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1 MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR Y TÉCNICO-PROFESIONAL DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE PUNO INSTITUTO SUPERIOR DE EDUCACIÓN PUBLICO “AYAVIRI” MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES AYAVIRI MELGAR PUNO 2013

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MINISTERIO DE EDUCACIÓN

DIRECCIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR Y TÉCNICO-PROFESIONAL

DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE PUNO

INSTITUTO SUPERIOR DE EDUCACIÓN PUBLICO “AYAVIRI”

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

AYAVIRI MELGAR PUNO

2013

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL ISEPA AYAVIRI

2013

PRESENTACION

El presente manual de organización y funciones (MOF) de la institución superior de

educación pública de Ayaviri, constituye un documento normativo, que complementa la

estructura organizacional de la institución, en base a las disposiciones legales vigentes;

elaborado en consideración a la normas y leyes , con el objetivo de organizar y encaminar

con eficiencia y eficacia las acciones académicas y administrativas , del personal

directivo, jerárquico, docente y administrativo y estudiantes de la institución ,

El MOF, proporciona a las unidades orgánicas confortantes del ISEPA, los elementos

funcionales de gestión, describiendo las funciones específicas de cada cargo, las líneas de

autoridad y responsabilidad así como los perfiles profesionales ó técnicos de cada uno de

los cargos, objetivos específicos de cada unidad orgánica y los objetivos generales de la

institución

El documento de gestión contiene 10 capítulos y 60 artículos referentes a la finalidad,

bases legales, alcances y funciones generales y específicos de los componentes de la

estructura orgánica del instituto

Así mismo, es conveniente indicar que el contenido del presente documento de gestión

está sujeto a variaciones que la propia dinámica administrativa así lo exige.

LA DIRECCIÓN GENERAL

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CAPITULO I ASPECTOS GENERALES

FINALIDAD Art. 1°. El Manual de Organización y Funciones, es un documento normativo que tiene por finalidad delimitar y precisar las funciones generales y específicas que orienten el buen funcionamiento del Instituto Superior de Educación Público Ayaviri. NATURALEZA Art. 2°. El Instituto Superior de Educación Publico “Ayaviri” es una Institución de Nivel Superior encargado de formar profesionales en el área pedagógico y tecnológico en las carreras profesionales y especialidades que oferta, relacionado a las actividades económicas, productivas y de servicios, que constituyen el desarrollo en el marco del proceso de descentralización y regionalización del País. Art.3°. El ISEPA, es una institución estatal, creado y sostenido por el estado a través del Ministerio de Educación. Depende de la Dirección General de Educación Superior y Técnico Profesional (DIGESUTP) en el aspecto Técnico Pedagógico y normativo y de la Dirección Regional de Educación Puno, en lo administrativo. BASE LEGAL Art 4°. Su elaboración y ejecución se sustenta: - Constitución Política del Perú - Ley Nro. 28044 Ley General de Educación - Ley Nro. 24029-25212 Ley del Profesorado y su modificatoria. - D.S.Nro 19-90-ED Reglamento de la Ley del Profesorado - D.L. Nro 276 Ley de la Carrera Administrativa. - Reglamento de la Carrera Administrativa D.S. Nro 005-90-PCM - D.S. Nro. 05-94-ED Reglamento de Institutos y Escuelas Superiores - D.S. Nro. 057-85-ED Reglamento de Actividades Productivas, R.D. Nro 1227-91-ED. - D.L. Nro 11377 Estatuto y Escalafón del Servicio Civil. - R.M. Nro. 738-85-ED normas para la programación, ejecución y evaluación de las

prácticas profesionales de los I.S.T. - R.D.Nro.776-88-ED Sistema de Evaluación Académica de los I.S.T. - D.S.Nro 039-85-ED Reglamento Especial de Docentes de Educación Superior. - Directiva No 088-2003/VMGI Conformación de Concejos Educativos Institucionales

- Ley Nº 29394 Ley de institutos y escuelas de educación superior reglamento de la ley de institutos y escuelas de educación superior D.S. Nº 004-2010-ED.

- R.M. Nº 0023-2010- ED.plan de adecuación de los actuales Institutos y escuelas de educación superior a la Ley Nº 29394

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- R.M. Nº0025-2010-ED. normas para la organización y ejecución del proceso de admisión a los institutos y escuelas de educación superior tecnológica r.d.

- R.D Nº 0006-2011-ED lineamientos complementarios para el proceso de adecuación de los Institutos y escuelas de educación superior de formación docente y artística.

- R.D Nº 1067-2010-ED, orientaciones para el desarrollo de las actividades educativas en el año 2011 en Institutos y escuelas de educación superior que desarrollan carreras tecnológicas.

Art. 5°. El presente Manual de Organización y Funciones determina la estructura orgánica y funciones del personal del ISEPA Constituye un instrumento de apoyo a la gestión administrativa y académica que sirve de norma y guía a los órganos internos y personal del Instituto, para el mejor cumplimiento de sus funciones. ALCANCE Art.6° A los Órganos de Dirección, Jefaturas de Unidad, Jefaturas de Área, Docentes, Administrativos y Estudiantes. OBJETIVOS: Art. 7º Definir y establecer la estructura orgánica y funcional formal y real del ISEPA, así como los tramos de jerarquía , control y responsabilidad así como los canales de comunicación que permitan una adecuada funcionalidad académica y administrativa de la institución. OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

Definir, describir y ubicar las funciones y responsabilidades de cada puesto y unidades académicas y administrativas con el fin de evitar sobrecargas de trabajo, duplicidad, vacíos laborales en el CAP del ISEPA, precisando las interrelaciones jerárquicas, funcionales, de autoridad, responsabilidad y coordinación.

Identificar las líneas de comunicación para lograr una adecuada interrelación entre las unidades administrativas integrantes de la institución.

Servir como instrumento de base para supervisiones y auditorias.

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ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DEL ISEPA

CONSEJO DIRECTIVO

DIRECCIÓN GENERAL

JEFE DE UNIDAD ACADÉMICA

JEFE DE UNIDAD ADMINISTRATIVA

CONSEJO INSTITUCIONAL

SECT. DE LA DIRECCION

CONSEJO CONSULTIVO

Jefe de Área

de Educación

Primaria y

Secundaria

Jefe de Área.

Formación en

Servicio

Jefe de Área

Académica

de Contabilidad

Jefe de Área.

Académica

de Enfermería

Jefe de Área.

Académica

Comp. e

Informática

Jefe de Área

Académica.

Industrias

Alimentarias

SECT. ACADÉMICA

Jefe de Área

de

Producción y

Servicios

Jefe de Área.

Académica de

Producción

Agropecuaria

Área de

Contabilidad y

personal

Docentes y Estudiantes Unidades Productivas

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CAPITULO II

DE LAS FUNCIONES BASICAS Y ESTRUCTURA ORGANICA DE LA INSTITUCIÓN SUPERIOR DE EDUCACION PUBLICO AYAVIRI

Art. 8°. Son funciones básicas del de la estructura organizativa y funcional del ISEPA: Planificar, organizar, ejecutar y evaluar acciones académico-administrativas, de Producción y de Servicios, para el cumplimiento de sus funciones siendo estas las siguientes: a) Programar, desarrollar, supervisar y evaluar los planes y actividades institucionales

que han de desarrollarse en concordancia con la Visión y Misión institucional. b) Desarrollar, supervisar y evaluar los planes y actividades académicas curriculares y

extracurriculares que han de desarrollarse en concordancia con la Visión y Misión institucional y programas curriculares en proceso de ejecución;

c) Desarrollar acciones referidas a la investigación tecnológica y científica a fin de poder aplicarlas de manera apropiada a las carreras profesionales que oferta; d) Programar, supervisar y evaluar las actividades productivas y de servicio a fin de asegurar el adecuado funcionamiento de las unidades productivas y de servicio a nivel institucional para la formación profesional de los estudiantes y generar ingresos propios, mediante proyectos de inversión y servicios; e) Elaborar y desarrollar planes, programas y proyectos que contribuyan al desarrollo Institucional promoviendo en los estudiantes el desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresa de su ámbito de influencia. f) Realizar acciones tendientes al incremento, renovación, conservación, mantenimiento, reparación de equipos, herramientas e instrumentos; así mismo como de las instalaciones g) Desarrollar acciones de proyección social y cultural. h) Asistir y presentar Proyectos en los Presupuestos Participativos, convocado por el Gobierno Regional.

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Art. 9°. La Estructura Orgánica de la Institución Superior de Educación Público “Ayaviri”: es la siguiente: a) ÓRGANOS DE GOBIERNO - Consejo Institucional - Consejo Directivo - Dirección General - Jefe de la Unidad Académica - Jefe de la Unidad Administrativa - Jefe de Áreas Académicas y Carreras Profesionales. -Jefe del Área de producción y de servicios b) ÓRGANO DE ASESORAMIENTO Y COORDINACIÓN - Consejo Consultivo - Unidad de planificación y proyectos - Unidad de investigación c) ÓRGANO DE APOYO - Secretaría General - Secretaría académica - Jefe de la unidad administrativa d) ORGANOS DE LINEA

Jefe del área académico de Formación Magisterial Jefe del área académico de Industrias Alimentarías Jefe del área académico de Contabilidad Jefe del área académico de Enfermería Técnica Jefe del área académico de Computación e Informática Jefe del área de Producción Agropecuaria Jefe de Producción y Servicios

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CAPITULO III

DE LAS FUNCIONES DE LOS ORGANOS Y MIEMBROS QUE LOS INTEGRAN CONSEJO DIRECTIVO.

Art. 10°. El Consejo Institucional, es el órgano máximo de gobierno del I.S.E.P.A, su composición y el ejercicio de sus funciones están suscritos en el presente Manual.

El Consejo Institucional lo integran >Director General >Jefe de Unidad Académica >Jefe de Unidad Administrativa >Secretaria Académica >Jefes de Áreas Académicas >Representante de los Docentes >Representante de los administrativos >Representante de Estudiantes

Son funciones del Consejo Institucional: En Aspectos de Participación

Participar en la formulación, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, Plan Anual de Trabajo, Reglamento Interno y documentos de gestión, Proyecto Curricular Institucional y demás instrumentos de Gestión Educativa.

Opinar sobre los criterios de auto evaluación de la institución y contribuir en el plan de mejora conducente a la evaluación externa en el marco de la Acreditación.

Proponer al Consejo Directivo la creación , fusión o supresión de carreras para la tramitación correspondiente

Proponer las adecuaciones y ajustes de las normas de organización interna y de los lineamientos de política educativa institucional

Proponer las comisiones de control, concursos y procesos

Resolver en última instancia, los procesos disciplinarios de los estudiantes, y otros que señale su reglamento

Promover mecanismos y modelos de participación de los actores educativos de la sociedad civil, para contribuir al buen clima y liderazgo institucional, así como en la evaluación de la gestión de la Institución orientada a mejorar su prestigio en la comunidad.

Proponer al Consejo Directivo, normas de convivencia para el personal y Alumnado de la Institución Educativa y criterios de participación en Actividades comunitarias, productivas culturales, deportivas y recreativas, así como de proyección social.

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Velar por el cumplimiento de las normas de convivencia, asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la Comunidad Educativa.

Participar en la evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente como administrativo de la Institución.

Promover eventos de tipo académico, deportivo y cultural con otras Instituciones y la conformación de organizaciones juveniles.

Proponer mecanismos de reconocimiento y estímulos al personal docente y administrativo, que destaquen en su desempeño en el aula y en la Institución , y a los estudiantes según los resultados obtenidos en el marco del Proyecto Curricular de Centro y la Visión y Misión Institucional prevista en el Proyecto Educativo Institucional.

En Aspectos de Concertación

Propone el establecimiento de vínculos con las Organizaciones e Instituciones de la localidad, regionales y nacionales que potencien el uso de los recursos existentes.

Brindar apoyo a la Dirección de la Institución Educativa en la resolución de conflictos que se susciten al interior de ella.

Generar acuerdos que fortalezcan la mejora de la gestión Pedagógica, Institucional y Administrativa, referente en el marco de las políticas nacionales institucionales.

En Aspectos de Vigilancia

Ejercer acciones de vigilancia en el desempeño de los actores de la Institución Educativa y evitar acciones externas que afecten al buen funcionamiento Institucional, promoviendo el trabajo digno, la gestión transparente y la participación en su evaluación.

Art. 14°. El Consejo Institucional se reúne ordinariamente y extraordinariamente por lo menos una vez al mes cada que comunique a citar el Director y con agenda específica. Art. 15°. Las reuniones ordinarias y extraordinarias son con la finalidad de socializar y tomar decisiones institucionales. Art. 16°. El Consejo Directivo, es un órgano consultivo de dirección.

El Consejo Directivo lo integran: >Director General, quien lo preside >Jefe de Unidad Académica >Secretario Académico >Jefe de Unidad Administrativa >Jefes de Áreas Académicas

Son funciones del Consejo Directivo: a) Aprobar el PEI, Manual de Organización y Funciones y Reglamento Interno. b) Aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura. c) Convoca a los concursos de admisión y personal según las normas vigentes. d) Aprobar el Reglamento Institucional así como el de Incentivos económicos para docentes, Administrativos y estudiantes. e) Velar por la conservación ética, moral del personal de la Institución.

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DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESPECÍFICAS A NIVEL DE CARGO: FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL DIRECTOR GENERAL Art. 17°. El Director General es la máxima autoridad académica y administrativa así como el representante legal de la institución, cumple las siguientes funciones:

a. Es responsable de la gestión académica, administrativa y actividades productivas de la Institución.

b. Ejerce el cargo a tiempo completo y en su ausencia delega funciones al Jefe de la Unidad Académica

c. Ejecutar las disposiciones emanadas del Consejo Directivo d. Aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura en coordinación con el Consejo

Directivo. e. Gestiona y dirige la ejecución de los planes de desarrollo institucional y del

presupuesto general y todo recurso económico y financiero disponible tanto activo y pasivo, dentro y fuera de la institución.

f. Convocar para la elección de los representantes del Consejo Institucional de conformidad con lo establecido en el Art. 30 de la ley.

g. Convoca a los integrantes del Consejo Directivo, institucional, a las reuniones ordinarias y extraordinarias

h. Dirime en caso de empate, las decisiones adoptadas con el consejo directivo y el consejo Institucional

i. Planifica, organiza, coordina y evalúa el desarrollo de las actividades Académicas y administrativas de la Institución.

j. Garantiza el cumplimiento de los dispositivos legales y de los Reglamentos vigentes.

k. Emite oportunamente los informes que solicite la autoridad educativa Correspondiente.

l. Convoca y preside las reuniones técnico pedagógico y administrativo, creando mecanismos de participación entre sus miembros.

m. Autoriza visitas de estudio y excursiones, de acuerdo a las normas específicas. n. Dirige el proceso de Admisión, aprobar la matrícula dentro de los primeros quince

días al inicio del año académico, y autorizar los traslados, exoneraciones y convalidaciones.

o. Autorizar los gastos de la Institución y Actividades Productivas. p. Propone a la DREP la cobertura de plazas administrativas y docentes vacantes y

reemplazo previa selección en concordancia a las normas específicas. q. Autoriza y firma los cheques. r. Autoriza la ejecución de proyectos de producción y/o prestación de servicios para

mejorar la eficiencia Institucional. s. Participa en el proceso de concurso y selección del Personal Docente y

Administrativo, con excepción de la plaza de Director, en concordancia con las normas vigentes.

t. Gestiona y suscribe convenios para mejorar la infraestructura, equipar talleres y laboratorios, biblioteca, prácticas profesionales, capacitación y actualización de los trabajadores de la Institución.

u. Presenta la memoria anual de la gestión institucional en la clausura del año Académico.

v. Preside las reuniones del Consejo Directivo y Consejo Institucional. w. Otras funciones que señale el reglamento institucional inherente al cargo.

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DE LA SECRETARIA DE DIRECCIÓN Art. 20°. La Secretaria de Dirección es responsable de organizar las tareas propias e inherentes a su cargo, evitando la infidencia, depende del Director del ISEPA.. Art. 21°. Desempeña las siguientes funciones:

a. Realizar el trámite documentario administrativo acorde a los avances Tecnológicos.

b. Redactar y procesar documentos de la Dirección. c. Realizar el seguimiento y control de la documentación y mantener Informado al

Director(a). d. Solicitar el suministro de materiales de oficina para Dirección, llevando el control

de uso de lo asignado. e. Velar por la seguridad, conservación, mantenimiento de los bienes de Dirección y

Secretaría, llevando el inventario correspondiente. f. Recibir y orientar al público, atender los servicios de comunicación Informando a

los interesados, a través de los medios. g. Mantener buenas relaciones interpersonales permanentemente. h. Asumir acciones de protocolo. i. Otras funciones inherentes al cargo.

Además cumplirá las siguientes funciones de trámite documentario: a. Atender y realizar el trámite administrativo interno y externo de la Institución,

llevando el control de la documentación emitida, recibida y Velar por el mantenimiento de los archivos tanto académicos como Administrativos.

b. Disponer el sistema de trámite documentario, así como el registro Respectivo, efectuando posteriormente su seguimiento.

c. Recepcionar, registrar, clasificar y distribuir toda la documentación Recibida, en breve plazo.

d. Apoyar, colaborar y reemplazar al responsable de la Unidad de Certificación en caso de ausencia.

e. Recepcionar, registrar y efectuar el trámite correspondiente al proceso de titulación. f. Otras funciones inherentes al cargo. g. Diagnosticar y mantener el sistema de redes, así como la Automatización del

procesamiento de datos. h. Velar por el buen funcionamiento del sistema de cómputo institucional. i. Otras funciones inherentes al cargo. DEL JEFE DE LA UNIDAD ACADÉMICA: Art.22°. El Jefe de la Unidad Académica depende jerárquicamente de Dirección, es responsable de la programación, dirección, supervisión, orientación y evaluación de las acciones técnico pedagógicas, en concordancia con las normas legales vigentes. Art. 23°. La Jefatura de la Unidad Académica está a cargo de los siguientes áreas académicas Art. 24° El Jefe de la unidad académica ejerce el cargo a tiempo completo y en caso de ausencia es reemplaza por delegación, de acuerdo al canal de mando.

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Art. 25°. Son funciones y atribuciones del Jefe de la Unidad Académica: a. Programar, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las acciones técnico-

pedagógicas. b. Organizar el trabajo educativo: Calendarización del trabajo Anual, Proponer el cuadro

de distribución de horas, para su aprobación Concertada en asamblea de docentes, ratificar la distribución de Clases, dando cuenta a Dirección.

c. Promover estudios de acciones técnico pedagógico destinado a Perfeccionar la aplicación del diseño curricular, metodológico, material Educativo y evaluación del aprendizaje en las diferentes Carreras Profesionales.

d. Orientar a los docentes en la aplicación de normas técnico Pedagógicas. e. Orientar, apoyar y coordinar con los Jefes de Área Académica la Organización,

desarrollo y evaluación de las prácticas profesionales y Examen teórico-práctico y desarrollo de sustentación de tesis o proyectivos productivos

f. Plazo establecido, posterior a la culminación del semestre académico. g. Elevar el informe semestral de su labor a la Dirección del ISEPA. h. Coordinar permanentemente con los Jefes de Área Académica a su cargo y evaluar su

desempeño laboral semestralmente. i. Promover, incentivar, programar, coordinar, ejecutar y evaluar el plan de

capacitación de los docentes. j. Presidir el Consejo Académico k. Coordinar con el jefe de la unidad administrativa el apoyo por la calidad de servicio

del Centro de Informática Biblioteca, Centro de Idiomas y otros.. l. Actualizar las fichas de supervisión y evaluación docente; y otros. m. Supervisar el número de horas efectivas de clase que reciben los n. Alumnos de acuerdo al número de horas programadas según el Plan o. de Estudios y el Cuadro de distribución de horas. p. Verificar el uso efectivo de horas de clase, según la secuencialización de

contenidos/competencias del Proyecto Curricular de Centro. q. Asumir funciones del Director en caso de ausencia. r. Otros inherentes al cargo.

- Además asumirá las siguientes funciones de investigación a. Desarrollar y ejecutar el Plan Anual de investigación b. Elaborar perfiles y proyectos de investigación en coordinación con los Jefes de Área

Académicas. c. Apoyar en la gestión y evaluación de proyectos.de investigación SECRETARIA ACADEMICA: Art. 52°. La Secretaría Académica es el Órgano de Apoyo de la unidad académica, procesa Registros Académicos, Certificación y Titulación. Art. 53°. El Área de Secretaría Académica está integrado por: - Secretario Académico. - Y auxiliares de Oficina Además deberá cumplir las siguientes funciones:

a. Conducir el proceso de elaboración de los documentos académicos administrativos, Utilizando los sistemas de informática con que dispone el Área.

b. Atender los trámites administrativos referidos a actas de evaluación, Certificados de estudios, preparación y elaboración de los mismos.

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c. Elaborar las actas semestrales de evaluación académica, examen de Recuperación, cargo, subsanación y extraordinario impecables.

d. Gestionar los formatos de título, certificados, Carnés de Estudiante y Demás documentos.

e. Reemplazar en ausencia al Jefe del Área en las funciones que se Requiera. f. Otras funciones inherentes al cargo.

DE LOS DOCENTES Art. 28°. Dependen de la Jefatura de Área Académica a la que pertenece de acuerdo a su especialidad y sus funciones son:

a. Participar en la elaboración de los sílabos y/o unidades didácticas y b. Material educativo según se requiere. c. Cumplir con el proceso del desarrollo curricular y control de asistencia de los

estudiantes. d. Cooperar en las acciones de mantenimiento y conservación de los e. Bienes de la Institución. f. Participar en las reuniones de coordinación con la Jefatura correspondiente. g. Elaborar informes semestralmente de acciones técnico-pedagógicas de su

responsabilidad. h. Asumir la responsabilidad de asesoría de aula por nominación de los estudiantes. i. Participar activamente en el desarrollo de actividades, organización y ejecución de

eventos científico - tecnológicos, culturales, deportivos y sociales que programa la Jefatura, así como la Institución.

j. Derivar a los jefes de Área Académica casos de alumnos que demanden atención especial.

k. Apoyar y ejecutar las acciones de convalidación de asignaturas. l. Participar en el asesoramiento y seguimiento del estudiante dentro del marco de

la orientación y bienestar del educando. m. Apoyar y ejecutar acciones de producción y/o prestación de servicios de acuerdo a

su especialidad, así como también buscar convenios para Prácticas de asignatura y profesionales.

n. Demostrar puntualidad, responsabilidad y eficiencia en el cumplimiento de sus funciones.

o. Participar en la formulación del PEI, PAT, MOF, RI de la Institución y otros documentos de gestión.

p. Informar a Jefatura las notas oportunamente, para su publicación. q. Practicar valores ético-morales. r. Ejercer la docencia con responsabilidad, ética profesional y dominio disciplinario

actualizado s. Asesorar y supervisar la práctica pre- profesional de los estudiantes t. Promover y participar en proyectos productivos, pedagógicos o artísticos, de

investigación, innovación o de extensión comunal, dentro de su carga académica u. Otros inherentes a su cargo.

DE LOS ASESORES DE AULA Art. 29°. Sus funciones son:

a. Velar por el desarrollo integral de los educandos b. Velar por el buen rendimiento académico de los educandos

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c. Organizar y dirigir el funcionamiento de la Junta Directiva de Aula d. Fomentar la integración grupal estableciendo comunicaciones afectivas entre los

miembros de aula. e. Evaluar periódicamente el comportamiento de los estudiantes de acuerdo a las

normas establecidas. f. Coordinar con los jefes de Área Académica a fin de solucionar problemas

estudiantiles. g. Apoyar y controlar la participación en las actividades cívicas patrióticas (Desfiles),

deportivas, culturales, científicas y otros. h. Orientar el buen uso y conservación de la infraestructura, mobiliario y Servicios

higiénicos. i. Elaborar, ejecutar e informar oportunamente el Plan de trabajo de la j. Sección que asesora. k. Otros inherentes a su cargo.

CAPITULO IV

DE LOS JEFES DE ÁREAS Art. 30°. Las Áreas Académicas son Órganos de línea dependen de la Jefatura de la Unidad académica. Es responsable de planificar, desarrollar, supervisar y evaluar las Estructuras curriculares específicas del Área; así como Implementar y dirigir las prácticas profesionales y participar en la Ejecución de los proyectos de producción y/o prestación de servicios. Art. 31°. Las Jefaturas de Áreas Académicas dependen de la jefatura de la unidad académica Art. 32°. Son funciones de los Jefes de Áreas Académicas

a. Participar en la formulación del PEI, PAT, MOF, RI de la Institución, b. Elaborar, ejecutar y hacer el seguimiento del Plan de la Carrera. c. Evaluar y adecuar el PCI de la Carrera Profesional a su Cargo, en base a los últimos

adelantos y su experiencia. d. Actualizar el Reglamento de Prácticas Profesionales, Titulación e e. Informar a la Dirección para su aprobación. f. Controlar la ejecución de contenidos temáticos de las unidades didácticas y

asignaturas g. Evaluar semestralmente el desempeño laboral de los docentes a su h. Cargo, de acuerdo a los criterios establecidos. i. Realizar semestralmente el requerimiento de materiales de oficina, j. Para uso de la Jefatura. k. Verificar el avance del desarrollo curricular de las asignaturas. l. Planificar, programar, y orientar la ejecución de las prácticas m. Profesionales en coordinación con el jefe de unidad académica y/o Laboratorio. n. Coordinar con el Jefe de Unidad Académica, la suscripción de convenios de

Prácticas Profesionales con las Empresas e Instituciones. o. Implementar nuevos materiales educativos y métodos. p. Planificar, ejecutar y controlar los ingresos y egresos captados por q. Administración; e informar a los docentes y alumnos. r. Organizar exposiciones técnicas científicas en coordinación con los Docentes. s. Apoyar la realización de acciones de Proyección Social y Tutoría.

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t. Coordinar y ejecutar las actividades productivas y proyectos de u. Inversión. v. Elaborar informe de las actividades y acciones técnico-pedagógicas. w. Apoyar y promover la formación de pequeñas empresas de producción y/o

prestación de servicios. x. Confirmar la asistencia y puntualidad de los docentes en el horario de Clases. y. Otros inherentes a su cargo.

ASISTENTES DE TALLER Y/O LABORATORIO Art. 33°. El asistente de Taller y/o Laboratorio de las Carreras Profesional, depende de los Jefes de Área Académica, es responsable de la programación, organización, conducción, supervisión y control de los servicios de taller, laboratorios a través de los proyectos y planes de prácticas profesionales, de asignaturas y/o actividades productivas así como el inventario, mantenimiento y conservación, reparación y seguridad de los bienes del mismo. Art. 34°. Son funciones del asistente de Taller y/o Laboratorios de las Carreras Profesionales:

a. Coordinar con los docentes oportunamente y organizar el material, b. Equipos, herramientas, taller y laboratorio requerido para la realización de las

prácticas de asignatura y los servicios de producción y/o Prestación de servicios. c. Controlar la asistencia de los docentes en las horas de prácticas. d. Presentar el requerimiento de necesidades del Taller y/o Laboratorio. e. Proporcionar los materiales y/o repuestos a utilizarse para el buen

funcionamiento en las prácticas de asignatura y unidades didácticas f. Actualizar y velar el cumplimiento del Reglamento Interno del Taller y/o

Laboratorio g. Verificar controlar e informar oportunamente el inventario de bienes, pérdidas,

accidentes, altas y bajas de equipos, materiales accesorios y Otros. h. Promover acciones pro implementación de taller o laboratorio i. Participar en las reuniones de coordinación con la Dirección, Jefes de Área y apoya

las actividades productivas. j. Elabora el informe mensual de las prácticas de las asignaturas y unidades

didácticas k. Otros inherentes a su cargo.

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CAPITULO V DE LA JEFATURA DEL ÁREA DE PRODUCCIÓN Art. 35°. El Área de Producción es el Órgano de Línea. Depende del jefe de la unidad administrativa; es responsable de llevar a cabo las actividades de producción de bienes y/o prestación de servicios del Instituto. Art. 36°. El Área de Producción está integrado por un Jefe Responsable del Área Art. 37°. El Jefe de Área de Producción es el responsable de la programación, organización, supervisión y control de las actividades de producción y prestación de servicios; así como la investigación y desarrollo empresarial en la Institución. Art. 38°. Son funciones del Jefe de Área de Producción:

a. Formular, proponer, programar, ejecutar y evaluar en coordinación con los jefes de área los proyectos productivos. Y otras actividades.

b. Impulsar y apoyar las prácticas a través de los proyectos de producción y/o prestación de servicios.

c. Coordinar con entidades públicas y privadas para la elaboración de d. Pro forma y suscripción de contratos de producción de bienes y e. Prestación de servicios. f. Promover la participación en ferias locales, regionales y otros. g. Coordinar con el Área de Administración en relación a los aspectos h. Administrativos, contables y financieros i. Fortalecer la captación de ingresos con la ejecución de cursos de j. Extensión. k. Generar recursos propios para su autofinanciamiento. l. Promover la elaboración, perfiles de proyecto productivos y empresariales m. Supervisar y viabilizar el cumplimiento del control de calidad en el proyecto

productivo de bienes o servicios n. Promover la transferencia tecnológica y las líneas de producción existentes en la

institución. o. Otras funciones inherentes al cargo.

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CAPITULO VI DEL JEFE DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA

Art. 41°. La Unidad Administrativa es el Órgano de Apoyo que depende jerárquicamente de la dirección general, encargado de la Administración y desarrollo del potencial humano y de la administración contable y financiera. Art. 42°. La Unidad Administrativa tiene la siguiente Estructura Orgánica: - Jefe de Unidad Administrativa - Área de Contabilidad - Área de Tesorería - Área de Patrimonios - Área de Abastecimientos. - Área de Personal Art. 43°. Depende orgánicamente del Director, está representado por el Jefe de la Unidad administrativa. Y desarrolla las siguientes funciones:

a. Coordinar, orientar, asesorar y evaluar el cumplimiento de funciones de Las áreas Tesorería, Abastecimientos, Contabilidad y Personal.

b. Orientar a los jefes de las carreras y otras Jefaturas en la Administración de recursos y realizar su control.

c. Revisar y firmar los Comprobantes de Pago y Órdenes de Compra e Informes de ejecución presupuestaria y propuestas de modificación.

d. Autorizar pagos en efectivo por caja chica. e. Verificar la conciliación y extractos bancarios. f. Organizar e implementar las acciones de seguridad, mantenimiento y

Conservación de las instalaciones y materiales de la Institución. g. Verificar y firmar el Libro de Caja mensualmente y evaluar la Contabilidad

Gubernamental. h. Verificar el margesí de bienes semestralmente. i. Participar en la comisión de licitación y concurso público de precios y

Adquisiciones directas. j. Gestionar los reclamos del personal en cuanto a remuneraciones, Contratos,

nombramientos, destaques, reasignaciones, bienes y Servicios, materias primas para la ejecución de proyectos productivos Ante la Dirección Regional de Educación Puno.

k. Controlar y verificar la ejecución del presupuesto de la institución. l. Firmar Cheques. m. Verificar el informe de record de asistencia mensual y anualmente del personal

docente y administrativo. n. Verificar el inventario de almacén semestralmente. o. Realizar arqueos de caja. p. Gestionar y proveer los recursos necesarios para la óptima gestión institucional

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q. Elaborar ejecutar y evaluar el presupuesto de la institución r. Informar el consejo institucional sobre el manejo de los recursos presupuestarios

y bienes de la institución. s. Otras funciones inherentes al cargo.

ÁREA DE CONTABILIDAD Art. 44°. Depende Jerárquicamente del Jefe de la unidad administrativa y está Integrado por el Contador General Art. 45°. Cumple las siguientes funciones:

a) Elaborar el PIA y el PIM de la institución en forma anual. b) Evalúa e Informa el avance de la ejecución presupuestal en forma trimestral y

anual. c) Verificar, controlar y centralizar los recursos captados por toda fuente de ingreso. d) Realizar arqueos sorpresivos de caja y caja chica. e) Revisar y refrendar los comprobantes de pago debidamente registrados por

tesorería y documentación sustentatoria. f) Revisar y refrendar las conciliaciones bancarias en forma mensual. g) Revisar y refrendar el libro caja en forma mensual. h) Revisar y refrendar el libro bancos en forma mensual. i) Revisar y refrendar los cuadros comparativos de cotizaciones. j) Revisar y refrendar el movimiento de almacenes. k) Registrar los libros contables y elaboración del balance de acuerdo al sistema de

contabilidad gubernamental vigente previa verificación de documentos sustentatorios.

l) Elaborar el balance general y estados financieros de cada período. m) Otras funciones inherentes al cargo.

ÁREA DE TESORERÍA Art. 46° Depende jerárquicamente del Contador General y Jefe de Unidad Administrativa desempeña las Siguientes funciones: a) Responsable de la actualización, y conservación de la información del software de

tesorería. b) Expedir recibos y recaudar fondos por todo concepto de ingreso acorde a normas. c) Realizar la liquidación de ingresos en forma diaria y depositar en la cuenta corriente

bancaria. d) Reembolsar los gastos de caja chica, cada vez se agota el fondo. e) Realizar el informe económico referente a la matricula (I y II semestre), dentro de 15

días de culminado el proceso. f) Realizar el informe económico en forma mensual. g) Realizar la liquidación diaria de ingresos. h) Otras funciones inherentes al cargo. DE LA UNIDAD DE PERSONAL Art.47°. Depende Jerárquicamente del Jefe de Área de Administración y Desempeña las siguientes funciones: a) Controlar la asistencia, permanencia y permisos del personal de la Institución. b) Preparar los informes mensuales sobre Control de asistencia e inasistencias,

tardanzas y otros del personal, Previa visación del Jefe Inmediato superior, elevando a la instancia superior.

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c) Organizar y actualizar el escalafón del personal; publicando la relación de omisos. d) Elaborar el rol de vacaciones en coordinación con el jefe inmediato. e) Organizar y mantener actualizado los dispositivos legales sobre Sistemas de personal f) Absolver consultas de los usuarios concernientes a las diversas Acciones de personal. g) Publicar el cuadro de Asignación de Personal (CAP) h) Elaborar el consolidado del record de asistencia, faltas, permisos, Licencias,

vacaciones del personal docente y administrativo i) Verificar e informar la situación del trabajador con descanso medico Continuo. j) Verificar e informar la situación laboral del personal de la Institución. k) Otras funciones inherentes al cargo. ÁREA DE ABASTECIMIENTOS Art. 48°. Depende Jerárquicamente del Contador General y Jefe de Unidad Administrativa y desempeña las siguientes funciones: a) Consolidar los requerimientos de las unidades y áreas de la institución y elaborar el

plan de adquisiciones, solicitud de cotizaciones y el cuadro comparativo de precios para ser adquiridos en forma racional y oportuna.

b) Atender oportunamente los pedidos de materiales de las unidades y áreas de la institución.

c) Adquirir los materiales y contratar los servicios solicitados por las unidades y áreas, de acuerdo a las normas de la OSCE.

d) Elaborar los documentos tales como: Órdenes de Compra, Notas de Entrada, registro de salida de materiales y/o pedido de comprobante de Salida (PECOSA) y llevar actualizado el control visible de los artículos Almacenados e informar al Jefe inmediato, la existencia en Stock de los Artículos necesarios para su adquisición.

e) Verificar la conformidad de los artículos remitidos por los proveedores de acuerdo con las especificaciones de la orden de Compra y realizar el internamiento de las mismas.

f) Proporcionar el servicio de Impresión y reproducción de documentos a las diferentes Áreas.

g) Elaborar el registro de Proveedores. h) Otras funciones inherentes al cargo. ÁREA DE PATRIMONIOS a. Mantener actualizado y/o codificado el inventario de bienes muebles e inmuebles

patrimoniales anualmente. b. Registrar y mantener al día los libros de altas y bajas de los bienes en coordinación

con el jefe de Área c. Velar por el mantenimiento y custodia de los inmuebles, instalaciones, Mobiliario y

enseres de la institución i) Elaborar, actualizar y verificar el Inventario de bienes muebles y Enseres de la

institución anualmente y elevar a la superioridad. j) Velar por el uso racional de los bienes, maquinaria, equipos, unidades de transporte

y otros activos de la institución k) Otras funciones inherentes al cargo.

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DE LA BIBLIOTECARIA Art. 49°. Los Bibliotecarios dependen directamente de de la jefatura de la unidad académica y administrativa, sus funciones son: a. Organizar la prestación de servicios de bibliografía al lector. b. Organizar exposiciones bibliográficas. c. Fomentar la captación de donaciones bibliográficas. d. Organizar, codificar y administrar los libros de acuerdo al sistema de biblioteca. e. Actualizar el inventario de libros y bienes permanentemente y velar por el

mantenimiento de las mismas. f. Elaborar la lista bibliográfica por asignaturas y especialidades y remitir a las Jefaturas

de Área Académica. g. Elaborar el cuadro estadístico mensual de la afluencia de lectores. h. Elaborar y hacer cumplir el reglamento interno de biblioteca. i. Orientar a los lectores en la consulta y utilización de los libros. j. Atender ininterrumpidamente a los lectores en el horario establecido. k. Informar sobre faltante y deterioro de libros al jefe inmediato. l. Otras funciones inherentes al cargo. PERSONAL DE SERVICIO Art. 50. Depende Jerárquicamente de la jefatura de la unidad Administrativa Art. 51. Desempeña las siguientes funciones: a. Realizar acciones de portería, limpieza, mantenimiento y vigilancia de los ambientes

de la Institución. b. Controlar el ingreso y salida del público a la Institución dentro y fuera del horario,

previa identificación. c. Controlar papeleta de ingreso y salida de vehículo de la Institución y verificar la

Autorización del ingreso y salida de otros vehículos. d. Vigilar e informar el ingreso y salida de bienes y enseres de cualquier tipo, Previa

autorización del órgano competente. e. Informar con documento al jefe inmediato las ocurrencias durante el servicio diario. f. Controlar la papeleta y/o tarjeta de salida del personal y estudiantes del ISEPA. g. Otras funciones inherentes al cargo.

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CAPITULO VIII

CONSEJO DE ESTUDIANTES Art. 59°. Es un órgano representativo de los estudiantes, elegidos democráticamente. Se rige por su propio reglamento. Art. 60°. Son funciones del Consejo de Estudiantes: a. Participar activamente en la buena marcha Institucional, a través de delegados en

comisiones de trabajo. b. Participar como veedores en los diferentes procesos de Admisión. c. Presentar al consejo institucional, las iniciativas y sugerencias, para mejorar la

Eficiencia del servicio educativo. d. Intervenir en las actividades de la Institución que permita alcanzar su perfil

profesional, teniendo en cuenta la libre elección del estudiante y el fortalecimiento de su dignidad personal.

e. Promover el respeto mutuo entre los miembros de la comunidad Educativa. f. Velar por la conservación de la infraestructura, mobiliarios y equipos. g. Otras funciones inherentes al cargo.

CAPITULO IX DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

PRIMERO.- El presente Manual establece la estructura y funciones específicas del ISEPA Las funciones de cada Órgano Interno se detallan en los Manuales de Organización y Funciones que será ratificado por Resolución Directoral. SEGUNDO.- El Director, los Jefes de unidad, Jefes de Área Académica, Docentes Estables, contratados y Personal Administrativo, estructurarán sus horarios de trabajo de modo que puedan atender los diferentes turnos y el funcionamiento del Instituto TERCERO.- Corresponde al Director, Jefes de Unidades, Jefes de Área Académica, Docentes y Administrativos las siguientes atribuciones: a. Dirigir y supervisar al Personal a su cargo b. Administrar y controlar los recursos y bienes asignados. c. Formular las alternativas correspondientes a fin de agilizar y dinamizar los servicios. d. Asesorar y apoyar a la Dirección, en la toma de decisiones respecto a los asuntos de

su competencia. e. Coordinar y establecer los canales adecuados de comunicación con los demás

miembros trabajadores, docentes y administrativos del ISEPA a efectos de complementar y concertar sus acciones.

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f. Cumplir las funciones y atribuciones que le encomiende la superioridad. g. Asumir con responsabilidad el cumplimiento del Manual de Organización y Funciones

en forma solidaria. h. Portar y hacer cumplir el MOF. CUARTO.- Anualmente se constituirán comités y comisiones así como equipos técnicos que requiera el Instituto, para casos específicos, las mismas que estarán formalizadas mediante Decreto Administrativo.

CAPITULO X DISPOSICIONES TRANSITORIAS

PRIMERO.- El presente Manual de Organización y Funciones, aprobado por el Consejo Institucional y entrará en vigencia al día siguiente de su ratificación, mediante Resolución Directoral. SEGUNDO.- Cualquier caso no previsto en el presente Manual, será solucionado en Consejo Institucional. TERCERO.- El Órgano de Dirección queda encargado de velar por la estricta aplicación del presente Manual, así como de su actualización y evaluación periódica. CUARTO.- El presente Manual de Organización y Funciones, tendrá vigencia de un año, a partir de la fecha de su aprobación bajo Resolución Directoral.