalar con letra

manuscrita debajo del documento el detalle del gasto.

IMPORTANTE: Todo documento de respaldo deberá contener como mínimo fecha, detalle,

institución, etc., de lo contrario será observado hasta que aclaren dicha situación.

No serán validados aquellos gastos que contengan como respaldo, órdenes de compra,

recibos de dinero o cualquier otro tipo de documento que no acredite la adquisición de un bien o

servicio. Sólo para el ítem de movilización se aceptarán recibos de la empresa de taxi que realice el

traslado.

8.1 DE LAS BOLETAS DE HONORARIOS

En el caso de las boletas de honorarios, éstas deben venir acompañadas de los siguientes

antecedentes:

• Boleta de Honorarios

• Convenio de honorarios el cual debe señalar a lo menos la fecha de ingreso, funciones y

vigencia de éste (este convenio se debe adjuntar sólo cuando se rinda el primer pago, si

existe algún anexo de convenio, se debe adjuntar cuando corresponda). Cabe destacar

que los Convenios de Honorarios deben ser emitidos con fecha anterior al inicio de las

actividades del profesional, éste no puede ser emitido de forma retroactiva.

• Informe de desempeño firmado por las partes, el cual debe indicar a lo menos el nombre

del profesional, número de boleta, período de la actividad y funciones realizadas. (Ver

Anexo N° 3).

• Comprobante contable con la firma de la persona responsable de la información, además

del nombre, rut y firma de la recepción del pago.

• Formulario N°29 emitido por el Servicio de Impuestos Internos.

• Libro de Honorarios mensual en formato PDF en digital o físico, el cual debe tener

destacadas las boletas correspondientes a la rendición, en el caso de ser presentado en

forma física, éste deberá venir firmado por el responsable de la información.

Cabe destacar que la boleta de honorarios debe indicar en su glosa el nombre del proyecto y mes

de actividad.

La no presentación de alguno de los antecedentes descritos dará origen a la observación del gasto

rendido hasta el momento en que dicha situación se regularice.

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8.2 LA RENDICIÓN DE SUELDOS BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATOS A TRAVÉS CÓDIGO

DEL TRABAJO

En caso de las liquidaciones de sueldo están deben ser acompañadas por:

• Liquidación de Remuneraciones firmada por las partes

• Contrato de trabajo

• Informe de actividades mensuales firmado por el profesional y el director del proyecto.

• Detalle del pago de cotizaciones previsionales

• Adendum en caso de modificación de contrato.

En caso de pago de remuneraciones por concepto de funciones FIC, incorporadas en la

liquidación de sueldos, éstas deberán adjuntar:

• Adendum al contrato de trabajo en el caso de modificación de éste, en el cual señale los

ingresos, funciones y vigencia por el trabajo que realizará por concepto del proyecto FIC

aprobado.

• La Liquidación de Remuneraciones debe indicar el monto cancelado por concepto del

proyecto FIC, en el caso que esto no pueda estar señalado en la Liquidación de

Remuneraciones, se deberá emitir un Certificado que acredite el monto y el concepto del

proyecto FIC aprobado.

• Tener como respaldo un informe mensual de las actividades realizadas asociadas al pago,

firmado por el profesional y el director del proyecto.

8.3 DE LAS FACTURAS.

En caso de compras mediante facturas, éstas deben venir acompañadas de los siguientes

antecedentes:

• Factura, ésta debe indicar en su glosa el servicio y actividad del proyecto al cual

corresponda.

• Contrato entre las partes en el caso de facturas por servicios.

• Comprobante contable con la firma, nombre y rut de la recepción del pago.

• Para las compras cargadas al ítem “Difusión y Transferencia Tecnológica”, además se

deben adjuntar respaldos fotográficos y en el caso de gastos por capacitaciones, se deben

adjuntar, listas de asistencia y programas de capacitaciones.

8.4 DE LAS BOLETAS DE VENTA

• Se aceptarán boletas de ventas por montos iguales o inferiores a $25.000.-, de lo contrario,

el gasto deberá avalarse con factura.

8.5 DE OTROS RESPALDOS

• Todos los equipos, materiales, entre otros y todas las actividades realizadas deben ser

respaldados en fotografías, medio que permitirá aceptar o reprobar el gasto.-

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• Listado de asistencia con la firma de cada uno de los participantes en el caso de las

capacitaciones, y de todas las actividades realizadas.

• Para gastos por conceptos de pasajes aéreos o terrestres se solicita adjuntar informe del

viaje con la información de éste o bien, esta información debe estar incorporado en el

viático.

• Aquellos proyectos que tengan aprobados gastos por concepto de viáticos, se solicitará lo

siguiente:

o Para Entidades Públicas: éstas deben regirse por la tabla de viáticos del sector

público.

o Para Entidades Privadas: los gastos deberán ser rendidos detalladamente mediante

los respaldos autorizados (facturas, boletas, etc.) y cada uno de éstos no podrá

superar el monto indicado en la tabla de viáticos del sector público en Grado 4.

• Se considerará como “Viático” los gastos por concepto de alimentación y alojamiento, y

bajo este concepto, se deberán rendir a través de una Solicitud de Cometido Funcionario,

en el caso que el proyecto cuente con el ítem “Viáticos” dentro del presupuesto aprobado.

• Todas las adquisiciones de Bienes y Servicios deben ser respaldado de la siguiente forma:

o Para el sector Público, deben ceñirse bajo el Sistema de Compras Públicas para

compras sobre 3 UTM.

o Para el sector Privado deben tener asociados Órdenes de Compra y Contratos

cuando corresponda la adquisición de Servicios, tales como consultorías, pago a

profesionales, entre otros.

• Envío de rendición en formato digital, adjunto al Informe Financiero

9. DE LA DEVOLUCIÓN DE DOCUMENTOS

Los documentos originales, ya sean facturas, boletas de venta y/o boletas de honorarios y

otros, presentados en las rendiciones de gastos, no serán devueltos a las instituciones privadas.

10. ÍTEMS QUE SERÁN FINANCIADOS

Los recursos transferidos deben ser invertidos y/o utilizados exclusivamente, en los fines

para los cuales fueron asignados y aprobados por Resolución del Intendente, y de

acuerdo a la aprobación del Consejo Regional de Tarapacá, bajo la definición del

proyecto entregado por la institución y por el convenio de transferencias de recursos.

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11. DEFINICIONES DE GASTOS

GASTOS ACEPTADOS: Son aquellos gastos rendidos en actividades contenidas en el proyecto

aprobado que han sido ratificados después del análisis del gasto por parte de los profesionales de

la DACOG.

GASTOS OBSERVADOS: Son aquellos gastos rendidos que requieren una justificación, respaldo y/o

información adicional. Los gastos observados por la DACOG son comunicados vía Oficio a la

Unidad Técnica.

Posteriormente y una vez recibidas las aclaraciones, el gasto puede quedar en calidad de aceptado

o rechazado.

GASTOS RECHAZADOS: Son aquellos gastos declarados y rendidos que no se consideran

pertinentes en la ejecución de actividades del proyecto; que no se condicen con el presupuesto

aprobado; que no se ajustan a los Principios de Transparencia, Economía y Racionalidad del Gasto,

que no estén debidamente respaldados o bien que su monto sobrepase el total aprobado para la

partida en la cual se esté cargando, o bien que tengan una data de más de dos meses observados,

entre otros.

12. DE LA DEVOLUCIÓN DE DINEROS

En el caso que el proyecto no sea ejecutado, o que éste se efectúe parcialmente, o que la

Institución responsable lo altere, en cuanto al objetivo, presupuesto y/o adquisición de productos

o servicios no contemplados en el proyecto aprobado, sin haber informado y solicitado la

modificación al Gobierno Regional, antes de hacerlo efectivo, deberá devolver total o

parcialmente los fondos al Gobierno Regional, con una carta dirigida al Intendente. De hacer caso

omiso a este punto, el Gobierno Regional está facultado para realizar una o todas las siguientes

acciones:

1. L

as acciones legales que correspondan por incumplimiento de Convenio

2. I

nhabilitación de postulaciones futuras

3. E

jecución de Boleta de Garantía, Vale vista o Pagaré.

El saldo generado por todas las razones enunciadas en los puntos anteriores, debe

depositarse en la Cuenta Corriente Nº 01309107850, Banco Estado, a nombre del Gobierno

Regional de Tarapacá. El comprobante de dicho depósito, deberá ser enviado al Gobierno

Regional, en caso contrario, no será considerado en la rendición.

13. DEL CONTROL DE LOS PROYECTOS

Le corresponderá al Gobierno Regional el control de la ejecución Técnico - Financiero de los

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proyectos FIC, sin perjuicio de las facultades que la ley, en esta materia, entrega al Consejo Regional.

El Gobierno Regional se reserva el derecho de efectuar las supervisiones y fiscalizaciones en

terreno al desarrollo de las actividades con el fin de garantizar el fiel cumplimiento de los

objetivos del proyecto.

14. DE LA DIFUSIÓN (COPIAR LO QUE SE INDIQUE EN LAS BASES)

15. DE LA NO RENDICIÓN DE LOS PROYECTOS

El Gobierno Regional de Tarapacá no podrá transferir nuevos recursos, a instituciones que tengan

cuentas pendientes posteriores al término de la vigencia de los proyectos y que cuenten con

Rendición de Cuentas no rendidas al Gobierno Regional de Tarapacá.

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ANEXOS

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Anexo N°1

Informe Mensual de Avance Técnico

FONDO DE INNOVACIÓN PARA LA COMPETITIVIDAD FIC-R

INFORME DE AVANCE TECNICO

PROYECTO

EJECUTOR FECHA

DIRECTOR PROYECTO

GOBIERNO REGIONAL DE TARAPACÁ

División de Planificación y Desarrollo Regional

Depto. Coordinación de la Inversión Pública

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I.- IDENTIFICACIÓN

Nombre

Monto Financiamiento M$ M$ Fecha

Año Provisión FIC

Fecha Inicio Proyecto Periodo de Informe

Fecha Cierre de Proyecto

Cuotas entregadas Mes última rendición:

Monto transferido M$ a la

fecha

M$

Equipo de Trabajo Nombre / Función

II.- DESCRIPCIÓN Y OBJETIVOS DEL PROYECTO

Breve descripción de la iniciativa

Objetivo General

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Objetivos Específicos

1.-

2.-

3.-

4.-

5.-

n.-

III.- RESULTADOS Y PRODUCTOS ESPERADOS

Indicar los resultados esperados y los principales productos que se obtendrán al final de la

ejecución de la iniciativa de Innovación.

Objetivos Resultados Productos esperados / indicador de

logro

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MANUAL DE RENDICIONES FIC- FNDR

IV.- RESUMEN DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO

Breve resumen del desarrollo y ejecución del proyecto, indicando aspectos generales en términos

administrativos, técnicos, de gestión o financieros a destacar a la fecha de elaboración de este

documento.

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V.- ACTIVIDADES DESARROLLADAS

Indicar en detalle las actividades ejecutadas en el mes informado y que procesos se realizaron.

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VI.- RESULTADOS Y PRODUCTOS OBTENIDOS

Indicar en base a las actividades desarrolladas, que resultados preliminares o productos se

pueden evidenciar a la fecha de este informe, ya sea de carácter preliminar o definitivo.

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VII.- CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

Indicar el avance del cronograma, vinculando las actividades desarrolladas con la etapa ejecutada

en el mes informado. Indicar las actividades programas que no pudieron ejecutarse, informar y

fundamentar.

VIII.- HITOS

Indicar y describir los principales hitos logrados durante el mes de ejecución, en términos de

acciones, logros importantes a destacar, final a una etapa o que generen una nueva actividad.

(Por ejemplo, durante el mes anterior finalizó la etapa de análisis de información base para el

proyecto, o se constituye el equipo profesional de ejecución del proyecto, etc.)

1.-

2.-

3.-

4.-

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IX.- DIFICULTADES OBSERVADAS U DETECTADAS

Indicar si observan u han detectado dificultades, en términos administrativos, técnicos,

financieros o de entorno, que pudieran afectar la concreción de actividades programadas, tanto

en el mes informado o en los próximos meses de ejecución.

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X.- PRÓXIMAS ACTIVIDADES

Indicar las actividades a desarrollar en el próximo periodo y que sea importante destacar, las

cuales puedan constituir hitos relevantes del proyecto.

XI.-MEDIOS DE VERIFICACIÓN

Se solicita adjuntar documentación de verificación de las distintas actividades realizadas, como

registros, actas de acuerdos, listados, fotografías, u otros.

Listado de documentación adjunta,

Nombre Profesional (es)

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responsables

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Correlativo

del Gasto

Mes

RendiciónN° Rendición

Fecha

Comprobante

Contable

Comprobante

Contable

Tipo

documento

Documento

Fecha

DocumentoProveedor o Consultor Detalle / Concepto Gasto Observado Saldo Observación Item Partida

Detalle de Gastos RendidosREPÚBLICA DE CHILEGOBIERNO REGIONAL DE TARAPACÁ

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Anexo N°2

Informe Mensual de Rendición de Cuentas

a) Detalle de Gastos Rendidos

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b) Resumen Rendición de Cuentas

0

Asignado

Gasto

Rendido en

el período

Gasto Total

Rendido

Saldo por

Rendir% Gasto

Observaciones

NOMBRE

CARGO

FIRMA FECHA

DESGLOSE (Resúmen por ítem según detalle documentado presentado por la UT)

Item

RECURSOS HUMANOS

OPERACIÓN

GASTOS DE INVERSIÓN

DIFUSIÓN Y TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA

GASTOS DE ADMINISTRACIÓN

Totales

FIRMA RESPONSABLE (S) ENTIDAD EJECUTORA

FIRMA FECHA

NOMBRE

$ SALDO (T ransferido - Ejecutado ) % AVANCE FINANCIERO

CARGO

$ ASIGNADO TOTAL

$ TRANSFERIDO

$ GASTO TOTAL RENDIDO

$ GASTO RENDIDO EN EL PERÍODO

UNIDAD EJECUTORA

PERIODO DE RENDICIÓN Desde Hasta

RENDICIÓN DE CUENTAS Nº

RENDICIÓN DE CUENTAS AL GOBIERNO REGIONAL DE TARAPACÁ

NOMBRE DEL PROYECTO

ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA

REPÚBLICA DE CHILEGOBIERNO REGIONAL DE TARAPACÁ

DIVISIÓN DE ANÁLISIS Y CONTROL DE GESTIÓN

DEPARTAMENTO DE INVERSIONES

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Anexo N°3

Informe Mensual de Desempeño

INFORME MENSUAL DE DESEMPEÑO

I.- ANTECEDENTES

Nombre :

N° Boleta :

Fecha :

Mes :

II.- FUNCIONES A REALIZAR SEGÚN CONVENIO

Descripción de Funciones:

1. .

2. .

3. .

III.- ACTIVIDADES DESARROLLADAS

1. .

2. .

3. .

NOMBRE Y FIRMA DEL PROFESIONAL NOMBRE Y FIRMA DEL DIRECTOR

DEL PROYECTO

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Anexo N°4

Presentación Flujo Financiero Proyectos FIC para Aporte Gore, Aporte Propio, Aporte

Colaborador y Aporte Coejecutor.

Recursos Humanos Mes 1 Mes 2 Mes 3 Mes 4 Mes 5 Mes 6 Mes 7 Mes 8 Mes 9 Mes 10 Mes 11 Mes 12 Total Año 1

Partida 1

Partida 2

Partida 3

TOTAL

Gastos de Operación Mes 1 Mes 2 Mes 3 Mes 4 Mes 5 Mes 6 Mes 7 Mes 8 Mes 9 Mes 10 Mes 11 Mes 12 Total Año 1

Partida 1

Partida 2

Partida 3

TOTAL

Gastos de Inversión y Equipamiento Mes 1 Mes 2 Mes 3 Mes 4 Mes 5 Mes 6 Mes 7 Mes 8 Mes 9 Mes 10 Mes 11 Mes 12 Total Año 1

Partida 1

Partida 2

Partida 3

TOTAL

Difusión y Transferencia Mes 1 Mes 2 Mes 3 Mes 4 Mes 5 Mes 6 Mes 7 Mes 8 Mes 9 Mes 10 Mes 11 Mes 12 Total Año 1

Partida 1

Partida 2

Partida 3

TOTAL

Gastos de Administración Mes 1 Mes 2 Mes 3 Mes 4 Mes 5 Mes 6 Mes 7 Mes 8 Mes 9 Mes 10 Mes 11 Mes 12 Total Año 1

Ga stos de Adminis tración

TOTAL

TOTALES

* EN CASO DE HABER MÁS DE UN COLABORADOR, REPETIR ESTA PESTAÑA PARA CADA UNO DE ELLOS.

* LOS GASTOS CONTENIDOS EN LAS PARTIDAS ANTERIORES, DEBERÁN REGIRSE POR LOS PRINCIPIOS DE TRANSPARENCIA, ECONOMÍA Y RACIONALIDADAD DEL GASTO.