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MANIFIESTO DE IMPACTO AMBIENTAL.

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INDICE.

1. DATOS GENERALES DEL PROYECTO, DEL PROMOVENTE Y DEL RESPONSABLE DEL

ESTUDIO DEL IMPACTO AMBIENTAL.

1.1. Proyecto………………………………………………………………………………………………….5

1.1.1. Nombre del proyecto…………………………………………………………………………..............5

1.1.2. Ubicación del proyecto………………………………………………………………………………….5

1.1.3. Superficie total del predio y del proyecto……………………………………………………………..5

1.1.4. Tiempo de vida del proyecto…………………………………………………………………………...5

1.1.5. Documentación legal…………………………………………………………………….....................6

1.2. Promovente…………………………………………………………………………………………….. 7

1.2.1. Nombre o razón social………………………………………………………………………………… 7

1.2.2. Registro Federal de Contribuyente del promovente………………………………….……………. 7

1.2.3. Nombre y cargo del representante legal……………………………………………….…………… 7

1.2.4. Registro Federal de Contribuyente del representante legal………………………….…………… 7

1.2.5. Clave Única de Registro de Población del representante legal………………………………….. 7

1.2.6. Dirección del promovente para recibir o escuchar notificaciones………………………………... 7

1.3. Responsable de la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental……………………….. ……..8

1.3.1. Nombre o razón social…………………………………………………………………………..….… 8

1.3.2. Registro Federal de Contribuyente……………………………………………………………..…… 8

1.3.3. Nombre del representante técnico/Registró federal de contribuyente/ Clave Única de Registro

de Población/ No. De Cedula……………………………………………………………………...…. 8

1.3.4. Dirección del responsable para recibir o escuchar notificaciones…………………….…………. 8

2. DESCRIPCION DEL PROYECTO.

2.1. Información General del proyecto……………………………………………………..……….….10

2.1.1. Naturaleza del proyecto………………………………………………………………..……….…..11

2.1.2. Ubicación física del proyecto y planos de localización…………………………………….……13

2.1.2.1. Macrolocalización, Microlocalización y polígono del predio………………………………….…14

2.1.3. Inversión……………………………………………………………………………………….….….15

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2.2. Características particulares del proyecto……………………………………………….…...……18

2.2.1. Información biotecnológica de las especies a cultiva……………………………………………18

2.2.2. Descripción de obras principales del proyecto……………………………………………………28

2.2.3. Descripción de obras asociadas al proyecto……………………………………………….……..32

2.2.4. Descripción de obras provisionales al proyecto………………………………………………….32

2.3. Programas de trabajo……………………………………………………………………….………33

2.3.1. Descripción de actividades de acuerdo a la etapa del proyecto……………………..………...33

2.3.1.1. Etapa de abandono del sitio………………………………………………………………………..45

2.3.2. Otros insumos………………………………………………………………………….………….....45

3. VINCULACION CON LOS ORDENAMIENTOS JURIDICOS APLICABLES EN MATERIA

AMBIENTAL Y EN SU CASO, CON LA REGULACION DE USO DE SUELO.

3.1. Análisis de los instrumentos jurídico-normativo………………………………………………….89

3.2. Uso actual de suelo en el sitio del proyecto………………………………………………………92

4. DESCRIPCION DEL SISTEMA AMBIENTAL Y SENALAMIENTOS DE LA PROBLEMÁTICA

AMBIENTAL DETECTADA EN EL AREA DE INFLUENCIA DEL PROYECTO.

4.1. Delimitación del área de estudio…………………………………………………………………...91

4.2. Caracterización y análisis del sistema ambiental………………………………………………..91

4.2.1. Aspectos abióticos…………………………………………………………………………….........91

4.2.2. Aspectos bióticos…………………………………………………………………………………..108

4.2.3. Paisaje………………………………………………………………………………………….......125

4.2.4. Medio socioeconómico……………………………………………………………………………126

4.3. Diagnóstico ambiental……………………………………………………………………………..130

5. IDENTIFICACION, DESCRIPCION Y EVALUACION DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES.

5.1. Metodología para evaluar los impactos ambientales…………………………………………...133

5.1.1. Indicadores de Impacto……………………………………………………………………………..135

5.1.2. Relación general de algunos indicadores de impacto…………………………………………...135

5.2. Criterios y metodologías de evaluación……………………………………………….…………137

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5.2.1. Criterios……………………………………………………………………………………..………138

5.2.2. Metodología de evaluación y justificación de la metodología seleccionada…………………138

6. MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE MITIGACION DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES.

6.1. Descripción de la medida o programa de medidas de mitigación por competente

ambiental……………………………………………………………………………………………141

6.2. Impactos residuales……………………………………………………………………………….144

7. PRONOSTICOS AMBIENTALES Y EN SU CASO, EVALUACION DE ALTERNATIVAS.

7.1. Pronostico del escenario…………………………………………………………………………...146

7.2. Programa de vigilancia ambiental…………………………………………………………………146

7.3. Conclusiones………………………………………………………………………………………..147

REFERENCIAS………………………………………………………………………………………………150

GLOSARIO……………………………………………………………………………………………………152

ANEXOS…………………………….……………………………………………………………………...…155

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1. DATOS GENERALES DEL PROYECTO, DEL PROMOVENTE Y DEL

RESPONSABLE DEL ESTUDIO DEL IMPACTO AMBIENTAL.

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1.1. Proyecto.

1.1.1. Nombre del proyecto. Maricultivó de Jurel (Seriola sp.), en la Costa de Bahía Magdalena, Baja California Sur.

1.1.2. Ubicación del proyecto. La zona que se tiene contemplada para la operación de granja acuicola, se encuentra

localizada en el Oceano Pacifico, en el litoral occidental de Baja California.

Localidad: Bahia de los Angeles.

Municipio: Ensenada.

Estado: Baja California.

Pais: Mexico.

1.1.3. Superficie total del predio y del proyecto. Bahía de los Ángeles cuenta con una superficie total de 387,956.00 Ha, de las cuales se

tiene contemplada utilizar 300 Ha. Para la operación de la granja de maricultura de Jurel.

1.1.4. Tiempo de vida del proyecto:

Total: El tiempo de vida del proyecto está estimado a 30 años, ya que se le estará

dando un constante mantenimiento tanto a las jaulas, como a todo aquel

material que se utilice para el desarrollo del proyecto, al igual que se

mantendrá una tasa de sanidad alta en la engorda de la especie. Esto no está

sujeto a eventos extraordinarios y/o condiciones climatológicas que se presente

en el trascurso de los años.

Parcial: La construcción y operación del presente proyecto, se tiene contemplado

que se desarrollo que 5 diferentes etapas que a continuación se muestran (tabla I).

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Tabla I. Etapas de construcción.

1.1.5. Documentación legal. Registro Nacional de Pesca y Acuacultura.

ETAPA. DESCRICION TIEMPOS. OBSERVACIONES.

1ELABORACION Y REGULACION PARA LA OPERACION DEL PROYECTO "MARICULTIVO DE JUREL, EN LA COSTA DE BAHIA MAGDALENA, B.C.S."

4 MESES

* SOLICITUD AL RESGISTRO NACIONAL DE PESCA Y ACUACULTURA. * SOLICITUD DE ACUACULTURA DE FOMENTO. * SOLICITUD DE CONSECION ACUICOLA. * ELABORACION DEL MANIFIESTO DE IMPACTO AMBIENTAL.

2ADQUISICION DE EQUIPO DE OPERACION Y CONTRUCCION DE JAULAS CIRCULARES FLOTANTES.

2 MESES

* EN EL PRIMER MES DESPUES DE QUE SE CUENTE CON LAS AUTORIZACIONES ADECUADAS SE ADQUIRIRA EL MATERIAL PARA LA CONSTRUCCION DE LAS JAULAS Y PARA SU INSTALACION Y ANCLAJE. SE OBTENDRAN 2 EMBARCACIONES Y 2 VEHICULOS. * EL SEGUNDO MES SE COMPRARA LOS EQUIPOS DE BUCEO, ALIMENTADORES Y EL EQUIPO PARA LA TOMA DE PARAMETROS FISICO-QUIMICOS.

3INSTALACION DE JAULAS Y SIEMBRA DE LO ORGANISMOS.

1 MES

* YA CONSTRUIDAS LAS JAULAS SE INSTALARAN Y SE REVIZARA QUE TENGAN UN OPTIVO FUNCIONAMIENTO. * YA QUE SE TENGA LA CERTEZA QUE LAS JAULAS SE ENCUENTRAN OPERANDO ADECUADAMENTE SE PASARA A SEMBRAR LAS CRIAS DE JUREL 30 GRAMOS PARA SU ENGORDA.

4 OPERACION Y COSECHA. 6 MESES

* YA QUE SE SEMBRO LAS CRIAS DE JUREL SE MANTENDRAN EN LAS JAULAS POR UN PERIODO DE 6 MESES, DONDE SERAN ALIMENTADOS HASTA OBTENER LA TALLA DESEADA Y POSTERIORMENTE SE COSECHARA Y COMERCIALIAZARA EL PRODUCTO. (SOLO EL EL PRIMER AÑO DE OPERACION SE MANTENDRAN POR UN PERIODO DE 6 MESES YA QUE EN LOS AÑOS CONSECUTIVOS SE TENDRA UN PERIODO DE ENGORDA DE 16 MESES).

5 MANTENIMIENTO. 1 MES.* SE LE DARA MANTENIMIENTO A LAS JAULAS Y EQUIPO DE

OPERACION PARA UNA NUEVA SIEMBRA DE ALEVINES.

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2. DESCRIPCION DEL PROYECTO.

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2.1. Información General del proyecto.

El presente proyecto pretende la instalación y operación de una granja acuícola para el

Maricultivó de Jurel (Seriola sp.), en la Costa de Bahía de lo Ángeles, Baja California., en el

Municipio de Ensenada en el Estado de Baja California. México.

El proyecto pretende desarrollarse en dos fases:

La primera fase comprende el cultivo piloto o de prueba en el cual se tiene

contemplado utilizar un sistema de anclaje de 4 jaulas circulares flotantes de 10 metros

de diámetro por 17 metros de profundidad. Cuentan con un volumen de 1.333 m3 y una

densidad máxima de 15 kg por m3. Se iniciara con una densidad de siembra de 6,250

alevines de aproximadamente 5 gramos cada uno, esto será por jaula teniendo un total

de densidad inicial de 25,000 alevines para su engorda.

La segunda fase comprende la etapa de comercialización la cual se desarrollara

después de que se tenga la técnica completamente controlada. En esta etapa se

contara con sistemas de anclaje de 4 jaulas circulares flotantes de 30 metros de

diámetro por 17 metros profundidad, con una densidad máxima de 15 kg m3. En el

primer año de la fase comercial se tendrá una siembra de 212,000 alevines.

Posteriormente se tiene programado ir agregando 4 jaulas por año, esto hasta llegar a

un total de 16 jaulas, lo que nos daría un total de siembra de aproximadamente 850,00

alevines. Se tiene estimado una cosecha de aproximadamente 2,400.00 toneladas,

esto ya que la granja allá alcanzado su máxima producción.

Par el desarrollo de este proyecto, se tiene contemplado solicitar una superficie total de

300.55 Ha, las cueles estarán divididas en tres diferentes etapas de operación: Área de

operación, Área de maniobra y seguridad por ultimo el Área de amortiguamiento.

Con referencia a la inversión que se requiere para el desarrollo del proyecto, se estima

un costo total de 9, 929,356.00. El resultado de la evaluación financiera la cual se proyecto a

5 años nos refleja un resultado en los indicadores financieros una Tasa Interna de Rendimiento

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(TIR) de 22.26% y un Valor Actual Neto de 1, 042,424.96 evaluado al 17.26% una relación beneficio

costo 2.04 y de un punto de equilibrio al 46%.

2.1.1. Naturaleza del proyecto. El proyecto “Maricultivó de Jurel (Seriola sp.), en la Costa de Bahía de los Ángeles, Baja

California”; se refiere a una granja acuícola, para la engorda de Jurel, por medio de un

sistema intensivo el cual estará ubicado en la zona de Bahía de los Ángeles, Municipio de

Ensenada, Estado de Baja California. México.

La superficie total que se esta solicitando en concesión para la operación del presente

proyecto es de 300. Ha. El cual equivale a 0.207% de la superficie total de la bahía de los

Ángeles. La superficie de operación se encontrara dividida en 3 zonas para un adecuado

manejo y seguridad.

A continuación se describen las zonas que integraran a la superficie total solicitada:

1. Zona de operación de las jaulas:

Esta zona se determino para la colocación y operación de las jaulas de engorda.

Se instalarán en el primer año de operación “Cultivo piloto” el cual consistirá en un

sistema de anclaje de 4 jaulas circulares flotantes de 10 metros de diámetro, por 17

metros de profundidad, posteriormente ya que se tenga control del sistema de operación

de engorda se integrara un nuevo sistema de anclaje de 4 jaulas de 30 metros de

diámetro, por 17 metros de profundidad. Los sistemas de anclaje irán aumentando 1 por

año, esto para en un termino de 4 año contar con un total de 4 sistemas de anclaje

constituido por 4 jaulas cada uno dándonos un total de 16 jaulas de 30 metros de

diámetro por 17 de profundidad, mas el sistema de 4 jaulas de 10 metros de diámetro por

17 de profundidad.

2. Zona de maniobra y seguridad:

Esta área esta diseñada para maniobras de siembra y cosecha, al igual para facilitar la

navegación dentro de la superficie.

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Esta área es de suma importancia ya que nos permitirá tener mayor control de

maniobra con los organismos que se tiene. De igual forma ayuda a que se evitan

accidentes con los organismos como con la gente que opera dentro de esta granja.

La zona de maniobra y seguridad va sujeta a cada sistema de anclaje, ya que entre

cada jaula se dejara 100 metros de separación el adecuado para la maniobra de los

organismos, y de seguridad, en la figura I. que se muestra a continuación se puede

apreciar visualmente esta área.

Figura I. Zona de operación, maniobra y seguridad.

La superficie total utilizada para la operación, maniobra y seguridad en el primer año

donde se desarrollara el cultivo piloto será de 10.0 Ha, posteriormente para el cultivo

comercial se tendrá una utilización de 120.0 Ha., con 16 jaulas de 30 metros de diámetro

por 17 metros de profundidad. Determinado para estas dos zonas se tiene una superficie

total utilizada para el proyecto de 180.0 Ha, lo que equivale al 60% de la superficie

solicitada aproximadamente.

100 metros

100 metros 100 metros

Sistema de 4 Jaulas circulares flotantes. Sistema de 4 Jaulas circulares flotantes.

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3. Zona de amortiguamiento:

La zona de amortiguamiento es de suma importancia, ya que esta zona cumple con

dos factores muy importantes, el primero de ellos es que nos ayuda a minimizar los

daños que se pudieran llegar a presentar debido a la operación del presente proyecto

al igual que ayuda a evitar alguna otra contaminación que se llegara a presentar por

algún acontecimiento climático o por alguna otra empresa aledaña al proyecto.

Se determino que esta zona equivaldrá al 60% un total de 180.0 Ha de la superficie

total solicitada, la cual es la perimetral que rodea al área determinada para la

operación, maniobra y seguridad del proyecto.

Para la operación del proyecto de “Maricultivó de Jurel (Seriola sp), en la Costa de Bahía

de los Ángeles, Baja California”, se están tomando en cuenta toda y cada una de las

autorizaciones que a cada instancia Federal le corresponda al fin de que este importante

proyecto sea legal y normativamente integrado, como es la autorización frente a la Comisión

Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA), donde se desea solicitar la Concesión de

la zona donde se pretende operar, no se cuenta con la solicitud ya que uno de los requisitos

para la solicitud es la presentación del presente Manifiesto de Impacto Ambienta.

Es importante mencionar que con la introducción de esta nueva empresa, se traerá

nuevas oportunidades de empleos tanto para los propios habitantes aledaños al lugar, como

a gente foránea, ya que desde la elaboración, construcción y operación del presente

proyecto comienza esta oportunidad de empleo. Cabe reafirmar que esta empresa también

generara empleos y oportunidad de trabajo a personas de la tercera edad.

2.1.2. Ubicación física del proyecto y planos de localización.

El proyecto se desarrollara en Bahía de los Ángeles, perteneciente al Municipio de

Ensenada, del Estado de Baja California. México. La superficie total que se tiene

contemplada para el desarrollo del proyecto es de 300 Ha.

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2.1.2.1. Macrolocalización, Microlocalización de la superficie solicitada.

El proyecto se ubica en la localidad de Bahía de los Ángeles, Municipio de Ensenada, Estado de

Baja California. A continuación se presenta el mapa de ubicación. La superficie del polígono es de

300 hectáreas.

Figura II. Micro localización del polígono para el cultivo de jurel.

Coordenadas geográficas.

Vértice Latitud Longitud

1 29º 01’ 52.7088’’ -113º 32’ 35.9988’’

2 29º 01’ 29.3808’’ -113º 32’ 2.5188’’

3 29º 00’ 35.8272’’ -113º 32’ 33.7704’’

4 29º 00’ 25.452’’ -113º 32’ 37.9284’’

5 29º 00’ 24.9372’’ -113º 32’ 55.7628’’

6 29º 00’ 37.56’’ -113º 33’ 16.2036’

7 29º 01’ 5.0556’’ -113º 33’ 8.982’’

8 29º 01’ 52.7088’’ -113º 32’ 35.9988’’

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2.1.3. Inversión requerida.

Con referencia a la inversión que se requiere para el desarrollo del proyecto, se estima un

costo total de 9, 929, 356.00. Esto determinado para la compra de reproductores, material de

construcción y equipos para la operación de la granja de engorda. El resultado de la

evaluación financiera la cual se proyecto a 5 años nos refleja un resultado en los indicadores

financieros una Tasa Interna de Rendimiento (TIR) de 22.26% y un Valor Actual Neto de 1,

042, 424.96 evaluado al 17.26% una relación beneficio costo 2.04 y de un punto de equilibrio

al 46%.

CONCEPTO AÑ0 1 AÑ0 2 AÑ0 3 AÑ0 4 AÑ0 5

TEMPORADA 2013 2014 2015 2016 2017

INGRESOSVENTA DE PRODUCTO 7,959,090 7,959,090 7,959,090 7,959,090 7,959,090

OTROS INGRESOS 9,929,356

TOTAL INGRESOS 17,888,446 7,959,090 7,959,090 7,959,090 7,959,090

COSTOS DE OPERACIONCOSTOS VARIABLES 3,653,245 3,653,245 3,653,245 3,653,245 3,653,245

COSTOS FIJOS 256,550 256,550 256,550 256,550 256,550

TOTAL COSTOS DE OPERACION 3,909,795 3,909,795 3,909,795 3,909,795 3,909,795

UTILIDAD BRUTA 13,978,651 4,049,295 4,049,295 4,049,295 4,049,295

INVERSIONES EN ACTIVOS FIJOS 9,929,356

DEPRECIACION 1,735,443 1,735,443 1,735,443 1,735,443 1,735,443

GASTOS FINANCIEROS

BASE GRAVABLE 2,313,852 2,313,852 2,313,852 2,313,852 2,313,852

ISR 30% 694,156 694,156 694,156 694,156 694,156

RESULTADO NETO 3,355,139 3,355,139 3,355,139 3,355,139 3,355,139

AMORTIZACIONESINTERESESAVIOREFACCIONARIO

TOTAL DE INTERESES 0 0 0 0 0

PAGO A CAPITALAVIOREFACCIONARIO FIRA

TOTAL PAGO CAPITAL 0 0 0 0 0

TOTAL DE AMORTIZACIONES 0 0 0 0 0

8.-SALDO 3,355,139 3,355,139 3,355,139 3,355,139 3,355,139

PUNTO DE EQUILIBRIO %: 22% 49% 49% 49% 49%

PUNTO DE EQUILIBRIO EN VENTAS 3,909,795.06 3,909,795.06 3,909,795.06 3,909,795.06 3,909,795.06

PROYECCION FINANCIERA ( M. N.)

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Análisis de rentabilidad.

Relación beneficio/costo

Tasa Interna de Rendimiento

Valor Actual Neto

Presupuesto.

R B/C 4.58 2.04 2.04 2.04 2.04

TIR 22.26%

VAN $1,042,424.96 Calculado al 17.26%

CONCEPTOS Unidad Cantidad Precio Unitario Importe

Lancha de trabajo fibra de vidrio 8m con motor fuera de borda 55 hp un 1 208,000.00 208,000.00

Embarcacion tipo catamaran de 12 x 17 mts. De manga, motor diesel dentro de borda de 200 hp, con grua plegable telescopia hidraulica de 570 kg. de capacidad maxima a brazo extendido un 1 2,210,000.00 2,210,000.00

Camioneta (Pick Up) de trabajo un 2 241,000.00 482,000.00

Equipos Alimentador sopladores akva con dosificador un 1 275,556.00 275,556.00

Camara submarina un 4 88,200.00 352,800.00

Plataforma para alimento un 1 515,000.00 515,000.00

Jaulas flotantes circulares un 4 297,000.00 1,188,000.00

Pesos muertos é instalación de sistema de anclaje un 1 2,230,000.00 2,230,000.00

Equipos de radio un 1 59,000.00 59,000.00

Equipos de medición para parámetros de agua un 1 354,000.00 354,000.00

Equipos de buceo un 1 97,500.00 97,500.00

Boyas un 1 75,500.00 75,500.00

Anclas para lanchas un 1 52,500.00 52,500.00

Scaners de biomasa un 2 374,000.00 748,000.00

Balsa como plataforma de apoyo un 1 582,000.00 582,000.00

Generados eléctrico un 1 298,000.00 298,000.00

Cargador de baterías un 1 19,500.00 19,500.00

Sotware para estimación de biomasa Cd 1 182,000.00 182,000.00

Total 9,929,356.00

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Programa de inversión.

Gastos de administración.

Requerimiento de personal.

Administrador general 25,000.00

Contador 5,000.00

Papelería 500.00

Teléfono 850.00

Agua 300.00

Combustible 5,000.00

Operación de la granja

Concepto Sueldo mensual

Supervisor general de campo 20,000.00

Buzo base 6,000.00

Alimentador 5,000.00

Personal de laboratorio 10,000.00

Mecánico 5,000.00

Mantenimiento 7,500.00

Jefe de guardia 10,000.00

Gastos de operación

Combustibles y lubricantes 30,000.00

Mantenimiento y reparaciones 20,000.00

Fletes y maniobras 6,000.00 Energía eléctrica 8,000.00

Conceptos sep oct nov dic TotalLancha de trabajo fibra de vidrio 8m con motor fuera de borda 55 hp 208,000.00 208,000.00 Embarcacion tipo catamaran de 12 x 17 mts. De manga, motor diesel dentro de borda de 200 hp, con grua plegable telescopia hidraulica de 570 kg. de capacidad maxima a brazo extendido 2,210,000.00 2,210,000.00 Camioneta (Pick Up) de trabajo 482,000.00 482,000.00 Equipos Alimentador sopladores akva con dosificador 275,556.00 275,556.00 Camara submarina 352,800.00 352,800.00 Plataforma para alimento 515,000.00 515,000.00 Jaulas flotantes circulares 1,188,000.00 1,188,000.00 Pesos muertos é instalación de sistema de anclaje 2,230,000.00 2,230,000.00 Equipos de radio 59,000.00 59,000.00 Equipos de medición para parámetros de agua 354,000.00 354,000.00 Equipos de buceo 97,500.00 97,500.00 Boyas 75,500.00 75,500.00 Anclas para lanchas 52,500.00 52,500.00 Scaners de biomasa 748,000.00 748,000.00 Balsa como plataforma de apoyo 582,000.00 582,000.00 Generados eléctrico 298,000.00 298,000.00 Cargador de baterías 19,500.00 19,500.00 Sotware para estimación de biomasa 182,000.00 - 182,000.00

Total 4,622,000.00 794,000.00 3,645,556.00 867,800.00 9,929,356.00

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2.2. Características particulares del proyecto.

Se pretende desarrollar un proyecto de engorda para la especie de Jurel (Seria lalandi),

en la Zona de Bahía de los Ángeles, del Estado de Baja California. México.

Esta especie presenta una alta taza de crecimiento y manipulación, es por esto que esta

especie se a convertido un candidato para el desarrollo acuícola. Y aunado a varios estudios

que se tiene es que se tomo la decisión de crear una granja de engorda para esta especie

innovando nueva tecnología.

El proyecto contara con dos fases de desarrollo en donde observamos que en la primera

fase se contar 4 jaulas circulares flotantes de 10 metros de diámetro por 17 de profundidad.

En esta fase se tendrá una siembra de 6,250 crías de jurel por jaula dándonos como

resultado un total de siembra en el primer año de 25,000 crías de jurel. En la segunda fase

del proyecto se instalaran un sistema de anclaje de 4 jaulas circulares flotante de 30 metros

de diámetro por 17 de profundidad. Posteriormente se tiene pensado ir aumentando de 4 en

4 el número de jaulas por año. Hasta llegar a un total de 16 jaulas. Cuando se encuentren

operando ya las 16 Jaulas se tiene estimado una siembra de 850.000 crías de jurel por

jaulas. Teniendo una cosecha de 2,400.00 toneladas.

2.2.1. Información biotecnológica de las especies a cultiva.

El Jurel es una especie que se viene cultivado en países como Japón, Australia y Nueva

Zelanda principalmente, ya desde hace más de 60 años. Esto por sus propiedades que

presenta, haciéndolo de fácil manejo y aprovechamiento en cautiverio.

a) Especie a cultivar y descripción de sus atributos y/o amenazas potenciales que

pudieron derivar de su incorporación al ambiente de la zona donde se desarrollara el

proyecto.

El Jurel (Seriola sp), es una especie pelágica y demersal que se congrega en grandes

cardúmenes mar afuera a unos 50 metros de profundidad, pero invade ocasionalmente la

zona de la rompiente persiguiendo sus presas. Se alimenta principalmente de pequeños

peces y cefalópodos.

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La clasificación que presenta el Jurel (Seriola lalandi), es la siguiente:

Filo: Chordata.

Clase: Actinopterygii.

Orden: Perciforme.

Familia: Carangidae.

Genero: Seriola.

Especie: Seriola lalandi.

Jurel (Seriola lalandi), presenta como característica distintiva un cuerpo alargado,

moderadamente esbelto y levemente comprimido; perfiles dorsales y ventral

aproximadamente iguales. Mandíbula superior con una supra maxilar moderadamente

delgado, su extremo posterior situado aproximadamente en una línea vertical a través del

borde anterior de la pupila; diente minúsculo, dispuesto en una anche franja en ambas

mandíbulas; numero de branquias en le primer arco (excluido los rudimentos): 7 a 10 en la

rama superior, 15 a 20 en la inferior y 22 a 29 en total. Aleta dorsal con VII espinas (la

primera diminuta o ausente en ejemplares grandes) seguida por I espina y 30 a 35 radios

blandos; aleta anal con II espinas aisladas (atrofiadas o completamente embutidas bajo la

piel en ejemplares grandes), seguida por I espina y 19 a 22 radios blandos; altura del lóbulo

de la aleta dorsal en adultos subigual o ligeramente inferior a la longitud de la aleta pectoral,

y 11 a 13.4 % de la longitud horquilla; base de la aleta anal comprendida de 1.6 a 1.8 veces

en la base de la segunda dorsal; aletas pélvicas mas largas que las pectorales. Línea lateral

sin escudetes; pedúnculo caudal a cada lado con una quilla carnosa poco desarrollada y con

fosetas dorsal y ventral. Primera pterigioforo de la aleta anal moderadamente encorvado en

ejemplares mayores de unos 10 cm de longitud horquilla. Numero de vertebras 11 + 14.

Presenta una coloración en adultos frescos, dorso generalmente azulado a aceitunado,

flancos y vientre plateado a blanco, a veces con un tinte rosado; una estrecha franja

bronceada se extiende desde el hocico a través del ojo a lo largo de la línea medio lateral del

cuerpo, mas oscura en la cabeza, amarillenta posteriormente; aleta dorsal espinosa de color

ceniciento; segunda aleta dorsal y aleta anal ceniciento-aceitunadas en base y amarillas

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distalmente; aleta caudal amarilla aceitunada, pectorales y pélvicas amarillentas. Juveniles

hasta unos 20 cm de longitud horquilla con numerosas franjas verticales irregulares

grisáceas, ligeramente mas anchas que los espacios claros que las separan; estas franjas

nos e extienden sobre las membranas de la segunda aleta dorsal y de la anal (Figura III).

No tiene una talla máxima establecida, pero esta comprobado que alcanza por lo menos

1.5 metros de longitud horquilla y peso de 50Kg.

Figura III. Estructura fisiológica de Jurel (Seriola lalandi).

Se captura con redes de cerco y de arrastre y

con líneas y anzuelos en todas sus áreas de

distribución. Es muy apreciado en la pesca

deportiva. Se comercializa en fresco y

salado/secado. A continuación en la figura IV. Se

muestra la distribución del Jurel (Seriola lalandi).

Figura IV. Distribución de Jurel (Seriola lalandi).

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En México, la captura de S. Dorsalis, S. Rivoliana y S. Lalandi (comúnmente llamados

medregal, jurel de castilla, jurel aleta amarilla, etc.) es de tan solo 2000 toneladas, el 64% de

la producción Nacional se ubica en los estados de Baja California Norte y Baja California

Sur. De acuerdo con el anuario estadístico de pesca del 2010 de la CONAPESCA se reporto

una captura de Jurel de 18,000 toneladas de las cuales 6,989 toneladas fueron capturadas

en las costas del pacifico, y 2,658 toneladas en baja california sur. Su captura se lleva a

cabo a lo largo de toda la costa del Pacifico mexicano. Actualmente, son objeto de pesca

deportiva en varias regiones del Pacifico Mexicano. En los últimos años los volúmenes de

captura silvestre se han reducido. La importancia que ha tomado este recurso como especie

reservada de la pesca deportiva, aunada a la amplia demanda que presenta el recurso en el

mercado hace de esta especie una importante opción para la producción mediante técnicas

acuícolas.

El Instituto Nacional de la Pesca de México, publicó en el año 2004 el “Manual para

el cultivo de jurel (Seriola lalandi)” en Baja California Sur, en colaboración con la Agencia

española de Cooperación Internacional (AECI) y la Universidad de Barcelona. (SAGARPA,

2004). Donde se muestra la información, deriva de las experiencias obtenidas en las

instalaciones, en la Bahía Magdalena, B.C.S. durante el periodo de 1997 al 2002.

Actualmente esta granja se encuentra fuera de operación. Otros intentos de desarrollo de

esta especie de jurel en México, lo constituye los casos de la Empresa Maricultura del Norte,

la cual se encuentra trabajando en la ciudad de Ensenada, B.C. quien desarrollo un cultivo

experimental de esta especie en la bahía de Puerto Escondido, de igual forma la empresa

Rancheros del Mar localizada en el Puerto de la Paz B.C.S. actualmente se encuentra

desarrollando su primera fase experimental con una especie igualmente domesticada para el

cultivo que es la especie S. rivoliana, la cual dentro de sus ventajas tiene ser mas tolerante a

las altas temperaturas.

Tomando en consideración la previa existencia de tecnología y experiencia para el

cultivo del jurel, su taza de elevada crecimiento, resistencia a la manipulación y manejo, su

adaptabilidad a los encierros y la amplia distribución lo cual facilita la adquisición de peces

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c) En el caso de pretender el cultivo de especies exóticas (no originarias de la zona

geográfica donde se pretende desarrollar el proyecto).

No aplica este punto ya que la especie de Jurel que se desea utilizar en el desarrollo de

operación del proyecto, “Maricultivó de Jurel (Seriola sp), en las Costas de bahía de los

Ángeles, Baja California.”, Se encuentra en las Costas del Pacifico Mexicano.

d) Si se pretende el cultivo de especies forrajeras como sustento o complemento

alimenticio a la (s) especies(s) principal(es), desarrollara para estas la misma

información solicitada para la especie principal.

No aplica este punto ya que la especie que se desea utilizar en el desarrollo de

operación del proyecto, “Maricultivó de Jurel (Seriola sp), en las Costas de bahía

Magdalena, Baja California.”, ya que se le dará un alimento peletizado de la Marca

Skretting.

ESTRATEGIA DE MANEJO DE LA ESPECIE A CULTIVAR:

Como estrategia de manejo la Empresa Baja Seas, S. DE R.L. DE C.V., tiene

contemplado realizar una fase piloto donde llevara a las crías de 30 gramos a un peso de

700 gramos esto en un tiempo estimado de 7 a 8 meses. Para su segundo año cuando entre

la fase comercial se tiene contemplado llevara a las crías de 30 gramos a un peso de 4 kg

esto en un tiempo estimado de 16 meses aproximadamente. La dieta utilizada para la

engorda de las crías de jurel será de la marca Skretting, la cual cuenta ya con experiencia en

alimento especializado para jurel (Seriola lalandi). Para almacenamiento del alimento se

cuenta con una bodega especializada que se encontrara en la localidad de Bahía de los

Ángeles, el cual en el primer año será rentado, pero para el segundo año la Empresa Baja

Seas, desea contar con sus propias instalaciones.

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a) Numero de ciclos de producción al año.

La Empresa Baja Seas, S. DE R.L. DE C.V., tiene contemplado realizar dos Fases de

cultivo donde tendrán diferente medida de jaulas y de tiempo de engorda en la fase piloto se

tiene contemplado tener un total de 25,000 crías de jurel, los cuales tendrán un peso inicial

de 30 gramos y serán llevara a un peso de 700 gramos esto en un tiempo estimado de 7 a 8

meses aproximadamente. Para su segundo año cuando entre la fase comercial se tiene

contemplado una siembra de 212,00 crías de jurel con un peso de 30 gramos

aproximadamente para llevarla a un peso de 4 kg esto en un tiempo estimado de 16 meses

aproximadamente.

b) Biomasa: inicialmente y esperadas.

Se tiene contemplado una biomasa inicial de 25,000 crías de jurel en la fase piloto

posteriormente en la fase comercial se tiene estimado una biomasa de 875.000 crías de

jurel, para lograr una cosecha de 2,480.00 toneladas.

c) Tipo y cantidad de alimento y forma de almacenamiento.

La alimentación es una de las actividades más importantes y críticas dentro de la

actividad piscícola, ya que el factor alimenticio junto con la densidad y calidad del agua, son

las principales causas desde el punto de vista técnico para el éxito o fracaso del cultivo.

Es importante el ofrecimiento adecuado y la calidad de alimento en la ración de los peces,

también la distribución del mismo ya que este aspecto bien manejado, permite llevar a una

mejor promedio de tallas comerciales es decir, una adecuada cantidad y frecuencia de

alimentación reduce la competencia entre los organismos teniendo a uniformizar aspectos

fundamentales de comercialización.

Es por esto que el presente proyecto tiene contemplado la utilización de nueva

tecnología que suministre el alimento el cual consistirá en la utilización de alimentadores

automáticos centralizados. Esta técnica consiste en silos de almacenaje por calibre de

alimento, los cuales vierten su contenido a dosificadores que luego por medio de aire a

presión son pasados por un selector y finalmente una manguera cañón a la jaula de

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cultivo. El control de alimento a administrar esta regulación por medio de una cámara

SmartEye de inspección de la alimentación.

La cámara SmartEye, es una cámara a color para la inspección y alimentación, que

puede ser operada desde la jaula, el bote de trabajo, la sala de control de alimentación o vía

internet. Esta cámara proporciona imágenes de video a color, clero y cristalino desde la

superficie y bajo el agua.

En la tabla III continua se muestra la cantidad de alimento que se consumirá al mes.

También se observa la alimentación que se proporcionará por cada fase. Dándonos que en

la fase piloto se tendrá un consumo final anual de 216 toneladas de alimento y en la fase

comercial ya contando con 16 jaulas operando se tendrá un consumo total anual de 4800

toneladas de alimento

Tabla III. Cantidad de alimento necesario. El alimento que se utilizara es el siguiente: El alimento que se usará es el de la marca Skretting, ya que este alimento cumple con

todos y cada uno de los requerimientos energéticos que la empresa requiere para la engorda

del Jurel.

FASE. No. DE JAULAS.ALIMENTO

(MENSUAL).

ALIMENTO

(ANUAL).

PILOTO 4 18 216

COMERCIAL 4 100 1200

8 200 2400

12 300 3600

16 400 4800

Cantidad de Alimento mensual y anual.

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Esta dieta contiene un alto valor energético que permite una alta tasa de crecimiento con

un bajo factor de conversión.

El presente proyecto exige para su alimento, las siguientes características las cuales

ayudaran a que se tengan organismos de muy alta calidad:

Alta digestibilidad,

Bajo contenidos de finos,

Estabilidad de almacenamiento,

Velocidad de hundimiento controlada, entre otras.

Se tiene conocimiento de que esta marca de alimento ha presentado mejores resultados

en crecimiento y engorda de peces. Esto debido a que contiene una mayor presencia de

lípidos en sus contenidos, elementos que requieren para la formación muscular los

organismos de S. lalandi.

La empresa Skretting asegura una digestibilidad de 92%, la composición promedio del

alimento esta compuesta de los siguientes elementos:

• Proteínas 42%.

• Lípidos 27%.

• Ceniza 9%. (Es excelente para la engorda de peces).

Se presento por la empresa Skretting, dios tabla que muestran la cantidad de elementos

y nutrientes, que se le proporciona a los organismos cultivados de acuerdo a su peso. (Tabla

IV y V).

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Los ingredientes seleccionados más usados en la formulación son: Harina de pescado,

aceite de pescado, harina de soya, gluten de trigo, trigo, sub-productos de molinería de trigo

y maíz, pre mezcla de vitaminas y sales minerales, ácido ascórbico y antioxidantes.

d) Tipos de abonos y/o fertilizantes a utilizar.

No se tiene contemplado la utilización de abono o fertilizante, en el desarrollo operativo

del proyecto de “Maricultivó de Jurel (Seriola sp), en las Costas de Bahía de los Ángeles,

Baja California”, Ya que se tendrán los máximos cuidados de sanidad y limpieza.

De igual forma no se considera ni se recomienda la utilización de abonos o fertilizantes,

ya que el cultivo se llevara a cabo en un cuerpo de agua y se tiene un flujo constante del

% Mín. % Max. % Mín. % Max.400-1100 6,88 7,52 1,1 1,61100-1700 6,4 7,04 0,9 1,4>1700 5,76 6,4 0,8 1,3

Fósforo TotalNitrógenoTamaño Pez (g)

TABLA V. NITROGENO Y FOSFORO POR GRAMO DE JUREL.

400-1100 1100-1700 >1700Proteína Cruda 450 420 380Lípidos 270 310 330Humedad 85 60 55Cenizas 80 75 70Fibra Cruda 10 12 13Extracto No Nitrogenado 105 123 152

Composición Promedio (g/kg)Tamaño del Pez (gramos)

TABLA IV. ELEMENTOS Y NUTRIENTES POR PESO DEL JUREL.

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agua evitando alguna acumulación que llegara a dañar el cultivo o a los organismos nativos

de la zona.

2.2.2. Descripción de obras principales del proyecto.

El proyecto contempla para su operación una superficie total de 300 Ha la cual se

encontrara dividió en 3 zonas para su optimo funcionamiento.

1. Zona de operación de corrales:

En área se determino la colocación y operación las jaulas de engorda.

Se contaran con dos medidas de jaulas circulares flotantes: (Figura V.)

Las primeras serán de 10 metros de diámetro por 17 de metros de profundidad. Su

estructura cuentan con dos tubos de flotación de PEAD de 80 de 280 mm de diámetro

PN6 norma DIN8074; Tubo de baranda PEAD 80 de 110 mm de diámetro PN6, norma

DIN8074; 18 brackets de PEAD inyectados en molde, fabricado en Noruega, materia

prima 100% virgen; 18 ganchos de PEAD inyectados, para malla pajarera; 18 pares de

tope breackets soldados por termo-fusión; Poliestireno de seguridad de 20 kg/m3 en

todo el perímetro del tubo interior y exterior; 2 estaciones de trabajo de 2 metros de

largo. Red tipo antifouling de construcción metálica recubierta con polipropileno para

evitar que se adhiera la fauna y reducir costos en mantenimiento de 12 metros de

diámetro por 17 + 1 metro de profundidad (210d/18 5/16” CM).

Soporte Pajarera: Piramide de 4 metros de diámetro y 2 metros de altura; tubo base

de 140mm PN6; Tubo pilares y cúpula 110mm PN6 y Red de 12 metros diámetro

(210d/42 4”CM).

Maquina de lavado de redes: Motor de lavado 22 HP Diesel Marca Hatz; montado en

marco de acero inoxidable, sin ruedas. Bomba de 300 bar de presión variable con

valcula de salida, 28 litros por minuto; AKVA cabeza de doble disco 40cm c/u; 40

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metros de manguera de alta presión con terminales de acero inoxidable; Filtro con 3

metros de manguera con válvula de retención de retorno con filtro micromalla; Pistola

de alta presión; Set de herramientas y Carro de ruedas para montarla.

En segunda fase tendrá jaulas circulares de 30 metros de diámetro por 17 de

profundidad. La estructura de los cuentan con dos tubos de flotación de PEAD de 80 de

280 mm de diámetro PN6 norma DIN8074; Tubo de baranda PEAD 80 de 110 mm de

diámetro PN6, norma DIN8074; 18 brackets de PEAD inyectados en molde, fabricado

en Noruega, materia prima 100% virgen; 18 ganchos de PEAD inyectados, para malla

pajarera; 18 pares de tope breackets soldados por termo-fusión; Poliestireno de

seguridad de 20 kg/m3 en todo el perímetro del tubo interior y exterior; 2 estaciones de

trabajo de 2 metros de largo. Red pecera 32 metros de diámetro por 17 + 1 metro de

profundidad (210d/18 5/16” CM).

Soporte Pajarera: Piramide de 4 metros de diámetro y 2 metros de altura; tubo base

de 140mm PN6; Tubo pilares y cúpula 110mm PN6 y Red de 12 metros diámetro

(210d/42 4”CM).

Maquina de lavado de redes: Motor de lavado 22 HP Diesel Marca Hatz; montado en

marco de acero inoxidable, sin ruedas. Bomba de 300 bar de presión variable con

valcula de salida, 28 litros por minuto; AKVA cabeza de doble disco 40cm c/u; 40

metros de manguera de alta presión con terminales de acero inoxidable; Filtro con 3

metros de manguera con válvula de retención de retorno con filtro micromalla; Pistola

de alta presión; Set de herramientas y Carro de ruedas para montarla.

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Figura V. Jaulas circulares flotante de la empresa AKVA grup.

El sistema de anclaje que se utilizara es un sistema de 4 jaulas unidas entre si por pedio

de un sistema que se conoce como master link o anillas de distribución. El cual une a las

jaulas con el anclaje principal.

Cada sistema estará sujeta a 12 anclas Danforth de acero inoxidable de 2 toneladas cada

una el cual tiene un funcionamiento óptimo en arena, sustrato que se encuentra en la zona

donde se desarrollara el cultivo. También cuenta con 12 muertos de concreto. Para su unión,

se utilizan 90 pies de cadena unida a un cabo de polipropileno de 8 hilos de 3 pulgadas de

grosor mediante un grillete y herrajes. La relación de Anclaje será de 5 metro de cabo por

cada metro de profundidad (5:1). Este sistema también contara con boyas flotantes que

estarán sujetas a los anclajes principales. (Figura VI).

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Figura VI. Sistema de anclaje.

Este sistema de anclaje han sido probados y utilizado, dentro de la industria de la

engorda de atún. Teniéndose un registro de más de 9 años, de su utilización y de certeza

de su eficiencia operativa proporcionando una mayor seguridad a los organismos cultivados.

Se instalarán en el primer año un sistema de operación 4 jaulas circulares flotantes,

de 10 metros de diámetro por 17 de profundidad, posteriormente en el segundo año, se

ingresaran 4 jaulas de 30 metros de diámetro por 17 de profundidad, y sucesivamente se

irán aumentando 4 jaulas por año para tener un total de 16 jaulas operando en un periodo de

4 años después del inicio de la fase comercial.

También se contara con una plataforma para alimento con bodega de 6 x 8 metros, con

techumbre: Carga 20Ton

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Figura VII. Plataforma con bodega para la alimentación.

2.2.3. Descripción de obras asociadas al proyecto. Como obras asociadas se tiene contemplada la renta de bodega y una oficina, en la

localidad de Bahía de los Ángeles que se encuentra a 15 km. Cabe mencionar que en un

tiempo de uno año, la Empresa Baja Seas tiene contemplado adquirir sus propias

instalaciones en este mismo puerto.

2.2.4. Descripción de obras provisionales al proyecto. Para la etapa de preparación y construcción del proyecto, se tiene contemplado rentar

una bodega en la localidad de Bahía de los Ángeles, que se encuentra a 15 km de la zona

de operación. Se montara un pequeño campamento, para la construcción de las jaulas, al

momento no se cuentan con algún lugar definitivo ya que se esperara a que se cuente con

cada una de las autorizaciones necesarias.

Para la compra y construcción de las jaulas se tiene una cotización con AKVA GROUP,

el cual proporcionara un total de 6 personas mas aparte la empresa BAJA SEAS

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proporcionara otras 6 personas para esta labor. Presentes se encontrara dos asistentes

técnicos unos para el armado de las jaulas y el otro para la instalación de las mismas. Al

igual que también estará presente el director técnico de operación Oceanologo Roberto

Flores Aguilar.

2.3. Programas de trabajo.

2.3.1. Descripción de actividades de acuerdo a la etapa del proyecto.

TRAMITES PARA LA REGULACION DE LAS ACTIVIDADES.

Esta etapa esta relacionada con todo tramite necesario para llevar a cabo la operación del

proyecto. Y así cumplir con cada uno de los requerimientos legales que se solicitan.

Hasta el momento se ha llevado los siguientes trámites:

Realización del proyecto.

Inscripción al Registro Nacional de Pesca y Acuacultura (anexo).

El tramite que actualmente se esta llevando a cabo, es el tramite de solicitud de la

Concesión acuícola, de la superficie donde se pretende operar el presente proyecto, no se

tiene aun todavía ningún comprobante del tramite debido a que uno de los requisitos para el

DESCRICION I II III IV V VI VII VIII IX X XI XII XIII XIV XV

TRAMITES PARA LA REGULACION DE LAS ACTIVIDADES.

PREPARACION DEL SITIO.

ADQUISICION DE MATERIALES Y EQUIPOS.

CONSTRUCCION DE JAULAS.

INSTALACION.

SIEMBRA.

OPERACION.

COSECHA.

COMERCIALIZACION.

MANTENIMIENTO.

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ingreso de la solicitud es la presentación del Manifiesto de Impacto Ambiental el cual es el

presente documentó.

PREPARACION DEL SITIO.

En la etapa se analizara la superficie solicitada para determinar cual será el punto donde se

instalaran el primer sistema de anclaje de 4 jaulas.

ADQUISICION DE MATERIALES Y EQUIPOS.

Ya que se cuente con las autorizaciones necesarias para la operación del proyecto se

proseguirá a la adquisición del material y equipo necesarios para la construcción de las jaulas

de engorda y el sistema operativo. También otro punto de adquisición de vienes es después

de que se tiene instaladas las jaulas se comprara el alevín y el alimento al igual que algunos

de los equipos necesario para iniciar la operación de la granja de engorda de Jurel.

CONSTRUCCION E INSTALACION DE LAS JAULAS DE ENGORDA.

La construcción e instalación de las jaulas estará a cargo de la Empresa AKVA GRUP.

Para la construcción de las jaulas la Empresa Baja Seas, S. de R.L. DE C.V. tiene

contemplado la renta de una superficie de 1 Ha, en el Poblado Aguas de las flores 15 km de

distancia del punto en donde se encuentra la superficie solicitada. La superficie de preferencia

deberá de contener un bodegón o almacena que resguarde el material, de igual forma se

buscara que cuente con baños o letrina, sino la empresa contratara los servicios de baños

portátiles.

La empresa AKVA GRUP contara con el apoyo de 12 hombres para la construcción e

instalación de las jaulas, y la empresa Baja Seas complementara el equipo con otras 6

personas mas, se contara con la supervisión de Técnico encargado el Oceanologo Roberto

Antonio Flores Aguilar. Y de dos supervisores pertenecientes de la empresa AKVA GRUP.

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Se tiene estimado que la empresa AKVA GRUP, finalice la construcción e instalación de las

jaulas en un tiempo de 20 días, esto esta sujeto a fenómenos climáticos que se llegaran a

presentar.

SIEMBRA, OPERACIÓN, COSECHA Y MANTENIMIENTO.

Posteriormente después de que la Empresa AKVA GRUP finalice su trabajo, se

contactara a la Empresa Chilena ACUINOR, para la compra de las crías de jurel.

Transporte y siembra de alevines:

Ya que se tenga concretada la compra de las crías de jurel, serán trasladados a la zona

del cultivo. Esta actividad es sumamente delicada e importante ya que de este paso depende

la primera tasa de sobrevivencia y se definirá la cantidad de organismos iniciales con los que

la granja comenzara su operación. Los organismos de trasportan en bolsas de plástico con un

promedio de 1,000 unidades por bolsa con aproximadamente 10 litros de agua e infladas con

oxígeno puro, el agua de las bolsas previamente se le realizo un tratamiento preventivo. El

cual consiste en dos opciones, la primera opción es el uso de azul de metileno y la segunda

opción consiste en la utilización de sal de mar. La empresa ACUINOR, deberá supervisar

constantemente la temperatura y oxigeno de las bolsas de traslado, esto para detectar a

tiempo algún cambio que llegara a dañar a los organismos. Al llegar al sitio del cultivo se

llevará a cabo la siembra, esta se realiza directamente a la bolsa a las jaulas de cultivo

depositando en cada un de ellas la cantidades que la empresa tiene estimada.

Aclimatación:

Ya que la bolsas son entregadas serán trasladadas a la zona de operación donde serán

asentadas en la superficie del agua de las jaulas, sin abrir con el fin de iniciar la aclimatación,

en esta postura se mantendrán por un periodo de 15 min, ya transcurrido este tiempo se

abren las bolsas, para tomar los parámetros de oxígeno y de temperatura dentro de la bolsa,

al igual que también se tomaran estos mismos parámetros en la superficie que encierra a las

jaulas, para así comparar y obtener la primera referencia de aclimatación.

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Se comienza agregar agua de la superficie de las jaulas, hacia el interior de la bolsa

dejando nuevamente periodos de 15 minutos para nuevamente tomar los parámetros de

Oxigeno y Temperatura, este proceso se repetirá, hasta que se obtenga una diferencia entre

el agua de la bolsa y el agua de la jaula de mínimo de 2 ºC de diferencia. Ya obtenido la

temperatura adecuada se vierten los organismos a las jaulas, con sumo cuidado, para evitar

que los organismos entren en stress. El tiempo promedio de adaptación es de 60 a 90

minutos. Para este procedimiento se llenara una bitácora donde se registrara los parámetros

de oxigeno y temperatura tomados a lo largo de la aclimatación.

Siembra:

Ya que finalice la aclimatación se realizara los cálculos de sobrevivencia finales. Esto para

tener un registro de la biomasa inicial. Conocer el número de organismos sembrados, nos

ayuda a determinar la producción esperada y de igual forma para poder determinar la

cantidad de alimento que se suministrara a cada jaula.

De acuerdo al programa de desarrollo de la granja, en le primer año se tiene contemplado

una siembra inicial de 6,250 crías de jurel en cada jaula de 10 metros de diámetro por 17 de

profundidad, las cuales serán instalados en la primera fase del cultivo. Posteriormente se

pasara a la instalación de 4 jaulas de 30 metros de diámetro por 17 de profundidad. Donde

tendrán una siembra de 53,000 crías de jurel por jaula.

Alimentación:

La alimentación es la actividad más importante y crítica dentro de la operación de la

granja, ya que el factor alimentación junto con la densidad y calidad del agua, son las

principales causas desde el punto de vista técnico para el éxito o fracaso del cultivo. En este

caso, se manejará como un sistema intensivo siendo el alimento balanceado el de mayor

importancia en el sistema de engorda. Es importante el ofrecimiento adecuado y la cantidad

de alimento en la ración de los peces, también la distribución del mismo ya que este aspecto

bien manejado, permite llevar a un mejor promedio de tallas comerciales, es decir, una

adecuada cantidad y frecuencia de alimentación reduce la competencia entre los organismos

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tendiendo a uniformizar aspectos fundamentales de comercialización. Es por esto que el

presente proyecto tiene contemplado la utilización de nueva tecnología que suministre el

alimento el cual consistirá en la utilización de alimentadores automáticos centralizados. Esta

técnica consiste en silos de almacenaje por calibre de alimento, los cuales vierten su

contenido a dosificadores que luego por medio de aire a presión son pasados por un selector

y finalmente una manguera cañón a la jaula de cultivo. El control de alimento a administrar

esta regulación por medio de una cámara SmartEye de inspección de la alimentación. Esta

es una cámara a color para la inspección y alimentación avanzada, que puede ser operada

desde la jaula, el bote de trabajo, la sala de control de alimentación o vía internet. Esta

cámara proporciona imágenes de video a color, clero y cristalino desde la superficie y bajo el

agua. Se usará el alimento la marca Skretting, ya que este alimento es el que cumplió con

todos y cada uno de los requerimientos energéticos que la empresa requiere para la engorda

del Jurel. Esta dieta contiene un alto valor energético que permite una alta tasa de crecimiento

con un bajo factor de conversión.

El presente proyecto exige para su alimento, las siguientes características las cuales

ayudaran a que se tengan organismos de muy alta calidad:

Alta digestibilidad, Bajo contenidos de finos, Estabilidad de almacenamiento, Velocidad de hundimiento controlada, entre otras

Se tiene conocimiento de que esta marca de alimento ha presentado mejores resultados en

crecimiento y engorda de peces. Esto debido a que contiene una mayor presencia de lípidos

en sus contenidos, elementos que requieren para la formación muscular los organismos de S.

lalandi.,

La empresa Skretting asegura una digestibilidad de 92%, la composición promedio del

alimento esta compuesta de los siguientes elementos:

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• Proteínas 42%. • Lípidos 27%. • Ceniza 9%. (Es excelente para la engorda de peces).

Los ingredientes seleccionados más usados en la formulación son: Harina de pescado,

aceite de pescado, harina de soya, gluten de trigo, trigo, sub-productos de molinería de trigo y

maíz, pre mezcla de vitaminas y sales minerales, ácido ascórbico y antioxidantes.

Como mediada preventiva se realizaran constantes monitoreo al agua que encierra a la

superficie solicitada.

Monitoreo de la calidad del agua:

En su ambiente natural los peces presentan mayor resistencia a las enfermedades

típicas de cada región y que normalmente son portadas por todas las especies nativas.

Pero algunas veces por causas de estrés aumenta la susceptibilidad a las enfermedades.

Un factor sumamente importante que se debe de cuidar dentro de los cultivas es la Calidad

de agua, esto nos ayudara a tener una buena interacción logrando tener buenas

condiciones sanitarias, control de la temperatura y parámetros fisicoquímicos del agua que

hace variar su toxicidad. Un ejemplo de la toxicidad fisicoquímica del agua es el amonio.

Pero también dentro del agua podemos encontrar agentes bioagresores como virus,

hongos, bacterias y parásitos. Los seres vivos viven en equilibrio con la naturaleza, cuando

el balance entre el hospedero, el patógeno y el medio ambiente es alterado por alguna

razón, entonces aparece la enfermedad. Por eso es importante ofrecer a los peces

condiciones de cultivo favorables, controlar los agentes patógenos o sus vectores, atender

los requerimientos nutricionales y conseguir peces de buena calidad genética. Por tal

motivo para prever algunas enfermedades y obtener peces de buena calidad, sanos y bien

presentados, se deberá realizar inspecciones regulares para verificar la calidad del agua, la

coloración de la piel de los organismos y la presencia de parásitos, esto con el objeto de

detectar oportunamente cualquier anomalía y contrarrestarlos rápidamente. Para mantener

una excelente calidad de agua, se estarán realizando monitoreo constantes lo cual se

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revisara los parámetros de oxígeno disuelto. pH, Temperatura, amonio, nitritos y nitratos.

De igual manera se le realizaran muestreos biométricos a los organismo, los cuales

consisten en medir y pesar, al igual que se observara la coloración y brillo de la piel y ojos,

estado de las escamas, coloración de las branquias y análisis de contenido estomacal

Los parámetros básicos que dé deberán estar monitoreando constantemente son:

OXIGENO DISUELTO: El Oxígeno disuelto es un factor de suma importancia ya que este

este parámetro afecta el crecimiento de los organismos. La concentración de Oxígeno

disuelto varía de acuerdo con la profundidad, del estancamiento del agua y de la

estratificación térmica. En aguas totalmente estratificadas, se carece de oxígeno en sus

capas de baja, en donde el oxígeno es consumido pero no producido, mientras que en las

capas superficiales se mantiene niveles aceptables de oxígeno, produciendo por la

fotosíntesis de Microalgas. El nivel mínimo óptimo siempre debe estar por encima de 5

mg/l, ya que este determinara la capacidad de carga en biomasa en las jaulas. Para la

medición del oxígeno disuelto se emplea el oximetro.

TEMPERATURA: La Temperatura también es un parámetro muy importante en los

cultivos, ya que si se llegara a tener algún problema con la temperatura esto puede llegar a

ser letal, ya que este parámetro afecta directamente la tasa metabólica del organismo. Los

peces son de sangre fría, por lo que su temperatura interna es regulada directamente por la

temperatura del medio. En muchas especies las variaciones bruscas de solo 2 びC

ocasionan tensión y muerte de los mismos.

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El Jurel (Seriola sp), deja de crecer por debajo de los 15 ºC y muere a los 30 ºC, siendo

el valor optimo para la engorda de 24 a 26 °C.

pH: Otro parámetro importante es el pH ya que la mayoría de los organismos acuáticos

sobreviven sin problemas en aguas neutrales (pH= 7) o ligeramente alcalinas, en peces el

rango normal se encuentra entre 6.5 y 9. La Basicidad o Acidez del agua se ve influenciado

directamente por la concentración de CO2, la densidad del fitoplancton, la alcalinidad total y

la dureza. Las aguas con baja alcalinidad total son consideradas no aptas para la

acuicultura debido a que pueden presentar cierta acidez que interfiere en los resultados

esperados de producción. La forma de medir el pH más sencillo puede ser la utilización de

cintas pero también podemos encontrar equipo sofisticado conocido como potenciómetro

digital los cuales prevén una lectura instantánea del valor de este parámetro. La granja

acuícola contara con un potenciómetro para la medida de pH.

AMONIO: El amonio también es un parámetro sumamente importante que se debe de

controlar, el amonio se genera de la excreción de los organismos y descomposición

bacteria de la materia orgánica. Aproximadamente un 10% de la proteína presente en el

alimento balanceado aparece en el agua en forma de amonio y otro porcentaje proviene de

la descomposición de la materia orgánica. Cada 46 Kg de alimento balanceado añaden al

agua 1 kg de amonio, por lo tanto la concentración total de amonio está directamente

relacionada con la calidad de alimento que se suministre y en especial la calidad de la

proteína. Es por esto que en este proyecto se eligió el alimento que cumpliera todos los

requerimientos. Por su parte los peces excretan entre el 60% al 90% de Nitrógeno de

desechos por las branquias, y el resto por la orina y heces, el cual luego formara el amonio.

El amonio es un compuesto que puede llegar a ser muy toxico para los organismos

acuáticos. Para poder determinar el amonio se debe de conocer el pH, la temperatura y el

oxígeno disuelto. En un pH de 7 y menos de 1% del amonio total se encuentra en la forma

toxica no ionizada, en un pH de 8 aprox. el 5 al 9%, en un pH de 9 el 30% y 50% y un pH

de 10 entre 80 y 90%. En un pH alto, el amonio aumenta su toxicidad al igual que una

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temperatura alta pero cuando observamos una cantidad de oxígeno disuelto bajo también

podemos encontrar el amonio muy toxico.

A continuación se menciona algunos danos que se pueden llegar a encontrar e los

organismos cuando fueron expuestos a altas concentraciones de amonio:

AGUDOS: Bloqueo del metabolismo energético del cerebro, exoftalmia y ascitis. Esto es

acumulación del líquido en el abdomen.

CRONICO: Danos en las branquias afectando la captura de oxígeno, afecta balance de las

sales internas, ocasiona lesiones en organismos internos, incremento de la susceptibilidad

a enfermedades, disminución del crecimiento y la supervivencia. Para evitar algún

problema con el amonio es por eso que se tomó la decisión, de tener en movimiento las

líneas de las jaulas para así evitar una alta concentración de materia orgánica en la zona

que pudieran ocasionar una alta en el amonio provocando enfermedades o muerte de los

organismos.

NITRITOS: Por ultimo encontramos a los Nitritos (NO2), compuesto intermedio de gran

toxicidad y altamente contaminante que se forma en el proceso de oxidación del amino por

parte de las bacterias Nitrosomas, y los nitratos por la reducción de los microrganismo

anaeróbicos. Los nitritos son producto de la actividad biológica relacionada con la

descomposición de los componentes proteicos de la materia orgánica. Niveles tóxicos de

nitritos son comunes en sistemas de recirculación y altas densidades de producción. La

toxicidad depende de la cantidad de cloruros, temperatura, pH y concentración de oxígeno.

Los nitritos interfieren con la habilidad de la sangre de los organismos para absorber

oxígeno, en muchos peces niveles de 0,2 mg/l pueden ocasionar la “Enfermedad de la

sangre café”, producida por la oxidación del ion ferroso de la hemoglobina a ion férrico

metahemoglobina que da el color característico y ocasiona anemia crónica. Idealmente se

debe mantener el nivel de nitritos por debajo de 0.1 mg/l. Para prevenir algún aumento de

amonio, se debe mantener un monitoreo permanente sobre los niveles de amonio, al

observarse incrementos de debe suspender de inmediato la alimentación y aumento el

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recambio de agua, hasta que se normalicen los niveles. Para mantener un control sobre el

cultivo y en caso de ser necesario tomar medidas preventivas, el proyecto contempla

mantener un registro estricto de los principales parámetros fisicoquímicos y microbiológicos

de la calidad del agua. En la Tabla VIII., Se muestra los periodos con que se tomaran los

diferentes parámetros durante el desarrollo del proyecto.

PARAMETROS MICROBIOLOGICOS: Con el propósito de mantener la calidad e

inocuidad del producto final, se llevará un control bacteriológico, principalmente para la

detección de niveles de coliformes tanto totales como fecales y eventualmente de

salmonellas sp. La tabla IX. Muestra la periodicidad con la que se tomaran los parámetros

microbiológicos.

Cosecha:

Ya que el ciclo programado llegó a su fin o el monitoreo de los peces (BIOMETRIA) indica

que las tallas ya son adecuadas para su venta. Llegado el momento de su cosecha lo cual

consiste el recolección de los organismos, de los corrales de engorda. Lo cual mediante

guinches se realzara una maniobra de achique de la jaula hasta rescatar la cosecha de la

misma con ayuda de cucharas de malla y taras se extraerán los organismos. Entre las

actividades de importancia para la entrega y adecuado traslado del producto, es necesario

PARAMETRO METODO O APARATO PERIOCIDAD

Oxígeno disuelto Oxímetro 1 a 2 veces al día.

pH Potenciómetro 1 vez al día.

Temperatura Termómetro digital 1 a 2 veces al día.

Amonio Químico 1 vez al día.

Sólidos suspendidos Disco Secchi 1 a 2 veces al día.

Tabla VIII. Periodo de toma de parametros.

PARAMETROS. METODO. PERIODICIDAD.

Coliformes Totales Bacteriológico Trimestral

Coliformes Fecales Bacteriológico Trimestral

Tabla IX. Periodicidad con que se tomara los parámetros microbiológicos

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llenar el formulario del aviso de cosecha que tiene como finalidad informar a SAGARPA del

movimiento; obtener en la misma dependencia la Guía de Pesca y emitir la factura

correspondiente a fin de comprobar de manera adecuada la procedencia y posesión del

producto. La talla de cosecha en la que usualmente se lleva a cabo la comercialización de

este producto en el mercado internacional y nacional es cuando los peces alcancen un peso

aproximado de 4 a 5 Kg, La cosecha se lleva a cabo dando a los organismos un ayuno previo

de tres a cinco días antes de enviarlos al mercado. Esta actividad consiste en cosechar los

peces en una plataforma de cosecha en los centros de cultivo de la siguiente forma:

Los peces serán retirados de la jaula mediante una pluma hidráulica el cual poseen un

quechón para extraer los peces (también se pudiese utilizar una bomba hidráulica para

transferir los peces) luego serán llevados hasta una mesa de acopio de una plataforma de

cosecha.

Posteriormente los peces son llevados por gravedad hasta la primera tina de sedación

mediante Co², luego mediante unas paletas hidráulicas son derivados a una segunda tina

de sedación. Una vez sedados estos son llevados a una mesa de matanza donde se

pincha el cerebro método Ike-jime mediante utensilios adaptados para este fin y así

obtener una rápida mortalidad. Luego los peces son enviados por tubo hacia la salida de

la mesa de cosecha para ser dispuestos en Bins previamente preparados con

aproximadamente 300 kg de hielo.

Los organismos que por motivo de selección, mala calidad genética, conversión alimenticia o

por la misma exclusión natural no logren la talla mínima comercial que demanda el mercado, se

venderá a otras instituciones o escuelas técnicas que pudieran aprovechar estos residuos

como materia prima para sus procesos de producción.

En la fase del cultivo piloto se estima una cosecha de 80 toneladas, posteriormente ya que

se encuentre en la fase comercial se estima tener una cosecha de 500 toneladas y por año ir

doblando la cantidad de cosecha.

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A continuación se muestra (tabla X), la cantidad de crías por siembra por cada sistema de

jaulas que conforman las fases en que se desarrollara el proyecto de igual forma también se

observa la cosecha que la empresa Baja Seas tiene estimada. También se observa la

cantidad de alimento que se utilizara por año de operación.

Comercialización:

Como se especifico en el punto anterior la talla optima para la venta de este pez es de 4 a

5 kg, Sin embargo el inicio comercial de este proyecto en su etapa de prueba será en la talla

mínima aceptable para el mercado y en el que se puede aprovecharse nuestra producción,

que es cuando alcanza un peso de 700 a 800 gramos (talla permitida). Como presentación de

venta se tendrá en:

Filete fresco con calidad gourmet en dos tipos de empaque: Al alto vacío de 150 a 250

gramos y en caja de cartón encerado de 25 Kg.

Filete congelado de igual manera contara con empaque al alto vacío de 150 a 250 gramos

y en caja de cartón encerado de 25 kg.

Entero fresco eviscerado al alto vacío de 700 gramos a 4.5 kg. y en caja de cartón

encerada de 25 kg.

FASE. No. DE JAULAS DIMENSIONES SIEMBRA (ALEVINES)COSECHA

(TONELADAS)

ALIMENTO

(TONELADAS)AÑO

CULTIVO PILOTO 412 METROS DE DIAMETRO POR

10 DE PROFUNDIDAD.25,000 80 216 2014

CULTIVO COMERCIAL. 430 METROS DE DIAMETRO POR

17 DE PROFUNDIDAD.212,000 600 1200 2015

830 METROS DE DIAMETRO POR

17 DE PROFUNDIDAD.425,000 1,200

24002016

1230 METROS DE DIAMETRO POR

17 DE PROFUNDIDAD.637,000 1,800

36002017

1630 METROS DE DIAMETRO POR

17 DE PROFUNDIDAD.850,000 2,400.00

48002018

Tabla X. Siembra y cosecha por sistema de Jaulas por fase.

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Mantenimiento:

Esta etapa se realizara a cada una de las jaulas y equipo que operan esto para detectar

algún problema o simplemente darle una limpieza, para asegurar su óptimo funcionamiento en

el trascurso de varios años.

2.3.1.1. Etapa de abandono del sitio.

Si llegara hacer necesario el tomar la decisión de abandonar el sitio, o que el proyecto

llegara a su tiempo de vida final; se tiene contemplar el desmantelar, la zona donde va operar

la Granja acuícola, por lo cual se tiene contemplado realizar las siguientes actividades para

dejar restaurado el medio. Para el caso de las jaulas flotantes, estas se sacaran del cuerpo de

agua y posteriormente desmontarse, el material que resulte se tiene contemplado vender y

algunos otros materiales aquellos que se le pueda dar un reusó serán almacenados para un

futuro reusó. Se notificara a las autoridades correspondientes en materia ambiental, para la

aplicación de las medidas de restauración o corrección que se apliquen en el momento, esto

dependerá del diagnóstico ambiental que la empresa presente a las autoridades referidas.

2.3.2. Otros insumos.

No se tiene contemplado utilizar ningún insumo adiciónale, como lo que son reactivos

peligrosos o sustancias peligrosas. Esto a que la empresa controlara y cuidara al máximo la

calidad del agua y del sistema de engorda para así evitar al máximo que los organismos se

contaminaran y enfermaran. Si se llegara a presentar alguna enfermedad de esta especie se

consultaría la NOM-020-PESC-1993. La cual acredita las técnicas para la identificación de

agentes patógenos causales de enfermedades en los organismos acuáticos vivos cultivados,

silvestres y de ornato en México debido a que los organismos que se pretenden cultivar

pudieran llegar a tener algún organismo patógeno. Y se tomaría en ese momento la decisión

de que medicamento o maniobra se utilizaría para su recuperación.

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3. VINCULACION CON LOS ORDENAMIENTOS JURIDICOS APLICABLES EN MATERIA AMBIENTAL Y EN SU CASO, CON LA

REGULACION DE USO DE SUELO.

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La política juega un papel importante en la protección y conservación de los recursos

naturales que se pueden llegar a ver afectados por obras o actividades, la importancia de

vincular las leyes, reglamentos y normas sobre y regulaciones sobre uso de suelo y las

actividades para la construcción del proyecto desde la preparación del sitio hasta la

construcción de las obras involucradas, regulaciones en materia de uso de suelo, y ambiental.

Como marco legal principal, se tiene a la constitución política de los Estados Unidos

Mexicanos, del cual emanan todas las leyes, posteriormente las leyes y reglamentos sobre

protección ambiental y las normas oficiales mexicanas que emanan de estas y las leyes en

materia de protección.

La ley General del Equilibrio y protección al Ambiente es reglamentaria de las disposiciones

de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que se refieren a la preservación

y restauración del equilibrio ecológico, así como a la protección del ambiente, en el territorio

nacional, y las zonas sobre las que la nación ejerce soberanía y jurisdicción; dentro de sus

disposiciones son de orden público e iteres social, y tiene por objeto proporcionar el desarrollo

sustentable y establecer las bases para garantizar el derecho de toda persona a vivir en un

medio ambiente adecuado para su desarrollo, salud y bienestar; definir los principios de la

política ambiental y los instrumentos para su aplicación; la preservación y protección de la

biodiversidad: la prevención y control de la contaminación del aire, agua y suelo.

LEY GENERAL DE EQUILIBRIO ECOLOGICO Y PROTECCION AL AMBIENTE.

SECCION V Evaluación del Impacto Ambiental.

ARTÍCULO 28.- La evaluación del impacto ambiental es el procedimiento a través del cual la

Secretaría establece las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades

que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en

las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los

ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el medio

ambiente. Para ello, en los casos en que determine el Reglamento que al efecto se expida,

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quienes pretendan llevar a cabos algunos de las siguientes obras o actividades, requerirán

previamente la autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría:

I. Obras hidráulicas, vías generales de comunicación, oleoductos, gasoductos,

carboductos y poliductos;

II. Industria del petróleo, petroquímica, química, siderúrgica, papelera, azucarera, del

cemento y eléctrica;

III. Exploración, explotación y beneficio de minerales y sustancias reservadas a la

Federación en los términos de las Leyes Minera y Reglamentaria del Artículo 27

Constitucional en Materia Nuclear;

IV. Instalaciones de tratamiento, confinamiento o eliminación de residuos peligrosos,

así como residuos radiactivos;

V. Aprovechamientos forestales en selvas tropicales y especies de difícil

regeneración;

VI. Se deroga.

VII. Cambios de uso del suelo de áreas forestales, así como en selvas y zonas áridas;

VIII. Parques industriales donde se prevea la realización de actividades altamente

riesgosas;

IX. Desarrollos inmobiliarios que afecten los ecosistemas costeros;

X. Obras y actividades en humedales, manglares, lagunas, ríos, lagos y esteros

conectados con el mar, así como en sus litorales o zonas federales;

XI. Obras y actividades en áreas naturales protegidas de competencia de la

Federación;

XII. Actividades pesqueras, acuícolas o agropecuarias que puedan poner en peligro la

preservación de una o más especies o causar daños a los ecosistemas, y

XIII. Obras o actividades que correspondan a asuntos de competencia federal, que

puedan causar desequilibrios ecológicos graves e irreparables, daños a la salud

pública o a los ecosistemas, o rebasar los límites y condiciones establecidos en las

disposiciones jurídicas relativas a la preservación del equilibrio ecológico y la

protección del ambiente

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El Reglamento de la presente Ley determinará las obras o actividades a que se refiere

este artículo, que por su ubicación, dimensiones, características o alcances no produzcan

impactos ambientales significativos, no causen o puedan causar desequilibrios ecológicos, ni

rebasen los límites y condiciones establecidos en las disposiciones jurídicas referidas a la

preservación del equilibrio ecológico y la protección al ambiente, y que por lo tanto no deban

sujetarse al procedimiento de evaluación de impacto ambiental previsto en este ordenamiento.

Para los efectos a que se refiere la fracción XIII del presente artículo, la Secretaría

notificará a los interesados su determinación para que sometan al procedimiento de

evaluación de impacto ambiental la obra o actividad que corresponda, explicando las razones

que lo justifiquen, con el propósito de que aquéllos presenten los informes, dictámenes y

consideraciones que juzguen convenientes, en un plazo no mayor a diez días. Una vez

recibida la documentación de los interesados, la Secretaría, en un plazo no mayor a treinta

días, les comunicará si procede o no la presentación de una manifestación de impacto

ambiental, así como la modalidad y el plazo para hacerlo. Transcurrido el plazo señalado, sin

que la Secretaría emita la comunicación correspondiente, se entenderá que no es necesaria

la presentación de una manifestación de impacto ambiental.

REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE EN MATERIA DE EVALUACION DEL IMPACTO

AMBIENTAL.

Artículo 1º.- El presente ordenamiento es de observancia general en todo el territorio

nacional y en las zonas donde la Nación ejerce su jurisdicción; tiene por objeto reglamentar la

Ley General del Equilibrio Ecológico y la protección al Ambiente, en materia de evaluación del

impacto ambiental a nivel federal.

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CAPITULO II. DE LAS OBRAS O ACTIVIDADES QUE REQUIEREN AUTORIZACION EN MATERIA DEL

IMPACTO AMBIENTAL Y DE LA EXCEPCIONES

Artículo 5º.- Quieren pretenden llevar a cabo algunas de las siguientes obras o actividades,

requerirán previamente la autorización de la Secretaria en materia de impacto ambiental.

O) CAMBIO DE USO DE SUELO DE AREAS FORESTALES, ASI COMO EN SELVAS Y ZONAS ARIDAS:

I. Cambio de uso de suelo para actividades agropecuarias, acuícolas de desarrollo

inmobiliario, de infraestructura urbana, de vías generales de comunicación o para el

establecimiento de instalaciones comerciales, industriales o de servicios en predios con

vegetación forestal, con excepción de la construcción de viviendas unifamiliares y del

establecimiento de instalaciones comerciales o de servicios de predios menores a 1000

metros cuadrados, cuando su construcción no implique el derribo de arbolado en una

superficie mayor a 500 metros cuadrados, o la eliminación o fragmentación del hábitat de

ejemplares de flora y fauna sujeto a una régimen de protección especial de conformidad

con las normas oficiales mexicanas y otros instrumentos jurídicos aplicables.

II. Cambio de uso de suelo de áreas forestales a cualquier otro uso, con excepción de las

actividades agropecuarias de autoconsumo familiar, que se realicen en predios con

pendientes inferiores al cinco por ciento, cuando no impliquen la agregación ni el

desmonte de más del veinte por ciento de la superficie total y esta no rebase 2 hectáreas

en zonas templadas y 5 en zonas áridas, y

III. Los demás cambio de uso del suelo, el terreno o área con uso de suelo forestal, con

excepción de la modificación se suelos agrícolas o pecuarios en forestales, agroforestales

o silvopastoriles, mediante la utilización de especies nativas.

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U) ACTIVIDES ACUICOLAS QUE PUEDAN PONER EN PELIGRO LA PRESERVACION DE UNA O MAS ESPECIES O CAUSAR DANOS A LOS ECOSISTEMAS:

I. Construcción y operación de granjas, estanques o parque s de producción acuícola, con

una excepción de la rehabilitación de la infraestructura de apoyo cuando no implique la

ampliación de la superficie productiva, el incremento de la demanda de insumo, la

generación de residuos peligrosos, el relleno de cuerpos de agua o la remoción de

manglar, popal y otra vegetación propia de humedales, así como la vegetación raparía o

marginal;

II. Producción de postlarvas, semillas o simientes, con excepción de la relativa a crías,

semillas y postlarvas nativas al ecosistema en donde pretenda realizarse, cuando el

abasto y descarga de agua residuales se efectúe utilizando los servicios municipales;

III. Siembra de especies exóticas, híbridos y variedades transgénicas en ecosistemas

acuáticos, en unidades de producción instaladas en cuerpos de agua, o en infraestructura

acuícola situada en tierra, y

IV. Construcción o instalación de arrecifes artificiales u otros medios de modificación del

hábitat para la atracción y proliferación de la vida acuática.

CAPITULO III. DEL PROCEDIMEINTO PARA LA EVALUACION DEL IMPACTO AMBIENTAL.

ARTICULO 9º. Los promoventes deberán presentar ante la Secretaria una manifestación de

impacto ambiental, en la modalidad que corresponda, para que esta realice la evaluación del

proyecto de la obra o actividad respecto de la que se solicita autorización.

La información que contenga la manifestación de impacto ambiental deberá referirse a

circunstancias ambientales relevantes vinculadas con la realización del proyecto.

La Secretaria proporcionara a los promoventes guías para facilitar la presentación y

entrega de la manifestación de impacto ambiental de acuerdo al tipo de obra o actividad que

se pretende llevar acabo. La Secretaria publicara dichas guías en el Diario Oficial de la

Federación y en la Gaceta Ecológica.

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ARTICULO 10º. Las manifestaciones de impacto ambiental deberán presentase en las

siguientes modalidades:

Regional, o Particular.

ARTICULO 11º. Las manifestaciones de impacto ambiental se presentara en la modalidad

regional cuando se trate de:

I. Parques industriales y acuícolas, granjas acuícolas de más de 500 hectáreas, carreteras y vías

férreas, proyectos de generación de energía nuclear, presas y, en general, proyectos que alteren

las cuencas hidrológicas.

II. Un conjunto de obras o actividades que se encuentren incluidas en un plan o programa parcial de

desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico que sea sometido a consideración de la Secretaria

en los términos previstos por el artículo 22 de este reglamento;

III. Un conjunto de proyecto de obras y actividades que pretenden realizarse en una región ecológica

determinada, y

IV. Proyectos que pretendan desarrollarse en sitios en los que por su interacción con los diferentes

componentes ambientales regionales, se prevean impactos acumulativos, sinérgicos o residuales

que pudieran ocasionar la destrucción, el aislamiento o la fragmentación de los ecosistemas.

En los demás casos, la manifestación deberá presentarse en la modalidad particular.

ARTICULO 12º. Las manifestaciones de impacto ambiental, en su modalidad particular,

deberá contener la siguiente información:

I. Datos generales del proyecto, del promovente y del responsable del estudio de

impacto ambiental;

II. Descripción del proyecto;

III. Vinculación con los ordenamientos jurídicos aplicables en materia ambiental y. en su

caso, con la regulación sobre el uso de suelo.

IV. Descripción del sistema ambiental y señalamiento de la problemática ambiental

detectada en el área de influencia del proyecto;

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V. Identificación, descripción y evaluación de los impactos ambientales;

VI. Medidas preventivas y de mitigación de los impactos ambientales;

VII. Pronósticos ambientales y, en si caso, evaluación de alternativas, y

VIII. Identificación de los instrumentos metodológicos y elementos técnicos que sustenten

la información señalada en la fracción anterior.

ARTICULO 17º. El promovente deberá presentar a la Secretaria la solicitud de autorización en materia

de impacto ambiental, anexado:

I. La manifestación de impacto ambiental;

II. Un resumen del contenido de la manifestación de impacto ambiental, presentado en

disquete, y

III. Una copia sellada de la constancia del pago de derecho correspondiente.

Cuando se traten de actividades altamente riesgosas en los términos de la ley, deberá

incluirse un estudio de riesgos.

REGLAMENTO DE LA LEY DE PESCA.

ARTICULO 1º. El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar la Ley de Pesca. Su

aplicación corresponde al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaria del Medio

Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a

otras dependencias de la Administración Pública Federal.

TITULO TERCERO DE LA ACUACULTURA

CAPITULO I. DE LAS DISPOSICIONES GENERALES.

ARTICULO 101º. Acuacultura es el cultivo de especies de la fauna y flora acuáticas mediante

el empleo de métodos y técnicas para su desarrollo controlado en todo estadio biológico y

ambiente acuático.

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ARTICULO 102º. La secretaria, aplicado criterio de sustentabilidad, regulara el crecimiento

ordenado de la acuacultura, en coordinación con las autoridades competentes y delos

gobiernos Estatales y Municipales, atendiendo principalmente a las zonas con potencial para

desarrollar esta actividad, mediante la expedición de concesiones, permisos o autorizaciones

por especie o grupos de especies.

ARTICULO 103º. La Secretaria realizara, en coordinación con las independencias

competentes de la Administración Pública Federal, las acciones necesarias para promover el

desarrollo de la acuacultura y para tal efecto:

I. Establecerá, en coordinación con los gobierno de los Estados, Municipios e Instituciones

competentes, servicios de investigación en genética, nutrición, sanidad y extensionismo,

entre otros, para apoyar a las personas y organizaciones que se dediquen a esas

actividades;

II. Asesorara a los acuicultores para que el cultivo y explotación de la flora y fauna

acuática, se realice de acuerdo con las practicas que las investigaciones científicas y

tecnológicas aconsejen; así como en materia de construcción de infraestructura,

adquisición y operación de plantas de conservación y transformación industrial, insumos,

artes y equipos de cultivo y demás vienes que requiere el desarrollo de la actividad

acuícola;

III. Promoverá la construcción de parques de acuacultura, así como de unidades y

laboratorios dedicados a la producción de organismos destinados al cultivo y

repoblamiento de las especies de la flora y fauna acuática, y

IV. Promoverá programas de apoyo financiero que se requieran para el desarrollo de la

acuacultura.

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CAPITULO VI. DE LA SANIDA ACUICOLA.

ARTICULO 128º. La secretaria podrá autorizar la introducción al territorio nacional de

especies vivas de la flora y fauna acuáticas, mediante la presentación de un certificado de

sanidad expedido por la autoridad competente del país de origen. Así mismo expedirá las

normas en materia de sanidad acuícola relativas a la prevención, diagnóstico y control de

enfermedades que puedan afectar a los organismos acuáticos vivos.

Las especies que se introduzcan a territorio nacional en los términos del párrafo

anterior, se sujetaran a las cuarentenas de conformidad con las normas aplicables, y al

termino de las mismas, para su disposición final, serán necesario obtener un certificado de

sanidad acuícola expedido por la secretaria.

ARTICULO 129º. La secretaria, de conformidad con las normas, podrá:

I. Expedir directamente, o a través de laboratorios acreditados y aprobados, certificados

de sanidad de organismos acuáticos vivos y de las instalaciones acuícolas, cuando se

solicite por los interesados, los cuales deberán realizar los actos establecidos en las

normas aplicables;

II. Determinar, en coordinación con las autoridades que correspondan los

medicamentos, alimentos, hormonas y otros insumos que podrán utilizarse en la

acuacultura;

III. Promover el intercambio de información y homologación con instituciones

internacionales que participen en materia de traslado y de sanidad de especies

acuáticas vivas;

IV. Regular la aplicación de cuarentenas, la operación de unidades de cuarentenas,

manejo genético, campanas y medidas de prevención, diagnóstico y control sanitario

tendentes a proteger los recursos pesqueros, y

V. Prohibir la introducción de especies acuáticas vivas, por razones sanitarias.

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ARTÍCULO 130.- Se requerirá del certificado de sanidad acuícola expedido por la Secretaría

o por terceros acreditados y aprobados, en los casos siguientes:

a. Cuando las especies acuícolas vivas, en cualesquiera de sus fases de desarrollo, se

produzcan en instalaciones ubicadas en el territorio nacional y se movilicen de una granja

a otra o se pretendan introducir a un cuerpo de agua de jurisdicción federal distinto, o se

destinen a la exportación, y

b. Cuando se capturen de poblaciones naturales y se destinen a la acuacultura.

ARTÍCULO 131.- Los interesados en obtener el certificado de sanidad a que se refiere el

artículo anterior, cumplirán con lo siguiente:

I. Presentar la solicitud, en el formato que al efecto autorice la Secretaría, el cual contendrá

los siguientes datos:

a) Nombre del interesado,

b) Nombre científico y común de la especie, fase de desarrollo y cantidad,

c) Ubicación de la instalación de donde proviene la especie y

d) Nombre y ubicación de la instalación receptora, así como del responsable;

II. Entregar, a la unidad administrativa competente de la Secretaría o al tercero acreditado o

aprobado, las muestras de cada una de las especies a certificar, de conformidad con las

normas aplicables, y

III. En su caso, los demás requisitos de carácter técnico que señalen las normas aplicables.

El formato a que se refiere la fracción I de este artículo, se otorgará por parte de la

Secretaría o de los terceros acreditados y aprobados a los solicitantes.

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LEY DE AGUAS NACIONALES. TÍTULO PRIMERO

DISPOSICION PRELIMINARES CAPITULO UNICO

ARTICULO 1º. La presente Ley es reglamentaria del Artículo 27 de la Constitución Política de

los Estados Unidos Mexicanos en materia de aguas nacionales; es de observancia general en

todo el territorio nacional, sus disposiciones son de orden público e interés social y tiene por

objeto regular la explotación, uso o aprovechamiento de dichas aguas, su distribución y

control, así como la preservación de su cantidad y calidad para lograr su desarrollo integral

sustentable.

ARTICULO 2º. Las disposiciones de esta Ley son aplicables a todas las aguas nacionales,

sean superficiales o del subsuelo. Estas disposiciones también son aplicables a los bienes

nacionales que la presente Ley señala. Las disposiciones de esta Ley son aplicables a las

aguas de zonas marinas mexicanas en tanto a la conservación y control de su calidad, sin

menoscabo de la jurisdicción o concesión que las pudiere regir.

ARTICULO 7º. Se declara de utilidad pública:

I. La gestión integrada de los recursos hídricos, superficiales y del subsuelo, a partir de

las cuencas hidrológicas en el territorio nacional, como prioridad y asunto de seguridad

nacional;

II. La protección, mejoramiento, conservación y restauración de cuencas hidrológicas,

acuíferos, cauces, vasos y demás depósitos de agua de propiedad nacional, zonas de

captación de fuentes de abastecimiento, zonas federales, así como la infiltración

natural o artificial de aguas para reabastecer mantos acuíferos acorde con las "Normas

Oficiales Mexicanas" y la derivación de las aguas de una cuenca o región hidrológica

hacia otras;

III. La instalación de los dispositivos necesarios para la medición de la cantidad y calidad

de las aguas nacionales y en general para la medición del ciclo hidrológico;

IV. El restablecimiento del equilibrio hidrológico de las aguas nacionales, superficiales o

del subsuelo, incluidas las limitaciones de extracción en zonas reglamentadas, las

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vedas, las reservas y el cambio en el uso del agua para destinarlo al uso doméstico y al

público urbano; la recarga artificial de acuíferos, así como la disposición de agua al

suelo y subsuelo, acorde con la normatividad vigente;

V. El restablecimiento del equilibrio de los ecosistemas vitales vinculados con el agua;

VI. La eficientización y modernización de los servicios de agua domésticos y públicos

urbanos, para contribuir al mejoramiento de la salud y bienestar social, para mejorar la

calidad y oportunidad en el servicio prestado, así como para contribuir a alcanzar la

gestión integrada de los recursos hídricos;

VII. El mejoramiento de la calidad de las aguas residuales, la prevención y control de su

contaminación, la recirculación y el reúso de dichas aguas, así como la construcción y

operación de obras de prevención, control y mitigación de la contaminación del agua,

incluyendo plantas de tratamiento de aguas residuales;

VIII. El establecimiento, en los términos de esta Ley, de distritos de riego, unidades de riego,

distritos de temporal tecnificado y unidades de drenaje, así como la adquisición de las

tierras y demás bienes inmuebles necesarios para integrar las zonas de riego o

drenaje;

IX. La prevención y atención de los efectos de fenómenos meteorológicos extraordinarios

que pongan en peligro a personas, áreas productivas o instalaciones;

X. El aprovechamiento de aguas nacionales para generar energía eléctrica destinada a

servicios públicos, y

XI. La adquisición o aprovechamiento de los bienes inmuebles que se requieran para la

construcción, operación, mantenimiento, conservación, rehabilitación, mejoramiento o

desarrollo de las obras públicas hidráulicas y de los servicios respectivos, y la

adquisición y aprovechamiento de las demás instalaciones inmuebles y vías de

comunicación que las mismas requieran.

ARTICULO 9 BIS. Los recursos financieros y de otra índole al cargo de "la Comisión" y las

disposiciones para su manejo y rendición de cuentas serán determinados en el Reglamento

Interior de "la Secretaría", la cual respetará los presupuestos anuales que se determinen para

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aquélla en los instrumentos jurídicos que al efecto expida el Honorable Congreso de la Unión,

y actuará conforme a las disposiciones que establezca la Autoridad en la materia.

ARTICULO 9 BIS 1. Para el despacho de los asuntos de su competencia, "la Comisión"

contará en el nivel nacional con:

a. Un Consejo Técnico, y

b. Un Director General.

ARTICULO 10. El Consejo Técnico de "la Comisión" estará integrado por los titulares de las

Secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales, quien lo presidirá; Hacienda y Crédito

Público; de Desarrollo Social; de Energía; de Economía; de Salud; y de Agricultura,

Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; así como del Instituto Mexicano de

Tecnología del Agua y de la Comisión Nacional Forestal. Por cada representante propietario

se designará a los suplentes necesarios con nivel de Subsecretario o equivalente. A

propuesta del Consejo Técnico, el Titular del Ejecutivo Federal designará como miembros del

propio Consejo, a dos representantes de los gobiernos de los estados y a un representante de

una Organización Ciudadana de prestigio y experiencia relacionada con las funciones de "la

Comisión". El Consejo Técnico se organizará y operará conforme a las reglas que expida para

tal efecto.

El Consejo Técnico cuando así lo considere conveniente, podrá invitar a sus sesiones a

los titulares de las demás dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y a

otros representantes de los estados, de los municipios, de los usuarios y de la sociedad

organizada, los cuales podrán intervenir con voz, pero sin voto. En las sesiones del Consejo

Técnico, participará con voz, pero sin voto, el Director General de "la Comisión". La

periodicidad y forma de convocatoria de las sesiones del Consejo Técnico se hará conforme a

lo dispuesto en el Reglamento Interior de "la Comisión".

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ARTICULO 11. El Consejo Técnico tendrá las atribuciones indelegables siguientes:

I. Aprobar y evaluar los programas y proyectos a cargo de "la Comisión";

II. Aprobar, de conformidad con la presente Ley y sus reglamentos, presupuesto y

operaciones de "la Comisión", supervisar su ejecución, así como conocer y aprobar los

informes que presente el Director General;

Capítulo II Concesiones y Asignaciones

ARTICULO 20. De conformidad con el carácter público del recurso hídrico, la explotación, uso

o aprovechamiento de las aguas nacionales se realizará mediante concesión o asignación

otorgada por el Ejecutivo Federal a través de "la Comisión" por medio de los Organismos de

Cuenca, o directamente por ésta cuando así le competa, de acuerdo con las reglas y

condiciones que dispone la presente Ley y sus reglamentos. Las concesiones y asignaciones

se otorgarán después de considerar a las partes involucradas, y el costo económico y

ambiental de las obras proyectadas.

Corresponde a los Organismos de Cuenca expedir los títulos de concesión, asignación y

permisos de descarga a los que se refiere la presente Ley y sus reglamentos, salvo en

aquellos casos previstos en la Fracción IX del Artículo 9 de la presente Ley, que queden

reservados para la actuación directa de "la Comisión".

La explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales por parte de personas

físicas o morales se realizará mediante concesión otorgada por el Ejecutivo Federal a través

de "la Comisión" por medio de los Organismos de Cuenca, o por ésta cuando así le competa,

de acuerdo con las reglas y condiciones que establece esta Ley, sus reglamentos, el título y

las prórrogas que al efecto se emitan.

La explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales por dependencias y

organismos descentralizados de la administración pública federal, estatal o municipal, o el

Distrito Federal y sus organismos descentralizados se realizará mediante concesión otorgada

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por el Ejecutivo Federal a través de "la Comisión" por medio de los Organismos de Cuenca, o

por ésta cuando así le competa, de acuerdo con las reglas y condiciones que establece esta

Ley y sus reglamentos. Cuando se trate de la prestación de los servicios de agua con carácter

público urbano o doméstico, incluidos los procesos que estos servicios conllevan, la

explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales, se realizará mediante asignación

otorgada por el Ejecutivo Federal a través de "la Comisión" por medio de los Organismos de

Cuenca, o por ésta cuando así le competa, a los municipios, a los estados o al Distrito

Federal, en correspondencia con la Fracción VIII del Artículo 3 de la presente Ley. Los

derechos amparados en las asignaciones no podrán ser objeto de transmisión.

La asignación de agua a que se refiere el párrafo anterior se regirá por las mismas

disposiciones que se aplican a las concesiones, salvo en la transmisión de derechos, y el

asignatario se considerará concesionario para efectos de la presente Ley.

Las concesiones y asignaciones crearán derechos y obligaciones a favor de los

beneficiarios en los términos de la presente Ley

El Gobierno Federal podrá coordinarse con los gobiernos de los estados y del Distrito

Federal, a través de convenios de colaboración administrativa y fiscal para la ejecución por

parte de estos últimos, de determinados actos administrativos y fiscales relacionados con el

presente Título, en los términos de lo que establece esta Ley, la Ley de Planeación, la Ley de

Coordinación Fiscal y otras disposiciones aplicables, para contribuir a la descentralización de

la administración del agua.

Cuando las disposiciones a partir del presente Título se refieran a la actuación de "la

Comisión", en los casos que a ésta le corresponda conforme a lo dispuesto en la Fracción IX

del Artículo 9 de la presente Ley, o del Organismo de Cuenca que corresponda, se entenderá

que cada instancia actuará en su ámbito de competencia y conforme a sus facultades

específicas, sin implicar concurrencia. En lo sucesivo, esta Ley se referirá a "la Autoridad del

Agua", cuando el Organismo de Cuenca que corresponda actúe en su ámbito de

competencia, o bien, "la Comisión" actúe en los casos dispuestos en la Fracción y Artículo

antes referidos.

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ARTICULO 21. La solicitud de concesión o asignación deberá contener al menos:

I. Nombre y domicilio del solicitante;

II. La cuenca hidrológica, acuífero en su caso, región hidrológica, municipio y localidad a

que se refiere la solicitud;

III. El punto de extracción de las aguas nacionales que se soliciten;

IV. El volumen de extracción y consumo requeridos;

V. El uso inicial que se le dará al agua, sin perjuicio de lo dispuesto en el Párrafo Quinto

del Artículo 25 de la presente Ley; cuando dicho volumen se pretenda destinar a

diferentes usos, se efectuará el desglose correspondiente para cada uno de ellos;

VI. El punto de descarga de las aguas residuales con las condiciones de cantidad y

calidad;

VII. El proyecto de las obras a realizar o las características de las obras existentes para su

extracción y aprovechamiento, así como las respectivas para su descarga, incluyendo

tratamiento de las aguas residuales y los procesos y medidas para el reúso del agua,

en su caso, y restauración del recurso hídrico; en adición deberá presentarse el costo

económico y ambiental de las obras proyectadas, esto último conforme a lo dispuesto

en la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, y

VIII. La duración de la concesión o asignación que se solicita.

Conjuntamente con la solicitud de concesión o asignación para la explotación, uso o

aprovechamiento de aguas nacionales, se solicitará el permiso de descarga de aguas

residuales y el permiso para la realización de las obras que se requieran para la explotación,

uso o aprovechamiento de aguas y el tratamiento y descarga de las aguas residuales

respectivas. La solicitud especificará la aceptación plena del beneficiario sobre su obligación

de pagar regularmente y en su totalidad las contribuciones fiscales que se deriven de la

expedición del título respectivo y que pudieren derivarse de la extracción, consumo y

descarga de las aguas concesionadas o asignadas, así como los servicios ambientales que

correspondan. El beneficiario conocerá y deberá aceptar en forma expresa las consecuencias

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fiscales y de vigencia del título respectivo que se expida en su caso, derivadas del

incumplimiento de las obligaciones de pago referidas.

Tratándose de solicitudes de concesión para el uso agrícola a que se refiere el Capítulo II,

del Título Sexto, de esta Ley, no se requerirá solicitar conjuntamente con la concesión el

permiso de descarga de aguas residuales, siempre que en la solicitud se asuma la obligación

de sujetarse a las Normas Oficiales Mexicanas o a las condiciones particulares de descarga

que correspondan, y a lo dispuesto en el Artículo 96 de esta Ley.

ARTICULO 21 BIS. El promovente deberá adjuntar a la solicitud a que se refiere el Artículo

anterior, al menos los documentos siguientes:

I. Los que acrediten la propiedad o posesión del inmueble en el que se localizará la

extracción de aguas, así como los relativos a la propiedad o posesión de las superficies

a beneficiar;

II. El documento que acredite la constitución de las servidumbres que se requieran;

III. La manifestación de impacto ambiental, cuando así se requiera conforme a la Ley

General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente;

IV. El proyecto de las obras a realizar o las características de las obras existentes para la

extracción, aprovechamiento y descarga de las aguas motivo de la solicitud;

V. La memoria técnica con los planos correspondientes que contengan la descripción y

características de las obras a realizar, para efectuar la explotación, uso o

aprovechamiento de las aguas a las cuales se refiere la solicitud, así como la

disposición y tratamiento de las aguas residuales resultantes y las demás medidas para

prevenir la contaminación de los cuerpos receptores, a efecto de cumplir con lo

dispuesto en la Ley;

VI. La documentación técnica que soporte la solicitud en términos del volumen de

consumo requerido, el uso inicial que se le dará al agua y las condiciones de cantidad y

calidad de la descarga de aguas residuales respectivas, y

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VII. Un croquis que indique la ubicación del predio, con los puntos de referencia que

permitan su localización y la del sitio donde se realizará la extracción de las aguas

nacionales; así como los puntos donde efectuará la descarga.

Los estudios y proyectos a que se refiere este Artículo, se sujetarán a las normas y

especificaciones técnicas que en su caso emita "la Comisión".

ARTICULO 22. "La Autoridad del Agua" deberá contestar las solicitudes dentro de un plazo

que no excederá de sesenta días hábiles desde su fecha de presentación y estando

debidamente integrado el expediente.

El otorgamiento de una concesión o asignación se sujetará a lo dispuesto por esta

Ley y sus reglamentos y tomará en cuenta la disponibilidad media anual del agua, que se

revisará al menos cada tres años, conforme a la programación hídrica; los derechos de

explotación, uso o aprovechamiento de agua inscritos en el Registro Público de Derechos de

Agua; el reglamento de la cuenca hidrológica que se haya expedido, en su caso; la

normatividad en materia de control de la extracción así como de la explotación, uso o

aprovechamiento de las aguas; y la normatividad relativa a las zonas reglamentadas, vedas y

reservas de aguas nacionales existentes en el acuífero, cuenca hidrológica, o región

hidrológica de que se trate.

El Consejo de Cuenca en coordinación con el Organismo de Cuenca que

corresponda, propondrá a "la Comisión" el orden de prelación de los usos del agua para su

aprobación, el cual se aplicará en situaciones normales, para el otorgamiento de concesiones

y asignaciones de la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales, superficiales y

del subsuelo, atendiendo a lo dispuesto en los Artículos 13 BIS 3, y 14 BIS 5 de esta Ley. El

uso doméstico y el uso público urbano siempre serán preferentes sobre cualquier otro uso.

Para efectos de la presente Ley, son situaciones distintas de las normales, cuando se

declaren zonas de desastre conforme a lo señalado en el párrafo segundo del Artículo 38 de

la presente Ley, y cuando existan previamente o se declaren e instrumenten zonas

reglamentadas, zonas de veda y zonas de reserva, con base en los contenidos de las

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fracciones LXIII, LXIV y LXV del Artículo 3 de la presente Ley. En estos casos, se procederá

conforme a lo dispuesto en los Artículos 13 BIS 4, 14 BIS 5 y en el Título Quinto, de la

presente Ley.

Las concesiones y asignaciones expedidas por "la Autoridad del Agua", en los casos

referidos en el Fracción IX del Artículo 9 de la presente Ley, señalarán expresamente las

condiciones de variabilidad de la fuente de agua de la cual se realizará la extracción

respectiva, y las condiciones a las cuales estará sujeta la extracción de volúmenes ante

sequías y otros fenómenos. Los Títulos de concesión o asignación no garantizan la existencia

o invariabilidad de los volúmenes que amparan.

Ante sequías y otros fenómenos, se tomarán en consideración los volúmenes

aprovechables en las fuentes señaladas en tales títulos, conforme lo dispongan los

reglamentos de la presente Ley.

En el otorgamiento de las concesiones se observará lo siguiente:

I. "La Autoridad del Agua" podrá reservar para concesionar ciertas aguas por medio de

concurso, cuando se prevea la concurrencia de varios interesados; la reglamentación

para tales casos será publicada previamente en cada caso, y

II. Cuando no se reserven las aguas en términos de la fracción anterior, "la Autoridad del

Agua" podrá otorgar la concesión a quien la solicite en primer lugar. Si distintos

solicitantes concurrieran simultáneamente, "la Autoridad del Agua" podrá proceder a

seleccionar la solicitud que ofrezca los mejores términos y condiciones que garanticen

el uso racional, el reúso y la restauración del recurso hídrico.

Además de lo dispuesto anteriormente para el trámite de títulos de concesión, los

municipios, los estados y el Distrito Federal, en su caso, en su solicitud de asignación

presentarán ante "la Autoridad del Agua" lo siguiente:

a) La programación para aprovechar las fuentes de suministro de agua y la forma de su

ejecución;

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b) Los sitios y formas de medición tanto del suministro como de la descarga de aguas

residuales;

c) La forma de garantizar la calidad y conservación de la cantidad de las aguas;

d) La asunción de las obligaciones de usar racional y eficientemente el agua; respetar las

reservas y los derechos de terceros aguas abajo inscritos en el Registro Público de

Derechos de Agua; cumplir con las normas y condiciones de calidad en el suministro de

agua y en la descarga de agua residual a cuerpos receptores; y pagar oportunamente y

en forma completa las contribuciones o aprovechamientos federales a su cargo, con

motivo de la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales, la descarga de

aguas residuales y los servicios ambientales que correspondan, y

e) Las condiciones particulares de descarga de agua residual a cuerpos receptores que

hubieren sido dictadas por la Autoridad.

Para efectos de lo dispuesto en el presente Artículo, "la Comisión" publicará dentro de

los primeros tres meses de cada tres años, en los términos de las disposiciones

reglamentarias de esta Ley, la disponibilidad de aguas nacionales por cuenca hidrológica,

región hidrológica o localidad, que podrá ser consultada en las oficinas del Registro Público

de Derechos de Agua y a través del Sistema Nacional de Información sobre cantidad, calidad,

usos y conservación del agua.

ARTICULO 23. El título de concesión o asignación que otorgue "la Autoridad del Agua"

deberá expresar por lo menos: Nombre y domicilio del titular; la cuenca hidrológica, acuífero

en su caso, región hidrológica, municipio y localidad a que se refiere; el punto de extracción

de las aguas nacionales; el volumen de extracción y consumo autorizados; se referirán

explícitamente el uso o usos, caudales y volúmenes correspondientes; el punto de descarga

de las aguas residuales con las condiciones de cantidad y calidad; la duración de la concesión

o asignación, y como anexo el proyecto aprobado de las obras a realizar o las características

de las obras existentes para la extracción de las aguas y para su explotación, uso o

aprovechamiento, así como las respectivas para su descarga, incluyendo tratamiento de las

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aguas residuales y los procesos y medidas para el reúso del agua, en su caso, y restauración

del recurso hídrico.

En el correspondiente título de concesión o asignación para la explotación, uso o

aprovechamiento de aguas nacionales superficiales se autorizará además el proyecto de las

obras necesarias que pudieran afectar el régimen hidráulico o hidrológico de los cauces o

vasos de propiedad nacional o de las zonas federales correspondientes, y también, de

haberse solicitado, la explotación, uso o aprovechamiento de dichos cauces, vasos o zonas,

siempre y cuando en los términos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al

Ambiente, si fuere el caso, se cumpla con la manifestación del impacto ambiental.

Análogamente, para el caso de títulos de concesión o asignación para la explotación, uso o

aprovechamiento de aguas nacionales del subsuelo, en adición se autorizará el proyecto de

las obras necesarias para el alumbramiento de las aguas del subsuelo y para su explotación,

uso o aprovechamiento, con el correspondiente cumplimiento de los demás ordenamientos

jurídicos aplicables.

En ningún caso podrá el titular de una concesión o asignación disponer del agua en

volúmenes mayores que los autorizados por "la Autoridad del Agua". Para incrementar o

modificar de manera permanente la extracción de agua en volumen, caudal o uso específico,

invariablemente se deberá tramitar la expedición del título de concesión o asignación

respectivo.

ARTICULO 23 BIS. Sin mediar la transmisión definitiva de derechos o la modificación de las

condiciones del título respectivo, cuando el titular de una concesión pretenda proporcionar a

terceros en forma provisional el uso total o parcial de las aguas concesionadas, sólo podrá

realizarlo con aviso previo a "la Autoridad del Agua", cuando así le corresponda conforme a lo

establecido en el Fracción IX del Artículo 9 de la presente Ley.

ARTICULO 24. El término de la concesión o asignación para la explotación, uso o

aprovechamiento de las aguas nacionales no será menor de cinco ni mayor de treinta años,

de acuerdo con la prelación del uso específico del cual se trate, las prioridades de desarrollo,

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el beneficio social y el capital invertido o por invertir en forma comprobable en el

aprovechamiento respectivo. En la duración de las concesiones y asignaciones, "la Autoridad

del Agua" tomará en consideración las condiciones que guarde la fuente de suministro, la

prelación de usos vigentes en la región que corresponda y las expectativas de crecimiento de

dichos usos.

Las concesiones o asignaciones en los términos del Artículo 22 de esta Ley, serán objeto

de prórroga hasta por igual término y características del título vigente por el que se hubieren

otorgado, siempre y cuando sus titulares no incurrieren en las causales de terminación

previstas en la presente Ley, se cumpla con lo dispuesto en el Párrafo Segundo del Artículo

22 de esta Ley y en el presente Artículo y lo soliciten dentro de los últimos cinco años previos

al término de su vigencia, al menos seis meses antes de su vencimiento.

La falta de presentación de la solicitud a que se refiere este Artículo dentro del plazo

establecido, se considerará como renuncia al derecho de solicitar la prórroga.

Para decidir sobre el otorgamiento de la prórroga se considerará la recuperación total de

las inversiones que haya efectuado el concesionario o asignatario, en relación con la

explotación, uso o aprovechamiento de los volúmenes concesionados o asignados. "La

Autoridad del Agua" está obligada a notificar personalmente a los promoventes la resolución

sobre las solicitudes respectivas referidas en el presente Capítulo, conforme al plazo

establecido en el Artículo 22 de la presente Ley y al procedimiento establecido en el Artículo

35 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. En caso de que la autoridad omita dar

a conocer al promovente la resolución recaída a su solicitud, se considerará que ha resuelto

negar lo solicitado. La falta de resolución a la solicitud podrá implicar responsabilidades a los

servidores públicos a quienes competa tal resolución, conforme a lo dispuesto en las leyes

aplicables.

ARTICULO 25. Una vez otorgado el título de concesión o asignación, el concesionario o

asignatario tendrá el derecho de explotar, usar o aprovechar las aguas nacionales durante el

término de la concesión o asignación, conforme a lo dispuesto en esta Ley y sus reglamentos.

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La vigencia del título de concesión o asignación inicia a partir del día siguiente a aquel en

que le sea notificado en el caso que se menciona en el Artículo anterior.

El derecho del concesionario o asignatario sólo podrá ser afectado por causas

establecidas en la presente Ley y demás ordenamientos aplicables, debidamente fundadas y

motivadas. La concesión, asignación y sus prórrogas se entenderán otorgadas sin perjuicio de

los derechos de terceros inscritos en el Registro Público de Derechos de Agua y no

garantizan la existencia o invariabilidad del volumen de agua concesionada o asignada. Los

concesionarios o asignatarios quedarán obligados a dar cumplimiento a las disposiciones de

esta Ley, los reglamentos correspondientes u otros ordenamientos aplicables, así como a las

condiciones del título, permisos y las prórrogas, en su caso y a responder por los daños y

perjuicios que causen a terceros y les sean imputables.

El concesionario, cuando no se altere el uso consuntivo establecido en el título

correspondiente, podrá cambiar total o parcialmente el uso de agua concesionada, siempre

que dicha variación sea definitiva y avise oportunamente a "la Autoridad del Agua" para

efectos de actualizar o modificar el permiso de descarga respectivo y actualizar en lo

conducente el Registro Público de Derechos de Agua. En caso contrario, requerirá de

autorización previa de "la Autoridad del Agua". La autorización será siempre necesaria cuando

se altere el uso consuntivo establecido en el título correspondiente, se modifique el punto de

extracción, el sitio de descarga o el volumen o calidad de las aguas residuales.

La solicitud de autorización a que se refiere el párrafo anterior deberá señalar los datos

del título de concesión, el tipo de variación o modificación al uso de que se trate; los

inherentes a la modificación del punto de extracción, el sitio de descarga y la calidad de las

aguas residuales, la alteración del uso consuntivo y la modificación del volumen de agua

concesionado o asignado, mismos que no podrán ser superiores al concesionado o asignado;

en caso de proceder será necesario presentar la evaluación del impacto ambiental, en

términos de Ley.

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El derecho del concesionario o asignatario sólo podrá ser afectado por causas

establecidas en la presente Ley, debidamente fundadas y motivadas. Conjuntamente con la

solicitud de cambio de uso, se solicitará permiso para realizar las obras que se requieran para

el aprovechamiento.

El solicitante asumirá la obligación de destruir las obras anteriores en su caso, la de

sujetarse a las Normas Oficiales Mexicanas, a las condiciones particulares de descarga y a

las establecidas por esta Ley y los reglamentos derivados de ella.

Capítulo III Derechos y Obligaciones de Concesionarios o Asignatarios

ARTÍCULO 28. Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

I. Explotar, usar o aprovechar las aguas nacionales y los bienes a que se refiere el

Artículo 113 de la presente Ley, en los términos de la presente Ley y del título

respectivo;

II. Realizar a su costa las obras o trabajos para ejercitar el derecho de explotación, uso o

aprovechamiento del agua, en los términos de la presente Ley y demás disposiciones

reglamentarias aplicables;

III. Obtener la constitución de las servidumbres legales en los terrenos indispensables para

llevar a cabo el aprovechamiento de agua o su desalojo, tales como la de desagüe, de

acueducto y las demás establecidas en la legislación respectiva o que se convengan;

IV. Cuando proceda en función de la reglamentación vigente, transmitir los derechos de los

títulos que tengan, ajustándose a lo dispuesto por esta Ley;

V. Renunciar a las concesiones o asignaciones y a los derechos que de ellas se deriven;

VI. Solicitar correcciones administrativas o duplicados de sus títulos;

VII. Solicitar, y en su caso, obtener prórroga de los títulos que les hubiesen sido expedidos,

hasta por igual término de vigencia por el que se hubieran emitido y bajo las

condiciones del título vigente, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 24 de la

presente Ley, y

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VIII. Las demás que le otorguen esta Ley y el reglamento regional respectivo derivado de

dicha Ley.

ARTICULO 29. Los concesionarios tendrán las siguientes obligaciones, en adición a las

demás asentadas en el presente Título:

I. Ejecutar las obras y trabajos de explotación, uso o aprovechamiento de aguas en los

términos y condiciones que establece esta Ley y sus reglamentos, y comprobar su

ejecución para prevenir efectos negativos a terceros o al desarrollo hídrico de las

fuentes de abastecimiento o de la cuenca hidrológica; así como comprobar su

ejecución dentro de los treinta días siguientes a la fecha de la conclusión del plazo

otorgado para su realización a través de la presentación del aviso correspondiente;

II. Instalar dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a la recepción del título

respectivo por parte del interesado, los medidores de agua respectivos o los demás

dispositivos o procedimientos de medición directa o indirecta que señalen las

disposiciones legales y reglamentarias aplicables, así como las Normas Oficiales

Mexicanas;

III. Conservar y mantener en buen estado de operación los medidores u otros

dispositivos de medición del volumen de agua explotada, usada o aprovechada;

IV. Pagar puntualmente conforme a los regímenes que al efecto establezca la Ley

correspondiente, los derechos fiscales que se deriven de las extracciones, consumo

y descargas volumétricas que realice en relación con la explotación, uso o

aprovechamiento de las aguas nacionales que le hayan sido concesionadas o

asignadas; los concesionarios quedarán en conocimiento que el incumplimiento de

esta fracción por más de un ejercicio fiscal será motivo suficiente para la suspensión

y, en caso de reincidencia, la revocación de la concesión o asignación

correspondiente;

V. Cubrir los pagos que les correspondan de acuerdo con lo establecido en la Ley

Fiscal vigente y en las demás disposiciones aplicables;

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VI. Sujetarse a las disposiciones generales y normas en materia de seguridad hidráulica

y de equilibrio ecológico y protección al ambiente;

VII. Operar, mantener y conservar las obras que sean necesarias para la estabilidad y

seguridad de presas, control de avenidas y otras que de acuerdo con las normas se

requieran para seguridad hidráulica;

VIII. Permitir al personal de "la Autoridad del Agua" o, en su caso, de "la Procuraduría",

según competa y conforme a esta Ley y sus reglamentos, la inspección de las obras

hidráulicas para explotar, usar o aprovechar las aguas nacionales, incluyendo la

perforación y alumbramiento de aguas del subsuelo; los bienes nacionales a su

cargo; la perforación y alumbramiento de aguas nacionales del subsuelo; y permitir

la lectura y verificación del funcionamiento y precisión de los medidores, y las demás

actividades que se requieran para comprobar el cumplimiento de lo dispuesto en

esta Ley y sus disposiciones reglamentarias, normas y títulos de concesión, de

asignación o permiso de descarga;

IX. Proporcionar la información y documentación que les solicite "la Autoridad del Agua"

o, en su caso "la Procuraduría", con estricto apego a los plazos que le sean fijados

conforme al marco jurídico vigente, para verificar el cumplimiento de las

disposiciones de esta Ley, del reglamento regional correspondiente, y las asentadas

en los títulos de concesión, asignación o permiso de descarga a que se refiere la

presente Ley;

X. Cumplir con los requisitos de uso eficiente del agua y realizar su reúso en los

términos de las Normas Oficiales Mexicanas o de las condiciones particulares que al

efecto se emitan;

XI. No explotar, usar, aprovechar o descargar volúmenes mayores a los autorizados en

los títulos de concesión;

XII. Permitir a "la Autoridad del Agua" con cargo al concesionario, asignatario o

permisionario y con el carácter de crédito fiscal para su cobro, la instalación de

dispositivos para la medición del agua explotada, usada o aprovechada, en el caso

de que por sí mismos no la realicen, sin menoscabo de la aplicación de las

sanciones previstas en esta Ley y sus respectivos reglamentos;

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XIII. Dar aviso inmediato por escrito a "la Autoridad del Agua" en caso de que los

dispositivos de medición dejen de funcionar, debiendo el concesionario o asignatario

reparar o en su caso reemplazar dichos dispositivos dentro del plazo de 30 días

naturales;

XIV. Realizar las medidas necesarias para prevenir la contaminación de las aguas

concesionadas o asignadas y reintegrarlas en condiciones adecuadas conforme al

título de descarga que ampare dichos vertidos, a fin de permitir su explotación, uso o

aprovechamiento posterior en otras actividades o usos y mantener el equilibrio de los

ecosistemas; el incumplimiento de esta disposición implicará: (1) la aplicación de

sanciones, cuya severidad estará acorde con el daño ocasionado a la calidad del

agua y al ambiente; (2) el pago de los derechos correspondientes a las descargas

realizadas en volumen y calidad, y (3) se considerarán causales que puedan

conducir a la suspensión o revocación de la concesión o asignación que

corresponda;

XV. Mantener limpios y expeditos los cauces, en la porción que corresponda a su

aprovechamiento, conforme al título de concesión o asignación respectivo;

XVI. Presentar cada dos años un informe que contenga los análisis cronológicos e

indicadores de la calidad del agua que descarga realizados en laboratorio certificado

por el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua, y

XVII. Cumplir con las demás obligaciones establecidas en esta Ley y sus reglamentos,

y demás normas aplicables y con las condiciones establecidas en los títulos de

concesión o asignación.

ARTICULO 29 BIS. Además de lo previsto en el Artículo anterior, los asignatarios tendrán

las siguientes obligaciones:

I. Garantizar la calidad de agua conforme a los parámetros referidos en las Normas

Oficiales Mexicanas;

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II. Descargar las aguas residuales a los cuerpos receptores previo tratamiento,

cumpliendo con las Normas Oficiales Mexicanas o las condiciones particulares de

descarga, según sea el caso, y procurar su reúso, y

III. Asumir los costos económicos y ambientales de la contaminación que provocan sus

descargas, así como asumir las responsabilidades por el daño ambiental causado.

ARTICULO 29 BIS 1. Los asignatarios tendrán los siguientes derechos:

I. Explotar, usar, reusar o aprovechar las aguas nacionales, en los términos de la

presente Ley y del título respectivo;

II. Obtener la constitución de las servidumbres legales en los terrenos indispensables

para llevar a cabo el aprovechamiento de agua o su desalojo, tales como las de

desagüe, acueductos y las demás establecidas en la legislación respectiva o que se

convengan;

III. Solicitar correcciones administrativas o duplicados de sus títulos;

IV. Obtener prórroga de los títulos por igual término y condiciones, acorde con lo previsto

en el Artículo 24 de esta Ley, y

V. Las demás que le otorguen esta Ley y disposiciones reglamentarias aplicables.

Capítulo III BIS Suspensión, Extinción, Revocación, Restricciones y Servidumbres de la Concesión, Asignación o Permiso Provisional para el Uso del Agua y de Permiso de Descarga

Sección Primera Suspensión

ARTICULO 29 BIS 2. Se suspenderá la concesión, asignación o permiso provisional para la

explotación, uso o aprovechamiento de aguas y bienes nacionales a cargo del Ejecutivo

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Federal, independientemente de la aplicación de las sanciones que procedan, cuando el

usufructuario del título:

I. No cubra los pagos que conforme a la Ley debe efectuar por la explotación, uso o

aprovechamiento de las aguas o por los servicios de suministro de las mismas, hasta

que regularice tal situación;

II. No cubra los créditos fiscales que sean a su cargo durante un lapso mayor a un año

fiscal, con motivo de la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas y bienes

nacionales, o por los servicios de suministro o uso de las mismas, hasta que

regularice tal situación;

III. Se oponga u obstaculice el ejercicio de las facultades de inspección, la medición o

verificación sobre los recursos e infraestructura hidráulica concesionada o asignada,

por parte del personal autorizado;

IV. Descargue aguas residuales que afecten o puedan afectar fuentes de

abastecimiento de agua potable o a la salud pública y así lo solicite "la

Procuraduría", o "la Autoridad del Agua", y

V. No cumpla con las condiciones o especificaciones del título de concesión o

asignación, salvo que acredite que dicho incumplimiento no le es imputable.

No se aplicará la suspensión si dentro de los diez días hábiles siguientes a aquel en que

la autoridad en ejercicio de sus facultades haya notificado al usufructuario del título y éste

acredite haber cubierto los pagos o los créditos a que se refieren las fracciones I y II

respectivamente, o demuestra que el incumplimiento que prevén las fracciones IV y V no le

son imputables, casos en los que "la Autoridad del Agua" resolverá dentro de los cinco días

hábiles siguientes a la presentación de pruebas por parte del concesionario o asignatario, si

debe o no aplicarse la suspensión, sin perjuicio de lo establecido en esta Ley en lo relativo a

prevención y control de la contaminación de las aguas y responsabilidad por el daño

ambiental.

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En el caso que prevé la fracción III, la suspensión durará hasta que el concesionario o

asignatario acredite que han cesado los actos que le dieron origen, caso en el que "la

Autoridad del Agua" reiniciará sus facultades de inspección, medición y verificación.

La suspensión sólo subsistirá en tanto el infractor no regularice su situación

administrativa o se dicte resolución por autoridad competente que decrete su levantamiento

Sección Segunda Extinción

ARTICULO 29 BIS 3. La concesión o asignación para la explotación, uso o aprovechamiento

de aguas nacionales sólo podrá extinguirse por:

I. Vencimiento de la vigencia establecida en el título, excepto cuando se hubiere

prorrogado en los términos de la presente Ley;

II. Renuncia del titular;

III. Cegamiento del aprovechamiento a petición del titular;

IV. Muerte del titular, cuando no se compruebe algún derecho sucesorio;

V. Nulidad declarada por "la Autoridad del Agua" en los siguientes casos:

a. Cuando se haya proporcionado información falsa para la obtención del título o

cuando en la expedición del mismo haya mediado error o dolo atribuible al

concesionario o asignatario;

b. Cuando el proceso de tramitación e intitulación se demuestre que ha estado

viciado con intervención de concesionario o asignatario o por interpósita

persona

c. Por haber sido otorgada por funcionario sin facultades para ello;

d. Por falta de objeto o materia de la concesión, o

e. Haberse expedido en contravención a las disposiciones de la presente Ley o

del Reglamento correspondiente;

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VI. Caducidad parcial o total declarada por "la Autoridad del Agua" cuando se deje parcial

o totalmente de explotar, usar o aprovechar aguas nacionales durante dos años

consecutivos, sin mediar causa justificada explícita en la presente Ley y sus

reglamentos.

Esta declaración se tomará considerando en forma conjunta el pago de derechos que

realice el usuario en los términos de la Ley Federal de Derechos y la determinación presuntiva

de los volúmenes aprovechados.

No se aplicará la extinción por caducidad parcial o total, cuando:

i. La falta de uso total o parcial del volumen de agua concesionada o asignada, obedezca

acaso fortuito o fuerza mayor;

ii. Se haya emitido mandamiento judicial o resolución administrativa que impidan al

concesionario o asignatario disponer temporalmente de los volúmenes de agua

concesionados o asignados, siempre y cuando éstos no hayan sido emitidos por causa

imputable al propio usuario en los términos de las disposiciones aplicables;

iii. El concesionario o asignatario pague una cuota de garantía de no caducidad,

proporcional y acorde con las disposiciones que se establezcan, antes de dos años

consecutivos sin explotar, usar o aprovechar aguas nacionales hasta por el total del

volumen concesionado o asignado con el propósito de no perder sus derechos, y en

términos de los reglamentos de esta Ley. En todos los casos, "la Autoridad del Agua"

verificará la aplicación puntual de las disposiciones en materia de transmisión de

derechos y su regulación;

iv. Porque ceda o trasmita sus derechos temporalmente a "la Autoridad del Agua" en

circunstancias especiales. Este es el único caso permitido de transmisión temporal y se

refiere a la cesión de los derechos a "la Autoridad del Agua" para que atienda sequías

extraordinarias, sobreexplotación grave de acuíferos o estados similares de necesidad

o urgencia;

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v. El concesionario o asignatario haya realizado inversiones tendientes a elevar la

eficiencia en el uso del agua, por lo que sólo utilice una parte del volumen de agua

concesionado o asignado;

vi. El concesionario o asignatario esté realizando las inversiones que correspondan, o

ejecutando las obras autorizadas para la explotación, uso o aprovechamiento de las

aguas nacionales, siempre que se encuentre dentro del plazo otorgado al efecto.

El concesionario o asignatario que se encuentre en alguno de los supuestos previstos en

este Artículo, deberá presentar escrito fundamentado a "la Autoridad del Agua" dentro de los

quince días hábiles siguientes a aquel en que se surta el supuesto respectivo.

A dicho escrito deberá acompañar las pruebas que acrediten que se encuentra dentro

del supuesto de suspensión que invoque. El concesionario o asignatario presentará escrito a

"la Autoridad del Agua" dentro de los quince días siguientes a aquel en que cesen los

supuestos a que se refieren los incisos 1, 5 y 6 del presente Artículo.

Con independencia de la aplicación de las sanciones que procedan, la falta de

presentación del escrito a que se refiere el párrafo anterior dará lugar a que no se tenga por

suspendido el plazo para la caducidad y se compute el mismo en la forma prevista a que se

refiere la Fracción VI de este Artículo, salvo que el concesionario o asignatario acredite que

los supuestos cesaron antes del plazo de dos años.

No operará la caducidad si antes del vencimiento del plazo de dos años, el titular de la

concesión o asignación, transmite de manera total y definitiva sus derechos conforme a las

disponibilidades de agua y así lo acredite ante "la Autoridad del Agua", además de pagar la

cuota de garantía mencionada en el Numeral 3 de la Fracción VI del presente Artículo. En tal

caso prevalecerá el periodo de concesión asentado en el título original;

VII. Rescate mediante la declaratoria respectiva, de conformidad con la Fracción IV del

Artículo 6 de la presente Ley, de la concesión o asignación por causa de utilidad o

interés público, mediante pago de indemnización cuyo monto será fijado por peritos, en

los términos previstos para la concesión en la Ley General de Bienes Nacionales;

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VIII. Tratándose de distritos de riego, cuando sus reglamentos respectivos no se adecuen a

lo preceptuado en la presente Ley y sus disposiciones reglamentarias, y

IX. Resoluciones firmes judiciales o administrativas que así lo determinen.

Sección Tercera Revocación

ARTICULO 29 BIS 4. La concesión, asignación o permiso de descarga, así como el permiso

provisional aplicable, podrá revocarse en los siguientes casos:

I. Disponer del agua en volúmenes mayores a una quinta parte que los autorizados,

cuando por la misma causa el beneficiario haya sido suspendido en su derecho con

anterioridad;

II. Explotar, usar o aprovechar aguas nacionales sin cumplir con las Normas Oficiales

Mexicanas en materia de calidad;

III. Descargar en forma permanente o intermitente aguas residuales en contravención a

lo dispuesto en la presente Ley en cuerpos receptores que sean bienes nacionales,

incluyendo aguas marinas, así como cuando se infiltren en terrenos que sean bienes

nacionales o en otros terrenos cuando puedan contaminar el subsuelo o el acuífero,

sin perjuicio de las sanciones que fijen las disposiciones sanitarias y de equilibrio

ecológico y protección al ambiente;

IV. Utilizar la dilución para cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas en materia

ecológica o las condiciones particulares de descarga;

V. Ejecutar obras para alumbrar, extraer o disponer de aguas del subsuelo en zonas

reglamentadas, de veda o reservadas, sin el permiso de "la Autoridad del Agua";

VI. Dejar de pagar oportunamente o en forma completa las contribuciones,

aprovechamientos o tarifas que establezca la legislación fiscal por la explotación, uso

o aprovechamiento de las aguas nacionales y bienes nacionales o por los servicios de

suministro de los mismos, cuando por la misma causa el beneficiario haya sido

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suspendido en su derecho con anterioridad aun cuando se trate de distinto ejercicio

fiscal;

VII. No ejecutar las obras y trabajos autorizados para el aprovechamiento de aguas, su

reúso y control de su calidad en los términos y condiciones que señala esta Ley y

demás legislación aplicable o los estipulados en la concesión;

VIII. No ejecutar las obras y trabajos autorizados para el aprovechamiento de aguas y

control de su calidad, en los términos y condiciones que señala esta Ley y sus

reglamentos, o bien realizar obras no autorizadas por "la Autoridad del Agua";

IX. Dañar ecosistemas como consecuencia de la explotación, uso o aprovechamiento de

aguas nacionales;

X. Realizar descargas de aguas residuales que contengan materiales o residuos

peligrosos que ocasionen o puedan ocasionar daños a la salud, recursos naturales,

fauna, flora o ecosistemas;

XI. Transmitir los derechos del título sin permiso de "la Autoridad del Agua" o en

contravención a lo dispuesto en esta Ley;

XII. Infringir las disposiciones sobre transmisión de derecho;

XIII. Reincidir en cualesquiera de las infracciones previstas en el Artículo 119 de esta

Ley;

XIV. Por dar uso a las aguas distinto al autorizado, sin permiso de "la Autoridad del

Agua";

XV. Proporcionar a terceros en forma provisional el uso total o parcial de las aguas

concesionadas sin mediar el aviso previo a "la Autoridad del Agua";

XVI. Incumplir con lo dispuesto en la Ley respecto de la explotación, uso o

aprovechamiento de aguas nacionales o preservación y control de su calidad, cuando

por la misma causa al infractor se le hubiere aplicado con anterioridad sanción

mediante resolución que quede firme, conforme a las fracciones II y III del Artículo 120

de esta Ley;

XVII. Por incumplimiento de las medidas preventivas y correctivas que ordene "la

Autoridad del Agua", y

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XVIII. Las demás previstas en esta Ley, en sus reglamentos o en las propias

concesiones.

Al extinguirse los títulos, por término de la concesión o asignación o de su última prórroga,

o cuando se haya revocado el título por incumplimiento, de acuerdo con lo que establece esta

Ley, las obras e instalaciones adheridas de manera permanente a bienes nacionales deberán

revertirse a "la Comisión".

Sección Cuarta Restricciones de uso de agua

Artículo 29 BIS 5. El Ejecutivo Federal, a través de "la Autoridad del Agua", tendrá la facultad

para negar la concesión, asignación o permiso de descarga en los siguientes casos:

I. Cuando se solicite el aprovechamiento de caudales determinados en el Programa

Nacional Hídrico y los programas regionales hídricos, para garantizar un adecuado

desarrollo económico, social y ambiental de los asentamientos humanos;

II. Cuando implique la afectación a zonas reglamentadas o aquellas declaradas de

protección, veda, reserva de aguas, y para la preservación o reestablecimiento de

ecosistemas vitales y del medio ambiente;

III. Cuando afecte el caudal mínimo ecológico, que forma parte del Uso Ambiental al que

se refiere la Fracción LIV del Artículo 3 de la presente Ley, conforme a los reglamentos

regionales respectivos;

IV. Cuando el solicitante no cumpla con los requisitos que exige la Ley;

V. Cuando se trate de una transmisión de derechos en ciernes y el titular original no haya

pagado oportunamente la cuota de garantía referida en el Numeral 3 de la Fracción VI

del Artículo 29 BIS 3 de la presente Ley, además se cuente con elementos suficientes

para determinar que existe un acaparamiento o concentración del recurso agua

tendiente a prácticas monopólicas contrarias al interés social;

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VI. Cuando se afecten aguas sujetas a convenios internacionales, cuando las solicitudes

no se adecuen a dichos convenios, a lo establecido en la presente Ley y demás

ordenamientos legales aplicables;

VII. Cuando la Federación decida emprender una explotación directa de los volúmenes

solicitados;

VIII. Cuando se afecten recursos hídricos programados para la creación o sustento de

reservas nacionales, y

IX. Cuando exista causa de interés público o interés social.

PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2007 – 2012.

El plan nacional de desarrollo tiene la finalidad de establecer los objetivos y estrategias

nacionales que durante la presente administración deberán regir la acción del gobierno.

Representa el compromiso que tiene el gobierno federal para con los ciudadanos y que serán

la base de los programas sectoriales, especiales, institucionales y regionales que emanen de

este.

El plan nacional de desarrollo está articulado en cinco ejes principales donde se establecen

acciones transversales que comprenden los ámbitos social, económico, político y ambiental y

que componen un proyecto integral en virtud del cual cada acción contribuye a sustentar las

condiciones bajo las cuales se logran los objetivos nacionales.

Dentro del eje número 2 que habla sobre la “Economía competitiva y generadora de

empleos”, establece la necesidad de lograr mayores niveles de competitividad y de generar

más y mejores empleos.

En el eje 4 referente a la sustentabilidad Ambiental en su apartado de biodiversidad

establece entre sus objetivos el de “integrar la conservación del capital natural del país con el

desarrollo social y económico”, señalando además que “el patrimonio natural del país es la

base del desarrollo económico. Para evitar que se frene este desarrollo, es necesario

modificar los patrones de producción y consumo y aprovechar la riqueza natural para producir

bienestar y riqueza para todos los mexicanos”. “Para conservar y poder aprovechar este

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patrimonio, se requiere un desarrollo económico basado en el uso eficiente de los recursos

naturales, la generación de valor agregado y en el desarrollo de capacidades que ofrezcan

más y mejores oportunidades para todos los mexicanos”.

El sector pesquero es prioritario para el desarrollo del país, porque ofrece alimentos que

consumen las familias mexicanas y provee de materias primas a la industria manufacturera y

de transformación. A la escala nacional el Proyecto se sujeta al Plan Nacional de Desarrollo

2007-2012 en el cual destaca promover el desarrollo y patrimonio de la sociedad rural como

de la economía competitiva que garantice la igualdad de oportunidades en un marco de

sustentabilidad ambiental, que permita revertir el deterioro de los ecosistemas, a través de

acciones para preservar la biodiversidad, donde destaca la creación de arrecifes artificiales

para incrementar las capturas pesqueras.

Por lo anterior, el proyecto Arrecifes Artificiales va encaminado a contribuir a la reversión

del deterioro de los ecosistemas marinos de la región de Punta Abreojos.

3.1. Análisis de los instrumentos jurídico-normativo.

Para la realización de este proyecto se tomaran en cuenta las normas jurídicas que se

establecen en los diferentes rubros legales.

COMISION DE PESCA Y ACUACULTURA.

En la actualidad, la acuicultura en el ámbito internacional tiene una importancia cada vez

mayor debido a que la captura de diversas especies acuáticas en distintas áreas geográficas

prácticamente ha alcanzado sus límites biológicos, originando con ello el descenso en la

captura y dando lugar al desarrollado la actividad acuícola, la cual se ha convertido en una

alternativa viable a la limitada producción pesquera de captura y en una respuesta a la

creciente demanda de productos acuáticos.

En estudios recientes realizados por la Organización de las Naciones Unidas para la

Agricultura y Alimentación, se establece que la acuicultura es una actividad que contribuye a

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la seguridad alimentaria y satisface la necesidad creada entre el aumento de demanda de

productos acuáticos y el incremento limitado de la producción pesquera de captura.

Los países que han adoptado la actividad productiva de la acuicultura le han otorgado

prioridad en el corto, mediano y largo plazo, ya que además de ofrecer amplias posibilidades

para coadyuvar en el desarrollo económico, fomenta la protección, reproducción y consumo

de las especies acuáticas.

El cultivo de especies de la flora y fauna acuática mediante el empleo de métodos y

técnicas para el desarrollo controlado en todo su estadio biológico y ambiente acuático, ha

adquirido una gran importancia a nivel nacional.

LEY FEDERAL DEL MAR.

El presente ordenamiento es de jurisdicción federal y rige en las zonas marinas que forman

parte del territorio nacional y, en lo aplicable, más allá de éste en las zonas marinas donde la

Nación ejerce su soberanía, jurisdicciones y otros derechos.

ARTICULO 3. Define que son zonas mexicanas El Mar Territorial; Las Aguas Marinas

Interiores, La Plataforma Continental y las Plataformas Insulares.

ARTICULO 6. Establece que la soberanía, jurisdicciones y competencias se ejercerán a Las

obras, islas artificiales, instalaciones y estructuras marinas; el régimen aplicable a los recursos

marinos vivos, inclusive su conservación y utilización; y el aprovechamiento económico del

mar, inclusive la utilización de minerales disueltos en sus aguas, la producción de energía

eléctrica o térmica derivada de las mismas, de las corrientes y de los vientos, la captación de

energía solar en el mar, el desarrollo de la zona costera, la maricultura, el establecimiento de

parques marinos nacionales, la promoción de la recreación y el turismo y el establecimiento

de comunidades pesqueras

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El Poder Ejecutivo Federal dictará medidas adecuadas de administración y conservación

para que los recursos vivos no se vean amenazados por una explotación excesiva,

determinará la captura permisible de recursos vivos en la Zona Económica Exclusiva y, sin

perjuicio de lo anterior, promoverá la utilización óptima de dichos recursos. Cuando el total de

la captura permisible de una especie sea mayor que la capacidad para pescar y cazar de las

embarcaciones nacionales, el Poder Ejecutivo Federal dará acceso a embarcaciones

extranjeras al excedente de la captura permisible de acuerdo con el interés nacional y bajo las

condiciones que señale la legislación mexicana de pesca (artículo 56). En este sentido, el

presente ordenamiento reglamenta la colocación de los arrecifes artificiales en los fondos

suaves de playas y nos reglamenta las disposiciones constitucionales en materia de

soberanía, propiedad y jurisdicción sobre los espacios y ecosistemas marinos del país. Uno

de los objetivos del establecimiento de arrecifes artificiales es promover el aprovechamiento

económico del mar, mediante la pesca controlada por parte de las comunidades pesqueras

que se ubican en los sitios seleccionados. Como lo indica esta ley, y de acuerdo a la ley de

pesca vigente, la captura de recursos vivos será la permisible marcada para cada especie, y

no rebasará la capacidad y el esfuerzo pesquero permitido actualmente, Por otro lado, se

constituirá en un bien público sin generar propiedad territorial y sus beneficios serán un bien

común, pues promueve la conservación de los recursos y su aprovechamiento sustentable.

LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES.

ARTICULO 6. Fracción IV menciona que están sujetos al régimen de dominio público de la

Federación, el lecho y el subsuelo del mar territorial y de las aguas marinas interiores.

ARTICULO 120. Menciona que el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Medio

Ambiente y Recursos Naturales, promoverá el uso y aprovechamiento sustentables de la zona

federal marítimo terrestre y los terrenos ganados al mar. Con este objetivo, dicha

dependencia, previamente, en coordinación con las demás que conforme a la materia deban

intervenir, establecerá las normas y políticas aplicables, considerando los planes y programas

de desarrollo urbano, el ordenamiento ecológico, la satisfacción de los requerimientos de la

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navegación y el comercio marítimo, la defensa del país, el impulso a las actividades de pesca

y acuacultura, así como el fomento de las actividades turísticas y recreativas.

LEY DE NAVEGACION Y COMERCIO MARITIMO.

La ley de Navegación y Comercio Marítimos tiene por objeto regular las vías generales de

comunicación por agua, la navegación y los servicios que en ellas se prestan, la marina

mercante mexicana, así como los actos, hechos y bienes relacionados con el comercio

marítimo.

ARTICULOS 3 y 4. Señala que son Vías Generales de Comunicación por Agua o Vías

Navegables, el mar territorial, la zona económica exclusiva y las aguas marinas interiores; los

ríos navegables y sus afluentes que también lo sean, los vasos, lagos, lagunas y esteros

navegables, así como canales que se destinan a la navegación, siempre que se comuniquen

permanentemente o intermitentemente con el mar, o que en todo o en parte sirvan de límite al

territorio nacional, o a dos o más entidades federativas, o que pasen de una entidad federativa

a otra, o crucen la línea divisoria con otro país; y los vasos, lagos, lagunas interiores

navegables.

Es de jurisdicción federal todo lo relacionado con las vías generales de comunicación por

agua, o vías navegables, la navegación y el comercio marítimos en las aguas marinas

interiores y en las zonas marinas mexicanas y, en general todos los actos y hechos que en

ellas se lleven a cabo.

ARTICULO 5. Señala que las embarcaciones y los artefactos navales mexicanos estarán

sujetos al cumplimiento de la legislación nacional, aun cuando se encuentren fuera de las

aguas de jurisdicción mexicana, sin perjuicio de la observancia de la ley extranjera, cuando se

encuentren en aguas sometidas a otra jurisdicción. Las embarcaciones y los artefactos

navales extranjeros que se encuentren en las vías generales de comunicación por aguas

mexicanas quedarán sujetos por ese sólo hecho, a la jurisdicción y al cumplimiento de la

legislación nacional.

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De acuerdo a lo señalado en el artículo 10 párrafo 6to, todas las embarcaciones que se

encuentren en vías navegables mexicanas deberán estar abanderadas, matriculadas y

registradas en un solo estado.

El acatamiento de la presente ley obedece a la necesidad de traslado y hundimiento de las

estructuras arrecifales con ayuda de embarcaciones tripuladas. En este sentido, las

embarcaciones a utilizar para las maniobras en mención se encuentran reglamentadas y

registradas en la Capitanía Local y con los documentos en orden, cumpliendo lo estipulado en

la ley.

NORMAS OFICIALES MEXICANAS:

Referente al uso del Agua y Residuos peligrosos:

NOM-011-CNA-2000. Esta norma establece las especificaciones y el método para

determina la disponibilidad media anual de las aguas nacionales.

NOM-052-ECOL-1993. Establece las características de los residuos peligrosos y el

listado de los mismos y los límites que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad al

ambiente.

Esta Norma Oficial Mexicana, tiene como objetivo definir y clasificar los residuos

peligrosos.

Referente al manejo de especies:

Estas tres Normas Oficiales Mexicanas son complementarias entre ellas, en el manejo

de la especies.

NOM-011-PESC-1993. Tiene la función de regular la aplicación de cuarentenas, a efecto

de prevenir la introducción y dispersión de enfermedades certificables y notificabas, en la

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importación de organismos acuáticos vivos en cualquiera de sus fases de desarrollo,

destinados a la acuacultura y ornato en los Estados Unidos mexicanos.

NOM-059-ECOL-1994. Esta Norma determina las especies y subespecies de flora y

fauna silvestre terrestre y acuática en peligro de extinción, amenazadas raras y las

sujetas a protección especial, y que establece especificaciones para su protección.

NOM-010-PESC-1993. Establece los requisitos sanitarios para la importación de

organismos acuáticos vivos en cualquiera de sus fases de desarrollo, destinados a la

acuacultura u ornato, en el territorio nacional.

NOM-027-SSA1-1993. Establece los bienes y servicios. Productos de la pesca. Pescado

fresco-refrigerado y congelado. Especificaciones necesarias.

Referentes al Ruido:

NOM-081-ECOL-1994. Establece los límites máximos permisibles de emisión de ruidos

de las fuentes fijas y métodos de medición.

Esta Norma Oficial Mexicana se aplica en las pequeñas, mediana y gran industria,

comercios establecidos, servicios públicos o privados y actividades en la vía pública.

NOM-080-SEMARNAT-1994. Establece los límites máximos permisibles de emisión de

ruido proveniente del escape de los vehículos automotores, motocicletas y triciclos

motorizados en circulación y su método de medición.

Aplicará para regular los niveles de ruido emitidos por la maquinaria propulsada por

motores de combustión interna, que se empleara durante las etapas de construcción y

operación del proyecto.

Referentes a la contaminación atmosférica:

NOM-044-ECOL-1993. Establece los niveles máximos permisibles de emisión de

hidrocarburos, monóxido de carbono, óxido de nitrógeno y partículas suspendidas

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totales y opacidad de humo proveniente del escape de motores nuevos que usan diesel

como combustible y que se utilizaran para la propulsión de vehículos automotores con

peso bruto vehicular que no exceda los 3,856 kilogramos.

Referente a la generación de electricidad:

NOM-113-ECOL-1998. Establece las especificaciones de protección ambiental para la

planeación, diseños, construcción, operación y mantenimiento de subestaciones

eléctricas de potencia o de distribución que se pretendan ubicar en áreas urbanas,

suburbanas, rurales, agropecuarias, industriales, de equipamiento urbano o de servicios

y turísticas.

Referente al personal que elabora: NOM-017-STPS-2001. referente al uso de equipo de protección al personal, selección,

uso y manejo en los centros de trabajo.

Permitirá atender las condiciones generales de trabajo para los empleados, tanto en la

etapa de construcción como de operación.

3.2. Uso actual de suelo en el sitio del proyecto. La zona solicitada para la operación del proyecto de engorda “Maricultura de Jurel (Seriola sp), en la Costa de Bahía de los Ángeles, Baja California”. No cuenta con algún uso actual.

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4. DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA AMBIENTAL Y SENALAMIENTOS DE LA PROBLEMÁTICA AMBIENTAL DETECTADA EN EL AREA DE

INFLUENCIA DEL PROYECTO.

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4.1. Delimitación del área de estudio. El área de estudio se encuentra localizada en Bahía de los Ángeles, la cual es parte del

Municipio de Ensenada, del Estado de Baja California.

El polígono esta constituido por un total de 300 Ha. Para su mejor manejo y seguridad la

zona se dividió en tres áreas las cuales son: Área de operación de las Jaulas de engorda,

Área de seguridad y maniobra, Área de amortiguamiento.

4.2. Caracterización y análisis del sistema ambiental. Para el desarrollo de este capitulo se analizaran de una manera integral los aspectos

Abióticos, Aspectos Bióticos, Aspectos del Paisaje, y por ultimo Aspectos del medio

socioeconómicos que se observan tanto en el Municipio de Ensenada, como en la misma

Bahía de los Ángeles.

4.2.1. Aspectos abióticos. Como aspectos abióticos se identificara el clima y temperaturas predominantes; Geología

y morfología; Tipos de suelos y sus diferentes tipos de uso; y por últimos se identificara la

Hidrología superficial y subterránea que predomina en Bahía de los Ángeles.

A. CLIMA. Según la clasificación adoptada por INEGI a partir de la propuesta por Köppen, y

modificada por Enriqueta García (1973), en Baja California se identifican dos grandes tipos

de climas: Tipo Templado subhúmedo y el Tipo Semifrío subhúmedo. Además presenta

cuatro subtipos: Seco templado, Muy seco cálido, Muy seco semicálido y Muy seco

templado.

• Tipo Templado Subhúmedo: El clima Templado Subhúmedo se da en tres enclaves

conformados lateralmente del norte a sur por las laderas occidentales sur y sureste de Sierra

Juárez (1000-1500 m de altitud), seguida por otra mas reducida ubicada a su costado

suroriental y otra que ocupa el espacio de las laderas occidentales sur y orientales de Sierra

San Miguel (1200-1600 m de altitud). En esta región-tipo, la temperatura media anual oscila

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entre 12.4 º a 13º C, la media anual más elevada se da durante el mes de julio (entre 22º a

24.2º C) y la media anual más baja ocurre durante el mes de diciembre (4.4º C). Las

precipitaciones se concentran durante los meses comprendidos entre noviembre y abril con

una pluviometría media mensual más elevada durante el mes de diciembre (50.1 hasta 71.6

mm). Las precipitaciones totales alcanzan un intervalo de 273.7 hasta 398.4 mm, su nivel

mas bajo se registra en el flanco suroriental de la Sierra Juárez. La recepción de las

precipitaciones durante los meses de invierno caracteriza este tipo de clima como Templado

Subhúmedo con lluvias de invierno.

• Tipo Semifrío Subhúmedo: El clima de tipo Semifrío Subhúmedo se ubica en las partes

más altas de la Sierra Juárez, San Pedro Mártir y San Miguel por arriba de los 1500 m de

altitud, y se extiende en una progresión oriental a partir del dominio del clima Templado

Subhúmedo. Las temperaturas media anual oscilan entre 6º y 10º C con la temperatura

media más alta registrada durante el mes de julio (17.9º C) y la mas baja durante el mes de

enero (4.3º C). Las precipitaciones se concentran principalmente durante los meses de

noviembre a marzo y algunas de ellas ocurren también durante el verano, el mes más

lluvioso es marzo con precipitaciones del orden de 36 mm y la pluviometría anual oscila

entre 251 hasta 500 mm. La concentración de las lluvias durante los meses de invierno

confiere a este tipo de clima la denominación de clima Semifrío Subhúmedo con lluvias de

invierno.

• Subtipo Seco Templado: El subtipo de clima Seco Templado abarca una extensión

estatal continua desde el noroeste hasta casi la mitad del estado y otra menos importante al

sur del estado alrededor del Cerro La Sandia. Este subtipo se subdivide según la estación de

lluvias en subtipo Seco Mediterráneo Templado con lluvias de invierno y el subtipo Seco

Templado con lluvias de verano. El subtipo Seco Mediterráneo Templado con lluvias de

invierno abarca la región comprendida entre el oeste de Sierra Santa Isabel y el oriente de

Tecate. Las temperaturas media anual oscilan entre 12º y 18º C, la temperatura media del

mes más cálido ocurre en agosto y oscila entre 19.5º y 25.9º C, la temperatura media más

baja ocurre en enero y oscila entre 19.5º y 25.9º C. Las precipitaciones ocurren en su

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mayoría entre diciembre y marzo totalizando anualmente un volumen comprendido entre 162

y 332 mm. El subtipo Seco Templado con lluvias de verano se ubica en la región de la Sierra

Libertad a una altitud de 1000 m. La temperatura media anual oscila entre 14º y 18º C, la

media del mes más cálido alcanza una temperatura de 18º C y la del mes mas frió varia

entre -3º y 18º C. Las precipitaciones anuales varían entre 100 y 300 mm.

• Subtipo Muy Seco Cálido: El subtipo de clima Muy Seco Cálido abarca la planicie de la

región de Mexicali y se extiende al sur paralelo a la costa del Golfo de California. Esté

subtipo de clima se subdivide en Muy Seco Cálido con lluvias de invierno y Muy Seco Cálido

con lluvias de verano. El subtipo Muy Seco Cálido con lluvias de invierno se ubica en la

región del bajo Delta del Colorado, la temperatura media anual oscila entre 22º y 23º C, el

mes más cálido es julio con temperatura media de 32.6º a 32.9º C y el mes mas frío es

enero con una media de 1.9º a 14º C. Las precipitaciones anuales registran el nivel mas bajo

en el estado oscilando entre 32.3 y 75.8 mm, el mes más lluvioso es diciembre con una

media mensual de 13 mm. El subtipo Muy Seco Cálido con lluvias de verano se ubica desde

el sur del estado en una angosta franja paralela al Golfo de California hasta no muy lejos

tierra dentro del Valle de Mexicali. La temperatura media anual es mayor a 23º C, la

temperatura del mes más cálido ocurre en julio (30.2º a 31.7º C) y el mes mas frío es enero

con una media mensual entre 14.8º y 16º C. Las precipitaciones son escasas y fluctúan

entre 55.9 y 91.6 mm.

• Subtipo Muy Seco Semicálido: El subtipo de clima Muy Seco Semicálido, abarca casi la

tercera parte del estado del norte al sur, en una franja angosta hasta la mitad de la entidad y

se extiende después hacia el sur cubriendo grandes dominios. Según la estación de lluvia,

este subtipo se subdivide en Muy Seco Semicálido con lluvias de invierno y Muy Seco

Semicálido con lluvias de verano. El subtipo Muy Seco Semicálido con lluvias de invierno se

distribuye en la vertiente occidental de la cordillera occidental y en partes medias y bajas de

la ladera oriental de Sierras Juárez, Cucapah y El Mayor. La temperatura media anual oscila

entre 18.2º C y 19.9º C, los meses más cálidos son julio y agosto, con una media mensual

variable entre 23.4º a 27.3º C, y el mes más frío es enero, con temperatura media entre

12.7º C y 15º C. Las precipitaciones totales con un volumen entre 89.1 y 189.1 mm, el mes

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más lluvioso es diciembre con precipitación media entre 17.8 y 51.3 mm. El subtipo Muy

Seco Semicálido con lluvias de verano se extiende de los límites surorientales de la entidad

hasta el noroeste de la Sierra Las Tinajas en una incursión angosta dentro de la cordillera

peninsular. La temperatura media anual oscila entre 19.8º y 20.6º C, el mes más cálido es

julio con una temperatura media de 27.8º C a 30.4º C y los meses mas fríos son diciembre y

enero con una temperatura media entre 10º y 15.6º C. Las precipitaciones anuales alcanzan

un volumen oscilante entre 117 y 147 mm y los meses más lluviosos son agosto y

septiembre con 27 a 40 mm respectivamente.

• Subtipo Muy Seco Templado: El subtipo Muy Seco Templado se ubica en una banda

paralela al Pacífico, a partir de Los Olivos hasta casi al límite suroeste estatal, otra franja

toma lugar al oriente de San Quintín hacia la Laguna Chapala, se encuentra a lo largo de

Sierra de La Asamblea. El clima Muy Seco Templado se encuentra entre 600 y 1400 m de

altura y se subdivide según la estación lluviosa en Muy Seco Templado con lluvia de invierno

y Muy Seco Templado con lluvia de verano. El subtipo Muy Seco Templado con lluvia de

invierno registra una temperatura media anual oscilante entre 12º y 18º C, el mes más

caliente es agosto con una temperatura de 19º a 23º C y los meses más fríos son diciembre

y enero con una temperatura oscilante entre 11.2º y 14.5º C. La precipitación media anual

oscila entre 108.9 y 134.4 mm y los meses de mayor lluvia son diciembre y enero con una

pluviometría comprendida entre 24.2 y 34.3 mm. El subtipo Muy Seco Templado con lluvia

de verano se ubica en las laderas norte, oeste y al sur de la Sierra Libertad, a una altitud

comprendida entre 1000 y 1200 m. La temperatura media anual varía entre 16º y 18º C y las

precipitaciones anuales oscilan entre 100 y 200 mm, que en casi su totalidad ocurren

durante la estación de verano. (SEGOB 2010). De manera particular el sitio el área de

estudio le corresponde a dos subtipos de climas: Subtipo muy seco muy cálido, el cual se

presenta en la porción central de la costa del Golfo de California, aproximadamente desde la

desembocadura del Rio Colorado Hasta en Arroyo de Camalajue, con temperatura media

anual de 22°C. Subtipo muy seco y semi-seco, que abarca la mayor parte del estado,

principalmente al noroeste, así como franjas de centro y el sur de la entidad, con

temperatura media que oscila entre 16°C y 20°C.

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Fenómenos climatológicos:

Tsunamis (maremotos): Aunque las costas de la península de Baja California no son

productoras de tsunamis de origen local, la costa del Pacífico es la más vulnerable al arribo

de este tipo de fenómenos de origen lejano que proceden de la fuente sísmica más activa

del mundo, el Cinturón Sísmico Circun pacífico, mientras que en el Golfo de California, la

posibilidad de ocurrencia de tsunamis es mínima porque el desplazamiento de las fallas en

su lecho marino es horizontal. Las poblaciones más vulnerables son el Puerto de Ensenada,

los poblados de Rosarito, San Quintín y pequeños poblados cercanos a la costa del Pacifico.

Hidrometeoro lógico:

• Inundaciones: Las zonas consideradas de alto riesgo por inundación son las planicies

costeras del Pacífico, de Tijuana a San Quintín, y la costa del Golfo de California, de la

desembocadura del Río Colorado a San Felipe. La ciudad de Tijuana se considera más

vulnerable, se estima que el 40% de los asentamientos se ubican en zonas de alto riesgo.

• Heladas: Las heladas afectan en Mexicali y su valle, San Quintín, Maneadero y en menor

intensidad las ciudades de Tijuana y Ensenada y zonas de mayor altitud como la sierras.

• Nevadas: Tienen su mayor incidencia en las Sierras de Juárez y San Pedro Mártir, afectan

pequeños poblados y rancherías. Las nevadas son escasas por lo que los daños no son

significativos.

• Niebla: Se presenta sobre todo en las costas del Pacífico y los Valles.

Incendios Forestales:

El factor natural a nivel estatal que incrementa los riesgos de incendios forestales es el clima

cálido y seco, sin embargo la causa principal es antropogénica, ya que un gran porcentaje

de los incendios son causados por el hombre. El ecosistema con mayor superficie

incendiada es el chaparral, seguido del bosque y del matorral desértico. La frecuencia de

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incendios es mayor en el chaparral, el matorral desértico y el bosque, donde la temporada

de mayor riesgo ocurre en los meses de Junio a Octubre.

B. GEOLOGIA Y GEOMORFOLOGIA.

La caracterización ecológica de los factores geológicos se enfoca en general en tres

aspectos trascendentes en toda política de ordenamiento ecológico: la estratigrafía, los

elementos estructurales relevantes y la definición de las unidades geohidrológicas. La

estratigrafía nos permite conocer la edad geológica relacionándola con los eventos de la

época con la finalidad, entre otras de determinar las condiciones de formación de los

paisajes geológicos actuales. La geología estructural, trata de encontrar sentido a la

evolución y el ordenamiento actual de los elementos estructurales. Las unidades geo

hidrológicas nos permiten delimitar las relaciones entre la conformación físico-mecánica del

subsuelo y la circulación-almacenamiento de las reservas hídricas. Estratigrafía. La entidad

presenta formaciones heredadas del eratema del Cenozoico, del Mesozoico y del

Paleozoico. El eratema Cenozoico se subdivide en tres subtemas: Cenozoico Suelo,

Sedimentario y tipo Ígneo Extrusivo. El Mesozoico por su parte se subdivide en

Sedimentario, Metamórfico, y de tipo Ígneo Intrusivo y Extrusivo, y por fin, el Paleozoico con

el solo tipo Metamórfico. De acuerdo a lo anterior se destaca para Baja California un paisaje

geológico relativamente dominado por la formación ígnea seguida por la sedimentaria y la

metamórfica. En las ígneas sobresalen las intrusivas frente a las volcánicas; en las

sedimentarias dominan las continentales como relleno de valles y fosas tectónicas frente a

las marinas presentes al oeste del estado, y en las metamórficas el afloramiento es asociado

con formaciones graníticas. La dominación de la formación ígnea en la entidad lleva consigo

una serie de consecuencias relacionadas con una permeabilidad que se traduce por una

conductividad primaria casi nula de los flujos hídricos.

Elementos estructurales: La caracterización de los elementos estructurales desde el

enfoque del ordenamiento ecológico, tiene interés en dos vertientes: la primera asociada con

las condiciones de conducción secundaria de flujos hídricos, y la segunda, con la

inestabilidad originada por las fallas y fracturas y su incidencia en los factores de riesgo

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principalmente para las ciudades, localidades y poblados. La característica estructural más

importante en Baja California consiste en tres franjas casi paralelas a la orientación

peninsular:

Franja del noroeste presenta un proceso de falla normal con orientación norte-

noroeste;

La segunda franja presenta también un fallamiento normal pero de grandes

dimensiones con orientación norte-noroeste, y

La última deja ver un fallamiento considerable, y fracturas circulares de orientación

oriente.

El fallamiento descrito anteriormente presente en las cercanías de las grandes ciudades

de la entidad, confiere a estas últimas un carácter de riesgo inducido por la inestabilidad

estructural que puede expresarse en su momento de diferentes maneras (sismos,

deslizamientos, derrumbes, etc.). El fallamiento y las fracturas, desde otra perspectiva,

contribuyen como en la fractura al sur de Ensenada, a abrir nuevos caminos para flujos de

agua.

Fallas geológicas. En la entidad existen varias fallas geológicas:

• La Falla de San Andrés es la principal en la entidad, que divide las placas del

Pacífico y Norteamérica, y llega al estado por el norte para internarse por el Golfo de

California. Sus ramificaciones son las fallas de Imperial, El Sinore, San Jacinto y

Cerro Prieto.

• En el municipio de Mexicali, principalmente en el valle, se localiza un sistema de

fallas denominadas Laguna Salada-Cucapah, ubicada al oeste; Imperial y Cerro

Prieto al centro, y San Hills-Algodones, que abarca la depresión del Valle al este. Al

sur están las fallas de San Felipe y San Pedro Mártir.

• En el municipio de Ensenada la falla de Agua Blanca, que nace en el Pacífico y

cruza a un costado de la Bahía de Todos Santos, hasta terminar en la sierra de

Juárez y la falla de San Miguel que igualmente nace en el Océano Pacífico,

penetrando al continente y afectando a las localidades de Ensenada y Maneadero.

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• En el municipio de Tijuana, se localiza el ramal noroeste de la falla de Vallecitos;

asimismo, las fallas de García y Agua Caliente cruzan la ciudad de Tijuana,

afectando directamente el lecho del río Tijuana y la Presa Abelardo L. Rodríguez.

La susceptibilidad de la zona es baja ya que no se encuentra en alguna de las zonas

marcadas de riesgo de la entidad.

Sismicidad. Se identifican tres regiones que derivan de la intensa actividad sísmica:

• Región sísmica. Se ubica en la parte norte de los municipios de Mexicali y

Ensenada, el riesgo se intensifica en Mexicali y su valle por la falla San Andrés y sus

ramificaciones.

• Región Penisísmica. En el municipio de Tijuana, parte central del municipio de

Ensenada, costa del Pacífico de San Isidro a San Quintín, costa del Golfo de

California y Tecate.

• Región Asísmica. Es de escasos sismos, afecta parte del municipio de Ensenada en

la región del Pacífico, desde San Quintín hasta el límite con Baja California Sur

C. SUELOS.

En Baja California la mayoría de los suelos son a zonales y poco desarrollados; los

suelos que presentan menos de 60 cm de profundidad constituyen el 73.9% de la superficie

de todos los suelos disponibles y se agrupan según la clasificación de la FAO-UNESCO,

1971, a los siguientes tipos: Regosoles, Litosoles y Feozems. Los suelos de una profundidad

de hasta un metro constituyen el 18.14% del total de suelos y son representados por el tipo

Yermosoles, Solonchaks, Vertisoles y Fluvisoles, y los que van mas allá de un metro de

profundidad son los Xerosoles y representan el 5.95% de los suelos de la entidad. Los

suelos afectados en profundidad por presencia lítica o petrocálcica y/o una fase pedregosa y

gravosa superficial representan el 67% de la totalidad de los suelos de la entidad, la

presencia de la fase química caracterizada por la salinidad afecta el 12%. La composición

granulométrica de los suelos es dominada por las arenas; las arcillas están presentes

con los limos en los Solonchaks y Vertisoles y con arenas en los Xerosoles y Yermosoles. La

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textura dominante en la totalidad de los suelos es la mediana en el 59.97% de los suelos,

seguida por la textura gruesa el 35.19% y la textura fina en sólo el 4.84%; los aspectos

anteriores determinan en gran medida características físicas de suelos más bien en

formación, en donde las condiciones bióticas y abióticas juegan un papel muy lento en su

pedogénesis y la diferenciación de sus horizontes. Las características químicas de los

suelos de la entidad arrojan un potencial hidrógeno, pH, ligeramente ácido (6.7 en los

Regosoles) como consecuencia de la fase lítica que le dio existencia, hasta un pH alcalino

de 8.2 en el caso de los suelos Vertisoles, traduciendo su saturación en calcio

intercambiable. Las características bioquímicas de los suelos, aproximadas a través de

la tasa de materia orgánica, muestran un nivel bajo, característico de la débil incorporación

del material orgánico en la conformación edafológica. Esto se debe a dos factores: la baja

productividad de la biomasa y su reducida contribución al ciclo húmico; y las altas

temperaturas, que favorece la mineralización en detrimento del proceso trófico de

humificación. De una manera particular se encuentran Litosoles, suelos poco desarrollado,

asociados a una roca madre muy dura situada a menos de 10 cm de profundidad, aparecen

en manchones cubiertos extensiones relativamente menores. Se presentan en la zona de

Mesa Prieta, al sur de San Agustín; en Santa Catarina de la Sierra La libertad al sur de

Bahía de los Ángeles en la sierra Las animas y el Alambrado y cerca de la Mesa San

Cristóbal.

D. HIDROLOGIA SUPERFICIAL Y SUBTERRANEA. La importancia de los factores hidrológicos en la distribución de la flora, fauna y seres

humanos es trascendental para una entidad caracterizada por la escasez de agua, la

irregularidad de las lluvias y lo precario de los recursos hídricos disponibles en el subsuelo.

Según la subdivisión hidrológica establecida por la Secretaría de Recursos Hidráulicos, Baja

California en 1971, se compone de cinco Regiones Hidrológicas (RH) que se mencionan a

continuación: Regiones Hidrológicas (RH), Región RH1-Baja California Noroeste

(Ensenada), con el 37.01% de la superficie total de Baja California, integrada por 3 cuencas.

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Superficiales:

En Baja California las corrientes permanentes son raras y cuando existen llevan un débil

gasto y una permanencia cíclica. El Río Colorado presenta naturalmente las características

de una corriente permanente, pero la infraestructura hidráulica lo hace totalmente controlado

y no corre el agua en su cauce desde hace bastante tiempo. Otros ríos menores se

consideran permanentes y son extensión directa o indirecta del Río Colorado, como el Río

Hardy y el Río Nuevo en Mexicali. Salvo estos casos, casi toda la red hidrológica estatal es

intermitente y su gasto depende de la lluvia. La RH1 contiene el 46% de la red hidrológica y

un volumen de escurrimiento anual de 370.841 millones de m³; la RH2 con el 20.68% de la

red y un escurrimiento de 66.121 millones de m³; la RH4 con 22.50% de la red y 80.431

millones de m³ de escurrimiento; la RH5 con 8.62% de la red y 25.181 millones de m³ de

escurrimiento y la RH7 con 2.20% de la red y 19.932 millones de m³ de escurrimiento (véase

Cuadro No.2.2). En términos de los volúmenes de escurrimiento, la RH1 lleva la ventaja con

un gran diferencial frente al resto de las regiones hidrológicas (casi 20 veces más que la

RH7), la RH1 es seguida en orden por la RH4, RH2, RH5, RH7.

Subterránea:

La problemática de los recursos hídricos subterráneos en Baja California frente a la escasez

de aguas superficiales se convierte en un asunto estratégico tanto en el desarrollo regional

como en la toma de decisiones. Cuenta con 47 zonas de explotación de aguas subterráneas

con déficit en el balance de aguas de 232 millones de m³, con explotación de 1,193 millones

de m³ y una recarga de 961 millones de m³. La distribución de la superficie total de los

acuíferos por zona hidrológica otorga el 34.14% a la RH1; 19.60% a la RH2; 17.50% a la

RH4; 14.36% a la RH5 y finalmente el 14.38% a la RH7, mostrando una concentración de

los acuíferos en menos de la quinta parte de las regiones hidrológicas salvo en la RH1. Las

zonas de explotación acuífera están asociadas con los valles agrícolas y presentan 5 zonas

en equilibrio (La Misión, San Telmo, El Rosario, San Rafael y Valle de Santo Tomas), 6

zonas de subexplotación (San Felipe, Valle de Tecate y de Las Palmas, San Pedro Mártir,

Valle Chico, Valle de San Vicente). En las 8 zonas restantes se da sobreexplotación con una

afectación mayor en los Valles de Mexicali, Ojos Negros y Real del Castillo. A partir del 15

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de Mayo de 1965, se declaró el Estado de Baja California como zona de veda generalizada y

el control de la explotación de los acuíferos se asignó a la Comisión Nacional de Agua. La

calidad del agua de los acuíferos registra una concentración de sólidos disueltos que fluctúa

entre 200 y 11,000 mg/l, como cloruro de sodio, fósforo, nitrato y potasio, debido a la

actividad agrícola y agropecuaria intensiva. En los valles o zonas de explotación se dan

amplitudes bastante grandes en concentraciones de sólidos disueltos. La sobreexplotación

de aguas subterráneas y su contaminación, genera un factor de cambio de las especies que

extraen sus necesidades hídricas y desarrollan actividades a partir de reservas del subsuelo.

Las aguas superficiales y las reservas subterráneas son un factor limitante que se puede

oponer al desarrollo de actividades humanas y de comunidades florísticas y faunísticas. La

amplitud de variación de los niveles freáticos y su contaminación, presenta cambios en la

conformación de biotopos locales, y propicia su desaparición a favor de las comunidades

secundarias. (SEGOB 2010).

Los recursos hídricos en el área de Bahía de Los Ángeles no son abundantes y aunado a la baja precipitación, se mantiene en un estado de aridez extrema. De acuerdo a la clasificación del INEGI, la zona se encuentra en las regiones Hidrológicas: RH4 Baja California-Nororiental: constituida por la cuenca A, formada por lo arroyos Zamora, el canelo, Santa Calara y Paraiso-Huatamote, que desemboca en el Golfo de California. RH5 Baja California Centro-Este, constituida por la cuenca B, la cual comparte con Baja California Sur, drenada por el arroyo San Pedro y otros, y la cuenca C, drenada por el arroyo de Calamajue y otros de menor importancia, todos ellos desembocan en el Golfo California. Litología y Fisiografía:

La parte central del golfo de California incluye las islas más grandes del golfo y es mucho

más complejo que en su parte norte. Su estructura geológica esta relacionada muy de cerca

con el movimiento de la península hacia el noroeste. (Carreño y Helenes, 2002). Bahía de

los Ángeles esta situado en la costa oriental de Baja California frente a la isla Ángel de la

Guarda a los 29°00´N y los 113°30´W, en el área conocida como Región de las Grandes

Islas o complejo insular de Baja California. Esta conformado por 17 islas, una de las cuales

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alcanza los 473 msnm en sus parte más alta: coronado, que es la isla mas grande del

archipiélago con poco mas de 8 Km2 de superficie. Bahía e los Ángeles, es la bahía mas

septentrional de las tres principales que se encuentra en la costa peninsular del Golfo de

California. Esta abierta hacia el Golfo con amplia comunicación con el Canal de Ballenas.

Cuanta con 16 km de largo por 6.4 km en su parte mas ancha, con una orientación NW-SE,

similar a la orientación general del golfo. El fondo es de pendientes suave, con

profundidades de hasta 50 m en el centro de los canales que la comunican con el Canal de

Ballenas. Es un cuerpo de agua somero con fondos arenosos interrumpidos por salientes

rocosas y protegidos del mar abierto por el propio archipiélago. El suelo que rodea a Bahía

de los Ángeles es arenoso, árido y rodeado de montañas. Su sistema de topo-formas es el

de llanura costera asociada a lomeríos. Presenta una pendiente de planta a suave con una

altitud que va desde el nivel el mar hasta los 50 m. pertenece a la provincia fisiográfica

Peninsular de Baja California, sub-provincia Sierra de baja California. En esta región hay

importantes afloramiento de rocas volcánicas desde las sierras de las tinajas, San Felipe y

Santa Isabel, que continua en forma dispersa hasta la sierra la Asamblea y la isla Ángel de

la Guarda. Existen zonas dominadas por granitos que presentan como rasgos notable

exfoliación granular, que al intemperizarse libera granos de minerales en forma integral, lo

que genera superficies de arena gruesa. Este proceso tiene una gran influencia sobre la

conformación del suelo.

Batimetría:

La batimetría de la Bahía de los Ángeles es relativamente poco accidentada. El fondo marino

tiene forma de cuenca con una ligera inclinación de oeste a este. La costa esta bordeada por

una pequeña trinchera de 1-2 m de profundidad. La mitad norte de la bahía tiene aguas

someras con 50 m de profundidad máxima. La mitad sur entre punta Arena y Punta Roja

tiene una profundidad promedio de 35 m. El tipo de sedimentos existentes en el fondo se

relacionan con la profundidad de las columnas de agua. En la sección oeste y sur, el fondo

de la bahía presenta arenas grises, desde la costa hasta profundidades de 20-35 m, cieno-

aluvión en profundidades mayores a los 35 m y una franja de aluvión negro combinado con

arenas en el margen. Bahía de los Ángeles presenta cuatro canales marinos. El primero

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punta Roja e islas Gemelito Este y Gemelito Oeste (conocido también como los Gemelitos),

tiene una profundidad máxima de 48 m. el segundo, entre los Gemelitos e islas Cabeza de

Caballo, tiene casi la misma profundidad que el anterior y es el que utilizan las

embarcaciones mayores para ingresar a la bahía. Este canal esta marcado con las balizas

roja y verde situadas en las islas Cabeza de Caballo y Gemelito Este. El tercer canal esta

entre isla Cabeza de Caballo e isla La Ventana y tiene una profundidad similar a las

anteriores. el cuarto canal constituye la entrada norte a la Bahía de los Ángeles, entre Punta

la Gringa e isla Coronado. En este ultimo, la profundidad mínima es de 16 m con un

promedio de 30 m; en su parte norte, cerca del extremo norte de isla coronado, la

profundidad se incrementa rápidamente hasta llegar a los 180m. lo mismo sucede al este de

la isla Piojo.

Figura VIII. Batimetría de Bahía de los Ángeles. (Figura tomada del estudio de la CONANP Y

SEMARNAT, fuente Enríquez et al., 2002)

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Oceanografía:

Bahía de los Ángeles esta conectada al norte y al sur con los canales de Ballenas y

salsipuedes respectivamente, los umbrales submarinos limitan la comunicación a las aguas

superficiales. Estas características hacen que la zona se comporte como una cuenta de

características oceanográficas espéciales. La combinación de una topografía submarina

compleja, movimientos de masas acuáticas intensos, el viento y el sol, convierten a esta

región de los canales de Ballenas y Salsipuedes en uno de los ecosistemas productores de

energía mas importantes del Golfo de California. Esto se debe a que entre las islas y la

península de Baja California hay cañones submarinos de mas de 1 km de profundidad, en

los cuales es de hasta 4 m, generando fuertes corrientes de hasta 3 m por segundo, cuando

el agua circula por este estrecho y profundo canal. Los vientos que bajan de las sierras

costeras aumentan la fuerza y turbulencia de las corrientes marinas superficiales. Estas

turbulencias mezcla verticalmente las aguas frías y ricas en nutrientes, las cuales afloran a la

superficie dando como resultado una productividad extraordinariamente alta (Álvarez-

Borrego, 1983). La bahía de los Ángeles se encuentra comunicada con el Canal de Ballenas

por lo que sus características oceanográficas están influenciadas por el. La amplitud de la

boca de la bahía permite el libre movimiento de agua entre ambos cuerpos de agua. Los

intervalos de temperatura del agua del canal son aparentemente los extremos registrados

para zonas de latitudes templadas. Las temperaturas oscilan en promedio entre los 14°C en

agosto. Los intervalos de salinidad son normales para zona, con una ligera hipersalinidad en

las aguas de la capa de los primeros 10 m, causada por la evaporación durante los meses

del verano. Uno de los resultados de la extensiva mezcla vertical debida a las mareas y la

estratificación de la columna de agua, son las temperaturas bajas y las altas

concentraciones de nutrientes en las aguas superficiales. (Enríquez et al., 2002).

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Se considera tres condiciones anuales que determina la circulación de la Bahía de los

Ángeles y que se considera que tienen una influencia fundamental en la distribución

de nutrientes a lo largo del año:

Condiciones de invierno (Norte y Noroeste): Durante esta época los vientos dominaste

son del Norte y Noroeste. Para esta situación se tiene circulación con entrada principal por e

canal del norte entre La gringa e isla La Ventana, con flujo hacia el suroeste paralelo a la

costa que se extiende hasta El Rincón (en el extremo sur de la bahía) y tiene salida de la

bahía por el canal sur, entre la isla Cabeza de Caballo y Punta Roja. Esta Predicción

muestra además tres zonas donde el trasporte es débil, en la ensenada La Gringa, en la

parte central de la bahía, al oeste de la isla Cabeza de Caballo, y en El Rincón.

Condiciones de verano. Con vientos dominantes del Este y del Sureste, esta condición se

caracteriza por una circulación con entrada por el canal sur, la cual se divide en dos ramas,

una que se dirige hacia el Oeste y la otra hacia el Sur, dándole vuelta a toda la bahía. Este

tipo de circulación induce un flujo prácticamente invertido con respecto a la condición de

invierno, con intensificaciones en las zonas de entrada y salida de la bahía, y en la parte

Central- Norte, entre isla La Ventana y la costa.

Condiciones de primavera y otoño: Son épocas con grandes variaciones en la dirección e

intensidad del viento, con largos periodos de calmas dominados por brisas, la circulación

formada por el viento del Oeste es similar a la encontrada en el invierno, con la entrada del

agua por el canal norte y la salida por el canal sur. En este esquema de corrientes se

presenta tres áreas de flujo de baja intensidad: una en la ensenada La Gringa, con un giro

ciclónico (en el sentido de las manecillas del reloj) muy amplio, otra, con giro también

ciclónico, frente al poblado, protegido por una barra arenosa, y la ultima ocupa una gran

franja desde la isla La ventana hasta la mitad de la bahía.

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Figura IX. Condiciones de invierno. Corrientes residuales inducidas por vientos dominantes

del Norte y Noroeste. (Figuras tomadas de estudio de la CONANP Y SEMARNAT, fuente

Enríquez et al., 2002)

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Figura X. Condiciones de invierno (izquierda). Corrientes residuales inducidas por vientos

dominantes del Este., y condiciones de primavera –otoño (derecha) Corrientes residuales

inducidas por vientos dominantes del Oeste. (Figuras tomadas de estudio de la CONANP Y

SEMARNAT, fuente Enríquez et al., 2002).

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4.2.2. Aspectos bióticos. En este apartado de describirán la Vegetación que se encuentran en Bahía de los

Ángeles se describirá la Fauna que se encuentra tanto en el agua como en el aire

(Moluscos, peces y aves).

A. Vegetación terrestre y/o acuática:

En el Estado de Baja California se desarrollan globalmente tres entidades de vegetación

conformadas por matorrales, bosques y pastizales, además de estas entidades se

encuentran presentes otros tipos como chaparrales, vegetación halófita, vegetación del

desierto arenoso, vegetación de galería y de dunas costeras. Las actividades humanas

contribuyen también a la producción de una biomasa vegetal a través de la actividad agrícola

en la modalidad temporal o riego con el 6.53 % de la superficie total de la entidad.

Flora.

Comunidades vegetales:

Matorrales: La entidad de los matorrales está presente en casi el 57% de la superficie total

del estado, es la más extendida y se encuentra definida por seis tipos: Matorral Sarcocaule,

Matorral Sarco-Crasicaule, Matorral Rosetófilo Costero, Matorral Desértico Rosetófilo,

Matorral Desértico Micrófilo y el Matorral Crasicaule.

Matorral Desértico Micrófilo: Se encuentra en el 19.38% de la superficie del estado, en la

parte seca de la subprovincia de las Sierras de Baja California, en la vertiente oriental de las

montañas de la dorsal californiana, en los valles San Juan, Agua Amarga y Laguna Seca. Se

encuentra asociado con depósitos de conglomerados y aluviales que caracterizan los

yermosoles y regosoles con fases pedregosas. El tipo Desértico Micrófilo es poco

estratificado y presenta en sus asociaciones las siguientes especies: Larrea tridentata,

Encelia sp, Lycium berlandieri, Koeberlina spinosa, Simmondsia chinensis.

Matorral Sarco-Crasicaule: Se encuentra en el 16.56% de la superficie del estado

principalmente en la parte central de la entidad y en la subprovincia de Sierras de Baja

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California. El matorral sarco-crasicaule se encuentra asociado con los terrenos coluviales y

ondulados de origen ígneo y metamórfico en los yermosoles y regosoles afectados con una

fase gravosa y lítica.

Matorral Desértico Rosetófilo: Se encuentra en el 8.90% de la superficie estatal

principalmente en la subprovincia de Sierras de Baja California y tierra adentro de la

península, en la ladera occidental de Sierra San Pedro Mártir. Se encuentra asociado con

lomeríos y cerros con orientación noroeste a sureste, desarrollado en substrato

sedimentario. El tipo Desértico Rosetófilo presenta en sus asociaciones las siguientes

especies: Fouquieria columnaris, Agave deserti,Agave shawii y Ferocactus sp.

Matorral Rosetófilo Costero: Se encuentra en el 6.30% de la superficie estatal,

principalmente en la franja costera frente al Pacífico en lomeríos y mesetas, con lomeríos

desde Tijuana hasta la parte media de la península. Se encuentra asociado con

conglomerados, areniscas y rocas ígneas que conforman los feozems, regosoles y litosoles

con fases pedregosas y gravosas eventualmente con rasgos de salinidad o sodicidad. El tipo

Rosetófilo Costero presenta en sus asociaciones las siguientes especies: Estrato alto:

Fouquieria columnaris y Pachycereus pringlei. Estrato 0.5 a 3 m: Agave shawii, Simmondsia

chinensis. Estrato herbáceo: Encelia californica, Ambrosia chenopodifolia y Ephedra

californica.

Matorral Sarcocaule: Se encuentra en el 5.75% de la superficie del estado, principalmente

en la Subprovincia de Baja California, sobre lomeríos, sierras bajas y mesetas. El Matorral

Sarcocaule se encuentra asociado con el tipo litológico ígneo y suelos poco profundos como

son los regosoles, yermosoles y litosoles. Presenta en sus asociaciones a las especies:

Estrato de 6-8 m: Pachycereus pringlei (cardón), Fouquieria columnaris (cirio) y Carnegiea

gigantea (sahuaro); Estrato de 2-6 m: Cerciduim microphyllum (palo verde); Olneya tesota

(palo fierro); Fouquiera sp, Pachycormus discolor, Bursera microphylla, Prosopis sp, Yucca

sp; Estrato de 0.5-2 m: Jatropha cinerea, Jatropha cuneata, Ambrosia chenopodifolia,

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Simmondsia chinensis, Larrea tridentata; Estrato herbáceo: Ephedra sp, Dalea sp, Frankenia

palmeri, Atriplex sp, Hilaria sp

Matorral Crasicaule. Se encuentra en el 0.014% de la superficie del estado, principalmente al

noroeste y sur de Bahía de Los Ángeles. Presenta en sus asociaciones a las siguientes

especies: Carnegiea gigantea, Pachycereus pringlei, y Opuntia sp.

Bosques: La entidad de bosques representa el 2.37% de la superficie total del estado,

abarca por orden de extensión: bosques de pino, bosques de táscate, bosques de encino y

bosques de galería.

Bosques de pino: Representa el 1.96% de la superficie total del estado, se encuentran en

las sierras altas de Juárez y San Pedro Mártir (1000 hasta 2000 msnm) con declives

escarpados. Los bosques de pino se desarrollan preferentemente sobre regosoles y litosoles

con textura gruesa y fase lítica. La asociación típica de los bosques de pino en la entidad es

conformada con las siguientes especies: Estrato de hasta 40 m: Pinus jeffreyi, Pinus

contorta, Pinus lambertiana y Abies concolor; Estrato medio: Quercus sp y Populus

tremuloides; Estrato arbustivo: Quercus sp, Arctostaphylos pungens, Arctostaphylos glauca,

Prunus ilicifolia y Ceanothus greggii; Estrato bajo: Salvia sp, Eriogonum fasciculatum,

Artemisia tridentata, Lupinus sp, Bromus sp y Aristida sp

Bosques de táscate: Representan el 0.36 % de la superficie total del estado, en la mayoría

de los casos ocupan el estrato sotobosque de menos de 10 m y se localiza en la

subprovincia de las Sierras de Baja California en las Sierras Juárez y San Pedro Mártir a una

altura comprendida entre 900 y 1500 m. Los bosques de táscate se desarrollan

preferentemente sobre suelos poco profundos como son los regosoles, yermosoles, y

algunos feozems, afectados todos de una fase lítica. Las especies características de los

bosques de táscate son las siguientes: Estrato alto: Juniperus californica y Yucca schidigera;

Estrato medio: Arctostaphylos sp, Adenostoma fasciculatum, Ceanothus greggii, Rhus ovata

y Simmondsia chinensis; Estrato herbáceo: Artemisia tridentata, Ambrosia sp, Ephedra sp,

Euphorbia y Agave sp.

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Bosques de encino y bosques de galería: Representan el 0.053% de la superficie estatal,

son formaciones muy marginales. El bosque de encino (0.037% de la superficie estatal) se

da en condiciones de humedad y temperatura características las sierras altas de Baja

California, y también en algunas cañadas y bajo fondos templados y húmedos. El bosque

galería (0.016% de la superficie) es más bien característico de los márgenes y cauces de

ríos y arroyos de las zonas templadas y húmedas.

Pastizales. La entidad de los pastizales, con el 1.056% de la superficie total del estado,

constituye la entidad menos extendida. Los pastizales son representados en el orden de su

cobertura por: pastizales inducidos, pastizales hálofitos, pastizales cultivados y pastizales

naturales.

Pastizales inducidos: Representan el 1.007% de la superficie total del estado dominando el

grupo de pastizales; se encuentran en el noroeste del estado en lugares inicialmente

cubiertos por vegetación tipo chaparral. Se desarrollan preferentemente en laderas, lomeríos

y mesetas bajas en suelos con lecho rocoso como regosoles, yermosoles, xerosoles y

planosoles. Especies dominantes son Aristida sp y Bouteloua sp.

Pastizales hálofitos: Representan el 0.046% de la superficie del estado y se desarrolla en

suelos afectados por una fase salina de textura fina y drenaje deficiente de las costas y

áreas agrícolas de riego abandonadas. Las especies dominantes del tipo de pastizales

hálofitos son: Distichlis spicata, Monanthocloe littoralis, Salicornia sp, Atriplex sp.

Pastizales naturales y cultivados. Contribuyen con la misma proporción para conformar un

porcentaje muy marginal del 0.002% de la superficie total del estado.

Otros tipos de vegetación: Dentro de las comunidades vegetales presentes en Baja

California tenemos varios tipos que están menos relacionados entre sí espacialmente;

representan el 27.47% de la superficie del estado. Cuenta con los tipos dominantes:

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chaparral, vegetación halófita, vegetación de desiertos arenosos, vegetación de galería,

vegetación de dunas costeras, palmar, tular y mezquital.

Chaparral: Representa la asociación más extendida de la entidad con 20.47% de la

superficie total estatal, principalmente en el noroeste, desde la frontera hasta Sierra San

Miguel, limitado hacia el Este por el dominio de Matorrales Xerófilos. En la transición que se

da a partir de los 1520 m de altura se mezcla con bosques de pino. Se desarrolla

preferentemente en suelos que descansan en rocas volcánicas y metamórficas, de poco

profundos a ligeramente profundos y afectados de fases pedregosas y gravosas como son

los yermosoles, xerosoles, regosoles y litosoles. La comunidad de chaparrales se conforma

por las especies: Estrato de 3-4 m: Adenostoma fasciculatum y A. sparcifoluim y Juniperus

californica; Estato mediano: Rhus ovata, Rhus laurina, Ceanothus gregii, Quercus palmeri,

Berberis sp y Arctostaphylos sp; Estrato herbáceo: Ephedra sp, Rosa minutifolia, Aristida sp.,

Krameria sp, Artemisia tridentata, Bergerocactus emoryi y Echinocereus sp.

Vegetación halófita: Representa el 4.61% de la superficie total, se encuentra en espacios

cercanos a los litorales y cuencas cerradas tierra adentro, afectadas por una fase salina

primaria o secundaria, producto de la actividad de riego intensiva como en el Valle de

Mexicali. La vegetación halófita se encuentra también en el lado oeste a la altura de El

Rosario hasta Guerrero Negro, y en la parte oriental en Bahía San Francisquito, Punta

Calamajué, Bahía de los Ángeles y Bahía de Las Ánimas. Las especies halófitas se

desarrollan sobre suelos recientes del cuaternario y rocas sedimentarias de origen marino,

como los solonchaks y los yermosoles, regosoles y xerosoles afectados por una fase

química sódica-petrocálcica o petrocálcica y salino-sódica. Las especie dominantes de la

asociación halófita son: Estrato arbustivo: Euphorbia misera, Opuntia echinocarpa,

Machaerocereus gummosus, Lycium sp y Atriplex julacea; Estrato menor de 0.5 m:

Frankenia sp, Salicornia bigelovii, Atriplex sp, Suaeda californica, Lycuim sp, Dudleya sp y

Astragalus sp.

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Vegetación de desiertos arenosos: Representa el 1.60% de la superficie total del estado,

se encuentra principalmente en la Subprovincia de Sierras de Baja California y la

discontinuidad del Desierto de San Sebastián Vizcaíno. El tipo de vegetación de desiertos

arenosos se desarrolla preferentemente sobre suelos de origen aluvial y eólicos como son

los regosoles éutricos y algunos solonchak profundos y yermosoles afectados por una fase

petrocálcica. Las especies que componen la vegetación de desiertos arenosos son las

siguientes: Estrato superior a 3 m: Yucca valida, Fouquieria columnaris, Prosopis

glandulosa, Cerciduim microphyllum; Estrato de 0.8 a 2 m: Machaerocereus gummosus,

Lophocereus schottii, Jatropha cinerea, Lycium sp y Opuntia sp; Estrato bajo: Ambrosia sp,

Viguiera sp, Aristida sp, Dalea sp y Atriplex sp.

Vegetación de galería: Representa el 0.53% de la superficie total del estado, se encuentra

al noreste del Valle de Mexicali (cauce Río Colorado), en las cercanías del Río Las Palmas y

algunos arroyos de la Bahía de San Quintín, Arroyo San Simón, Río El Rosario y en otras

partes casi siempre relacionadas con cauces de arroyos y ríos intermitentes. Las especies

de este tipo son: Estrato hasta 5 m: Lysiloma candida, Cerciduim microphyllum, Bursera

microphylla, Olneya tesota, Pachycereus pringlei; Estrato medio: Lophocereus schottii,

Acacia sp, Cerciduim sp y Lycium sp

Vegetación de dunas costeras. Representa el 0.187% de la superficie total del estado, se

encuentra en el sur de Ensenada, en el Cabo San Quintín, Bahía Santa María y norte de

Guerrero Negro, que se extienden sobre la franja costera. Las especies que conforman la

vegetación de dunas costeras son las siguientes: Estrato de hasta 1.5 m: Baccharis sp y

Beloperone sp; Estrato menor a 1 m: Encelia californica, Rhus integrifolia, Ambrosia dumosa,

Ephedra sp y Croton wigginsii; Estrato herbáceo: Astrida sp, Hilaria rigida, Suaeda sp,

Salicornia sp, Dalea sp, Abronia maritima y Cryptantha maritima.

Palmar, tular y mezquita: Estos tres tipos de vegetación representan el 0.07% de la

superficie total del estado. Este tipo de vegetación se distribuye de la siguiente manera: a)

Palmar, representa el 0.031%, se encuentra en áreas semiáridas en forma de galería, la

unidad típica se observa en el flanco occidental de Sierra Libertad, las especies de palmas

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en la entidad son: Erythea armata (palma azul), Erythea brandegei (endémica), Phoenix

datylifera, Washingtonia filifera y Washingtonia robusta; b) Tular, representa el 0.033%, se

desarrolla en medios acuáticos de lagunas, ríos y arroyos, caracterizado por especies como

Thypha sp. y Phragmites sp., y Mezquitales, con el 0.006%, constituyen una especie muy

marginal y se desarrollan en suelos húmedos caracterizados por la proximidad de los

mantos freáticos.

Tabla XI. Tasas de variación total de la superficie vegetal en la entidad.

Entidad Tipo Tasa de variación

80-96 (%)

Agrícola

Riego suspendido -191.436

Riego 13.942

Temporal 10.773

Tasa de variación entidad

1.742

Bosque

Bosque de encino -10.993

Bosque de galería 121.202

Bosque de pino 53.225

Bosque de táscate 81.515

Tasa de variación entidad

56.113

Matorral

Matorral crasicaule 128.022

Matorral desértico micrófilo 15.828

Matorral desértico rosetófilo 56.709

Matorral rosetófilo costero 98.601

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Matorral sarcocaule -26.295

Matorral sarco-crasicaule 48.852

Tasa de variación entidad

31.675

Pastizal

Pastizal cultivado -114.151

Pastizal hálofilo 55.678

Pastizal inducido -15.211

Tasa de variación entidad

-13.143

Otra vegetación

Chaparral 9.597

Mezquital 28.315

Palmar 27.318

Vegetación de desiertos arenosos 0.089

Vegetación de dunas costeras -48.167

Vegetación de galería 39.770

Vegetación halófila 21.270

Tasa de variación entidad

10.87

Fuente: COLEF, 2003, tasa de variación calculada a partir de archivos digitales Vegetación 1-1980 y Vegetación 2-1996.

Escala 1:250,000. INEGI. No incluye archivos hoja H1207-1982.

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Tabla XII. Especies de Flora de Baja California en categoría de riesgo.

Especie Nombre común Estatus

Abies concolor Oyamel de California Pr

Amoreuxia palmatifida Pr

Brahea edulis Palma de Guadalupe Pr

Conocarpus erecta Pr

Cupressus forbesii Ciprés negro Pr

Cupressus montana Ciprés rugoso Pr

Echinocereus lindsayi Órgano-pequeño de Jaraguay P

Ferocactus acanthodes Pr

Ferocactus viridescens Biznaga-barril verdosa Pr

Garrya grises Pr

Juniperus californica Enebro de California Pr

Lemna trisulca Pr

Libocedrus decurrens A

Lilium parryi A

Lophocereus schottii Senita Pr

Mammillaria angelensis Biznaga angelina Pr

Mammillaria blossfeldiana

Biznaga de Blossfeld Pr

Mammillaria goodridgei Pr

Mammillaria neopalmeri Biznaga de Palmer Pr

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Olneya tesota Pr

Opuntia rosarica Cholla tasajo del Rosario Pr

Triglochim concinnum A

Pinus attenuata Pr

Pinus quadrifolia Piñón de California Pr

Pinus contorta Pino de San Pedro Mártir Pr

Pinus coulteri Pino de brea Pr

Pinus edulis Piñón de Colorado Pr

Pinus jeffreyi Pino negro Pr

Pinus monophylla Pinón simple Pr

Pinus muricata Pino peninsular P

Rhizophora mangle Pr

Fuente: NOM-059-SEMARNAT-2001. Publicada el 6 de Marzo del 2002 en el Diario Oficial de la Federación

La vegetación que se presenta en la parte sur de Bahía de los Ángeles se distingue por

su simplicidad de su composición florística, sobre todo en las planicies arenosas, que

presentan un alto porcentaje del área, sin embargo, en las partes altas de bajadas, colinas y

montañas existe una rica vegetación. Las dos especies dominantes del desierto microfilo

son: Larrea tridententa y Franseria dumosa, ambas especies arbustivas; asimismo, se

encuentran otros géneros de características, como Opuntia cineracea y de especies

xerorriparias como Chilopsis Linearis y Dalea spinosa. Por otra parte, los humedales

costeros que se presentan en la zona con gran importancia que albergan organismos dando

descanso y protección, ya que estos ecosistemas tienen alta productividad, ya que se

realizan procesos costeros de gran relevancia. En la Bahía de las Animas, ensenada de

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Guadalupe y en el estero de las Caguamas, en la isla Coronado, se presenta mangle enano

(Rhizophora mangle).

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B. Fauna terrestre y/o acuática: El territorio de la península de Baja California se enriquece por la presencia de cinco distritos

faunísticos, que se encuentran en Baja California el:

Distrito de San Pedro Mártir: Comprende una franja que se extiende sobre las Sierras de

Juárez y San Pedro Mártir, a una altura de más de 1,200 metros sobre el nivel del mar

(msnm) en el occidente, y de 1,400 a 1,500 msnm en el este. Limita al norte con Estados

Unidos y se extiende al sur hasta El Rosario. Las especies características son: víboras de

cascabel (Crotalus enyo y Crotalus viridus), borrego cimarrón (Ovis canadiensis

cremnobates), venado cola blanca (Odocoileus hemionus), águila ratonera o halcón cola roja

(Buteo jamaicensis), puma (Felix concolor) y zorra gris (Urocyon cinereoargenteus ).

• Distrito San Dieguense: Se extiende desde el sur de California hasta la porción noroeste

del estado, comprende desde nivel del mar hasta los 1,200 msnm, colindando al oeste con

Sierra de Juárez. A partir de los 1,400 msnm limita con Sierra San Pedro Mártir, prosigue al

sur hasta llegar al arroyo El Rosario. Entre las principales especies destacan: camaleón

(Phrinosoma coronatum), cerceta ala verde (Anas crecca), pato golondrino (Anas acuta),

porrón cabeza roja (Anas americana), pato cucharón (Anas lypeata), cerceta café (Anas

cyanoptera), cerceta azul (Anas discers), pato de collar (Anas platynhynchos), pato pinto

(Anas strepera), codorniz de California (Lophortix californica), codorniz de Gambel (Lophortix

gambelin), paloma alas blancas (Zenaida asiática), huilota (Zenaida macroura), Pituophis

melanoleucus, coyote (Canis latrans), y ratones (Dipodomys gravipes y Dipodomys

merreani).

Distrito del Desierto del Colorado: Reviste toda la parte noreste de Baja California, a

partir del nivel del mar hasta los 1,400 msnm en los linderos de Sierra de Juárez, y se

extiende hasta los 1,700 msnm en la parte este de Sierra San Pedro Mártir. Por el sur cubre

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hasta Bahía de Los Ángeles, desde Matomí y Punta San Fermín hacia el sur y se despliega

hacia el este de la sucesión montañosa que emerge paralela a la costa. Por el occidente -al

sur de San Pedro Mártir- colinda con el Distrito San Dieguense. Por el norte abarca la

Planicie del Delta y las llanuras de inundación del Río Colorado, solamente interrumpida por

algunas elevaciones montañosas, como las sierras Cucapáh, Las Pintas, San Felipe y Santa

Clara. De las especies de este distrito tenemos: codorniz gambel (Callipepla gambelli),

borrego cimarrón (Ovis canadensis), murciélagos (Myotis californicus stephens y Pizonix

vivesi,), conejos (SyIvilagus audubonii arizonae y Lepus californicus deserticola), ardillas

(Ammospermophilus leucururs y Spermophilus tereticaudus), ratones (Pherognatus baileyi y

Pherognathus arenatus paralios), coyotes (Canis latrans mearnsi y Canis latrans clepticus),

zorros (Macrotis vulpes arsipus y Urocyon cinereoargenteus), mapache (Proscyon lotor),

puma (Felis concolor), entre otras.

La Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001, para la protección ambiental de

especies nativas de México de flora y fauna silvestres, establece las categorías de riesgo y

especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio, así como la lista de especies en

riesgo. En las Tabla XIII se presentan algunas de las especies y subespecies de la flora y

fauna de Baja California en categoría de riesgo de acuerdo a la citada norma, donde las

claves que son utilizadas para identificar la categoría de riesgo de las distintas especies y

subespecies son las siguientes: ( E ): probablemente extinta en el medio silvestre; ( P ): en

peligro de extinción; ( A ): amenazada y ( Pr ): sujeta a protección especial. De las cuales no

se encuentra ninguna dentro del área de operación del Laboratorio.

Tabla XIII. Especies de Fauna de Baja California en categoría de riesgo

Especie Nombre común Estatus

AVES

Accipiter striatus Gavilán pecho rufo Pr

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Ardea herodias Garza morena Pr

Buteo jamaicensis Aguililla cola roja P

Caracara plancus lutosus Caracara quebranta-huesos E

Contopus sordidulus peninsulae Pibí de La Laguna Pr

Haliaeetus leucocephalus Águila cabeza blanca P

Micrathene whitneyi graysoni Tecolote enano E

Parabuteo unicinctus Aguililla rojinegra Pr

Rallus longirostris levipes Rascón picudo californiano P

Sphoyrapicus thyroidus Carpintero de Williamson Pr

Strix occidentales Búho moteado A

MAMIFEROS

Antilocapra americana Berrendo Pr

Arctocephalus townsendi Foca de Guadalupe P

Balaenoptera edeni Ballena de Bryde Pr

Balaenoptera musculus Ballena azul Pr

Bassariscus astutus insulicola Cacomixtle norteño A

Chaetodipus baileyi insularis Ratón-de abazones Pr

Delphinus delphis Delfín común de rostro corto Pr

Delphinus capensis Delfín común de rostro largo Pr

Eschrichtius robustus Ballena gris Pr

Leptonycteris curasoae Murciélago-hocicudo curazao A

Lepus californicus deserticota Liebre cola negra Pr

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Lepus californicus magdalenae Liebre cola negra Pr

Mirounga angustirostris Elefante marino A

Microtus californicus Meteoro de California P

Myotis evotis evotis Miotis oreja larga Pr

Myotis vivesi Miotis pescador P

Neotoma lepida abbreviata Rata-cambalachera desértica A

Notiosorex crawfordi Musaraña-desértica norteña A

Ovis canadiensis cremnobates Borrego cimarrón Pr

Odocoileus hemionus cerrosensis

Bura de isla cedros A

Peromyscus eremicus cinereus Ratón de cactus A

Peromyscus eremicus cedrosensis

Ratón de cactus A

Peromyscus eremicus insulicola Ratón de cactus A

Phocoena sinus Vaquita P

Phocoenoides dalli Marsopa de dall Pr

Scapanus latimatus Topo pata ancha A

Sylvilagus bachmani cerrosensis Conejo matorralero Pr

Tamiasciurus mearnsi Ardilla de San Pedro Mártir A

Taxidea taxu Tlalcoyote A

Zalophus californianus Lobo marino californiano P

PECES

Carcharodon carcharias Tiburón blanco A

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Cetorhinus maximus Tiburón peregrino A

Chromis limbaughi Damisela azul y amarillo o castañeta mexicana

Pr

Gasterosteus aculeatus Espinocho Pr

Lampetra tridentata Lamprea del Pacífico A

Oncorhynchus myskiss Trucha de san Pedro Mártir Pr

Pomacanthus zonipectus Ángel Cortés Pr

Rhincodon typus Tiburón ballena A

Totoaba macdonaldi Totoaba

REPTILES

Crotalus atrox Víbora de cascabel Pr

Crotalus cerastes Víbora de cascabel Pr

Crotalus enyo Víbora de cascabel A

Crotalus mitchelli Víbora de cascabel Pr

Crotalus viridis Víbora de cascabel Pr

Crotalus viridis eliert Víbora de cascabel Pr

Thamnophis elegans Culebra-listonada elegante A

Thamnophis hammondi Culebra-listonada dos rayas A

INVERTEBRADOS

Tivela stultorum Almeja Pismo Pr

Fuente: NOM-059-SEMARNAT-2001. Publicada el 6 de Marzo del 2002 En el Diario Oficial de la Federación.

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La fauna característica en la región se encuentra Invertebrados, los insectos son

probablemente, el grupo más diverso de invertebrados en las islas, ya que tienen una gran

capacidad de adaptación a ambientes muy variados y sus necesidades de espacios y

alimento son mínimas. Se encuentran en las Islas de mayor tamaño tal es el caso de la Isla

Ángel de la Guarda. Las especies que se encuentran son: Escarabajos picudos de la familia

Curculionidae, y miembros de la familia Tenebrionidae. Un reducido porcentaje son especies

acuáticas y semi -acuáticas, y viven dentro o en las orillas de las lagunas costeras o esteros.

Reptiles en la Bahía de los Ángeles y en las islas se presentan siete especies de

reptiles: tres lagartijas, un geco, una iguana endémica de la región de las grandes Islas

Sauromalus hispidus (chuckwalla) asi como dos especies de serpientes: uan culebra y una

víbora de cascabel,. De estos reptiles destacan Uta stansburiana y Sauromalus hispidus, ya

que se presentan en 10 y 6 islas respectivamente. Considerando que todas las especies

mencionadas se encuentran también en la isla Coronado, le sigue la isla Piojo con cuatro

especies. En siete de las islas no existe ningún registro de reptiles. En la isla Ángel de la

Guarda destacan la serpiente de cascabel Cotalus angelensis, la lagartija de collar o

escorpión Crotaphytus onsularis, la iguana Sauromalis hispidus y la argartija Pterosaurus

sleveni como endémicas. (2)

Mamíferos terrestres comparados con los reptiles y las aves son un grupo menos

diverso en las islas: El ratón de patas blancas (Peromyscus manucylatus assimilis),

presente en las islas Coronado, Mitlan, Pata y La Ventana, y el ratón espeniso (Chaetodipus

spinatus), presenta en la isla Ángel de la Guarda, Coronado, Mitlan y Pata. En Ángel de la

guarda se tienen reportados, además de una especie de ratón espinoso (Chaetodiptus

spinatus guardiae), un murciélago (Mytis vivesi) la rata nopalera (Neotoma lepida insularis), y

el raton de campo (Peromyscus guardia guardia) (CONANP, 2000).

LOS ARCHIPIELAGOS Ángel de la Guarda y de la Bahía de los Ángeles: así como la

zona costera frente a los canales de Ballenas y Salsipuedes, son áreas de apostadero,

previo a reproducción para miles de gallitos gaviotas, pelicanos, corcomoranes, garzas y

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pájaros bobos, entre otras especies. Las especies que se encuentran son: cormorán de

Brandt (Phalacrocorax penicillatus), pelicano café (Pelecanus occidentalis californicus), la

garza morena (Ardea herodias), garceta azul (Egreta caerulea) gaviota de patas amarillas

(Larus livens). Durante la primavera, el gavilán pescador (Pandion haliaetus), el halcón

peregrino (falco peregrinus) y el gavilán cola roja (Buteo jamaicensis). De las especies de

aves reportadas 29 que se encuentran incluidas bajo alguna categoría de protección en la

NOM-SEMARNAT-059-2001.

El Golfo de California cuenta con más de 800 especies (incluyendo los copépodos y

ostrácodos). Debido a las características oceanográficas de la zona, la fauna de

invertebrados marinos intermariales y submareales de la región de Bahía de los Ángeles es

única. Entre las especies se encuentran Peltodoris lancei un nudibranquio del cual se

conoce solo cuatro especies, todas provenientes de Bahía de los Ángeles. En la zona de

intermareas del Golfo de California se ha identificado aproximadamente 8,000 especies de

invertebrados. Muchos de estos están presentes en la región de las grandes islas de Bahía

de los Ángeles. En la zona se encuentran balanos (cirripedios), gusanos tubícolas,

caracoles, anemonas, quitones, y en ocasiones corales del genero Porites. En la zona

rocosas de las playas se refugian cangrejos como Grapsus grapsus y erizos (Echinometra

sp. Y Eucidaris sp.). En el area se a registrado un numero importante de especies de

nudibranquios, incluyendo algunas especies endémicas, también existen poblaciones de

pepino de mar (Isostichopus Fuscus) y almeja voladora (Pecten vogdesi). Se tiene también

11 diferentes especies diferentes de cumaceos (Oxyrostylis pacifica, O. tertia, Cumella sp.

Cyclaspis nubila, Cyclaspis sp, Campylaspis sp, Rubromaculata).

Peces: en toda la región central del Golfo de California y en especial de Bahia de los

Angeles, confluyen especues de elasmobranquiso que normalemnte no se encuentran de

manera abundante en el sur del golfo. Aparentemente, hay un proceso de aslamiento y de

especiación. Las principales especues reportadas son: las rayas (Rhinobatos productos,

Dasytis brevis, Myliobatis califórnica, Myliobatis longirostris y Gumnura marmorata.) y los

tiburones (Squatina Californica, Triakis semifasciata, Mustelus californicus y M. helei) (2).

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La alta productividad de las aguas de la bahía favorece la presencia de tiburón ballena

(Rhincodon typus) durante los emces de abril y noviembre.

Quelonios: especies de tortugas marinas, todas incluidas en la NOM-059-SEMARNAT-2001

con categoría de peligro de extinción. En estas se encuentran_ la tortuga prieta (chelonia

mydas) perica (Caretta caretta), la golfina (Lepidochelys olivácea) y la carey (Eretmochelys

imbricata) y la siete filos o laúd (dermochelys coriácea).

Mamíferos: en el golfo de california se ha registrado el 82% de las especies de cetáceos

que se distribuyen en el Océano Pacifico Nororiental y el 38% de las especies se han

observado de la manera sobresaliente al rorcual común, o ballena de aleta( Baleanoptera

Physalus), el rorcual tropical( Balaenoptera edeni) la ballena azul (Balaenoptera musculus),

la ballena jorobada (Megaptera noveaeabgliae), la orca (Orcinus orca), la ballena gris

(Eshrichtius robustus), el cachalote(Physester macrocephalus), el delfind e rostro

largo(Delphinus capensis) y el calderón de aletas cortas (Globicephala macrorhynha) al igual

de las especies de cetáceos están incluidas en la NOM-SEMARNAT-059-2001 bajo algún

tipo de categoría de preotecion. Entre las especies de pinnípedos que habitan aguas

mexicanas, el lobo marino de California (Zalophus califomianus) abundan en la región de las

grandes islas, donde tienen sus principales áreas de reproducción.

4.2.3. Paisaje.

Bahía de los Ángeles representa un extremo de marginación geográfica, política y

económica dentro del estado de baja california, el poblado representa la falta de inversión

pública. Más sin embargo en su paisajismo de la Bahía representa un atractivo escénico del

sitio por lo consiguiente es un atractivo turístico idóneo para esta actividad. Su calidad

paisajística es de gran calidad con valoración económica ya que en una de sus actividades

principales de las personas del poblado de Bahía de los Ángeles es el turismo. El valor

estético de Bahía de los Ángeles se puede definir a través de los recursos naturales que se

encuentran circundantes en el ecosistema de la Bahía. La calidad visual del paisaje que

presenta Bahía de los Ángeles es contrastante ya que por una parte el pueblo como ya se

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menciono da una visión de marginación geográfica, mientras que la bahía es un escenario

atractivo de calidad visual. Con respecto al desarrollo del proyecto y la operación de este en

aguas de la bahía, se plantea que de acuerdo a las características de la bahía el impacto

que podría generar la instalación de la infraestructura del cultivo seria un impacto bajo y

reversible.

4.2.4. Medio socioeconómico. Las actividades económicas más importantes dentro de Bahía de los Ángeles dependen de

los recursos marinos y/o costeros. Aunque esta actividad se realiza a pequeña escala, con

ventas locales, además de la pesca deportiva realizada por turistas que acuden a la región.

La pesca industrial realizada en la zona es la extracción de calamar, camarón y pelágicos

menores como anchoveta, sardina y macarela. Pero hasta la fecha no existen proyectos de

maricultivó en la zona, los cuales involucren tanto estaciones como actividades constantes

en el mar. La mayoría de las actividades son realizadas en periodos de tiempo parcial.

A. DEMOGRAFIA. El Municipio de Ensenada al cual pertenece el territorio de Bahía de los Ángeles, de

acuerdo con el censo poblacional en el 2010 se tuvo un registro de poblacional de 466814

habitantes.

Población Hogares y Vivienda Población Ensenada Baja California Población total, 2010 466814 3,155,070 Población total hombres, 2010 235130 1,591,610 Población total mujeres, 2010 231684 1,563,460 Porcentaje de población de 15 a 29 años, 2010 28.0 27.3 Porcentaje de población de 15 a 29 años hombres, 2010 28.3 27.4 Porcentaje de población de 15 a 29 años mujeres, 2010 27.7 27.2 Porcentaje de población de 60 y más años, 2010 7.7 6.9 Porcentaje de población de 60 y más años hombres, 2010 7.5 6.5 Porcentaje de población de 60 y más años mujeres, 2010 8.0 7.4 Relación hombres-mujeres, 2010 101.5 101.8

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Natalidad y fecundidad: Natalidad y fecundidad Ensenada Baja California

Nacimientos, 2010 9861 63,559 Nacimientos hombres, 2010 5017 32,264 Nacimientos mujeres, 2010 4844 31,295

Mortalidad:

Mortalidad Ensenada Baja California Defunciones generales, 2010 2273 15,400 Defunciones generales hombres, 2010 1353 9,561 Defunciones generales mujeres, 2010 917 5,822

Salud

Este subsistema está integrado por inmuebles que presentan servicios médicos de

atención general a la localidad. La clínica es de dependencia del gobierno estatal y puede

dar servicio a toda la localidad; sin embargo, existen problemas en la calidad del servicio que

presta por la irregularidad en el servicio, por la falta de un médico con residencia

permanente en la comunidad y por la falta de medicamentos. Todo ello minimiza y desmerita

el servicio.

Asistencia social.

El Ejercito Mexicano, instalado en un cuartel militar en la parte norte del poblado, presta

servicios de vigilancia y apoyo a la comunidad en caso de desastre.

Comercio.

Hay en la comunidad establecimientos dedicados a la comercialización y distribución de

productos al menudeo. La comercialización es básicamente de alimentos, de uso personal y

artículos para el hogar. Las tiendas tienen una función de Minisuper, en donde se puede

encontrar variedad en los artículos.

Transporte.

Este equipamiento se encuentra representado por dos aeropistas ubicadas una hacia la

parte norte del poblado, y otra que se localiza hacia el sur del mismo. Este tipo de

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equipamiento es preferible localizarlo en localidades que se encuentran en las periferias de

las ciudades, lo cual esta bien en Bahía de los Ángeles. Las aeronaves que utilizan estas

pistas (principalmente la de la parte norte), se recomienda sean de tipo ligeras de turbo

hélices y pocos pasajeros. Las pistas requieren de mantenimiento y mayores cuidados, así

como un plan de contingencia ante posibles percances aéreos en tierra.

Administración pública.

En el poblado, éste se localiza frente al parque municipal y corresponde a las oficinas

administrativas de la Delegación Política Bahía de los Ángeles, municipio de Ensenada.

Además de esta, existen las oficinas correspondientes a la Dirección en Baja California del

Área de protección de Flora y Fauna Islas del Golfo de California, por parte de la Comisión

Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP), de la SEMARNAT, que ofrece diversos

servicios vinculados fuertemente a la operación y conservación directa de las islas y su área

de influencia.

Turismo.

Por ser un sitio turístico, en Bahía de los Ángeles existe equipamiento que atiende

dicha actividad: 5 hoteles, 6 restaurantes, 2 cafés Internet, 3 talleres mecánicos, 1 tienda de

autopartes, 2 lugares de renta de botes y 24 campos turísticos con casas para vacacionar y

palapas.

Alcantarillado sanitario.

No se cuenta con ningún tipo de red sanitaria en la localidad, por lo que actualmente hay dos

sistemas usados: las letrinas, que cubren alrededor del 40% de las viviendas, y las fosas

sépticas con el 60% restante.

Electricidad y alumbrado público.

La electricidad de todo el poblado es generada por medio de combustóleo que opera

de las 7 de la mañana a las 11 de la noche, también se cuenta con alumbrado público.

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Telecomunicaciones

En la localidad hay instalación de telefonía rural, por parte de la empresa TELNOR, el

cual provee de servicio de telefonía local, de larga distancia y servicio de fax. Se cuenta con

buzón para servicio de correo postal para toda esta zona.

Hay servicio de Internet y sistema de televisión SKY, vía satelital. También hay señal que

recibe la Telesecundaria por antena aérea, y se cuenta con un radio de banda marina con la

cual se comunica dentro del área. La principal vía de acceso terrestre a la reserva de la

biosfera es a través del poblado de Bahía de los Ángeles, al cual se llega tomando una

desviación asfaltada que parte desde el punto conocido como Parador Punta Prieta, ubicado

en el Km. 476 de la Carretera Transpeninsular que recorre la Península de Baja California

desde Tijuana, en BC, hasta San José del Cabo, en BCS. A través de esta vía Bahía de los

Ángeles también recibe suministros y envía productos al mercado regional y extranjero;

representa también el principal acceso para el flujo turístico proveniente principalmente de

los Estados Unidos y las ciudades de Ensenada, Tijuana y Mexicali. La costa adyacente del

área está recorrida por caminos de terracería que permiten el acceso a las propiedades y

campos pesqueros localizados en el frente de playa. Hacia el sur, un camino de terracería

en malas condiciones comunica a Bahía de los Ángeles con la Bahía de las Animas (a 40

Km), Bahía San Rafael (a 73 Km) y a Bahía San Francisquito (a 135 Km). En el poblado,

sólo la calle principal que lo atraviesa cuenta con pavimento asfáltico, mismo que está en

malas condiciones. El resto de la localidad presenta terracerías, mal conformadas, hacia las

áreas de vivienda de la parte oeste, por la presencia de grandes rocas. Los caminos que

conectan al poblado con los campos turísticos de La Gringa y La Mona son terracería con

escaso mantenimiento. El mantenimiento del camino a Bahía depende de SCT y las

terracerías de los recursos propios del ejido.

Rutas marítimas.

Todos los puertos quedan alejados del poblado de Bahía de los Ángeles. Los puertos

relativamente cercanos son: el de San Felipe, BC, Puerto Peñasco, Bahía Kino y Guaymas,

Son. Los demás quedan a más de 350 Km de distancia, como es La Paz, BCS. No existe

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infraestructura portuaria de la SCT en el poblado ni en ninguna de las islas del área, ni en la

zona federal marítimo terrestre del área propuesta, con excepción de las balizas y faros, por

lo que el desembarque desde embarcaciones mayores es posible solo usando

embarcaciones menores o a remo.(2)

4.2.5. DIAGNOSTICO AMBIENTAL.

La zona marina conocida como Bahía de los Ángeles, canales de Ballenas y de

Salsipuedes, representa un sistema costero y marino que se caracteriza por su alta

productividad biológica, valor paisajístico y su reconocido buen estado de conservación.

Constituye un activo natural valioso para México y el mundo, en lo que respecta a la

investigación científica, recreación y pesca, así como un importante refugio natural de

diversas especies marinas. Es un importante corredor biológico para una gran cantidad de

especies de fauna marina, que adquiere mayor relevancia cuando se presenta el fenómeno

climático de “El Niño”. Además, los humedales costeros presentes en la zona representan un

hábitat importante para las aves acuáticas y playeras, tanto residentes como migratorias,

donde forman importantes colonias de descanso, reproducción y alimentación. (CONANP

2010). Bahía de los Ángeles es considerado uno de los sitios de importancia biológica y

paisajística, potencialmente dentro de sus actividades se da la pesca y el turismo (pesca

deportiva, avistamiento del tiburón ballena) en ocasiones comparten los mismos sitios y las

temporadas de estas dos actividades, las características biofísicas de Bahía de los Ángeles

la hacen unos de los sitios mas importantes para el tipo de actividades con el fin de

preservar el frágil y valioso ambiente natural, se maneja la promoción de un desarrollo

sustentable, donde los recursos naturales sean aprovechados de manera cuidadosa para su

preservación. Bahía de los Ángeles se encuentra enclavada en el valle de los Cirios, una de

las áreas naturales protegidas mas extensas (la segunda extensión después de la biosfera

de Vizcaíno, con 2,521,776 Has.) y mejor conservadas de México debido a que la densidad

de población es de las mas bajas del mundo, un habitante por cada 10 km2 este

ecosistema desértico se encuentra entre dos mares(océano pacifico y mar de Cortes)

dándole características especificas en cuanto a procesos biológicos y especies

constituyendo una alta riqueza biótica. La maricultura no ha sido una actividad realizada en

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la zona, Bahía de los Ángeles, no ha sido considerada anteriormente por la industria

pesquera a gran escala debido que se encuentra dentro de las área naturales protegidas

aunque esto no impide el desarrollo de las actividades pesqueras y acuícolas, siempre y

cuando el proyecto se comprometa a no modificar ni causar impactos irreversibles al medio

ambiente. El proyecto de maricultura de jurel en la zona significa la generación de empleos

ya que se requiere de personas capacitadas en el manejo de embarcaciones menores para

las actividades diarias del proyecto, así como buzos para el monitoreo de los organismos

entre otras actividades. También se requiere la contratación de personal para hacer la labor

de alimentadores. De manera general el proyecto será una fuente generadora de empleos

locales.

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5. IDENTIFICACION, DESCRIPCION Y

EVALUACION DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES.

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Como parte primordial se deberá identificar todos los procesos y etapas del proyecto,

para así determinar su relación con el medio ambiente y sus posibles impactos. Para así

poder evitar a tiempo un posible desequilibrio ecológico.

A continuación se dará a conocer el diseño y el programa de ejecución o aplicación de

las medidas de acción y políticas a seguir para prevenir, eliminar, reducir y compensar los

impactos adversos que el proyecto pueda provocar en cada etapa de su desarrollo. Con la

descripción de cada medida de mitigación se mencionara en qué grado se prevé abatir cada

impacto adverso. Para ello, se toma como referencia, entre otras, normas oficiales Mexicanas,

para el parámetro o parámetros analizados. De ser necesario, se propondrá y analizara varias

alternativas para la mitigación de impactos críticos (tanto directos como indirectos), a fin de

determinar las medidas más adecuadas en función del costo y la eficacia en la mitigación de

dichos impactos.

5.1. Metodología para evaluar los impactos ambientales.

METODO:

De acuerdo al término de impacto ambiental que se considera aquel que se define como

modificación del ambiente ocasionada por la acción del hombre o de la naturaleza, con esto

decimos que cualquier obra que se lleve a cabo modifica el ambiente en diversas

magnitudes, de manera directa o indirecta se altera el medio donde es llevado acabo la obra.

Para la identificación de estos impactos causados durante la realización de las obras en sus

diferentes etapas del proyecto, la identificación de aquellas actividades susceptibles de

ocasionar impactos en el medio natural, una ves identificados se establezca medidas de

mitigación ambiental las cuales permitan prevenirlas y restaurarlas de manera adecuada

reduciendo al mínimo su efecto en el ambiente y la posibilidad de no ocasionar un

desequilibrio ecológico. Ya que la evaluación de impacto ambiental es un instrumento para la

aplicación especifica e incidental directa en las actividades productivas, que permite plantear

opciones de desarrollo que sean compatibles con la preservación del medio ambiente y la

conservación de los recursos, el proyecto acuícola que se presenta pretende identificar los

posibles impactos que pudiera provocar de manera que se busca el previo análisis para

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mitigar y prevenir estos impactos con el propósito de que en cada una de sus etapas los

efectos que pudieran tener estos sobre los componentes ambientales sean mínimos o nulos.

De tal manera y en cumplimiento a la normatividad establecida con respecto al impacto

ambiental basados en el reglamento en materia de evaluación de Impacto Ambiental de la Ley

General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente se enlista las siguientes

dediciones con fines de dar un mejor manejo a las observaciones de los resultados de este

estudio para el proyecto presente:

IMPACTO AMBIENTAL SINERGICO: aquel que se produce cuando el efecto conjunto de la

presencia simultanea de varias acciones supone una incidencia ambiental mayor que la sima

de las incidencias individuales contempladas aisladamente.

IMPACTO AMBIENTAL SIGNIFICATIVO O RELEVANTE: Aquel que resulta de la acción del

hombre o de la naturaleza, que provoca alteraciones en los ecosistemas y sus recursos

naturales o en la salud, obstaculizando la existencia y desarrollo del hombre y de los demás

seres vivos, así como la continuidad de los procesos naturales.

IMPACTO AMBIENTAL RESIDUAL: El impacto que persiste después de la aplicación de

medidas de mitigación.

Para llevar a cabo una evaluación de los impactos ambientales dentro de cualquier

proyecto es necesario la identificación de las actividades o acciones que se realizaran durante

las distintas etapas de la ejecución del proyecto, las cuales pueden provocar un daño o sean

susceptibles a dejar algún tipo de cambio en el medio, de tal forma que para analizar estos

aspectos y la evaluación del impacto se realizo un estudio de los diversos métodos que

existen para la evolución de los impactos ambientales, algunos de estos métodos por

mencionar alguno se encuentran la Matriz de Leopold, (Cribado) (1971). Dicho diseño de

matriz de impactos consiste en la descripción breve de los aspectos técnicos del proyecto

sobre los factores o atributos ambientales que se ven afectados (indicadores de impacto), el

medio físico está conformado por los elementos ambientales aire, suelo y agua, el medio

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biológico agrupa los componentes de la flora y fauna, el estético resalta la belleza estética del

ambiente y el socioeconómico comprende los servicios sociales, la infraestructura, las

actividades productivas y aspectos económicos que influirán sobre la población de la región

donde se ejecutara el proyecto. Por lo que para fines de la evolución

5.1.1. Indicadores de impacto.

Para la ejecución de las obras y las actividades desarrolladas durante la realización de las

diferentes etapas del proyecto los factores que pudieran ser afectados se consideran como

indicadores lo siguientes: factores socioeconómicos (social y económico), factores bióticos(

flora, fauna, paisaje) y factores abióticos ( atmosfera, agua, suelo etc.,) los cuales son los

indicadores potenciales para el análisis de los mismos usados como índices cualitativos por

ser representativos de los medios y de fácil identificación.

Así estos factores descritos permiten identificar la intensidad del cambio provocado por

los impactos derivados de las obras del proyecto y la existencia de este en el medio. Estos

indicadores pueden cambiar o variar de acuerdo a la etapa a desarrollar del proyecto, pero ya

que se ha considerado la magnitud de este, se considera que los indicadores escogidos son

los que ayudaran a la evaluación del presente proyecto.

5.1.2. Relación general de algunos indicadores de impacto.

Para efectos del proyecto los factores que se verán relacionados y que podrían presentar algún impacto son:

Suelo: El suelo no se vería afectado ya que el presente proyecto tendrá su operación en un

cuerpo de agua. Se utilizara suelo para efecto de maniobras para la llegada del material y la

zona donde se realizara la construcción de las jaulas, pero se realizaran varios medidas de

mitigación, como colocación de botes de basura en diferentes puntos, se determinara solo

un punto que fungirá como estacionamiento y al momento de desalojar se realizara una

limpieza completa a todo el lugar se retiraran basureros y baños portátiles. Por lo cual no se

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considera que se tenga sobre este factor posible efecto de contaminación o modificación

grande en su topografía.

Aire: Esta indicador se cuidara al máximo su contaminación desde el levantamiento de polvo

como las emisiones de ruido ocasionado por las maquinas de trabajo. Al igual ya que se

encuentre operando la granja se vigilara y se le dará contante mantenimiento a los motores

de las embarcaciones que se encargaran de la vigilancia. Se tendrá en cuenta las diferentes

normas que existen para controlar la contaminación: NOM-081-ECOL-1994, NOM-080-

SEMARNAT-1994 Y NOM-044-ECOL-1993.

Agua: Este indicador podría ser el más afectado en la construcción y operación del

proyecto. La Empresa Baja Seas realizara varias medidas de mitigación y contemplara todas

las normas y leyes que rigen para evitar la contaminación del agua como son la NOM-001-

CNA-2000 Y NOM-052-ECOL-1993, entre otras. Ya que la mayor contaminación que se

llegara a presentar seria debido a las embarcaciones de vigilancia y mantenimiento del

cultivo así como la generación de residuos que provengan del cultivo como la generación de

materia orgánica generada del alimento no consumido.

Sedimento: Para evitar la contaminación de este indicados la empresa Baja Sea decidió la

utilización de equipo especializado para vigilar la cantidad de alimento adecuado que se

debe de suministrar, para evitar que existan residuos que pudieran contaminar el sedimento

del fondo marino. Otro punto donde se tendrá cuidado es al momento en que las jaulas

serán instaladas, para esto la Empresa realizara varios buceos para colocar las estructuras

donde no ocasionen daños colaterales que pudieran provocar algún cambio en los

organismos marinos que evitan en la Bahía.

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Fauna Marina: Para evitar efectos negativos de se tomaran varias medidas de mitigación

para evitar la fuga de algunos organismos de Jurel o la entrada de algún otros organismos

no perteneciente al cultivo. Cabe mencionar que el Jurel se encontrara en su zona de

distribución natural, es por esto que no se le considera especie invasora o peligrosa para la

zona de Bahía de los Ángeles. Otro punto donde se tendrá sumo cuidado es al momento

que la especie llegué a la zona del cultivo para esto los organismos obtenido de la Empresa

ACUINOR, deberán cumplir con cada uno de los requisitos de sanidad acuícola estipulados.

De igual forma la Empresa Baja Seas tendrá en cuenta las diferentes normas que rigen el

manejo de especies vivas como son NOM-011-PESC-1993, NOM-059-ECOL-1993, NOM-

010-PESC-1993, entre otras. Los cuidados que la empresa Baja Seas a tomado para evitar

la contaminación tanto del agua como del sedimento es para evitar que se llegué a provocar

algún daño en la flora y fauna que evitan en las aguas de Bahía de los Ángeles.

Paisaje: El paisaje que presenta Bahía de los Ángeles presentara un impacto temporal no

adverso en la zona ya que el impacto que se observaría en el paisaje es la presencia de

infraestructura de las jaulas.

5.2. Criterios y metodologías de evaluación. Los criterios de evaluación, hacen una mejor caracterización y medición de los posibles

impactos procedentes de la construcción y operación del presente proyecto. Para evaluar los

impactos ambientales, se tomo en cuenta diferente criterios, los cuales cumplen con la

caracterización adecuada para la evaluación del presente proyecto.

Se aplicara la evaluación a través del método de la Matriz de Leopold modificada con

Cribado la cual ayudara al análisis y evaluación del cumplimiento de la normatividad ambiental

aplicable, así como los posibles impactos negativos o adversos que se llegaran a presentar

por la construcción y operación del proyecto “Maricultivó de Jurel (Seriola sp.), en la Costa de

Bahía de los Ángeles, Baja California”. Esta matriz modificada permite una evaluación amplia

de distintos factores y parámetros que se pudieran afectar

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5.2.1. Criterios. Para evaluar los impactos ambientales, se tomo en cuenta diferente criterios, los cuales

cumplen con la caracterización adecuada para la evaluación del presente proyecto. Los

criterios que se tomaron en cuenta son los siguientes:

Signos: Se refiere si el impacto es:

Positivo (+). El impacto que se presento beneficio.

Negativo (-). El impacto que se presento adverso.

Neutro (*). El impacto que se presento no mostró ningún cambio.

No significativo Cuando el impacto puede dejar de ejercer acción en cuanto la

actividad se detiene.

Significativo Cuando el impacto modifica las características del medio, pero en

un lapso de tiempo se puede recuperarse

Muy significativo Cuando el impacto afecta de manera permanente las

condiciones del medio.

Viabilidad de adoptar medidas de mitigación: Que un determinado impacto se

puede minimizar con la aplicación de medidas de mitigación.

5.2.2. Metodología de evaluación y justificación de la metodología seleccionada.

La metodología seleccionada para la evaluación del presente proyecto es por medio de la

Matriz de Leopold modificada de cribado. Se tomo la decisión de utilizar esta metodología

debido a que ayuda a reconocer los efectos positivos y negativos del proyecto. Esta

metodología considera tres etapas en la ejecución del proyecto como: Etapa de preparación

del sitio, Etapa de construcción y Etapa de operación y en la parte del escenario ambienta

considera: Factores del medio abiótico, Factores del medio biótico y Factores del medio

socioeconómico. Una vez identificada las relaciones entre acciones del proyecto y factores

ambientales, se procede con la asignación de una calificación genérica de impactos

significativos y no significativos, positivos, negativos y neutros, con posibilidades de

mitigación. Este grupo de interrelaciones se avaluarán y posteriormente se realizara una

descripción y metida de mitigación. Se consideran primordiales las características naturales

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del área por lo cual se tiene como objetivo el cumplimiento de la normatividad ambiental

aplicable al proyecto, con la finalidad de que los posibles impactos negativos o adversos se

puedan minimizar o evitar con alguna medida de mitigación.

Para las diferentes etapas del proyecto, los posibles impactos que se pudieran llegara a

presentar se analizaran y buscara la medida de mitigación mas adecuada para reparar o

evitar este impacto para así lograr o evitar que el medio ambiente se dañado. Debido a que

el proyecto se desarrollara en un cuerpo de agua se tomara una vigilancia constante tanto de

la evolución de los organismos como de la cantidad de alimento que se les proporcione ya

que este indicador es el mas importante para evitar alguna contaminación en el cuerpo de

agua que pudiera dañar tanto al medio nativo del lugar como la calidad de los organismos que

estas definidos como alimento para el ser humano.

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6 MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE MITIGACION DE LOS IMPACTOS

AMBIENTALES.

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6.1. Descripción de la medida o programa de medidas de mitigación por competente ambiental.

Después de haber evaluado y analizado de manera minuciosa todos y cada uno de los

impactos ambientales se presentan las medidas de mitigación propuestas para minimizar y

prevenir los impactos hacia el medio ambiente en la zona donde se pretende desarrollar el

presente proyecto.

Etapa de preparación del sitio:

En la etapa de preparación del sitio se analizaron dos puntos el primero es el Análisis de

parámetros físico-químicos y la selección del sitio de instalación de jaulas. Estos dos

indicadores de impacto van junto ya que para seleccionar el sitio donde se iniciara la

operación de las jaulas, primero se realizaran medidas a los parámetros físico-químicos para

determinar cual es el sitio que cumple con los componentes necesarios para instalar las jaulas

donde serán colocados las crías de jurel (Seriola lalandi), para su engorda. En esta etapa no

se detecta ningún daño al medio ya que esta solo consistirá en realizar los análisis necesarios

para determinar el punto donde serán colocadas las primeras jaulas de operación del

presente proyecto.

Etapa de construcción:

En la etapa de construcción de analizaron diferentes indicadores de impacto los cuales

arrojaron diferentes resultados y medidas de mitigación.

TRASPORTE DE MATERIAL DE CONTRUCCION Y ARMADO DE JAULAS:

En este punto se observo que puede llegar a ocasionar impactos ambiental como erosión

debido a la maquinaria y al equipo de construcción, algún cambio en la estructura del suelo,

en la calidad del suelo, como medida de mitigación se tiene contemplado rentar una bodega o

almacén que cuente ya con las instalaciones necesarias para esta tarea como seria piso de

cementó para evitar que las maquinas ocasione algún daño en la superficie de suelo

cambiando su morfología. De igual forma la maquinaria solo estará en el lugar el tiempo que

se tarde la empresa AKVA en construir las jaulas. También se observo que puede llegar a

existir alguna contaminación ocasionada por el ruido, vibraciones y visibilidad que general la

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maquinaria, como medida de mitigación se tratara que el almacén sea techado y con paredes

que eviten la salida del ruido, también se tendrá un programa de horario de trabajo para así

evitar que el ruido ocasione algunas molestias con la gente que vive en la localidad de Bahía

de los Ángeles. La empresa tiene contemplado generar empleos en la localidad de Bahia de

los Angeles, para la ayuda del armado de las jaulas.

RESIDUOS DE MATERIAL DE CONSTRUCCION DE JAULAS.

Ya terminada la construcción de las jaulas se realizara una limpieza completa a la zona

donde se realizo la construcción de las jaulas retirando todo el residuo de material que quedo,

se tendrán tres puntos de manejo a estos residuos, uno se va a checar y definir que material

puede servir de reusó para la misma empresa, dos si se llega observar materia que le sirva a

la gente aledaña al lugar se les donara y por último lo que se considere como basura esta

será llevada al basurero publico.

INSTALACION DE JAULAS, INFRAESTRUCTURA AUXILIAR Y TRASPORTE DE EQUIPO

AUXILIAR PARA LA OPERACION.

En este punto se tiene un cambio en desde la superficie del agua, en la calidad del agua,

en el fondo marino y como un cambio en los organismos que evitan en Bahía Magdalena.

Ya que se instalará las jaulas, esto ocasionando un cambio en el ecosistema de la Bahía

pero los impactos que se pudieran llegar a presentar con el tiempo tendrán una regeneración

natural, esto debido a que los impactos serán no significativos para el medio y organismos

teniendo una adaptación al sistema de anclaje. La Empresa Baja Seas como medida de

mitigación y prevención realizara chequeos al fondo marino por medio de buceo para

determinar la zona donde se colocaran estos sistemas de anclaje y así evitar dañara el

ecosistema marino que vive en el fondo. La jaulas cuentan con la infraestructura adecuada

para evitar la entrada y salida de los organismos tanto que viven en la Bahía como los

pertenecientes a los cultivos de engorda. Cabe aclarar que el jurel se encuentra en su zona

natural de distribución. Otro punto donde se observa que se pudiera tener un impacto es

ocasionado por el ruido y humo que se arroje de las embarcaciones que se utilicen para el

traslado de las jaulas y el equipo de operación como medida de mitigación la Empresa Baja

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Seas le realizara un mantenimiento previo a cada una de las embarcaciones a utilizar y su

tiempo en el agua dependerá de la facilidad de instalar los sistemas de anclaje una vez

terminado la instalación estas serán retiradas, no se observa un impacto significativo ya que

gracias a las corrientes del lugar se tiene un constante recambio de agua en la zona.

Etapa operación y mantenimiento:

En esta etapa se analizaron los impactos que se pudieran llegar a presentar por la

operación de las jaulas en el cuerpo de agua. Se analizaron las siguientes actividades:

SIEMBRA, ALIMENTACION Y COSECHA DE CRIAS DE JUREL.

Para la siembra de los organismos se le solicitara a la Empresa ACUINOR que compruebe

la calidad y salud de las crías que se siembran, de igual forma se le exigirá el mayor cuidado

al momento de la trasportación, esto para asegura que los organismos no sufran un grado de

stress que les pudiera ocasionar alguna problema de salud. Ya que las crías se encuentren en

el sitio de operación se realizara primero la aclimatación el cual la empresa seguirá cada uno

de los pasos adecuados para la aclimatación, para evitar de igual forma el stress en los

organismos. Ya aclimatados y soltados los organismos se les dejara un periodo si alimento

esto para que los organismos se estabilicen y posteriormente se les comenzara la

alimentación, se tendrá un control por medio de bitácoras de los totales de siembra, esto

como medida de mitigación la empresa Baja Seas contara con el equipo mas moderno y

especializado para la alimentación, ya que es un punto donde la empresa a puesto toda su

atención para estar dando la cantidad necesaria a los organismos para evitar un cantidad de

sobra de alimento que pudiera contaminar el agua de la zona de cultivo de igual forma la

empresa Baja Seas cuenta con cámaras especializadas para la inspección y chequeo del

fondo de las jaulas esto para observar el acumulado de la materia orgánica de los

organismos, de igual forma se realizaran buceos para retirar aquellos acumulados que se

llegaran a observar. Otro punto que se analizo es al momento de la cosecha el cual se

realizara con sumo cuidado para evitar dañar a los peces afectando su calidad de producto. El

producto se distribuirá a sus puntos de compra en un tiempo de dos días esto para entregar el

producto fresco ya que su mayor numero de distribución esta determinado para el alimento

como sashimi.

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El paisaje para la empresa Baja Seas es de suma importancia, ya que Bahía de los

Ángeles cuenta con un paisaje sobresaliente el cual no se quiere dañara. Se realizaran

estudios de prospección para la ubicación de las jaulas. Se observara que donde se instalen

las jaulas existan corrientes que mantengan un flujo contante para así evitar que se presente

alguna contaminación, Se realizaran verificaciones al sistema de agarre y sujeción de las

jaulas al fondo marino para asegura que se mantengan en su lugar

MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA DE JAULAS. Después de cada cosecha se le realizara un mantenimiento a todo el sistema de anclaje y

jaulas para detectar algún daño que pudiera ocasionar algún escape de las nuevas crías. Se

les realizara un monitoreo contante a las jaulas cuando se encuentren operando, para evitar

de igual forma fugas o entradas de algún otro organismos no perteneciente al cultivo de

engorda.

6.2. Impactos residuales. Como impactó residual se podría tener la acumulación de materia orgánica en el fondo

marino es por esto que se recomienda que la empresa realice mínimo cada 2 anos un cambio

de posición de las jaulas esto para evitar este problema. Al igual que se le recomienda a la

Empresa Baja Seas, que en un futuro se determine otra superficie para el cultivo esto para

que la empresa tenga una regeneración en el medio donde se encuentra. Este método es

muy usado en cuestiones de agronomía teniendo como resultado una vida larga de la zona de

operación.

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7 . PRONOSTICOS AMBIENTALES Y EN SU CASO, EVALUACION DE

ALTERNATIVAS.

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7.1. Pronostico del escenario. Este proyecto tendrá un impacto positivo en la economía local, ya que se piensa siempre

darle preferencia a el personal que viven el las regiones aledañas. Al igual que este proyecto

realizara cada una de las meditas preventivas y de mitigación, para que se mantenga una

compatibilidad con el medio ambientalmente por un tiempo indefinido, asegurándonos un

mayor de vida de operación.

7.2. Programa de vigilancia ambiental.

Se tienen contemplado varios puntos de monitoreo

En esta etapa se le recomienda a la empresa que se determine a un encargado de la

vigilancia de la zona de operación y que se vigile en todo momento las zonas donde ese

colocara el material y la maquinaria de construcción donde no impidan el libre transito

del personas que elaboran, de igual forma evitar alguna contaminación derivada de

materia o maquinaria.

Se le solicita a la empresa Baja Seas que cuente con la cantidad necesaria de sanitarios

para en numero de personal que se encuentre elaborando, y que se le realice un

mantenimiento y limpieza diaria para evitar la liberación de residuos solidos o malos

olores que pudieran contaminar.

El momento de estar construyendo las jaulas se vigilara de cerca donde se coloca el

material y la maquinaria que se utilizara, y al finalizar su construcción se realizara un

sondeo en la zona de trabajo para detectar residuos de materia que hallan quedado para

poderlos recoger y mandar a su destino final, ya sea una recicladora, el basurero o al

almacén como material para reusó.

En caso de generarse algún residuo como de aceite gasolina esto se recogerá y

almacenara para posteriormente se dará aviso a la empresa con la que se allá hecho el

contrato para su recolección.

Ya que la granja se encuentre operando se realizaran mínimo 1 vez al día ya se a por

medio de las cámaras o por buceo un chequeó a los residuos que se están obteniendo,

como de igual forma se tendrá que hacer un monitoreo visual de la cantidad de

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organismos que se tiene para que se tenga una comparación y se esté dando la

cantidad de alimento adecuado.

De igual forma se le realizara diario un análisis a los parámetros físico-químicos para

registral la calidad del agua y asegurarse que exista un recambio contante.

A los organismos también se le realizaran estudios y se mantendrán en una observación

contante para detectar a tiempo cualquier cambio en su fisiología o comportamiento que

pudiera derivarse de alguna bacteria, virus, etc.

Se recomienda a la empresa que realice un análisis ambiental cada 6 meses para

detectar algún cambio que este provocando la operación de la granja y poder aplicar las

medidas de mitigación y prevención correctas.

Se le realizara un monitoreo a la estructura de la jaula una vez al día esto para detectar

algún daño en las jaulas que pudieran ocasionar alguna fuga de los organismos que se

tiene en cautiverio, al igual que también para evitar la entrada de algún otro organismos

no perteneciente al cultivo.

Se vigilara las emisiones de ruido que se tengan por el transito de la embarcación al

igual por la maquinaria de alimentación.

Este proyecto tiene claro cada una de las Normas, leyes y reglamentos que se deben de

seguir para evitar danos ambientales, por lo que se vigilara que se lleven acabo cada uno de

ellos para una operación correcta de la granja.

7.3. Conclusiones.

En cada etapa en que se realizara el proyecto es importante investigar los factores que

interviene en el medio donde se pretende realizar las obras, para la operación del proyecto,

los cambios ocasionados al medio pueden llegar a afectar benéficamente mientras otros

afectaran negativamente.

Para fines del proyecto fue necesario realizar este análisis minucioso del medio para

definir que alteración se podría ocasionar en el medio pero sobre todo la forma de poder

prevenir y mitigar estos daños que se pudieran ocasionar durante la construcción y

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operación del proyecto. Con base a estos resultados obtenidos por medio de la realización

de la Manifestación de Impacto Ambiental para el desarrollo del Maricultivó de Jurel (Seriola

sp.) en las costas de Bahía Magdalena Baja California Sur. Presentado por la empresa

BAJA SEAS, S. de R.L. de C.V. Se determina que básicamente el impacto negativo que se

pudiera dar durante la duración del proyecto es la cantidad de materia orgánica que se

produjera a causa del alimento no consumido por los peces y los desechos de materia

orgánica de los mismos peces de cultivo, la carga de materia orgánica liberada al medio

afectaría principalmente a organismos asentados en el suelo marino dentro del área

concesionada de las jaulas de engorda. Este impacto negativo sobre el medio de la

comunidad donde se desarrolla el cultivo abarcando el área de maniobras y cultivo de

engorda causa un efecto relativo de modificación, sin embargo este daño es producto

indirecto de la necesidad de desarrollo social. Este efecto sobre el ambiente se considera

que no solo afectaría a la flora y fauna silvestre, si no también de agravarse tendrá un

efecto sobre la salud de los peces en cultivo. Este impacto el que puede ser mas alarmante

para el medio ambiente y hasta para el mismo cultivo se ha considerado y analizado, el

hecho de la producción de esta materia orgánica y que este circundante en el medio, y

depositada en zonas aledañas del cultivo se considera que este tipo de materia al ser

biodegradable y encontrarse en una zona con las características físicas de la circulación

natural del medio puede dispersarse y ser asimilada por organismos bentónicos , por lo que

ayudaría a que el impacto sea poco o disminuido en la zona. Estas consideraciones acerca

del impacto agravante se puede disminuir al tomar en cuenta estas consideraciones,

durante el desarrollo del proyecto realizar la determinación de las tasas de alimento para

poder estimar el alimento que será consumido por los organismos en cultivo minimizando el

desperdicio de este, y disminuyendo una de las fuentes de materia orgánica al medio.

Estimar las cargas máximas de biomasa en el cultivo, con la finalidad de ayudar con la

carga que el ambiente puede asimilar. Considerar los factores físicos oceanográficos del

área solicitada, ya que esta ayudara a que las instalaciones del cultivo estén acorde a la

circulación natural y se logre la dispersión de esta materia ayudando a que esta no se quede

acumulada y se disuelva o sea desintegrada por organismos en otros sectores o áreas de la

bahía. El proyecto busca la sustentabilidad para el desarrollo de esta industria la cual implica

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la interacción con el medio ambiente y el medio social, el objetivo principal del proyecto es

que se logre un desarrollo con benéficos sociales para la zona, sin consecuencias

ambientales y consiguiendo una derrama económica constituyente una nueva industria para

el estado de Baja California Sur.

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REFERENCIAS.

CONABIO http://www.conabio.gob.mx/conocimiento/regionalizacion/doctos/rhp_007.html

SEGOB Secretaría de Gobernación 2010©Fuente: http://www.gbcs.gob.mx, http://www.fundacionbc.org/baja.htm

Sistema Nacional de Información Municipal Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipalhttp://www.snim.rami.gob.mx/

INAFED con base en PNUD e INEGI. Censo de Población y Vivienda 2010. http://www.e-local.gob.mx/wb2/ELOCAL/EMM_bajasur.

Anuario Estadístico de Acuicultura Y pesca 2010 Comisión Nacional de Acuicultura y Pesca.

Carta Nacional Pesquera 2010.

Anuario estadístico INEGI 2010 estadísticas de Baja California Sur.

Guía para la Identificación de especies para los fines de la Pesca, Pacifico Centro- Oriental Vol. II. FAO.

Prontuario de Información Geográfica municipal de los estados Unidos Mexicanos. Comondú, Baja California Sur. 2009.

Investigaciones Geográficas, Boletín del Instituto de Geografía, UNAM ISSN 0188-4611, Núm. 67,2008 pp. 39-58. Cambio de uso de suelo y vegetación en la Península de Baja California, México.

Ley General de Vida Silvestre.

Reglamento de la Ley de Pesca.

Plan Nacional de Desarrollo 2007 – 2012.

Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente. Ultima reforma publicada DOF 30-08-2011

Reglamentó de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental.

Norma Oficial Mexicana NOM-006-CNA-1997.

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Norma Oficial Mexicana NOM-007-CNA-1997.

Norma Oficial Mexicana NOM-043-SEMARNAT-1993.

Norma Oficial Mexicana SEMARNAT NOM-ECOL-059-2001.

Norma Oficial Mexicana NOM-001-ECOL-1996.

Norma Oficial Mexicana NOM-052-ECOL-1993.

Norma Oficial Mexicana NOM-011-PESC-1993.

Norma Oficial Mexicana NOM-059-ECOL-1994.

Norma Oficial Mexicana NOM-010-PESC-1993.

Norma Oficial Mexicana NOM-081-ECOL-1994.

Norma Oficial Mexicana NOM-044-ECOL-1993.

Norma Oficial Mexicana NOM-113-ECOL-1998.

Norma Oficial Mexicana NOM-001-STPS-1999.

Norma Oficial Mexicana NOM-026-STPS-1998.

Norma Oficial Mexicana NOM-007-CNA-1997.

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GLOSARIO.

Impacto ambiental: Modificación del ambiente ocasionada por la acción del hombre o de

la naturaleza.

Impacto ambiental significativo o relevante: Aquel que resulta de la acción del hombre o

de la naturaleza, que provoca alteraciones en los ecosistemas y sus recursos naturales o

en la salud, obstaculizando la existencia y desarrollo del hombre y de los demás seres

vivos, así como la continuidad de los procesos naturales.

Duración: El tiempo de duración del impacto; por ejemplo, permanente o temporal.

Importancia: Indica qué tan significativo es el efecto del impacto en el ambiente. Para

ello se considera lo siguiente:

a) La condición en que se encuentran el o los elementos o componentes ambientales que se verán afectados.

b) La relevancia de la o las funciones afectadas en el sistema ambiental.

c) La calidad ambiental del sitio, la incidencia del impacto en los procesos de deterioro

d) La capacidad ambiental expresada como el potencial de asimilación del impacto y la de regeneración o autorregulación del sistema.

e) El grado de concordancia con los usos del suelo y/o de los recursos naturales actuales y proyectados.

Naturaleza del impacto: Se refiere al efecto benéfico o adverso de la acción sobre el

ambiente.

Medidas de prevención: Conjunto de acciones que deberá ejecutar el promovente para

evitar efectos previsibles de deterioro del ambiente.

Medidas de mitigación: Conjunto de acciones que deberá ejecutar el promovente para

atenuar el impacto ambiental y restablecer o compensar las condiciones ambientales

existentes antes de la perturbación que se causare con la realización de un proyecto en

cualquiera de sus etapas.

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Sistema ambiental: Es la interacción entre el ecosistema (componentes abióticos y

bióticos) y el subsistema socioeconómico (incluidos los aspectos culturales) de la región

donde se pretende establecer el proyecto.

Componentes ambientales críticos: Serán definidos de acuerdo con los siguientes.

Criterios: fragilidad, vulnerabilidad, importancia en la estructura y función del sistema,

presencia de especies de flora, fauna y otros recursos naturales considerados en alguna

categoría de protección, así como aquellos elementos de importancia desde el punto de

vista cultural, religioso y social.

Daño ambiental: Es el que ocurre sobre algún elemento ambiental a consecuencia de un

impacto ambiental adverso.

Desequilibrio ecológico grave: Alteración significativa de las condiciones ambientales en

las que se prevén impactos acumulativos, sinérgicos y residuales que ocasionarían la

destrucción, el aislamiento o la fragmentación de los ecosistemas.

Signo: Muestra si el impacto es positivo (+), negativo (-) o neutro (o). En ciertos casos

puede ser difícil estimar este signo, puesto que conlleva una valoración que a veces es en

extremo subjetiva, como pueden ser los incrementos de población que se generan como

consecuencia de la nueva obra, o la alteración (positiva) de la dinámica hidrológica de un

estero, al favorecer el ingreso continuo de agua marina a su interior como consecuencia del

movimiento de sus masas de agua con la extracción de la misma para la alimentación de

un complejo de granjas acuícolas, etc.

Desarrollo: Considera la superficie afectada por un determinado impacto. Este criterio

puede ser muy difícil de cuantificar en los proyectos acuícolas, sin embargo cuando su

consideración es viable, es recomendable incluirlo pues su definición ayuda

considerablemente en la valoración de los impactos al ambiente.

Viabilidad de adoptar medidas de mitigación: Dentro de este criterio se resume la

probabilidad de que un determinado impacto se pueda minimizar con la aplicación de

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medidas de mitigación. Es muy importante que esa posibilidad pueda acotarse

numéricamente para señalar el grado de que ello pueda ocurrir.

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ANEXOS.

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REGISTRO NACIONAL DE LA

PESCA Y ACUACULTURA (RNPA).

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CONSTANCIA DEL ARTICULO 32-D

DEL CODIGO FISCAL DE LA

FEDERACION.

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COMPROBANTE DE

DOMICILIO.

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IDENTIFICACION OFICIAL

DEL REPRESENTANTE

LEGAL.

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CEDULA PROFESIONAL TECNICO.

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MATRIZ DE LEOPOLD MODIFICADA

DE CRIBADO.

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EROSION. (*) (*)

ESTRUCTURA DEL SUELO (*) (*)

CALIDAD DEL SUELO. (*) (*) (*)

SUPERFICIALES. (*) (*) (*) (*) (*) (*) (*) (*)

FONDO MARINO. (*) (*) (- ) (*)

CALIDAD DEL AGUA. (*) (*) (*) (*) (*) (*)

CONTAMINACION. (*) (*) (*) (- ) (*)

RUIDO Y VIBRACIONES. ( -) ( -) ( -) ( -) (*) (*) (*) (*)

CALIDAD DEL AIRE (*) (*)

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FAU

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ACUATICA (*) (*) (*) (*) (*) (*) (*)

VISIBILIDAD (*) (*) (*) (*) (*) (*) (*)

OLOR (*) (*) (*) (*)

APARIENCIA DEL AGUA. (*) (*)

ESTILO Y CALIDAD DE VID (+)

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GENERACION DE EMPLEO (+) (+) (+) (+) (+) (+) (+) (+) (+) (+) (+) (+) (+) (+)

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( 1 ) = NO SIGNIFICATIVO.

( 2 ) = SIGNIFICATIVO.

( 3 ) = MUY SIGNIFICATIVA.

( ) = VIALIDAD DE ADOPTAR MEDIDAS DE MITIGACION.

SIMBOLOGÍA APLICADA:

( + ) = POSITIVO.

( - ) = NEGATIVO.

( * ) = NEUTRO.