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GUÍA NIVELATORIA DE FORMACIÓN PARA ASESORES EN EMPRENDIMIENTO DEL SENA Una mirada detallada a los diferentes niveles de la creación y operación de una empresa tanto interna como externamente De manera agradable y en un lenguaje claro, esta guía es un documento que sirve para orientar a todas aquellas personas que se están iniciando en el mundo del emprendimiento o que ya han incursionado en él. Convirtiéndose en una herramienta que orienta y entrega elementos conceptuales, ofrece ejemplos, y plantea estrategias que permiten lograr los objetivos de estos nuevos emprendimientos. Enero de 2010

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GUÍA NIVELATORIA DE FORMACIÓN PARA ASESORES EN EMPRENDIMIENTO DEL SENA Una mirada detallada a los diferentes niveles de la creación y operación de una empresa tanto interna como externamente De manera agradable y en un lenguaje claro, esta guía es un documento que sirve para orientar a todas aquellas personas que se están iniciando en el mundo del emprendimiento o que ya han incursionado en él. Convirtiéndose en una herramienta que orienta y entrega elementos conceptuales, ofrece ejemplos, y plantea estrategias que permiten lograr los objetivos de estos nuevos emprendimientos. Enero de 2010

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TABLA DE CONTENIDO

INTRODUCCIÓN

CAPITULO I 14

Generalidades sobre la empresa

El comerciante 14

¿Qué se entiende por actividad mercantil? 14

Entendemos por empresa 16

Entendemos por establecimiento de comercio 16

Diferencia entre una empresa y un establecimiento

de comercio 17

¿Está protegida la libertad de empresa? 17

¿Quiénes pueden constituir empresa? 17

Razones para constituir una empresa 18

¿Por qué las empresas deben constituirse y operar conforme a la ley? 18

Clasificación de las empresas 19

Clasificación de los empresarios 20

Ventajas y desventajas de ser un empresario individual 21

Ventajas y desventajas de ser un empresario social o societario 21

¿Cómo se identifican los empresarios y los establecimientos de

comercio? 22

CAPÍTULO II 23

Constitución de empresas

¿Cómo se constituye una empresa individual? 23

Las sociedades comerciales 24

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¿Cómo decidir qué tipo de sociedad comercial Ie conviene? 25

Diferentes clases de sociedades comerciales

(cuadros comparativos) 26

Minuta para la constitución de una sociedad colectiva 41

Minuta para la constitución de una sociedad en comandita simple 53

Minuta para la constitución de una sociedad anónima 65

Minuta para la constitución de una sociedad en comandita

por acciones 98

Minuta para la constitución de una sociedad limitada 118

Minuta para la constitución de una empresa unipersonal 131

Causales de disolución de las sociedades comerciales 135

CAPITULO III 137

Establecimientos de comercio

¿Cómo está conformado un establecimiento de comercio? 137

Requisitos que debe cumplir todo establecimiento de comercio para

ser abierto al público 138

¿Pueden las autoridades exigir licencia de apertura o funcionamiento

de un establecimiento de comercio? 139

El concepto técnico de bomberos 139

El paz y salvo de Sayco - Acinpro 141

Requisitos que se exigen a los establecimientos para garantizar la

seguridad y salubridad pública 141

¿Cómo protege la ley a los empresarios cuyos establecimientos 142

funcionan en locales arrendados?

¿Qué reglas prevé la ley para la venta de establecimientos? 144

CAPITULO IV 146

Obligaciones de los empresarios

Clasificación de las obligaciones de los empresarios 146

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Cuadro sinóptico. Resumen de las obligaciones de los empresarios 146

Obligaciones mercantiles de los empresarios 148

El registro mercantil 148

¿Qué entidad lleva el registro mercantil? 149

Las cámaras de comercio 149

¿Qué personas y actos están sujetos a registro mercantil? 150

¿Es obligación inscribirse en el registro mercantil? 151

Pasos para matricularse en el registro mercantil 151

¿Debe renovarse la matrícula periódicamente? 153

¿A qué sanción se hace acreedor quien ejerza profesionalmente el

comercio sin estar inscrito? 153

¿Por qué debe mantenerse vigente la matrícula mercantil? 153

El registro único de proponentes 154

El registro único empresarial 155

¿Cuál es la entidad del Estado encargada de regular la

organización y funcionamiento del registro único empresarial? 155

¿Cuándo entró a operar plenamente el nuevo sistema? 156

Formulario del registro único empresarial 157

Instrucciones para el diligenciamiento del registro único empresarial 158

Anexo matrícula mercantil o renovación de personas naturales,

sociedades, establecimientos de comercio, sucursales o agencias

y empresas asociativas de trabajo 159

Instrucciones para diligenciar el anexo de matrícula mercantil o

renovación de personas naturales, sociedades, establecimientos

de comercio, sucursales o agencias y empresas asociativas de trabajo 160

OBLIGACIONES MERCANTILES DE LOS EMPRESARIOS 168

Inscribir en el registro mercantil todos los actos, libros

y documentos

¿Qué libros de comercio deben llevar los comerciantes? 168

¿Qué libros de contabilidad deben inscribir los empresarios persona

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natural o persona jurídica? 168

¿Los libros auxiliares de contabilidad requieren de su inscripción en

el registro mercantil? 169

¿Cuándo es procedente el registro de las actas de juntas directivas y

de socios? 169

¿Deben las sucursales registrar sus libros de contabilidad en forma

independiente de los de la principal? 170

Pasos a seguir en la inscripción de libros ante la Cámara de Comercio 170

¿Cuándo se termina un libro registrado, cuáles son los requisitos para

registrar un libro nuevo? 171

¿Qué debe hacerse en caso de pérdida de libros? 171

Requisitos adicionales para la inscripción de libros 171

Formato para la inscripción de libros de contabilidad en la Cámara de 173

comercio

¿Cómo debe diligenciarse el formato para la inscripción de libros de 174

contabilidad?

¿Cuál es el plazo máximo para reclamar los libros? 175

¿Qué aspectos deben verificarse cuando se reclaman los libros? 175

¿Existe alguna oportunidad para efectuar el registro de libros de 175

contabilidad?

¿Los libros no registrados tienen algún valor probatorio? 176

¿Cuál es la sanción tributaria por no registrar los libros de

contabilidad? 176

¿Cómo se inscriben los actos, contratos y documentos? 177

¿Qué derechos se causan por el registro, renovación, cancelación y

mutación de la matricula mercantil, inscripción de libros y documentos

y registro de proponentes? 178

Llevar la contabilidad de los negocios conforme a las exigencias

legales

Aspectos generales de la contabilidad de los

comerciantes 185

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¿Qué es contabilidad? 185

Elementos básicos de la contabilidad como

sistema de información 185

Importancia de la contabilidad 185

Objetivos básicos de la información contable 186

¿Cuál es el concepto de doble contabilidad? 186

¿Qué cualidades debe reunir la información contable? 187

Clasificación de la contabilidad 188

¿Cómo puede clasificarse la contabilidad atendiendo sus bases 188

comprensivas?

Contabilidad financiera 189

Marco legal que sustenta la contabilidad financiera en Colombia 189

¿Cuál es el debate actual en relación con los estándares 190

internacionales de contabilidad?

¿Existen estándares contables para las pymes en el ámbito

internacional? 191

¿Los comerciantes están obligados a llevar contabilidad? 193

¿Cómo pueden llevar la contabilidad los comerciantes? 193

Aspectos específicos de la contabilidad de los comerciantes 193

¿Cuáles son los términos básicos del sistema de información contable? 193

Contabilidad de caja 196

Contabilidad por causación 196

¿Para qué sirve la contabilidad por causación? 196

Periodo contable 196

Ciclo contable 197

Fases del ciclo contable 197

Importancia de los soportes contables 198

Modelos de algunos soportes contables 199

¿Qué son los comprobantes de contabilidad? 206

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Modelo de comprobante de contabilidad 207

Libros de contabilidad 208

¿Qué libros de contabilidad están obligados a llevar los comerciantes? 208

¿Cuáles libros de contabilidad están obligados a llevar las

microempresas, y cuáles deben registrar y autenticar? 209

¿Cuáles libros de contabilidad están exceptuados de llevar

las empresas unipersonales y las personas naturales

organizadas como microempresas? 209

¿EI libro de registro auxiliar de transacciones individuales debe ser

reconocido y autenticado por el contador público y por el revisor fiscal? 209

¿Cuándo se considera que existe atraso en la contabilidad? 210

Prohibiciones con respecto a los libros 210

Hechos irregulares de la contabilidad que son susceptibles de

sanción 211

Sanciones por irregularidades en los libros de contabilidad 211

¿Qué errores se presentan en los libros y cómo se corrigen? 212

¿Dónde y cómo se practica la exhibición de libros? 212

Condiciones para la conservación de los

mensajes de datos y documentos 213

¿Durante cuánto tiempo deben conservarse los libros y documentos

contables? 214

¿En las sociedades en liquidación, cuánto tiempo se deben

Conservar los libros? 215

¿En qué medios deben conservarse los libros de contabilidad? 215

¿Se puede prescindir de la obligación de llevar los libros de

contabilidad en papel, cuando estos requieren ser registrados? 215

¿Qué se debe hacer en los casos de pérdida de libros y papeles de

contabilidad? 216

¿Para efectos mercantiles y civiles, qué valor probatorio tienen

los libros de contabilidad? 217

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[email protected]

¿Para efectos tributarios, qué valor probatorio tienen los libros de

contabilidad? 217

¿Qué hechos relacionados con libros de contabilidad certifica el 218

contador público en las declaraciones tributarias?

Estados financieros 218

¿Qué son los estados financieros? 218

Clasificación de los estados financieros 219

¿Qué implica la certificación de un estado financiero? 220

Significado del dictamen en un estado financiero 220

¿Cuáles estados financieros básicos deben llevar las

microempresas? 220

Elementos de los estados financieros 221

Balance general 222

Estructura del balance general 222

Formas de presentación del balance general 224

Modelo de balance general 225

Importancia del estado de resultados 226

Modelo de estado de resultados 227

Estado de flujos de efectivo 228

Modelo de estado de flujos de efectivo 229

El estado de cambios en el patrimonio 230

Modelo de estado de cambios en el patrimonio 230

El estado de cambios en la situación financiera 232

Modelo de estado de cambios en la situación financiera 233

¿Qué son las notas a los estados financieros? 235

Ejemplo de nota a los estados financieros 236

¿Qué otra información deben presentar los administradores a la 238

junta de socios o asamblea general?

Razones o indicadores financieros 240

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Abstenerse de ejecutar actos de competencia desleal 241

Obligaciones laborales de los empresarios 243

Elaborar y suscribir contratos de trabajo 243

El contrato de trabajo 243

¿Los contratos por prestación de servicios profesionales son

contratos de trabajo? 244

¿Cómo pueden ser los contratos de trabajo por la forma? 244

¿Cómo pueden ser los contratos de trabajo por la duración? 245

Terminación del contrato de trabajo 246

Acoso laboral 249

¿Se puede despedir a una mujer embarazada? 252

Despido sin justa causa o con indemnización 253

Indemnización moratoria o salarios caídos 255

¿Qué actuaciones deben realizarse al terminar un contrato de

trabajo? 255

Reglamento interno de trabajo 256

Modelo del reglamento interno de trabajo 256

Reglamento de higiene y seguridad industrial 288

Modelo para la elaboración del reglamento de higiene y

seguridad industrial 289

Minuta de contrato de prestación de servicios profesionales

e independientes 292

¿Qué empresas están obligadas a pagar la prima de servicios? 295

Calzado y vestido de labor 296

Auxilio de cesantía 297

Vacaciones 300

Auxilio de transporte 301

Obligaciones laborales periódicas de los empresarios 301

Aportes parafiscales de los empresarios 301

Afiliación y aportes a la seguridad social 304

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Afiliación al sistema general de pensiones 305

Afiliación al sistema general de salud 306

Afiliación al sistema general de riesgos profesionales 307

Obligación de deducir y retener ingresos de asalariados 308

Obligación de informar 309

Obligaciones tributarias de los empresarios 310

Inscribirse en el RUT y obtener el NIT 310

Formulario del RUT 315

Registrarse como responsable del impuesto de renta 316

Principales diferencias del régimen tributario

especial con el régimen tributario general 318

Registrarse como responsable del impuesto del IVA 320

Libro fiscal de operaciones diarias 322

¿Qué es facturar? 323

Inscribirse como agente retenedor 326

Declarar y pagar el impuesto de timbre 328

Obligaciones del agente retenedor 329

Presentar las declaraciones del impuesto de renta, IVA y

retención en la fuente 329

Pagar los impuestos a cargo 331

Responder las solicitudes de información que requiera la DIAN 332

Informar el cambio de dirección fiscal y la actividad económica 333

Deber de informar de los propietarios de páginas web y sitios

de internet 334

Declarar y pagar los impuestos municipales y/o distritales 334

CAPITULO V

Soluciones a disposición de los Empresarios 336

Outsourcing 336

Crédito para la pequeña empresa 336

¿Qué es Bancoldex? 339

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Sistema Nacional de Mipyme 341

¿En qué consisten los sistemas de información de apoyo a 354

las Mipymes?

¿Qué servicio presta el SINA a las Mipymes? 354

¿Están incorporadas las Mipymes al Sistema Nacional de 355

Ciencia y Tecnología y Red de Centros de Desarrollo Tecnológico?

CAPITULO VII

Exportación de productos 356

¿Cómo ofrecer sus productos al exterior? 357

Modalidades de exportación 361

¿Cuándo procede la inspección aduanera de la mercancía? 364

CAPÍTULO VIII

Estrategias para negociar, administrar el tiempo y tomar

decisiones 376

¿En qué consiste el arte de negociar? 376

¿Cómo se cierra una negociación? 380

¿Cómo lograr una buena administración del tiempo? 381

¿Cómo planificar el tiempo? 383

¿Qué situaciones generan pérdida de tiempo? 387

¿Cómo tomar decisiones qué mejoren la productividad? 389

¿Cuáles métodos se aplican? 391

¿Cómo tomar una decisión? 392

¿Cuáles son los métodos analíticos para alcanzar una

decisión empresarial? 393

¿Cómo se ejecuta una decisión? 395

Referencias 397

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INTRODUCCIÓN

Uno de los sectores más amplios y en creciente aumento es aquel conformado

por microempresarios y pequeños empresarios que conforman sin lugar a

dudas, uno de los grupos económicos más importantes del país.

De manera agradable y en un lenguaje claro, esta guía es un documento que

sirve para orientar a todas aquellas personas que se están iniciando en el

mundo del emprendimiento o que ya han incursionado en él. Convirtiéndose en

una herramienta que orienta y entrega elementos conceptuales, ofrece

ejemplos, y plantea estrategias que permiten lograr los objetivos de estos

nuevos emprendimientos. Constituyéndose en un manual de gran utilidad que

llena los vacios de información legal que requieren estos empresarios, para

que sus pequeñas empresas funcionen con todos los requisitos legales, ya que

toda empresa, independiente de su tamaño, debe cumplir con unos requisitos

mínimos para que su funcionamiento se enmarque dentro de las exigencias del

estado colombiano y se acomoden a las leyes que rigen a cualquier empresa o

establecimiento de comercio, que se encuentre legalmente constituido.

Cada uno de los capítulos de esta guía está diseñado para ir adentrando al

emprendedor en el mundo de los negocios y de las empresas, el cual cada vez

ofrece nuevas y mayores alternativas.

Elementos legales y jurídicos, soporte técnico y asesorías; son los principales

elementos que componen este documento, el cual permite conocer

generalidades sobre la empresa, entender cómo se constituyen y funcionan las

empresas y conocer todas las implicaciones que crear una empresa conlleva,

desde aspectos como la contratación, el manejo de la información contable y

de los documentos legales, hasta consejos para generar mayores utilidades y

una mayor rentabilidad.

Además, esta guía se constituye en un eficaz compendio con generalidades

sobre la empresa, los empresarios, las estrategias para lograr un buen

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[email protected]

funcionamiento y una mayor rentabilidad en la empresa y a su vez hace un

repaso sobre los deberes y los derechos de los empresarios, cuya información

ha sido retomada de diversas fuentes de alta confiabilidad y gran trayectoria.

Inicia con una tabla de contenido la cual servirá para ubicar fácilmente

cualquiera de los temas e inquietudes que el emprendedor pudiese necesitar.

La información que usted encuentra en esta guía ha sido dividida en ocho

capítulos, siguiendo un orden lógico: capítulo I Generalidades sobre la

empresa; capítulo II Constitución de empresas; capítulo III Establecimientos de

comercio; capítulo IV Obligaciones de los empresarios; capítulo V Ayudas

externas; capítulo VI Vías jurídicas para solucionar la crisis económica de las

empresas; capítulo VII Exportación de productos y el capítulo VIII Estrategias

para negociar, administración del tiempo y toma de decisiones.

De manera progresiva, esta guía, irá adentrando al asesor en emprendimiento

y al empresario en el mundo empresarial, permitiéndole resolver inquietudes y

dudas que irán surgiendo como parte natural de este proceso de crear o

fortalecer empresas, proporcionándole ejemplos sencillos y propios de nuestro

entorno, y mostrándole modelos de los diferentes formatos, contratos y

formularios que son necesarios y que le serán útiles para recordar los deberes

y la periodicidad de las obligaciones de los empresarios.

Actualizada en sus contenidos, al día de hoy, y como resultado de sucesivas

actualizaciones, esta guía recoge una amplia experiencia en información

jurídico - empresarial y se convierte en una herramienta imprescindible para

todos los nuevos empresarios o emprendedores.

De manera especial, esta herramienta busca fomentar en los empresarios una

actitud socialmente responsable y éticamente comprometida con su entorno y

con la sociedad en general.

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GUÍA NIVELATORIA

FORMACIÓN PARA ASESORES EN EMPRENDIMIENTO

CAPITULO I

Generalidades sobre la empresa

El comerciante...

Tal como lo refiere el artículo 10 del Código de Comercio, es aquella persona,

nacional o extranjera, con capacidad legal para ejercer periódica y

profesionalmente las actividades consideradas comerciales o mercantiles; es

decir, aquellas personas naturales o jurídicas y las compañías mercantiles o

industriales, cuya labor está orientada a cumplir la fase comercial comprendida

entre la producción y el consumo de bienes y servicios.

¿Qué se entiende por actividad mercantil?

Es considerada una actividad mercantil toda labor o profesión realizada por las

personas naturales o jurídicas y por las compañías mercantiles o industriales

que participan en el mercado, organizando una serie de medios de producción

de bienes y servicios a cambio de un precio.

El artículo 20 del Código de Comercio, enumera once (11) actividades que la

ley considerada como mercantiles:

1) La adquisición de bienes con la finalidad de venderlos y la venta de los

mismos.

2) La adquisición de bienes muebles con la finalidad de arrendarlos, el

arrendamiento de los mismos y el arrendamiento de toda clase de

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[email protected]

bienes con la finalidad de subarrendarlos y el subarriendo de los

mismos.

3) El recibir dinero en mutuo a interés para darlo en préstamo, así como

dar habitualmente dinero en mutuo a interés.

4) La adquisición, enajenación, prenda, arrendamiento, administración de

establecimientos de comercio y demás operaciones relacionadas con los

mismos.

5) La constitución de sociedades, su administración, así como la

negociación de las partes de interés, cuotas o acciones de las mismas.

6) El giro, otorgamiento, aceptación, garantía, negociación de títulos

valores, así como la compra para reventa o permuta de los mismos.

7) Las operaciones bancarias de bolsa o de martillo, como subastas o

remates.

8) El corretaje, entendido como la comisión otorgada a un intermediario,

agencias de negocios y representación de firmas nacionales y

extranjeras.

9) La explotación y prestación de servicios de puertos, muelles, puentes,

vías y campos de aterrizaje.

10) Las actividades de las siguientes empresas:

a) Empresas de seguros o dedicadas a la actividad aseguradora.

b) Empresas transportadoras de personas o cosas, con ánimo de lucro,

sin importar el medio y la vía utilizada.

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[email protected]

c) Empresas de fabricación, transformación, manufactura y circulación

de bienes.

d) Empresas de depósito de mercaderías, provisiones o suministros; y

expendio de toda clase de bienes.

e) Empresas de espectáculos públicos.

f) Empresas editoriales, litográficas, fotográficas, informativas o de

propaganda.

g) Empresas destinadas a la prestación de servicios.

h) Empresas de obras, construcciones, reparaciones, montajes,

instalaciones y decoraciones.

i) Empresas de explotación y aprovechamiento mercantil de los

recursos naturales.

j) Empresas dedicadas a la compra, venta, administración o custodia

de toda clase de bienes.

k) Empresas de construcción, reparación, compra y venta de vehículos

y accesorios para el transporte terrestre, aéreo o fluvial.

11) Todos los actos y contratos de los comerciantes regulados por la ley

mercantil.

Entendemos por empresa...

La organización de las fuerzas económicas, capital y trabajo, por parte de uno

o varios comerciantes para la producción, transformación y administración de

bienes o prestación de servicios, con el fin de obtener una ganancia. Dicha

actividad se realiza a través de uno o más establecimientos de comercio.

Entendemos por establecimiento de comercio…

Según el artículo 515 de la Ley Comercial, es el conjunto de bienes

organizados por uno o varios empresarios o comerciantes en un lugar

determinado, con el fin de desarrollar una o varias actividades económicas, por

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[email protected]

ejemplo: graneros, tiendas, supermercados, almacenes, bodegas, fábricas,

plantas industriales, factorías. El término se ha ido refinando reconociendo la

entidad jurídica de las mercaderías y la inclusión de la clientela y de la

confianza pública.

Diferencia entre una empresa y un establecimiento de comercio

Los términos establecimiento de comercio y empresa, no deben confundirse.

Tal como lo explica el Código de Comercio en el artículo 515, un

establecimiento de comercio es sólo una parte de la empresa, que se podría

definir como el conjunto de bienes organizados por un empresario o

comerciante para dar cumplimiento a los objetivos de su empresa; es decir, el

establecimiento de comercio es el elemento técnico en el que se desarrolla la

actividad de la empresa”. Mientras que la empresa es esto, más el fin

económico que busca el empresario.

¿Está protegida la libertad de empresa?

La libertad de empresa es un derecho que origina riquezas individuales y

colectivas, dando respuestas a las necesidades de la sociedad. La actividad

económica, la iniciativa privada, la constitución de sucursales, la reducción o

aumento del capital, el nombramiento de representantes, la contratación del

personal, entre otras, son manifestaciones de la libertad de empresa; sin

embargo, la libertad emprendedora está organizada en cumplimiento de

normas decretadas por la ley y para su ejercicio nadie podrá exigir permisos

previos ni requisitos que no estén autorizados por esta.

¿Quiénes pueden constituir empresa?

Una empresa puede ser constituida por cualquier persona natural o jurídica.

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Razones para constituir una empresa

Las empresas son esenciales para consolidar la capacidad productiva y

propiciar una mayor dinámica económica, es decir, para solucionar problemas y

demandas del mercado que no se encuentran atendidas eficazmente.

Además, la creación de empresas fortalece las iniciativas personales de los

comerciantes como son: el deseo de lograr una mayor independencia, el ánimo

de progresar y a la vez mejorar los ingresos para optimizar el nivel de vida.

También se crea empresa con el fin de aprovechar la experiencia de una

persona en determinados procesos productivos o prestación de servicios.

¿Por qué las empresas deben constituirse y operar conforme a la ley?

Las empresas cuya constitución y actividades no se realizan conforme a la ley,

no se benefician de las políticas estatales orientadas a mejorar las condiciones

crediticias del sector empresarial, y por lo tanto deben acudir al crédito extra-

bancario, que aunque ágil, tiene plazos cortos y altas tasas de interés. Además,

no se pueden inscribir en el registro de proponentes que lleva la Cámara de

Comercio, perdiendo así, ciertos beneficios como: celebración de contratos de

obra con entidades estatales, consultoría, suministro, compraventa de bienes

muebles; tampoco podrán participar en licitaciones públicas y privadas, ni

participar en programas de promoción y desarrollo empresarial, alentados por

instituciones públicas y privadas en el ámbito local, regional o internacional.

Operar bajo los parámetros de la ley posibilita la competencia con otras

empresas igualmente enmarcadas dentro de la normatividad comercial, laboral

y tributaria; y permite estar protegido contra los actos de competencia desleal y

evitar el pago de sanciones contempladas por la ley.

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Clasificación de las empresas

Desde un enfoque económico y teniendo como parámetros el capital y el

número de trabajadores, podemos decir que las empresas se clasifican,

según la Ley 590 de 2000 y la Ley 905 de 2004, en micro, pequeñas,

medianas y grandes empresas.

Microempresa

Se entiende por microempresas, incluidas las Famiempresas, todas las

unidades de explotación económica realizadas por una persona natural o

jurídica, dedicadas a actividades empresariales, agropecuarias, industriales,

comerciales o de servicios, rural o urbana, que respondan a dos parámetros:

a. Planta de personal no superior a los diez (10) trabajadores.

b. Sus activos totales, excluida la vivienda, deben tener un valor inferior

a quinientos (500) salarios mínimos legales mensuales vigentes

(SMLMV).

Pequeña empresa

Se entiende por pequeñas empresas, incluidas las Famiempresas, todas las

unidades de explotación económica realizadas por una persona natural o

jurídica, dedicadas a actividades empresariales, agropecuarias, industriales,

comerciales o de servicios, rural o urbana, que respondan a dos parámetros:

a. Planta de personal entre once (11) y cincuenta (50) trabajadores.

b. Sus activos totales tengan un valor entre quinientos uno (501) y menos de

cinco mil (5.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV).

Mediana empresa

Se entiende por medianas empresas, incluidas las Famiempresas, todas las

unidades de explotación económica realizadas por una persona natural o

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[email protected]

jurídica, dedicadas a actividades empresariales, agropecuarias, industriales,

comerciales o de servicios, rural o urbana, que respondan a dos parámetros:

a. Planta de personal entre cincuenta y uno (51) y doscientos (200)

trabajadores.

b. Sus activos totales tengan un valor entre cinco mil uno (5001) a treinta mil

(30.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV).

Gran empresa

Son todas aquellas empresas que superan los parámetros fijados en las leyes

590 de 2000 y 905 de 2004.

Clasificación de los empresarios

Atendiendo a la titularidad de la empresa y la responsabilidad legal de sus

propietarios, los empresarios se clasifican en individuales y sociales o

societarios.

Empresario individual

Empresarios individuales son aquellos que ejercen su actividad mercantil como

personas naturales en empresas unipersonales, que pertenecen a una sola

persona y que suelen ser empresas pequeñas o de carácter familiar.

empresario social o societario

Empresarios sociales o societarios son aquellos que ejercen el comercio

adoptando la forma de una sociedad comercial en empresas societarias,

generalmente constituidas por varias personas, como son: la sociedad

anónima, la sociedad colectiva, la sociedad comanditaria, la sociedad de

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21

[email protected]

responsabilidad limitada y las sociedades de economía social, como la

cooperativa.

Ventajas y desventajas de ser un empresario individual

La consecuencia más importante de estar constituido como un empresario

individual es su responsabilidad ilimitada frente a los acreedores por las deudas

que contraiga. Lo anterior significa que, ante el incumplimiento de las

obligaciones del empresario, sus acreedores pueden judicialmente perseguir no

sólo los bienes de la empresa sino sus bienes personales.

El empresario individual actúa por sí mismo, es decir, no necesita estar

representado por otra persona para actuar.

[Tomado de: Guía Legis para la pequeña empresa 2009 (14a ed.) Colombia, Legis Editores S.A.

Pág. 34]

Ventajas y desventajas de ser un empresario social o societario

El empresario social debe ser representado por una persona natural para

poderse obligar como persona jurídica, así como para poder ejercer actos

propios de los comerciantes.

La responsabilidad de los empresarios sociales frente a las deudas contraídas

por la sociedad está limitada por el monto de los aportes efectuados por los

socios, vale decir, que los acreedores por deudas contraídas por la sociedad no

podrán perseguir el patrimonio personal de los socios. No obstante, los socios

gestores de las sociedades en comanditas simples o por acciones y los socios

de las sociedades comerciales de hecho, responden en forma ilimitada con su

patrimonio personal por las deudas contraídas por dichas sociedades.

[Tomado de: Guía Legis para la pequeña empresa 2009 (14a ed.) Colombia, Legis Editores S.A.

Págs. 34,35]

Page 22: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

22

[email protected]

¿Cómo se identifican los empresarios y los establecimientos de

comercio?

Los empresarios, ya sean individuales o sociales, se identifican con el número

de la matrícula mercantil que les asigna la Cámara de Comercio y para efectos

tributarios con el número de identificación tributaria - NIT.

Con fundamento en la Ley 788 de 2002, las personas obligadas a matricularse

en el registro mercantil obtienen su NIT por solicitud de las cámaras a la

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN. Las personas no

obligadas a inscribirse en el registro mercantil, y que de acuerdo con la ley

tributaria tengan obligaciones con la administración de impuestos nacionales de

su jurisdicción, deben tramitar su inscripción en el registro único tributario -

RUT, y obtener su número de identificación tributaria - NIT, ante la respectiva

administración tributaria.

[Tomado de: Guía Legis para la pequeña empresa 2009 (14a ed.) Colombia, Legis Editores S.A.

Pág. 35]

Page 23: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

23

[email protected]

CAPÍTULO II

Constitución de empresas

¿Cómo se constituye una empresa individual?

Al momento de constituir una empresa, es necesario seguir algunos pasos:

1. El empresario, persona natural, debe matricularse como comerciante en la

cámara de comercio. Para tal efecto debe diligenciar un formulario

preimpreso que expide dicha cámara, denominado “formulario de registro

único empresarial - RUE1”, que durante el año 2009 tuvo un valor de tres mil

quinientos pesos ($3.500) cuyo cobro es realizado al efectuarse el proceso

de matrícula o renovación.

Concepto Tarifa SMMLV Tarifa $

Formulario para el Registro Mercantil 0.70 $ 3,500

CÁMARA DE COMERCIO DE BUCARAMANGA http://www.sintramites.com/sintramites/tarifas.htm

2. Si el empresario, persona natural, además cuenta con un establecimiento

de comercio, debe también matricularlo, diligenciando el formulario de

registro único empresarial - RUE. Previamente debe investigar en la cámara

de comercio que el nombre con el que pretende matricularlo, no exista ya.

3. El formulario debe presentarse personalmente por el interesado en la

ventanilla correspondiente de la cámara de comercio, ante quien debe

identificarse con su cédula de ciudadanía o de extranjería, según sea el

caso.

1 RUE es una red nacional de servicios registrales, que integra y centraliza el registro mercantil y el registro de

proponentes que administran las 57 Cámaras de Comercio de Colombia.

Page 24: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

24

[email protected]

4. Luego se procede al pago del valor de los derechos de matrícula en el

registro público mercantil, que son liquidados con base en el monto de

activos que se indican en el artículo 23 del Decreto 393 de 2002.

5. Finalmente, la certificación respectiva emitida por la cámara será la prueba

de la inscripción.

[Tomado de: Guía Legis para la pequeña empresa 2009 (14a ed.) Colombia, Legis Editores S.A.

Pág. 36]

Las sociedades comerciales

Una sociedad comercial es un contrato a través del cual dos o más personas

se comprometen a hacer aportes en dinero, especie o trabajo; con el objetivo

de destinarlos a formar una persona jurídica diferente a cada uno de sus

integrantes y repartir entre sí las utilidades obtenidas en la empresa o actividad

social.

Las sociedades comerciales están constituidas por un socio capitalista que

aporta recursos financieros o materiales y un socio industrial que aporta

trabajo personal.

De acuerdo al objetivo con el cual se conforme una sociedad comercial, se

pueden identificar:

a. sociedades personales, colectivas o en nombre colectivo: aquellas

que se constituyen en atención al conocimiento y confianza que los

socios tienen entre sí.

b. Sociedades de capital: aquellas donde lo personal cumple un papel

secundario y se prioriza el capital, por ejemplo, las sociedades

anónimas.

c. Sociedades mixtas: aquellas donde tienen igual importancia el factor

personal, como el de capital; entre estas se encuentran las

sociedades de responsabilidad limitada.

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25

[email protected]

¿Cómo decidir qué tipo de sociedad comercial Ie conviene?

Después de tener claro el deseo de conformarse como una persona jurídica, se

debe decidir el tipo de sociedad comercial más conveniente, de acuerdo a las

características que requiera la empresa. Dentro de las clases de sociedades se

encuentran: colectiva, en comandita simple, en comandita por acciones,

limitada, por acciones simplificada, de hecho, unipersonal, empresa

unipersonal y empresa asociativa de trabajo.

Diferentes clases de sociedades comerciales (cuadros comparativos)

Colectiva

CLASE SOCIAL COLECTIVA

Razón social

La razón social o nombre que identifica al empresario social,

debe formarse con el nombre completo o con el solo apellido

de alguno o algunos de los socios seguido de las

expresiones “y compañía” “hermanos”, “e hijos”, u otras

análogas, si no se incluyen los nombres completos o los

apellidos de todos los socios. Es importante destacar, con

fundamento en los artículos 304 y ss. “ARTÍCULO 304.

<ADICIÓN DE LA PALABRA SUCESORES A LA RAZÓN

SOCIAL EN CASOS DE MUERTE>. La muerte de un socio

cuyo nombre o apellido integre la razón social, no impedirá a

la sociedad seguir utilizándolo cuando continúe con los

herederos o cuando éstos, siendo capaces, consientan

expresamente. En tales casos se agregará la palabra

"sucesores".”Del Código de Comercio, que la muerte o el

retiro de uno de los socios cuyo nombre o apellido integre la

razón social no impedirá a la sociedad seguir utilizándolo

Page 26: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

26

[email protected]

cuando esta continúe con los herederos o cuando estos

consientan expresamente. En tales casos se agregará la

palabra “sucesores”.

Número de

socios

Se requiere como mínimo dos (2) socios. Los menores de

edad al igual que los incapaces en general no pueden ser

socios de este tipo de sociedad.

¿Cómo se

constituye?

Por escritura pública.

No obstante, a partir del 27 de enero de 2006, las

sociedades, cualquiera que fuere su especie o tipo, que

tengan una planta no superior a diez (10) trabajadores o

activos totales por valor inferior a quinientos salarios mínimos

mensuales legales vigentes, se constituyen con acatamiento

de las normas propias de la empresa unipersonal, es decir,

para su constitución, no requieren escritura pública, basta un

simple escrito que luego debe inscribirse en la Cámara de

Comercio.

Si se aportan bienes cuya transferencia exija escritura

pública, por ejemplo un inmueble, la empresa se constituye

por este medio (Ley 1014 de 2006, artículo 22 y Ley 222 de

1995, artículo 72). Las reformas estatutarias que realicen

estas sociedades se sujetarán a las mismas formalidades

previstas en la Ley 222 de 1995 para las empresas

unipersonales.

Duración Tiempo fijado en la escritura de constitución.

Capital Formado por aportes de los socios en dinero o en especie.

Administración Corresponde a todos y cada uno de los socios, quienes

pueden delegarla en sus consocios o en extraños, respecto

de estos últimos con autorización expresa de sus consocios,

y mediante el cumplimiento de las formalidades propias de

Page 27: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

27

[email protected]

las reformas estatutarias, vale decir, por escritura pública y

subsiguiente inscripción en el registro mercantil.

Los administradores, sean socios o extraños, al fin de cada

ejercicio social deben dar cuenta de su gestión a la junta de

socios e informar sobra la situación financiera y contable de

la sociedad o cuando la junta lo solicite y en todo caso al

separarse del cargo.

Responsabilidad Todos los socios responden solidaria e ilimitadamente sin

que importe el hecho de que existan estipulaciones en

contrario. No obstante, esta responsabilidad contra los socios

es subsidiaria en la medida en que se demuestre que la

sociedad, aún extrajudicialmente, ha sido vanamente

requerida para el pago.

Disolución Además de las causales previstas en el artículo 218 del

Código de Comercio, la sociedad colectiva se disuelve por:

- Muerte de alguno de los socios, si no se estipula la

continuación con sus herederos, o con los socios supérstite

(sobrevivientes)

- Por incapacidad sobreviviente de alguno de los socios, a

menos que se acepte que sus derechos sean ejercidos por

su representante o que la sociedad continúe con los demás

socios.

- Por apertura del trámite de liquidación obligatoria de

alguno de los socios, si los demás no adquieren su interés

social o no aceptan la cesión a un extraño, una vez

adquiridos por el liquidador.

- Por enajenación forzada del interés de alguno de los

socios, a menos que los demás socios acepten, en los

treinta (30) días siguientes, continuar con el adquiriente.

- Por renuncia o retiro justificado de alguno de los socios, si

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28

[email protected]

los demás no adquieren su interés o aceptan su cesión a

un tercero.

CLASE SOCIAL EN COMANDITA SIMPLE

Razón social

Se forma con el nombre completo o el apellido completo de

uno o más socios colectivos seguidos de las expresiones “y

compañía” y “S. en C.”.

Número de

socios

Mínimo un socio gestor o colectivo y otro comanditario. Los

menores de edad al igual que los incapaces en general no

pueden ser socios gestores.

¿Cómo se

constituye?

Por escritura pública.

No obstante, a partir del 27 de enero de 2006, las

sociedades, cualquiera que fuera su especie o tipo, que

tengan una planta no superior a diez (10) trabajadores o

activos totales por valor inferior a quinientos (500) salarios

mínimos mensuales legales vigentes, se constituyen con

observancia de las normas propias de la empresa

unipersonal, es decir, para su constitución, no requieren

escritura pública, basta un simple escrito que luego debe

inscribirse en la Cámara de Comercio

Si se aportan bienes cuya transferencia exija escritura

pública, por ejemplo un inmueble, la empresa se constituye

por este medio (Ley 1014 de 2006, artículo 22 y Ley 222 de

1995, artículo 72). Las reformas estatutarias que realicen

estas sociedades se sujetarán a las mismas formalidades

previstas en la Ley 222 de 1995 para empresas

unipersonales.

Duración Tiempo fijado en la escritura de constitución.

Capital Se forma con los aportes de los socios comanditarios. Los

socios colectivos también pueden hacer aportes de capital,

sin que por ello este tipo de socios pierdan su calidad de

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29

[email protected]

colectivos.

Administración Está a cargo de los socios colectivos o gestores, quienes

pueden hacerlo directamente o por intermedio de sus

delegados. Los socios comanditarios no pueden ejercer

funciones de representación en la sociedad sino como

delegados de los colectivos y para negocios determinados.

Responsabilidad Los gestores o colectivos comprometen solidaria e

ilimitadamente su responsabilidad por las operaciones

sociales y los comanditarios limitan su responsabilidad a sus

respectivos aportes, asumiendo una responsabilidad limitada.

Disolución Además de las causales indicadas en el artículo 218 del

Código de Comercio, se prevén como disolución de la

sociedad en comandita simple las siguientes:

1. Las de la sociedad colectiva cuando ocurran respecto

de los socios gestores.

2. La desaparición de una de las dos categorías de

socios.

3. Por pérdida que reduzca su capital a la tercera parte o

menos.

CLASE SOCIAL ANÓNIMA

Razón social

Al nombre de la sociedad debe seguir la expresión “Sociedad

Anónima” o “S.A.”. Si la sociedad se inscribe o se anuncia sin

dicha especificación, los administradores responderán

solidariamente de las operaciones sociales que se celebren.

Número de

socios

No podrá constituirse ni funcionar con un número inferior a

cinco (5) socios.

¿Cómo se

constituye?

Por escritura pública.

No obstante, a partir del 27 de enero de 2006, las

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30

[email protected]

sociedades, cualquiera que fuera su especie o tipo, que

tengan una planta no superior a diez (10) trabajadores o

activos totales por valor inferior a quinientos (500) salarios

mínimos mensuales legales vigentes, se constituyen con

observancia de las normas propias de la empresa

unipersonal, es decir, para su constitución, no requieren

escritura pública, basta un simple escrito que luego debe

inscribirse en la Cámara de Comercio.

Si se aportan bienes cuya transferencia exija escritura

pública, por ejemplo un inmueble, la empresa se constituye

por este medio (Ley 1014 de 2006, artículo 22 y Ley 222 de

1995, artículo 72). Las reformas estatutarias que realicen

estas sociedades se sujetarán a las mismas formalidades

previstas en la Ley 222 de 1995 para empresas

unipersonales.

Duración Tiempo fijado en la escritura de constitución.

Capital Está dividido en acciones de igual valor indivisibles,

representadas en títulos negociables.

Administración A cargo de una junta directiva elegida por la asamblea

general de accionistas, quien a su vez elige un presidente

legal, llámese presidente o gerente para periodos

determinados, reelegible y removible en cualquier tiempo.

Responsabilidad Está limitada al monto de los aportes de los accionistas.

Disolución Por las causas indicadas en el artículo 218 del Código de

Comercio y además cuando ocurran pérdidas que reduzcan

el patrimonio neto o menos del 50% del capital suscrito; o

cuando el 95% o más de las acciones llegue a pertenecer a

un solo accionista.

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31

[email protected]

CLASE SOCIAL EN COMANDITA POR ACCIONES

Razón social

Al nombre de la sociedad se le agrega “Sociedad en

Comandita por Acciones” o “SCA”.

Número de

socios

Se integra por uno o varios socios gestores y por un número

de accionistas que no puede ser inferior a cinco (5).

¿Cómo se

constituye?

Por escritura pública.

No obstante, a partir del 27 de enero de 2006, las

sociedades, cualquiera que fuera su especie o tipo, que

tengan una planta no superior a diez (10) trabajadores o

activos totales por valor inferior a quinientos (500) salarios

mínimos mensuales legales vigentes, se constituyen con

observancia de las normas propias de la empresa

unipersonal, es decir, para su constitución, no requieren

escritura pública, basta un simple escrito que luego debe

inscribirse en la Cámara de Comercio.

Si se aportan bienes cuya transferencia exija escritura

pública, por ejemplo un inmueble, la empresa se constituye

por este medio (Ley 1014 de 2006, artículo 22 y Ley 222 de

1995, artículo 72. Las reformas estatutarias que realicen

estas sociedades se sujetarán a las mismas formalidades

previstas en la Ley 222 de 1995 para empresas

unipersonales.

Duración Tiempo fijado en las escrituras de constitución.

Capital Por acciones, vale decir, títulos de igual valor, mientras las

acciones no hayan sido íntegramente pagadas serán

necesariamente nominativas. El aporte de industria de los

socios gestores no formará parte del capital social. Tales

socios podrán suscribir acciones de capital sin perder la

calidad de colectivos.

Administración La tienen únicamente los socios colectivos o gestores.

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[email protected]

Responsabilidad Los socios comanditarios tienen una responsabilidad limitada

y responden con sus respectivos aportes, los socios gestores

o colectivos responden ilimitadamente.

Disolución Por las causales del artículo 218 del Código de Comercio o

cuando ocurran pérdidas que reduzcan el patrimonio neto a

menos del 50% del capital suscrito.

CLASE SOCIAL LIMITADA

Razón social

Al nombre de la sociedad debe seguir la palabra “Limitada” o

su abreviatura “Ltda.”. En caso de cumplir con la regla antes

descrita los socios son responsables solidaria e

ilimitadamente frente a terceros.

Número de

socios

Esta sociedad se establece con mínimo dos (2) socios y

máximo veinticinco (25) socios.

Cómo se

constituye

Por escritura pública.

No obstante, a partir del 27 de enero de 2006, las

sociedades, cualquiera que fuera su especie o tipo, que

tengan una planta no superior a diez (10) trabajadores o

activos totales por valor inferior a quinientos (500) salarios

mínimos mensuales legales vigentes, se constituyen con

observancia de las normas propias de la empresa

unipersonal, es decir, para su constitución, no requieren

escritura pública, basta un simple escrito que luego debe

inscribirse en la Cámara de Comercio.

Si se aportan bienes cuya transferencia exija escritura

pública, por ejemplo un inmueble, la empresa se constituye

por este medio (Ley 1014 de 2006, artículo 22 y Ley 222 de

1995, artículo 72). Las reformas estatutarias que realicen

estas sociedades se sujetarán a las mismas formalidades

previstas en la Ley 222 de 1995 para empresas

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33

[email protected]

unipersonales.

Duración El que se pacte en la escritura.

Capital Está dividido en cuotas o partes de igual valor. Debe ser

pagado en su totalidad al momento de constituir la sociedad,

así como al momento de solemnizar cualquier aumento del

mismo.

Administración La representación de la sociedad y administración de los

negocios sociales corresponde a todos y cada uno de los

socios. La junta de los socios podrá delegar la representación

y la administración de la sociedad en un gerente,

estableciendo de manera clara y precisa sus atribuciones.

Responsabilidad Cada socio responde hasta por el valor de su aporte, pero es

posible pactar para todos o algunos de los socios una

responsabilidad mayor, prestaciones accesorias o garantías

suplementarias expresando su naturaleza, cuantía, duración

y modalidades.

Disolución Aparte de las causales generales de disolución, en este tipo

de sociedad se prevé dos especiales, que consisten en:

1. Pérdidas que reduzcan el capital por debajo del cincuenta

por ciento (50%).

2. Incremento en el número de socios a más de veinticinco

(25).

CLASE SOCIAL POR ACCIONES SIMPLIFICADA

Razón social

El nombre de la sociedad debe estar acompañado de las

palabras “Sociedad por Acciones Simplificada” o de la sigla

“SAS”.

Número de

socios

Puede estar constituida por una o varias personas, naturales

o jurídicas. No tiene límite máximo de socios. A la sociedad

conformada por un solo accionista (unipersonal), nos

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34

[email protected]

referimos por aparte o en otro cuadro.

¿Cómo se

constituye?

Se crea mediante contrato que conste en documento privado

inscrito en el registro mercantil.

Si se aportan bienes cuya transferencia exija escritura

pública, por ejemplo un inmueble, la sociedad se constituye

por este medio, y deben realizarse también los registros

correspondientes, como registro mercantil y registro de

instrumentos públicos.

Duración La que se pacte en el acto de constitución, que puede ser

duración definida o indefinida. Si no se expresa nada, se

entiende que el término es indefinido.

Capital En el acto de constitución debe expresarse el capital

autorizado, el suscrito y el pagado. El plazo para pagar el

capital suscrito no excederá los dos años. El capital estará

representado en acciones.

Administración En los estatutos sociales se determinará libremente la

estructura orgánica de la sociedad. A falta de estipulación se

entenderá que la asamblea de accionistas tiene todas las

atribuciones que la ley le asigna a este organismo y que las

funciones de administración están a cargo del representante

legal. No está obligada a tener junta directiva, salvo que así

se disponga en los estatutos.

Responsabilidad Los accionistas sólo responden hasta el monto de sus

respectivos aportes. Salvo el caso de fraude a la ley, los

accionistas en ningún caso responden personalmente por

obligaciones laborales, tributarias o de cualquier otra

naturaleza en que incurra la sociedad.

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35

[email protected]

Disolución La sociedad por acciones simplificada se disuelve:

1. Por vencimiento del término previsto en los estatutos, si lo

hubiere, a menos que fuere prorrogado mediante el

documento inscrito en el registro mercantil antes de su

expiración.

2. Por imposibilidad de desarrollar las actividades previstas

en su objeto social.

3. Por la iniciación del trámite de liquidación judicial.

4. Por las causas previstas en los estatutos.

5. Por voluntad de los accionistas adoptada en la asamblea.

6. Por orden de autoridad competente.

7. Por pérdidas que reduzcan el patrimonio neto de la

sociedad por debajo del cincuenta por ciento (50%) del

capital suscrito.

CLASE SOCIAL DE HECHO

Razón social

Carece de razón social por que no es persona jurídica.

Número de

socios

Mínimo dos (2) socios.

¿Cómo se

constituye?

Por el acuerdo de dos (2) o más comerciantes elevado a

escritura pública.

Duración Indefinida, pero en cualquier momento se puede pedir su

liquidación.

Capital Aportes de los socios.

Administración Se hará como acuerden los socios.

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[email protected]

Responsabilidad Todos y cada uno de los socios responden solidaria e

ilimitadamente por las operaciones celebradas.

Disolución Cada uno de los asociados podrá pedir en cualquier

momento la disolución y liquidación de la sociedad, y los

demás asociados están obligados a proceder a ella.

CLASE SOCIAL EMPRESA UNIPERSONAL

Razón social

El nombre de la sociedad debe estar acompañado de las

palabras “sociedad por acciones simplificada” o de la sigla

“SAS”.

Número de

socios

Como es unipersonal, sólo tiene un accionista.

¿Cómo se

constituye?

Sólo se puede constituir bajo la modalidad de sociedad por

acciones simplificada, de acuerdo con la regulación de la ley

1258 de 2008.

Se crea mediante acto unilateral que conste en documento

privado inscrito en el registro mercantil.

Duración La que se pacte en el acto de constitución, que puede ser

duración definida o indefinida. Si nada se expresa se

entiende que el término es indefinido.

Capital En el acto de constitución debe expresarse el capital

autorizado, el suscrito y el pagado. El plazo para pagar el

capital suscrito no excederá de dos años. El capital estará

representado en acciones.

Administración En los estatutos sociales se determinará libremente la

estructura orgánica de la sociedad. A falta de estipulación se

entenderá que todas las funciones que la ley atribuye a la

asamblea de accionistas serán ejercidas por el accionista

único y que las de administración están a cargo del

representante legal. En general se entiende que el accionista

único puede desempeñar las atribuciones que la ley asigna a

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37

[email protected]

los diversos órganos sociales, incluidas las de representante

legal.

Responsabilidad El accionista único sólo responde hasta el monto del aporte

realizado a la sociedad. Salvo el caso de fraude a la ley, el

accionista en ningún caso responde personalmente por

obligaciones laborales, tributarias o de cualquier otra

naturaleza en que incurra la sociedad.

Disolución La sociedad unipersonal por acciones simplificada se

disuelve:

1. Por vencimiento del término previsto en los estatutos, si lo

hubiere, a menos que fuere prorrogado mediante el

documento inscrito en el registro mercantil antes de su

expiración.

2. Por imposibilidad de desarrollar las actividades previstas

en su objeto social.

3. Por la iniciación del trámite de liquidación judicial.

4. Por las causales previstas en los estatutos.

5. Por decisión del accionista único.

6. Por orden de una autoridad competente.

7. Por pérdidas que reduzcan el patrimonio neto de la

sociedad por debajo del cincuenta por ciento (50%) del

capital suscrito.

CLASE SOCIAL EMPRESA UNIPERSONAL

Razón social

Denominación o razón social de la empresa, seguida de la

expresión “empresa unipersonal” o de la sigla “EU”.

Número de No hay socios. Se constituye por voluntad de una sola

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38

[email protected]

socios persona, natural o jurídica.

¿Cómo se

constituye?

Mediante un escrito que se inscribe en la Cámara de

Comercio. Si se aportan bienes cuya transferencia exija

escritura pública, la empresa se constituye por este medio.

Duración El término previsto en el escrito de constitución.

Capital Está formado por los bienes aportados por el empresario

persona natural o jurídica, los cuales no puede retirar para sí

o para terceras personas.

Administración De acuerdo con lo previsto en el escrito de constitución.

Responsabilidad Limitada al monto aportado.

Disolución 1. Por voluntad del titular de la empresa.

2. Por vencimiento del término inicialmente previsto.

3. Por muerte del constituyente, cuando así se estipule en el

acto de constitución.

4. Por imposibilidad para desarrollar las actividades previstas

en los estatutos.

5. Por orden de una autoridad competente.

6. Por pérdidas que reduzcan el patrimonio de la empresa en

más del cincuenta (50%) por ciento.

7. Por iniciación del trámite de liquidación obligatoria.

CLASE SOCIAL EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO

Razón social

La razón social deberá ir acompañada de la denominación

de “empresa asociativa de trabajo”.

Número de

socios

Se conforma con un número no inferior a tres (3) miembros y

no mayor de diez (10) asociados para la producción de

bienes; cuando se trate de empresas de servicios, el número

máximo será de veinte (20) asociados.

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[email protected]

¿Cómo se

constituye?

Mediante un escrito que se inscribe en la Cámara de

Comercio. Si se aportan bienes cuya transferencia exija

escritura pública, la empresa se constituye por este medio.

Duración Indefinida.

Capital Los aportes se llevarán en registro separado para cada

asociado, y pueden ser:

a) Laborales.

b) Laborales adicionales: constituidos por la tecnología,

propiedad intelectual o industrial registrada a nombre del

aportante.

c) En activos: constituidos por los bienes muebles o

inmuebles que los miembros aporten a la empresa

asociativa.

d) En dinero: los asociados podrán hacer aportes en dinero,

cuyo registro se llevará en cuenta especial para cada

asociado.

Administración La dirección está en cabeza del director de la empresa y de

la junta de asociados, la cual será la suprema autoridad.

Responsabilidad Ilimitada.

Disolución Además de las contempladas en el artículo 218 del Código

de Comercio, por sentencia judicial o por reducción del

número mínimo de miembros.

¿Cómo se

constituye una

empresa social?

1. Los futuros socios, deben elaborar y aprobar los estatutos

de la nueva sociedad, los cuales deben ser elevados a

escritura pública. La minuta o borrador de la escritura, puede

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40

[email protected]

¿Cómo se

constituye una

empresa social?

ser confeccionada directamente por los socios interesados o

con la asesoría de un abogado.

2. Para el otorgamiento de la escritura, los interesados deben

concurrir a la notaría escogida, personalmente o por medio de

un apoderado con el respectivo documento de identificación:

cédula de ciudadanía o extranjería, según el caso.

3. Retiradas de la notaria las respectivas copias de la

escritura de constitución, con cualquiera de ellas (no utilizar la

primera copia que generalmente conserva la sociedad) se

procede a matricular la nueva sociedad en la Cámara de

Comercio del lugar; para ello se diligencia un formulario

preimpreso de registro único empresarial – RUE.

4. Si además la sociedad pretende ejercer su actividad

mediante establecimiento comercial, también debe

matricularlo. Para ello debe diligenciar el formulario de registro

único empresarial - RUE.

5. Efectuado el pago de los derechos de matrícula mercantil,

se obtendrá de la Cámara de Comercio el certificado de

existencia y representación legal de la sociedad.

6. Tanto la matrícula mercantil como su renovación anual, que

debe hacerse dentro de los tres primeros meses de cada año,

se hace diligenciado el formulario de registro único

empresarial expedido por la Cámara de Comercio y que

durante el año 2009 tuvo un valor de tres mil quinientos pesos

($3.500), formato que se recibe por parte de la cámara y se

cancela al momento de pagarse la matricula o la renovación,

según el caso. La liquidación de los derechos a pagar por

concepto de matrícula o renovación se hace con base en el

monto de activos que se indican en el artículo 23 del Decreto

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41

[email protected]

393 de 2002.

7. Las sociedades mercantiles de hecho no se matriculan,

pero sus socios deben hacerlo individualmente como

comerciantes personas naturales.

8. A partir del 27 de enero de 2006, las sociedades,

cualquiera que fuera su especie o tipo, que tengan una planta

no superior a diez (10) trabajadores o activos totales por valor

inferior a quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales

vigentes, se constituyen con observancia de las normas

propias de la empresa unipersonal, es decir, para su

constitución, no requieren escritura pública, basta un simple

escrito que luego debe inscribirse en la Cámara de Comercio.

No obstante, si se aportan bienes cuya transferencia exija

escritura pública, por ejemplo un inmueble, la empresa debe

constituirse por medio de la escritura pública. (Ley 1014 de

2006, artículo 22 y Ley 222 de 1995, artículo 72). Las

reformas estatutarias que realicen estas sociedades se

sujetaran a las mismas formalidades previstas en la Ley 222

de 1995 para empresas unipersonales.

[Tomado de: Guía Legis para la pequeña empresa 2009 (14a ed.) Colombia, Legis Editores S.A.

Págs. 37-43]

Minuta para la constitución de una sociedad colectiva

ART. 1o-Son socios de la compañía comercial que por esta escritura se

constituye los señores...

ART. 2o-La sociedad será comercial colectiva y girara bajo la raz6n social

de...

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ART. 3o-EI domicilio de la sociedad será la ciudad de... pero podrá crear

sucursales, agencias, dependencias en otros lugares del país, del exterior,

por disposición de la junta general de socios y con arreglo a la ley.

ART. 4o-La sociedad tendrá como objeto principal las siguientes

actividades...

ART. 5o-La sociedad tendrá un capital de... suscrito y pagado por los socios

en la siguiente forma:...

ART. 6o-:-La responsabilidad de los socios por las operaciones sociales es

solidaria e ilimitada y se deducirá contra los socios en la forma y en las

oportunidades señaladas en la ley.

ART. 7o-Los socios podrán ceder total o parcialmente su interés en la

sociedad y la cesión se tendrá como una reforma del contrato social,

aunque se haga a favor de otro socio, por lo que requerirá que sea

aprobada por la junta de socios con el voto unánime de los asociados. La

responsabilidad del cedente por las obligaciones sociales anteriores

sujetará a las normas legales.

ART. 8o-En caso de embargo del interés social de un socio, pueden uno o

los demás consocios adquirirlo por el avalúo judicial del mismo. No

obstante, si en la subasta pública del interés social alguno de los socios

hiciere postura o varios de ellos estuvieren interesados en la adquisición, se

estará a lo previsto en el Código de Comercio.

ART. 9o-EI interés social podrá darse en prenda, en la forma señalada en el

Código de Comercio.

ART. 10.-La administración de la sociedad corresponderá a todos y cada

uno de los socios, quienes podrán delegarla en sus consocios o en

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extraños, pero en este último caso se requerirá autorización expresa de sus

demás consocios. Los delegantes quedarán inhibidos para la gestión de los

negocios sociales, pero podrán reasumir la administración en cualquier

tiempo o cambiar sus delegados. Los delegados tendrán las mismas

facultades conferidas a los socios administradores por la ley o por estos

estatutos, con las limitaciones que en ellos se expresen. No obstante lo

anterior, los socios tendrán derecho de inspeccionar, por sí mismos o por

medio de representantes, los libros y papeles de la sociedad en cualquier

tiempo.

ART. 11.-La representación de la sociedad Ilevará implícita la facultad de

usar la firma social y de celebrar todas las operaciones comprendidas

dentro del giro ordinario de los negocios sociales. Cuando sean varios los

delegados, deberán actuar de consuno, excepto cuando se trate de

operaciones, actos o contratos cuya cuantía no sea superior a... pesos ($...)

y cuando la junta general de socios los autorice para obrar separadamente,

siempre que esta decisión sea adoptada por unanimidad.

ART. 12.-Los administradores representaran legalmente a la sociedad en

todos sus actos y tendrán especialmente las siguientes funciones:

a. Usar de la firma o razón social;

b. Designar los empleados que requiera el normal funcionamiento de la

compañía y señalarles su remuneración, excepto cuando se trate de

aquellos que por ley o por estos estatutos deban ser designados por la

junta general de socios;

c. Presentar informes a la junta general de socios sobre la marcha de la

sociedad en las reuniones ordinarias y cuando la junta los solicite, cuando

la administración se delegue en alguno o algunos de los socios o en

algunos extraños;

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d. Convocar la junta general de socios a reuniones ordinarias y

extraordinarias;

e. Nombrar los árbitros que correspondan a la sociedad en virtud de

compromisos, cuando así lo autorice la junta general de socios, y de la

cláusula compromisoria que en estos estatutos se pacta, y

f. Constituir apoderados judiciales o extrajudiciales que sean necesarios para

la defensa de los intereses sociales.

ART. 13.-Los socios podrán oponerse a cualquier operación propuesta,

salvo que se refiera a la mera conservación de los bienes sociales. La

oposición suspenderá el negocio mientras se decide por mayoría de votos.

Si esta no se obtiene se desistirá del acto proyectado. Cuando fuere vetado

un negocio en la forma antes indicada y a pesar de ello se llevare a cabo, la

sociedad responderá en los términos de la ley y deducirá a su ejecutor las

responsabilidades que las normas legales establezcan por los perjuicios

sufridos por ella.

ART. 14.-Los administradores, socios o extraños, darán cuenta al final de

cada ejercicio de su gestión a la junta general de socios e informarán sobre

la situación financiera y contable de la sociedad. Además rendirán cuentas

comprobadas de su gestión a la misma junta cuando esta lo solicite y, en

todo caso, al separarse del cargo.

ART. 15.-La junta general de socios la integran los socios reunidos con el

quórum y en las demás condiciones establecidas en estos estatutos. Sus

reuniones serán ordinarias y extraordinarias. Las ordinarias se celebrarán

dentro de los tres primeros meses siguientes al vencimiento del ejercicio

social, por convocatoria de los administradores hecha mediante

comunicación por escrito dirigida a todos y cada uno de los socios con una

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anticipación no menor de.... días. Si convocada la junta esta no se reuniere,

o si la convocatoria no se hiciere con la anticipación debida para reunirse a

más tardar el último día del mes de marzo, entonces se reunirá por derecho

propio el primer día hábil del mes de abril, a las 10 a.m., en las oficinas de

la administración del domicilio principal.

ART. 16.-Las reuniones ordinarias tendrán por objeto examinar la situación

de la sociedad, designar los administradores y demás funcionarios de su

elección, determinar las directrices económicas de la compañía, considerar

las cuentas y el balance del último ejercicio, resolver la distribución de

utilidades y acordar todas las providencias necesarias para asegurar el

cumplimiento del objeto social.

ART. 17.-Las reuniones extraordinarias se efectuarán cuando las

necesidades imprevistas o urgentes de la compañía así lo exijan, por

convocatoria de los administradores (y del revisor fiscal, si lo hubiere), o a

solicitud de un número de socios representantes de la cuarta parte por lo

menos del capital social. La convocatoria para las reuniones extraordinarias

se hará en la misma forma que para las ordinarias, pero con una

anticipación no menor de... días, a menos que en ella se vayan a aprobar

cuentas y balances generales, pues entonces la convocación se hará con la

misma anticipación de las ordinarias.

ART. 18.-Las reuniones de la junta general de socios se efectuarán en el

domicilio social principal. Sin embargo, podrá reunirse válidamente

cualquier día y en cualquier lugar sin previa convocatoria, cuando se hallare

representada la totalidad de los asociados.

ART. 19.-Con el aviso de convocatoria para las reuniones extraordinarias

se especificarán los asuntos sobre los que se deliberará y decidirá. En todo

caso la junta podrá remover a los funcionarios cuya designación Ie

corresponda.

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ART. 20.-En las reuniones de la junta general de socios, habrá quórum

para deliberar con la mayoría numérica de los asociados, cualquiera que

sea su aporte. Sus decisiones se adoptaran con la misma mayoría, excepto

cuando se trate de reformas estatutarias, que requieren ser aprobadas por

la unanimidad de los socios, o de determinaciones que por estos estatutos

o por la ley tengan establecido un quórum distinto. Para la designación de

dos o más personas que deban integrar una misma junta, comisión o

cuerpo colegiado, se aplicara el sistema del cociente electoral vigente. En

las decisiones de la junta cada asociado tendrá un voto.

ART. 21.- Todo socio podrá hacerse representar en las reuniones de la

junta general de socios mediante poder otorgado por escrito, en el que se

indique el nombre del apoderado, la persona en quien este pueda sustituirlo

y la fecha de la reunión para la cual se confiere, así como los demás

requisitos señalados en los estatutos. EI poder otorgado podrá comprender

dos o más reuniones de la junta general de socios.

ART. 22.-Las decisiones de la junta general de socios se harán constar en

actas aprobadas por la misma, o por las personas que se designen en la

reunión para tal efecto, y firmadas por el presidente y secretario de la

misma, en las cuales deberá indicarse su número, el lugar, la fecha y hora

de la reunión, el número de personas asociadas y de los representantes, la

forma y la antelación de la convocatoria, los asuntos tratados, las

decisiones adoptadas y el número de votos emitidos en favor, en contra o

en blanco; las constancias escritas presentadas por los asistentes a la

reunión; las decisiones efectuadas y la fecha y hora de la clausura. Estas

actas se harán constar en un libro destinado al efecto y registrado en la

Cámara de Comercio del domicilio principal.

ART. 23.-Son funciones de la junta general de socios:

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a. Designar los administradores y funcionarios que Ie corresponda;

b. Estudiar y aprobar las reformas de estatutos;

c. Examinar, aprobar o improbar los balances de fin de ejercicio y las cuentas

que deben rendir los administradores;

d. Disponer de las utilidades sociales conforme a lo previsto en estos

estatutos y la ley;

e. Considerar los informes que deban presentar los administradores;

f. Constituir las reservas que deba hacer la sociedad e indicar su inversión

provisional;

g. Resolver todo lo relativo a la cesión de interés social, así como a la

admisión de nuevos socios;

h. Decidir sobre el retiro y exclusión de socios;

i. Ordenar las acciones que correspondan contra los administradores de los

bienes sociales, el representante legal, el revisor fiscal (si lo hubiere), o

contra cualquiera otra persona que hubiere incumplido sus obligaciones u

ocasionado daños o perjuicios a la sociedad;

j. Autorizar la celebración de concordato preventivo;

k. Autorizar a los socios para ceder total o parcialmente su interés en la

sociedad;

l. Autorizar a los socios para delegar en un extraño las funciones de

administración o de vigilancia de la sociedad;

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m. Autorizar a los socios para explotar por cuenta propia o ajena, directa o por

interpuesta persona, la misma clase de negocios en que se ocupe la

compañía;

n. Autorizar a los socios para formar parte de sociedades por cuotas o partes

de interés, intervenir en su administración o en las compañías por acciones

que exploten el mismo objeto social;

o. Las demás que Ie asignen las leyes y estos estatutos.

ART. 24.-EI socio o los socios que no obtengan la autorización a que se

refieren las letras k), I), m) Y n) del artículo anterior incurrirán en las

sanciones establecidas al efecto por el Código de Comercio.

ART. 25.-En los casos previstos por la ley, la sociedad podrá tener un

revisor fiscal, con las funciones establecidas en la ley, elegido para

períodos de un año.

ART. 26.-La sociedad tendrá un secretario de libre nombramiento y

remoción de la junta general de socios. Corresponderá al secretario llevar

los libros de actas de la junta general de socios, archivar la

correspondencia y las demás funciones que Ie encomienden la junta

general de socios y los administradores.

ART. 27.-Anualmente, el 31 de diciembre se cortarán las cuentas y se

harán el inventario y el balance general de fin de ejercicio que, junto con el

respectivo estado de pérdidas y ganancias, el informe de los

administradores, si fuere el caso, y un proyecto de distribución de

utilidades, se presentará por aquellos a la consideración de la junta general

de socios. Para determinar los resultados definitivos de las operaciones

realizadas en el correspondiente ejercicio será necesario que se hayan

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apropiado previamente, de acuerdo con las leyes y con las normas de

contabilidad, las partidas necesarias para atender el deprecio,

desvalorización y garantía del patrimonio social.

ART. 28.-La junta general de socios podrá constituir reservas ocasionales,

siempre que tengan una destinación específica y estén debidamente

justificadas. Antes de formar cualquier reserva, se harán las apropiaciones

necesarias para atender impuestos. Hechas las deducciones por este

concepto y las reservas que acuerde la junta general de socios, el

remanente de las utilidades se repartirá entre los socios en proporción a la

parte de capital que cada uno de ellos haya aportado.

ART. 29.-En caso de perdidas, estas se enjugarán con las reservas que se

hayan constituido para ese fin. Las reservas cuya finalidad fuere absorber

determinadas pérdidas no se podrán emplear para cubrir otras distintas,

salvo que así lo decida la junta general de socios. Si no hubiere reservas,

las pérdidas se enjugaran con los beneficios sociales de los ejercicios

siguientes.

ART. 30.- La sociedad tendrá una duración de… (...) años, contados desde

la fecha de esta escritura de constitución sin perjuicio de que dicho plazo

sea prorrogado válidamente, y se disolverá por las siguientes causales:

a. Por vencimiento del término de su duración, si antes no fuere prorrogado

válidamente;

b. Por la imposibilidad de desarrollar la empresa social, por la terminación de

la misma o por la extinción de la cosa o cosas cuya explotación constituye

su objeto;

c. Por disminución del número de socios a menos de dos;

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d. Por la iniciación del trámite de Iiquidación obligatoria de la sociedad;

e. Por decisión de la junta general de socios adoptada conforme a las reglas

dadas para las reformas estatutarias y a las prescripciones de la ley;

f. Por decisión de autoridad competente en los casos expresamente

previstos en la ley;

g. Por muerte de alguno de los socios;

h. Por incapacidad sobreviniente a alguno de los socios;

i. Por la iniciación del trámite de Iiquidación obligatoria de alguno de los

socios, si los demás no adquieren su interés social o no aceptan la cesión

a un extraño, una vez requeridos por el liquidador, dentro de los treinta

días hábiles siguientes;

j. Por enajenación forzada del interés de alguno de los socios en favor de

un extraño, si los demás asociados no se avienen dentro de los treinta

días hábiles siguientes a continuar la sociedad con el adquirente, y

k. Por renuncia o retiro justificado de alguno de los socios si los demás no

adquieren su interés en la sociedad o no aceptan su cesión a un tercero.

ART. 31.-En los casos previstos en el Código de Comercio, podrá evitarse

la disolución de la sociedad adoptando las modificaciones que sean del

caso, según la causal ocurrida, con observancia de las reglas establecidas

para las reformas de estatutos a condición de que el acuerdo se formalice

dentro de los seis (6) meses siguientes a la ocurrencia de la causal.

ART. 32.-Disuelta la sociedad, se procederá de inmediato a su Iiquidación,

en la forma indicada en la ley. En consecuencia, no podrá iniciar nuevas

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operaciones en desarrollo de su objeto y se conservará su capacidad

jurídica únicamente para los actos necesarios a la inmediata liquidación.

Su razón social, una vez disuelta, se adicionará con la expresión "en

liquidación". Su omisión hará incurrir a los encargados de adelantar el

proceso liquidatario en las responsabilidades establecidas en la ley.

ART. 33.-La liquidación del patrimonio social se hará por un liquidador o

por varios Iiquidadores nombrados por la junta general de socios. Por

cada liquidador se nombrará un suplente. EI nombramiento se inscribirá

en el registro público de comercio. Si la junta no nombra liquidador o

liquidadores, la liquidación la harán las personas que figuren inscritas

como administradoras de la sociedad en el registro de comercio y serán

sus suplentes quienes figuren como tales en el mismo registro. No

obstante lo anterior, podrá hacerse la liquidación por los mismos socios, si

así lo acuerdan ellos unánimemente. Quien administre bienes de la

sociedad y sea designado liquidador no podrá ejercer el cargo sin que

previamente se aprueben las cuentas de su gestión por la junta general

de socios. Por tanto, si transcurridos treinta (30) días hábiles desde la

fecha en que se designó Iiquidador, no se hubieren aprobado las

mencionadas cuentas, se procederá a nombrar nuevo liquidador.

ART. 34.-Los liquidadores deberán informar a los acreedores sociales del

estado de liquidación en que se encuentra la sociedad, una vez disuelta,

mediante aviso que se publicará en un periódico que circule regularmente

en el lugar del domicilio social que se fijará en lugar visible de las oficinas

y establecimientos de comercio de la sociedad. Además, tendrán los

deberes y funciones que determine la ley.

ART. 35.-Durante el período de liquidación, la junta general de socios se

reunirá en las fechas indicadas en los estatutos para las sesiones

ordinarias y, así mismo, cuando sea convocada por los liquidadores (y por

el revisor fiscal si lo hubiere).

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ART. 36.-Mientras no se haya cancelado el pasivo externo de la sociedad,

no podrá distribuirse suma alguna a los socios, pero se podrá distribuir

entre ellos la parte de los activos que excedan el doble del pasivo

inventariado y no cancelado al momento de hacerse la distribución.

ART. 37.-EI pago de las obligaciones sociales se hará observando las

disposiciones legales sobre prelación de créditos. Cuando haya

obligaciones condicionales se hará una reserva adecuada en poder de los

liquidadores para atender dichas obligaciones si lIegaren a hacerse

exigibles, la que se distribuirá entre los socios en caso contrario.

ART. 38.-Pagado el pasivo externo de la sociedad, se distribuirá el

remanente de los activos sociales entre los socios a prorrata de sus

aportes. La distribución se hará constar en acta en que se exprese el

nombre de los socios, el valor de sus correspondientes partes de interés

social y la suma de dinero o los bienes que reciba cada uno a título de

liquidación. La junta general de socios podrá aprobar la adjudicación de

bienes en especie a los socios con el voto de la mitad más uno de los

socios. EI acta se protocolizará en una notaría del domicilio principal.

ART. 39.-Hecha la liquidación de lo que a cada uno de los socios

corresponda, los liquidadores convocarán a la junta general de socios,

para que apruebe las cuentas y el acta a que se refiere el artículo anterior.

Estas decisiones podrán adoptarse con el voto favorable de la mayoría de

los socios que concurran, cualquiera que sea el valor de sus aportes que

representen en la sociedad. Si hecha debidamente la convocatoria no

concurre ningún socio, los liquidadores convocaran en la misma forma a

una segunda reunión, y para dentro de los diez (10) días hábiles

siguientes; si a dicha reunión tampoco concurre ninguno, se tendrán por

aprobadas las cuentas de los liquidadores, las cuales no podrán ser

posteriormente impugnadas.

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ART. 40.-Aprobada la cuenta final de la liquidación, se entregará a los

socios lo que les corresponda, y si hay ausentes o son numerosos, los

liquidadores los citarán por medio de avisos que se publicarán por lo

menos tres (3) veces con intervalo de ocho (8) a diez (10) días hábiles, en

un periódico que circule en el lugar del domicilio social. Hecha la citación

anterior y transcurridos diez (10) días hábiles después de la última

publicación, los liquidadores entregarán a la junta departamental de

beneficencia del lugar del domicilio social y, a falta de esta en dicho lugar,

a la que funcione en el lugar más cercano, los bienes que correspondan a

los socios que no se hayan presentado a recibirlos, quienes sólo podrán

reclamar su entrega dentro de un año siguiente, transcurrido el cual los

bienes pasarán a ser de propiedad de la entidad de beneficencia, para 10

cual el liquidador entregara los documentos de traspaso a que haya lugar.

ART. 41.- Toda diferencia o controversia relativa a este contrato y a su

ejecución y liquidación, se resolverá por un tribunal de arbitramento

designado por la Cámara de Comercio de..., mediante sorteo entre los

árbitros inscritos en las listas que lIeva dicha Cámara.

EI tribunal así constituido se sujetara a lo dispuesto por el Decreto 2279 de.

1989 y a las demás disposiciones legales que lo modifiquen o adicionen, de

acuerdo las siguientes reglas: a) EI tribunal estará integrado por tres

árbitros; b) La organización interna del tribunal se sujetará a las reglas

previstas para el efecto por el centro de arbitraje de la Cámara de

Comercio...; c) EI tribunal decidirá en derecho, y d) El tribunal funcionará en

la ciudad de ... en el centro de arbitraje de la Cámara de Comercio de esta

ciudad.

Minuta para la constitución de una sociedad en comandita simple

ART. 1º-Socios gestores.... hasta su fallecimiento, serán los socios

gestores y colectivos y, como tales, se obligan a administrar y representar a

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la sociedad, por sí o por medio de uno o más delegados nombrados bajo su

exclusiva responsabilidad, en los términos de estos estatutos. Fuera de los

socios así nombrados, la sociedad tendrá socios comanditarios,

domiciliados en (...) y de nacionalidad colombiana.

ART. 2o-Razón social, nacionalidad, domicilio y duración. La sociedad

girará bajo la razón social "... S. en C.", es de nacionalidad colombiana,

tiene su domicilio en la ciudad de... ; cuando así lo determinen los socios

gestores, con sujeción a estos estatutos, podrá establecer oficinas,

sucursales o agencias en otros lugares del país o del exterior. La sociedad

tendrá una duración de... años, contados a partir de la fecha de la escritura

de constitución de la sociedad.

ART. 3o-Objeto. La sociedad tendrá como objeto principal el desarrollo de

las siguientes actividades:

a. La inversión en bienes inmuebles urbanos y/o rurales y la adquisición,

administración, arrendamiento, gravamen o enajenación de los mismos;

b. La inversión de fondos propios, en bienes inmuebles, bonos, valores

bursátiles y partes de interés en sociedades comerciales, así como la

negociación de toda clase de derechos de crédito;

c. La compra, venta, distribución, importación y exportación de toda clase de

mercancías, productos, materias primas y/o artículos necesarios para el

sector manufacturero, de servicios, de bienes de capital, la construcción, el

transporte y el comercio en general;

d. La representación y agenciamiento de firmas nacionales o extranjeras;

e. La participación, directa o como asociada en el negocio de fabricación,

producción, distribución, venta de productos y/o artículos metálicos, de

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plástico, de papel o cartón, de vidrio o de caucho, o de sus combinaciones;

f. La explotación de la industria editorial, en todas sus formas y modalidades;

g. EI desarrollo de la actividad agrícola, pecuaria y forestal, en todas sus

etapas, formas y modalidades;

h. La administración de derechos de crédito, títulos valores, créditos activos o

pasivos, dineros, bonos valores bursátiles, acciones y cuotas o partes de

interés en sociedades comerciales de propiedad de los socios

comanditarios o gestores de esta sociedad, o de terceras personas

naturales o jurídicas.

En desarrollo de su objeto, la sociedad podrá asociarse con otra u otras

personas naturales o jurídicas que desarrollen el mismo o similar objeto o

que se relacione directa o indirectamente con este; en general la sociedad

puede ejecutar todo acto y celebrar todo contrato Iícito, que el socio gestor

(es) considere conveniente para el logro del objeto social.

ART. 4o-Capital. EI capital de la sociedad... ($ ... ), el cual ha sido pagado

por los socios comanditarios, en dinero efectivo, que ha ingresado en la

caja social.

PAR.-EI capital se encuentra dividido en... cuotas (...) de interés social del

valor nominal de... ($... cada una, iguales entre sí, repartido en la siguiente

forma o proporción entre los socios comanditarios.

Socios Cuotas Valor Porcentaje

1. _____ ______ ______ _________

2. _____ ______ ______ _________

3. _____ ______ ______ _________

4. _____ ______ ______ _________

5. _____ ______ ______ _________

$ %

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ART. 5O-Cesión del interés social. Las cesiones del interés se sujetarán a

las siguientes reglas:

1. Cesión del interés social de los gestores. Los socios gestores

podrán ceder total o parcialmente su interés en la sociedad y su

cesión, aunque se haga a favor de otro socio, se tendrá como una

reforma del contrato social por lo cual requerirá de la aprobación de la

junta de socios, con el voto unánime de los asociados, tanto gestores o

colectivos como comanditarios, pero el cedente no quedará liberado de

su responsabilidad por las obIigaciones sociales anteriores, sino

transcurrido un (1) año desde la fecha de la inscripción de la cesión en

la Cámara de Comercio.

2. Cesión de las cuotas de los socios comanditarios. Ningún socio

podrá ceder todo o parte de sus cuotas sociales a un extraño o a

otro socio, sino con las formalidades legales mediante escritura

pública otorgada por el representante legal, el cedente y el

cesionario y con la aprobación escrita de la junta de socios mediante

el voto unánime de los demás comanditarios. EI socio que quisiere

ceder total o parcialmente sus cuotas sociales deberá ofrecerlas por

escrito, y por conducto del representante legal, a los demás socios,

quienes tendrán derecho preferencial para adquirirlas, cada uno en

proporción a su propio aporte y, dado el caso, con derecho de

crecimiento también proporcional. La oferta indicará el precio, plazo

y demás condiciones de la cesión y los socios tendrán quince (15)

días hábiles contados desde la fecha de la comunicación que al

respecto deberá dirigirles el representante legal, para contestar por

escrito al oferente su aceptación o rechazo a la cesión. Si hubieren

interesados en adquirir las cuotas, pero discreparen en cuanto al

precio o al plazo, uno u otro serán fijados por peritos designados

como lo prevé el título IV del libro sexto (6o) del Código de

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Comercio. EI dictamen de los peritos obligará a las partes si bien

estas podrán acordar que las condiciones de la oferta sean

definitivas, cuando aparecieren más favorables a los presuntos

cesionarios que las fijadas por los peritos.

PAR. 1o-Si dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de la

carta en que el representante legal comunique la oferta, ningún socio

manifestará interés en adquirir las cuotas, ni se obtuviere la autorización de

la junta de socios prevista en el literal h), del artículo 9o de estos estatutos,

con la mayoría indicada por el artículo décimo primero de los mismos, el

representante legal deberá dar cumplimiento a lo ordenado por el artículo

365 del Código de Comercio.

ART.6o-Administracion y representación. La administración y

representación de la sociedad que, de conformidad con la ley corresponde

a los socios gestores o colectivos, han resuelto estos, de común acuerdo,

delegarla en el socio gestor... mientras viviere; en caso de muerte o

incapacidad física o mental de carácter definitivo actuará como socio gestor

de la sociedad...

PAR. 1o-EI gestor que por medio de la presente escritura se constituye en

único representante de la sociedad o el suplente en su caso, podrán bajo

su responsabilidad, y con el Ileno de los requisitos legales, designar

delegados. En este evento, el delegante, de acuerdo con las .disposiciones

comerciales, queda inhibido para la gestión de los negocios sociales pero

podrá reasumir la administración en cualquier tiempo o cambiar sus

delegados.

PAR. 2o-Las facultades de inspección y vigilancia de la sociedad, serán

ejercidas por los comanditarios, sin perjuicio de que se pueda designar un

revisor fiscal, cuando la mayoría de ellos así lo decida.

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PAR. 3o-La representación de la sociedad establecida en la forma de que

da cuenta el presente artículo, Ilevará implícita la facultad de usar la firma

social y de celebrar las operaciones correspondientes dentro del giro

ordinaria de los negocios sociales.

PAR. 4o-Sin perjuicio de las facultades que la ley asigna a los socios

gestores o sus delegados como representantes legales y administradores

de la sociedad, tendrán estos las siguientes facultades:

a. Ejecutar las determinaciones de la junta y presidir sus sesiones;

b. Crear los cargos que sean indispensables para el funcionamiento de la

sociedad, nombrar y remover los empleados bajo su dependencia y

velar porque los funcionarios de la sociedad cumplan sus deberes;

c. Constituir apoderados judiciales y extrajudiciales que estime necesarios

para representar a la sociedad y delegarle las facultades que a bien

tengan;

d. Celebrar los actos y contratos necesarios para el desarrollo del objeto

social;

e. Cuidar la recaudación e inversión de los fondos de la sociedad;

f. Elaborar el informe que deben presentar a la junta de socios en sus

sesiones ordinarias;

g. Presentar a la junta de socios, cuando esta lo solicite, informes sobre

determinados aspectos de la marcha de los negocios sociales y sobre

los resultados económicos de la compañía;

h. Convocar a la junta de socios de conformidad con lo previsto en el

articulo 8o de estos estatutos;

i. Promover y sostener toda clase de juicios, gestiones o reclamaciones

necesarias para la defensa de los intereses sociales, y;

j. Cumplir las demás funciones que Ie asigne la junta de socios y las que

por la naturaleza del cargo Ie corresponden de acuerdo con la ley y

estos estatutos.

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PAR. 5o-En desarrollo de sus funciones y con los requisitos que señalan la

ley y los estatutos, el gestor o su delegado podrá: comprar, vender,

contratar, tramitar, nombrar apoderados judiciales y extrajudiciales,

comprometer, arbitrar, compensar, desistir, confundir, novar, interponer

todo género de recursos, comparecer en los juicios que promuevan contra

la sociedad o que ella deba promover, recibir dineros en mutuo, celebrar el

contrato de cambio en todas sus manifestaciones y firmar letras, pagarés,

cheques, ejecutar préstamos bancarios, girar cheques, Iibranzas, giros y

toda clase de títulos valores, así como negociarlos, aceptarlos, endosarlos,

tenerlos, prestarlos, cobrarlos, pagarlos, exigir, cobrar y percibir

cualesquiera cantidades de dinero que se adeuden a la sociedad o que ella

tenga derecho u obligación de cobrar, condonar deudas, y en fin,

desarrollar todas las actividades que el desempeño de su cargo y el logro

del objeto social requieran.

ART. 7Q-Junta de socios. Composición. La junta de socios se compone

de todos los socios, tanto gestores como comanditarios; los socios podrán

hacerse representar en las reuniones de la junta, mediante poder otorgado

en cualquier forma escrita en la que se indique el nombre del apoderado, el

de la persona en quien este pueda sustituirle y la fecha de la reunión para

la cual se confiere. Ningún socio podrá ser representado por más de una

persona a la vez. EI poder otorgado podrá comprender una o más

reuniones ordinarias o extraordinarias de la junta de socios.

PAR.-La representación de los socios comanditarios ante la junta de

socios, o para cualquier efecto relacionado con la sociedad, sólo podrá ser

ejercida por otro de los socios comanditarios.

ART. 8o-Reunión de la junta. Las reuniones de la junta de socios pueden

ser ordinarias o extraordinarias.

PAR. 1o-La junta de socios se reunirá en sesión ordinaria una vez al año,

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[email protected]

en el curso del primer trimestre de cada año, en la sede del domicilio social,

en la fecha y hora que designen al efecto los administradores. La

convocatoria, para las reuniones ordinarias y, para aquellas en que hayan

de aprobarse los balances de fin de ejercicio, se hará por lo menos con

quince (15) días hábiles de anticipación, mediante carta o telegrama que

los administradores enviarán a cada socio a la respectiva dirección que

estos hayan registrado en la sociedad. A falta de tal convocatoria la junta

se reunirá por derecho propio el primer día hábil del mes de abril a las 10

a.m. en la sede del domicilio principal.

PAR. 2o-La junta de socios se reunirá en sesión extraordinaria cada vez

que lo juzguen conveniente los administradores o cuando así lo soliciten

socios que representen la cuarta parte o más del capital comanditario. La

convocatoria a reuniones extraordinarias se hará con una anticipación de

cinco (5) días comunes en la forma prevista para la convocatoria a

sesiones ordinarias, en la respectiva comunicación deberá incluirse el

orden del día correspondiente.

PAR. 3o-Cuando sea convocada la junta de socios y la reunión no se

efectuare por falta de quórum, se citará a una nueva reunión que sesionará

y resolverá válidamente con el voto de los socios gestores y con el de un

número plural de socios comanditarios, presentes o representados,

cualesquiera que sea la cantidad de cuotas que esté representada; la

nueva reunión deberá efectuarse no antes de los diez (10) días hábiles ni

después de los treinta (30) días, también hábiles, contados desde la fecha

fijada para la primera reunión. En todo caso, las reformas estatutarias se

aprobaran por unanimidad de los socios colectivos y la mayoría absoluta de

los votos de los comanditarios.

PAR. 4o-Lajunta de socios podrá reunirse y decidir válidamente en

cualquier tiempo y lugar, sin previa convocatoria, cuando se hallare

presente o representada la totalidad de los asociados, tanto gestores como

comanditarios.

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ART. 9o-Funciones. Son atribuciones de la junta de socios:

a. Reformar los estatutos;

b. Considerar los informes que sobre la marcha de los negocios sociales Ie

presenten los socios administradores;

c. Aprobar o improbar las cuentas, balances o inventarios sociales;

d. Resolver sobre la distribución de Ias utilidades obtenidas o sobre la

cancelación de las pérdidas registradas en cada ejercicio;

e. Constituir las reservas especiales conveniente de acuerdo con la ley;

f. Decretar la incorporación o la fusión de la. sociedad con otra u otras, o la

transformación de la compañía en otro tipo de sociedad;

g. Aumentar o disminuir el capital y, si a ello hubiere lugar, exigir

prestaciones complementarias a los socios;

h. Resolver todo lo concerniente a la cesión de cuotas o derechos sociales,

la admisión de nuevos socios, el retiro o exclusión de socios;

i. Decretar la disolución anticipada de la sociedad con arreglo en lo

previsto en el literal d), del artículo 15 de estos estatutos, y

j. j) Las demás que Ie confiere la ley o los estatutos.

ART. 10.-Votaciones. En las decisiones de la junta de socios cada gestor

tendrá un (1) voto de los comanditarios se computarán número de cuotas o

derechos de cada uno. Las decisiones relativas a la administración

solamente podrán tomarlas los gestores, de acuerdo con lo previsto en

estos estatutos.

ART. 11.-Deliberaciones y decisiones. La junta de socios deliberará y

decidirá válidamente reuniones ordinarias o extraordinarias, con la

asistencia de los socios gestores y un número plural de socios

comanditarios que represente la mitad más uno de las partes en que se

encuentra dividido el capital aportado por los comanditarios. La regla

anterior sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 5o y 80 parágrafo 30 de

estos estatutos. Las reformas estatutarias deberán aprobarse por

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unanimidad de los socios colectivos y la mayoría absoluta de votos de los

comanditarios y deberán reducirse a escritura pública.

ART. 12.-Actas. Todas las reuniones, resoluciones, elecciones y demás

trabajos de la junta o harán constar en un libro que firmaran el presidente

de la misma y el secretario. Dichas actas se someterán a la aprobación de

la junta. Las copias de las actas expedidas por el presidente y el secretario

se presumirán autenticas.

ART. 13.-Balances. EI ejercicio anual de la sociedad está comprendido

entre el 1o de enero y el 31de diciembre de cada año. AI finalizar el

correspondiente ejercicio se cortarán las cuentas para efectuar un

inventario y un balance general. EI balance se hará de conformidad con las

prescripciones Iegales y las normas contables establecidas, y será

sometido a la consideración de la junta de socios por los administradores,

acompañado de los documentos e informes que exijan las disposiciones

legales.

ART. 14.-Perdidas y ganancias. Al finalizar cada ejercicio, la sociedad

producirá el correspondiente estado de pérdidas y ganancias. Para

determinar los resultados de las operaciones realizadas en el ejercicio, esto

es, las utilidades liquidadas, se apropiarán las cantidades suficientes para

atender al pago de activos, desvalorización y garantía del patrimonio social

y las demás que fueren necesarias.

PAR.-Las utilidades y las pérdidas, si las hubiere, se distribuirán entre los

socios en la siguiente forma y proporción:

I. Para remunerar a los socios gestores el... por ciento, así:

a. ______________ _________________

b. ______________ _________________

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II. Para remunerar a los socios comanditarios el ... por ciento, así:

a. ______________ _________________

b. ______________ _________________

c. ______________ _________________

d. ______________ _________________

e. ______________ _________________

ART. 15.-Disolución y liquidación. La sociedad se disolverá:

a. Por vencimiento del término de su duración, si antes no fuere

prorrogado válidamente.

b. Por pérdidas que reduzcan su capital a la tercera parte o menos.

c. Por la imposibilidad de desarrollar la empresa social.

d. Cuando agotado el procedimiento señalado en el artículo 365 del

Código de Comercio, la junta de socios optare por la disolución, con el

voto favorable de los socios gestores y el 70% del capital comanditario.

e. Por desaparición de una de las dos categorías de socios.

f. Por las causales especiales de la sociedad colectiva, cuando ocurran

respecto de los socios gestores.

g. Por las demás causales establecidas por la ley.

PAR. 1o-Será liquidador la persona que al efecto designe la junta de

socios, con el voto favorable de los socios gestores y la mayoría absoluta

de las cuotas de los comanditarios. Si no se obtuviere la mayoría

expresada los asociados delegan, desde ahora, en el presidente de la

Cámara de Comercio del domicilio social, la designación del liquidador.

Mientras no se haga y registre el nombramiento del liquidador, actuará

como tal quien figure en el registro mercantil como representante legal de

la sociedad. La liquidación del patrimonio social se hará en un todo de

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64

[email protected]

acuerdo con las prescripciones legales consagradas en el capítulo X del

título 1 del libro 2 del Código de Comercio, o las que en su momento

rigieren al respecto. El liquidador podrá hacer adjudicaciones o

distribuciones en general, si así lo aprueba la junta de socios con el voto

de los socios gestores y e1 51% o más de los votos representativos del

capital comanditario.

PAR. 2o-En el evento de liquidación de la sociedad, por cualquier causa,

con anterioridad a la muerte de la totalidad de los gestores principales,

corresponderá a estos el xxx por ciento del patrimonio social a cada uno.

Si a la fecha hubiere fallecido alguno de ellos el porcentaje que a estos

corresponde acrecerá al gestor sobreviviente.

EI reparto del saldo se hará entre los socios comanditarios, en proporción

a sus aportes de capital.

ART. 16.-Prohibiciones y obligaciones complementarias. Los socios,

de común acuerdo, y en consideración al vínculo que los une y los

objetivos de la sociedad por ellos conformada, y en orden a precautelar

la integridad del patrimonio de la misma y su conformación, han resuelto

establecer las siguientes prohibiciones y contraer, para con la sociedad,

las obligaciones complementarias de que se da cuenta en la presente

clausula:

1. La sociedad no podrá constituirse en fiadora, deudora o codeudora de

obligaciones de los socios o de terceras personas, salvo que de ello se

reportare un beneficia manifiesto para ella y se aprobare por la junta

de socios con el voto favorable de los socios gestores y el... por ciento

del capital comanditario.

2. Los socios no podrán gravar o dar en garantía su interés social en la

sociedad sin la previa autorización de la junta de socios con el voto

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[email protected]

favorable de los socios gestores y el... por ciento del capital

comanditario.

3. Los socios se obligan a no constituirse en fiadores de obligaciones de

terceros, por ningún concepto, sin la previa autorización de la junta de

socios con el voto favorable de los socios gestores y el... del capital

comanditario.

ART. 17.-Cláusula compromisoria. Toda diferencia o controversia

relativa a este contrato y a su ejecución y liquidación, se resolverá por un

tribunal de arbitramento designado por la Cámara de Comercio de...,

mediante sorteo entre los árbitros inscritos en las listas que lIeva dicha

Cámara. EI tribunal así constituido se sujetará a lo dispuesto por el

Decreto 2279 de 1989 y a las demás disposiciones legales que lo

modifiquen o adicionen, de acuerdo con las siguientes reglas: a) EI

tribunal estará integrado por tres árbitros; b) La organización interna del

tribunal se sujetará a las reglas previstas para el efecto por el centro de

arbitraje de la Cámara de Comercio de...; c) EI tribunal decidirá en

derecho, y d) EI tribunal funcionará en la ciudad de... en el centro de

arbitraje de la Cámara de Comercio de esta ciudad.

Minuta para la constitución de una sociedad anónima

CAPÍTULO I

Nombre, nacionalidad, domicilio, objeto y duración

ART. 1o-La sociedad se denominará "... S.A.", Sociedad Anónima

Comercial, de nacionalidad colombiana.

ART. 2o-EI domicilio de la sociedad será la ciudad de... pero podrá crear

sucursales, agencias o dependencias en otros lugares del país o del

exterior, por disposición de la asamblea general de accionistas (o de la

junta directiva) y con arreglo a la ley.

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ART. 3o-La sociedad tendrá como objeto principal las siguientes

actividades... En desarrollo del mismo podrá la sociedad ejecutar todos los

actos o contratos que fueren convenientes o necesarios para el cabal

cumplimiento de su objeto social y que tengan relación directa con el

objeto mencionado, tales como: formar parte de otras sociedades

anónimas o de responsabilidad limitada...

ART. 4o-La sociedad durará por el termino de ... años que empezarán a

contarse desde la fecha de esta escritura.

CAPÍTULO II

Capital social, aportes y reservas

ART. 5O-EI capital social autorizado es de...

ART. 6Q-EI capital de la sociedad se encuentra dividido en acciones, ... ,

de valor nominal de ...

ART. 7o-Podrán crearse acciones de goce o industria para compensar las

aportaciones de servicios, trabajo, conocimientos tecnológicos, secretos

industriales o comerciales, asistencia técnica y, en general, toda obligación

de hacer a cargo del aportante. Los títulos de estas acciones

permanecerán depositados en la caja de la sociedad para ser entregados

al aportante, en la medida en que cumpla su obligación y, mientras tanto,

no serán negociables.

ART. 8o-Las acciones podrán ser ordinarias o privilegiadas. Las primeras

conferirán a sus titulares los derechos de: 1. Participar en las

deliberaciones de la asamblea general de accionistas y votar en ella. 2.

Recibir una parte proporcional de los beneficios sociales establecidos por

los balances de fin de ejercicio con sujeción a lo dispuesto en la ley o en

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los estatutos. 3. Negociar las acciones con sujeción al derecho de

preferencia pactado en estos estatutos. 4. Inspeccionar libremente los

libros y papeles sociales dentro de los quince días hábiles anteriores a las

reuniones de la asamblea general en que se examinen los balances de fin

de ejercicio. 5. Recibir una parte proporcional de los activos sociales al

tiempo de la liquidación y una vez pagado el pasivo externo de la

sociedad.

Las segundas a más de los anteriores derechos conferirán los siguientes:

1. Un derecho preferencial para su reembolso en caso de liquidación

hasta concurrencia de su valor nominal.

2. Un derecho a que de las utilidades se les destine, en primer

término, una cuota determinada, acumulable o no. La acumulación

no podrá extenderse a un período mayor de cinco años.

3. Cualesquier otro privilegio de carácter económico que la asamblea

decrete en favor de los poseedores de esta clase de acciones con

el voto no menos del setenta y cinco por ciento de las acciones

suscritas cuando con posterioridad a la constitución sociedad se

emitieren acciones de este tipo.

ART. 9o-La sociedad podrá emitir acciones dividendo preferencial y sin

derecho de voto, siempre y cuando su emisión sea aprobada por la

asamblea general de accionistas, conforme a las condiciones y requisitos

señalados para tal efecto en los artículos 30 a 47 de la Ley 27 de 1990, y

las normas que los adicionen, modifiquen o sustituyan.

ART. 10.-Toda emisión de acciones podrá revocarse o modificarse por la

asamblea general, antes que estas sean colocadas o suscritas y con

sujeción a las exigencias legales. La disminución o supresión de los

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privilegios concedidos a unas acciones deberá adoptarse con el voto

favorable de accionistas que representen no menos del setenta y cinco

por cinco de acciones suscritas, siempre que esta mayoría incluya en la

misma proporción el voto de tenedores de esta clase de acciones.

ART. 11.-Las acciones no suscritas en el acto de constitución y las que

emita posteriormente la sociedad serán colocadas de acuerdo con el

reglamento de suscripción. Con excepción de las acciones privilegiadas de

goce y de las acciones con dividendo preferencias y sin derecho a voto,

corresponderá a la junta directiva aprobar el reglamento de suscripción.

ART. 12.-Los accionistas tendrán derecho a suscribir preferencialmente en

toda nueva emisión de acciones una cantidad proporcional a las que

posean en la fecha en que el órgano social competente apruebe el

reglamento de suscripción. EI aviso de oferta de las acciones se dará por

los mismos medios de comunicación previstos en estos estatutos para la

convocatoria de la asamblea.

Por disposición de la asamblea adoptada con mayoría calificada prevista

en estos estatutos podrá decidirse que las acciones se coloquen sin

sujeción al derecho de preferencia.

ART. 13.-EI derecho a la suscripción de acciones será negociable desde

la fecha del aviso de oferta. Bastará para ello que el titular indique por

escrito a la sociedad el nombre del cesionario o cesionarios.

ART. 14.-La sociedad no podrá adquirir sus propias acciones, sino por

decisión de la asamblea con el voto favorable de no menos del setenta por

ciento (70%) de las acciones suscritas. Para realizar esa operación

empleará fondos tomados de las utilidades liquidas, requiriéndose además

que dichas acciones se hallen totalmente liberadas. Mientras estas

acciones pertenezcan a la sociedad, quedarán en suspenso los derechos

inherentes a las mismas.

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[email protected]

ART. 15.-Cuando un accionista esté en mora de pagar las cuotas de las

acciones que haya suscrito, no podrá ejercer los derechos inherentes a

ellas. Para este efecto, la sociedad anotará los pagos efectuados y los

saldos pendientes. Si la sociedad tuviere obligaciones vencidas a cargo de

los accionistas por concepto de cuotas de las acciones suscritas, acudirá,

a elección de la junta directiva, al cobro judicial, o a vender de cuenta y

riesgo del moroso y por conducto de un comisionista, las acciones que

hubiere suscrito, o a imputar las sumas recibidas a la liberación del

número de acciones que correspondan a las cuotas pagadas, previa

deducción de un veinte por ciento a título de indemnización de perjuicios

que se presumirán causados. Las acciones que la sociedad retire al

accionista moroso las colocara de inmediato.

ART. 16.-A todo suscriptor de acciones deberá expedírsele por la sociedad

el título o títulos que justifiquen su calidad de tal. Mientras el valor de las

acciones no esté cubierto íntegramente sólo se expedirán certificados

provisionales a los suscriptores.

ART. 17.-En caso de hurto de un título nominativo la sociedad lo sustituirá

entregándole un duplicado al propietario que aparezca inscrito en el

registro de acciones, comprobando el hecho ante los administradores, y

en todo caso, presentando la copia auténtica de la denuncia penal

correspondiente. Cuando el accionista solicite un duplicado por pérdida

del título, dará la garantía que Ie exija la junta directiva. En caso de

deterioro, la expedición del duplicado requerirá la entrega por parte del

accionista de los títulos originales para que la sociedad los anule. Los

títulos al portador sólo serán sustituibles en caso de deterioro.

ART. 18.-Las acciones serán libremente negociables salvo:

1. Las privilegiadas, respecto de las cuales se estará a lo dispuesto en

la parte pertinente de estos estatutos o en su defecto por la ley.

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2. Las comunes, respecto al derecho de preferencia, pactado en estos

estatutos.

3. Las de industria no liberadas, que no serán negociables sino con

autorización de la junta directiva o de la asamblea general, según

corresponda.

4. Las gravadas con prenda respecto de las cuales se requerirá

autorización del acreedor.

ART. 19.-Los administradores de la sociedad no podrán ni por sí ni por

interpuesta persona, enajenar o adquirir acciones de la misma mientras

estén en ejercicio de sus cargos, sino cuando se trate de operaciones

ajenas a motivos de especulación y con autorización de la junta directiva,

otorgada con el voto favorable de las dos terceras partes de sus

miembros, excluido el del solicitante, o de la asamblea general, con el

voto favorable de la mayoría prevista en estos estatutos, excluido el del

solicitante.

ART. 20.-Las acciones no pagadas en su integridad podrán ser

negociadas, pero el suscriptor y los adquirentes subsiguientes serán

solidariamente responsables del importe no pagado de las mismas. La

enajenación de las acciones puede hacerse por el simple consenso de las

partes, más, para que produzca efectos respecto de la sociedad y de

terceros, será necesaria su inscripción en el libro de registro de acciones

mediante orden escrita del enajenante, la que podrá darse en forma de

endoso hecho sobre el título respectivo. Para la nueva inscripción y

expedir el título al adquirente es necesaria la previa cancelación de los

títulos expedidos al tradente. En ventas forzadas y en las adjudicaciones

judiciales de acciones el registro se hará mediante exhibición del original o

copia auténtica de los documentos pertinentes.

PAR. 1o-Los accionistas que deseen enajenar sus acciones en todo o en

parte, deberán ofrecerlas en primer lugar a la sociedad. La oferta se hará

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por escrito, a través del gerente de la compañía y en ella se indicará el

número de acciones a enajenar, el precio y la forma de pago de las

mismas. La sociedad gozará de un término de quince (15) días hábiles

para aceptar o no la oferta, según lo que decida la junta directiva, que será

convocada para tales efectos. Vencido el término anterior, si la junta no

hace pronunciamiento alguno, o si decide no adquirir las acciones o

determina adquirirlas parcialmente, el gerente de la sociedad oficiará a los

demás accionistas para que estos decidan adquirir la totalidad o el resto

de las acciones ofrecidas, según el caso, para lo cual tendrán igualmente

un plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del vencimiento del

término anterior. Es entendido que los accionistas podrán adquirir las

acciones en proporción a las que posean en la compañía. Vencido el

término mencionado, las acciones no adquiridas por la sociedad o por los

socios podrán ser cedidas libremente a los terceros. Si la sociedad o los

accionistas, según el caso, estuvieren interesados en adquirir las acciones

total o parcialmente, pero discreparen con el oferente respecto del precio o

de la forma de pago, o de ambos, estos serán fijados por peritos

designados por las partes o, en su defecto, por la Superintendencia de

Sociedades. En este evento, la negociación se perfeccionará dentro de los

cinco (5) días siguientes a la rendición del experticio.

PAR. 2o-Esta cláusula tendrá vigencia mientras las acciones de la

compañía no se inscriban en la bolsa de valores.

ART. 21.-La sociedad llevará un libro de registro de acciones en el cual

figure cada a uno de los socios con el número de acciones que posea, en

el cual se anotarán los traspasos, pignoraciones, embargos, y la

constitución de derechos reales que ocurran.

ART. 22.-La pignoración o prenda de acciones no surtirá efectos ante la

sociedad mientras no se Ie de aviso de esto por escrito, y el gravamen se

haya inscrito en el libro respectivo con la comunicación en la que se

informa la obligación que se garantiza.

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[email protected]

ART. 23.-Cuando se trate de acciones dadas en prenda, salvo estipulación

contraria y escrita de las partes, comunicada a la sociedad y registrada en

el libro de acciones, la sociedad reconocerá al accionista todos los

derechos inherentes a su calidad.

ART. 24.-Las acciones adquiridas en la forma indicada en el artículo 14

podrán ser objeto de las siguientes medidas: 1. Ser enajenadas y

distribuido su precio como una utilidad (salvo que se haya pactado u

ordenado por la asamblea una reserva especial para la adquisición de

acciones caso en el cual este valor se llevará a dicha reserva). 2.

Distribuirse entre los accionistas en forma de dividendo. 3. Cancelarse y

aumentar en forma proporcional el valor de las demás acciones mediante

reforma del contrato social. 4. Cancelarlas y disminuir el capital hasta

concurrencia de su valor nominal. 5. Destinarlas a fines de beneficencia,

recompensas o premios especiales.

ART. 25.-Los dividendos pendientes pertenecerán al adquirente de las

acciones desde la fecha de la carta de traspaso, salvo pacta en contrario

de las partes en cuyo caso lo expresarán en la misma carta.

ART. 26.-La sociedad formará una reserva legal con el diez por ciento

(10%) de las utilidades liquidas de cada ejercicio, hasta completar el

cincuenta por ciento (50%) del capital suscrito. En caso de que este último

porcentaje disminuyere por cualquier causa, la sociedad deberá seguir

apropiando el mismo diez por ciento (10%) de las utilidades liquidas de los

ejercicios siguientes hasta cuando la reserva legal alcance nuevamente el

límite fijado.

ART. 27.-La asamblea general de accionistas podrá constituir reservas

ocasionales, siempre que tengan destinación específica y estén

debidamente justificadas. Antes de formar cualquier reserva, se harán las

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apropiaciones necesarias para atender el pago de impuestos. Hechas las

deducciones por este concepto y las reservas que acuerde la asamblea

general de accionistas, incluida la reserva legal, el remanente de las

utilidades líquidas se repartirá entre los socios en proporción a las acciones

que posean.

ART. 28.-En caso de pérdidas, estas se enjugaran con las reservas que se

hayan constituido para ese fin y, en su defecto, con la reserva legal. Las

reservas cuya finalidad fuere la de absorber determinadas pérdidas no se

podrán emplear para cubrir otras distintas, salvo que así lo decida la

asamblea general de accionistas. Si la reserva legal fuere insuficiente para

enjugar el déficit de capital, se aplicarán a este fin los beneficios sociales

de los ejercicios siguientes.

ART. 29.-EI revisor fiscal deberá ser contador público. Será nombrado por

la asamblea general de accionistas para un período de... por mayoría

absoluta de la asamblea, podrá ser reelegido indefinidamente y tendrá un

suplente quien lo reemplazará en sus faltas absolutas, accidentales o

temporales.

ART. 30.-EI revisor fiscal no podrá: 1. Ni por sí ni por interpuesta persona,

ser accionista de la compañía y su empleo es incompatible con cualquier

otro cargo en ella, en el Ministerio Público o en la rama jurisdiccional del

poder público. 2. Celebrar contratos con la compañía directa o

indirectamente. 3. Encontrarse en algunas las incompatibilidades previstas

por la ley.

ART. 31.-No podrá ser revisor fiscal: 1.Quien sea asociado de la compañía

o de alguna de sus subordinadas (si existen estas).

2. Quien esté ligado por matrimonio o por parentesco dentro del cuarto

grado de consanguinidad, primero civil o segundo de afinidad, o sea

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consocio de los administradores o funcionarios directivos, el cajero, auditor

o contador de la misma sociedad.

3. Quien desempeñe en la misma compañía o en sus subordinadas

cualquier otro cargo.

ART. 32.-Son funciones del revisor fiscal: 1. Cerciorarse de que las

operaciones que se celebran cumplan por cuenta de la sociedad se ajusten

a las prescripciones de estos estatutos, a las decisiones de la asamblea

general y de la junta directiva. Dar cuenta oportuna, por escrito, a la

asamblea, junta directiva o al gerente, según los casos, de las

irregularidades que ocurran en el funcionamiento de la sociedad y en el

desarrollo de sus negocios. 3. Colaborar con las entidades

gubernamentales que ejerzan la inspección y vigilancia de la compañía y

rendir los informes a que haya lugar o les sean solicitados. 4. Velar porque

la contabilidad de la sociedad se Ileve regularmente, así como las actas de

las reuniones de la asamblea, la junta directiva, y porque se conserven

debidamente la correspondencia de la sociedad y los comprobantes de las

cuentas impartiendo las instrucciones necesarias para tales fines. 5.

Inspeccionar asiduamente los bienes de la sociedad y procurar que se

tomen en forma oportuna las medidas de conservación o seguridad de los

mismos y de los que ella tenga en custodia a cualquier otro título. 6.

Impartir las instrucciones, practicar las inspecciones y solicitar los informes

que sean necesarios para establecer un control permanente sobre los

valores sociales. 7. Autorizar con su firma cualquier balance que se haga,

con su dictamen o informe correspondiente. 8. Convocar a la asamblea de

reuniones extraordinarias cuando lo juzgue necesario y 9. Cumplir las

demás atribuciones que le señale la ley o los estatutos y las que, siendo

compatibles con las anteriores, Ie encomiende la asamblea.

ART. 33.-EI revisor fiscal recibirá por sus servicios la remuneración que fije

la asamblea general de accionistas.

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ART. 34.-EI dictamen o informe del revisor fiscal, sobre los balances

generales deberán expresar, por lo menos: 1. Si ha obtenido las

informaciones necesarias para cumplir sus funciones. 2. Si en el curso de

la revisión se han seguido los procedimientos aconsejados por la técnica

de la interventoría de cuentas. 3. Si en su concepto la contabilidad se lIeva

conforme a las normas legales y a la técnica contable, y si las operaciones

registradas se ajustan a los estatutos y a las decisiones de la asamblea o

junta directiva, en su caso. 4. Si el balance y el estado de pérdidas y

ganancias han sido tomados fielmente de los libros; y si en su opinión el

primero presenta en forma fidedigna, de acuerdo con las normas de

contabilidad generalmente aceptadas, la respectiva situación financiera al

terminar el período revisado, y el segundo refleja el resultado de las

operaciones en dicho período. 5. Las reservas o salvedades que tengan

sobre la fidelidad de los estados financieros.

ART. 35.-EI informe del revisor fiscal a la asamblea deberá expresar: 1. Si

los actos de los administradores de la sociedad se ajustan a los estatutos y

a las órdenes o instrucciones de la asamblea. 2. Si la correspondencia, los

comprobantes de las cuentas y los libros de actas y de registro de

acciones, en su caso, se llevan y se conservan debidamente, y 3. Si hay y

son adecuadas las medidas de control interno, de conservación y custodia

de los bienes de la sociedad o de terceros que estén en poder de la

compañía.

ART. 36.-Cuando las circunstancias lo exijan, a juicio de la asamblea, el

revisor podrá tener auxiliares u otros colaboradores nombrados y

removidos libremente por él, que obrarán bajo su dirección y

responsabilidad, con la remuneración que fije la asamblea, sin perjuicio de

que el revisor tenga colaboradores o auxiliares contratados y remunerados

libremente por él. EI revisor fiscal solamente estará bajo la dependencia de

la asamblea.

ART. 37.-EI revisor fiscal responderá a los perjuicios que ocasione a la

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sociedad, por negligencia o dolo en el cumplimiento de sus funciones.

ART. 38.-EI revisor fiscal tendrá derecho a intervenir en las deliberaciones

de la asamblea general de accionistas y la junta directiva, aunque sin

derecho a voto, cuando sea citado. Tendrá así mismo, derecho a

inspeccionar en cualquier tiempo los libros de contabilidad, libros de actas,

correspondencia, comprobantes de cuentas y demás papeles de la

sociedad.

PAR.-EI revisor fiscal deberá guardar completa reserva sobre los actos o

hechos de que tenga conocimiento en ejercicio de su cargo y solamente

podrá comunicarlos o denunciarlos en la forma y casos previstos

expresamente en las leyes.

CAPÍTULO IV

Elecciones y votaciones

ART. 39.-En las elecciones y votaciones que corresponde hacer a la

asamblea general de accionistas, se observarán las reglas siguientes: a)

Todas las votaciones serán secretas; b) EI nombramiento del revisor fiscal

y de su suplente se hará por la mayoría absoluta de la asamblea; c) Para

la elección de miembros de la junta directiva y sus suplentes personales

se aplicará el sistema de cociente electoral el que se determinará

dividiendo el número total de los votos por el de las personas que se trate

de elegir. De cada lista se elegirán tantos nombres cuantas quepa el

cociente en el número de votos emitidos por la misma, y si quedaren

puestos, estos corresponderán a los residuos en orden descendente. En

caso de empate en los residuos decidirá la suerte; d) Requiérese el voto

de una mayoría que represente no menos de las tres cuartas partes de las

acciones suscritas para el ejercicio de las siguientes facultades privativas

de la asamblea general de accionistas: Decretar extraordinariamente

disuelta la compañía; fusión de esta compañía con otra u otras; para el

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traspaso, la enajenación o el arrendamiento de la totalidad de la empresa

o de la totalidad de los haberes de esta y para cambiar el domicilio social;

e) Para disponer que una emisión de acciones sea colocada sin sujeción

al derecho de preferencia, para que la asamblea general de accionistas

pueda ocuparse de temas no incluidos en el orden del día, una vez

agotado este, y cuando la asamblea decida no repartir dividendos en los

casos en que está obligada a hacerlo la sociedad, se requerirá el voto del

setenta por ciento de las acciones representadas; f) Para fijar el valor de

los aportes en especie, será necesario el voto del setenta por ciento de las

acciones suscritas, con exclusión de las acciones de los aportantes; g)

Para emitir acciones privilegiadas, será necesario el voto del setenta y

cinco por ciento de las acciones suscritas, para terminar o disminuir el

privilegio de las acciones, será necesario el voto de 75% de las acciones

suscritas siempre que esté incluido un 75% por lo menos de las acciones

privilegiadas; h) Para pagar el dividendo en acciones liberadas será

necesario el voto del 80% de las acciones representadas. A falta de esta

mayoría sólo podrán entregarse las acciones a título de dividendo a los

accionistas que así lo acepten; i) Requiérese el voto del 100% de las

acciones suscritas: Para decretar la transformación de la sociedad, cuando

este hecho aumente la responsabilidad de los accionistas. Para decretar la

fusión cuando ella imponga a los accionistas una mayor responsabilidad;

y, para que la sociedad forme parte de sociedad o sociedades colectivas.

PAR.-Las demás decisiones de la asamblea se adoptarán con el voto del

51% de las acciones representadas en la reunión.

CAPÍTULO V

Reformas de estatutos

ART. 40.-Las resoluciones sobre reformas de estatutos deben ser

aprobadas en un solo debate, en reuniones ordinarias o extraordinarias de

la asamblea general de accionistas y requieren el voto favorable del

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setenta por ciento de las acciones representadas en la reunión. Estas

reformas serán elevadas a escritura pública que firmará el representante

legal y se inscribirá en el registro mercantil conforme a la ley.

CAPÍTULO VI

Asamblea general de accionistas, junta directiva,

representante legal

SECCIÓN PRIMERA

Asamblea general de accionistas

ART. 41.-La asamblea de accionistas la constituyen estos reunidos con el

quórum y en las condiciones previstas en estos estatutos.

ART. 42.-La asamblea general de accionistas será presidida por el

presidente de la junta directiva, a falta de este por los miembros principales

o suplentes de la junta directiva en su orden, y en último caso, por el

accionista que designe la asamblea.

ART. 43.-Las reuniones de la asamblea general de accionistas pueden ser

ordinarias o extraordinarias. La convocatoria se hará mediante aviso que

se publicará en un diario de circulación en la ciudad de... (domicilio

principal de la sociedad) (puede ser por otro sistema). Cuando se tratare

de asamblea extraordinaria en el aviso debe insertarse el orden del día. La

convocatoria deberá hacerse con quince días hábiles de anticipación o

mediante comunicación por escrito dirigida a cada uno de los socios.

ART. 44.-Las reuniones ordinarias se celebraran por lo menos una vez al

año dentro de los tres primeros meses siguientes al vencimiento del

ejercicio social. Si convocada la asamblea esta no se reuniere, o si la

convocatoria no se hiciere con la anticipación señalada, entonces se

reunirá por derecho propio el primer día hábil del mes de abril a las 10 a.m.

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en las oficinas de la administración del domicilio principal.

ART. 45.-Las reuniones ordinarias tendrán por objeto examinar la

situación de la sociedad, designar los administradores y demás

funcionarios de su elección, determinar las directrices económicas de la

compañía, considerar las cuentas y balances del último ejercicio, resolver

sobre la distribución de utilidades y acordar todas las providencias

necesarias para asegurar el cumplimiento del objeto social. Las reuniones

extraordinarias se efectuarán cuando las necesidades imprevistas o

urgentes de la compañía así lo exijan, por convocatoria de la junta

directiva, del representante legal o del revisor fiscal, o a solicitud de un

número de los socios representantes de la cuarta parte por lo menos del

capital suscrito. La convocatoria para las reuniones extraordinarias se hará

en la misma forma que para las ordinarias, pero con una anticipación de

cinco días comunes a menos que en ellas hayan de aprobarse cuentas y

balances generales de fin de ejercicio, pues entonces la convocatoria se

hará con la misma anticipación prevista por las ordinarias.

ART. 46.-Las reuniones de la asamblea se efectuarán en el domicilio

social. Sin embargo, podrá reunirse válidamente cualquier día y en

cualquier lugar sin previa convocación, cuando se hallare representada la

totalidad de las acciones suscritas.

ART. 47.-Con el aviso de convocatoria para las reuniones extraordinarias

se especificarán los asuntos sobre los que se deliberará y decidirá, sin que

puedan tratarse temas distintos, a menos que así lo disponga el setenta

por ciento de las acciones presentes o representadas, una vez agotado el

orden del día. En todo caso, podrá remover a los administradores y demás

funcionarios cuya designación les corresponda.

ART. 48.-Si se convoca la asamblea general de accionistas y la reunión

no se efectúa por falta de quórum, se citará a una nueva reunión que

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sesionará y decidirá válidamente con un número plural de socios,

cualquiera que sea la cantidad de acciones que está representada. La

nueva reunión deberá efectuarse no antes de los diez días hábiles ni

después de los treinta días, también hábiles, contados desde la fecha

fijada para la primera reunión. Cuando la asamblea se reúna, en sesión

ordinaria por derecho propio el primer día hábil del mes de abril

también podrá deliberar y decidir válidamente en los términos

anteriores. En todo caso, las reformas estatutarias se adoptarán con la

requerida por la ley o por estos estatutos.

ART. 49.-Habrá quórum para deliberar tanta en las sesiones ordinarias

como en las extraordinarias con un número plural de accionistas que

represente por lo menos... de las acciones suscritas.

ART. 50.- Todo socio podrá hacerse representar en las reuniones de la

asamblea general de accionistas mediante poder otorgado por escrito,

en el que se indique el nombre del apoderado, la persona en quien

éste pueda sustituirlo y la fecha de la reunión para la cual se confiere,

(y los demás requisitos que en cada caso se resuelva incluir en los

estatutos). El poder otorgado podrá comprender dos o más reuniones

de la asamblea de accionistas.

ART. 51.-Las decisiones de la asamblea general de accionistas se

harán constar en actas aprobadas por la misma, o por las personas

que se designen en la reunión para tal efecto, y firmadas por el

representante y el secretario de la misma, en las cuales deberá

indicarse su número, lugar, la fecha y hora del la reunión; el número

de acciones suscritas; la forma y antelación' de la convocación; la lista

de los asistentes indicación del número de acciones propias o ajenas

que representen los asuntos tratados, los votos emitidos en favor, en

contra, o en blanco; las constancias escritas presentadas por los

asistentes durante la reunión; las designaciones efectuadas, y la fecha

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y hora de su clausura.

ART. 52.-Son funciones de la asamblea general de accionistas:

1. Disponer qué reservas deben hacerse además de las legales.

2. Fijar el monto del dividendo, así como la forma y plazos en que se

pagara.

3. Ordenar las acciones que correspondan contra los

administradores, funcionarios directivos o el revisor fiscal.

4. Elegir y remover libremente a los funcionarios cuya designación Ie

corresponda.

5. Disponer que determinada emisión de acciones ordinarias sean

colocadas sin sujeción al derecho de preferencia, para lo cual se

requerirá el voto favorable de no menos del setenta por ciento de

las presentes en la reunión.

6. Adoptar las medidas que exigiere el interés de la sociedad.

7. Estudiar y aprobar las reformas de los estatutos.

8. Examinar, aprobar o improbar los balances de fin de ejercicio y las

cuentas que deban rendir los administradores.

9. Disponer de las utilidades sociales conforme al contrato y a las leyes.

10. Considerar los informes de los administradores o del representante legal

sobre el estado de los negocios sociales, y el informe del revisor fiscal.

11. Adoptar todas las medidas que reclamen el cumplimiento de los

estatutos y el interés común de los asociados.

12. Las demás que señalen la ley y estos estatutos.

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SECCIÓN SEGUNDA

Junta directiva

ART. 53.-La junta directiva se compone de... miembros principales quienes

tendrán un suplente personal cada uno. EI gerente general de la sociedad

tendrá voz pero no voto en las reuniones de la junta directiva y no devengará

remuneración especial por su asistencia a las reuniones de ella, a menos que

sea miembro de la junta, caso en el cual tendrá voz, voto y remuneración.

ART. 54.-EI período de duración de los miembros principales y sus suplentes

en la junta directiva será de... años, y unos y otros podrán ser reelegidos o

removidos por decisión de la asamblea de accionistas. La junta directiva

designará de su seno un presidente y un vicepresidente.

ART. 55.-La junta directiva se reunirá ordinariamente por lo menos... vez (ces)

cada... y podrá reunirse en forma extraordinaria cuando lo soliciten dos de sus

miembros que actúen como principales, el gerente de la sociedad o el revisor

fiscal.

ART. 56.-La junta directiva deliberará y decidirá válidamente con la presencia

y los votos de la mayoría de sus miembros.

ART. 57.-Son atribuciones de la junta directiva:

1. Nombrar y remover a los empleados cuya designación no corresponda

a la asamblea general de accionistas.

2. Designar el gerente fijándole su remuneración.

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3. Crear los demás empleos que considere necesarios para el buen

servicio de la empresa, señalarles funciones y remuneración.

4. Delegar en el gerente o en cualquier otro empleado, las funciones que

estime convenientes.

5. Autorizar al gerente para comprar, vender o gravar bienes inmuebles y

para celebrar los contratos cuyos valores excedan de... pesos ($...).

6. Convocar a la asamblea a su reunión ordinaria, cuando no lo haga

oportunamente el representante legal o a reuniones extraordinarias,

cuando lo juzgue conveniente.

7. Impartirle al gerente las instrucciones, orientaciones y órdenes que

juzgue convenientes.

8. Presentar a la asamblea general los informes que ordene la ley.

9. Determinar las partidas que se deseen lIevar a fondos especiales.

10. Examinar cuando lo tenga a bien, los libros, documentos, fábricas,

instalaciones, depósitos y caja de la compañía.

11. Abrir sucursales o agencias o dependencias, dentro o fuera del país.

12. Elaborar el reglamento de emisión, ofrecimiento y colocación de

acciones en reserva de conformidad con lo previsto en el artículo

undécimo (11) de estos estatutos.

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13. Tomar las decisiones que no correspondan a la asamblea o a otro

órgano de la sociedad.

ART. 58.-Cualquier duda o colisión respecto de las funciones o atribuciones

de la junta directiva y el gerente, se resolverá siempre en favor de la junta

directiva y las colisiones entre la junta y la asamblea general, se resolverán, a

su vez, a favor de la asamblea.

ART. 59.-La citación o convocación de la junta directiva se hará

personalmente a los principales y también a los suplentes de quienes estén

ausentes o impedidos para actuar o manifiesten al hacérseles la citación, que

no habrán de concurrir a la reunión.

ART. 60.-Respecto a las reuniones de la junta directiva se observarán las

siguientes reglas:

a) La junta elegirá un presidente y un secretario para un período igual al

suyo, a quienes podrá remover libremente en cualquier tiempo;

b) EI gerente tendrá voz, sin derecho a voto, en las deliberaciones de la

junta directiva, salvo que se designe para tal cargo a un miembro de la

junta, caso en el cual tendrá voz y voto en las deliberaciones de la misma;

c) Las autorizaciones de la junta directiva al gerente, en los casos previstos

en estos estatutos, podrán darse en particular, para cada acto u

operación;

d) De las reuniones de la junta se levantarán actas completas, firmadas por

el presidente y el secretario, y en ellas se dejará constancia del lugar y

fecha de la reunión, del nombre de los asistentes, con la especificación

de la condición de principales o suplentes con que concurran, de todos

los asuntos tratados y de las decisiones adoptadas, negadas o

aplazadas.

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ART. 61.-No podrá haber en la junta directiva una mayoría cualquiera formada

por personas ligadas entre sí por matrimonio, o por parentesco dentro del

tercer grado de consanguinidad o segundo de afinidad, o primero civil, excepto

en el caso de que la sociedad se reconozca como de familia. Si se eligiere una

junta contrariando esta disposición, no podrá actuar y continuará ejerciendo

sus funciones la junta anterior, que convocará inmediatamente a la asamblea

para la nueva elección. Carecerán de toda eficacia las decisiones adoptadas

por la junta con el voto de una mayoría que contraviniere lo dispuesto en este

artículo.

ART. 62.-Los principales y los suplentes de la junta serán elegidos por la

asamblea general, para períodos determinados y por cociente electoral, según

lo previsto en el artículo ciento noventa y siete (197) del Código de Comercio,

sin perjuicio de que puedan ser reelegidos o removidos libremente por la

misma asamblea. Las personas elegidas no podrán ser reemplazadas en

elecciones parciales, sin proceder a nueva elección por el sistema de cociente

electoral, a menos que las vacantes se provean por unanimidad.

ART. 63.-La junta directiva tendrá atribuciones suficientes para ordenar que se

ejecute o celebre cualquier acto o contrato comprendido dentro del objeto

social y para tomar las determinaciones necesarias en orden a que la

sociedad cumpla sus fines.

SECCIÓN TERCERA

Gerente

ART. 64.-La sociedad tendrá un gerente, que podrá ser o no miembro de la

junta directiva, con un suplente que reemplazará al principal, en sus faltas

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accidentales, temporales o absolutas.

ART. 65.- Tanto el gerente principal, como el suplente, serán elegidos por la

junta directiva para períodos de... año(s), sin perjuicio de que la misma junta

pueda removerlos libremente en cualquier tiempo.

ART. 66.-EI gerente, quien haga sus veces es el representante legal de la

sociedad para todos los efectos.

ART. 67.-EI gerente ejercerá todas las funciones propias de la naturaleza de

su cargo, y en especial, las siguientes: 1. Representar a la sociedad ante los

accionistas, ante terceros y ante toda clase de autoridades del orden

administrativo y jurisdiccional. 2. Ejecutar todos los actos u operaciones

correspondientes al objeto social, de conformidad con lo previsto en las leyes

y en estos estatutos. 3. Autorizar con su firma todos los documentos públicos

o privados que deban otorgarse en desarrollo de las actividades sociales o en

interés de la sociedad. 4. Presentar a la asamblea general en sus reuniones

ordinarias, un inventario y un balance de fin de ejercicio, junto con un informe

escrito sobre la situación de la sociedad, un detalle completo de la cuenta de

pérdidas y ganancias y un proyecto de distribución de utilidades obtenidas. 5.

Nombrar y remover los empleados de la sociedad cuyo nombramiento y

remoción Ie delegue la junta directiva. 6. Tomar todas las medidas que

reclame la conservación de los bienes sociales, vigilar la actividad de los

empleados de la administración de la sociedad e impartirles las órdenes e

instrucciones que exija la buena marcha de la compañía. 7. Convocar la

asamblea general a reuniones extraordinarias cuando lo juzgue conveniente o

necesario y hacer las convocatorias del caso cuando lo ordenen los estatutos,

la junta directiva o el revisor fiscal de la sociedad. 8. Convocar la junta

directiva cuando lo considere necesario o conveniente tenerla informada del

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curso de los negocios 9. Cumplir las órdenes e instrucciones que la asamblea

general o la junta directiva, y, en particular solicitar autorizaciones para los

negocios que deben aprobar previamente la asamblea o la junta según lo

disponen las normas correspondientes en el presente estatuto. 10. Cumplir o

hacer que se cumplan oportunamente todos los requisitos o exigencias que se

relacionen con el funcionamiento y actividades de la sociedad.

ART. 68.-En el registro mercantil se inscribirá la designación de

representantes legales y del revisor fiscal y sus suplentes, mediante copia de

la parte pertinente del acta de la junta directiva o de la asamblea cuando sea

ella quien los nombre, una vez aprobada y por el presidente y el secretario, y

en su defecto, por el revisor fiscal.

PAR.-Las personas cuyos nombres figuren en el correspondiente registro

mercantil como principal y suplente serán los representantes de la sociedad

para todos los efectos legales, mientras se cancele su inscripción mediante el

registro de un nuevo nombramiento.

ART. 69.-EI gerente deberá rendir cuentas comprobadas de su gestión,

cuando se lo exijan la asamblea general o la junta directiva, al final de cada

año y cuando se retire de su cargo.

SECCIÓN CUARTA

Secretario

ART. 70.-La compañía tendrá un empleado secretario llamado secretario de

libre nombramiento de la junta directiva, que será a la vez secretario de la

asamblea, de la junta directiva y del gerente.

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ART. 71.-Son deberes del secretario: a. Llevar los libros de las actas de la

asamblea general de accionistas y de la junta directiva; b) Comunicar las

convocatorias para las reuniones de la y de la junta; c) Cumplir los demás

deberes que le impongan la asamblea general, la junta directiva y el gerente.

CAPÍTULO VII

Balance, dividendos

ART. 72.-La sociedad tendrá ejercicios anualmente que se cerrarán el treinta y

uno (31) de diciembre de cada año, para hacer el inventario, y el balance

general de ejercicio y someterlos a la aprobación de la asamblea. EI balance

se hará conforme a las prescripciones legales. Copia del balance, autorizada

por un contador público, será publicada, por lo menos, en el boletín de la

Cámara de Comercio del domicilio social.

ART. 73.-La junta directiva y el representante legal presentarán a la asamblea

a su aprobación o improbación el balance de cada ejercicio, acompañado de

los siguientes documentos: 1. EI detalle completo de la cuenta de pérdidas y

ganancias del correspondiente ejercicio social, con especificación de las

apropiaciones hechas por concepto de depreciación de activos fijos y de

amortización de intangibles. 2. Un proyecto de distribución de utilidades

repartibles, con la deducción de una suma calculada para el pago de

impuestos sobre la renta y sus complementarios por el correspondiente

ejercicio gravable. 3. EI informe de la junta directiva sobre la situación

económica y financiera de la sociedad que contendrá, además de los datos

contables y estadísticos pertinentes, los que a continuación se enumeran: a)

Detalle de los egresos por concepto de salarios, honorarios, viáticos, gastos

de representación, bonificaciones, prestaciones en dinero y en especie,

erogaciones por concepto de transporte y cualquiera otra clase de

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remuneraciones que hubiere percibido cada uno de los directivos de la

sociedad; b) Las erogaciones por los mismos conceptos indicados en el

literal anterior, que se hubieren hecho en favor de asesores o gestores,

vinculados o no a la sociedad mediante contrato de trabajo, cuando la

principal función que realicen consista en tramitar asuntos ante entidades

públicas o privadas, o aconsejar o preparar estudios para adelantar tales

tramitaciones; c) Las transferencias de dinero y demás bienes, a título

gratuito o a cualquier otro que pueda asimilarse a este, efectuadas a favor de

personas naturales o jurídicas; d) Los gastos de propaganda y de relaciones

públicas, discriminados unos y otros; e) Los dineros y otros bienes que la

sociedad posea en el exterior y las obligaciones en moneda extranjera, y f)

Las inversiones discriminadas de la compañía en otras sociedades,

nacionales o extranjeras. 4. Un informe escrito del representante legal sobre

la forma como hubiere Ilevado a cabo su gesti6n, y las medidas cuya

adopción recomiende a la asamblea. 5. EI informe escrito del revisor fiscal.

ART. 74.-Los documentos indicados en el artículo anterior, junto con los

libros y demás comprobantes exigidos por la ley, deberán ponerse a

disposición de los accionistas en las oficinas de la administración, durante

los quince días hábiles que preceden a la reunión de la asamblea.

ART. 75.-Dentro de los treinta días hábiles siguientes a la reunión de la

asamblea el representante legal de la sociedad remitirá a la

Superintendencia de Sociedades una copia del balance, según el formulario

oficial, y de los anexos que lo expliquen o justifiquen, junto con el acta de la

reunión de la asamblea en que hubieren sido discutidos y aprobados.

ART. 76.-AI final de cada ejercicio se producirá el estado de pérdidas y

ganancias. Para determinar los resultados definitivos de las operaciones

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realizadas en el respectivo ejercicio será necesario que se hayan apropiado

previamente, de acuerdo con las leyes y con las normas de contabilidad, las

partidas necesarias para atender el deprecio, desvalorización y garantía del

patrimonio social. Los inventarios se avaluarán de acuerdo con los métodos

permitidos por la legislación fiscal.

ART. 77.-La distribución de utilidades sociales se hará, previa aprobación de

la asamblea, justificada con balances fidedignos y después de hechas las

reservas legal, estatutarias y ocasionales, así como las apropiaciones para el

pago de impuestos en proporción a la parte pagada del valor nominal de las

acciones suscritas.

ART. 78.-Salvo determinación en contrario, aprobada por el setenta por

ciento (70%) de las acciones representadas en la asamblea, la sociedad

repartirá, a título de dividendo o participación, no menos del cincuenta por

ciento (50%) de las utilidades Iíquidas obtenidas en cada ejercicio o del

saldo de las mismas, si tuviere que enjugar pérdidas de ejercicios anteriores.

ART. 79.-Si la suma de las reservas legal, estatutarias y ocasionales

excediere del ciento por ciento del capital suscrito, el porcentaje obligatorio

de utilidades Iíquidas que deberá repartir la sociedad se elevará al setenta

por ciento (70%).

ART. 80.-Las sumas debidas a los asociados por concepto de utilidades

formarán parte del pasivo externo de la sociedad y podrán exigirse

judicialmente. Prestarán mérito ejecutivo el balance y la copia auténtica de

las actas en que consten los acuerdos válidamente aprobados por la

asamblea general. Las utilidades que se repartan se pagarán en dinero

efectivo dentro del año siguiente a la fecha en que se decreten y se

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compensarán con las sumas exigibles que los socios deban a la sociedad.

ART. 81.-EI pago de dividendos se hará en dinero efectivo, en las épocas

que acuerde la asamblea general y a quien tenga la calidad de accionista al

tiempo de hacerse exigible cada pago. No obstante, podrá pagarse el

dividendo en forma de acciones liberadas de la misma sociedad, si así lo

dispone la asamblea con el voto del ochenta por ciento (80%) de las

acciones representadas. A falta de esta mayoría, sólo podrán entregarse

tales acciones a título de dividendo a los accionistas que así lo acepten.

ART. 82.-La sociedad no reconocerá intereses sobre los dividendos que no

fueren reclamados oportunamente, los cuales quedarán en la caja social, en

depósito disponible a la orden del dueño.

ART. 83.-La aprobación del balance general, implica la de las cuentas del

respectivo ejercicio y también su fenecimiento. Para esta aprobación es

necesario el voto del 51% de las acciones representadas en la asamblea, sin

que puedan votar los administradores o empleados de la sociedad.

CAPÍTULO VIII

Bonos

ART. 84.-La sociedad podrá obtener empréstitos por medio de emisión de

bonos o títulos representativos de obligaciones, con autorización de la

asamblea general y de acuerdo con las estipulaciones de la ley. Podrá sin

embargo, la junta directiva aprobar el prospecto de bonos, siempre que la

asamblea fije las bases de que tratan los numerales 1o a 7Q del artículo 7o

del Decreto-Ley 1026 de 1990, y las normas que los adicionen, modifiquen o

sustituyan.

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CAPÍTULO IX

Disolución y liquidación

ART. 85.-La sociedad se disolverá: 1. Por vencimiento del término previsto

para su duración en el contrato, si no fuere prorrogado válidamente antes de

su expiración. 2. Por la imposibilidad de desarrollar la empresa social, por la

terminación de la misma o por la extinción de la cosa o cosas cuya explotación

constituye su objeto. 3. Por reducción del número de accionistas a menos del

requerido en la ley para su formación y funcionamiento. 4. Por la iniciación del

trámite de liquidación obligatoria de la sociedad. 5. Por decisión de autoridad

competente en los casos expresamente previstos en las leyes. 6. Por decisión

de los asociados, adoptada conforme a las leyes y al presente estatuto. 7.

Cuando ocurran pérdidas que reduzcan el patrimonio neto por debajo de

cincuenta por ciento (50%) del capital suscrito. 8. Cuando el noventa y cinco

por ciento (95%) o más de las acciones suscritas llegue a pertenecer a un

solo accionista.

ART. 86.-Cuando se verifiquen las perdidas indicadas en el numeral 7o del

artículo anterior, los administradores se abstendrán de iniciar nuevas

operaciones y convocarán inmediatamente a la asamblea general, para

informarla completa y documentadamente de dicha situación.

ART. 87.-La asamblea podrá tomar u ordenar las medidas conducentes al

restablecimiento del patrimonio por encima del cincuenta por ciento (50%) del

capital suscrito, como la venta de bienes sociales valorizados, la reducción del

capital suscrito, conforme a lo previsto en la ley, la emisión de nuevas

acciones, etc. Si tales medidas no se adoptan, la asamblea deberá declarar

disuelta la sociedad para que se proceda a su liquidación. Estas medidas

deberán tomarse dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que

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queden consumadas las pérdidas indicadas.

ART. 88.-En caso de vencimiento del término del contrato social, la disolución

de la sociedad se producirá, entre los asociados y respecto de terceros, a

partir de la fecha de expiración del término de su duración, sin necesidad de

formalidades especiales. La disolución proveniente de decisión de los

asociados se sujetará a las reglas previstas para la reforma del contrato

social. Cuando la disolución provenga de la iniciación del trámite de

liquidación obligatoria o de la decisión de autoridad competente, se registrará

copia de la correspondiente providencia, en la forma y con los efectos

previstos para las reformas del contrato social. La disolución se producirá

entre los asociados a partir de la fecha que se indique en dicha providencia,

pero no producirá efectos respecto de terceros sino a partir de la fecha del

registro.

ART. 89.-Cuando la disolución provenga de causales distintas de las

indicadas en el artículo anterior, los asociados deberán declarar disuelta la

sociedad por la ocurrencia de la causal respectiva y darán cumplimiento al as

formalidades exigidas para las reformas del contrato social. No obstante, los

asociados podrán evitar la disolución de la sociedad adoptando las

modificaciones que sean del caso, según las causas ocurrida y observando

las reglas prescritas para las reformas del contrato, siempre que el formalice

dentro de los seis meses siguientes a la ocurrencia de la causal.

ART. 90.-Disuelta la sociedad se procederá de inmediato a su liquidación. En

consecuencia, no podrá iniciar nuevas operaciones en desarrollo de su objeto

y se conservara su capacidad jurídica únicamente para los actos necesarios a

la inmediata Iiquidación. Cualquier operación o acto ajeno a este fin, salvo los

autorizados expresamente por la ley, hará responsables frente a la sociedad, a

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los asociados y a terceros, en forma ilimitada y solidaria, al liquidador y al

revisor fiscal que no se hubiere opuesto. EI nombre de la sociedad disuelta

deberá adicionarse siempre con la expresión "en liquidación". Los encargados

de realizarla responderán de los daños y perjuicios que se deriven por dicha

omisión.

ART. 91.-Disuelta la sociedad se procederá a la liquidación y distribución de

los bienes de acuerdo a lo prescrito por las leyes. Las determinaciones de la

asamblea deberán tener relación directa con la liquidación. Tales decisiones

se adoptarán por la mayoría absoluta de votos presentes, salvo que en la ley

se disponga expresamente otra cosa.

ART. 92.-Los liquidadores presentarán en las reuniones ordinarias de la

asamblea estados de liquidación, con un informe razonado sobre su un

balance general y un inventario detallado. Estos documentos estarán a

disposición de los asociados durante el término de la convocatoria.

ART. 93.-Mientras no se haga y se registre el nombramiento de liquidadores,

actuarán como tales las personas que figuren inscritas en el registro mercantil

del domicilio social como representantes de Ia sociedad.

ART. 94.-La liquidación del patrimonio social se hará por un liquidador

especial, nombrado conforme a los estatutos o a la ley. Podrán nombrarse

varios liquidadores y por cada uno deberá nombrarse un suplente. Estos

nombramientos se inscribirán en el registro mercantil del domicilio social y de

las sucursales y sólo a partir de la fecha del registro tendrán los nombrados

facultades y obligaciones de los liquidadores. Cuando agotados los medios

previstos por la ley o en estos estatutos para hacer la designación de

Iiquidador, y esta no se haga, cualquiera de los asociados podrá solicitar a la

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Superintendencia de Sociedades que se nombre por ella el respectivo

liquidador.

ART. 95.-Quien administre bienes de la sociedad y sea designado liquidador,

no podrá ejercer el cargo sin que previamente se aprueben las cuentas de su

gestión por la asamblea general de accionistas. Si transcurridos treinta días

desde la fecha en que se designó liquidador, no se hubieren aprobado las

mencionadas cuentas, se procederá a nombrar nuevo liquidador.

ART. 96.-Salvo estipulación en contrario, cuando haya dos o más

liquidadores, actuarán de consuno, y si se presentan discrepancias entre ellos,

la asamblea de accionistas decidirá con el voto de la mayoría absoluta de las

acciones representadas en la correspondiente reunión.

ART. 97.-Las personas que entren a actuar como liquidadores deberán

informar a los acreedores sociales del estado de liquidación en que se

encuentra la sociedad, una vez disuelta, mediante aviso que se publicará en

un periódico que circule regularmente en el lugar del domicilio social y que

se fijara en lugar visible de las oficinas y establecimientos de comercio de la

sociedad.

ART. 98.-Dentro del mes siguiente a la fecha en que la sociedad quede

disuelta respecto de los socios y de terceros, los liquidadores deberán

solicitar a la Superintendencia de Sociedades la aprobación del inventario

del patrimonio social.

ART. 99.-Mientras no se haya cancelado el pasivo externo de la sociedad,

no podrá distribuirse suma alguna de los socios, pero podrá distribuirse entre

ellos la parte de los activos que exceda del doble del pasivo inventariado y

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96

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no cancelado al momento de hacerse la distribución.

ART. 100.-EI pago de las obligaciones sociales se hará observando las

disposiciones legales sobre prelación de créditos. Cuando haya obligaciones

condicionales se hará una reserva adecuada en poder de los liquidadores

para atender dichas obligaciones si lIegaren a hacerse exigibles, la que se

distribuirá entre los socios en caso contrario.

ART. 101.-En el período de liquidación la asamblea sesionará en reuniones

ordinarias o extraordinarias en la forma prevista en estos estatutos y tendrá

todas las funciones compatibles con el estado de liquidación, tales como

nombrar y remover libremente a los liquidadores y sus suplentes, acordar

con ellos el precio de los servicios, aprobar la cuenta final y el acta de

liquidación.

ART. 102.-Cancelado el pasivo social externo se elaborará la cuenta final de

liquidación y el acta de distribución del remanente entre los accionistas. EI

liquidador o liquidadores convocarán conforme a estos estatutos a la

asamblea para que dicho órgano apruebe las cuentas de su gestión y al acta

de distribución; si hecha la citación no se hace presente ningún asociado, los

liquidadores convocarán a una segunda reunión para dentro de los diez (10)

días hábiles siguientes y si en esta ocasión no concurre ninguno, se tendrán

por aprobadas las cuentas de los liquidadores, las cuales no podrán ser

impugnadas posteriormente. Aprobada la cuenta final de liquidación se

entregara a los asociados lo que les corresponda y si hay ausentes o son

numerosos, los liquidadores los citarán mediante avisos que se publicarán

por lo menos tres (3) veces con intervalos de ocho (8) a diez (10) días

hábiles, en un periódico que circule en el lugar del domicilio social. Hecha la

citación anterior y transcurridos diez (10) días hábiles después de la última

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publicación, los liquidadores entregarán a la junta departamental de

beneficencia del lugar del domicilio social y a falta de esta a la junta que

opere en el lugar más próximo, los bienes que correspondan a los socios que

no se hayan presentado a reclamarlos. Si estos no lo hicieren dentro del año

siguiente, dichos bienes pasarán a ser propiedad de la entidad de

beneficencia para lo cual el liquidador entregará los documentos de traspaso

a que haya lugar.

ART. 1 03.-Por acuerdo de todos los asociados podrá prescindirse de hacer

la liquidación en los términos anteriores y constituir con las formalidades

legales, una nueva sociedad que continúe la empresa social.

ART. 104.-EI acto previsto en el artículo anterior, se someterá a las

disposiciones pertinentes sobre fusión y enajenación de establecimientos de

comercio. Cumplido tal acto en esta forma, la nueva sociedad se sustituirá

en todas las obligaciones de la anterior con todos sus privilegios y garantías.

ART. 105.-Los terceros no tendrán acciones contra los asociados por las

obligaciones sociales. Estas acciones solo podrán ejecutarse contra los

liquidadores y únicamente hasta concurrencia de los activos sociales

recibidos por ellos.

ART. 106.-Si de acuerdo con las normas anteriores quedaren bienes en

especie por distribuir, los accionistas podrán convenir por unanimidad tales

distribuciones reunidos en asamblea y el liquidador o liquidadores

procederán de conformidad.

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CAPÍTULO X

Diferencias

ART. 107.- Toda diferencia o controversia relativa a este contrato y a su

ejecución y liquidación, se resolverá por un tribunal de arbitramento

designado por la Cámara de Comercio de..., mediante sorteo entre los

árbitros inscritos en las listas que lIeva dicha cámara. EI tribunal así

constituido se sujetará a lo dispuesto por el Decreto 2279 de 1989 y a las

demás disposiciones legales que lo modifiquen o adicionen, de acuerdo con

las siguientes reglas: a) EI tribunal estará integrado por tres árbitros; b) La

organización interna del tribunal se sujetará a las reglas previstas para el

efecto por el centro de arbitraje de la Cámara de Comercio de... ; c) EI

tribunal decidirá en derecho, y d) EI tribunal funcionará en la ciudad de... en

el centro de arbitraje de la Cámara de Comercio de esta ciudad.

Minuta para la constitución de una sociedad en comandita por acciones

ART. 1o-Son socios gestores de la sociedad comercial que por esta escritura

se constituye, los señores... y socios comanditarios los señores... (Aquí el

nombre y domicilio de los otorgantes. Si se trata de personas naturales, se

expresará su nacionalidad y documento de identificación, si es de personas

jurídicas, la ley, decreto o escritura de que deriven su existencia. La sociedad

en comandita por acciones no podrá constituirse ni funcionar con menos de

cinco accionistas).

ART. 2o-La sociedad será comercial de la especie de las sociedades en

comandita por acciones y girará bajo la razón social... (La razón social se

formará con el nombre completo o el sólo apellido de uno o más socios

colectivos y se agregará la expresión "y compañía" o la abreviatura "& Cía.",

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seguida en todo caso de las palabras "Sociedad Comanditaria por Acciones" o

su abreviatura "SCA", art. 324).

ART. 3o-EI domicilio de la sociedad será la ciudad de..., pero podrá crear

sucursales, agencias o dependencias en otros lugares del país o del exterior

por disposición de la asamblea general de accionistas, con arreglo a la ley.

ART. 4o-La sociedad tendrá como objeto principal las siguientes actividades...

ART. 5o-La sociedad tendrá un capital de... dividido en... acciones normativas

de un valor nominal de... ($) c/u, las que han sido suscritas y pagadas por los

socios comanditarios en la siguiente forma... Se relacionará a continuación la

forma como los socios comanditarios o capitalistas suscriben y pagan las

acciones, con la advertencia de que en el acto de la constitución debe

suscribirse por lo menos el cincuenta por ciento (50%) de las acciones

representativas del capital social y pagarse siquiera la tercera parte del valor

de cada acción suscrita. EI saldo deberá amortizarse en un plazo que no

puede exceder de un año, contado a partir de la fecha de constitución. Si el

pago se hace en dinero, así se hará constar. Si en bienes en especie, estos se

determinarán por su género y cantidad o especificándolos en su individualidad,

según el caso, pero de todas maneras estimados en su valor comercial.

Si la sociedad debiere estar sometida a la vigilancia de la Superintendencia de

Sociedades, el avalúo deberá practicarse en asamblea preliminar y someterse

a la aprobación de ese despacho. En estos casos los avalúos se harán

constar en la escritura de constitución, en la que se insertará la providencia en

que la superintendencia los haya aprobado.

ART. 6o-La responsabilidad de los socios gestores por las obligaciones

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sociales será solidaria e ilimitada, la de los socios comanditarios se extenderá

hasta concurrencia de sus aportes.

ART. 7o-Las acciones serán indivisibles y, en consecuencia, cuando por

cualquier causa legal o convencional una acción pertenezca a varias

personas, estas deberán designar un representante común y único que ejerza

los derechos correspondientes a la calidad de accionista. A falta de acuerdo,

el juez del domicilio social designará el representante de tales acciones, a

petición de cualquier interesado. El albacea con tenencia de bienes

representará las acciones que pertenezcan a la sucesión ilíquida. Siendo

varios los albaceas designarán un solo representante, salvo que uno de ellos

hubiere sido autorizado por el juez para tal efecto. A falta de albacea, llevará la

representación la persona que elijan por mayoría de votos los sucesores

reconocidos en el juicio.

ART. 8o-Las acciones serán ordinarias y de capital, pero podrán crearse

acciones de goce o industria y privilegiadas y preferenciales sin derecho de

voto. Las acciones conferirán a sus titulares los derechos establecidos en la

ley.

ART. 9o-La sociedad llevará un libro de registro de acciones, en el cual se

anotarán las enajenaciones de las mismas, los gravámenes y demás

circunstancias que afecten su propiedad.

ART. 10º.-Las acciones no suscritas en el acto de constitución y las que

emitan posteriormente la sociedad serán colocadas de acuerdo con el

reglamento de suscripción que elaborará la asamblea general de accionistas y

que contendrá lo siguiente:

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1. La cantidad de acciones que se ofrecen, que no podrán ser inferiores a

las emitidas.

2. La proporción y forma en que podrán suscribirse.

3. EI plazo de la oferta, que no será menos de quince días hábiles ni

excederá de tres meses.

4. EI precio a que sean ofrecidas, que no será inferior al nominal.

5. Los plazos para el pago de las acciones. (En las sociedades en comandita

por acciones, el reglamento de colocación de acciones ordinarias deberá

forzosamente aprobarse por la asamblea general de accionistas, ya que

ellas carecen de junta directiva) (arts. 326, 347, 385 Y 386).

ART. 11.-Los accionistas tendrán derecho a suscribir preferencialmente en

toda nueva emisión de acciones, una cantidad proporcional a las que posean

en la fecha en que la asamblea general de accionistas apruebe el reglamento.

En este se indicará el plazo para suscribir, que no será inferior a quince días

hábiles contados desde la fecha de la oferta. Los gestores de la sociedad

ofrecerán las acciones por los medios de comunicación previstos en los

estatutos para la convocatoria de la asamblea ordinaria. No obstante, la

asamblea puede prescindir del derecho de preferencia, en la forma indicada

en la ley y en los estatutos. EI derecho a la suscripción de acciones solamente

será negociable desde la fecha del aviso de oferta. Para ello bastará que el

titular indique por escrito a la sociedad el nombre del cesionario o cesionarios.

ART. 12.-Cuando un accionista esté en mora de pagar las cuotas de las

acciones que hayan suscrito, no podrá ejercer los derechos inherentes a

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[email protected]

ellas. Para este efecto, se anotarán los pagos efectuados y los saldos

pendientes. Si la sociedad tuviere obligaciones vencidas a cargo de los

accionistas, por concepto de cuotas de las acciones suscritas, acudirá a

elección de la asamblea a cualquiera de los árbitros señalados en la ley.

ART. 13.-A todo suscriptor de acciones deberá expedirse por la sociedad el

título o títulos que justifiquen su calidad de tal, de acuerdo con lo dispuesto en

la ley. Mientras el valor de las acciones no esté cubierto íntegramente, sólo se

expedirán certificados provisionales a los suscriptores. La transferencia de los

certificados se sujetará a las condiciones señaladas en estos estatutos, y del

importe no pago responderán solidariamente cedentes y cesionarios.

Pagadas totalmente las acciones, se cambiarán los certificados provisionales

por títulos definitivos.

ART. 14.-Los títulos se expedirán en series continuas, con las firmas de los

representantes legales y contendrán las menciones exigidas por la ley para el

caso de las sociedades anónimas.

ART. 15.-En los casos de hurto o robo de un título, la sociedad se atendrá

para su sustitución a lo previsto en la ley para las sociedades anónimas.

ART. 16.-Las acciones serán libremente negociables, con las excepciones

establecidas para el caso de las sociedades anónimas. La enajenación de las

acciones podrá hacerse por el simple acuerdo de las partes, mas para que

produzca efectos respecto de la sociedad y de terceros, será necesaria su

inscripción en el libro de registro de acciones, mediante orden escrita del

enajenante. Esta orden podrá darse en forma de endoso hecho sobre el título

respectivo. Para hacer la nueva inscripción y expedir el título al adquirente,

será menester la previa cancelación de los títulos expedidos al tradente. En

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las ventas forzadas y en las adjudicaciones judiciales de acciones, el registro

se hará mediante exhibición del original o de copia auténtica de los

documentos pertinentes.

ART. 17.-Las acciones no pagadas en su integridad podrán ser negociadas,

pero el suscriptor y los adquirentes subsiguientes serán solidariamente

responsables del importe no pagado de las mismas.

ART. 18.-Para enajenar acciones cuya propiedad se litigue, se necesitará

permiso del respectivo juez; tratándose de acciones embargadas se requerirá,

además, la autorización de la parte actora.

ART. 19.-La prenda y el usufructo de acciones se perfeccionarán mediante

registro en el libro de acciones.

ART. 20.-La prenda no conferirá al acreedor los derechos inherentes a la

calidad de accionista sino en virtud de estipulación o pacto expreso. EI escrito

o documento en que conste el correspondiente pacto será suficiente para

ejercer ante la sociedad los derechos que se confieren al acreedor.

ART. 21.-Salvo estipulación expresa en contrario, el usufructo conferirá todos

los derechos inherentes a la calidad de accionista, excepto el de enajenarlas

o gravarlas y el de su reembolso al tiempo de la liquidación. Para el ejercicio

de los derechos que se reserve el nudo propietario bastará el escrito o

documento en que se hagan tales reservas.

ART. 22.-La anticresis de acciones se perfeccionará como la prenda y el

usufructo y sólo conferirá al acreedor el derecho de percibir las utilidades que

corresponden a dichas acciones a título de dividendo, salvo estipulación en

contrario.

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ART. 23.-Los dividendos pendientes pertenecerán al adquirente de las

acciones desde la fecha de la carta de traspaso, salvo pacto en contrario de

las partes, en cuyo caso lo expresarán en la misma carta.

ART. 24.-La sociedad podrá readquirir sus propias acciones por decisión de la

asamblea con el voto favorable de no menos del setenta por ciento de las

acciones suscritas, para lo cual se emplearán fondos tomados de las

utilidades Iíquidas, requiriéndose además que dichas acciones se hallen

totalmente libradas. Mientras estas acciones pertenezcan a la sociedad,

quedarán en suspenso los derechos inherentes a las mismas. La enajenación

de las acciones readquiridas se hará en la forma indicada para la colocación

de acciones en reserva. La sociedad podrá tomar con respecto a ellas las

medidas contempladas en el Código de Comercio para el caso de las

sociedades anónimas.

ART. 25.-Los administradores de la sociedad no podrán ni por sí, ni por

interpuesta persona, enajenar o adquirir acciones de la misma sociedad

mientras estén ejerciendo el cargo, sino cuando se trate de operaciones

ajenas a motivos de especulación y con autorización de la asamblea general

de accionistas, con el voto favorable de la mayoría ordinaria prevista en estos

estatutos, excluido el del solicitante.

ART. 26.-La dirección de la sociedad estará a cargo de la asamblea general

de accionistas y su administración y representación legal a cargo de los

socios gestores. Tendrá además, un revisor fiscal para su control y

fiscalización.

ART. 27.-Los socios colectivos podrán ejercer directamente la administración

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o por medio de sus delegados, con sujeción a lo previsto para la sociedad

colectiva (ver modelo de estatutos para una sociedad colectiva).

ART. 28.-La asamblea general de accionistas la constituirán los asociados

reunidos con el quórum y en las condiciones previstas en estos estatutos.

ART. 29.-Las reuniones de la asamblea general de accionistas serán

ordinarias o extraordinarias. Las primeras se celebrarán dentro de los tres

primeros meses siguientes al vencimiento de cada ejercicio social, por

convocatoria de los socios gestores hecha mediante comunicación por escrito

dirigida a cada uno de los socios con quince (15) días hábiles de anticipación

por lo menos (o por aviso publicado en un periódico de circulación diaria en el

domicilio principal). Si convocada la asamblea con la anticipación debida esta

no se reuniere, entonces se reunirá por derecho propio el primer día hábil del

mes de abril, a las 10 a.m. en las oficinas de la administración del domicilio

principal.

ART. 30.-Las reuniones ordinarias tendrán por objeto examinar la situación de

la sociedad, designar los funcionarios de su elección, determinar las directrices

económicas de la compañía, considerar las cuentas y los balances del último

ejercicio, resolver sobre la distribución de utilidades y acordar todas las

providencias necesarias para asegurar el cumplimiento del objeto social. Las

reuniones extraordinarias se efectuarán cuando las necesidades imprevistas o

urgentes de la compañía así lo exijan, por convocatoria de los socios gestores

y del revisor fiscal, o a solicitud de un número de socios representantes de la

cuarta parte por lo menos del capital suscrito. La convocatoria para las

reuniones extraordinarias se hará en la misma forma que para las ordinarias,

pero con una anticipación de cinco (5) días comunes, a menos que en ellas

hayan de aprobarse cuentas y balances generales de fin de ejercicio, pues

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entonces la convocatoria se hará con la misma anticipación prevista para las

ordinarias.

ART. 31.-La asamblea extraordinaria no podrá tomar decisiones sobre temas

no incluidos en el orden del día publicado. Pero por decisión del setenta por

ciento de las acciones representadas podrá ocuparse de otros temas, una vez

agotado el orden del día, y en todo caso podrá remover a los funcionarios

cuya designación Ie corresponda.

ART. 32.-Si se convoca la asamblea general de accionistas y la reunión no se

efectúa por falta de quórum, se citará a una nueva reunión que sesionará y

decidirá válidamente con un número plural de socios, cualquiera que sea la

cantidad de acciones que esté representada. La nueva reunión debe

efectuarse no antes de los diez (10) días hábiles ni después de los treinta (30)

días hábiles, contados desde la fecha fijada para la primera reunión. Cuando

la asamblea se reúna en sesión ordinaria por derecho propio del primer día

hábil del mes de abril también podrá deliberar y decidir válidamente en los

términos anteriores. En todo caso, las reformas estatutarias se adoptarán con

la mayoría prevista en estos estatutos.

ART. 33.-Las reuniones de la asamblea general de accionistas se efectuarán

en el domicilio social principal. Sin embargo, podrá reunirse válidamente

cualquier día y en cualquier lugar sin previa convocación, cuando se halle

representada la totalidad de las acciones suscritas.

ART. 34.-Habrá quórum para deliberar tanto en las sesiones ordinarias como

en las extraordinarias con un número plural de socios que representen... ( ...

%) de las acciones suscritas, salvo que la ley establezca otra cosa. Las

decisiones se tomarán con el voto favorable de la mitad más una de las

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acciones presentes, a menos que la ley o estos estatutos establezcan otra

cosa. Las reformas estatutarias se aprobarán por unanimidad de los socios

colectivos y por la mayoría de votos de las acciones de los comanditarios

(pueden estipularse mayorías diferentes). Para estos efectos, cada acción

dará derecho a un voto, sin restricción alguna. En las votaciones para integrar

una misma junta o cuerpo colegiado se dará aplicación al cociente electoral.

ART. 35.-Todo socio podrá hacerse representar en las reuniones de la

asamblea general de accionistas, mediante poder otorgado por escrito, en el

que se indique el nombre del apoderado, de la persona que pueda sustituirlo y

la fecha de la reunión para la cual se confiere, así como los demás requisitos

establecidos en los estatutos. EI poder otorgado podrá comprender dos o más

reuniones de la asamblea.

ART. 36.-Las decisiones de la asamblea general de accionistas se harán

constar en actas aprobadas por la misma o por las personas que se designen

en la reunión para tal efecto y firmadas por el presidente y el secretario de la

misma, en las cuales deberá indicarse su número, el lugar, la fecha y hora de

la reunión; el número de acciones en que se divide el capital suscrito; la forma

y la antelación de la convocatoria; la Iista de los asistentes, con indicación del

número de acciones propias o ajenas que representen; los asuntos tratados;

las decisiones adoptadas y el número de votos emitidos en favor, en contra o

en blanco; las constancias escritas presentadas 'por los asistencias durante la

reunión; las designaciones acordadas y la fecha y hora de su clausura.

ART. 37.-Son funciones de la asamblea general de accionistas:

a. Estudiar y aprobar la reforma de estatutos;

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b. Examinar, aprobar o improbar los balances de fin de ejercicio y las cuentas

que deben administradores;

c. Disponer de las utilidades sociales, conforme a lo previsto en estos

estatutos y en la ley;

d. Elegir para períodos de... años al revisor fiscal y a su suplente, y fijarle su

remuneración;

e. Designar, remover Iibremente y fijar la remuneración que corresponda a los

demás funcionarios de su elección;

f. Considerar los informes que deben presentar los administradores en las

reuniones ordinarias y cuando la misma asamblea los solicite;

g. Constituir las reservas que deba hacer la sociedad e indicar su inversión

provisional;

h. Resolver sobre todo lo relativo a la sesión del interés social por parte de los

socios gestores;

i. Decidir sobre el retiro y exclusión de socios;

j. Ordenar las acciones que corresponda contra los administradores de los

bienes sociales, el revisor fiscal o contra cualquiera otra persona que

hubiere incumplido sus obligaciones u ocasionado daños o perjuicios a la

sociedad.

k. Autorizar la solicitud de celebración de concordato, y

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l. Las demás que Ie asignen las leyes y estos estatutos y las que no estén

asignadas a otro órgano.

ART. 38.-Salvo los casos de representación legal, en las reuniones de la

asamblea de accionistas, los administradores y empleados de la sociedad no

podrán representar acciones distintas de las propias, mientras estén en

ejercicio de sus cargos, ni sustituir los poderes que se les confieren. Tampoco

podrán votar los balances y cuentas de fin de ejercicio ni los de la liquidación.

ART. 39.-La administración y representación legal de la sociedad estará a

cargo de los socios gestores, quienes por lo tanto tendrán facultades para

ejecutar todos los actos y contratos acordes con la naturaleza de su encargo

y que se relacionen directamente con el giro ordinario de los negocios

sociales. En especial, los gestores tendrán las siguientes funciones:

a. Usar la firma o razón social;

b. Designar el secretario de la compañía, que lo será también de la asamblea

general de accionistas;

c. Designar los empleados que requieran el normal funcionamiento de la

compañía y señalarles sus funciones y su remuneración, excepto cuando

se trate de aquellos que por la ley o por los estatutos deban ser de-

signados para la asamblea general de accionistas;

d. Presentar un informe de su gestión a la asamblea general de accionistas

en sus reuniones ordinarias, junto con las cuentas y el balance general de

fin de ejercicio;

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e. Convocar a la asamblea general de accionistas a reuniones ordinarias y

extraordinarias;

f. Nombrar los árbitros que correspondan a la sociedad en virtud de

compromiso, cuando así lo autorice la asamblea general de accionistas, y

g. Constituir apoderados especiales, judiciales o extrajudiciales, que sean

necesarios para la defensa de los intereses sociales.

PAR.-Los gestores requerirán autorización de la asamblea general de

accionistas para la ejecución o celebración de todo acto o contrato que

exceda de $...

ART. 40.-La sociedad tendrá un revisor fiscal con su respectivo suplente

elegido por la asamblea general de accionistas para períodos de... anos.

ART. 41.-La elección de revisor fiscal se hará por la mayoría absoluta de la

asamblea general de accionistas.

ART. 42.-No podrán ser revisores fiscales:

a. Quienes sean asociados de la misma compañía o de alguna de sus

subordinadas, ni en estas, quienes sean asociados o empleados de la

sociedad matriz;

b. Quienes estén ligados por matrimonio o parentesco dentro del cuarto

grado de consanguinidad, primero civil o segundo de afinidad, o sean

consocios de los administradores y funcionarios directivos, el cajero,

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auditor o contador de la misma sociedad;

c. Quienes desempeñen en la misma compañía o en sus subordinadas

cualquier empleo. Quien haya sido elegido como revisor fiscal, no podrá

desempeñar en la misma sociedad ni en sus subordinadas ningún otro

cargo durante el periodo respectivo, y

d. Las demás señaladas en la ley o en los estatutos.

ART. 43- Son funciones del revisor fiscal:

1. Cerciorarse de que las operaciones que se celebren o cumplan por cuenta

de la sociedad se ajusten a las prescripciones de los estatutos y a las

decisiones de la asamblea general de accionistas.

2. Dar oportuna cuenta, por escrito, a la asamblea o a los socios gestores,

según los casos, de las irregularidades que ocurran en el funcionamiento

de la sociedad y en el desarrollo de sus negocios.

3. Colaborar con las entidades gubernamentales que ejerzan inspección y

vigilancia en las compañías, cuando fuere del caso, y en rendirles los

informes a que haya lugar o les sean solicitados.

4. Velar porque se lleven regularmente la contabilidad de la sociedad y las

actas de las reuniones de la asamblea y porque se conserven

debidamente la correspondencia de la sociedad y los comprobantes de las

cuentas, impartiendo las instrucciones necesarias para tales fines.

5. Inspeccionar asiduamente los bienes de la sociedad y procurar que se

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tomen oportunamente las medidas de conservación 0 seguridad de los

mismos y de los que ella tenga en custodia o cualquier otro título.

6. Impartir las instrucciones, practicar las inspecciones y solicitar los informes

que sean necesarios para establecer un control permanente sobre los

valores sociales.

7. Autorizar con su firma cualquier balance que se haga, con su dictamen o

informe correspondiente.

8. Convocar a la asamblea a reuniones extraordinarias cuando lo juzgue

necesario.

9. Cumplir las demás atribuciones que Ie señalen las leyes o los estatutos y

las que, siendo compatibles con las anteriores, Ie recomiende la

asamblea. EI dictamen o informe del revisor fiscal sobre los balances

generales Ilevará las expresiones de la ley.

ART. 44.-La sociedad tendrá un secretario de libre nombramiento y remoción

de los socios gestores. Corresponderá al secretario lIevar los Iibros de

registro de socios y de actas de la asamblea general de accionistas y tendrá,

además, las funciones adicionales que Ie encomienden la ley, la asamblea y

los socios gestores.

ART. 45.-Anualmente, el 31 de diciembre, se cortarán las cuentas y se harán

el inventario y el balance generales de fin de ejercicio, que, junto con el

respectivo estado de pérdidas y ganancias, el informe del gerente, y un

proyecto de distribución de utilidades se representará por estos a la

consideración de la asamblea general de accionistas. Para determinar los

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[email protected]

resultados definitivos de las operaciones realizadas en el respectivo ejercicio

será necesario que se haya aprobado previamente, de acuerdo con las leyes

y con las normas de contabilidad, las partidas necesarias para atender el

deprecio, desvalorización y garantía del patrimonio social.

ART. 46.-La sociedad formará una reserva legal con el diez por ciento (10%)

de las utilidades Iíquidas de cada ejercicio, hasta completar el cincuenta por

ciento (50%) del capital suscrito. En caso de que este último porcentaje

disminuyere por cualquier causa, la sociedad deberá seguir apropiando el

mismo diez por ciento (10%) de las utilidades Iíquidas de los ejercicios

siguientes hasta cuando la reserva legal alcance nuevamente el Iímite fijado.

ART. 47.-La asamblea general de accionistas podrá constituir reservas

ocasionales, siempre que tengan una destinación específica y estén

debidamente justificadas. Antes de formar cualquier reserva, se harán las

apropiaciones necesarias para atender el pago de impuestos. Hechas las

deducciones por este concepto y las reservas que acuerde la asamblea

general de accionistas, incluida la reserva legal, el remanente de las

utilidades Iíquidas se repartirá entre los socios comanditarios y los gestores

en la siguiente proporción...

ART. 48.-En caso de pérdidas, estas se enjugarán con las reservas que se

hayan destinado para ese fin y, en su defecto, con la reserva legal. Las

reservas cuya finalidad fuere la de absorber determinadas pérdidas no se

podrán emplear para cubrir otras distintas, salvo que así lo decida la

asamblea general de accionistas. Si la reserva legal fuere insuficiente para

enjugar el déficit de capital, se aplicarán a este fin los beneficios sociales de

los ejercicios siguientes.

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ART. 49.-La sociedad durará por el término de... (...) años, contados desde la

fecha de esta escritura y se disolverá por las siguientes causales:

a. Por vencimiento del término de su duración, si antes no fuere prorrogado

válidamente.

b. Por la imposibilidad de desarrollar la empresa social, por la terminación de

la misma o por la extinción de la cosa o cosas cuya explotación constituye

su objeto.

c. Por disminución del número de socios comanditarios a menos de cinco.

d. Por la iniciación del trámite de Iiquidación obligatoria de la sociedad.

e. Por decisión de la asamblea general de accionistas, adoptada conforme a

las reglas dadas para las reformas estatutarias y a las prescripciones de

ley.

f. Por decisión de autoridad competente en los casos expresamente

previstos en la ley.

g. Por la ocurrencia de pérdidas que reduzcan el patrimonio neto a menos

del cincuenta por ciento (50%) del capital suscrito.

h. Por muerte de alguno de los socios gestores (si no se ha pactado su

continuación con uno o más de los herederos, o con los socios supérstite).

i. Por incapacidad sobreviniente a alguno de socios gestores (a menos que

los contratantes convengan que la sociedad continúe con los demás o que

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115

[email protected]

acepten que los derechos del incapaz sean ejercidos por sus

representantes).

j. Por la iniciación del trámite de Iiquidación obligatoria de alguno de los

socios, si los demás no adquieren su interés social o no aceptan la cesión

a un extraño, una vez requeridos por el Iiquidador, dentro de los treinta

días hábiles siguientes.

k. Por enajenación forzada del interés de algunos de los socios gestores, en

favor de un extraño. NOTA: si los demás socios no se avienen dentro de

los treinta días hábiles siguientes a continuar la sociedad con el

adquirente.

l. Por renuncia o retiro de alguno de los socios gestores (si los demás no

adquieren su interés en la sociedad o no aceptan su cesión a un tercero).

m. Por desaparición de la categoría de los socios gestores o de la de los

comanditarios.

ART. 50.-En los casos previstos en el Código de Comercio, podrá evitarse la

disolución de la sociedad adoptando las modificaciones que sean del caso,

según la causal, con observancia de las reglas establecidas para las reformas

de estatutos, a condición de que el acuerdo se formalice dentro de los seis (6)

meses siguientes a la ocurrencia de la causal.

ART. 51.-Disuelta la sociedad, se procederá de inmediato a su Iiquidación en

la forma indicada en la ley. En consecuencia, no podrá iniciar nuevas

operaciones en desarrollo de su objeto y conservará su capacidad jurídica

únicamente para los actos necesarios a la mediata liquidación. La razón

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116

[email protected]

social, una vez disuelta se adicionará con la expresión "en liquidación”. Su

omisión hará incurrir a los encargados de adelantar el proceso liquidatorio en

las responsabilidades establecidas en la ley.

ART. 52.-La liquidación del patrimonio social se hará por los socios gestores.

ART. 53.-Los liquidadores deberán informar a los acreedores sociales del

estado de Iiquidación en se encuentra la sociedad, una vez disuelta,

mediatamente aviso que se publicará en un periódico que circule

regularmente en el lugar del domicilio social y que se fijará en lugar visible de

las oficinas y establecimientos de comercio de la sociedad. Además, tendrán

los deberes y las funciones adicionales que determine la ley.

ART. 54.-Los liquidadores deberán, dentro mes siguiente a la fecha en que la

sociedad quede disuelta respecto de los socios y de terceros, solicitar al

Superintendente de Sociedades la aprobación del inventario del patrimonio

social.

ART. 55.-Durante el período de Iiquidación la asamblea general de

accionistas se reunirá en las fechas indicadas en los estatutos para las

sesiones ordinarias y así mismo, cuando sea convocada por los liquidadores

y el revisor fiscal.

ART. 56.-Mientras no se haya cancelado el pasivo externo de la sociedad, no

podrá distribuirse suma alguna a los socios, pero podrá distribuirse entre

ellos la parte de los activos que exceda el doble del pasivo inventariado y no

cancelado al momento de hacer la distribución.

ART. 57.-EI pago de las obligaciones se hará observando las disposiciones

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117

[email protected]

legales sobre prelación de créditos. Cuando haya obligaciones condicionales

se hará una reserva adecuada en poder de los liquidadores para atender

dichas obligaciones si lIegaren a hacerse exigibles, la que se distribuirá entre

los socios en caso contrario.

ART. 58.-Pagado el pasivo externo de la sociedad se distribuirá el remanente

de los activos sociales entre los socios, de la siguiente manera... La

distribución se hará constar en acta en que se exprese el nombre de los

socios, el valor de sus partes de interés y de las acciones suscritas y la suma

de dinero o los bienes en especie que reciba cada uno a título de liquidación.

La asamblea general de accionistas podrá aprobar la adjudicación de bienes

en especie a los socios con el voto de un número plural de socios que

represente el... (%) de las acciones suscritas. EI acta se protocolizará en una

notaria del domicilio principal.

ART. 59.-Hecha la liquidación de lo que a cada uno de los socios

corresponda, los liquidadores convocarán a la asamblea general de

accionistas para que aprueben las cuentas y el acta a que se refiere el

artículo anterior. Estas decisiones podrán adoptarse con el voto favorable de

la mayoría de los socios que concurran, cualquiera que sea el número de

acciones que representen. Si hecha debidamente la convocatoria no

concurre ningún socio, los liquidadores convocarán en la misma forma a una

segunda reunión, para dentro de los diez días hábiles siguientes; si a dicha

reunión, concurrieren ninguno se tendrán por aprobadas las cuentas de los

liquidadores, las cuales no podrán ser posteriormente impugnadas.

ART. 60.-Aprobada la cuenta final de liquidación, se entregará a los socios lo

que les corresponda, y si hay ausentes o son numerosos, los Iiquidadores los

citarán por medio de avisos que se publicarán por lo menos tres (3) veces,

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[email protected]

con intervalo de ocho (8) a diez (10) días hábiles, en un periódico que circule

en el lugar del domicilio social; hecha la citación anterior, y transcurridos diez

(10) días hábiles después de la última publicación, los liquidadores

entregarán a la junta departamental de beneficencia del lugar del domicilio

social y, a falta de esta en dicho lugar, a la que funcione en el lugar más

cercano, los bienes que correspondan a los socios que no se hayan

presentado a recibirlos, quienes sólo podrán reclamar su entrega dentro del

año siguiente, transcurrido el cual los bienes pasarán a ser de propiedad de

la entidad de beneficencia, para lo cual los liquidadores entregarán los

documentos de traspaso a que haya lugar.

ART. 61.- Toda diferencia o controversia relativa a este contrato y a su

ejecución y liquidación, se resolverá por un tribunal de arbitramento

designado por la Cámara de Comercio de..., mediante sorteo entre los

árbitros inscritos en las listas que Ileva dicha cámara. EI tribunal así

constituido se sujetara a lo dispuesto por el Decreto 2779 de 1989 y a las

demás disposiciones legales que lo modifiquen o adicionen, de acuerdo con

las siguientes reglas: a) EI tribunal estará integrado por tres árbitros; b) La

organización interna del tribunal se sujetará a las reglas previstas para el

efecto por el centro de arbitraje de la Cámara de Comercio de...; c) EI

tribunal decidirá en derecho, y d) EI tribunal funcionará en la ciudad de... en

el centro de arbitraje de la Cámara de Comercio de esta ciudad.

Minuta para la constitución de una sociedad limitada

ART. 1o-Son socios de la compañía comercial que por esta escritura se

constituye, los señores...

ART. 2o-La sociedad será de responsabilidad limitada y girará bajo la razón

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social (o denominación) de... "Limitada".

ART. 3o-EI domicilio de la sociedad será la ciudad de..., pero podrá crear

sucursales, agencias o dependencias en otros lugares del país o del exterior,

por disposición de la junta general de socios y con arreglo a la ley.

ART. 4o-La sociedad tendrá como objeto principal, las siguientes

actividades...

ART. 5o-La sociedad tendrá un capital de…, representado en... cuotas de un

valor igual de…, cada una. Este capital ha sido suscrito y pagado en su

integridad así...

ART. 6o-La responsabilidad de los socios queda limitada al valor de sus

aportes.

ART. 7o-La sociedad llevará un libro de registro de socios, registrado en la

Cámara de Comercio, en el que se anotarán el nombre, nacionalidad,

domicilio, documento de identificación y número de cuotas que cada uno

posea, así como los embargos, gravámenes y cesiones que se hubieren

efectuado, aun por vía de remate.

ART. 8o-Los socios tendrán derecho a ceder sus cuotas, lo que implicará una

reforma estatutaria y de consiguiente se hará por escritura pública, previa

aprobación de la junta de socios (y autorización de la Superintendencia de

Sociedades, si la sociedad va a estar o está sometida a su vigilancia). La

escritura será otorgada por el representante legal de la compañía, el cedente

y el cesionario.

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[email protected]

ART. 9o-EI socio que pretenda ceder sus cuotas las ofrecerá a los demás

socios por conducto del representante legal de la compañía, quien les dará

traslado inmediatamente y por escrito con el fin de que dentro de los quince

(15) días hábiles siguientes al traslado manifiesten si tienen interés en

adquirirlas. Transcurrido este lapso los socios que acepten la oferta tendrán

derecho a tomarlas a prorrata de las cuotas que posean. En caso de que

alguno o algunos no las tomen, su derecho acrecerá a los demás, también a

prorrata. EI precio, el plazo y las demás condiciones de la cesión se

expresaran en la oferta.

ART. 10.-Si los socios interesados en adquirir las cuotas discreparen respecto

del precio o del plazo, se designarán peritos, conforme al procedimiento que

indique la ley para que fijen uno u otro. EI justiprecio y los plazos determinados

serán obligatorios para las partes. Sin embargo, estas podrán convenir en que

las condiciones de la oferta sean definitivas si fueren más favorables a los

presuntos cesionarios que las fijadas por los peritos.

ART. 11.-Si ningún socio manifiesta interés en adquirir las cuotas dentro del

plazo señalado en el artículo 9o, ni se obtiene el voto de la mayoría del... (...%)

de las cuotas en que se divide el capital social para el ingreso de un extraño,

la sociedad presentará por conducto de su representante legal, dentro de los

sesenta (60) días hábiles siguientes a la. petición del cedente, una o más

personas que las adquieran, aplicando para el caso las normas que antes se

han expresado. Si dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes no se

perfecciona la cesión, los socios optarán por decretar la disolución de la

sociedad o la exclusión del socio interesado en ceder las cuotas, las que se

liquidarán en la forma indicada en los artículos anteriores.

ART. 12.-La dirección y administración de la sociedad estarán a cargo de los

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siguientes órganos: a) La junta general de socios, y b) EI gerente. La sociedad

también podrá tener un revisor fiscal, cuando así lo dispusiere cualquier

número de socios excluidos de la administración que representen no menos

del veinte por ciento (20%) del capital.

ART. 13.-La junta general de socios la integran los socios reunidos con el

quórum y en las demás condiciones establecidas en estos estatutos. Sus

reuniones serán ordinarias y extraordinarias. Las ordinarias se celebrarán

dentro de los tres primeros meses siguientes al vencimiento del ejercicio

social, por convocatoria del gerente, hecha mediante comunicación por escrito

dirigida a cada uno de los socios con quince (15) días hábiles de anticipación,

por lo menos. Si convocada la junta esta no se reuniere, o si la convocatoria

no se hiciere con la anticipación indicada, entonces se reunirá por derecho

propio el primer día hábil del mes de abril, a las 10 a.m., en las oficinas de la

administración del domicilio principal.

ART. 14.-Las reuniones ordinarias tendrán por objeto examinar la situación de

la sociedad, designar los administradores y demás funcionarios de su

elección, determinar las directrices económicas de la compañía, considerar las

cuentas y balances del último ejercicio, resolver sobre la distribución de

utilidades y acordar todas las providencias necesarias para asegurar el

cumplimiento del objeto social. Las reuniones extraordinarias se efectuarán

cuando las necesidades imprevistas o urgentes de la compañía así lo exijan,

por convocatoria del gerente (y del revisor fiscal, si lo hubiere) o a solicitud de

un número de socios representantes de la cuarta parte, por lo menos del

capital social. La convocatoria para las reuniones extraordinarias se hará en la

misma forma que para las ordinarias, pero con una anticipación de cinco (5)

días comunes a menos que en ellas hayan de aprobarse cuentas y balances

generales de fin de ejercicio, pues entonces la convocatoria se hará con la

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misma anticipación prevista para las ordinarias.

ART. 15.-Las reuniones de la junta general de socios se efectuarán en el

domicilio social. Sin embargo, podrá reunirse válidamente cualquier día y en

cualquier lugar sin previa convocación, cuando se hallare representada la

totalidad de las cuotas que integran el capital social.

ART. 16.-Con el aviso de convocatoria para las reuniones extraordinarias se

especificarán los asuntos sobre los que se deliberará y decidirá, sin que

puedan tratarse temas distintos, a menos que así lo disponga el setenta por

ciento (70%) de las cuotas representadas, una vez agotado el orden del día.

En todo caso, podrá remover a los administradores y demás funcionarios cuya

designación les corresponda.

ART. 17.-Si se convoca la junta general de socios y la. reunión no se efectúa

por falta de quórum, se citará a una nueva reunión que sesionará y decidirá

válidamente con un número plural de socios, cualquiera que sea la cantidad

de cuotas que esté representada. La nueva reunión deberá efectuarse no

antes de los diez (10) días hábiles ni después de los treinta (30) días, también

hábiles, contados desde la fecha fijada para la primera reunión. Cuando la

junta se reúna en sesión ordinaria por derecho propio el primer día hábil del

mes de abril también podrá deliberar y decidir válidamente en los términos

anteriores. En todo caso, las reformas estatutarias se adoptarán con la

mayoría requerida por la ley o por estos estatutos, cuando así la misma ley lo

dispusiere.

ART. 18.-Habra quórum para deliberar tanto en las sesiones ordinarias como

en las extraordinarias con un número plural de socios que representen… de

las cuotas en que se encuentra dividido el capital social, salvo que la ley o los

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estatutos establezcan otra cosa. Con la misma salvedad, las reformas

estatutarias se adoptarán con el voto favorable de de un número plural de

socios que representen... de las cuotas correspondientes al capital social.

Para estos efectos, cada cuota dará derecho a un voto, sin restricción alguna.

En las votaciones para integrar una misma junta o cuerpo colegiado, se dará

aplicación al cociente electoral.

ART. 19.- Todo socio podrá hacerse representar en las reuniones de la junta

general de socios mediante poder otorgado por escrito, en el que se indique el

nombre del apoderado, la persona en quien este puede sustituirlo y la fecha

de la reunión para la cual se confiere, así como los demás requisitos

señalados en los estatutos. EI poder otorgado podrá comprender dos o más

reuniones de la junta general de socios.

ART. 20.-Las decisiones de la junta general de socios se harán constar en

actas aprobadas por la misma, o por las personas que se designen en la

reunión para tal efecto, y firmadas por el presidente y el secretario de la

misma, en las cuales deberá indicarse su número, el lugar, la fecha y hora de

la reunión; el número de cuotas en que se divide el capital, la forma y la an-

telación de la convocatoria; la lista de los asistentes, con indicación del

número de cuotas propias o ajenas que representen; los asuntos tratados;

las decisiones adoptadas y el número de votos emitidos en favor, en contra o

en blanco; las constancias escritas presentadas por los asistentes durante la

reunión; las designaciones efectuadas, y la fecha y hora de su clausura.

ART. 21.-Son funciones de la junta general de socios:

a. Estudiar y aprobar las reformas de estatutos;

b. Examinar, aprobar o improbar los balances de fin de ejercicio y las

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cuentas que deben rendir los administradores;

c. Disponer de las utilidades sociales conforme a lo previsto en estos

estatutos y en la ley;

d. Elegir y remover libremente al gerente y a su suplente, así como fijar la

remuneración del primero;

e. Elegir, remover libremente y fijar la remuneración que corresponda a los

demás funcionarios de su elección;

f. Considerar los informes que debe presentar el gerente en las reuniones

ordinarias y cuando la misma junta se los solicite;

g. Constituir las reservas que deba hacer la sociedad e indicar su inversión

provisional;

h. Resolver sobre todo lo relativo a la cesión de cuotas, así como a la

admisión de nuevos socios;

i. Decidir sobre el registro y exclusión de socios;

j. Ordenar las acciones que correspondan contra los administradores de los

bienes sociales, el representante legal, el revisor fiscal (si lo hubiere), o

contra cualquiera otra persona que hubiere incumplido sus obligaciones u

ocasionado daños o perjuicios a la sociedad;

k. Autorizar la solicitud de celebración de concordato preventivo potestativo;

l. Constituir apoderados extrajudiciales, precisándoles sus facultades; y

m. Las demás que Ie asignen las leyes y estos estatutos.

ART. 22.-La sociedad tendrá un gerente de libre nombramiento y remoción

de la junta general de socios, el cual tendrá un suplente (o dos, según lo

quieran los interesados), que lo reemplazará en sus faltas absolutas,

temporales o accidentales y cuya designación y remoción corresponderá

también a la junta. EI gerente tendrá un período de... años, sin perjuicio de

que pueda ser reelegido indefinidamente o removido en cualquier tiempo.

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ART. 23.-EI gerente es el representante legal de la sociedad, con facultades,

por lo tanto, para ejecutar todos los actos y contratos acordes con la

naturaleza de su encargo y que se relacionen directamente con el giro

ordinario de los negocios sociales. En especial, el gerente tendrá las

siguientes funciones:

a. Usar de la firma o razón social;

b. Designar al secretario de la compañía, que lo será también de la junta

general de socios;

c. Designar los empleados que requiera el normal funcionamiento de la

compañía y señalarles su remuneración, excepto cuando se trate de

aquellos que por ley o por estos estatutos deban ser designados por la

junta general de socios;

d. Presentar un informe de su gestión a la junta general de socios en sus

reuniones ordinarias y el balance general de fin de ejercicio con un

proyecto de distribución de utilidades;

e. Convocar a la junta general de socios a reuniones ordinarias y

extraordinarias;

f. Nombrar los árbitros que correspondan a la sociedad en virtud de

compromisos, cuando así lo autorice la junta general de socios, y de la

cláusula compromisoria que en estos estatutos se pacta; y

g. Constituir los apoderados judiciales necesarios para la defensa de los

intereses sociales.

PAR.-EI gerente requerirá autorización previa de la junta general de socios

para la ejecución de todo acto o contrato que exceda de... ($...).

ART. 24.-La sociedad tendrá un secretario de libre nombramiento y remoción

del gerente. Corresponderá al secretario llevar los libros de registro de socios

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[email protected]

y de actas de la junta general de socios y tendrá, además, las funciones

adicionales que Ie encomienden la misma junta y el gerente.

ART. 25.-Anualmente, el 31 de diciembre, se cortarán las cuentas y se harán

el inventario y el balance generales de fin de ejercicio que, junto con el

respectivo estado de pérdidas y ganancias, el informe del gerente y un

proyecto de distribución de utilidades, se presentará por este a la

consideración de la junta general de socios. Para determinar los resultados

definitivos de las operaciones realizadas en el correspondiente ejercicio será

necesario que se hayan apropiado previamente, de acuerdo con las leyes y

con las normas de contabilidad, las partidas necesarias para atender el

deprecio, desvalorización y garantía del patrimonio social.

ART. 26.-La sociedad formará una reserva legal con el diez por ciento (10%)

de las utilidades Iíquidas de cada ejercicio, hasta completar el cincuenta por

ciento (50%) del capital social. En caso de que este último porcentaje

disminuyere por cualquier causa, la sociedad deberá seguir apropiando el

mismo diez ciento (10%) de las utilidades Iíquidas de los ejercicios siguientes

hasta cuando la reserva legal alcance nuevamente el límite fijado.

ART. 27.-La junta general de socios podrá constituir reservas ocasionales,

siempre que tengan una destinación específica y estén debidamente justifica-

das. Antes de formar cualquier reserva, se harán las apropiaciones

necesarias para atender el pago de impuestos. Hechas las deducciones por

este concepto y las reservas que acuerde la junta general de socios, incluida

la reserva legal, el remanente de las utilidades líquidas se repartirá entre los

socios en proporción a las cuotas que poseen.

ART. 28.-En caso de perdidas, estas se enjugarán con las reservas que se

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127

[email protected]

hayan constituido para ese fin y, en su defecto, con la reserva legal. Las

reservas cuya finalidad fuere la de absorber determinadas pérdidas no se

podrán emplear para cubrir otras distintas, salvo que así lo decida la junta

general de socios. Si la reserva legal fuere insuficiente para enjugar el déficit

de capital, se aplicarán a este fin los beneficios sociales de los ejercicios

siguientes.

ART. 29.-La sociedad durará por el término de... (...) años, contados desde la

fecha de esta escritura y se disolverá por las siguientes causales:

a. Por vencimiento del término de su duración, si antes no fuere prorrogado

válidamente;

b. Por la imposibilidad de desarrollar la empresa social, por la terminación de

la misma o por la extinción de la cosa o cosas cuya explotación constituye

su objeto;

c. Por aumento del número de socios a más de veinticinco;

d. Por la iniciación del trámite de liquidación obligatoria de la sociedad;

e. Por decisión de la junta general de socios, adoptada conforme a las reglas

dadas para las reformas estatutarias y a las prescripciones de la ley;

f. Por decisión de autoridad competente en los casos expresamente

previstos en la ley;

g. Por ocurrencia de pérdidas que reduzcan el capital por debajo del

cincuenta por ciento (50%), y

h. Por las demás causales señaladas en la ley.

PAR.-La sociedad continuará (salvo estipulación en contrario) con los

herederos del socio difunto en la forma como lo prescribe la ley.

ART. 30.-En los casos previstos en el Código de Comercio, podrá evitarse la

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disolución de la sociedad adoptando las modificaciones que sean del caso,

según la causal ocurrida, con observancia de las reglas establecidas para las

reformas de estatutos, a condición de que el acuerdo se formalice dentro de

los seis (6) meses siguientes a la ocurrencia de la causal.

ART. 31.-Disuelta la sociedad, se procederá de inmediato a su Iiquidación, en

la forma indicada en la ley. En consecuencia, no podrá iniciar nuevas ope-

raciones en desarrollo de su objeto y conservará su capacidad jurídica

únicamente para los actos necesarios a la inmediata liquidación. EI nombre

de la sociedad (o su razón social, según el caso), una vez disuelta, se

adicionará con la expresión "en liquidación”. Su omisión hará incurrir a los

encargados de adelantar el proceso liquidatorio en las responsabilidades

establecidas en la ley.

ART. 32.-La Iiquidación del patrimonio social se hará por un liquidador o por

varios liquidadores nombrados por la junta general de socios. Por cada

liquidador se nombrara un suplente. EI nombramiento se inscribirá en el

registro público de comercio. Si la junta no nombra liquidador o liquidadores,

la liquidación la hará la persona que figure inscrita como representante legal

de la sociedad en el registro de comercio y será su suplente quien figure

como tal en el mismo registro. No obstante lo anterior, podrá hacerse la

liquidación por los mismos socios, si así lo acuerdan ellos unánimemente.

Quien administre bienes de la sociedad y sea designado liquidador no podrá

ejercer el cargo sin que previamente se aprueben las cuentas de su gestión

por la junta general de socios. Por tanto, si transcurridos treinta (30) días

hábiles desde la fecha en que se designó el liquidador, no se hubieran

aprobado las mencionadas cuentas, se procederá a nombrar nuevo

liquidador.

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[email protected]

ART. 33.-Los liquidadores deberán informar a los acreedores sociales del

estado de liquidación en que se encuentra la sociedad, una vez disuelta,

mediante aviso que se publicará en un periódico que circule regularmente en

el lugar del domicilio social y que se fijará en lugar visible de las oficinas y

establecimientos de comercio de la sociedad. Además, tendrán los deberes y

funciones adicionales que determine la ley.

ART. 34.-Durante el periodo de liquidación la junta general de socios se

reunirá en las fechas indicadas en los estatutos para las sesiones ordinarias y

así mismo, cuando sea convocada por los liquidadores (y por el revisor fiscal

si lo hubiere).

ART. 35.-Mientras no se haya cancelado el pasivo externo de la sociedad, no

podrá distribuirse suma alguna a los socios, pero podrá distribuirse entre ellos

la parte de los activos que exceda el doble del pasivo inventariado y no

cancelado al momento de hacerse la distribución.

ART. 36.-EI pago de las obligaciones sociales se hará observando las

disposiciones legales sobre prelación de créditos. Cuando haya obligaciones

condicionales se hará una reserva adecuada en poder de los liquidadores

para atender dichas obligaciones si lIegaren a hacerse exigibles, la que se

distribuirá entre los socios en caso contrario.

ART. 37.-Pagado el pasivo externo de la sociedad se distribuirá el remanente

de los activos sociales entre los socios a prorrata de sus aportes. La

distribución se hará constar en acta en que se exprese el nombre de los

socios, el valor de sus correspondientes cuotas y la suma de dinero o los

bienes que reciba cada uno a título de liquidación. La junta general de socios

podrá aprobar la adjudicación de bienes en especie a los socios con el voto

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[email protected]

de un número plural de socios que represente... de las cuotas en que se

divide el capital social. El acta se protocolizará en una notaria del domicilio

principal.

ART. 38- Hecha la liquidación de lo que a cada uno de los socios corresponda,

los liquidadores convocarán a la junta general de socios, para que apruebe las

cuentas y el acta a que se refiere el artículo anterior. Estas decisiones podrán

adoptarse con el voto favorable de la mayoría de los socios que concurran,

cualquiera que sea el valor de las cuotas que representen en la sociedad. Si

hecha debidamente la convocatoria no concurre ningún socio, los liquidadores

convocarán en la misma forma a una segunda reunión, para dentro de los diez

(10) días hábiles siguientes; si a dicha reunión tampoco concurre ninguno, se

tendrán por aprobadas las cuentas de los liquidadores, las cuales no podrán

ser posteriormente impugnadas.

ART. 39- Aprobada la cuenta final de la liquidación, se entregará a los socios

lo que les corresponda, y si hay ausentes o son numerosos, los liquidadores

los citarán por medio de avisos que se publicarán por lo menos tres (3) veces,

con intervalo de ocho (8) a diez (10) días hábiles, en un periódico que circule

en el lugar del domicilio social. Hecha la citación anterior y transcurridos diez

(10) días hábiles después de la última publicación, los liquidadores entregarán

a la junta departamental de beneficencia del lugar del domicilio social y, a falta

de esta en dicho lugar, a la que funcione en el lugar más cercano, los bienes

que correspondan a los socios que no se hayan presentado a recibirlos,

quienes sólo podrán reclamar su entrega dentro del año siguiente, transcurrido

el cual los bienes pasarán a ser de propiedad de la entidad de beneficencia,

para lo cual el liquidador entregará los documentos de traspaso a que haya

lugar.

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[email protected]

ART. 40.- Toda diferencia o controversia relativa a este contrato y a su

ejecución y liquidación, se resolverá por un tribunal de arbitramento designado

por la Cámara de Comercio de..., mediante sorteo entre los árbitros inscritos

en las listas que lIeva dicha cámara. EI tribunal así constituido se sujetará a lo

dispuesto por el Decreto 2279 de 1989 y a las demás disposiciones legales

que lo modifiquen o adicionen, de acuerdo con las siguientes reglas: a) EI

tribunal estará integrado por tres árbitros; b) La organización interna del

tribunal se sujetará a las reglas previstas para el efecto por el centro de

arbitraje de la Cámara de Comercio de...; c) EI tribunal decidirá en derecho, y

d) EI tribunal funcionará en la ciudad de... en el centro de arbitraje de la

Cámara de Comercio de esta ciudad.

Minuta para la constitución de una empresa unipersonal

En la ciudad de… a los... días del mes de... de...,el suscrito…, mayor de edad,

identificado con la cédula de ciudadanía número…, expedida en..., domiciliado

en esta ciudad…y residenciado en..., quien para todos los efectos se

denominará como el Constituyente o Empresario, mediante el presente escrito

manifiesto mi voluntad de constituir una Empresa Unipersonal, que se regulará

conforme lo establecido en la ley y en los siguientes estatutos:

Primero: Razón Social.- La empresa que mediante este documento se

constituye se denominará “…E.U.”.

Segundo: Domicilio.- EI domicilio de la empresa será la ciudad de…,

departamento..., pudiendo constituir o establecer sucursales o agencias en

otras ciudades del país o del exterior.

Tercero: Objeto.- La empresa tendrá por objeto, el desarrollo de las

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132

[email protected]

siguientes actividades:...

Curto: Duración.- La empresa durará por el término de… (…) años, contados

desde la fecha del presente documento.

Quinto: Capital.- EI capital de la empresa es la suma de…($...),

discriminado de la siguiente manera:

1. … $...

2. … $...

3. … $...

Sexto: Cuotas.- El capital de la empresa se halla divido en…cuotas de un

valor nominal de $... cada una, capital que se halla aportado en su totalidad.

Séptimo: Responsabilidad.-La responsabilidad del suscrito, en calidad de

constituyente de la empresa se circunscribe al monto de los aportes que

conforman el capital de la misma, sin perjuicio de que este posteriormente sea

aumentado con arreglo a las normas vigentes.

Octavo: Cesión de cuotas.-Las cuotas en que se representa el capital de la

empresa, podrán ser cedidas total o parcialmente, en cuyo caso dicha cesión

deberá constar por escrito con anotación en el respectivo registro mercantil.

Noveno: Administración.- La administración de la empresa estará en cabeza

de un gerente, de Iibre nombramiento y remoción por parte del constituyente.

EI gerente tendrá un periodo de... años, sin perjuicio de que pueda ser

reelegido indefinidamente o removido en cualquier tiempo.

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133

[email protected]

Decimo: Facultades del gerente.-EI gerente es el representante legal de la

empresa, con facultades, por lo tanto, para ejecutar todos los actos y contratos

acordes con la naturaleza de su encargo y que se relacionen directamente con

el giro ordinario de los negocios de la empresa. En especial, el gerente tendrá

las siguientes funciones:

1. Usar de la firma o razón social.

2. Designar los empleados que requiera el normal funcionamiento de la

compañía y señalarles su remuneración.

3. Rendir cuentas de su gestión al constituyente, en la forma establecida en el

artículo undécimo.

4. Constituir los apoderados judiciales necesarios para la defensa de los

intereses sociales.

PAR.-EI gerente requerirá autorización previa del constituyente para la

ejecución de todo acto o contrato que exceda de... ($...).

Undécimo: Rendición de cuentas.- EI gerente deberá rendir al

constituyente cuentas comprobadas de su gestión al final de cada ejercicio,

dentro del mes siguiente a la fecha en la cual se retire de su cargo y en

cualquier momento en el que el constituyente las exija. Para tal efecto,

presentará los estados financieros que fueran pertinentes, junto con un

informe de gestión. Las cuentas anuales de final de ejercicio deberán

presentarse antes del 1º de abril de cada año.

Duodécimo: Designación.- Se nombra como gerente a..., mayor y con

domicilio en esta ciudad, identificado con la cédula de ciudadanía número...

expedida en..., quien ejercerá sus funciones y ostentarán el cargo hasta

cuando se designe y efectué el registro correspondiente de cualquier nuevo

Page 134: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

134

[email protected]

nombramiento.

Decimotercero: Reserva legal.- La empresa formará una reserva legal con

el diez por ciento (10%) de las utilidades Iíquidas de cada ejercicio, hasta

completar el cincuenta por ciento (50%) del capital. En caso de que este

último porcentaje disminuyere por cualquier causa, la empresa deberá

seguir apropiando el mismo diez por ciento (10%) de las utilidades Iíquidas

de los ejercicios siguientes hasta cuando la reserva legal alcance

nuevamente el Iímite fijado.

PAR.-En caso de pérdidas, estas se enjugarán con las reservas que se

hayan constituido para ese fin y, en su defecto, con la reserva legal.

Decimocuarto: Causales de disolución.-La empresa se disolverá por las

siguientes causales:

1. Por voluntad del constituyente.

2. Por vencimiento del término previsto, a menos que fuere prorrogado

mediante documento inscrito en el registro mercantil antes de su

expiración.

3. Por muerte del constituyente.

4. Por imposibilidad de desarrollar las actividades previstas.

5. Por orden de autoridad competente.

6. Por pérdidas que reduzcan el patrimonio de la empresa en más del

cincuenta por ciento.

7. Por la iniciación del trámite de liquidación obligatoria.

Decimoquinto: Liquidación.- Disuelta la empresa, se procederá de

inmediato a su liquidación, en la forma indicada en la ley. En consecuencia,

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135

[email protected]

no podrá iniciar nuevas operaciones en desarrollo de su objeto y conservará

su capacidad jurídica únicamente para los actos necesarios a la liquidación.

El nombre de la empresa, una vez disuelta, se adicionará con la expresión

"en liquidación". Su omisión hará incurrir a los encargados de adelantar el

proceso liquidatorio en las responsabilidades establecidas en la ley.

PAR. 1o-En los casos previstos en el Código de Comercio, podrá evitarse la

disolución de la sociedad adoptando las modificaciones que sean del caso

según la causal ocurrida, siempre y cuando se efectúen, dentro de los seis

(6) meses siguientes a la ocurrencia de la causal.

PAR. 2o-La liquidación del patrimonio podrá hacerse por el empresario o por

un liquidador o varios liquidadores nombrados por él. EI nombramiento se

inscribirá en el registro público de comercio. Sobre el particular, se seguirán

las reglas previstas para la liquidación de las sociedades de responsabilidad

limitada.

Causales de disolución de las sociedades comerciales

El Código de Comercio en el artículo 218, presenta ocho causales de disolución

de una sociedad comercial:

1. El vencimiento del término previsto para la duración del contrato, sin que

este se haya prolongado legalmente antes de su expiración.

2. Por la imposibilidad de desarrollar la empresa social, por su terminación o

por la pérdida de la cosa o las cosas cuya explotación constituye su objeto.

3. Por contar con un número de asociados menor al exigido en la ley para su

formación o funcionamiento, o por exceder el límite de asociados permitidos

por dicha ley.

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136

[email protected]

4. Por liquidación obligatoria, es decir, por declaración de quiebra.

5. Por las causas estipuladas en el contrato.

6. Por la decisión de los asociados, adoptada conforme a las leyes y al

contrato social.

7. Por disposición de una autoridad competente.

8. Por las demás causales legales, establecidos según el tipo de sociedad.

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137

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CAPITULO III

Establecimientos de comercio

¿Cómo está conformado un establecimiento de comercio?

Un establecimiento de comercio está constituido, según el artículo 516 del Código

de Comercio, por:

1. La enseña o nombre comercial y las marcas de productos y servicios.

2. Los derechos del empresario sobre las invenciones o creaciones industriales o

artísticas que se utilicen en las actividades del establecimiento.

3. Las mercancías en almacén o en proceso de elaboración, los créditos y los

demás valores similares.

4. El mobiliario y las instalaciones.

5. Los contratos de arrendamiento y, en caso de enajenación, el derecho al

arrendamiento de los locales en que funciona si son de propiedad del

empresario, y las indemnizaciones que, conforme a la ley, tenga el

arrendatario.

6. El derecho a impedir la desviación de la clientela y a la protección de la fama

comercial.

7. Los derechos y obligaciones mercantiles derivados de las actividades propias

del establecimiento, siempre que no provengan de contratos celebrados

exclusivamente en consideración al titular de dicho establecimiento.

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138

[email protected]

Requisitos que debe cumplir todo establecimiento de comercio para ser

abierto al público

Para abrir un establecimiento de comercio es necesario cumplir con ciertos

requisitos establecidos en decretos como el 1879 de 2008 en el que se resaltan:

1. Certificado de uso del suelo. Este trámite se debe realizar en la curaduría de la

localidad, para comprobar que el sitio escogido para la instalación del

establecimiento, es apropiado.

2. Matrícula mercantil del comerciante y registro del establecimiento en la Cámara

de Comercio.

3. Concepto Técnico de bomberos.

4. Concepto sanitario, expedido por la Secretaría de Salud, especialmente para

establecimientos orientados a la fabricación, procesamiento, almacenamiento o

expendio de alimentos.

5. Certificado de habilitación, expedido por la Secretaría de Salud, especialmente

para centros médicos, odontológicos, de estética, clínicas, hogares geriátricos

o similares.

6. Preservación del medio ambiente auditivo, es decir, la verificación de los

estándares de ruido admisibles en la localidad donde estará ubicado el

establecimiento.

7. Preservación del medio ambiente visual. Es un registro que permite fijar avisos

en el establecimiento.

Page 139: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

139

[email protected]

8. Preservación del aire. Es el control de la emisión de partículas contaminantes.

9. Depósito de residuos.

10. Paz y salvo de Sayco - Acinpro.

¿Pueden las autoridades exigir licencia de apertura o funcionamiento de un

establecimiento de comercio?

En cuanto a licencias de funcionamiento, el artículo 46 del decreto 2150 del 5 de

diciembre de 1995 y el artículo 10 de la Ley 232 del mismo año, establecen: “sin

perjuicio del régimen establecido para el Departamento Archipiélago de San

Andrés, Providencia y Santa Catalina, ningún establecimiento industrial, comercial

o de otra naturaleza, abierto o no al público, requerirá la licencia, permiso o

autorización de funcionamiento.

El concepto técnico de bomberos

El Concepto Técnico de Bomberos es la apreciación técnica emitida por el Cuerpo

Oficial de Bomberos, a través de la cual se da constancia de las condiciones de

seguridad en las que se encuentra el inmueble en el cual funciona o funcionará un

establecimiento comercial. Tiene una vigencia de un año.

Para obtener este certificado, es necesario acercarse a las instalaciones del

Cuerpo de Bomberos encargado del procedimiento en cada ciudad y cumplir con

los siguientes requisitos:

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[email protected]

1. Para establecimientos nuevos, se debe presentar la inscripción o certificado

de matrícula mercantil de Cámara de Comercio.

2. Para renovaciones, presentar las seis (6) declaraciones bimestrales de

industria y comercio del año inmediatamente anterior, de acuerdo al tipo de

establecimiento, así:

Régimen Común: Original de Cámara de Comercio renovada con

vigencia de 1 año y originales de las declaraciones bimestrales del ICA

del año gravable inmediatamente anterior a la solicitud (6 bimestres – 5

documentos).

Régimen Simplificado: Original de Cámara de Comercio renovada con

vigencia de 1 año y original del impuesto ICA del año inmediatamente

anterior a la solicitud.

Instalaciones nuevas o no obligadas a declarar: Original de Cámara

de Comercio renovada con vigencia de 1 año y original del Registro de

Información Tributaria – RIT (es el mecanismo de identificación,

ubicación y clasificación de los contribuyentes del Impuesto de Industria

y Comercio, Avisos y Tableros)

3. Después de tener en regla todos los documentos, se debe realizar una

consignación en cualquier sucursal del Banco de Occidente. El pago será el

establecido en el Acuerdo 11 de 1988 Capítulo IV “Por inspección técnica,

una tarifa equivalente al uno por ciento (1%) liquidado sobre el valor del

impuesto de Industria y Comercio del año anterior, más el equivalente a un

(1) salario mínimo diario”.

4. Una vez presentado el comprobante de pago y toda la documentación

completa, correrán treinta (30) días hábiles para recibir la visita de un

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141

[email protected]

representante del Cuerpo de Bomberos, quien dará el respectivo concepto.

Ocho (8) días hábiles después, podrá ser reclamado el concepto técnico.

El paz y salvo de Sayco - Acinpro

El paz y salvo de Sayco-Acinpro permite la difusión musical en el establecimiento.

El comerciante debe acercarse a las oficinas de esta entidad, con los siguientes

documentos:

Nombre, dirección y teléfono del establecimiento.

Nombre del propietario o de los propietarios y el NIT de las sociedades o

comerciantes, según sea el caso.

Sayco - Acinpro elabora la liquidación, de acuerdo al establecimiento, la cual una

vez cancelada permite la expedición del paz y salvo respectivo.

Requisitos que se exigen a los establecimientos para garantizar la seguridad

y salubridad pública

Para garantizar la salubridad y seguridad pública, se establecen los siguientes

requisitos:

Certificado de uso de suelo, intensidad auditiva, horario, ubicación y

destinación expedidas por la autoridad competente en cada municipio.

Cumplir con las condiciones sanitarias y ambientales, descritas en la

legislación vigente sobre la materia.

Cumplir con las normas vigentes en materia de seguridad.

Comunicar a la oficina de planeación, en un plazo no mayor a quince (15)

días, la apertura del establecimiento.

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142

[email protected]

[Tomado de: Guía Legis para la pequeña empresa 2009 (14a

ed.) Colombia, Legis Editores S.A.

Pág. 74]

¿Cómo protege la ley a los empresarios cuyos establecimientos funcionan

en locales arrendados?

La ley comercial brinda una especial protección a los empresarios o comerciantes

cuyos establecimientos de comercio funcionen en locales arrendados; es así como

se prevén los siguientes derechos:

1. Cuando el comerciante lleve, no menos de dos años, ocupando un

inmueble, con el mismo establecimiento de comercio, tiene derecho a que

se le renueve el contrato de arrendamiento a su vencimiento. Esto no

quiere decir que el contrato debe continuar en las mismas condiciones, de

ser así estaríamos frente a una fuerte restricción al derecho de propiedad

privada. Con esta protección se pretende dar continuidad a las actividades

del establecimiento de comercio en condiciones de plazo y precio que

pueden ser iguales o no a los originales, a voluntad de los contratantes.

2. Los únicos casos en los cuales se puede restringir el derecho a la

renovación son:

2.1 Cuando el arrendatario haya incumplido el contrato.

2.2 Cuando el propietario del inmueble lo necesite para su propia habitación

o para un establecimiento suyo destinado a una empresa

sustancialmente distinta a la que tenga el arrendatario.

2.3 En caso de que el local deba ser reconstruido o reparado con obras que

necesariamente impliquen su entrega, o demolido por su estado de

ruina o para construir una obra nueva.

Page 143: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

143

[email protected]

En estos últimos casos, (2.2 y 2.3) el propietario del inmueble, según lo

establecido por el Código de Comercio, debe avisar por escrito y con seis

(6) meses de anticipación, la intención de no renovar el contrato. Si no se

realiza este procedimiento, el contrato se renueva en las mismas

condiciones y por el mismo tiempo del contrato inicial; a menos que el

inmueble sea ocupado o demolido por orden de la autoridad judicial.

3. Una vez concluidas las reparaciones del local, o la construcción del nuevo,

el arrendador está en la obligación de preferir a su antiguo arrendatario sin

que por ello pueda cobrarle alguna prima o valor distinto al estipulado en el

canon de arrendamiento.

El dueño del local debe entonces avisar al comerciante el derecho de

preferencia para el arrendamiento, con un mínimo de sesenta (60) días de

anticipación a la fecha en la cual puede entregarle el local; asimismo, el

comerciante debe confirmar, en un plazo de treinta (30) días de anterioridad

a dicha fecha, si desea ejercer el derecho de preferencia.

4. En caso de que el propietario del inmueble no indique el destino del local en

los tres meses siguientes a la fecha de entrega, no inicie las obras en el

mismo plazo, arriende los locales o los utilice para establecimientos de

comercio que desarrollen actividades similares a las que tenía el

arrendatario, deberá indemnizarlo por los perjuicios causados, dentro de los

cuales debe incluirse, además, el lucro cesante del comerciante, los gastos

necesarios para la nueva instalación, las indemnizaciones de los

trabajadores despedidos con ocasión de la clausura o traslado del

establecimiento y el valor de las mejoras necesarias que hubiera hecho en

los locales entregados.

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144

[email protected]

5. No podrá el arrendatario, sin la autorización del arrendador, subarrendar

totalmente el inmueble ni darle utilización distinta a la prevista cuando

lesione los derechos del arrendador. Podrá subarrendar la mitad del

inmueble, teniendo en cuenta que la cesión exige la previa autorización del

arrendador.

[Tomado de: Guía Legis para la pequeña empresa 2009 (14a

ed.) Colombia, Legis Editores S.A.

Pág. 75]

¿Qué reglas prevé la ley para la venta de establecimientos?

El Código de Comercio, en el capítulo II, establece las pautas para la venta de

establecimientos de comercio:

1. No es necesario describir todos los elementos que conforman el

establecimiento, pues se presume que la venta del mismo, se realiza en bloque

o como unidad económica.

2. La venta debe constar por escritura pública o en un documento privado que

sea reconocido por los otorgantes ante el funcionario competente.

3. El comprador debe recibir por parte del vendedor, un balance general y una

relación pormenorizada de pasivos, con el respectivo certificado de un

contador público.

4. La responsabilidad por las obligaciones que se hayan adquirido hasta el

momento de la venta y que consten en los libros obligatorios de contabilidad,

deben ser asumidos solidariamente por el vendedor y el comprador. En caso

contrario sólo está obligado a responder el vendedor.

Page 145: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

145

[email protected]

Sólo dos meses después de la inscripción de la venta en el registro mercantil,

el vendedor deja de tener responsabilidades con los acreedores del

establecimiento de comercio, siempre y cuando se les haya dado aviso de la

venta por medio de radiogramas y publicaciones en diarios de amplia

circulación y finalmente que en el término de los dos meses, ninguno de los

acreedores se haya opuesto a aceptar al comprador como su nuevo deudor.

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146

[email protected]

CAPITULO IV

Obligaciones de los empresarios

Clasificación de las obligaciones de los empresarios

Los deberes u obligaciones de los empresarios desde el momento de constitución

o formalización de una empresa, se clasifican en mercantiles, laborales y

tributarios.

Cuadro sinóptico. Resumen de las obligaciones de los empresarios

Obligaciones

mercantiles

(según el artículo

19 del

Código de

Comercio)

1. Matricularse en el registro mercantil.

2. Inscribir en el registro mercantil todos

los actos, libros y documentos

respecto de los cuales la ley exija esa

formalidad.

3. Llevar la contabilidad de los negocios,

conforme a las exigencias legales.

4. Conservar la correspondencia y

demás documentos relacionados con

sus negocios de acuerdo con la ley.

5. Abstenerse de ejecutar actos de

competencia desleal.

Obligaciones

laborales

1. Elaborar y suscribir contratos de

trabajo.

2. Cumplir con las prestaciones sociales

a cargo exclusivo de los empleadores:

Page 147: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

147

[email protected]

Obligaciones de

los empresarios

- Prima de servicios.

- Calzado y vestido de labor.

- Auxilio de cesantía.

- Vacaciones.

- Auxilio de transporte.

3. Cumplir con las obligaciones laborales

periódicas de los empresarios:

- Aportes parafiscales.

- Afiliación y aportes a la seguridad social.

- Obligación de deducir y retener ingresos

de asalariados.

- Obligación de expedir certificados de

ingresos y retenciones.

- Obligación de informar.

Obligaciones

Tributarias

1. Inscribirse en el RUT y obtener el NIT.

2. Registrarse como responsable del

impuesto de renta.

3. Registrarse como responsable del

impuesto de IVA.

4. Inscribirse como agente retenedor.

5. Declarar y pagar el impuesto de

timbre.

6. Presentar las declaraciones del

impuesto de renta, IVA y retención en

la fuente.

7. Pagar los impuestos a cargo.

8. Responder los requerimientos de

Page 148: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

148

[email protected]

información que realice la Dirección

de Impuestos y Aduanas Nacionales.

9. Informar el cambio de dirección fiscal

y la actividad económica.

10. Informar a la DIAN las transacciones

económicas, que realicen los

propietarios de las páginas web y

sitios de Internet.

11. Llevar libros de contabilidad.

12. Facturar.

13. Declarar y pagar los impuestos

municipales y/o distritales.

[Tomado de: Guía Legis para la pequeña empresa 2009 (14a

ed.) Colombia, Legis Editores S.A.

Págs. 77-78]

Obligaciones mercantiles de los empresarios

Matricularse en el registro mercantil

El registro mercantil

Según el artículo 26 del Código de Comercio, el registro mercantil consiste en

llevar una matrícula de los comerciantes y sus establecimientos de comercio,

además de la inscripción o anotación de los diferentes actos u operaciones, libros

y documentos, que señala la ley. Cualquier persona podrá examinar los libros y

archivos en que se lleva el registro, tomar anotaciones y obtener copias de los

mismos. Asimismo, cualquier persona puede obtener prueba de la inscripción de

Page 149: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

149

[email protected]

un acto en el registro mercantil, mediante la solicitud del respectivo certificado a la

Cámara de Comercio.

¿Qué entidad lleva el registro mercantil?

El registro mercantil está a cargo de las cámaras de comercio, pero la

Superintendencia de Industria y Comercio determinará los libros necesarios para

cumplir esa finalidad, la forma de hacer las inscripciones y dará las instrucciones

que tiendan al perfeccionamiento de la institución, tal como lo establece el artículo

27 del Código de Comercio.

[Tomado de: Guía Legis para la pequeña empresa 2009 (14a

ed.) Colombia, Legis Editores S.A.

Págs. 79]

Las cámaras de comercio

Tal como lo enuncia el artículo 78 del Código de Comercio, las cámaras de

comercio son instituciones de orden legal con personería jurídica, creadas por el

Gobierno Nacional, de oficio o a petición de los comerciantes del territorio donde

hayan de operar, pero no son entidades públicas.

Excluida la función de llevar el registro mercantil, que es de carácter público, las

restantes funciones de las cámaras de comercio son de naturaleza privada.

Están integradas por los comerciantes inscritos en su respectivo registro mercantil.

Tienen una junta de directores compuesta por un número de seis (6) a doce (12)

miembros, con sus respectivos suplentes, según lo determina el Gobierno

Nacional en atención a la importancia comercial de la correspondiente

circunscripción.

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150

[email protected]

¿Qué personas y actos están sujetos a registro mercantil?

El Código de Comercio establece en el artículo 28 que deberán inscribirse en el

registro mercantil:

1. Las personas que ejerzan profesionalmente el comercio y sus auxiliares, tales

como los comisionistas, corredores, agentes, representantes de firmas

nacionales o extranjeras, quienes lo harán dentro del mes siguiente a la fecha

en que inicien actividades.

2. Las capitulaciones matrimoniales y las liquidaciones de sociedades

conyugales, cuando el marido y la mujer o alguno de ellos sea comerciante.

3. La prohibición judicial pronunciada contra comerciantes; las providencias en

que se imponga a estos la prohibición de ejercer el comercio; los concordatos

preventivos y los celebrados dentro del proceso de quiebra; la declaración de

quiebra y el nombramiento de síndico El síndico de la quiebra sustituirá al

quebrado en la administración de sus bienes y en todos aquellos asuntos que

puedan afectar a su patrimonio (Art. 1953 C. Civil).)de ésta y su remoción; la

posesión de cargos públicos que inhabiliten para el ejercicio del comercio, los

actos concursales señalados por la Ley 222 de 1995 y en general, las

incapacidades o inhabilidades para ser comerciante, previstas en la ley.

4. Las autorizaciones que, conforme a la ley, se otorguen a los menores para

ejercer el comercio, y la revocación de las mismas.

5. Todo acto en virtud del cual se confiera, modifique o revoque la administración

parcial o general de bienes o negocios del comerciante.

6. La apertura de establecimientos de comercio y de sucursales, y los actos que

modifiquen o afecten la propiedad de los mismos o su administración.

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[email protected]

7. Los libros de contabilidad, los de registro de accionistas, los de actas de

asambleas y juntas de socios, así como los de juntas directivas de sociedades

mercantiles.

8. Los embargos y demandas civiles relacionados con derechos cuya mutación

esté sujeta a registro mercantil.

9. La constitución, adiciones o reformas estatutarias y la liquidación de

sociedades comerciales, así como la designación de representantes legales y

liquidadores, y su remoción. Las compañías vigiladas por la Superintendencia

de Sociedades deberán cumplir, además de la formalidad del registro, los

requisitos previstos en las disposiciones legales que regulan dicha vigilancia.

10. Los demás actos y documentos cuyo registro mercantil ordene la ley.

¿Es obligación inscribirse en el registro mercantil?

Efectivamente, de acuerdo con el Código de Comercio deben inscribirse en el

registro mercantil, no sólo las personas que profesionalmente ejerzan el comercio,

sino también sus establecimientos y ciertos actos y documentos, con el fin de que

produzcan efectos frente a terceros.

[Tomado de: Guía Legis para la pequeña empresa 2009 (14a

ed.) Colombia, Legis Editores S.A.

Págs. 79-80]

Pasos para matricularse en el registro mercantil

Estudio previo del nombre. Por disposición del Código de Comercio, las

cámaras de comercio deben abstenerse de matricular a un comerciante, persona

natural, persona jurídica o establecimiento de comercio con el mismo nombre de

Page 152: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

152

[email protected]

otro ya inscrito. Para ello, antes de que se solicite la inscripción de matrícula, se

debe averiguar en la cámara de comercio, personalmente o por Internet si existe

un nombre igual al que se quiere colocar, con miras a evitar los casos de

homonimia.

Solicitud de matrícula. Esta solicitud debe ser presentada dentro del mes

siguiente a la fecha en que la persona natural empezó a ejercer el comercio o en

que la sucursal o el establecimiento fue abierto.

Presentación del formulario. La matrícula del comerciante y el establecimiento

de comercio, así como su renovación, se efectuarán mediante el diligenciamiento

del formulario de registro único empresarial – RUE, expedido por la cámara de

comercio.

Contenido de la solicitud de matrícula de comerciante. La petición de

matrícula debe indicar:

- El nombre del comerciante, documento de identidad, nacionalidad, actividad o

negocios a que se dedique, domicilio y dirección, lugar o lugares donde se

desarrollen sus negocios de manera permanente, su patrimonio líquido,

detalles de los bienes raíces que posea, monto de las inversiones en la

actividad mercantil, nombre de la persona autorizada para administrar los

negocios y sus facultades, entidades de crédito con las cuales hubiere

celebrado operaciones y referencias de dos comerciantes inscritos.

Contenido de solicitud de la matrícula de establecimiento comercial. La

petición de matrícula del establecimiento debe indicar:

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[email protected]

- Denominación del establecimiento, dirección y actividad principal; nombre y

dirección del propietario y si el local que ocupa es propio o ajeno.

Inscripción y prueba. Diligenciados y presentados los formularios, se efectúa la

inscripción; esta sólo puede probarse con el certificado expedido por la respectiva

Cámara de Comercio.

[Tomado de: Guía Legis para la pequeña empresa 2009 (14a

ed.) Colombia, Legis Editores S.A.

Pág. 80]

¿Debe renovarse la matrícula periódicamente?

Renovar la matrícula mercantil de los comerciantes y sus establecimientos, es una

diligencia que debe realizarse anualmente, entre el 1 de enero y el 31 de marzo.

¿A qué sanción se hace acreedor quien ejerza profesionalmente el comercio

sin estar inscrito?

La persona que ejerza profesionalmente el comercio sin estar inscrita en el

registro mercantil será sancionada con diecisiete (17) salarios mínimos

mensuales, que le impondrá la Superintendencia de Industria y Comercio, sin

perjuicio de las demás sanciones legales. La misma sanción se aplicará cuando se

omita la inscripción o matrícula de un establecimiento de comercio, según lo

establece el artículo 37 del Código de Comercio.

¿Por qué debe mantenerse vigente la matrícula mercantil?

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154

[email protected]

Según la jurisprudencia del Consejo de Estado, no renovar la matrícula mercantil

es lo mismo que carecer de registro; por lo tanto, no renovarlo genera la sanción

económica de la multa equivalente a diecisiete (17) salarios mínimos mensuales.

[Tomado de: Guía Legis para la pequeña empresa 2009 (14a

ed.) Colombia, Legis Editores S.A.

Pág. 80]

El registro único de proponentes

El Registro Único de Proponentes es un registro a cargo de las Cámaras de

Comercio, en el cual personas naturales y jurídicas nacionales o extranjeras con

sucursal o domicilio en Colombia, deben inscribirse si aspiran a efectuar contratos

con las entidades estatales.

En él asentarán la solicitud de inscripción, renovación, actualización, cancelación y

revocación del registro según corresponda, con base en los documentos e

informaciones que presenten los interesados y las entidades estatales, en orden

cronológico, previa la verificación documental que corresponda, y certificarán las

condiciones de experiencia, capacidad jurídica, financiera y de organización del

proponente que fueron verificadas, así como su calificación y clasificación. La

Cámara de Comercio tendrá 15 días hábiles para verificar la documentación y

expedir el certificado.

La vigencia de la inscripción en el registro es dada por el término de un año,

contado a partir de la fecha del acto de suscripción como proponente y se debe

renovar dentro del mes anterior al vencimiento.

De acuerdo al Artículo 6 de la ley 1150 de 2007: No se requerirá de este registro,

ni de calificación ni de clasificación, en los casos de:

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[email protected]

- Contratación directa.

- Contratos para la prestación de servicios de salud.

- Contratos cuyo valor no supere el diez por ciento (10%) de la menor cuantía de

la respectiva entidad.

- Enajenación de bienes del Estado.

- Contratos que tengan por objeto la adquisición de productos de origen o

destinación agropecuaria que se ofrezcan en bolsas de productos legalmente

constituidas.

- Los actos y contratos que tengan por objeto directo las actividades comerciales

e industriales propias de las empresas industriales y comerciales del Estado y

las sociedades de economía mixta.

- Los contratos de concesión de cualquier índole.

En los casos anteriormente señalados, corresponderá a las entidades contratantes

cumplir con la labor de verificación de las condiciones de los proponentes.

El registro único empresarial

El registro único empresarial – RUE, es una red nacional de servicios registrales,

es decir, una plataforma tecnológica que integra y centraliza el registro mercantil y

el registro de proponentes que administran las 57 Cámaras de Comercio de

Colombia.

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[email protected]

Con el registro único empresarial – RUE, los comerciantes tienen la posibilidad de

proteger su nombre comercial a nivel nacional, disponer de información oportuna y

actualizada, además de reducir el tiempo y los costos de los trámites.

A través del RUE, desde cualquier Cámara de Comercio del país se puede:

Solicitar y recibir certificados en línea de registro mercantil y registro de

proponentes.

Verificar y controlar que el nombre de la empresa sea único en el país.

Realizar matrículas, renovaciones o cancelaciones.

Inscribir actos y documentos sujetos a registro.

Inscribirse en el registro único de proponentes como constructor, consultor

o proveedor.

Actualizar, modificar o cancelar el registro de proponentes.

Consultar datos básicos de empresas colombianas.

¿Cuál es la entidad del Estado encargada de regular la organización y

funcionamiento del registro único empresarial?

La ley 590 de 2000 designó a la Superintendencia de Industria y Comercio como

la entidad estatal encargada de regular la organización y funcionamiento del

registro único empresarial - RUE; este sistema debe ser implementado por

Cámara de Comercio y Confecámaras.

¿Cuándo entró a operar plenamente el nuevo sistema?

El registro único empresarial – RUE, comenzó a aplicarse plenamente desde el 2

de enero de 2005 por Confecámaras, aunque se venía trabajando con antelación

sobre el asunto.

Page 157: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

157

[email protected]

[Fuente: http://www.camarabaq.org.co/images/pdf/formato%20caratulaunica.pdf, consulta realizada el 26 de noviembre de 2009]

Page 158: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

158

[email protected]

Page 159: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

159

[email protected]

[Fuente: http://www.sic.gov.co/pdf/Formatos/Camaras/1020-F08.pdf, consulta 26 de noviembre de 2009]

Page 160: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

160

[email protected]

INSTRUCCIONES PARA DILIGENCIAR EL ANEXO DE MATRICULA O

RENOVACIÓN DE PERSONAS NATURALES, SOCIEDADES,

ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO,

SUCURSALES O AGENCIAS Y EMPRESAS ASOCIATlVAS DE TRABAJO

OBSERVACIONES GENERALES:

El anexo puede llenarse a máquina o a mano, en letra imprenta, preferiblemente

con bolígrafo de color negro. Recuerde que no se admiten tachones ni

enmendaduras. Los espacios que van sombreados son para uso de la Cámara de

Comercio y por eso no debe escribir en ellos.

Anote el año a que corresponde su matrícula o renovación.

El registro único empresarial - RUE, se debe renovar anualmente, dentro de los

tres primeros meses del año.

Registro Único Empresarial: Si se trata de personas naturales, indique el

número de la cédula de ciudadanía. Para personas naturales extranjeras indique

el número de la cédula de extranjería o del pasaporte.

En el caso de personas jurídicas escriba el número del NIT. Tratándose de

personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia, deberán tramitar

previamente el NIT ante la DIAN, para realizar la inscripción en la Cámara de

Comercio. Cuando se trate de matrícula de personas jurídicas (Por primera vez),

no debe diligenciarse esta casilla por cuanto la Cámara de Comercio realiza el

trámite del NIT ante la DIAN.

Page 161: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

161

[email protected]

Para los establecimientos de comercio, sucursal o agencia no se debe diligenciar

esta casilla.

Si se trata de personas naturales extranjeras escriba su nacionalidad.

INFORMACIÓN COMERCIAL

Escriba el nombre completo de dos entidades crediticias con las cuales ha

celebrado operaciones, y de la oficina o lugar donde fue atendido. Puede tratarse

de un banco, una corporación, o de cualquier otra entidad financiera.

Escriba el nombre, teléfono y lugar de residencia de dos personas o empresas

inscritas en la cámara, con la cuales haya realizado negocios.

Marque con una X si es importador o exportador, si no realiza ninguna de estas

dos actividades no marque ninguna casilla.

Indique el número de empleados que tiene actualmente a nivel nacional.

INFORMACIÓN FINANCIERA

Si se trata de matrícula, los datos deben corresponder al balance de apertura. Si

es renovación deben corresponder a los del balance a 31 de diciembre del año

anterior, incluyendo ajustes por inflación, aún en el caso de que se haga cortes

semestrales. Los datos deben expresarse sin decimales.

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162

[email protected]

ACTIVO

Corriente: Corresponde a los bienes y derechos que en corto plazo son

susceptibles de convertirse en dinero. Por ejemplo: Caja, bancos, inventarios,

inversiones a corto plazo, etc.

Fijo: Corresponde a los bienes adquiridos para desarrollar la actividad comercial y

que por lo tanto no son líquidos. Por ejemplo: maquinaria, vehículos, equipos de

oficina, muebles, etc., de acuerdo con su valor de compra menos depreciación.

Otros activos: Es el valor de inversiones que se tengan en acciones o en títulos del

gobierno, de pagos diferidos o anticipados por ejemplo en arriendos o seguros, de

bienes intangibles como el valor que se le otorga a una marca o patente.

Valorizaciones: Corresponde al mayor valor de los activos, distinto al de ajuste por

inflación.

Activo total: Representa los bienes y derechos de una persona o empresa.

Corresponde a la suma del activo corriente, el activo fijo, otros activos y

valorizaciones.

PASIVO

Corriente: Corresponde a las deudas y obligaciones contraídas con vencimiento

inferior a un año.

Largo Plazo: Corresponde a las deudas y obligaciones contraídas con vencimiento

superior a un año.

Page 163: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

163

[email protected]

Pasivo total: Representa las obligaciones o deudas totales de una persona o

empresa. Corresponde a la suma del pasivo corriente y a largo plazo.

Patrimonio: Es el valor líquido de total de bienes de una persona o empresa.

Contablemente es la diferencia entre los activos totales menos los pasivos totales.

Pasivo más patrimonio: Es la suma del total pasivo y el patrimonio. El valor del

activo debe ser igual a la suma de los valores del pasivo y del patrimonio.

PÉRDIDAS Y GANANCIAS

Ingresos operacionales: corresponde a los ingresos totales por la venta de bienes

o servicios.

Gastos operacionales de venta: Son aquellos en los que se incurre durante el

ejercicio, directamente relacionados con la gestión de ventas.

Gastos operacionales de administración: Son aquellos en los que se incurre

durante el ejercicio, directamente relacionados con la gestión administrativa.

Utilidad o pérdida operacional: es el resultado final del ejercicio, representado en

la diferencia entre los ingresos operacionales y los gastos operacionales.

Utilidad o pérdida neta del ejercicio: Comprende el valor de las utilidades o

pérdidas obtenidas al cierre de cada ejercicio, como resultado de todas las

operaciones (operacionales y no operacionales), realizadas durante el período.

Activo total sin ajustes por inflación: Es el mismo total activo, pero expresado sin

ajustes por inflación. Esta cifra es la base para la liquidación del valor de su

matrícula o renovación, de acuerdo con las tarifas vigentes.

Page 164: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

164

[email protected]

DATOS DEL ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO, SUCURSAL O AGENCIA

Establecimiento de comercio: Conjunto de bienes organizados por el

empresario para realizar los fines de la empresa. Una misma persona puede tener

varios establecimientos de comercio. A su vez, un mismo establecimiento de

comercio puede pertenecer a varias personas y destinarse al desarrollo de

diversas actividades comerciales.

Sucursal: Establecimiento de comercio abierto por una sociedad, dentro o fuera

de su domicilio, para el desarrollo de los negocios de la sociedad o parte de ellos,

administrados por mandatarios con facultades para representar a la sociedad.

Si los estatutos no determinan las facultades de los administradores de las

sucursales, deberá otorgárseles un poder por escritura pública o documento

legalmente reconocido, que se debe inscribir en el Registro Mercantil. Si no existe

ese poder, se presume que sus administradores tienen los mismos poderes de los

administradores de la principal.

Agencia: Establecimiento de comercio abierto por una sociedad, dentro o fuera de

su domicilio para el desarrollo de los negocios de la sociedad o parte de ellos,

cuyos administradores carecen de poder para representarla.

Nota: Diligencie tantos formularios como establecimientos de comercio,

sucursales o agencias posea. En estos casos, solo es necesario reportar la

siguiente información, según el caso.

Marque con una X si es establecimiento de comercio, sucursal o agencia, luego

escriba el número de la matricula mercantil y el nombre de la Cámara de Comercio

a la que corresponde.

Page 165: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

165

[email protected]

Marque con una X si se trata de matrícula o renovación, escriba el nombre

completo del establecimiento de comercio, la sucursal o agencia.

Escriba la dirección completa, municipio y departamento donde funciona el

establecimiento, la sucursal o la agencia, incluyendo el (los) número(s)

telefónico(s), el fax y el buzón electrónico, si los tiene. En el caso de sucursal o

agencia debe corresponder al domicilio de la sociedad propietaria.

Tratándose de sucursales o agencias, escriba la dirección completa del lugar a

dónde se le

puede hacer llegar una notificación judicial. Anótela en el espacio indicado, aún en

el caso de que sea la misma que dejó registrada como dirección de la sucursal o

agencia.

Si la información correspondiente a la dirección completa tiene algún cambio

después de hecha la matrícula o renovación, por favor notifíquelo por escrito, a la

Cámara de Comercio, con el fin de que aparezca actualizada en la Base de Datos.

INFORMACIÓN ECONÓMICA DEL ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO,

SUCURSAL O AGENClA

La autoclasificación de la actividad económica es de carácter obligatoria

para efectos de la matricula o renovación en el Registro Mercantil de las personas

naturales y jurídicas.

La información que se suministra sobre el establecimiento de comercio, la sucursal

o la agencia en esta sección, es fundamental para ingresar correctamente en la

Base de Datos del Registro Único Empresarial, porque es la que permite identificar

Page 166: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

166

[email protected]

y codificar la actividad que desarrolla de acuerdo con el código de actividad CIIU

Rev. 3 A C.

Para describir la actividad mercantil del establecimiento, la sucursal o la agencia,

tenga en cuenta lo siguiente:

En el espacio destinado para este fin, describa breve, pero claramente, la

actividad que desarrolla, de la manera que se explica a continuación, a vía de

ejemplo:

a) Actividad: Es decir, el proceso que su establecimiento de comercio lleva a

cabo. Por ejemplo: Fabricación, distribución, comercialización, asesorías, etc.

Diligencie solo una por

renglón.

b) El producto o servicio: Es el resultado del proceso que su establecimiento de

comercio desarrolla. Por ejemplo: Calzado, ropa, telas, alimentos, flores,

repuestos, etc.

c) Características del producto o servicio: Se refiere básicamente al uso que se

le va a dar al producto o servicio, o bien a los insumos empleados en su

fabricación.

En el formulario aparecen tres renglones para la descripción de la actividad

económica. Por eso, en caso de que su establecimiento, su sucursal o su agencia

desarrollen más de una actividad, puede describir hasta tres, en orden de

importancia.

Page 167: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

167

[email protected]

Personal Vinculado: Relacione el personal vinculado al Establecimiento de

comercio, Sucursal o agencia.

Escriba el valor de los activos que tiene vinculados al establecimiento, a la

sucursal o a la agencia. Esta cifra es la base para la liquidación del valor de su

matrícula o renovación, de acuerdo con las tarifas establecidas por el Gobierno

Nacional.

INFORMACIÓN SOBRE EL ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO

Sólo si se trata de establecimiento de comercio, señale con una X si es

propietario único, si pertenece a una sociedad de hecho o si es una copropiedad,

luego marque con una X si el local donde funciona el establecimiento de comercio

es propio o ajeno.

PROPIETARIOS

Si es Sucursal o Agencia, escriba la razón social de la sociedad a la que

pertenece, anote el número del NIT de la sociedad propietaria de la sucursal o

agencia.

Escriba el nombre, la firma y la cédula de ciudadanía del administrador, si es

sucursal.

Escriba el nombre, la firma y la cédula de ciudadanía del representante de la

sociedad propietaria, si es agencia.

Si es Establecimiento de Comercio, escriba los apellidos, nombre(s) y documentos

de identidad del propietario o propietarios del establecimiento. Si el propietario del

Page 168: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

168

[email protected]

establecimiento es una sociedad, escriba el nombre de la sociedad y el del

Representante Legal junto con el NIT de esa sociedad.

Si existe administrador del establecimiento de comercio, debe inscribir el contrato

de preposición (encargo de la administración del establecimiento) e indicar el

nombre del administrador.

APORTES PARA EMPRESAS ASOCIATIVAS DE TRABAJO

Escriba el valor, con su respectivo porcentaje, de los distintos tipos de aportes que

tiene su empresa. Recuerde que la sumatoria de los aportes debe ser el1 00%.

Todo formulario debe ser firmado junto con el número de identificación del

matriculado, representante legal o administrador.

[Tomado de: http://www.sic.gov.co/pdf/Formatos/Promocion/Ins_Formulario_1020_F08.pdf]

OBLIGACIONES MERCANTILES DE LOS EMPRESARIOS

Inscribir en el registro mercantil todos los actos, libros y documentos

¿Qué libros de comercio deben llevar los comerciantes?

El artículo 28 del Código de Comercio, establece la obligatoriedad del manejo de

los libros de contabilidad, los de registro de accionistas, los de actas de asambleas

y juntas de socios, así como los de juntas directivas de sociedades mercantiles.

Page 169: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

169

[email protected]

¿Qué libros de contabilidad deben inscribir los empresarios persona natural

o persona jurídica?

Los empresarios, persona natural o jurídica, deben inscribir en el registro mercantil

los principales libros de contabilidad, como son: libro diario, libro mayor y

balances, libro de inventarios y balances, libros de actas, de registro de socios, de

asambleas y de juntas; el no hacerlo constituye fiscalmente un hecho irregular que

es sancionable.

¿Los libros auxiliares de contabilidad requieren de su inscripción en el

registro mercantil?

El Decreto 2649 de 1993 en su artículo 126 establece que los libros auxiliares no

requieren ser inscritos en el registro mercantil; sin embargo, el concepto 17 del 5

de junio de 2001 del Consejo Técnico de Contaduría Pública, especifica que esta

disposición no exime el manejo de los libros auxiliares, pues tal como señala el

Código de Comercio en el artículo 49, los libros auxiliares son un complemento

esencial para el correcto entendimiento de los libros que la ley determina

obligatorios.

¿Cuándo es procedente el registro de las actas de juntas directivas y de

socios?

Normalmente no es necesario inscribir las actas de juntas directivas y socios en el

registro mercantil; no obstante, existen algunas excepciones al respecto, como es

el caso de un mandato legal que exija esa formalidad con el fin de dar a conocer

su contenido a terceros.

Page 170: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

170

[email protected]

Las actas de juntas directivas que se deben registrar son las correspondientes a

los nombramientos de representantes legales, o aquellas que tengan que ver con

la regulación de sucursales; en este caso se deben remitir las actas de apertura,

cierre y nombramiento de factores de las mismas.

En el caso de las actas de juntas de socios, se deben registrar las de

designaciones de miembros de junta directiva, si existe dicho órgano, así como la

designación de representantes legales y revisores fiscales; las de apertura de

sucursales o nombramiento de factores de la misma; y finalmente, aquellas que

limiten los actos del gerente a una determinada cuantía, cuando la misma se haga

en desarrollo del contrato social, y por haberse previsto tal situación en los

estatutos, en otros casos es necesaria la escritura pública.

¿Deben las sucursales registrar sus libros de contabilidad en forma

independiente de los de la principal?

Las sucursales y las agencias son, según los artículos 263 y 264 del Código de

Comercio, una extensión de la sociedad. La contabilidad de sucursales y

agencias, debe ser llevada como un consolidado por parte de la sociedad a la que

pertenezcan; no obstante, estas sucursales y agencias pueden llevar libros

contables auxiliares en donde se registren sus operaciones, con el fin de que la

oficina principal realice los registros contables.

Pasos a seguir en la inscripción de libros ante la Cámara de Comercio

Para inscribir los libros de contabilidad, la Cámara de Comercio establece algunas

pautas:

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171

[email protected]

Primero se debe diligenciar sin tachones o borrones el formato de inscripción de

libros y presentarlo ante la Cámara de Comercio junto al libro en blanco,

numerado, codificado y rotulado con el nombre del propietario tal como figura

registrado en la Cámara de Comercio y el destino del libro. El secretario de la

Cámara de Comercio fijará, en la primera hoja del libro registrado, una constancia

con los datos correspondientes a la Cámara de Comercio en la que se llevó a

cabo el procedimiento, fecha, número y libro de inscripción; personas a quienes

pertenece; nombre del libro, uso al que está destinado y número de hojas que lo

componen.

Después de esto, se deben reclamar los libros registrados en un plazo legal

estipulado.

¿Cuando se termina un libro registrado, cuáles son los requisitos para

registrar un libro nuevo?

Para registrar un libro contable nuevo, la Cámara de Comercio solicita el formato

de inscripción de libros debidamente diligenciado y firmado por el representante

legal, quien además deberá anexar un certificado expedido por un revisor fiscal o

contador público en el que conste la terminación del libro anterior; en caso de no

presentar dicho certificado, es necesario presentar el libro anterior.

¿Qué debe hacerse en caso de pérdida de libros?

En caso de pérdida de un libro contable, se debe presentar ante la Cámara de

Comercio correspondiente, la denuncia de pérdida con datos como el destino del

libro, el número de registro en la Cámara de Comercio y el formato de inscripción

de libros completamente diligenciado y firmado por el representante legal.

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172

[email protected]

Requisitos adicionales para la inscripción de libros

Cuando se presenten eventos especiales, se debe:

Anexar la solicitud, certificado de representación legal en original o copia

auténtica, expedido por la entidad de vigilancia y control. Cuando la

sociedad propietaria del libro se encuentra vigilada por la Superintendencia

Financiera de Colombia, se debe presentar certificado de representación

legal con fechas de expedición no mayor a dos (2) meses.

Anexar certificado de existencia y representación, en original y copia

auténtica, expedido por la alcaldía local o distrital de ubicación del conjunto

o copropiedad.

[Tomado de: Guía Legis para la pequeña empresa 2009 (14a

ed.) Colombia, Legis Editores S.A.

Pág. 90]

Page 173: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

173

[email protected]

Formato para la inscripción de libros de contabilidad en la Cámara de comercio

[Fuente: http://www.camaramed.org.co/Documentos/volantes/7.pdf, consulta realizada el 16 de noviembre de 2009]

Page 174: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

174

[email protected]

¿Cómo debe diligenciarse el formato para la inscripción de libros de

contabilidad?

Para efectos de radicar la solicitud de inscripción de los libros de contabilidad, el

formato señalado deberá diligenciarse sin tachones, borrones ni enmendaduras,

totalmente a máquina o en letra imprenta; teniendo en cuenta las siguientes

instrucciones dadas por la Cámara de Comercio:

Presentar a la Cámara de Comercio el libro en blanco, numerado,

codificado y rotulado con el nombre del propietario y el destino del libro.

Diligenciar el nombre completo del propietario, tal y como figura registrado

en la Cámara de Comercio.

Si se trata de un libro con destino a un establecimiento de comercio,

establecimiento en sociedad de hecho o establecimiento en copropiedad,

se debe indicar el nombre completo del propietario y a continuación el

nombre del establecimiento de comercio.

Diligenciar el nombre del libro a registrar: diarios, actas, etc.

Diligenciar la cantidad de hojas útiles. Hoja es igual a folio. Página es cada

una de las caras de las hojas o folios.

Diligenciar el código para libros de formas continuas, de hojas removibles o

series continuas de tarjetas.

El código es un distintivo de máximo seis (6) caracteres, conformado por letras o

números que puede escoger el comerciante. Este código debe ir en cada una de

las hojas del libro, junto a la numeración consecutiva.

Diligenciar la numeración inicial y final que trae impresa el libro, en el

campo “Numeración De: A:”.

Page 175: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

175

[email protected]

Cuando los libros se compren a la Cámara de Comercio, se deben

diligenciar otros campos que especifican información como: orientación del

papel: horizontal o vertical; tipo de papel: blanco, rayado o cuadriculado;

tamaño: carta u oficio y tipo de impresión: sencilla o dúplex.

La persona natural matriculada o el representante legal de la sociedad

propietario del libro, debe firmar la solicitud.

Diligenciar nombre y número de identificación de la persona que firma

El campo número de registro es diligenciado por la Cámara de Comercio.

¿Cuál es el plazo máximo para reclamar los libros?

Los libros presentados para su registro ante la Cámara de Comercio, deben

reclamarse en un plazo no mayor a cuatro (4) meses; pasado este plazo, las

autoridades competentes están autorizadas para destruirlos.

[Tomado de: Guía Legis para la pequeña empresa 2009 (14a

ed.) Colombia, Legis Editores S.A.

Pág. 92]

¿Qué aspectos deben verificarse cuando se reclaman los libros?

Al momento de recibir los libros contables, se debe verificar que estos estén

totalmente rubricados y el registro (rótulo) contenga los datos correctos del

propietario, destino y número de hojas. Cerciorarse de que todo se encuentre en

orden evita futuros inconvenientes, pues la Cámara de Comercio no realiza

ningún tipo de correcciones después de que los libros hayan sido retirados de sus

oficinas.

Page 176: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

176

[email protected]

¿Existe alguna oportunidad para efectuar el registro de libros de

contabilidad?

Legalmente no se ha establecido un plazo especial para registrar los libros

contables, es decir, puede realizarse en cualquier momento. No obstante, se debe

tener en cuenta que la Cámara de Comercio adjudica la carga de inscripción de

los libros desde el momento de surgir a la vida jurídica, por lo tanto, es

conveniente registrar los libros inmediatamente después de quedar inscrita la

sociedad en el registro mercantil. Además, los libros de contabilidad sólo a partir

de la fecha de inscripción, producirán efectos respecto a terceros.

¿Los libros no registrados tienen algún valor probatorio?

En el artículo 654 del estatuto tributario se específica que la utilización de los libros

contables debe hacerse después de diligenciar el registro de los mismos en la

Cámara de Comercio, para que puedan producir efectos respecto a terceros. Sin

embargo, lo anterior no significa que la información contenida en libros contables

no registrados no sea veraz.

¿Cuál es la sanción tributaria por no registrar los libros de contabilidad?

Una de las causales que constituye hecho irregular en la contabilidad, es no tener

registrados los libros principales. Este hecho origina sanción por libros de

contabilidad equivalente al 0.5% del mayor valor entre el patrimonio líquido y los

ingresos netos del año anterior al de su imposición, sin que excediera en el año

2009 de 20.000 UVT*.

*Valor de un UVT para el 2010 será igual a $24.555 (Resolución 012115/2009)

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177

[email protected]

El Concejo de Estado mediante sentencia el 21 de febrero de 1977, expediente

7999, ha señalado que en las causales de configuración de hechos irregulares de

la contabilidad, que no hagan referencia a un periodo gravable, el año para

cuantificar la sanción por libros de contabilidad es el año calendario anterior al de

su imposición.

* Para el año 2009, el valor de cada UVT equivale a $23.763, de conformidad con la resolución

10663 del 2008, DIAN.

[Tomado de: Guía Legis para la pequeña empresa 2009 (14a

ed.) Colombia, Legis Editores S.A.

Pág. 93]

¿Cómo se inscriben los actos, contratos y documentos?

Los actos, contratos y documentos serán inscritos en la Cámara de Comercio con

jurisdicción en el lugar donde fueren celebrados u otorgados; si hubieren de

realizarse fuera de dicha jurisdicción, se inscribirán también en la cámara

correspondiente al lugar de su ejecución o cumplimiento.

La inscripción se hará en libros separados, según la materia, en forma de extracto

que dé razón de lo sustancial del acto, documento o hecho que se inscriba salvo

que la ley o los interesados exijan la inserción del texto completo.

La inscripción podrá solicitarse en cualquier tiempo, si la ley no fija un término

especial para ello; pero los actos y documentos sujetos a registro no producirán

efectos respecto de terceros sino a partir de la fecha de recepción.

Al momento de ser presentados los documentos para inscripción, las cámaras los

radicarán con indicación de la hora y la fecha de recepción.

Page 178: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

178

[email protected]

La inscripción de los actos y documentos se efectuarán en estricto orden

cronológico, de acuerdo con la radicación de los mismos, mediante extracto de su

texto en los libros respectivos.

Si en un mismo documento constan varios sujetos a inscripción y no procede el

registro respecto de todos, las cámaras de comercio deberán efectuar la

inscripción de aquellos respecto de las cuales sea viable el registro. En el libro

respectivo, y en las certificaciones correspondientes, se dejará constancia de ello.

Después de haberse efectuado la inscripción, el secretario insertará una

constancia en el documento registrado que contendrá datos como: cámara de

comercio, fecha, número de inscripción y libro en el cual se efectuó.

[Tomado de: Guía Legis para la pequeña empresa 2009 (14a

ed.) Colombia, Legis Editores S.A.

Pág. 93]

¿Qué derechos se causan por el registro, renovación, cancelación y

mutación de la matricula mercantil, inscripción de libros y documentos y

registro de proponentes?

El Decreto 393 del 4 de marzo de 2002, en los artículos 23 a 33, estipula los

derechos que se causan anualmente por concepto de inscripciones, cancelaciones

y mutaciones referentes a la actividad mercantil, así como las tarifas que se

deben sufragar por concepto de registro de proponentes.

Page 179: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

179

[email protected]

A continuación se muestra textualmente los artículos mencionados en el párrafo

anterior:

Rango de activos

(en salarios mínimos)

Tarifas

(en % de SMMLV)

Mayor a Menor

o igual a

0 2 5.24

2 4 7.34

4 5 9.79

5 7 10.84

7 9 12.94

9 11 14.68

11 12 16.08

12 14 17.83

14 16 20.28

16 18 22.38

18 19 23.78

19 21 25.52

21 23 26.92

23 25 28.67

25 26 30.77

26 28 31.82

28 30 33.57

30 31 35.66

31 33 37.41

33 35 38.81

35 52 45.45

Page 180: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

180

[email protected]

52 70 54.54

70 87 63.99

87 105 73.43

105 123 83.57

123 140 93.01

140 158 103.15

158 175 113.29

175 192 131.47

192 210 133.92

210 228 136.36

228 245 138.81

245 262 141.61

262 280 143.71

Asimismo, la matrícula de los comerciantes o su renovación en el registro público

mercantil, causará anualmente los siguientes derechos liquidados de acuerdo con

el monto de los activos:

Rango de activos

(en salarios mínimos)

Tarifas

(en % de SMMLV)

Mayor a Menor

o igual a

280 297 146.50

297 316 148.95

316 332 151.05

332 350 154.20

350 524 159.44

524 700 166.08

Page 181: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

181

[email protected]

700 875 171.33

875 1.050 175.52

1.050 1.224 179.02

1.224 1.399 181.82

1.399 1.574 183.92

1.574 1.748 186.01

1.748 2.098 188.46

2.098 2.448 191.26

2.448 2.797 193.36

2.797 3.147 194.75

3.147 3.497 196.85

3.497 5.245 200.35

5.245 6.993 205.94

6.993 8.741 212.94

8.741 10.490 218.88

10.490 12.238 220.98

12.238 13.986 223.78

13.986 15.734 226.92

15.734 17.483 231.47

17.483 34.965 244.06

34.965 69.930 245.10

69.930 104.895 246.15

104.895 139.860 246.85

139.860 174.825 247.55

174.825 349.650 248.25

349.650 699.300 254.05

699.300 874.125 256.99

874.125 En adelante 259.79

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182

[email protected]

La matrícula mercantil de establecimientos de comercio, sucursales y agencias,

así como su renovación, causará los siguientes derechos, según el nivel de

activos vinculados al establecimiento:

1. Cuando el establecimiento, la sucursal o la agencia, se encuentre

localizada dentro de la misma jurisdicción de la cámara de comercio

correspondiente al domicilio principal de la sociedad:

Rango activos

(en salarios mínimos)

Tarifa

(en % SMMLV)

Mayor a Menor o igual a

0 3 5.24

3 17 11.19

17 En adelante 16.78

2. Cuando el establecimiento, la sucursal o la agencia se encuentre localizado

dentro de la misma jurisdicción de una cámara de comercio distinta a la que

corresponda al domicilio principal de la sociedad:

Rango activos

(en salarios mínimos)

Tarifa

(en % SMMLV)

Mayor a Menor o igual a

0 3 11.19

3 17 16.78

17 En adelante 22.37

Page 183: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

183

[email protected]

La cancelación de matrícula y las mutaciones referentes a la actividad mercantil

causarán los siguientes derechos:

1. Cancelación de la matrícula de comerciante de 1.40% SMMLV

2. Cancelación de la matrícula de establecimiento de comercio 1.40% SMMLV

3. Mutaciones referentes a la actividad comercial 1.40% SMMLV

La inscripción en el registro mercantil de los actos y documentos respecto de los

cuales la ley exige esa formalidad, causará un derecho del 5.24% de un SMMLV,

a excepción de la inscripción de los contratos de prenda sin tenencia, la cual

causará un derecho del 6.64% de un SMMLV.

La inscripción en el registro mercantil de los libros respecto de los cuales la ley

exige esa formalidad, causará un derecho del 1.74% de un SMMLV.

El formulario necesario para la inscripción en el registro público mercantil tendrá

un valor unitario de 0.70% SMMLV.

Los certificados expedidos por las cámaras de comercio, en desarrollo de su

función pública de llevar el registro mercantil, tendrán los siguientes valores,

independiente del número de hojas de que conste:

1. Matrícula mercantil: 0.35% SMMLV.

2. Existencia y representación legal, inscripción de documentos y otros: 0.70%

SMMLV.

3. Certificados especiales: 0.70% SMMLV.

Por concepto del registro de proponentes, se debe sufragar a favor de la Cámara

de Comercio, así:

Page 184: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

184

[email protected]

1. Inscripción y renovación, por cada proponente: 50% SMMLV.

2. Actualización o modificación de la inscripción, con prescindencia de los

datos que se incorporen o modifiquen: 26.5% SMMLV.

3. Formulario necesario para realizar la inscripción, renovación, actualización

o modificación: 0.70% SMMLV.

4. Certificados que expidan las cámaras de comercio, en desarrollo de la

función del registro de proponentes, independientemente del número de

hojas requeridas y la cantidad de datos sobres los cuales se dé constancia:

4.55% SMMLV.

5. Boletín contentivo de la información relativa a las licitaciones o concursos a

que se refiere el artículo 22.7 de la Ley 80 de 1993: 7.34% SMMLV

mensuales.

6. Impugnación de la clasificación o calificación, entendiéndose que las

distintas razones de inconformidad de una persona respecto del mismo

proponente conforman una sola impugnación: 41.96% SMMLV.

Los gastos que ocasione la práctica de pruebas serán sufragados de

conformidad con lo previsto en el artículo 57 del Código Contencioso

Administrativo.

7. Expedición de copias con sello de correspondencia con el original que

repose en la Cámara de Comercio: 0.35% SMMLV.

[Tomado de: Guía Legis para la pequeña empresa 2009 (14a

ed.) Colombia, Legis Editores S.A.

Págs. 94-96]

Page 185: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

185

[email protected]

Llevar la contabilidad de los negocios

Conforme a las exigencias legales

Aspectos generales de la contabilidad de los comerciantes

¿Qué es contabilidad?

La contabilidad es un sistema de información que busca revelar, analizar, registrar

y controlar los hechos económicos ocurridos en una empresa, o establecimiento

comercial, con el fin de optimizar procesos que sugieran un mayor rendimiento en

ámbitos económicos.

Elementos básicos de la contabilidad como sistema de información

La contabilidad como sistema de información financiera y no financiera se resume

en elementos como: obtención, captura, almacenamiento, recuperación,

agregación, desagregación, presentación, análisis y evaluación.

[Tomado de: Guía Legis para la pequeña empresa 2009 (14a

ed.) Colombia, Legis Editores S.A.

Págs. 96-97]

Importancia de la contabilidad

La contabilidad cobra un valor importante dentro de las empresas, pues facilita

información a los comerciantes o empresarios, que puede ser utilizada para

realizar operaciones adecuadas en su empresa; por otro lado, la información que

Page 186: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

186

[email protected]

arroja la contabilidad es una referencia usada por terceros para evaluar los

resultados económicos y la situación financiera presentada por dicha empresa.

Objetivos básicos de la información contable

Textualmente, el Estatuto Contable señala en el artículo 3, que la información

contable debe servir para:

1. Conocer y demostrar los recursos controlados por un ente económico, las

obligaciones que tenga de transferir recursos a otros entes, los cambios que

hubieren experimentado tales recursos y el resultado obtenido en el período.

2. Predecir flujos de efectivo.

3. Apoyar a los administradores en la planeación, organización y dirección de los

negocios.

4. Tomar decisiones en materia de inversiones y crédito.

5. Evaluar la gestión de los administradores del ente económico.

6. Ejercer control sobre las operaciones del ente económico.

7. Fundamentar la determinación de cargas tributarias, precios y tarifas.

8. Ayudar a la conformación de la información estadística nacional.

9. Contribuir a la evaluación del beneficio o impacto social que la actividad

económica de un ente represente para la comunidad.

Page 187: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

187

[email protected]

¿Cuál es el concepto de doble contabilidad?

La explicación del concepto de doble contabilidad se encuentra registrado en el

artículo 74 del Código de Comercio. Se habla de doble contabilidad cuando un

comerciante registra en varios libros iguales la información de sus operaciones

comerciales de distintas formas, con el fin de engañar a terceros; o cuando tiene

distintos comprobantes sobre los mismos actos mercantiles.

¿Cuáles son los efectos de llevar doble contabilidad?

El artículo 654 del Estatuto Tributario establece, entre otras cosas, que la doble

contabilidad debe ser sancionada. De igual forma el artículo 74 del Código de

Comercio señala que: “Si un comerciante lleva doble contabilidad o incurre en

cualquier otro fraude de tal naturaleza, sus libros y papeles sólo tendrán valor en

su contra”.

Fiscalmente, llevar doble contabilidad constituye un hecho irregular que da lugar a

aplicar sanciones por libros de contabilidad.

Esta conducta origina además sanción a administradores, representantes legales

y al revisor fiscal, consistente en una multa equivalente al veinte por ciento (20%)

de la sanción impuesta al contribuyente, sin exceder de la suma de 4.100 UVT la

cual no podrá ser sufragada por su representada.

*Valor de un UVT para el 2010 será igual a $24.555 (Resolución 012115/2009)

¿Qué cualidades debe reunir la información contable?

El estatuto contable en el artículo 4 establece que la información contable debe

ser:

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188

[email protected]

Comprensible, es decir, clara y fácil de entender.

Útil: esta cualidad se mide en términos de pertinencia, es oportuna y tiene

un valor de retroalimentación; y de predicción y confiabilidad, es verificable

y neutral.

Comparable: cuando ha sido preparada sobre bases uniformes.

Clasificación de la contabilidad

La contabilidad puede clasificarse en privada y pública.

La contabilidad privada es aquella que se aplica por los diversos sectores privados

de la economía. Según su actividad específica se subdivide en contabilidad

comercial, contabilidad bancaria, contabilidad de cooperativas y otros entes del

sector solidario, contabilidad hotelera, y contabilidad de servicios en general.

La contabilidad pública es aquella que se aplica por las entidades que conforman

el sector público o que administran recursos públicos.

¿Cómo puede clasificarse la contabilidad atendiendo sus bases

comprensivas?

Dentro de la clasificación de la contabilidad con bases compresivas se encuentran

las declaraciones tributarias, la contabilidad sobre la base de efectivo recibido y

desembolsado y, en ciertos casos, las bases utilizadas para cumplir

requerimientos de información contable, formulados por las autoridades que

ejercen inspección, vigilancia y control.

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189

[email protected]

Contabilidad financiera

La contabilidad financiera se encarga de informar acerca del registro de datos y

actividades económicas de una empresa. Este tipo de datos son de gran utilidad

para los propietarios, acreedores, organismos gubernamentales y público en

general, pues arroja los datos necesarios para saber, por ejemplo, si es

conveniente o no invertir en una empresa.

Marco legal que sustenta la contabilidad financiera en Colombia

En Colombia el marco legal de la contabilidad financiera, para el sector privado y

especialmente de los comerciantes, está determinado por un sinnúmero de

ordenamientos jurídicos, dentro de los que se destacan: el Código de Comercio, el

Decreto Reglamentario 2649 de 1993: Reglamento general de la contabilidad en

concordancia con la definición de principios consagrada en la Ley 43 de 1990 -

estatuto orgánico de la contaduría pública-, y el Decreto Reglamentario 2650 de

1993 -PUC para comerciantes-, entre otras.

Además de estas normas, se encuentran las emitidas por los organismos de

vigilancia y control, como normas especiales dictadas para regular la contabilidad

para ciertos entes, de acuerdo al sector al que pertenezcan.

[Tomado de: Guía Legis para la pequeña empresa 2009 (14a

ed.) Colombia, Legis Editores S.A.

Pág. 100]

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190

[email protected]

¿Cuál es el debate actual en relación con los estándares internacionales de

contabilidad?

En el ámbito internacional, el IASB - Internacional Accounting Standards Board,

adoptó el cuerpo existente de estándares de contabilidad e interpretaciones

emitidos por la junta del IASC, con el fin de revisarlos e incluir modificaciones a

partir de estos, proceso que actualmente se encuentra adelantando y cuya

atención se ha centrado en la presentación de reportes financieros dirigidos hacia

mercados de capitales. Este organismo ha emitido ocho (8) estándares

internacionales de reportes financieros – IFRS, sobre diversos temas; estos

comprenden:

a. Estándares internacionales para presentación de reportes financieros -

Internacional Financial Reporting Standards.

b. Estándares internacionales de contabilidad - Internacional Accouting

Standards.

c. Interpretaciones originadas por el Comité de Interpretaciones de Estándares

Internacionales de Presentación de Reportes Financieros - Internacional

Financial Reporting Interpretations Comité - IFRIC o por el anterior Comité

de Interpretaciones - Standing Interpretations Committee, SIC.

Muchos contadores se han opuesto a la idea de adoptar los estándares

internacionales contables, pues temen que el drástico cambio deje una fracción

considerable del mercadeo a las firmas internacionales. No obstante, las

empresas colombianas están muy interesadas en hacerlo, pues para realizar

cualquier emisión de papeles internacionales, en especial aquellas que tengan

socios extranjeros o que deseen recibir nuevos inversionistas extranjeros, es

necesario usar los estándares internacionales.

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191

[email protected]

El cambio del modelo colombiano al internacional generará un cobro a las

empresas, que aún no se ha especificado, pero que será inminente en la

contabilidad de los tres años siguientes a la adopción del modelo.

La idea con la estandarización contable es que se pueda unificar su lenguaje;

puesto que una de las principales diferencias entre las normas internacionales y

las colombianas, es que las últimas generan problemas de interpretación.

De acuerdo con la Ley 1314 del 13 de julio del 2009, a partir de enero de 2010 las

empresas colombianas deben empezar el cambio del modelo de presentación de

estados financieros, al establecido por las Normas Internacionales de Información

Financiera.

¿Existen estándares contables para las pymes en el ámbito internacional?

La Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo, UNCTAD,

en un principio trabajó sobre el tema de estándares contables para las pymes; así,

el grupo de trabajo intergubernamental de expertos en normas internacionales de

contabilidad y presentación de informes, The Intergovernmental Working Group of

Experts on Internacional Standards of Accouting and Reporting – ISAR, creado en

1982, determinó los obstáculos con que se enfrentaban las pymes para llevar

registros contables adecuados que les permitieran elaborar sus informes

financieros.

En ese contexto, la idea básica de ese organismo internacional fue establecer

menores requisitos de presentación de información para las pymes, dado que

existía una menor complejidad en sus actividades, y establecía algunas

modificaciones a los criterios de reconocimiento, valoración y presentación de la

información financiera. De esta forma se estructuraba un sistema coherente y de

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192

[email protected]

alta calidad cuya complejidad aumentaba en la medida en que las empresas

fueran clasificadas en un nivel superior.

No obstante los desarrollos alcanzados en la materia, ISAR delegó al IASB la

labor de establecer estándares de contabilidad para pymes, tarea que empezó a

acometer con vigor en el año 2004 cuando colocó a consideración del público un

documento de discusión sobre la normativa contable aplicable a estas empresas.

Resultado del cumplimiento de un cronograma, el IASB presentó para comentarios

del público, en febrero de 2007, y posteriormente se prorrogó hasta el 30 de

noviembre del mismo año.

Producto de los comentarios recibidos, en mayo del 2008 IASB decidió cambiar el

nombre del proyecto de IFRS para pymes, por el de IFRS para entidades privadas.

El proyecto considera tres (3) grandes bloques:

a. Un cuerpo normativo.

b. Fundamentos de las conclusiones.

c. Guía de implementación.

Actualmente, se encuentran en proceso de análisis los comentarios recibidos y las

pruebas de campo. Se proyecta que para el 2009 pudiera tenerse la publicación

definitiva de la norma.

[Tomado de: Guía Legis para la pequeña empresa 2009 (14a

ed.) Colombia, Legis Editores S.A.

Pág. 101]

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193

[email protected]

¿Los comerciantes están obligados a llevar contabilidad?

El capítulo II del Código de Comercio: Deberes de los comerciantes, establece en

el tercer numeral del artículo 19 que se debe llevar contabilidad de los negocios

conforme a las disposiciones de la ley. Todos los comerciantes, pueden encontrar

la normatividad al respecto en los Estatutos contables, que enuncia en el artículo 2

que: “debe ser aplicado por todas las personas que de acuerdo con la ley estén

obligadas a llevar contabilidad”.

¿Cómo pueden llevar la contabilidad los comerciantes?

A la hora de llevar la contabilidad, los comerciantes pueden elegir varias opciones:

contratar una empresa externa para que se encargue del proceso contable, usar

un programa virtual o hacerlo manualmente. La elección depende de los

requerimientos de la empresa de acuerdo, por ejemplo, al tamaño de la misma y al

conocimiento que se tenga del medio escogido; es decir, la eficiencia que

represente para el comerciante.

Aspectos específicos de la contabilidad de los comerciantes

¿Cuáles son los términos básicos del sistema de información contable?

La ecuación fundamental, las cuentas y el plan único de cuentas son conceptos

que deben estar muy claros a la hora de enfrentarse al campo contable.

Para entender qué es una ecuación fundamental contable, se debe hablar en

términos de activos para definir todos los valores que una empresa, negocio o

persona poseen, es decir, dinero, mercancías, terrenos, vehículos, maquinaria,

entre otros; pasivos para referirse a las obligaciones o deudas económicas de la

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194

[email protected]

empresa; y patrimonio para referirse a los aportes del asociado sumados con los

excedentes y la valorización de activos, o restado con las pérdidas.

Así, la ecuación contable o ecuación de balance, es el equilibrio que debe existir

entre los activos, los pasivos de una empresa y el patrimonio de la misma, en una

transacción. Gráficamente la ecuación es la siguiente:

A = P + C, donde A son los activos, P los pasivos y C, el patrimonio o capital.

Para identificar la fluctuación de los activos, los pasivos y el patrimonio, a partir de

cada una de las transacciones realizadas en un negocio o empresa, se debe llevar

un registro contable, conocido como cuenta.

Gráficamente, las cuentas se conocen como cuentas “T”. Esta representación de

las transacciones, se vale de elementos como: concepto, código, débito (debe),

crédito (haber), movimientos y saldo de cuentas.

Nombre de la cuenta

Código

Debe Haber

Débito Crédito

En el lado izquierdo de la “T” debe ir todo lo relacionado con activos y en el lado

derecho pasivos y patrimonio.

Las cuentas deben arrojar ciertos resultados. De acuerdo a esto se clasifican en:

cuentas reales o de balance, que son aquellas que conforman el balance general

como los pasivos, activos y el patrimonio; cuentas nominales, que son cuentas

temporales que reflejan las utilidades o las pérdidas; cuentas mixtas, con parte de

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195

[email protected]

saldo real y parte nominal y cuentas de orden, las cuales no afectan pasivos,

activos ni patrimonio, pero representan responsabilidad para la empresa.

Todas las cuentas y balances realizados deben ser claras para que arrojen

resultados comparables y uniformes. Para garantizar que las operaciones

comerciales sean transparentes, desde el 1o de enero de 1995 se empezó a

ejecutar el Plan Único de Cuentas – PUC, de aplicación obligatoria para todos los

entes económicos que de acuerdo al Código de Comercio, deban llevar

contabilidad.

Según el segundo artículo del Decreto 2650 del 29 de diciembre de 1993, el PUC

está compuesto por:

Catálogo de cuentas: contiene la relación ordenada y clasificada de las

clases, grupos, cuentas y subcuentas del activo, pasivo, patrimonio,

ingresos, gastos, costo de ventas, costos de producción o de operación y

cuentas de orden, identificadas con un código numérico y su respectiva

denominación.

Descripciones: expresan o detallan los conceptos de las diferentes clases,

grupos y cuentas incluidas en el catálogo e indican las operaciones a

registrar en cada una de las cuentas.

Dinámicas: señalan la forma en que se deben utilizar las cuentas y realizar

los diferentes movimientos contables que las afecten.

Contabilidad de caja

Contabilidad de caja o contabilidad por el sistema de caja, es un sistema que sólo

considera un ingreso y un gasto, cuando realmente es recibido o desembolsado,

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[email protected]

respectivamente. Las ventas a crédito, por ejemplo, sólo son registradas en el

momento que se cancela el total de la venta.

Contabilidad por causación

Por el contrario de la contabilidad de caja, la contabilidad por causación es un

sistema que registra las transacciones en el momento en el que son realizadas;

sin importar si el gasto o el ingreso, ha sido efectuado.

¿Para qué sirve la contabilidad por causación?

El sistema por causación, dado que permite una relación real de los ingresos

frente a los egresos, resulta indispensable para los comerciantes, quienes usando

este sistema pueden, además, cumplir con lo establecido en el artículo 48 del

Código de Comercio con respecto a la utilización de sistemas contables que

permitan tener el estado general de los negocios de forma clara, concreta y

fidedigna.

Periodo contable

El periodo contable es un lapso en el que se da un balance de las operaciones

financieras de una empresa. Es una exigencia legal que figura en el artículo 9 del

Decreto 2649 de 1993. Este balance se puede realizar mensual, trimestral o

semestralmente; pero según la norma debe realizarse por lo menos anualmente,

en un periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año

inmediatamente próximo. La finalidad de los períodos contables, es brindar

información sobre la situación financiera (liquidez, rentabilidad, endeudamiento) de

una empresa, que permita la gestión de planes y toma de decisiones para dar

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[email protected]

cumplimiento a los objetivos de dicha ente; además sirve de información a

terceros (accionistas, entidades de vigilancia, el Estado, entre otros).

Ciclo contable

Aunque no se puede precisar el tiempo que durará una empresa, es necesario

conocer su evolución y sus estados financieros periódicamente. Para tal efecto, se

divide el periodo de vida de la empresa en varios momentos iguales, o ciclos

contables, que normalmente corresponden a lapsos de un año.

Las operaciones contables de apertura, normales y de cierre, que se deben incluir

en cada ciclo son: un balance o situación de la empresa y un saldo, con sus

respectivas causas, de las deudas y las ganancias.

Fases del ciclo contable

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[email protected]

Importancia de los soportes contables

Los soportes contables son documentos que sirven de asiento para cada una de

las operaciones comerciales que se realizan en una empresa.

De acuerdo al artículo 123 del Decreto 2649 de 1993, “Teniendo en cuenta los

requisitos legales que sean aplicables según el tipo de acto de que se trate, los

hechos económicos deben documentarse mediante soportes, de origen interno o

externo, debidamente fechados y autorizados por quienes intervengan en ellos o

los elaboren. Los soportes deben adherirse a los comprobantes de contabilidad

respectivos o, dejando constancia en estos de tal circunstancia, conservarse

archivados en orden cronológico y de tal manera que sea posible su verificación.

Los soportes pueden conservarse en el idioma en el cual se hayan otorgado así

como ser utilizados para registrar las operaciones en los libros auxiliares o de

detalle.”

Los soportes contables deben llevar datos como el nombre o razón social de la

empresa que lo expide; nombre, número y fecha del comprobante; descripción del

contenido y las respectivas firmas de los responsables.

Estos documentos se dividen en dos grupos:

Los soportes internos: son aquellos con los cuales se registran operaciones

que no tienen ninguna implicación directa hacia terceros. Entre ellos se

encuentran los recibos de consignación, comprobante de depósitos y retiros

de cuentas de ahorros, comprobantes de nómina, kárdex (movimiento de

inventarios), remisiones y actas de juntas de socios o asambleas.

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199

[email protected]

Los soportes externos: son aquellos documentos realizados por terceros

para confirmar transacciones realizadas con determinada empresa. Entre

ellos se encuentran los recibos de caja o comprobantes de ingreso, recibos

de caja menor, cheques, letras de cambio, pagarés, CDT, escrituras y

facturas, siendo esta última, el documento de mayor importancia.

Modelos de algunos soportes contables

Cuenta de cobro

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Recibo de caja menor

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[email protected]

Recibo de caja

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[email protected]

Comprobante de egreso

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Kárdex

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204

[email protected]

Remisión

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[email protected]

Nota débito

Nota crédito

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206

[email protected]

Orden de compra

¿Qué son los comprobantes de contabilidad?

Los comprobantes son documentos que sintetizan las operaciones comerciales

realizadas en una empresa, bajo soportes contables. Según el artículo 53 del

Código de Comercio: “…El comprobante de contabilidad es el documento que

debe elaborarse previamente al registro de cualquier operación y en el cual se

indicará el número, fecha, origen, descripción y cuantía de la operación, así como

las cuentas afectadas con el asiento. A cada comprobante se anexarán los

documentos que lo justifiquen”.

Es obligación de los comerciantes, según el artículo 55 del Código de Comercio,

conservar archivados y ordenados los comprobantes de los asientos de sus libros

contables para futuras revisiones.

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207

[email protected]

Modelo de comprobante de contabilidad

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208

[email protected]

Libros de contabilidad

¿Qué libros de contabilidad están obligados a llevar los comerciantes?

Las leyes de regulación contable no estipulan específicamente cuáles son los

libros de contabilidad obligatorios para los comerciantes. No obstante, el Código

de Comercio, por ejemplo, en el artículo 50 hace mención a los libros de comercio

como aquellos que determine la ley como obligatorios y los auxiliares necesarios

para el claro entendimiento de los mismos.

Además los artículos 52 y 53 del Código de Comercio, hacen referencia al asiento

de operaciones mercantiles y la realización periódica de un balance e inventario

general, el comerciante requiere la apertura de por los menos los siguientes libros:

Libro diario, en el que se lleva un registro de las operaciones comerciales

realizadas día a día en un lapso no a mayor a un mes; libro mayor o de balances,

es un registro resumido de los movimientos del débito y el crédito de cada

transacción realizada; y el libro de inventarios y balances, empleado para registrar

por lo menos anualmente el inventario de los bienes, derechos y obligaciones,

además del balance en forma detallada.

Asimismo, el comerciante debe llevar algunos libros auxiliares que aunque no se

registran ante la Cámara de Comercio, ayudan a clarificar la información

suministrada en los libros contables mencionados en el párrafo anterior como el

libro de bancos, el libro de compras y ventas, y libros de cuentas por pagar y por

cobrar, entre otros.

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209

[email protected]

¿Cuáles libros de contabilidad están obligados a llevar las microempresas, y

cuáles deben registrar y autenticar?

Los microempresarios deben registrar ante la Cámara de Comercio tres libros

contables: el libro diario, en el que se establece el resumen de los movimientos

débito y crédito de las transacciones diarias; el libro de accionistas, que determina

la propiedad del establecimiento, el movimiento de los aportes y capitales, así

como las restricciones sobre ellos; y el libro de actas, para dejar constancia de las

decisiones tomadas por parte de las directivas de la empresa.

Además, los microempresarios pueden llevar otros libros contables que les

permitan conocer las transacciones individuales registradas en libros de resumen

de forma global; conocer los códigos para describir transacciones; y los libros

auxiliares para entender los mencionados en el párrafo anterior.

¿Cuáles libros de contabilidad están exceptuados de llevar las empresas

unipersonales y las personas naturales organizadas como microempresas?

Las empresas unipersonales organizadas como microempresas, por su

naturaleza, no requieren llevar un registro de los libros que determinen la

propiedad del establecimiento y las decisiones tomadas por parte de las directivas

de la misma, es decir, el libro de accionistas y el libro de actas, respectivamente.

¿EI libro de registro auxiliar de transacciones individuales debe ser

reconocido y autenticado por el contador público y por el revisor fiscal?

Dada la modificación al Decreto 1878 del 29 de mayo del 2008, las empresas que

estén obligadas a hacer un registro de la contabilidad, u opten por hacerlo, deben

llevar, además, un registro auxiliar de las transacciones individuales, que les

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[email protected]

permita realizar una interpretación más clara de la información de los libros

principales, y deben estar reconocidas y autenticadas por un contador público o un

revisor fiscal, cuando es necesaria la administración de este cargo, quienes tienen

la responsabilidad de elaborar los asientos, soportes y comprobantes, y los

estados financieros.

¿Cuándo se considera que existe atraso en la contabilidad?

La falta de registro periódico de las operaciones comerciales de una empresa y la

ausencia de los estados contables, es considerada atraso en la contabilidad. Esta

falta es equivalente a sanciones por ser causal de incumplimiento del artículo 654

del Estatuto Tributario, en el cual se establece como uno de los hechos irregulares

en la contabilidad, que: “la fecha de las últimas operaciones registradas en los

libros, y el último día del mes anterior a aquel en el cual se solicita su exhibición,

existan más de cuatro (4) meses de atraso”.

Prohibiciones con respecto a los libros

En cinco numerales, el artículo 57 del Código de Comercio establece las

prohibiciones en lo que respecta al manejo de los libros contables.

No se permite alterar las fechas o el orden de los asientos de operaciones

comerciales; dejar espacios que faciliten la modificación de los mismos; realizar

interlineaciones, raspaduras o correcciones en los asientos; borrarlos o tacharlos;

o arrancar hojas para alterar el orden de las mismas.

Page 211: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

211

[email protected]

Hechos irregulares de la contabilidad que son susceptibles de sanción

Las irregularidades de la contabilidad mencionadas en el artículo 654 del Estatuto

Tributario por las cuales un comerciante se hace acreedor a sanciones, son:

1. No llevar libros de contabilidad si hubiere obligación de llevarlos.

2. No tener registrados los libros principales de contabilidad, si hubiere obligación

de registrarlos.

3. No exhibir los libros de contabilidad, cuando las autoridades tributarias lo

exigieren.

4. Llevar doble contabilidad.

5. No llevar los libros de contabilidad en forma que permitan verificar o determinar

los factores necesarios para establecer las bases de liquidación de los

impuestos o retenciones.

6. Cuando entre la fecha de las últimas operaciones registradas en los libros, y el

último día del mes anterior a aquél en el cual se solicita su exhibición, existan

más de cuatro (4) meses de atraso.

Sanciones por irregularidades en los libros de contabilidad

Las sanciones por irregularidades en los libros contables, se encuentran

respaldadas por el artículo 655 del Estatuto tributario. Quien lleve una

contabilidad que no pueda ser completamente probada de acuerdo a las normas

existentes, será multado con el medio por ciento (0.5%) del mayor valor entre el

patrimonio líquido, que es aquello que posee realmente la empresa, y los ingresos

netos del año inmediatamente anterior a la imposición, sin exceder a 20.000 UVT*

correspondientes.

*Valor de un UVT para el 2010 será igual a $24.555 (Resolución 012115/2009)

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212

[email protected]

En este mismo artículo, se aclara que no es posible imponer más de una sanción

monetaria por inconsistencias en libros contables de un mismo año.

¿Qué errores se presentan en los libros y cómo se corrigen?

Los errores en los libros contables se presentan, generalmente, por problemas de

transcripción que ocasionan, entre otras cosas, la inversión de cuentas, la

utilización de una cuenta que no corresponde, equivocaciones en el valor de una

operación contabilizada o la aplicación incorrecta de los principios de contabilidad.

El decreto 2649 de 1993, en el artículo 132 enuncia que: “los simples errores de

transcripción se deben salvar mediante una anotación al pie de la página

respectiva o por cualquier otro mecanismo de reconocido valor técnico que

permita evidenciar su corrección.”

Asimismo, dada la prohibición registrada en el artículo 57 del Código de Comercio,

referente a la realización de interlineaciones, raspaduras o correcciones en los

asientos, los errores cometidos en fechas anteriores, deben corregirse con un

nuevo asiento en la fecha en que sean detectados.

¿Dónde y cómo se practica la exhibición de libros?

De acuerdo con el artículo 66 del Código de Comercio, la exhibición de libros debe

realizarse en la sede principal del establecimiento comercial y en presencia de los

dueños o representantes legales del mismo; el funcionario encargado está en la

obligación de dejar constancia del estado general de la contabilidad del lugar.

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213

[email protected]

La orden de exhibición de los libros contables sólo podrá ser ordenada por las

autoridades competentes para verificar la autenticidad en la declaración de

impuestos, vigilar los establecimientos de crédito, e investigar delitos y procesos

civiles.

El plazo que se le otorga al comerciante para exhibir los libros, según el Decreto

1353 de 1987, es de cinco (5) días hábiles, si la solicitud fue realizada por escrito;

en caso de haber sido efectuada por correo, el término es de ocho (8) días

hábiles, contados a partir de la fecha de introducción al correo de la respectiva

solicitud.

Condiciones para la conservación de los mensajes de datos y documentos

Según el artículo 12 de la Ley de comercio electrónico, para efectos legales, la

conservación de documentos y mensajes de datos deben cumplir con condiciones

especiales como:

La información debe resultar accesible para futuras consultas.

El mensaje de datos o documento debe ser conservado en el formato en el

que se haya generado, enviado o recibido, con el fin de poder demostrar la

reproducción exacta de la información.

Que se conserve, si existe, información relativa a la fecha y hora de envío

o recepción del mensaje; así como su destino y origen.

Dichos libros y papeles del comerciante podrán ser conservados en cualquier

medio técnico, siempre y cuando garantice la reproducción exacta de los mismos.

Page 214: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

214

[email protected]

¿Durante cuánto tiempo deben conservarse los libros y documentos

contables?

Según el artículo 134 del Decreto 2649 de 1993, los comerciantes deben

conservar los libros de contabilidad totalmente ordenados, con los respectivos

registros de aportes y comprobantes de cuentas, por un periodo de veinte (20)

años que se debe contar a partir de la fecha en la que fue realizado el último

asiento o comprobante; o por un periodo de diez (10) años si es posible garantizar,

por cualquier medio técnico, la reproducción exacta de los mismos.

¿Durante cuánto tiempo deben conservarse los libros y documentos

contables para efectos tributarios?

El Estatuto tributario, en el artículo 632, señala que para efectos del control de

impuestos realizado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN,

todos los comerciantes o entidades de comercio, deben conservar los

documentos, informaciones y pruebas por un período de cinco (5) años, que

deben ser contados a partir del primero (1) de enero del año siguiente a la

elaboración de los mismos.

No obstante, la Ley anti-trámites redujo el plazo de conservación de documentos

elaborados a partir del año 2005, aduciendo que informaciones y pruebas deben

ser conservados, en el domicilio principal del contribuyente, hasta que transcurra

el término de firmeza de la declaración de renta soportado por los respectivos

documentos.

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215

[email protected]

¿En las sociedades en liquidación, cuánto tiempo se deben conservar los

libros?

El comerciante o representante legal de la sociedad liquidada, debe conservar

documentos, libros y papeles por un periodo de cinco (5) años, que empiezan a

correr desde el momento en que sea aprobada la cuenta final de liquidación.

¿En qué medios deben conservarse los libros de contabilidad?

Los libros de contabilidad pueden conservarse en papel o en un equivalente

funcional, tal como lo constituye la Ley 527 de 1999. Cualquier medio técnico,

magnético o electrónico puede emplearse entonces, siempre que representen

fiabilidad, inalterabilidad y rastreabilidad de los datos consignados.

Cabe resaltar que el uso de medios magnéticos y tecnológicos conlleva a ciertos

riesgos en futuras reproducciones; el cambio de equipos y programas

tecnológicos, por ejemplo, puede impedir la futura revisión de los archivos que se

encuentren almacenados en versiones anteriores, además el hecho de proteger la

información ante eventuales condiciones ambientales inapropiadas como altas

temperaturas o interferencias eléctricas y magnéticas, constituye una dificultad

mayor.

¿Se puede prescindir de la obligación de llevar los libros de contabilidad en

papel, cuando estos requieren ser registrados?

Una de las obligaciones mercantiles del comerciante es registrar los libros

contables. Para dar cumplimiento al artículo 39 del Código de Comercio, la

Superintendencia de Sociedades aclara en el oficio 220-022017 del 21 de febrero

de 2008, que aunque la información de los libros puede ser conservada en

Page 216: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

216

[email protected]

medios físicos o digitales, su registro debe realizarse en documentos físicos, en

papel, pues la Cámara de Comercio carece de mecanismos para el registro digital

de archivos.

Por lo anterior, no es posible prescindir de la obligación de llevar los libros

contables en papel, al menos los que de acuerdo a la ley deben ser registrados

ante la Cámara de Comercio.

¿Qué se debe hacer en los casos de pérdida de libros y papeles de

contabilidad?

Si un establecimiento comercial pierde los libros y documentos de contabilidad,

siguiendo lo estipulado en el artículo 135 del Decreto 2649 de 1993, debe

denunciar el hecho ante las autoridades competentes y reconstruir la información

en un periodo no mayor a seis (6) meses, contados desde el momento de la

pérdida, basándose en comprobantes contables, declaraciones tributarias, estados

financieros e información de terceros.

En caso de no ser posible la recuperación de documentos para reconstruir los

libros contables, se debe realizar un inventario general que permita realizar

nuevamente los estados financieros de la empresa. Para la reconstrucción de

información, también son válidas las copias de documentos que se encuentren en

poder de terceros, siempre que se deje constancia del suceso.

Page 217: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

217

[email protected]

¿Para efectos mercantiles y civiles, qué valor probatorio tienen los libros de

contabilidad?

La contabilidad representa una prueba infalible en cuestiones mercantiles y civiles,

siempre que sea llevada correctamente y en conformidad a lo establecido por la

ley.

El artículo 68 del Código de Comercio, por ejemplo, afirma el papel probatorio de

los libros contables en asuntos mercantiles, ya sea judicial o extrajudicialmente.

Sin embargo, en el momento que se compruebe que un comerciante lleva doble

contabilidad, sus documentos contables tomarán valor en su contra.

Asimismo, el Código de Procedimiento Civil corrobora, en el artículo 71, que en

procesos legales entre comerciantes, se tomará como prueba la contabilidad de la

parte que haya llevado estos registros de acuerdo a lo establecido por la ley.

En cuanto a desacuerdos presentados entre comerciantes y no comerciantes, los

libros contables deben complementarse con otras pruebas legales.

¿Para efectos tributarios, qué valor probatorio tienen los libros de

contabilidad?

Siempre que se lleven los libros contables de acuerdo a lo establecido por la ley,

representarán una prueba a favor del comerciante en cualquier ámbito. Es decir, la

contabilidad constituirá una prueba siempre que los libros contables estén

registrados ante la Cámara de Comercio con sus respectivos comprobantes.

En lo referente al ámbito fiscal, además de las disposiciones del Código de

Comercio, los libros deben mostrar datos verídicos sobre los movimientos diarios

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218

[email protected]

de ventas y compras; y reflejar, en posibles controles, la situación económica y

financiera de la empresa.

¿Qué hechos relacionados con libros de contabilidad certifica el contador

público en las declaraciones tributarias?

Para que las declaraciones tributarias resulten válidas ante las autoridades

competentes, deben ir firmadas por un contador público, o un revisor fiscal,

dependiendo del caso, y por el representante legal del establecimiento comercial.

Según el artículo 581 del Estatuto tributario, el contador público certificará:

1. Que los libros de contabilidad se encuentran llevados en debida forma, de

acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados y con las

normas vigentes sobre la materia.

2. Que los libros de contabilidad reflejan razonablemente la situación financiera

de la empresa.

3. Que las operaciones registradas en los libros se sometieron a las retenciones

que establecen las normas vigentes, en el caso de la declaración de

retenciones.

Estados financieros

¿Qué son los estados financieros?

El Decreto 2649 de 1993 define los estados financieros como un conjunto de

informes y documentos, preparados y presentados por los administradores de

establecimientos comerciales, en los que se encuentra una recopilación

Page 219: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

219

[email protected]

organizada, clasificada y resumida de las operaciones financieras y la gestión

administrativa de dicho establecimiento en determinado periodo.

Los estados financieros se realizan, entre otras cosas, para suministrar

información contable a usuarios o terceros; además, permiten evaluar la

rentabilidad, solidez y nivel de endeudamiento de la empresa, para tomar

decisiones que mejoren o sostengan la situación de la misma.

Clasificación de los estados financieros?

Los estados financieros, de acuerdo a los usuarios a los que van dirigidos y el

objetivo con el cual se realizan, se dividen en dos grupos: de propósito general y

de propósito especial.

Los estados financieros de propósito general, son los que se preparan al cierre de

determinado periodo, para usuarios indefinidos, con el fin de evaluar la capacidad

de un establecimiento económico al generar flujos de fondos favorables. A este

grupo pertenecen:

Estados financieros básicos: balance general, estado de resultados, estado

de cambios en el patrimonio, estado de cambios en la situación financiera y

estados de flujo de efectivo.

Estados financieros consolidados: presentan información detallada de

operaciones comerciales como los cambios en el patrimonio, flujos de

efectivo y fluctuaciones en la situación financiera.

Los estados financieros de propósito especial, son los que se preparan para

revelar, detalladamente, la situación financiera de ciertas operaciones

Page 220: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

220

[email protected]

comerciales. En este caso, se busca satisfacer las necesidades de usuarios

específicos, pues la circulación de este tipo de información debe ser limitada. A

este grupo pertenecen el balance inicial, los estados financieros de períodos

intermedios, los estados de costos, el estado de inventario, los estados financieros

extraordinarios, los estados de liquidación, los estados financieros que se

presentan a las autoridades.

¿Qué implica la certificación de un estado financiero?

Un estado financiero certificado, según el artículo 33 del Decreto 2649 de 1993,

debe estar firmado por el representante legal, por el contador público encargado

de prepararlos y por el revisor fiscal, dado el caso, quien confirma que la

información entregada es una fiel copia de los libros contables.

Significado del dictamen en un estado financiero

Un estado financiero dictaminado es el que se encuentra certificado y además

acompañado de la opinión de un revisor fiscal, quien debe examinarlos de acuerdo

a lo establecido por las normas de auditoría. El revisor fiscal, o en su defecto un

contador público independiente, al confirmar los estados financieros debe

anteponer la expresión “ver la opinión adjunta”; posteriormente debe firmar y

agregar el número de tarjeta profesional.

¿Cuáles estados financieros básicos deben llevar las microempresas?

Por medio de los Decretos 1868 y 1878 del 29 de mayo, se realizaron ciertas

reformas para fortalecer la formalización empresarial; así entonces, se reducen

costos y trámites para la creación de una microempresa, entre ellos, las

obligaciones con respecto a los estados financieros.

Page 221: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

221

[email protected]

Anteriormente era una exigencia llevar y aportar cinco estados financieros básicos:

Balance general, estado de resultados, estado de cambios en el patrimonio,

estado de cambios en la situación financiera y estado de flujos de efectivo; debido

a la nueva reforma, los comerciantes del sector microempresarial, solamente

están obligados a llevar el balance general y el estado de resultados.

Asimismo, en cuanto a estados financieros de propósito especial, se establece

obligatoriedad para el estado de inventario, que según el artículo 28 del Decreto

2649 de 1993, es aquel que debe elaborarse mediante el registro detallado de la

existencia de cada una de las partidas que componen el balance general.

Elementos de los estados financieros

De acuerdo al artículo 34 del Decreto 2649 de 1993, los estados financieros están

compuestos por la relación de elementos como los activos, los pasivos y el

patrimonio, que arrojan resultados concernientes a la situación financiera de la

empresa; la sumatoria de los ingresos, los costos, los gastos y la corrección

monetaria, que muestran el desempeño del establecimiento comercial en

determinados períodos; y finalmente, las cuentas de orden.

Un activo es la representación financiera de los recursos obtenidos por la

empresa, cuya utilización posiblemente generará beneficios económicos para la

misma; un pasivo, por el contrario, es la representación financiera de una

obligación, que sugiere una futura transferencia de recursos a terceros; y el

patrimonio, es el excedente de los activos, después de haber restado los pasivos.

Los ingresos representan los flujos de entrada de recursos, en forma de

incrementos del activo o disminuciones del pasivo o una combinación de ambos

Page 222: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

222

[email protected]

que generan incrementos en el patrimonio; los costos representan erogaciones y

cargos asociados con la adquisición o producción de bienes o prestación de

servicios, que produjeron ingresos al ente económico; los gastos, en cambio,

representan flujos de salida de recursos, en forma de disminuciones del activo o

incrementos del pasivo o una combinación de ambos, que generan disminuciones

del patrimonio; y la corrección monetaria representa la ganancia o pérdida que

obtuvo la empresa como consecuencia de la inflación de los activos y los pasivos.

Las cuentas de orden son cuentas extra-balance que no afectan la estructura

financiera de una empresa, pero que en un momento dado pueden llegar a influir

significativamente. Este tipo de cuentas se clasifican en: cuentas de orden

contingente, las cuales reflejan hechos que pueden llegar a afectar la estructura

financiera; cuentas de orden fiduciarias, que reflejan activos, pasivos, patrimonio y

operaciones de otros entes que, por virtud de las normas legales, se encuentran

bajo la administración del ente económico; cuentas de orden fiscales, reflejan las

diferencias de valor existentes entre las cifras del balance y el estado de

resultados y las cuentas de orden de control, utilizadas para registrar operaciones

con terceros.

Balance general

El balance general es un estado financiero estático en el que se realiza un reporte

de la situación financiera de una empresa en un momento determinado; debe ser

efectuado en relación con cifras acumuladas a una fecha determinada, es decir, se

debe realizar anual, semestral o trimestralmente. El balance se realiza con el fin

de determinar variaciones contables importantes entre una fecha y otra.

Page 223: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

223

[email protected]

Estructura del balance general

Identificación de la empresa

Nombre del estado financiero

Fecha de cierre a la que corresponde

Nivel de precisión utilizado en la presentación de las cifras (miles de pesos,

millones de pesos)

Cuerpo del balance general

Firmas

Notas

NOTA: Las firmas en este estado serán las del representante legal, acompañada

de la del contador si el estado es certificado y la del revisor fiscal si además el

estado es dictaminado.

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224

[email protected]

Modelo continental: Forma de cuenta. A esta

presentación se le denomina la ecuación de balance

general:

ACTIVO = PASIVO + PATRIMONIO

Compañía La Española S.A.

Balance general

a 31 de diciembre de 200X

(en miles de pesos)

ACTIVO PASIVO

PATRIMONIO

Entiéndase 200X el año actual.

Modelo Inglés:

PASIVO + PATRIMONIO = ACTIVO

Compañía La Española S.A.

Balance general

a 31 de diciembre de 200X

(en miles de pesos)

PASIVO ACTIVO

PATRIMONIO

Forma de reporte, de informe o de disposición

informativa: esta forma de reporte se le denomina

ecuación del capital:

ACTIVO – PASIVO = PATRIMONIO

Compañía La Española S.A.

Balance general

a 31 de diciembre de 200X

(en miles de pesos)

ACTIVO

PASIVO

PATRIMONIO

Formas de presentación del balance general

Page 225: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

225

[email protected]

Modelo de balance general

Page 226: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

226

[email protected]

¿Cuál es la importancia del estado de resultados?

El estado de resultados es el más importante de los estados financieros, pues le

permite al comerciante enterarse detalladamente de la gestión operacional de la

empresa, es decir, de las pérdidas o ganancias que obtuvo en determinado

periodo, ya sea mensual, semestre o anual. La información que se obtiene es útil

para la toma de decisiones determinantes con respecto al futuro de la empresa.

Page 227: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

227

[email protected]

Modelo de estado de resultados

Page 228: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

228

[email protected]

Estado de flujos de efectivo

El estado de flujo de efectivo proporciona información concisa a los diferentes

usuarios, en relación a los recursos en efectivo de una empresa, sus principales

orígenes y usos; ayudando a comprobar el cumplimiento de los pronósticos sobre

el efectivo y el desempeño de las metas planteadas.

El estado de flujo de efectivo es un elemento fundamental para la toma de

decisiones en el otorgamiento de crédito en entidades bancarias y financieras, ya

que estas evalúan y deciden de acuerdo a la proyección de la empresa y las

perspectivas frente al mercado. Además, le permite a la empresa tomar decisiones

acertadas de acuerdo a la capacidad de liquidez que posea.

Debe ser llevado por todas las empresas, excepto las que pertenecen al sector

microempresarial, pues fueron eximidas por el decreto 1878 del 29 de mayo de

2009, con el objetivo de que los usuarios de los estados financieros tengan

elementos para examinar la capacidad del ente económico para generar flujos

futuros de efectivo; evaluar la capacidad del ente económico para cumplir con sus

obligaciones, pagar dividendos y determinar el financiamiento interno o externo;

analizar los cambios experimentados en el efectivo derivados de las actividades

de operación, inversión y financiación; y establecer las diferencias entre la utilidad

neta, los recaudos y los desembolsos de efectivo asociados.

Los tres elementos de mayor importancia en un estado de flujo de efectivo son: las

actividades de operación, de inversión y financiación.

Las actividades de operación se refieren al proceso de comercialización de bienes

o prestación de servicios que realiza la empresa; las actividades de inversión

están relacionadas con las compras que sugieran el incremento de la capacidad

Page 229: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

229

[email protected]

de producción como propiedades, maquinaria e inversiones; y las actividades de

financiación son las obligaciones financieras, la capitalización por parte de los

socios, o la venta de acciones.

Modelo de estado de flujos de efectivo

LACTEOS MAESMA S.A

ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO

PERIODO TERMINADO A 31 DE DICIEMBRE DE _______

FLUJO DE EFECTIVO NETO ACTIVIDADES DE OPERACIÓN

EFECTIVO DE OPERACIÓN Utilidad (Perdida) del ejercicio

XXX

Depreciación de Propiedades, Planta y Equipo Gastos de Administración

XXX

CAMBIO EN ACTIVOS OPERACIONALES Disminución (aumento) en deudores a corto

plazo

XXX Disminución (aumento) en deudores a largo plazo

XXX

Disminución (aumento) en inventarios

XXX

CAMBIO EN PASIVOS OPERACIONALES Aumento (disminución) en proveedores a corto plazo XXX

Aumento (disminución) en proveedores a largo plazo XXX Aumento (disminución) en cuentas por pagar a corto plazo XXX Aumento (disminución) en impuestos, gravámenes y tasas XXX Aumento (disminución) en obligaciones laborales a corto plazo XXX Aumento (disminución) en otros pasivos a corto plazo XXX Aumento (disminución) en otros pasivos a largo plazo XXX

TOTAL FLUJO DE OPERACIÓN

XXX

FLUJO DE EFECTIVO NETO ACTIVIDADES DE INVERSION

CAMBIOS EN ACTIVOS (Compra)de inversiones corto plazo

XXX

Venta de propiedades, planta y equipos

XXX

Page 230: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

230

[email protected]

Retiro de propiedades, planta y equipos

XXX

TOTAL FUJO DE INVERSION

XXX

FLUJO DE EFECTIVO NETO ACTIVIDADES DE FINANCIACION

CAMBIOS EN PASIVOS

Aumento (disminución) en obligaciones financieras a corto plazo XXX Aumento (disminución) en obligaciones financieras a largo plazo XXX

TOTAL FUJO DE FINANCIACION

XXX

AUMENTO (O DISMINUCION)NETO DEL EFECTIVO

XXX

Efectivo fina ejercicio anterior

XXX

EFECTIVO FIN PRESENTE EJERCICIO

XXX

El estado de cambios en el patrimonio

El estado de cambios de patrimonio, es un estado financiero básico, que debe ser

llevado por todas las empresas, excepto las que pertenecen al sector

microempresarial, pues fueron eximidas por el decreto 1878 del 29 de mayo de

2009, con la finalidad de verificar las variaciones, en determinado periodo, de los

elementos que componen el patrimonio (activos y pasivos); además de explicar y

estudiar las posibles causas y consecuencias de dichas variaciones.

De acuerdo a los resultados que arroja el estado de cambios en el patrimonio, se

pueden descubrir las operaciones que representan un beneficio para la empresa,

así como las que se traducen en riesgos para la misma; a partir de esta

categorización, el empresario decide cómo aprovechar las fortalezas para lograr

un incremento en el patrimonio.

Page 231: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

231

[email protected]

Según el artículo 118 del Decreto 2649 de 1993, el estado de cambios en el

patrimonio debe mostrar las distribuciones de utilidades o excedentes decretados

durante un periodo en cuanto a dividendos, participaciones o excedentes

decretados durante el período, indicación del valor pagadero por aporte, fechas y

formas de pago; y los movimientos de las utilidades no apropiadas, de la prima en

la colocación de aportes y de las valorizaciones, de la revalorización del

patrimonio y de otras cuentas integrantes de este.

Modelo de estado de cambios en el patrimonio

Compañía NAAF S.A. Estado de cambios en el patrimonio

Por el año terminado el 31 de diciembre de 2008 (Cifras expresadas en miles de pesos colombianos)

Concepto Capital social Capital suscrito y pagado Reservas Obligatorias Estatutarias Revalorización del patrimonio* Ajustes por inflación Resultados del ejercicio Utilidad del ejercicio Resultados de ejercicios anteriores Utilidades acumuladas Pérdidas acumuladas Superávit por valorizaciones De inversiones De propiedades, planta y equipos Totales

Enero 1º XXXX

XXXX

XXXX

XXXX

XXXX

XXXX

$XXXX

Aumento

XXXX

XXXX

$XXXX

Disminución

XXXX

XXXX

$XXXX

Diciembre 31 XXXX

XXXX

XXXX

XXXX

XXXX

XXXX

$XXXX

Representante legal Contador Público Revisor Fiscal T.P XXXXX T.P XXXXX Ver opinión adjunta

Page 232: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

232

[email protected]

El estado de cambios en la situación financiera

El estado de cambios en la situación financiera, es un estado financiero básico,

que resume, clasifica y relaciona el resultado de las actividades de financiamiento

e inversión, los recursos provenientes de las operaciones y los cambios de la

situación financiera durante el período; debe ser llevado por todas las empresas

con excepción de las que pertenecen al sector microempresarial, pues fueron

eximidas por el decreto 1878 del 29 de mayo de 2009.

Los objetivos del estado de cambios en la situación financiera están encaminados

a evaluar y proporcionar información sobre los cambios en la situación financiera

de una empresa a partir de las transacciones de financiamiento e inversión;

realizar un estudio general del manejo administrativo de las finanzas

(administración de activos y pasivos); medir el capital de trabajo generado por las

operaciones habituales de la empresa y saber cómo se destinó; conocer el valor

de los recursos resultantes de la venta de acciones y adquisición de préstamos a

largo plazo; informar sobre el producto de la venta y adquisición de activos no

corrientes; y establecer de manera comparativa la estabilidad del ente económico

en la generación de fuentes internas u operacionales de recursos.

La elaboración del estado de cambios en la situación financiera requiere un

análisis de los crecimientos y decrecimientos en las partidas del balance general

comparativo, con el objetivo de mostrar los cambios en el capital de trabajo, las

fuentes y aplicaciones de los recursos.

Según pronunciamientos del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, las

fuentes u orígenes son movimientos de las cuentas del balance general y del

estado de resultados, que sugieren un aumento en el capital de trabajo. Algunas

de ellas son: la utilidad neta (depreciación, amortización, agotamiento, provisiones,

la utilidad o pérdida en la venta o el retiro de activos no corrientes), la disminución

Page 233: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

233

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en partidas del activo no corriente (venta de propiedades, planta y equipo,

inversiones a largo plazo), aumento en partidas del pasivo no corriente (obtención

de obligaciones a largo plazo como pagarés o bonos) y el aumento en partidas del

patrimonio (emisión de acciones o cuotas partes de interés social, superávit por

método de participación patrimonial).

Y las aplicaciones o usos son movimientos de las cuentas del balance general y

del estado de resultados, que sugieren una disminución en el capital de trabajo,

como: pérdidas del ejercicio, las cuales deben depurarse al igual que la utilidad

con aquellas partidas que no afectan el capital de trabajo; aumento en las partidas

del activo no corriente (compra de propiedades, planta y equipo, inversiones

permanentes), disminución en las partidas del pasivo no corriente y el patrimonio;

y finalmente, decreto de dividendos, participaciones, excedentes en efectivo o

aportes propios readquiridos.

Modelo de estado de cambios en la situación financiera

LACTEOS MAESMA S.A

ESTADO DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERA

PERIODO TERMINADO A 31 DE DICIEMBRE DE _______

RECURSOS FINANCIEROS PROVISTOS POR:

UTILIDAD (PERDIDA) DEL EJERCICIO

XXX

MAS (MENOS) Cargos (Créditos) que no afectaron el capital de Trabajo Depreciación de Propiedades, Planta y Equipo

Gastos de Administración

XXX

Corrección Monetaria Menos Corrección cuentas de inventarios

XXX

Incremento (recuperación) de deducciones

XXX

Perdida (utilidad) en venta de propiedades, planta y equipo

XXX

Provisión para impuestos de Renta

XXX

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234

[email protected]

CAPITAL DE TRABAJO PROVISTO POR LAS OPERACIONES DEL PERIODO XXX

RECURSOS GENERADOS POR OTRAS FUENTES Deudores a Largo Plazo

Préstamos de Particulares

XXX

Venta de Propiedades, Plantas y Equipo Terrenos

XXX

Obligaciones Obtenidas a Largo Plazo

Obligaciones Financieras con Particulares

XXX

Obligaciones Financieras con Proveedores

XXX

Otras Obligaciones

XXX

TOTAL RECURSOS FINANCIEROS PROVISTOS

XXX

RECURSOS FINANCIEROS APLICADOS EN: Compras de Propiedades, Planta y Equipo Construcciones y Edificaciones

XXX

Equipo de Computo y Comunicaciones

XXX

Pago de Obligaciones a Largo Plazo Obligaciones Financieras con Particulares

XXX

TOTAL RECURSOS FINANCIEROS APLICADOS

XXX

AUMENTO (DISMINUCION) EN EL CAPITAL DE TRABAJO

XXX

ANALISIS DE LOS CAMBIOS EN EL CAPITAL DE TRABAJO

XXX

Page 235: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

235

[email protected]

AUMENTO (DISMINUCION) EN EL ACTIVO CORRIENTE Efectivo

XXX

Valores Realizables

XXX

Deudores Clientes Nacionales

XXX

Cuentas Corrientes Comerciales

XXX

A Socios

XXX

Anticipos a Terceros

XXX

TOTAL

XXX

DISMINUCION (AUMENTO) EN EL PASIVO CORRIENTE Sobregiros Bancarios

XXX

Obligaciones Financieras

XXX

Proveedores Nacionales

XXX

Cuentas Corrientes Comerciales

XXX

Impuesto de renta

XXX

Otros acreedores

XXX

TOTAL

XXX

AUMENTO (DISMINUCION) EN EL CAPITAL DE TRABAJO

XXX

¿Qué son las notas a los estados financieros?

Las notas a los estados financieros son comentarios explicativos con los cuales se

divulga información que no se encuentra explicita en estos. Este tipo de notas, de

carácter obligatorio, deben ser preparadas por los administradores de acuerdo a

las siguientes reglas establecidas en el artículo 114 del Decreto 2649 de 1993:

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236

[email protected]

1. Cada nota debe aparecer identificada mediante números o letras y debidamente

titulada, con el fin de facilitar su lectura y su cruce con los estados financieros

respectivos.

2. Cuando sea práctico y significativo, las notas se deben referenciar

adecuadamente en el cuerpo de los estados financieros.

3. Las notas iniciales deben identificar el ente económico, resumir sus políticas y

prácticas contables y los asuntos de importancia relativa.

4. Las notas deben ser presentadas en una secuencia lógica, guardando en

cuanto sea posible el mismo orden de los rubros de los estados financieros. Las

notas no son un sustituto del adecuado tratamiento contable en los estados

financieros.

Ejemplo de nota a los estados financieros

LACTEOS MAESMA S.A

NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS

POR EL PERIODO TEMINADO EL 31 DE DICIEMBRE DE _____

NOTA 1. ENTIDAD Y OBJETO SOCIAL

LACTEOS MAESMA S.A. fue establecida de acuerdo con las leyes colombianas el 27 de Agosto de 2009, como Sociedad de tipo Anónimo. Tiene por objeto social principal la comercialización y distribución de productos lácteos, como también dedicarse a actividades licitas sean o no de comercio.

Su domicilio principal se encuentra en la ciudad de Medellín – Antioquia y el término de duración de la compañía expira el 17 de Agosto del 2024.

La compañía lleva sus cuentas y prepara los estados financieros de conformidad con los principios de contabilidad aceptados en Colombia que son prescritos por

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237

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disposiciones legales.

NOTA 2. PRINCIPALES PRACTICAS CONTABLES

De conformidad con el decreto 2649, 2650 de 1993 y demás normas de contabilidad que le son concordantes, LACTEOS MAESMA S.A. emplea los siguientes principios y prácticas contables en la preparación y presentación de los estados financieros:

NOTA 3. COSTOS Y GASTOS POR PAGAR

Comprende el valor de las obligaciones originadas por la prestación de servicios, honorarios, gastos financieros, entre otros.

NOTA 4. OBLIGACIONES LABORALES

Las obligaciones laborales se consolidad al fin de cada ejercicio con base en las disposiciones legales.

Las cesantías consolidadas corresponden a las causadas por el año ___ de acuerdo con la ley 50 de 1990 y normas posteriores las cuales deben ser consignadas a mas tardar en febrero de ____ a las cuentas de los diferentes fondos de cesantías.

El valor de los intereses de las cesantías se debe cancelar en enero de ____.

El saldo de vacaciones consolidadas, corresponde al descanso remunerado a que tienen derecho los empleados.

La compañía considera como obligaciones laborales los aportes a la seguridad social y los aportes parafiscales por concepto de subsidios familiar, Bienestar Familiar y Servicio de Aprendizaje y los saldos representan los valores de cancelar por el último mes del periodo.

NOTA 5. PATRIMONIO

El capital de la sociedad está representado en 400 acciones nominativas de un valor nominal de $50.000 cada una.

__________________

Representante legal

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[email protected]

¿Qué otra información deben presentar los administradores a la junta de

socios o asamblea general?

De acuerdo al artículo 46 de la Ley 222 de 1995, al término de cada ejercicio

contable, los administradores deben presentar a la asamblea o junta de socios un

informe de gestión, los estados financieros de propósito general con las

respectivas notas y dictámenes emitidos por el revisor fiscal o contador público

independiente y un proyecto de distribución de las utilidades repartibles.

El informe de gestión

Un informe de gestión es un documento presentado, generalmente cada año, por

los administradores de una sociedad, en el que se especifican los resultados,

positivos o negativos, de los movimientos financieros, de la situación jurídica y la

situación administrativa de la empresa. Este informe resulta pertinente para la

asamblea o junta de socios, pues les permite conocer el estado y la evolución de

la empresa y saber cuáles son las medidas que se deben tomar para el

mejoramiento o sostenimiento de la misma.

El análisis financiero

El análisis financiero es el estudio efectuado a los estados contables de un ente

económico a través de técnicas como la de los indicadores o razones financieras,

análisis vertical y análisis horizontal. Se entiende también por análisis financiero, la

separación de los elementos de un estado financiero, con el fin de examinarlo

críticamente y conocer la influencia que cada uno de estos elementos ejerce sobre

los fenómenos que el estado financiero expresa.

Las razones o indicadores financieras relacionan dos o más cuentas o grupos de

cuentas de los estados financieros para evaluar liquidez, rotación de cartera,

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rotación de inventarios, solvencia, rentabilidad y endeudamiento; el análisis

vertical consiste en establecer relación entre cifras de un mismo rubro y entre

estos y la categoría que los agrupa, en forma vertical a fin de establecer la

composición porcentual de los estados financieros; y el análisis horizontal

establece variaciones en términos absolutos y relativos de una misma partida en

dos o más periodos.

La importancia del análisis financiero radica en permitir la evaluación del

desempeño financiero y operacional del ente económico, así como contribuir a la

acertada toma de decisiones por parte de los administradores, inversionistas,

acreedores y demás terceros interesados en el mismo.

La utilidad del análisis a los estados financieros está además en servir de

instrumento de medición del desempeño del sector donde se desenvuelve la

empresa, su estabilidad y la contribución a la generación de ingresos en la

economía.

El análisis, cualquiera que sea su finalidad, requiere una comprensión amplia y

detallada de la naturaleza y limitaciones de los estados financieros, puesto que el

analista tiene que determinar si las diversas partidas presentan una relación

razonable entre sí, lo cual da pie para calificar las políticas financieras y

administrativas de buenas, regulares o malas.

Antes de realizar un análisis financiero, se deben tener en cuenta aspectos

externos como la situación económica mundial y nacional, situación del sector,

situación política y aspectos legales; y aspectos internos de la empresa como las

relaciones laborales, tipos de productos, posibilidades de mercadeo, competencia,

capacidad instalada, proceso productivo, turnos de trabajo, consecución de

materias primas, relaciones con proveedores y proyectos de ensanche de la

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[email protected]

planta. Además, se deben clasificar las partidas de cada uno de los estados

financieros a analizar y establecer bases de comparación con indicadores

financieros del sector al que pertenece la empresa.

[Tomado de: Guía Legis para la pequeña empresa 2009 (14a

ed.) Colombia, Legis Editores S.A.

Pág. 101]

Razones o indicadores financieros

Las razones o indicadores financieros son una de las técnicas más usadas para la

realización de análisis financieros. De acuerdo a su finalidad se dividen en cuatro

grandes grupos:

Razones de liquidez: miden la capacidad de la empresa para solventar sus

obligaciones, de acuerdo a la adquisición de activos líquidos. Entre ellos se

encuentran: el capital de trabajo (decisiones de inversión y financiamiento),

razón circulante (mide el número de unidades monetarias de inversión, por

cada unidad de financiamiento contraído a corto plazo), y prueba o razón

ácida (mide el número de unidades monetarias en inversión líquida por

cada unidad monetaria de pasivo a corto plazo), entre otras.

Razones de apalancamiento: evalúan la proporción de la inversión que ha

sido costeada por financiamiento en una empresa. Entre estas se

encuentran la razón de autonomía que se refiere a la proporción de la

inversión que ha sido financiada con el patrimonio; la razón de

apalancamiento externo que es la relación entre la utilización del

endeudamiento a través de financiación y utilización del patrimonio, y la

razón de apalancamiento interno que se refiere a la utilización del

patrimonio para solventar el financiamiento, entre otras.

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241

[email protected]

Razones de actividad o de gerencia: miden la forma en la que se emplean

los recursos de una empresa. Entre ellas se encuentran los días de

inventarios en los cuáles se deduce cuántos días se puede trabajar con

cierta cantidad de inventario para mantener cierto nivel de ventas, los días

de cuentas por cobrar, que hace referencia al número de días que la

empresa tarda en recuperar las ventas, y días de cuentas por pagar, que se

refieren al número de días que la empresa usa para solventar sus

obligaciones, entre otras.

Razones de rentabilidad: miden la capacidad de la empresa para generar

utilidades, a partir de los recursos que esta dispone. Entre ellas se

encuentran: el margen de utilidad bruta, dinero que permitirá cubrir los

gastos; margen de utilidad de operaciones, generación de utilidades para

cubrir actividades de financiamiento y el margen de utilidad neta que mide

las ganancias de los propietarios, entre otros.

Abstenerse de ejecutar actos de competencia desleal

¿Qué son actos y conductas de competencia desleal?

Según el artículo 75 del Código de Comercio, los actos que establecen

competencia desleal son:

1) Los medios o sistemas encaminados a crear confusión con un competidor, sus

establecimientos de comercio, sus productos o servicios.

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2) Los medios o sistemas tendientes a desacreditar a un competidor, sus

establecimientos de comercio, sus productos o servicios.

3) Los medios o sistemas dirigidos a desorganizar internamente una empresa

competidora o a obtener sus secretos.

4) Los medios o sistemas encausados a obtener la desviación de la clientela

siempre que sean contrarios a las costumbres mercantiles.

5) Los medios o sistemas encaminados a crear desorganización general del

mercadeo.

6) Las maquinaciones reiteradas tendientes a privar a un competidor de sus

técnicos o empleados de confianza, aunque no produzcan la desorganización de

la empresa ni se obtengan sus secretos.

7) La utilización directa o indirecta de una denominación de origen, falsa o

engañosa; la imitación de origen aunque se indique la verdadera procedencia del

producto o se emplee en traducción o vaya acompañada de expresiones tales

como "género", "manera", "imitación", o similares.

8) Las indicaciones o ponderaciones cuyo uso pueda inducir al público a error

sobre la naturaleza, modo de fabricación, características, aptitud en el empleo o

cantidad del producto.

9) En general, cualquier otro procedimiento similar a los anteriores, realizado por

un competidor en detrimento de otros o de la colectividad, siempre que sea

contrario a las costumbres mercantiles.

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[email protected]

Aquellos comerciantes que resulten implicados en actos de competencia desleal,

se verán afectados por acciones declarativas y de condena (exigencia para

remover los efectos provocados e indemnizar por los perjuicios causados) y

acciones preventivas o de prohibición (solicitud a un juez para que evite y prohíba

la realización de una conducta desleal que no se ha perfeccionado y aún no

causado daños), tal como lo establece la Ley 256 de 1996.

Obligaciones laborales de los empresarios

Elaborar y suscribir contratos de trabajo

¿En dónde se originan las obligaciones laborales de los empresarios?

Las obligaciones laborales de todo empresario hacia sus trabajadores se generan

a partir de la Constitución: el contrato de trabajo, el reglamento interno de trabajo,

el Código Sustantivo del Trabajo, el Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad

Social, el sistema de subsidio familiar y protección social y otros pactos o

convenciones colectivas.

El contrato de trabajo

Según el artículo 22 del Código sustantivo del trabajo, un contrato de trabajo es un

acuerdo mediante el cual una persona natural denominada trabajador, se obliga

ante otra persona natural o jurídica denominada empleador, a prestar un servicio

personal, acatando órdenes e instrucciones, para recibir a cambio un salario.

Para que pueda hablarse de la existencia de contratos de trabajo, estos deben

cumplir con tres (3) elementos promulgados de la siguiente manera por la Ley 50

del 28 de diciembre de 1990:

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[email protected]

1. La actividad es personal del trabajador, es decir, realizada por sí mismo.

2. La continuada subordinación o dependencia del trabajador respecto del

empleador, que faculta a éste para exigirle el cumplimiento de órdenes, en

cualquier momento, en cuanto al modo, tiempo o cantidad de trabajo, e

imponerle reglamentos, la cual debe mantenerse por todo el tiempo de

duración del contrato. Todo ello sin que afecte el honor, la dignidad y los

derechos mínimos del trabajador en concordancia con los tratados o convenios

internacionales que sobre derechos humanos relativos a la materia obliguen al

país.

3. Un salario como retribución del servicio.

¿Los contratos por prestación de servicios profesionales son contratos de

trabajo?

El primer artículo de la Ley 50 de 1990 ratifica la existencia de contratos de trabajo

cuando cumplan con los (3) tres elementos que los constituyen, sin importar que

se valgan de otras condiciones o tomen otros nombres. Por lo tanto, los contratos

por prestación de servicios o por honorarios, no dejan de ser contratos laborales.

¿Cómo pueden ser los contratos de trabajo por la forma?

Con respecto al tipo de contrato de trabajo por la forma, el artículo 37 del Código

Sustantivo de Trabajo establece que puede ser verbal o escrito.

En los contratos verbales el empleador y el trabajador deben precisar la duración

del contrato, el tipo de trabajo y el lugar donde se llevará a cabo, y el valor y la

forma (ya sea por unidad de tiempo o por obra realizada) del salario. Los contratos

por escrito deben llevar la identificación y el domicilio de las partes, lugar y fecha

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[email protected]

de elaboración, lugar donde prestará el servicio el trabajador, la naturaleza del

trabajo, el salario y la forma en la que lo recibirá y la duración del contrato.

¿Cómo pueden ser los contratos de trabajo por la duración?

De acuerdo al artículo 45 del Código Sustantivo de Trabajo, los contratos de

trabajo pueden ser:

Ocasional, accidental o transitorio: este tipo de contratos tienen una duración

inferior a treinta (30) días y no contempla derechos a ningún tipo de prestación.

Por duración de una labor determinada: son contratos con una duración

correspondiente a la terminación de la labor delegada. En este tipo de

acuerdos es posible pactar la fecha de inicio, pero no de finalización, pues

dicha labor puede extenderse más, o menos de lo planeado.

A término fijo: son contratos que deben constar por escrito; tienen una duración

entre uno (1) y tres (3) años. La terminación de este exige un preaviso mínimo

de treinta (30) días; de no informar sobre la decisión de cancelar el contrato, se

renueva automáticamente.

En los contratos a término fijo inferior a un año, los trabajadores tendrán

derecho al pago de vacaciones y prima de servicios en proporción al tiempo

laborado.

A término indefinido: en este tipo de contratos no se determina un tiempo de

finalización, se da por terminado a partir de un acuerdo entre las partes, o por

faltas graves al reglamento interno de la empresa.

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246

[email protected]

Terminación del contrato de trabajo

La terminación del contrato es la finalización de las relaciones laborales existentes

entre empleador y trabajador ocasionadas según el artículo 61 del Código

Sustantivo de Trabajo por:

Muerte del trabajador.

Mutuo consentimiento.

Expiración del plazo fijo pactado.

Terminación de la obra o labor contratada.

Liquidación o clausura definitiva de la empresa o establecimiento.

Suspensión de actividades por parte del empleador durante más de ciento

veinte (120) días.

Sentencia ejecutoriada.

Decisión unilateral.

Por no regresar el trabajador a su empleo, al desaparecer las causas de la

suspensión del contrato.

Tanto el empleador, como el trabajador, pueden dar por terminado el contrato de

trabajo, de acuerdo a lo establecido por el Código Sustantivo de Trabajo, en los

siguientes casos:

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[email protected]

TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO CON JUSTA CAUSA

POR DECISIÓN DEL EMPLEADOR

Haber sufrido engaño por parte del trabajador, mediante la presentación de

certificados falsos para su admisión o para obtener una ganancia indebida.

Todo acto de violencia, injuria, malos tratamientos o grave indisciplina en que incurra

el trabajador en sus labores, o fuera de ellas, contra el empleador, los miembros de

su familia, el personal directivo o los compañeros de trabajo.

Todo daño material causado intencionalmente a los edificios, obras, maquinarias y

materias primas, instrumentos y demás objetos relacionados con el trabajo, y toda

grave negligencia que ponga en peligro la seguridad de las personas o de las cosas.

Todo acto inmoral o delictuoso que el trabajador cometa en el taller, establecimiento

o lugar del trabajo, o en el desempeño de sus labores.

Cualquier violación grave de las obligaciones o prohibiciones especiales que

incumben al trabajador: sustracción de materiales de trabajo o productos elaborados,

presentarse en estado de embriaguez, faltar sin justa causa, suspensión de las

labores, entre otras.

La detención preventiva del trabajador por más de treinta (30) días, a menos que

posteriormente sea absuelto; o el arresto correccional que exceda de ocho (8) días, o

aún por tiempo menor, cuando la causa de la sanción sea suficiente por si misma

para justificar la extinción del contrato.

El que el trabajador revele los secretos técnicos o comerciales o dé a conocer

asuntos de carácter reservado, causando perjuicio a la empresa.

La terminación del contrato debe ser notificada con quince (15) días de anticipación en

caso de:

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[email protected]

El deficiente rendimiento en el trabajo, en relación con la capacidad del trabajador y

con el rendimiento promedio en labores análogas.

La sistemática inejecución, sin razones válidas, por parte del trabajador, de las

obligaciones convencionales o legales.

Todo vicio del trabajador que perturbe la disciplina del establecimiento.

La renuencia sistemática del trabajador a aceptar las medidas preventivas,

profilácticas o curativas, prescritas por el médico del empleador o por las autoridades

para evitar enfermedades o accidentes.

La ineptitud del trabajador para realizar la labor encomendada.

El reconocimiento al trabajador de la pensión de jubilación o invalidez estando al

servicio de la empresa.

La enfermedad contagiosa o crónica del trabajador, que no tenga carácter de

profesional, así como cualquiera otra enfermedad o lesión que lo incapacite para el

trabajo, cuya curación no haya sido posible durante ciento ochenta (180) días. En

este caso el despido será realizado en el momento en que se cumpla el plazo

pactado en el contrato y no absuelve al empleador de las prestaciones e

indemnizaciones legales.

.

POR DECISIÓN DEL TRABAJADOR

El haber sufrido engaño por parte del empleador, respecto de las condiciones de

trabajo.

Todo acto de violencia, malos tratamientos o amenazas graves inferidas por el

empleador contra el trabajador o los miembros de su familia, dentro o fuera del

servicio, o inferidas dentro del servicio por los parientes, representantes o

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249

[email protected]

dependientes del empleador con el consentimiento o la tolerancia de este.

Cualquier acto del empleador o de sus representantes, que induzca al trabajador a

cometer un acto ilícito o contrario a sus convicciones políticas o religiosas.

Todas las circunstancias que el trabajador no pueda prever al celebrar el contrato, y

que pongan en peligro su seguridad o su salud, y que el empleador no decida

modificar.

Todo perjuicio causado maliciosamente por el empleador al trabajador en la

prestación del servicio.

El incumplimiento sistemático sin razones válidas por parte del empleador, de sus

obligaciones convencionales o legales.

La exigencia del empleador, sin razones válidas, de la prestación de un servicio

diferente y en un lugar distinto del que se había pactado en el contrato.

Cualquier violación grave de las obligaciones o prohibiciones que incumben al

empleador: deducir, retener o compensar suma alguna del monto de los salarios y

prestaciones en dinero que corresponda a los trabajadores; obligar en cualquier

forma a los trabajadores a comprar mercancías o víveres en almacenes que

establezca el empleador; limitar o presionar en cualquier forma a los trabajadores en

el ejercicio de su derecho de asociación, entre otras.

Acoso laboral

De acuerdo al artículo 2º de la ley 1010 del 23 de enero de 2006, acoso laboral es

toda conducta persistente y demostrable ejercida sobre un empleado por parte de

un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de

trabajo o un subalterno, con el fin de generar miedo, intimidación, terror y angustia,

para provocar la desmotivación frente al trabajo o la renuncia del mismo.

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[email protected]

El acoso laboral puede ser causado bajo diferentes modalidades. Según lo

establecido en el artículo ya mencionado, estas pueden ser:

Maltrato laboral, entendido como todo hecho de violencia contra la integridad

física o moral, la libertad física o sexual y los bienes de quien se desempeñe

como empleado o trabajador; toda expresión verbal injuriosa o ultrajante que

lesione la integridad moral o los derechos a la intimidad y al buen nombre de

quienes participen en una relación de trabajo de tipo laboral o todo

comportamiento tendiente a menoscabar la autoestima y la dignidad de quien

participe en una relación de trabajo de tipo laboral.

Persecución laboral, es decir, toda conducta cuyas características de

reiteración o evidente arbitrariedad permitan inferir el propósito de inducir la

renuncia del empleado, mediante la descalificación, la carga excesiva de

trabajo y cambios permanentes de horario que puedan producir desmotivación

laboral.

Discriminación laboral, dado por el trato diferenciado hacia un empleado por

su raza, género, origen familiar o nacional, credo religioso, preferencia política

o situación social o cualquier exigencia que carezca de razonabilidad desde el

punto de vista laboral.

Entorpecimiento laboral o toda acción tendiente a obstaculizar el cumplimiento

de la labor o a hacerla más gravosa o retardarla con perjuicio para el

trabajador. Constituyen acciones de entorpecimiento laboral, entre otras: la

privación, ocultación o inutilización de los insumos, documentos o instrumentos

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[email protected]

para la labor, la destrucción o pérdida de información, el ocultamiento de

correspondencia o mensajes electrónicos.

Inequidad laboral, entendida como la asignación de funciones a menosprecio

del trabajador.

Desprotección laboral, es decir, toda conducta tendiente a poner en riesgo la

integridad y la seguridad del trabajador mediante órdenes o asignación de

funciones sin el cumplimiento de los requisitos mínimos de protección y

seguridad para el trabajador.

El trabajador que considere que ha sido víctima de acoso laboral puede acudir al

Inspección de trabajo, Inspección Municipal de Policía, Personería Municipal o a la

Defensoría del Pueblo, con el fin de denunciar detalladamente y por escrito, la

reiterada y ostensible situación de acoso, para que éstos tomen las medidas

correctivas al respecto. Se debe tener en cuenta que las acciones originadas por

acoso laboral tienen una caducidad de seis (6) meses a partir de la fecha en la

que haya sido cometida.

Asimismo, quien se vea implicado en un acto de acoso laboral será sancionado de

la siguiente manera:

Como falta disciplinaria gravísima en el Código Disciplinario Único, cuando su

autor sea un servidor público.

Como terminación del contrato de trabajo sin justa causa, cuando haya dado

lugar a la renuncia o el abandono del trabajo por parte del trabajador regido por

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[email protected]

el Código Sustantivo del Trabajo. En tal caso procede la indemnización en los

términos del artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo.

Con sanción de multa entre dos (2) y diez (10) salarios mínimos legales

mensuales vigentes (SMMLV) para la persona que lo realice y para el

empleador que lo tolere.

Con la obligación de pagar a las empresas prestadoras de salud y las

aseguradoras de riesgos profesionales el cincuenta por ciento (50%) del costo

del tratamiento de enfermedades profesionales, alteraciones de salud y demás

secuelas originadas en el acoso laboral. Esta obligación corre por cuenta del

empleador que haya ocasionado el acoso laboral o lo haya tolerado, sin

perjuicio a la atención oportuna y debida al trabajador afectado antes de que la

autoridad competente dictamine si su enfermedad ha sido como consecuencia

del acoso laboral, y sin perjuicio de las demás acciones consagradas en las

normas de seguridad social para las entidades administradoras frente a los

empleadores.

Con la presunción de justa causa de terminación del contrato de trabajo, por

parte del trabajador, particular y exoneración del pago de preaviso en caso de

renuncia o retiro del trabajo.

Como justa causa de terminación o no renovación del contrato de trabajo,

según la gravedad de los hechos, cuando el acoso laboral sea ejercido por un

compañero de trabajo o un subalterno.

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253

[email protected]

¿Se puede despedir a una mujer embarazada?

De acuerdo al artículo 293 del Código Sustantivo de Trabajo, está prohibido

despedir a una mujer embarazada o en período de lactancia (correspondiente a

los tres meses posteriores al parto). En caso de que el despido se efectúe por

alguna de las justas causas que facultan al empleador para dar por terminado el

contrato de trabajo, debe ser autorizado por el Inspector de trabajo, o en su

defecto, por el Alcalde municipal; quienes deberán escuchar a la trabajadora y

practicar todas las pruebas solicitadas por las partes.

Una trabajadora en embarazo o en estado de lactancia que sea despedida sin

autorización de las autoridades competentes, tiene derecho a recibir las

prestaciones pactadas en el contrato de trabajo; además de una indemnización

correspondiente a sesenta (60) días de salario y el pago de doce (12) semanas de

descanso remunerado.

Despido sin justa causa o con indemnización

El despido de un trabajador por una causa diferente a las establecidas por la ley

como justas, generará una indemnización por parte del empleador, que dependerá

de la duración del contrato. De igual manera, la renuncia de un trabajador por

una de las causas consideradas justas para la terminación del contrato por parte

de éste, también le generará al empleador el pago de indemnización.

En la siguiente tabla, se muestra el tipo de indemnización que se genera de

acuerdo a la duración del contrato que se esté dando por terminado sin una causa

justa.

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254

[email protected]

Duración del contrato Indemnización

Por duración de una

obra contratada

Valor correspondiente al tiempo que falte para finalizar la

obra, siempre que sea un lapso mayor a quince (15) días.

Término fijo

Valor de los salarios correspondientes al tiempo que falte

para dar por terminado el plazo pactado en el contrato.

Término indefinido

Para aquellos cuyos honorarios sean inferiores a diez (10)

salarios mínimos mensuales legales:

Treinta (30) días de salario si el trabajador no lleva un

(1) año laborando.

Veinte (20) días de salario adicionales sobre los treinta

(30) días básicos, si el tiempo laborado es mayor a un

año.

Para aquellos cuyos honorarios sean superiores o iguales a

diez (10) salarios mínimos mensuales legales:

Veinte (20) días de salario si el trabajador no lleva un (1)

año laborando.

Quince (15) días de salario adicionales sobre los veinte

(20) días básicos, si el tiempo laborado es mayor a un

año.

Si al momento de entrar en vigencia la Ley 789 de 2002, el

trabajador llevara más de diez (10) años de labor, serán

amparados por el artículo 6º establecido en la Ley 50 de

1990.

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255

[email protected]

Indemnización moratoria o salarios caídos

El empleador debe pagar al trabajador los salarios y prestaciones reglamentarias

al momento de terminación del contrato laboral, de lo contrario, según lo

estipulado en el artículo 65 del Código Sustantivo de Trabajo, el empleador

indemnizará a su empleado con una suma igual al último salario diario por cada

día de mora, hasta por veinticuatro (24) meses o hasta el momento en el que se

realice el pago si el periodo es menor; si pasados los veinticuatro (24) meses ya

mencionados y el trabajador no ha iniciado la reclamación por la vía ordinaria, el

empleador tendrá que pagarle a éste, intereses moratorios (sobre las sumas

adeudadas por concepto de salarios y prestaciones) a la tasa máxima de créditos

de libre asignación certificados por la Superintendencia Bancaria, a partir de la

iniciación del mes veinticinco (25) hasta el momento en el que sea realizado el

pago.

Si las partes no llegan a un acuerdo con respecto al monto, el empleador cumple

con sus obligaciones consignando ante el juez de trabajo o ante la primera

autoridad política del lugar, la suma que confiesa deber, mientras la justicia de

trabajo decide la controversia.

¿Qué actuaciones deben realizarse al terminar un contrato de trabajo?

Según lo estipulado en el artículo 57 del Código Sustantivo de Trabajo, en el

momento de finalizarse el contrato de trabajo, el empleador está en la obligación

de certificar el tipo de labor realizada por el trabajador, así como el tiempo que

llevaba ejecutándola y el salario que recibía; además, si el trabajador lo requiere,

debe certificar, por medio de un examen médico, el estado de salud de éste al

momento de retirarse de la empresa.

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256

[email protected]

El día de finalización del contrato de trabajo el empleador debe pagar el salario y

las prestaciones pactadas por las partes; y en caso de que el trabajador y su

familia, si existiera, haya tenido que cambiar su lugar de residencia para ejercer

sus obligaciones laborales, el empleador debe cubrir los gastos que este hecho

ocasione, excepto si la terminación del contrato laboral se da por voluntad del

trabajador.

Reglamento interno de trabajo

Según el artículo 104 del Código Sustantivo de Trabajo, el reglamento de trabajo

es un conjunto de normas obligatorias para aquellos empleadores que ocupen

más de cinco (5) trabajadores en empresas comerciales, más de diez (10) en

empresas industriales y más de veinte (20) en empresas agrícolas, ganaderas o

forestales; que establecen las condiciones a que deben sujetarse el empleador y

los trabajadores para la prestación de servicios.

El contenido del reglamento debe incluir aspectos como los lugares que serán

empleados para la realización de laborales, condiciones de admisión y período de

prueba, horas de entrada y salida de los trabajadores, reconocimiento y pago de

horas extras y trabajo nocturno, días de descanso obligatorios, vacaciones

remuneradas, salario mínimo legal, prescripciones de orden y seguridad, persona

ante la cual se deben presentar reclamos, entre otras condiciones estipuladas en

el artículo 108 del Código Sustantivo de Trabajo.

Modelo del reglamento interno de trabajo

REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO

CAPITULO I

Sometimiento de empresa y trabajadores

Art. lo.- El presente es el Reglamento Interno de Trabajo prescrito por la Empresa

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domiciliada en y a sus disposiciones quedan sometidas tanto la Empresa como

todos sus trabajadores. Este reglamento hace parte de los contratos individuales

de trabajo, celebrados o que se celebren con todos los trabajadores salvo

estipulaciones en contrario que sin embargo solo pueden ser favorables al

trabajador.

CAPITULO II

Condiciones de admisión

Art. 2o.- Quien aspire a tener un cargo en la Empresa debe hacer la solicitud por

escrito para registrarlo como aspirante y acompañar los siguientes documentos:

a) Libreta de servicio militar, cédula de ciudadanía o tarjeta de identidad según el

caso.

b) Autorización escrita del Inspector del Trabajo o, en su defecto, de la primera

autoridad local, a solicitud de los padres y, a falta de estos, del Defensor de

Familia, cuando el aspirante sea un menor de dieciocho (18) años.

Nota: El empleador podrá establecer en el Reglamento, además de los

documentos mencionados, todos aquellos que considere necesarios para admitir o

no admitir al aspirante. Sin embargo, tales exigencias no deben incluir

documentos, certificaciones o datos prohibidos expresamente por las normas

jurídicas para tal efecto: Así, es prohibida la exigencia de la inclusión en formatos

o cartas de solicitud de empleo “datos acerca del estado civil de las personas, de

número de hijos que tengan, la religión que profesan o el partido político al cual

pertenezcan...” (artículo primero, Ley 13 de 1972); lo mismo que la exigencia de la

prueba de gravidez para las mujeres (artículo 43, C.N.; artículos primero y

segundo, Convenio No. 111 de la OIT).

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CAPITULO III

Contrato de Aprendizaje

Art. 3o.- Contrato de aprendizaje es aquel por el cual un empleado se obliga a

prestar sus servicios a la empresa, y cambio de que ésta le proporcione los

medios para adquirir formación profesional metódica y completa del arte u oficio

para cuyo desempeño ha sido contratado por un tiempo determinado y le pague el

salario convenido.

Art. 4o.- Pueden celebrar contrato de aprendizaje las personas mayores de

catorce (14) años que han completado sus estudios primarios o demuestren

poseer conocimientos equivalentes a ellos, en los mismos términos y con las

restricciones de que trata el Código Sustantivo del Trabajo.

Art. 5o.- El contrato de aprendizaje debe contener cuando menos los siguientes

puntos:

lo Nombre de la empresa o empleador;

2o. Nombre, apellidos, edad y datos personales del aprendiz;

3o Oficio que es materia del aprendizaje. programa respectivo y duración del

contrato,

4o Obligación del empleador. y del aprendiz y derechos de éste y aquel;

5o Salario del aprendiz y escala de aumento durante el cumplimiento del contrato;

6o Condiciones del trabajo, duración, vacaciones y periodos de estudio;

7o. Cuantía y condiciones de indemnización en caso de incumplimiento del

contrato y,

8o. Firmas de los contratantes o de sus representantes.

Art. 6o.- El contrato de aprendizaje debe celebrarse por escrito; en caso contrario

los servicios se entienden regulados por las normas del contrato de trabajo.

Art. 7o.- Durante toda la vigencia de la relación, el aprendiz recibirá de la empresa

un apoyo de sostenimiento mensual que sea como mínimo en la fase lectiva el

equivalente al 50% de un (1) salario mínimo mensual vigente.

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El apoyo del sostenimiento durante la fase práctica será equivalente al setenta y

cinco por ciento (75%) de un salario mínimo mensual legal vigente. (Artículo 30,

parágrafos 3 y 4, Ley 789 de 2002).

Art. 8º.- Además de las obligaciones que se establecen en el Código Sustantivo

del Trabajo para todo empleado, el aprendiz tiene las siguientes.

lo. Concurrir asiduamente tanto a los cursos como a su trabajo con diligencia y

aplicación sujetándose al régimen del aprendizaje y a las órdenes de la empresa,

y

2o Procurar el mayor rendimiento en su estudio.

Art., 9.- Además de las obligaciones establecidas en el Código Sustantivo del

Trabajo, la empresa tiene las siguientes para con el aprendiz:

lo Facilitar todos los medios al aprendiz para que reciba formación profesional

metódica completa del arte y oficio, materia del contrato.

2o. Pagar al aprendiz el salario pactado según la escala establecida en el

respectivo contrato, tanto en los períodos de trabajo como en los de enseñanza, y

3o. Cumplido satisfactoriamente el término del aprendizaje preferirlo en igualdad

de condiciones para llevar las vacantes que ocurran relativas a la profesión u oficio

que hubiere aprendido.

Art. 10- En lo referente a la contratación de aprendices así como la proporción de

éstos, la empresa se ceñirá a lo prescrito por el artículo 30 de la Ley 789 de 2002,

conforme al cual “la determinación del número mínimo obligatorio de aprendices

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para cada empresa obligada la hará la regional del Servicio Nacional de

Aprendizaje, SENA, del domicilio principal de la empresa, en razón de un aprendiz

por cada 20 trabajadores y uno adicional por fracción de diez(10) o superior que

no exceda de veinte. Las Empresas que tengan entre quince (15) y veinte (20)

trabajadores, tendrán un aprendiz”.

Art. 11- El contrato de aprendizaje no puede exceder de dos (2) años de

enseñanza y trabajo. alternados en períodos sucesivos e iguales para ningún arte

u oficio y sólo podrá pactarse por el término previsto para cada uno de ellos en las

relaciones de oficio que serán publicadas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad

Social El contrato de aprendizaje celebrado a término mayor del señalado para la

formación del aprendiz en el oficio respectivo, se considerará para todos los

efectos legales regidos por las normas generales del contrato de trabajo en el

lapso que exceda a la correspondiente duración del aprendiz en este oficio

Art. 12- El término del contrato de aprendizaje empieza a correr a partir del día en

que el aprendiz inicie la formación profesional metódica.

lo. Los primeros tres meses se presumen como períodos de prueba, durante los

cuales se apreciarán de una parte, las condiciones de adaptabilidad del aprendiz,

sus aptitudes y cualidades personales y de otra la conveniencia de continuar el

aprendizaje.

2o. El periodo de prueba a que se refiere este artículo se rige por las disposiciones

generales del Código del Trabajo.

3o. Cuando el contrato de aprendizaje termine por cualquier causa, la empresa

deberá reemplazar al aprendiz o aprendices, para conservar la proporción que le

haya sido señalada.

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CAPITULO IV

Periodo de prueba

Art. 13- La empresa una vez admitido el aspirante podrá estipular con él. un

periodo inicial de prueba que tendrá por objeto apreciar por parte de la empresa,

las aptitudes del trabajador y por parte de éste, las conveniencias de las

condiciones de trabajo (artículo 76, C.S.T.).

Art. 14- El período de prueba debe ser estipulado por escrito y en caso contrario

los servicios se entienden regulados por las normas generales del contrato de

trabajo (artículo 77, numeral primero, C.S.T.).

Art. 15- El período de prueba no puede exceder de dos (2) meses. En los

contratos de trabajo a término fijo, cuya duración sea inferior a un (1) año, el

período de prueba no podrá ser superior a la quinta parte del término inicialmente

pactado para el respectivo contrato, sin que pueda exceder de dos meses.

Cuando entre un mismo empleador y trabajador se celebren contratos de trabajo

sucesivos, no es válida la estipulación del periodo de prueba, salvo para el primer

contrato (artículo séptimo. Ley 50 de 1990).

Art. 16- Durante el periodo de prueba, el contrato puede darse por terminado

unilateralmente en cualquier momento y sin previo aviso, pero si expirado el

periodo de prueba y el trabajador continuará al servicio del empleador con

consentimiento expreso o tácito, por ese solo hecho, los servicios prestados por

aquel a éste, se considerarán regulados por las normas del contrato de trabajo

desde la iniciación de dicho periodo de prueba. Los trabajadores en período de

prueba gozan de todas las prestaciones (artículo 80, C.S.T).

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CAPITULO V

Trabajadores accidentales o transitorios

Art. 17- Son meros trabajadores accidentales o transitorios, los que se ocupen en

labores de corta duración no mayor de un mes y de índole distinta a las

actividades normales de la empresa. Estos trabajadores tienen derecho. además

del salario, al descanso remunerado en dominicales y festivos.

CAPITULO VI

Horario de trabajo

Art. 18- Las horas de entrada y salida de los trabajadores, son las que a

continuación se expresan así:

En la mañana:

Tiempo de alimentación:

En la tarde:

Períodos de descanso:

Parágrafo lo.- Los días laborables son….

Parágrafo 2o.- Cuando la empresa tenga más de cincuenta (50) trabajadores que

laboren cuarenta y ocho (48) horas a la semana, estos tendrán derecho a que dos

(2) horas de dicha jornada, por cuenta del empleador, se dediquen exclusivamente

a actividades recreativas, culturales, deportivas o de capacitación (artículo 21. Ley

50 de 1990).

Parágrafo 3°.- Jornada especial. En las empresas, factorías o nuevas actividades

establecidas desde el primero de enero de 1991, el empleador y los trabajadores

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pueden acordar temporal o indefinidamente la organización de turnos de trabajo

sucesivos, que permitan operar a la empresa o secciones de la misma sin solución

de continuidad durante todos los días de la semana, siempre y cuando el

respectivo turno no exceda de seis (6) horas al día y treinta y seis (36) a la

semana

En este caso no habrá lugar al recargo nocturno ni al previsto para el trabajo

dominical o festivo, pero el trabajador devengará el salario correspondiente a la

jornada ordinaria de trabajo, respetando siempre el mínimo legal o convencional y

tendrá derecho a un (1) día de descanso remunerado.

El empleador no podrá, aún con el consentimiento del trabajador, contratado para

la ejecución de dos (2) turnos en el mismo día, salvo en labores de supervisión,

dirección, confianza o manejo. (Artículo 20, literal c), Ley 50 de 1990).

Notas:

1º Cuando la naturaleza de la o las labores realizadas por la empresa no exija

actividad continua y se lleve a cabo por turnos de trabajadores, la duración de la

jornada puede ampararse en más de ocho (8) horas, o en más de cuarenta y ocho

(48) horas semanales, siempre que el promedio de las horas de trabajo calculado

para un periodo que no exceda de tres (3) semanas, no pase de ocho horas

diarias ni de cuarenta y ocho (48) a la semana (artículo 165, C.S.T.).

2o. También puede elevarse el límite máximo de horas de trabajo establecido en

este artículo del modelo de Reglamento Interno de Trabajo, en aquellas empresas

que desarrollen labores que, por razón de su misma naturaleza, necesitan ser

atendidas sin solución de continuidad, por turnos sucesivos de trabajadores, pero

en tales casos, las horas de trabajo no pueden exceder de cincuenta y seis (56)

por semana (artículo 166, C.S.T.).

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3°. Para implantar los horarios especiales de trabajo señalados en los dos

numerales anteriores, lo mismo que la jornada especial contemplada en el

parágrafo tercero de este artículo, es ABSOLUTAMENTE necesaria la aprobación

administrativa del Reglamento Interno de Trabajo.

CAPITULO VII

Las horas extras y trabajo nocturno

Art. 19- Trabaja diurno es el comprendido entre las 600 a m y las 10:00 PM

Trabajo nocturno es el comprendido entre las 10:00 PM y las 6:00 AM (artículo

160, C.S.T., modificado por la Ley 789 de 2002, artículo 25).

Art. 20- Trabajo suplementario o de horas extras es el que se excede de la

jornada ordinaria y en todo caso el que excede la máxima legal (artículo 159,

C.S.T.).

Art. 21- El trabajo suplementario o de horas extras, a excepción de los casos

señalados en el artículo 163 del C.S.T., sólo podrá efectuarse en dos (2) horas

diarias y mediante autorización expresa del Ministerio de Trabajo y Seguridad

Social o de una autoridad delegada por éste.

Art. 22- Tasas y Liquidación de recargos.

lo. El trabajo nocturno, por el solo hecho de ser nocturno se remunera con un

recargo del treinta y cinco por ciento (35%) sobre el valor del trabajo diurno, con

excepción del caso de la jornada de treinta y seis (36) horas semanales prevista

en el artículo 20 literal c) de la Ley 50 de 1990.

2o. El trabajo extra diurno se remunera con un recargo del veinticinco por ciento

(25%) sobre el valor del trabajo ordinario diurno.

3o. El trabajo extra nocturno se remunera con un recargo del setenta y cinco por

ciento (75%) sobre el valor del trabajo ordinario diurno.

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4o. Cada uno de los recargos antedichos se produce de manera exclusiva, es

decir, sin acumularlo con algún otro (artículo 24, Ley 50 de 1990).

Art. 23- El pago del trabajo suplementario o de horas extras y de recargo por

trabajo nocturno, en su caso, se efectuará junto con el salario del periodo siguiente

(artículo 134, ordinal segundo, C.S.T.).

Parágrafo.- La empresa podrá implantar turnos especiales de trabajo nocturno, de

acuerdo con lo previsto por el Decreto 2352 de 1965.

Art. 24- La empresa no reconocerá trabajo suplementario o de horas extras sino

cuando expresamente lo autorice a sus trabajadores de acuerdo con lo

establecido para tal efecto en el artículo 18 de este Reglamento.

Parágrafo.- En ningún caso las horas extras de trabajo, diurnas o nocturnas,

podrán exceder de dos (2) horas diarias y doce (12) semanales.

Cuando la jornada de trabajo se amplié por acuerdo entre empleadores y

trabajadores a diez horas (10) diarias, no se podrá en el mismo día laborar horas

extras (artículo 22., Ley 50 de 1990).

CAPITULO VIII

Días de descanso legalmente obligatorio

Art. 25- Serán de descanso obligatorio remunerado, los domingos y días de fiesta

que sean reconocidos como tales en nuestra legislación laboral.

lo. Todo trabajador tiene derecho al descanso remunerado en los siguientes días

de fiesta de carácter civil o religioso: lo. de enero, 6 de enero, 19 de marzo, lo. de

mayo, 29 de junio, 20 de julio, 7 de agosto, 15 de agosto, 12 de octubre, lo. de

noviembre, 11 de noviembre, 8 y 25 de diciembre, además de los días jueves y

viernes santos, Ascensión del Señor, Corpus Christi y Sagrado Corazón de Jesús.

2o. Pero el descanso remunerado el seis de enero, diecinueve de marzo,

veintinueve de junio, quince de agosto, doce de octubre, primero de noviembre,

once de noviembre, Ascensión del Señor, Corpus Christi y Sagrado Corazón de

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Jesús, cuando no caigan en días unes se trasladarán al lunes siguiente a dicho

día. Cuando las mencionadas festividades caigan en domingo, el descanso

remunerado, igualmente se trasladará al lunes.

3o. Las prestaciones y derechos que para el trabajador originen el trabajo en los

días festivos, se reconocerán en relación al día de descanso remunerado

establecido en el inciso anterior.

Parágrafo lo- Cuando la jornada de trabajo convenida por las partes, en días u

horas, no implique la prestación de servicios en todos los días laborables de la

semana, el trabajador tendrá derecho a la remuneración del descanso dominical

en proporción al tiempo laborado (artículo 26, numeral 5o. Ley 50 de 1990).

Parágrafo 2o - Labores agropecuarios.- Los trabajadores de empresas agrícolas,

forestales y ganaderas que ejecuten actividades no susceptibles de interrupción,

deben trabajar los domingos y días de fiesta remunerándose su trabajo en la

forma prevista en el artículo 179 y con derecho al descanso compensatorio

(artículo 28, Ley 50 de 1990)

AVISO SOBRE TRABAJO DOMINICAL. Cuando se tratare de trabajos habituales

o permanentes en domingo el empleador debe fijar en lugar público del

establecimiento, con anticipación de doce (12) horas lo menos, la relación del

personal de trabajadores que por razones del servicio no puede disponer el

descanso dominical. En esta relación se incluirán también el día y las horas de

descanso compensatorio (artículo 175. C.S.T.).

Nota: La inclusión del parágrafo segundo de este artículo, obliga exclusivamente a

las empresas agrícolas, forestales y ganaderas señaladas en dicho parágrafo.

Art. 26- El descanso en los días domingos y los demás días expresados en el

artículo 22 de este reglamento, tiene una duración mínima de 24 horas, salvo la

excepción consagrada en el literal c) del artículo 20 de la Ley 50 de 1990 (artículo

25, Ley 50 de 1990).

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Art. 27- Cuando por motivo de fiesta no determinada en el artículo 177 del C.S.T.,

la empresa suspendiere el trabajo, está obligada a pagarlo como si se hubiere

realizado no está obligada a pagarlo cuando hubiere mediado convenio expreso

para la suspensión o compensación o estuviere prevista en el reglamento, pacto,

convención colectiva o fallo arbitral. Este trabajo compensatorio se remunerará sin

que se entienda como trabajo suplementario o de horas extras.

CAPITULO IX

Vacaciones remuneradas

Art. 28- Los trabajadores que hubieren prestado sus servicios durante un (1) año

tienen derecho a quince (15) días hábiles consecutivos de vacaciones

remuneradas (artículo 186, numeral primero, C.S.T)

Art. 29 - la época de vacaciones debe ser señalada por la empresa a más tardar

dentro del año siguiente y ellas deben ser concedidas oficiosamente o a petición

del trabajador, sin perjudicar el servicio y la efectividad del descanso El empleador

tiene que dar a conocer al trabajador con quince (15) días de anticipación la fecha

en que le concederán las vacaciones (artículo 187, C.S.T.).

Art. 30 - Si se presenta interrupción justificada en el disfrute de las vacaciones, el

trabajador no pierde el derecho a reanudarlas (artículo 188, C.S.T.).

Art. 31- Se prohíbe compensar las vacaciones en dinero, pero el Ministerio de

Trabajo y Seguridad Social puede autorizar que se pague en dinero hasta la mitad

de ellas en casos especiales de perjuicio para la economía nacional o la industria:

cuando el contrato termina sin que el trabajador hubiere disfrutado de vacaciones,

la compensación de éstas en dinero procederá por un año cumplido de servicios y

proporcionalmente por fracción de año, siempre que este exceda de seis (6)

meses. En todo caso para la compensación de vacaciones, se tendrá como base

el último salario devengado por el trabajador (artículo 189 C S.T.)

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Art. 32- En todo caso, el trabajador gozará anualmente por lo menos de seis (6)

días hábiles continuos de vacaciones, los que no son acumulables

2o. Las partes pueden convenir en acumular los días restantes de vacaciones

hasta por dos años.

3o. La acumulación puede ser hasta por cuatro (4) años, cuando se trate de

trabajadores técnicos, especializados de confianza (artículo 190, C S.T )

Art. 33 - Durante el periodo de vacaciones el trabajador recibirá el salario ordinario

que esté devengando el día que comience a disfrutar de ellas. En consecuencia,

sólo se excluirán para la liquidación de las vacaciones el valor del trabajo en días

de descanso obligatorio y el valor del trabajo suplementario o de horas extras.

Cuando el salario sea variable, las vacaciones se liquidarán con el promedio de lo

devengado por el trabajador en el año inmediatamente anterior a la fecha en que

se conceden.

Art. 34 - Todo empleador llevará un registro de vacaciones en el que se anotará la

fecha de ingreso del trabajador fecha en que toma sus vacaciones, en que las

termina y la remuneración de las mismas (Decreto 13 de 1961, artículo quinto).

Parágrafo - En los contratos a término fijo inferior a un (1) año. los trabajadores

tendrán derecho al pago de vacaciones en proporción al tiempo laborado

cualquiera que este sea (artículo tercero. parágrafo Ley 5º de 1990)

CAPITULO X

Permisos

Art. 35.- La empresa concederá a sus trabajadores los permisos necesarios para

el ejercicio del derecho al sufragio y para el desempeño de cargos oficiales

transitorios de forzosa aceptación, en caso de grave calamidad doméstica

debidamente comprobada, para concurrir en su caso al servicio médico

correspondiente, para desempeñar comisiones sindicales inherentes a la

organización y para asistir al entierro de sus compañeros, siempre que avisen con

la debida oportunidad a la empresa y a sus representantes y que en los dos

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últimos casos, el número de los que se ausenten no sea tal que perjudiquen el

funcionamiento del establecimiento, la concesión de los permisos antes dichos

estará sujeta a las siguientes condiciones:

- En caso de grave calamidad doméstica, la oportunidad del aviso puede ser

anterior o posterior al hecho que lo constituye o al tiempo de ocurrir éste, según lo

permitan las circunstancias

- En caso de entierro de compañeros de trabajo. el aviso puede ser hasta con un

día de anticipación y el permiso se concederá hasta el 10% de los trabajadores,

- En los demás casos (sufragio desempeño de cargos transitorios de forzosa

aceptación y concurrencia al servicio médico correspondiente) el aviso se dará con

la anticipación que las circunstancias lo permitan Salvo convención en contrario y

a excepción del caso de concurrencia al servicio médico correspondiente el tiempo

empleado en estos permisos puede descontarse al trabajador o compensarse con

tiempo igual de trabajo efectivo en horas distintas a su jornada ordinaria a opción

de la empresa numeral sexto, artículo 57. C.S.T)

CAPITULO XI

Salario mínimo, convencional, días, horas de pagos y periódicos que lo

regulan

Art. 36- Formas y libertad de estipulación.

1o. El empleador y el trabajador pueden convenir libremente el salario en sus

diversas modalidades como por unidad de tiempo, por obra, o a destajo y por

tarea etc. pero siempre respetando el salario mínimo legal o el fijado en los pactos,

convenciones colectivas y fallos arbítrales.

2o. No obstante lo dispuesto en los articules 13 14.16 21, y 340 del Código

Sustantivo del Trabajo y las normas concordantes con éstas, cuando el trabajador

devengue un salario ordinario superior a diez (10) salarios mínimos legales

mensuales, valdrá la estipulación escrita de un salario que además de retribuir el

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trabajo ordinario, compense de antemano el valor de prestaciones, recargos y

beneficios tales como el correspondiente al trabajo nocturno, extraordinario o al

dominical y festivo el de primas legales, extralegales, las cesantías y sus

intereses, subsidios y suministros en especie, y en generan. las que se incluyan

en dicha estipulación, excepto las vacaciones

En ningún caso el salario integral podrá ser inferior al monto de diez (10) salarios

mínimos legales mensuales, más el factor prestacional correspondiente a la

empresa que no podrá ser inferior al treinta por ciento (30%) de dicha cuantía El

monto del factor prestacional quedará exento del pago de retención en la fuente y

de impuestos.

3o Este salario no estará exento de las cotizaciones a la seguridad social, ni de los

aportes al SENA, ICBF, y Cajas de Compensación Familiar, pero en el caso de

estas tres últimas entidades, los aportes se disminuirán en un treinta por ciento

(30%).

4o. El trabajador que desee acogerse a esta estipulación recibirá la liquidación

definitiva de su auxilio de cesantía y demás prestaciones sociales causadas Pasta

esa fecha. Sin que por ello se entienda terminado su contrato de trabajo (artículo

18, Ley 50 de 1990).

Art. 37- Se denomina jornal el salario estipulado por días y. sueldo, el estipulado

con períodos mayores (artículo 133. CST.)

Art. 38- Salvo convenio por escrito, el pago de los salarios se efectuará en el lugar

en donde el trabajador presta sus servicios durante el trabajo, o inmediatamente

después que éste cese.

Art. 39- El salario se pagará al trabajador directamente o a la persona que él

autorice por escrito así,

1o. El salario en dinero debe pagarse por períodos iguales y vencidos. El periodo

de pago para los jornales no puede ser mayor de una semana, y para sueldos no

mayor de un mes.

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CAPITULO XII

Servicio médico medidas de seguridad, riesgos profesionales, primeros auxilios en

caso de accidentes de trabajo, normas sobre labores en orden a la mayor higiene,

regularidad y seguridad en el trabajo.

Art. 40- Es obligación del empleador velar por la salud, seguridad e higiene de los

trabajadores a su cargo Igualmente, es su obligación garantizar os recursos

necesarios para implementar y ejecutar actividades permanentes en medicina

preventiva y del trabajo, y en higiene y seguridad industrial, de conformidad al

programa de salud ocupacional, y con el objeto de velar por la protección integral

del trabajador.

Art. 41- Los servicios médicos que requieran los trabajadores se prestarán por el

Instituto de Seguros Sociales en donde aquellos se hallan inscritos Estará a cargo

del empleador en aquellos Sitios en que dicha asistencia no sea prestada por tal

entidad.

Art. 42- Todo trabajador, desde el mismo día en que se sienta enfermo, deberá

comunicarlo al empleador, a su representante, o a quien haga sus veces, el cual

hará lo conducente para que sea examinado por el médico correspondiente, a fin

de que certifique si puede continuar o no en el trabajo, y en su caso determine la

incapacidad y el tratamiento a que el trabajador debe someterse Sí éste no diere

aviso dentro del término indicado. o no se sometiere al examen médico que se

haya ordenado, su inasistencia al trabajo se tendrá como injustificada para los

efectos a que haya lugar, a menos que demuestre que estuvo en absoluta

imposibilidad para dar el aviso y someterse al examen en la oportunidad debida.

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Art. 43- Los trabajadores deben someterse a las instrucciones y tratamiento que

ordena el médico que los haya examinado, así como a los exámenes y

tratamientos preventivos que para todos o algunos de ellos ordena la empresa en

determinados casos El trabajador que sin justa causa se negare a someterse a los

exámenes, instrucciones o tratamientos antes indicados, perderá el derecho a la

prestación en dinero por la incapacidad que sobrevenga a consecuencia de esa

negativa.

Art. 44- Los trabajadores deberán someterse a todas las medidas de higiene y

seguridad que prescriban las autoridades del ramo en general, y en particular a las

que ordene la empresa para prevención de las enfermedades y de los riesgos en

el manejo de las máquinas y demás elementos de trabajo especialmente para

evitar los accidentes de trabajo.

Art. 45- En caso de accidente de trabajo, el Jefe de la respectiva dependencia, o

su representante ordenará inmediatamente la prestación de los primeros auxilios,

la llamada al médico si lo tuviere, o uno particular si fuere necesario, tomará todas

las demás medidas que se impongan y que se consideren necesarias para reducir

al mínimo, las consecuencias del accidente.

Art. 46- En caso de accidente no mortal, aún el más leve o de apariencia

insignificante, el trabajador lo comunicará inmediatamente al empleador, a su

representante, o a quien haga sus veces, prevean la asistencia médica y

tratamiento oportuno y den cumplimiento a lo previsto en el artículo 220 del Código

Sustantivo del Trabajo. El médico continuará el tratamiento respectivo e indicará

las consecuencias del accidente y la fecha en que cese la incapacidad.

Art. 47- La empresa no responderá por ningún accidente de trabajo que haya sido

provocado deliberadamente o con culpa grave de la víctima. En este caso, solo

estará obligada a prestar los primeros auxilios. Tampoco responderá de la

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agravación que se presente en las lesiones o perturbaciones causadas por

cualquier accidente por razón de no haber dado el trabajador, el aviso oportuno

correspondiente o haberlo demorado sin justa causa.

Art. 48- De todo accidente se llevará registro en libro especial, con indicación de la

fecha, horas, sector y circunstancias en que ocurrió, nombre de los testigos

especiales. Si los hubiere, y un relato sucinto de lo que puedan declarar

Art. 49- En todo caso, en lo referente a los puntos de que trata este capítulo, tanto

la empresa como los trabajadores. se someterán a las normas pertinentes del

Código Sustantivo del Trabajo, la Resolución No. 1016 de 1989. expedida por el

Ministerio de Trabajo y S. S., y las demás que con tal fin se establezcan De la

misma manera, ambas partes están obligadas a sujetarse a la legislación vigente

sobre salud ocupacional, de conformidad a los términos estipulados en los

preceptos legales pertinentes.

CAPITULO XIII

Prescripciones de orden

Art. 50- Los trabajadores tienen como deberes los siguientes

a) Respeto y subordinación a los superiores.

b) Respeto a sus compañeros de trabajo.

c) Procurar competa armonía con sus superiores y compañeros de trabajo en las

relaciones personales y en la ejecución de labores.

d) Guardar buena conducta en todo sentido y obrar con espíritu de leal

colaboración en el orden moral y disciplina general de la empresa.

e) Ejecutar los trabajos que le confíen con honradez, buena voluntad y de la mejor

manera posible.

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f) Hacer las observaciones, reclamos y solicitudes a que haya lugar por conducto

del respectivo superior y de manera fundada comedida y respetuosa.

g) Ser verídico en todo caso.

h) Recibir y aceptar las órdenes, instrucciones y correcciones relacionadas con el

trabajo, el orden y la conducta en general, con su verdadera intención que es en

todo caso la de encaminar y perfeccionar los esfuerzos en provecho propio y de la

empresa en general.

i) Observar rigurosamente las medidas y precauciones que le indique su

respectivo Jefe para el manejo de las máquinas o instrumentos de trabajo, y

j) Permanecer durante la jornada de trabajo en el sitio o lugar en donde debe

desempeñar sus labores, siendo prohibido, salvo orden superior, pasar al puesto

de trabajo de otros compañeros.

Parágrafo - Los directores o trabajadores no pueden ser agentes de la autoridad

pública en los establecimientos o lugares de trabajo ni intervenir en la selección

del personal de la Policía, ni darle órdenes, ni suministrarle alojamiento o

alimentación gratuitos, ni darle dádivas (artículo 126, parágrafo. C.S.T)

Nota. Es viable que el empleador, según los requerimientos de las labores

desplegadas por la empresa establezca en este capítulo deberes adicionales o

diferentes a los enumerados en el presente modelo. En todo caso, tales

prescripciones no pueden afectar el honor, la dignidad y los derechos mínimos del

trabajador, al tenor del artículo primero, ordinal b) de la Ley 50 de 1990.

CAPITULO XIV

Art. 51- El orden jerárquico de acuerdo con los cargos existentes en la empresa,

es el siguiente

Parágrafo - De los cargos mencionados, tienen facultad para imponer sanciones

disciplinarias a los trabajadores de la empresa, los siguientes;

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[email protected]

CAPITULO XV

Labores prohibidas para mujeres y menores

Art. 52- Queda prohibido emplear a las mujeres en trabajo de pintura industrial,

que entrañen el empleo de la ceruza, del sulfato de plomo o de cualquier otro

producto que contenga dichos pigmentos. Tampoco ser empleadas en trabajos

subterráneos, salvo que se trate de una empresa en que están laborando los

miembros de una misma familia; las mujeres, cualquiera sea su edad, no pueden

trabajar en el lapso comprendido de las l0;00 de la noche a las 5.00 de la mañana,

en ninguna de las siguientes empresas:

a) Las minas, canteras e industrias extractivas de cualquier clase.

b) La construcción, reconstrucción, conservación, reparación, modificación,

demolición de edificio y construcción de toda clase de ferrocarriles, tranvías,

puertos, muelles, canales, instalaciones para la navegación interior, camiones,

túneles, puentes, viaductos, cloacas colectoras, cloacas ordinarias, pozos,

instalaciones telegráficas o telefónicas, instalaciones eléctricas, fábricas de gas,

distribución de agua u otros trabajos de construcción, así como las obras de

preparación y cimentación que proceden a los trabajos antes mencionados.

c) El transporte de personas o mercancías por carretera, ferrocarril o vías,

marítima o fluvial comprendida la manipulación de mercancías en los muelles,

embarcados y almacenes (artículo quinto, numeral primero, literales a, c y d;

artículo 11, Decreto 995 de 1968).

Parágrafo.- Trabajos prohibidos para menores de edad.

Los menores no podrán ser empleados en los trabajos que a continuación se

enumeran, por cuanto suponen exposición severa a riesgos para su salud o

integridad física;

lo. Trabajos que tengan que ver con sustancias tóxicas o nocivas para la salud.

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2o. Trabajos a temperaturas anormales o en ambientes contaminados o con

insuficiente ventilación.

3o. Trabajos subterráneos de minería de toda índole y en los que confluyen

agentes nocivos, tales como contaminantes, desequilibrios términos, deficiencia

de oxigeno a consecuencia de la oxidación o la gasificación.

4o. Trabajos donde el menor de edad está expuesto a ruidos que sobrepasen

ochenta (80) decibeles.

5o. Trabajos donde se tenga que manipular con sustancias radioactivas, pinturas

luminiscentes, rayos x, o que impliquen exposición a radiaciones ultravioletas,

infrarrojas y emisiones de radio frecuencia.

6o. Todo tipo de labores que impliquen exposición a corrientes eléctricas de alto

voltaje.

7o. Trabajos submarinos.

8o. Trabajo en basurero o en cualquier otro tipo de actividades donde se generen

agentes biológicos patógenos.

9o. Actividades que impliquen el manejo de sustancias explosivas, inflamables o

cáusticas,

10. Trabajos en pañoleros o fogoneros, en los buques de transporte marítimo.

11, Trabajos en pintura industrial que entrañen el empleo de la cerusa, del sulfato

de plomo o de cualquier otro producto que contenga dichos elementos.

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[email protected]

12. Trabajos en máquinas esmeriladoras, afilado de herramientas, en muelas

abrasivas de alta velocidad y en ocupaciones similares.

13. Trabajos en altos hornos, horno de fundición de metales, fábrica de acero,

talleres de laminación, trabajos de forja, y en presa pesada de metales.

14. Trabajos y operaciones que involucran la manipulación de cargas pesadas.

15. Trabajos relacionados con cambios, de correas de transmisión, aceite,

engrasado y otros trabajados próximos a transmisiones pesadas o de alta

velocidad.

16. Trabajos en cizañadoras, cortadoras, laminadoras, tornos, fresadoras,

troqueladoras, otras máquinas particularmente peligrosas.

17. Trabajos de vidrio y alfarería, trituración y mezclado de materia prima, trabajo

de hornos, pulido y esmerilado en seco de vidriería, operaciones de limpieza por

chorro de arena, trabajo en locales de vidria do y grabado, trabajos en la industria

cerámica.

18. Trabajo de soldadura de gas y arco, corte con oxigeno en tanques o lugares

confinados, en anda- mies o en molduras precalentadas.

19. Trabajos en fábricas en ladrillos, tubos y similares, moldeado de ladrillos a

mano, trabajo en las prensas y hornos de ladrillos Trabajo en aquellas

operaciones y/o procesos en donde se presenten altas temperaturas y humedad.

20. Trabajo en la industria metalúrgica de hierro y demás metales, en las

operaciones y/o procesos donde se desprenden vapores o polvos tóxicos y en

plantas de cemento.

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21. Actividades agrícolas o agroindustriales que impliquen alto riesgo para la

salud.

22. Las demás que señalen en forma específica los reglamentos del Ministerio de

Trabajo y Seguridad Social.

Parágrafo- Los trabajadores menores de dieciocho (18) años y mayores de

catorce (14), que cursen estudios técnicos en el Servicio Nacional de Aprendizaje

o en un instituto técnico especializado reconocido por el Ministerio de Educación

Nacional o en una institución del Sistema Nacional de Bienestar Familiar

autorizada para el efecto por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, o que

obtenga el certificado de aptitud profesional expedido por el Servicio Nacional de

Aprendizaje “SENA” podrán ser empleados en aquellas operaciones, ocupaciones

o procedimientos señalados en este artículo, que a juicio del Ministerio de Trabajo

y Seguridad Social pueden ser desempeñados sin grave riesgo para la salud o a

integridad física del menor mediante un adecuado, entrenamiento y la aplicación

de medidas de seguridad que garanticen plenamente la prevención de los riesgos

anotados. Quedan prohibidos a los trabajadores menores de dieciocho (18) años

todo trabajo que afecte su moralidad. En especial le está prohibido el trabajo en

casas de lenocinio y demás lugares de diversión donde se consuma bebidas

alcohólicas. De igual modo se prohíbe su contratación para la reproducción de

escenas pornográficas, muertes violentas, apología del delito u otros semejantes.

Nota. En la consignación de las labores prohibidas para mujeres y menores de

edad en el proyecto de Reglamento Interno de Trabajo, solo se deberán tener en

cuenta aquellas actividades que estando incluidas en el presente artículo,

correspondan o estén relacionadas con la actividad u objeto de la empresa Así por

ejemplo, en el Reglamento Interno de Trabajo de una ferretería, resultaría

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inoficioso e improcedente incluir, entre las labores prohibidas para los menores los

“trabajos submarinos” (numeral 7o del parágrafo). O los trabajos “en altos hornos,

horno de fundición de metales, etc.” (numeral 13 del parágrafo).

CAPITULO XVI

Obligaciones especiales para el empleador y los trabajadores

Art. 53- Son obligaciones especiales del empleador:

lo Poner a disposición de los trabajadores, salvo estipulación en contrario, los

instrumentos adecuados y las materias primas necesarias para la realización de

las labores.

2o Procurar a los trabajadores locales apropiados y elementos adecuados de

protección contra accidentes y enfermedades profesionales en forma que se

garantice razonablemente la seguridad y la salud.

3o Prestar de inmediato los primeros auxilios en caso de accidentes o

enfermedad. Para este efecto e establecimiento mantendrá lo necesario según

reglamentación de las autoridades sanitarias.

4o Pagar la remuneración pactada en las condiciones, períodos y lugares

convenidos.

5o. Guardar absoluto respeto a la dignidad personal del trabajador, sus creencias

y sentimientos.

6o Conceder al trabajador las licencias necesarias para os fines y en los términos

indicados en el artículo 32 de este reglamento.

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[email protected]

7o Dar al trabajador que los solicite, a la expiración del contrato, una certificación

en que conste el tiempo de servicio, índole de la labor y salario devengado, e

igualmente si el trabajador lo solicita, hacerle practicar examen sanitario y darle

certificación sobre el particular si al ingreso o durante la permanencia en el trabajo

hubiere sido sometido a examen médico Se considera que el trabajador por su

culpa elude, dificulta o dilata el examen, cuando transcurridos cinco (5) días a

partir de su retiro no se presenta donde el médico respectivo para las prácticas del

examen, a pesar de haber recibido la orden correspondiente.

8o Pagar al trabajador los gastos razonables de venida y regreso, si para prestar

su servicio lo hizo cambiar de residencia, salvo si la terminación del contrato se

origina por culpa o voluntad del trabajador.

Si el trabajador prefiere radicarse en otro lugar el empleador le cebe costear su

traslado hasta concurrencia de los gastos que demandarla su regreso al lugar

donde resida anteriormente.

En los gastos de traslado del trabajador, se entienden comprendidos los de

familiares que con él convivieren.

9o Abrir y llevar al día los registros de horas extras y de trabajadores menores que

ordena la ley

10 Conceder a las trabajadoras que estén en periodos de lactancia los descansos

ordenados por el artículo 238 del Código Sustantivo del Trabajo

11 Conservar el puesto a las empleadas que estén disfrutando de los descansos

remunerados a que se refiere el numeral anterior o por licencia de enfermedad

motivada en el embarazo o parto No producirá efecto alguno el despido que el

empleador comunique a la trabajadora en tales periodos o que si acude a sin

preaviso éste expire durante los descansos o licencias mencionadas

12 Llevar un registro de inscripción de todas las personas menores de edad que

emplee con indicación de la fecha de nacimiento de las mismas.

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[email protected]

13 Cumplir este reglamento y mantener el orden, la moralidad y el respeto a las

leyes

14 Además de las obligaciones especiales a cargo del empleador, éste garantizará

el acceso del trabajador menor de edad a la capacitación laboral y concederá

licencia no remunerada cuando la actividad escolar así lo requiera Será también

obligación de su parte, afiliar al Instituto de Seguros Sociales a todos los

trabajadores menores de edad que laboren a su servicio lo mismo que

suministrarles cada cuatro (4) meses en forma gratuita, un par de zapatos y un

vestido de labor, teniendo en cuenta que la remuneración mensual sea hasta dos

veces el salario mínimo vigente en la empresa (artículo 57. C.S.T.)

Art. 54- Son obligaciones especiales del trabajador:

lo Realizar personalmente la labor en los términos estipulados, observar los

preceptos de este reglamento y acatar y cumplir las órdenes e instrucciones que

de manera particular le imparta la empresa o sus representantes según el orden

jerárquico establecido.

2o No comunicar a terceros, salvo autorización expresa. las informaciones que

sean de naturaleza reservada y cuya divulgación pueda ocasionar perjuicios a la

empresa lo que no obsta para denunciar delitos comunes o violaciones del

contrato o de las normas legales de trabajo ante las autoridades competentes.

3o Conservar y restituir en buen estado, salvo deterioro natural, los instrumentos y

útiles que les hayan facilitado y las materias primas sobrantes.

4o Guardar rigurosamente la moral en las relaciones con sus superiores y

compañeros

5o Comunicar oportunamente a la empresa las observaciones que estimen

conducentes a evitarle daños y perjuicios.

6o Prestar la colaboración posible en caso de siniestro o riesgo inminentes que

afecten o amenacen las personas o las cosas de la empresa.

7o Observar las medidas preventivas higiénicas prescritas por el médico de la

empresa o por las autoridades del ramo y observar con suma vigencia y cuidado

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[email protected]

as instrucciones y órdenes preventivas de accidentes o de enfermedades

profesionales.

8o. Registrar en las oficinas de la empresa su domicilio y dirección y dar aviso

oportuno de cualquier cambio que ocurra (artículo 58, C.S.T.).

CAPITULO XVII

Prohibiciones especiales para la empresa y trabajadores

Art. 55- Se prohíbe a la empresa

lo Deducir retener o compensar suma alguna del monto de los salarios y

prestaciones en dinero que corresponda a los trabajadores sin autorización previa

de éstos para cada caso o sin mandamiento judicial con excepción de los

siguientes:

a) Respecto de salarios pueden hacerse deducciones, retenciones o

compensaciones en los casos autorizados por los artículos 113, 150, 151 152 y

400 del Código Sustantivo de Trabajo.

b) Las cooperativas pueden ordenar retenciones hasta de 50% cincuenta por

ciento de salarios y prestaciones, para cubrir sus créditos, en la forma y en los

casos que la ley tos autorice.

c) El Banco Popular, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 24 de 1952, puede

igualmente ordenar retenciones hasta de un cincuenta por ciento (50%) de salario

y prestaciones, para cubrir sus créditos en la forma y en los casos en que la ley lo

autoriza.

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[email protected]

d) En cuanto a la cesantía y las pensiones de jubilación, la empresa puede retener

el valor respectivo en los casos de los artículos 250 y 274 del Código Sustantivo

del Trabajo.

2o Obligar en cualquier forma a los trabajadores a comprar mercancías o víveres

en almacenes que establezca la empresa.

3o Exigir o aceptar dinero del trabajador como gratificación para que se admita en

el trabajo o por otro motivo cualquiera que se refiera a las condiciones de éste.

4o Limitar o presionaren cualquier forma a los trabajadores en el ejercicio de su

derecho de asociación.

5o Imponer a los trabajadores obligaciones de carácter religiosos o político o

dificultarles o impedirles el ejercicio del derecho al sufragio.

6o Hacer, o autorizar propaganda política en los sitios de trabajo.

7o Hacer o permitir todo género de rifas, colectas o suscripciones en los mismos

sitios.

8o Emplear en las certificaciones de que trata el ordinal 7o. del artículo 57 del

Código Sustantivo de trabajo signos convencionales que tiendan a perjudicar a los

interesados o adoptar el sistema de lista negra cualquiera que sea la modalidad

que se utilice para que no se ocupe en otras empresas a los trabajadores que se

separen o sean separados de servicio.

9o Cerrar intempestivamente la empresa Si lo hiciera además de incurrir en

sanciones legales deberá pagar a los trabajadores los salarios, prestaciones e

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[email protected]

indemnizaciones por el lapso que dure cerrada la empresa Así mismo cuando se

compruebe que el empleador en forma ilegal ha retenido o disminuido

colectivamente los salarios a los trabajadores, la cesación de actividades de estos,

será imputable a aquel y les dará derecho a reclamar los salarios

correspondientes al tiempo de suspensión de labores.

10 Despedir sin justa causa comprobada a los trabajadores que les hubieren

presentado pliego de peticiones desde la fecha de presentación del pliego y

durante los términos legales de las etapas establecidas para el arreglo del

conflicto.

11 Ejecutar o autorizar cualquier acto que vulnere o restrinja los derechos de los

trabajadores o que ofenda su dignidad (artículo 59, C.S.T.)

Art. 56- Se prohíbe a los trabajadores:

lo Sustraer de la fábrica, taller o establecimiento los útiles de trabajo, las materias

primas o productos elaborados sin permiso de la empresa.

2o Presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de

narcótico o de drogas enervantes.

3o. Conservar armas de cualquier clase en el sitio de trabajo a excepción de las

que con autorización legal puedan llevar los celadores.

- Las multas que se prevean solo pueden imponerse por retardos o faltas al

trabajo sin excusa suficiente.

- Tales multas no pueden exceder de la 1/5 parte del salario de un día.

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[email protected]

- Cuando la sanción consista en suspensión del trabajo ésta no puede exceder

de ocho (8) días por la primera vez ni de dos 12> meses en caso de reincidencia

de cualquier grado.

- En ningún caso las sanciones disciplinarias podrán consistir en penas

corporales ni en medidas lesivas de la dignidad del trabajador

- La tipificación de faltas. graves o leves, puede realizarse libremente, siempre y

cuando tales faltas no menoscaben el honor a dignidad y los derechos mínimos de

los trabajadores ( Art. primero ordinal u Ley 50 de 1990 )

CAPITULO XIX

Procedimientos para comprobación de fallas y formas de aplicación de las

sanciones disciplinarias

Art. 57.- Antes de aplicarse una sanción disciplinaria. el empleador deberá oír al

trabajador inculpado directamente y sí éste es sindicalizado deberá estar asistido

por dos representantes de la organización sindical a que pertenezca En todo caso

se dejará constancia escrita de os hechos y de la decisión de la empresa de

imponer o no la sanción definitiva (artículo 115 C.S.T.)

Art. 58.- No producirá efecto alguno la sanción disciplinaria impuesta con violación

del trámite señalado en el anterior artículo (artículo 115, C.S.T.)

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[email protected]

CAPITULO XX

Reclamos personas ante quienes deben presentarse y su tramitación

Art. 59.- Los reclamos de los trabajadores se harán ante la persona que ocupe en

la empresa el cargo de - quien los oirá y resolverá en justicia y equidad.

Art. 60.- Se deja claramente establecido que para efectos de los reclamos a que

se refieren los artículos anteriores, el trabajador o trabajadores pueden asesorarse

del sindicato respectivo.

Parágrafo.- En la Empresa..............existen prestaciones adicionales a las

legalmente obligatorias.

CAPITULO XXI

Publicaciones

Art. 61.- Dentro de los quince (15) días siguientes al de la notificación de la

resolución aprobatoria del presente reglamento. el empleador debe publicarlo en el

lugar de trabajo, mediante la fijación de dos (2) copias de caracteres legibles, en

dos (2) sitios distintos Si hubiera varios lugares de trabajo separados la fijación

debe hacerse en cada uno de ellos Con el Reglamento debe fijarse la resolución

aprobatoria (artículo 120, C.S.T.)

CAPITULO XXII

Vigencia

Art. 62.- El presente Reglamento entrará a regir ocho (8) días después de su

publicación hecha en la forma prescrita en el artículo anterior de este Reglamento

(artículo 121 C.S.T.).

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[email protected]

CAPITULO XXIII

Disposiciones finales

Art. 63.- Desde la fecha que entra en vigencia este reglamento, quedan sin efecto

las disposiciones del reglamento que antes de esta fecha, haya tenido la empresa.

CAPITULO XXIV

Cláusulas ineficaces

Art. 64.- No producirá ningún efecto las cláusulas del reglamento que desmejoren

las condiciones del trabajador en relación con lo establecido en las leyes,

contratos individuales, pactos, convenciones colectivas o fallos arbítrales los

cuales sustituyen las disposiciones del reglamento en cuanto fueren más

favorables al trabajador (artículo 109, C.S.T.).

CIUDAD DIRECCION DEPARTAMENTO

....................... ............................. ...............................

FECHA

.......................

FIRMA Y SELLO .....................................

Tomado de:

http://74.125.47.132/search?q=cache:CUGSRGWMT9IJ:www.dmsjuridica.com/MINUTAS%2520Y

%2520MODELOS/LABORAL/ESTATUTOS/REGLAMENTO%2520INTERNO%2520DE%2520TRA

BAJO.doc+MODELO+DE+REGLAMENTO+INTERNO+DE+TRABAJO&cd=3&hl=es&ct=clnk&gl=co

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288

[email protected]

Reglamento de higiene y seguridad industrial

El reglamento de higiene y seguridad industrial es una obligación vigilada por el

Ministerio de la Protección Social, a la que deben dar cumplimiento los

empleadores que tengan a su servicio diez (10) o más trabajadores permanentes.

El plazo para la realización de estos reglamentos es de tres (3) meses después de

iniciadas las labores de la empresa; y una vez aprobado, se debe publicar en,

mínimo, dos lugares visibles del lugar de trabajo.

El reglamento de higiene y seguridad industrial debe contener normas referentes a

la protección de higiene personal de los trabajadores, prevención de accidentes y

enfermedades, servicio médico, normas especiales en caso de empresas mineras

y petroleras, higiene en las empresas agrícolas, ganaderas y forestales, entre

otras disposiciones contenidas en el artículo 350 del Código Sustantivo de

Trabajo.

Modelo para la elaboración del reglamento de higiene y seguridad industrial

REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL

La empresa........................................ Identificación..................................

Ciudad........................, Departamento........................,

Dirección............................, Teléfono............................

Sucursales o agencias: Si...... No...... Número y cuya actividad económica consiste

en.............................................................

Expide el presente reglamento, contenido en los siguientes términos:

Art. 1o.- La empresa se compromete a dar Cumplimiento a las disposiciones

legales vigentes, tendientes a garantizar los mecanismos que aseguren una

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[email protected]

adecuada y oportuna prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades

profesionales, de conformidad con los artículos 34, 57, 58, 108, 205, 206, 217,

220, 221, 282, 283, 348, 349, 350 y 351 del Código Sustantivo del Trabajo, la Ley

9a. de 1979. Resolución 2400 de 1979, Decreto 614 de 1984, Resolución 2013 de

1986, Resolución 1016 de 1989, Resolución 6398 de 1991 y demás normas que

con tal fin se establezcan.

Art. 2o.- La empresa se obliga a promover y garantizar la constitución y

funcionamiento del Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, de

conformidad con lo establecido por el Decreto 614 de 1984, Resolución 2013 de

1986 y Resolución 1016 de 1989.

Art. 3o.- La empresa se compromete a destinar los recursos necesarios para

desarrollar actividades permanentes, de conformidad con el programa de salud

ocupacional, elaborado de acuerdo con el Decreto 614 de 1984 y la Resolución

1016 de 1989, el cual contempla, como mínimo, los siguientes aspectos:

a) Subprograma de medicina preventiva y del trabajo, orientado a promover y

mantener el más alto grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores,

en todos los oficios, prevenir cualquier daño a su salud, ocasionado por las

condiciones de trabajo, protegerlos en su empleo de los riesgos generados por la

presencia de agentes y procedimientos nocivos: colocar y mantener al trabajador

en una actividad acorde con sus aptitudes fisiológicas y psicosociales.

b) Subprograma de higiene y seguridad industrial, dirigido a establecer las mejores

condiciones de saneamiento básico industrial y a crear los procedimientos que

conlleven a eliminar o controlar los factores de riesgo que se originen en los

lugares de trabajo y que puedan ser causa de enfermedad, disconfort o accidente.

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[email protected]

Art. 4o.- Los riesgos existentes en la empresa, están constituidos, principalmente

por:...........................

Parágrafo.- A efecto de que los riesgos contemplados en el presente artículo, no

se traduzcan en accidente de trabajo o enfermedad profesional, la empresa ejerce

su control en la fuente, en el medio transmisor o en el trabajador. de conformidad

con lo estipulado en el programa de salud ocupacional de la empresa, el cual se

da a conocer a todos los trabajadores al servicio de ella.

Art. 5o- La empresa y sus trabajadores darán estricto cumplimiento a las

disposiciones legales, así como a las normas técnicas e internas que se adopten

para lograr la implantación de las actividades de medicina preventiva y del trabajo,

higiene y seguridad industrial, que sean concordantes con el presente reglamento

y con el programa de salud ocupacional de la empresa.

Art. 6o.- La empresa ha implantado un proceso de inducción del trabajador a las

actividades que deba desempeñar, capacitándolo respecto a las medidas de

prevención y seguridad que exija el medio ambiente laboral y el trabajo específico

que vaya a realizar.

Art. 7o.- Este reglamento permanecerá exhibido en por lo menos dos lugares

visibles de los locales de trabajo, junto con la Resolución aprobatoria, cuyos

contenidos se dan a conocer a todos los trabajadores en el momento de su

ingreso.

Art. 8o.- El presente reglamento entra en vigencia partir de la aprobación

impartida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y durante el tiempo que

la empresa conserve, sin cambios sustanciales, las condiciones existentes en el

momento de su aprobación, tales como actividad económica, métodos de

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291

[email protected]

producción, instalaciones locativas o cuando se dicten disposiciones

gubernamentales que modifiquen las normas del reglamento o que limiten su

vigencia.

Representante legal,

Firma...............

C.C. No. ........................ de......................

Sello

Minuta de contrato de prestación de servicios profesionales e

independientes

Contrato de prestación de servicios profesionales independientes de

administración

Entre nosotros, “Agrupación residencial.............”, entidad sin ánimo de lucro, con

personería jurídica número............. de fecha............., de la Alcaldía de la Zona

de............., con domicilio principal en............., en la calle............. N° .............,

representada para este acto por el Presidente del Consejo de Administración

............., mayor y de esta vecindad, identificado con la cédula de ciudadanía N0

............. expedida en ............., plenamente facultado por medio del Acta número

............. de fecha ............. del Consejo de Administración y quien en adelante se

llamará la contratante, por una parte, y por la otra ............., mayor y de esta

vecindad, identificada con la cédula de ciudadanía N0 ............. expedida en

............. quien para los efectos de este Contrato se denominará la contratista,

acordamos celebrar el contrato de prestación de servicios profesionales

independientes de administración, regido por las siguientes cláusulas:

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[email protected]

Primera. Objeto. La contratista en calidad de Administradora se obliga para con la

contratante a coordinar, desarrollar y ejecutar los planes y programas de

conformidad con el presupuesto vigente para el año de............. Para dichos

efectos y conforme al Reglamento de Propiedad Horizontal y leyes y decretos

aplicables al respecto, la contratista será la Representante Legal de la contratante,

dentro de los parámetros fijados por las normas ya aludidas.

Segunda. Plazo. El plazo para la ejecución de este Contrato es hasta el 31 de

diciembre de ............., a partir del día ............. de ............. de ............., el cual

podrá prorrogarse por acuerdo entre las partes con antelación a la fecha de su

expiración mediante la celebración de un Contrato Adicional que deberá constar

por escrito, previa Acta del Consejo de Administración que así lo autorice.

Tercera. Precio. El precio del Contrato es por la suma de............. pesos

($.............), mensuales, los cuales serán pagados por la contratante el último día

de cada mes en que haya prestado el servicio al contratista, previa la presentación

de la cuenta de cobro correspondiente.

Cuarta. Obligaciones de la contratante. a) Facilitar el acceso a la información

que sea necesaria, de manera oportuna, para la debida ejecución de este

Contrato; b) Pagar el valor del Contrato dentro de los términos, cuantías y

condiciones ya estipuladas; c) Las demás de ley.

Quinta. Obligaciones a cargo de la contratista. La contratista deberá cumplir en

forma eficiente y oportuna la labor encomendada conforme a las necesidades del

servicio. Además de ellas, deberá cumplir las siguientes: a) Cumplir con los

deberes que el Cargo demande conforme al Reglamento de Propiedad Horizontal,

las leyes y decretos vigentes. b) Representar a la contratante conforme a la ley,

decretos y al Reglamento de Propiedad Horizontal, que se presumen son

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293

[email protected]

conocidos a cabalidad por las Partes. c) Las demás que sean necesarias para el

buen desarrollo de este Contrato.

Sexta. Vigilancia. La contratante directamente o a través de terceras personas

facultadas para ello por el Consejo de Administración, supervisará el servicio

profesional encomendado en este contrato y podrá formular las observaciones del

caso con el fin de ser analizadas conjuntamente con la contratista y efectuar las

correcciones o modificaciones a que hubiere lugar.

Séptima. Independencia de la contratista. La contratista efectuará personal y

autónomamente el cumplimento de su jornada diaria de acuerdo con las

necesidades que el servicio exija.

Octava. Exclusión de relación laboral. Las partes acuerdan expresamente que

no habrá ninguna relación de carácter laboral entre la contratante y la contratista ni

el personal que esta última utilice en la ejecución de este contrato o con terceros,

salvo previa autorización escrita de la contratante.

Novena. Cesión. La contratista no podrá ceder parcial ni totalmente la ejecución

de este Contrato, salvo autorización expresa de la contratante.

Décima. Terminación del contrato. El presente Contrato podrá darse por

terminado por mutuo acuerdo de las partes; por vencimiento del término del

mismo; o en forma unilateral por el incumplimiento de las obligaciones que

emanen de este Contrato.

Decima primera. Domicilio contractual. Para todos los efectos de ley, el

domicilio contractual es la ciudad de............., y las notificaciones serán recibidas

por las partes en las siguientes direcciones: La contratante.............; la

contratista.............

Page 294: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

294

[email protected]

Decima segunda. Ciudad y fecha. El presente Contrato se firma por las partes

en dos originales del mismo tenor y ante dos testigos hábiles, a los............., en la

ciudad de.............

La contratante,............. C.C. N0............. de.............

Presidente del Consejo de Administración

La contratista,............. ............. C.C. No............. de.............

Testigos:

............. ............. ............. .............

C.C. N0............. de............. C.C. N0............. de.............

Dirección: Tel.: Dirección: Tel.:

Prestaciones sociales a cargo exclusivo del empleador

Prima de servicios

¿Qué empresas están obligadas a pagar la prima de servicios?

Todas las empresas de carácter permanente están obligadas a pagar a cada uno

de sus trabajadores, excepto a los ocasionales o transitorios, una prima de

servicios como prestación especial.

Page 295: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

295

[email protected]

TIPO DE EMPRESA PRIMA DE SERVICIOS

Empresas con un capital

menor de doscientos mil

pesos ($ 200.000)

Quince (15) días de salario, entregado de la

siguiente forma: una semana el último día de junio

y otra semana en los primeros veinte (20) días de

diciembre., pagadero por semestres del

calendario, a quienes hubieran trabajado todo el

respectivo periodo, o proporcionalmente al tiempo

trabajado.

Empresas con un capital de

doscientos mil pesos ($

200.000) o mayor

Un (1) mes de salario, entregado por semestres

del calendario de la siguiente forma: una quincena

el último día de junio y otra en los primeros veinte

(20) días de diciembre, a quienes hubieran

trabajado todo el respectivo periodo o

proporcionalmente al tiempo trabajado.

Calzado y vestido de labor

¿En qué consiste la obligación de suministrar calzado y vestido al

trabajador?

La dotación de calzado y vestido de labor, es una obligación del empleador

establecida en el artículo 230 del Código Sustantivo de Trabajo que consiste en

proveer de forma gratuita, cada cuatro (4) meses, un (1) par de zapatos y un (1)

vestido de labor a los trabajadores permanentes de la empresa, cuyo salario sea

hasta dos (2) veces el salario mínimo más alto vigente y siempre que éste haya

cumplido más de tres (3) meses de labores.

Page 296: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

296

[email protected]

El vestido de labor que debe suministrar el empleador, incluye los implementos de

seguridad industrial requeridos por los trabajadores que desarrollen trabajos de

este tipo; asimismo, los trabajadores están en la obligación de usarlos para

protegerse contra los riesgos a los que se vean expuestos.

Auxilio de cesantía

¿Cuáles son los sistemas de liquidación de cesantías?

El auxilio de cesantías se encuentra sometido a dos sistemas diferentes desde el

1º de enero de 1991: sistema tradicional y sistema de liquidación definitiva anual.

Estos dos sistemas exceptúan a las personas que reciben más de diez (10)

salarios mínimos mensuales legales y se acogen al salario integral; es decir,

aquellas que pactan un salario que además de cubrir el trabajo realizado, supla el

valor de las prestaciones, recargos (trabajo nocturno, dominical y festivo), primas y

cesantías.

Sistema de liquidación tradicional de cesantías

Beneficiarios

Trabajadores vinculados por contrato

de trabajo antes del 1 de enero de

1991, quienes tienen derecho, una vez

terminado el contrato, a un mes de

salario por cada año de servicios, como

auxilio de cesantías.

Page 297: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

297

[email protected]

Tiempo para liquidar

Con carácter definitivo a la terminación

del contrato de trabajo y cuando el

trabajo opta por el salario integral

Con carácter parcial, pero definitivo, por

prestación del servicio militar por parte

del trabajador y ocasionalmente en los

casos de sustitución patronal.

Con carácter parcial, pero como simple

anticipo, para adquirir, construir mejorar

y liberar bienes raíces destinado a

vivienda.

Base de liquidación Para liquidar el auxilio de cesantía se

debe tomar como base el último salario

mensual, siempre que no haya tenido

variaciones en los tres meses

anteriores. En el caso de los salarios

variables, se toma como base el

promedio mensual del salario en el

último año o en todo el tiempo (si fuera

menor de un año) de servicios.

Page 298: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

298

[email protected]

Sistema de liquidación definitiva anual de cesantías

Beneficiarios

Trabajadores nuevos vinculados por

contratos de trabajo a partir del 1 de

enero de 1991 y los antiguos que se

acojan a él voluntariamente.

Tiempo para liquidar

El 31 de diciembre de cada año, en una

cuenta individual a nombre del

trabajador, el empleador debe liquidar

en forma definitiva la cesantía, por la

anualidad o por la fracción

correspondiente.

Retiro de las cesantías Por terminación del contrato de trabajo.

En el evento en que la legislación

vigente autoriza su liquidación y pago

parcial para la financiación de vivienda.

Para pagar los gastos de matrícula del

trabajador, cónyuge, compañera (o)

permanente y sus hijos, por concepto

de estudios de educación superior.

Page 299: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

299

[email protected]

Intereses sobre la cesantía

¿Existe obligación de pagar intereses sobre cesantías?

De acuerdo a lo establecido en el artículo 1º de la Ley 52 de 1975, todos los

empleadores están obligados a pagar el 12% anual de intereses sobre los saldos

de las cesantías que los trabajadores tengan a su favor el treinta y uno (31) de

diciembre de cada año, o al momento de retiro definitivo del trabajador o de

liquidación parcial de las mismas.

En caso de que el empleador no cancele los intereses correspondientes, debe

indemnizar al afectado, por una sola vez, con un valor adicional igual al de los

intereses causados.

Vacaciones

Según el Capítulo IV, que se refiere a vacaciones anuales remuneradas, del

Código Sustancial de Trabajo, todos los trabajadores que hayan laborado durante

un (1) año consecutivo tienen derecho a quince (15) días hábiles remunerados de

vacaciones. Los días hábiles, en el caso de los trabajadores que no laboren el día

sábado, aunque este día se cuenta como hábil, no debe contabilizarse como tal en

el cómputo del tiempo vacacional.

Las vacaciones no pueden acumularse por completo, es decir, el trabajador debe

gozar por lo menos de seis (6) días hábiles continuos y pactar el acumulado de los

días restantes, hasta por (2) dos años.

En la sistematización de días laborados, pueden descontarse los períodos de

suspensión como huelgas, suspensión disciplinaria y faltas al trabajo no

Page 300: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

300

[email protected]

justificadas. La licencia de maternidad suspende las vacaciones, así la

trabajadora reanudará el tiempo faltante una vez termine dicha licencia.

El empleador debe fijar la época de vacaciones a más tardar dentro del año

subsiguiente, dando aviso al trabajador con quince (15) días de anticipación, y

ellas deben ser condicionadas oficiosamente o a petición del trabajador, sin

perjudicar el servicio y la efectividad del descanso.

Auxilio de transporte

El auxilio de transporte es una cuota económica que los empleadores y empresas

(sin consideración de capital) entregan a sus trabajadores, exclusivamente por los

días trabajados, en algunos municipios determinados por el gobierno, dado

generalmente donde exista transporte urbano, para que éstos se movilicen de su

residencia hasta el lugar de trabajo. Cuando el empleador contrata directamente el

transporte, dicho subsidio económico queda reemplazado.

Anualmente el gobierno expide un decreto en el que señala el valor del auxilio.

Para el año 2009, por ejemplo, el valor decretado fue de cincuenta y nueve mil

trescientos pesos ($ 59.300) que deben ser entregados a servidores públicos y

trabajadores particulares que reciban hasta dos veces el salario mínimo mensual

legal.

Obligaciones laborales periódicas de los empresarios

Aportes parafiscales de los empresarios

Los aportes parafiscales son contribuciones que deben realizar los empleadores,

ya sean personas jurídicas o naturales, privadas o públicas, sin límite de capital, o

Page 301: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

301

[email protected]

número de trabajadores, que tengan uno o más empleados permanentes, a

entidades como el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF, el SENA

Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA y las cajas de compensación familiar.

El aporte parafiscal corresponde al nueve por ciento (9%) sobre el valor completo

de la nómina que pagan mensualmente los empresarios y se divide de la siguiente

manera: tres por ciento (3%) para el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -

ICBF, el dos por ciento (2%) para el Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA y

cuatro por ciento (4%) para las cajas de compensación familiar.

En cuanto al pago de los aportes parafiscales por parte de las Mipymes (Micro,

pequeñas y medianas empresas) el artículo 43 de la Ley 590 del 10 de julio del

2000, establece que el primer año sólo deberán pagar el setenta y cinco por

ciento (75%) del aporte, para el segundo año el cincuenta por ciento (50%) y para

el tercer año el veinticinco por ciento (25%); a partir del cuarto año el nueve por

ciento (9%) completo sobre el valor de la nómina.

Es necesario presentar una solicitud ante la Dirección de Impuestos y Aduanas

Nacionales – DIAN, en la que se exprese la intención de acogerse al beneficio.

APORTES PARAFISCALES

Entidades Concepto

Son entidades privadas sin ánimo de lucro, controladas

y vigiladas por el Estado en la forma establecida por la

ley. Algunas de las funciones de las cajas de

compensación familiar consisten en recaudar, distribuir

y pagar los aportes destinados al subsidio familiar, al

Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA y a otras

entidades; organizar y administrar los programas que

Page 302: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

302

[email protected]

CAJAS DE

COMPENSACIÓN

FAMILIAR

se establezcan para el pago del subsidio familiar en

especie (alimentos, vestidos, becas de estudio, textos

escolares, drogas y demás frutos o géneros diferentes

al dinero) o servicios; entre otras.

El subsidio familiar, la principal responsabilidad de las

Cajas de compensación familiar, es una prestación

social que se paga en dinero, especie y servicios a los

trabajadores que tengan personas a cargo y no ganen

más de cuatro (4) salarios mínimos mensuales legales.

Este subsidio debe pagarse, por cada persona menor

de dieciocho (18) años que el trabajador tenga a cargo,

aún durante los permisos remunerados, las

incapacidades y las vacaciones, pues no constituye

salario.

SENA

Servicio Nacional de

Aprendizaje

Es un establecimiento público de orden Nacional, con

patrimonio propio e independiente, adscrito al Ministerio

de la Protección Social. Algunas de sus funciones están

encaminadas a impulsar la promoción social del

trabajador, a través de su formación profesional

integral, para hacer de él un ciudadano útil y

responsable; organizar, desarrollar, administrar y

ejecutar programas de formación profesional integral;

velar porque en los contenidos de los programas de

formación profesional se mantenga la unidad técnica;

Page 303: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

303

[email protected]

entre otras funciones contempladas en el artículo 4º de

la Ley 119 de 1994.

El patrimonio de esta entidad está conformado, entre

otras cosas, por los bienes que posee y los que

adquiera a cualquier título; los ingresos generados en la

venta de productos y servicios como resultado de

acciones de formación profesional integral y desarrollo

tecnológico; y por los aportes de los empleadores para

la inversión en el desarrollo social y técnico de los

trabajadores.

ICBF

Instituto Colombiano de

Bienestar Familiar

Según la Ley 89 de 1988, es un establecimiento público

de orden Nacional adscrito al Ministerio de Salud

Pública con el cual se busca satisfacer

permanentemente las necesidades de la sociedad con

respecto a la realización armónica de la familia, la

prevención preventiva y especial de los menores

desamparados.

Afiliación y aportes a la seguridad social

La seguridad social es un servicio de carácter público y obligatorio, dirigido y

coordinado por el Estado, que debe ser prestado por las entidades públicas o

privadas según lo establecido por la Ley.

Todo lo relacionado con seguridad social, se encuentra actualmente regulado por

la Ley 100 de 1993. La esencia de este sistema, radica en garantizar la cobertura

de las prestaciones de carácter económico, de salud y servicios complementarios.

Page 304: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

304

[email protected]

Es obligación de todo empleador, afiliar a sus trabajadores al Sistema de

seguridad social integral; así, éstos y los familiares que vivan bajo su dependencia

(cónyuge, ascendientes, descendientes, hijos adoptivos, hermanos menores e

incapacitados), podrán beneficiarse.

El pago de las cotizaciones a la seguridad social corresponde al empleador, quien

descontará del salario total de los trabajadores, la parte con la que deben

contribuir.

Afiliación al sistema general de pensiones

El sistema general de pensiones es una obligación conferida a todos los

trabajadores dependientes e independientes, que tiene por objeto garantizar a

éstos, el amparo contra posibles eventos derivadas de la vejez, la invalidez y la

muerte, a través del reconocimiento de pensiones y prestaciones.

Este sistema está conformado por dos regímenes que pueden ser escogidos

libremente por el afiliado: el régimen solidario de prima media con prestación

definida, mediante el cual los afiliados o sus beneficiarios reciben la pensión de

vejez, invalidez o de sobrevivientes, independientemente del monto de las

cotizaciones que se hayan acumulado hasta la fecha; y el régimen de ahorro

individual con solidaridad, por medio del cual los aportes realizados durante la vida

activa y sus rendimientos se capitalizan en forma individual de un fondo privado

para el pago de las respectivas pensiones.

La afiliación a este sistema, la debe realizar el empleador diligenciando el

formulario que otorgan las entidades administradoras. Para el 2009, el monto de

cotización al sistema general de pensiones es del dieciséis (16) por ciento sobre el

ingreso del trabajador. Los afiliados con ingresos mensuales iguales o superiores

Page 305: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

305

[email protected]

a cuatro (4) salarios mínimos mensuales legales, adicionalmente, deben pagar el

uno (1) por ciento, destinado al fondo de solidaridad pensional.

Afiliación al sistema general de salud

El sistema general de salud es un servicio obligatorio, público y esencial, que tiene

por objeto garantizar el acceso de todos los colombianos al desarrollo, cuidado y

atención de salud. Es dirigido, controlado y vigilado por el Estado, representado

por el Presidente de la República y el Ministerio de Salud.

Todos los colombianos, de acuerdo al artículo 157 de la Ley 100 de 1993, deben

participar en el servicio público esencial de salud, ya sea afiliado al régimen

contributivo, o al régimen subsidiado.

El Régimen contributivo está dirigido a los trabajadores, dependientes e

independientes; el pago total realizado por el empleador y el trabajador en este

régimen, según el salario recibido, es del 12.5 por ciento, dividido de la siguiente

forma, 8.5 por ciento le corresponde al empleador y el 4 por ciento restante, al

trabajador. La afiliación debe realizarse por medio de una EPS (Entidad Promotora

de Salud) realizando el pago respectivo.

El Régimen subsidiado está dirigido a personas de escasos recursos que no

puedan pagar el costo total o parcial de los servicios de salud, incluida la

población rural; funciona con auxilios desembolsados por los aportes fiscales de la

Nación, de entidades territoriales y de los afiliados en la medida de sus

capacidades. Para acceder a este régimen es necesaria una certificación previa

de las condiciones económicas del interesado y posteriormente, inscribirse a una

Page 306: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

306

[email protected]

EPS (Entidad Promotora de Salud), una empresa solidaria de salud o una

empresa social del Estado.

Afiliación al sistema general de riesgos profesionales

El sistema general de riesgos profesionales, dirigido y controlado por el Estado,

está conformado por normas, instituciones y procedimientos encaminados a

prevenir, proteger y atender las enfermedades y accidentes originadas en los

lugares de trabajo de las personas vinculas por contrato o de los servidores

públicos.

Es una obligación para todas las empresas y trabajadores del territorio nacional

colombiano, aplicable también a los contratistas, subcontratistas de sectores

públicos, oficiales y semioficiales. El monto de las cotizaciones para los

empleadores se encuentra en un rango del 0.348 y 8.7 por ciento de la base

cotizada.

La afiliación al sistema debe ser realizada por el empleador, mediante el

diligenciamiento de los formularios suministrados por las entidades

administradoras de riesgos profesionales (ARP). El empleador que no afilie a sus

trabajadores, además de las sanciones legales, deberá asumir las prestaciones

económicas y asistenciales de sus trabajadores por accidentes o enfermedades

laborales.

Por enfermedades laborales o profesionales se entiende todo estado patológico,

total o parcial, causado por la clase de labor que desempeña el trabajador, entre

ellas, la silicosis, talcosis, asbestosis, enfermedades por bajas temperaturas y el

asma ocupacional. Del mismo modo, un accidente laboral es toda lesión orgánica

o funcional, invalidez o muerte, a causa de una labor realizada en cumplimiento

de los deberes del trabajador.

Page 307: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

307

[email protected]

Obligación de deducir y retener ingresos de asalariados

Todo empleador se encuentra obligado a deducir y retener para luego consignar

en la administración de impuestos o en los bancos autorizados, una suma de los

pagado a sus trabajadores para cancelar anticipadamente el impuesto de renta y

complementarios. Este mecanismo conocido como retención en la fuente permite

a las personas no obligadas a declarar renta, cancelar en su totalidad los

impuestos a su cargo. Si el empleador no efectúa la retención al trabajador, es

responsable solidario de la suma que ha debido retener.

La retención en la fuente debe efectuarse por el empleador o agente retenedor al

momento del pago. En consecuencia, el retenedor no puede en forma discrecional

determinar el momento en el cual aplica la retención. El empleador responsable de

la retención, está obligado a presentar mensualmente, en los bancos autorizados

una declaración de las retenciones en la fuente que debió efectuar durante el

respectivo mes.

Los empleadores deben entregar cada año a sus trabajadores una relación

detallada de los pagos hechos por todos los conceptos laborales, el monto de las

cotizaciones a la seguridad social y el valor retenido en la fuente. Este documento

sustituyó la declaración de renta en el caso de los asalariados no obligados a

declarar. El certificado de ingresos y retenciones debe ser conservado cuando

menos durante 5 años desde la fecha de expedición.

[Tomado de: Guía Legis para la pequeña empresa 2009 (14a

ed.) Colombia, Legis Editores S.A.

Pág. 230]

Page 308: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

308

[email protected]

Obligación de informar

Aunque el Ministerio de Protección Social actualmente no le exige al empleador o

representante legal, informar anualmente al inspector de trabajo sobre los datos

de la empresa y sus trabajadores, sí están en la obligación de dar aviso sobre

ciertos sucesos ocurridos en la misma.

Todo empleador debe dar aviso a la entidad administradora de riesgos

profesionales (ARP) y a la entidad promotora de salud (EPS), en un plazo no

mayor a 24 horas, sobre los accidentes que ocurran en su empresa. Además,

deben avisar al juez de trabajo y percatar a los demás trabajadores de los peligros

que pueden afectarlos en su lugar de trabajo.

No dar aviso sobre un accidente o enfermedad laboral, hará acreedor al

empleador de una multa hasta por doscientos (200) salarios mínimos mensuales

legales.

Asimismo, en caso de que un trabajador muera, el empleador debe dar aviso tanto

a las entidades encargadas de la seguridad social, como a la Caja de

compensación familiar a la que se encontrara adscrita dicha persona.

Obligaciones tributarias de los empresarios

Dentro de las obligaciones tributarias de los empresarios, se encuentran:

inscribirse en el RUT (Registro Único Tributario), adquirir el NIT (Número de

identificación Tributaria), registrarse como agente retenedor y como responsable

de los impuestos de renta y de IVA, declarar y pagar el impuesto de timbre y los

impuestos municipales, responder los requerimientos realizados por la DIAN

Page 309: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

309

[email protected]

(Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales), llevar los libros de contabilidad,

facturar e informar el cambio de dirección de la empresa.

Inscribirse en el RUT y obtener el NIT

RUT

¿QUÉ ES?

Según el artículo 555-2 del Estatuto Tributario, el

Registro Único Tributario, RUT, es constituye el único

mecanismo para identificar, ubicar y clasificar a personas

y entidades que cumplen con ciertas características.

Con esta inscripción el comerciante queda exento de

inscribirse en el Registro de Exportadores y el Registro

Nacional de Vendedores.

¿QUIÉNES ESTÁN

OBLIGADOS A

INSCRIBIRSE?

Todas las personas y entidades que tengan calidad de

contribuyentes declarantes de impuestos sobre la renta y

no contribuyentes declarantes de ingresos y patrimonio.

Quienes sean responsables del Régimen Común y los

pertenecientes al régimen simplificado.

Los agentes retenedores.

Los importadores, exportadores y demás usuarios

aduaneros

¿QUIÉNES NO

ESTÁN OBLIGADOS

Extranjeros no residentes, diplomáticos, misiones

consulares, diplomáticas y técnicas acreditadas en

Colombia, transportadores internacionales no residentes

y personas naturales destinatarias o remitentes de

Page 310: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

310

[email protected]

A INSCRIBIRSE? mercancías bajo la modalidad de tráfico postal.

¿CÓMO SE

IDENTIFICA?

Aquellos que se inscriban en el Registro Único Tributario,

la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales)

les asignará un código, el Número de Identificación

Tributaria, NIT, compuesto por nueve dígitos si son

personas jurídicas; o en caso de ser una persona

natural, dicho número coincidirá con el de su cédula, un

guión y un número denominado dígito de verificación.

¿PARA QUÉ SIRVE?

Este registro le permite a la DIAN conservar información

verídica y actualizada de las personas y entidades que

deben inscribirse, para asegurar el adecuado recaudo,

control y servicio que facilite el cumplimiento de las

obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias.

¿QUIÉN LO

ADMINISTRA?

El RUT es administrado por la Dirección de Impuestos y

Aduanas Nacionales, DIAN.

¿CÓMO

INSCRIBIRSE?

Se debe diligenciar y formalizar el formulario oficial.

Uno de los datos importantes dentro del formulario es el

diligenciamiento del ítem correspondiente a la dirección.

Esta corresponde, en el caso de las personas jurídicas,

al lugar registrado en la última escritura vigente; y para

las personas naturales, al lugar principal donde

desarrolla sus negocios.

Este procedimiento puede realizarse por Internet,

ingresando a la página Web de la DIAN

(www.dian.gov.co); o en su defecto, acercándose a los

Page 311: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

311

[email protected]

puntos de atención de dicha entidad.

¿CUÁNDO DEBE

REALIZARSE LA

INSCRIPCIÓN?

La inscripción se debe realizar en los siguientes casos:

Al inicio de la actividad económica.

Al cumplimiento de obligaciones administradas por la

DIAN.

A la realización de operaciones en calidad de

importador, exportador o usuario aduanero.

PRUEBA DE

INSCRIPCIÓN

El certificado emitido por la DIAN o las Cámaras de

comercio y suscrito por el empresario y un funcionario

autorizado. Además, las copias del RUT que se entregan

a través de los servicios informáticos electrónicos de la

DIAN.

DOCUMENTOS PARA

REALIZAR

FORMALIZACIÓN

Original del documento de identificación de la persona o

representante legal (si el trámite se realiza

personalmente).

Poder debidamente otorgado (si el trámite se realiza por

medio de un apoderado).

En el caso de personas jurídicas: documento privado que

dé constancia de la formación de la sociedad, fotocopia

del documento de identificación de los socios, certificado

de matricula mercantil vigente.

DOCUMENTOS PARA

ACTUALIZAR O

Original del documento de identificación de la persona o

representante legal (si el trámite se realiza

personalmente).

Poder debidamente otorgado (si el trámite se realiza por

medio de un apoderado).

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312

[email protected]

CANCELAR Documento autenticado con la firma del interesado o

representante legal (si el trámite se realiza por medio de

terceros).

En caso de sociedades, documento que acredite la

fusión de la misma.

En caso de sucesión líquida: certificado del juzgado

donde conste la finalización del proceso, documento de

identificación del representante.

ACTUALIZACIÓN

POR SOLICITUDES

ESPECIALES

En caso de cambio del régimen común al simplificado,

cese de actividades en el impuesto sobre las ventas y

cancelación de la inscripción en el RUT.

CANCELACIÓN Por liquidación o fusión de una sociedad, fallecimiento de

personas naturales o por eventos que establezca la

DIAN.

VIGENCIA Tendrá vigencia indefinida, por lo tanto, no necesita

renovación. Aunque en algunos casos es necesario

actualizarlo, es decir, realizar modificaciones o adiciones

a la información originalmente presentada en el

formulario.

SANCIONES DE CLAUSURA:

La no inscripción oportuna: de un (1) día por cada mes o

fracción de mes de un retraso en la inscripción para

quienes tienen establecimiento, sede, local, negocio u

oficina.

No exhibir la inscripción del RUT: tres (3) días

Page 313: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

313

[email protected]

PECUNIARIAS:

La no inscripción oportuna genera multas

correspondientes a un (1) UVT* por cada día de retraso

en la inscripción, para quienes no tengan

establecimiento, sede, local, negocio u oficina.

No actualizar la información genera multas de un (1)

UVT* por cada día de retraso en la actualización de la

información.

Por informar datos falsos se cobra una multa de cien

(100) UVT*.

Page 314: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

314

[email protected]

Formulario del RUT

Page 315: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

315

[email protected]

Registrarse como responsable del impuesto de renta

IMPUESTO DE RENTA

¿QUÉ ES?

Es un tributo causado por el incremento en el

patrimonio o rentas obtenidas, durante un año

gravable.

CONTRIBUYENTES

Son contribuyentes:

Todas las personas naturales o jurídicas que

residan en Colombia.

Las sucesiones ilíquidas y las asignaciones

modales.

Personas naturales extranjeras y sucesiones

ilíquidas de causantes extranjeros que residan en

Colombia.

Sociedades de responsabilidad limitada.

Sociedades colectivas.

Sociedades en comandita simple.

Sociedades ordinarias de minas.

Sociedades de hecho.

Sociedades anónimas.

Sociedades en comandita por acciones.

Sociedades limitadas.

Comunidades organizadas, corporaciones y

asociaciones con ánimo de lucro.

Empresas industriales o comerciales del Estado.

Page 316: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

316

[email protected]

Cajas de compensación familiar y fondos de

empleados (sólo respecto a actividades industriales,

comerciales y financieras distintas a la inversión en

desarrollo social).

NO CONTRIBUYENTE

La Nación.

Entes territoriales.

Entidades públicas.

Los sindicatos.

Sociedades de mejoras públicas.

Asociaciones de padres de familia o ex alumnos.

Entidades sin ánimo de lucro.

Juntas de acción comunal.

Partidos políticos.

Fondos de pensiones.

Congregaciones religiosas sin ánimo de lucro.

REGISTRO EN EL RUT

En el formulario de registrarse del RUT, se diligencia

con los siguientes códigos, la parte correspondiente a

responsabilidades:

Código 04 para los contribuyentes del régimen

contributivo especial.

Código 05 para las personas naturales o jurídicas

pertenecientes al régimen ordinario del impuesto a la

renta.

Código 06 para los que se ven obligados a declarar

ingresos y patrimonio.

Page 317: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

317

[email protected]

RÉGIMEN

TRIBUTARIO

ESPECIAL

Es un régimen preferencial que exime de ciertas

obligaciones a sus contribuyentes, por ejemplo, la tarifa

del impuesto a la renta.

Al régimen tributario especial pertenecen las entidades

cuyo objeto social y sus recursos estén destinados a

actividades de interés general como la salud, el

deporte, la educación formal, cultural, o programas de

desarrollo social.

Además, personas jurídicas sin ánimo de lucro que

realizan actividades de captación y colocación de

recursos financieros, vigiladas por la Superintendencia

Financiera.

Principales diferencias del régimen tributario especial con el régimen

tributario general

Régimen general Régimen tributario especial

1. Tarifa del año gravable 2008 y

siguiente 33%.

1. Tarifa del 20%.

2. La base está conformada por la

renta liquida gravable,

ordinariamente.

2. La base del beneficio neto

excedente.

3. Están sometidos a la renta 3. Están excluidos a la renta

Page 318: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

318

[email protected]

presuntiva presuntiva.

4. Las rentas exentas son las que

expresamente consagra el

estatuto tributario.

4. El beneficio neto será exento

siempre que la entidad cumpla con

los requisitos para la exención

como por ejemplo, destinar el

veinte por ciento (20%) del

excedente, tomado en su totalidad

del fondo de educación y

solidaridad a financiar cupos y

programas de educación formal en

instituciones autorizadas por el

Ministerio de Educación Nacional.

5. Se le aplica el sistema de renta

por comparación patrimonial.

5. No se les aplica el sistema de

renta por comparación patrimonial.

6. La retención en la fuente

comprende un conjunto de

conceptos de cierta complejidad.

6. Los pagos o abonos en cuenta no

están sometidos a retención en la

fuente.

Se exceptúan:

Los rendimientos financieros

que perciban las entidades del

régimen tributario especial.

7. Deben calcular el anticipo del

impuesto sobre la renta por el

siguiente periodo.

7. No están obligados al cálculo del

anticipo.

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319

[email protected]

Registrarse como responsable del impuesto del IVA

El Impuesto al Valor Agregado - IVA, constituye un tributo indirecto sobre la venta

de bienes y servicios, pues las empresas lo pagan sobre la ganancia bruta de

cada operación, pero finalmente quien debe pagar la totalidad del impuesto es el

consumidor.

Es obligatorio inscribirse en el RUT como responsable del IVA, antes de dar inicio

a las operaciones, es decir, días previos a la fecha en la cual se empezarán a

prestar servicios o a vender artículos. Así entonces, según el artículo 437 del

Estatuto tributario, serán responsables del impuesto todos los comerciantes (con

respecto a cualquier fase de producción y distribución), quienes ejecuten

usualmente actos similares, presten servicios en el territorio nacional, importen

bienes corporales muebles no excluidos expresamente, u operen juegos de azar

(excepto las loterías).

Dependiendo del bien enajenado o el servicio prestado, el IVA se clasifica en tres

tipos de tarifas: tarifa general (16%), tarifas diferenciales (1.6%, 5%, 10%, 20%,

25%, 35%) y las tarifas especiales (11%).

En Colombia existen dos tipos de regímenes para la realizar la inscripción en el

RUT como responsable del IVA, régimen común y régimen simplificado.

Dado el artículo 499 del Estatuto tributario, pertenecen al régimen simplificado

todas las personas naturales, comerciantes y artesanos, que sean minoristas;

asimismo los agricultores, los ganaderos y prestadores de servicios que realicen

operaciones gravadas por el impuesto.

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320

[email protected]

Inscribirse en el RUT, llevar libro fiscal de operaciones diarias, no cobrar el IVA ni

presentar declaración del mismo, informar el cese de actividades, no presentar

declaración de renta, exigir a sus proveedores (del régimen común) la factura

donde aparezca discriminado el impuesto generado sobre las ventas, entregar

copia de la inscripción en el régimen simplificado y exhibir en un lugar visible la

constancia de inscripción en el RUT, son las obligaciones que se originan en el

régimen simplificado.

Para pertenecer al régimen simplificado, se deben cumplir ciertos criterios:

Haber obtenido en el año inmediatamente anterior, ingresos brutos totales

provenientes de la actividad, inferiores a cuatro mil (4.000) UVT*.

Que tengan máximo un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o

negocio donde ejercen su actividad.

Que en el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no se

desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o

cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles.

Que no sean usuarios aduaneros.

No haber realizado, en el año inmediatamente anterior, contratos de venta de

bienes o prestación de servicios gravados por valor individual y superior a tres

mil trescientos (3.300) UVT*

*Valor de un UVT para el 2010 será igual a $24.555 (Resolución 012115/2009)

En caso de no cumplir alguno de los requisitos para aplicar al régimen

simplificado, los responsables del impuesto al valor agregado, deberán registrarse

en el régimen común. Es el caso de las personas jurídicas, sociedades de hecho,

empresas unipersonales, consorcios y uniones temporales; además, las personas

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321

[email protected]

naturales que hayan dejado de cumplir con las características del régimen

simplificado.

Dentro de las obligaciones del régimen común se encuentran:

Inscribirse en el Registro Único Tributario, RUT; facturar con el cumplimiento de

todos los requisitos legales; recaudar y pagar el IVA; presentar la respectiva

declaración bimestral; presentar anualmente la declaración de renta; llevar un

registro auxiliar de compras y ventas, y una cuenta mayor llamada “impuesto a las

ventas por pagar”; llevar libros de contabilidad conforme a lo establecido en la ley;

informar el cese de actividades; practicar retención en la fuente por los impuestos

de renta, ventas y timbre; expedir certificados de retenciones practicadas;

responder a la información requerida por la DIAN; entre otras.

Libro fiscal de operaciones diarias

El artículo 616 del Estatuto tributario, define el libro fiscal de operaciones diarias,

como un registro en el que el contribuyente se identifica y anota diariamente,

global o discriminadamente, todas las operaciones comerciales realizadas, para

totalizar al fin de cada mes, el valor pagado en la adquisición de bienes y servicios

y los ingresos obtenidos, basándose en las facturas que le han sido expedidas.

El libro fiscal de operaciones diarias no requiere de un registro ante ninguna

autoridad, sin embargo, debe ser llevado ordenadamente por los comerciantes y

establecimientos de comercio, para futuros requerimientos legales.

Aunque el Estatuto tributario establece que no llevar este libro genera una sanción

del uno (1) por ciento del valor de las operaciones facturadas, la DIAN no puede

aplicarla, pues sin el libro fiscal de operaciones diarias no es posible calcular la

base de imposición de la sanción.

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322

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¿Qué es facturar?

Facturar es una obligación, establecida en el artículo 615 del Estatuto tributario,

que consiste en la expedición de facturas o documentos equivalentes (tiquetes de

máquinas registradoras, boletas para espectáculos públicas, entre otras), de cada

una de las operaciones comerciales realizadas por personas o entidades con

calidad de comerciantes, que ejerzan profesiones liberales o presten servicios

inherentes a éstas, enajenen bienes producidos en actividades agrícolas y

ganaderas.

Cuando se habla de expedición de facturas o documentos equivalentes, significa

hacer entrega a cada cliente de la factura original correspondiente a la operación

comercial que este haya realizado. En algunos casos en los que no es posible

entregar la factura original (tiquetes de transporte o sobreflex), la obligación de

facturar queda cumplida al entregar al usuario una copia de la misma.

La autorización para facturar la expide la Dirección de Impuestos y Aduanas

Nacionales - DIAN y se puede solicitar por medio de un apoderado, por correo o

personalmente; además, se debe solicitar a la misma entidad, la habilitación de la

numeración para facturar.

Para personas naturales, el trámite de autorización de la numeración para facturar,

consiste en diligenciar un formulario y anexar la fotocopia del documento de

identificación, si el trámite se hace personalmente, o un poder con firmas

autenticadas, si el trámite se hace por medio de un apoderado; en el caso de

personas jurídicas, además del formulario diligenciado y el documento de

identificación, se debe anexar el certificado de existencia y representación legal, y

la fotocopia del NIT.

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323

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Facturar no constituye una obligación para los bancos, las corporaciones de

ahorro y vivienda, las cooperativas de ahorro y crédito, los distribuidores

minoristas de combustibles, empresas dedicadas al transporte público de

pasajeros, régimen simplificado, personas naturales que vendan bienes o presten

servicios exentos del IVA y quienes presten servicios de baños públicos.

Quienes se encuentran obligados a facturar y no lo hacen o quienes expidan las

facturas sin los requisitos legales, se verán expuestos a una sanción

correspondiente a tres (3) días de cierre del establecimiento de comercio, o lugar

donde ejerzan la actividad comercial.

Las facturas

Las facturas son respaldos o soportes contables, expedidas en papel o talonario,

máquina registradora, computador o facturación electrónica, que sirven como

prueba de una compraventa o prestación de servicios, del pago total del precio o

de la cantidad que se adeuda, así como el plazo para el pago y la entrega de la

mercancía o el cumplimiento del servicio. En el caso de pagos pendientes,

parciales o totales, se expide una factura con calidad de título valor; cuando el

precio de un servicio o de una mercancía se paga en su totalidad, se expiden

facturas comerciales simples.

Toda factura, según el artículo 617 del Estatuto Tributario debe cumplir con los

siguientes requisitos:

1. *Estar denominada expresamente como factura de venta.

2. *Apellidos y nombre o razón y NIT del vendedor o de quien presta el servicio.

3. Apellidos y nombre o razón social y NIT del adquirente de los bienes o

servicios, junto con la discriminación del IVA pagado.

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324

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4. *Llevar un número que corresponda a un sistema de numeración consecutiva

de facturas de venta.

5. Fecha de su expedición.

6. Descripción específica o genérica de los artículos vendidos o servicios

prestados.

7. Valor total de la operación.

8. *El nombre o razón social y el NIT del impresor de la factura.

9. Indicar la calidad de retenedor del impuesto sobre las ventas.

*Debe estar previamente impreso a través de medios litográficos o tipográficos.

Si la factura comercial es expedida como título valor, deben sumársele requisitos

como la fecha de vencimiento, el estado del pago del precio y las condiciones para

realizarlo, la fecha de recibo de la factura con los datos del encargado de la

recepción (nombre, identificación y firma) y la firma del vendedor o prestador del

servicio (encargado de crear la factura).

El comerciante o prestador del servicio debe emitir el original y dos (2) copias de

cada factura. El original (firmado por el emisor y el deudor) y una copia serán

responsabilidad del emisor, como título valor negociable y como apoyo para los

registros contables, respectivamente; la copia restante quedará en manos del

deudor.

Si pasados diez (10) días de la emisión de la factura, el cliente o comprador no

realiza ningún reclamo o pide devoluciones, esta quedará irrevocablemente

aceptada, por lo tanto, el beneficiario o comprador tendrá la obligación de realizar

el pago del título valor; y el vendedor o prestador del servicio quedará

automáticamente autorizado para transferir la factura a terceros mediante el

endoso del original, quedando eximido de dar aviso de este hecho al aceptante.

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325

[email protected]

Al realizar la transferencia de una factura, el vendedor o prestador del servicio se

beneficia, pues recibe efectivo por lo que hasta ese momento no eran más que

deudas a su favor. Cuando las cuentas por cobrar de una empresa, tienen un

plazo mayor que el de las cuentas por pagar, es recomendable acudir a empresas

de factoring, es decir, entidades que a cambio de una comisión, compran las

facturas por cobrar de la cartera de un comerciante o establecimiento comercial.

Inscribirse como agente retenedor

La retención en la fuente es un mecanismo que facilita y acelera el recaudo de

impuestos tales como el de renta, de timbre y el IVA. Es una obligación tributaria

de los agentes retenedores, es decir, las personas responsables de practicar la

retención en la fuente, quienes deben restar a todos los pagos o abonos en

cuenta, el valor correspondiente al porcentaje establecido por la ley para la

retención. Cuando se habla de pago en cuenta, se hace referencia a un concepto

jurídico correspondiente a la prestación de lo que se debe, extinguiéndose una

obligación, total o parcialmente. Por el contrario, abono en cuenta, es un término

contable consistente en reconocer o asentar una obligación a favor de terceros

para su futuro pago.

Para inscribirse como agente retenedor, es necesario diligenciar el formulario del

RUT y según la retención que estén obligados a efectuar, en la parte

correspondiente a responsabilidades, marcar uno de los siguientes códigos: 07

para retención en la fuente a título de renta, 08 para retención timbre nacional y 09

para retención en la fuente en IVA.

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326

[email protected]

Los retenedores que certifiquen sumas diferentes a las que realmente retienen, o

que alteren el certificado expedido por el agente retenedor, serán penalizados por

incurrir en el delito de falsedad.

Son responsables de efectuar la retención en el impuesto de renta, todas las

entidades de derecho público, fondos de inversión, valores y jubilación, consorcios

y uniones temporales, comunidades organizadas, los fondos parafiscales,

agropecuarios y pesqueros, los notarios y demás personas naturales o jurídicas,

que intervengan en actos legalmente obligados a realizar la retención.

Los responsables de efectuar la retención en la fuente de IVA son: La Nación, los

departamentos, el Distrito Capital, y los distritos especiales, las áreas

metropolitanas y los municipios; establecimientos públicos, empresas industriales

y comerciales del Estado, sociedades de economía mixta, entidades

descentralizadas; los organismos o dependencias del Estado a los que la ley

otorgue capacidad para celebrar contratos; grandes contribuyentes, responsables

del régimen común, entidades emisoras de tarjetas débito o crédito, la Unidad

Administrativa Especial de Aeronáutica Civil y los productores industriales de maíz

y arroz.

Para actuar como agente de retención en transacciones con responsables del

régimen simplificado, es legalmente necesario que quien realiza el pago o el

abono en cuenta sea responsable del IVA en el régimen común, de lo contrario, no

deberá practicar retención del impuesto sobre las ventas. Aunque no hay retención

en operaciones con personas no inscritas en el régimen simplificado, en el

momento de que las transacciones efectuadas con personas no inscritas en

ningún régimen, recaiga sobre ventas o prestación de servicios no señaladas

como excluidas del impuesto sobre las ventas, el adquiriente del régimen común

deberá asumir la retención del IVA.

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327

[email protected]

Aquellos que se vean implicados en operaciones gravadas con personas no

residentes en el país, la prestación de servicios gravados en el territorio nacional

deberán retener el cien (100) por ciento del valor del impuesto del IVA.

Así entonces, los porcentajes de retención en la fuente por IVA se clasifican en

generales y especiales. La tarifa general corresponde al cincuenta (50) por ciento

del valor del impuesto sobre las ventas de bienes y servicios gravados; y la tarifa

especial corresponde al cien (100) por ciento del valor del impuesto sobre las

ventas liquidado en la prestación de servicios gravados en el territorio nacional,

siempre que los beneficiarios no sean residentes colombianos.

Declarar y pagar el impuesto de timbre

El impuesto de timbre es un tributo documental, puesto que recae sobre los

documentos públicos o privados en los que se haga constar la constitución,

existencia, modificación o extinción de obligaciones; está dirigido a gravar a la

persona que incurre en el acto o contrato y se recauda por medio de la retención

en la fuente.

Este impuesto se genera a partir del otorgamiento o aceptación de documentos en

el país o en el exterior, siempre que se ejecuten dentro del territorio nacional y en

los que conste la constitución, existencia, modificación o extensión de

obligaciones; de esta manera, la tarifa aplicable sobre el impuesto de timbre es

del 0.5%, tomando como base gravable el valor del documento.

La declaración del impuesto de timbre se hace a través del formulario de retención

en la fuente, diligenciando la parte correspondiente a retenciones practicadas por

timbre y dejando constancia del período donde se otorgo o aceptó el documento

público o privado.

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328

[email protected]

Son contribuyentes del impuesto de timbre, los notarios, las entidades vigiladas

por la Superintendencia Bancaria, agentes de retención, personas naturales y

asimiladas, agentes diplomáticos del gobierno colombiano, bancos, almacenes

generales de depósitos, entidades emisoras de título y los jueces o conciliadores.

En caso de que las dos partes que intervienen en la creación de documentos sean

agentes retenedores, sólo a uno de ellos le corresponde el pago del impuesto. En

este sentido, tendrán la prelación del pago en el siguiente orden:

Los notarios, por las escrituras públicas; las entidades vigiladas por la

Superintendencia Financiera; las entidades de derecho público, empresas

industriales y comerciales del Estado; las personas jurídicas, las sociedades de

hecho y otras asimiladas; y las personas naturales o asimiladas que tengan la

calidad de comerciantes.

Por el contrario, cuando en la creación de documentos intervienen partes exentas

y no exentas, la obligación recae sobre las no exentas, quienes deberán pagar la

mitad del impuesto de timbre.

Obligaciones del agente retenedor

Presentar las declaraciones del impuesto de renta,

IVA y retención en la fuente

El impuesto de renta, el IVA y la retención en la fuente deben declararse en los

formularios establecidos por las autoridades tributarias. Estas declaraciones se

presentan, según lo establecido en el artículo 579 del Estatuto tributario, en los

bancos u otras entidades colombianas encargadas de recaudarlas, dentro de las

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329

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fechas señaladas por la Ley, generalmente fijadas de acuerdo a los últimos dígitos

del NIT (Número de identificación tributaria).

En caso de no realizar la declaración dentro del plazo establecido, se debe liquidar

una sanción de extemporaneidad por cada mes o fracción del mes de retardo,

correspondiente al (cinco) 5 por ciento de la declaración a cargo; además se

deben cancelar los intereses que origine el incumplimiento. Pasados tres (3)

meses de mora, se hará efectiva una sanción de clausura.

Cuando la declaración no se presenta en los lugares señalados, no suministra la

identificación del declarante, no contiene los factores necesarios para identificar

las bases gravables, omita la firma del contralor público, entre otras cosas, no se

dará por cumplida la obligación de presentación de la declaración tributaria.

Dado el artículo 588 del Estatuto Tributario, los contribuyentes, responsables o

agentes retenedores, podrán corregir sus declaraciones tributarias dentro de los

dos años siguientes al vencimiento del plazo para declarar y antes de que se les

haya notificado requerimiento especial o pliego de cargos, en relación con la

declaración tributaria que se corrige, y se liquide la correspondiente sanción por

corrección.

Las declaraciones quedan en firme, es decir, no pueden ser corregidas dado

alguno de los siguientes casos:

Si dentro de los dos años siguientes a la fecha del vencimiento del plazo para

declarar, no se ha notificado requerimiento especial; si dentro de los dos años a

partir de la fecha de presentación de la declaración inicial presentada de manera

extemporánea no se ha modificado requerimiento especial; si no se notifica

requerimiento especial en los dos años contados después de la fecha de

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330

[email protected]

presentación de la solicitud de devolución o compensación; si vencido el plazo

para practicar la liquidación de revisión, esta no se notificó.

Pagar los impuestos a cargo

Pagar es cumplir o extinguir las obligaciones tributarias.

Los pagos de impuestos, anticipos, sanciones, retenciones o cualquier obligación

tributaria, se debe realizar en los bancos autorizados para recaudos, dentro de los

plazos establecidos legalmente; se pueden pagar en efectivo, tarjeta de crédito,

cheque, o compensación de saldos a favor.

El no pago de las responsabilidades tributarias, es decir, no pagar lo declarado,

pagar menos o no declarar las retenciones efectuadas, genera un interés de mora

que se liquida por día calendario de retraso a partir de la fecha de vencimiento del

plazo para pagar. Dejar de cumplir con las obligaciones que corresponden al IVA

significa incidir, además, en delito de omisión; y en las irregularidades de

retenciones en la fuente se incurre en prisión y multa; y en cualquier caso, la

sanción puede corresponder a la inhabilidad, de uno a cinco años, para ejercer el

comercio.

Para administradores, representantes legales y revisores fiscales, hechos como

omisión de ingresos, doble contabilidad, inclusión de costos o deducciones y

pérdidas improcedentes, causará sanciones.

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331

[email protected]

Responder las solicitudes de información

que requiera la DIAN

Según el artículo 631 del Estatuto tributario, la Dirección de Impuestos y Aduanas

Nacionales - DIAN podrá solicitar información a contribuyentes y no

contribuyentes, por medio de un requerimiento ordinario u oficio persuasivo, con el

fin de realizar estudios y cruces de la información para el control de los impuestos;

a continuación se enumeran algunas de dichas informaciones:

1. Apellidos y nombres o razón social y NIT de cada una de las personas o

entidades que sean socias, accionistas, cooperadas, comuneras o

asociadas de la respectiva entidad.

2. Apellidos y nombres o razón social y NIT de cada una de las personas o

entidades a quienes se les practicó retención en la fuente, con indicación

del concepto, valor del pago o abono sujeto a retención, y valor retenido.

3. Apellidos y nombres o razón social y NIT de cada una de las personas o

entidades que les hubieren practicado retención en la fuente, concepto y

valor de la retención y ciudad donde les fue practicada.

4. Apellidos y nombres o razón social y NIT de cada uno de los beneficiarios

de los pagos que dan derecho a descuentos tributarios, con indicación del

concepto y valor acumulado por beneficiario.

5. Apellidos y nombres o razón social y NIT de cada una de las personas o

entidades de quienes se recibieron ingresos para terceros y de los terceros

a cuyo nombre se recibieron los ingresos, con indicación de la cuantía de

los mismos.

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332

[email protected]

6. Apellidos y nombres o razón social y NIT de cada uno de los acreedores

por pasivos de cualquier índole, con indicación de su valor.

Los contribuyentes tienen un plazo de quince (15) días calendario para contestar

la solicitud y entregar la información. Este procedimiento se debe realizar, por

escrito en original y con dos copias, ante la división de la administración tributaria

que indique el oficio; además debe llevar el nombre del funcionario que expidió el

requerimiento, nombre o razón social y NIT del solicitado, fecha y número del acto

administrativo y el número del expediente (si existiera).

Quienes hagan caso omiso a los requerimientos solicitados por la DIAN, se verán

expuestos a una multa hasta del cinco por ciento de las sumas respecto de las

cuales no se suministró; cuando la información requerida no tenga cuantía, se

cobrará hasta el 0.5 por ciento de los ingresos netos. Estas sanciones es posible

reducirlas al diez por ciento, siempre que la información se presente o se corrija

antes de que se notifique la sanción; si por el contrario, la información se corrige o

se entrega pasados dos meses de la notificación, la sanción se reduce al veinte

por ciento.

Informar el cambio de dirección fiscal

y la actividad económica

En el formulario de inscripción del RUT, deben quedar registradas la dirección y la

actividad económica de los obligados.

La dirección debe corresponder, en el caso de las personas jurídicas, al domicilio

social principal según la última escritura vigente o documento registrado; en el

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333

[email protected]

caso de los comerciantes, el domicilio debe coincidir con el lugar principal donde

desarrolla las actividades. Cuando exista un cambio de dirección debe informarse

en el RUT, pues el no hacerlo generará multas.

En el momento de informar sobre la actividad económica, si el contribuyente

desarrolla dos o más al tiempo, la principal será la que le genere a este mayores

ingresos en el periodo a declarar. Cuando este tipo de información se encuentra

desactualizada, se generarán multas por cada día de retraso en la actualización

de la misma.

Deber de informar de los propietarios

de páginas web y sitios de internet

Los sitios Web de origen colombiano, cuyo propósito sea de carácter comercial,

financiero o de prestación de servicios, deben estar inscritos en el registro

mercantil y presentar ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -

DIAN la información correspondiente a las transacciones económicas en el

término que dicha entidad lo designe.

Declarar y pagar los impuestos municipales y/o distritales

Los impuestos municipales y/o distritales son:

Impuesto de industria y comercio

El impuesto de industria y comercio es un tributo de orden municipal que grava el

ejercicio de las actividades industriales, comerciales y de servicios, sobre los

ingresos netos obtenidos por los contribuyentes; lo recaudado es destinado a

cubrir las necesidades colectivas de los municipios o distritos.

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334

[email protected]

El Concejo municipal o distrital, puede excluir algunas de las actividades

(comerciales, industriales y de servicios) sobre las que recae este impuesto. Estos

no tendrán que presentar declaración del impuesto ni registrarse como

contribuyente.

Impuesto de avisos

El impuesto de avisos es una obligación complementaria al impuesto de industria y

comercio, generado por la instalación de avisos ubicados en el espacio público, es

decir, en los lugares destinados a la satisfacción de necesidades urbanas. Cuando

se habla de avisos, se entiende toda valla e información expuesta al público.

Los contribuyentes del impuesto de avisos adquieren derechos y obligaciones. De

esta forma, registrarse, presentar la declaración, responder los requerimientos de

información, comunicar novedades, pagar, entre otras, corresponden a sus

obligaciones; y obtener todas las informaciones y aclaraciones referentes al

cumplimiento de obligaciones tributarias, reclamar los actos de la administración,

interponer recursos y presentar solicitudes de devolución o compensación,

corresponden a sus derechos.

Impuesto predial

Este impuesto incide sobre terrenos o edificaciones urbanas, suburbanas y rurales

que se encuentren ubicados dentro del distrito o municipio; la obligación la

adquieren los propietarios o poseedores de los predios

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[email protected]

Las tarifas del impuesto predial dependen de la estratificación, destinación y

ubicación de los terrenos o edificaciones.

CAPITULO V

Soluciones a disposición de los Empresarios

Outsourcing

El outsourcing, tercerización o subcontratación, es una técnica de administración

consistente en transferir a terceros las responsabilidades contables, financieras o

tributarias de una empresa, con el fin de optimizar otras obligaciones que

signifiquen mayor competitividad y resultados para el ente económico.

Finanzas y costos, contabilidad, informática, búsqueda y selección de personal,

mensajería, aseo, restaurantes, vigilancia, transporte, capacitación, entre otras,

son áreas en las que este tipo de empresas ofrecen servicios, generando

beneficios para sus clientes, tales como la reducción ostensible de costos.

Crédito para la pequeña empresa

¿Existe una política de crédito para el fomento de la pequeña empresa?

Más que una política verdaderamente orientada al fomento de la pequeña

empresa, en los últimos años, propiciado por la “Política industrial para una

economía en reactivación”, Ministerio de Desarrollo, abril de 2002, y por la ley

Mipyme, “Promoción del desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresa”, se

han intentado estrategias y programas orientados a mejorar las condiciones de

acceso al crédito para las Mipymes.

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336

[email protected]

La Ley 550, llamada ley de “Intervención económica”, pretendió igualmente, crear

un nuevo marco de relación y confianza entre acreedores y deudores, que

permitiera restablecer el equilibrio crediticio, luego de un periodo de crisis de los

dos actores, abriendo así nuevas posibilidades o alternativas diferentes al

tradicional concordato, con el propósito de salvar muchas empresas y encontrar

respuestas para remediar el cierre del crédito para ellas.

La Ley 1116 o régimen de insolvencia empresarial, tiene por fin la protección del

crédito y la recuperación y conservación de la empresa como unidad de

explotación económica y fuente generadora de empleo, a través de los procesos

de reorganización con el cual se pretende preservar empresas viables y la

normalización de sus relaciones comerciales y crediticias, mediante su

reestructuración operacional, administrativa, de activos o pasivos.

En el marco de estas cuatro iniciativas a saber; política industrial, ley Mipyme, ley

de intervención económica y régimen de insolvencia empresarial, se ha intentado

diseñar una política pública para facilitar las condiciones de acceso al crédito para

las Mipyme.

En estos documentos se habla de promover políticas de financiamiento y

facilidades de acceso al crédito, condiciones especiales de crédito a empresas

generadoras de empleo, democratización del crédito, sistemas de microcrédito,

líneas de crédito, prestamos o inversiones destinadas a las Mipyme y en general

del acceso a mercados financieros.

En esto la Ley 590 de 2000, hoy modificada por la Ley 905 de 2004, define

condiciones para facilitar el crédito, pero como siempre, prima el libre juego de

oferta y demanda, en el cual el mercado pone condiciones, y la ley parece

quedarse en letra muerta.

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337

[email protected]

Habría que profundizar en la reglamentación de aquello que la ley determina como

política, para acercarlo mucho más a las realidades de las empresas y de la

misma banca.

En conclusión, política para el fomento de la pequeña empresa, en la que los

principales actores, fundamental el sector financiero se acomode a estos

lineamientos, no la tenemos activa.

Hoy en día, las líneas de crédito de Bancoldex, destinadas a la actividad

productiva, y especialmente al sector industrial, fluyen por los canales de la banca

comercial, quien en definitiva, fija las condiciones para el otorgamiento de dichos

créditos.

Se ha fortalecido la banca de segundo piso, lo cual ha permitido ofrecer nuevas

líneas para financiar proyectos de inversión, adquisición de activos fijos, y capital

de trabajo.

Estas líneas de crédito sufren modificaciones en el tiempo, en cuanto a montos y

condiciones, pero fundamentalmente se refieren a:

Capitalización empresarial.

Capital de trabajo.

Programas de exportación.

Proyectos de investigación y desarrollo tecnológico (IFI-Colciencias).

Proyectos de reconversión ambiental (IFI-DAMA).

Créditos para microempresas.

Adquisición de activos fijos.

[Tomado de: Guía Legis para la pequeña empresa 2009 (14a

ed.) Colombia, Legis Editores S.A.

Págs. 220, 221]

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338

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¿Qué es Bancoldex?

Bancoldex es un banco del Estado de segundo piso, que desembolsa recursos a

los empresarios a través de ONG financieras, red de bancos, fondos de

empleados, cooperativas de ahorro y crédito y otras compañías que tengan cupo

en dicha entidad. Las Micro, Pequeñas, Medianas y Grandes empresas de todos

los sectores económicos, nacionales o extranjeras, pueden ser financiadas por

Bancoldex.

Las solicitudes de crédito de las Mipyme se pueden tramitar, según datos tomados

por la “Guía Legis para la pequeña empresa 2009”, a través de las siguientes

entidades:

Bancos

Banco ABN Amro Bank Colombia S.A., Banco Agrario de Colombia S.A., Banco

Aliadas S.A., Bancafé, Bancolombia, Banco de Bogotá S.A., Bank Boston S.A.,

Banco Caja Social, Banco Comercial de Ahorros Conavi, Banco de crédito Helm

Financial Service, Banco Davivienda, BBVA Colombia S.A., Banco Granahorrar,

Banco Banistmo, Banco Megabanco S.A., Banco de Occidente S.A., Banco

Popular S.A., Banco Colpatria, Banco Santander Colombia S.A., Banco Estándar

Chartered Colombia, Banco Sudameris Colombia, Banco Superior, Banco

Tequendama S.A., Banco Unión Colombiana, Citibank Colombia S.A.

Corporaciones financieras

C.F. Colombiana S.A., C.F. Corfinsura S.A., C.F. del Valle S.A., C.F. Colcorp S.A.

Compañías de financiamiento comercial

C.F.C. Coltefinanciera S.A., C.F.C. Comercia S.A., C.F.C. Confinanciera S.A.,

C.F.C. Dann Regional S.A., C.F.C. Financiera Andina S.A., C.F.C Financiera

América S.A., C.F.C. Financiera Compartir S.A., C.F.C. Financiera Internacional

Page 339: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

339

[email protected]

S.A., C.F.C. Financiera Mazdacrédito S.A., C.F.C. GMAC Financiera de Colombia

S.A., C.F.C. Giros y Finanzas S.A., C.F.C Cía. Suramericana de financiamiento

comercial S.A., C.F.C Inversora Pichincha S.A., C.F.C Leasing Citibank S.A.,

C.F.C Leasing Colombia S.A., C.F.C Leasing de crédito S.A., C.F.C Leasing de

Occidente S.A., C.F.C Leasing del Valle S.A., C.F.C Leasing Popular S.A., C.F.C

Leasing Suramericana S.A., Suleasing, C.F.C Servicios financieros S.A.,

Serfinansa.

Cooperativas

Cooperativa de Ahorro y Crédito, Alcalicoop Ltda., Cooperativa Belén, Cooperativa

Cafetera de Ahorro y Crédito - Coopercafe, Coopcentral Ltda., Cooperativa de

Ahorro y Crédito Cafetera Cofincafé, Cooperativa de Ahorro y Crédito, Crediflores,

Cooperativa de Comerciantes Comerciacoop, Cooperativa de Ahorro y Crédito

Fincomercio Ltda., Cooperativa de la Guajira- Confiamos, Cooperativa de Ahorro y

Crédito del Huila-Ultrahuila, Cooperativa de Ahorro y Crédito del Quindio -

Cofiquindío, entre otras.

ONG y otros

Caja de Compensación Familiar Cafam, Caja de Compensación Familiar de

Antioquia - Comfama, Corporación Acción por Antioquia Actuar Famiempresas,

Corporación Acción por Caldas Actuar Famiempresas, Corporación Mundial de la

Mujer Bogotá, Corporación Mundial de la Mujer Medellín, Corporación Nariño

Empresa y Futuro Contactar, Fondo de Empleados AV Villas FEVI, Fondo de

Empleados de Carbocol Intercor - Fondecor, Fondo de Empleados de la

Comunidad Ejecutiva del Ariari - Feceda, Fondo de Empleados de las Empresas

Públicas de Medellín - FEPEP, entre otros.

Para obtener un crédito con Bancoldex, los pequeños empresarios deben

acercarse a las entidades de crédito ya mencionadas y proceder a la solicitud del

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340

[email protected]

préstamo. Las garantías exigidas por los intermediarios financieros dependen de

cada entidad.

Los requisitos necesarios para acceder a créditos de este tipo son:

Las personas naturales: diligenciar la información general (nombres, apellidos,

estado civil, personas a cargo…) y la actividad económica del interesado en un

formato suministrado por las entidades intermediarias. Las personas jurídicas:

suministrar entre otros datos, el nombre de la sociedad solicitante, valor solicitado,

NIT, escritura de constitución, referencias bancarias o comerciales e información

sobre bienes raíces y vehículos en sociedad; además debe presentar el estado de

resultados, balance general, plan de negocios, plan de inversión y flujo de caja.

Sistema Nacional de Mipyme

Por medio de la Ley 905 de 2004 se dictan disposiciones correspondientes a la

promoción del desarrollo del micro, pequeña y mediana empresa colombiana.

El artículo 2º, por ejemplo, establece dos sistemas para promover el desarrollo de

las Mipymes:

El Sistema Nacional de Mipyme, conformado por los consejos superior de

pequeña y mediana empresa, el consejo superior de microempresa y los consejos

regionales; y el Sistema Nacional de Apoyo a las Mipymes, conformado por el

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, Ministerio de Protección Social,

Ministerio de Agricultura, Departamento Nacional de Planeación, Sena,

Colciencias, Bancoldex, Fondo Nacional de Garantías y FINAGRO, y coordinado

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341

[email protected]

por el Viceministro de Desarrollo Empresarial del Ministerio de Comercio Industria

y Turismo.

Los artículos 3º y 4º de la Ley mencionada, establecen respectivamente la

integración y las funciones del Consejo Superior de Pequeña y Mediana Empresa.

CONSEJO SUPERIOR DE PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

Integrado por Funciones

1. El Ministro de Comercio, Industria y

Turismo o el Viceministro

2. El Ministro de Agricultura y

Desarrollo Rural o en su defecto el

Viceministro correspondiente

3. El Ministro de Ministerio de

Protección Social o su delegado

4. El Director General del Sena o su

delegado

5. El Ministro de Ambiente, Vivienda y

Desarrollo Territorial o en su defecto

el Viceministro correspondiente

6. El Director del Departamento

Nacional de Planeación o en su

a) Contribuir a la definición,

formulación y ejecución de políticas

públicas generales, transversales,

sectoriales y regionales de

promoción empresarial de las

pequeñas y medianas empresas,

Pymes

b) Analizar el entorno económico,

político y social; su impacto sobre

las Pymes y sobre la capacidad de

estas para dinamizar la competencia

en los mercados de bienes y

servicios

c) Contribuir a la definición,

formulación y ejecución de

programas de promoción de las

Pymes, con énfasis en los referidos

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342

[email protected]

defecto el Subdirector

7. Tres (3) representantes de las

Instituciones de Educación Superior,

Universidades (ASCUN),

Instituciones Tecnológicas (ACIET)

e instituciones Técnicas

Profesionales, designados por el

Ministro de Comercio, Industria y

Turismo

8. El Presidente Nacional de la

Asociación Colombiana de

Medianas y Pequeñas Empresas,

ACOPI

9. El Presidente Nacional de la

Federación de Comerciantes,

FENALCO

10. El Presidente de la Confederación

Colombiana de Cámaras de

Comercio, Confecámaras

11. Un representante de las

organizaciones no gubernamentales

dedicadas a la investigación y

desarrollo tecnológico de las

al acceso a los mercados de bienes

y servicios, formación de capital

humano, modernización y desarrollo

tecnológico y mayor acceso a los

mercados financieros institucionales

d) Contribuir a la coordinación de los

diferentes programas de promoción

de las Pymes que se realicen dentro

del marco de los planes de

desarrollo y las políticas de gobierno

e) Proponer políticas y mecanismos de

fortalecimiento de la competencia en

los mercados

f) Propender por la evaluación

periódica de las políticas y

programas públicos de promoción

de las Pymes, mediante indicadores

de impacto y proponer los

correctivos necesarios

g) Procurar la activa cooperación entre

los sectores públicos y privados, en

la ejecución de los programas de

promoción de las pequeñas y

medianas empresas

Page 343: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

343

[email protected]

pequeñas y medianas empresas,

designado por el Ministro de

Comercio, Industria y Turismo

12. Un representante de los Consejos

Regionales de Pequeña y Mediana

Empresa, designado por el Ministro

de Comercio, Industria y Turismo o

quien haga sus veces, quien

reglamentará tal elección, en todo

caso esta debe ser rotativa

13. Un representante de los alcaldes de

aquellos municipios en los cuales se

encuentre en funcionamiento un

plan de desarrollo integral de las

pequeñas y medianas empresas,

designado por la Federación

Colombiana de Municipios

14. Un representante de los

gobernadores de aquellos

departamentos en los cuales se

encuentre en funcionamiento un

plan de desarrollo integral de las

pequeñas y medianas empresas,

designado por la Conferencia

Nacional de Gobernadores

h) Estimular el desarrollo de las

organizaciones empresariales, la

asociatividad y las alianzas

estratégicas entre las entidades

públicas o privadas de apoyo a este

sector

i) Adoptar sus estatutos internos

j) Promover la concertación, con

alcaldes y gobernadores, de planes

integrales de apoyo a la pequeña y

mediana empresa

k) Realizar reuniones periódicas

trimestrales

l) Rendir informes trimestrales de las

acciones y resultados alcanzados

m) Las demás compatibles con su

naturaleza, establecidas por la ley o

mediante decreto expedido por el

Gobierno Nacional en ejercicio de

las facultades permanentes

consagradas en el numeral 16 de

artículo 189 de la Constitución

Page 344: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

344

[email protected]

15. Un representante de los bancos que

tengan programas de crédito a las

Pymes quien será designado por el

Ministerio de Comercio, Industria y

Turismo

16. Dos (2) representantes de

Asociaciones de empresarios

17. Presidente de Bancoldex o su

delegado

18. Presidente del Fondo Nacional de

Garantías o su delegado

19. Director de Colciencias o su

delegado

Política, orientadas a la promoción

de las pequeñas y medianas

empresas en Colombia

n) Presentar informe anual de gestión y

resultados a las Comisiones

Terceras y Cuartas de Senado de la

República y Cámara de

Representantes

o) Establecer y promover estrategias

de comercialización nacional e

internacional de productos y

servicios

Los artículos 5º y 6º de la Ley 590, establecen respectivamente la integración y

funciones del Consejo Superior de Microempresa.

CONSEJO SUPERIOR DE MICROEMPRESA

Integrado por Funciones

1. El Ministro de Comercio, Industria y

Turismo o el Viceministro

a) Contribuir a la definición y

formulación de políticas generales

de fomento de la microempresa

Page 345: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

345

[email protected]

2. El Ministro de Agricultura y

Desarrollo Rural o en su defecto, el

Viceministro correspondiente

3. El Ministro de Protección Social o su

delegado

4. El Ministro de Ambiente, Vivienda y

Desarrollo Territorial o en su

defecto, el Viceministro

correspondiente

5. El Director del Departamento

Nacional de Planeación o en su

defecto, el Subdirector

6. Un representante de las

universidades, designado por el

Ministro de Comercio, Industria y

Turismo

7. Dos (2) representantes de los

Microempresarios

8. Dos (2) representantes de las

organizaciones no gubernamentales

de apoyo a microempresas,

designados por el Ministro de

Comercio, Industria y Turismo

b) Apoyar la articulación de los

diferentes programas de fomento de

la microempresa, que se ejecuten

dentro del marco general de la

política del Gobierno

c) Procurar el establecimiento de

medidores o indicadores de impacto

de los programas de fomento a la

microempresa

d) Contribuir a la definición y

formulación de políticas de

desarrollo tecnológico, transferencia

de tecnología y mejoramiento de la

competitividad de microempresas

e) Colaborar en la evaluación periódica

de los programas de fomento de la

microempresa y proponer

correctivos

f) Asesorar al Ministerio de Desarrollo

Económico en la estructuración de

los programas de fomento de la

microempresa

g) Fomentar, en coordinación con el

Consejo Superior de Pequeña y

Mediana Empresa, la conformación

y la operación de Consejos

Regionales de Micro, Pequeñas y

Medianas Empresas, así como la

Page 346: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

346

[email protected]

9. Un representante de los Consejos

Regionales para las micro,

pequeñas y Medianas empresas,

designado por los mismos consejos

10. Un representante de los alcaldes de

aquellos municipios en los cuales se

encuentra en funcionamiento un

plan de desarrollo de las pequeñas,

medianas y micro empresas, elegido

por la Federación Colombiana de

Municipios

11. Un representante de los

gobernadores de aquellos

departamentos en los cuales se

encuentre en funcionamiento un

plan de desarrollo integral de las

microempresas

12. Un miembro de la Asociación

Bancaria de Colombia, designado

por esta, de las entidades

financieras especializadas en el

manejo del microcrédito

13. El Director Nacional del Sena o su

formulación de políticas regionales

de desarrollo para dichas empresas

h) Fomentar la conformación y la

operación de Consejos

Departamentales para el Desarrollo

Productivo, así como la formulación

de políticas departamentales de

desarrollo de las microempresas, en

pro de la competitividad y

estimulando cadenas de valor a

niveles subregional y sectorial

dentro del marco del Plan Nacional

de Desarrollo

i) Propiciar la conformación de

comités municipales para el fomento

de las microempresas y para la

promoción de proyectos e

inversiones empresariales

j) Procurar la activa cooperación entre

los sectores público y privado en la

ejecución de los programas de

promoción de las microempresas

k) Adoptar sus estatutos internos

l) Promover la concertación con

alcaldes y gobernadores, de planes

integrales de apoyo a la

microempresa

m) Las demás compatibles con su

Page 347: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

347

[email protected]

delegado naturaleza, establecidas por la ley o

mediante decreto expedido por el

Gobierno Nacional en ejercicio de

las facultades permanentes

consagradas en el numeral 16 del

artículo 189 de la Constitución

Política, orientadas al fomento de

las microempresas en Colombia.

CONSEJO REGINAL DE PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

Integrado por

1. El Gobernador del departamento o su delegado

2. Un representante de la Corporación Autónoma Regional

3. El Director de Planeación Departamental

4. El Director Regional del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA

5. Un representante de la Asociación Colombiana de Pequeña y Mediana

Empresa, ACOPI

6. Un representante de la Federación de Comerciantes, FENALCO

7. Un representante de la Cámara de Comercio. En el caso de existir dos o más

cámaras de comercio en una misma región dicho representante será elegido

Page 348: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

348

[email protected]

entre ellos

8. Un representante de los alcaldes municipales de cada departamento, el cual

será elegido entre ellos mismos

9. Un representante de las Asociaciones de Pymes de la región

10. Dos (2) empresarios Pymes de la región designados por el Gobernador y los

demás que considere pertinente el Gobernador

Dos (2) representantes de las Asociaciones de Microempresarios

Funciones

Propender por el desarrollo y fortalecimiento de las Mipymes en el nivel regional, y

su articulación con las políticas, programas y acciones sectoriales en los niveles

nacional y regional, promoviendo el acercamiento entre las diferentes empresas,

organizaciones y entidades regionales, así como el impulso de proyectos e

inversiones empresariales dentro del marco de las políticas nacionales y

regionales.

FOMIPYME

¿Qué es Fomipyme?

Según lo establecido en el artículo 17 de la Ley 905 de

2004, el Fondo Colombiano de Modernización y

Desarrollo Tecnológico de las micro, pequeñas y

medianas empresas, Fomipyme, fue creado como una

cuenta adscrita al Ministerio de Comercio, Industria y

Turismo, manejada por encargo fiduciario, sin personería

jurídica ni planta de personal propia, cuyo objeto es la

Page 349: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

349

[email protected]

financiación de proyectos, programas y actividades para

el desarrollo tecnológico de las Mipymes y la aplicación

de instrumentos no financieros dirigidos a su fomento y

promoción.

¿Quién dirige y

controla Fomipyme?

Tal como lo establece el artículo 13 de la Ley 905 de

2004, la dirección y control integral del Fomipyme está a

cargo del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo,

quien garantizará el adecuado cumplimiento de sus

objetivos, para lo cual deberá contratar una auditoría

especializada en manejo financiero, de gestión y demás

aspectos que se consideren necesarios.

Consejo

administrador de

Fomipyme

1. El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, quien lo

presidirá personalmente o por delegación en el

Viceministro de Comercio, Industria y Turismo

2. El Director del Departamento Nacional de Planeación

3. El Presidente de Bancoldex o su delegado

4. Tres (3) de los integrantes del Consejo Superior de

Pequeña y Mediana Empresa, designados por el

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

5. Dos (2) de los integrantes del Consejo Superior de

Microempresa, designados por el Ministerio de

Comercio, Industria y Turismo o quien haga sus veces

Page 350: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

350

[email protected]

6. Director del SENA o su delegado

7. El Ministro de Agricultura o su delegado

8. Director de Colciencias o su delegado.

Funciones del

Consejo

administrador de

Fomipyme

Las funciones del Consejo administrador de Fomipyme

están establecidas en el artículo 15 de la Ley 905 de

2004, así:

1. Determinar los criterios de utilización y distribución de

los recursos del Fomipyme

2. Aprobar el presupuesto anual de ingresos y gastos

del Fomipyme presentado a su consideración por el

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, así como

sus modificaciones. Allí se indicarán de forma global

los requerimientos presupuestales por concepto de

apoyo técnico, auditoría y remuneraciones fiduciarias

necesarios para garantizar el manejo integral del

Fomipyme y se detallarán los ingresos y gastos de

cada una de las subcuentas

3. Aprobar anualmente los criterios de distribución de los

excedentes existentes a 31 de diciembre de cada

año, en cada una de las subcuentas del Fomipyme,

de conformidad con la ley y con los reglamentos

internos

Page 351: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

351

[email protected]

4. Estudiar los informes sobre el Fomipyme que le sean

presentados periódicamente por el Ministerio de

Comercio, Industria y Turismo, o quien haga sus

veces, y señalar los correctivos que, a su juicio, sean

convenientes para su normal funcionamiento

5. Estudiar los informes presentados por el Ministerio de

Comercio, Industria y Turismo, o quien haga sus

veces y hacer las recomendaciones pertinentes para

el adecuado cumplimiento y desarrollo de los

objetivos del Fondo

6. Determinar los eventos para los cuales el Fomipyme

organizará fondos de capital de riesgo, y los

mecanismos necesarios para su funcionamiento

7. Aprobar el manual de operaciones del Fomipyme

8. Determinar los eventos para los cuales el Fomipyme

permitirá el acceso de las entidades de

microfinanciamiento a los recursos del Fondo en los

términos de la presente ley

9. Promover la regionalización de los recursos del

Fomipyme

10. Las demás que le señale la ley y sus reglamentos

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352

[email protected]

FONDO EMPRENDER

Ley 590 de 2000

¿Qué es?

Artículo 24

El Fondo de Inversiones de capital de riesgo de las micro,

pequeñas y medianas empresas rurales, Emprender, es una

cuenta adscrita al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural,

sin personería jurídica, la cual se manejará de manera

independiente de los demás recursos del Ministerio de

Agricultura y Desarrollo Rural, cuyo objeto es apoyar a los

micro, pequeños y medianos productores asentados en áreas

de economía campesina, estimulando la creación y

fortalecimiento de Mipymes rurales, mediante el aporte de

capital social y el financiamiento de la preinversión, en asocio

con los productores y las entidades territoriales.

¿Cómo se

financia?

Artículo 25

El Fondo Emprender se conformará con los recursos

provenientes del Presupuesto General de la Nación, con los

aportes o créditos de organismos nacionales o multilaterales de

desarrollo con donaciones, herencias o legados, con las

utilidades generadas por las sociedades donde participe y con

la venta del capital social que le pertenezca al Ministerio de

Agricultura y Desarrollo Rural, en cualquier sociedad y a

cualquier título.

¿En qué consisten los sistemas de información de apoyo a las Mipymes?

Los sistemas de información son instrumentos de apoyo a la micro, pequeña y

mediana empresa; además constituyen alternativas de identificación de

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353

[email protected]

oportunidades de desarrollo tecnológico, de negocios y progreso integral de las

mismas, tal como lo establece el artículo 26 de la Ley 590 de 2000.

¿Qué servicio presta el SINA a las Mipymes?

La Ley 590 de 2000 señala que las entidades integrantes del Sistema Nacional

Ambiental - SINA, promoverán el desarrollo de proyectos, programas y actividades

orientados a facilitar el acceso de las Mipymes, a la producción más limpia, la

transferencia de tecnologías ambientalmente sanas, y el conocimiento y

cumplimiento de las normas de protección y conservación del medio ambiente.

Del mismo modo, dichas entidades adoptarán las disposiciones conducentes a la

flexibilización de los trámites para la obtención de las licencias ambientales en

proyectos de las Mipymes.

¿Están incorporadas las Mipymes al Sistema Nacional de Ciencia y

Tecnología y Red de Centros de Desarrollo Tecnológico?

De acuerdo al artículo 29 de la Ley 590 de 2000, sí están incorporadas las

Mipymes al Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología y red de centros de

desarrollo tecnológico.

A su vez, el artículo 30 de la Ley mencionada, señala que el Gobierno Nacional

propugnará el establecimiento de parques industriales, tecnológicos, centros de

investigación, incubadoras de empresas, centros de desarrollo productivo, centros

de investigación, centros de desarrollo tecnológico y bancos de maquinaria, para

el fomento de las Mipymes.

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354

[email protected]

CAPITULO VII

Exportación de productos

Exportar es una decisión que se toma por diversas razones: incrementar el

volumen de producción, mejorar la calidad y productividad, aumentar el listado de

posibles clientes, mejorar la imagen de la empresa, entre otras.

Sin importar cuál sea la razón elegida para ingresar al mundo de las

exportaciones, se deben seguir ciertos pasos para asegurar el éxito del proceso.

Primero, se debe investigar la demanda que tengan los productos ofrecidos por la

empresa en el exterior, enviar propuestas u ofertas a los posibles clientes y

confirmar que las condiciones de pago sean convenientes; y después realizar los

trámites exigidos por la ley, tales como la inscripción ante la DIAN (Dirección de

Impuestos y Aduanas Nacionales) y ante VUCE (Ventanilla Única de Comercio

Exterior), tramitar el registro sanitario y el certificado de origen ante el Ministerio de

Comercio, Industria y Turismo.

Para saber qué tan exitosa puede ser la venta en el exterior de los productos o

servicios ofrecidos por una empresa, se debe realizar una investigación de

mercados. Para hacerlo, se debe empezar por averiguar todo lo concerniente a

productos existentes en el exterior, que sean del mimo tipo de los producidos por

la empresa interesada en exportar; por ejemplo, de dónde provienen, qué calidad

y qué precios tienen. Además, se deben hacer las averiguaciones concernientes a

normatividad y aranceles existentes en cada país para el ingreso de mercancías

extranjeras, así como la cultura, historia, sistema de gobierno, gustos,

comportamientos y medios de comercialización existentes en dichos países.

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355

[email protected]

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356

[email protected]

Expopyme

Expopyme es un programa del Gobierno Nacional, dirigido a las pequeñas y

medianas empresas, que otorga apoyo para posicionar los productos de estas en

el exterior, y al mismo, promueve métodos de gestión y procesos productivos para

el mismo fin.

Este programa de apoyo a pequeñas y medianas empresas, es un acuerdo de

todas las instituciones nacionales que se mueven en el ámbito de la promoción del

comercio exterior: Ministerio de Comercio Industria Y Turismo, Proexport

Colombia, Acopi, Bancoldex, diferentes gremios, Universidades Y Confecamaras;

creado hace aproximadamente cinco años.

Las etapas fundamentales contempladas en el programa Expopyme son:

1. Evaluación de la empresa.

2. Capacitación.

3. Inteligencia de mercadeo.

4. Elaboración del plan exportador.

5. Ejecución del plan.

¿Cómo ofrecer sus productos al exterior?

Para ofrecer sus productos en el exterior, resultan de mucha utilidad los servicios

de Proexport para inscribirse en Export Hotline (bases de datos internacionales

para su promoción) y para organizar viajes de negocios en el exterior, bien sea a

ferias internacionales o en misiones comerciales.

Ubicados los posibles compradores en dicho mercado, envíeles la oferta de sus

productos, cotizándolos en dólares de los Estados Unidos o en cualquiera de las

monedas aceptadas en el país para pagos de exportaciones (generalmente dólar

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357

[email protected]

canadiense, euro, yen japonés, o en cualquiera de las monedas consideradas

como de reserva por el banco de la república). Describa detalladamente sus

productos en la oferta, incluyendo forma de empaque, usos, capacidad de

producción por período, plazos de entrega, términos de negociación, forma de

pago, validez de la oferta y descuentos al mayorista, si los hay, y anexe

catálogos y fotografías del producto.

Defina los términos de negociación con el fin de determinar la responsabilidad que

le corresponde a cada una de las partes en caso de que se concrete la

negociación. Los términos de negociación se encuentran en normas fijadas por la

Cámara de Comercio Internacional denominados Incoterms.

Los Incoterms se presentan en abreviaturas de tres letras, se componen de trece

términos agrupados en cuatro categorías.

Término en el cual el vendedor pone las mercancías a disposición del

comprador en el propio domicilio del vendedor (el término “E”: EXW).

Aquellos según los cuales el vendedor se encarga de entregar la mercancía a

un medio de transporte escogido por el comprador (los términos “F”: FCA, FAS

y FOB).

Los términos “C”, en los cuales el vendedor ha de contratar el transporte hasta

el lugar de convenio, pero sin asumir el riesgo de pérdida o de daño de la

mercancía o de costos adicionales, debido a hechos acaecidos después de su

envío (CFR, CIF, CPT y CIP).

Los términos “D” especifican que el vendedor ha de soportar todos los gastos y

riesgos necesarios para llevar la mercancía al sitio de destino convenido (DAF,

DES, DEQ, DDU y DDP).

Page 358: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

358

[email protected]

Como respuesta, puede llegarle una orden de pedido en la que el posible

comprador del exterior expresa las condiciones en las que aceptaría el negocio, o

le propone una contraoferta.

Acordadas finalmente las condiciones del negocio, envíe al comprador, cuando

este lo solicite, la factura proforma con todos los datos necesarios para que el

importador pueda tramitar y efectuar los trámites de la importación ante las

autoridades de su país. No olvide que en caso de que el importador requiera

certificar el origen de la mercancía (para nacionalizarla u obtener preferencias

arancelarias en el país de destino), usted debe obtener el respectivo certificado de

origen ante la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria

y Turismo, inscribiéndose previamente en el registro de productores nacionales.

Cuando la exportación es de textiles y su destino es Estados Unidos, se diligencia

previamente un formulario de “Cuota textil” (los suministra gratuitamente la

Dirección General de Comercio Exterior). Este formulario sirve de base para la

expedición de la visa textil, mediante de un sello en el que se relacionan las

cantidades por categoría a exportar y aparece la firma del jefe de la oficina

regional del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, que es estampado en el

espacio libre que para el efecto debe tener la factura pro forma. Con la Circular

Externa 47 de 2004 de Mincomercio, se eliminó la cuota textil a partir del 1º de

enero de 2005.

Cuando la exportación es de frutas u hortalizas frescas y su destino es la Unión

Europea, debe diligenciarse y adjuntarse el certificado de origen, el formulario

denominado certificado de origen y procedencia (lo suministra gratuitamente la

Dirección General de Comercio Exterior).

A través de una carta de crédito se puede garantizar el pago de la exportación. En

este evento, el exportar recibe del correspondiente banco comercial colombiano,

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359

[email protected]

aviso de llegada de la carta de crédito irrevocable a su favor abierta por el

comprador en el banco corresponsal del exterior y las letras o pagarés por los

valores respectivos.

Cerciórese de que las condiciones de pago del documento, se ciñan al contrato

definitivo acordado con su comprador del exterior. En caso contrario, antes de

embarcar la mercancía solicite las modificaciones pertinentes.

[Tomado de: Guía Legis para la pequeña empresa 2009 (14a

ed.) Colombia, Legis Editores S.A.

Págs. 241-243]

Según el artículo 555-2 del Estatuto Tributario, los exportadores deben inscribirse

en el RUT, pues es un requisito indispensable para la devolución o exención del

IVA, la aprobación de sistemas especiales de importación-exportación, el

reconocimiento del certificado de reembolso tributario (CERT), prestación de

cualquier servicio por parte de Proexport, la utilización de programas aduaneros

especiales, el registro como comercializadora internacional, el desembolso de

crédito de Bancoldex y la solicitud de determinación de criterios de origen para

productos de exportación.

Ante las autoridades aduaneras, pueden actuar como declarantes exportadores

todas las personas naturales o jurídicas, cuyas exportaciones no excedan los diez

mil dólares estadounidenses; y los usuarios altamente exportadores o

pertenecientes a un programa de exportación. Estos declarantes tendrán la

responsabilidad de inscribir documentos que contengan información clara, verídica

y exacta; además, deben obtener las autorizaciones pertinentes, presentar la

solicitud de embarque, firmar y presentar la declaración de exportación, conservar

documentos de soporte, entregar información solicitada por las autoridades

competentes, pagar sanciones y reintegrar las divisas correspondientes al pago de

la exportación.

Page 360: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

360

[email protected]

El documento que acredita la operación que dio lugar a la exportación, las

autorizaciones respectivas y el mandato cuando actúe como declarante una

sociedad de intermediación aduanera, son documentos de soporte que el

declarante debe conservar por un período de cinco (5) años.

La solicitud de autorización de embarque y la declaración de exportación se

presenta ante la administración de aduanas, a través de los servicios informáticos

electrónicos a disposición de los usuarios.

La solicitud de autorización podrá ser denegada cuando se presente en un lugar

diferente a la jurisdicción aduanera donde se encuentre la mercancía, cuando no

se suministre cierta información (régimen/modalidad, subpartida arancelaria,

descripción de la mercancía, cantidad, peso y valor, país de destino, entre otros) y

en caso de que no se incorporen los documentos de soporte de la declaración.

En el momento en el que la autoridad aduanera, a través de los medios

electrónicos envía el recibo satisfactorio de la solicitud de autorización, se

entenderá que esta quedó aprobada por vigencia de un (1) mes.

Modalidades de exportación

EXPORTACION DEFINITIVA

Es la regulación de salida de mercancías del territorio aduanero nacional para su

uso o consumo definitivo en otro lugar. Existen varios tipos: embarque único con

datos definitivos al embarque, embarque único con datos provisionales y

embarque fraccionado con datos definitivos o provisionales.

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361

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EXPORTACION TEMPORAL PARA EL PERFECCIONAMIENTO PASIVO

Regula la salida provisional de mercancías del territorio aduanero nacional, con el

fin de ser sometidas a transformación, elaboración, o reparación en el exterior o en

una Zona Franca Industrial de Bienes y de Servicios, debiendo ser reimportadas

dentro del plazo que la Aduana autorice para cada caso antes de su exportación.

EXPORTACION TEMPORAL PARA REIMPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO

Es la modalidad de exportación que regula la salida temporal de mercancías

nacionales o nacionalizadas del territorio aduanero nacional, para atender una

finalidad específica en el exterior, en un plazo determinado, durante el cual

deberán ser reimportadas sin haber experimentado modificación alguna, con

excepción del deterioro normal originado en el uso que de ella se haga.

REEXPORTACIÓN

Es la modalidad de exportación que regula la salida definitiva del territorio

aduanero nacional de mercancías que estuvieran sometidas a una modalidad de

importación temporal o a la modalidad de transformación y ensamble. También

podrán declararse por esta modalidad los bienes de capital o sus partes, que

encontrándose importados temporalmente, deban salir para ser objeto de

reparación o reemplazo en el exterior o en una Zona Franca Industrial de Bienes y

Servicios.

REEMBARQUE

Es la modalidad de exportación que regula la salida del territorio aduanero

nacional de mercancías procedentes del exterior que se encuentren en

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362

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almacenamiento y respecto de las cuales no haya operado el abandono legal ni

hayan sido sometidas a ninguna modalidad de importación. No podrá autorizarse

el reembarque de sustancias químicas controladas por el Consejo Nacional de

Estupefacientes.

EXPORTACION POR TRÁFICO POSTAL Y ENVÍOS URGENTES

Podrán ser objeto de exportación por esta modalidad, los envíos de

correspondencia, los paquetes postales y los envíos urgentes siempre que su

valor no exceda de dos mil dólares estadounidenses y requieran ágil entrega a su

destinatario.

EXPORTACION DE MUESTRAS SIN VALOR COMERCIAL

Regula la exportación de mercancías consideradas muestras sin valor comercial,

es decir, aquellas cuyo valor comercial total no sobrepase el monto que señale la

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, mediante resolución.

EXPORTACIONES TEMPORALES REALIZADAS POR VIAJEROS

Serán objeto de esta modalidad de exportación las mercancías nacionales o

nacionalizadas que lleven consigo los viajeros que salgan del país y que deseen

reimportarlas a su regreso en el mismo estado, sin pago de tributos al momento de

la entrada, por ser de carácter temporal.

EXPORTACION DE MENAJES

Serán objeto de esta modalidad de exportación los menajes de los residentes en

el país que salen del territorio aduanero nacional para fijar su residencia en el

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exterior. Para tal efecto, la persona que realiza en este caso como un "trasteo" o

traslado de sus cosas a otro país, debe presentar ante la Aduana, con las

mercancías, una relación en que indique la cantidad y la descripción de lo que se

está llevando.

PROGRAMAS ESPECIALES DE EXPORTACION

Programa Especial de Exportación - PEX - es la operación mediante la cual un

residente en el exterior compra materias primas a un productor residente en

Colombia, disponiendo su entrega a otro productor también residente en el

territorio aduanero nacional, quien se obliga a laborar y exportar el bien

manufacturado a partir de dicha materia prima, según las instrucciones que reciba

del comprador externo. La exigencia primordial para poder acceder al PEX es ser

persona jurídica legalmente reconocida y no tener deudas con la DIAN.

¿Cuándo procede la inspección aduanera de la mercancía?

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, podrá fijar la realización

de inspecciones documentales y físicas a las mercancías. También podrá

efectuarse por solicitud del declarante.

La diligencia se debe realizar al día siguiente en el que se ordene su práctica. El

funcionario de la DIAN debe verificar la conformidad entre la información

consignada en la solicitud de autorización de embarque y los documentos soporte;

en las inspecciones físicas, debe verificar los empaques y embalajes para

reconocer las características de la mercancía.

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¿Cómo y cuándo realizar el embarque de mercancía?

Embarque es la operación de cargue en el medio de transporte de la mercancía

que va a ser exportada previa autorización de la autoridad aduanera. Las

mercancías objeto de exportación, amparadas con una solicitud de autorización de

embarque, deben ser trasladadas al lugar de embarque por donde se efectuará su

salida del territorio nacional o su ingreso a zona franca. El declarante, exportador,

transportador o responsable del depósito habilitado, según corresponda de

acuerdo con las condiciones de la operación comercial, debe diligenciar, sólo para

efectos aduaneros, una planilla de traslado a través de los servicios informáticos o

electrónicos.

Efectuado el ingreso al lugar de embarque o zona franca, la Dirección de

Impuestos y Aduanas Nacionales autorizará el embarque a través de los servicios

informáticos o electrónicos, o determinará la práctica de inspección aduanera

documental, física o no intrusiva.

Si hay inspección aduanera pueden acontecer las siguientes situaciones:

Si se establece conformidad entre lo declarado en la solicitud de

autorización de embarque y la información contenida en los documentos

soporte y lo inspeccionado, procede el embarque.

Si se encuentran diferencias entre la información contenida en la

autorización de embarque y la mercancía inspeccionada, que no impliquen

ningún requisito adicional o restricción alguna, el inspector solamente

dejará constancia de tal situación y procederá el embarque.

Si se detecta que los precios consignados presentan niveles anormales en

relación con el tipo de producto, sus características o condiciones de

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[email protected]

mercado, el inspector dejará constancia en el acta de inspección y

procederá el embarque.

Si se encuentra que la cantidad sometida a inspección es inferior a la

consignada en la autorización de embarque, el inspector dejará constancia

del hecho en el acta de inspección. En este caso, la autorización de

embarque se entenderá modificada y procederá el embarque sólo para la

cantidad verificada en la inspección.

Si se encuentra que la cantidad sometida a inspección es superior a la

consignada en la autorización de embarque, el inspector dejará constancia

del hecho en el acta de inspección. En este caso, la autorización de

embarque procederá sólo para la cantidad amparada en dicha

autorización, debiéndose tramitar una nueva autorización de embarque

para la cantidad sobrante.

Si se detectan diferencias que impliquen que la mercancía quede sujeta a

restricciones, cupos o requisitos especiales y estas se subsanan dentro del

término de la solicitud de autorización de embarque, procede el embarque.

Embarcada la mercancía en el medio de transporte, el transportador transmitirá, a

través de los servicios informáticos o electrónicos, la información del manifiesto de

carga, relacionando las mercancías según los embarques autorizados por la

autoridad aduanera, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes. Se entenderá

que la información del manifiesto de carga y los documentos de transporte han

sido entregados, cuando la autoridad aduanera a través del servicio informático

electrónico acuse el recibo satisfactorio de la misma.

Cumplidos los trámites señalados se deberá firmar y presentar la declaración de

exportación correspondiente.

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Incentivos de las exportaciones

Las exportaciones tienen varios incentivos:

Impuesto a las ventas:

Todos los bienes corporales muebles que se exporten se encuentran

exentos del tributo.

Todos los bienes corporales muebles que se vendan en el país a

sociedades de comercialización internacional para ser exportados se

encuentran exentos del tributo.

Los servicios intermedios de producción que se presten a sociedades de

comercialización internacional siempre y cuando el bien final se exporte, se

encuentran exentos del tributo.

El exportador tiene derecho a tratar como descontable con derecho a

devolución el tributo causado y facturado en la adquisición de bienes y

servicios utilizados en la producción o venta de los artículos que exporte.

Renta:

Los ingresos por concepto de exportaciones de bienes no se encuentran sujetos a

retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta.

Gravámenes arancelarios:

Todas las exportaciones se encuentran libres de gravámenes arancelarios.

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Plan Vallejo:

Los sistemas especiales de importación-exportación o Plan Vallejo son

mecanismos de apoyo a las exportaciones, conforme a los cuales se permite a

personas naturales o jurídicas que tengan el carácter de empresarios productores,

exportadores, o comercializadores, o entidades sin ánimo de lucro, importar

temporalmente insumos, materias primas, bienes intermedios que se empleen en

la producción de bienes de exportación, con exención total o parcial de derechos

de aduana e impuestos, siempre y cuando se cumplan con los compromisos de

exportación, en un tiempo previamente establecido. También se permite la

importación temporal de bienes de capital y sus repuestos, con los mismos

beneficios, que se destinen a la prestación de servicios de exportación.

Los bienes importados bajo este mecanismo deben ser declarados bajo la

modalidad de importación temporal en desarrollo de sistemas especiales de

importación-exportación. Las mercancías así importadas quedan en disposición

restringida, por lo tanto, no pueden ser enajenadas, ni destinarse a fines diferentes

a los autorizados, como tampoco trasladarse del lugar establecido en el programa

autorizado, mientras estén afectos al programa, so pena de que sean

aprehendidos y decomisados por las autoridades aduaneras.

Las solicitudes relacionadas con el Plan Vallejo deberán ser dirigidas a la división

de registro y control de la subdirección de comercio exterior de la DIAN, a través

de las divisiones de documentación o grupos de correspondencia externa de las

direcciones seccionales de impuestos, aduanas o de impuestos y aduanas del

país.

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Plan Vallejo de servicios:

Este mecanismo cuya finalidad es la exportación de servicios, permite la

importación temporal de bienes de capital y sus repuestos (de las subpartidas

autorizadas), con suspensión total o parcial de los derechos de aduana y el

diferimiento del IVA.

Solamente se podrá aprobar un programa bajo este sistema en el evento en que

el compromiso del programa conlleve la exportación de los que a continuación se

señalan:

Servicios de diseño y exportación de software.

Servicios de investigación y desarrollo.

Servicios de transmisión, distribución y comercialización de energía

eléctrica.

Servicios de empaque.

Servicios de telecomunicaciones.

Servicios audiovisuales.

Servicios de distribución.

Servicios de enseñanza.

Servicios de turismo y relacionados con los viajes.

Servicios sociales y de salud.

Servicios referidos a construcción de obras de ingeniería civil de

infraestructura.

Servicios generales para la construcción de obras de infraestructura.

Servicios de transporte.

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Únicamente pueden ser usuarios de un sistema especial de importación-

exportación para exportación de servicios las personas jurídicas, incluyendo

consorcios y uniones temporales de obras públicas, que presenten un proyecto

para exportación de servicios y que se encuentren inscritas en el registro único

tributario como usuario aduanero en calidad de exportador de servicios y que la

actividad económica principal – la que reporta mayores ingresos – corresponda a

alguna de las actividades enunciadas.

Maquila:

La maquila es una modalidad especial del Plan Vallejo para materias primas e

insumos, según la cual, mediante importaciones no reembolsables, un contratante

extranjero suministra al productor nacional – en forma directa o indirecta – el

ciento por ciento (100%) de las materias primas o insumos externos necesarios

para manufacturar el bien de exportación, sin perjuicio de las materias primas o

insumos nacionales que se incorporen.

El productor nacional recibe el nombre de maquilador y dentro de su objeto social

debe tener la posibilidad de importar temporalmente al país materias primas e

insumos para su ensamble con destino exclusivo a la exportación.

La operación de maquila está concebida como el proceso de adicionar algún valor

agregado nacional a través de la producción, mezcla, combinación, elaboración,

transformación, manufactura, envase, empaque, armado, ensamble, reparación o

reconstrucción a materias primas e insumos importados temporalmente para ser

exportados en su totalidad.

La demostración de los compromisos de exportación se efectúa mediante la

presentación de los inventarios de materias primas o insumos importados y de

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producto final exportado, certificados por el contratante extranjero, el

representante legal y el revisor fiscal del productor nacional, en donde conste el

grado de cumplimiento por cada periodo de exportación.

Programas especiales de exportación, PEX:

En los PEX, una vez se haya efectuado la exportación del bien final, tanto os

productores de las materias primas, insumos, bienes intermedios, material de

empaque o envases, como los productores de los bienes finales, se hacen

acreedores de los beneficios contemplados para las exportaciones.

Sociedades de comercialización internacional:

Tienen por objeto tanto la comercialización de productos en el exterior como la

importación de bienes e insumos para abastecer el mercado interno o para la

elaboración de bienes que posteriormente serán exportados.

Están facultadas tanto para fabricar o producir mercancías destinadas al mercado

externo, como para comprarlas a fabricantes o productores nacionales para

exportarlas dentro de los seis (6) meses siguientes, convirtiéndose de esta manera

en beneficiarias de los incentivos que tienen los exportadores.

Por su parte, las operaciones de venta de mercancías que realizan los fabricantes

nacionales a una sociedad de comercialización internacional, para que esta las

exporte, dan derecho a que aquellos se beneficien de los incentivos fiscales y

aduaneros. En este caso, las comercializadoras, expiden a favor de los

productores, el denominado “certificado al proveedor”, documento que acredita la

compra de los bienes y la obligación de exportarlos, presumiendo a partir de su

expedición la realización de la exportación.

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Zonas especiales económicas de exportación:

Son espacios del territorio nacional correspondientes a municipios fronterizos, en

los que se aplica un régimen jurídico especial en materia económica y social para

la promoción, desarrollo y ejecución de procesos de producción de bienes y

servicios para exportación, cuya duración mínima sea de cinco (5) años.

El régimen se aplica en Buenaventura, Cúcuta, Valledupar e Ipiales y sus áreas

metropolitanas. Cubre proyectos de infraestructura y proyectos industriales

destinados a fabricar, producir, transformar o ensamblar bienes para su venta, así

como la prestación de servicios.

Los proyectos de infraestructura que sean calificados como elegibles en las zonas

especiales económicas de exportación, están exentos del impuesto de renta y

complementarios, correspondientes a los ingresos que obtengan en desarrollo de

las actividades que se les autorizó ejercer dentro de esa respectiva zona.

A su vez, los proyectos industriales que sean calificados como elegibles, tendrán

un tratamiento equivalente al de los usuarios industriales de bienes o de servicios

de las zonas francas y, gozarán, entre otros, de los siguientes incentivos:

Los pagos, abonos en cuenta y transferencias al exterior por concepto de

intereses y servicios técnicos efectuados por las sociedades comerciales,

no están sometidos a la retención en la fuente ni causan impuesto sobre la

renta, siempre que dichos pagos estén directa y exclusivamente vinculados

a las actividades industriales que desarrollen.

En materia aduanera, se aplicará la normatividad especial establecida para

los usuarios industriales de bienes y de servicios de zona franca.

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Vale la pena señalar, además, que en el caso de proyectos industriales que

empleen materias primas agropecuarias, deben exportarse la totalidad de

los bienes obtenidos con dichas materias primas desde la puesta en

marcha de dichos proyectos.

¿Cómo se reintegran las divisas producto de la exportación?

Los exportadores deben efectuar, dentro de un plazo máximo de seis (6) meses

contados desde la fecha de recepción de las divisas por concepto de sus

exportaciones, la venta de las mismas a los intermediarios del mercado cambiario

(entre otros, entidades financieras) o pueden canalizarlas a través de una cuenta

corriente de compensación, abierta en el exterior, la cual debe ser registrada en el

Banco de la República. Para el reintegro debe diligenciarse la declaración de

cambio por exportaciones de bienes – formulario N° 2.

El incumplimiento de esta obligación acarrea una multa equivalente al doscientos

por ciento (200%) del valor de la operación, la cual será impuesta por la Dirección

de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN.

¿Debe contarse con una gerencia de exportaciones?

El tema de la infraestructura administrativa para las exportaciones, resulta

particularmente importante para las pequeñas y medianas empresas que operan

por primera vez en el mercado internacional.

Aparentemente ellas no requieren de una gerencia de exportaciones por

separado, máxime teniendo en cuenta que toda operación de más de mil dólares

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(US$ 1000), debe efectuarse a través de una SIA. Sin embargo, una vez

establecido un flujo razonable de negocios con el exterior, la creación de un

departamento especializado dentro de la empresa se vuelve muchas veces

indispensable.

¿Cuáles son las funciones de una gerencia de exportaciones?

Existen muchos modelos de planeación y organización de las áreas de

exportación dentro de las empresas, pero en líneas generales puede decirse que

las actividades fundamentales de una gerencia de exportaciones, se refieren a la

investigación de mercados, la ubicación de demandas internacionales, el contacto

con compradores, la recepción de pedidos, el cálculo de costos y riesgos

cambiarios, políticos y de transacción de cada negocio, la elaboración de

cotizaciones, la investigación de las formas de transporte, la preparación de

embalajes, seguros y embarques el mantenimiento de contactos con la SIA y los

agentes de carga internacional, la búsqueda de formas y métodos adecuados de

pago para los productos enviados a los clientes y el aseguramiento completo del

pago de las ventas.

En consecuencia, para funcionar de manera eficiente, una gerencia de

exportaciones debe estar adecuadamente organizada.

Un modelo simple de gerencia de exportaciones requiere de un jefe de

exportaciones, un auxiliar de despachos y una secretaria. El jefe de exportaciones

de encarga de las solicitudes, precios, cotizaciones, pedidos y plazos de entrega

y es el responsable de los contratos con los clientes, vendedores, agentes y

distribuidores. El auxiliar de exportaciones por su parte, se encarga del transporte

de las exportaciones y la documentación exigida.

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El equipo puede ir aumentando a medida que los negocios con el exterior crecen,

caso en el cual puede requerirse un departamento de exportaciones compuesto

por un gerente de exportaciones y unas áreas de exportaciones, investigaciones,

publicidad, transporte y contabilidad.

El gerente de exportaciones debe ser el responsable de todas las operaciones,

teniendo a su cargo también la administración del presupuesto de todo el

departamento y cumpliendo también funciones de enlace y relación con las

dependencias del Estado y organismos internacionales de carácter económico o

gremial.

El área de exportaciones o ventas responde por todas las exigencias de los

clientes y por los contratos con los agentes en el exterior. Puede tener vendedores

a su servicio dentro y fuera del país y requerir, al igual que el gerente de

exportaciones, capacidad de viajar al exterior para tratar negocios relacionados

con las exportaciones.

El área de investigaciones es responsable de la investigación documental de

campo de los mercados; la de publicidad trata todas las formas de publicidad en el

mercado de destino de la exportación; la de transporte tiene a su cargo todo lo

relacionado con la logística, transporte y almacenamiento de las mercancías de

exportación y resulta conveniente que cuente con asesoría en asuntos de

documentación y seguros.

Por último, el área de contabilidad responde por el control de los créditos, los

pagos y el cálculo de los costos de exportación.

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CAPÍTULO VIII

Estrategias para negociar, administrar el tiempo y tomar decisiones

[Tomado de: Guía Legis para la pequeña empresa 2009 (14a ed.) Colombia, Legis Editores S.A.

Págs. 252-260]

¿En qué consiste el arte de negociar?

En el diario vivir de cada persona, esta realiza pequeñas negociaciones para tener

metas, elementos o grandes ganancias que hacen parte del trabajo y su proceso.

Negociar es realizar cambios productivos y gananciosos para ambas partes. Este

proceso, consiste en argumentar de tal manera que la contraparte ceda en puntos

que son importantes para el negociante. Esto requiere de métodos y sistemas que

deben ser objeto de investigación e información que ayuden a las contrapartes a

lograr sus objetivos y metas propuestas durante la negociaron. La herramienta

más importante para negociar es la argumentación, cualquiera de las técnicas que

el negociante vaya a usar, tiene que necesariamente pasar por el cedazo de la

argumentación. Cada idea u objetivo y la misma meta que se propone será

calibrada de la manera en que el negociante la exponga, llamativa, interesante y

hasta gananciosa. El juego del lenguaje le permite mostrar lo que quiere la

contraparte con la habilidad de la argumentación.

Preparar una negociación es un proceso por pasos o etapas que son

indispensables para la culminación; para llegar a esto es necesario tener varias

perspectivas importantes a tener en cuenta:

Necesidades. Es importante tener en cuenta y como prioridad la propia

necesidad, pues es el punto hasta el cual se puede llegar dentro del proceso,

obviamente teniendo en cuenta también las necesidades de nuestra contraparte.

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Propósitos. Es útil fijar objetivos y metas a cumplir, que pueden ser dentro del

proceso de negociación a corto o largo plazo, así como identificar cuáles son los

puntos divergentes, a fin de buscar alternativas, para dentro de la negociación,

encontrar señales que permitan a las partes identificar nuevos propósitos

comunes. Este proceso puede llegar hasta el punto de encontrar “conveniencias

comunes”, que faciliten la negociación o el acuerdo.

En una negociación difícil, es importante tener en cuenta que, pequeños avances

o acuerdos, pueden ser grandes éxitos.

Un segundo objetivo para una negociación es asegurarse que los puntos que no

se quieren tocar dentro del proceso sean desechados y descartados. Esto

requiere de habilidades argumentativas para que la contraparte no las tenga en

cuenta.

Un tercer objetivo es averiguar que es lo que requiere la contraparte y desea saber

a través de las discusiones.

El cuarto punto en los objetivos es escoger adecuadamente la estrategia a seguir.

Un último punto es satisfacer las necesidades mediante las metas establecidas a

través de los propósitos fijados.

El camino a seguir en la preparación de una negociación es esencial para lograr

una optima comprensión de lo que se va a negociar, decidir que tácticas se van a

utilizar y fijar objetivos realistas significativos para lograr la meta. En las

negociaciones es importante:

Definir los objetivos de la negociación.

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Investigar, recoger, analizar y evaluar la información pertinente.

Buscar las técnicas para lograrlo.

Desarrollar varias técnicas adecuadas a seguir.

Identificar destrezas de negociación.

Cada elemento del camino en importante en el ciclo de la preparación de la

negociación. El establecer los objetivos, requiere de una información planificada,

previamente, pues está fija el punto de vista del negocio y negociador, para poder

desarrollar la estrategia adecuada que se requiere para el tipo de negociación que

se está haciendo. La preparación de una negociación requiere de tácticas y

estrategias para saber como llegar a la meta, los objetivos planteados para ir en

camino hacia la ganancia, tienen que estar en consonancia con el proceso

planteado de negociación. Los procesos requieren en su interior etapas con

criterios dirigidos a hacia el fin. Elementos que hacen del negociador un

profesional en el ramo, pues partiendo de las cualidades innatas del mismo estas

se acrecentarán con el conocimiento y la experiencia previa dejada en cada

negociación.

Cualidad Finalidad

Honestidad. Mostrarse honesto con

proposiciones claras y contundentes. La

mentira deliberada, por ser esta éticamente

negativa, puede provocar retrocesos en

momentos no apropiados para la negociación.

Generar seguridad en la

contraparte.

El positivismo en cada punto

de la negociación.

Confianza

Lenguaje corporal (comunicación no

verbal). Es verdad aquello de que “valen más

los hechos que las palabras” y la gente a

menudo es más elocuente con sus actos

La llamada comunicación no

verbal, utilizada como

mecanismo de obtención de

información de la contraparte.

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corporales de lo que se dan cuenta o desean.

Se transmite abundante información a través

de las expresiones faciales, las posturas

corporales, la entonación y la distancia física.

En efecto el cuerpo en ocasiones envía

mensajes que desmienten lo que se dice con

palabras.

Lo ideal es leer las reacciones,

identificando fortalezas y

debilidades dependiendo del

punto sobre el cual se está

discutiendo.

Aprovechar la información

que inconcientemente se está

dando.

Motivaciones emociones (euforia, pánico).

En las discusiones por las que atraviesa una

negociación, estas pueden provocar emociones

equivocadas que pueden ayudar, entorpecer, o

retroceder en el proceso cara a cara.

Ventajas para la contraparte.

Presión para ganar algunos

puntos.

Cambiar algunos términos de

las discusiones.

Iniciativa. Tomar la iniciativa en situaciones en

donde se requiere la delantera para definir

asuntos en puntos álgidos a favor de quien la

tiene. En algunos casos es importante esperar

y reaccionar lo que se puede proponer, pues la

reacción puede ser mas alimentadora que la

misma iniciativa, pues ya sabría en que terreno

se está negociando.

Obtener puntos a favor en

cada objetivo dado.

Registros. Más que una cualidad, es una

necesidad. Es importante tomar nota de cada

paso de la discusión durante la negociación.

Es útil en casos de que la

contraparte olvide prebendas o

discusiones importantes.

Verificar pequeños acuerdos

dentro de la negociación.

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Partiendo desde las anteriores características, intencionalidades y finalidades, es

importante conocer cuáles son las técnicas más útiles para darle forma y ejecutar

una negociación.

¿Cómo se cierra una negociación?

Después de haber preparado exhaustivamente la información, determinando

necesidades, propuestas, objetivos y propósitos, empleando estrategias

adecuadas, modificando los enfoques a medida que se va avanzando en las

conversaciones, utilizando las técnicas adecuadas en los momentos claves, vistos

todos los distractores y dadas unas cuantas concesiones, y logrando en gran

medida los objetivos propuestos para la negociación, en necesario cerrar

adecuadamente el negocio, tanto comercial como personal.

Un buen negociador tiene que identificar las señales de cierre que va generando

la contraparte, algunos lo ven como parte del problema. Otros utilizan reglas

donde deliberadamente ignoran asuntos importantes que no fueron discutidos

totalmente para lograr el cierre. Es útil tener en cuenta algunas reglas a la hora de

hacer el cierre:

No cerrar la negociaron si no está seguro.

Si está seguro cerrarlo.

No olvidar asuntos importantes que se dejaron de discutir por cerrar el

negocio.

Cerrar el negocio, paso a paso, pero solo cuando esté seguro de que no lo

usarán para mayor ventaja.

Por experiencia se sabe que todo lo que esté a medias y no se haya finiquitado no

quedará bien hecho.

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Las señales de cierre son cualquier movimiento tácito que indique que el acuerdo

esté llegando al final, para esto hay que tener en cuenta varios aspectos:

- Negociaciones complejas. Cuando el proceso de negociación ha sido complejo

y difícil, siempre es bueno darse tiempo. De esta manera puede regresar y

saber cuáles son los puntos que hay que discutir un poco más, o confirmar el

negocio y establecer posiciones fuertes sobre los puntos en los que no le haya

ido muy bien. Al final el tiempo le puede dar claridad.

- Recapitular. Para realizar la recapitulación es conveniente regresar sobre las

notas hechas durante las conversaciones, para así atar los cabos que pudieron

quedar sueltos.

- Confirmar la negociación. Realizar las confirmaciones claramente de modo

que cuando llegue el momento de escribir el acuerdo de las partes no surjan

diferencias o eventuales problemas por mala transcripción u omisión de

algunos de los puntos acordados.

- Revisión. Cuando todo ha terminado y el negocio está cerrado y confirmado,

una regla de oro es revisar punto a punto las discusiones y anotaciones

previas, durante y hasta el final de todo el proceso, recordar tácticas y

estrategias que hicieron ganar o perder terreno en determinadas circunstancias

de la negociación. Es preciso evaluar comportamientos, propios y los de la

contraparte como nuevas formas de investigación y recolección de

experiencias para próximas negociaciones.

¿Cómo lograr una buena administración del tiempo?

El tiempo es oro cuando de trabajo y productividad se trata. La buena

administración logra que el tiempo sea más productivo y así mismo permite

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aprovecharlo de acuerdo con sus actividades y costumbres para realizar cada

jornada.

El significado del tiempo para cada persona es diferente frente a los contextos en

los cuales están manejando, profesional, personal, los cuales determinan el modo

de empleo. Usar bien el tiempo es el eterno problema, pues entre mas tareas de

diferente tipo mayor es la dificultad para su aprovechamiento.

El tiempo es costoso y esto responsabiliza a los individuos por su mal uso y el

peso que ello acarrea por su desperdicio. La manera de utilizar el tiempo es un

hábito y un orden en el día. El analizar las tareas, el tiempo e realizarlas y el

producto de las mismas es muy útil para organizar, resolver problemas y ejecutar

deberes con la prioridad que cada cual exige durante el día laboral. Existen varios

puntos importantes a tener en cuenta para evaluar y analizar la forma, manejo y

uso del tiempo:

a) Evaluar el trabajo diario. Es fácil dedicar el tiempo necesario a tareas

planificadas con anterioridad, pero en labores no programadas y que no

responden a objetivos claros son responsables de buena parte de la pérdida de

tiempo.

b) El costo del tiempo. Es muy difícil calcular el tiempo en términos de dinero,

pero sí es muy sencillo aproximarlo en proporción de uso, saber cuánto cuesta

en minutos y horas, le servirá para analizar el costo de una actividad típica

cotidiana.

c) Llevar un registro del tiempo. Para administrar el tiempo es importante

registrar las actividades diarias y el tiempo programado para ello. Realizar un

horario de tareas para dividirlas durante el día para saber cuáles son más

importantes y cuánto tiempo les puede dedicar. El seleccionar la jornada en

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cada tarea y su tiempo de realización le ayudará a evaluar cuánto tiempo está

perdiendo en actividades sencillas y cómo lo puede administrar de la mejor

manera.

d) Desglosar las actividades en proporciones de tiempo. Se basa en el

registro anterior, pues el agruparlas, ya sea por prioridades, temas, categorías,

etc., permite administrar y darla la calidad de tiempo necesario al trabajo y

distribuirlo correctamente. Al examinar el uso del tiempo, analizándolo y

evaluándolo se concluye, que es importante tener metas diarias y estrategias

de administración a corto y largo plazo, ya sea dentro de un mismo día o en

varios, para ponerlo en práctica.

¿Cómo planificar el tiempo?

Al realizar las actividades diarias es necesario tener en cuenta prioridades y

urgencias del día, para esto existen técnicas que pueden hacer que el tiempo

dedicado a tales labores sea de calidad y productivo para las mismas. Para poder

aplicar estas técnicas es importante tener en claro los siguientes puntos:

a) Objetivos del día y de la tarea. Cada día trae nuevas tareas y nuevas

prioridades, sin tener en cuenta las que habitualmente realiza en determinada

hora del día, estas nuevas labores son las que generalmente consumen más

tiempo en su realización. Crear objetivos diarios implica darle el espacio

necesario a este tipo de nuevas labores sin descuidar las otras actividades.

Al fijarse los objetivos diarios, estos traen plazos largos o breves dependiendo

del contexto en que se desenvuelvan, sean estos personales, profesionales o

de otro tipo. Esto es igualmente útil para planificar una vida profesional, pues

se pone en la tarea de reflexionar buscando sus fortalezas en las áreas en las

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que probablemente va a laboral, al igual que un día normal de trabajo, el

planificar los objetivos profesionales le puede dar claridad mental frente a lo

que se quiere día a día.

Al fijarse un objetivo laboral diario, se está fijando también mentalmente metas

temporales de ejecución.

b) Prioridades. Las jerarquías de los objetivos son a su vez prioridades en las

tareas laborales, esto es importante, pues cada tarea terminada es un objetivo

cumplido. Para fijar prioridades es necesario analizar y evaluar las tareas,

saber aproximadamente cuánto tiempo necesita y si los proyectos son a largo,

mediano o corto plazo, dentro del día o los subsiguientes que requiere la tarea.

Dentro de su jornada laboral, generalmente tiene labores diarias, como leer el

correo, realizar y contestar llamadas, etc.; tareas de proyectos planteados

anteriormente y tareas esporádicas, al organizar adecuadamente todas estas

labores, su jornada será de más productividad y calidad.

Para analizar las tareas diarias se recomienda:

1. Realizar una lista de labores diarias incluyendo las rutinarias, con sus

objetivos, prioridades y metas.

2. Categorizar las tareas de la siguiente manera:

A) Temas importantes de atención urgente

B) Asuntos de urgencia manifiesta

C) Tareas importantes de atención mediata

D) Asuntos de consideración menor

E) Asuntos de rutina

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1. Si el número de tareas y objetivos es demasiado y todas pertenecen a las

categorías A, B o C, delegue a personas o especialistas que puedan realizar el

trabajo igual que usted, el resto son tareas que usted solo puede realizar y

esto le permitirá planificar su jornada.

2. equilibrar las tareas diarias en categorías puede hacer que su jornada sea de

mayor productividad y calidad. Al planificar escoja las actividades diarias y así

mismo categorícelas, para que al momento de su ejecución puede intercalar

tiempos de acuerdo con la jerarquía dada.

c) Pautas y trabajos. Al equilibrar las exigencias y las propiedades estas pueden

cambiar con el correr del día por la información proporcionada ya sea por

Internet, teléfono o un colega, puede cambiar la categoría de la misma; cuando

esto sucede es necesario revisar el listado para establecer de nuevo las

prioridades. Racionalizar el trabajo facilita clarificar el orden del día,

combinando tareas exigentes con fáciles, urgentes con rutinarias y períodos de

descanso y relajamiento para iniciar de nuevo.

El uso de herramientas como agendas y ordenadores facilitan la administración

del tiempo. El tener registros de las actividades diarias las hacen más fácil de

recordar, controlar y realizar. El uso de las agendas requiere de hábito y

disciplina, pues por cada compromiso, nota, actividad, etc., registradas en la

agenda, le indicará el tiempo que dispone para realizarla, si es necesario

desplazarse, o si tiene que recibirlo, etc. Todos estos datos es importante

anotarlos para facilitar su jerarquización y consumo de tiempo.

d) Técnicas para planificar el tiempo. Para planificar y administrar el tiempo es

necesario adecuar técnicas simples pero indispensables que hagan fluir y

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faciliten el ordenamiento de las tareas en el tiempo real de ejecución. Los

anteriores puntos pueden tomarse como técnicas pero es necesario

incorporarlas al trabajo diario para sacarles provecho. Dentro de las listas

diarias es necesario dejar espacio para cubrir contingencias y tareas extras

que también requieren de tiempo y espacio para realizarlas. Para administrar el

tiempo no es necesario emplear estrategias sofisticadas para hacerlo rendir. Es

importante que la motivación que se tiene u el gusto de realizar cada tarea

para que esta se ejecute más o menos del presupuestado, pero todo depende

del hábito y la disciplina que se tenga u obtenga con la realización de alguna o

algunas de las tareas propuestas para el día.

Muchos de los obstáculos que ocasionan pérdida de tiempo, pueden estar en

su propio espacio físico, oficina, casa, ordenador, agenda, etc. Cuando se

detecta que el origen de los retrasos está allí, en la propia desorganización

física,, realice cambios, ordene archivos para poderlos tener a mano; no deje

papeles sobre el escritorio, manténgalo libre de todo lo que no necesita para

ejecutar la tarea impuesta; y después de terminada, organícelo en otro lugar

para no botar equivocadamente o confundirlos con otros similares; organice su

espacio físico, para así proyectar la imagen clara de ejecución acertada, esto

ayudad a su motivación, un espacio limpio y ordenado, motiva a trabajo

corrido. Si está desorganizado, igualmente le quitará tiempo importante

arreglando o buscando las herramientas necesarias para su elaboración. Todo

hace parte de la verdadera administración del tiempo.

Parte de la organización está en los objetivos planeados. Estos generalmente

están basados en temas que tienen que ser archivadas, y para ahorrar tiempo,

en jerarquías y prioridades, utilizando las mismas categorías (A, B o C), para

hacerlos accesibles y fáciles de consultar.

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¿Qué situaciones generan pérdida de tiempo?

Dentro del diario laboral, existen situaciones evitables e inevitables de pérdida de

tiempo, que se pueden controlar y hacen parte de la administración diaria del

tiempo:

Interrupciones:

En las actividades diarias no se está exento de ser interrumpido, pero sí podemos

controlar las situaciones con la menor pérdida de tiempo. Para evitar estas

situaciones se pueden proyectar las posibles e inevitables interrupciones,

escogiendo cuáles pueden ayudarlo en tiempo y cuáles tiene que evitar. Al realizar

este tipo de escogencia en forma de listado en el que debe incluir qué personas

pueden entrar a su oficina, a quiénes delegar visitas y, a quiénes no puede

atender. También puede utilizar el personal a cargo en caso de que esté

realizando tareas urgentes que no permiten ningún tipo de interrupción,

instruyéndolos en ese tipo de tareas.

Inundación de información:

La tecnología es el medio idóneo para abarcar información necesaria a toda hora,

pero requiere tiempo organizarla, por eso es importante utilizar medios alternos de

evacuación de la misma. Generalmente, cuando esto sucede, el primer paso a

seguir es clasificarla por medio de envío, papel (carta, faz, periódico, etc.), Internet

(correo electrónico, redes internas), oral (reuniones, teléfono, TV., radio) y así

mismo jerarquizarla en importante, diaria o simplemente no se pliega a las

necesidades del objetivo o meta.

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Para esto es primordial tener claros los temas, objetivos y metas para los cuales

va a utilizar información recopilada, esto de dará tiempo para ojearla, clasificarla y

luego leerla en el orden de prioridad dado.

Si se tienen rutinas de lectura de correos (Internet, papel) optimice su archivo de

tal manera que no pierda tiempo en esta rutina.

Trabajo con otros:

El hábito de administrar su tiempo y organizar el trabajo puede ser contagios, pues

el desempeño no depende de una sola persona. La pérdida deliberada de tiempo

de otros lo puede afectar en su trabajo. De cada cual depende organizarse y

organizar a los que lo acompañan para evitar estos tipos de contratiempos. El

motivar a los demás, sugerir y opinar sobre los temas, puede ser un buen

comienzo de acuerdo y reflexión, pues todos dependen de todos para avanzar en

los proyectos y que estos se conviertan a su vez en calidad y productividad.

Llamadas telefónicas:

El recibir y hacer llamadas telefónicas cuando no son necesarias son pérdida de

tiempo. Es necesario organizarse y saber cuáles son las llamadas relevantes para

su trabajo, qué tiene que recibir o hacer. Reserve momentos especiales del día

para realizarlas. Tenga claro el motivo de la misma y asegúrese de tratar todos los

temas durante su desarrollo, igualmente, utilice las jerarquías y prioridades para

hacerlas.

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Leer y escribir:

Parte de las funciones labores tienen que ver con el leer y escribir. Cuando no se

tienen técnicas de asimilación y producción escrita se convierte en un problema

que requiere de tiempo para salir de él.

El aprender a leer y asimilar rápidamente la información, es un proceso que

requiere de un hábito normal de lectura (revistas, libros, etc.) su práctica constante

hacen que un buen lector, produzca fácilmente: el identificar frases o palabras

claves dentro de un escrito, agilizan su interpretación además del manejo que

debe tener sobre el tema, para hacerlo aún más comprensible y digerible.

Prácticas como subrayar, escribir observaciones a medida que se avanza en el

texto, son elementos importantes para plasmar posteriormente sobre el papel.

Volver a leer cuando existen párrafos poco comprensibles, son tácticas del buen

lector. A partir del manejo del tema puede evaluar una visión global de la misma.

Si se es un buen lector se es un buen escritor. La lectura da fluidez y su

comprensión facilita el redactar los temas del escrito.

¿Cómo tomar decisiones qué mejoren la productividad?

Durante el trabajo gerencial y los procesos de implementación de proyectos es

necesario tomar diariamente decisiones que mejoren la calidad y productividad,

que además redunden en beneficio de todos aquellos que participan en ella. Este

objetivo se consigue a través de la utilización de instrumentos que llevan a tomar

adecuadas y eficaces soluciones desde la concepción de la idea hasta la puesta

en práctica de la misma.

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La decisión es el resultado de un conjunto de criterios previamente establecidos

por evaluaciones y métodos, que conducen a la elección de una solución en

beneficio de un proyecto. La decisión parte de ideas u objetivos que implican un

proceso de estudio previo, como es el de la identificación, análisis, evaluación,

planificación y elección que conducen a la persona o personas encargadas de tal

tarea a escoger, de acuerdo con los criterios arrojados por el estudio, cuál es la

mejor opción de trabajo o proyecto que su comunidad necesita, teniendo en

cuenta elementos de beneficio personal, económico interno como externo, calidad,

etc; que los enriquezcan y los hagan crecer como empresa.

El proceso de la toma de decisiones tiene las siguientes fases: identificar,

clasificar, analizar, evaluar y poner en práctica las medidas que se tomaron. A

continuación los conceptos básicos del proceso de decisión:

a) Identificar el asunto. Para alcanzar una decisión es necesario visualizar el

campo, tema o problema que abarca. Para lograrlo es necesario ensayar

varias maneras de interpretación y representación del mismo, que se convierte

en un proceso mental para poderlo interiorizar y así conocerlo en todas sus

facetas. El resultado es el establecimiento de objetivos y metas debidamente

priorizados.

b) Clasificación. Dentro de una organización se toman toda clase de decisiones,

que pueden ser, rutinarios o diarias, que involucran el diario vivir y el flujo fácil

de trabajo; de merecía, cuando la situación apremiante lo exija; este tipo de

decisiones se toman de acuerdo con las circunstancias que aparecen en el

momento, es decir, al instante y funcional, en el caso de problemas de fondo o

proyectos especiales que requieren de un manejo de tiempo e información

especial.

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c) Análisis. El identificar y clasificar arroja un conjunte de opciones y caminos a

seguir, con volúmenes de información que fundamentan los criterios que

definen una decisión, revelando situaciones y abriendo un camino para la

posterior evaluación.

d) Evaluación. Es el paso de discriminar las ventajas y desventajas, pros y

contras, de cada opción, teniendo en la mira los objetivos antes señalados.

e) Práctica. Con los elementos antes señalados, y tomada la decisión, se diseña

un plan que ejecute el objetivo trazado.

Existen diversos caminos que conducen a la decisión. Los procedimientos

están basados en los datos y las cifras, como una solución exacta (clara y

correcta); en la experiencia propia o de otros (intuición); en el tiempo de

resolución, en la simulación. Todo esto implica evaluar y comparar soluciones

para llegar al camino de la decisión.

¿Cuáles métodos se aplican?

Las personas en ocasiones resuelven algunos problemas por medio de la

comprensión súbita, es decir, como una intuición arbitraria, y sin ningún

antecedente en su experiencia anterior. Este tipo de solución se explica y se basa

en la solución del problema es creativa a partir de esa inspiración. Las decisiones

espontáneas y creativas, no parecen derivar de la lógica, pero esto no quiere decir

que no sean válidas, pero son las que por emoción corren un mayor riesgo de ser

equivocadas, pues no hay previa información exacta que las soporte. El otro tipo

de decisión, la lógica y sistemática, depende de datos, estadísticas, experiencias

externas anteriores que hacen que el riesgo sea menor, estas son las

empresariales y directivas.

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TIPO DE DECISIÓN CARACTERÍSTICA

Irreversible Dediciones tomadas que no pueden ser anuladas,

independientemente de las consecuencias.

Reversible Resoluciones que dadas circunstancias nuevas se pueden

modificar.

Experimental Dediciones tomadas con base en experiencias propias o

externas.

Ensayo y Error Dediciones que una vez puestas en práctica se evalúan y

en la siguiente ocasión se aplican corregidas.

Por etapas Dediciones en proceso largo plazo. Cada paso es una

decisión que finiquitada con éxito da paso a la siguiente.

Retrasadas Dediciones en espera de mejores condiciones para su

toma.

Condicionadas Dediciones modificadas por condiciones ajenas.

Cautelosas Dediciones lentas que permiten estudiar a fondo los pros y

los contras de la misma.

Es importante tomarse el tiempo necesario para la toma de una decisión. Evaluar

la urgencia o necesidad de la misma depende de la pericia, objetividad y manejo

de la persona encargada de la misma.

¿Cómo tomar una decisión?

No siempre se tiene la información necesaria para ponderar los criterios y tomar

decisiones. En tales casos se tiende a hacer conjeturas fundadas en información

accesible, pero esa información no siempre es correcta pudiendo inclusive

producir especulaciones erróneas que pueden llevar a decisiones equivocadas.

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Identificar y diagnosticar previamente un problema es esencial para trazar metas y

objetivos que le dan la dirección de la decisión. Es necesario abordar la totalidad

del tema, conocer toda la información, los datos y experiencias comprometidas en

la solución; esto abarca situaciones de responsabilidad y comunicación con otros

que directa indirectamente se ven afectados. Para esto son necesarias tácticas de

resolución y decisión, pues, al visualizar unos objetivos y evaluar las perspectivas

de resolución se adentran en una estrategia a seguir.

El sistema más adecuado, es crear primero, una lista de las posibles soluciones

que de acuerdo con los datos recogidos pueden surgir. Luego, se evalúan y

descartan las operaciones aplicando los criterios que corresponden con la

situación y el contexto del problema. Cuando se aplica este tipo de táctica se

asume que la decisión final hace parte de las alternativas anteriormente

enlistadas.

Otros métodos útiles en el proceso de decisión como la visualización,

diagramación y graficación de los diversos puntos del problema, en los cuales el

calibre de la decisión es macro so básicas para analizar y evaluar todo tipo de

información. La ventaja de estos métodos es que el margen de error de la decisión

se disminuye notablemente. Un elemento importante para la toma de decisión es

la comunicación directa con cada elemento del grupo. Escuchar cada idea y

estudiarla es básico para la fluidez de la resolución, esto evita obstáculos, algunas

veces insalvables, que pueden entorpecer la decisión final. El grupo está en la

obligación de explicar claramente cada idea o punto a tratar, de tal manera que

aporte elementos sustanciosos y de contenido a la decisión.

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¿Cuáles son los métodos analíticos para alcanzar una decisión empresarial?

Muchos de los problemas y de las tomas de decisión de una empresa radica en la

situación y el contexto en el que se encuentre, lo que tenga que modificar dentro y

fuera de ella para ubicarlos y así avanzar. Este tipo de problemas específicos

necesariamente tienen que estar basados en una cierta información para así

aportar datos al análisis y evaluar el problema. Una forma de simplificar y tener

una mejor visión del asunto es el uso de métodos heurísticos como regla práctica,

si bien no garantiza una solución pero sí la acerca. El método heurístico trata de

establecer las reglas de investigación al interior de un proceso.

Algunos métodos heurísticos dan mejores resultados en determinados casos. Hay

algunos que tienen una finalidad exclusiva, como cambios de mercado,

posicionamiento de productos nuevos, etc. Otros métodos generales se pueden

ampliar o reducir de acuerdo con la necesidad al interior del proceso, que

redundan en la estabilidad de la decisión. Parte de la solución radica en decidir

cuál es el más indicado para cada caso.

Escalamiento: En este proceso, se intenta acercarse gradualmente a la meta final

sin digresiones ni retrocesos. En cada etapa se evalúa a qué distancia se está de

la meta, cuánto queda por recorrer, y cuál es el siguiente paso a seguir. Por

ejemplo, en un test de elección múltiple al contestar cada pregunta, y evaluar, se

eliminan las alternativas notoriamente incorrectas. Aun cuando esto no

proporcione una respuesta final se estará más cerca de la solución. Al tratar de

equilibrar un presupuesto, cada reducción de gastos se aproxima más a la meta y

deja un déficit menor que se ha de afrontar.

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Submetas: Al establecer submetas, en las que a menudo se divide un problema

en pequeñas unidades manejables, cada una es más fácil de analizar y evaluar,

es decir, más sencillo de resolver, que el problema entero.

Medio - fin: Consiste en analizar la diferencia que hay entre la situación actual y el

fin deseado, y luego en hacer algo por reducir la distancia. Se pasa por una serie

de puntos que incluye opciones ante la manera de proseguir; se evalúa cada

opción, según su capacidad de acercarse a la meta. En cada punto se elige la

opción más probable y luego se pasa al siguiente punto. El análisis del medio - fin

pasa con cuidado a través de submetas, pasó a paso. A manera de escalamiento,

siempre mira hacia delante, en atención a lo que se encuentra y que le resulte útil,

pues, si se desvía demasiado de la meta, esta puede desaparecer de la vista por

completo. Esta estrategia puede obligar a omitir las disgresiones o retrocesos

temporales que son absolutamente imprescindibles en la solución de un problema.

Retroceso: Solución que parte de la meta. Con esta estrategia, la búsqueda de

una solución comienza en la meta y se retrocede ella hacia los datos. Suele

emplearse cuando la meta proporciona más información que los datos y cuando

las operaciones pueden realizarse en ambas direcciones.

Para poner en práctica todas estas herramientas, es importante crear el ambiente,

de tal manera que la tarea de reunir información lanzar ideas y estimular así

mismo la creatividad redunde en la solución más eficaz de los problemas

planteados. Delegar tareas implica la participación y desenvolvimiento de cada

grupo en la realización de su propio trabajo. Actitud que redunda en la propuesta

de soluciones a diferentes problemas, enriqueciendo el catálogo de probabilidades

de acertar con la decisión correcta.

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¿Cómo se ejecuta una decisión?

A medida que se van tomando decisiones se deben trazar paralelamente los

planos de ejecución. Ejecutar una decisión implica la utilización de elementos

tanto humanos como tecnológicos que facilitan la puesta en marcha y transición

de los planos trazados, desde los objetivos hasta la meta final. Es necesario

organizar grupos de trabajo especializados en cada materia, los cuales aportan la

experiencia y sus conocimientos; además, de la adecuada utilización de

operadores y ordenadores imprescindibles para la efectiva puesta en marcha del

plan final.

Al poner en práctica una decisión es necesario tener en cuenta los tiempos, costos

y progresos tanto humanos como tecnológicos, de acuerdo con las metas

propuestas para tal fin. Comprobar y tener cifras concretas de lo que se ha

iniciado, para así controlar los movimientos internos y externos que ha provocad la

decisión tomada.

Los pasos que deben seguirse para la ejecución de la decisión son los siguientes:

en primer lugar debe comunicarse la decisión, fijar un cronograma realista para el

cumplimiento de los objetivos y hacer reuniones periódicas de seguimiento. Cada

decisión final es un inicio para otra, siempre se está en constante adelanto y

construcción en pro del progreso y equilibrio de cada empresa que se inicie o

mantenga. Las estrategias, los objetivos, los planes en marcha, son el diario vivir

de cada problema y posible solución que se presenta. El éxito de todo este

proceso, radica en la creatividad y la lógica que se le imponga pues los

conocimientos, experiencias, y herramienta que se tengan a mano, no funcionan si

no existe la persona que la sepa utilizar adecuadamente. Las decisiones tomadas

no son infalibles, pero los procesos que se vayan a seguir sí pueden garantizar la

elección correcta dado el momento, es decir, pueden ayudar a elegir bien.

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[email protected]

Page 397: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

397

[email protected]

Referencias

- La guía de derecho (España) Hilda Fingermann [en línea]: El comerciante.

http://derecho.laguia2000.com/derecho-comercial/el-comerciante [consulta: 13

de noviembre de 2009]

- PEDREIRA MENÉNDEZ, José. (1999) “Las actividades empresariales de las

fundaciones y su tributación” (1a ed.) España, Editorial Lex Nova S.A. Pág.

345.

- MORALES HERNÁNDEZ, Alfredo. (1998) “Curso de derecho mercantil” (4a

ed.) Caracas, Editorial Texto. Pág. 220

- Defensoría del cliente Laguado Giraldo Ltda. (Colombia) Carlos Andrés

Laguado Giraldo [en línea]: El concepto de establecimiento de comercio en el

código treinta años después de su expedición.

http://www.defensorialg.com.co/pdf/Establecimiento.pdf [consulta: 13 de

noviembre de 2009]

- Cámara de comercio de Cali (Colombia) Guía de procedimientos [en línea]:

¿Qué es un establecimiento de comercio y cómo se matricula?

http://www.ccc.org.co/guia/?View=entry&EntryID=26 [consulta: 13 de

noviembre de 2009]

- NARVAEZ GARCÍA, José Ignacio. (1997) “Derecho Mercantil Colombiano” (8a

ed.) Colombia, Legis Editores. Pág. 221

Page 398: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

398

[email protected]

- Jiménez y Botero abogados (Colombia) Libertad de Empresa.

http://www.abogados-jb.com/Empresa/Empresa/libertad.html [consulta: 13 de

noviembre de 2009]

- Revista Electrónica Derecho Comercial (2002) Fernando Jesús Torres

Manrique [en línea] Libertad de Empresa. http://www.derecho-

comercial.com/Doctrina/torres01.pdf [consulta: 13 de noviembre de 2009]

- Solidarios, Consejo de Fundaciones americanas de desarrollo (República

Dominicana) CREAR EMPRESA NO ES UN PROCESO DIFÍCIL ES CUESTIÓN DE

ACTITUD. http://www.redsolidarios.org/word/crear_empresa_no_es_dificil.doc

[consulta: 13 de noviembre de 2009]

- Cámara de comercio de Cali (Colombia) Guía de procedimientos [en línea]:

¿Que es el registro mercantil?

http://www.ccc.org.co/guia/?EntryID=72&View=entry [consulta: 13 de

noviembre de 2009]

- Mipymes (Colombia) Emprendedor [en línea]: ¿Qué es empresa?

http://www.mipymes.gov.co/emprendedor/newsdetail.asp?id=212&idcompany=

44 [consulta: 14 de noviembre de 2009]

- Universidad del Norte (Colombia) Fernando Solano Solano [en línea]: Tipos de

sociedades comerciales. http://ylang-ylang.uninorte.edu.co [consulta: 14 de

noviembre de 2009]

- Bogotá Emprende (Colombia) Apertura y funcionamiento de establecimientos

de comercio.

http://www.bogotaemprende.com/index.php?option=com_content&task=view&i

Page 399: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

399

[email protected]

d=411&Itemid=99999999&limit=1&limitstart=5 [consulta: 14 de noviembre de

2009]

- Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial Bomberos de Bogotá (Colombia)

Concepto técnico de establecimientos.

http://www.bomberosbogota.gov.co/content/view/17/43/ [consulta: 15 de

noviembre de 2009]

- Cámara de Comercio de Medellín (Colombia) Trámites de funcionamiento [en

línea]: Paz y Salvo Sayco-Acinpro.

http://www.camaramed.org.co/cae/constituciontramites.asp [consulta: 15 de

noviembre de 2009]

- Cámara de Comercio de Barranquilla (Colombia) Servicios de Registro [en

línea]: Registro mercantil.

http://www.camarabaq.org.co/index.php?option=com_content&view=category&l

ayout=blog&id=36&Itemid=77 [consulta: 15 de noviembre de 2009]

- Cámara de Comercio de Bucaramanga (Colombia) Preguntas frecuentes [en

línea]: Registro único de proponentes.

http://www.camaradirecta.com/vea.php?IDe=1215 [consulta: 15 de noviembre

de 2009]

- Superintendencia Industria y Comercio (Colombia) El desarrollo del Registro

único empresarial [en línea]:

http://www.sic.gov.co/Articulos_Pagina_Principal/Articulos/2005/Desarrollo_regi

stro_empresarial.pdf [consulta: 15 de noviembre de 2009]

Page 400: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

400

[email protected]

- Cámara de Comercio de Bogotá (Colombia) Preguntas Frecuentes [en línea]:

¿Qué debo hacer para registrar nuevos libros?

http://camara.ccb.org.co/contenido/contenido_imprimir.aspx?conID=2090&catI

D=469 [consulta: 15 de noviembre de 2009]

- Superintendencia de sociedades (Colombia) La consignación de la información

de periodos anteriores a la falta del respectivo registro de libros ante la cámara

de comercio, no es óbice parar que se desconozca la veracidad de la

información [en línea]:

www.supersociedades.gov.co/ss/drivisapi.dll?MIval=sec&dir=232&id=17633

[consulta: 16 de noviembre de 2009]

- Tecnológico (Colombia) Conceptos básicos de contabilidad [en línea]:http://

www.mitecnologico.com/Main/ConceptosBasicosContabilidad [consulta: 16 de

noviembre de 2009]

- Red Caja de herramientas (Guatemala) Conceptos básicos de contabilidad [en

línea]: http://www.infomipyme.com/Docs/GT/Offñine/Empresarios/IRIS/conceptos.htm

[consulta 16 de noviembre de 2009]

- Carl S. Warren, James M. Reeve, Philip E. Fess. (2005) “Contabilidad

financiera” (9a ed.) Estados Unidos, Ediciones Thompson

- Consejo Técnico de la Contaduría Pública (Colombia) Presentación de estados

financieros y liquidación por retiro de autorización de una actividad [en línea]:

http://www.jccconta.gov.co/consejot/publicaciones/Doctrinas-

PDF/presenatacion%20de%20estados%20fianancieros%20y%20liquidacion.pd

f [consulta: 16 de noviembre de 2009]

Page 401: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

401

[email protected]

- Directory (Estados Unidos) Libros de contabilidad [en línea]

http://www.articulosinformativos.com [consulta: 17 de noviembre de 2009]

- Dinero.com (Colombia). Contabilidad Internacional en el país [en línea]

http://www.dinero.com/administradores/estrategia/contabilidad-internacional-

pais_44602.aspx [consulta: 17 de noviembre de 2009]

- Dinero.com (Colombia). Cambios contables en el partidor [en línea]

http://www.dinero.com/administradores/estrategia/contabilidad-internacional-

pais_44602.aspx [consulta: 17 de noviembre de 2009]

- ESLAVA, José de Jaime. (2003) “Análisis económico-financiero de las

decisiones de gestión empresarial” España, Esic Editorial

- Superintendencia de sociedades (Colombia) Decreto 2650 de diciembre 29 de

1993 [en línea]:

http://www.supersociedades.gov.co/ss/drvisapi.dll?MIval=sec&dir=46&id=2149

0&m=td&a=td&d=depend [consulta: 18 de noviembre de 2009]

- Universidad Nacional Autónoma de México (México) Facultad de Economía [en

línea]: Contabilidad general.

http://www.economia.unam.mx/pasoapaso/pdf/apuntescontabilidad.pdf

[consulta: 18 de noviembre de 2009]

- Gerencie.com (Colombia) Edison Sabogal Bernal [en línea]: Contabilidad de

caja. http://www.gerencie.com/contabilidad-de-caja.html [consulta: 18 de

noviembre de 2009]

Page 402: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

402

[email protected]

- ARBONES, Eduardo. (1989) “Ingeniería económica”. Capítulo Conceptos de

contabilidad. España, Marcombo S.A

- Consejo Técnico de la Contaduría Pública (Colombia) Registros contables en

el libro diario de una sociedad comercial [en línea]:

http://www.jccconta.gov.co/consejot/publicaciones/Conceptos-PDF/BOLE80.pdf

[consulta: 19 de noviembre de 2009]

- Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (Colombia) Gobierno reduce

cargas contables a microempresarios [en línea]:

http://www.mincomercio.gov.co/eContent/newsdetail.asp?id=6427&idcompany=

1 [consulta: 19 de noviembre de 2009]

- Cámara de Comercio de Cali (Colombia) Guía de procedimientos [en línea]:

¿Qué libros debe llevar la empresa unipersonal?

http://www.ccc.org.co/guia/?EntryID=77&View=entry [consulta: 19 de

noviembre de 2009]

- GODOY, Amanda Alicia y GRECO, Orlando. (2006) “Diccionario contable y

comercial” (3a ed.) Argentina, Valleta Ediciones.

- Centro interamericano jurídico-financiero (Colombia) Rodrigo Monsalve Tejada

[en línea]: ¿Hasta cuándo conservar los papeles y libros?

http://www.cijuf.org.co/documentos/conservarpapelesylibros.doc [consulta: 20

de noviembre de 2009]

- DMS ediciones jurídicas (Colombia) Registro digital de libros de contabilidad [en línea]:

http://www.dmsjuridica.com/CODIGOS/DOCTRINA/SUPER%20SOCIEDADES/CONC

EPTOS/contables/2008/85226.htm [consulta: 20 de noviembre de 2009]

Page 403: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

403

[email protected]

- Universidad Nacional (Colombia) Fundamentos de Administración [en línea]: Función

financiera.http://www.virtual.unal.edu.co/cursos/economicas/2006862/lecciones/capitul

o%208/cap8_a_a.htm [consulta: 20 de noviembre de 2009]

- Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Gobierno reduce cargas

contables a microempresarios [en línea]:

http://www.mincomercio.gov.co/eContent/newsdetail.asp?id=6427&idcompany=

1 [consulta: 20 de noviembre de 2009]

- Legislación virtual (Colombia) Consejo técnico de la contaduría pública [en línea]:

pronunciamiento no. 9, estado de cambios en la situación financiera.

http://www.legislacionyjurisprudencia.com/ctcp/pronunciamientos/PRONUNC9.pdf

[consulta: 20 de noviembre de 2009]

- Cámara de comercio hispano-colombiana. (Colombia) Legislación laboral y

seguridad social [en línea].

http://www.camacoes.com.co/modules/ContentExpress/img_repository/legislaci

on%20laboral.pdf [consulta: 21 de noviembre de 2009]

- Ministerio de Protección Social (Colombia) Ley 50 de 1990 [en línea]:

http://www.minproteccionsocial.gov.co/obtrabajo/pdf/Ley%2050%20de%20199

0.pdf [consulta: 21 de noviembre de 2009]

- Universidad de los Andes (Colombia) Yinna D. Rincón Fonseca [en línea]: Lo

que necesita saber de contratación laboral.

https://ctp.uniandes.edu.co/Empresas/Servicios/Articulos/lo_que_necesita_sab

er_de_c.php [consulta: 21 de noviembre de 2009]

Page 404: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

404

[email protected]

- Ministerio de Protección Social (Colombia) Ley 1010 de 2006 [en línea]:

http://www.minproteccionsocial.gov.co/VBeContent/library/documents/DocNew

sNo15328DocumentNo2474.PDF [consulta: 22 de noviembre de 2009]

- Noticiero Jurídico Normativo (Colombia) Alba Valderrama de Peña [en línea]:

Ministerio de Protección Social.

http://www.notinet.com.co/serverfiles/servicios/archivos/31ene06/31mp17107-

06.htm [consulta: 22 de noviembre de 2009]

- Actualicese.com (Colombia) Todo sobre los aportes parafiscales [en línea]:

http://www.actualicese.com/actualidad/informacion-mas-consultada/planilla-

integrada-de-liquidacion-de-aportes/todo-sobre-los-aportes-parafiscales/

[consulta: 22 de noviembre de 2009]

- Actualicese.com (Colombia) ¿Cuál será el valor de la UVT para el 2010? [en

línea]: http://www.actualicese.com/actualidad/2009/10/12/cual-sera-el-valor-de-

la-uvt-para-el-ano-2010/ [consulta: 24 de noviembre de 2009]

- DIAN (Colombia) Oficina de estudios económicos [en línea]: Generalidades del

Impuesto de Timbre en Colombia.

http://www.dian.gov.co/descargas/servicios/OEEDocumentos/Estudios/Generali

dades-del-Impuesto-de-Timbre-en-Colombia.pdf [consulta: 25 de noviembre de

2009]

- Bancoldex (Colombia) Preguntas Frecuentes [en línea]: Las diez preguntas

más consultadas. http://www.bancoldex.com/faq/faq1.aspx [consulta: 25 de

noviembre de 2009]

Page 405: MANUAL COMPLETO CREACION EMPRESA 2010.pdf

405

[email protected]

- El Universal (Colombia) Los nueve pasos para exportar con éxito [en línea]:

http://www.eluniversal.com.mx/articulos/47127.html [consulta: 25 de noviembre

de 2009]

- Proexport Colombia (Colombia) Expopyme [en línea]:

http://www.proexport.com.co/VBeContent/newsdetail.asp?id=8213&idcompany

=16 [consulta: 25 de noviembre de 2009]