los tributos.docx

7
LOS TRIBUTOS Los impuestos a los cuales están obligadas las empresas se refieren al Impuesto al Valor Agregado (13 %), Impuesto a las Transacciones (IT 3 %), Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE 25%).-El cual se debe presentar anualmente hasta 120 días posteriores al cierre de su gestión en cualquier entidad financiera autorizada, utilizando los formularios 500 (Formulario 80-1 antiguo) y 421, junto al Balance General y Estado de Resultados de su negocio. Algunas Empresas además están sujetas al pago del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado -Agentes de Retención (RC-IVA) Contribuyentes en relación de Dependencia, consiste en la retención de parte del Empleador la alícuota del 13% sobre la diferencia de los ingresos y las deducciones permitidas con la previa elaboración de la planilla tributaria con los descargos de facturas que presenten sus empleados, en la que se determina si existe saldo a pagar al FISCO, caso en que se presenta el formulario 98-1. si no existiera impuesto retenido, no es necesaria su prestación de este formulario a la entidad financiera. También puede estar inscrito en otros impuestos, dependiendo del rubro de su actividad.

Upload: rodrigo-mejicmia

Post on 07-Dec-2015

213 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: LOS TRIBUTOS.docx

LOS TRIBUTOS

Los impuestos a los cuales están obligadas las empresas se refieren al Impuesto al Valor Agregado (13 %), Impuesto a las Transacciones (IT 3 %), Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE 25%).-El cual se debe presentar anualmente hasta 120 días posteriores al cierre de su gestión en cualquier entidad financiera autorizada, utilizando los formularios 500 (Formulario 80-1 antiguo) y 421, junto al Balance General y Estado de Resultados de su negocio.

Algunas Empresas además están sujetas al pago del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado -Agentes de Retención (RC-IVA) Contribuyentes en relación de Dependencia, consiste en la retención de parte del Empleador la alícuota del 13% sobre la diferencia de los ingresos y las deducciones permitidas con la previa elaboración de la planilla tributaria con los descargos de facturas que presenten sus empleados, en la que se determina si existe saldo a pagar al FISCO, caso en que se presenta el formulario 98-1. si no existiera impuesto retenido, no es necesaria su prestación de este formulario a la entidad financiera.

También puede estar inscrito en otros impuestos, dependiendo del rubro de su actividad.

Obligaciones adicionales

Su principal obligación está en la “Declaración de Impuestos”, que se efectúa generalmente de manera mensual según el último dígito de su NIT, o según su tipo de actividad estas declaraciones se efectúan trimestralmente, sin olvidar la declaración anual por el impuesto pagadero hasta 120 días después de su cierre de gestión. Adicionalmente se tienen otras obligaciones como exhibir el cartel “Exija su Factura”, conservar el formulario de habilitación de facturas y su certificado de inscripción al Padrón Nacional de Contribuyentes.

Page 2: LOS TRIBUTOS.docx

¿Qué es una intimación?

Es una comunicación escrita que emite la Administración Tributaria para notificar a los contribuyentes o responsables de los errores detectados por su sistema computarizado en la presentación, llenado y/o no presentación de las Declaraciones Juradas de pago de impuestos. Puede ameritar el cierre de la empresa o el local comercial y la consiguiente responsabilidad tributaria en el pago del 100% del tributo, pago de multas, intereses y recargos. Mismos que pueden ser evitados con un correcto asesoramiento.

¿Cuándo surgen problemas tributarios?

Existen tres tipos de Problemas Tributarios:

Las contravenciones Tributarias

Los delitos Tributarios.

Defraudación.

Una contravención es la violación a disposiciones tributarias de carácter formal y que son objeto de sanciones ejemplos de estas conductas son: la evasión, la mora y el incumplimiento a deberes formales.

Un Delito tributario, se refiere a las conductas de defraudación y de instigación pública a no pagar impuestos; y el mismo cuerpo legal establece sanciones para aquellas personas que no pagan impuestos, y estas son medidas precautorias como multas económicas, decomisos, arraigo, clausura, suspensión o destitución de cargos públicos, pérdida de concesiones, privilegios y prerrogativas.

La Defraudación, es toda simulación, ocultación, engaño que induce a error al fisco, del que resulte para sí o un tercero, un pago menor del tributo. Ejemplos de estas conductas están en: declarar cifras o datos falsos, omitir deliberadamente circunstancias que influyen en la determinación de la obligación tributaria, elaborar y comercializar clandestinamente mercaderías gravadas, no emitir notas fiscales, utilizar indebidamente sellos, timbres, precintos y otros medios de control, la ocultación, adulteración o falsa indicación de la procedencia de mercaderías.

Page 3: LOS TRIBUTOS.docx

SUJETOS DE LA RELACION JURIDICO TRIBUTARIA

El art. 18 del CTb establece que la obligación tributaria surge entre el Estado u otros entes públicos y los sujetos pasivos en cuanto se produce el hecho generador de la obligación tributaria previsto en la norma legal. Constituye un vínculo de carácter personal aunque su cumplimiento se asegure mediante garantía real o con privilegios especiales". De la norma glosada se puede inferir que en el ámbito Tributario, surge la relación bilateral que se produce entre el Estado u otros entes públicos y los particulares, en el que el Estado, a través de sus entidades respectivas, se constituye en el acreedor del tributo por lo que es el sujeto activo de la relación tributaria, y los particulares se constituyen en los deudores del tributo como sujetos pasivos. Sujeto pasivo: El sujeto pasivo de la relación jurídica tributaria es la persona que debe cumplir con la obligación tributaria. El carácter de sujeto pasivo lo define la ley, por ello,

Page 4: LOS TRIBUTOS.docx

cada ordenamiento jurídico determina en su correspondiente legislación tributaria sobre quienes recae el cumplimiento de la obligación, estableciendo quienes son los sujetos pasivos. Según define el art. 22 del CTb el sujeto pasivo de la obligación tributaria, es "…la persona obligada al cumplimiento de las prestaciones tributarias, sea en calidad de contribuyente o de responsable". (El subrayado es nuestro). Consecuentemente, de conformidad con la norma prevista en el Código Tributario abrogado, disposición legal que es objeto de análisis, el término sujeto pasivo engloba a dos diferentes sujetos que intervienen en la relación tributaria y que se constituyen en los sujetos pasivos de la obligación tributaria; ellos son, por una parte, los contribuyentes y por otra, los responsables. Los contribuyentes: Según lo dispuesto por el art. 24 del CTb "Son contribuyentes las personas en las que se verifica el hecho generador de la obligación tributaria". De acuerdo con la doctrina del Derecho Tributario los contribuyentes también son conocidos como los responsables por deuda propia; en consecuencia, son aquellas personas naturales o jurídicas contra quienes se ha verificado el hecho imponible previsto en la norma legal y, en consecuencia, resultan deudores a título personal de la obligación tributaria. Los responsables: Conforme dispone el art. 27 del CTb "…son las personas que sin tener el carácter de contribuyentes deben, por mandato expreso de la ley, cumplir las obligaciones atribuidas a éstos". Según la doctrina, son conocidos como los responsables por deuda ajena, ello debido a que la Ley tributaria llama a cumplir la obligación junto con el contribuyente o en su lugar, al ser también sujeto pasivo de la obligación tributaria, aunque no esté revestido del carácter de contribuyente.

Page 5: LOS TRIBUTOS.docx

UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRES

FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y FINANCIERAS

CARRERA DE CONTADURIA PÚBLICA

Page 6: LOS TRIBUTOS.docx

NOMBRE:

DELGADILLO SILES MARCELA ALEJANDRA

TEMA:

RESUMEN DE LA FERIA TRIBUTARIA

DOCENTE:

LIC. AURELIO CHURA