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“PUERTA DE HIERRO RESIDENCIAL PRIVADA CASTILLA, MUNICIPIO DE MONTERREY, NUEVO LEÓN” 1 MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL EN LA MODALIDAD PARTICULAR PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO EN LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y PROTECCIÓN AL AMBIENTE. PROMOVIDO POR: VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO S.A. DE C.V. ELABORADO POR: Ing. M.C. Luis Gerardo Cuéllar Rodríguez Cédula Profesional M. C.: 3107382 Cédula Profesional Ing. Forestal: 1607198 Ing. Manuel Unzueta Barragán Cédula Profesional Ing. Forestal: 5524848

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“PUERTA DE HIERRO RESIDENCIAL PRIVADA CASTILLA, MUNICIPIO DE MONTERREY, NUEVO LEÓN”

1

MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL EN LA MODALIDAD

PARTICULAR PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO EN LA LEY

GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y PROTECCIÓN AL AMBIENTE.

PROMOVIDO POR:

VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO S.A. DE C.V.

ELABORADO POR:

Ing. M.C. Luis Gerardo Cuéllar Rodríguez

Cédula Profesional M. C.: 3107382

Cédula Profesional Ing. Forestal: 1607198

Ing. Manuel Unzueta Barragán

Cédula Profesional Ing. Forestal: 5524848

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INTRODUCCIÓN

En cumplimiento a lo establecido en la Ley General del Equilibrio Ecológico y

Protección al Ambiente y su Reglamento, así como, de la Ley General de

Desarrollo Forestal Sustentable y su Reglamento, se somete a evaluación y

dictamen por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

(SEMARNAT) la presente Manifestación de Impacto Ambiental Modalidad

Particular de un predio ubicado en el municipio de Monterrey, Nuevo León para el

establecimiento de un desarrollo habitacional y comercial.

El propósito del estudio es someter a consideración de la Autoridad Federal la

correspondiente solicitud de cambio de uso del suelo en terrenos con aptitud

forestal para una propiedad que cuenta con una superficie total de 90.588045 de

la cual se requieren para el cambio de uso de suelo forestal 12 has.

En este documento se analiza la información generada en campo, así como

información histórica y cartográfica de la zona de tal manera que se ponderan las

necesidades, las susceptibilidades y las problemáticas ambientales; para

presentar alternativas que reduzcan los efectos negativos que se pudieran generar

en el ambiente y la salud de los habitantes.

Importante es considerar que el establecimiento del desarrollo habitacional y

comercial generará beneficios económicos y sociales para los habitantes del

municipio de Monterrey y de su Área Metropolitana (AMM).

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El polígono de 12 has requerido para el establecimiento del desarrollo habitacional

y comercial se ubica entre las Avenidas Paseo de los Leones y Lincoln, en el

municipio de Monterrey en el Estado de Nuevo León. Las zonas habitacionales y

vías de comunicación son el paisaje que rodea el predio en cuestión. No se

encontró evidencia de uso actual. El tipo de vegetación que cubre el predio es

matorral submontano, cuyos elementos florísticos sobresalientes son chaparro

prieto (Acacia rigidula) y la anacahuita (Cordia boissieri), no se encontraron

especies enlistadas en la Norma Oficial Mexicana-059-SEMARNAT-2010.

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CONTENIDO

I. DATOS GENERALES DEL PROYECTO, DEL PROMOVENTE Y DEL RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL .......................................................................... 6

I.1 Nombre del proyecto ..................................................................................................... 6

I. 2 Ubicación del Proyecto ................................................................................................. 6

I.3 Tiempo de vida útil del proyecto ................................................................................... 8

I.4 Presentación de la documentación legal ...................................................................... 8

I.5 Datos generales del promovente .................................................................................. 8

I.6. DATOS GENERALESDEL RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL ..................................................................................................................... 10

II. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO ................................................................................... 12

II.1 Información del proyecto ............................................................................................ 12

II.2 Características particulares del proyecto ................................................................... 15

III. VINCULACIÓN CON LOS INSTRUMENTOS DE PLANEACIÓN Y ORDENAMIENTOS JURÍDICOS APLICABLES ................................................................................................... 27

IV. DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA AMBIENTAL Y SEÑALAMIENTO DE LA PROBLEMÁTICA AMBIENTAL DETECTADA EN EL ÁREA DE INFLUENCIA DEL PROYECTO .......................................................................................................................... 64

IV.1 Delimitación del área de estudio .............................................................................. 64

IV.2 Caracterización y análisis del sistema ambiental ..................................................... 66

V. IDENTIFICACIÓN, DESCRIPCIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES................................................................................................................... 107

V.1 Metodología para identificar y evaluar los impactos ambientales .......................... 109

V.2 Descripción de los impactos ambientales identificados .......................................... 115

VI. MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE MITIGACIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES ............................................................................................................................................ 117

VI.1 Descripción de la medida o programa de medidas de mitigación o correctivas por componente ambiental ................................................................................................... 117

VI. 2 Impactos Residuales .............................................................................................. 126

VII. PRONÓSTICOS AMBIENTALES Y EN SU CASO, EVALUACIÓN DE ALTERNATIVAS ................................................................................................................. 129

VII.1 Pronóstico del escenario ....................................................................................... 129

VII.2 Programa de Vigilancia Ambiental. ....................................................................... 129

VII.3. Conclusiones ......................................................................................................... 134

VIII. IDENTIFICACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS METODOLÓGICOS Y ELEMENTOS TÉCNICOS QUE SUSTENTAN LOS RESULTADOS DE LA MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL ...................................................................................................... 137

VIII.1 FORMATOS DE PRESENTACIÓN ...................................................................... 137

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CAPITULO I. DATOS GENERALES DEL PROYECTO, DEL PROMOVENTE Y DEL

RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

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I. DATOS GENERALES DEL PROYECTO, DEL PROMOVENTE Y DEL RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

En el presente estudio se proyecta el establecimiento de un complejo habitacional

y comercial en una superficie de 12 has. El predio particular, en el que se pretende

realizar la obra se encuentra ubicado en el municipio de Monterrey, en el estado

de Nuevo León.

I.1 Nombre del proyecto

Puerta de Hierro Residencial Privada Castilla, Municipio de Monterrey, Nuevo León.

I. 2 Ubicación del Proyecto

El predio se ubica en las Avenidas Puerta de Hierro y Paseo de Los Leones en el

municipio de Monterrey en el Estado de Nuevo León (Anexo II). (En la Figura I.1

se muestra la ubicación del polígono del proyecto.

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Figura I.1 Ubicación del Proyecto Puerta de Hierro Residencial Castilla, Monterrey,

N.L..

A continuación se presentan las coordenadas UTM (Datum NAD 27) del área de

cambio de uso de suelo (CUS), conformada por un polígono, cuya superficie total

es de 12 has (Tabla I.1).

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Tabla I.1. Coordenadas UTM (NAD27) del polígono total del área del proyecto

sujeto a evaluación.

Coordenada X Y

1 357594 2848044

2 357444 2848186

3 357556 2848493

4 357575 2848485

5 357587 2848540

6 357616 2848522

7 357633 2848608

8 357602 2848618

I.3 Tiempo de vida útil del proyecto

La vida útil del desarrollo habitacional y comercial será permanente; contemplando

el establecimiento de especies nativas en las áreas verdes municipales y el

respeto de aquellas que presenten buenas características morfológicas o la

reubicación de los individuos en áreas previamente acordadas con la autoridad

competente.

I.4 Presentación de la documentación legal

Se anexa título de propiedad (Anexo I). Escritura Pública Número 67,680.

Volumen: CCCIV; Fojas: 186; Libro: 10, e inscrita en el Registro Público de la

Propiedad y de Comercio bajo el No. 3252; Vol. 267; Libro 131; Sección Propiedad

Mty, el 20 de marzo de 2007, en Monterrey, N. L.

I.5 Datos generales del promovente

Nombre o razón social VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO S.A. DE C.V. Registro Federal de Causantes (RFC): VDU-740809TT3

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Nombre del representante legal Lic. Omaet Soto Quintana ____________________________ Firma Lic.Omaet Soto Quintana Clave Única de Registro de Población (CURP) del representante legal SOQO791116HNLTNM03 Dirección del promovente para recibir o escuchar notificaciones Matamoros 1011 Pte, Monterrey N.L.

C.P.64000

Tel.: 81-82-21-21-31 Ext. 316

[email protected]

Responsable de la ejecución del proyecto.

El C. Ing. Elmer Reyna Reyna, es la persona responsable para la toma de

decisiones, respecto a paros de labores del cambio de uso del suelo y/o la

realización de acciones de urgente aplicación, ello ante el riesgo potencial o

declaración de contingencia ambiental, emitida por la autoridad competente.

El responsable y/o el promovente podrá recibir u oír notificaciones en la siguiente

dirección: Matamoros 1011 Pte, Monterrey N.L.C.P.64000 Tel.: 81-82-21-21-31

Se anexa carta de aceptación por parte del responsable. (Anexo I).

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I.6. Datos generales del responsable del Estudio de Impacto Ambiental

Nombre del responsable técnico del estudio de impacto ambiental

M.C. Luis Gerardo Cuellar Rodríguez

______________________________________

Firma M.C. Luis Gerardo Cuellar Rodríguez

Cédula Profesional: Ingeniero Forestal, N° 1607198.

Maestro en Ciencias Forestales, N° 3107382.

Registro Forestal Nacional: Libro Nuevo León Tipo UI Vol. II Núm. 17.

RFC: CURL670830PW1.

CURP: CURL670830HNLLDS04.

Dirección: 20 de Noviembre 229 Sur, Col. Centro, Linares, NL. C.P.:67700

Teléfono: (01) 821-123-43-46

Se presentan los documentos comprobatorios en el Anexo V.

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CAPÍTULO II. DESCRIPCIÓN DEL

PROYECTO

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II. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

II.1 Información del proyecto

Naturaleza del proyecto

El uso propuesto para las 12 has de superficie sujeta a CUS, consiste en la

construcción de un desarrollo habitacional y comercial. Para esto, se requiere la

remoción de la cubierta vegetal y el despalme del suelo a una profundidad

promedio de 20 cm. El predio tiene una superficie total de 90 has 5880.45 mts2,

con una servidumbre de paso de 25,534.90 m2, restando una superficie de 88 has

0345.55 mts2 y el polígono del proyecto presentará una superficie de 12 has.

El tipo de vegetación presente en el área del proyecto es Matorral Submontano.

La obra civil se desarrollará en un período de 5 años 6 meses, considerando las

siguientes actividades:

Trabajo topográfico

Obtención de permisos y/o autorizaciones

Delimitación y trazos del proyecto

Rescate y trasplante de plantas (o selección para su conservación)

Remoción de la vegetación y despalme

Acarreo de materiales

Nivelación y compactación del terreno

Excavaciones

Introducción de servicios

Vialidades internas

Edificación

Jardinería y áreas verdes

Limpieza del sitio o área del proyecto

Venta de vivienda y espacios comerciales

Operación, vigilancia y mantenimiento

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El periodo de vida útil del desarrollo habitacional y comercial no precisa ya que

debido a la naturaleza de la construcción su uso será permanente por lo que no se

considera una etapa de abandono para el proyecto.

Selección del sitio

El área poniente del municipio de Monterrey, se caracteriza por contar con

desarrollos habitacionales que proporcionan las necesidades básicas y de

comodidad para sus habitantes y de los municipios vecinos. Es por ello, que la

empresa desarrolladora VIDUSA, está diseñando complejos habitacionales

accesibles económicamente y de acceso a vialidades importantes.

El área cuenta con vegetación primaria en proceso de degradación con algunos

espacios abiertos, por lo que la calidad paisajística es considerada como media a

baja. El desarrollo del complejo habitacional contempla el diseño y establecimiento

de áreas verdes que mejoraran la calidad visual y eleven el nivel de confort de los

habitantes.

El área en la que se pretende desarrollar el complejo tiene una excelente

ubicación con respecto a grandes vialidades como el Arco Vial Saltillo-Nuevo

Laredo, lo que permitirá -en caso de obtener la aprobación correspondiente- a los

habitantes del Fraccionamiento una rápida vía de salida hacia los municipios del

norte.

Inversión requerida

Monto de inversión:

El monto total para el desarrollo del proyecto será de: $ 135´ 746,450.3 MN/100;

contemplando los siguientes conceptos:

El monto de la inversión en Urbanización será de: $ 19´130, 495.76

El monto de la inversión en Vivienda será de: $ 116´ 615, 954.5

Sin considerar los beneficios de seguros a los trabajadores y derrama económica

en la zona.

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Dimensiones del proyecto

El desarrollo habitacional y comercial que se pretende realizar requiere de la

remoción de la cubierta vegetal y el despalme del suelo con el propósito de

incorporar infraestructura vial, drenaje, la construcción de viviendas y espacios

comerciales. Para este desarrollo se requieren de 12 has (Tabla II.0) las cuales

cuentan con vegetación forestal, motivo por el cual se solicita la autorización para

el cambio de uso de suelo de mencionda superficie.

El polígono presenta una cubierta vegetal de elementos característicos del

matorral submontano, con asociación de elementos del matorral subinerme.

Tabla II.0. Vegetación sujeta a Cambio de Uso de Suelo (CUS).

SUPERFICIE SUJETA A CAMBIO DE USO DE SUELO

Superficie Área ocupada Porcentaje

Superficie sujeta a CUS (Matorral submontano) 12 has 13.24%

Superficie requerida para el proyecto 12 has 13.24%

Superficie restante 78.588045 has 86.75%

Superficie total del predio 90.588045 has 100%

Uso actual del suelo

El predio que cuenta con matorral submontano, no presenta ningún uso

actualmente. Sin embargo, en el pasado presentaba una actividad ganadera a

baja escala.

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Urbanización del área y descripción de servicios requeridos

En general, las principales obras y servicios de apoyo temporales para la

construcción del proyecto serán las siguientes:

En general, las principales obras y servicios de apoyo de forma temporal para la

construcción del proyecto serán las siguientes:

Sanitarios portátiles cuya limpieza y retiro de contenido estará a cargo

de la empresa que sea contratada para este servicio.

Subestación provisional.

Casetas móviles (oficinas).

Comedor para trabajadores.

Almacenes, bodegas y talleres provisionales.

II.2 Características particulares del proyecto

El desarrollo completo del proyecto se ejecutará en un plazo de 5 años 6 meses a

partir de la fecha de la autorización otorgada por la Secretaría de Medio Ambiente

y Recursos Naturales (SEMARNAT) para el Cambio de Uso del Suelo en Terreno

Forestal y el proceso para llevar a cabo el derribo de vegetación y despalme del

terreno, en términos generales será de la siguiente manera:

A) Se utilizará maquinaria pesada consistente en un Bulldozer tipo D-8 para el

derribo de la vegetación y el despalme.

B) Tomando en cuenta que parte del material orgánico resultante del desmonte

cuenta con diámetros menores, será triturado con la misma maquinaria y

almacenado en una zona aledaña dentro del predio junto con el suelo superficial

producto del despalme, el cual será utilizado en las áreas verdes del predio,

depositando el resto en lugares establecidos por la autoridad.

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C) El suelo superficial orgánico producto del despalme será conservado tal como

se señaló anteriormente, para posteriormente ser mezclado con el material

orgánico arriba descrito y ser utilizado para conformar las áreas verdes de este

proyecto.

D) Para la nivelación del terreno se utilizará maquinaria consistente en

motoconformadora y rodillos mecánicos.

Preparación del sitio

Trabajo topográfico

Posterior a la selección del predio se efectuaron los estudios y levantamiento

topográficos del mismo.

Obtención de permisos y/o autorizaciones

Se tramitaron los permisos y autorizaciones respectivos, solicitados por la

Autoridad Municipal. Se anexa aprobación de Proyecto Urbanístico (Anexo I). Para

dar cumplimiento a la Federación se requieren de la presentación del presente

Manifiesto de Impacto Ambiental Modalidad Particular (MIA) y del Estudio Técnico

Justificativo (ETJ).

Delimitación y trazos del proyecto.

Nivelado y compactado el terreno, se procederá al trazo del proyecto empleando

el equipo topográfico respectivo, a través de lo cual se delimitarán las

instalaciones para el establecimiento de infraestructura, oficinas y almacenes

temporales, vialidades internas, accesos, áreas verdes, estacionamientos, líneas

de salida de aguas residuales, pluviales y sanitarias, etc.

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Rescate y trasplante de especies vegetales (o selección para su conservación)

Previo a la remoción de la vegetación se rescatará y reubicarán los ejemplares

que tengan las características que les permitan sobrevivir al trasplante de Yucca

filifera (palma china) Cordia boissieri (anacahuita), Colima (Zanthoxyllum fagara),

Coma (Bumelia lanuginosa), Chapote (Diospyros texana). En caso de que la

autoridad lo juzgue conveniente, se utilizará una retroexcavadora para extraer las

plantas con cepellón y no dañar el sistema radicular.

A su vez, dentro de las áreas verdes se evitará afectar los ejemplares con mejores

características morfológicas.

Remoción de la vegetación y despalme.

Para la remoción de la vegetación se utilizará un Bulldozer D-8 y como apoyo una

retroexcavadora para las labores de extracción de raíces y troncos.

El desmonte consiste en la eliminación o remoción de la vegetación y será llevado

a cabo de manera mecánica.

Tabla II.1 Descripción de las actividades de la remoción de vegetación.

ACTIVIDAD DESCRIPCIÓN

Tala Corte de árboles y arbustos

Roza Eliminación de maleza, zacates o residuos vegetales

Desenraice Extracción de troncos o tocones con raíces

Limpia Retiro del producto de la remoción de vegetación

Trituración de material Trituración de parte del material producto del desmonte

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Las actividades de despalme, consistirán en el retiro del primer estrato de suelo

hasta encontrar un estrato de mejor calidad para la construcción, en este caso el

despalme será en promedio de 0.20 m.

El suelo producto del despalme será dispuesto dentro del predio y conservado

para su posterior utilización en las áreas destinadas para jardines (áreas verdes

municipales) del proyecto, para ello será utilizado un cargador frontal y de ser

requerido camiones de volteo. El resto de la vegetación removida será triturada y

retirada del lugar empleando cargadores frontales y camiones de volteo. La

disposición final de estos desechos será de acuerdo a las autorizaciones

municipales.

Etapa de construcción

Acarreo de materiales

Esta actividad consiste en el suministro de los materiales y equipo a utilizarse en

una primer fase para la introducción de la infraestructura de servicios, como la red

eléctrica, de gas natural, de agua potable, de drenaje y posteriormente el

establecimiento de la infraestructura como calles y casas, así como de materiales

de construcción para las oficinas y almacenes temporales, vialidades internas,

accesos, estacionamientos, líneas de salida de aguas residuales, pluviales y

sanitarias, entre otros.

Nivelación y compactación del terreno

Una vez realizado el cambio de uso de suelos del terreno forestal (remoción de la

vegetación) y el despalme del terreno, se procederá a su nivelación por medio de

una motoconformadora y un cargador frontal. Los sitios que requieran relleno

serán nivelados utilizando tierra proveniente de bancos autorizados de la zona y/o

del mismo que resulte del CUS y despalme (siempre que cumpla con los requisitos

necesarios). Paralelamente o posterior a ello, se procederá a la compactación del

mismo, empleando rodillos mecánicos.

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Con el fin de prevenir la contaminación por la dispersión de polvos, en estas

actividades se utilizará una pipa con agua para el humedecimiento del suelo.

Excavaciones e introducción de servicios

Una vez efectuado el trazo del proyecto, se procederá a las excavaciones de las

zanjas para la introducción de los servicios así como para la cimentación de las

edificaciones del proyecto, empleando retroexcavadoras, plataformas de brazo y

articuladas.

Vialidades internas

Se calcula que para el sexto mes del desarrollo del proyecto se inicie la

construcción de las vialidades internas incluyendo las áreas de estacionamiento y

patio de servicio, las que serán a base de concreto asfáltico, empleando el equipo

y maquinaria de pavimentación, como moto con formadoras, rodillos mecánicos o

aplanadoras.

Jardinería y áreas verdes

En esta etapa se utilizarán preferentemente plantas nativas de la región,

incluyendo los árboles y arbustos rescatados en el predio. Se anexa Plano

Arquitectónico que muestra la disposición de las áreas verdes, así como, árboles a

respetar y trasplantar (Anexo II).

Limpieza del sitio o área del proyecto

Esta actividad se iniciará a partir del tercer mes, retirando todos los residuos de

construcción, materiales, substratos y todo tipo de basura, trasladándolos a los

sitios autorizados correspondientes para su confinamiento y disposición final. Con

el propósito de disminuir accidentes viales.

Etapa de abandono.

Por la naturaleza del Proyecto denominado: “PUERTA DE HIERRO

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RESIDENCIAL PRIVADA CASTILLA”, no se considerada la Etapa de Abandono.

Otras consideraciones para el desarrollo del proyecto

Requerimiento de personal e insumos durante la etapa de preparación del

sitio y construcción.

Personal.

Los requerimientos de mano de obra calificada y no calificada durante la

preparación del sitio y la construcción todavía están siendo definidos, por lo que se

desconoce la cantidad de personal que se contratará para el proyecto en cuestión.

Sin embargo, se conoce que para las actividades de preparación del sitio y obra

civil no se requerirá de la contratación de personal foráneo, dado que la oferta de

mano de obra en la zona es suficiente. Por ello se considera que el proyecto no

provocará fenómenos migratorios temporales o permanentes.

Insumos de Agua, Combustibles y Energía

Durante las etapas de preparación del sitio y de construcción, los materiales

utilizados serán los comunes para dicha actividad, tales como materiales pétreos

(arena, grava, etc.), cemento, mortero, madera, acero estructural y de refuerzo,

malla ciclónica, láminas y pinturas, así como gases para soldadura (acetileno y

oxígeno), entre otros.

Se instalará la residencia de obra mediante estructura desmontable, donde se

ubicarán los almacenes para equipo y materiales, vigilancia y servicios auxiliares

(servicios sanitarios portátiles, abastecimiento de agua, energía eléctrica,

combustibles, etc.). Estas instalaciones serán de carácter temporal.

La energía eléctrica requerida durante la construcción de la planta será

suministrada por la Comisión Federal de Electricidad (C. F. E.), a través de líneas

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de distribución existentes en el área.

Los combustibles principales que se utilizarán durante esta etapa serán diesel y

gasolina para el funcionamiento de la maquinaria pesada y vehículos, los que

serán abastecidos en las estaciones de servicio cercanas al proyecto.

El agua cruda requerida será principalmente para las actividades de construcción

y para humedecer el suelo, la cual, será suministrada a través de pipas al sitio de

la obra.

Se requerirá también de agua potable para consumo de los trabajadores, la que

será suministrada por una empresa local.

En general, las principales obras y servicios de apoyo temporales para la

construcción del proyecto serán las siguientes:

Sanitarios portátiles cuya limpieza y retiro de contenido estará a cargo

de la empresa que sea contratada para este servicio.

Subestación provisional.

Casetas móviles (oficinas).

Comedor para trabajadores.

Almacenes, bodegas y talleres provisionales.

Maquinaria y Equipo

El equipo requerido para llevar a cabo las obras de construcción del Proyecto

serán los comunes tales como los siguientes que se describen en la Tabla II.2.,

aun y cuando por las necesidades propias de la ejecución de los trabajos pudieran

requerirse maquinaria o equipo adicionales, tanto de los señalados como algunos

otros adicionales, que no se encuentren enlistados.

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Tabla II.2 Maquinaria y equipo a utilizar durante la ejecución del proyecto.

TIPO DE MAQUINARIA O EQUIPO

CANTIDAD TIPO DE MAQUINARIA O EQUIPO

CANTIDAD

Bulldozer D-8 1 Retroexcavadora 2

Motoconformadora 1 Plataforma articulada 1

Rodillo mecánico 1 Plataforma de brazo 1

Rodillo pata de cabra 1 Regla láser 1

Pipa para el transporte de agua

2 Allanadoras 1

Cargador frontal 2 Equipo de pavimentación 1

A continuación en la tabla II.3 se describe el programa de actividades a seguir

para la implementación del proyecto.

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Tabla II.3 Programa de actividades para la implementación del proyecto.

ETAPAS OBRAS Y ACTIVIDADES SEMESTRES

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

PREPARACIÓN

DEL SITIO

Trabajo topográfico

Obtención de permisos y/o autorizaciones

Delimitación y trazos del proyecto

Rescate y trasplante de plantas (o selección para su conservación)

Remoción de la vegetación y despalme

CONSTRUCCIÓN

Acarreo de materiales

Nivelación y compactación del terreno

Excavaciones

Introducción de servicios

Vialidades internas

Edificación

Jardinería y áreas verdes

Limpieza del sitio o área del proyecto

OPERACIÓN

Venta de vivienda y espacios comerciales

Operación, vigilancia y mantenimiento

ABANDONO Nse considera esta etapa.

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DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES

Obras y actividades provisionales:

En general, las principales obras y servicios de apoyo de forma temporal para la

construcción del proyecto serán las siguientes:

Sanitarios portátiles cuya limpieza y retiro de contenido estará a cargo

de la empresa que sea contratada para este servicio.

Subestación provisional.

Casetas móviles (oficinas).

Comedor para trabajadores.

Almacenes, bodegas y talleres provisionales.

Descripción de obras asociadas al proyecto:

No se realizarán obras asociadas a este proyecto.

Generación, manejo y disposición de residuos sólidos, líquidos y emisiones

a la atmósfera:

El proyecto en cuestión no contempla la generación de residuos distintos a los que

se generan en otras instalaciones similares. Los residuos serán manejados

internamente y dispuestos de acuerdo a los procedimientos internos que contemplan

los lineamientos de la LGPGIR y su Reglamento.

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Infraestructura para el manejo y la disposición adecuada de los residuos:

El municipio de Monterrey cuenta con lugares adecuados y autorizados para la

disposición final de los desechos domésticos (restos de comida y empaques). Los

restos de la vegetación triturada se utilizarán para las áreas verdes ó municipales

una vez que se hayan mezclado con el suelo sobrante del despalme, en caso de

existir excedentes se consultará a la autoridad para su disposición final.

Los residuos peligrosos que pudieran generarse serán colectados en recipientes

adecuados y se solicitará el servicio de compañías especializadas para el retiro y

disposición final. Durante las etapas de preparación y construcción se colocarán

sanitarios portátiles.

Otras fuentes de daños:

No se generará otro tipo de contaminantes o daños.

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CAPITULO III. VINCULACIÓN CON LOS INSTRUMENTOS DE

PLANEACIÓN Y ORDENAMIENTOS JURÍDICOS APLICABLES

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III. VINCULACIÓN CON LOS INSTRUMENTOS DE PLANEACIÓN Y ORDENAMIENTOS JURÍDICOS APLICABLES

En consideración a la normatividad vigente en el ámbito Federal, Estatal y

Municipal relacionada con la naturaleza del presente proyecto se desglosa en este

capítulo el análisis de los instrumentos jurídicos y de regulación pertinentes.

El desarrollo sustentable integra al medio ambiente y al desarrollo económico en el

mismo plano jerárquico, como parte de una sola realidad. La sustentabilidad

dependerá del equilibrio entre la disponibilidad de los recursos naturales y las

tendencias de deterioro ocasionadas por su aprovechamiento, lo cual implica la

adopción de acciones que involucran la participación de la población, el desarrollo

de tecnologías y la modificación de los patrones de consumo en la sociedad, bajo

criterios de equidad y justicia [1].

La política ambiental tiene presente las interacciones permanentes entre la

economía y la ecología, lo que hace necesario un ordenamiento del territorio

desde el punto de vista ecológico. Como punto de partida, se incorpora el

concepto que indica que las formas de producción, los patrones de consumo y la

dinámica de la población tienen efectos directos sobre el estado de los recursos

naturales, y se plantea que la interpretación de la realidad con base en escenarios

espaciales y territoriales contribuye a explicar los problemas, dado que los

procesos ambientales tanto de sistemas biofísicos como de ecosistemas

necesariamente asumen una expresión territorial.

La política ambiental reconoce que el territorio no es sólo un espacio físico o

depósito más o menos grande de recursos naturales sino un ensamble de

ecosistemas articulados históricamente a las actividades humanas, en donde a

toda transformación o cambio social relevante corresponden significativas

modificaciones ecológicas [2]. Con ello queda claro que todo proceso de

ordenamiento territorial se plantea rigurosamente desde un enfoque

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sistémico/holístico, porque debe tratar y analizar al territorio en forma integral,

como hábitat natural, cultural, económico y social.

Tanto la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA)

como demás Leyes, Normas y Reglamentos integran al OET dentro de los

mecanismos para la aplicación de la política ambiental, y lo conciben como el

instrumento de política ambiental cuyo objetivo es regular o inducir el uso del suelo

y las actividades productivas, con el fin de lograr la protección del medio ambiente

y la preservación y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, a partir

del análisis de las tendencias de deterioro y las potencialidades de

aprovechamiento de los mismos.

El enfoque propuesto para el ordenamiento ecológico parte por lo tanto de

reconocer al territorio como un gran sistema complejo, abierto a perturbaciones

naturales, económicas y políticas, con una frontera determinada históricamente.

El OET surge entonces de la necesidad de manejar sustentablemente los recursos

naturales, por lo que, en sentido estricto, constituye un proceso de planeación

dirigido a evaluar y programar el estado, destino y manejo de los recursos

naturales en el territorio, a fin de preservar y restaurar el equilibrio ecológico y

proteger al ambiente.

El OET no supone una política estática limitada a elaborar, organizar o modelar

planos cartográficos; por el contrario, es una genuina política pública vertebradora

y dinámica que –mediante dos ejes, que son la coordinación institucional y la

participación social– induce medidas de aliento a la movilización de recursos

desde la base misma de las comunidades. Se busca con ello generar capital social

–acrecentando la confianza y cooperación entre ciudadanos, grupos sociales,

agentes económicos y autoridades de los diferentes niveles de gobierno– y

mejorar las capacidades competitivas de las regiones.

Dentro de los principales atributos de la gestión del OET destaca su visión

prospectiva. El OET fortifica el carácter preventivo de la política ambiental,

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ayudando a minimizar sustancialmente costos futuros para el país mediante la

construcción de escenarios y pronósticos basados en la aptitud, vocación,

capacidad de carga y renovación de cada porción del territorio. Por otro lado, el

OET previene y atempera potenciales conflictos sociales, al erigirse como

mecanismo de solución de controversias y encauzar la participación social como

medio para legitimar el proceso de ordenamiento territorial. El OET genera

conformidad, compromiso y acuerdos entre grupos y actores sociales con

intereses diversos. Existen espacios e instancias de participación social que

atienden a este tipo de modalidad de ordenamiento, como son las diferentes

cámaras, gremios y asociaciones de los sectores social y productivo, los comités

de Planeación para el Desarrollo Sustentable, o los talleres de ordenamiento

ecológico, entre otros.

Más importante aún es, tal vez, que el OET no es simplemente un proceso para

recolectar y organizar información sino más bien constituye una política integral

que conduce de manera sustantiva a generar conocimiento –de apropiación y

utilidad pública– sobre la localización, estado y capacidad de renovación de los

recursos naturales, convirtiéndose en un componente de primer piso para apoyar

en él otros proyectos, políticas y programas sectoriales de diverso perfil.

La política ambiental ha procurado modificar el enfoque de la gestión territorial de

manera que el OET se convierta en criterio normativo que otorgue certidumbre a la

toma de decisiones dentro de la planificación económica y social; que las

decisiones en torno a las condiciones óptimas de gasto y asignación eficiente de

recursos de un programa de desarrollo estén dirigidas por los espacios de

oportunidad que permite una planeación territorial de largo plazo [3].

Considerando la normatividad vigente en los tres niveles de Gobierno Federal,

Estatal y Municipal relacionada con la naturaleza del presente proyecto se

describen en este capítulo, el análisis de los instrumentos jurídicos y de regulación

pertinentes, cumpliendo con los lineamientos vigentes ecológicos, ambientales y

urbanísticos conforme al:

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Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012.

Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA).

Reglamento de la Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

en Materia de Evaluación de Impacto Ambiental.

o Reglamento de la LGEEPA en materia de prevención y control de la

contaminación atmosférica.

o Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

(LGPGIR) y Reglamento de la LGPGIR.

Normas Oficiales Mexicanas aplicables.

Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

Plan Estatal de Desarrollo Nuevo León 2010-2015.

Ley Ambiental del Estado de Nuevo León.

Plan de Desarrollo Urbano del Municipio de Monterrey, N. L. 2009-2012.

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PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2007-2012

La finalidad de la política económica de la presente Administración será lograr un

crecimiento sostenido más acelerado y generar los empleos formales que

permitan mejorar la calidad de vida de todos los mexicanos. Mejorar las

condiciones de vida y las oportunidades de todos, especialmente de aquellos que

viven en la pobreza, es un imperativo social. La insuficiencia de recursos

económicos y la marginación impiden satisfacer las necesidades básicas y limitan

la participación plena de los ciudadanos en los ámbitos político, social, económico

y cultural. Sin oportunidades de empleo y de participación plena en la marcha

económica del país, no es posible alcanzar un desarrollo humano integral. La

creación de empleos favorece la estabilidad, la seguridad pública y la interacción

social respetuosa de los derechos de los demás. Al mismo tiempo, el crecimiento

económico debe darse sin sacrificar los recursos naturales, respetando al medio

ambiente y sin comprometer el bienestar de generaciones futuras.

Parte importante, del PND es sin lugar a dudas la sustentabilidad ambiental

refiriéndose a la administración eficiente y racional de los recursos naturales, de

manera tal que sea posible mejorar el bienestar de la población actual sin

comprometer la calidad de vida de las generaciones futuras. Uno de los

principales retos que enfrenta México es incluir al medio ambiente como uno de

los elementos de la competitividad y el desarrollo económico y social. Solo así se

puede alcanzar un desarrollo sustentable. Desafortunadamente, los esfuerzos de

conservación de los recursos naturales y ecosistemas suelen verse obstaculizados

por un círculo vicioso que incluye pobreza, agotamiento de los recursos naturales,

deterioro ambiental y más pobreza.

Por lo que se considera de gran impacto social y económico el presente proyecto

sujeto a evaluación a través de la Secretará de Medio Ambiente y Recursos

Naturales.

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LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL

AMBIENTE

La presente Ley es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política

de los Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la preservación y restauración

del equilibrio ecológico, así como a la protección al ambiente en el territorio

nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción.

Sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto

propiciar el desarrollo sustentable y establecer las bases para: Garantizar el

derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente adecuado para su

desarrollo, salud y bienestar; Definir los principios de la política ambiental y los

instrumentos para su aplicación; La preservación, la restauración y el

mejoramiento del ambiente; La preservación y protección de la biodiversidad, así

como el establecimiento y administración de las áreas naturales protegidas; El

aprovechamiento sustentable, la preservación y, en su caso, la restauración del

suelo, el agua y los demás recursos naturales, de manera que sean compatibles la

obtención de beneficios económicos y las actividades de la sociedad con la

preservación de los ecosistemas; La prevención y el control de la contaminación

del aire, agua y suelo; Garantizar la participación corresponsable de las personas,

en forma individual o colectiva, en la preservación y restauración del equilibrio

ecológico y la protección al ambiente; El ejercicio de las atribuciones que en

materia ambiental corresponde a la Federación, los Estados, el Distrito Federal y

los Municipios, bajo el principio de concurrencia previsto en el artículo 73 fracción

XXIX - G de la Constitución; El establecimiento de los mecanismos de

coordinación, inducción y concertación entre autoridades, entre éstas y los

sectores social y privado, así como con personas y grupos sociales, en materia

ambiental, y El establecimiento de medidas de control y de seguridad para

garantizar el cumplimiento y la aplicación de esta Ley y de las disposiciones que

de ella se deriven, así como para la imposición de las sanciones administrativas y

penales que correspondan.

Basándose para el presente proyecto en la Sección V referente a la Evaluación de

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Impacto Ambiental, considerando el:

Artículo 28, que menciona que la evaluación del impacto ambiental es el

procedimiento a través del cual la Secretaría establece las condiciones a que se

sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio

ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones

aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin

de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el ambiente. Para ello,

en los casos que determine el Reglamento que al efecto se expida, quienes

pretendan llevar a cabo alguno de las siguientes obras o actividades, requerirán

previamente la autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría: I.-

Obras hidráulicas, vías generales de comunicación, oleoductos, gasoductos,

carboductos y poliductos; II.- Industria del petróleo, petroquímica, química,

siderúrgica, papelera, azucarera, del cemento y eléctrica; III.- Exploración,

explotación y beneficio de minerales y sustancias reservadas a la Federación en

los términos de las Leyes Minera y Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en

Materia Nuclear; IV.- Instalaciones de tratamiento, confinamiento o eliminación de

residuos peligrosos, así como residuos radiactivos; V.- Aprovechamientos

forestales en selvas tropicales y especies de difícil regeneración; VI.- Plantaciones

forestales; VII.- Cambios de uso del suelo de áreas forestales, así como en

selvas y zonas áridas; VIII.- Parques industriales donde se prevea la realización

de actividades altamente riesgosas; IX.- Desarrollos inmobiliarios que afecten los

ecosistemas costeros; X.- Obras y actividades en humedales, manglares, lagunas,

ríos, lagos y esteros conectados con el mar, así como en sus litorales o zonas

federales; XI.- Obras en áreas naturales protegidas de competencia de la

Federación; XII.- Actividades pesqueras, acuícolas o agropecuarias que puedan

poner en peligro la preservación de una o más especies o causar daños a los

ecosistemas, y XIII.- Obras o actividades que correspondan a asuntos de

competencia federal, que puedan causar desequilibrios ecológicos graves e

irreparables, daños a la salud pública o a los ecosistemas, o rebasar los límites y

condiciones establecidos en las disposiciones jurídicas relativas a la preservación

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del equilibrio ecológico y la protección del ambiente.

El Reglamento de la presente Ley determinará las obras o actividades a que se

refiere este artículo, que por su ubicación, dimensiones, características o alcances

no produzcan impactos ambientales significativos, no causen o puedan causar

desequilibrios ecológicos, ni rebasen los límites y condiciones establecidos en las

disposiciones jurídicas referidas a la preservación del equilibrio ecológico y la

protección al ambiente, y que por lo tanto no deban sujetarse al procedimiento de

evaluación de impacto ambiental previsto en este ordenamiento.

Para los efectos a que se refiere la fracción XIII del presente artículo, la Secretaría

notificará a los interesados su determinación para que sometan al procedimiento

de evaluación de impacto ambiental la obra o actividad que corresponda,

explicando las razones que lo justifiquen, con el propósito de que aquéllos

presenten los informes, dictámenes y consideraciones que juzguen convenientes,

en un plazo no mayor a diez días. Una vez recibida la documentación de los

interesados, la Secretaría, en un plazo no mayor a treinta días, les comunicará si

procede o no la presentación de una manifestación de impacto ambiental, así

como la modalidad y el plazo para hacerlo. Transcurrido el plazo señalado, sin que

la Secretaría emita la comunicación correspondiente, se entenderá que no es

necesaria la presentación de una manifestación de impacto ambiental.

Debiendo de integrar el articulo ARTÍCULO 30, el cual menciona que: Para

obtener la autorización a que se refiere el artículo 28 de esta Ley, los interesados

deberán presentar a la Secretaría una manifestación de impacto ambiental, la cual

deberá contener, por lo menos, una descripción de los posibles efectos en el o los

ecosistemas que pudieran ser afectados por la obra o actividad de que se trate,

considerando el conjunto de los elementos que conforman dichos ecosistemas, así

como las medidas preventivas, de mitigación y las demás necesarias para evitar y

reducir al mínimo los efectos negativos sobre el ambiente.

Cuando se trate de actividades consideradas altamente riesgosas en los términos

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de la presente Ley, la manifestación deberá incluir el estudio de riesgo

correspondiente.

Si después de la presentación de una manifestación de impacto ambiental se

realizan modificaciones al proyecto de la obra o actividad respectiva, los

interesados deberán hacerlas del conocimiento de la Secretaría, a fin de que ésta,

en un plazo no mayor de 10 días les notifique si es necesaria la presentación de

información adicional para evaluar los efectos al ambiente, que pudiesen

ocasionar tales modificaciones, en términos de lo dispuesto en esta Ley.

Los contenidos del informe preventivo, así como las características y las

modalidades de las manifestaciones de impacto ambiental y los estudios de riesgo

serán establecidos por el Reglamento de la presente Ley.

REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA

PROTECCIÓN AL AMBIENTE EN MATERIA DE EVALUACIÓN DE IMPACTO

AMBIENTAL

El Artículo 4 REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO

ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE EN MATERIA DE

EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL, manifiesta que compete a la

Secretaría:

I. Evaluar el impacto ambiental y emitir las resoluciones correspondientes para la

realización de proyectos de obras o actividades a que se refiere el presente

reglamento;

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II. Formular, publicar y poner a disposición del público las guías para la

presentación del informe preventivo, la manifestación de impacto ambiental en sus

diversas modalidades y el estudio de riesgo;

III. Solicitar la opinión de otras dependencias y de expertos en la materia para que

sirvan de apoyo a las evaluaciones de impacto ambiental que se formulen;

IV. Llevar a cabo el proceso de consulta pública que en su caso se requiera

durante el procedimiento de evaluación de impacto ambiental;

V. Organizar, en coordinación con las autoridades locales, la reunión pública a que

se refiere la fracción III del artículo 34 de la Ley;

VI. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones de este reglamento, así como la

observancia de las resoluciones previstas en el mismo, e imponer las sanciones y

demás medidas de control y de seguridad necesarias, con arreglo a las

disposiciones legales y reglamentarias aplicables, y

VII. Las demás previstas en este reglamento y en otras disposiciones legales y

reglamentarias en la materia.

A su vez, en el artículo 5 se manifiesta que cambios de uso del suelo de áreas

forestales, así como en selvas y zonas áridas requerirán autorización de impacto y

riesgo ambiental. Debiendo de contemplar los siguientes criterios:

I. Cambio de uso del suelo para actividades agropecuarias, acuícolas, de

desarrollo inmobiliario, de infraestructura urbana, de vías generales de

comunicación o para el establecimiento de instalaciones comerciales, industriales

o de servicios en predios con vegetación forestal, con excepción de la

construcción de vivienda unifamiliar y del establecimiento de instalaciones

comerciales o de servicios en predios menores a 1000 metros cuadrados, cuando

su construcción no implique el derribo de arbolado en una superficie mayor a 500

metros cuadrados, o la eliminación o fragmentación del hábitat de ejemplares de

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flora o fauna sujetos a un régimen de protección especial de conformidad con las

normas oficiales mexicanas y otros instrumentos jurídicos aplicables;

II. Cambio de uso del suelo de áreas forestales a cualquier otro uso, con

excepción de las actividades agropecuarias de autoconsumo familiar, que se

realicen en predios con pendientes inferiores al cinco por ciento, cuando no

impliquen la agregación ni el desmonte de más del veinte por ciento de la

superficie total y ésta no rebase 2 hectáreas en zonas templadas y 5 en zonas

áridas, y

III. Los demás cambios de uso del suelo, en terrenos o áreas con uso de suelo

forestal, con excepción de la modificación de suelos agrícolas o pecuarios en

forestales, agroforestales o silvopastoriles, mediante la utilización de especies

nativas.

El CAPÍTULO III, menciona los aspectos relacionados DEL PROCEDIMIENTO

PARA LA EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL, mismo que se basa en el,

Artículo 9o.- Donde menciona que los promoventes deberán presentar ante la

Secretaría una manifestación de impacto ambiental, en la modalidad que

corresponda, para que ésta realice la evaluación del proyecto de la obra o

actividad respecto de la que se solicita autorización.

La Información que contenga la manifestación de impacto ambiental deberá

referirse a circunstancias ambientales relevantes vinculadas con la realización del

proyecto.

La Secretaría proporcionará a los promoventes guías para facilitar la presentación

y entrega de la manifestación de impacto ambiental de acuerdo al tipo de obra o

actividad que se pretenda llevar a cabo. La Secretaría publicará dichas guías en el

Diario Oficial de la Federación y en la Gaceta Ecológica.

Artículo 10.- Las manifestaciones de impacto ambiental deberán presentarse en

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las siguientes modalidades:

I. Regional, o II. Particular.

Artículo 11.- Las manifestaciones de impacto ambiental se presentarán en la

modalidad regional cuando se trate de:

I. Parques industriales y acuícolas, granjas acuícolas de más de 500 hectáreas,

carreteras y vías férreas, proyectos de generación de energía nuclear, presas y,

en general, proyectos que alteren las cuencas hidrológicas;

II. Un conjunto de obras o actividades que se encuentren incluidas en un plan o

programa parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico que sea

sometido a consideración de la Secretaría en los términos previstos por el artículo

22 de este reglamento;

III. Un conjunto de proyectos de obras y actividades que pretendan realizarse en

una región ecológica determinada, y

IV. Proyectos que pretendan desarrollarse en sitios en los que por su interacción

con los diferentes componentes ambientales regionales, se prevean impactos

acumulativos, sinérgicos o residuales que pudieran ocasionar la destrucción, el

aislamiento o la fragmentación de los ecosistemas.

En los demás casos, la manifestación deberá presentarse en la modalidad

particular.

El Artículo 12, menciona que la manifestación de impacto ambiental, en su

modalidad particular, deberá contener la siguiente información:

I. Datos generales del proyecto, del promovente y del responsable del estudio de

impacto ambiental;

II. Descripción del proyecto;

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III. Vinculación con los ordenamientos jurídicos aplicables en materia ambiental y,

en su caso, con la regulación sobre uso del suelo;

IV. Descripción del sistema ambiental y señalamiento de la problemática ambiental

detectada en el área de influencia del proyecto;

V. Identificación, descripción y evaluación de los impactos ambientales;

VI. Medidas preventivas y de mitigación de los impactos ambientales;

VII. Pronósticos ambientales y, en su caso, evaluación de alternativas, y

VIII. Identificación de los instrumentos metodológicos y elementos técnicos que

sustentan la información señalada en las fracciones anteriores.

Artículo 17.- El promovente deberá presentar a la Secretaría la solicitud de

autorización en materia de impacto ambiental, anexando:

I. La manifestación de impacto ambiental;

II. Un resumen del contenido de la manifestación de impacto ambiental,

presentado en disquete, y

III. Una copia sellada de la constancia del pago de derechos correspondientes.

Cuando se trate de actividades altamente riesgosas en los términos de la Ley,

deberá incluirse un estudio de riesgo.

Artículo 19.- La solicitud de autorización en materia de impacto ambiental, sus

anexos y, en su caso, la información adicional, deberán presentarse en un

disquete al que se acompañarán cuatro tantos impresos de su contenido.

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Excepcionalmente, dentro de los diez días siguientes a la integración del

expediente, la Secretaría podrá solicitar al promovente, por una sola vez, la

presentación de hasta tres copias adicionales de los estudios de impacto

ambiental cuando por alguna causa justificada se requiera. En todo caso, la

presentación de las copias adicionales deberá llevarse a cabo dentro de los tres

días siguientes a aquel en que se hayan solicitado.

REGLAMENTO DE LA LGEEPA EN MATERIA DE PREVENCIÓN Y CONTROL

DE LA CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA.

Los artículos que resultan aplicables son 10, 12, 13, 16, 17, 17 bis, 18, 19, 21, 23,

24, 26, 27 y 28. Dichos artículos se refieren a los requerimientos que deben

cumplirse por parte de las fuentes fijas y en lo tocante al 28 se refiere a las

emisiones por fuentes móviles.

Importante dentro del presente Reglamento es el,

ARTICULO 3º, que menciona que son asuntos de competencia Federal, por tener

alcance general en la nación o ser de interés de la Federación, en materia de

prevención y control de la contaminación de la atmósfera, los que señala el

artículo 5o. de la Ley y en especial los siguientes:

I.- La formulación de los criterios ecológicos generales;

II.- Los que por su naturaleza y complejidad requieran de la participación de la

Federación;

III.- Las acciones que se realicen en la materia, en bienes y zonas de jurisdicción

federal;

IV.- Los originados en otros países, que afecten el equilibrio ecológico dentro del

territorio nacional o las zonas sobre las que la nación ejerce derecho de soberanía

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y jurisdicción;

V.- Los originados dentro del territorio nacional o las zonas sobre las que la nación

ejerce derechos de soberanía y jurisdicción, que afecten el equilibrio ecológico de

otros países;

VI.- Los que afecten el equilibrio ecológico de dos o más Entidades Federativas; y,

VII.- La protección de la atmósfera en zonas o en casos de fuentes emisoras de

jurisdicción federal.

LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS

RESIDUOS (LGPGIR).

En lo que se refiere a la LGPGIR y su Reglamento, el promovente se deberá

registrar como generador de residuos peligrosos. El proyecto en cuestión no

contempla la generación de residuos diferentes a los que se generan en otras

instalaciones similares. Los residuos serán manejados internamente y dispuestos de

acuerdo a los procedimientos internos que contemplan los lineamientos de la

LGPGIR y su reglamento.

La Ley en su Artículo 1, menciona que la Ley es reglamentaria de las disposiciones

de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la

protección al ambiente en materia de prevención y gestión integral de residuos, en el

territorio nacional.

Sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto garantizar

el derecho de toda persona al medio ambiente adecuado y propiciar el desarrollo

sustentable a través de la prevención de la generación, la valorización y la gestión

integral de los residuos peligrosos, de los residuos sólidos urbanos y de manejo

especial; prevenir la contaminación de sitios con estos residuos y llevar a cabo su

remediación.

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NORMAS OFICIALES MEXICANAS APLICABLES

A continuación se mencionan algunas de las normas que resultan aplicables al

proyecto, el listado no es exhaustivo.

NOM-052-SEMARNAT-2005.

Que establece las características, el procedimiento de identificación, clasificación y

los listados de los residuos peligrosos.

Esta norma oficial mexicana establece los procedimientos para identificar si un

residuo es peligroso, el cual incluye los listados de los residuos peligrosos y las

características que hacen que se consideren tales.

Esta Norma es de observancia obligatoria en lo conducente para los responsables

de identificar la peligrosidad de un residuo.

NOM-054-SEMARNAT-1993.

Procedimiento para determinar la incompatibilidad entre dos o más residuos

considerados como peligrosos por la norma oficial mexicana NOM-052-

SEMARNAT-2005.

De acuerdo a la información proporcionada, el proyecto seguirá utilizando el

mismo almacén temporal de residuos peligrosos.

Esta norma oficial mexicana establece el procedimiento para determinar la

incompatibilidad entre dos o más de los residuos considerados como peligrosos

por la norma oficial mexicana NOM-052-ECOL-1993, Su CAMPO DE

APLICACIÓN es de observancia obligatoria en la generación y manejo de residuos

peligrosos.

NOM-059-SEMARNAT-2010.

Protección ambiental de especies nativas de flora y fauna silvestres en categorías

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de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio en la lista de

especies en riesgo.

Esta Norma Oficial Mexicana tiene por objeto identificar las especies o

poblaciones de flora y fauna silvestres en riesgo en la República Mexicana,

mediante la integración de las listas correspondientes, así como establecer los

criterios de inclusión, exclusión o cambio de categoría de riesgo para las especies

o poblaciones, mediante un método de evaluación de su riesgo de extinción y es

de observancia obligatoria en todo el Territorio Nacional, para las personas físicas

o morales que promuevan la inclusión, exclusión o cambio de las especies o

poblaciones silvestres en alguna de las categorías de riesgo, establecidas por esta

Norma.

NOM-081-SEMARNAT-1994.

Que establece los límites máximos permisibles de emisión de ruido de las fuentes

fijas y su método de medición. El establecimiento del equipo de construcción

considera generar ruido por la operación de ciertos equipos. Sin embargo,

tomando como antecedente las operaciones de otros proyectos similares, no se

espera que las actividades del proyecto excedan los límites establecidos por la

normatividad.

Esta norma oficial mexicana se aplica en la pequeña, mediana y gran industria,

comercios establecidos, servicios públicos o privados y actividades en la vía pública.

LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE

El ARTÍCULO 1. Menciona que la presente Ley es reglamentaria del Artículo 27 de

la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sus disposiciones son

de orden e interés público y de observancia general en todo el territorio nacional, y

tiene por objeto regular y fomentar la conservación, protección, restauración,

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producción, ordenación, el cultivo, manejo y aprovechamiento de los ecosistemas

forestales del país y sus recursos, así como distribuir las competencias que en

materia forestal correspondan a la Federación, los Estados, el Distrito Federal y

los Municipios, bajo el principio de concurrencia previsto en el artículo 73 fracción

XXIX inciso G de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el

fin de propiciar el desarrollo forestal sustentable. Cuando se trate de recursos

forestales cuya propiedad corresponda a los pueblos y comunidades indígenas se

observará lo dispuesto por el artículo 2 de la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos.

ARTICULO 2. Son objetivos generales de esta Ley:

I. Contribuir al desarrollo social, económico, ecológico y ambiental del país,

mediante el manejo integral sustentable de los recursos forestales, así como de

las cuencas y ecosistemas hidrológicos forestales, sin perjuicio de lo previsto en

otros ordenamientos;

III. Desarrollar los bienes y servicios ambientales y proteger, mantener y aumentar

la biodiversidad que brindan los recursos forestales;

IV. Promover la organización, capacidad operativa, integralidad y

profesionalización de las instituciones públicas de la Federación, Estados, Distrito

Federal y Municipios, para el desarrollo forestal sustentable, y

V. Respetar el derecho al uso y disfrute preferente de los recursos forestales de

los lugares que ocupan y habitan las comunidades indígenas, en los términos del

artículo 2 fracción VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

y demás normatividad aplicable.

Siendo importante dentro de ésta Ley el ARTÍCULO 117. Que a letra dice que: La

Secretaría sólo podrá autorizar el cambio de uso del suelo en terrenos forestales,

por excepción, previa opinión técnica de los miembros del Consejo Estatal

Forestal de que se trate y con base en los estudios técnicos justificativos que

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demuestren que no se compromete la biodiversidad, ni se provocará la erosión de

los suelos, el deterioro de la calidad del agua o la disminución en su captación; y

que los usos alternativos del suelo que se propongan sean más productivos a

largo plazo. Estos estudios se deberán considerar en conjunto y no de manera

aislada.

En las autorizaciones de cambio de uso del suelo en terrenos forestales, la

autoridad deberá dar respuesta debidamente fundada y motivada a las propuestas

y observaciones planteadas por los miembros del Consejo Estatal Forestal.

Las autorizaciones que se emitan deberán atender lo que, en su caso, dispongan

los programas de ordenamiento ecológico correspondiente, las normas oficiales

mexicanas y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables. Las

autorizaciones de cambio de uso del suelo deberán inscribirse en el Registro.

ARTICULO 118. Los interesados en el cambio de uso de terrenos forestales,

deberán acreditar que otorgaron el depósito ante el Fondo Forestal, por concepto

de compensación ambiental para actividades de reforestación o restauración y su

mantenimiento, en los términos y condiciones que establezca el Reglamento.

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REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL

SUSTENTABLE

El Artículo 1, menciona que: El presente ordenamiento tiene por objeto

reglamentar la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable en el ámbito de

competencia federal, en materia de instrumentos de política forestal, manejo y

aprovechamiento sustentable de los ecosistemas forestales del país y de sus

recursos, así como su conservación, protección y restauración.

La eliminación de la cubierta vegetal, puede ser sustentada en el presente

Reglamento, a través de los siguientes artículos:

Considerándose en primera instancia el Artículo 119, que a letra dice que: Los

terrenos forestales seguirán considerándose como tales aunque pierdan su

cubierta forestal por acciones ilícitas, plagas, enfermedades, incendios, deslaves,

huracanes o cualquier otra causa.

Con base a lo anterior se establece en el artículo 120, lo siguiente:

Artículo 120. Que para solicitar la autorización de cambio de uso del suelo en

terrenos forestales, el interesado deberá solicitarlo mediante el formato que expida

la Secretaría, el cual contendrá lo siguiente:

Nombre, denominación o razón social y domicilio del solicitante;

Lugar y fecha;

Datos y ubicación del predio o conjunto de predios, y

Superficie forestal solicitada para el cambio de uso de suelo y el tipo

de vegetación por afectar.

Junto con la solicitud deberá presentarse el estudio técnico justificativo, así como

copia simple de la identificación oficial del solicitante y original o copia certificada

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del título de propiedad, debidamente inscrito en el registro público que

corresponda o, en su caso, del documento que acredite la posesión o el derecho

para realizar actividades que impliquen el cambio de uso del suelo en terrenos

forestales, así como copia simple para su cotejo.

Artículo 121. Los estudios técnicos justificativos a que hace referencia el artículo

117 de la Ley, deberán contener la información siguiente:

I. Usos que se pretendan dar al terreno;

II. Ubicación y superficie del predio o conjunto de predios, así como la

delimitación de la porción en que se pretenda realizar el cambio de uso del

suelo en los terrenos forestales, a través de planos georeferenciados;

III. Descripción de los elementos físicos y biológicos de la cuenca hidrológico-

forestal en donde se ubique el predio;

IV. Descripción de las condiciones del predio que incluya los fines a que esté

destinado, clima, tipos de suelo, pendiente media, relieve, hidrografía y

tipos de vegetación y de fauna;

V. Estimación del volumen por especie de las materias primas forestales

derivadas del cambio de uso del suelo;

VI. Plazo y forma de ejecución del cambio de uso del suelo;

VII. Vegetación que deba respetarse o establecerse para proteger las tierras

frágiles;

VIII. Medidas de prevención y mitigación de impactos sobre los recursos

forestales, la flora y fauna silvestres, aplicables durante las distintas etapas

de desarrollo del cambio de uso del suelo;

IX. Servicios ambientales que pudieran ponerse en riesgo por el cambio de uso

del suelo propuesto;

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X. Justificación técnica, económica y social que motive la autorización

excepcional del cambio de uso del suelo;

XI. Datos de inscripción en el Registro de la persona que haya formulado el

estudio y, en su caso, del responsable de dirigir la ejecución;

XII. Aplicación de los criterios establecidos en los programas de ordenamiento

ecológico del territorio en sus diferentes categorías;

XIII. Estimación económica de los recursos biológicos forestales del área sujeta

al cambio de uso de suelo;

XIV. Estimación del costo de las actividades de restauración con motivo del

cambio de uso del suelo,

XV. En su caso, los demás requisitos que especifiquen las disposiciones

aplicables.

Artículo 122. La Secretaría resolverá las solicitudes de cambio de uso del suelo en

terrenos forestales, conforme a lo siguiente:

I. La autoridad revisará la solicitud y los documentos presentados y, en su

caso, prevendrá al interesado dentro de los quince días hábiles siguientes

para que complete la información faltante, la cual deberá presentarse

dentro del término de quince días hábiles, contados a partir de la fecha en

que surta efectos la notificación;

II. Transcurrido el plazo sin que se desahogue la prevención, se desechará el

trámite;

III. La Secretaría enviará copia del expediente integrado al Consejo Estatal

Forestal que corresponda, para que emita su opinión dentro del plazo de

diez días hábiles siguientes a su recepción;

IV. Transcurrido el plazo a que se refiere la fracción anterior, dentro de los

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cinco días hábiles siguientes, la Secretaría notificará al interesado de la

visita técnica al predio objeto de la solicitud, misma que deberá efectuarse

en un plazo de quince días hábiles, contados a partir de la fecha en que

surta efectos la notificación, y

V. Realizada la visita técnica, la Secretaría resolverá lo conducente dentro de

los quince días hábiles siguientes. Transcurrido este plazo sin que la

Secretaría resuelva la solicitud, se entenderá que la misma es en sentido

negativo.

Artículo 123. La Secretaría otorgará la autorización de cambio de uso del suelo en

terreno forestal, una vez que el interesado haya realizado el depósito a que se

refiere el artículo 118 de la Ley, por el monto económico de la compensación

ambiental determinado de conformidad con lo establecido en el artículo 124 del

presente Reglamento.

Artículo 124. El trámite será desechado en caso de que el interesado no acredite

el depósito a que se refiere el párrafo anterior dentro de los treinta días hábiles

siguientes a que surta efectos la notificación.

Artículo 126. La autorización de cambio de uso del suelo en terrenos forestales

amparará el aprovechamiento de las materias primas forestales derivadas y, para

su transporte, se deberá acreditar la legal procedencia con las remisiones

forestales respectivas, de conformidad con lo dispuesto en la Ley y el presente

Reglamento.

Artículo 127. Los trámites de autorización en materia de impacto ambiental y de

cambio de uso del suelo en terrenos forestales podrán integrarse para seguir un

solo trámite administrativo, conforme con las disposiciones que al efecto expida la

Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).

Cabe mencionar, que considerándose el artículo 127, se tomo la decisión de

integrar cada unos de los respectivos trámites de forma particular y/o individual.

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PLAN ESTATAL DE DESARROLLO 2010-2015 NUEVO LEÓN

Presentado por el Consejo de Planeación del Estado de Nuevo León agrupa

cuatro ejes rectores: generación de riqueza, desarrollo social y calidad de vida,

seguridad integral, y gobierno productivo y de calidad. A partir de los cuales se

integran 12 proyectos estratégicos y sus acciones. Atiende a lo dispuesto en el

artículo 17 y 18 de la Ley Estatal de Planeación que establece la obligación para el

Gobierno del Estado de elaborar el documento en el que se identifican las

prioridades para el desarrollo de la entidad, en cuyas disposiciones prevé la

incorporación de las inquietudes y propuestas de la sociedad.

Lo más relevante que se anota en el Plan con respecto al proyecto es lo siguiente:

Generación de riqueza

Estrategia que representa la posibilidad de tener o encontrar un empleo, de

emprender o engrandecer un negocio; asegurar el ingreso que proporcione un

nivel de bienestar acorde con las capacidades de cada quien.

Fomenta así mismo la organización de agrupamientos industriales y de servicios,

de sectores estratégicos, incorporación de pequeñas y medianas empresas a las

cadenas productivas y los procesos productivos globales; y apoyo a la

descentralización de actividades económicas que tienen un potencial importante

en el Estado, cuya expansión puede contribuir sustancialmente a lograr un

desarrollo regional más equilibrado.

Desarrollo social y calidad de vida

Estrategia que propicia que todos los miembros de la sociedad tengan similares

oportunidades de desarrollar sus capacidades, como un medio para que puedan

realizar su potencial de progreso.

Comprende la atención a otros componentes determinantes del bienestar de las

personas; disponibilidad de servicios básico, de infraestructura social básica, una

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vivienda digna y de infraestructura y equipamiento urbanos.

En relación con el desarrollo urbano, otorga una visión social que garantiza una

adecuada calidad de vida a los habitantes de las áreas urbanas, orientando la

planeación y administración de éstas a satisfacer las necesidades de todos sus

pobladores, respecto de aspectos fundamentales como el transporte público, las

vialidades, los espacios de recreación y esparcimiento y, en general, el acceso a

los servicios y facilidades propios de las ciudades modernas. Así como la calidad

de vida ambiental.

Considera una estrategia responsable para mejorar la calidad de vida el

considerar, además de la generación presente, a los futuros habitantes del Estado,

comprendiendo los aspectos relacionados con la preservación del medio

ambiente. De esta manera le da un carácter de sustentabilidad al desarrollo de las

actividades que llevan a cabo los agentes económicos y sociales en Nuevo León,

favoreciendo la calidad de vida de las generaciones por venir.

LEY AMBIENTAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN

Artículo 34.- La planeación del desarrollo urbano, de los asentamientos humanos y

los programas de ordenamiento territorial, deberán ser acordes con la política

ambiental, además de cumplir con lo dispuesto en los ordenamientos aplicables,

tomando en consideración los siguientes criterios:

Los planes en materia de desarrollo urbano, asentamientos humanos y

ordenamiento territorial, deberán tomar en cuenta los lineamientos y

estrategias contenidas en los planes de ordenamiento ecológico regional y

local;

En la determinación de los usos del suelo, se buscará lograr una diversidad

y eficiencia de los mismos y se evitará el desarrollo de esquemas

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segregados o unifuncionales, así como las tendencias al crecimiento

urbano horizontal;

En la determinación de las áreas para el crecimiento de los centros de

población, se fomentará la mezcla de los usos habitacionales con los

productivos que no representen riesgos o daños a la salud de la población o

al ambiente y se evitará que se afecten áreas con alto valor ambiental;

Se deberá privilegiar al establecimiento de sistemas de transporte colectivo

y otros medios de alta eficiencia energética y ambiental;

Se establecerán y manejarán en forma prioritaria las áreas de preservación

ecológica en torno a los asentamientos humanos;

Las autoridades estatales y municipales en la esfera de su competencia,

promoverán la utilización de instrumentos económicos, fiscales y

financieros de política urbana y ambiental, para inducir conductas

compatibles con la protección y restauración del ambiente y con un

desarrollo urbano sustentable;

El aprovechamiento del agua para usos urbanos, deberá de llevarse a cabo

en forma sustentable considerando la afectación a la calidad del recurso y

la cantidad que se utilice, previendo el uso de agua tratada en el riego de

área verde y en los procesos industriales, comerciales y de servicio que lo

permitan; y

En la determinación de áreas para actividades riesgosas, se establecerán

las zonas intermedias de salvaguarda en las que no se permitirán los usos

habitacionales, comerciales, u otros que pongan en riesgo a la población o

al ambiente.

Artículo 37.- La evaluación del impacto ambiental es el procedimiento a través del

cual la Agencia de Protección al Medio Ambiente del Estado de Nuevo León,

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establecerá las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades

que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones

establecidos en los ordenamientos aplicables para proteger al ambiente, preservar

y restaurar a los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos

negativos sobre el ambiente.

Artículo 122.- Para el aprovechamiento sustentable del suelo y su vegetación se

considerarán, los siguientes criterios:

El uso del suelo debe ser compatible con su vocación natural, y no debe

alterar el equilibrio de los ecosistemas;

El uso del suelo debe hacerse de manera que éste mantenga su integridad

física y su capacidad productiva;

En las acciones de aprovechamiento sustentable del suelo, deberán

considerarse las medidas necesarias para prevenir o reducir su erosión,

deterioro de las propiedades físicas, químicas o biológicas del suelo así

como la pérdida de la vegetación;

La realización de las obras públicas o privadas que por sí mismas puedan

provocar deterioro severo de los suelos o su vegetación, deben incluir

acciones equivalentes de regeneración, recuperación o restablecimiento de

su vocación natural;

En el aprovechamiento del suelo con fines urbanos, se deberán de

considerar la delimitación de áreas que sustenten elementos vegetativos

que por su especie, condición y distribución deberán preservarse para su

uso en áreas verdes;

La afectación de la cubierta vegetal, deberá ser repuesta en especie, con

individuos de variedades nativas en cantidad y dimensión equivalente a los

afectados, bajo autorización de la autoridad competente; y

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Se preservará y cuidará la proporción de áreas verdes aprobadas en la

autorización de uso de suelo en zona urbana.

Artículo 131.- Para la prevención y control de la contaminación a la atmósfera, se

considerarán los siguientes criterios:

La calidad del aire debe ser satisfactoria en todos los asentamientos

humanos y las regiones del Estado;

Las emisiones de contaminantes a la atmósfera, sean de fuentes artificiales

o naturales, fijas o móviles, deberán ser controladas para asegurar una

calidad del aire satisfactoria para el bienestar de la población y el equilibrio

ecológico;

Al Estado, a los Municipios y a la sociedad les corresponde la protección de

la calidad del aire;

Considerar programas de reforestación, verificación de las emisiones

contaminantes, desarrollo de tecnologías limpias apegadas a criterios

ambientales, y protección del suelo, en busca de la ecoeficiencia, a fin de

mantener la integridad y el equilibrio de los componentes de la atmósfera;

La preservación y el aprovechamiento sustentable de la atmósfera es

responsabilidad concurrente de las autoridades y ciudadanos.

Artículo 155.- Para la prevención y control de la contaminación de las aguas de

jurisdicción estatal, se deberán aplicar las disposiciones de esta Ley, observando

lo dispuesto en la Ley de Agua Potable y Saneamiento del Estado, Normas

Oficiales Mexicanas y Normas Ambientales Estatales, y demás ordenamientos

aplicables, y se considerarán los siguientes criterios:

La prevención y control de la contaminación del agua es fundamental para

evitar que se reduzca su disponibilidad en calidad y cantidad, y para

proteger los ecosistemas del Estado;

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El aprovechamiento del agua en actividades productivas susceptibles de

generar contaminación, conlleva la responsabilidad del usuario para realizar

el tratamiento de las descargas, para reintegrarla en condiciones

adecuadas con el fin de reutilizarla en otras actividades y mantener el

equilibrio de los ecosistemas;

Los ríos, cuencas, vasos y demás depósitos o corrientes de agua,

incluyendo las del subsuelo, no deberán recibir aguas residuales sin su

previo tratamiento; y

Corresponde al Estado, prevenir y controlar la contaminación de las aguas

que se encuentren en el territorio del Estado, así como las que les fueren

asignadas por la Federación, en coordinación con la Comisión Nacional del

Agua.

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PLAN METROPOLITANO 2000-2021. DESARROLLO URBANO DE LA

ZONA CONURBADA DE MONTERREY

El Plan Metropolitano 2000-2021; Desarrollo Urbano de la Zona Conurbada

de Monterrey fue rubricado el 4 de agosto del 2003, por los nueve

presidentes municipales que la conforman y por el entonces gobernador del

estado Lic. Fernando Elizondo Barragán. Los nueve municipios dentro de

dicha área son: San Nicolás de los Garza, García, Guadalupe, Santa

Catarina, Apodaca, Monterrey, Juárez, San Pedro Garza García y

Monterrey.

Este plan habrá de permitir la congruencia entre los postulados del

Programa Nacional de Desarrollo Urbano y del Plan Estatal de Desarrollo

Urbano Nuevo León 2021, con los de Centro de Población y Parciales de la

Zona Conurbada, así como constituir un marco de referencia para los

grandes proyectos de inversión en infraestructura física, y para orientar los

“proyectos de inversión estratégicos” hacia ciertos municipios y centros de

población, a fin de propiciar alternativas generadoras de actividades con

función social, y que mediante la mezcla adecuada de usos y destinos, se

cumpla con el deber de equipar en forma correcta las zonas.

El objetivo es elevar la calidad de vida de todos los habitantes, consolidar el

área urbana actual evitando continúe el proceso de conurbación; regular un

crecimiento con orden en sus áreas de expansión fomentando las más

bajas densidades en las zonas periféricas; y sentar las bases de una

comunidad más justa, participativa y con alto sentido de cohesión social.

Esta iniciativa parte de la necesidad de actualizar el Plan Director de

Desarrollo Urbano del Área Metropolitana de Monterrey 1988-2010 vigente,

ante la dinámica urbana de la ciudad, los planteamientos de los Planes

Municipales de Desarrollo Urbano de la Zona Conurbada, y por los

importantes cambios en el contexto económico y social regional, y de

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México en sí. Los principales temas objetivo en los cuales se concentra

este Plan, son los siguientes:

Ecología y Medio Ambiente

El Marco Socioeconómico

Suelo y Vivienda, Infraestructura Física

Vialidad y Transporte; así como Equipamiento Urbano

PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO MONTERREY 2009 – 2012

Sustentabilidad y servicios públicos

Contempla como objetivo general el brindar a la ciudadanía una vida digna y más

tranquila, mediante la puesta en marcha de acciones, que consideren una

planeación inteligente, proyectos con sustentabilidad, certeza jurídica y respeto al

entorno ecológico, para alcanzar un desarrollo urbano ordenado en la Ciudad.

Una línea estratégica es ofrecer a la ciudadanía un sano desarrollo urbano

municipal, mediante una gestión transparente y apegada a derecho, sobre el uso

de suelo para la construcción de edificaciones. Mediante un territorio ordenado y la

legitimidad y el seguimiento de los programas.

REGLAMENTO PARA LAS CONSTRUCCIONES EN EL MUNICIPIO DE

MONTERREY

ARTICULO 1. Este ordenamiento es de orden público e interés social, y tiene por

objeto establecer las reglas para:

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I. Garantizar que las construcciones cumplan con sus objetivos en beneficio de los

propietarios y de los usuarios, mediante las disposiciones para la construcción,

instalación, modificación, ampliación, conservación, reparación y demolición de

edificaciones públicas o privadas.

II. La utilización de la vía pública para trabajos de construcción.

III. La prevención de incendios y la seguridad en las edificaciones.

IV. La obra pública y privada ya sea que se ejecute en predios privados o en la vía

pública dentro de la circunscripción territorial del Municipio de Monterrey.

V. Clasificar las edificaciones en géneros y rangos de magnitud, por su tipo y por

su uso.

ARTÍCULO 5. La Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología tendrá las siguientes

atribuciones:

I. Otorgar permisos para la construcción, instalación, modificación, ampliación,

reparación y demolición de edificaciones públicas o privadas a que se refiere este

reglamento en su artículo 1.

II. Realizar visitas de inspección a las obras en proceso para verificar si cumple

con los dispositivos de este reglamento.

III. Cumplir en su caso las resoluciones jurídicas que emanen de autoridad

competente, para la suspensión temporal o definitiva, o demolición parcial o total

de las edificaciones, en los casos que se hagan valer ante esa autoridad

competente.

IV. En las construcciones tipo 5 (USO PÚBLICO) de utilización pública masiva, dar

fe de la prueba física de carga y autorizar o negar el uso de la edificación en

función del resultado de la misma.

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V. Imponer las sanciones correspondientes a los que se haga acreedor el

propietario o por las infracciones al presente reglamento.

VI. Estudiar de nueva cuenta las resoluciones que fueran impugnadas por el

solicitante y resolver en consecuencia.

VII. Realizar inspecciones a las obras terminadas que se hayan ejecutado sin

permiso y en las de uso público para el análisis respectivo.

VIII. Acordar las medidas conducentes en construcciones riesgosas.

IX. Fijar las normas administrativas a que deberán sujetarse las construcciones e

instalaciones en predios particulares y vías públicas, a fin de que satisfaga las

condiciones de seguridad e higiene.

X. Fijar las restricciones a que deberán sujetarse las edificaciones y los elementos

tales como fuentes, esculturas, arcos, columnas, monumentos y similares

localizados en zonas de patrimonio artístico y cultural, de acuerdo con la Ley

Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticas e Históricas.

XI. Llevar un registro clasificado de Directores Técnicos de Obra y Asesores.

XII. Ejecutar con cargo a los responsables, las obras que hubiere ordenado

realizar y que los propietarios, en rebeldía, no las hayan llevado a cabo.

XIII. Ordenar la suspensión temporal o la clausura de obras en ejecución o

terminadas y la desocupación en los casos previstos por este reglamento.

XIV. Expedir y modificar, cuando fuere necesario, los acuerdos, instructivos,

circulares y demás disposiciones administrativas que procedan para el debido

cumplimiento de este ordenamiento.

XV. Solicitar el auxilio de la fuerza pública en los casos que fuera necesario y

conforme al procedimiento legal correspondiente.

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XVI. Las demás que le confieren este reglamento y las disposiciones legales

aplicables.

XVII. En los casos de controversia por asuntos de construcción entre particulares,

ya sea entre vecinos o entre propietarios y profesionistas, en los que este

reglamento no prevea la situación específica, la autoridad municipal siendo

administrativa, sólo podrá actuar como árbitro siempre y cuando las partes se

sometan a dicho arbitraje.

ARTICULO 20. La Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología otorgará permisos

de construcción sólo en predios, lotes o fracciones que hayan resultado de la

incorporación efectuada con autorización de la autoridad competente, así como en

los lotes con las dimensiones mínimas que marca la ley. Así mismo podrá revocar

cualquier permiso otorgado, cuando haya sido obtenido con base a documentos

falsos o inexactos. El permiso otorgado no significa aprobación técnica del método

de construcción ni de los materiales a emplear, esto será responsabilidad del

propietario y su relación contractual con el Director Técnico de Obra.

ARTICULO 22. Requisitos para otorgar el permiso de construcción, instalación,

modificación, ampliación, reparación, demolición y uso de edificaciones, serán las

siguientes:

I. Comprobar la tenencia legal de la tierra mediante la presentación de:

Avalúo catastral. Escrituras o constancia ante Notario Público, Tierra Propia o

Coret, con los puntos de ubicación y expediente catastral que identifique

plenamente el lote en cuestión. En los casos de Contrato de Promesa de Compra-

Venta, de venta a plazos, de arrendamiento, de donación, de mutuo, de comodato,

de cesión de derechos o cualquier otro de naturaleza civil, deberá acompañar

copia del contrato, autorización expresa para construir otorgada ante Notario

Público, por la persona que tiene la propiedad o el poder para contratar.

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II. Autorización de uso de suelo en su caso, otorgada por la autoridad

correspondiente.

III. Comprobar pago a la fecha del Impuesto Predial.

IV. Comprobar pago de Impuesto sobre Adquisición de Inmueble, en su caso.

V. Presentar proyecto de la obra en planos de formato oficial, llenando la carátula

correspondiente que será la solicitud del permiso y a su vez la aprobación del

mismo al ser sellado y firmado, amparando sólo lo descrito en el mencionado

plano.

VI. Pagar los derechos municipales y las multas si las hubiere.

VII. Para condominios deberá presentar la escritura que deberá traer incorporado

el régimen de condominio para su desglose catastral.

VIII. Para ampliaciones en régimen de condominio, el solicitante deberá anexar a

la documentación requerida copia notariada de el acta de asamblea de

condóminos en donde dicha asamblea lo autoriza a solicitar el permiso

correspondiente para la eventual modificación de las áreas privativas y comunes.

ARTICULO 228. Contra los actos y resoluciones emitidos por las autoridades

municipales en la aplicación de este reglamento, procederá el recurso de

Reconsideración establecido en la Ley de Ordenamiento Territorial de los

Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León.En el

plano de DUMM (Figura III.1), se puede observar que el polígono del proyecto se

encuentra en una zona habitacional (color amarillo). Entre la Av. Lincoln y Leones.

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Figura III.1. Plano de zonificación plan de desarrollo urbano del municipio de

Monterrey 2002-2020.

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CAPÍTULO IV. DESCRIPCIÓN DEL

SISTEMA AMBIENTAL Y

SEÑALAMIENTO DE LA

PROBLEMÁTICA AMBIENTAL

DETECTADA EN EL ÁREA DE

INFLUENCIA DEL PROYECTO

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IV. DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA AMBIENTAL Y SEÑALAMIENTO DE LA PROBLEMÁTICA AMBIENTAL DETECTADA EN EL ÁREA DE INFLUENCIA DEL PROYECTO

IV.1 Delimitación del área de estudio

El predio se ubica en las Avenidas Puerta de Hierro y Paseo de Los leones en el

municipio de Monterrey en el Estado de Nuevo León. En la Figura IV.1 se muestra

la imagen satelital que proporciona el programa Google Earth (Fecha de imagen

abril – 2009).

En la Tabla IV.1. Se presentan las coordenadas UTM (NAD 27) del área del

proyecto.

Figura IV.1 Ubicación del Proyecto Puerta de Hierro Residencial Privada Castilla,

Municipio de Monterrey, Nuevo León.

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Tabla IV.1. Coordenadas UTM (NAD27) del polígono total del área del proyecto

sujeto a evaluación.

Coordenada X Y

1 357594 2848044

2 357444 2848186

3 357556 2848493

4 357575 2848485

5 357587 2848540

6 357616 2848522

7 357633 2848608

8 357602 2848618

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IV.2 Caracterización y análisis del sistema ambiental

Una cuenca hidrológica es el territorio donde las aguas fluyen al mar a través de

una red de cauces que convergen en uno principal, o bien el territorio en donde las

aguas forman una unidad autónoma o diferenciada de otras aún sin desembocar

en el mar. Las cuencas son las unidades mínimas de manejo del agua y son útiles

en la gestión de los recursos naturales incluidos en ellas.

En la administración de los recursos hídricos, la Comisión Nacional del Agua

(Conagua) utiliza una regionalización basada en similitudes de características

fisiográficas del territorio. Esta regionalización comprende 37 regiones hidrológicas

(que agrupan a un total de 314 cuencas) que a su vez se subdividen en 62

subregiones de planeación. Por su extensión, destacan la Región Bravo-Conchos

(229 740 km2), Sonora Sur (139 370 km2) y Lerma-Santiago (132 916 km2). En

cambio, por su escurrimiento superficial interno medio, Grijalva-Usumacinta,

Papaloapan y Coatzacoalcos son las regiones hidrológicas con mayor volumen de

captación de agua.

El polígono del predio, sujeto a evaluación, se ubica dentro de la Subcuenca del

Río Pesquería (24Bc), ésta Subcuenca pertenece a la cuenca del Río Bravo-San

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Juan (24B) que ocupa el 32.91% de la superficie de Nuevo León, comprendida en

la Región Hidrológica denominada Río Bravo-Conchos (RH-24) como se muestra

en el mapa (Figura IV.1).

Clima

De acuerdo a la clasificación climática de Köppen, modificada por Enriqueta

García para la República Mexicana (1973), la zona de estudio ubicada en el

municipio de Monterrey, en el estado de Nuevo León, presenta un clima seco y

muy seco con lluvias en verano (BS0(h)hw), con lluvias en verano que se

caracteriza por un porcentaje de lluvia invernal de 5 a 10.2; un rango de

precipitación total anual de 400 a 600 mm.

La mayor precipitación pluvial ocurre en septiembre con un rango que varía de 80

a 90 mm; durante los meses de diciembre y enero se observa la menor incidencia

de lluvias con un valor entre 5 y 10 mm. y una temperatura media anual de 22º C.

Los meses calurosos, se presentan en julio y agosto. Registra una temperatura

máxima de 40ºC y una temperatura mínima de 4ºC.

Suelo

El tipo de suelo identificado en el sitio corresponde a Feozem calcárico y

Castañozem háplico de clase textural fina (Hc + Kh / 3).

El Feozem (H) se caracteriza por ser un suelo con una capa superficial oscura,

algo gruesa, rica en materias orgánicas y nutrientes. El Feozem con algo de cal

(Hc) se encuentra a menos de 50 cm de profundidad. Se desarrolla en climas

templados y húmedos. son muy parecidos a Chernozems y Kastanozems pero

están más intensamente lixiviados. Consecuentemente, tienen horizonte

superficial oscuro, rico en humus que, en comparación con Chernozems y

Kastanozems, son menos ricos en bases. Los Feozem pueden o no tener

carbonatos secundarios pero tienen alta saturación con bases en el metro superior

del suelo. Nombres usados comúnmente para los Feozem son: Brunizems

(Argentina y Francia); Suelos gris oscuro de bosque y Chernozems lixiviados y

podzolizados (antigua Unión Soviética); Tschernoseme (Alemania); Dusky-red

prairie soils (antigua clasificación de Estados Unidos de Norteamérica); Udoles y

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Alboles (Taxonomía de Suelos de los Estados Unidos); y Feozem (incluyendo la

mayoría de los antiguos Greyzems) (FAO).

El segundo componente Castañozem (K), acomodan suelos de pastizales secos,

entre ellos los suelos zonales de la franja de estepa de pastos cortos, al sur de la

franja de estepa de pastos altos de Eurasia con Chernozems. Los castañozems

tienen un perfil similar al de los Chernozems pero el horizonte superficial rico en

humus es de menor espesor y no tan oscuro como el de los Chernozems y

muestran acumulaciones de carbonatos secundarios más prominentes. El color

castaño-pardo del suelo superficial se refleja en el nombre Kastanozem; nombres

comunes para muchos Kastanozems son: Suelos Castaños (Oscuros) (Federación

Rusa), Kalktschernoseme (Alemania), (Dark) Brown Soils (Canada), y Ustoles y

Xeroles (Estados Unidos de Norteamérica). Los Kastanozems son suelos

potencialmente ricos; la falta periódica de humedad del suelo es el obstáculo

principal para alcanzar altos rindes. El riego es necesario casi siempre para altos

rendimientos; debe tenerse cuidado para evitar la salinización secundaria del

suelo superficial. Los fertilizantes fosfáticos pueden ser necesarios para buenos

rendimientos. Los granos finos y los cultivos comestibles y vegetales bajo riego

son los principales cultivos. Erosión hídrica y eólica son un problema en los

Kastanozems, especialmente en tierras en descanso.

El Castañozem háplico (Kh) es un suelo del tipo Castañozem sin ninguna otra

propiedad especial.

En cuanto a la clase textural, ésta se refiere al contenido en los 30 cm

superficiales del suelo de partículas de diferentes tamaños. El número 3

representa suelos arcillosos (de textura fina) que tienen mal drenaje, poca

porosidad, son duros al secarse, se inundan y tienen problemas de laboreo.

Los suelos descritos en este trabajo se han determinado de acuerdo a la

clasificación y nomenclatura de la FAO (2006). (Anexo II).

Fisiografía

De acuerdo a la clasificación de provincias fisiográficas con la que cuenta el

Estado de Nuevo León, el terreno estudiado se encuentra situado en la provincia

de la Llanura Costera del Golfo Norte, en la subprovincia de Llanuras y Lomeríos.

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(Figura IV.2).

Esta provincia fisiográfica se extiende sobre la costa del Golfo desde el Río Bravo,

en el tramo que va desde Reynosa, Tamaulipas, a su desembocadura, hasta la

zona de Nautla, Veracruz. Dentro del territorio nacional, limita al Noroeste con la

Gran Llanura de Norteamérica, al Oeste con la Sierra Madre Oriental, al Este con

el Golfo de México y al Sur con la provincia del Eje Neovolcánico. Al Norte del

Bravo se introduce en territorio de los estados norteamericanos de Texas y

Luisiana y, según la fisiografía estadounidense, abarca la provincia de Florida y se

extiende hacia el Norte sobre el Océano Atlántico hasta Nueva Inglaterra.

En México, abarca partes de los estados de Tamaulipas, Nuevo León, San Luis

Potosí, Hidalgo y Veracruz. Afloran sedimentos de origen marino del Cretácico

superior, los cuales están cubiertos por sedimentos continentales del Terciario y

Cuaternario. Se caracteriza por presentar una topografía moderada, conformada

principalmente por lomeríos suaves y valles de extensión considerable cubiertos

por sedimentos de origen aluvial, formando terrazas de material no consolidado.

Presentando alturas que varían desde 500 m.s.n.m. al pie de la Sierra Madre

Oriental, hasta el nivel del mar.

La única subprovincia que penetra en el Estado de Nuevo León perteneciente a

esta zona fisiográfica es la subprovincia de Llanuras y Lomeríos, que está incluida

en la región conocida como Llanura Costera o Plano inclinado. En ella quedan

englobados los municipios de Apodaca, Cadereyta Jiménez, Carmen, Ciénega de

Flores, General Zuazua, Hualahuises, Marín, Pesquería y San Nicolás de los

Garza; y partes de los de Allende, Monterrey, General Terán, Juárez, Linares,

Montemorelos, Monterrey, Los Ramones y Salinas Victoria. En términos

generales, la subprovincia está constituida por una pequeña sierra baja, la sierra

de las Mitras; lomeríos suaves con bajadas y llanuras de extensión considerable.

Topografía

La pendiente del terreno oscila entre 0 y 10%, ubicado en áreas planas o

semiplanas, con bajo peligro de erosión. No posee cerros ni sierras de importancia

en su geografía física, mismas características que comprende el terreno ya que no

cuenta con depresiones ni laderas en su superficie (Anexo II).

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Hidrología

El estado, según estudios del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e

Informática (INEGI), se ve beneficiado por proporciones de las siguientes regiones

fluviales: Río Bravo en lo que corresponde a la parte centro-norte; San Fernando-

Soto La Marina, en la parte este y sureste; y El Salado en la parte sur-suroeste del

Estado.

El Río Bravo marca el límite entre los Estados Unidos de América y México, en la

parte entre Ciudad Juárez y su desembocadura con el Golfo de México. En el

estado de Nuevo León penetran cinco cuencas de este río.

Una pequeña área del estado de Nuevo León corresponde a la parte suroeste de

la cuenca Río Bravo-Matamoros-Reynosa. La mayor parte de la cuenca Río

Bravo-San Juan queda dentro del estado de Nuevo León.

Una de las corrientes principales es la del Río San Juan, segundo afluente de

importancia del Bravo. Tiene su origen en el arroyo La Chueca, que recibe

aportaciones de pequeños arroyos perennes que bajan de la Sierra Madre

Oriental, desde altitudes del orden de 2,000 a 2,300 m.s.n.m. El arroyo La Chueca

corre con dirección sureste hasta la presa La Boca y de ahí, continua con el

nombre de río San Juan , cambiando su dirección hacia el noreste y recibiendo por

la izquierda las aportaciones del río Santa Catarina y, por la derecha, las del río

Ramos. Un poco más adelante pasa por el poblado de San Juan Vado para

continuar hacia el oriente, confluyendo por la margen derecha con el arroyo

Garrapatas, el río Pilón y el arroyo Mohinos. La confluencia de este último modifica

su dirección hacia el nor-noreste, después de que recibe la aportación del mayor

de sus afluentes, el río Pesquería, por la margen izquierda y sigue hacia el norte

hasta Los Aldamas. En este punto cambia su rumbo hacia la presa Marte R.

Gómez, que descarga en el Río Bravo.

Las unidades de escurrimiento son áreas uniformes debido a sus características

de permeabilidad, cubierta vegetal y precipitación media, principalmente. Como

resultado del análisis de estos factores, se obtiene un coeficiente de escurrimiento

que representa el porcentaje de agua de precipitación que se desplaza

superficialmente. De acuerdo a su variación en el país, estos coeficientes se

agrupan en 5 rangos, que representan las condiciones del escurrimiento. Los

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rangos considerados son de 0 a 5%, de 5 a 10%, de 10 a 20%, de 20 a 30% y

mayor de 30%. En la zona del estudio, los coeficientes de escurrimiento, para las

unidades superficiales de precipitación media anual; varían de 0 a 5%.

Pudiendo observarse los principales escurrimientos intermitentes y permanentes

en la Figura IV.3

Elementos biológicos

Vegetación

Nuevo León cuenta con 64,181.28 Km2, se encuentran registradas 782 especies

de plantas vasculares, el clima es un parámetro ambiental muy importante que

determina los distintos tipos de vegetación; aunado a la topografía, altitud,

exposición y tipos de suelos.

Según el INEGI y la CONAFOR, el estado de Nuevo León presenta 14 distintas

asociaciones vegetales, mismas que se muestran en la siguiente Figura IV.4.

Rzedowski (1978) considera que son 10 los tipos principales de vegetación de

nuestro país. La mayor parte del territorio nacional (37%) se encuentra cubierto

por matorral xerófilo, seguido por los bosques de coníferas y encino (19.34%) y el

bosque tropical caducifolio (14.14%). El tipo de vegetación que se reconoce en el

área del proyecto y zona circundante es el matorral submontano.

La comunidad vegetal dominante en el predio es de tipo Matorral submontano el

cual es una formación arbustiva muy rica en formas de vida. El vigor, talla y

distribución de las especies dominantes y codominantes está supeditado a la

disponibilidad de agua y al grosor y fertilidad del suelo; las formas dominantes son

parvifolias (micrófilas), caducifolia y subespinosas. Se ubican en los taludes

inferiores y de hecho forman un extenso umbral que separa los elementos del

matorral xerófito espinoso de las planicies y los bosques subhúmedos de Quercus

y Pinus en los taludes superiores. La distribución de la humedad es mayor en el

sur y sureste y menor en el norte y noroeste; las condiciones de grosor, alcalinidad

y humedad del suelo, así como las diferencias de exposición a la insolación, son

determinantes para diferenciar la composición florística de estas comunidades, así

como el tamaño de los elementos que la integran.

En el matorral submontano dominan las especies sub-espinosas que resisten

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condiciones más extremas de baja humedad y pueden prosperar en substratos

pedregosos calizos con suelos delgados. Encontrándose entre las especies

dominantes un gran grupo de leguminosas como lo son: Acacia rigidula Benth

(chaparro prieto), Acacia farnesiana (L.) Willd (huizache), Caesalpinia mexicana A.

Gray (hierba del potro), Prosopis glandulosa Torr. (mezquite) y Cercidium macrum

I.M. Johnst (palo verde), los cuales en suelos profundos (mayores de 40

centímetros), en lugares de menor insolación y mayor humedad, alcanzan más de

4 metros de altura, así como una cobertura sumamente cerrada.

En las partes de los taludes medios se observa la influencia edáfica, constituyendo

las condiciones más importantes en la distribución y desarrollo de las especies del

matorral submontano. Los suelos de textura arenosa a limo-arenosa y/o arcillosa,

permiten comunidades densas y cerradas, mientras que los suelos pedregosos y

esqueléticos constituyen comunidades pobres y muy abiertas. Así, en los suelos

delgados poco desarrollados como los Litosoles de las cadenas montañosas, los

taludes y lomeríos próximos al Valle, los matorrales adquieren características

arbustivas con tallas menores a 2 metros y con dos o tres especies y con dos o

tres especies representativas, generalmente de Leucophyllum frutescens (berl.)

J.M. Johnst (cenizo), Cordia boissieri A. DC. (anacahuita) y Acacia rigidula Benth

(chaparro prieto), como lo es el caso del área de estudio (Anexo II).

La descripción de las principales asociaciones vegetales presentes en la Cuenca

Hidrológica corresponden a:

Matorral: Vegetación arbustiva que generalmente presenta ramificaciones desde la

base del tallo, cerca de la superficie del suelo y con altura variable, pero casi

siempre inferior a 4 metros. Se distribuye principalmente en las zonas áridas y

semiáridas del país.

Matorral submontano: Este tipo de vegetación para Rzedowski (1978), viene a ser

un matorral generalmente inerme alto y denso, más o menos perennifolio, que se

desarrolla sobre suelos someros de laderas y cerros de roca sedimentaria. En

Nuevo León el matorral submontano se localiza en la ladera oriental de la Sierra

Madre y en las Serranías y Cerros al norte y oriente de Nuevo León, entre los 600

y 800m, con suelos complejos de montaña, el clima es tibio y semiárido con una

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temperatura anual promedio entre 17.5 y 22oC y con una precipitación entre 500 a

1000mm anuales. La vegetación es un matorral alto o en algunas ocasiones llega

a ser un bosque bajo de acuerdo con la humedad y condiciones de protección, por

ejemplo en cañones (Rojas, 1965).

Este tipo de comunidad se encuentra formada principalmente por elementos

inermes y caducifolios por un breve periodo del año; se encuentra generalmente

entre los límites de matorrales áridos, bosques de encino y selva baja caducifolia,

principalmente en las partes bajas de ambas vertientes de la Sierra Madre

Oriental, en su porción septentrional.

Esta comunidad de acuerdo a las asociaciones que presenta puede dividirse en

matorral submontano inerme, matorral submontano subinerme y matorral

submontano espinoso. La comunidad clímax del matorral submontano sobrepasa

los 6m de altura y las ramas se entremezclan dando el aspecto de un matorral

mucho más cerrado de lo que en realidad es.

Matorral submontano subcaducifolio: Las especies representativas tienen una

altura hasta de 5m tiende a presentar una agrupación densa y cerrada, con

especies caducifolias (pierden su follaje durante un breve período del año), existe

en laderas con suelos de textura fina y con profundidades mayores a 35cm,

siempre y cuando se mantengan en condiciones de humedad adecuada. El

tamaño de las hojas es mayor que las del matorral subinerme y del espinoso.

Matorral submontano subinerme: Esta comunidad se encuentra mayormente

extendida en el área ya que tiene una adaptación ambiental más amplia. Las

especies dominantes son espinosas y resisten condiciones más extremas de baja

humedad y pueden prosperar en substratos pedregosos calizos con suelos

delgados, y en lugares de menor insolación y mayor humedad, alcanzan más de

4m de altura, así como una cobertura sumamente cerrada.

Bosques de Encino: Con una distribución altitudinal en el Estado entre los 800 y

1500msnm bajando en lugares protegidos, sobre la ladera oriental de la sierra con

una temperatura anual promedio entre 17.5 y 22ºC y una precipitación aproximada

entre 550 a 1200mm; Bosques medianos con árboles de más de 10 m de altura la

planta dominante es el Encino con abundantes gramíneas, en las zonas húmedas

se puede presentar un bosque exuberante con Juglans y Carya. Un tipo de

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vegetación complejo en el que existen plantas de hoja dura y deciduas, así como

plantas de textura delgada cuyo tamaño corresponde a la clase micro y mesófila;

Integrada entre el matorral xérico de las partes bajas y el bosque mesófilo de las

alturas, (Rojas, M., P.,1965). Este bosque está formado generalmente por dos

estratos, el superior e inferior.

En la tabla IV.1 se listan las especies de flora silvestre presentes en la

Subprovincia y Región Hidrológica denominada Bravo-Conchos en la Cuenca del

Río Bravo-San Juan, Subcuencas Río Pesquería (http://www.conabio.gob.mx y de

varios autores) y su estatus de protección según la NOM-059-SEMARNAT-2010.

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Tabla IV.1. Listado de especies de flora silvestre y su estatus de protección.

NOMBRE CIENTIFICO NOMBRE COMUN ESTATUS DE PROTECCIÓN

Acacia berlandieri Guajillo

Acacia farnesiana Huizache

Acacia rigidula Chaparro prieto

Bernardia myiricaefolia Oreja de ratón

Bouchloe dactyloides Zacate chino

Bouteloua gracilis Zacate navajita

Bouteloua trífida Navajita morada

Calliandra conferta Calandria

Castela texana Chaparro amargoso

Celtis laevigata Palo blanco

Celtis pallida Granjeno

Cercidium macrum Palo verde

Condalia hookeri Brasil

Cordia boissieri Anacahuita

Diospyros palmeri Chapote manzano

Echinocactus berlandieri

Echinocactus texensis Mancacaballo

Echinocereus blankii

Echinocereus poselgeri Cola de rata Pr

Erethia anacua Anacua

Eysenhardtia texana Vara dulce

Ferocactus hamatacanthus Viznaga

Foriestiera angustifolia Panalero

Helianthus annus Girasol

Helietta parvifolia Barreta

Jatropha dioica Sangre de drago

Karwinskia humboldtiana Coyotillo

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NOMBRE CIENTIFICO NOMBRE COMUN ESTATUS DE PROTECCIÓN

Krameria ramosissima

Leucophyllum frutescens Cenizo

Mammilaria heyderi

Opuntia leptocaulis Tasajillo

Opuntia lindheimeri Nopal

Parkinsonia aculeata Retama

Pitheccellobium ebano Ébano

Pitheccelobium pallens Tenaza

Porliera angustifolia Guayacán

Prosopis glandulosa Mezquite

Randia laetrovirens Cruceto

Rhandia sp. Cruz de Cristo

Schaefferia cuneifolia Capul

Sclerocactus scherii

Varilla texana Saladilla

Viguiera steoloba

Yucca filifera Palma china

Zanthoxyllum fagara Colima

Ziziphus obtusifolia Clepe

Fauna silvestre

Como resultado del tipo de asociación vegetal descrita, se pueden encontrar un

gran número de especies de fauna silvestre como: Accipiter cooperii (gavilán

pechirrufo mayor), Accipiter striatus (gavilán pechirrufo menor), Bombycilla

cedrorum (ampelis americano), Buteo jamaicensis (aguililla coliroja), Buteo nitidus

(aguililla gris), Cardinalis cardinalis (cardenal rojo), Carpodacus mexicanus

(carpodaco doméstico), Columba flavirostris (paloma morada), Columba fasciata

(paloma collareja), Dendroica chrysoparia (chipe negriamarillo dorsinegro), Falco

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mexicanus (halcón pálido), Icterus parisorum (bolsero parisino), Lampornis

clemenciae (chupador gorgiazul), Mimus polyglottos (centzontle aliblanco),

Parabuteo unicinctus (halcón de Harris), Polyborus plancus (caracara común),

Regulus calendula (reyesuelo sencillo), Turdus migratorius (zorzal pechirrojo) y

Tyto alba (lechuza de campanario); así mismo, algunos mamíferos como

Odocoileus virginianus (venado cola blanca), Dasypus novemcinctus (armadillo), y

Lynx rufus (gato montés), entre otras especies.

Con base en lo anterior, en la tabla IV.2 se integra un listado general de la fauna

silvestre y su estatus de protección en la NOM-059-SEMARNAT-2010, presente

en la Cuenca Hidrológica donde se ubica el área del proyecto, derivados de la

gran riqueza de flora silvestre en la cuenca hidrológica:

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Tabla IV.2. Listado de especies de fauna silvestre y su estatus de protección.

Nombre científico Nombre común Estatus

Antrozous pallidus pallidus Murciélago pálido

Baiomis taylori taylori (Thomas) Ratón pigmeo

Bassariscus astutus flavus Cacomixtle o pintarabo

Canis latrans texensis Coyote

Choeronycteris mexicana Murciélago lengulargo A

Corynorthinus mexicanus Murciélago orejas de mula

Cryptotis parva berlandieri Musaraña pequeña

Dasypus novemcinctus mexicanus Armadillo

Dermanura tolteca tolteca Murciélago de los amates

Didelphis virginiana californica Tlacuache

Dipodomys merriami ambiguus Rata canguro de Merriam

Eptesicus fuscus fuscus Gran murciélago moreno

Herpailurus yagouaroundi cacomitli Jaguarundi A

Lasiurus boreales Murciélago rojizo

Lasiurus cinereus cinereus Murciélago canoso o escarchado

Lasiurus ega panamensis Murciélago amarillo del sur

Lasiurus intermedius Murciélago amarillo del norte

Leopardos pardalis Tigrillo, ocelote P

Leptonycteris curasoae yerbabuenae Murciélago hocicudo de hierbabuena A

Leptonycteris nivalis Murciélago hocicudo de la nueve

Lepus californicus merriami Liebre de cola negra de Merriam

Lynx rufus texensis Gato cola rabona

Lyomys irroratus texensis Ratón de bolsas espinoso texano

Mephitis mephitis varians Zorrillo listado

Mormoops megalophyla Murciélago bigotudo de cara pelada

Mormoops megalophylla Murciélago de cara plegada

Mustela frenata frenata Comadreja, visón de cola larga

Myotis velifera incauta Murcielaguito pardo del norte

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Nombre científico Nombre común Estatus

Nasua narica moralis Coatí, tejón solitario

Natalus stramineus saturates Natalo mexicano acanelado oscuro

Neotoma micropus micropus Rata mederera de las planicies

Nycteris cinerea Murciélago escarchado o canoso

Nycticeius humeralis mexicanus Murciélago crepuscular

Nyecteris ega xanthina Murciélago amarillo sureño

Odocoileus virginianus texanus Venado cola blanca

Oryzomys palustris acuaticus (J. A. Allen) Rata arrocera

Panthera onca Jaguar P

Pecari tajacu angulatus Jabalí

Peromyscus baylii ambiguus (Alvares) Ratón de matorral

Peromyscus leucopus texanus Ratón de patas blancas

Peromyscus levipes ambiguus Ratón de matorral

Peromyscus pectoralis laceianus Ratón de tobillos blancos

Plecotus mexicaus (G. M. Allen) Murciélago orejas de mula

Procyon lotor Mapache

Pteronotus dhabi fulvus Murciélago de falsas espaldas desnudas

Puma concolor staleyana Goldman Puma o león

Reithrodontomys fulvescens intermedius Ratón cosechador

Reithrodontomys megalotis saturatus Ratón cosechador del oeste

Sciurus hallen Ardilla parda

Sigmodon hispidus berlandieri Rata algodonera híspida

Spermophilus mexicanus parvidens Ardilla de tierra mexicana

Spermophilus variegatus couchii Ardilla de roca, negra o ardillón

Spilogale putorius leucoparia Merriam Zorrillo manchado

Sylvilagus floridanus chapmani Conejo del este

Tadarida brasilensis mexicana Murciélago guanero mexicano

Urocyon cinereoargenteus scottii Zorra gris

Ursus americanus eremicus Oso negro P

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Nombre científico Nombre común Estatus

Accipiter cooperii Gavilán de Cooper Pr

Accipiter striatus Gavilán pecho rufo Pr

Actitis macularía Alza colita

Aimophila casiinii Gorrión de Bassin

Anas strepera Pato pinto

Aquila chrysaetos Águila real A

Archilochus colubris Masoncito de garganta de fuego

Ardea herodias santilucae Garza morena Pr

Arremonops rufivirgata Gorrión oliváceo

Basileuterus culicivorus Verdín capulínero

Basileuterus rufrifrons Duraznero

Bombycilla cedrorum Morero, clarinete, copetón

Bubo virginianus Búho cornudo

Buteo jamaicencis Aguililla cola roja

Buteogallus anthracinus Aguililla negra menor Pr

Butorides virescens Garcita verde

Camptostoma imberbe Mosquiterito imberbe

Cardinalis cardinalis Cardenal

Catharus guttatus Tordo ermitaño

Catherpes mexicanus -----

Centurus aurifrons Carpintero de frente dorada

Chloroceryle americana Martín pescador

Coccyzus americanus Platero piquiamarillo

Colinus virginianus Codorniz cotuí

Columba flavirostris Paloma

Columbina inca Tórtola colilarga

Columbina passerina Tortolita

Corvus corax Cuervo

Cyanocorax yncas Chara

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Nombre científico Nombre común Estatus

Cynanthus latirostris Chuparosa, matraquita

Dendrocopos scalaris Carpintero chilillo

Dendroica pensylvanica Verdín de costados castaños

Dumetella carolinensis Pájaro gato

Empidonax flaviventris Mosquiterito de vientre amarillo

Falco mexicanus Halcón mexicano A

Falco peregrines Halcón peregrine Pr

Falco sparverius Halcón

Geococcyx californianus Correcaminos

Geothlypis trichas -----

Guiraca caerulea Azulero maicero

Hirundo rustica Golondrina común

Icterus cucullatus Calandria zapotera

Icterus graduacauda Calandria hierbera

Megaceryle alción Martín pescador pardo

Melanerpes aurifrons -----

Melospiza lincolnii Zorzal ó gorrión de Lincoln

Mniotilta varia Cantor blanco y negro

Molothrus aeneus Vaquero ojirrojo

Moltthrus aeneus Tordo ojirrojo

Momotus momota Pájaro reloj

Myiarchus crinitus Papamoscas de cresta grande

Oporornis tolmiei Verderon de Tolmie

Ortalis vetula Chachalaca

Ortalix vetula Chachalaca

Otus asio Tecolotito chillo texano Pr

Parabuteo unicinctus Aguililla rojinegra Pr

Parula pitiayumi Verdin de espalda olivácea

Parus bicolor Capetoncito

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Nombre científico Nombre común Estatus

Passerculus sandwichensis Gorrión sanjero A

Passerina cyanea Gorrión triguero

Passerina versicolor Gorrión prusiano

Pheucticus melanochephalus Tigrillo

Pipilo erythrophthalmus Chouí

Pitangus sulphuratus Bienteveo

Platypsaris aglaiae Degollado

Polioptila caerulea Perlita común

Pooecetes gramineus Gorrión torito

Quiscalus mexicanus Zanate mexicano

Regulus caléndula Reyezuelo

Rhodothraupis celaeno Cardenal de la sierra

Sayornis phoebe Papamoscas fibí

Spinus tristis Jilguero americano

Spizella pallida Chimbito pálido

Spizella passerina Chimbito común

Sporophila torqueola Sirindango

Thryothorus ludovicianus Saltapared carolinense

Toxostoma longirostre Cuitlacoche, alacranero

Troglodytes aedon Saltapared cucarachero

Turdus grayi Zorzal pardo

Turdus migratorius Primavera real

Tyranus couchii Tirano de Couch

Vermivora celata Cantador de corona naranja

Vireo flavoviridis Vireo amarillo verdoso

Vireo griseus Vireo gris

Vireo huttoni Virreo de Hutton

Vireo solitarius Vireo solitario

Zenaida asiática Paloma de alas blancas

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Nombre científico Nombre común Estatus

Zenaida macroura Paloma huilota

Aspidoscelis gularis gularis Huico texano

Bufo nebulifer Sapo común

Coluber constrictor Corredora mexicana A

Crotalus atrox Cascabel de diamante Pr

Crotalus lepidus Lepidus Cascabel de las rocas Pr

Crotalus molossus molossus Cascabel de cola negra Pr

Diadophis punctatus regalis Culebra de collar real

Drymarchon corais erebennus Serpiente negra texana

Drymobius margaritiferus margarituferus Petatilla

Elaphe bairdi Ratonera de Baird

Elaphe emoryi Ratonera de gran llano

Eleutherodactylus augusti Rana labradora común

Eleutherodactylus cystignathoides campi Rana chirriadora mexicana

Eleutherodactylus longipes Rana chirriadora de la Huasteca

Eumeces brevirostris pineus Salamanquesa de cola azul

Gerrhonotus infernales Escorpión texano Pr

Hyla miotympanum Rana arborícola

Lampropeltis alterna Culebra real rayada gris A

Lampropeltis getula Culebra real común A

Lepidophyma sylvaticum Lagartija nocturna de montaña

Leptodactylus fragilis Rana de labios blancos

Leptodeira septentrionalis septentrionales Culebra desteñida septentrional

Leptophis mexicanus Ranera mexicana A

Leptotyphlops myopicus* Culebrilla ciega

Masticophis schotti ruthveni Chirrionera parda

Micrurus fulvius Serpiente coralillo Pr

Opheodrys aestivus majalis Culebra verde

Phrynosoma modestum Falso camaleón

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Nombre científico Nombre común Estatus

Ramphotyphlops braminus Culebrilla ciega de Brahminy

Rana berlandieri Rana leopardo Pr

Rhadinaea montana Hojarasquera de Nuevo León P

Salvadora grahamiae lineata Culebra chata texana

Sceloporus grammicus disparilis Lagartija de mezquite Pr

Sceloporus jarrovi cyaneus Lagartija espinosa azul de montaña

Sceloporus olivaceus Lagartija espinosa de Texas

Sceloporus serrifer cyanogenys Lagartija espinosa azul

Sceloporus torquatus binocularis Lagartija de grietas de Nuevo León

Scincella sylvicola caudaequinae Salamanquesa de cola parda P

Sibon sartorii sartorii Caracolera de Sartor

Smilisca baudinii Rana trepadora

Sonora semiannulata semiannulata Culebra de tierra

Storeira hidalgoensis Culebra cabeza parda

Tantilla atriceps Culebrilla de cabeza negra A

Tantilla rubra Culebrilla rojiza

Thamnophis proximus diabolicus Culebra listonada A

Trimorphodon tau tau Falsa nauyaca mexicana

NOM-059-SEMARNAT-2010. Claves: A = Amenazada. P = En peligro de extinción. Pr = Sujeta a

protección especial.

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Figura IV.1 Regiones hidrológicas en el estado de Nuevo León (INEGI, 2010).

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Figura IV.2. Fisiografía del Estado de Nuevo León (INEGI 2010)

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Figura IV.3. Hidrología del Estado de Nuevo León.

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Figura IV.4 Uso de suelo y vegetación en el estado de Nuevo León.

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Evaluación de Predio y Análisis de los Componentes

Sistema de muestreo

FLORA

Para el inventario de la flora y caracterización de las comunidades vegetales y

cálculo de los atributos de la vegetación que se presentan en el área donde, en

caso de contar con la autorización se ubicará el desarrollo habitacional y comercial

en municipio de Monterrey, Nuevo León, se utilizó la técnica de muestreo de la

vegetación denominada: “Método de cuadrante”. El método fue seleccionado

debido a su eficiencia y nivel de precisión para muestrear las comunidades

vegetales de tipo arbóreo y arbustivo presentes en el área.

Método de cuadrante

Los métodos con parcela han sido utilizados ampliamente para la medición de los

atributos de la vegetación, siendo el método del cuadrante el más antiguo para la

obtención de datos cuantitativos sobre la vegetación. Los cuadrantes pueden ser

cuadros, rectángulos o círculos y las dimensiones del cuadrante dependen del

tamaño de las plantas a evaluar, por lo cual para el presente estudio se utilizaron

parcelas cuadradas de 10 m por 10 m, abarcando un área de 100 m2. El cuadrante

se delimita con cuatro estacas, las cuales se colocan en cada punto cardinal,

empleando como centro una estaca. Registrando además de las especies

encontradas: altura, diámetro y radio. La cobertura aérea se determina a partir de

la cobertura de la copa. La copa de las plantas se considera como circular; sin

embargo, cuando se presentan copas irregulares, se miden dos radios extremos el

mayor y el menor. Las mediciones de distancia y radios se realizan directamente

con cinta métrica flexible y se anotan en metros.

Establecimiento del sitio de muestreo.

En el sitio de muestreo se realizó primero un reconocimiento sobre el número de

estratos presentes y las especies que forman cada uno de ellos, con la finalidad

de caracterizar la vegetación presente en el área de estudio. Los sitios de

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muestreo se ubicaron de manera sistemática para estudiar la vegetación presente.

Los materiales utilizados en el trabajo de campo durante los muestreos son: cintas

diamétricas, cintas métricas flexibles de 5 metros y una de 50 metros de longitud,

estacas; además de los materiales para la colecta de especímenes botánicos tales

como martillo de geólogo o piolet, tijeras de podar, bolsas de hule y prensa

botánica.

Tamaño de la muestra

Se realizaron muestreos en forma de cuadrantes de 100 m2 (10 x 10 m), en total,

se establecieron 14 sitios al azar, la ubicación geográfica de cada sitio de

muestreo se enlista en la tabla IV.3. Se anexa la información levantada en campo

(Anexo IV).

Tabla IV.3. Ubicación de sitios de muestreo en el predio (coordenadas UTM).

Sitio X Y Sitio X Y

1 357707 2848609 8 357543 2848258

2 357746 2848623 9 357519 2848150

3 357697 2848572 10 357647 2848518

4 357616 2848440 11 357603 2848369

5 357883 2848347 12 357633 2848283

6 357670 2848359 13 357484 2848216

7 357715 2848476 14 357584 2848135

El número de cuadrantes necesario para obtener una representatividad de la

muestra en el área es determinado por los tipos de comunidades a muestrear, así

como las diferencias encontradas dentro de estas.

En total, se muestrearon 1400 m2, registrando además de las especies

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encontradas, los siguientes parámetros y/o características de los individuos: el

número, diámetro en la base, altura y diámetro de copa.

Como información complementaria para el estudio se tomaron aspectos como:

diversidad, fisonomía, estratificación vertical y la cobertura proporcional de las

especies. Se estimaron los índices de riqueza (índice de Margalef e índice de

Menhinick) y diversidad de especies (índice de Shanon) correspondientes al

predio.

El manejo de los datos obtenidos en el sumario de los datos de muestreo del

cuadrante, como producto de la medición de la vegetación se fundamenta en

Muller - Dombois y Ellenberg (1974) y Krebs (1985).

Con la información recabada durante el muestreo se calcularon los parámetros de

la vegetación, tales como la densidad relativa, dominancia relativa y frecuencia

relativa de las especies dentro de la vegetación del área de estudio, y de esta

manera obtener el Índice de Valor de Importancia Ecológica (Mueller-Dombois y

Ellenberg, 1974; Krebs, 1985).

Las formulas para el análisis de datos fueron:

Cobertura = π * rM * rm (estimación para cada individuo)

Donde:

rM = el radio mayor

rm = el radio menor de cada individuo

Dominancia = Cobertura de una especie/Área muestreada

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Dominancia relativa = Dominancia para la especie i x 100

Dominancia de todas las especies

Densidad = Número de individuos de la especie i/Área muestreada

Densidad relativa = Densidad para la especie i x 100

Densidad para todas las especies

Frecuencia = Número de parcelas con la especie/Número total de parcelas

Frecuencia relativa = Frecuencia de la especie i x 100

Suma de la frecuencia de todas las especies

Estimación del Índice de Valor de Importancia (IVI)

El Índice de Valor de Importancia es un parámetro que mide el valor de las

especies dentro del ecosistema donde se distribuye, basándose principalmente en

tres parámetros, que son: la dominancia (ya sea en forma de cobertura o área

basal), su densidad y su frecuencia de cada cuadrante evaluado. El índice

corresponde a la suma de estos tres parámetros, siendo este valor el que revela la

importancia ecológica relativa de cada especie en una comunidad vegetal y

proporciona una mejor descripción que cualquiera de los parámetros utilizados

individualmente. Para obtener el Índice de Valor de Importancia es necesario

transformar los datos de cobertura, densidad y frecuencia en valores relativos. La

suma total de los valores relativos de cada parámetro debe ser igual a 100. Por lo

tanto, la suma total de los valores del Índice debe ser igual a 300.

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VI = dominancia relativa + densidad relativa + frecuencia relativa

En la tabla IV.4 se muestran los resultados de los parámetros ecológicos

estimados para las especies arbustivas y arbóreas, donde se puede observar que

la especie Cordia boissieri (anacahuita) obtuvo el valor más alto en los

parámetros: dominancia relativa (24.1 %), densidad relativa (18.84 %) y valor de

importancia (52.94 %), siendo la de mayor importancia en el predio, a su vez

Acacia rigidula (gavia) para frecuencia relativa (11.67 %).

Tabla IV.4 Valor de importancia para especies muestreadas en el área de estudio.

Especie Altura media

(m)

Dom Rel (%)

Densidad (ind/ha)

Dens Rel (%)

Frec Rel (%)

IVI (%)

Acacia greggi 2.00 6.86 143 6.85 7.5 21.21

Acacia rigidula 2.50 19.73 329 15.75 11.67 47.15

Bernardia myriaefolia 1.70 5.35 207 9.93 8.33 23.61

Caesalpinia mexicana 1.70 1.02 36 1.71 3.33 6.06

Castela texana 1.30 0.35 36 1.71 2.5 4.56

Celtis pallida 1.70 2.38 93 4.46 5 11.84

Cordia boissieri 2.20 24.1 393 18.84 10 52.94

Croton torreyanus 1.80 0.54 36 1.71 3.33 5.58

Desmanthus virgatus 1.50 0.32 21 1.03 1.67 3.02

Diospyros palmeri 4.00 0.66 7 0.34 0.83 1.83

Diospyros texana 5.00 3.38 7 0.34 0.83 4.55

Eysenhardtia polystachia

1.80 1.35 29 1.37 2.5 5.22

Forestiera angustifolia 3.10 0.61 14 0.68 0.83 2.12

Havardia pallens 3.0 10.56 236 11.3 9.17 31.03

Karwinskia humboldtiana

0.20 0.3 21 1.03 1.67 3.00

Leucophyllum frutescens

1.20 3.64 114 5.48 7.5 16.62

Lycium berlandieri 1.40 1.01 43 2.05 3.33 6.39

Prosopis glandulosa 2.70 0.94 7 0.34 0.83 2.11

Schaefferia cuneifolia 0.80 0.11 14 0.68 0.83 1.62

Sideroxylon celastrinum

3.60 7.01 50 2.4 4.17 13.58

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Yucca filifera 4.10 1.44 57 2.74 5 9.18

Zanthoxylum fagara 2.00 8.34 193 9.26 9.18 26.78

A continuación se muestran gráficamente los valores de frecuencia relativa (Figura

IV.5), densidad relativa (Figura IV.6); dominancia relativa (Figura IV.7) y valor de

importancia obtenidos para las especies muestreadas (Figura IV.8).

A continuación se muestran gráficamente los valores de frecuencia relativa (Figura

IV.5), densidad relativa (Figura IV.6); dominancia relativa (Figura IV.7) y valor de

importancia obtenidos para las especies muestreadas (Figura IV.8).

Figura IV.5 Valor de frecuencia relativa para las especies muestreadas.

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Figura IV.6 Valor de densidad relativa para las especies muestreadas.

Figura IV. 7 Valor de dominancia relativa para las especies muestreadas.

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Figura IV. 8 Valor de importancia para las especies muestreadas.

El índice de riqueza se define como el número total de especies obtenidas en un

censo de la comunidad (Magurran, 1988). Debido a la imposibilidad técnica para

averiguar la composición completa de una comunidad ecológica, la riqueza es

frecuentemente medida como el número de especies en muestras de tamaño

constante, arbitrariamente escogidas (Rodríguez, 1994). Es la medida más

frecuentemente utilizada (Moreno, 2001):

En el caso del índice de Margalef se transforma el número de especies por

muestra a una proporción, donde las especies son añadidas por expansión de la

muestra. Supone que hay una relación funcional entre el número de especies y el

número total de individuos que se obtiene a través de la ecuación (Clifford y

Stephenson, 1975):

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Donde:

S= Número de especies registradas;

N = Numero de Individuos registrados;

ln = Logaritmo natural.

El segundo índice utilizado, índice de Menhinick, se basa en la relación entre el

número de especies y el número total de individuos observados, que se

incrementa al aumentar el tamaño de la muestra (Whittaker, 1977), con la

ecuación:

Donde:

S= Número de especies registradas;

N = Número de individuos registrados.

Tabla IV.5 Resultados de índices de riqueza.

Índice de Riqueza Resultado

Índice de Margalef 3.70

Índice de Menhinick 1.29

Según Gaines et al. (1999), el índice de diversidad es descrito como un parámetro

estadístico, derivado de la información de la riqueza de especies y la abundancia

de individuos presentes en un ecosistema.

El índice utilizado fue el Índice de Shannon basado en la lógica de que la

diversidad en un sistema natural puede ser medida de un modo similar a la

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información contenida en un código o mensaje (Magurran, 1988), y considera que

los individuos se muestrean al azar a partir de una población “indefinidamente

grande”, esto es, una población efectivamente infinita y que todas las especies

están representadas en la muestra (Pielou, 1975). Este índice toma en

consideración los dos componentes de la diversidad: las especies y el número de

individuos reflejando de mejor manera la diversidad florística de las poblaciones:

Donde:

H’ = diversidad;

S = número de especies;

pi = proporción de las especies pi=ni/N;

ni = número de individuos de la especie i

ln = logaritmo natural.

Tabla IV.6 Resultados para índice de diversidad.

Índice de Diversidad Resultado

Shannon-Weiner 2.53

Los índices de riqueza Margalef y Menhinick que se obtuvieron fueron: 3.70 y 1.29

respectivamente, en lo que concierne al índice de diversidad Shannon resulto:

2.53, lo cual nos indica que la diversidad en el predio es media en comparación

con valores obtenidos en otras áreas de la región. Respecto a esto se concluye

que le vegetación presente tiene una importancia ecológica media.

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Fauna Silvestre

Para estimar la presencia de la fauna silvestre dentro del polígono del proyecto, se

realizaron un total de 10 transectos de 100 metros c/u con un ancho de cada lado

de 2 metros (4 de ancho) dentro del área del predio, junto con recorridos de

observación en el transcurso del día.

Cubriéndose una superficie de 4000 m2. En dichas actividades se registraron un

total de 7 especies de fauna, de las cuales ninguna especie se encuentra enlistada

en la NOM-059-SEMARNAT-2010, durante los recorridos se registraron todos los

organismos que lograron observarse de forma directa e indirecta a través de la

presencia de huellas y excretas (tabla IV.7).

En la tabla IV. 7 se presenta el listado de las especies registradas durante los

recorridos. En total se encontraron 5 especies de aves (23 individuos) y 2 especies

de mamíferos (9 individuos) y ninguna especie de reptil.

Tabla IV.7. Número de Individuos observados.

Nombre científico Nombre común Ind. Observados

NOM-059-SEMARNAT-2010

CLASE: AVES

Caracara cheriway Caracara 1 No listada

Corvus imparatus Cuervo 6 No listada

Geococcys californianus

Correcaminos 3 No listada

Mimus polyglottos Cenzontle 4 No listada

Zenaida macroura Paloma de alas blancas

9 No listada

CLASE: MAMIFEROS

Neotoma mexicana Rata 3 No listada

Sylvilagus floridanus Conejo 6 No listada

CLASE: REPTILES

- - - -

El área de estudio se encuentra delimitada por vías de comunicación como son

entre las Avenidas Puerta de Hierro, Abraham Lincoln y Leones, lo cual, ha

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afectado la presencia y la densidad poblacional de las comunidades de la fauna

silvestre. Los registros fueron por evidencia de heces fecales y observación

directa.

Medio socioeconómico.

El estado de Nuevo León se ha caracterizado por el desarrollo económico y

comercial, por lo que el empleo se ha mantenido y las fuentes laborales no han

decaído ni cerrado. El desarrollo habitacional y comercial que se pretende

construir vendrá a incrementar la cantidad de empleos directos e indirectos así

como las actividades secundarias y terciarias.

La tasa de desempleo en el país se mantuvo elevada en enero de 2010, al

registrar una tasa de 5.43% de la fuerza laboral, es decir, más de 2 millones 558

mil personas, y afectó particularmente a la población con mayor instrucción.

El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) informó que la tasa de

desempleo del mes pasado resultó inferior a la tasa de 5.87% de la Población

Económicamente Activa (PEA) de enero de 2010. Pero, supera el nivel de inicios

de 2009, año en que la recesión reportó su mayor efecto negativo, y la tasa fue de

5% de la PEA.

Desde el año pasado, la tasa de desempleo comenzó a estabilizarse por arriba de

5% de la Población Económicamente Activa, pero en 2008, antes de la recesión la

tasa de desocupación no superaba el 4% de la PEA.

Nuevo León es uno de los estados más desarrollados en el área económica. Su

actividad de empresas e industrias y la creciente infraestructura lo han colocado

en la competencia a nivel internacional, contando actualmente con 57 parques

industriales.

Considerando que existe una gran migración en Nuevo León y que obviamente

está llegando gente que se incorpora al mercado laboral la tasa de desempleo no

es excepcional, sin embargo, se debe de enfatizar que el crecimiento de empleo

actualmente en Nuevo León es extraordinario, sin embargo, se deben de crear

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101

nuevas fuentes de empleo, con el propósito de proporcionar una calidad de vida

adecuada para cada uno de los ciudadanos del estado y en especial a los

habitantes del municipio de Monterrey, disminuyendo su migración hacia otros

municipios, estado o país.

A su vez, es importante mencionar que el Municipio de Monterrey, Nuevo León,

está situado al Noreste de México y es uno de los nueve municipios que

conforman el área metropolitana.

Es considerado por empresas de talla internacional como el lugar idóneo para la

instalación y expansión de sus operaciones, ya que cuenta con una ubicación

privilegiada, con la fuerza de trabajo más estable y certificado de nuestro Estado y

con otros atractivos que incentivan la actividad productiva.

Actualmente existen instaladas importantes empresas nacionales y extranjeras

líderes en los sectores: Automotriz, Electrónico, Alimenticio, Manufacturero y de

Servicios, entre otros.

Mediante un estratégico sistema vial, Monterrey ofrece una estructura de

transporte urbano y de mercancías, que facilita las conexiones periféricas,

agilizando la comunicación del municipio, con el resto del área metropolitana de

Monterrey y la región Noreste del País.

Monterrey tiene en sus vías de comunicación, una de sus mayores fortalezas. Su

ubicación geográfica privilegiada permite un fácil, rápido y seguro acceso por

carretera y ferrocarril a los Estados Unidos de Norteamérica, a través de nuestra

frontera estatal en Colombia, Nuevo León.

También, por vía terrestre y vía férrea llegamos rápidamente a los estados

fronterizos del norte de México como Chihuahua, Sonora, Coahuila y Tamaulipas,

y al puerto de Tampico Tamaulipas, en el Golfo de México.

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102

Diagnóstico ambiental.

El predio se ubica en un área de matorral submontano. El tipo de suelo

identificado en el sitio corresponde a Castañozem Luvico de clase textural fina (Hc

+ Kh / 3). El Castañozem, es un suelo característico de climas semi-secos.

Ninguno de los suelos tiene características únicas o extraordinarias; en algunas

partes la capa orgánica es muy pobre, dejando al descubierto la roca, por lo que el

suelo es arrastrado en época de lluvias.

El predio no tiene un uso aparente y no se posee rasgos culturales importantes

como el establecimiento de construcciones históricas, pinturas rupestres entre

otros. De acuerdo a los recorridos y muestreos realizados en el área de estudio se

determinó que el terreno presenta áreas abiertas con poca cobertura vegetal y

otras con mayor cobertura y cubiertas especies características del tipo de

vegetación denominado matorral submontano; cuyos elementos vegetales más

sobresalientes con base a las evaluaciones de la vegetación son (Tabla IV.8):

Tabla IV.8. Elementos vegetales más sobresalientes.

Especie Altura media

(m)

Dom Rel (%)

Densidad (ind/ha)

Dens Rel (%)

Frec Rel (%)

IVI (%)

Acacia greggi 2.00 6.86 143 6.85 7.5 21.21

Acacia rigidula 2.50 19.73 329 15.75 11.67 47.15

Bernardia myriaefolia 1.70 5.35 207 9.93 8.33 23.61

Celtis pallida 1.70 2.38 93 4.46 5 11.84

Cordia boissieri 2.20 24.1 393 18.84 10 52.94

Havardia pallens 3.0 10.56 236 11.3 9.17 31.03

Leucophyllum frutescens

1.20 3.64 114 5.48 7.5 16.62

Sideroxylon celastrinum

3.60 7.01 50 2.4 4.17 13.58

Yucca filifera 4.10 1.44 57 2.74 5 9.18

Zanthoxylum fagara 2.00 8.34 193 9.26 9.18 26.78

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Y de la fauna silvestre (Tabla IV.9), los más importantes son:

Tabla IV.9. Fauna silvestre más sobresaliente en el área del proyecto:

Nombre científico Nombre común Ind. Observados

NOM-059-SEMARNAT-2010

CLASE: AVES

Caracara cheriway Caracara 1 No listada

Corvus imparatus Cuervo 6 No listada

Geococcys californianus

Correcaminos 3 No listada

Mimus polyglottos Cenzontle 4 No listada

Zenaida macroura Paloma de alas blancas

9 No listada

CLASE: MAMIFEROS

Neotoma mexicana Rata 3 No listada

Sylvilagus floridanus Conejo 6 No listada

Importante es mencionar que de las especies silvestres identificadas, ninguna se

encontró dentro de la lista de especies protegidas (NOM-059-SEMARNAT-2010).

Por último es importante mencionar que el polígono sujeto a evaluación se

encuentra en la Delegación Poniente (Fig. IV.9) del municipio en área habitacional

según se observa en el Plan de Desarrollo Urbano del municipio (Figura III.1.).

Figura IV.9. Delegaciones y distritos Urbanos del municipio de Monterrey.

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El área del proyecto, se encuentra a una distancia aproximada de 13.97 km

línea recta de la cabecera municipal de Monterrey y a 13.68 km de General

Escobedo, Nuevo León. Así como, a 4.34 km del Río Pesquería, en el área del

proyecto se encuentra un escurrimiento intermitente, mismo que cruzara por

avenidas principales y por áreas verdes dentro del proyecto sujeto a

evaluación, con el propósito de no afectar su cauce natural.

El polígono del proyecto no se encuentra dentro Regiones Terrestres

Prioritarias para su Conservación, sin embargo, como se menciono

anteriormente éste se encuentra dentro del Plan Municipal en la Zona

Habitacional, mismos objetivos que se pretenden seguir con la implementación

del Desarrollo Habitacional. Observándose, en la Figura I.1 que las vías de

comunicación serán las que sufran un fuerte impacto por el traslado de los

trabajadores y de los vehículos de transporte pesado provocando la

generación de smog y/o humo a la atmosfera afectando la calidad del aire

(esto será durante la remoción de la vegetación y posteriormente durante la

construcción de desarrollo habitacional).

Otro de los problemas ambientales que se logro detectar es la producción de

partículas de polvo a la atmosfera, durante el proceso de remoción de la

vegetación, sin embargo, se ha contemplado dentro de las medidas de

mitigación el riego constante del suelo durante esta actividad, así como

también, cuando exista el movimiento de camiones que transporten suelo y/o

otros productos de construcción. Cabe mencionar, que sí se llegasen a

presentar fuertes vientos, durante la actividad mencionada, ésta no se

realizará durante la presencia de dicho fenómeno, con el propósito de no

afectar a las personas que se encuentran en áreas habitacionales presentes

en la zona sur del área del proyecto, así como, no contaminar el cauce del río

por dichas partículas. Importante es mencionar que se considera un área de

influencia de 1 km alrededor del polígono sujeto a evaluación, estimándose un

superficie de 400 ha, hacia los límites de dicha superficie.

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La generación de basuras, también será otra de las problemáticas ambientales

que se verán incrementadas, sin embargo, con el apoyo del municipio y los

rellenos sanitarios de simeprodeso, se verá mermado y no afectará a gran

escala el ecosistema del polígono mencionado (400 ha). A su vez, la empresa

dentro de su polígono establecerá recipientes para almacenar dichos

productos, mismos, que posteriormente serán depositados en lugares

autorizados.

A su vez, se puede observar en las figuras de referencia, que la actividad de

desarrollos habitacionales es común en la zona, presentándose áreas con

modificaciones en su estructura vegetal, ésta zona se caracteriza por

presentar vegetación primaria en proceso de degradación. El resto de la

superficie de las 400 has, presenta vegetación de tipo matorral submontano

con una calidad primaria en proceso de degradación, misma, que reducirá el

impacto de los polvos y de los fuertes vientos que pudieran presentarse. Esta

vegetación, permitirá la infiltración del agua durante las precipitaciones,

permitiendo ver un paisaje en óptimas condiciones. Éstas áreas permitirán el

recargue de agua de los acuíferos subterráneos.

Cabe mencionar, que otro de los impactos positivos fuertes al implementarse

el proyecto en evaluación, será la generación de empleos, incrementando la

calidad de vida de la gente que habita en el perímetro del desarrollo

habitacional.

Por último, es importante mencionar o integrar algunos impactos que también

requerirán de atención para su manejo y control como: Urbanización, vías

terrestres, polvos, smog, ruidos (tránsito de vehículos-construcciones-

maquinarias).

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CAPÍTULO V. IDENTIFICACIÓN,

DESCRIPCIÓN Y EVALUACIÓN DE

LOS IMPACTOS AMBIENTALES

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107

V. IDENTIFICACIÓN, DESCRIPCIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES

El Impacto Ambiental, es la alteración que se produce en el ambiente cuando se

lleva a cabo un proyecto o una actividad. Las obras públicas como la construcción

de una carretera, un puerto deportivo, las ciudades, las industrias, una zona de

recreo para pasear por el campo o hacer escalada, una granja o un campo de

cultivo; cualquier actividad de estas tiene un impacto sobre el medio.

La alteración no siempre es negativa, ésta puede ser favorable o desfavorable

para el medio dependiendo el punto de vista que se considere.

En los impactos ambientales, se debe de considerar lo siguiente:

Signo: Si es positivo y sirve para mejorar el medio ambiente o si es negativo y

degrada la zona;

Intensidad: Según la destrucción del ambiente sea total, alta, media o baja;

Extensión: Según afecte a un lugar muy concreto y se llama puntual, o a una

zona algo mayor -parcial-, o a una gran parte del medio -impacto extremo- o a

todo -total-. Hay impactos de ubicación crítica: como puede ser un vertido en un

río poco antes de una toma de agua para consumo humano: será un impacto

puntual, pero en un lugar crítico; el momento en que se manifiesta y así

distinguimos impacto latente que se manifiesta al cabo del tiempo, como puede

ser el caso de la contaminación de un suelo como consecuencia de que se vayan

acumulando pesticidas u otros productos químicos, poco a poco, en ese lugar.

Otros impactos son inmediatos o a corto plazo y algunos son críticos como puede

ser ruido por la noche, cerca de un hospital;

Persistencia: Se dice que es fugaz si dura menos de 1 año; si dura de 1 a 3 años

es temporal y pertinaz si dura de 4 a diez años. Si es para siempre sería

permanente;

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Recuperación: Según sea más o menos fácil de reparar distinguimos

irrecuperables, reversibles, mitigables, recuperables, etc;

Suma de efectos: A veces la alteración final causada por un conjunto de impactos

es mayor que la suma de todos los individuales y se habla de efecto sinérgico. Así,

por ejemplo dos carreteras de montaña, pueden tener cada una su impacto, pero

si luego se hace un tercer tramo que, aunque sea corto, une las dos y sirve para

enlazar dos zonas antes alejadas, el efecto conjunto puede ser que aumente

mucho el tráfico por el conjunto de las tres. Eso sería un efecto sinérgico;

Periodicidad: Distinguimos si el impacto es continuo como una cantera, por

ejemplo; o discontinuo como una industria que, de vez en cuando, desprende

sustancias contaminantes o periódico o irregular como los incendios forestales.

Los impactos ambientales pueden clasificarse en primarios o secundarios;

entendiéndose como alteraciones del entorno ambiental ocasionadas por la

construcción de obras o proyectos productivos. En este capítulo, se pretende

identificar, describir y evaluar los impactos ambientales que se tendrían en caso

de realizarse el proyecto. De esta forma, se identificará la afectación que sufriría la

estructura y las funciones del sistema ambiental mientras se hace un balance con

los factores socioeconómicos relevantes.

Un impacto ambiental primario se refiere a cualquier efecto en el ambiente

biofísico o socioeconómico que se origine por una acción directa relacionada con

el proyecto, de tal forma que la generación de emisiones de gases, polvo,

partículas suspendidas, ruido, modificaciones en el relieve, compactación del

suelo, destrucción de la cubierta vegetal y la afectación de la fauna asociada son

considerados dentro de esta clasificación.

Los efectos secundarios son aquellos que se desprenden de la acción, pero no se

inician directamente por la misma, siendo identificados para este proyecto cambios

en la infiltración del agua y erosión.

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109

En general, el establecimiento de esta obra provocaría impactos moderados,

sobre el aire, el suelo, el agua, la vegetación y el paisaje principalmente.

La ejecución de la obra generaría diversos beneficios socioeconómicos, se

contrataría personal para la ejecución de los trabajos de acuerdo a las labores

requeridas en las diferentes etapas de desarrollo. También se beneficiarían otras

actividades económicas, principalmente a la industria de la construcción y

servicios asociados.

El proyecto que se integra, pretende generar beneficios económicos y sociales

para la población del municipio de Monterrey y Área Metropolitana de Nuevo León.

Mediante la verificación en campo y el análisis de los datos ambientales,

ponderándose las necesidades, susceptibilidades y problemáticas ambientales, de

manera que se presentan alternativas para reducir los efectos negativos en el

ambiente y la salud humana mientras se mantienen los beneficios sociales.

V.1 Metodología para identificar y evaluar los impactos ambientales

Criterios y metodologías de evaluación

A partir del análisis del sistema ambiental del área del proyecto y de la revisión de

las actividades del proyecto en sus distintas etapas, se identifican y evalúan los

impactos que provocará sobre el medio (Tabla V.1).

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110

Tabla V.1 Factores susceptibles de impacto

MEDIO FACTOR

1.- Físico.

1.1. Atmósfera:

1.2. Geología/morfología

1.3. Suelos

1.5. Agua superficial

1.6. Agua subterránea

2.- Biótico. 2.1. Vegetación

2.2. Fauna silvestre

3.- Socioeconómico 3.1.Población

3.2. Economía

4. Estético perceptual 4.1. Paisaje

4.2. Valor escénico

En la identificación de los impactos que ocasionará la obra proyectada, se

combinó la técnica de la Matriz de Interacciones de Leopold, primer método

utilizado para hacer estos estudios en 1971, por el Servicio Geológico de los

Estados Unidos de Norte América, el cual consiste en la elaboración de un cuadro

de doble entrada (matriz) en la cual se enlistan las principales actividades del

proyecto que afectarán o podrían afectar al medio ambiente, en alguno de sus

componentes principales, dicho cuadro consta de columnas donde se ponen las

acciones humanas que pueden alterar el sistema y en las filas las características

del medio que pueden ser alteradas.

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111

Para determinar los factores o componentes del medio se utilizó la lista

correspondiente de la técnica conocida como Lista de Verificación, mientras que

las etapas y actividades del proyecto que podrían interactuar se establecieron con

base en el programa de obra, en el análisis de los procesos productivos y los

equipos con que se efectúan. Una vez configurada la tabla que funcionaría como

matriz de interacciones, se aplicó la escala de valores para la evaluación de las

variables ambientales, lo que permite obtener como apreciación subjetiva de la

magnitud de los cambios que puedan llegar a ocurrir en cada una de ellas. Por

ejemplo el “Método de Adkins-Burke”, evalúa los impactos en función de una

escala que varía de –5 (fuertes impactos negativos) a +5 (fuertes impactos

positivos), la sumatoria algebraica de estos valores permite determinar el de

menor impacto negativo combinado.

Para propósitos de evaluación, se consideró emplear el criterio de la “probabilidad

de ocurrencia”, estableciendo tres niveles: bajo, medio, y alto. Para facilitar la

interpretación de las interacciones se presentan dos Tablas Resumen, además

cabe mencionar que los resultados de este proceso se tabulan de manera

independiente en dos Tablas Concentradoras.

Todo lo anterior, es con la finalidad de obtener un manejo e interpretación de la

información, sin involucrar sesgos intencionalmente dirigidos a una conclusión de

interés, sino, el valorar de igual forma las bondades y los perjuicios del proyecto al

ecosistema donde se pretende su establecimiento y desarrollo.

A continuación se presenta la Matriz de interacciones causa-efecto de Leopold

modificada. (Tabla V.2)

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Tabla V.2. Matriz de interacciones causa-efecto de Leopold modificada.

Medio Factores Atributos

Preparación del sitio Construcción Operación

Tra

bajo

topo

gráf

ico

Obt

enci

ón d

e

perm

isos

Res

cate

o s

elec

ción

Del

imita

ción

y tr

azos

de

l pro

yect

o

Rem

oció

n de

la

vege

taci

ón y

de

spal

me

Aca

rreo

de

mat

eria

les

Niv

elac

ión

y co

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ión

Exc

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Intr

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ción

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serv

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s

Via

lidad

es in

tern

as

Edi

ficac

ión

Jard

iner

ía y

áre

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verd

es

Lim

piez

a de

l ter

reno

Ven

ta

Ope

raci

ón, v

igila

ncia

m

ante

nim

ient

o

TO

TA

L

Medio Físico

Atmósfera

Microclima 1

-3 -1 -2 -2 -1 -1 -2 2 1 -8

Calidad del aire 1

-1 -2 -2 -1

2 1 -2

Niveles sonoros -1 -2 -2 -1 -1 -1 -1 1

-8

Geología y geomorfología

Estabilidad de laderas -2

-1

1

-2

Características geomorfológicas -1

-1

-2

Relieve

-2 -1

-3

Suelos

Uso actual

0

Compactación -1 -1 -3

-5

Erosión -1

-1

1

-1

Características fisicoquímicas -1

-2

-3

Agua superficial

Alteración del flujo -1

-1

-1 -1 1 -3

Drenaje vertical -1

-2

-1

-4

Calidad

0

Agua subterránea

Interrupción del flujo

0

Recarga de acuífero

0

Calidad

0

Medio Biótico

Vegetación

Cobertura vegetal 4

-3

3

4

Empleo de vegetación nativa

0

Bajo estatus de conservación

0

Fauna Silvestre

Patrones de comportamiento 1

-3 -1 -1

2

-2

Distribución 1

-2

2

1

Bajo estatus de conservación

0

Medio Socio-económico

Población

Inconformidad

0

Aceptación 1 1

-1

2 2 2 3 1 2 2 15

Bienestar social 1

-1

2 2 3 1 2 3 13

Economía

Empleo temporal 1

1 1 2 2 2 2 2 2 3 1 1 2 1 23

Empleo directo 1

1 2 2 2 2 2 2 3

1 1 2 2 23

Actividades económicas sec. y ter. 1

1 2 2 2 2 2 2 3 1

2 2 22

Plusvalía 1

3 3 3 1

2 13

Estético Perceptual

Paisaje Calidad visual

1

-2 -1 -1 -1 -1

-2 3 2 -2

Fragilidad -2

-2

Valor escénico Visibilidad -2

-1

-2 2 2 -1

TOTAL

3 2 11 4 -22 -3 -15 0 9 9 9 26 11 10 12 66

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Tabla V.3 Significancia del valor de los efectos

VALOR DE EFECTO SIGNIFICANCIA

Ninguno o cero Sin impacto

1 a 11 Bajo

12 a 22 Medio

23 o más alto Alto

Se identificaron 137 interacciones entre las diversas etapas o actividades del proyecto con

los componentes del medioambiente, siendo de éstas 55 impactos adversos (con signo

negativo) y 82 impactos benéficos (número positivo).

Los impactos identificados y evaluados se sumaron por actividad o etapa del proyecto

(columnas) (tabla V.4) y por componentes del medio ambiente (filas) (tabla V.5) y las

sumatorias se clasificaron como impactos adversos o benéficos según el signo de dicha

sumatoria (+ ó -) y por su significancia en bajo, medio o alto, de acuerdo a lo siguiente:

Tabla V.4 Concentradora de efectos ambientales por etapa y actividad del proyecto.

ETAPA EFECTOS

AB BB AM BM AA BA Total

Preparación del sitio - 4 1 - - - 5

Construcción 1 4 1 - - 1 7

Operación - 1 - 1 - - 2

TOTALES 1 9 2 1 - 1 14

Clave: AB = Adverso Bajo; BB = Benéfico Bajo; AM = Adverso Medio; BM = Benéfico

Medio; AA = Adverso Alto; BA = Benéfico Alto.

Notas: La numeración indica las actividades que tuvieron efectos Adversos (A) o Benéficos

(B).

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Tabla V.5 Concentradora de efectos ambientales por componentes y atributos del medio

ambiente.

Componente ambiental EFECTOS

AB BB AM BM AA BA Total

Físico 11 - - - - - 11

Biótico 1 2 - - - - 3

Medio socioeconómico - - - 4 - 2 6

Estético perceptual 2 - - - - - 2

TOTALES 14 2 - 4 - 2 22

Clave: AB = Adverso Bajo; BB = Benéfico Bajo; AM = Adverso Medio; BM = Benéfico

Medio; AA = Adverso Alto; BA = Benéfico Alto.

En la Tabla V.5, se puede observar que el componente físico será el que tendrá un mayor

impacto negativo, mientras que el aspecto socioeconómico tendrá efectos positivos.

A continuación se presenta la Tabla V.6., donde se evalúa la significancia de los efectos

ambientales de las actividades.

Tabla V.6. Evaluación de la significancia de los efectos ambientales de las actividades.

Significancia EFECTOS

Adversos Benéficos Total

Bajo 1 9 10

Medio 2 1 3

Alto 0 1 1

Totales 3 11 14

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Tabla V.7. Evaluación de la significancia de los efectos ambientales de los componentes.

Significancia EFECTOS

Adversos Benéficos Total

Bajo 14 2 16

Medio 0 4 4

Alto 0 2 2

Totales 14 8 22

V.2 Descripción de los impactos ambientales identificados

La etapa de construcción será la más crítica en cuanto a impactos negativos al ambiente,

por cantidad e intensidad de ésta. Las actividades que mayor efecto negativo tendrán sobre

el ecosistema, serán la remoción de la vegetación y el despalme así como la nivelación y

compactación. Estas actividades derivarán en cambios sobre la cobertura vegetal, los

niveles sonoros, microclima y compactación del suelo. Los efectos positivos se presentarán

en el medio socioeconómico. La calidad visual del paisaje se verá afectada al transformar el

terreno en zona urbana. Sin embargo, debido a la calidad inicial y al medio urbano que lo

rodea este impacto no se considera alto pero se considera permanente. El establecimiento

de especies nativas en las áreas aledañas y en los jardines disminuirá el efecto adverso al

paisaje, proporcionando a la fauna silvestre de aves cobertura y alimento.

De acuerdo a la evaluación realizada dentro y fuera del sitio, se determinó que el medio

socioeconómico se verá beneficiado, el cual, generará empleo y una derrama económica

muy importante para los pobladores, trayendo una calidad de vida mejor para los

habitantes, al ofrecer nuevas ofertas de vivienda y comercio.

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CAPÍTULO VI. MEDIDAS

PREVENTIVAS Y DE MITIGACIÓN DE

LOS IMPACTOS AMBIENTALES

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VI. MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE MITIGACIÓN DE LOS IMPACTOS

AMBIENTALES

Para reducir o prevenir los impactos ambientales en el área donde se pretende establecer

el desarrollo habitacional y comercial Puerta de Hierro Residencial Privada Castilla en el

municipio de Monterrey, Nuevo León, así como para los predios colindantes, se recomienda

la aplicación de las siguientes medidas preventivas y de mitigación en caso de se autorice

el cambio de uso de suelo.

VI.1 Descripción de la medidas preventivas y de mitigación (o correctivas) por

componente ambiental

En este capítulo se describen y evalúan los impactos ambientales adversos sobre cada uno

de sus componentes, producto del cambio de uso del suelo, así como las medidas de

prevención y mitigación a implementar, con el objetivo de reducir los impactos sobre el

ambiente que se pudieran generar por el cambio de uso de suelo del terreno forestal.

Descripción de las medidas de prevención y mitigación (ó correctivas) por

componente ambiental.

AGUA

Posibilidad de arrastre por la lluvia hacia escorrentías naturales aledañas de residuos

generados por la ejecución del CUS, del material producto de la remoción de la vegetación,

partículas de suelo, gravas, arcillas, polvos fugitivos, etc., alterando su calidad,

contribuyendo a su azolve y posible contaminación. La construcción de la infraestructura

afectará puntualmente la infiltración de agua de origen meteórico hacia el subsuelo,

repercutiendo en el incremento del escurrimiento de agua superficial y mayor aceleración

del mismo.

Medidas de mitigación y/o compensación:

1. Con el propósito de prevenir y mitigar estos impactos se diseñarán áreas verdes

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118

utilizando especies nativas con el fin de aumentar la superficie de captación e infiltración de

la precipitación.

2. Evitar que el material producto del CUS interfiera u obstruya los escurrimientos naturales

o las obras de drenaje a realizar con el propósito de disminuir riesgos a los ecosistemas y

al ser humano que habita la zona.

3. Se determinará un sitio para almacenar material (material de relleno, de construcción

etc.), de manera que no pueda ser arrastrado por el agua de lluvia para disminuir la

cantidad de sólidos sedimentables que se incorporan a la corriente natural o en un su caso

protegerlo de este proceso de erosión hídrica.

4. El material orgánico producto del despalme, será triturado y esparcido en las áreas

verdes, a fin de que se integre al suelo y con ello promover la infiltración del agua de lluvia

y/o de riego.

5. El suelo superficial de origen orgánico a removerse, será utilizado en las áreas verdes

que se construirán y de existir un remanente se transportará hacia bancos de materiales

cercanos al predio autorizados por el municipio.

6. La adecuada disposición de residuos en infraestructura especial como lo son: sanitarios

portátiles y contenedores de basura; evitará la contaminación de las corrientes superficiales

y subterráneas con materia fecal y otros contaminantes, contribuyendo a conservar su

integridad.

7. Para prevenir o mitigar el posible arrastre a escorrentías y cuerpos de agua superficiales

y subterráneos de materiales tales como grasas, aceites derramados por la maquinaria y

equipo, etc., se establecerá como prioridad el llevar una bitácora del mantenimiento regular

de toda la maquinaria y vehículos para disminuir la generación de emisiones

contaminantes.

8. El adecuado manejo de combustibles, insumos y residuos, se ha planeado para prevenir

también la contaminación de este componente.

9. Limpiar el área una vez finalizada la construcción de la obra, incluyendo materiales

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119

sobrantes dentro del área del proyecto, que permitan re-establecer la permeabilidad en

estas áreas.

10. Se evitará la utilización de productos químicos para la eliminación de le vegetación con

la finalidad de evitar la contaminación de cuerpos de agua, causes permanentes de agua y

en especial los mantos subterráneos de agua.

SUELO

Las características originales del suelo sufrirán una modificación al ser removida la capa

vegetal, quedando expuesta temporalmente a los agentes erosivos como la lluvia y el

viento, sin embargo, debido a que esto será temporal y de corta duración, los riesgos

erosivos serán bajos. Se modificará puntualmente el patrón de escurrimiento superficial del

agua, y el drenaje del suelo se verá alterado tanto vertical como horizontalmente. Por otra

parte, el acarreo temporal del material generará polvos fugitivos e incremento en la

cantidad de partículas suspendidas mismas que al depositarse sobre el suelo aledaño

disminuyen la permeabilidad, el drenaje vertical y aumentan la erodabilidad del mismo.

Medidas de mitigación y/o compensación:

1. El material producto del desmonte, una vez reducido a fragmentos de menor tamaño

será utilizado para proteger el suelo contra factores erosivos y como mejorador del mismo,

en las áreas de verdes o de jardines.

2. Con el objeto de mitigar las emisiones por polvos durante el despalme del terreno, se

mantendrá húmeda su superficie, a fin de evitar que los polvos sean liberados a la

atmósfera por la acción de los vientos y del tráfico vehicular.

3. Para el acarreo del material es muy importante proteger las cargas con lonas

preferentemente húmedas evitando así la generación de polvos fugitivos al ambiente.

4. No sobrepasar los límites de carga de material de los camiones.

5. Restringir y supervisar la velocidad de conducción vehicular, de maquinaria y vehículos.

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120

6. Se vigilará en forma estricta que no se obstruya con material de relleno escorrentías

superficiales.

7. El poner especial cuidado en no afectar o invadir zonas fuera del área definida para el

proyecto con residuos de la actividad misma o generados por los trabajadores.

8. Utilizar sanitarios portátiles.

9. Adecuado manejo y disposición de residuos generados por la obra (materiales de

construcción etc.) para no contaminar los suelos.

10. Adecuado manejo de otros residuos generados por los trabajadores (basura), que

deberán ser temporalmente almacenados en contenedores especiales estratégicamente

colocados y planear una recolección periódica de los mismos, para dar una adecuada

disposición final en sitios autorizados.

11. Por otra parte, al realizar la limpieza por parte del contratista y retirar todo tipo de

material y residuos generados, se liberará al suelo de obstáculos que pudieran interferir en

el drenaje vertical y horizontal, eliminando los riesgos de contaminación.

12. Cumplir con cada uno de los pasos programados para el desarrollo de la obra,

particularmente los referentes al adecuado manejo y disposición de combustibles e

insumos, evitando derrames en el suelo de sustancias como combustibles, aceites o

aditivos necesarios para maquinarias y equipos empleados.

13. El mantenimiento regular de maquinaria y equipo, por medio de contratista en talleres

establecidos, disminuirá el riesgo de contaminación de este importante componente

ambiental con fugas o derrames de aceites, combustibles y grasas.

14. Para el reabastecimiento de combustible de la maquinarias y equipos automotores se

recomienda utilizar una charola o recipiente evitando, goteo al suelo y consecuente

contaminación.

15. Los residuos generados por las prácticas cotidianas como chequeo diario de nivel de

aceite, recarga de combustibles, reparaciones menores, estopas impregnadas con grasa,

papeles, trapitos, entre otros, serán depositados temporalmente en bolsas cerradas y

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121

cuando la persona encargada surta combustible depositará dichos residuos en los

contenedores de la gasolinera de servicio, o en los talleres que brinden mantenimiento

regular a la maquinaria y equipo del proyecto, para que ellos los manejen junto con sus

propios residuos, de acuerdo con lo establecido en la Ley General del Equilibrio Ecológico y

la Protección al Ambiente y su Reglamento en Materia de Residuos Peligrosos. Aclarando

que los residuos de este tipo generados por el proyecto, no representarán volúmenes de

importancia.

ATMÓSFERA

Deterioro de la calidad del aire y visibilidad temporal por incremento de partículas del suelo

suspendidas, polvos, generación de humos y gases productos de la combustión de

maquinaria y equipo, y vibraciones, conjuntamente se afectarán el estado acústico natural.

Alteración del microclima de los diferentes estratos a nivel local, por el desmonte con el

consecuente incremento en la temperatura y de exposición a la irradiación solar, cambio en

el movimiento natural del aire, pérdida de humedad y de condiciones de luz favorables para

diversos organismos. La emisión de calor producida por la maquinaria y equipo, afectará

temporalmente el microclima.

Medidas de mitigación y/o compensación:

1. No se utilizará fuego para la eliminación de la vegetación, ni quema de los productos

generados por la remoción de la vegetación.

2. No se permitirá la quema de basura (de ningún tipo), generada por la obra.

3. Se proveerá a trabajadores y personal involucrado de infraestructura para la adecuada

deposición de residuos sólidos (basura de origen doméstico, etc.), evitando contaminación.

4. Se deberá proveer a los trabajadores con infraestructura adecuada, a fin de evitar la

defecación al aire libre con la consecuente contaminación del ambiente.

5. Se deberá implementar el riego con agua no potable de las superficies a trabajar y en las

áreas de circulación vehicular, sobre todo en las fases en las que se genere mayor

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122

incremento de polvos por el movimiento de suelo, material, vehículos, maquinaria, etc.

6. Planear que las actividades contempladas por el proyecto se realicen de manera

eficiente, evitando que el suelo quede expuesto por períodos prolongados de tiempo a la

acción del viento y demás factores erosivos, disminuyendo el incremento de partículas

suspendidas, polvos.

7. Optimizar el uso de vehículos, controlando el tránsito vehicular, reduciendo la utilización

y maniobras de los vehículos.

8. Los camiones que transportan material a granel (gravas, arenas), deberán humedecer el

material y cubrirlo con lonas protectoras.

9. Los materiales serán abastecidos de proveedores cercanos al área de trabajo.

10. Asegurarse de que los camiones durante el acarreo de material cubran su carga con

una lona de preferencia húmeda, o lámina de material plástico y cuidar que sólo se carguen

hasta la altura máxima convenida.

11. Establecer límites de velocidad de circulación vehicular disminuyendo la generación de

partículas suspendidas, polvos, y emisiones contaminantes.

12. Es recomendable para minimizar los efectos producidos por el ruido, respetar los

horarios de trabajo diurnos y no trabajar por la noche. Es necesario también que el personal

que labora, utilice tapones para los oídos cuando lo requiera.

13. Se deberá dar cumplimiento a todos y cada uno de los lineamientos que dicten la

autoridad competente, así como apegarse a lo establecido en los reglamentos vigentes, en

particular los referidos al cuidado y protección del medio ambiente.

14. Si se llegasen a presentar fuertes vientos ocasionando tolvaneras, se deberá de reducir

el trabajo laboral. En su caso de surgir alguna contingencia ambiental se deberá de apegar

a las disposiciones que en su momento las autoridades municipales, estatales y federales

establezcan.

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VEGETACIÓN

Pérdida de la cubierta vegetal por el desmonte y despalme. Durante el movimiento de

maquinaria y vehículos se generarán polvos fugitivos y demás partículas que pueden

depositarse en la vegetación aledaña al área de trabajo y por ende afectar sus procesos

fisiológicos y fotosintéticos.

Medidas de mitigación y/o compensación:

1. No se utilizarán químicos o fuego para realizar la remoción de la vegetación.

2. La remoción de la vegetación y el despalme se limitará al área requerida y autorizada

para la realización del proyecto.

3. Prohibir el acceso a zonas fuera del área del proyecto (a propiedad privada).

4. Previo a la remoción de la vegetación se rescatará y reubicarán los ejemplares de Yucca

filifera (palma china) Cordia boissieri (anacahuita), Colima (Zanthoxyllum fagara), Coma

(Bumelia lanuginosa), Chapote (Diospyros texana) y aquellos ejemplares que tengan las

características que les permitan sobrevivir al trasplante. En caso de que la autoridad lo

juzgue conveniente, se utilizará una retroexcavadora para extraer las plantas con cepellón y

no dañar el sistema radicular. Se anexa Programa de rescate (Anexo VI).

5. Los restos de vegetación producto del cambio de uso del suelo se triturarán y mezclarán

con el suelo obtenido durante el despalme y serán utilizado para proteger el suelo contra

factores erosivos y como mejorador en las áreas destinadas como jardines.

6. De existir sobrantes de la mezcla de suelo y el material triturado de las plantas, podrá ser

donado a los propietarios de predios aledaños o puesto a disposición del municipio.

7. Las especies de plantas a utilizar en las áreas verdes deberán de ser exclusivamente

especies nativas de la región.

8. No se arrojarán productos del desmonte sobre la vegetación aledaña fuera del derecho

de vía.

11. Se realizarán riegos constantes para reducir la generación de polvos y así disminuir el

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impacto del mismo sobre la vegetación adjunta al predio del proyecto.

FAUNA

La circulación vehicular, la presencia humana, el ruido y vibraciones generados por la

maquinaria y equipo a utilizar disminuirán la abundancia y distribución de especies de

fauna. Por otra parte, la pérdida de cubierta vegetal disminuirá el hábitat disponible para la

fauna silvestre (áreas de reproducción, alimentación, descanso, refugio, etc.). La

construcción de la obra fraccionará parcialmente el hábitat interfiriendo en el

desplazamiento de la fauna hacia y desde el afluente aledaño.

En este punto, es de observarse que no se encuentran especies de fauna silvestre mayor ni

de pequeños mamíferos, lo que se logra observar en su mayoría, son especies de

pequeñas aves, mismas que se desplazan rápidamente, cuando se presenta algún

disturbio, sin embargo, se contemplan las siguientes:

Medidas de mitigación y/o compensación:

1. Se prohibirá a los trabajadores el ejercicio de la cacería, captura y/o apropiación de

especies de fauna silvestre que se llegasen a encontrar dentro o fuera del área del proyecto

2. Se respetarán especies encontradas y se evitarán las muertes por el uso de maquinaria

y equipo.

3. Previo al desmonte deberá recorrerse el área a trabajar y ahuyentar la fauna silvestre

presente, ocasionando un movimiento hacia áreas adjuntas que presenten las condiciones

adecuadas para su sobrevivencia.

4. Se fomentará en los trabajadores y al personal involucrado en el proyecto, la conciencia

y valores para la protección y conservación de la fauna y flora silvestres del predio y del

lugar.

5. Se rescatarán aquellas especies de lento movimiento y que además no puedan ponerse

a salvo por ellas mismas. El rescate consistirá únicamente en la reubicación de especies

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animales localizadas en el área a desmontar y se depositarán o reubicarán

preferentemente en áreas cercanas que presenten las mismas características de hábitat al

área del proyecto, o en su caso, donde la autoridad lo designe.

6. Se establecerá límite de velocidad de circulación vehicular evitando muertes de fauna

silvestre accidentales. Así como de algún trabajador.

7. Se dará mantenimiento regular de la maquinaria y equipo, con el propósito de que

puedan frenar en tiempo, sí se llegase a atravesar algún animal silvestre.

8. Adecuado manejo y disposición de residuos y agentes contaminantes que pueden

afectar a la fauna silvestre.

9. Se advertirá a los trabajadores sobre las especies nocivas y sobre las medidas a seguir

en caso de algún daño causados por las mismas.

PAISAJE

Se producirá un deterioro del paisaje natural, tanto por la afectación de la cubierta vegetal

como por la infraestructura del Proyecto, lo cual constituye un efecto visual no agradable al

ser humano.

En este punto, es importante mencionar la presencia aislada de vegetación natural, misma

que sufrirá una modificación en pro para su aspecto visual.

Medidas de mitigación y/o compensación:

1. Es inevitable el deterioro al paisaje, su amortización estaría en razón del cumplimiento de

cada uno de los pasos programados para el desarrollo de la obra y concluirla con limpieza

del área y fomentar tanto en la propia empresa como entre las empresas y propietarios

vecinos, el uso de materiales regionales.

2. Se deberán cumplir cada uno de los pasos programados por el proyecto, sobre todos

aquellos referentes al adecuado manejo y disposición de residuos generados por las

acciones propias de la ejecución de la obra, al adecuado manejo de combustibles e

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insumos, y a la posterior limpieza del área por parte del contratista, para minimizar el

impacto negativo sobre el paisaje.

3. Con instalaciones adecuadas de servicios y sanitarios se evitará la contaminación del

suelo, aire, agua con materia fecal y residuos domésticos y evitará mayor afectación al

paisaje.

4. Los vehículos y maquinaria se mantendrán en buen estado para disminuir el impacto

visual negativo por emisiones excesivas de gases, humos y polvos.

5. Optimizar el uso de vehículos y maquinaria reduciendo así las maniobras, restringir la

velocidad de conducción vehicular para reducir la generación de partículas suspendidas,

polvos, humos, gases.

6. El rescate de la flora y fauna silvestres podrá constituir un efecto positivo para este

componente.

7. El reforestar con especies nativas las áreas verdes, así como, el conservar y proteger

aquellas que presenten buenas características morfológicas ayudara a conservar parte del

ecosistema que será afectado, a su vez, presentando algunos servicios ambientales como

una buena captación de agua y el paisajístico.

VI. 2 Impactos Residuales

1. Remoción de la Vegetación. La remoción parcial de la cubierta vegetal y del suelo que

sostiene la fauna existente destruye su hábitat. Este impacto es adverso medianamente

significativo y permanente.

2. Acarreo de Materiales. Disminución de la calidad del aire por la presencia de polvo y

partículas liberadas a la atmósfera durante la carga y descarga de material residual,

nivelación y compactación del terreno, excavaciones para cimientos y desechos de la

construcción.

3. Nivelación y Compactación. Se modificarán las características físicas del suelo al realizar

la compactación. Este efecto será permanente y adverso. Además existe la posibilidad de

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modificación de las características físico-químicas del suelo por disposición inapropiada de

residuos de asfalto y otros desechos contaminantes.

4. Afectación en la calidad y cantidad de escurrimientos superficiales propiciando arrastre

de suelo mineral y otros materiales con contenido de arcilla.

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128

CAPITULO VII. PRONÓSTICOS

AMBIENTALES Y EN SU CASO,

EVALUACIÓN DE ALTERNATIVAS

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VII. PRONÓSTICOS AMBIENTALES Y EN SU CASO, EVALUACIÓN DE

ALTERNATIVAS

VII.1 Pronóstico del escenario

Con base en los datos de campo y el análisis de los mismos mediante el uso de

metodología de evaluación de impactos, el escenario pronosticado para el área donde se

construirá el desarrollo habitacional y comercial Puerta de Hierro Residencial Privada

Castilla será el siguiente:

El principal efecto será el de la remoción de la vegetación y consecuentemente el cambio

en la distribución y comportamiento de las especies de fauna silvestre. Debido a que la

remoción de la vegetación requiere la utilización de maquinaria pesada se afectarán

temporalmente los niveles sonoros y habrá efectos en el microclima. La compactación y

nivelación del suelo tendrán efectos sobre la compactación del suelo pudiendo alterarse el

flujo superficial del agua por los cambios ocasionados por la nivelación. Los impactos

negativos podrán disminuirse mediante la correcta ejecución y cumplimiento de las medidas

de mitigación establecidos.

En los aspectos socioeconómicos habrá una notoria mejoría, ya que actualmente no se da

ningún uso al terreno, además durante la etapa de construcción se dará empleo temporal y

directo mejorando las condiciones económicas de las familias de los involucrados. Se

fomentarán las actividades terciarias y se aumentará la plusvalía de los terrenos

circundantes. Además, se mejorará la oferta de habitaciones en la zona, favoreciendo la ley

de la oferta y la demanda.

Las medidas de mitigación y restauración presentadas disminuirán las afectaciones

provocadas por la remoción de la vegetación; al final, con la aplicación del programa de

reforestación se verá compensado el paisaje y el ecosistema.

VII.2 Programa de Vigilancia Ambiental.

Con base en el escenario ambiental descrito se estructura el programa de vigilancia

ambiental que incluye un seguimiento y valoración de los cambios en el comportamiento del

sistema ambiental regional como resultado de la ejecución de la obra. El programa

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selecciona las medidas de mitigación a monitorear de las recomendadas y establece la

observación de los indicadores de los componentes ambientales que en cada uno de ellos

se afecte.

Objetivos del Programa de Monitoreo Ambiental (PMA)

• Controlar la correcta ejecución de las medidas de mitigación previstas y, más

concretamente, obtenidas en el proyecto de ejecución, evaluar la problemática

ambiental en el sitio, lo que coadyuvará a la toma de decisiones con las personas

interesadas en la aplicación y evolución de éstas.

• Comprobar la eficacia de las medidas establecidas y ejecutadas. Cuando tal eficacia

se considere insatisfactoria, determinar las causas y establecer las medidas de

remediación pertinentes.

• Detectar impactos no previstos en el Estudio de Impacto Ambiental y prever las

medidas convenientes para reducirlos, eliminarlos o compensarlos.

• Informar al Titular del Proyecto sobre los aspectos objeto de vigilancia y ofrecerle un

método sistemático, lo más sencillo y económico posible, para realizar la vigilancia

de una forma eficaz.

• Describir el tipo de informes (y frecuencia y periodo de su emisión) que deben

remitirse a las autoridades ambientales.

Aspectos que comprende el PMA

a) Conveniencia Técnica. El Programa de Monitoreo Ambiental es técnicamente necesario.

b) Es un documento de seguimiento y control. Debe permitir a las autoridades ambientales

realizar un seguimiento de lo estipulado en la MIA y de aquellas alteraciones de difícil

previsión que puedan aparecer. Por ello debe:

• Indicar a las autoridad responsable los aspectos objeto de vigilancia que puedan

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referirse al medio a al proyecto.

• Ofrecer a la autoridad un método sistemático, y lo más sencillo posible para realizar

la vigilancia de forma eficaz.

c) Aspectos objeto de vigilancia

Medidas preventivas, de remediación, rehabilitación, reducción y compensatorias.

Impactos residuales: derivados de alteraciones cuya completa corrección no es

posible y de los que existe riesgo de que se manifiesten como notables.

Impactos detectados en el estudio (correspondencia con los valores, lugares y

tiempo previstos).

Impactos no previsibles o de difícil estimación en la fase de proyecto, pero con

riesgo de aparición durante las obras o después

Elementos objeto de seguimiento del programa de monitoreo

Indicador experimental de comprobación. Es una propiedad de una variable

ambiental, que nos permite identificar un proceso o cambio en la variable misma y/o

en el sistema.

La variable ambiental es un elemento natural o inducido del sistema ecológico, como

el agua, el aire, el suelo, la flora y fauna silvestre, etc., entre las variables inducidas,

todas aquellas actividades humanas que pasan a formar parte del sistema regional,

como la agricultura, la industria, los asentamientos humanos, etc.

Umbral de alerta. Valores permisibles a partir del cual deben entrar en

funcionamiento los sistemas de prevención y/o seguridad.

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Umbral inadmisible. Valor del indicador que constituye un nivel de gravedad

inaceptable para el elemento objeto de control.

Calendario de comprobación. Que permita conocer la evolución de los indicadores o

nivel de referencia: La información utilizada en los análisis será generada con una

periodicidad definida, para dar seguimiento a la evolución de la problemática regional

y a sus posibles mejoras introducidas por las actividades de control.

Puntos de comprobación. Es importante distinguir cuales de las posibles

interacciones son más relevante para el sistema desde el punto de vista ecológico.

Exigencias técnicas de la comprobación. Definición del personal encargado y el

equipo.

Medidas de urgencia. Establecer las actuaciones a realizar en caso de alcanzar los

umbrales de alerta.

Índice ambiental. Es un número simple, derivado de la combinación de dos o más

indicadores, que se utiliza como herramienta de apoyo en la evaluación y

seguimiento de los problemas ambientales.

Procedimientos y técnicas de la comprobación, para analizar la problemática ambiental:

Establecer primero las interacciones entre las variables del sistema. Se consideraron

únicamente las interacciones más importantes desde el punto de vista ecológico.

Conocer la situación en que se encuentran las variables relevantes del sistema por

medio de un diagnóstico.

A partir de hipótesis de comportamiento establecer las tendencias de la problemática

regional, así como para definir las posibles alternativas de solución.

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La meta del programa de vigilancia será dar cumplimiento a la aplicación de las medidas de

mitigación y el medio de verificación será a través del reporte de avance de las actividades

de ejecución de la obra a entregarse a la autoridad.

Para el cumplimiento de los objetivos, meta y presentación del medio de verificación antes

mencionado se requerirá de:

1. Presencia de personal capacitado para la supervisión de las obras en el sitio del

proyecto.

2. Presentación de informes a la SEMARNAT firmados por parte del promovente y del

consultor contratado para la supervisión de avances en los que se incluya alguno(s) de los

siguientes medios de verificación:

Bitácora de obra

Memoria técnica de la ejecución de las obras

Memoria fotográfica

Croquis de ubicación de las acciones realizadas

Superficie y cuantificación de las obras realizadas

Monitoreo de las acciones realizadas

Evaluación de la efectividad de las acciones realizadas.

Con la información contenida en los informes se podrá establecer el cumplimiento por parte

del promovente de cada una de las acciones ejecutadas en el sitio del proyecto. Asimismo,

se evaluará la efectividad de la aplicación de las medidas de mitigación y servirá también

para la toma de decisiones en caso de que alguna medida no cumpla con los resultados

esperados.

Se espera que la autoridad verifique el contenido del informe y detecte, en su momento y

de manera pertinente, las anomalías que se llegaran a presentar para aplicar en tiempo y

forma las medidas correctivas necesarias.

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Las medidas de conservación de los diferentes factores ambientales, como lo son el suelo,

agua, vegetación, fauna, etc. estarán apegados en todo momento a los reglamentos, leyes

y normas de las diferentes instituciones encargadas del seguimiento de este tipo de

proyectos.

La calendarización de las actividades de vigilancia se realizará desde la etapa de

preparación del sitio hasta la de operación, supervisando cada una de éstas.

VII.3. Conclusiones

Con base en un análisis de las características del ambiente socioeconómico y natural tanto

físico como biológico del área de estudio donde se pretende construir el complejo

habitacional y comercial, así como de los impactos que su construcción provocaría al medio

ambiente y de los beneficios socioeconómicos que conllevará su operación, se puede

concluir lo siguiente:

Los impactos ambientales sobre el medio natural ocasionados durante la etapa de

construcción, serán de carácter local debido a la naturaleza de la obra. La mayor afectación

se dará con la remoción de vegetación, del despalme del suelo, con la nivelación y la

compactación del suelo. Los daños sobre los niveles sonoros serán temporales, sin

embargo, los daños sobre la distribución de la fauna silvestre, la cobertura vegetal y la

compactación del suelo serán permanentes debido a que es una obra en la que no se

contempla la etapa de abandono.

Con respecto al medio socioeconómico, la construcción del complejo habitacional y

comercial tendrá efectos benéficos para la región. Durante la obra, la demanda de mano

de obra no calificada principalmente y el incremento en la venta de bienes y servicios a la

población flotante generada por la obra redundará en beneficio del sector terciario.

Asimismo, se aumentará la oferta de viviendas y por lo tanto habrá más competencia en el

sector de la construcción.

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En forma general e incluyendo todos los factores sociales, económicos, ambientales y

políticos se concluye que este complejo habitacional y comercial proporcionará más

beneficios a la población de Monterrey, que impactos adversos generados. Como

resultado, de las medidas de prevención y el establecimiento de áreas verdes con especies

rescatadas del mismo sitio y el establecimiento de especies de la misma región.

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CAPÍTULO VIII. IDENTIFICACIÓN DE

LOS INSTRUMENTOS

METODOLÓGICOS Y ELEMENTOS

TÉCNICOS QUE SUSTENTAN LOS

RESULTADOS DE LA MANIFESTACIÓN

DE IMPACTO AMBIENTAL

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VIII. IDENTIFICACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS METODOLÓGICOS Y

ELEMENTOS TÉCNICOS QUE SUSTENTAN LOS RESULTADOS DE LA

MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

VIII.1 FORMATOS DE PRESENTACIÓN

Se entregan dos ejemplares impresos de la Manifestación de Impacto Ambiental. Asimismo

todo el estudio fue grabado en memoria magnética, incluyendo imágenes, planos e

información que complemente el estudio, de los cuales uno será utilizado para consulta

pública.

Planos definitivos

Se presentan en el Anexo II.

Fotografías.

Se presentan en el Anexo III.

Video.

No se presenta.

Listas de flora y fauna.

Se presentaron en el capítulo IV.