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1 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE TITULACIÓN DE LAS LICENCIATURAS DEL DEPARTAMENTO DE INGENIERÍAS DE LA UPAEP Elaboró: Dr. Mario Jiménez Suárez Febrero 24, 2012 Versión 5

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

DE TITULACIÓN

DE LAS LICENCIATURAS DEL

DEPARTAMENTO DE INGENIERÍAS

DE LA UPAEP

Elaboró: Dr. Mario Jiménez Suárez

Febrero 24, 2012

Versión 5

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CONTENIDO

Introducción………………………...………...……………………….…………………... 4

Sección I. Requisitos de Titulación.…….……….…………….......................................... 5

Sección II. Opciones de Titulación..................................................................................... 6

Sección III. Procedimiento de Titulación……………………………….…...…………... 7

1. Tesis……….…………………………………………………………………………….. 8

1.1 Procedimiento...…..……………...………………………………………..……….... 8

1.2 Aspectos a considerar……...……………………...………………………..……….10

1.3 Características y formato académico….………..…...………....…………………....10

2. Trabajos prácticos….……..………….…………………………...…………….….…. 10

2.1 Procedimiento…...…………...…………………………………………..……….... 11

2.2 Aspectos a considerar……...…………...…...……………………………..………. 12

2.3 Características y formato académico….……………….………………..…...…….. 12

3. Acreditación de asignaturas de posgrado.………………………………………..…. 13

3.1 Procedimiento.……………………………..…………………………………….… 13

3.2 Aspectos a considerar ……………………………………………………………... 15

3.3 Características y formato académico….……………………………………….…... 15

4. Monografía….………………………………........……………………………………. 16

4.1 Procedimiento………………...………………………………………………….… 16

4.2 Aspectos a considerar ……………………………………………………………... 17

4.3 Características y formato académico.………………………………………….…... 18

5. Prototipo didáctico ………………………………...…………………………………. 18

5.1 Procedimiento ……………..…………………………………………………….… 19

5.2 Aspectos a considerar ……………………………………………………………... 20

6. Prácticas de laboratorio o taller.………………………………...……………...……. 21

6.1 Procedimiento ..………………………………………………………………….… 21

6.2 Aspectos a considerar ……………………………………………………………... 23

7. Examen general de conocimientos.…………...…...…………………………………. 24

7.1 Procedimiento……...…………………………………………………………….… 24

7.2 Aspectos a considerar ……………………………………………………………... 25

8. Artículo especializado …………………………......…………………………………. 26

8.1 Procedimiento………………...………………………………………………….… 26

8.2 Aspectos a considerar.……………………………………………………………... 27

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8.3 Características y formato académico.………………………………………….…... 28

9. Titulación extemporánea….……………………………...……………..……………. 28

9.1 Procedimiento...………………………………………………………………….… 29

9.2 Aspectos a considerar ……………………………………………………………... 30

9.3 Características y formato académico.………………………………………….…... 31

10. Titulación automática.………………………………...………...……..……………. 31

10.1 Procedimiento…...…..………………………………………………………….… 31

Sección IV. Protocolo del Examen Profesional............................................................... 32

Anexo A Reglamento General de Titulación................................................................... 35

Anexo B Formatos de Titulación.…………………………………...………….………. 45

Anexo C Acta de Examen, Toma de Protesta y Código de Ética.................................59

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Puebla, Puebla, México. Diciembre de 2011

Con el fin de estandarizar los procedimientos que se realizan en el

Departamento de Ingenierías de la Universidad Popular Autónoma del Estado

de Puebla (UPAEP), y conforme a lo señalado en el Reglamento de General

de Titulación de la propia Universidad, se expide el presente Manual que

servirá como guía práctica a profesores y alumnos, de las normas generales

que deberán observarse en el departamento durante el proceso de titulación y

presentación del examen profesional de las licenciaturas en Ingeniería

Automotriz, Biónica, Civil, Electrónica, Industrial/IDA/IMA, Mecatrónica,

Química y Software/ICS. Las disposiciones son obligatorias, aunque nunca

por encima del Reglamento General de Titulación vigente (Anexo A).

Cualquier situación que no se haya considerado en este documento, deberá

presentarse al director del departamento para su evaluación.

DR. HUGO O. FERRER TOLEDO

DIRECTOR

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Sección I. Requisitos de Titulación

Los requisitos generales para obtener el grado de Licenciatura en Ingeniería Automotriz,

Biónica, Civil, Electrónica, Industrial/IDA/IMA, Mecatrónica, Química o Software/ICS, se

establecen en el Reglamento General de Titulación vigente, en combinación con lo

dispuesto en este manual del Departamento de Ingenierías de la Universidad Popular

Autónoma del Estado de Puebla y son los siguientes:

a) La aprobación de todas y cada una de las asignaturas que comprenden el programa

escolar del plan de estudios de la licenciatura que corresponda.

b) El cumplimiento del servicio social, conforme a los lineamientos que señale el

Reglamento General de Servicio Social de la UPAEP.

c) La acreditación de las prácticas profesionales, en el caso que sean obligatorias o

formen parte del plan de estudios de la licenciatura.

d) Cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento General Académico de

Licenciatura y los propios del Departamento Académico al que pertenece el programa

de Licenciatura.

e) Presentar, en caso de existir y propio de su carrera, comprobante oficial del

“Testimonio de Desempeño Académico Satisfactorio”, en la escala del Examen General

de Egreso de Licenciatura (EGEL), que aplica el Centro Nacional de Evaluación de la

Educación Superior (CENEVAL). Cuando no aplique, el coordinador académico del

programa deberá indicar al alumno si existe un requisito al respecto.

f) La autorización oficial por parte del director del departamento de ingenierías y el

coordinador del programa académico respectivo, sobre la opción de titulación

seleccionada y su cumplimiento.

g) Presentar comprobante oficial, avalado por el departamento de Lenguas, del dominio

de una lengua extranjera. Requisito mínimo: inglés 500 puntos TOEFL o la puntuación

que fija el departamento de Estudios de Lengua y Cultura para el dominio de algún

otro idioma.

h) Cubrir todos los pagos que apliquen en el proceso de titulación y no tener adeudo

alguno con la Universidad. Los becarios estarán sujetos a lo dispuesto en el

Reglamento de Apoyos Financieros.

i) Entregar oportunamente, toda la documentación que le hubiere sido requerida, a fin de

que las autoridades administrativas universitarias integren el expediente completo.

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Sección II. Opciones de Titulación

Las opciones de titulación que señala el reglamento y en entre las que puede elegir el

alumno de licenciatura, son:

a) Elaboración de tesis y sustentación de examen en defensa de la misma.

b) Elaboración de trabajo práctico y sustentación de examen en defensa del mismo.

c) Cursos de posgrado con presentación de ensayo o monografía y sustentación de

examen en defensa de los mismos.

d) Elaboración de una monografía y sustentación de examen en defensa de la misma.

e) Elaboración de un prototipo didáctico y sustentación de examen en defensa del mismo.

f) Elaboración de un instructivo para prácticas de laboratorio o taller y sustentación de

examen en defensa del mismo.

g) Sustentación de un examen general de conocimientos – oral o escrito.

h) Elaboración de un artículo especializado, publicado en una revista arbitrada y

sustentación de examen en defensa del mismo.

i) Titulación extemporánea.

j) Titulación automática.

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Sección III. Procedimiento de Titulación

El proceso de titulación, en cualquiera de sus modalidades, abarca los siguientes pasos:

1. El solicitante, una vez cubiertos los cuatro primeros requisitos de titulación señalados

en la Sección I de este manual, y presentadas las respectivas constancias al

Coordinador Académico (CA) o al Enlace de Titulación del programa respectivo (ET),

deberá manifestar por escrito al CA o al ET la opción de titulación para su autorización

y desarrollo, conforme lo especificado más adelante para cada opción.

2. El coordinador del programa académico o el enlace de titulación, evaluarán junto con

la Academia, la solicitud de titulación a que se refiere el inciso anterior, para su

aprobación o rechazo y de conformidad con los siguientes criterios:

a) Validación de las constancias a las que se refiere el inciso uno de esta Sección.

b) Expediente académico del alumno.

c) Tendencias o inclinaciones que se desprendan.

d) Beneficios mediatos o inmediatos para el alumno, el programa, el departamento y

la propia universidad.

El resultado de la evaluación, cualquiera que éste sea, deberá hacerse del conocimiento

del alumno, mediante escrito elaborado por el CA o el ET de la carrera y firmado por el

director del Departamento, en un plazo no mayor a quince días calendario a partir de

recibida la solicitud. Para la firma del director, el documento deberá llevar la firma de

visto bueno del Coordinador de la Carrera.

Si por alguna razón se presentara un cambio de la opción autorizada, el alumno deberá

informar por escrito al CA o ET, y solicitar al mismo tiempo, la nueva opción de

titulación para su aprobación.

El proceso deberá ser complementado conforme a lo que se señala a continuación, para

cada opción de titulación.

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1. Tesis

La tesis se define como aquel documento escrito en el que el estudiante describe y explica

el contenido y los resultados de una investigación científica original o de una investigación

metodológica y sistemática, efectuada bajo la dirección de un director de tesis.

La tesis podrá ser elaborada en cualquier idioma, en forma individual o colectiva, máximo

tres integrantes, y contar con la dirección de uno o más asesores.

1.1 Procedimiento

El estudiante deberá indicar en la solicitud para autorización de esta opción de

titulación: el tema a desarrollar, a los demás integrantes, si es el caso, y al o los

asesores propuestos. La intervención de dos o más asesores deberá estar plenamente

justificada y deberán ser de áreas diferentes o complementarias del conocimiento.

El asesor podrá ser interno y/o externo. Titulado y con experiencia comprobada en

el campo de la investigación a desarrollar. Para ello, el alumno deberá entregar,

junto con la solicitud, el curriculum vitae del o los asesores propuestos, anexando

copia de la cédula profesional de los grados académicos obtenidos e indicar quién

será el responsable directo de la asesoría y que fungirá como director de la tesis.

El interesado, junto con la solicitud de opción de titulación, deberá presentar al

coordinador académico del programa o al enlace de titulación, un protocolo donde

proponga su tema de tesis, así como el plan para el desarrollo de la investigación

(anexo B1).

La Academia del programa junto con el coordinador académico (CA) o con el

enlace de titulación (ET), deliberarán y en su caso autorizarán la propuesta de tesis

como opción de titulación. El resultado de la deliberación deberá hacerse del

conocimiento del alumno en un plazo máximo de 15 días calendario, a partir de

recibida la solicitud, mediante escrito elaborado por el CA o el ET con visto bueno

del Director del Departamento, así como la invitación oficial al director de tesis y

asesores, la cual será entregada por el alumno; recabando su visto bueno de

aceptación en copia de la misma y devuelta al CA o al ET para su archivo. En caso

de ser aprobado el trabajo, éste deberá ser registrado por el CA o por el ET en el

formato de selección y registro de alternativa de titulación (anexo B2).

En caso de que el director de tesis no cuente con número de registro en el sistema

UNISOFT, el alumno deberá solicitar al CA los requisitos para el trámite y hacerse

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responsable de entregar al CA los documentos necesarios por parte del director de

tesis, para que el CA haga el proceso correspondiente y se obtenga su registro.

El estudiante una vez terminado el trabajo, deberá entregar al CA o al ET un

borrador del documento y su aprobación por parte del director de tesis y asesores,

mediante un escrito dirigido al CA o al ET, el cual formará parte del documento

final.

En un plazo no mayor a 15 días calendario de recibido el borrador, el CA o el ET

entregará por escrito al solicitante, las observaciones y/o correcciones que deberán

hacerse al trabajo, o en su defecto, extenderá el visto bueno para la impresión del

mismo. El CA designará el o los profesores para la revisión del borrador.

Una vez aprobado y recibido el documento final de titulación por el CA o el ET, el

Coordinador Académico se pondrá de acuerdo con el alumno en la fecha y hora del

examen, debiendo confirmar el alumno al CA, la asistencia del jurado previamente

designado por el CA, en un plazo no mayor a 2 días hábiles. El alumno podrá

recusar por escrito a uno de los sinodales sin expresión de causa, a más tardar 2 días

hábiles a partir del que el CA haga de su conocimiento el jurado designado, para que

el CA haga los cambios que procedan y quede integrado el jurado respectivo y su

confirmación de participación. Una vez definida la asignación y asistencia de

sinodales en la fecha y hora fijada del examen profesional, el CA hará la captura de

datos en el sistema UNISOFT. La fecha del examen no podrá ser menor a 15 días de

la solicitud y entrega de documentos a Servicios Universitarios Integrados (SUI), a

fin de que se le haga llegar el documento de titulación a los integrantes del jurado de

examen profesional. El sustentante entregará junto con la carta invitación al examen

extendida por SUI, un ejemplar impreso o en forma electrónica del trabajo

desarrollado a cada sinodal y dos ejemplares más a la biblioteca de la universidad.

El jurado estará integrado por un coordinador, un secretario y un vocal, quienes

deberán tener experiencia docente y/o profesional mínima de tres años, cédula de

ejercicio profesional de licenciatura o grado académico mayor, así como conocer

ampliamente el contenido de la tesis. El director de tesis podrá ser parte del jurado,

en calidad de vocal. Para los casos donde exista más de un asesor, sólo el director de

la tesis podrá ser parte del jurado.

La vigencia del documento de titulación es de un año, por lo que, en caso de no

presentar el examen en este lapso, el interesado tendrá que realizar un revisión y

actualización del trabajo, para poder tener derecho al examen profesional. En caso

de existir una justificación de atraso que a juicio del CA o del ET y la Academia

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proceda, se omitirá la revisión del documento y se continuará con los trámites de

titulación.

1.2. Aspectos a considerar para la elaboración del documento

La tesis impresa se entregará en hojas blancas de tamaño carta (216 x 279 mm) en papel

bond de 40 kilos o equivalente, se escribirá por una sola cara y conforme a lo descrito en el

anexo B3. El trabajo deberá presentarse encuadernado con pastas de marmofol de color

blanco. En caso de que el trabajo sea en forma electrónica, también deberá tener el formato

descrito en el anexo B3.

1.3. Características y formato académico

Las consideraciones y formato general que deberá observarse en el documento a

desarrollar, están señalados en el anexo B4.

2. Trabajos prácticos

Esta opción de titulación consiste en la presentación por escrito, de un informe de algún

trabajo o experiencia profesional del egresado, adquirida en el área laboral de su carrera,

basado en datos obtenidos de las fuentes pertinentes a la naturaleza del problema a resolver,

a los campos de estudio involucrados y al conocimiento de la práctica profesional,

integrándolos en un esquema que provea una solución a un problema o el tratamiento de un

caso concreto, en el que se demuestre la aplicación de los conocimientos y habilidades

adquiridas en el programa de la licenciatura correspondiente.

El requisito complementario para tener derecho a esta opción, es comprobar mediante una

constancia de la empresa o institución donde adquirió la experiencia, que laboró o ha

laborado como mínimo seis meses en el área relacionada con el trabajo que se pretende

presentar, o haber realizado prácticas o estancias profesionales con una duración mínima de

dos meses. Dicha constancia deberá presentarse junto con los demás requisitos al

coordinador del programa académico.

El trabajo o caso de estudio deberá ser realizado en forma individual, dado que el objetivo

del trabajo práctico es que el estudiante demuestre la experiencia obtenida en el campo

profesional y el empleo de los conocimientos adquiridos durante la carrera.

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2.1 Procedimiento

El estudiante, junto con la solicitud de esta opción de titulación y comprobante de la

experiencia adquirida, deberá presentar al coordinador del programa académico

(CA) o al enlace de titulación respectivo (ET), la propuesta del trabajo a desarrollar

conforme lo que señala el anexo B5 e indicar el asesor que lo apoyará en la

elaboración del trabajo, que fungirá como director del mismo.

El asesor podrá ser interno y/o externo. Titulado y con experiencia comprobada en

el campo del caso a desarrollar. Para ello, el alumno deberá entregar junto con la

solicitud, el curriculum vitae del asesor propuesto, anexando copia de la cédula

profesional de los grados académicos obtenidos.

La Academia del programa junto con el CA o el ET, deliberará y en su caso

autorizará la propuesta del trabajo práctico como opción de titulación. El resultado

de la deliberación deberá hacerse del conocimiento del alumno en un plazo máximo

de 15 días calendario a partir de recibida la solicitud, mediante escrito elaborado por

el CA o el ET con visto bueno del Director del Departamento, así como la invitación

oficial al asesor; la cual será entregada por el alumno, recabando su visto bueno de

aceptación en copia de la misma y devuelta al CA o al ET para su archivo. En caso

de ser aprobado el trabajo, éste deberá ser registrado por el CA o por el ET en el

formato de selección y registro de alternativa de titulación (anexo B2).

En caso de que el asesor del trabajo no cuente con número de registro en el sistema

UNISOFT, el alumno deberá solicitar al CA los requisitos para el trámite y hacerse

responsable de entregar al CA los documentos necesarios por parte del asesor, para

que el CA haga el proceso correspondiente y se obtenga su registro.

El estudiante una vez terminado el trabajo, deberá entregar al CA o al ET un

borrador del documento y su aprobación por el director del trabajo, mediante un

escrito dirigido al CA o al ET, el cual formará parte del documento final.

En un plazo no mayor a 15 días calendario de recibido el borrador, el CA o el ET

entregará por escrito al solicitante, las observaciones y/o correcciones que deberán

hacerse al trabajo, o en su defecto, extenderá el visto bueno para la impresión del

mismo. El CA designará el o los profesores para la revisión del borrador.

Una vez aprobado y recibido el documento final de titulación por el CA o por el ET,

el coordinador académico se pondrá de acuerdo con el alumno en la fecha y hora del

examen, debiendo confirmar el alumno al CA, la asistencia del jurado previamente

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designado por el CA, en un plazo no mayor a 2 días hábiles. El alumno podrá

recusar por escrito a uno de los sinodales sin expresión de causa, a más tardar 2 días

hábiles a partir del que el CA haga de su conocimiento el jurado designado, para que

el CA haga los cambios que procedan y quede integrado el jurado respectivo y su

confirmación de participación. Una vez definida la asignación y asistencia de

sinodales en la fecha y hora fijada del examen profesional, el CA hará la captura de

datos en el sistema UNISOFT. La fecha del examen no podrá ser menor a 15 días de

la solicitud y entrega de documentos a Servicios Universitarios Integrados (SUI), a

fin de que se le haga llegar el documento de titulación a los integrantes del jurado de

examen profesional. El sustentante entregará junto con la carta invitación al examen

extendida por SUI, un ejemplar impreso o en forma electrónica del trabajo

desarrollado a cada sinodal y dos ejemplares más a la biblioteca de la universidad.

El jurado estará integrado por un coordinador, un secretario y un vocal. El asesor

solo podrá fungir como vocal. Los demás integrantes del jurado serán designados

por el CA, quienes deberán tener experiencia docente y/o profesional mínima de tres

años, cédula de ejercicio profesional de licenciatura o grado académico mayor, así

como conocer ampliamente el contenido del trabajo.

La vigencia del documento de titulación es de un año, por lo que, en caso de no

presentarse el examen en este lapso, el interesado tendrá que realizar un revisión y

actualización del trabajo para poder tener derecho al examen profesional. En caso de

existir una justificación de atraso que a juicio del CA o el ET y la Academia

proceda, se omitirá la revisión del documento y se continuará con los trámites de

titulación.

2.2 Aspectos a considerar para la elaboración del documento

El trabajo impreso se entregará en hojas blancas de tamaño carta (216 x 279 mm) en papel

bond de 40 kilos o equivalente, se escribirá por una sola cara y conforme a lo descrito en el

anexo B3. El trabajo deberá presentarse encuadernado con pastas de marmofol de color

blanco. En caso de que el trabajo sea en forma electrónica, también deberá cumplir con lo

señalado en el anexo B3.

2.3 Características y formato académico

Las consideraciones y formato general que deberá observarse en el documento a

desarrollar, están señalados en el anexo B4.

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3. Acreditación de asignaturas de posgrado

Esta opción consiste en la acreditación de tres asignaturas de un programa de maestría o

especialidad en la UPAEP, o en cualquier otra institución académica previamente

reconocida por la universidad y que cumpla con los requisitos establecidos por el

Departamento de Ingenierías en el anexo B6. La maestría o especialidad debe corresponder

al área del programa académico del estudiante y no podrán ser cursos propedéuticos, de

regularización u optativos. Posterior a la aprobación de las asignaturas, el alumno deberá

elaborar un ensayo o monografía de dicha asignatura y presentar un examen en defensa del

mismo.

3.1 Procedimiento

El estudiante, en la solicitud para la autorización de esta opción, deberá indicar la

institución donde desea cursar el posgrado, así como las asignaturas que pretende

acreditar y que serán reconocidas para la titulación. Es necesario anexar información

general de la institución, el plan de estudios de la maestría o especialidad y el

contenido de las asignaturas, junto con ello un cronograma de cumplimiento.

La Academia del programa junto con el CA o el ET, deliberarán y en su caso

autorizarán la propuesta del curso de posgrado como opción de titulación. El

resultado de la deliberación deberá hacerse del conocimiento del alumno en un

plazo no mayor a 15 días calendario a partir de recibida la solicitud, mediante

escrito elaborado por el CA o el ET con visto bueno del Director del Departamento.

En caso de ser aprobada la opción, ésta deberá ser registrada por el CA o el ET en el

formato de selección y registro de alternativa de titulación (anexo B2).

Una vez que el interesado cuente con la documentación que respalde la acreditación

de las asignaturas autorizadas, ésta deberá ser presentada al CA o al ET junto con la

propuesta del ensayo o monografía y el asesor que fungirá como director del

trabajo, bajo los requisitos señalados en el anexo B5. La calificación aprobatoria de

las asignaturas será la mínima necesaria que fije la institución de que se trate.

El asesor podrá ser interno y/o externo. Titulado y con experiencia comprobada en

el campo del caso a desarrollar. Para ello, el alumno deberá entregar junto con la

solicitud, el curriculum vitae del asesor propuesto, anexando cédula profesional de

los grados académicos obtenidos.

La Academia del programa junto con el CA o el ET, deliberará y en su caso

autorizará la propuesta del ensayo o monografía. El resultado de la deliberación

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deberá hacerse del conocimiento del alumno en un plazo no mayor a 5 días

calendario a partir de recibida la solicitud, mediante escrito elaborado por el CA o el

ET con visto bueno del Director del Departamento, así como la invitación oficial al

asesor, la cual será entregada por el alumno; recabando su visto bueno de aceptación

en copia de la misma y devuelta al coordinador para su archivo. En caso de ser

aprobado el trabajo, éste deberá ser registrado por el CA o el ET en el formato de

selección y registro de alternativa de titulación (anexo B2).

En caso de que el asesor del trabajo no cuente con número de registro en el sistema

UNISOFT, el alumno deberá solicitar al CA los requisitos para el trámite y hacerse

responsable de entregar al CA los documentos necesarios por parte del asesor, para

que el CA haga el proceso correspondiente y se obtenga su registro.

Terminado el trabajo, el estudiante deberá entregar al CA o al ET un borrador del

documento y su aprobación por el asesor, mediante un escrito dirigido al CA o al

ET, el cual formará parte del documento final.

Una vez cumplido el paso anterior y en un plazo no mayor a 15 días calendario a

partir de recibido el borrador, el CA o el ET entregará por escrito al solicitante, las

observaciones y/o correcciones que deberán hacerse al trabajo, o en su defecto

extenderá el visto bueno para la impresión del mismo. El CA designará el o los

profesores para la revisión del borrador.

Una vez aprobado y recibido el documento final de titulación por el CA o el ET, el

coordinador académico se pondrá de acuerdo con el alumno en la fecha y hora del

examen, debiendo confirmar el alumno al CA, la asistencia del jurado previamente

designado por el CA, en un plazo no mayor a 2 días hábiles. El alumno podrá

recusar por escrito a uno de los sinodales sin expresión de causa, a más tardar 2 días

hábiles a partir del que el CA haga de su conocimiento el jurado designado, para que

el CA haga los cambios que procedan y quede integrado el jurado respectivo y su

confirmación de participación. Una vez definida la asignación y asistencia de

sinodales en la fecha y hora fijada del examen profesional, el CA hará la captura de

datos en el sistema UNISOFT. La fecha del examen no podrá ser menor a 15 días de

la solicitud y entrega de documentos a Servicios Universitarios Integrados (SUI), a

fin de que se le haga llegar el documento de titulación a los integrantes del jurado de

examen profesional. El sustentante entregará junto con la carta invitación al examen

extendida por SUI, un ejemplar impreso o en forma electrónica del ensayo o

monografía a cada sinodal y dos ejemplares más a la biblioteca de la universidad.

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El jurado estará integrado por un coordinador, un secretario y un vocal. El asesor

solo podrá fungir como vocal. Los demás integrantes del jurado serán designados

por el CA, quienes deberán tener experiencia docente y/o profesional mínima de tres

años, cédula de ejercicio profesional de licenciatura o grado académico mayor, así

como conocer ampliamente el contenido del trabajo.

La vigencia del documento de titulación es de un año, por lo que, en caso de no

presentarse el examen en este lapso, el interesado tendrá que realizar un revisión y

actualización del trabajo para poder tener derecho al examen profesional. En caso de

existir una justificación de atraso que a juicio del CA o el ET y la Academia

proceda, se omitirá la revisión del documento y se continuará con los trámites de

titulación.

3.2 Aspectos a considerar para la elaboración del documento

El interesado deberá tomar en cuenta para presentar el trabajo escrito, que la monografía es

un estudio particular que describe de forma detallada y exhaustiva un tema de la ciencia o

la tecnología y tiene como finalidad difundir conocimientos, profundizando en todos los

aspectos, específicamente en su origen y contexto, donde diversas fuentes compiladas y

procesadas por uno o varios autores respaldan cada concepto. A diferencia del ensayo, la

monografía requiere citar las fuentes de consulta.

El ensayo consiste en tratar un tema desde una óptica personal. Es un escrito en prosa, en el

que se analiza, interpreta o evalúa un tema, sin la extensión ni la precisión que requiere un

tratado completo sobre la misma materia. El propósito fundamental del ensayo es demostrar

los conocimientos propios sobre la materia de la manera más completa posible. Puede tener

o no citas textuales.

El trabajo impreso se entregará en hojas blancas de tamaño carta (216 x 279 mm) en papel

bond de 40 kilos o equivalente, se escribirá por una sola cara y conforme a lo descrito en el

anexo B3. El trabajo deberá presentarse encuadernado con pastas de marmofol de color

blanco. En caso de que el trabajo sea en forma electrónica, también deberá cumplir con lo

señalado en el anexo B3.

3.3 Características y formato académico

Las consideraciones y formato general que deberá observarse en el documento a

desarrollar, están señalados en el anexo B4.

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4. Monografía

Esta opción de titulación consiste en la elaboración de un documento impreso que

contendrá información relevante, estrechamente relacionada con alguna asignatura del plan

de estudios vigente. Se deberá presentar un examen en defensa del mismo. La monografía

podrá ser elaborada en forma individual o colectiva, que muestre el estado del arte en el

tema seleccionado (máximo tres integrantes).

4.1 Procedimiento

El estudiante deberá anexar a la solicitud para la autorización de esta opción de

titulación, la propuesta del tema a desarrollar en la monografía bajo los requisitos

señalados en el anexo B5, así como mencionar a los demás integrantes del trabajo, si

es el caso, y el asesor propuesto que fungirá como director del mismo.

El asesor podrá ser interno y/o externo. Titulado y con experiencia comprobada en

el campo del caso a desarrollar. Para ello, el alumno deberá entregar junto con la

solicitud de opción de titulación, el curriculum vitae del asesor propuesto, anexando

cédula profesional de los grados académicos obtenidos.

La Academia del programa junto con el coordinador académico (CA) o el enlace de

titulación (ET), deliberarán y en su caso autorizarán el desarrollo de la monografía.

El resultado de la deliberación deberá hacerse del conocimiento del alumno en un

plazo máximo de 15 días calendario a partir de recibida la solicitud, mediante

escrito elaborado por el CA o el ET con visto bueno del Director del Departamento.

El coordinador elaborará la invitación oficial al asesor, la cual será entregada por el

alumno, recabando su visto bueno de aceptación en copia de la misma y devuelta al

coordinador para su archivo. En caso de ser aprobado el trabajo, éste deberá ser

registrado por el CA o el ET correspondiente en el formato de selección y registro

de alternativa de titulación (anexo B2).

En caso de que el asesor del trabajo no cuente con número de registro en el sistema

UNISOFT, el alumno deberá solicitar al CA los requisitos para el trámite y hacerse

responsable de entregar al CA los documentos necesarios por parte del asesor, para

que el CA haga el proceso correspondiente y se obtenga su registro.

El estudiante una vez terminado el trabajo, deberá entregar al CA o al ET un

borrador del documento y su aprobación por el asesor, mediante un escrito dirigido

al CA o al ET, el cual formará parte del documento final.

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En un plazo no mayor a 15 días calendario a partir de recibido el borrador, el CA o

el ET entregará por escrito al solicitante, las observaciones y/o correcciones que

deberán hacerse al trabajo, o en su defecto extenderá el visto bueno para la

impresión del mismo. El CA designará el o los profesores para la revisión del

borrador.

Una vez aprobado y recibido el documento final de titulación por el CA o el ET, el

coordinador académico se pondrá de acuerdo con el alumno en la fecha y hora del

examen, debiendo confirmar el alumno al CA, la asistencia del jurado previamente

designado por el CA, en un plazo no mayor a 2 días hábiles. El alumno podrá

recusar por escrito a uno de los sinodales sin expresión de causa, a más tardar 2 días

hábiles a partir del que el CA haga de su conocimiento el jurado designado, para que

el CA haga los cambios que procedan y quede integrado el jurado respectivo y su

confirmación de participación. Una vez definida la asignación y asistencia de

sinodales en la fecha y hora fijada del examen profesional, el CA hará la captura de

datos en el sistema UNISOFT. La fecha del examen no podrá ser menor a 15 días de

la solicitud y entrega de documentos a Servicios Universitarios Integrados (SUI), a

fin de que se le haga llegar el documento de titulación a los integrantes del jurado de

examen profesional. El sustentante entregará junto con la carta invitación al examen

extendida por SUI, un ejemplar impreso o en forma electrónica del trabajo

desarrollado a cada sinodal y dos ejemplares más a la biblioteca de la universidad.

El jurado estará integrado por un coordinador, un secretario y un vocal. El asesor

solo podrá fungir como vocal. Los demás integrantes del jurado serán designados

por el CA, quienes deberán tener experiencia docente y/o profesional mínima de tres

años, cédula de ejercicio profesional de licenciatura o grado académico mayor, así

como conocer ampliamente el contenido del trabajo.

La vigencia del documento de titulación es de un año, por lo que, en caso de no

presentarse el examen en este lapso, el interesado tendrá que realizar un revisión y

actualización del trabajo para poder tener derecho al examen profesional. En caso de

existir una justificación de atraso que a juicio del CA o del ET y la Academia

proceda, se omitirá la revisión del documento y se continuará con los trámites de

titulación.

4.2 Aspectos a considerar para la elaboración del documento

Tomar en cuenta que la monografía es un estudio particular que describe de forma detallada

y exhaustiva un tema de la ciencia o la tecnología y tiene como finalidad difundir

conocimientos, profundizando en todos los aspectos, específicamente en su origen y

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contexto, donde diversas fuentes compiladas y procesadas por uno o varios autores

respaldan cada concepto, y por ello, se requiere citar las fuentes de consulta.

El trabajo impreso se entregará en hojas blancas de tamaño carta (216 x 279 mm) en papel

bond de 40 kilos o equivalente, se escribirá por una sola cara y conforme a lo descrito en el

anexo B3. El trabajo deberá presentarse encuadernado con pastas de marmofol de color

blanco. En caso de que el trabajo sea en forma electrónica, también deberá cumplir con lo

señalado en el anexo B3.

4.3 Características y formatos académicos

Las consideraciones y formato general que deberá observarse en el documento a

desarrollar, están señalados en el anexo B4.

5. Prototipo didáctico

Esta opción de titulación consiste en la elaboración de un prototipo didáctico que sea útil

para el logro de objetivos de alguna asignatura del plan de estudios vigente y presentar un

examen en defensa del mismo. El trabajo a desarrollar puede ser:

a. Audiovisuales que presenten en forma clara y objetiva, contenidos difíciles de

entender o realizar en el laboratorio, taller o aula.

b. Equipos cuya función primordial sea mostrar los procedimientos o reacciones, en

forma clara y objetiva, de fenómenos relacionados con el contenido de las

asignaturas del programa.

c. Paquetes educativos de cómputo o laboratorio virtual, que puedan ser aplicados en

alguna asignatura del plan de estudios vigente.

El prototipo didáctico podrá ser elaborado en forma individual o colectiva, máximo tres

integrantes.

El prototipo deberá entregarse con la información necesaria para su operación y

mantenimiento.

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5.1 Procedimiento

El estudiante deberá indicar en la solicitud para autorización de esta opción de

titulación, el tipo de prototipo a desarrollar y con cuál o cuáles asignaturas del plan

de estudios vigente se relaciona, así como señalar a los demás integrantes del

trabajo, si es el caso.

Será necesario que el estudiante cuente con uno o varios asesores (máximo 3), a lo

largo del desarrollo del trabajo.

Los asesores solo podrán ser: el coordinador académico o profesores de tiempo

completo, medio tiempo u hora clase de la asignatura(s) donde se pretende aplicar el

prototipo. Para ello, el alumno deberá entregar junto con la solicitud de opción de

titulación, la propuesta de asesores para el trabajo e indicar quién será el responsable

directo de la asesoría, el cual fungirá como director del trabajo.

La Academia del programa junto con el coordinador académico (CA) o el enlace de

titulación respectivo (ET), deliberarán y en su caso autorizarán el desarrollo del

prototipo. El resultado de la deliberación deberá hacerse del conocimiento del

alumno en un plazo máximo de 15 días calendario a partir de recibida la solicitud,

mediante escrito elaborado por el CA o por el ET con visto bueno del Director del

Departamento. El coordinador elaborará la invitación oficial al director y asesores,

la cual será entregada por el alumno, recabando su visto bueno de aceptación en

copia de la misma y devuelta al coordinador para su archivo. En caso de ser

aprobado el trabajo, éste deberá ser registrado por el CA o por el ET en el formato

de selección y registro de alternativa de titulación (anexo B2).

En caso de que el asesor del trabajo no cuente con número de registro en el sistema

UNISOFT, el alumno deberá solicitar al CA los requisitos para el trámite y hacerse

responsable de entregar al CA los documentos necesarios por parte del asesor, para

que el CA haga el proceso correspondiente y se obtenga su registro.

El estudiante una vez terminado el trabajo y con su aprobación por el director y los

asesores, mediante un escrito dirigido al CA o al ET, el cual formará parte del

documento final, deberá hacer una presentación del prototipo y de la documentación

de funcionamiento al CA y a la Academia respectiva, para observaciones y/o

correcciones. El CA o el ET levantará en el momento, una minuta de las

modificaciones a realizar y será entregada una copia del escrito al estudiante. En su

defecto, el CA o el ET extenderá al estudiante el visto bueno por escrito, para la

presentación del examen en defensa del prototipo.

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Una vez aprobado el prototipo didáctico por el CA o el ET y la Academia, el

coordinador académico se pondrá de acuerdo con el alumno en la fecha y hora del

examen, debiendo confirmar el alumno al CA, la asistencia del jurado previamente

designado por el CA, en un plazo no mayor a 2 días hábiles. El alumno podrá

recusar por escrito a uno de los sinodales sin expresión de causa, a más tardar 2 días

hábiles a partir del que el CA haga de su conocimiento el jurado designado, para que

el CA haga los cambios que procedan y quede integrado el jurado respectivo y su

confirmación de participación. Una vez definida la asignación y asistencia de

sinodales en la fecha y hora fijada del examen profesional, el CA hará la captura de

datos en el sistema UNISOFT. La fecha del examen no podrá ser menor a 15 días de

la solicitud y entrega de documentos a Servicios Universitarios Integrados (SUI), a

fin de que se le haga llegar el documento de titulación a los integrantes del jurado de

examen profesional. El sustentante entregará a los sinodales junto con la carta

invitación al examen, extendida por SUI, un ejemplar impreso o en forma

electrónica del documento que explique la finalidad y funcionamiento del prototipo,

así como dos ejemplares más a la biblioteca de la universidad.

El jurado estará integrado por un coordinador, un secretario y un vocal, quienes

deberán tener experiencia docente y/o profesional mínima de tres años y cédula de

ejercicio profesional de licenciatura o grado académico. Para los casos donde exista

más de un asesor, sólo el director del trabajo podrá ser parte del jurado, en calidad

de vocal.

Previa a la firma del acta de examen por parte del director del departamento y en

caso aprobatorio, el CA o el ET levantará un acta de entrega por parte del estudiante

del prototipo e información respectiva, lo cual deberá hacer de su conocimiento al

director del departamento.

La vigencia del trabajo de titulación es de un año, por lo que, en caso de no

presentarse el examen en este lapso, el interesado tendrá que realizar un revisión y

actualización del prototipo para poder tener derecho al examen profesional. En caso

de existir una justificación de atraso que a juicio del CA o del ET y la Academia

proceda, se omitirá la revisión del trabajo y se continuará con los trámites de

titulación.

5.2 Aspectos a considerar para la elaboración del documento

El prototipo didáctico en cualquiera de sus modalidades, deberá acompañarse de un

documento que describa el propósito del modelo, su base teórica y sus características de

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funcionamiento, así como el mantenimiento requerido y los dibujos o planos que

complementen la información. La propiedad y derechos de uso del prototipo una vez

recibido por el CA o el ET, pasará a manos de la UPAEP, quedando la responsabilidad de

su operación en el programa correspondiente.

Los gastos que originen la elaboración del prototipo, su instalación y la puesta en marcha

deberán ser cubiertos, íntegramente, por el estudiante, salvo el caso, donde el proyecto esté

financiado por la UPAEP y/o alguna otra institución.

La información impresa del prototipo se entregará en hojas blancas tamaño carta (216 x 279

mm) en papel bond de 40 kilos o equivalente, se escribirá por una sola cara. El trabajo

deberá presentarse encuadernado con pastas de marmofol de color blanco y conforme al

formato que se describe en el anexo B3 y B4. En caso de que el documento sea en forma

electrónica, también deberá tener el formato que se describe en dichos anexos.

6. Prácticas de laboratorio o taller

Esta opción de titulación consiste en elaborar un instructivo para laboratorio o taller, que

contenga todas las prácticas que deban realizarse en alguna asignatura del plan de estudios

vigente del programa académico correspondiente.

El instructivo de prácticas para laboratorio o taller deberá elaborarse individualmente.

6.1 Procedimiento

El solicitante deberá indicar en la solicitud para autorización de esta opción de

titulación, el instructivo a desarrollar y con cuál o cuáles asignaturas del plan de

estudios vigente se relaciona.

Será necesario que el estudiante cuente con un asesor a lo largo del desarrollo del

trabajo.

El asesor solo podrá ser: el coordinador académico o el profesor de tiempo

completo, medio tiempo u hora clase de la asignatura(s) donde se pretende aplicar el

instructivo o el responsable del laboratorio o taller del documento que se desea

elaborar. Deberá ser titulado y con experiencia comprobada en el campo del caso a

desarrollar. Para ello, el alumno deberá entregar junto con la solicitud de opción de

titulación, el asesor propuesto para el trabajo, que fungirá como director del mismo.

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La Academia del programa junto con el coordinador académico (CA) o el enlace de

titulación respectivo (ET), deliberarán y en su caso autorizarán el desarrollo del

instructivo. El resultado de la deliberación deberá hacerse del conocimiento del

alumno(s) en un plazo máximo de 15 días calendario a partir de recibida la solicitud,

mediante escrito elaborado por el CA o por el ET con visto bueno del Director del

Departamento. El coordinador elaborará la invitación oficial al asesor, la cual será

entregada por el alumno, recabando su visto bueno de aceptación en copia de la

misma y devuelta al coordinador para su archivo. En caso de ser aprobado el

trabajo, éste deberá ser registrado por el CA o por el ET en el formato de selección y

registro de alternativa de titulación (anexo B2).

En caso de que el asesor del trabajo no cuente con número de registro en el sistema

UNISOFT, el alumno deberá solicitar al CA los requisitos para el trámite y hacerse

responsable de entregar al CA los documentos necesarios por parte del asesor, para

que el CA haga el proceso correspondiente y se obtenga su registro.

El estudiante una vez terminado el trabajo y con la aprobación del asesor, mediante

un escrito dirigido al CA o al ET, el cual formará parte del documento final, deberá

entregar un borrador del instructivo al CA o al ET y en un plazo no mayor a 15 días

calendario de recibido el borrador, el CA o el ET entregará por escrito al solicitante,

las observaciones y/o correcciones que deberán hacerse al trabajo, o en su defecto

extenderá el visto bueno para su impresión. El CA designará el o los profesores para

la revisión del borrador.

Una vez aprobado y recibido el documento final de titulación por el CA o por el ET,

el coordinador académico se pondrá de acuerdo con el alumno en la fecha y hora del

examen, debiendo confirmar el alumno al CA, la asistencia del jurado previamente

designado por el CA, en un plazo no mayor a 2 días hábiles. El alumno podrá

recusar por escrito a uno de los sinodales sin expresión de causa, a más tardar 2 días

hábiles a partir del que el CA haga de su conocimiento el jurado designado, para que

el CA haga los cambios que procedan y quede integrado el jurado respectivo y su

confirmación de participación. Una vez definida la asignación y asistencia de

sinodales en la fecha y hora fijada del examen profesional, el CA hará la captura de

datos en el sistema UNISOFT. La fecha del examen no podrá ser menor a 15 días de

la solicitud y entrega de documentos a Servicios Universitarios Integrados (SUI), a

fin de que se le haga llegar el documento de titulación a los integrantes del jurado de

examen profesional. El sustentante entregará junto con la carta invitación al examen

extendida por SUI, un ejemplar impreso o en forma electrónica del trabajo

desarrollado a cada sinodal y dos ejemplares más a la biblioteca de la universidad.

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El jurado estará integrado por un coordinador, un secretario y un vocal, quienes

deberán tener experiencia docente y/o profesional mínima de tres años y cédula de

ejercicio profesional de licenciatura o grado académico. El asesor podrá forma parte

del jurado en calidad de vocal.

Previa a la firma del acta de examen por parte del director del departamento y en

caso aprobatorio, el CA o el ET levantará un acta de entrega por parte del estudiante

del instructivo elaborado, lo cual hará deberá hacer de su conocimiento al director

del departamento.

La vigencia del trabajo de titulación es de un año, por lo que, en caso de no

presentarse el examen en este lapso, el interesado tendrá que realizar un revisión y

actualización del documento para poder tener derecho al examen profesional. En

caso de existir una justificación de atraso que a juicio del CA o del ET y la

Academia proceda, se omitirá la revisión del trabajo y se continuará con los trámites

de titulación.

6.2 Aspectos a considerar para la elaboración del documento

El instructivo debe ser un estudio particular que describa de forma detallada y exhaustiva,

la totalidad de las prácticas y su ejecución para un laboratorio o taller de una asignatura del

plan de estudios vigente. Para ello, el documento deberá contar con las ayudas didácticas

necesarias como son: diagramas, figuras, tablas, formatos, fotografías, etc., con objeto de

facilitar la actividad a desarrollar.

El documento elaborado tendrá como finalidad servir de guía y apoyo, para difundir los

conocimientos y adquirir cierta experiencia en las actividades a desarrollar, profundizando

en todos los aspectos, específicamente en su origen y contexto.

El instructivo impreso se entregará en hojas blancas tamaño carta (216 x 279 mm) en papel

bond de 40 kilos o equivalente, se escribirá por una sola cara. El trabajo deberá presentarse

encuadernado con pastas de marmofol de color blanco y conforme al formato que se

describe en el anexo B3 y B4. En caso de que el documento sea en forma electrónica,

también deberán tener el formato que se describe en dichos anexos.

La propiedad y derechos de uso del instructivo una vez recibido por el CA, pasará a manos

de la UPAEP, quedando la responsabilidad de su operación en el programa

correspondiente.

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Los gastos que originen la elaboración del instructivo, deberán ser cubiertos, íntegramente,

por el estudiante, salvo el caso, donde el proyecto esté financiado por la UPAEP y/o alguna

otra institución.

7. Examen general de conocimientos

En esta opción de titulación se requiere presentar en forma escrita u oral, un examen para

evaluar los conocimientos adquiridos por el egresado respecto del plan de estudios

correspondiente.

El examen escrito podrá realizarse de manera individual o en grupo, en presencia de un

aplicador por cada diez alumnos como máximo. Evaluado el examen escrito, se emitirá el

dictamen del examen profesional correspondiente.

El examen oral consistirá en un interrogatorio individual directo, público y solemne, que

formulará un jurado en nombre de la universidad, a fin de acreditar que el sustentante se

encuentra en aptitud de ejercer como profesionista, porque lo merece su nivel de

conocimientos adquiridos y su sentido de responsabilidad social demostrado.

7.1 Procedimiento

El solicitante deberá indicar en la solicitud para autorización de esta opción de

titulación, la forma en que desea ser evaluado, oral o escrita, a fin de que el

coordinador académico del programa (CA), designe al jurado y la fecha del examen.

En caso de ser aprobada la opción, ésta deberá ser registrada por el CA o pro el ET

correspondiente en el formato de selección y registro de alternativa de titulación

(anexo B2).

La Academia del programa junto con el CA o con el ET, deliberarán y en su caso

autorizarán la presentación del examen general de conocimientos y su forma de

aplicación, oral o escrita. El examen deberá cubrir los aspectos fundamentales del

plan de estudios correspondiente, para evaluar que el sustentante tiene los

conocimientos para poder desarrollarse en el campo profesional. El CA designará el

o los profesores para la elaboración del borrador del examen y pueda ser discutido y

aprobado por la Academia.

Una vez aprobado y recibido el documento de examen por el CA, éste se pondrá de

acuerdo con el alumno en la fecha y hora del examen, debiendo confirmar el alumno

al CA, la asistencia del jurado previamente designado por el CA, en un plazo no

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mayor a 2 días hábiles. El alumno podrá recusar por escrito a uno de los sinodales

sin expresión de causa, a más tardar 2 días hábiles a partir del que el CA haga de su

conocimiento el jurado designado, para que el CA haga los cambios que procedan y

quede integrado el jurado respectivo y su confirmación de participación. Una vez

definida la asignación y asistencia de sinodales en la fecha y hora fijada del examen

profesional, el CA hará la captura de datos en el sistema UNISOFT. La fecha del

examen no podrá ser menor a 15 días de la solicitud y entrega de documentos a

Servicios Universitarios Integrados (SUI), a fin de que se le haga llegar el

documento de titulación a los integrantes del jurado de examen profesional. El

sustentante entregará la carta invitación al examen extendida por SUI.

El jurado para el examen oral o escrito, estará integrado por un coordinador, un

secretario y un vocal, quienes deberán tener experiencia docente y/o profesional

mínima de tres años y cédula de ejercicio profesional de licenciatura o grado

académico.

En el caso de que se presente el examen por escrito, el CA designará al aplicador, el

cual podrá ser o no miembro del jurado. La evaluación y dictamen del examen

deberá ser realizado en fecha posterior por el jurado designado y emitir el acta de

examen correspondiente, en una ceremonia de grado (parte protocolaria del examen.

Sección IV).

7.2 Aspectos a considerar para la presentación del examen

El examen abarcará todas las asignaturas del plan de estudios correspondiente y estará

enfocado a valorar si el estudiante posee los conocimientos y habilidades básicas de su

profesión, para poder enfrentar los retos laborales, académicos o de investigación que le

esperan. Podrán ser preguntas directas o de selección, dependiendo el tema de que se trate y

la forma de presentación.

El examen tendrá una duración máxima de tres horas en cualquiera de sus modalidades y

será el coordinador del jurado, el responsable de vigilar su cumplimiento.

Cualquier otro aspecto del examen y su aplicación no considerado en este manual, deberá

ser analizado por el CA o por el ET junto con la Academia, para emitir la decisión

correspondiente.

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8. Artículo especializado

Esta opción de titulación consiste en la elaboración y publicación de un artículo en una

revista arbitrada, y presentar un examen en defensa del mismo. Su publicación o al menos

la aceptación del artículo, deberá ser mientras el estudiante esté inscrito en licenciatura de

UPAEP o se encuentre en proceso de titulación. El trabajo deberá estar relacionado con el

programa de estudios del alumno que publica, lo cual será verificado por el coordinador

académico de la carrera (CA) o por el enlace de titulación respectivo (ET) y el director de

departamento.

Se permitirá un máximo de dos estudiantes que puedan titularse con un mismo artículo en

coautoría, siempre y cuando, se respete lo señalado el inciso 8.2 del presente manual.

8.1 Procedimiento

El estudiante deberá indicar en la solicitud para autorización de esta opción de

titulación, la revista arbitrada seleccionada, el tema a desarrollar y con cuál o cuáles

asignaturas del plan de estudios vigente se relaciona el artículo, así como el nombre

de los coautores que participan en la publicación.

La solicitud de autorización deberá entregarse al coordinador académico con la

suficiente antelación, para respetar los tiempos que indica la UPAEP y los que

señale la revista arbitrada.

La Academia del programa junto con el CA o con el ET, deliberarán y en su caso

autorizarán el artículo propuesto como opción de titulación. El resultado de la

deliberación deberá hacerse del conocimiento del alumno en un plazo no mayor a 7

días calendario a partir de la solicitud, mediante escrito elaborado por el CA o por el

ET con visto bueno del Director del Departamento. En caso de ser aprobado el

trabajo, éste deberá ser registrado por el CA o por el ET correspondiente en el

formato de selección y registro de alternativa de titulación (anexo B2).

El estudiante deberá entregar al CA o al ET, la carta de aceptación emitida por la

instancia que publicará el artículo, así como una copia del correspondiente

manuscrito. Será el CA o el ET quien revise la aplicabilidad de estos documentos.

Una vez aprobado y recibido el documento final de titulación por el CA o por el ET,

el coordinador académico se pondrá de acuerdo con el alumno en la fecha y hora del

examen, debiendo confirmar el alumno al CA, la asistencia del jurado previamente

designado por el CA, en un plazo no mayor a 2 días hábiles. El alumno podrá

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recusar por escrito a uno de los sinodales sin expresión de causa, a más tardar 2 días

hábiles a partir del que el CA haga de su conocimiento el jurado designado, para que

el CA haga los cambios que procedan y quede integrado el jurado respectivo y su

confirmación de participación. Una vez definida la asignación y asistencia de

sinodales en la fecha y hora fijada del examen profesional, el CA hará la captura de

datos en el sistema UNISOFT. La fecha del examen no podrá ser menor a 15 días de

la solicitud y entrega de documentos a Servicios Universitarios Integrados (SUI), a

fin de que se le haga llegar el documento de titulación a los integrantes del jurado de

examen profesional. El sustentante entregará junto con la carta invitación al examen

extendida por SUI, un ejemplar impreso o en forma electrónica del trabajo

desarrollado a cada sinodal y dos ejemplares más a la biblioteca de la universidad.

También deberá entregar a la Dirección de Investigación de la UPAEP, una copia de

la carta de aceptación, una copia del artículo y la referencia de la publicación.

El jurado estará integrado por un coordinador, un secretario y un vocal, quienes

deberán tener experiencia docente y/o profesional mínima de tres años y cédula de

ejercicio profesional de licenciatura o grado académico.

La vigencia del trabajo de titulación es de un año, por lo que, en caso de no

presentarse el examen en este lapso, el interesado(s) tendrá que realizar un revisión

y actualización del artículo para poder tener derecho al examen profesional. En caso

de existir una justificación de atraso que a juicio del CA o del ET y la Academia

proceda, se omitirá la revisión del trabajo y se continuará con los trámites de

titulación.

8.2 Aspectos a considerar para la elaboración del artículo

Además de que el artículo debe estar relacionado al programa de estudios del alumno que

publica, la revista deberá estar en el Index de Thomson Reuters o al menos en el Índice de

Revistas Mexicanas de Investigación Científica y Tecnológica del Consejo Nacional de

Ciencia y Tecnología (CONACYT).

Sólo se aceptarán artículos de publicación inédita.

En el artículo publicado, el estudiante a titularse deberá presentarse como de adscripción a

la UPAEP.

El estudiante que desee titularse por esta opción, deberá:

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a. Aparecer como primer o segundo autor, siempre y cuando, sólo un

estudiante se titule con dicho artículo.

b. Aparecer entre los tres primeros autores, siempre y cuando, más de un

estudiante se titule con el mismo artículo publicando como coautores.

Cualquier caso no contemplado en el presente manual, será sometido a consideración de la

Academia del programa y su resolución deberá contar con el visto bueno del director del

departamento.

8.3 Características y formatos académicos

Los requisitos de contenido y forma, serán los que fije el comité editorial de la revista

donde se desea publicar.

9. Titulación extemporánea

Aquellos egresados que hayan terminado su currícula académica y que después de dos años

no se han titulado, podrán acceder al procedimiento de titulación, eligiendo entre estas dos

opciones:

a) Presentación de una memoria de experiencia profesional y sustentación de un

examen en defensa de la misma.

b) Cursos remediales de actualización con elaboración de un informe sobre el

mismo y sustentación de un examen en defensa del trabajo realizado.

La memoria por experiencia profesional consiste en la elaboración de un trabajo o informe

escritos de alta calidad, relacionado con las actividades realizadas durante el ejercicio

profesional, mínimo de tres años comprobables, afín al plan de estudios cursado. En este

trabajo deberán observarse aportaciones personales del egresado, en la innovación de

sistemas, aparatos, o mejoramiento profesional de algún proceso bajo su responsabilidad.

La memoria deberá ser individual y estar avalada por la empresa, organización ó

dependencia pública donde se realizaron las actividades.

Los cursos de actualización deberán ser afines al programa académico del solicitante y

deberá elaborarse un informe escrito sobre los cursos que se le asignaron como opción de

titulación.

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9.1 Procedimiento

El solicitante deberá indicar en la solicitud para autorización de esta opción de

titulación, la forma en que pretende cubrir esta opción, así como anexar su

curriculum vitae. En el caso de la memoria, se deberá indicar el tema elegido y la

documentación que avale lo que se pretende desarrollar.

Para la elaboración de la memoria, será necesario que el estudiante cuente con un

asesor a lo largo del desarrollo del trabajo.

El asesor podrá ser el coordinador académico o algún profesor de tiempo completo,

medio tiempo u hora clase del programa. Titulado y con experiencia comprobada

de 5 años en el campo del caso a desarrollar. Para ello, el alumno deberá entregar

junto con la solicitud de opción de titulación, el asesor propuesto para el trabajo, que

fungirá como director del mismo.

La Academia del programa junto con el coordinador académico (CA) o el enlace de

titulación respectivo (ET), deliberarán y en su caso autorizarán el desarrollo de la

memoria. El resultado de la deliberación deberá hacerse del conocimiento del

alumno en un plazo máximo de 15 días calendario a partir de recibida la solicitud,

mediante escrito elaborado por el CA o por el ET con visto bueno del Director del

Departamento. El coordinador elaborará la invitación oficial al asesor, la cual será

entregada por el alumno, recabando su visto bueno de aceptación en copia de la

misma y devuelta al coordinador para su archivo. En caso de ser aprobado el

trabajo, éste deberá ser registrado por el CA o por el ET en el formato de selección y

registro de alternativa de titulación (anexo B2).

En caso de que el asesor del trabajo no cuente con número de registro en el sistema

UNISOFT, el alumno deberá solicitar al CA los requisitos para el trámite y hacerse

responsable de entregar al CA los documentos necesarios por parte del asesor, para

que el CA haga el proceso correspondiente y se obtenga su registro.

En el caso de cursos remediales de actualización, éstos serán asignados por el CA o

el ET y de acuerdo al perfil profesional del solicitante. El CA o el ET hará

conocimiento de ello al estudiante, mediante escrito avalado por el director del

departamento. Los cursos podrán ser en la UPAEP o en alguna otra institución

reconocida por ANUIES o FIMPES. Los costos serán sufragados por el solicitante.

El estudiante deberá entregar un borrador del trabajo elaborado al CA o al ET,

cualquiera que sea el caso, y en un plazo no mayor a 15 días calendario de recibido

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el documento, el CA o el ET entregará por escrito al solicitante, las observaciones

y/o correcciones que deberán hacerse al trabajo, o en su defecto extenderá el visto

bueno para la impresión de los mismos. El CA designará el o los profesores para la

revisión del borrador.

Una vez aprobado y recibido el documento final de titulación por el CA o por el ET,

el coordinador académico se pondrá de acuerdo con el alumno en la fecha y hora del

examen, debiendo confirmar el alumno al CA, la asistencia del jurado previamente

designado por el CA, en un plazo no mayor a 2 días hábiles. El alumno podrá

recusar por escrito a uno de los sinodales sin expresión de causa, a más tardar 2 días

hábiles a partir del que el CA haga de su conocimiento el jurado designado, para que

el CA haga los cambios que procedan y quede integrado el jurado respectivo y su

confirmación de participación. Una vez definida la asignación y asistencia de

sinodales en la fecha y hora fijada del examen profesional, el CA hará la captura de

datos en el sistema UNISOFT. La fecha del examen no podrá ser menor a 15 días de

la solicitud y entrega de documentos a Servicios Universitarios Integrados (SUI), a

fin de que se le haga llegar el documento de titulación a los integrantes del jurado de

examen profesional. El sustentante entregará junto con la carta invitación al examen

extendida por SUI, un ejemplar impreso o en forma electrónica del trabajo

desarrollado a cada sinodal y dos ejemplares más a la biblioteca de la universidad.

El jurado estará integrado por un coordinador, un secretario y un vocal, quienes

deberán tener experiencia docente y/o profesional mínima de cinco años y cédula de

ejercicio profesional de licenciatura o grado académico. El asesor podrá forma parte

del jurado en calidad de vocal.

La vigencia del trabajo de titulación es de un año, por lo que, en caso de no

presentarse el examen en este lapso, el interesado(s) tendrá que realizar un revisión

y actualización del artículo para poder tener derecho al examen profesional. En caso

de existir una justificación de atraso que a juicio del CA o del ET y la Academia

proceda, se omitirá la revisión del trabajo y se continuará con los trámites de

titulación.

9.2 Aspectos a considerar para la elaboración del documento

El informe o memoria impreso se entregará en hojas blancas tamaño carta (216 x 279 mm)

en papel bond de 40 kilos o equivalente, se escribirá por una sola cara. El trabajo deberá

presentarse encuadernado con pastas de marmofol de color blanco y conforme al formato

que se describe en el anexo B3. En caso de que el documento sea en forma electrónica,

también deberán tener el formato que se describe en dicho anexo.

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9.3 Características y formatos académicos

Las consideraciones y formato general que deberá observarse en el documento a

desarrollar, están señalados en el anexo B4.

10. Titulación automática

Se podrá optar por esta opción en el caso de haber obtenido un promedio general mínimo

de nueve punto cinco (9.5) durante su carrera, y no haber reprobado ninguna asignatura a lo

largo de la misma. También se podrá obtener la titulación automática, al obtener el

“Testimonio de Alto Rendimiento Académico” con el reconocimiento de “Sobresaliente”,

en el Examen General de Egreso de Licenciatura (EGEL) propio de su carrera y que aplica

el Centro Nacional de Evaluación de la Educación Superior (CENEVAL).

Se podrá optar por la “Mención Honorífica” sustentando un examen profesional general de

conocimientos – oral o escrito - y que a juicio del jurado resulte excelente.

10.1 Procedimiento

El solicitante deberá anexar a la solicitud para autorización de esta opción de

titulación, la documentación que sustente el derecho a esta opción.

Una vez recibida la documentación que da derecho esta opción y revisada por el

CA, éste se pondrá de acuerdo con el alumno en la fecha y hora del examen,

debiendo confirmar el alumno al CA, la asistencia del jurado previamente designado

por el CA, en un plazo no mayor a 2 días hábiles. El alumno podrá recusar por

escrito a uno de los sinodales sin expresión de causa, a más tardar 2 días hábiles a

partir del que el CA haga de su conocimiento el jurado designado, para que el CA

haga los cambios que procedan y quede integrado el jurado respectivo y su

confirmación de participación. Una vez definida la asignación y asistencia de

sinodales en la fecha y hora fijada del examen profesional, el CA hará la captura de

datos en el sistema UNISOFT. La fecha del examen no podrá ser menor a 15 días de

la solicitud y entrega de documentos a Servicios Universitarios Integrados (SUI), a

fin de que se le haga llegar el documento de titulación a los integrantes del jurado de

examen profesional. El sustentante entregará junto con la carta invitación al examen

extendida por SUI.

Una vez recibida la documentación que da derecho esta opción y revisada por el

CA, éste fijará la fecha y hora del evento protocolario de titulación, así como los

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sinodales en el sistema UNISOFT. La fecha del evento no podrá ser menor a 15 días

de la solicitud y entrega de documentos a Servicios Universitarios Integrales (SUI).

El sustentante entregará a los sinodales junto con la carta invitación al examen,

extendida por SUI.

El jurado estará integrado por un coordinador, un secretario y un vocal, quienes

deberán tener experiencia docente y/o profesional mínima de tres años y cédula de

ejercicio profesional de licenciatura o grado académico. El alumno podrá recusar

por escrito, a uno de los sinodales, sin expresión de causa dentro de las veinticuatro

horas siguientes, para que el CA haga los cambios que procedan y quede integrado

el jurado respectivo.

Sección IV. Protocolo del examen profesional

A continuación se señalan los lineamientos principales que se deberán de seguir para el

desarrollo del examen profesional, sin embargo, queda a juicio del coordinador del jurado

cualquier cambio o ajuste al respecto.

En el caso de que la opción de examen sea por titulación automática, los lineamientos que

deberán seguirse son los marcados en los incisos 3), 5), 6), 10) y 11). El coordinador del

jurado deberá explicar al sustentante, la razón de no realizarse lo indicado en los otros

incisos.

1) El examen podrá ser individual o en grupo, según la opción de titulación seleccionada y

el número de participantes en el desarrollo del trabajo.

2) El examen se divide en 2 partes: Exposición del trabajo

Evaluación y resultado

3) El jurado consta de 3 sinodales (Coordinador, Secretario y Vocal), que deberán ser

designados previamente por el coordinador académico del programa.

4) Los asesores podrán ser invitados al examen, pudiendo participar en la sesión de

preguntas, pero sin voto en la evaluación; solo el director del trabajo puede ser parte del

jurado como vocal.

5) El sustentante entregará al coordinador antes de iniciar el examen, el acta de examen y

la documentación complementaria. El acta deberá recogerse en SUI y con el

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coordinador del programa la toma de protesta, original y copia, y el código de ética,

previamente llenados por el coordinador.

6) El jurado previo al examen y sin presencia del sustentante, revisará la documentación

entregada para conocer los aspectos académicos a considerar en el examen y acordar los

detalles del acto, así como analizar si es posible otorgar mención honorífica.

7) El sustentante tendrá 40 minutos como máximo, para hacer la presentación del trabajo,

en caso de ser varios los examinados, deberán participar todos en la exposición. El

secretario será responsable de su cumplimiento.

8) Cada uno de los sinodales dispondrá de un lapso máximo de 30 minutos para realizar

las preguntas que considere conveniente al o los sustentantes. Todos los asesores que no

forman parte del jurado, tienen derecho a formular preguntas al examinado, previa

autorización del coordinador del examen.

9) Una vez concluidas las preguntas, el coordinador pedirá a los sustentantes, asesores y

demás concurrencia que salgan, para llevar a cabo la evaluación correspondiente,

tomando en cuenta la calidad del trabajo y la exposición, así como el conocimiento del

trabajo por parte del o los examinados. La evaluación será conforme a lo señalado en la

documentación anexa al acta de examen (anexo C).

10) A continuación, el secretario llenará el acta de examen profesional con base a la

decisión final del jurado y se firmará el acta y, la toma de protesta, si procede (anexo

C).

11) Se llama al o los examinados y se realiza lo siguiente, bajo la moderación del

coordinador:

a) El secretario da lectura al acta correspondiente. En caso de reprobación, se

da por terminado el acto y se remite al interesado con el coordinador

académico para el trámite a seguir

b) A continuación, el vocal se dirige al examinado y hace las recomendaciones

que el jurado haya considerado pertinentes. Estas recomendaciones pueden

ser una felicitación o bien una observación a fin de mejorar sus

conocimientos y criterios, etc.

c) Acto seguido, el coordinador toma la protesta al nuevo profesionista (anexo

C). El primer y tercer párrafo del documento es leído por el coordinador, el

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segundo por el examinado. El sustentante deberá firmar el documento para

su entrega.

d) Finalmente, el coordinador entrega al profesionista el Código de Ética

Profesional, haciendo hincapié de su observancia en todo momento de su

vida profesional, y le solicita firme la Toma de Protesta para hacerle entrega

de la misma. El acta y demás documentos, el secretario los deberá depositar

en el buzón correspondiente, a la entrada de sala de maestros.

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ANEXO A

REGLAMENTO DE TITULACIÓN PARA LICENCIATURA

GENERALIDADES

CAPÍTULO I

ARTÍCULO 1.- El presente reglamento es de observancia general para los alumnos que

han cumplido la currícula académica para obtener el grado de licenciatura. El sistema de

Bachillerato y los posgrados, no quedan incluidos.

ARTÍCULO 2.- Son requisitos indispensables para obtener el título profesional, del grado

de licenciatura, que el solicitante acredite:

a) La aprobación de todas y cada una de las asignaturas que comprenden el programa

escolar del plan de estudios.

b) El cumplimiento del servicio social conforme a los lineamientos que señale el

Reglamento General de Servicio Social.

c) Haber pagado cualquier tipo de cuota y no tener adeudo alguno. Los becarios, estarán

sujetos a lo dispuesto en el Reglamento de Apoyos Financieros.

d) Entregar oportunamente toda la documentación que le hubiere sido requerida, a fin de

que las autoridades administrativas universitarias integren el expediente completo.

e) El cumplimiento de cualquiera de las opciones de titulación

f) Cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento General Académico de

Licenciatura y los propios del Departamento Académico al que pertenece el programa de

Licenciatura.

CAPÍTULO II

OPCIONES DE TITULACIÓN

Artículo 3.- Las opciones de titulación entre las que puede escoger el alumno, son:

a) Elaboración de tesis y sustentación de examen en defensa de la misma.

b) Elaboración de trabajos prácticos y sustentación de examen en defensa de los mismos.

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c) Cursos de posgrado con presentación de ensayo o monografía y sustentación de examen

en defensa de los mismos.

d) Elaboración de una monografía y sustentación de examen en defensa de la misma.

e) Elaboración de un prototipo didáctico y sustentación de examen en defensa del mismo.

f) Elaboración de un instructivo para prácticas de laboratorio y taller y sustentación de

examen en defensa del mismo.

g) Sustentación de examen general de conocimientos – oral o escrito.

h) Titulación extemporánea.

i) Titulación automática: se podrá optar por esta opción en el caso de haber obtenido un

promedio general mínimo de nueve punto cinco (9.5) durante su carrera, y no haber

reprobado ninguna asignatura a lo largo de la misma. Se podrá optar por la “Mención

Honorífica” sustentando examen profesional general de conocimientos – oral o escrito - y

que a juicio del jurado resulte excelente.

ARTÍCULO 4.- Se podrá optar por la Mención Honorífica en el caso de las opciones de

titulación de los incisos a,b,c,d,e,f,g,h,i del artículo que antecede.

ARTÍCULO 5.- El solicitante, cuando menos seis meses antes de la fecha tentativa de

titulación, de acuerdo al plan de estudios de la carrera, deberá manifestar su opción de

titulación, que en cualquier caso será registrado por el director del departamento.

ARTÍCULO 6.- El director del departamento al recibir la solicitud de titulación a que se

refiere el artículo que antecede, aprobará al solicitante la opción de titulación de

conformidad con los siguientes criterios:

a) Expediente académico del alumno.

b) Tendencias o inclinaciones que se desprendan.

c) Beneficios mediatos o inmediatos para el alumno, el departamento y la propia

universidad.

CAPÍTULO III

DE LA ELABORACIÓN DE TESIS

Y SUSTENTACIÓN DE EXAMEN EN DEFENSA DE LA MISMA

ARTÍCULO 7.- Esta opción de titulación consiste en un trabajo de investigación que el

alumno realiza, bajo la dirección de un asesor previamente designado, y respecto a una

temática de interés para el departamento y el entorno regional.

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ARTÍCULO 8.- La tesis se elaborará de acuerdo a los siguientes criterios:

a) Podrá ser elaborada en forma individual o colectiva, máximo tres integrantes.

b) El tema de tesis planteado se deberá desarrollar, de manera que el (los) sustentante (s)

manifieste (n) dominio suficiente de la metodología científica, habilidades y conocimientos

en el tema propuesto.

c) El planteamiento, desarrollo, presentación, y conclusiones de la tesis se apegarán a un

método de investigación avalado por el director del departamento y el asesor de la tesis.

ARTÍCULO 9.- La tesis desarrollada y con la aprobación del asesor se entregará a la

dirección del departamento, cuando menos con un mes de anticipación, a fin de que se le

haga llegar a los integrantes del jurado de examen profesional. El sustentante entregará un

ejemplar impreso o en forma electrónica para cada sinodal y dos más para la biblioteca de

la universidad.

ARTÍCULO 10.- El asesor que supervisa la tesis y los docentes que fungirán como

miembros del jurado del examen correspondiente, serán designados únicamente por el

director del departamento, quienes deberán tener experiencia docente y/o profesional

mínima de tres años, cédula de ejercicio profesional de licenciatura o grado académico, así

como conocer ampliamente el contenido de la tesis.

CAPITULO IV

ELABORACIÓN DE TRABAJOS PRÁCTICOS Y SUSTENTACIÓN DE EXAMEN

EN DEFENSA DE LOS MISMOS

ARTÍCULO 11.- El alumno elaborará un informe escrito sobre:

a) Proyectos de desarrollo de una comunidad, con apego al Reglamento de Servicio Social.

b) Experiencias de aportación de soluciones específicas en el trabajo de una empresa,

(prácticas profesionales).

ARTICULO 12.- El trabajo desarrollado y con la aprobación del asesor se entregará a la

dirección del departamento, cuando menos con un mes de anticipación, a fin de que se le

haga llegar a los integrantes del jurado de examen profesional. El sustentante entregará un

ejemplar impreso o en forma electrónica para cada sinodal y dos más para la biblioteca de

la universidad.

ARTICULO 13.- El trabajo práctico desarrollado y con la aprobación del asesor que

supervisa y los docentes que fungirán como miembros del jurado del examen

correspondiente, serán designados únicamente por el director del departamento, quienes

deberán tener experiencia docente y/o profesional mínima de tres años, cédula de ejercicio

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profesional de licenciatura o grado académico, así como conocer ampliamente el contenido

del trabajo.

CAPÍTULO V

CURSOS DE POSGRADO CON PRESENTACIÓN DE ENSAYO O MONOGRAFÍA

Y SUSTENTACIÓN DE EXAMEN EN DEFENSA DE LOS MISMOS.

ARTÍCULO 14.- Esta opción de titulación consiste en la acreditación de tres asignaturas

de un programa de maestría o especialidad, en ésta o en cualquier universidad previamente

reconocida por la institución y aprobada por el director del departamento. La maestría o

especialidad debe corresponder al área del programa académico del sustentante. Posterior a

la aprobación de estas tres asignaturas, el alumno deberá elaborar un ensayo o monografía

de dichas asignaturas, de acuerdo a la metodología que señale el director de departamento

académico

ARTÍCULO 15.- Las asignaturas deberán corresponder exclusivamente a los estudios

propios de la maestría o especialidad de que se trate, en ningún caso se aceptan asignaturas

de regularización, de propedéuticos u optativas. La calificación aprobatoria será la mínima

necesaria para el acreditamiento en el curso respectivo en la universidad de que se trate.

ARTICULO 16.- Los sinodales que fungirán como miembros del jurado del examen

profesional correspondiente, serán designados únicamente por el director del departamento,

quienes deberán tener experiencia docente y/o profesional mínima de tres años y cédula de

ejercicio profesional de licenciatura o grado académico.

CAPITULO VI

DE LA ELABORACIÓN DE UNA MONOGRAFÍA Y SUSTENTACIÓN DE

EXAMEN EN DEFENSA DE LA MISMA

ARTÍCULO 17.- La monografía consistirá en la elaboración de un documento impreso,

cuyas hojas se encuentren reunidas y ordenadas para la lectura y contendrá información

relevante estrechamente relacionada con alguna asignatura del plan de estudios vigente.

ARTÍCULO 18.- La monografía podrá ser elaborada en forma individual o colectiva, -

máximo tres integrantes-. La monografía después de haber sido aprobada por el asesor se

entregará a la dirección del departamento, cuando menos con un mes de anticipación, a fin

de que se le haga llegar a los integrantes del jurado de examen profesional. El sustentante

entregará un ejemplar impreso o en forma electrónica para cada sinodal y dos más para la

biblioteca de la universidad.

ARTÍCULO 19.- La elaboración de la monografía deberá ser supervisada por el asesor

designado por el director del departamento, así como por los docentes que fungirán como

miembros del jurado del examen correspondiente; los cuales deben tener experiencia

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docente y/o profesional mínima de tres años, y cédula de ejercicio profesional de

licenciatura o grado académico, así como conocer ampliamente el contenido de la

monografía.

CAPITULO VII

ELABORACIÓN DE UN PROTOTIPO DIDÁCTICO Y SUSTENTACIÓN DE

EXAMEN EN DEFENSA DEL MISMO

ARTÍCULO 20.- El prototipo educativo consistirá en un trabajo que sea útil en el logro de

objetivos de alguna asignatura del plan de estudios, pudiendo ser:

I. Audiovisuales que deberán presentar en forma clara y objetiva contenidos difíciles de

entender o realizar en el laboratorio, taller o aula.

II. Equipos cuya función primordial sea mostrar en forma clara y objetiva los

procedimientos o reacciones.

III. Paquetes educativos de cómputo o laboratorio virtual.

El prototipo didáctico podrá ser elaborado en forma individual o colectiva, - máximo tres

integrantes –.

ARTÍCULO 21.- El prototipo didáctico desarrollado y con la aprobación del asesor se

entregara a la dirección del departamento, cuando menos con un mes de anticipación, a fin

de que se le haga llegar a los integrantes del jurado del examen profesional. El sustentante

entregara un ejemplar impreso o en forma electrónica para cada sinodal y dos más para la

biblioteca de la universidad.

ARTÍCULO 22.- La elaboración del prototipo didáctico deberá ser supervisada por el

asesor designado por el director del departamento, así como por los docentes que fungirán

como miembros del jurado del examen correspondiente; los cuales deben tener experiencia

docente y/o profesional mínima de tres años, y cédula de ejercicio profesional de

licenciatura o grado académico, así como conocer ampliamente el contenido del prototipo.

CAPÍTULO VIII

ELABORACIÓN DE UN INSTRUCTIVO DE PRÁCTICAS PARA LABORATORIO

O TALLER Y SUSTENTACIÓN DE EXAMEN EN DEFENSA DEL MISMO

ARTÍCULO 23.- Deberá entenderse por instructivo de prácticas para laboratorio o taller,

el documento que contenga todas las prácticas que deben realizarse correspondientes al

programa de una asignatura del plan de estudios vigente.

ARTÍCULO 24.- El instructivo de prácticas para laboratorio o taller deberá elaborarse

individualmente.

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ARTÍCULO 25.- El instructivo de prácticas desarrollado y con la aprobación del asesor se

entregara a la dirección del departamento, cuando menos con un mes de anticipación, a fin

de que se le haga llegar a los integrantes del jurado del examen profesional. El sustentante

entregara un ejemplar impreso o en forma electrónica para cada sinodal y dos más para la

biblioteca de la universidad.

ARTÍCULO 26.- La elaboración del instructivo de prácticas de laboratorio o taller deberá

ser supervisado por el asesor que designe el director del departamento, así como por los

docentes que fungirán como miembros del jurado del examen correspondiente, los cuales

deben tener experiencia docente y/o profesional mínima de tres años, y cédula de ejercicio

profesional de licenciatura o grado académico, así como conocer ampliamente el contenido

del instructivo.

CAPITULO IX

SUSTENTACIÓN DE EXAMEN GENERAL DE CONOCIMIENTOS –ORAL Ó

ESCRITO-.

ARTÍCULO 27.- El examen habrá de evaluar los conocimientos adquiridos por el

egresado, respecto del plan de estudios correspondiente.

ARTÍCULO 28.- El examen puede ser presentado en forma oral o escrita.

ARTÍCULO 29.- El examen escrito podrá realizarse de manera individual o colectiva, en

presencia de un aplicador por cada diez alumnos, que debe ser designado por el director del

departamento. Evaluado el examen escrito se emitirá el dictamen del examen profesional

correspondiente.

ARTÍCULO 30.- Los sinodales del examen profesional escrito, serán designados por el

director del departamento, los cuales deben tener experiencia docente y/o profesional

mínima de tres años, y cédula de ejercicio profesional de licenciatura o grado académico.

ARTÍCULO 31.- El examen oral consistirá en el interrogatorio directo, público y solemne

que formula un jurado en nombre de la universidad, a fin de acreditar que el sustentante se

encuentra en aptitud de ejercer como profesionista, porque lo merece su nivel de

conocimientos adquiridos y su sentido de responsabilidad social demostrado.

ARTÍCULO 32.- El examen oral será individual y ante el jurado nombrado por el director

del departamento, de entre el personal docente que cubra los siguientes requisitos:

I. Tener experiencia docente y/o profesional mínima de tres años;

II. Poseer cédula de ejercicio profesional de licenciatura o de grado académico.

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CAPÍTULO X

TITULACIÓN EXTEMPORÁNEA

ARTÍCULO 33.- Aquellos egresados que hayan terminado su currícula académica y que

después de dos años no se haya titulado, podrán acceder al procedimiento de titulación,

eligiendo entre estas dos opciones:

a) Presentación de la memoria de experiencia profesional y sustentación de examen en

defensa de su trabajo

b) Curso remedial de actualización con elaboración de un informe sobre el mismo y

sustentación de examen en defensa de su trabajo.

ARTÍCULO 34.- La memoria por experiencia profesional consiste en la elaboración de un

trabajo o informe escritos de alta calidad, relacionados con las actividades realizadas

durante el ejercicio profesional, mínimo de tres años comprobables, afín al plan de estudios

cursado. En este trabajo deberán observarse aportaciones personales del egresado en la

innovación de sistemas, aparatos, o mejoramiento profesional de algún proceso bajo su

responsabilidad.

ARTÍCULO 35.- El trabajo o informe deberá estar avalado por la empresa, organización ó

dependencia pública donde se realizaron las actividades y por el director del departamento,

mediante dictamen de su personal académico en el que se considerará la calidad y

veracidad del mismo.

ARTICULO 36.- El trabajo o informe de experiencia profesional deberá ser individual.

ARTICULO 37.- Aprobado el informe, el aspirante deberá sustentar la defensa de su

trabajo ante un jurado integrado por tres sinodales como mínimo, los cuales deberán ser

designados por el director del departamento, quienes deberán tener experiencia docente y/o

profesional mínima de cinco años, cédula de ejercicio profesional de licenciatura o grado

académico, así como conocer ampliamente el contenido de la memoria.

ARTÍCULO 38.- La memoria de experiencia profesional, se entregará a la dirección del

departamento, cuando menos con un mes de anticipación, a fin de que se le haga llegar a

los integrantes del jurado del examen profesional. El sustentante entregará un ejemplar

impreso o en forma electrónica para cada sinodal y dos más para la biblioteca de la

universidad.

ARTÍCULO 39.- La elaboración de la memoria de experiencia profesional, deberá ser

supervisada por los maestros que fungirán como miembros del jurado del examen

correspondiente; los cuales deben tener experiencia docente y/o profesional mínima de

cinco años, y cédula de ejercicio profesional de licenciatura o grado académico, así como

conocer ampliamente el contenido de la memoria.

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ARTÍCULO 40.- Los cursos remediales de actualización deberán ser designados por el

Director del Departamento, los que deben ser afines al programa académico del solicitante.

ARTÍCULO 41.- El alumno elaborará un informe escrito sobre los cursos que se le

asignaron como opción de titulación.

ARTÍCULO 42.- El trabajo desarrollado y con la aprobación del asesor, se entregará a la

dirección del departamento, cuando menos con un mes de anticipación, a fin de que se le

haga llegar a los integrantes del jurado de examen profesional. El sustentante entregará un

ejemplar impreso o en forma electrónica para cada sinodal y dos más para la biblioteca de

la universidad.

ARTÍCULO 43.- Los maestros que fungirán como miembros del jurado de examen

profesional, deberán tener experiencia docente y/o profesional mínima de cinco años, y

cédula de ejercicio profesional de licenciatura o grado académico, así como conocer

ampliamente el contenido del informe.

CAPITULO XI

DEL EXAMEN PROFESIONAL

ARTÍCULO 44.- El examen profesional se deberá solicitar dentro de un plazo que no será

mayor a dos años inmediatos siguientes, contados a partir del acreditamiento de la última

asignatura del plan de estudios vigente.

ARTÍCULO 45.- El examen profesional deberá celebrarse en el recinto universitario y será

público, indefectiblemente. De ordinario se verificará en un solo acto, el día y hora que por

escrito señale el director del departamento.

ARTÍCULO 46.- El director procederá a la designación de los integrantes del jurado del

examen libremente, y la notificará al solicitante, quien podrá recusar por escrito, a uno, sin

expresión de causa dentro de las veinticuatro horas siguientes. Los nominados en definitiva,

serán convocados, por escrito, cuando menos quince días antes de la fecha, que también

señalará el propio director, en coordinación con el departamento administrativo

correspondiente.

ARTÍCULO 47.- Para ser miembro del jurado, se requiere: Ser maestro del departamento

del sustentante, o miembro del consejo académico del mismo, o de la universidad. Un

externo sólo podrá ser sinodal, cuando expresamente lo autorice el director del

departamento, además de demostrar tener experiencia docente y/o profesional mínima de

tres a cinco años y cédula de ejercicio profesional de licenciatura o grado académico.

ARTÍCULO 48.- El jurado estará integrado por un coordinador, un secretario y un vocal.

ARTÍCULO 49.- El coordinador debe dirigir el desarrollo del examen, igualmente es el

responsable de la solemnidad del mismo.

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ARTÍCULO 50.- El secretario es auxiliar del coordinador y responsable de redactar el acta

del examen. Leerá el dictamen al finalizar el examen.

ARTÍCULO 51.- El vocal es el integrante del jurado que también formula interrogatorio

libremente, como los demás sinodales.

ARTÍCULO 52.- En caso fortuito o de fuerza mayor, oportuna y debidamente acreditada

por parte del sustentante, se podrá diferir el examen. El director, de oficio, señalará nueva

fecha. En caso contrario, se deberá considerar reprobado al solicitante.

ARTÍCULO 53.- El examen consistirá en la exposición y defensa del documento

comprobatorio que el alumno realizó como opción de titulación, o en su caso, en la

presentación del examen oral o escrito.

ARTÍCULO 54. - Terminado el examen, el jurado deliberará en privado la evaluación y

emitirá su veredicto que siempre será inapelable.

ARTÍCULO 55.- El dictamen, se hará constar en el acta, y podrá ser de aprobación,

aprobación por unanimidad, aprobación por unanimidad con Mención Honorífica, y

reprobación.

ARTÍCULO 56.- El veredicto de reprobación se emitirá cuando a criterio del jurado, el

sustentante manifieste notoria insuficiencia de conocimientos. En caso contrario, el

resultado será de aprobación y el jurado bajo su responsabilidad, definirá si es por

unanimidad.

ARTÍCULO 57.- En caso de reprobación, el sustentante deberá solicitar nuevamente el

examen, después de un plazo mínimo de tres meses y no mayor de seis. Para el efecto, lo

tramitará conforme al procedimiento ordinario que previene el presente reglamento,

debiendo presentar el mismo trabajo elegido como primera opción de titulación.

ARTÍCULO 58.- El director del departamento, en la forma establecida en el presente

reglamento designará a los sinodales, fecha y demás requisitos que de ordinario previene el

reglamento.

ARTÍCULO 59.- Si el sustentante no solicitare oportunamente el examen, o lo reprobara

por segunda ocasión, sólo podrá presentar el examen profesional por tercera y última vez,

cuando haya cumplido con los requisitos remediales indicados por el director del

departamento.

ARTÍCULO 60.- Los integrantes del jurado de examen profesional podrán, si lo creen

conveniente, proponer a la universidad que se le otorgue al alumno que se examina, el

premio académico “Mención Honorífica”, el cual sólo podrá ser otorgado si dicho alumno

no reprobó ninguna asignatura durante el curso de su carrera, y cuente con un promedio de

9.0 (nueve punto cero) o superior. Además sustentar excelente examen profesional a juicio

del jurado.

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ARTÍCULO 61.- El jurado notificará al sustentante, inmediatamente a la conclusión del

examen, el veredicto en cualquiera de sus modalidades; excepto en el examen escrito.

Igualmente lo hará saber a la dirección del departamento anexando el acta respectiva, para

que se proceda a los registros pertinentes ante el departamento administrativo

correspondiente.

TRANSITORIOS

Primero.- Se abroga el Reglamento General de Titulación y todas las disposiciones que se

opongan al presente.

Segundo.- El presente Reglamento surtirá efectos a partir de su publicación en las Tablas

Oficiales de Avisos de la Universidad.

Tercero.- Para el efecto, por conducto del Rector será sometido a la aprobación de la Junta

de Gobierno para su promulgación, en términos del artículo 23 fracción 3 del Estatuto

General de la Universidad.

Cuarto.- Así lo acordó el Consejo Universitario en sesión celebrada el día 21 de abril de

2001.

El Rector

Ing. Javier Cabanas Gancedo

El Secretario del Consejo Universitario

Ing. Vicente Pacheco Ceballos

PROMULGACIÓN

La Junta de Gobierno de la Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla, en sesión

ordinaria celebrada el día 19 de junio de 2001 con fundamento en el artículo 23 fracción 3

del Estatuto General, por unanimidad acordó promulgar el presente Reglamento y para su

debido cumplimiento y observancia publíquese en las tablas oficiales de avisos.

El Presidente de la Junta de Gobierno

Ing. José Antonio Quintana Fernández

El Secretario de la Junta de Gobierno

LAE. Juan José Rodríguez Posada

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ANEXO B

FORMATOS DE TITULACIÓN

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ANEXO B1

PROTOCOLO DE INVESTIGACIÓN

Programa de

Licenciatura:

Tesista(s)

Nombre:

Matrícula

Teléfono

E-mail :

Título probable

de la tesis

Lugar y fecha

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Contenido del Protocolo

Secciones que deberán desarrollarse por el tesista.

1. Antecedentes de la investigación

2. Justificación de la investigación

3. Objetivos de investigación

4. Preguntas de Investigación (incluir hipótesis inicial si aplica)

5. Alcances y limitaciones del proyecto

6. Viabilidad de la Investigación

7. Esbozo del Marco Teórico

8. Metodología de investigación

9. Resultados (a priori) esperados

10. Contribuciones originales esperadas

11 Impacto social esperado

12. Índice tentativo

13. Cronograma

14. Referencias

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Nombre

Director de la Tesis

Firma

Segundo Asesor: Nombre Firma

Tercer Asesor: Nombre Firma

Nota: El protocolo deberá ser presentado en original y copia, impreso en hojas

blancas, tamaño carta.

PROPUESTA DE ASESOR (ES)

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Anexo B2

Selección y Registro de Alternativa de Titulación

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ANEXO B3

ASPECTOS GENERALES DEL DOCUMENTO

Carátula: formato detallado más adelante.

Márgenes: Izquierdo 3 cm, los otros tres, 2.5 cm.

Tipo de letra: Times New Roman en color negro.

o Título del capítulo: tamaño, 16; tipo, mayúsculas y negrita.

o Subtítulos: tamaño, 14; tipo, mayúsculas y negrita.

o Subsubtítulos: tamaño, 12; tipo, minúsculas y negrita.

o Texto: tamaño, 12; tipo, minúsculas.

Fórmulas: Usar el editor de ecuaciones. Numerarlas según el capítulo y su

secuencia. La fórmula se ubica en la parte izquierda del texto, con un tabulador, y el

número de la misma en la parte extrema derecha y entre paréntesis. Ejemplo:

fórmula 21 del capítulo 3, (3.21).

Respecto al tamaño de los elementos de una fórmula se recomiendan los siguientes:

Normal, 12 puntos; Sub o superíndice, 10 puntos; Símbolo, 14 puntos; Subsímbolo,

12 puntos.

Tablas y Figuras: Numerarlas según el capítulo y su secuencia, con título, en texto

normal, en la parte inferior de las mismas. Ejemplo: tabla 2 del capítulo 4, Tabla

4.2, figura 5 del capítulo 2, Fig. 2.5.

Paginado: En la primera página del capítulo el número se ubica en la parte inferior.

El número estará centrado. En las demás páginas en la parte superior derecha.

Inicio del capítulo: Éste se ubicará en la parte media de la hoja.

Separación de los renglones: 1.5 espacio

Referencias:

a) Si es de una Revista o de un Journal:

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- Choi, C. y Kim, H. (1989), “Coupled use of reduced integration and

nonconforming modes in improving quadratic plate element”, Int. J.

Num. Meth. Eng., 28(4), 1909-1928.

b) Si es de un libro:

- Salvadori, M. y Baron, M. (1961), Numerical methods in

engineering, Prentice Hall, Englewood Cliffs, NJ.

c) Si es de memorias:

- Choi, C. y Kwak, H. (1989), “Optimum RC member design with

discrete sections”, Proceedings of ´89 ASCE Structure Congress, San

Francisco, May.

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ANEXO B4

UNIVERSIDAD POPULAR AUTÓNOMA DEL

ESTADO DE PUEBLA

___________________________________________________________

(NOMBRE DE LA ESCUELA)

TITULO DE LA TESIS

Trabajo de Investigación

que para obtener el Título de

(nombre del título profesional)

Presenta:

Nombre del alumno

Puebla, Pue., México (mes) de (año)

Colocar en

este lugar, el

logotipo de la

escuela en

caso de

existir.

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Características de los trabajos de investigación

El lenguaje en los trabajos de investigación debe reunir, entre otras, las siguientes

condiciones:

Imprescindible que los párrafos y oraciones se construyan de acuerdo a las

reglas gramaticales.

La redacción del trabajo deberá hacerse en el lenguaje técnico propio de la

disciplina, observando las reglas gramaticales y ortográficas. Se deberá

utilizar la terminología propia de cada disciplina y tener dominio de su

significado.

Todo párrafo debe redactarse en la forma más ágil, real y concreta posible,

sin sacrificar la claridad.

El texto tiene que ser comprensible, sencillo y directo, sin dejar de ser

técnico; pero en ningún caso se debe llegar a la simpleza. De ser necesario,

utilizar figuras, cuadros y diagramas para facilitar la comprensión.

Debe descartarse la redacción en primera persona; deberán usarse

construcciones impersonales o en plural de la primera persona, aún cuando

se trate de redactar una crítica personal.

Formato general del trabajo de titulación.

El contenido deberá tener un esquema semejante al que a continuación se propone y

conforme al tipo y profundidad del trabajo a desarrollar, así como a las sugerencias de

los asesores. Este esquema está basado en los modelos que emplean las diferentes

instancias académicas de la universidad, relacionadas con la investigación.

1. Portada externa (anexo IIC).

2. Hoja en blanco.

3. Portada interna (mismo formato del punto 1).

4. Carta de aprobación del director y asesor(es).

5. Dedicatoria (opcional).

6. Agradecimientos (opcional).

7. Abstract / Resumen.

8. Índice general

9. Capítulo Introductorio. (El nombre del capítulo puede ser distinto).

En esta sección el alumno deberá demostrar que tiene claramente

definido el tema de investigación.

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Planteamiento del problema o de la oportunidad de

investigación

Propósito de la investigación

Objetivo de la investigación

Preguntas de Investigación

Justificación de la investigación

Alcances y limitaciones

Viabilidad de la investigación

Impacto esperado

Organización del Estudio

10. Marco Teórico. [Puede tener una extensión mayor a un capítulo y

se puede sustituir el nombre de “Marco Teórico” por otro(s)

nombre(s) que deberá(n) ser congruente(s) con su estructura y

contenido].

Cuidar que la información sea sólo la necesaria con relación a las

variables y al estado del conocimiento. Cuidar también que sea

congruente y lógica su estructuración, en todo caso que vaya de lo

general a lo particular y cuidar la forma de citar y redactar en toda

la tesis pero sobre todo en este apartado.

El alumno deberá demostrar, no sólo que conoce la literatura

relevante, sino también que es capaz de hacer un análisis crítico y

profundo a las propuestas de otros investigadores. Deberá incluir

artículos recientes publicados en revistas con arbitraje y memorias

de congresos, además de lo que aparece en libros sobre el tema.

En todo caso la revisión de literatura deberá garantizar que posee

el estado del arte en el tema seleccionado.

11. Metodología. (El título de este capítulo puede ser distinto, pero

acorde a su contenido) En esta sección el alumno deberá

demostrar que tiene claramente definidos los métodos que usará.

Deberá señalar:

Enfoque de la investigación (Cuantitativa, cualitativa, mixta)

Alcances de la investigación (Exploratoria, descriptiva,

correlacional, explicativa)

Planteamiento de las hipótesis (Si es el caso)

Diseño de la investigación para probar la hipótesis

(Experimental, no experimental)

Selección de la muestra apropiada (si es el caso)

Recolección de datos (si es el caso)

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Análisis e interpretación de resultados.

En el caso de investigaciones tecnológicas en este apartado 11,

deberá tratarse del diseño teórico del prototipo y habrá que incluir

un siguiente capítulo si es necesario para el reporte del diseño

físico, pruebas y aprobación del prototipo definitivo.

12. Contribuciones originales e impacto social logrado. (De acuerdo a

su extensión éste puede ser un capítulo o incluirse en el siguiente).

En esta sección el alumno deberá demostrar que ha hecho una

contribución original y/o creativa y medir su impacto social.

13. Conclusiones y recomendaciones. Esta sección puede

corresponder a uno o dos capítulos según se separen o no las

recomendaciones de las conclusiones, pero en todo caso deberán

compararse en las conclusiones los resultados de la investigación

con los objetivos de la misma.

14. Referencias.

15. Anexos.

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ANEXO B5

PROPUESTA DE TRABAJO PRÁCTICO,

MONOGRAFÍA O ENSAYO

Contenido

1. Título probable del trabajo que exprese con precisión lo que se pretende realizar,

en una extensión máxima de dos líneas.

2. Introducción. En esta sección se describe brevemente el tema que se va a

desarrollar y puede constar de las siguientes partes:

Identificación y clasificación del tema.

Delimitación del tema.

Esquema o bosquejo del contenido del trabajo.

3. Antecedentes. Estos son de mayor extensión que la introducción, dan una visión

global del tema e incluyen:

Los factores que motivaron la investigación.

La justificación del trabajo (necesidad y relevancia).

La revisión inicial de la literatura con citas metodológicas en los

lugares pertinentes.

4. Objetivos. Son las contribuciones que el autor pretende alcanzar en su estudio.

5. Esquema del contenido del trabajo.

6. Plan de ejecución del trabajo. Este debe contener:

Las técnicas que se utilizarán.

Los recursos que se utilizarán.

El cronograma.

7. Referencias bibliográficas.

8. Fecha probable la terminación y presentación del trabajo a revisión.

9. Datos generales y firma del asesor del trabajo.

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Nombre:

Profesión:

Experiencia en años:

Nota: La propuesta deberá ser presentada en original y copia, impresa en hojas

tamaño carta.

PROPUESTA DE ASESOR

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ANEXO B6

REQUISITOS PARA LAS ASIGNATURAS DE UN

POSGRADO COMO OPCIÓN DE TITULACIÓN

La institución donde se curse el posgrado deberá ser miembro de la Asociación

Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Nacional (ANUIES) o de la

Federación de Instituciones Mexicanas Particulares de Educación Superior (FIMPES).

En el caso de estudios en el extranjero, las instituciones deberán estar reconocidas por

CONACYT.

Las asignaturas seleccionadas como opción de titulación deberán corresponder al

primero y segundo semestre o periodo del posgrado.

El posgrado deberá estar directamente vinculado con la licenciatura cursada, así como

las asignaturas seleccionadas y quedará a juicio de la academia su aceptación.

Cualquier excepción que justifique su análisis y aprobación, deberá contar con el visto

bueno del director del departamento.

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ANEXO C

ACTA DE EXAMEN

(Falta pedir autorización de su publicación y una

copia del formato del acta de examen a Servicios

Escolares)

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Instructivo de Evaluación

(Falta pedir autorización de su publicación y una

copia del instructivo a Servicios Escolares)

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TOMA DE PROTESTA

Señor Ingeniero:____________________________________________________ Ante Dios, Rector y Guía de nuestra forma de vida y de nuestro pensamiento; ante nuestra Patria, México; ante los Catedráticos, aquí presentes en representación de las Autoridades de la Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla; ante la Sociedad a que nos debemos y estamos obligados a servir; y ante sus Padres, impulso y origen de toda su capacidad creadora, le solicito haga la protesta de ley. Protesto solemnemente cumplir y hacer cumplir el ejercicio de la profesión que libremente he elegido apegado siempre a la Normatividad, Especificaciones, Reglamentos y en general a todo lo que la rige; así como ejercer todos los preceptos morales y éticos que la propia sociedad establece para la (nombre de la profesión), buscando por sobre mi propio beneficio el de la Sociedad, aportando toda mi capacidad técnica para cumplir con obras de Calidad.

_____________________________________

PROTESTO

Si es así hecho, que Dios, nuestra Patria, la Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla, la Sociedad y Sus Padres, reclamen con orgullo sus actos y acciones que los enaltezcan, y si no, que los mismos sean quienes se lo demanden.

H. Puebla de Zaragoza, a __ de __________ de _________

____________________________ (Título y nombre)

Coordinador del Jurado

__________________________________

(Título y nombre)

Secretario del Jurado

___________________________ (Título y nombre)

Vocal del Jurado

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CÓDIGO DE ÉTICA DEL INGENIERO I.- El Ingeniero ejercerá su profesión teniendo siempre presente que deberá servir primordialmente a la

sociedad mexicana de la que forma parte. Pondrá todo su esfuerzo para lograr el mejoramiento del nivel de vida de las mayorías, para lo cual deberá estar siempre enterado de las características de nuestro país.

II.- El Ingeniero reconocerá que debe a la institución educativa en donde realizo sus estudios, el prestigio

profesional y su lugar en la sociedad. Consecuentemente, prestará todo el apoyo moral y material a su Alma Mater, impartiendo la cátedra, externando su opinión respecto a programas y planes de estudio y participando en aquéllos actos que contribuyan a darle prestigio.

III.- El Ingeniero prestará toda la colaboración necesaria para el fortalecimiento de las organizaciones

profesionales a las que se afilie. Consciente de la importancia de los cargos directivos, emitirá su voto en las elecciones a que se le convoque, desempeñará eficientemente los cargos para los que sea electo y cumplirá con diligencia las comisiones que se le asignen.

IV.- El Ingeniero le debe respeto a la persona y al trabajo de sus compañeros de profesión.

Consecuentemente, evitará lesionar el buen nombre y el prestigio profesional de sus colegas ante clientes, patrones y trabajadores; no someterá a subasta sus honorarios ni competirá en la prestación de servicios profesionales disminuyendo el justo monto de sus emolumentos, o aprovechando el previo conocimiento de los solicitados por un colega.

V.- El Ingeniero actuará ante cada cliente con absoluta lealtad y discreción, poniendo a su servicio todos

sus conocimientos y capacidad profesional. Cuidará celosamente los intereses de su cliente y sólo aceptará la retribución convenida con éste.

VI.- Cuando ocupe un puesto remunerado, ya sea en el sector público o en el privado, el Ingeniero pondrá

especial cuidado en vigilar los intereses de la entidad para la que trabaje, actuando siempre bajo las directrices que le sean fijadas por sus superiores; respetará y hará respetar su posición y su trabajo.

Asimismo pondrá especial cuidado en evitar ofrecer, solicitar o aceptar compensación alguna, con

objeto de influir en negociaciones de cualquier índole aprovechando las ventajas de su puesto. VII.- El Ingeniero será inflexible en la aplicación de las normas de protección a los trabajadores, que

caracterizan a la legislación laboral mexicana. Tratará a sus trabajadores y empleados como colaboradores en una tarea común y les proporcionará como mínimo, las prestaciones que las leyes fijen procurando además su mejoramiento material social y cultural.

VIII.- El Ingeniero debe tener plena conciencia de que los conocimientos obtenidos en las aulas, previamente

a la obtención del título, no proporcionan una preparación permanente para el ejercicio profesional, sino que éste requiere, constantemente, del empleo de nuevas técnicas y procedimientos. Consecuentemente, deberá esforzarse en mantener al día sus conocimientos relativos a la especialidad que practique. Procurará intercambiar y publicar sus experiencias, dictar conferencias y en general, desarrollar aquéllas actividades que tiendan a mejorar el nivel profesional de sus colegas, en especial de las nuevas generaciones.

IX.- El Ingeniero respetará su profesión y la ejercerá con entusiasmo seriedad y dedicación. Evitará

anunciar sus servicios en lenguaje autolaudatorio, exagerar la importancia de sus intervenciones, y actuar de cualquiera otra manera que afecte el honor, integridad y dignidad profesionales.

X.- El Ingeniero expresará su opinión profesional y rendirá informes, dictámenes y peritajes, sólo cuando

considere poseer los conocimientos necesarios para ello. Aceptará sus propios errores y se abstendrá de distorsionar o alterar hechos y situaciones con objeto de justificar su posición. Si su criterio, proposiciones u opiniones profesionales no fueren tomados en cuenta no obstante haber sido solicitados, deberá señalar claramente las posibles consecuencias y, en su caso, notificar a las autoridades competentes cuando se ponga en peligro la seguridad pública.

UPAEP