manual de comercio exterior marco

64
INTRODUCCIÓN El exportar no sólo significa una cuestión de vender bienes o servicios a un determinado país sino que además es entregar un excelente producto o sea que de una calidad excelente y con una atención adecuada precisa para lograr el éxito deseado. Para empezar el desarrollo del presente manual hablare brevemente de los pasos que se necesitan para exportar en Ecuador. 1) REQUISITOS PREVIOS A LA EXPORTACIÓN Para comenzar una exportación sea cual fuere el producto hay tomar en consideración los siguientes puntos que se detallaran a continuación: a) Registro de Exportadores Como requisito previo al inicio del trámite de importación o exportación, todas las personas naturales o jurídicas deberán estar registradas en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), constar en estado activo con autorizaciones vigentes para emitir comprobantes de ventas y guías de remisión, constar como contribuyente "ubicado" y estar en la lista blanca determinada en la base de datos del Servicio de Rentas Internas (SRI). La lista blanca se la puede consultar en la página Web del SRI:www.sri.gov.ec - Servicios en línea - Consulta de lista blanca. b) Contratación de exportación Este contrato es de gran utilidad en lo que se refiere a la negociación del producto hacia el exterior, básicamente

Upload: luis-villagomez-beltran

Post on 24-Nov-2015

51 views

Category:

Documents


7 download

TRANSCRIPT

INTRODUCCINEl exportar no slo significa una cuestin de venderbienesoserviciosa un determinado pas sino que adems es entregar un excelenteproductoo sea que de unacalidadexcelente y con unaatencinadecuada precisa para lograr elxitodeseado.Para empezar eldesarrollodel presentemanualhablare brevemente de los pasos que se necesitan para exportar enEcuador.1)REQUISITOS PREVIOS A LA EXPORTACINPara comenzar unaexportacinsea cual fuere el producto hay tomar en consideracin los siguientes puntos que se detallaran a continuacin:a)Registrode ExportadoresComo requisito previo al inicio del trmite deimportacino exportacin, todas las personas naturales o jurdicas debern estar registradas en el Registro nico de Contribuyentes (RUC), constar enestadoactivo con autorizaciones vigentes para emitir comprobantes deventasy guas de remisin, constar como contribuyente "ubicado" y estar en la lista blanca determinada en labase de datosdelServiciode Rentas Internas (SRI). La lista blanca se la puede consultar en lapgina Webdel SRI:www.sri.gov.ec- Servicios en lnea - Consulta de lista blanca.b) Contratacin de exportacinEstecontratoes de granutilidaden lo que se refiere a lanegociacindel producto hacia el exterior, bsicamente este documento encierra la normativa internacional vlida que trata, entre otros temas, los siguientes: Elaboracin del contrato Obligaciones del vendedor Obligaciones del comprador Traspasos de losriesgosetc.Estos temas harn del negocio realizado un acto de cordialidad concuentastotalmente claras especificadas en el contrato, evitando de esta manera confusiones y alteraciones en las relaciones entre el vendedor y comprador.2) TR MITES DE EXPORTACINa) Exportacin a ConsumoDefinicin.-La exportacin aconsumoes el rgimen aduanero por el cual las mercancas nacionales o nacionalizadas salen del territorio aduanero para su uso consumo definitivo en el exterior. Lasexportacionesen el Ecuador pagan tasas por servicios aduaneros y la cuota de Corpei.b)Formulario nico de Exportacin (F.U.E)Todas las exportaciones deben presentarse en la Declaracin nica de Exportacin o Formulario nico de Exportacin (F.U.E.) y llenarlo segn instrucciones contenidas al reverso del referido documento para obtenerla aprobacin en losbancoscorresponsales delBancoCentral del Ecuador de la ciudad donde se trasmita la exportacin.En caso de realizarse vaelectrnica, se utilizar la Declaracin Aduanera nica de Exportacin, cumpliendo con los requisitos indicados en la pginaWebde la Corporacin Aduanera Ecuatoriana.Documentosa presentar: Formulario a presentar nico de exportacin (F.U.E.) con visto bueno aprobado por un banco corresponsal autorizado, con cuatro copias reducidas del mismo, debiendo constar el nmero de RUC, en caso de ser exportadores habituales, o el de cdula cuando son exportadores ocasionales.Facturacomercial original y cinco fotocopias Autorizaciones previas (cuando el caso lo amerite)c) Trmite.-El Trmite de una exportacin al interior de laaduanacomprende dos fases:Primera Fase.-El propietario consignatario o consignante, en su caso, personalmente o a travs de un Agente de Aduana, presentar en la Declaracin Aduanera nica de Exportacin o Formulario nico de Exportacin (F.U.E.), la declaracin de las mercancas destinadas al extranjero, en la que se sealar el rgimen aduanero al que se sometern. En las exportaciones, la declaracin se presentar en el departamento de Exportaciones del Distrito Aduanero, desde siete das antes hasta quince das hbiles siguientes al ingreso de las mercancas a la zona primaria aduanera, con los documentos de acompaamiento mencionados.Segunda Fase.-Con ladocumentacinaprobada se realizar la exportacin definitiva y se regresa al mismo departamento, incluyendo el documento de embarque (conocimientode embarque, gua area ocartaporte) con cuatro copias certificadas. El Departamento de Exportaciones procede a comprobar lainformacinde la Declaracin Aduanera nica de Exportacin o Formulario nico de Exportacin (F.U.E.), comparndola con losdatosde factura comercial y los datos de documento de embarque, luego de lo cual realiza la aprobacin y cancelacin definitiva de la Declaracin Aduanera nica de Exportacin o Formulario nico de Exportacin (F.U.E.), con el refrendo de la aduana y se entrega al exportador la copia correspondiente de la Declaracin Aduanera nica de Exportacin o Formulario nico de Exportacin (F.U.E.).Es necesario indicar que ciertosproductosexportables, por sunaturaleza, necesitan de autorizacin previa o estn sujetos a cuotas u otros mecanismos; lo que el usuario, previo a realizar una exportacin, debe conocer si su mercanca tiene que cumplir estos requerimientos.

Nota ExplicatoriaEs obligatoria la intervencin del agente afianzado deaduanasen los siguientes casos: Paraexportacionesefectuadas por entidades del sector pblico. En los despachos de las exportaciones de mercancas cuyovalorsea igual o mayor de dos mil dlares de losEstados Unidosde NorteAmrica( $2,000.00 )3)DOCUMENTOSB SICOS PARA EXPORTARa)Declaracin Aduanera.-Este documento forma parte de los tramites aduaneros, debe ser realizado y presentado porpersonalespecializado, en este caso un Agente de Aduanas debidamente inscrito ante el Ministerio deFinanzas. Las mercancas a ser exportadas debern ser declaradas ante laAduanadentro del plazo mximo de cinco das hbiles contados a partir de la fecha de ingreso a las zonas dealmacenamientohabilitadas, tal como establece laLeyOrgnica de Aduanas.b) Documento deTransporte.-De acuerdo a la modalidad de transporte acordada se consignardatoscomo: nombre ydireccindel embarcador y del consignatario; lugares de embarque y de destino;marca, numeracin,clase, cantidad, peso,volumen, contenido de bultos, tipo de flete,colorde la mercanca, otrosgastos, condiciones de entrega, etc.c)Conocimientode Embarque Terrestre oCartade Porte.-Cuando se trate de transporte terrestre, contendr datos como: nombre y direccin del remitente, lugar y fecha de embarque dela carta, lugar previsto para la entrega, nombre y direccin del destinatario, cantidad, clases de bultos,marcasy nmeros, denominacin corriente de la carga, flete, gastos suplementarios y valor de la mercanca, etc.d) Conocimiento de Embarque Martimo (BILL OF LADING).-Es uno de los documentos de mayor importancia dentro del trasporte de mercancas por mar; presenta las siguientes caractersticas:- Es una evidencia delcontratode transporte.- Es un recibo de las mercancas embarcadas.- Es un documento de ttulo depropiedadde las mercancas sin el cual no se pueden normalmente retirar las mercancas.Puede haber varios originales de conocimientos de embarque, los que deben estar enumerados y deben indicar el numero de originales expedidos; el conocimiento principal (primer original) queda enpoderdel Capitn.Los dems sirven para el adelanto de gestiones a realizarse por parte de los interesados (p. ej.Crditos).e)FacturaComercial (INVOICE).-Es un documento probatorio de las existencias de un contrato de compra -venta, que constituye parte de ladocumentacinexigible para la ejecucin de transacciones internacionales decomercio. En el comercio internacional las facturas deben contener datos y detalles tcnicos relativos a las mercancas objeto de transaccin, con indicacin de las unidades de medida, cantidad de unidades vendidas,preciosunitarios y totales (con especificacin del incoterms de la transaccin pactada), pesos brutos y netos, marcas, nmeros de bultos, etc. Ya que de acuerdo a nuestra legislacin y al tenor de lo dispuesto en los reglamentos a la Ley de Rgimen Tributario Interno, las facturas o boletas de venta deben contener los siguientes datos:a. Razn o denominacin social o apellidos y nombres del vendedor.b. Numeracin secuencial impresa.c. Fecha de expedicin.d. Nmero deRegistronico de Contribuyente del Vendedor.e. Razn o denominacin social o apellidos y nombres del adquiriente.f. Cantidad o denominacin de losbienestransferidos o de losserviciosprestados.g.Preciounitario y valor total.f) Orden de Embarque.-Es la transmisin vaelectrnicade la declaracin aduanera (rgimen 15) a la Aduana le corresponde dar una autorizacin de salida de la mercanca de nuestro pas.Se hace el envo electrnico y formato D.A.U., se entrega al transportista para el ingreso de carga a las instalaciones deAutoridadPortuaria de Guayaquil.g) Certificado de Origen.-El principal objeto de este consiste en determinar si la mercadera est sujeta por un tratamiento preferencial. Tal es el caso de las mercancas producidas en los pases delGrupoAndino que pueden acogerse a la desgravacin arancelaria en las exportaciones y a los dems pases miembros de esteprocesodeintegracinsub-regional.h) Pliza deSeguros.-Es un contrato mediante el cual una de las partes llamadas aseguradoras se obliga por el pago de una prima a indemnizar a la otra parte en todo o en parte segn la extensin del siniestro: libre avera particular, con avera particular y contra todoriesgo.4) FACTORES ESENCIALES A CONSIDERAR EN UNA EXPORTACINPara eldesarrollode este tema nos hemos basados en varios artculos de la Dra. Magdalena Vlez gez, abogada en libre ejercicio profesional, quien nos da una gua prctica al momento de exportar de la cual anotamos los siguientes puntos:REQUISITOS QUE SE DEBEN CUMPLIR AL MOMENTO DE EXPORTAR.Primero.-Asesrese de lademandade suproductoa nivel regional, continental y en el mundo; adems cerciorarse que el producto cumple con las siguientes expectativas:a) CANTIDAD:Programar laproduccinen cantidades estables para laexportacin, estableciendo en forma continua y permanente la entrega del producto a venderse;b)CALIDAD:Cuidar y mantener la buena calidad de sus exportaciones le ayudar a obtener continuidad en la demanda y abrir nuevas puertas a susproductos;c) PRECIO:Para el precio a fijarse, es recomendable hacer un estudio compartido de los precios de otros productores, ser equilibrado, de tal manera que le d un margen justo deutilidad, un precio razonable le permitir abrir nuevas puertas y le dar permanencia en elmercadointernacional;d) PRESENTACIN:Una buena presentacin que incluye:1. Un buen logotipo, buena calidad de los envases;2. Indicaciones claras y correctas del: Contenido; peso; registro sanitario; 3. Adecuado embalaje;4. No olvidarse de cumplir connormasinternacionales de presentacin aumentaran las posibilidades de concretarventasinternacionales.e) CUMPLIMIENTO PUNTUAL DE PEDIDOS:De cumplir con los tiempos ofrecidos en loscontratosde exportacin de la mercanca vendida al importador, depende elxitoy permanencia en el mercado internacional, ya que la demanda de los bienes tiene su momento preciso, el incumplimiento en la entrega puede ocasionar el pago de multas y de hecho la prdida delclientey de la credibilidad en usted, y en consecuencia el desprestigio en el mercado internacional.Por esta razn es aconsejable que el exportador seleccione bien:-La empresade transportes;- Losmediosde transporte;- Los agentes afianzados de aduanas;- El abogado que realice o revise los contratos de transporte.Por ejemplo si usted va a exportar flores o bienes perecibles, requiere un transporte areo. Cotice precios; varias alternativas de transporte, etc.;*Por favor nunca efecte envos o exporte sin tomar todas las seguridades del caso, como:* Firme contratos claros en donde se establezca laresponsabilidadde los transportistas frente a terceros;* Estipule multas en caso de incumplimiento; busque siempre su mximaseguridad;* Establezca en sus contratos de transporte clusulas de seguridad, confidencialidad, reserva y no intervencin.* Asegrese de que los agentes encargados de efectuar sus exportaciones le brinden el mximo de garantas y seguridad y que esto conste por escrito y con firma de responsabilidad;* Contrateuna empresaseria, dispuesta a brindarle servicios eficientes y seguros as comocostosracionales.* Si va a contratar un agente afianzado o unaempresaencargada de realizar todos sus tramites de exportacin, lo cual es muy recomendable, siga as mismo todas las recomendaciones anteriores, y recuerde siempre pedirinformacinescrita uofertade servicios con firma de responsabilidad, nunca contrate a la ligera y peor si no han sido absueltas todas sus dudas o inquietudes.* Pida por escrito a lapersonao empresa que va a realizar el transporte de su producto leinformetambin por escrito sobre su oferta de servicios, infrmese bien de qu servicios cubre su pago; qu garantas le proporcionaran; o quriesgoscorre. (Ley de Defensa delConsumidor)* Adicionalmente en el contrato de prestacin de servicios con la empresa de transportes srvase establecer las responsabilidades adquiridas por el transportista desde que recibe la carga, hasta entregarla a su destino.* Contrate unseguroo verifique que la empresa transportista le d un seguro de envo, el trmite de exportacin tiene imprevistos que pueden afectar el destino de la mercanca y/o el cobro de su valor;*Una pliza de seguro contra todo riesgo es beneficiosa y no es costosa.Segundo.-Infrmese sobre lasinstitucionesvinculadas con trmites de exportacin, donde le pueden informar sobre toda duda o inquietud sobre exportaciones:A.-Ministerio deComercio ExteriorIndustrializacinPescayCompetitividad;B.-CORPEI.- Corporacin dePromocinde Exportaciones e Inversiones;C.-.FEDEXPOR.- Federacin Ecuatoriana de Exportadores.MODOS EN QUE SE PUEDE COMERCIALIZAR1.-COMERCIALIZACINDIRECTA.-Se da cuando el exportador tiene sus propios compradores:- Contacto comercial propio;- Venta directa sin intermediario;2.- COMERCIALIZACION INDIRECTA.-Y la ms comn, se da por medio de representantes, distribuidores, agentes, sucursales en el exterior o comercializadoras.a) REPRESENTANTE COMERCIAL:El representante acta como mediador entre el consumidor final o cliente, y el productor nacional.Debe conocer el pas a exportarsepolticay econmicamente. El representante comercial trabaja a comisin.b) DISTRIBUIDOR:El distribuidor importa y compra mercancas directamente al exportador. Asume los riesgos y responsabilidades inherentes a la labor de promocin y venta.Tiene conocimiento del mercado,almacenespropios y vendedores a suservicio.c) AGENTE:El agente es un vendedor en otros pases, para productos especficos de un sector determinado. Representa a variasempresasno competitivas de productos relacionados que se agrupan para una venta conveniente de pequeos pedidos.d) SUCURSAL EN EL EXTERIOR:La sucursal en el exterior es unaoficinaque cumple todas lasfuncionesde comercializacin, y a travs de la cual la firma exportadora controla fcilmente factores como laimagende su producto en el mercado.e) COMERCIALIZADORAS:Las comercializadoras permiten a las empresas, llegar amercadosextranjeros. Tienen capacidad de establecer sucursales en el exterior.Asumen laimportacinde materias primas requeridas por las empresas para la fabricacin de sus productos.Toda exportacin entraamovimientode productos entre dos pases, por lo que deben conocerse las condiciones comerciales mediante la firma de un contrato.Laadopcinde estas condiciones por exportadores e importadores, les seala susobligacionesyderechosy les brinda seguridad jurdica en lanegociacin.FORMAS DE PAGO.-En los contratos comerciales se establecen condiciones de entrega de las mercancas, forma de pago, garantas, seguros, reparto de costos y riesgos del transporte entre las partes, la mayora de transacciones se efectan mediante el pago contra presentacin de documentos o pago documentario.CONTRATOS DE COMPRA - VENTA.-Enmateriade contratos de compra venta las partes deben ceirse a reglas internacionales de comercializacin, es recomendable hacer constar clusulas de Confidencialidad, Reserva y no Intervencin, as como las respectivas sanciones en caso de incumplimiento.COMO SE DEBE PRESENTAR LA OFERTA DEL PRODUCTOLa oferta, cotizacin y precio de exportacin, se basa en trminos de venta claramente especificados, en los que el exportador nacional y el importador extranjero, estn dispuestos a vender y/o comprar determinada mercanca, de tal manera que es siempre aconsejable no hacer propuestas engaosas, o que contengan datos inciertos, oferte sus productos con claridad, transparencia, y evitar muchosproblemascomo casos de juicios por estafa o engao.FORMA DE PRESENTACINa) La oferta se presenta usando los trminos internacionales y debe hacer constar todas las caractersticastcnicasde los productos;b) Debe ofertar la capacidad de produccin (semanal, mensual, anual);c) Srvase informar sobre las fechas de entrega de las mercancas;d) Especifique tipo deempaquea utilizarse;e) Indique la validez de la oferta, usualmente es valida por 180 dasf) Determine con precisin condiciones de pago, como:- Pago a la vista.-El comprador recibe la factura del vendedor y paga por adelantado o en la fecha convenida, sin ms formalidades;- Pago por documentos.-Este es unsistemamuy utilizado, pues los documentos que existen de por medio entre exportador e importador, constituyen la base que evidencia la exportacin, o sirve como prueba de que la exportacin ha sido ya efectuada.CMO SE ASEGURA EL PAGOEn razn de que todo comerciante exportador trabaja para tener utilidades dignas, ste punto es muy importante por cuanto de la forma en que el exportador pacte el pago depender el obtener con mayor seguridad sudineropor sus transacciones comerciales internacionales.FORMAS DE PAGO:GIROS A LA VISTA, AVALES, LETRAS DECAMBIO, O DOCUMENTOS NEGOCIABLES.-El vendedor remite a subancolos documentos de expedicin de la mercadera, dndole instruccin de presentarlos al banco del importador, a quien sern remitidos contra pago del monto convenido.Esta forma de pago -giros a la vista, avales, letras de cambio, u otro documento negociable, es menos costosa, y menos segura por tanto desventajosa para el exportador, pues el comprador siempre queda libre de no aceptar las mercancas, aun si han llegado a sus almacenes, puede prestarse a muchos abusos por parte de importadores maosos que han llegado hasta a cambiar el producto importado por uno similar daado o de caractersticas de calidad inferiores a las exportadas.CRDITO DOCUMENTARIO.-Las posibilidades de que el importador rechace la mercadera o no quiera pagar es mnima o inexistente con esta modalidad de pago:crditodocumentario, ya que no deja estalibertadal comprador, porque no dispone ms del monto de la transaccin que ha sido bloqueado por el Banco del importador.A sta modalidad se le denomina tambin carta de crdito, es el documento ms conocido y usual en trminos del intercambio comercial internacional.Procedimiento.-Un Banco del Exterior a nombre y cuenta del importador emite una obligacin de pago en favor del exportador a travs de un Banco Corresponsal, una vez que se hayan cumplido todas y cada una de las condiciones estipuladas en dicha carta de crdito.CMO SE REALIZA LA NEGOCIACINa) Empieza con la oferta,b) Orden de pedido,c) Elaboracin de la factura pro forma,d) Recepcin del documento negociado.VENTAJAS Y RIESGOS AL MOMENTO DE EXPORTARVENTAJAS: Ampliar la participacin de la empresa en el mercado. Incrementar la produccin, utilizando la capacidad ociosa. Reducir los riesgos, al no depender nicamente del mercado nacional. Se reducen los efectos en caso de estancamiento de la demanda nacional. La calidad de los productos se mejora considerablemente cuando estos se adaptan a los estndares internacionales.RIESGOS:Por otro lado, as como exportar puede traer ventajas, tambin pueden presentarse riesgos potenciales, tales como:Lanzarse a ciegas.-Uno de los riesgos ms frecuentes y fciles de evitar son aquellos que resultan de la inexperiencia. Entre estos podemos mencionar el pretender abarcar muchos mercados al mismotiempo, sin considerar la capacidad de produccin para atender las demandas de altos volmenes.Es importante que aqu elempresario, considere esto como un riesgo si su produccin o su proveedor no van a poder responderle a determinadas exigencias de volumen o calidad.Riesgos financieros.-Es posible que usted enve la mercadera y no reciba su pago. Aqu pueden presentarse dos situaciones: Usted no cumpli con los requerimientos del comprador (empaque, calidad, tiempo de entrega, etc.) o bien la persona con quien usted hizo la negociacin es deshonesta. Antes de cualquier negociacin se debe investigar los contactos y solicitar referencias.Riesgos legales.-Usted puede involucrarse ennegociossupuestamente "atractivos" que prometen hacerlo rico de la noche a la maana, sin embargo, estos no siempre son legales.Riesgos polticos:Aquellos que pueden darse debido a cambios drsticos en la poltica de un pas. Tales como, movimientos multitudinarios de lapoblacin, restricciones a la transferencia dedivisas, restricciones sorpresivas a la importacin de determinados productos,polticasde proteccionismo a productos locales, etc.OBST CULOS M S COMUNES AL EXPORTARTomando como base las "4P" del producto podemos basarnos en:Producto:Un obstculo muy importante puede ser no contar con el producto adecuado, o no poderlo adaptar a los requerimientos del mercadoobjetivo. No responder a las cantidades demandadas por el comprador, no cumplir con calidades y los tiempos de entrega del mismo.Precio:No alcanzarcompetitividadpor unclculodeficiente delcostoy determinacin del precio. No realizar un estudio de lacompetencia.Plaza:Desconocimiento de los canales dedistribucinadecuados.Seleccinincorrecta de distribuidores, falta de conocimiento de la mejor forma de realizar contratos.Promocin:Falta derecursos, desconocimiento de los mecanismos de promocin utilizados en el mercado objetivo.CONCLUSINEste brevemanual, es la recopilacin de varias pginas investigadas enInternetque sirvieron para la elaboracin de mitesisprevio a la graduacin de Licenciado enCienciasde laEducacinespero que sirva de gua y ayuda para los futuros estudiantes en el rea de Comercio Exterior.BIBLIOGRAFAwww.bce.fin.ecwww.corpei.org.ecgoogle.com/superbank.gov.ecwww.google.com/agronegocioshttp://es.wikipedia.org/wiki/exportacinwww.bce.fin.ecwww.fda.govwww.sica.gov.ec

Leer ms:http://www.monografias.com/trabajos62/manual-exportacion-ecuador/manual-exportacion-ecuador2.shtml#ixzz2Yx2C4A8r

MANUAL DE IMPORTACIONES ECUADORINSTRUCTIVO GENERAL DEL IMPORTADORGUIA DEL IMPORTADOR

En el siguiente instructivo damos a conocer el proceso y el inicio de una importacin, donde vamos a conocer desde que es un importador y cules son los principales trmites y procedimientos realizados dentro de una Importacin.Comenzaremos con unos breves conceptos:Qu es una importacin a consumo?Es la nacionalizacin de mercancas extranjeras ingresadas al pas para su libre disposicin; uso oconsumo definitivo, una vez realizado el pago de los respectivos impuestos.Quienes pueden importar a consumo?Todas las personas naturales y jurdicas, ecuatorianas o extranjeras radicadas en el pas.Luego de conocer que es una importacin a consumo y quienes pueden importar debemos conocer queexisten ciertos procedimientos que tenemos que seguir para importar productos al pas. Entre losprincipales tenemos:1.- Registro de Importadores (Requisito Previo)2.- Registro en los diferentes Ministerio dependiendo del producto que importaremos (Requisito Previo)3.- Listado de Productos Prohibidos (Requisito Especfico)2.- Conocimiento de Normas y Reglamentos Tcnicos (Requisito Especfico)3.- Declaracin Aduanera y desaduanizacin de las mercancas (Requisito Especfico)4.- Otros Trmites VariosRegistro de Importadores.- Antes de importar debe realizar los siguientes pasos:

1. Obtenga el Registro nico de Contribuyente (RUC) que expide el Servicio de Rentas Internas (SRI). Al inicio del trmite de una importacin o exportacin, todas las personas naturales o jurdicas debern estar registradas en el Registro nico de Contribuyente ( RUC), constar en estado activo con autorizaciones vigentes para emitir comprobantes de ventas y guas de remisin, constar como contribuyente ubicado y estar en la lista blanca determinada en la base de datos del Servicio de Rentas Internas (SRI).

2. Regstrese como importador ante la Aduana del Ecuador, ingresando en la pgina:www.aduana.gob.ec, link: OCEs (Operadores de Comercio Exterior), men: Registro de Datos.Una vez aprobado su registro, usted podr acceder a los servicios que le brinda el Sistema Interactivo de Comercio Exterior (SICE). Adicionalmente para actuar como importador, la personara natural o jurdica obtendr un registro con los requisitos que establezca el Directorio del Servicio Nacional de Adunas del Ecuador (SENAE). As tambien deben registrase en el Sistema Interactivo de Comercio Exterior (SICE) del Servicio Nacional de Aduanas (SENAE).3. Dentro del SICE, registre su firma autorizada para la Declaracin Andina de Valor (DAV), opcin:Administracin, Modificacin de Datos Generales. De otra parte, los importadores debern registrar las firmas de las personas jurdicas o sus delegados y de las personas naturales autorizadas para firmar la Declaracin Andina de Valor (DAV). A tal efecto, el importador deber ingresar a la pgina web de la CAE ( opcin Servicios, SICE), una vez dentro del SICE, deber seleccionar dentro del men: Administracin, la opcin Modificacin de Datos Generales del Operador de Comercio Exterior (OCES) y dirigirse a la seccin Registro de Autorizacin para Firmar DAV, en la cual deben llenar los campos solicitados, y acercarse a la Secretaria de cualquier distrito aduanero para ingresar la documentacin referente al poder especial (delegados de personas jurdicas); documento de Ingreso de Datos del Operador de Comercio,(notariado); y, el Registro de Firma para Declaracin Andina de Valor.4. Una vez realizados los pasos anteriores, ya se encuentra habilitado para realizar una importacin; sin embargo, es necesario determinar que el tipo de producto a importar cumpla con los requisitos de Ley. Esta informacin se encuentra establecida en las Resoluciones N. 182, 183, 184 y 364 del Consejo de Comercio Exterior e Inversiones (COMEXI) y actualmente constan en el COMEX (Comit de Comercio Exterior), www.mcpec.gob.ec.5. Busque la asesora y servicios de un Agente de Aduana de su confianza, quien realizar los trmites de desaduanizacin de sus mercancas. El listado de Agentes de Aduana autorizados se encuentra en nuestra pgina web: www.aduana.gob.ecRegistros Varios.- Dependiendo de la clase de producto que se vaya a importar, se podr requerir otrosregistros previos como los que detallamos a continuacin: Registro del Ministerio de Agricultura, Ganadera, Acuacultura y Pesca ( MAGAP) para importadores de plaguicidas, fertilizantes y afines y material vegetal de ornamentacin y permiso para importar material vegetal de propagacin o consumo. www.magap.gob.ec

Inscripcin en la Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de Calidad del Agro (AGROCALIDAD)para los establecimientos extranjeros que deseen exportar a Ecuador animales vicos, productos, subproductos y derivados. La Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de Calidad del Agro AGROCALIDAD, es la Autoridad Nacional Sanitaria, Fitosanitaria y de Inocuidad de los Alimentos, encargada de la definicin y ejecucin de polticas, y de la regulacin y control de las actividades productivas del agro nacional, respaldada por normas nacionales e internacionales, dirigiendo sus acciones a la proteccin y mejoramiento de la produccin agropecuaria, la implantacin de prcticas de inocuidad alimentaria, el control de la calidad de los insumos, el apoyo a la preservacin de la salud pblica y el ambiente, incorporando al sector privado y otros actores en la ejecucin de planes, programas y proyectos. www.agrocalidad.gov.ec Registro en el Ministerio de Defensa para importadores de armas, municiones, explosivos y accesorios. El Ministerio de Defensa Nacional armoniza los esfuerzos de las empresas militares mediante una mayor coordinacin para producir, al menor costo y con el mximo rendimiento, productos y servicios requeridos por nuestras Fuerzas Armadas, enfocados en los mbitos: armonizacin de la demanda de equipo militar, investigacin y desarrollo tecnolgico, as como el apoyo a las pequeas y medianas empresas del pas. www.midena.gob.ec Registro y calificacin del Consejo Nacional de Control de Sustancias Estupefacientes y Psicotrpicas (CONSEP) para la importacin de sustancias sujetas a fiscalizacin a favor de instituciones cientficas de los sectores pblicos y privado. Consolidar la institucionalidad relacionada al control de sustancias sujetas a fiscalizacin y medicamentos que las contengan.Administrar los bienes objetos de aprehensin, incautacin y comiso, garantizando eficiencia y transparencia. www.consep.gob.ec Registro de importadores de flores y ramas cortadas, plantas, productos vegetales o material vegetal de propagacin de especies de plantas ornamentales en AGROCALIDAD.www.agrocalidad.gov.ec Registro Sanitario para la importacin de alimentos procesador, aditivos alimentarios, medicamentos en general, productos nutraceuticos, productos biolgicos, naturales procesados de uso medicinal, plaguicidas para uso domestico e industrial, fabricados en el territorio nacional o en el exterior, para su importacin , exportacin, comercializacin, dispensacin y expendio incluidos los que se reciban en donacin, en el Ministerio de Salud Publica (Instituto Nacional de Higienes y Medicina Tropical Leopoldo Izquieta Prez), Apoyar la ejecucin de un sistema gil de Registro y Control post registro que proteja la salud y la economa del consumidor, a la vez que cubra la demanda de la Industria. www.inh.gob.ec

Lista de Productos de Prohibida Importacin.- La Lista de productos de prohibida importacin se encuentra detallada en el anexo de esta Gua.El COMEXI, mediante Resolucin N 182, publicada en el Registro Oficial N 57 del 8 de abril del 2003, elCOMEXI estableci la Nmina de Productos de Prohibida Importacin; Artculo 2.- Modificar el Anexo de la Resolucin N 182, publicada en el Registro Oficial N 57 del 8 de abril del 2003, incorporando nuevos productos y utilizando la nomenclatura NANDINA 675 de la Nmina de Subpartidas Arancelarias de Prohibida Importacin, de conformidad con el Anexo 2 de la presente resolucin.La presente resolucin fue adoptada por el COMEXI en sesin llevada a cabo el 29 de octubre del 2008 yentrar en vigencia a partir de su publicacin en el Registro Oficial.

A continuacin unos datos importantes sobre ciertas prohibiciones:1.- Se prohbe la importacin e internacin de cualquier forma y transbordo martimo de tiburones enteros o aletas de tiburn en cualquier estado de conservacin o procesamiento, aun cuando hayan sido capturados en aguas internacionales.2.- Se prohbe la importacin de antibiticos, colorantes y esteroides de crecimiento para uso acucola, que tengan cero tolerancia en los mercados internacionales por poseer efectos letales para la salud humana, Solamente se podr importar aquellos productos de uso veterinario y biocida con aplicacin en la actividad acucola, que estn expresamente aprobados por las autoridades sanitarias de los pases importadores de productos acucolas, incluyendo los pases de la Unin Europea, Estados Unidos, Canad, Japn y otros.3.- Se prohbe, la fabricacin, formulacin, importacin, comercializacin y empleo de plaguicidas cuyoingrediente activo es el mancozeb y sus mezclas.4.- Se prohbe la importacin de focos incandescentes de uso residencial de potencia entre los rangos de 25w a 100w inclusive.Normas y Reglamentos Tcnicos Ecuatorianos.- La entidad que controla la normalizacin, certificacin y metrologa es el INEN, dentro de su funciones esta controlar la normalizacin a los bienes y servicios, nacionales o extranjeros que se produzcan, importen y comercialicen en el pas, y aplicarles las disposiciones de la Ley del Sistema Ecuatoriano de Calidad.

Qu es el INEN?

Es el organismo oficial de la Repblica del Ecuador para la normalizacin, la certificacin y la metrologa. Es una entidad adscrita al Ministerio de Comercio Exterior, Industrializacin, Pesca y Competitividad, MICIP. www.inen.gov.ecSe requiere certificado INEN-1 para la importacin de productos sujetos a normas y reglamentos tcnicos cuando el monto de la importacin sea superior a $2000, excepto para el caso de textiles, confecciones ycalzado, que no se sujetaran a dicha limitacin de valor.Previamente a su importacin y/o comercializacin, respectivamente, los productos nacionales o los fabricados en el exterior que constan en la Lista de Bienes Sujetos a Control, y que estn sujetos al cumplimiento con reglamentos tcnicos, debern demostrar su cumplimiento a travs de un certificado de conformidad expedido por un organismo de evaluacin de la conformidad debidamente acreditado y reconocido.Los bienes importadores que consten en la Lista de Bienes Sujetos a Control, debern obtener el certificado de reconocimiento (Formulario INEN-1) previo a su importacin; dicho documento ser requerido junto con la declaracin aduanera y a su vez de control por parte de la Corporacin Aduanera Ecuatoriana (CAE).Para la obtencin del certificado de reconocimiento (Formulario INEN-1), el importador o consignatariodeber presentar ante el INEN, cualquiera de los documentos enunciados en las siguientes alternativas:a) Certificado de Conformidad del producto o certificado de inspeccin, emitidos en el pas de origen o de embarque por organismos acreditados, cuya acreditacin sea reconocida por el Organismo de Acreditacin Ecuatoriano (OAE), que certifique el cumplimiento con Reglamento Tcnico Ecuatoriano (RTE INEN) o Norma Tcnica Ecuatoriana de Carcter Obligatorio (NTE INEN).b) Certificado de conformidad del producto o certificado de inspeccin, emitidos en el pas de origen o deembarque por organismos acreditados, cuya acreditacin sea reconocida por el OAE, que certifique el cumplimiento con normas internacionales de producto o regulaciones tcnicas obligatorias, equivalentes al reglamento Tcnico Ecuatoriano o Norma Tcnica Ecuatoriana Obligatoria.c) Declaracin de conformidad del fabricante, segn el formato establecido en el numeral 6.1 de la Norma ISO 17050-1 vigente, tratndose de empresas registradas con Certificacin de Sistema de Calidad ISO 9001 emitido por un organismo de certificacin debidamente acreditado y cuya acreditacin sea reconocida por el OAE.Los vehculos automotores que se encuentren en el listado emitido por el INEN, que por comprobada denuncia o verificacin de la conformidad de los centros de revisin y control vehicular, establecidos y autorizados para el efecto, se determine que no cumplen con los requisitos establecidos en el reglamento y normas correspondiente, se retirara de la lista. La importacin de estos vehculos estar sujeta a la presentacin del Formulario INEN 1.Que es un Certificado de Origen.- Es un documento por el cual se certifica que la mercanca es producida o fabricada en el pas del exportador, en este caso Ecuador. Este certificado son utilizados por los importadores para no pago o descuentos de tributos a la importacin.El MICIP concede los certificados de origen para las exportaciones de productos que se acogen a preferencias arancelarias tales como los de Estados Unidos y la Unin Europea. Por delegacin del MICIP, varias cmaras emiten certificados de origen para exportaciones a pases de la ALADI Quienes se amparan en un Certificado de Origen.- La importacin de productos originarios de pases de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) y de la Asociacin Latinoamericana de Integracin (ALADI), adems de cumplir con todos los requisitos exigidos para las importaciones procedentes de terceros pases, deber estar amparada por un certificado de origen para acogerse a las preferencias arancelarias otorgadas por el Ecuador.

DECLARACION ADUANERA Y DESADUANIZACION DE LAS MERCANCIAS

Qu es una Declaracin Aduanera.- El propietario, consignatario o consignante de las mercancas, personalmente o a travs de un agente de aduana, presentara, en el formulario correspondiente, la declaracin de las mercancas provenientes del extranjero en la que solicitara el rgimen aduanero al que se sometern. En las importaciones, como resultado de su importacin, el Agente de Aduana debe realizar la Declaracin Aduanera nica (DAU); enviarla electrnicamente a travs del SICE, y presentarla fsicamente en el Distrito de llegada de las mercancas; adjuntando los siguientes documentos exigidos la declaracin.En la importacin a consumo, la declaracin comprender la autoliquidacin de los impuestos correspondientes.Cules son los Documentos de acompaamiento Exigibles.- A la declaracin aduanera se acompaaralos siguientes documentos:1. Original o copia negociable del Documento de Transporte (Conocimiento de embarque, gua area o carta de porte.2. Factura comercial3. Declaracin Andina de Valor ( DAV)4. Pliza de seguros expedida de conformidad con la Ley.5. Certificado de origen de los pases con los que Ecuador mantiene acuerdos Comerciales. En caso de no presentar dicho certificado el producto no podr acogerse a la liberacin arancelaria.6. Documentos de Control Previo (Pueden ser al embarque o a la presentacin de la declaracin aduanera), exigibles por regulaciones expedidas por el COMEX y/o por el Directorio del Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), en el mbito de sus competencias

Procedimientos para el Trmite.- Una vez aceptada la transmisin electrnica de la Declaracin Aduanera nica (DAU) en el SICE, se determinar el canal de aforo mediante la aplicacin de criterios de anlisis de riesgo; pudiendo ser este: fsico, documental, o automtico (canal verde).En caso de existir observaciones a la declaracin se devolver al declarante para que la corrija dentro de los tres das hbiles siguientes, corregida esta, el distrito aduanero la aceptara. Si el declarante no acepta las observaciones, la declaracin se considera firme y se sujetara en forma obligatoria al aforo fsico.La declaracin aduanera no ser aceptada por el distrito aduanero cuando se presente con borrones, tachones o enmendaduras. En las importaciones, la declaracin se presentar en la Aduana de destino, desde 7 das antes, hasta 15 das hbiles siguientes a la llegada de las mercancas. De no presentar la DAU dentro de este plazo, sus mercancas caern en abandono tcito.Que es el Aforo.- Aforo es el acto administrativo de determinacin tributaria a cargo de la administracin aduanera que consiste en la verificacin fsica o documental del origen, naturaleza, cantidad, valor, peso, mediada y clasificacin arancelaria de la mercanca. Los aforos fsicos se realizan por parte de la administracin aduanera o por las empresas contratadas o concesionadas y se efectuaran en destino sobre la base de perfiles de riesgo, que sern determinados conforme a los disposiciones que dicte para su aplicacin el Directorio de la SENAE, en base a las practicas y normativa internacional.El perfil de riesgo estar compuesto de un conjunto de variables relacionadas con las operaciones de comercio exterior y que permitan identificar el nivel de riesgo de las transacciones de importacin a cualquier rgimen aduanero. Las empresas contratadas o concesionadas sern responsables solidarias con el importador respecto de las obligaciones tributarias generadas por la importacin de mercancas sujetas a su control, as como por las multas que se le impongan, sin perjuicio de las dems responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar, las cuales no podrn ser limitadas por el contrato.Autorizaciones de pago.- Una vez efectuada la liquidacin de los tributos deber procederse al pago de los mismos, en las instituciones financieras autorizadas por el Directorio de la CAE para el efecto. El distrito aduanero autorizara el pago de los tributos aduaneros: Cuando el aforo documental sea firme y no se haya activado el mecanismo de seleccin aleatoria, y Si realizado el aforo fsico no aparecieren observaciones que formular a la declaracin.Entrega de la mercanca.- Procede la entrega de las mercancas: Cuando se han pagado los tributos al comercio exterior Cuando se ha garantizado el pago de los tributos al comercio exterior y Cuando se ha presentado el certificado liberatorio otorgado por la autoridad competente

Cuando es Obligatoria la Participacin de Agente de Aduana.-Es obligatoria la intervencin del agente de aduanas en los despachos de importaciones de mercancas cuyo valor sobrepase los $2000; para los regmenes especiales, salvo los casos que el Directorio de la SENAE exceptu, y, para importaciones y exportaciones efectuadas por entidades del sector pblico.Embalajes de madera para la importacin.- Todos los embalajes de madera que ingresan al Ecuador deben estar debidamente tratados y sellados conforme la Norma Internacional NIMF-15. Los embalajes que lleguen al pas sin cumplir con las normas internacional y nacional sobre embalajes de madera, sern puesto bajo custodia oficial del Servicio Nacional de Aduanes del Ecuador (SENAE) y de la Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de Calidad del Agro (AGROCALIDAD) para su reembarque, lo cual afectara tanto al embalaje como al producto.

TRIBUTOS Y OTROS CARGOS A LAS IMPORTACIONESQu impuestos debo pagar en la Aduana?El Valor CIF de su mercanca, es la base imponible para el clculo de los impuestos y comprende la sumade los siguientes valores: Precio FOB* ( Valor soportado con factura) FLETE ( Valor del transporte internacional) SEGURO ( Valor de la prima)------------------TOTAL CIFDerechos Arancelarios.- Segn estructura aprobada en la Decisin 370 Arancel Externo Comn del Acuerdo de Cartagena los niveles arancelarios son 5%, 10%, 15% y 20% (35% para vehculos y 3% para CKD). La Decisin 653 de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) actualizo el Sistema Armonizado de Designacin y Codificacin de Mercancas, derivadas de la cuarta Enmienda; y, el Decreto 592 reformo el Arancel Nacional de Importaciones y estableci nuevos niveles arancelarios del 17%, 25%, 30%, 32%, 45%, 54%, 68%, 86% y diferenciamientos arancelarios del 0%, 5% y 10% para varios productos.Las importaciones estn sujetas al pago de derechos arancelarios ad-valorem. La base imponible de los derechos arancelarios, en las importaciones es el valor CIF (Costo, seguro y flete). Estn exoneradas de pago de derechos arancelarios las importaciones previstas en el artculo 27 de la Ley Orgnica de Aduanas (LOA). Los impuestos al comercio exterior aplicables para el cumplimiento de la obligacin tributaria aduanera son los vigentes a la fecha de la presentacin de la declaracin a consumo.De acuerdo al Programa de Renovacin del Parque Automotor, se estableci en forma temporal un arancel de 0% par importaciones anual de vehculos terminados, chasis y carroceras para trasportepublico (8701.20.0, 8704.22.00, 8704.23.00, 8706.00.00, 8707.00.00, 8706.00, 87.02, 8704.21. 87.03,8704.21 y 8704.31) y CKD (nicamente las empresas ensambladoras, debidamente registradas en el Ministerio de Industrias y Productividad (MIPRO), estn autorizadas para importar material CKD) Aranceles Mixtos.- Se han establecido aranceles mixtos, para las importaciones de: Calzado y partes (10% de arancel ad-valorem y $ 6 por par) Productos que se encuentren inmersos en los captulos 61 Prendas y complementos (accesorios), de vestir, de punto, 62 Prendas y complementos (accesorios) de vestir, excepto los de punto y 63 Los dems artculos textiles confeccionados; juegos; prendera y trapos (10% de arancel ad-valorem y $5.5 por Kg. Neto), excepto la subpartidas 6307.90.30.00Mascarilla de proteccin.

Liberacin arancelaria.- En varios acuerdos comerciales suscritos por el Ecuador con diferentes pases se contempla la eliminacin o reduccin del pago de derechos arancelarios, destacando, entre otros: Acuerdo de Cartagena Comunidad Andina de Naciones (Colombia, Ecuador, Per y Bolivia) Acuerdos de Complementacin Econmica con Mercosur ( Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay), Chile y Cuba. Acuerdos de renegociacin del Patrimonio Histrico (Mxico).Derechos variables adicionales o rebajas arancelarias para productos agropecuarios sujetos al Sistema Andino de Franja de Precios (SAFP).- Se aplican derechos variables adicionales al Arancel Externo Comn (AEC), cuando los precios internacionales de referencia de los productos marcadores son inferiores a determinados niveles piso. As mismo, se aplican rebajas al AEC para reducir el costo de importacin cuando los precios internacionales de los productos marcadores son superiores a determinados niveles techo. Los productos marcadores del SAFP son: carne de cerdo, trozos de pollo, leche entera, trigo, cebada, maz amarillo, maz blanco, arroz blanco, soya en grano, aceite crudo de soya, aceite crudo de palma, azcar crudo y azcar blanco.

Impuesto al Valor Agregado.- La tarifa es del 2% para todas las importaciones con excepcin de algunos bienes gravados con el 0% (los cuales se encuentran detallados en la pgina web del SRI). La base imponible del IVA, en las importaciones es el resultado de sumar al valor CIF los impuestos, aranceles, tasas, derechos, recargos y otros gastos que figuren en la declaracin de importacin y en los dems documentos pertinentes. En el caso de importaciones, la liquidacin del IVA se efectuara en la declaracin de importacin y su pago se realizara previo al despacho de los bienes por parte de la oficina de aduanas correspondiente.En los casos de importacin de bienes de capital con reexportacin en el mismo estado, de propiedad del contribuyente, se pagara el impuesto al valor agregado mensualmente considerando como base imponible el valor de la depreciacin de dicho bien. Este pago podr ser utilizado como crdito tributario en los casos que aplique de conformidad con la ley. Al momento de le reexportacin, la Corporacin Aduanera Ecuatoriana verificara que se haya pagado la totalidad del impuesto causado por la depreciacin acumulada del bien, segn el periodo de permanencia del mismo en el pas, Si el bien se nacionaliza se proceder conforme con las normas generales.

Tendr tarifa cero de IVA los bienes que, sin fines comerciales y para uso exclusivo del destinatario ingresen al pas bajo el rgimen de trafico postal internacional y correos rpidos, cuando el peso del envi no supere los cuatro kilos y su valor FOB sea menor o igual al 5% de la fraccin bsica desgravada de impuesto a la renta de personas naturales. En el caso de que el peso o el Valor FOB del envi sean superiores a los establecidos, se deber declarar y pagar el IVA sobre el total del Valor FOB del envi, al momento de la desaduanizacin.

Impuesto a los Consumos Especiales (ICE).- Se grava con ICE (excepciones recogidas en el prrafo siguiente) a las importaciones de cigarrillos, productos del tabaco y sucedneos del tabaco; cerveza, bebidas gaseosas, alcohol y productos alcohlicos distintos a la cerveza, perfumes y aguas de tocador, video juegos, armas de fuego, armas deportivas, municiones, excepto aquellas adquiridas por la fuerza pblica; focos incandescentes, excepto aquellos utilizados como insumos tomo tricares, vehculos motorizados de transporte terrestre de hasta 3.5 toneladas de carga, aviones, avionetas y helicpteros excepto aquellos destinados al transporte comercial de pasajeros, carga y servicios, motos acuticas, tricares, cuadrones, yates y barcos de recreo (ver tarifas, base imponible y exenciones en la pgina web el SRI) En el caso de las importaciones, la liquidacin del ICE se efectuara en la declaracin de importacin y su pago se realizara previo al despacho de los bienes por parte de la oficina de aduanas correspondiente.Estarn exentos del ICE: el alcohol que se destine a la produccin farmacutica; el alcohol que se destine a la produccin de perfumes y agua de tocador; el alcohol, los mostos, jarabes, esencias o concentrados que se destinen a la produccin de bebidas alcohlicas, el alcohol, los residuo y subproductos resultantes del proceso industrial o artesanal de la rectificacin o destilacin del aguardiente o del alcohol, desnaturalizados no aptos para el consumo humano, que como insumos o materia prima, se destinen a la produccin; los productos destinados a la exportacin, los vehculo hbridos, los vehculos ortopdicos y no ortopdicos, importador o adquiridos localmente destinados al traslado de personas con discapacidad,, conforme las disposiciones constantes en la Ley de Discapacidad y la Constitucin.

Fodinfa.- Impuesto del 0.5% del valor CIF de la importacin para el Fondo de Desarrollo para la infancia- Fodinfa, (reasignados y administrados por el INFA, adscrito al Ministerio de Inclusin Econmica y Social), con excepcin de los productos utilizados en la elaboracin de frmacos de uso humano y veterinario.

Con la nueva aplicacin del Cdigo de la Produccin & Inversiones ya no se cancela esta cuota ni en importaciones ni exportaciones.Impuesto a la Salida de Divisas.- Se cre el Impuesto a la salida de divisas (ISD) sobre el valor de todas las operaciones y transacciones monetarias que se realicen en el exterior, con o sin intervencin de las instituciones que integran el sistema financiero. La tarifa del impuesto a la salida de divisas s el 2%. Las transferencias realizadas al exterior de hasta $1000, estarn exentas del impuesto, recayendo el gravamen sobre lo que supere tal valor; en el caso de que el hecho generador se produzca con la utilizacin de tarjeta de crdito o de debito no se aplicar esta exencin.

No se causa este impuesto, al no existir salida de divisas, en la nacionalizacin de la siguientes importaciones a consumo; equipaje de viajero exento de tributos al comercio exterior, menaje s de casa y equipos de trabajo, envos de socorro por catstrofes naturales o siniestros anlogos a favor de entidades del sector publico o de organizaciones privadas de beneficencia o socorro; donaciones, provenientes del exterior, debidamente autorizadas por la CAE; fretros o nforas que contengan cadveres o restos humanos; y las previstas en la Ley de Inmunidades, Privilegios y Franquicias Diplomticas, que incluye las representaciones y misiones diplomticas y consulares, organismos internaciones y otros organismos gubernamentales extranjeros acreditados ante el gobierno nacional.

Podrn ser utilizados como crdito tributario, los pagos realizados por concepto de impuesto a lasa salida de divisas en la importacin de materias primas, bienes de capital e insumos para la produccin de bienes o servicios, siempre que , al momento de presentar la declaracin aduanera de nacionalizacin, estos bienes registren tarifa cero por ciento de ad-valorem en el arancel nacional de importaciones vigente.

CLASES DE REGIMENES ADUANEROS DE IMPORTACION

Les mostraremos los regmenes aduaneros que guardan relacin con el proceso de importacin:Importacin a Consumo.- Rgimen aduanero por el cual las mercancas extranjeras son nacionalizadas y puestas a libre disposicin para su uso o consumo definitivo.Transito Aduanero.- Rgimen por el cual las mercancas son transportadas bajo control aduanero, de una oficina distrital a otra del pas o con destino al exterior.Importacin Temporal con Reexportacin en el mismo estado.- Rgimen suspensivo del pago de impuestos, que permite recibir mercancas extranjeras en el territorio aduanero, para ser utilizadas con un fin determinado durante cierto plazo y reexportadas sin modificacin alguna, con excepcin de la depreciacin normal del uso.Importacin Temporal para perfeccionamiento activo.- Rgimen suspensivo del pago de impuestos que permite recibir mercancas extranjeras en el territorio aduanero durante un plazo determinado para ser reexportadas luego de un proceso de transformacin, elaboracin o reparacin.Deposito Aduanero.- Rgimen suspensivo del pago de impuestos por el cual las mercancas permanecen almacenadas por un plazo determinado en lugares autorizados y bajo control de la administracin aduanera, en espera de su destino ulterior.Los depsitos aduaneros son: comerciales (pblicos o privados), e industriales. En los depsitos comerciales, las mercancas de propiedad del concesionario o de terceros, permanecen almacenadas, sin transformacin alguna. En los depsitos industriales, las mercancas de propiedad del concesionario, se almacenan para su transformacin.Almacenes Libres y Especiales.- Rgimen liberatorio que permite, en puertos y aeropuertos internacionales, el almacenamiento y venta a pasajeros que salen del pas, de mercancas nacionales o extranjeras, exentas del pago de impuestos. Bajo el rgimen de admisin temporal, podrn habilitarse almacenes especiales de mercancas, destinadas al aprovisionamiento, reparacin y mantenimiento de naves, aeronaves y vehculos de transporte terrestre, internacionales.Reposicin con Franquicia Arancelaria.- Rgimen compensatorio por el cual se permite importar mercancas idnticas o equivalentes, sin el pago de impuestos, en reposicin de las importadas a consumo, que retornan al exterior despus de haber sido sometidas a un proceso de transformacin en el pas, o se utilizaron para producir, acondicionar o envasar mercancas que se exportaron.Zona Franca.- Rgimen liberatorio que, por el principio de extraterritorialidad, permite el ingreso de mercancas libres del pago de impuestos, a espacios autorizados y delimitados del territorio nacional. Las mercancas ingresadas a zona franca no estn sujetas al control de la administracin aduanera. Las zonas francas son: Comerciales, aquellas en la cuales las mercancas admitidas permanecen sin transformacin alguna, en espera de su destino ulterior. Industriales, aquellas en que las mercancas se admiten para someterlas a operaciones autorizadas de transformacin y perfeccionamiento, en espera de su destino ulterior.Maquila.- Rgimen suspensivo del pago de impuestos que permite el ingreso de mercancas por un plazo determinado para luego de un proceso de transformacin ser reexportadas.Ferias Internacionales.- Rgimen especial aduanero por el cual se autoriza el ingreso de mercancas de permitida importacin con suspensin del pago de tributos, por un tiempo determinado, destinadas a exhibicin en recintos previamente autorizados, as como de mercancas importadas a consumo con fine sde degustacin, promocin y decoracin, libre del pago de impuestos, previo el cumplimiento de los requisitos y formalidades sealadas en el reglamento.

PROCEDIMIENTOS ESPECIALESEfectos Personales de Viajero.- Todo viajero mayor de edad que ingrese por las salas internacionales de viajeros de los aeropuertos del Ecuador deber llenar correctamente la Declaracin Aduanera Simplificada de Viajeros (DAS-V) y presentarla ante los funcionarios de aduana. La entrega de este documento es personal y nadie podr entregarla al funcionario aduanero a nombre de un tercero.Todo equipaje, con su respectiva taquilla, deber verificarse a travs del sistema de rayos X o similares, incluyendo bolsos de manos y abrigos. Luego de realizada esta verifiacion de considerarlo necesario, los

funcionarios de aduna podrn realizar una inspeccin fsica en presencia del viajero, sin perjuicio del actor de aforo.En el caso que los viajeros que arriban al pas traiga como parte de su equipaje bienes tributables por un valor superior a $ 2000, no podrn nacionalizarlos en la sala internacional de pasajeros, debiendo ser trasladados inmediatamente al almacn temporal de turno, a la espera del cumplimiento de las formalidades aduaneras. Como excepcin , se estipula que cuando la totalidad de la mercanca tributable encontrada dentro del equipaje de un viajero este constituida por un solo bien tributable, cuyo valor unitario supere los $ 2000, esta podr ser despachada y liquidada por la sala internacional de viajeros.Menaje de casa y equipos de trabajo.- Menaje de casa, es el conjunto de mercancas nuevas o usadas, de uso domestico, de propiedad del viajero o de la unidad familiar viajera, que se importe con motivo de cambio de domicilio permanente, siempre que por su cantidad no sea considerada destinada al comercio.Se considera como parte del menaje de casa todos los elementos de usos cotidiano en una familia, tales como electrodomsticos, ropa de vestir, elementos de bao, cocina, muebles de comedor, sala y dormitorios, enseres del hogar, computadora, adornos cuadros y dems elementos propios del lugar donde una persona habita en forma permanente.Se considera tambien parte del menaje de casa hasta un vehculo automotor de uso familiar o una motocicleta, de un valor EXW de hasta $20000 y con un cilindraje no mayor a tres mil centmetros cbicos, siempre que su ao de fabricacin corresponda a los ltimos cuatros aos, incluido el ao mismo de la importacin. Para poder importar el vehculo automotor como menaje de casa, este debe haber sido embarcado conjuntamente con los otros bienes o unidades de carga que conforman el menaje de casa.Equipo de trabajo se considera al conjunto de utensilios, instrumentos y/o equipos profesionales, nuevos, usados, vinculados o no a la actividad, profesin, arte u oficio del viajero, necesarios para emprender una actividad productiva en el pas. Los equipos de trabajo son un conjunto que no necesariamente debe ser porttil, por lo tanto pueden ser herramientas de trabajo estacionarias o fijas que son susceptibles de ser desarmadas o desmontadas, instrumentos, estructuras, maquinas o maquinarias.Trafico postal internacional y correos rpidos o courrier.- La importacin a consumo de los envos o paquetes postales, cuyo valor no exceda del lmite, transportados por cualquier clase de correo, incluidos los denominados correos rpidos, se despachara por la aduana mediante formalidades simplificadas. Los envos o paquetes que excedan el lmite establecido, se sujetaran a las normas aduaneras generales.

COMO REDUCIR TIEMPOS EN EL PROCESO DE DESPACHO

El Servicios Nacional de Aduanas (SENAE), recuerda a todos los Operadores de Comercio Exterior que para la reduccin de tiempos de despacho se encuentra disponible el proceso de DESPACHO ANTICIPADO, que permite al importador ahorrar costos y reducir el tiempo de desaduanizacin de mercancas en ms de un 70%.

Qu es DESPACHO ANTICIPADO?Es un mecanismo a travs del cual el importador puede disponer de sus mercancas en un menor tiempo, toda vez, que puede iniciar el proceso de entrega de documentos y pago de tributos sin esperar que la mercanca llegue al pas, disminuyendo sus tiempos de desaduanizacin en alrededor de 8 das.Cmo se utiliza el DESPACHO ANTICIPADO?1. Debe haber la transmisin de la informacin por parte del medio de transporte o del Agente de carga, a la Corporacin Aduanera Ecuatoriana a travs del SICE.2. Entrega de documentos de importacin, por parte del importador al Agente de Aduanas.3. Envo electrnico de la declaracin aduanera, por parte del agente de aduanas a la Corporacin Aduanera Ecuatoriana.4. Presentar la declaracin aduanera en las oficinas de la Corporacin Aduanera Ecuatoriana, por parte del agente aduanas.5. Pago de tributos al Comercio Exterior por parte del importador a la CAE.NOTA: En casos en que se encontrara novedades producto del aforo, se emitir una liquidacin complementaria, previo al retiro de las mercancas de la zona primaria aduanera.6. Retiro de mercancas.Este mtodo est disponible para su uso en las aduanas: Martimas, Areas (Quito, Latacunga y Guayaquil), y en las aduanas terrestres de Tulcn y Huaquillas. Para el xito del uso del despacho anticipado es imprescindible que el importador se involucre en el proceso de desaduanizacin de mercancas importadas:

OTRA FORMA DE REDUCIR TIEMPOS:

PAGO ELECTRONICO: Este proceso tambin amerita que el importador se involucre directamente paraque sea exitoso.Desde su oficina y en pocos minutos, el importador puede realizar los pagos de tributos al comercio exterior, ingresando a la pgina Web de los bancos corresponsales:

BOLIVARIANO PACIFICO GUAYAQUIL - PRODUBANCO - PICHINCHA - DEL AUSTRO - INTERNACIONAL

La administracin del Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador, contina trabajando a nivel nacional, para brindar el soporte, la atencin y asesora necesaria que permita optimizar el proceso de desaduanizacin de mercancas importadas; de esta forma, el importador ahorra tiempo y dinero, y la CAE sigue avanzando en convertirse en una aduana moderna y eficaz al servicio del comercio exterior y del pas y por ello invita a todos los USUARIOS DE COMERCIO EXTERIOR a hacer uso de los servicios aduaneros aqu mencionados y beneficiarse de las ventajas que el uso de estos servicios ofrecen. Nmina de Subpartidas Arancelarias de Prohibida Importacin,De conformidad con el Anexo 2 de la presente resolucin.La presente resolucin fue adoptada por el COMEXI en sesin llevada a cabo el 29 de octubre del 2008 yentrar en vigencia a partir de su publicacin en el Registro Oficial.

MANUAL DE EXPORTACIONES E IMPORTACIONESPOR: PABLO JERVESCONCEPTO DE EXPORTACIONA las exportaciones se las puede definir como la venta de bienes y servicios de unpas al extranjero; es de uso comn denominar as a todos los ingresos que recibeun pas por concepto de venta de bienes y servicios, sean estos tangibles ointangibles. Los servicios tangibles corresponden generalmente a los servicios nofactoriales tales como, servicios por transformacin, transportes diversos, fletes yseguros; y los intangibles corresponden a los servicios, como servicios financierosque comprenden utilidades, intereses, comisiones y algunos servicios nofinancieros. Salida de mercancas y de otros bienes, por la frontera aduanera deun pas, incluidas las compras directas en el interior del pas, efectuadas por lasorganizaciones extraterritoriales y las personas no residentes.CONCEPTO DE IMPORTACIONBajo concepto de importacin debe entenderse la accin de ingresar bienes y/omercaderas procedentes de otros pases con distintos fines, (comerciales,particulares, etc.) necesarios para el desarrollo industrial de un pas o personal delos ciudadanos de ese pas. tambin con fines comunitarios y de ayuda antecatstrofes naturales o guerras.COMO SABER SI ESTOY LISTO PARA EXPORTAR?Para saber si estoy listo para expandir mi mercando a travs de las exportacionesdebemos realizarnos y contestar las siguientes preguntas.Qu es lo que quiere obtener mi empresa al exportar?Qu tanto demandara la exportacin de los recursos claves en mi empresa:Administracin, personal, capacidad de produccin y financiamiento?Cmo afrontara mi empresa esta demanda?Valdr la pena la inversin requerida para los beneficios esperados?MARCO JURIDICO DE EXPORTACIONES EIMPORTACIONESAl momento de realizar cualquier exportacin o importacin se deben tener encuanta los siguientes mbitos:-Lasleyesdeexportacioneseimportacionesdelpas-Losreglamentosdelaorganizacinencargadadeexportacionesoimportaciones ( En Ecuador es laCAE)-Los tratadosinternacionales decomercioconel pasa donde vamosaexportar o importar, por ejemplo laCAN-Las normasde regularizacindelpasalcualvamosa exportar,porejemplo normas sanitarias-Los planesdeGobierno del pasalcualse exportaodel cualseimporta,por ejemplo Plan Nacional de Desarrollo del 2010-Losdecretosejecutivosimpulsadosporelgobierno-Losacuerdosconlossectorescomerciales.REQUISITOS PREVIOS A LA EXPORTACIONPara comenzar una exportacin sea cual fuere el producto hay tomar en consideracin los siguientes puntos que se detallaran a continuacin:Segunda Fase.- Con la documentacin aprobada se realizar la exportacin definitiva y se regresa al mismo departamento, incluyendo el documento de embarque (conocimiento de embarque, gua area o carta porte) con cuatro copias certificadas. El Departamento de Exportaciones procede a comprobar la informacin de la Declaracin Aduanera nica de Exportacin o Formulario nico de Exportacin (F.U.E.), comparndola con los datos de factura comercial y los datos de documento de embarque, luego de lo cual realiza la aprobacin y cancelacin definitiva de la Declaracin Aduanera nica de Exportacin o Formulario nico de Exportacin (F.U.E.), con el refrendo de la aduana y se entrega al exportador la copia correspondiente de la Declaracin Aduanera nica de Exportacin o Formulario nico de Exportacin (F.U.E.).Es necesario indicarque ciertos productos exportables, por su naturaleza, necesitan de autorizacin previa o estn sujetos a cuotas u otros mecanismos; lo que el usuario, previo a realizar una exportacin, debe conocer si su mercanca tiene que cumplir estos requerimientos.REQUISITOS PREVIOS A LA IMPORTACINAntes de importar debe realizar los siguientes pasos: Obtencin del Registro nico de Contribuyente (RUC) que expide el Servicio de Rentas Internas (SRI). Registr como importador ante la Aduana del Ecuador, ingresando en la pgina: www.aduana.gob.ec, link: OCEs (Operadores deComercio Exterior), men: Registro de Datos. Una vez aprobado su registro, usted podr acceder a los servicios que le brinda el Sistema Interactivo deComercio Exterior (SICE).Dentro del SICE, registre su firma autorizada para la Declaracin Andina de Valor(DAV), opcin: Administracin, Modificacin de Datos Generales. Una vez realizados los pasos anteriores, ya se encuentra habilitado para realizaruna importacin; sin embargo, es necesario determinar que el tipo de producto a importar cumpla con los requisitos de Ley. Esta informacin se encuentra establecida en las Resoluciones N. 182, 183, 184 y 364 del Consejo de Comercio Exterior e Inversiones (COMEXI), www.comexi.gov.ec, link: Resoluciones. Buscar la asesora y servicios de un Agente de Aduana de su confianza, quien realizar los trmites de desaduanizacin de sus mercancas. El listado deAgentes de Aduana autorizados se encuentra en la pgina web de la aduana: www.aduana.gob.ec

TRAMITE DE IMPORTACINEl Agente de Aduana debe realizar la Declaracin Aduanera nica (DAU); enviarla electrnicamente a travs del SICE, y presentarla fsicamente en el Distrito de llegada de las mercancas; adjuntando los siguientes documentos exigidos por la Ley Orgnica de Aduanas (LOA):-OriginalocopianegociabledelDocumentodeTransporte.- Factura Comercial.-DeclaracinAndinadeValor(DAV).- Plizadeseguro. Dependiendo del tipo de producto a importar, tambin se requerir. (Verifique la partida ingresando al SICE):- Certificados de Origen de los pases con los que el Ecuador mantiene acuerdos comerciales. En caso de no presentar dicho certificado el producto no podr acogerse a la liberacin arancelaria.-Documentosde Control Previo (puede ser al embarque o a la presentacin de la declaracin aduanera), exigidos por regulaciones del COMEXI y/o del Directorio de la Aduana del Ecuador.UnavezaceptadalatransmisinelectrnicadelaDeclaracinAduaneranica (DAU) en el SICE, se determinar el canal de aforo mediante la aplicacin de criterios de anlisis de riesgo; pudiendo ser este: fsico, documental, o automtico-Segn laLOA:Enlasimportaciones,ladeclaracin sepresentarenlaAduana de destino, desde 7 das antes, hasta 15 das hbiles siguientes a la llegada de las mercancas. De no presentar la DAU dentro de este plazo, sus mercancas caern en abandono tcito.-Paraaminorareltiempodedesaduanizacindesusmercancas,serecomienda hacer uso del Despacho Anticipado.

IMPUESTOS A LAS IMPORTACIONESEl valorCIF de su mercanca, es la base imponible para el clculo de los impuestos y comprende la suma de los siguientes valores. PRECIO FOB* (Valor soportado con facturas) +FLETE (Valor deltransporteinternacional)+SEGURO (Valor de la prima) =TOTAL: CIF Una vez obtenido el valorCIF, podr hacer el clculo de los siguientes impuestos:

ADVALOREM(Arancel Cobrado a las Mercancas).- Impuesto administrado porla Aduana del Ecuador, es un porcentaje variable sobre el valorCIF, segn el tipo de mercanca.

FODINFA(Fondo de Desarrollo para la Infancia).- Impuesto que administra el INFA.0.5%delvalorCIF.

FOB "FREE ON BOARD" (franco a bordo).El vendedor tiene la obligacin de cargar la mercanca a bordo del buque en elpuerto de embarque especificado en el contrato de venta. El comprador seleccionael buque y paga el flete martimo. La transferencia de riesgos y gastos se producecuando la mercanca rebasa la borda del buque. El vendedor se encarga de lostrmites para la exportacin.Tambin veremos que significa las siglas de el resto de incoterms:FCA "FREECARRIER" (franco transportista).FAS "FREE ALONGSIDE SHIP" (franco al costado del buque).CFR "COST AND FREIGHT" (coste y flete).CIF "COST, INSURANCE AND FREIGHT" (coste, seguro y flete).CPT "CARRIAGE PAID TO" (transporte pagado hasta)CIP "CARRIAGE AND INSURANCE PAID TO" (transporte y seguros pagadoshasta)DAT DELIVERED AT TERMINAL (entregado en la terminal)DAP "DELIVERED AT PLACE" (entregado en un punto convenido).DDP "DELIVERED DUTY PAID" (entregado con pago de derechos)MEDIOS DE PAGO INTERNACIONALSu finalidad es facilitar el comercio externo e interno, eliminando la desconfianzaque pudiera existir entre compradores y vendedores.En las primeras operaciones de exportacin que realizan las empresas, por logeneral se busca la seguridad de cobro de la operacin. Para asegurarse el cobrode una operacin se recurre generalmente al instrumento de pago denominadoCarta deCrdito.Este instrumento asegura al exportador la percepcin del importe facturado ya queesta operacin cuenta con la intervencin y el respaldo de dos bancos, uno seencuentra en el pas del exportador y otro en el pas del importador.Adems de la seguridad en el cobro, el exportador tiene como obligacin emitir losdocumentos de embarque de acuerdo a lo indicado en laCarta deCrdito, de locontrario esto generara las llamadas discrepancias las cuales implican mayorcosto de la operacin.COBRANZA DE EXPORTACINSu operatoria es ms simple que la deCarta deCrdito, ya que el exportador sepresenta en un banco de plaza con:-Losdocumentosdeembarquey-GestionalaaperturadeunaCobranza.Los bancos intervinientes no tienen la obligacin de respaldar el pago ya que suresponsabilidad se limita a enviar los documentos, recibir el importe de laoperacin (procedimiento a cargo del banco del exportador), entregar losdocumentos y girar el dinero pagado por el importador (procedimiento a cargo delbanco del importador).El costo de laCobranza es inferior al de la carta de crdito y su operatoria es masgil. Si el importador no hace efectivo el pago de la operacin, el exportador nopuede reclamar al banco, dado que ste es slo un intermediario.LaCobranza Documentaria es utilizada cuando existe una relacin comercial deconfianza entre el exportador y el importadorCOSTEO DE LA EXPORTACIN EIMPORTACINEs muy importante que en unmanual de exportaciones tengamos un costeo en elcual tengamos identificados claramente los distintos costos que podemos irobteniendo de acuerdo a nuestras exportaciones y que se nos va hacer tannecesario para as no tener problemas o confusiones con los costos.La persona que va a exportar tiene que tener claro los costos ya sea deelaboracin o fabricacin del producto, y por otro lado analizar los costos que sedan por la exportacin.Costos que deben siempre ser detallados en un manual para el fcil entendimientoy as no cometer errores al momento de negociar sobre algn producto en elextranjero o exportar cualquier tipo de producto.Divisin del costeo: es importante establecer una divisin al momento deestablecer o analizar un costeo por lo tanto el costeo debe ser dividido en dospartes; la primera que debe constar costos de produccin o elaboracin y lasegunda parte que debe constar de los costos de la exportacin propia mentedicha, estos costos mencionados se detallan a continuacin:1)COSTOS DE PRODUCCION / ELABORACIONEsta parte del costeo es muy importante para saber los montos o gastos que sedieron en cualquier producto, hay q aclarar q estos costos se establecen antes dela exportacin y son los siguientes:-NSUMOSNACIONALES-INSUMOSIMPORTADOS-GASTOSGRALESDEELABORACION-MANODEOBRA-MOVIMIENTOYALAMCENAJE DE PRODUCTO-FOLLETOSYCATALOGO

2)COSTOS DE EXPORTACIONEs la segunda parte del costeo que es necesaria por su importancia en la cual sedetallaran los costos sobre todo los pasos que se dan durante una exportacin, loscuales deben ser detenidamente observados para asi tener una una idea exactasobre estos costos.Para obtener dicha idea exacta debemos seguir los siguientes:- DESADUANIZACION-ACONDICIONAMIENTO- EMBALAJES-GASTOSADMINISTRATIVOS-MOVIMIENTOSYFLETESINTERNOS-SEGUROSNACIONALES- ALMECENAJES YCUSTODIAS- DESPACHO-GASTOSDECONTROL-GASTOSDEESTIBAJE-GASTOSDE MOV.ENPUERTO-GASTOSYCOMISIONES BANCARIAS-POLIZASDESEGURO- DERECHOS DE EXPORTACIN- OTROSMARKETING INTERNACIONALComo su nombre lo indica, es la mezcla de ciertos elementos que son realmentenecesarios para una exitosa planificacin y promocin en el extranjero, estoselementos son los siguientes:- Precio- Producto- Plaza- PromocinA continuacin explicaremos en que se basan cada uno de estos elementos:1.PRODUCTO.-Al hablar de producto tenemos que tomar en cuenta que puedeser tangible o intangible quepuede ser tratado de introducir aen un mercadoparasu consumo o adquisicin as pudiendo satisfacer un deseo o necesidad.Tenemos que tomar en cuenta que puede llamarse producto a objetos materialeso bienes, servicios, personas, lugares, organizaciones o ideas.Un producto tiene un ciclo de vida que comprende distintas fases que acontinuacin enumeraremos. Las fases del ciclo de vida de un producto son:- Lanzamiento-Crecimiento- Madurez- Declive2.PRECIO:Para establecer un precio tiene que haber previamente unainvestigacin de mercado con la cual nos ayudara para definir el precio que va atener un producto al introducirse en un mercado, el precio obviamente tiene ser nimuy elevado ni muy bajo sino un precio competitivo con los dems productos.Hay que destacar que el precio es el nico elemento del mix de Marketing queproporciona ingresos, pues los otros componentes nicamente producen costos.3.PLAZA:como plaza entendemos como en ellugar se va acomercializar elproducto o el servicio que se le ofrece, este elemento es muy importante yaqueas podemos asegurar que nuestro producto sea accesible para el consumidor.Debe haber un manejo efectivodel canal de distribucin, y aslograr que elproducto llegue al lugar adecuado, en el momento adecuado y en las condicionesadecuadas.Inicialmente, dependa de los fabricantes y ahora depende de ella misma.4.PROMOCION:Es la parte en la cual nos encargamos de comunicar, informar,persuadir al cliente u otros interesados sobre nuestra empresa y sobre el productoque ofrecemos.(Cmo es la empresa=comunicacin activa; cmo se percibe laempresa=comunicacin pasiva).La mezcla de promocin est constituida por promocin de ventas, fuerzade venta o venta personal, publicidad, relaciones pblicas.CONCLUSIONDespus de realizar el presente manual podemos darnos cuenta que es necesariotener totalmente claro todos los conceptos y aspectos que regulan el comerciointernacional para poder realizar tanto una exportacincomo una importacin, yes importante tambin seguir todos los pasos en orden para que la exportacin ola importacin resulte exitosa, en el presente manual hemos detallado uno por unotodos los paso que deben seguirse y tambin hemos desarrollado algunosaspectos importantes que se deben realizar como el costeo y el anlisis delmarketing, asi como tambin hemos detallado los incoterms que a la larga definenquien asumir la responsabilidad, el exportador o el importador.BIBLIOGRAFIA-Cmo Investigar Mercados de Exportacin? /CORPEI-www.aduana.gov.ec-Incoterms2010

Clasificacin de las reglas Incoterms 2010Reglas para cualquier modo o modos de transporte EXW (En Fbrica) FCA (Franco Porteador) CPT (Transporte Pagado Hasta) CIP (Transporte y Seguro Pagado Hasta) DAT (Entregada en Terminal) DAP (Entregada en Lugar) DDP (Entregada Derechos Pagados)Reglas para transporte martimo y vas navegables interiores FAS (Franco al Costado del Buque) FOB (Franco a Bordo) CFR (Costo y Flete) CIF (Costo, Seguro y Flete)

Nota: Las modalidades de transporte a las que hace referencia el grfico comprende dos divisiones: Martimo: El cual se refiere nicamente al transporte por mar o vas navegables. Polivalente: El cual refiere a los diversos medios de tansporte, tal como areo, terrestre o martimo.