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Dirección de lo Contencioso y Servicios Institucionales MNO80000207 Vigente a partir del 15/08/2017 MANUAL DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DE LOS PROCESOS DEL ÁREA JURÍDICA CONTENCIOSA

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Dirección de lo Contencioso y Servicios Institucionales MNO80000207

Vigente a partir del 15/08/2017

MANUAL DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DE LOS PROCESOS DEL ÁREA JURÍDICA

CONTENCIOSA

Dirección de lo Contencioso y Servicios Institucionales MNO80000207

Vigente a partir del 15/08/2017

Propiedad del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. Av. Javier Barros Sierra No. 515 Col. Lomas de Santa Fe Ciudad de México, C.P. 01219 Tel. 52-70-12-00 La reproducción total o parcial de este documento podrá efectuarse mediante la autorización expresa Dirección Jurídica de lo Contencioso y Servicios Institucionales, otorgándole el crédito correspondiente.

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Manual de Políticas y Procedimientos de los Procesos del Área Jurídica

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Hoja de Autorización Elaboró Elaboró

Iván Omar Ramírez Hernández Gerente de lo Contencioso y Asuntos

Laborales

Rúbrica Fernando Ugalde Flores Gerente de Atención Contenciosa en

Delegaciones y Apoyo a Órganos Colegiados

Rúbrica

Elaboró Revisó

Julio César Jimenez Ibarra Subgerente de Servicios

Institucionales

Rúbrica José Melchor Ayala Salazar Gerente de Servicios Institucionales

Rúbrica

Revisó

Saúl Olivares Ortega Director de Control Interno

Rúbrica

Autorizó

Daniel Matíaz de la Cruz Director Jurídico de lo Contencioso y Servicios

Institucionales

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Contenido

 

Sección I. Visión General ___________________________________________ 4 

I.1. Objetivo _____________________________________________________ 4 

I.2. Alcance ______________________________________________________ 4 

I.3. Responsabilidades respecto del Manual ___________________________ 5 

I.4. Marco Jurídico y Normativo _____________________________________ 6 

I.5. Instancias de Autorización  ______________________________________ 7 

I.6.  Definiciones y Términos ________________________________________ 7 

Sección II. Políticas ________________________________________________ 8 

II.1. Descripción __________________________________________________ 8 

II.2.  Políticas Generales  __________________________________________ 12 

Sección III. Procedimientos ________________________________________ 25 

Sección IV. Anexos _______________________________________________ 37 

III.1. Tabla de Anexos  ____________________________________________ 37 

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Sección I. Visión General I.1. Objetivo El presente Manual tiene como propósito establecer las políticas y procedimientos bajo los cuales deberán conducirse los procesos en la Dirección Jurídica de lo Contencioso y Servicios Institucionales, para salvaguardar los derechos e intereses de la Institución en los procedimientos contenciosos en los que sea parte o tenga interés jurídico, y asegurar que sean atendidos con apego a las disposiciones jurídicas, reglamentarias y administrativas que resulten aplicables; así como coordinar la asesoría jurídica de los servicios Institucionales teniendo como principios fundamentales los siguientes:

a) Delimitar las funciones y responsabilidades de los funcionarios y el personal involucrados en los procesos de la Dirección Jurídica de lo Contencioso y Servicios Institucionales.

b) Establecer las actividades de los funcionarios involucrados en los procesos de la Dirección Jurídica de lo Contencioso y Servicios Institucionales.

c) Establecer las directrices y mecanismos que permitan llevar a cabo los procesos de la Dirección Jurídica de lo Contencioso y Servicios Institucionales bajo criterios de eficiencia, prudencia, transparencia y protección de datos personales.

I.2. Alcance Este Manual es aplicable a los funcionarios y personal involucrados en los procesos de la Dirección Jurídica de lo Contencioso y Servicios Institucionales, estando obligados éstos en el ámbito de sus respectivas competencias a llevar a cabo las siguientes: I.2.1. Formalización y seguimiento de los nombramientos y poderes otorgados por el Consejo

Directivo a los servidores del Banco y a los Delegados Fiduciarios Generales y Especiales y otorgamiento y revocación de poderes a empleados que le sean encomendados, así como a Bufetes y/o Abogados externos.

I.2.2. Registro de pérdidas por riesgo operativo y legal de aquellas resoluciones judiciales y administrativas en las que resulten eventos de pérdida.

I.2.3. Representación y atención de los intereses y derechos de la Institución, en su carácter de Institución de crédito en los procedimientos contenciosos en los que sea parte o tenga interés jurídico, y asegurar que sean atendidos con apego a las disposiciones jurídicas, reglamentarias y administrativas aplicables. Asimismo, atender los negocios fiduciarios sin patrimonio, extinguidos, así como aquéllos asuntos relacionados con negocios fiduciarios en los que se demande al Banco, en su carácter de Institución de Crédito.

I.2.3. Contratación de Bufetes o Abogados externos en oficinas centrales y delegaciones estatales, incluso los que cuenten con representaciones en los países en los que se deba llevar algún procedimiento judicial, para el debido desempeño de sus funciones, asi como de fedatarios públicos.

I.2.5. Atención y seguimiento de los encargos concursales conferidos a la Institución hasta su conclusión.

1.2.6. Contar con un Sistema Institucional de Control de Juicios, que contenga la información de los procedimientos contenciosos en los que sea parte o tenga interés jurídico y coordinar que se encuentre actualizada.

I.2.7. Actualización de una base de datos histórica o Sistema-Herramienta Access sobre las resoluciones judiciales y administrativas, sus causas y contingencias.

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I.3. Responsabilidades respecto del Manual Responsable Responsabilidad

Director Jurídico de lo Contencioso y Servicios

Institucionales

Autorizar el presente Manual de Políticas y Procedimientos.

Proponer mejoras.

Gerente de lo Contencioso y Asuntos Laborales

Gerente de Atención Contenciosa en

Delegaciones. Y Apoyo a Órganos Colegiados

Elaborar este Manual de Políticas y Procedimientos.

Proponer y colaborar en las mejoras de este Manual de Políticas y Procedimientos.

Elaborar este Manual de Políticas y Procedimientos.

Proponer y colaborar en las mejoras de este Manual de Políticas y Procedimientos.

Gerente de Servicios Institucionales

Subgerente de Servicios Institucionales

Revisar este Manual de Políticas y Procedimientos.

Coordinar la actualización y revisar el presente documento cuando se requiera o derivada de:

Modificaciones al marco jurídico y normativo aplicable;

Observaciones y/o recomendaciones por parte de las instancias de supervisión y fiscalización, así como de las autoridades competentes, y

Cambios en la estructura organizacional de BANOBRAS; y, mejora del proceso de calidad regulatoria.

Gestionar la pubicación de este documento en la Normateca.

Rubricar todas las hojas.

Enviar a guarda y custodia el documento.

Elaborar este Manual de Políticas y Procedimientos.

Proponer y colaborar en las mejoras este Manual de Políticas y Procedimientos.

Director de Contraloría

Interna Revisar el documento en apego a los Objetivos y Lineamientos del

Sistema de Control Interno y Guía para la Emisión de la Normativa Interna.

Personal facultado de las áreas involucradas

Aplicar este Manual de Políticas y Procedimientos.

Proponer y ejecutar las mejoras.

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I.4. Marco Jurídico y Normativo A continuación se señalan los ordenamientos jurídicos en que se sustentan las políticas y procedimientos del presente manual, en la inteligencia de que es una referencia efectuada de manera enunciativa más no limitativa:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Ley Federal de las Entidades Paraestatales y su Reglamento.

Ley de Instituciones de Crédito.

Ley Orgánica de BANOBRAS y su Reglamento.

Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento.

Ley Reglamentaria de la fracción XIII Bis del Apartado B, del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados.

Código Civil Federal.

Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito (Circular Única de Bancos), emitidas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y sus anexos con sus diversas modificaciones.

Manual General de Organización de BANOBRAS.

Manual de Crédito.

Objetivos, Lineamientos y Políticas en materia de Originación y Administración del Crédito.

Objetivos y Lineamientos del Sistema de Control Interno.

Guía para la Emisión de la Normativa Interna.

Manual de Administración Integral de Riesgos.

Manual de Políticas y Lineamientos de Administración y Normativa Fiduciaria.

Código de Conducta.

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I.5. Instancias de Autorización El presente documento debe ser autorizado por el Director de lo Contencioso y Servicios Institucionales, de conformidad con la Guía para la Emisión de Documentos Normativos.

I.6. Definiciones y Términos Palabra Definición o término

Cartera de crédito Nota.-Definición Manual de Crédito

Monto de créditos otorgados por BANOBRAS, a través de sus diversas fuentes de recursos, que incluye créditos en inversión; así como el saldo de la cartera vigente y vencida de los créditos en amortización.

Cartera de exempleados Nota.-Definición Manual de Crédito

Conjunto de créditos originalmente otorgados al exempleado como prestación económica conforme a las Condiciones Generales de Trabajo, cuando laboraba en BANOBRAS.

Cartera litigiosa Nota.-Definición Manual de Crédito

Corresponde a los créditos que por falta de pago del acreditado, han de recuperarse por medio de los tribunales judiciales competentes, mediante juicios ejecutivos, mercantiles, hipotecarios, prendarios y rescisión anticipada de contratos, entre otros.

Contratos de prestación de servicios

Acuerdo de voluntades mediante el cual Bufetes o Abogados externos, así como fedatarios públicos se obligan a llevar a cabo determinado servicio en los términos y condiciones pactados de común acuerdo en favor de BANOBRAS quien a su vez, se obliga a pagar honorarios por el servicio prestado.

Demanda Acto procesal por el cual una persona se constituye por sí misma como parte actora o demandante, formula su pretensión ‒expresando la causa o causas en que intente fundarse‒ ante la autoridad competente, y con la cual inicia un proceso, buscando una sentencia favorable a su pretensión.

Escritura Pública. Nota.-Definición página 11 Redacción de actas y de escrituras notariales. Bernardo Pérez Fernández del Castillo.

Instrumento que el Notario Público asienta en los folios del protocolo, que contiene uno o más actos jurídicos, que lo han firmado los comparecientes y que el notario ha autorizado con su sello y firma.

Honorarios Cantidad de dinero que corresponde a una persona por el servicio prestado.

Sentencia Resolución del juzgador con la cual se concluye un juicio o un procedimiento.

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Sección II. Políticas

II.1. Descripción Descripción de los procesos. II.1.1. Proceso de formalización de designación de nombramiento y otorgamiento o revocación de poderes.

Etapa Descripción

1 Recibe solicitud

Se recibe la petición del área interesada para el otorgamiento o revocación de poderes correspondientes a los funcionarios o empleados de la Institución. Dicho comunicado se registra en un volante y se turna. La Gerencia de Servicios Institucionales recibe directamente la certificación del Acuerdo por parte del Prosecretario del Consejo Directivo en la que se contiene el nombramiento, otorgamiento de poderes o revocación de estos últimos de los funcionarios con dos niveles jerárquicos al del Director General, para tramitar ante Notario Público su protocolización. Se revisa el tipo de asunto y se turna a la Gerencia de Servicios Institucionales. Las solicitudes de otorgamiento y/o revocación de poderes también se podrán recibir vía correo electrónico.

2 Recepción y Verificación

El Gerente recibe el volante respectivo que contiene el oficio del funcionario, la Certificación del Acuerdo del Consejo Directivo correspondiente, o bien el correo electrónico con la petición. Revisa el tipo de asunto y confirma que le corresponde a la Gerencia. Turna al Subgerente.

3 Recepción y atención

El Subgerente recibe el volante respectivo que contiene el oficio del funcionario, la Certificación del Acuerdo del Consejo Directivo correspondiente, o bien el correo electrónico con la petición. Turna para su atención a un Experto Técnico o lo atiende.

Revisa que cumpla con las disposiciones aplicables y/o que los poderes sean acordes con el nombramiento o la revocación. Consulta al área correspondiente para aclarar dudas. Elabora instrucciones para el Notario Público, recaba firma del Gerente y envía, según corresponda: Anexo 2. “Formato poder especial comprar o vender-operar-instrumentos de mercado de Dinero”, Anexo 3. “Formato poder especial-poder para operar reportos”, Anexo 4. “Formato para la designación y el otorgamiento de poderes”; Anexo 5.”Formato para la revocación de poderes”.

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Continuación

Etapa Descripción

4

Revisión del proyecto

La Notaría Pública envía por correo electrónico el proyecto de escritura para revisión, se analiza y, en su caso, se realizan modificaciones.

5 Firma del folio

Se agenda el día y hora para la firma del folio. El Director Jurídico de lo Contencioso y Servicios Institucionales revisa el folio y lo firma.

6 Entrega al interesado

Se recibe de la Notaría Pública el segundo testimonio del nombramiento, otorgamiento de poderes o de la revocación correspondiente. Se elabora y firma comunicado y se entrega al director de área que corresponda el segundo testimonio del nombramiento y/o poderes, en caso de que la solicitud la haya realizado un gerente, el comunicado se dirige a éste y copia del mismo a la Dirección de Recursos Humanos. En un término de 60 días naturales se recibe el primer testimonio de la designación, otorgamiento de poderes o de la revocación de los mismos, inscrito en el Registro Público de Comercio de la Ciudad de México. De no recibirlo en dicho plazo se elabora recordatorio a la Notaría Pública. Se elabora el comunicado y se remite al área interesada el testimonio. En el caso de revocación de poderes se remite copia de la escritura de revocación de designación y/o poderes a la Dirección de Recursos Humanos, para que por su conducto, se notifique al exfuncionario que le fueron revocados los poderes Anexo 6. “Formato notificación de revocaciones de poderes”. Tratándose de poderes otorgados a Bufetes y/o Abogados externos, la notificación se realizará por conducto de la misma Gerencia Jurídica que solicitó la revocación.

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II.1.2. Atención y seguimiento de juicios y requerimientos.

Etapa Descripción

1 Notificación

Personal de la Gerencia de lo Contencioso y Asuntos Laborales revisa el tipo de asunto o requerimiento que se prentende notificar y verifica que esté dirigido a la Institución y con qué carácter se le está requiriendo o demandando. Se recibe la notificación de la demanda o del requerimiento y se entrega en el control de gestión de la Dirección General Adjunta Jurídica.

2 Asignación para su atención

Tratándose de un juicio o procedimiento en el que la Institución sea parte o tenga interés jurídico se determina si será atendido por terceros o por adminsitración directa de la Dirección Jurídica de lo Contencioso y Servicios Institucionales. a) Para el caso de terceros:

i) Se inician las gestiones administrativas para llevar a cabo la

contratación de un Abogado o Bufete externo que se encargue de la defensa de los derechos e intereses de la Institución en el juicio o procedimiento.

ii) En caso de que se cuente con un contrato abierto vigente, en cuyo objeto encuadre la atención y seguimiento del juicio o procedimiento, se le remite el juicio o procedimiento al Abogado o Bufete externo contratado para tales efectos.

b) Para el caso de administración directa:

i) Se turna a la Gerencia competente de la Dirección Jurídica de lo

Contencioso y Servicios Institucionales para su atención y seguimiento. Tratándose de requerimientos judiciales o de autoridad:

i) Se turna a la Gerencia competente de la Dirección Jurídica de lo Contencioso y Servicios Institucionales para su atención y seguimiento.

ii) Se solicita a la unidad administrativa respectiva la información o documentación necesaria para atender el requerimiento.

iii) Se atiende el requerimiento de la autoridad oficiante en tiempo y forma.

iv) Se integra el expediente de requerimientos de manera anual por Gerencia.

En todos los casos, la Dirección Jurídica de lo Contencioso y Servicios Institucionales solicitará los documentos y antecedentes del asunto y cualquier otra información a las áreas involucradas para atender el requerimiento o preparar la defensa de los derechos e intereses de la Institución.

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Etapa Descripción

3 Alta y registros

Se realizan las altas de los asuntos en los términos establecidos en este Manual y se actualiza el Sistema Institucional de Control de Juicios. Se solicita al Abogado o Bufete externo proporcione por escrito el monto de la contingencia que representan el juicio, y en su caso, el porcentaje y el periodo de actualización a fin de que se registre su alta en la cuenta número 6106 “Deudores por Reclamaciones”. En su caso y cuando se identifique, se informa el riesgo legal conforme a la metodología establecida.

4

Seguimiento del asunto y pago de honorarios

Se integrara el expediente de seguimiento administrativo respectivo. Se recibe el documento con el que se compareció al juicio o procedimiento para salvaguardar los derechos e intereses de la Institución, así como en su oportunidad las demás constancias relevantes (resoluciones o sentencias, apelaciones y demás recursos) que deben integrar el expediente de seguimiento. Se reciben los informes de avance procesal de manera bimestral dentro de los cinco días hábiles bancarios posteriores a la conclusión de cada bimestre Anexo 1. “Informe de Avance Procesal”. Del mismo modo, se podrán requerir los informes o documentación adicional en todo momento, así como que se precise o aclare lo señalado en cada informe. Al actualizarse los supuestos establecidos en los contratos se pagan servicios devengados.

5 Conclusión del Proceso

Se recibe el informe del Bufete o Abogado externo mediante el cual comunica la conclusión del juicio, remitiendo copia de la resolución y acuerdo o documento con lo que acredita la finalización del asunto. Se archiva el asunto y se realizan las actualizaciones en el Sistema Institucional de Control de Juicios, en en la cuenta número 6106 “Deudores por Reclamaciones” y en la base de datos histórica o Sistema-Herramienta Access sobre las resoluciones judiciales y administrativas.

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II.2. Políticas Generales II.2.1. De la Operación

1. El Director Jurídico de lo Contencioso y Servicios Institucionales, así como los Gerentes deben gestionar las contrataciones de Bufetes o Abogados externos de acuerdo con lo previsto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento, en el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como en el Manual de Integración y funcionamiento del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios y en las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de BANOBRAS. (POBALINES).

Si se trata de erogaciones con cargo al Costo Financiero se apegarán a lo establecido en la Ley de Instituciones de Crédito así como a las Políticas y Bases Generales a las que deberán sujetarse las contrataciones que requiera BANOBRAS, S.N.C., para realizar las Operaciones y Servicios previstos en los artículos 46 y 47 de la Ley de Instituciones de Crédito (POBALIC).

2. El Director Jurídico de lo Contencioso y Servicios Institucionales, los Gerentes, así como los Subgerentes y personal adscrito a las mencionadas Gerencias, realizarán la recuperación judicial de cartera litigiosa de conformidad con el Procedimiento de Recuperación Judicial previsto en el Manual de Crédito.

3. El Director Jurídico de lo Contencioso y Servicios Institucionales, los Gerentes, los Subgerentes y personal adscrito a las mencionadas Gerencias en el ámbito de su competencia deben dar atención de los juicios en los que se demande los negocios fiduciarios sin patrimonio o extinguidos, de acuerdo con lo previsto en el Manual de Políticas y Lineamientos de Administración y Normativa Fiduciaria (Lineamientos para la Administración de los Negocios Fiduciarios; V.3.5. Fines; apartado V.3.5.4.).

4. El Director Jurídico de lo Contencioso y Servicios Institucionales, así como el Gerente de lo Contencioso y Asuntos Laborales, o el Gerente a quien se le hayan otorgado facultades como Delegado Fiduciario Especial para la atención de concursos y liquidaciones, deberán realizar las acciones que correspondan para concluir con los encargos concursales que hayan sido conferidos al Banco, en calidad de síndico o liquidador conforme a la normativa aplicable e informar a las instancias y autoridades correspondientes sobre la actuación de la Institución en su carácter de síndico.

5. Los Gerentes y personal adscritos a las mencionadas Gerencias deben mantener actualizado el sistema de control de juicios y base de datos histórica judiciales y administrativasconforme a lo siguiente:

a. Actualización en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año de la información procesal de los asuntos a cargo de cada una de las Gerencias de la Dirección Jurídica de lo Contencioso y Servicios Institucionales de conformidad con la información contenida en los informes bimestrales Anexo 1. “Informe de Avance Procesal” y, en su caso, con la información que sea requerida o entregada en cualquier otro momento.

Como excepción de lo anterior, en caso de ser pertinente la actualización de información procesal en diverso mes a los señalados, ésta deberá efectuarse de

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conformidad con la información adicional que el Bufete o Abogado externo proporcione por escrito a la Gerencia correspondiente.

b. Actualización de las altas y bajas de asuntos, gestionándolas en los cinco días hábiles siguientes al último día del mes que concluye.

6. Los Gerentes deben considerar para efectos de la metodología de riesgo legal, los siguientes aspectos: (i) la acción promovida, (ii) el tipo de operación y de juicio en donde se generó la demanda, (iii) así como la etapa procesal en la que se encuentren dichos juicios, esto es, preparatoria, probatoria, resolutoria y ejecutoria.

Adicionalmente, se debe considerar lo siguiente:

a. En el supuesto de que BANOBRAS sea parte actora:

i. En el caso de la cartera crediticia las provisiones (reservas crediticias) que se generen por esa cartera conforme a la normativa aplicable se encuentran identificadas en la cuenta de balance.

ii. En el caso de cualquier demanda que presente BANOBRAS independientemente del tipo de operación de que se trate, ya sea de crédito, servicios prestados o recibidos, el riesgo legal sería, en caso de que la sentencia sea desfavorable a BANOBRAS la condena a pagar y las costas y gastos del juicio.

iii. La condena a pagar, así como las costas y gastos de juicio, sirven de base para calcular la estimación apegándose a la metodología adoptada para el cálculo de pérdidas potenciales; en el entendido de que este concepto se determinará y dará de alta una vez que se notifique la condena por la autoridad competente.

b. En el supuesto de que BANOBRAS sea parte demandada.

i. En el comunicado mediante el cual se remita al Bufete o Abogado externo la documentación que sirva como soporte para la defensa de los derechos de BANOBRAS, se le deberá solicitar el monto de la contingencia que representa el asunto o litigio asignado.

ii. Una vez que el Bufete o Abogado externo proporcione el monto de la contingencia, y en su caso, porcentaje y el periodo de actualización (mensual, anual, etc.), dicha información se deberá remitir a la persona a quien se haya asignado la concentración de esta información para su alta y actualización del reporte de la cuenta número 6106 “Deudores por Reclamaciones”.

iii. A la conclusión de cada mes, el servidor público encargado de concentrar dicha información deberá enviar un correo electrónico, tanto al administrador del contrato de prestación de servicios profesionales, como al personal designado por éste para la integración del expediente administrativo y procesal, con el que anexe el archivo relativo al reporte de la cuenta número 6106 “Deudores por Reclamaciones”, correspondiente al mes inmediato anterior para que en el supuesto de que se requiera actualizar la información o dar de baja algún registro así se lo hagan saber, con la finalidad de realizar las gestiones procedentes.

iv. La información en virtud del cual se lleve a cabo la integración del reporte de la cuenta número 6106 “Deudores por Reclamación” de cualquier contingencia (alta, modificación o baja), deberá estar soportada en el expediente administrativo y

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procesal con la documentación que de manera enunciativa y no limitativa, se enlista a continuación.

Asignación del asunto al Bufete o Abogado Externo.

Escrito de demanda

Comunicado del Bufete o Abogado que precise el monto de la contingencia y, en su caso, la periodicidad de su incremento.

Sentencia definitiva o interlocutoria, que haya causado ejecutoria.

v. El servidor público encargado de concentrar esta información deberá remitir en tiempo y oportunidad el reporte de la cuenta número 6106 “Deudores por Reclamaciones” al área competente de la Institución, integrando un expediente con las constancias respectivas, el cual podrá ser electrónico o físico.

vi. El registro contable de provisiones o contingencias se realizará en la moneda de origen en que se determinó en el juicio.

vii. En el caso de contienda sobre propiedad o posesión de un inmueble, la contingencia se determinará por el valor que tenga el mismo; en el entendido de que este concepto se determinará y dará de alta una vez que se notifique la condena por la autoridad competente.

7. Los requerimientos no vinculados a un juicio o procedimiento administrativo en contra de la Institución, se atenderán por la Dirección Jurídica de lo Contencioso y Servicios Institucionales a través de la Gerencia que corresponda, quien podrá solicitar mayores antecedentes e información al área de la Institución que se vincule con el asunto.

8. En caso de que el requerimiento, esté dirigido con atención a un área de la Institución en particular, quedará a cargo de dicha área el desahogo del requerimiento; siendo en su caso el área jurídica exclusivamente, receptor del documento para efectos de su canalización entre el área responsable y la autoridad oficiante. De así solicitarlo el área responsable, el área jurídica podrá dar una opinión no vinculante respecto de la forma en cómo se atenderá el requerimiento de que se trate.

9. Respecto de los requerimientos y su atención se integrará de manera anual un expediente o carpeta, la cual se mantendrá en el archivo de la Gerencia que le competa hasta el año siguiente, y al concluir este periodo, se remitirá al archivo de concentración Institucional.

10. Aun cuando la información generada, obtenida, adquirida, transformada o en posesión de esta Institución es pública y por ende debe garantizarse su accesibilidad, confiabilidad, verificabilidad, veracidad y oportunidad conforme al derecho de acceso a la información de toda persona, el personal de la Dirección Jurídica de lo Contencioso y Servicios Institucionales puede recibir en el ejercicio de sus funciones información o documentos que le son proporcionados por las distintas áreas de la Institución, los cuales pudieran ser reservados, confidenciales o contener datos personales, por lo que se encuentran sujetos al tratamiento que establece la legislación en la materia.

Por tal motivo, el personal de la Dirección Jurídica de lo Contencioso y Servicios Institucionales deberá tomar las medidas necesarias para el adecuado manejo de la información y documentación conforme a lo siguiente:

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a) En tratándose de expedientes y documentos que contengan en su integridad o en partes o secciones información reservadas o confidencial la misma deberá ser protegida y resguardada conforme a lo siguiente:

i. La protección se realizará a través de la clasificación que realice el Comité de Transparencia a solicitud del área responsable de la información.

ii. El área responsable de la información debe informar a la Dirección Jurídica de lo Contencioso y Servicios Institucionales cuando haya sido la clasificada por el Comité de Transparencia.

iii. Con independencia de que la información esté o no clasificada, el personal de la Dirección Jurídica de lo Contencioso y Servicios Institucionales deberá manejarla de conformidad con la legislación aplicable y trasladar, en su caso, la obligación del uso adecuado a un tercero que deba conocerla como consecuencia de un juicio, procedimiento o requerimiento de autoridad.

b) Cuando se trate de datos personales se deberá estar a los principios de licitud, finalidad, lealtad, consentimiento, calidad, proporcionalidad, información y responsabilidad en el tratamiento de los mismos.

La información o documentación que sea reservada o que contenga datos personales se deberá utilizar exclusivamente para la atención los juicios o procedimientos promovidos en contra de la Institución o para deducir acciones o derechos a su favor ante instancias judiciales o administrativas, así como en los requerimientos que efectúe la autoridad competente a esta Institución.

El personal de la Dirección Jurídica de lo Contencioso y Servicios Institucionales deberá transmitir la obligación sobre el adecuado manejo de la información y documentación a los Bufetes o Despachos Externos, a quienes se les encomiende la atención y seguimiento de los juicios o procedimientos; los cuales a su vez se encuentran obligados a la reserva y la protección de datos personales, de conformidad con la legislación de la materia.”

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II.2.2. Competencia de la Dirección Jurídica de lo Contencioso y Servicios Institucionales.

1. Vigilar el cumplimiento de los objetivos y políticas establecidas en materia contenciosa, salvaguardando los intereses de la Institución.

2. Brindar asesoría jurídica a las áreas de la Institución relacionada con los actos jurídicos que realicen en la administración de recursos humanos, materiales y financieros, así como en la formalización de los instrumentos jurídicos relacionados con los servicios institucionales.

3. Representar legalmente a la Institución ante autoridades judiciales y administrativas con el fin de salvaguardar sus derechos, intereses y patrimonio del Banco.

4. Llevar a cabo la contratación de fedatarios públicos, así como Bufetes o Abogados externos en oficinas centrales y delegaciones estatales, incluso los que cuenten con representaciones en los países en los que se deba llevar algún procedimiento judicial, para el debido desempeño de sus funciones.

5. Coordinar y dar seguimiento a los actos jurídicos contenciosos que por normativa se determine, en los que se involucre al Banco como institución de crédito. Asimismo, atender los negocios fiduciarios sin patrimonio, extinguidos, así como aquéllos asuntos relacionados con negocios fiduciarios en los que se demande al Banco, en su carácter de institución de Crédito.

6. Coordinar y dar seguimiento a los juicios, reclamaciones, quejas, requerimientos judiciales y administrativos, en los que se involucre a la Institución, en su carácter de institución de crédito, así como en los procedimientos contenciosos en los que sea parte o tenga interés jurídico, y asegurar que sean atendidos con apego a las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas aplicables.

7. Vigilar que se mantenga un sistema de control de juicios, en el que se consideren datos históricos sobre las resoluciones judiciales y administrativas, sus causas y contingencias, y asegurar que aquellas resoluciones judiciales y administrativas en las que resulten eventos de pérdida, sean incluidas en el registro de pérdidas por riesgo operativo y jurídico. (Ver Nota 3.).

8. Validar los mecanismos necesarios para controlar los expedientes e identificarlos, dar seguimiento y actualizar la información de los clientes en los sistemas institucionales.

9. Coordinar la administración de empresas en proceso de disolución por quiebra o por liquidación hasta su total conclusión.

10. Vigilar el cumplimiento a la protección de datos personales, de las partes en los diversos juicios relacionados con el presente Manual o en los que la Institución sea parte.

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II.2.3. Competencia de las Gerencias de lo Contencioso y Asuntos Laborales, de Servicios Institucionales y de Atención Contenciosa en Delegaciones y Apoyo a Órganos Colegiados.

1. Vigilar el cumplimiento de los objetivos y la observancia de las políticas establecidas por el titular de la Dirección en materia contenciosa, para salvaguardar los intereses de la Institución.

2. Determinar qué asuntos contenciosos requieren de la contratación de Bufetes o Abogados externos en oficinas centrales y en delegaciones estatales.

3. Supervisar y dar seguimiento a los juicios, reclamaciones, quejas, requerimientos judiciales y administrativos, en los que la Institución sea parte o tenga interés jurídico, en su carácter de institución de crédito.

4. Atender los negocios fiduciarios sin patrimonio, extinguidos, así como aquéllos asuntos relacionados con negocios fiduciarios en los que se demande al Banco, en su carácter de institución de Crédito.

5. Coordinar y supervisar la estimación del monto de pérdidas potenciales derivadas de resoluciones judiciales o administrativas desfavorables, así como la posible aplicación de sanciones.

6. Supervisar la actualización de una base de datos que facilite el seguimiento de los asuntos contenciosos en los que sea parte la Institución.

7. Supervisar la actualización de un sistema de control de juicios, en el que se considere datos históricos sobre las resoluciones judiciales y administrativas, sus causas y contingencias, y asegurar que aquellas resoluciones judiciales y administrativas en las que resulten eventos de pérdida, sean incluidas en el registro de pérdidas por riesgo operativo y jurídico.

8. Representar legalmente a la Institución ante autoridades judiciales y administrativas, con el fin de salvaguardar los intereses y patrimonio del Banco.

9. Llevar a cabo las demás actividades que sean necesarias para el adecuado ejercicio de las funciones a que se refieren los numerales anteriores, así como atender cualquier asunto inherente al objeto de la Institución que le encomiende el superior jerárquico.

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II.2.4. Competencia de la Gerencia de lo Contencioso y Asuntos Laborales.

Adicionalmente a las funciones contenidas en el numeral II.2.3., el Gerente de lo Contencioso y Asuntos Laborales será compentente para:

1. Representar legalmente a la Institución en los encargos concúrsales que le fueron encomendados.

2. Vigilar las estrategias y políticas, y su implantación, que permitan a la Institución en su carácter de Síndico de los encargos concursales encomendados, cumplir con los derechos y obligaciones que la legislación establece en materia concursal.

3. Administrar y concluir las sindicaturas derivadas de encargos judiciales.

4. Presentar la conclusión de los procesos de extinción de las quiebras ante las autoridades competentes.

5. Informar a las instancias y autoridades correspondientes sobre la actuación de la Institución en su carácter de síndico.

6. Coordinar la elaboración de los instrumentos jurídicos que correspondan para apoyar los procesos de las sindicaturas.

En el supuesto de que el Gerente de lo Contencioso y Asuntos Laborales no cuente con la designación ni facultades de Delegado Fiduciario Especial para la atención de concursos y liquidaciones, las funciones señaladas en los numerales del 1 al 6 serán desempeñadas por aquel servidor público que cuente con designación de Delegado Fiduciario Especial para atención de asuntos concursales y liquidaciones.

7. Atender las consultas en materia contenciosa que soliciten las demás áreas del Banco en su modalidad de Institución de Crédito.

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II.2.5. Competencia de la Gerencia de Servicios Institucionales.

Adicionalmente a las funciones contenidas en el numeral II.2.3., el Gerente de Servicios Institucionales será competente para:

1. Revisar que la formalización de los contratos de mutuo, ampliación y reconocimiento de adeudo con garantía hipotecaria que celebre el Banco con sus empleados y la cancelación y sustitución de las garantías, se ajusten al marco legal aplicable y dar seguimiento a su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, así como representar legalmente a la Institución en dichos actos.

2. Opinar los proyectos de políticas, bases y lineamientos en materia de adquisiciones y prestación de servicios, así como opinar los contratos modelo relacionados con la adquisición de bienes, prestación de servicios, arrendamientos y obra pública que celebre el Banco en su carácter de institución bancaria, a fin de que se apeguen al marco jurídico vigente, así como aquellos que se celebre con cargo al costo financiero.

3. Brindar la asesoría jurídica a las áreas de la Institución para la formalización de los instrumentos jurídicos relacionados con la adquisición de bienes, prestación de servicios y arrendamientos, y atender cualquier consulta de carácter jurídico relacionada con los citados servicios institucionales.

4. Asistir, cuando le sea encomendado, a los órganos colegiados del Banco relacionados con las contrataciones de bienes, prestación de servicios y arrendamientos y, en su caso, pronunciarse sobre los asuntos a tratar.

5. Coordinar la contratación de fedatarios públicos e instrumentar las operaciones encomendadas a la Dirección Jurídica de lo Contencioso y Servicios Institucionales.

6. Coordinar la formalización de los nombramientos y poderes otorgados por el Consejo Directivo a los empleados del Banco y a los Delegados Fiduciarios Generales y Especiales, así como el otorgamiento de poderes a empleados y la revocación de los mismos.

7. Supervisar, en el ámbito de su competencia, los trámites para envío a guarda y custodia de los contratos, garantías y demás instrumentos jurídicos, así como el retiro de los mismos cuando proceda.

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II.2.6. Competencia de la Gerencia de Atención Contenciosa en Delegaciones y Apoyo a Órganos Colegiados.

Adicionalmente a las funciones contenidas en el numeral II.2.3., el Gerente de Atención Contenciosa en Delegaciones y Apoyo a Órganos Colegiados será competente para:

1. Supervisar las actividades de aquellas secretarías técnicas de los órganos colegiados a cargo de la Dirección Jurídica de lo Contencioso y Servicios Institucionales, que le sean encomendadas.

2. Supervisar que los acuerdos que adopten los órganos colegiados de la Institución cuyas secretarías se encuentren a su cargo, se apeguen a las leyes, reglamentos y disposiciones vigentes.

3. Supervisar el resguardo y control del acervo documental de los órganos colegiados de la Institución cuyas secretarías técnicas estén a su cargo.

4. Supervisar la sistematización del funcionamiento de los órganos colegiados en que intervenga.

5. Vigilar que la elaboración de las actas, minutas, acuerdos de los comités institucionales a cargo de la Dirección Jurídica de lo Contencioso y Servicios Institucionales, se realice con base en la normativa aplicable.

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II.2.7. Competencia de la Subgerencia de lo Contencioso y Asuntos Laborales, Subgerencia de Servicios Institucionales y de la Subgerencia de Atención Contenciosa en Delegaciones.

1. Atender las consultas que en materia contenciosa soliciten las demás áreas del Banco, en las que se le involucre en su modalidad de institución de crédito.

2. Representar legalmente a la Institución ante autoridades judiciales y administrativas, en su carácter de institución de crédito, con el propósito de salvaguardar los intereses y patrimonio del Banco.

3. Dar cumplimiento a la estrategia establecida por la Dirección Jurídica de lo Contencioso y Servicios Institucionales en materia contenciosa, para salvaguardar los intereses de la Institución.

4. Llevar a cabo las actividades que se le encomienden para la contratación de Bufetes y/o Abogados externos que requiera la Institución, así como de aquellos Bufetes y Abogados externos que cuenten con representaciones en los países en los que se deba llevar algún procedimiento judicial, sujeto a una jurisdicción distinta a la nacional.

5. Llevar a cabo y dar seguimiento a los juicios, reclamaciones, quejas, requerimientos judiciales y administrativos en los que la Institución sea Fiduciario tratándose de negocios fiduciarios sin patrimonio, extinguidos o bien en aquellos procedimientos que deriven de éstos en que se demande al Banco como Institución de Crédito.

6. Dar seguimiento a los juicios, reclamaciones, quejas, requerimientos judiciales y administrativos, en los que la Institución, en su carácter de institución de crédito, sea parte o tenga interés jurídico.

7. Actualizar y revisar que se mantenga una base de datos que facilite el seguimiento de los asuntos contenciosos en los que sea parte la Institución.

8. Verificar, actualizar y revisar que se mantenga el sistema de control de juicios, en el que se considere datos históricos sobre las resoluciones judiciales y administrativas, sus causas y contingencias, y asegurar que aquellas resoluciones judiciales y administrativas en las que resulten eventos de pérdida, sean incluidas en el registro de pérdidas por riesgo operativo y jurídico.

9. Llevar a cabo las demás actividades que sean necesarias para el adecuado ejercicio de las funciones a que se refieren los numerales anteriores, así como atender cualquier asunto inherente al objeto de la Institución que le encomiende el superior jerárquico.

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II.2.8. Competencia de la Subgerencia de Atención a Sindicaturas, Consultas y Asuntos Especiales.

1. Apoyar en los procedimientos jurídicos derivados de los encargos concursales encomendados a la Institución.

2. Apoyar y coadyuvar en la administración de los encargos judiciales asignados a la Institución en su calidad de Síndico.

3. Llevar el seguimiento y control de los encargos concursales, para que éstos se realicen con apego a las disposiciones jurídicas aplicables.

4. Preparar y presentar los informes sobre la actuación de la Institución como Síndico de empresas ante las instancias y autoridades correspondientes.

5. Instrumentar la conclusión de los procesos de extinción de las quiebras.

6. Evaluar y atender los asuntos que se deriven de los procesos de extinción de los encargos concursales asignados, ya sean judiciales, laborales, civiles o mercantiles.

7. Atender las consultas que en materia contenciosa soliciten las demás áreas del Banco en su carácter de institución de crédito.

8. Llevar a cabo las demás actividades que sean necesarias para el adecuado ejercicio de las funciones a que se refieren los numerales anteriores, así como atender cualquier asunto inherente al objeto de la Institución que le encomiende el superior jerárquico.

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II.2.9. Competencia de la Subgerencia de Servicios Institucionales.

1. Analizar y opinar los contratos modelo relacionados con la adquisición de bienes, prestación de servicios, arrendamientos y obra pública que celebre la Institución, para constatar que se apeguen al marco jurídico vigente, así como, aquellos que se celebre con cargo al costo financiero.

2. Revisar que los contratos de mutuo, ampliación y reconocimiento de adeudo, con garantía hipotecaria que celebre el Banco con sus empleados, así como la liberación y sustitución de las garantías, se apeguen a la normativa aplicable.

3. Llevar a cabo las actividades de apoyo operativo y de consulta que soliciten las demás áreas del Banco en materia de contratos de mutuo, liberación y sustitución de garantías.

4. Instrumentar la formalización de los nombramientos y poderes otorgados por el Consejo Directivo a los empleados del Banco y a los Delegados Fiduciarios Generales y Especiales que le sean encomendados, así como su revocación.

5. Supervisar la contratación de fedatarios públicos para formalizar las operaciones relacionadas con los servicios institucionales.

6. Supervisar los trámites de envío para guarda y custodia de los contratos, garantías y demás instrumentos jurídicos, en el ámbito de su competencia, así como el retiro de los mismos cuando proceda.

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II.2.10. Competencia de Apoyo a Órganos Colegiados.

1. Controlar el acervo documental de los órganos colegiados de la Institución cuyas secretarías técnicas estén a cargo de la Gerencia de Atención Contenciosa en Delegaciones y Apoyo a Órganos Colegiados.

2. Apoyar y vigilar la sistematización para el funcionamiento de los órganos colegiados en que intervenga la Dirección Jurídica de lo Contencioso y Servicios Institucionales.

3. Elaborar las convocatorias, órdenes del día, actas, minutas, acuerdos de los comités institucionales a cargo de la Dirección Jurídica de lo Contencioso y Servicios Institucionales.

4. Apoyar en la tramitación y elaboración de las constancias de aceptación de servicios, para el pago de honorarios de bufetes y abogados externos.

5. Apoyar en la tramitación y elaboración de los reembolsos de gastos y honorarios de bufetes y abogados externos.

6. Llevar a cabo las demás actividades que sean necesarias para el adecuado ejercicio de las funciones a que se refieren los numerales anteriores, así como atender cualquier asunto inherente al objeto de la Institución que le encomiende el superior jerárquico.

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Sección III. Procedimientos

III.3.1. Procedimiento para la Formalización y Revocación de Poderes III.3.1.1. Diagrama de Flujo de la Formalización y Revocación de Poderes.

1.0 Recibe el comunicado en la que solicitan se tramite ante Notario

Público el otorgamiento y/o la revocación de

poderes correspondientes a los funcionarios o

empleados de la Institución.

Director Jurídico de lo Contencioso y Servicios

Institucionales

Gerente

2.0 Recibe el comunicado turnado por el Director

Jurídico de lo Contencioso y Servicios Institucionales.

Inicio

Recibe el volante que contiene la solicitud, o bien la Certificación del Acuerdo del Consejo

Directivo correspondiente y/o el correo electrónico

con la petición.

Fin

Comunicado solicitando trámite ante notario público

Subgerente

Subgerente/Experto Técnico

4.0 Recibe proyecto de escritura del Notario Público para su revisión

5.0

5.0 Coordina la firma con el funcionario facultado para cada caso

Subgerente/Experto Técnico

6.0 Integra expediente y archiva

7.0 Recibe del Notario Público, copia de los datos de la inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

8.0 Actualiza el listado de poderes otorgados y archiva acuse.

Volante

Volante

Comunicado del interesado

Certificación del Consejo Directivo en su caso

Volante

Comunicado del interesado

Certificación del Consejo Directivo en su caso

Observaciones

Escritura de nombramiento y poder

6.0

Escritura copia simpleCarta de instrucciones

Ficha del Consejo (Copia).

Comunicado recordatorio de inscripción

Proyecto de Escritura del Notario Público

Oficio 2do. Testimonio de nombramiento y poder.

Comunicado1er. Testimonio debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del

Comercio

Comunicado(Acuse de Recibido)

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II.3.1.2. Formalización y revocación de poderes.

Responsable Paso Actividad Documento de Trabajo

Entregable Tiempo

Director Jurídico de lo Contencioso y Servicios Institucionales

1.0

1.1

Recibe el comunicado en la que solicitan se tramite ante Notario Público el otorgamiento y/o la revocación de poderes correspondientes a los funcionarios o empleados de la Institución. Revisa y lo turna a la Gerencia de Servicios Institucionales.

Volante

Volante

Por evento

Gerente

2.0

2.1

2.2

Recibe el comunicado turnado por el Director Jurídico de lo Contencioso y Servicios Institucionales. Recibe la certificación del Acuerdo por parte del Prosecretario del Consejo Directivo que contiene el nombramiento y/u otorgamiento de poderes y/o revocación de poderes de los funcionarios con dos niveles jerárquicos al del Director General, para concurrir ante Notario Público para su protocolización. Nota: Las solicitudes de otorgamiento y/o revocación de poderes distintos a los de los funcionarios con dos niveles jerárquicos al del Director General también los podrá recibir vía correo electrónico. Turna al Subgerente.

Volante Comunicado y/o Certificación del Acuerdo emitido por el Consejo Directivo (en su caso).

Volante Comunicado del interesado Certificación del Consejo Directivo (en su caso).

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Subgerente

3.0

3.1

3.2

Recibe el volante que contiene la solicitud, o bien la Certificación del Acuerdo del Consejo Directivo correspondiente y/o el correo electrónico con la petición. Turna para su atención a un Experto Técnico o lo atiende.

Elabora instrucciones para el Notario Público, recaba firma del Gerente y envía, se utiliza el Formato que corresponda:

Anexo 2. “Formato poder especial comprar o vender-operar-instrumentos de mercado de Dinero”.

Anexo 3. Formato poder especial poder para operar reportos”.

Anexo 4. Formato para la designación y el otorgamiento de poderes”.

Anexo 5.”Formato para la revocación de poderes”.

Volante Comunicado para Notario Certificación de Consejo Directivo (en su caso)

Subgerente o Experto Técnico

4.0

4.1

Recibe proyecto de escritura del Notario Público para su revisión

Recibe de manera impresa y/o por correo electrónico el proyecto de escritura pública conforme a lo instruido previamente.

Revisa el proyecto de escritura y envía por correo electrónico las observaciones y modificaciones, que en su caso procedan, o bien otorga el visto bueno.

Observaciones Proyecto de Nombramiento, otorgamiento o revocación de poderes

Observaciones Proyecto de Escritura del Notario Público

Subgerente o Experto Técnico

5.0

5.1

Coordina la firma con el funcionario facultado para cada caso

Hace del conocimiento de la Notaría Pública el día y hora para que acuda a recabar la firma del folio notarial correspondiente.

Escritura de nombramiento y poder

Escritura de nombramiento y poder

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Elaboró: IORH/FUF/JCJI

Dirección Jurídica de lo Contencioso y Servicios

Institucionales - - - -

Día Mes Año

Revisó: JMAS/SOO - - -

Manual de Políticas y Procedimientos de los Procesos del Área Jurídica

Contenciosa

Subgerente o Experto Técnico

6.0

6.1

6.2

Integra expediente y archiva

Una vez recabada la firma, integra un expediente del funcionario, servidor público y/o apoderado, integrando copia simple de instrumento previamente firmado.

Una vez recibido el segundo testimonio, se elabora comunicado firmado por el Gerente de Servicios Institucionales mediante el cual se remite el instrumento notarial correspondiente al director de área correspondiente o al gerente que lo haya solicitado y copia del mismo a la Dirección de Recursos.

2do. Testimonio de nombramiento, otorgamiento de poderes o revocaciones

Escritura copia simpleCarta de instrucciones Ficha del Consejo (Copia). Oficio 2do. Testimonio de nombramiento y poder.

Subgerente o Experto Técnico

7.0

7.1

7.2

Recibe del Notario Público, copia de los datos de la inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

Recibido el primer testimonio inscrito ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, mediante comunicado con acuse de recibo lo entrega al interesado.

De manera bimestral elabora comunicado dirigido al fedatario público (recordatorio) respecto de la entrega del primer testimonio y/o constancia de Inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de aquellos instrumentos que no se hayan recibido.

Entrada del testimonio al Registro Público de la Propiedad y del Comercio O 1er. Testimonio de nombramiento y poder inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio

Comunicado recordatorio de inscripción Comunicado 1er. Testimonio debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio

Sugerente o Experto Técnico

8.0

8.1

Actualiza el listado de poderes otorgados y archiva acuse.

Actualiza la base de registro de los nombramientos, poderes otorgados y/o revocados, de los funcionarios con dos niveles jerárquicos al del Director General, así como de los demás apoderados.

Comunicado(Acuse de Recibido)

Fin del Procedimiento

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Contenciosa

III.3.2. Procedimiento para la Atención de Juicios en contra de la Institución. III.3.2.1. Diagrama de Flujo de la Atención de Juicios en contra de la Institución.

1.0 Revisa la Cédula de Notificación o requerimiento y sus anexos.

Subgerente / Experto Técnico

¿La documentación está completa,

dirig ida a la Institución correctamente, y realizada en el plazo señalado

por la ley?

6.0 Obtención de la información y documentación.

Gerente

Si

No

Inicio5.0

Cédula de notificación, demanda y anexos o

requerimiento y anexos

2.0 Se niega recepción.

Subgerente / Experto Técnico

3.0 Recibe Notificación.

Subgerente / Experto Técnico

4.0 Recibe la cédula de notificación con volante del control de gestión.

Director Jurídico de lo Contencioso y Servicios

Institucionales

5.0 Recibe la cédula de notificación y volante para descargo.

Gerente

Cédula de notificación de dedemanda o

requerimiento y anexos.

6.0

7.0 Recibe información de las áreas correspondientes.

Gerente

9.0 Supervisa la atención que el Bufete o Abogado externo proporciona.

Gerente

8.0 Recibe documentación.

Abogado o Bufete externo

Constancia de Comparecencia

Contingencia económica y demás información requerida.

Constancias procesales relevantes.

Informes bimestrales.

Comunicado con comentarios, sugerencias y

observaciones.

10. Continuidad a la atención del juicio.

Bufete o Abogado externo

11.0 Recibe constancias procesales

Gerente

Informe de conclusión del proceso.

Volante

Comunicado de solicitud de documentación

11.0

12.0 Baja del asunto.

Gerente

13.0 Cumplimiento de la sentencia.

Gerente

14.0 Procede a la baja del asunto.

Gerente

Volante Informe de Conclusón

Cédula de notificación, demanda y anexos o requerimiento y anexos

Volante de turno.

Cédula de notificación, demanda y anexos o requerimiento y anexos

Volante de turno.

Cédula de notificación de dedemanda o requerimiento y anexos.

Comunicados con solicitud de la documentación para expediente de seguimiento

administrativo

Comunicados con solicitud de la documentación para expediente de seguimiento administrativo

Volante

Informe bimestral.

Anexo 1. “Informe de Avance Procesal”

Constancias de las actuaciones procesales.

Informe de conclusión del proceso.

Volante

Registros de control interno

Envío del expediente al archivo.

¿La sentencia es desfavorable para la

Institución?

Si

No

13.0

12.0

Informe de conclusión del proceso.

Volante

Fin

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15 08 2017

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Contenciosa

III.3.2.2. Tabla de Actividades de la Atención de Juicios en contra de la Institución.

Responsable Paso Actividad Documento de Trabajo

Entregable Tiempo

Subgerente o Experto Técnico

1.0

1.1

1.2

Revisa la Cédula de Notificación o requerimiento y sus anexos. Revisa la Cédula de notificación ysus anexos. ¿La documentación estácompleta, dirigida a la Institución correctamente, y realizada en elplazo señalado por la ley? Sí, continúa actividad 3.0 No, continua actividad 2.0

Cédula de notificación, demanda y anexos o

requerimiento y anexos

Por evento

Subgerente o Experto Técnico

2.0

2.1

2.2

Se niega recepción. Se niega la recepción de lanotificación o requerimiento, alencontrarse incompleta ladocumentación que fundamenta elmandato de autoridad o no seencuentra dirigida a la Institucióncorrectamente o no se estárealizando dentro de los términos o plazos señalados en la leycorrespondiente a la demanda. Se hace la devolución de ladocumentación, exponiendobrevemente los motivos por losque no se admite: estar la mismaincompleta, encontrarseerróneamente dirigida a laInstitución que la misma se pretende realizar de maneraextemporánea al mandato legal,se concluye el proceso.

Cédula de notificación, demanda y anexos o

requerimiento y anexos

Fin del procedimiento en esta etapa

Por evento

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Contenciosa

Responsable Paso Actividad Documento de

Trabajo Entregable Tiempo

Subgerente o Experto Técnico

3.0 3.1

Recibe Notificación. Ingresa la cédula de notificaciónal control de gestión de laDirección General AdjuntaJurídica para su registro.

Cédula de notificación, demanda y anexos o

requerimiento y anexos

Volante de turno.

Por evento

Director Jurídico de lo Contencioso y

Servicios Institucionales

4.0

4.1

Recibe la cédula denotificación con volante delcontrol de gestión. Recibe la cédula de notificación. Instruye previo análisis delasunto el turno a la Gerencia que corresponda para su atención.

Volante de turno.Cédula de

notificación, demanda y anexos o

requerimiento y anexos

Por evento

Gerente 5.0

5.1

5.2

Recibe la cédula denotificación y volante paradescargo. Recibe la notificación así como elvolante y solicitud de atención.Asimismo, se realizan el alta delasunto en los términosestablecidos en este Manual y seactualiza el Sistema Institucionalde Control de Juicios.

Tratándose de un juicio oprocedimiento en el que la Institución sea parte o tengainterés jurídico se determina siserá atendido por terceros o poradminsitración directa de laGerencia. a) Para el caso de terceros:

i) Se inician las gestiones administrativas para llevar a cabo la contratación de un Abogado o Bufete externo que defienda los derechos e intereses de la Institución en el juicio o procedimiento.

Volante de turno.

Cédula de notificación, demanda y anexos o

requerimiento y anexos

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Contenciosa

Responsable

Paso Actividad Documento de Trabajo

Entregable Tiempo

Gerente Nota: En caso de que se cuente con un contrato abierto vigente, en cuyo objeto encuadre la atención y seguimiento del juicio o procedimiento, se le remite el juicio o procedimiento al Abogado o Bufete externo contratado. b) Para el caso de administración directa:

i. Se inician las gestiones para su atención y seguimiento.

Tratándose de requerimientosjudiciales o de autoridad:

i. Se inician las gestiones para su atención y seguimiento.

Volante de turno.

Cédula de

notificación, demanda y anexos o

requerimiento y anexos

6.0

Obtención de la informacióny documentación

Gerente 6.1 Se solicitan los documentos yantecedentes del asunto ycualquier otra información a lasáreas involucradas paraatender el requerimiento opreparar la defensa de los derechos e intereses de laInstitución. Nota: La actividad no secircunscribir únicamente a lasdemandas laborales, se debeestablecer para cualquier juicioo procedimiento en el laInstitución sea parte tengainterés o tenga interés jurídico.

Comunicado de solicitud de documentación

Comunicados con la

información y documentación para atender el requerimiento o

preparar la defensa de los

derechos e intereses de la Institución, así

como para integrar el

expediente de seguimiento

administrativo.

2 días

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Responsable

Paso Actividad Documento de

Trabajo Entregable Tiempo

Gerente 7.0

7.1

7.2

Recibe información de lasáreas correspondientes.

Recibe de las áreas involucradasla información y documentaciónnecesaria para atender elrequerimiento o preparar ladefensa de los derechos eintereses de la Institución.

a. Para el caso de atención a cargo de terceros:

i.Remite la información y documentación al Abogado o Bufete externo, señalándose que la información o documentación que se transmite puede contener información reservada o datos personales, por lo que deberá adoptar las medidas necesarias para su adecuado manejo de conformidad con la legislación aplicable.

ii. Solicita se emita dictamen evaluando las posibilidades de obtener sentencia favorable, así como la contingencia del asunto y sus posibles riesgos, así como los honorarios correspondientes.

b. Para el caso de atención por administración directa:

i. Se prepara el escrito con el que se dé atención y posterior seguimiento.

Tratándose de requerimientosjudiciales o de autoridad:

i. Se prepara el escrito con el que se dé la atención y posterior seguimiento.

Comunicados con la

información y documentación para atender el requerimiento o

preparar la defensa de los

derechos e intereses de la Institución, así

como para integrar el

expediente de seguimiento

administrativo.

Comunicados con la

información y documentación para atender el requerimiento o

preparar la defensa de los

derechos e intereses de la Institución, así

como para integrar el

expediente de seguimiento

administrativo.

Vigente a partir de:

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Responsable

Paso Actividad

Documento de Trabajo

Entregable Tiempo

Abogado o Bufete externo

8.0

8.1

8.2

8.3

Recibe documentación Recibe documentación, preparaestrategia de defensa, eldocumento con el que secomparecerá al juicio oprocedimiento y emite dictamencon la contingencia. Comparece ante la autoridadjudicial o administrativa quecorresponda para defender losderechos e intereses de laInstitución en el asunto. Remite contingencia económica yen su caso, la demásdocumentación requerida.

Constancia de Comparecencia

(Contestación de Demanda,

Informe Justificado,

Denuncia, etc.)

Contingencia económica y

demás información requerida.

Volante

Gerente 9.0

9.1

Supervisa la atención que elBufete o Abogado externoproporciona. Supervisa la atención que elAbogado o Bufete externo le daal juicio, y en su caso formulaobservaciones respecto delmismo.

Constancias procesales relevantes. Informes

bimestrales.

Comunicado con

comentarios, sugerencias y observaciones.

Informe

bimestral.

Anexo 1. “Informe de

Avance Procesal”,

Constancias de las actuaciones

procesales.

Vigente a partir de:

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Contenciosa

Responsable

Paso Actividad

Documento de Trabajo

Entregable Tiempo

Bufete o Abogado externo

10.0

10.1

10.2

10.3

Continuidad a la atención deljuicio. Contesta el comunicado deobservaciones formuladas por elGerente. Continúa con la atención ydefensa de los intereses de laInstitución en el juicio hasta quese emita sentencia y en su caso,se combata a través de losmedios de defensa legal hastaque la misma quede firme. En su oportunidad remita las constancias procesales queacrediten que la sentencia haquedado firme.

Informe de conclusión del

proceso.

Volante

Gerente 11.0

11.1

Recibe constancias procesales. Recibe y revisa las constanciasprocesales remitidas por el Bufeteo Abogado externo. ¿La sentencia es desfavorable para la Institución? Sí, continúa actividad 13.0 No, continúa actividad 12.0

Informe de conclusión del

proceso.

Volante

Gerente 12.0

12.1

12.2

Baja del asunto. Se procede a dar de baja elasunto de los registros de controlinterno una vez que se declaraque el asunto ha quedadototalmente concluido. Se procede al envío delexpediente al archivo.

Registros de control interno

Envío del expediente al

archivo.

13.0 Cumplimiento de la sentenciafirme.

Vigente a partir de:

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Contenciosa

Nota 1.- En lo que hace al control de gestión se repite el paso 4, apartado 4.1 en lo que se refiere al control de gestión respecto de la recepción de un documento por el Director Jurídico de lo Contencioso y Servicios Institucionales.

Nota.- 2.- El volante del control de gestión generado con motivo de la recepción de un documento será descargado por el Gerente correspondiente o el Subgerente a quien se turne para su atención.

Nota 3.- El Subgerente del área coadyuva con el Gerente en el proceso; a la conclusión del mismo resguarda el expediente por un periodo de un año en el archivo de la Gerencia y posteriormente lo remite al archivo de concentración Institucional para su guarda y custodia por un periodo de cinco años.

Responsable

Paso Actividad

Documento de Trabajo

Entregable Tiempo

Gerente 13.1

13.2

13.3

Revisa la sentencia y elaboracomunicado para dar a conocera las áreas de la Institucióncompetentes que la sentencia aquedado firme y es suceptible deejecutarse. Realiza las gestionesadministrativas de sucompetencia que permitan dar cumplimiento a los resolutivos decondena a la Institución. En su oportunidad remite lasconstancias procesales queacrediten que la sentencia haquedado firme.

Informe de conclusión del

proceso.

Volante

Gerente 14.0

14.1

14.2

Procede a la baja del asunto. Se procede a dar de baja elasunto de los registros de controlinterno una vez que la sentenciao resolución ha quedad cumpliday se ordena su archivo comoasunto concluido. Se procede al envío delexpediente al archivo.

Volante Informe de Conclusión

Volante Informe de Conclusón

Fin del Procedimiento

Vigente a partir de:

Día Mes Año

15 08 2017

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Contenciosa

Nota 4.- Actualmente, el área jurídica alimenta una base de datos históricos sobre las resoluciones judiciales y administrativas, sus causas y contingencias, en el sistema-herramienta Access, a cargo de la Dirección de Riesgos lo anterior con la finalidad de que la misma emita en tiempo y oportunidad el reporte regulatorio que al respecto del resoluciones judiciales y administrativas en las que resulten eventos de pérdida, le obliga la circular única de Bancos emitida por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; hasta en tanto. no se diseñe e implemente por la Dirección de Tecnologías de Información y Comunicaciones del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo el “Sistema de Control de Juicios”, toda referencia al citado sistema deberá referenciarse al sistema-herramienta Access.

Sección IV. Anexos

III.1. Tabla de Anexos No. Nombre 1 Informe de avance procesal. 2 Formato poder especial (comprar o vender-operar-instrumentos de mercado de Dinero). 3 Formato poder especial (poder para operar reportos). 4 Formato para designación y el otorgamiento de poderes. 5 Formato para la revocación de poderes. 6 Formato notificación de revocación de poderes