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1 MANUAL DE CONVIVENCIA SOCIAL Cada año el Consejo Directivo revisa el Manual de Convivencia de la Institución Educativa Municipal Santiago Pérez y lo aprueba con las modificaciones que considera pertinentes. Teniendo en cuenta que el ministerio de Educación Nacional expidió el Decreto 1290 de abril 16 de 2009 que permite establecer un Sistema de Evaluación del Aprendizaje y promoción, la Institución Educativa Municipal Santiago Pérez diseñó y aprobó su Sistema Institucional de Evaluación del aprendizaje, promoción y graduación, el cual fue aprobado por el Consejo Directivo mediante la Resolución No 003 del 25 de febrero del 2010, el cual se anexa al finalizar el presente Manual de Convivencia. CAPITULO I DE LA INSTITUCION HORIZONTE INSTITUCIONAL MISIÓN Educar niños, jóvenes y adultos de diferente procedencia cultural, étnica y social, en el ser, saber, saber hacer, emprender y convivir mediante ambientes pedagógicos que permitan fundamentar valores y potencialidades cognitivas y cognoscitivas para superar los retos de un mundo en permanente cambio. VISIÓN La Institución Educativa Municipal Santiago Pérez tiene como propósito, para el año 2015, posicionarse como una institución de alto nivel académico en ambientes de sana convivencia; innovadora, comprometida con el cambio social de la comunidad, donde se desarrollen los valores institucionales, teniendo en cuenta el avance de la ciencia y la tecnología en búsqueda de progreso y crecimiento humano de los estudiantes. FILOSOFIA La Institución Educativa Municipal Santiago Pérez concibe al ser humano como ser individual y social con capacidades intelectuales, espirituales, axiológicas y productivas capaz de ser protagonista en la transformación de su entorno, local, regional y nacional.

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MANUAL DE CONVIVENCIA SOCIAL

Cada año el Consejo Directivo revisa el Manual de Convivencia de la Institución Educativa Municipal Santiago Pérez y lo aprueba con las modificaciones que considera pertinentes.Teniendo en cuenta que el ministerio de Educación Nacional expidió el Decreto 1290 de abril 16 de 2009 que permite establecer un Sistema de Evaluación del Aprendizaje y promoción, la Institución Educativa Municipal Santiago Pérez diseñó y aprobó su Sistema Institucional de Evaluación del aprendizaje, promoción y graduación, el cual fue aprobado por el Consejo Directivo mediante la Resolución No 003 del 25 de febrero del 2010, el cual se anexa al finalizar el presente Manual de Convivencia.

CAPITULO I DE LA INSTITUCION HORIZONTE INSTITUCIONAL

MISIÓN

Educar niños, jóvenes y adultos de diferente procedencia cultural, étnica y social, en el ser, saber, saber hacer, emprender y convivir mediante ambientes pedagógicos que permitan fundamentar valores y potencialidades cognitivas y cognoscitivas para superar los retos de un mundo en permanente cambio.

VISIÓN

La Institución Educativa Municipal Santiago Pérez tiene como propósito, para el año 2015, posicionarse como una institución de alto nivel académico en ambientes de sana convivencia; innovadora, comprometida con el cambio social de la comunidad, donde se desarrollen los valores institucionales, teniendo en cuenta el avance de la ciencia y la tecnología en búsqueda de progreso y crecimiento humano de los estudiantes. FILOSOFIA

La Institución Educativa Municipal Santiago Pérez concibe al ser humano como ser individual y social con capacidades intelectuales, espirituales, axiológicas y productivas capaz de ser protagonista en la transformación de su entorno, local, regional y nacional.

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PRINCIPIOS INSTITUCIONALES

Los principios son el fundamento sobre el cual se construyen las acciones de los individuos, y de ellos se desprenden los valores.

AUTONOMÍA: La Institución Educativa Municipal Santiago Pérez propicia en el estudiante santiaguino el conocimiento de sí mismo y de sus potencialidades, que le permitan interactuar con los demás, con responsabilidad y criterio propio en la toma de decisiones.

TRASCENDENCIA: La Institución Educativa Municipal Santiago Pérez promueve en el individuo el desarrollo del máximo potencial humano para que incida responsablemente en la transformación de su vida y el entorno.

FRATERNIDAD: La Institución Educativa Municipal Santiago Pérez propende por el desarrollo de todas sus actividades en un ambiente de armonía y sana convivencia donde se interactúe con el otro en un contexto de tolerancia, respeto y solidaridad.ACADEMIA: La Institución Educativa Municipal Santiago Pérez propicia en sus estudiantes el desarrollo de las competencias fundamentales que le permitan responder a las exigencias del siglo XXI, en un mundo globalizado y en permanente cambio.

VALORES INSTITUCIONALES

Se considera como valor una acción fundamental que expresa: comportamientos, actitudes, sentimientos, habilidades, saberes y destrezas de los niños, jóvenes y adultos en la sociedad y en las instituciones donde se desenvuelve y desarrollan su potencial humano en búsqueda de la felicidad.

RESPETO: Se considera el respeto como la base fundamental para la convivencia sana y pacífica de sus integrantes, donde existe la cordialidad, la empatía, la comunicación asertiva y sentido de pertenencia.

RESPONSABILIDAD: Su vivencia en la Institución Educativa Municipal Santiago Pérez implica la toma de conciencia en forma reflexiva, organizada y diligente en su quehacer cotidiano.

HONRADEZ: El integrante de la comunidad santiaguina se caracteriza por ser una persona transparente, íntegra, veraz en el actuar, consigo

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mismo, sus semejantes y el entorno.

CAPITULO IIDE LA CALIDAD DEL ESTUDIANTE

Artículo 1: De la adquisición de la calidad de Estudiante.- Para adquirir la calidad de Estudiante de la Institución Educativa Municipal Santiago Pérez, es necesario haber sido admitido oficialmente a través de los procesos administrativos y haber legalizado la matricula, aceptar y cumplir con: La filosofía Institucional, los principios, valores, fundamentos, objetivos y estrategias de desarrollo del Proyecto Educativo Institucional, establecidos en el presente Manual de Convivencia Social.

Artículo 2: De la Matricula.- La matricula es un acto jurídico que formaliza la vinculación del aspirante admitido como Estudiante regular de la Institución Educativa Municipal Santiago Pérez. Se realiza por una sola vez al ingresar a la institución y se deberá renovar cada año lectivo en la medida que el Estudiante y sus padres o acudientes cumplan con los requisitos exigidos para ello (Artículos 95 y 96 de la Ley 115 de 1994).La matricula se formaliza con la firma de la hoja de matrícula y su respectiva validación en el sistema de matriculas SIMAT, previo cumplimiento de todos los requisitos y acatamiento del presente manual de convivencia.

Artículo 3: Clases de matricula.- Existen dos clases de matriculas, Matricula ordinaria y Matricula extraordinaria.

1. Matricula Ordinaria.- Se considera matricula ordinaria la que se elabora en el periodo normal programado por el establecimiento, antes del inicio de clases de los Estudiantes.2. Matricula Extraordinaria: Se realiza fuera de los plazos establecidos, por causa justificada, aprobada por la rectoría de la institución.Artículo 4: De la Renovación de la Matricula.- La renovación de la matricula es un acto jurídico mediante el cual el Estudiante y sus padres de familia y/o acudiente legalizan su continuidad en la Institución Educativa Municipal Santiago Pérez para el siguiente año lectivo. La matricula podrá renovarse en los siguientes casos:1. Cuando el Estudiante haya sido promovido al grado siguiente al termino del año lectivo.2. Cuando el Comité de Evaluación y Promoción correspondiente promueva al Estudiante a un grado superior dentro del mismo año

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académico o por Promoción anticipada, la cual se define como la demostración persistente de logros superiores a los previstos para un determinado grado, habiéndose cumplido los requisitos previstos en el sistema institucional de evaluación.3. Estar a paz y salvo por todo concepto con la Institución Educativa Municipal Santiago Pérez.4. Estar afiliado al sistema general de seguridad social en salud (EPS o ARS según la Ley 100 de 1993, el Decreto Nacional 2247 de 1997 y la Ley 115 de 1994).5. Presentar oportunamente póliza de seguro contra accidentes estudiantiles.

Artículo 5: De la NO renovación de la Matricula.- La No renovación de la Matricula consiste en la negación del cupo para el siguiente año lectivo a los estudiantes cuyo comportamiento impiden el normal desarrollo de los procesos educativos y formativos que la Institución Educativa Departamental Santiago Pérez busca con su Modelo Pedagógico. La negación de continuidad en la institución para el siguiente año lectivo se dará por las siguientes razones:

1. Cuando el Estudiante haya sido sancionado por reiteración de faltas causadas por su mal comportamiento de tal manera que con ellas se haya afectado el normal desarrollo de las actividades escolares. Todo estudiante que haya sido sancionado con Matricula en Observación será considerado por el Consejo Directivo para la NO renovación de matricula siempre y cuando se haya seguido el debido proceso establecido en el presente Manual de Convivencia Social.2. Cuando repruebe el grado cursado y manifieste su voluntad de retiro con el aval de sus padres de familia y/o acudiente.3. Cuando el Estudiante lo solicite de manera voluntaria. En este caso debe ser mediante solicitud de oficio interpuesta por el acudiente y/o padre de familia.4. Cuando NO corresponda al rango de edades establecidos en el presente Manual de Convivencia Social.5. Cuando haya reprobado un grado por segunda vez, es decir, cuando no asimiló las políticas de calidad académica establecida por la institución.

Artículo 6: De los requisitos para la renovación de la Matricula.- El Estudiante que aspire a la renovación de la matricula deberá cumplir con los siguientes requisitos:

1. Cumplir con la documentación exigida por la Institución Educativa Municipal Santiago Pérez dentro de los plazos fijados.

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2. No estar inmerso en las causas de no renovación de la matricula enumeradas en el artículo 5 del presente manual.

CAPITULO IIIDE LOS DERECHOS, DEBERES Y ESTÍMULOS DE LOS

ESTUDIANTES

Artículo 7: Perfil del Estudiante Santiaguino.- Una persona crítica, creativa y competente, preparada para mejorar su calidad de vida, con compromiso social, haciendo uso de los conocimientos científicos y tecnológicos.Artículo 8: De los Derechos.- Para la comunidad de la Institución Educativa Municipal Santiago Pérez, los derechos se entienden como la facultad que tienen los estudiantes de exigir todo lo que la Constitución Política de Colombia y la Ley le otorga. Los derechos son garantías, privilegios que establece el Manual de Convivencia Social en favor de los Estudiantes de acuerdo a las normas socialmente establecidas.

A los Estudiantes de la Institución Educativa Municipal Santiago Pérez se les respetarán todos los derechos consagrados en la Constitución Política de Colombia, la Ley 1098 (Ley de Infancia y Adolescencia), La ley General de Educación, el Decreto 1290 de 2009 (Sistema Institucional de Evaluación y Promoción) el Código de Policía y demás disposiciones legales vigentes.

Derechos

1. Recibir una educación de calidad acorde con el Modelo Pedagógico establecido y el artículo 5 de la Ley General de Educación, orientado hacia el desarrollo de sus potencialidades como lo establece el PEI y los programas curriculares.2. Tener las mismas oportunidades sin ser discriminado(a) por raza, sexo, religión, filiación política, nacionalidad, origen regional, étnico, social y posición económica, como lo contempla la constitución política y la Ley de Infancia y Adolescencia capítulo II (Derechos y libertades) artículos 18, 19, 20, 26, 28, 30, 31, 33, 34, 36 y 37. Título II (Garantía derecho y prevención) Capitulo I, artículos 43, 44 y 45. Población desplazada.3. Participar de la vida institucional y expresar opiniones libremente dentro del respeto mutuo para el logro de los objetivos propuestos en el PEI. Participar en la elaboración y modificación del Manual de

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Convivencia Social.4. Elegir y ser elegido en el gobierno escolar y órganos de participación democrática desde el grado tercero en adelante. Recibiendo previamente una capacitación en la cual se comunique al estudiante la responsabilidad que adquiere en el momento que lo eligen.5. Proponer al Gobierno Escolar y a los diferentes órganos de participación democrática las sugerencias para mejorar la calidad del servicio educativo recibido (siguiendo el debido proceso).6. Recibir asesorías, retroalimentación y ser asistido y escuchado oportunamente en el proceso de aprendizaje a través del apoyo tutorial y general.7. Recibir los estímulos, distinciones e incentivos que se establecen en este manual.8. Ser evaluado en el rendimiento escolar de conformidad a las normas legales vigentes (D. 1290 de 2009) y el Plan de Estudios, a conocer oportunamente los resultados y a solicitar las respectivas aclaraciones cuando se considere que la valoración es inadecuada dirigiéndose a quien corresponda.9. Recibir la protección, cuidados y asistencias necesarias para lograr un adecuado desarrollo físico, mental, moral, social evitando conductas no adecuadas para los niños, niñas y adolescentes como lo contempla la Ley 1098 de Infancia y Adolescencia. (Artículos 42, 43, y 44).10. Conocer los instrumentos de seguimiento Académico, de Convivencia Social y Psicológicos a través de los conductos regulares establecidos.11. Ser evaluado en el rendimiento escolar de conformidad a las normas legales vigentes.12. Ser escuchado antes de aplicar cualquier criterio de formación que contemple el Manual de Convivencia Social.13. Conocer los principios, filosofía, las normas y disposiciones disciplinarias propuestas para la institución, la normatividad vigente consagrada en la ley 1098, la constitución política de Colombia, la ley general de educación para obrar de acuerdo a ella con plena libertad y convicción.14. Conocer oportunamente las disposiciones y exigencias académicas que determine la institución por intermedio de sus organismos de participación, tales como acuerdos, resoluciones, directivas, instructivos, circulares y otros.15. Ser aceptado y atendido en el ejercicio de sus funciones como autoridad cuando se le responsabilice de cargos como: representante de curso, presidente estudiantil, personero, delegado al Consejo Directivo, autogobierno o cualquier otra función que la institución Educativa legitime.

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16. Ser orientado y protegido contra la distribución y consumo de sustancias que produzcan dependencia (fármacos, psicotrópicos, depresivos, anfetaminas, entre otros) que afecten el bienestar físico de uno o más miembros de la Comunidad.17. Ser respetado en su integridad física y moral y en sus bienes.18. Contar con el debido permiso para salir de la institución para asistir a consultas y controles médicos comprobados y justificarlos siguiendo el procedimiento respectivo. El padre de familia y/o acudiente es el encargado de retirarlo de la Institución.19. Conocer oportunamente los horarios de clases, el cronograma de actividades curriculares y extracurriculares, el cronograma de evaluaciones y de entrega de compromisos y trabajos escolares de mejoramiento y nivelación.20. Reclamar y/o informar con el debido respeto cuando se considere que la apreciación o valoración de una situación académica y/o de convivencia es inadecuada o cuando se vea afectado por cualquier situación.21. Asistir a todas las actividades programadas por la institución cuando se ha hecho merecedor mostrando un buen desempeño, comportamiento, presentación personal como lo establece el Manual de Convivencia Social.22. Utilizar adecuada y responsablemente su tiempo libre dentro y fuera de la institución como lo establece el capítulo I, artículo 39, Capitulo V, artículo 117 del Nuevo Código de Policía.23. Gozar y brindar espacios de tranquilidad necesarios tanto en la convivencia social como en el desarrollo de sus labores académicas.24. Participar activamente de las clases para que su rendimiento académico sea cada vez mejor y digno de un estudiante.25. Los demás derechos y libertades con fundamento en la dignidad humana, establecidos en la Constitución Política de Colombia, en la leyes y los contenidos en los tratados y Convenios Internacionales suscritos y ratificados por el Estado Colombiano.

Artículo 9: De los Deberes y Obligaciones de los Estudiantes.- Se entiende como deber el hecho de estar obligado, además de tener autonomía, libertad y sentido de pertenencia, a cumplir con los compromisos adquiridos en el momento de la matrícula, mientras sea miembro activo y pertenezca a la Institución Educativa Municipal Santiago Pérez.

Todo Estudiante matriculado en la Institución Educativa Municipal Santiago Pérez es oficialmente miembro de la Comunidad Educativa y reclama sus derechos cuando cumple los siguientes deberes:

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1. Desarrollar todas las actividades escolares y alcanzar los logros y/o competencias y desempeños establecidos en el PEI. Este es un requisito para ser promovido y tener derecho a la renovación de la matricula.1.1 Presentar todas y cada una de las actividades del PLAN DE MEJORAMIENTO ACADÉMICO cuando se requiera, cumpliendo con lo establecido en el Decreto 1290 de 2009.

2. Respetar las creencias de los demás miembros de la Comunidad Santiaguina cuando estas no coincidan con las propias o las de su familia.2.1 Valorar y respetar la integridad física y moral de todas las Personas dentro y fuera de la Institución.

3. Prestar el servicio social obligatorio dispuesto por el MEN para los estudiantes que cursen décimo y undécimo de Educación Media3.1 Participar en el proceso de elección de los integrantes a los diferentes estamentos.4. Seguir el conducto regular para la solución de los posibles problemas, en este orden: Docente, Director de grado, Coordinador, Rector, Consejo Directivo. Con el respeto que merece(n) la(s) persona(s) y con el acompañamiento del acudiente cuando sea necesario.

5. Solicitar adecuadamente la asesoría necesaria a los diferentes estamentos durante su proceso de aprendizaje.

6. Practicar los valores institucionales para ser exaltado como estudiante santiaguino.

7. Conocer el resultado de todas sus actividades académicas: evaluaciones, trabajos, consultas e investigaciones.7.1 Hacer conocer honestamente a sus padres y/o acudientes el resultado de las evaluaciones y/o actividades de labor académica. En estudiantes con bajo rendimiento académico, dicho informe debe ser notificado por el docente.

8. Abstenerse de hacer todo tipo de negocios dentro de la Institución Educativa: venta, distribución, comercialización de cualquier elemento (trabajos académicos, juguetes, comestibles, etc.) o comprar a vendedores ambulantes.8.1 Practicar juegos de azar y otras actividades NO permitidas para menores de edad dentro de la institución, como lo estipula el código de policía.

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9. Diligenciar y firmar, de manera adecuada, las fichas de seguimiento de convivencia social y labor académica cuando le sea requerido, teniendo en cuenta que estos son documentos propios de la Institución e informar a sus acudientes en el caso de ser requeridos.10. Dar testimonio libre y espontáneo cuando sea llamado a descargos correspondientes, con todo el respeto y honestidad pertinente para poder aplicar las acciones pedagógicas correctivas según el debido proceso.11. Participar en las actividades programadas por la Institución; No evadir, salir o fugarse del aula de clase o de la Institución. En caso de evasión o fuga, la institución no se hace responsable de lo que eventualmente le pueda suceder al estudiante.11.1 Abstenerse de amenazar, intimidar, burlar o sobornar a compañeros o a cualquier miembro de la institución educativa. 11.2 No falsificar o adulterar documentos propios de la institución. 11.3 No traer a la Institución prendas, accesorios o elementos diferentes al uniforme o cualquier tipo de objetos costosos. La institución NO se hace responsable por la pérdida de ninguno de estos elementos. 11.4 No utilizar vocabulario soez, riñas, ofensas verbales, comentarios falsos y tendenciosos contra la moral y las buenas costumbres.11.5 Reconocer, valorar y respetar los símbolos patrios e institucionales y valores socioculturales.11.6 Usar el uniforme únicamente en la jornada escolar y en actividades convocadas por la Institución, portándolo con elegancia y de acuerdo a las exigencias institucionales. 11.7 Portar diariamente el carné que lo identifique como estudiante de la Institución.11.8 Enaltecer con sus actos y expresiones el buen nombre de la Institución. 11.9 Evitar realizar actos que perturben la disciplina del grupo de clase y/o la comunidad.11.10 Contribuir a mantener un ambiente saludable, higiénico y agradable en el salón de clase o cualquier otro lugar evitando eructos, bostezos ruidosos, gases entre otros. 12. Tener una excelente presentación personal conservando el hábito de la higiene y el aseo, presentándose adecuada y decorosamente vestido a la institución.12.1 Ajustar su comportamiento y su moral dentro y fuera de la institución con el fin de evitar conductas, posturas o comentarios desobligantes u obscenos.12.2 Evitar peleas y conflictos.

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12.3 No portar, guardar o utilizar armas corto punzantes, de fuego o artefactos similares.12.4 Evitar cualquier acción de riesgo tales como: manejo de electricidad, utilización de herramientas cortantes y filosas, juegos bruscos, subir a los tejados, entrar y/o salir por las cercas o la quebrada.

13. Ser responsable en el cumplimiento de todos sus compromisos y obligaciones manteniendo un esfuerzo constante por un alto nivel académico. Los estudiantes con dificultades académicas, realizarán actividades de acompañamiento bajo la asesoría del docente a cargo.

13.1 Tener diariamente los libros e implementos necesarios para las labores escolares, como también el uniforme estipulado para Diario y Educación Física Recreación y Deportes de acuerdo con las exigencias institucionales.13.2 Abstenerse de utilizar los elementos escolares con fines de agresividad e indisciplina. (Lápices, tijeras, agujas, esferos, compás, etc.) 13.3 Abstenerse de traer objetos que causen daño o se presten para conflictos, como: radios, grabadoras, armas, explosivos, químicos, cigarrillos, juegos electrónicos, licor, maquillaje, planchas alisadoras, revistas pornográficas, videos, mp3, mp4, celulares, entre otros, que perturben el adecuado desarrollo de las clases.13.4 Acogerse a las disposiciones del MEN en cuanto a la evaluación y promoción.

14. Aceptar con agrado los cargos en los que resulte elegido y mostrar un comportamiento digno y ejemplar para con sus compañeros. Informar oportunamente las situaciones que se presenten dentro del aula de clases.14.1 Desempeñar responsablemente las funciones que le sean asignadas en cargos como: Representante de grado, monitor de asignatura, juez de paz, conciliador, o cualquier otro, respondiendo por los instrumentos y elementos de su manejo.

15. Abstenerse de poseer, consumir o distribuir droga, estupefacientes, hierbas con efectos alucinógenos, cigarrillos o bebidas embriagantes dentro de la Institución o fuera de ella cuando se porta el uniforme.

16. Respetar a los docentes, compañeros, personal administrativo y de apoyo logístico, manteniendo con ellos buenas relaciones y un trato digno.

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16.1 Respetar los bienes y pertenencias de los demás.16.2 Entregar a coordinación todo objeto que se encuentre y no le pertenezca. En el caso de primaria y preescolar debe ser entregado al respectivo director de grado.16.3 Guardar permanentemente una actitud discreta y respetar las relaciones afectivas dentro y fuera de la Institución Educativa, evitando cualquier tipo de demostración: besos, caricias, abrazos, y flirtreo y otras que se convierten en estímulos distractores de las labores académicas.16.4 Evitar difundir rumores, chismes, o ser causante de intrigas entre la comunidad y evitar comportamientos, posturas y comentarios desobligantes u obscenos delante de docentes y/o compañeros.

17. Entregar oportunamente las circulares a los padres de familia y/o acudientes e informar sobre las reuniones programadas por las directivas.

18. Justificar las ausencias por escrito en original y copia en la Coordinación con la excusa médica o soporte legal, o en forma personal cuando no existan dichos soportes, dentro de los 3 días siguientes de la inasistencia; lo deberá hacer el padre de familia y/o el acudiente del Estudiante. Una vez justificada la ausencia, será presentada a cada uno de los docentes por el Estudiante. En el caso de primaria y preescolar debe ser presentada al respectivo director de grado.18.1 Solicitar los permisos para salir de la Institución ante la Coordinación, tanto en caso de necesidad institucional como en los casos particulares; dicha solicitud deberá ser justificada en forma personal por el padre de familia y/o acudiente, diligenciando el correspondiente formato de salida. 18.2 Abstenerse de abandonar la Institución Educativa Municipal Santiago Pérez en horas de clase sin previa solicitud escrita enviada a la Coordinación y firmada por el padre de familia y/o acudiente.19. Asistir puntualmente de acuerdo al calendario académico programado por la Institución y las normas legales vigentes establecidas por la SEZ. 19.1 Asistir puntualmente a clase y a todos los actos programados por la Institución; la NO asistencia a clase, estando dentro de la institución se considera Evasión. En caso de ella, la institución no se hace responsable por lo que le pueda ocurrir al estudiante y se notificará al padre de familia para que sea conocedor de la situación.19.2 Presentarse oportuna y puntualmente en la fechas indicadas a las actividades académicas, de refuerzo, profundización, nivelación y complementarias especiales programadas.

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19.3 Cumplir con los compromisos adquiridos cuando se realizan llamados de atención, actas de descargos, matriculas en estado de observación y matriculas condicionales.

20. Informar oportunamente cualquier situación irregular que le afecte o perturbe el desempeño académico o de convivencia del estudiante.

21. Participar activamente en las jornadas ecológicas, proyectos pedagógicos o proyectos programados por la Institución. 21.1 Asistir a todas las actividades de la Institución con el uniforme completo, cumpliendo con las normas de aseo y presentación personal, como lo exige el manual de convivencia social.

22. Jugar con balones solo dentro de los tiempos de descanso o en las horas de educación física en las zonas correspondientes.23. Trasladarse de un lugar a otro dentro de la Institución con prontitud, sin correr, gritar, empujar a los compañeros en los cambios de clase. 23.1 Utilizar la ficha de permiso en forma individual para desplazarse por la Institución, cuando el docente orientador de la clase lo permita.23.2 Responder por cualquier daño o pérdida causados a elementos de propiedad de la Institución ocasionados por el estudiante o estudiantes responsables del hecho.23.3 Cumplir con los reglamentos de los diferentes estamentos internos del la Institución como: aulas, sala de sistemas, sala de audiovisuales, laboratorios, talleres, tienda escolar, entre otros.23.4 Procurar el aseo y la buena presentación de todos los implementos institucionales tales como el pupitre y demás mobiliario del salón de clase, y responder por los daños que voluntaria o involuntariamente ocasione a ellos.23.5 Observar las normas y horarios que para el bien común establezcan los diferentes servicios como: Secretaria, pagaduría, cafetería y demás dependencias.23.6 Contribuir al aseo y mantenimiento de la planta física, depositando la basura en los recipientes dispuestos para ello, evitar rayar los pupitres, sillas, paredes, como expresión de cultura y respeto con las personas que colaboran con la limpieza y mantenimiento de la institución. El Estudiante o los Estudiantes que incumplan con ellos, deben comprometerse a restituir el daño por el mal uso o abuso en un término no mayor de 36 horas.

24. Participar activamente de todas las actividades escolares que ofrece el PEI y aprovecharlas para su propia formación integral.

25. Asumir las consecuencias de sus actos y respetar los derechos y

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libertades de los demás con fundamento en la dignidad humana, establecidos en la Constitución Política de Colombia.25.1 Asumir que la Educación es un derecho deber. Es decir que para optar por sus derechos debe cumplir con todos sus deberes y obligaciones.

Artículo 10: Del Horario y la Jornada Escolar.- Para cumplir con los propósitos y metas establecidos en el PEI, la Institución Educativa Municipal Santiago Pérez adopta el siguiente horario de labor académica para dar cumplimiento con la jornada escolar establecidas en las normas legales vigentes.

JORNADA MAÑANA

JORNADA TARDE

Nivel Jornada Académica

Sede(S)

Educación Preescolar 7:00 a.m. a 11:45 m Carrusel

Educación Básica Primaria

6:30 a.m. a 12:00 mCarrusel y Sede

CentralEducación Básica

Secundaria

6:15 a.m. a 12:15 p.m. Sede Central

Educación Media6:15 a.m. a 12:15

p.m. Sede Central

Nivel Jornada Académica

Sede(S)

Educación Preescolar

Carrusel

Educación Básica Primaria

Educación Básica Secundaria

Sede Central

Educación Media Sede Central

Carrusel

1:00 p. m. a 5:30 p. m.

12:30 p.m. a 6:00 p.m.

12:20 p.m. a 6:20 p.m.

12:20 p.m. a 6:20 p.m.

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JORNADA NOCTURNA

Artículo 11: De la presentación personal de los Estudiantes.- La presentación es un requisito institucional, con ello se busca parte de la formación integral de la persona. Los uniformes representan la identidad institucional en la presentación personal de los Estudiantes, por tanto deben portarse con elegancia y acorde con las exigencias institucionales.

Parágrafo 1: Uniforme de Educación Física Recreación y Deportes.-

a. Los Estudiantes deben usar el uniforme de Educación Física en la respectiva clase (Igualmente en la clase de Danza, para aquellos Estudiantes que asisten a la misma en el área de Educación Artística). No se permite llevar joyas, accesorios ni otros artículos de valor a estas clases ni a la Institución Educativa.b. El uniforme de Educación Física Recreación y Deportes deberá ser portado en condiciones de la estética clásica, utilizando el pantalón a la cintura. La camiseta debe usarse dentro del pantalón, en lo posible con una camiseta color blanco, sin estampados, debajo; es compromiso lucirlo de conformidad con las exigencias de la Institución. Los uniformes deben ser portados desde el primer día de clase por los estudiantes antiguos y los estudiantes nuevos después de haber iniciado el periodo académico tendrán un plazo de 15 días para cumplir con la norma.c. Para las clases de Educación Física Recreación y Deportes se debe asistir en camiseta (Institucional), pantaloneta (Institucional), medias y tenis totalmente blancos de amarrar, tal como le exige el modelo institucional.d. El cabello debe estar recogido en forma permanente con una bamba o balaca blanca en tela para las mujeres. No está permitido el teñir su cabello.e. Los jóvenes deben lucir un corte clásico, donde se vea la frente, orejas y nuca, sin patillas y bien afeitados. No está permitido el teñir su cabello o lucir cortes diferentes.

6:30 p.m. a 9:00 p.m.

6:30 p.m. a 10:00 p.m.

Nivel Jornada Académica

Sede(S)

Sede Central

Educación Media Sede Central

Educación Básica Secundaria

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Parágrafo 2: Uniforme de Diario.-

a. Los Estudiantes deben usar el uniforme de diario adoptado por la institución. b. No se deben portar joyas, accesorios u otros artículos de valor con este uniforme, solo Topitos o aretes pequeños color blanco en el caso de las niñas.c. El uniforme de diario debe ser portado en condiciones de la estética clásica. La camisa o blusa debe usarse dentro del pantalón o la jardinera, según sea el caso, con una camiseta blanca, sin estampados , debajo.d. Es compromiso portarlo de acuerdo a las exigencias de la Institución Educativa Municipal Santiago Pérez.e. No está permitido el teñir el cabello y debe estar recogido en forma permanente con una bamba o balaca blanca en tela para las mujeres. f. Los jóvenes deben lucir un corte clásico, donde se vea la frente, orejas y nuca, sin patillas y bien afeitados. No está permitido el teñir su cabello o lucir cortes diferentes.g. A partir del año lectivo 2013 solo será válido el uniforme de diario de la jornada de la mañana dado que previa aprobación de consejo directivo se unifico este para toda la institución educativa.

UNIFORME JORNADAS MAÑANA Y TARDE

Jóvenes NiñasSudadera: azul oscuro, Sudadera: azul oscuro franjas

verdes Pantalón: azul oscuro, bota recta

Pantalón: azul oscuro, bota recta

Pantaloneta: azul oscuro franjas verdes con mínimo a mitad de muslo

Pantaloneta: bicicletero azul oscuro o pantaloneta con franjas verdes

Camiseta: blanca con logotipo del colegio

Camiseta: blanca con logotipo del colegio

Tenis: Totalmente blancos de amarrar

Tenis: Totalmente blancos de marrar

Medias: Media deportiva blanca

Medias: Media

DE EDUCACION FISICA

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Artículo 12: Del porte del uniforme en los estudiantes.- El uniforme representa la identidad institucional, por tal razón debe ser portado con respeto y orgullo dentro y fuera de la Institución Educativa Municipal Santiago Pérez. Como miembro de la comunidad Santiaguina los

UNIFORME DIARIO JORNADA DE LA MAÑANAJóvenes Niñas

Zapatos: cafés Zapatos: café de amarrarMedias: café Medias: habanas a la rodillaPantalón :café en dacrón bota recta

Jardinera: paño según modelo a la rodilla

Camisa: habana de cuello Blusa: habana con cuello tortuga

Camiseta: blanca Camiseta: blancaSaco: habano de lana con escudo bordado

Saco: habanoen lana con escudo bordado

Portar en la maleta peine, pañuelo y bayetilla o cepillo para limpiar los zapatos

Para los diferentes laboratorios deben portar bata blancaGuantes blancos para las ocasiones especiales,

institucionalmentedeterminadas

UNIFORME DIARIO JORNADA DE LA TARDEJóvenes Niñas

Zapatos: negros Zapatos: negros de amarrarMedias: azul oscuro Medias: blancas a la rodillaPantalón: azul oscuro en dacrón bota recta

Jardinera: según modelo a la rodilla

blanca de cuello Blusa: blanca con cuello tortuga

Camiseta: blanca Camiseta: blancaSaco: azul de lana con escudo bordado

Saco: azul abierto cruzado en lana con escudo bordado, según modelo

Portar en la maleta peine, pañuelo y bayetilla o cepillo para limpiar los zapatos

Para los diferentes laboratorios deben portar bata blancaGuantes blancos para las ocasiones especiales,

determinadas institucionalmente

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Estudiantes deben velar para que dentro y fuera de la institución se preserve el buen nombre y la imagen del colegio, por este motivo deben tener en cuenta que al ir por la calle con el uniforme están representando la institución y no pueden realizar actos que pongan en entredicho el buen nombre del colegio (Fumar, consumir bebidas alcohólicas, realizar peleas o incitarlas, etc.)El Estudiante portará diariamente el uniforme que corresponda según el horario de clase, en excelentes condiciones de aseo y presentación. A los estudiantes les está prohibido modificar su presentación personal y el porte debido del uniforme ya sea fuera o dentro de la institución.

Parágrafo: Los uniformes deben ser iguales al modelo exhibido en el plantel y podrán ser adquiridos en lugar de libre elección siempre y cuando cumplan con las especificaciones. El maquillaje NO forma parte del uniforme, por lo tanto les está prohibido el uso del maquillaje, los esmaltes de colores y el uso de elementos NO estipulados en la presentación personal.

Artículo 13: De los Estímulos a los Estudiantes.- El cumplimiento del compromiso estudiantil le permitirá al estudiante:1. Izar el pabellón Nacional o del Colegio a los estudiantes de cada grado que sobresalgan por su rendimiento académico, buenos modales, colaboración, compañerismo, valores, esfuerzo personal, puntualidad. Igualmente se destacarán los estudiantes que ocupen cargos de responsabilidad, monitores, representantes o voceros del gobierno escolar.

2. Representar a la Institución en eventos culturales y deportivos.3. Figurar en el Cuadro de Honor y/o recibir Mención Honorífica por el buen Rendimiento Académico y por el Comportamiento Social en cada uno de los periodos académicos, durante el año lectivo.4. Diploma de Honor a los estudiantes que al finalizar el año escolar hayan figurado tres o cuatro periodos en el Cuadro de Honor y/o recibido Mención Honorífica manteniendo su valoración de Convivencia Social por lo menos en Desempeño Alto.5. Reconocimiento a los estudiantes de grado once por: • Rendimiento Académico • Comportamiento Social • Espíritu de Compañerismo • Mejor Deportista • Mejor resultado en las Pruebas Saber 11°6. Medalla “Espíritu Santiaguino” a los estudiantes que hayan cursado de Transición a Undécimo Grado en la Institución Educativa Municipal Santiago Pérez.

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Las anteriores designaciones se realizarán teniendo en cuenta la valoración que estudiantes, profesores y directivos hagan en la Ficha Acumulativa del estudiante, en cuanto al registro y citación a padres de familia y/o acudientes y las valoraciones académicas.7. Otros Estímulos. Cuando un estudiante represente a la Institución en una actividad académica, cultural o deportiva, recibirá un reconocimiento o estímulo en las competencias académicas del área o áreas en que esté participando; para tal fin, se dejará constancia por escrito en la Ficha Acumulativa del estudiante y se procederá así:

a- Los docentes de las áreas a las que dejará de asistir el estudiante por estar representando a la Institución, acordarán con el estudiante las estrategias de apoyo, asesoría, orientación y explicación de los temas y actividades desarrolladas en la(s) clase(s) en las que no esté. b- El docente después de la explicación y orientación respectiva, planeará y realizará la evaluación, así como la corrección de los trabajos no presentados por el estudiante, según lo acordado.c- El estudiante dispondrá de un máximo de diez (10) días hábiles después de su regreso para asumir las responsabilidades acordadas con los docentes de cada asignatura.

CAPITULO IVDE LA CALIFICACION DE LAS FALTAS Y SUS

PROCEDIMIENTOS

Artículo 14: De la naturaleza de las faltas.- Se consideran faltas los incumplimientos de los deberes, las violaciones a las prohibiciones y el irrespeto a los demás. Para la determinación de las faltas y la aplicación de correctivos, se tendrá en cuenta la edad y el desarrollo psico-evolutivo del estudiante.

Las faltas se consideran como: Leves, Graves y Gravísimas.

Artículo 15: Criterios para la graduación de las acciones pedagógicas correctivas.- Las acciones pedagógicas correctivas que se apliquen a los Estudiantes que por cualquier razón infrinjan las normas establecidas en el presente Manual, deberán basarse en los siguientes criterios: 1. La naturaleza del hecho

2. Los efectos producidos por el hecho

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3. La modalidad del hecho

4. Los motivos determinantes

5. Las circunstancias de atenuación

6. Las circunstancias de agravación

7. Antecedentes del Estudiante

Solo podrá imponerse los máximos criterios de formación correctiva cuando el Estudiante incurra en circunstancias de agravación y los mínimos cuando el Estudiante incurra en circunstancia de atenuación. Las circunstancias de atenuación y agravación corresponden a las faltas que ameritan correctivos que se realizarán en jornada contraria con asesoría de la Institución y del padre de familia y/o acudiente de uno a diez días establecidos por la respectiva instancia de la Institución. El Comité de Convivencia Social y el Consejo Directivo determinarán, a través del debido proceso, la pérdida del cupo en la Institución.

a. Circunstancias de atenuación:

1. La buena conducta anterior.

2. Procurar voluntariamente, después de cometido el hecho, anular o disminuir su consecuencia.3. Resarcir voluntariamente el daño antes que le sea impuesto la acción pedagógica correctiva.

4. El haber sido inducido a cometer la falta por un tercero.

5. Presentarse voluntariamente ante la coordinación de convivencia social después de haber cometido el hecho y/o evitar la injusta sindicación de terceros.

6. Las condiciones de inferioridad psíquicas determinadas por la edad o por las circunstancias o condición de difícil prevención y gravedad extrema, que causen dolor físico o psíquico, debidamente comprobadas.

b. Circunstancias de agravación:

1. Haber incurrido en faltas anteriores.

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2. Abusar de las condiciones de inferioridad de sus compañeros.3. Haber planeado y preparado el hecho.

4. Valerse para la realización de la falta, de los niños de educación preescolar y/o básica primaria.5. Obrar con complicidad y/o intervención de varias personas.

6. Ejecutar la falta aprovechando calamidad, infortunio o peligro común.

7. Valerse de la posición que ocupe el Estudiante en la Institución.

8. Haber cometido la falta para ejecutar y/o ocultar otra.

9. Grado de perturbación de la actividad pedagógica que se esté desarrollando.

10. Ejecutar el hecho sobre objetos puestos a su confianza o custodiados en las dependencias de la institución o que pertenezcan a la misma.

11. Representatividad que tenga el Estudiante ante la Comunidad Educativa.

12. Cuando se compruebe que se oculta o distorsione la información y se mienta frente a los hechos reales.13. Saltarse el debido proceso e incurrir en agresiones físicas y/o verbales en contra de estudiantes, docentes y directivos docentes.

Artículo 16: De la calificación de las faltas.- Se consideran faltas disciplinarias, todas las infracciones a las normas de convivencia social señaladas en el presente Manual de Convivencia. El Estudiante que con varias acciones u omisiones infrinja las disposiciones del presente Manual o varias veces la misma disposición, quedará sometido a la acción pedagógica correctiva más grave.

Artículo 17: Carácter de las Acciones Pedagógicas.- Las acciones pedagógicas definidas por la Institución para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia niños (as) y adolescentes pueden ser:

1. DISUASIVAS O PREVENTIVAS. Son estrategias de prevención primaria con docentes, padres de familia y estudiantes, se desarrollan mediante:

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• Talleres de formación en prevención a los docentes.

• Direcciones de grupo a los estudiantes.

• Talleres de formación y prevención a los estudiantes.• Escuelas de padres a los padres de familia.

• Los estudiantes implicados por primera vez en una situación de agresión física o psicológica diligenciarán Acta de Descargos en coordinación con su respectiva Acta de Compromiso que plasma su voluntad de cambio.

• Los estudiantes que presenten estos comportamientos serán remitidos al departamento de Psicoorientación

Los estudiantes deben concientizarse de que toda persona es responsable de sus actos y comportamientos, por lo tanto cuando no esté de acuerdo con lo establecido en el presente manual, libremente aceptado en el momento de la matrícula, debe asumir las consecuencias que se deriven de sus decisiones.

2. CORRECTIVAS. Son las intervenciones inmediatas y personalizadas del coordinador, orientadas a evitar que se vuelvan a repetir situaciones de maltrato; estas acciones se desarrollan mediante:

• Entrevista con el padre de familia para informarle sobre la sanción disciplinaria correspondiente por la falta cometida y de ser necesario, el diligenciamiento de Matrícula en Estado de Observación.

• Coordinación define un trabajo pedagógico y un trabajo social con la comunidad, que los alumnos realizarán en un tiempo mínimo de 10 horas, que para los estudiantes de los grados décimo y once no están incluidas en el Programa de Servicio Social establecido.

3. REEDUCATIVAS. Son las intervenciones que se dan cuando los mecanismos de carácter disuasivo y correctivo no han generado cambios significativos de comportamiento. Dependiendo la falta:

• Entrevista con el padre de familia y diligenciamiento de Matrícula Condicional.

• Coordinación define un trabajo pedagógico y un trabajo social con la comunidad, que los alumnos realizaran en un tiempo mínimo de 20

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horas, que para los estudiantes de los grados décimo y once no están incluidas en el Programa de Servicio Social establecido.

• Se remite el caso a Consejo Directivo para que sean ellos como máxima autoridad de la institución quienes determinen la continuidad del estudiante en la Institución.

Artículo 18: Procedimientos y orientaciones de acciones pedagógicas correctivas.- Ante la comisión de alguna de las faltas contempladas en este Manual deberán seguirse las siguientes pautas de acción:

FALTAS LEVES: PROCEDIMIENTOS Y ACCIONES PEDAGÓGICAS

FALTAS LEVES De la puntualidad1. No asistir puntualmente a clase y a todos los actos programados por la institución dentro de la jornada de estudio o fuera de ella.2. Llegar tarde a la institución por tres veces al mes sin la debida justificación o llegar tarde a clases después del cambio de clase y/o descanso.

De la asistencia a clases3. NO asistir a clases por tres días o más en el mes sin la debida justificación.4. Salir del salón de clases sin la debida autorización (Ficha de Permiso).

Del uso del uniforme5. Ingresar por tercera vez a la Institución con presentación personal NO adecuada, portando elementos que NO correspondan al uniforme de la institución. 6. Presentarse a la institución sin los uniformes exigidos al día que corresponda según el horario o portarlo de manera diferente o incompleta.7. Presentarse en la institución sin el corte de cabello y/o peinado adecuado y debidamente aseado según lo requerido por la institución. Del comportamiento en clase y otros actos8. Realizar durante las clases otras actividades diferentes a las que el

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cumplimiento de la asignatura y/o área exija.9. Consumir alimentos en lugares NO indicados (aula, audiovisuales, laboratorios, talleres, otros).10. NO traer los implementos necesarios para la labor académica.11. Incumplir con los compromisos y tareas diarias asignados por los docentes en sus respectivas asignaturas y/o áreas.

De los comportamientos que afectan a las personas y a la institución12. Incumplir con cualquiera de las normas establecidas en los reglamentos de las diferentes dependencias de la institución (sala de sistemas, laboratorio, audiovisuales, tienda escolar, baños, etc.)13. Desacatar las instrucciones dadas por el personal docente, administrativo y de apoyo logístico.14. Utilizar cualquier término altanero (apodo, o similares) con el fin de generar mofa o discordia con cualquiera de los miembros de la Comunidad Educativa.15. Comprar objetos y/o comidas a vendedores ambulantes alrededor de la institución o a estudiantes que dentro de la misma se encuentren comercializando comestibles u otros objetos.16. No acudir con el padre de familia o NO presentar la excusa médica o legal, cuando el Estudiante falte a clase de manera reiterada.17. Traer a la institución elementos o material que NO correspondan al material educativo o que se hayan solicitado para una actividad, alterando el normal desarrollo de las actividades. 18. Entrar sin autorización o justa razón a las oficinas de la institución (secretaría, sala de docentes, coordinación, entre otras).19. NO encontrarse en los sitios dispuestos para el descanso, prefiriendo permanecer dentro del salón, sala de sistemas, quebrada y demás alrededores de la institución, entre otros.20. Recibir y/o entregar elementos y/o alimentos por las rejas, ventanas, puertas, y tapias de la institución.21. Iniciar el desorden en las aulas de clase o en alguna dependencia de la institución.22. Arrojar basura al piso dentro o fuera del salón.23. NO contribuir con el aseo del salón de clase y mantenimiento de las instalaciones institucionales.24. Presentar problemas de pediculosis constantes y reincidir luego de haber recibido los llamados de atención pertinentes.

De los noviazgos y manifestaciones amorosas25. Interferir con el normal desarrollo de las actividades académicas y/o de convivencia social con manifestaciones de tipo amoroso. La reiteración de esta falta se considera falta grave o gravísima según el

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hecho que muestre la pareja.

PROCEDIMIENTOS

1. INFORMARCuando cualquier miembro de la comunidad educativa conozca de comportamientos presuntamente violatorios de una norma deberá informarlo en primera instancia, siguiendo el conducto regular, al respectivo docente según el caso.

2. LLAMADO AL ESTUDIANTEAl estudiante implicado se le informará verbalmente para escuchar su versión.

3. CORRECTIVOSi se determina que la conducta fue injustificada, se procede a imponer la medida que considere apropiada y la presentación de excusa o resarcimiento del daño causado.

* Cuando el estudiante es sorprendido en la ejecución del hecho se puede aplicar la medida apropiada sin observar el procedimiento, explicándole el alcance de su conducta y dejando constancia escrita y firmada de lo acontecido.

* Toda falta leve que se cometa en forma reiterada por tres o más veces se convierte en falta grave.

Frente a la acumulación de faltas leves se lleva a cabo el siguiente procedimiento:

1. Citar al estudiante con el docente de la asignatura y/o área, padres de familia y el coordinador respectivo para tratar de establecer los motivos de su conducta.

2. Firmar un Acta de Compromiso.

3. Remisión al departamento de Psicoorientación

4. El incumplimiento de los compromisos adquiridos en el acta, da lugar a la aplicación de una de las medidas por faltas graves.

ACCIONES PEDAGÓGICAS CORRECTIVAS

Frente a la ocurrencia de una falta calificada como leve por la instancia

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competente, se tomará una de las siguientes medidas según el caso:

1. Amonestación Verbal dejando constancia en el formato de Atención al Estudiante.

2. Pérdida de privilegios.

3. Asignación de actividades especiales.

4. Suspensión del estudiante de la actividad o del grupo por un tiempo prudente para reflexionar sobre su comportamiento y cómo afecta a él y al grupo. Luego se debe reintegrar a la actividad o grupo.

5. Amonestación escrita en el Observador del Estudiante. 6. Firmar Acta de Compromiso y remisión al departamento de Psicoorientación.

* La aplicación de medidas por faltas leves afectará el informe de Convivencia Social del estudiante en el periodo académico correspondiente.

*Cuando el estudiante reincida en el porte de elementos que no corresponden al uniforme (camisetas de colores, manillas, collares, cachuchas, chaquetas, chapas, pearcing, aretes, etc.) o de objetos tales como radios, grabadoras, armas, explosivos, químicos, cigarrillos, juegos electrónicos, licor, maquillaje, revistas pornográficas, videos, mp3, mp4, celulares, entre otros, que perturben el adecuado desarrollo de las clases, dichos elementos serán decomisados y registrados en el observador del estudiante, quedando a disposición de la coordinación y serán devueltos solamente al padre de familia o acudiente. En el caso de Preescolar y Primaria este procedimiento lo realizará el director de grado.

La institución NO se hará responsable de los daños o pérdidas ocasionados a estos elementos u objetos.

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FALTAS GRAVES: PROCEDIMIENTOS Y ACCIONES PEDAGÓGICAS

FALTAS GRAVES

De la puntualidad:1. Reincidir en llegadas tarde a la institución por tres veces o más al mes.2. Reincidir en la No asistencia a las actividades académicas institucionales injustificadamente por tres días o más en el mes.

De la asistencia a clase:3. NO ingresar al aula o a las actividades programadas previamente por la institución encontrándose en el interior de la misma sin la debida autorización. 4. Reincidir en salirse del salón para evadir clase escondiéndose en algún lugar de la institución.5. Presentarse sin excusa médica, personal o legal del padre de familia a la institución cuando haya faltado tres días consecutivos en el mes. Teniendo plazo máximo el padre de familia y/o acudiente tres días hábiles para presentarse a la institución.6. Suplantar al padre de familia y/o acudiente en firmas o excusas cuando falte a clase o al solicitar permiso para salir de la institución.7. No presentarse a las actividades complementarias Especiales en la fecha programada por la institución, cuando no exista la debida justificación.

Del uso del uniforme:8. Reincidir en el porte de elementos que NO corresponden con el uniforme.9. Reincidir en presentarse a la institución sin los uniformes exigidos al día que corresponda según el horario y/o portándolos en forma diferente o incompleta. 10. Reincidir en presentarse sin el corte de cabello y/o peinado adecuado según lo requerido por la institución.

Del comportamiento en clase y en otros actos:11. Presentar comportamiento inadecuado en formación en comunidad, izadas de banderas, actos solemnes u otras actividades.12. Cualquier actitud que irrespete los símbolos patrios y/o de la institución.13. Comprar alimentos en la tienda escolar en horas diferentes a las establecidas para el descanso.

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14. Presentar mal comportamiento reiteradamente en clase y en actos religiosos, culturales, cívicos, deportivos, programados por la institución o por otras instituciones educativas en que se esté participando.15. Reincidir en utilizar durante las clases radio, discman, celulares, MP3, MP4, MP5, i-pod y demás dispositivos de entretenimiento que le impidan atender y participar activamente en el desarrollo de las mismas.16. Adoptar actitud altanera o de falta de respeto en clase u actividades programadas por la institución, con sus compañeros, docentes, directivos docentes, personal administrativo y de apoyo logístico.17. Faltar continuamente con tareas y compromisos. 18. Presentar bajo rendimiento académico permanente.19. NO presentar y/o cumplir con lo establecido en el PAMA.20. Alterar valoraciones, presentar cuadernos, planchas, trabajos, portafolios de otros compañeros a su nombre.21. Portar revistas y/o objetos pornográficos.

De los comportamientos que afectan a la persona o a la institución:22. Reincidir en profesar palabras soeces y vulgares (apodos y similares) con el fin de generar mofa, discordia, con cualquiera de los miembros de la comunidad educativa.23. Propiciar y/o participar en juegos bruscos y agresivos.24. Reincidir por tercera vez en NO acudir con el padre de familia o NO presentar la excusa médica, personal o legal cuando falte a clase.25. Reincidir en traer a la institución elementos que NO correspondan al material educativo, o que se le haya solicitado para determinada actividad. 25. Vender o comercializar cualquier artículo dentro de la institución.26. Frecuentar casas de video, billares o juegos electrónicos, de azar, portando el uniforme y ser sorprendidos por cualquier miembro de la Comunidad Educativa (Artículo 39 y 117 del nuevo código de policía).27. Agredir física, verbal y/o psicológicamente a cualquier miembro de la Comunidad Educativa.28. Ingresar a la institución con cualquier objeto con apariencia bélica.29. Dar mal uso de los sistemas de comunicación ofrecidos por la institución tales como: Internet, teléfonos, emisora, entre otros.30. Apropiarse de útiles escolares, elementos u objetos y/o materiales de propiedad de la institución y/o de sus compañeros y docentes.31. Promover cualquier acción para atentar contra el medio ambiente (Arrojar reiteradamente basura al piso, daño de la flora y fauna, uso inadecuado de aerosoles, reactivos, material tóxico, radioactivos, químicos, quemas, arrojo de elementos NO biodegradables).

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32. Perturbar o impedir el proceso de elecciones o escrutinios dentro de la institución por cualquier medio de violencia o maniobra engañosa.33. Ayudar a eludir la acción de la coordinación o entorpecer la investigación correspondiente ante la comisión de una falta.34. Declararse y/o señalar a cualquier miembro de la comunidad Educativa como autor o participe de una falta que NO ha cometido o en cuya comisión no haya tomado parte.35. Cometer o promover actos de vandalismo en menor o mayor cuantía como: dañar el pupitre, romper vidrios, romper puertas, rayar paredes (graffiti), quitar y apropiarse de elementos propios de la institución.36. NO informar oportunamente a coordinación y/o al Director de curso del consumo de sustancias psicoactivas o cualquier otra sustancia que cree dependencia.37. Apropiarse en provecho suyo o de un tercero de cosas o muebles ajenos, que se le hayan confiado o entregado por parte de coordinación o directores de curso.

De los noviazgos y manifestaciones de tipo amoroso:38. Interferir en el normal desarrollo de las actividades académicas y de convivencia social con manifestaciones afectivas de forma reiterada.

PROCEDIMIENTOS

1. INFORMARCuando cualquier miembro de la comunidad educativa conozca de comportamientos calificados como falta grave deberá informarlo a la coordinación respectiva.

2. VERIFICACION DE LA INFORMACIONa- Al estudiante implicado se le llamará para escuchar su versión dejándola por escrito en el formato de Acta de Descargos.

b- Se practicarán y valorarán pruebas.

c- Se establecerá el grado de responsabilidad y se determinará la acción pedagógica correctiva.

3. NOTIFICACION

a- Se notifica al acudiente por medio de citación escrita.b- Se explica al estudiante las consecuencias de su conducta para su

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formación y para la comunidad señalando hechos, cargos y pruebas dejando constancia escrita en el Observador del Estudiante.

4. DESCARGOS Y EXPLICACIONESEl Estudiante tendrá un plazo máximo de tres días hábiles para responder y podrá solicitar ampliación de pruebas cuando lo considere pertinente.

5. CORRECTIVOSe notifica al estudiante y su acudiente de las acciones pedagógicas correctivas a seguir, con el debido acompañamiento del departamento de Psicoorientación

* Toda falta grave que se cometa en forma reiterada por tres o más veces, que se encuentren debidamente registradas en el observador del estudiante, se convierte en falta gravísima.

ACCIONES PEDAGÓGICAS CORRECTIVAS

Dada la gravedad de los hechos, el Coordinador notificará al Estudiante y convocará a los padres de familia y/o acudiente para darles a conocer los hechos y las acciones pedagógicas correctivas que se deben aplicar; de acuerdo al Manual de Convivencia Social estas son:

1. Firmar Acta de Matrícula en Observación, en presencia del acudiente, en donde se establezca el comportamiento a corregir de manera inmediata y el trabajo comunitario y/o de formación personal a realizar bajo el debido acompañamiento del departamento de Psico orientación. Dicha determinación deberá ser consignada en la Ficha Acumulativa del estudiante.

2. Aplicar de uno a cinco días de servicio social, el cual se realizará dentro de la institución o sede anexa en jornada contraria.

3. Al finalizar el servicio social, el estudiante entregará en la coordinación y/o departamento de orientación un documento elaborado con la participación y asesoría de la familia, el cual deberá ser sustentado ante el grupo designado por coordinación.

4. El coordinador y el departamento de orientación harán el seguimiento del caso.

* En los tres días siguientes a la notificación pueden presentarse

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recursos de reposición y apelación según sea el caso.

El estudiante que reincida en faltas graves luego de firmar Acta de matrícula en Observación, se remite al Comité de Convivencia; en este caso el estudiante y su familia firmarán Matrícula en estado Condicional.

En caso de ser reiteradas las faltas graves, el Consejo Directivo podrá considerar la permanencia del estudiante o la negación del cupo para el año siguiente. En caso de ser estudiante de último grado, tendrá derecho a graduarse pero no a proclamarse como bachiller.

FALTAS GRAVISIMAS: PROCEDIMIENTOS Y ACCIONES PEDAGÓGICAS

FALTAS GRAVISIMAS

De la asistencia a clases1. La violación a su propio derecho a la Educación tipificado en la fuga o evasión de la institución durante la labor académica y/o actividades programadas.

Del comportamiento en clase y otros actos2. El Estudiante que habiendo firmado Acta de Compromiso por problemas de convivencia o bajo rendimiento académico al finalizar el año lectivo, incurre en falta grave.3. Reincidir en la suplantación de nombres de las personas en los cuadernos, portafolios y trabajos realizados en y durante la labor académica.

De los comportamientos que afectan a las personas y a la institución4. Cometer actos que pongan en riesgo su vida, su integridad física y su moral.5. Agredir física o verbalmente a un docente o directivo docente.6. Ofrecer o ser intermediario para introducir y/o conducir a sus compañeros al consumo y/o compra de sustancias psicoactivas, licor, cigarrillos o cualquier otra sustancia que produzca dependencia física o psíquica dentro y/o fuera de la institución.

7. Ingresar a la institución durante la jornada escolar o durante cualquier actividad institucional mostrando signos y o síntomas de

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haber consumido licor, cigarrillos, sustancias psicoactivas o cualquier otra sustancia que produzca dependencia.8. Ingresar a la institución con cualquier elemento que pueda ser utilizado para agredir y/o provocar daño a personas de la institución o fuera de ella.9. Reincidir en el ingreso a la institución de cualquier objeto con apariencia bélica.10. Ingresar y/o traficar en la institución cualquier tipo de arma, explosivos o sustancias tóxicas.11. Amenazar, intimidar, atacar y/o causar lesiones personales a cualquier miembro de la Comunidad educativa con cualquiera de los elementos señalados en los anteriores numerales literales.12. Inducir a que otras personas, dentro o fuera de la institución, cometan actos de inmoralidad que afecten las buenas costumbres socialmente aceptables.13. Cometer actos que violen la Constitución y las leyes, especialmente cuando el hecho afecta la dignidad, el buen nombre y la honra, de un miembro de la Comunidad Educativa.14. Falsificar o alterar documentos, informes descriptivos, notas enviadas desde el hogar, firmas de recibo de correspondencia, entre otros.15. Alterar o sustraer documentos oficiales de la institución como: Planillas de valoración, fichas acumulativas, registros de asistencia, entre otros.16. Intimidar a cualquier miembro de la Comunidad Educativa.17. Acosar, abusar y/o agredir sexualmente a cualquier miembro de la Comunidad Educativa.18. Cometer actos que pongan en riesgo la imagen de la Institución y la Comunidad Educativa.19. Introducir de manera intencional virus a cualquier tipo de programa en los sistemas de la institución con el fin de causar traumatismos en el normal desarrollo de las actividades institucionales.20. Suscitar pánico en la institución en cumplimiento de actividad curricular o extracurricular. 21. Inducir al error a docentes y directivos docentes con el fin de obtener solución o acto administrativo contrario a lo dispuesto en el presente Manual de Convivencia Social.22. El hurto comprobado NO importa su cuantía.23. Obligar a otros a hacer, suministrar, tolerar u omitir información mediante amenaza con el fin de facilitar actos de indisciplina.24. Solicitar o pagar dinero por la realización de trabajos lecciones y/o exposiciones entre otros, comprometiendo la buena formación que se pretende en el PEI.25. Atentar contra el buen nombre de la institución mediante el uso de

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escritos denigrantes contra cualquier miembro de la Comunidad Educativa a través de cualquier medio de comunicación (redes sociales).26. Participar, incitar o dirigir hechos contra el buen nombre, funcionamiento, estabilidad operacional de la institución y/o miembros de la misma.27. Deteriorar y afectar los recursos pedagógicos institucionales de manera intencional.28. Promover o cometer actos de vandalismo que afecten el buen nombre, la integridad física y moral de la Comunidad Educativa o cualquier acción que atente contra la planta física.

PROCEDIMIENTOS Y ACCIONES PEDAGÓGICAS CORRECTIVAS

En caso de faltas gravísimas se hará el siguiente procedimiento:

1. Cuando un miembro de la Comunidad Educativa observe que un Estudiante ha incurrido en una falta calificada como gravísima, debe informarlo al coordinador correspondiente, quien la calificará de acuerdo al Manual de Convivencia Social.

2. Conocida la presunta falta, el coordinador verificará la información por los medios a su alcance:a. EL Coordinador recibirá la versión escrita y firmada de quien tuvo Conocimiento de la falta, en formato de Acta de Descargos. b. El Coordinador solicitará al Estudiante inculpado la versión en el formato de Acta de Descargos.c. El Coordinador realizará la respectiva confrontación de versiones, el inculpado y los testigos para aclarar la situación y dar inicio al procedimiento que haya lugar.d. El Coordinador notificará la iniciación del proceso al padre de familia y/o acudiente informándoles que pueden pedir pruebas e intervenir en la práctica de las mismas, e. El Coordinador buscará las pruebas conducentes y hará una valoración de ellas. Luego establecerá la responsabilidad y presentará un informe y junto con rectoría determinarán el procedimiento a seguir.f. El Estudiante implicado y el padre de familia y/o acudiente tienen derecho a presentar descargos y explicaciones en un plazo de tres días hábiles y podrán solicitar ampliación de pruebas cuando lo consideren pertinente.g. El Coordinador citará a reunión extraordinaria, según la gravedad del caso, al Comité de Convivencia Social para realizar las respectivas orientaciones. En este comité el rector establecerá la

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responsabilidad y determinará si procede o no la acción pedagógica correctiva, la clase de ésta y su intensidad. El rector determinará la necesidad de llevar o no el caso al Consejo Directivo.

3. La Rector y el Coordinador notificarán al padre de familia y/o acudiente y le informarán los hechos en los que se encuentra implicado su hijo y/o acudido, las consecuencias de la conducta, tanto para su formación como para la comunidad, señalándole los hechos circunstancias, cargos concretos y pruebas en que se apoya.

4. Dada la gravedad de los hechos, el rector podrá convocar el Consejo Directivo, para darle a conocer los hechos y las medidas correctivas que se deben aplicar según el Manual de Convivencia Social:a. Firmar un Acta De Matricula Condicional, en presencia del padre de familia y/o acudiente. En dicha acta se establecerá: El comportamiento a corregir de manera inmediata.b. Suspensión. Además de la matricula condicional el Estudiante será suspendido de las actividades normales por un tiempo de cinco a diez días hábiles. Durante este tiempo realizará un trabajo comunitario o de formación personal bajo la vigilancia de la familia como directamente responsables del acompañamiento y asesoría que requiere el menor. En estos casos las fallas por ausencia del Estudiante se contabilizarán y debe presentarse con cada docente a solicitar los trabajos que debe presentar para nivelarse. 5. Perdida inmediata de la calidad de Estudiante o NO renovación de la matrícula. El caso será conocido por el Consejo Directivo quien decidirá sobre la perdida de la calidad de Estudiante inmediata o la NO renovación de la matrícula teniendo en cuenta la gravedad de los hechos y el perjuicio causado por el infractor en los bienes, honra y la buena fama de la persona y la institución.

* Si la gravedad de la falta lo amerita y según las normas legales vigentes el rector o su representante darán informes a las autoridades competentes para la toma de medidas necesarias.

*Los Estudiantes que finalizado el año escolar firmaron Matricula Condicional ingresan con seguimiento permanente el año siguiente y deberán corregir las dificultades presentadas. En el mes de abril se analizarán en el Comité de Convivencia Social y/o Consejo Directivo, igualmente en los meses de junio y septiembre.

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CAPITULO VDEL DEBIDO PROCESO Y EL DERECHO A LA DEFENSA

Artículo 19: Del debido proceso.- Se define como un sistema normativo que garantiza el cumplimiento de acciones justas, formativas y educativas. En todos los casos:

1. El Estudiante tendrá la oportunidad de conocer los cargos o acusaciones contra él, de reconocer o no su validez y presentar sus descargos en un periodo de tres días hábiles desde el momento de la acusación.

2. En la solución de todos los conflictos se seguirá el debido proceso como se explica a continuación:a. Diálogo entre los miembros de la comunidad educativa involucrados en el conflicto para buscar un acuerdo, una concertación y/o una conciliaciónb. Diálogo entre los padres de familia del (los) Estudiante(s), docente o miembro de la Comunidad Educativa involucrado en el conflicto.c. Participación del Coordinador correspondiente en la solución del conflicto, quien hará un nuevo análisis de la situación, de sus conclusiones y determinaciones (De acuerdo a la tipificación de la falta).

3. Si persiste inconformidad o de no lograr resolver la situación se remite el caso al comité de convivencia social de la institución, quienes analizaran y emitirán un concepto sobre la situación presentada.

4. Si aún NO se logra la solución del conflicto, los diversos estamentos de la Comunidad Educativa deberán acudir al rector quien hará las reconsideraciones del caso con sus recomendaciones y soluciones respectivas.

5. Por último y solo después de agotar todos y cada uno de los pasos anteriores, los miembros del Consejo Directivo atenderán el informe del rector y tomarán una decisión final sobre el caso. Frente a dicha decisión, sólo podrán interponerse los recursos legales.

6. La Rector ejecutará la decisión tomada en el Consejo Directivo mediante una resolución rectoral motivada, teniendo en cuenta el acuerdo o el acta de reunión que dio origen a la decisión.

7. Las decisiones que se tomen en el Comité y/o Consejos deben ser por mayoría de votos, lo que debe constar en las actas respectivas.

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Artículo 20: Del derecho a la defensa.- El derecho a la defensa es entendido como la más amplia posibilidad y garantía de protección de los derechos fundamentales dentro de una actuación procesal, tendiente a impedir la arbitrariedad de quien tiene la facultad de aplicar acciones pedagógicas correctivas y la consecuente indefensión de la persona.

En cumplimiento de los derechos fundamentales y el artículo 29 de la Constitución Política de Colombia, la medida aquí prevista se aplicará con la observancia al derecho de la defensa del estudiante implicado.

Artículo 21: De los recursos de reposición y de apelación.- Contra la amonestación escrita, el estudiante o padre de familia y/o acudiente podrán interponer recurso de reposición en forma escrita ante el funcionario que emitió la amonestación. Toda persona que le haya sido aplicada cualquier acción pedagógica correctiva y si considera que NO fue justa podrá interponer los recursos de ley dentro de los términos legales vigentes. El funcionario revisará la actuación que dio lugar a la imposición de la medida, para la cual podrá ordenar la práctica de las pruebas que considere pertinentes y deberá fallar dentro de los tiempos legales confirmando o modificando la providencia.

El estudiante y/o acudiente podrá interponer recurso de apelación de la decisión no sujeta a reposición por parte del funcionario ante el superior inmediato. Dicho funcionario revisará la actuación que dio lugar a la imposición de la medida y deberá fallar dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de recepción del recurso. En la notificación se podrá confirmar o modificar la providencia. En todo caso esta decisión será inapelable y habrá concluido el proceso.

Artículo 22: Del registro en el observador del estudiante.- El observador del estudiante es un instrumento del registro de los hechos notables de un Estudiante, en el se incluyen sus datos personales y se deja constancia de los llamados de atención y los reconocimientos del Estudiante.

Es un instrumento que puede ser utilizado por el Estudiante para dejar constancia de su desacuerdo cuando se considere que se ha violado el debido proceso y las acciones pedagógicas correctivas y/o acusaciones NO son justas, o no obedecen a la realidad de los hechos.

Los padres de familia y/o acudientes además de tener derecho a conocer los registros que la Institución hace en el observador del estudiante, está en la obligación de notificarse cuando la Institución lo

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solicite y participar haciendo las anotaciones y comentarios con respecto a la falta y firmar o colocar su huella.

Toda persona que haya intervenido en el proceso debe firmar como constancia de su participación.

CAPITULO VIDE LOS PADRES DE FAMILIA

La institución se rige por el decreto 1286 del 27 de Abril de 2005, por el cual se establecen normas sobre la participación de los padres de familia en el mejoramiento de los procesos educativos de los establecimientos oficiales y privados y se adoptan otras disposiciones.Los padres de familia o acudientes son los primeros participantes y principales educadores de sus padres o acudidos. Ejercen esta responsabilidad en conjunto con la institución que desde sus principios, objetivos y perfil propuestos para el educando santiaguino, complementan la misión de los padres o acudientes.

Artículo 23: De la familia.- De conformidad con el artículo 7 de la Ley General de Educación, a la familia como núcleo fundamental de la sociedad y primera responsable de la educación de los hijos, hasta la mayoría de edad o hasta cuando ocurra cualquier otra clase o forma de emancipación, le corresponde:

a. Matricular a sus hijos en instituciones educativas que respondan a sus expectativas, para que reciban una educación conforme a los fines y objetivos establecidos en la Constitución Política de Colombia, la Ley General de Educación y el Proyecto Educativo Institucional.b. Participar en las Asociaciones de Padres de Familia.c. Informarse sobre el rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos, y sobre la marcha de la Institución Educativa, en ambos casos, participar en las acciones de mejoramiento.d. Buscar y recibir orientación sobre la educación de sus hijos.e. Participar en el Consejo Directivo, Asociaciones y Comités, para velar por la adecuada prestación del servicio educativo.f. Contribuir solidariamente con la Institución Educativa para la formación de sus hijos.g. Educar a sus hijos y proporcionarles en el hogar un ambiente adecuado para su desarrollo integral.h. Traer y/o hacer llegar a sus hijos puntualmente a la institución y a todas las actividades escolares según horarios establecidos.

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i. Acudir a la institución cuando sea citado.

Artículo 24: Del conducto regular y los canales de comunicación .- Para garantizar la eficacia, la eficiencia y la optimización de los servicios que ofrece la Institución Educativa Municipal Santiago Pérez, los padres de familia deben emplear los canales de comunicación establecidos y seguir los siguientes pasos en el orden indicado:

1. Dialogar directamente con la persona o personas involucradas.2. Si el caso se trata de un evento de clase ocurrido en presencia de un docente, diálogo directo con él o ella.3. Para la solución del conflicto puede acercarse a la orientación y a los conciliadores que posee la institución.4. Análisis de la situación con la coordinación respectiva. 5. Si aún no se logra la solución del conflicto, el padre de familia podrá acudir a rectoría quien hará la reconsideración del caso con sus recomendaciones y soluciones respectivas.6. Por último y sólo después de agotar todos y cada uno de los pasos anteriores, los miembros del Consejo Directivo atenderán el informe del rector con el análisis del caso y se tomará una decisión.

CAPITULO VIIDE LOS DOCENTES

De la Institución Educativa Santiago Pérez

Artículo 25: De los Docentes.- Los docentes son los orientadores de los procesos de formación, los responsables de los procesos de enseñanza aprendizaje de los Estudiantes, acordes con las expectativas sociales, culturales, éticas y morales de la familia y la sociedad, además de las que establece el PEI y forman parte de la Comunidad Educativa Santiaguina, por tanto, asumen los compromisos y responsabilidades establecidos en el presente Manual de Convivencia Social y las demás normas legales vigentes, especialmente las relacionadas con la educación y la protección de los menores.

La vinculación como docente de la Institución Educativa Municipal Santiago Pérez implica un compromiso con su Misión, Visión y Filosofía. El personal Docente y Directivos Docentes comparten y asumen la responsabilidad de un trabajo profesional para:

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1. Fomentar y promover la dignidad humana.2. Ofrecer a sus Estudiantes con su ejemplo una formación integral.3. Preparar al Estudiante para la formación laboral (Ley 1014) y/o universitaria con los programas y procesos requeridos para optar el título de Bachiller Académico.4. Lograr la excelencia en todos los entornos.5. Prestar especial importancia, por medio de sus programas, al pleno desarrollo de la libertad, respeto por la vida, la cultura, la paz y la democracia.6. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla por parte de los demás compañeros , docentes , padres y demás miembros de la comunidad educativa.

Artículo 26: Del conducto regular y los canales de comunicación.- Frente a quejas o reclamos entre docentes y Estudiantes se tendrá en cuenta el siguiente procedimiento:

1. Diálogo entre las partes en conflicto (Conciliadores que establezca el Comité de Convivencia Social).2. Diálogo con el jefe inmediato (Directivo docente o quien haga sus veces), quien analizará el caso y propondrá las soluciones.3. Participación del coordinador correspondiente, quien analizará la situación y hará las recomendaciones, apoyándose en el servicio de psicoorientación de la institución.4. Si después de agotar las instancias anteriores no se logra una solución, se acudirá al rector, quien escuchará el informe del coordinador sobre la situación y tomará las decisiones del caso.

CAPITULO VIIIDEL GOBIERNO ESCOLAR Y ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN

DEMOCRÁTICA

Artículo 27: Del gobierno escolar y órganos de participación democrática.- El Gobierno Escolar está conformado, por el Rector, el Consejo Directivo, el Consejo Académico.

Artículo 28: Del Consejo Directivo.- Es la instancia directiva y de participación de la comunidad educativa, encargado de la orientación académica y administrativa, siguiendo en esta materia las políticas y normas del Ministerio de Educación Nacional.

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Se organiza dentro de los primeros 60 días calendario siguientes al de la iniciación de clases de cada periodo anual, se integra el Consejo Directivo y entra en el ejercicio de sus funciones, para tal fin el Rector convocará con la debida anticipación a los diferentes estamentos para efectuar las elecciones correspondientes.

Atendiendo a la Directiva Ministerial 0016 se hacen algunas modificaciones con relación al número de integrantes del Consejo Directivo con el ánimo de dar mayor participación a los diferentes estamentos. Así: * Los representantes del personal docente. Dos (2) Docentes, uno por Educación Básica Ciclo Primaria, Uno por Educación Básica Ciclo Secundaria y Media.* Los representantes de los padres de familia. Dos (2) Padres de Familia.* Los representantes de los educandos. Un (1), un educando representando los grados once * Dos representantes de los ex-educandos. *Un representante del sector productivo.

Funciones del Consejo Directivo.1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales como las reservas a la dirección administrativa, en el caso de los establecimientos privados.2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los educandos del establecimiento después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o manual de convivencia.3. Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la institución.4. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos estudiantes.5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.6. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el Rector.7. Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos.8. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa.

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9. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del educando que han de incorporarse al reglamento o manual de convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del educando y a las normas legales vigentes. 10. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución.11. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.12. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa.13. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.14. Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de educandos.15. Reglamentar los procesos electorales previstos en el Decreto 1860.16. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los educandos, tales como derechos académicos, uso de libros de texto y guías de labor académicas y similares.17. Velar por el conocimiento y la socialización del PEI y el POA ante toda la comunidad y todos los que asignen el reglamento interno.18. Darse su propio reglamento.19. Publicar su gestión posterior a cada reunión.

Artículo 29: Del Consejo Académico.- Tiene a su cargo la responsabilidad de orientar los procesos pedagógicos dentro del marco de la educación presencial y la práctica de la interdisciplinariedad e investigación, revisar y hacer ajustes al currículo, participar en la evaluación institucional.

El Consejo Académico se conforma dentro de los primeros 30 días calendario siguientes a la iniciación de las clases y su elección es así:

1. Un docente de preescolar, un docente de educación básica primaria por cada sede. 2. Los jefes de área.3. Los coordinadores académicos.4. El Rector.Funciones del Consejo Académico

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1. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo, en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional.2. Estudiar el currículo y proporcionar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el Decreto 1860.3. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.4. Participar en la evaluación institucional anual.5. Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación.6. Recibir y decidir los reclamos de los educandos sobre la evaluación educativa.7. Realizar reuniones periódicas atendiendo a las siguientes disposiciones: una por bimestre o cuando sea convocada extraordinariamente informando mínimo con dos días de anticipación.8. Conformar comisiones de evaluación y promoción por grados.9. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el proyecto educativo institucional y la ley.10. Publicar su gestión posterior a cada reunión.

Artículo 30: Del Rector.- Es el representante legal de carácter pedagógico y administrativo de la institución ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del gobierno escolar, siguiendo los parámetros que en educación establezca el ministerio de educación nacional y las normas legales vigentes.

Funciones del Rector1. Orientar la ejecución del proyecto educativo institucional y aplicar las decisiones del gobierno escolar.2. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto.3. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el establecimiento.4. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o auspiciadores de la institución y con la comunidad local, para el continuo proceso académico de la institución y el mejoramiento de la vida comunitaria.5. Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa.6. Orientar el proceso educativo con la asistencia de los Consejos Directivo, de Administración y Académico.7. Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyan la ley, los reglamentos y el manual de convivencia.

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8. Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas a favor del mejoramiento del Proyecto Educativo Institucional.9. Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad local.10. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del estado, atinentes a la prestación del servicio público educativo.11. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el proyecto educativo institucional y la ley.

Órganos de participación democráticaLos órganos de participación democrática se organizan de acuerdo a los artículos 28-29, 30-31 del Decreto 1860 de 1994 y su proceso de elaboración es el siguiente:

Artículo 31: Del Personero De Los Educandos.- Es un educando del grado once elegido por el sistema de mayoría simple y mediante votación secreta, antes de los 60 días siguientes a la iniciación de clases. Para tal efecto el Rector a través del comité electoral convocará a todos los educandos matriculados a partir de los grados terceros.

Requisitos para ser personero1. Estar cursando grado once.2. Tener una antigüedad mínimo de 2 años en el colegio.3. Haber de mostrado capacidad de liderazgo y compromiso con las propuestas que realiza.4. Identificarse con la filosofía del colegio.5. Mantener un buen rendimiento académico.6. Sostener buenas relaciones interpersonales con los miembros de la comunidad educativa. 7.Cumplir responsablemente con las normas establecidas en el manual de convivencia.8. Manejar con principios éticos la información que atañe a su cargo.9. Mostrar una conducta intachable (No haber firmado: actas de compromiso ni matrícula en observación).10. Presentar el programa de trabajo a desarrollar ante el Consejo Electoral.11. Diligenciar Hoja de Vida ante el Consejo Electoral. Funciones del Personero1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los educandos, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del consejo de

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educandos, organizar foros u otras formas de deliberación. En todo caso siguiendo el conducto regular.2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el cumplimiento de las obligaciones de los educandos.3. Presentar ante el rector según sus competencias, las solicitudes de oficio o a petición de parte que considere necesarias para proteger los derechos de los educandos y facilitar el cumplimiento de sus deberes.4. Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que haga sus veces, las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.5. Entregar informe de gestión cada dos meses y publicarlo, utilizando los medios de comunicación institucional.6. Asistir a las reuniones convocadas por los órganos de participación democrática a las que sea invitado.7. Dar a la comunidad Educativa el informe de gestión, con copia al Consejo Electoral y Consejo Directivo.

Artículo 32: Consejo de Estudiantes.- El Consejo Estudiantil de la Institución Educativa Municipal Santiago Pérez está integrado por dos voceros de cada uno de los grados que ofrece el colegio, a partir del grado tercero, para garantizar la participación de cada curso. La elección se hace de forma secreta dentro de las cuatro primeras semanas del calendario académico de cada año y por un periodo de un año escolar.

El Rector, a través del docente coordinador del proyecto de democracia convoca a asamblea a los distintos cursos para que de su seno elija dos educandos uno principal y uno suplente para garantizar la representatividad de cada curso en el consejo estudiantil.

Cada representante deberá llevar al consejo un proyecto de desarrollo a ejecutar teniendo en cuenta las necesidades del grado para que allí se establezcan estrategias de mejoramiento y participación.

El consejo estudiantil del año inmediatamente anterior deberá dejar durante los primeros días académicos, las actividades de participación de los educandos, mientras se instala el nuevo consejo.

Funciones del Consejo de Estudiantes1. Darse su propia organización interna.2. Elegir el representante de los educandos ante el Consejo Directivo del establecimiento y asesorarlo en el cumplimiento de su

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representación.3. Invitar a sus deliberaciones a aquellos educandos que presentan iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil.4. Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el manual de convivencia y el manual interno del consejo.5. Convocar para la destitución del personero y los representantes al Consejo de educandos, cuando pueda probar el no cumplimiento de las normas y o el plan de desarrollo, durante el informe de gestión.

Artículo 33: Asociación de padres de familia.- La Asociación de Padres de Familia se organiza según el artículo 30 del decreto 1860. El Consejo Directivo a través del rector convoca a sendas asambleas a los padres de familia o acudientes que representen a los educandos matriculados en la institución, para que conformen la asociación de padres de familia.De las asambleas de curso convocadas se elige a dos voceros para que uno de ellos los represente ante la asociación de padres y el otro conforme el consejo de padres.

La elección se debe hacer dentro de los primeros treinta días calendario, siguientes a la iniciación de clases, de acuerdo a los requisitos estipulados en el manual de convivencia.

Los voceros al consejo de padres se pueden elegir mediante asambleas convocadas por la junta directiva de la asociación de padres de familia a los treinta días siguientes a la iniciación de clases. Cada representante participa con sus funciones solamente durante el año lectivo para el cual fue elegido.

Funciones de la Asociación de Padres1. Velar por el cumplimiento del proyecto educativo institucional y su continua evaluación, para lo cual podrá contratar asesorías especializadas.2. Promover programas de formación a padres para cumplir adecuadamente la tarea educativa que le corresponde.3. Promover el proceso de constitución del consejo de padres, como apoyo a la función pedagógica que le compete.4. La junta directiva debe elegir los representantes ante el consejo directivo, uno deberá ser miembro de la Junta Directiva y el otro miembro del Consejo de Padres de familia.

Artículo 34: Del Consejo de Padres de Familia.- El Consejo de Padres de Familia es un órgano de participación de los padres de

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familia del establecimiento educativo destinado a asegurar su continua participación en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad del servicio. Estará integrado por mínimo un (1) y máximo tres (3) padres de familia por cada uno de los grados que ofrezca el establecimiento educativo, de conformidad con lo que establezca el proyecto educativo institucional - PEI.Durante el transcurso del primer mes del año escolar contado desde la fecha de iniciación de las actividades académicas, el rector o director del establecimiento educativo convocará a los padres de familia para que elijan a sus representantes en el consejo de padres de familia.

La elección de los representantes de los padres para el correspondiente año lectivo se efectuará en reunión por grados, por mayoría, con la presencia de, al menos, el cincuenta por ciento (50%) de los padres, o de los padres presentes después de transcurrida la primera hora de iniciada la reunión.La conformación del Consejo de Padres es obligatoria y así deberá registrarse en el Manual de Convivencia.

Funciones del Consejo de Padres de Familia Corresponde al consejo de padres de familia:a. Contribuir con el rector o director en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de Estado.b. Exigir que el establecimiento, con todos sus estudiantes, participe en las pruebas de Competencias y de Estado realizadas por el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior - ICFES.c. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad.d. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados.e. Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño.f. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa.g. Presentar propuestas de mejoramiento del Manual de Convivencia en el marco de la Constitución y la Ley.

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h. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente.i. Elegir al padre de familia que participará en la Comisión de Evaluación y Promoción de acuerdo con el Decreto 230 de 2002.j. Presentar las propuestas de modificación del Proyecto Educativo Institucional que surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14, 15 y 16 del Decreto 1860 de 1994.k. Elegir los dos representantes de los padres de familia en el Consejo Directivo del establecimiento educativo con la excepción establecida en el parágrafo 2 del artículo 9 del presente decreto.

Parágrafo 1. El rector o director del establecimiento educativo proporcionará toda la información necesaria para que el Consejo de Padres pueda cumplir sus funciones.

Parágrafo 2. El Consejo de Padres de cada establecimiento educativo ejercerá estas funciones en directa coordinación con los rectores o directores y requerirá de expresa autorización cuando asuma responsabilidades que comprometan al establecimiento educativo ante otras instancias o autoridades.

Artículo 35: Del Comité electoral.- Instancia De control y organización de los órganos de participación democrática, conformado por el rector o su delegado y los Educadores del área de Ciencias Sociales Económicas y Políticas.

Funciones del comité electoral1. Organizar el cronograma de participación democrática, durante las dos primeras semanas de labores académicas (con base en el POA).2. Recibir y formar un archivo de los proyectos de desarrollo propuesto por cada candidato.3. Orientar los procesos de proselitismo electoral estableciendo los criterios y espacios para tal fin.4. Cerrar las campañas pre electoral y electoral.5. Publicar los resultados de las elecciones a toda la comunidad educativa.6. Coordinar los procesos del Consejo de Educandos.7. Seleccionar y ubicar Jurados de elecciones.8. Recibir las quejas para revocatoria de cualquier miembro de los órganos de participación democrática.

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9. Estudiar y aprobar revocatoria de acuerdo a las normas legales vigentes.10. Nombrar un delegado que represente al comité electoral en cada uno de los órganos de participación democrática y consejos, con función de veedor del cumplimiento del POA y del Manual de Convivencia.

Artículo 36: Comité de convivencia social.- El comité de convivencia social es la instancia que fomenta la armonía y la convivencia en la comunidad educativa. Promueve actividades para fortalecer el crecimiento en valores de los integrantes de la misma, evalúa y media los conflictos que se presentan dentro de la institución y exige crear estrategias que permitan el desarrollo de una sana convivencia.

Para el efecto se convoca a cada uno de los cursos a una asamblea para que de allí seleccionen y elijan un representante de cada curso al consejo de convivencia social, en la misma fecha en que se elige el representante del grupo al consejo estudiantil.

Los requisitos exigidos para este órgano de participación son los mismos establecidos para el representante al Consejo Estudiantil y prima el de mantener una conducta intachable y un buen manejo disciplinario tanto individual como grupal.

El comité de convivencia social está integrado por:

• El personero estudiantil. • Dos representantes de los docentes, preferiblemente del Comité de Conciliación HERMES. • Un representante de los padres de familia. • Los coordinadores de convivencia social. • El psicoorientador de la institución. • El rector.

Funciones del Comité de Convivencia Social1. Instalar mesas de conciliación cuando alguno o algunos de los actores de la comunidad educativa lo solicite, con el objeto de resolver pacíficamente los conflictos.2. Evaluar y mediar los conflictos que se presenten entre docentes y educandos, y los que surjan entre estos últimos.3. Designar a un conciliador cuando la situación lo amerite y orientar su actuación.

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4. Llevar a cabo actividades que fomenten la sana convivencia en la comunidad educativa.5. Desarrollar actividades para la divulgación de los derechos fundamentales, los derechos del niño, la Ley de Infancia y Adolescencia y las garantías que amparan la comunidad educativa.6. Promover la vinculación de las entidades educativas a programas de convivencia y resolución pacífica de conflictos que adelanten las diferentes entidades distritales.7. Llevar a cabo el debido proceso de acuerdo al manual de convivencia.8. Reunirse una vez por mes en forma ordinaria y extraordinariamente cuando se requiera.

Artículo 37: De las reformas al Manual de Convivencia.- Todos los estamentos de la comunidad educativa tienen derecho a sugerir modificaciones o adiciones al Manual de Convivencia, para lo cual se tendrá en cuenta el presente procedimiento:

a. Las propuestas serán presentadas por escrito y debidamente motivadas ante el rector o ante quien éste delegue.b. Después de analizadas personalmente o mediante un comité que designe previamente, las presentará ante el Consejo Directivo para su estudio y aprobación.c. Las modificaciones que sobre él operen se anexarán, previo aval del Consejo Directivo.d. Se puede hacer una revisión total del manual para modificarlo. Si es aprobado por el Consejo Directivo, entrará en vigencia y quedará derogado el Manual existente y las normas que le sean contrarias.

Artículo 38: De la vigencia del Manual de Convivencia.- El presente Manual de Convivencia entra en vigencia a partir del 01 de Enero del año escolar de 2012 y todas las disposiciones que le sean contrarias quedan derogadas. Quienes se matriculen a partir del mes de Diciembre del año 2011 para el año académico de 2012, lo harán asumiendo este Manual de Convivencia

Aprobado por el Consejo Directivo el trece (13) de febrero de 2012.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

HILDA MARINA CARDENAS DE LUNARECTORA