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LOSFUEROS y SUSDEFENSAS TOMO V CORTESDE1876 VOLUMENTDRCHRO BIBLIOTECABASCONGADA Tomo1 .9 r~m~nnmmm~ DEFERMÍNHERRÁN Garmendja-Gorostidi - Zavala Barandica - MartínezdeAragó . Pida[yMon BILBAO-1898 Imp,yEne .deAndrésP.-Cardenal Ca11edelBancodeEspaña,3,iat.

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LOS FUEROSy

SUS DEFENSASTOMO V

CORTES DE 1876

VOLUMEN TDRCHRO

BIBLIOTECA BASCONGADA

Tomo 1.9

r~m~nnmmm~

DE FERMÍN HERRÁN

Garmendja-Gorostidi - Zavala

Barandica - Martínez de Aragó.

Pida[ y Mon

BILBAO-1898

Imp, y Ene . de Andrés P.-CardenalCa11e del Banco de España, 3, iat.

LOS FUEROSY

SUS DEFENSASTOMO V

CORTES DE 1876

VOLUMEN TERCERO

DISCURSOPRONUNCIADO EN EL

CONGRESO DE LOS DIPU'T`ADOSEL DIA 18 DE JULIO DE 1876

POR

DON MARTIN GARMENDIA

DISCURSO"E

DON MARTIN GARMENDIA

18 JULIO 1878

SEÑOREs DIPUTADOS:

Voy á hacer uso de la palabra, señores Di-putados, cuando está ya muy avanzada ladiscusión, agotada por decirlo así, la mate-ria objeto de estos debates, y después quehan hecho uso de la palabra en uno y otrosentido, de uno y otro lado, en pro y en con-tra del proyecto, elocuentes y distinguidosoradores .

Esta circunstancia hace que sea todavíamás difícil y penosa mi situación, aunque losería de todas suertes muy embarazosa, dadala gravedad y la naturaleza del asunto de quese trata, y siendo como soy nuevo en este si-tio y nuevo también en las luchas de la pa.labra, que no he tenido nunca ocasión de

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ejercitar . Necesito por lo tanto, señores Di-putados, de toda vuestra indulgencia, de todavuestra benevolencia ; no las reclamo para lacausa que voy á tener la honra de defender ;para ella sólo exijo que la deliberéis con im-parcialidad y que la resolvais con justicia ; lasimpetro de vuestra bondad para mí, pues ha-bré menester de ellas, si he de acertar á ex-plicarme en medio de esta emoción queexperimento, y si he de poder llenar, siquie-ra sea medianamente, el deber honroso y pe-noso á la vez, á que han satisfecho ya congran gloria algunos de mis dignos compañe-ros, y que tenemos todos los que nos honra-mos con la representación de- las nobilísimasProvincias Vascongadas, de defender sus le-gítimos derechos, totalmente desconocidos enel proyecto sometido á las deliberaciones dede esta Asamblea .

En la confianza, pues, señores Diputados,de que no me ha de faltar vuestra indulgen-cia y de que me habeis de escuchar benévo-los, entro al debate sin temor, rogándoos an-tes, que si alguna palabra saliese de mis la-bios, no digo inconveniente, pero aun impro-pia de este lugar y del respeto profundo quesoy el primero en tributar á esta Cámara, latengais por no dicha y la consideréis como unefecto de mi inexperiencia y de mi falta de

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costumbre en dirigirme al público, pues nadase halla tan lejos de mi ánimo como la ideade faltar en lo más mínimo, directa ni indirec-tamente á los respetos y á la consideraciónque debemos todos á este alto é ilustradoCuerpo. Me apresuro asimismo á hacer pre-sente al Congreso, que hablo por mi solacuenta, sin misión de nadie ni instruccionesalgunas para emitir estas ó aquellas doctri-nas, para obrar de esta ó de la otra manera ;que por lo tanto debe ser mía, exclusivamen-te mía la responsabilidad que contraiga pormis palabras, sin que afecte en lo más mini-rr,>¡£ mi país, cuanto yo diga con ocasión dela defensa de sus derechos .

Hechas estas advertencias, y antes de ocu-parme del artículo 2.0 puesto á discusión, ten-go que empezar por anticipar algunas ideas .Procuraré explanarlas con toda brevedad, áfin de molestar á la Cámara todo lo menosque me sea posible .

Los fueros vascongados, señores Diputa-dos, reconocidos y confirmados por todos losMonarcas de España, absolutamente por to-dos, existían desde el venturoso aconteci-miento que puso término á la guerra civil delos siete años, garantidos por la ley de 25 deOctubre de 1839 .

D esde entonces, desde el 39, el fundamen-

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to de nuestras venerandas instituciones fuédicha ley; hasta su promulgación, los recono-cimientos y confirmaciones de los Monarcasque arrancaban á su vez de las agregacionesdel país á la Corona de Castilla .

Yo no me ocuparé de las de Alava y Viz-caya; lo han hecho mucho mejor de lo queyo pudiera hacerlo distinguidos representan-tes de aquellas provincias; y en cuanto á Gui-puzcoa haré tan sólo ligeras indicaciones,pues no creo que otra cosa fuera conducenteni pertinente, habiendo de servir de punto departida para la resolución del problema fo-ral, según se ha reconocido en el curso dede esta discusión, la ley de 25 de Octubre de1839 .Me limitaré á decir que Guipuzcoa se unió

espontánea y voluntariamente á Castilla bajodon Alfonso VIII, en ocasión en que este rey,en guerra con don Sancho de Navarra, teníacercada á la ciudad de Vitoria . El punto rela-tivo á si dicha unión fué voluntaria, ó si, porel contrario, fué la provincia conquistada des-pués de Vitoria, no ofrece ya gran interés ;pero le tuvo, por más que asegure Llorenteen una de sus obras que nunca había ocurri-do á Guipuzcoa hasta el siglo pasado afirmar,que su unión se hubiese hecho por propia es-pontaneidad y no por conquista . Llorente ig-

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noraba sin duda que las juntas de Cestonadel año 1655 se hubiesen ocupado ya de esteasunto, acordando ofrecer un premio de 4.000escudos al que presentara la escritura deunión de la provincia de Guipuzcoa . Conse-cuencia de este ofrecimiento fué el que en lasjuntas de 1664 se presentara por el escritorAlejo Nobis, conocido también con el nom-bre de Lupián Zapata, un documento queafirmaba ser el original de la escritura de lavoluntaria entrega de Guipuzcoa, documentoque aquellas juntas rechazaron por apócrifo,como lo rechazan también el Padre Henao yotros escritores .

Ya ve el Congreso que ya en 1655 se con-sagraba la provincia de Guipuzcoa con inte-rés á dilucidar el problema de su voluntariaunión. Un siglo antes, con motivo de unaobra que D. Pedro de Alcocer escribió con eltítulo de Historia y descripción de la imperialciudad de Toledo, en la que afirmaba que Gui-puzcoa había sido conquistada después deVitoria, las juntas de Tolosa comisionaron áD. Esteban Garibay y Zamalloa para queavistándose con Alcocer, le convenciera desu error y obtuviera su rectificación en la re-impresión que hiciera de su obra . D. EstebanGaribay aceptó la comisión y la cumplió tam-bién, obteniendo de Alcocer la promesa de

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rectificar su error en la primera reimpresiónque hiciera de su Historia de Toledo . Peroesta reimpresión' no tuvo lugar hasta cincuen-ta años después, cuando ya no existía Alco-cer, y el error quedó por lo tanto en pie ; yestas noticias, que hubieran sido totalmentedesconocidas, se consignan en el tomo undé-cimo de las Grandezas de España, que dejóinéditas Garabay, y que publicó la Academiade la Historia en 1854 .

Para mi es indudable que la unión de Gui-puzcoa á Castilla fué voluntaria ; lo creo asíporque lo afirman autores tan respetablescomo el Padre Mariana, Garibay, Núñez deCastro, Mondéjar y otros, y porque lo con-signa también terminantemente el fuero deGuipuzcoa . Y como este Código, con cuantasdisposiciones y afirmaciones contiene, fuéconfirmado por los monarcas todos, es indu-dable que al, aprobarle éstos prestaron suasentimiento, y confirmaron también con suautoridad, la verdad hoy incontrovertible, dela voluntaria entrega ó unión .

Una real cédula de don Fernando VI, de 8de Octubre de 1752, dictada de acuerdo conlo consultado por el Consejo pleno de Ha-cienda, viene á dar todavía mayor fuerza á laopinión que sostengo ; dice así dicha real cé-dula ; ,«Examinado y considerado este grave

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negocio por el Consejo pleno de Haciendacon la madurez y detenida reflexión que re -quería, me hizo presente en consulta de 6 dejunio de este año, las circunstancias que con-curren en la citada provincia, que tanto hanmirado siempre los señores reyes, mis glorio-sos progenitores, para no permitir novedadalguna turbativa del pacífico estado y buengobierno que ha tenido con sus fueros, privi-legios, usos y costumbres, pues los hechos óintentados en varios tiempos, los reformaronluego que reclamó de ellos la provincia, de-jándola en su entera libertad ; con que siendode libre dominio se entregó voluntariamenteal rey don Alonso VIII, llamado el de lasNavas, el año de 1200, bajo los antiguos fue-ros, usos y costumbres con que vivió, desdesu población, y en que continuó hasta queella misma pidió al señor rey don Enrique II,se redujeren á leyes escritas de que se formóel volumen que tiene de sus fueros, impresocon pública autoridad y reales aprobaciones .»

Y prescindo, Sres. Diputados, en obsequioá la brevedad, de citar informes de corpora-ciones importantes del Estado, sellados conla aprobación de los Monarcas, cuyos dictá-menes son una nueva prueba de que Guipuz-coa no fué tomada por la fuerza de las armas .

Acreditan igualmente este hecho las amis-

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tosas relaciones en que se mantuvo con Gui-puzcua D. Alfonso desde 1200, cemprobandoesto mismo en sentido contrario la actitud quedesde entonces observó por su parte D . Sancho de Navarra . Este Monarca, cuyos desa-fueros habían sido la causa de que Guipuzcoase separara de su dominio, no cesó desde1201, en que volvió de Africa, de hostilizar ádicha provincia ; hizo lo posible para llevar áBayona el comercio marítimo de San Sebas-tián, y aún invadió el territorio en 1205, siendo rechazado . D . Alfonso, por su parte, estu-vo por dos veces en Guipuzcoa inmediatamen-te después de la entrega, en 1201 y 1204, pre-parando allí en esta ultima época la conquis-ta del Ducado de Guiena, que llevó á cabo alaño siguiente . Estos hechos no tendrían ex-plicación de haber sido conquistada Guípuz-coa y no anexionada por su voluntad á la Co-rona de Castilla; como no se explicaría tam-poco, dado el primer caso, la posesión quietade aquella provincia por D. Alfonso, teniendocomo tenía en las plazas fuertes de San Se-bastián y Fuenterrabía, en el vigor de su ra-za y en su situación topográfica, sobrados me-dios para resistir la dominación del Monarcacastellano .

Pero aún hay más : el Código de las Parti-das, escrito por D. Alfonso el Sabio, no rigió

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en España hasta que las Cortes de Alcalá lodeclararon obligatorio en 1348 . Pues bien ; en1375, cuando ya estaba mandado que el Có-digo de las Partidas rigiera en todas las pro-vincias del reino de Castilla, formó Guipuzcoasu primer cuaderno legal escrito, confirmadopor D. Enrique II el 20 de Diciembre delmismo año .¿Se concibe que si no se hubiera halla-

do en una situación independiente respetode todas las demás del Reino, rigiendo unCódigo tan importante como el de las Par-tidas, se permitiera á Guipuzcoa establecersu legislación y formar sus colecciones deleyes, como hizo también más tarde en 1377,en 1397, en 1457, en 1463, en 1583 yen 1695?

Esta última colección con otra llamada«Suplemento del Fuero», y las demás dispo-siciones posteriores, forman el Código de lasleyes forales de Guipuzcoa . Todas esas colec-ciones se formaron por la misma provincia enjunta general, y las sancionaron y confirma-ron los Monarcas .

Por último, las guerras con Inglaterra, lastreguas y tratados de paz y comercio que ce-lebró con dicho Reino, con la villa de Bayonay con la provincia de Labort, Francia, prue-ban una vez más que Guipuzcoa se mantuvo

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autónoma, bajo el dominio eminente de losMonarcas de España .

El Sr. PRESIDENTE : Sr . Diputado, van ápasar las horas de reglamento ; cuando áV. S . le parezca puede cortar su discurso .

El Sr. GARMENDIA: Terminaré esta par-te relativa á la agregación voluntaria de Gui-púzcoa, y terminada que sea, suspenderé midiscurso, puesto que así lo desea S . S., paraterminarlo en la sesión de esta tarde .

La provincia de que me ocupo, sin ser au-tónoma, no pudo celebrar con Inglaterra en1482 una tregua de diez años y una liga co,mercial ; estableciéndose por ella que si elRey de Inglaterra declaraba represalias con-tra el de España ó vice-versa, no se ejecuta-rían contra los guipuzcoanos, ni éstos las ha-rían á los ingleses . Los Diputados guipuzcoa-nos que asistieron á la celebración de estetratado, recibieron sus credenciales y pode-res de la junta del país congregada en Usa-rraga .

Señor Presidente : si S . S. lo desea, podrésuspender aquí mi discurso para proseguirloá la tarde .

Eran las doce .

El Sr . GARMIENDIA : Me ocupaba, seño-res Diputados, de los tratados que había ce-

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lebrado Guipuzcoa con Reinos extraños,cuando el Sr . Presidente me anunció que ha-bían pasado las horas de Reglamento, y tuveque suspender mi discurso para reanudarloahora. Estaba diciendo cuando se levantó lasesión, que en el siglo XVII, y también en elXVIII, Guipuzcoa y Vizcaya habían celebra-do tratados de paz y amistad con la provin-cia de Labort de Francia y con el Ducado deBretaña; estos tratados eran confirmados porel Rey, en reconocimiento de su alta sobera-nía, del dominio eminente que tenía sobre lasprovincias, y se estipulaban á veces sin tener-se en cuenta la generalidad de relaciones dela Nación, como sucedió con varios tratadosde Guipu7coa con Labort, que se celebraroncuando estaban en guerra España y Francia .La excepcionalidad de Guipuzcoa quedó

reconocida también, Sres . Diputados, en el cé-lebre tratado de Utrech de 1713, de que sehizo aquí mención días pasados, y en cuyotratado se establecieron algunas excepcionesen favor de Guipuzcoa y Vizcaya, declarándose que los puertos de ambas provincias noestaban sujetos á las leyes de Castilla . Al ha-blar de este tratado, decía el dignísimo indi-viduo de la comisión, Sr. Roda, que el Reyde España se comprometía en él, á no aumen-tar con nuevos aranceles los derechos que se

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cobraban en los puertos de Guipuzcoa y Viz-caya y otros que no estaban sujetos á las le-yes de Castilla . De esto deducía el Sr . Rodaque ya satisfacían derechos á la Corona lospuertos de Guipuzcoa y Vizcaya, puesto queel Rey se comprometía á no aumentarlos, yque por lo tanto, los Monarcas de Españaejercían plena soberanía en aquellas provin-cias . Indudablemente que ejercían soberaníaen las provincias los Monarcas, en la épocaen que se hizo el tratado de Utrech. Nuncahemos sostenido lo contrario; pero lo que sípuedo asegurar al Sr. Roda es, que en aque-lla época estaba el país vascongado en plenaposesión del pase foral, que estaban tambiénen vigor las leyes forales relativas á la liber-tad de comercio y las de exención de tributos,y que no es creible que D . Felipe V, que tan-tas declaraciones hizo en favor de las liberta-des y fueros de los vascongados, cobrase enlos puertos de aquellas provincias derechosque se opusieran á la libertad foral . En lospuertos de Vizcaya podían cobrarse algunosderechos con arreglo á fuero, y á ellos indu-dablemente se refería el Rey, aunque hablasecon generalidad de Vizcaya y Guipuzcoa . Detodas maneras, reconocía que los puertos dedichas provincias no estaban sujetos á las le-yes de Castilla .

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Nada prueba tampoco más que la alta so-beranía del Monarca, la circunstancia sobrela que llamaba la atención el Sr . Roda, deque los ingleses que quisieron alquilar alma-cenes en tierras de Vizcaya y Guipuzcoa, hu-bieran sido autorizados para ello por el Rey .

Citaré, para terminar, la Real cédula de 12de julio de 1479, por la que se dispuso quelos Reyes de Castilla, después del título deReyes de Gibraltar, llevaran también el deReyes de Guipuzcoa. No puede darse pruebamás fehaciente de la excepcionalidad de Gui-puzcoa, y de que ella tenía dentro de la Mo-narquía el carácter y la consideración deaquellos antiguos Reinos que se unieron á laCorona por anexión, herencia ó pacto, perobajo el juramento y á condición de que con-tinuaran rigiéndose por sus leyes y costum-bres propias .

Creo haber demostrado que la unión deGuipuzcoa á Castilla fué voluntaria, y que tu-vo lugar bajo el pacto ó á condición de quesiguiera la primera rigiéndose y gobernándo-se por sus usos y costumbres . (El Sr. Roda :¿Hay contrato escrito de eso?) No ; he dichoya que no hay contrato de unión; existe sí undocumento que como tal contrato se presentóá las juntas de Cestona en 1664 ; pero aque-llas juntas lo rechazaron como apócrifo ; pero

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no hacen falla documentos ; los hechos que hetenido el honor de exponer á la Cámara prue-ban con evidencia la situación independientede Guipuzcoa desde 1200 y su agregación vo-luntaria en dicho año, reconocida también deuna manera oficial y legal, como he dicho es-ta mañana, en la Real cédula de D . Fernan-do VI, inserta en el fuero .Nuestra unión voluntaria (hablo de Gui-

puzcoa), los reconocimientos y confirmacio-nes de los fueros por todos los Monarcas, yla prescripción que, por más que otra cosa sehaya pretendido afirmar aquí sin probarlo esun titulo muy legítimo; tales fueron los funda .mentos en que descansó el estado legal de lasProvincias Vascongadas, hasta la publicaciónde la ley de 25 de Octubre de 1839 .

Esta ley, encarnación del convenio de Ver-gara, garantizó el ejercicio de los fueros y li-bertades del país vascongado ; fijó el estadolegal del mismo, viniendo á establecer nuevasrelaciones entre aquellas provincias y la Na-ción; fué reconocida, fué aceptada por el paísvascongado ; ella es, pues, la que debe servir-nos de punto de partida para nuestros racio-cinios, y ella la que debe resolver el proble-ma, cuya solución legal, justa y conveniente ,tanto afecta é importa á los verdaderos inte-reses de la Patria .

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Voy, pues, á ocuparme de esa ley ; dice así :ARTICULO 1 .0 Se confirman los fueros

de las Provincias Vascongadas y de Navarra,sin perjuicio de la unidad constitucional de laMonarquía .

Art . 2 .° El Gobierno, tan pronto como laoportunidad lo permita, y oyendo antes á lasProvincias Vascongadas y á Navarra, pro-pondrá á las Cortes la modificación indis-pensable que en los mencionados fueros re-clame el interés de las mismas, conciliadocon el general de la Nación y de la Constitu-ción de la Monarquía, resolviendo entre tantoprovisionalmente, y en la forma y sentido ex-presados, las dudas y dificultades que puedanofrecerse, dando de ello cuenta á las Cortes .»

Esta ley, Sres. Diputados, no es una ley co-mun, una ley ordinaria, una ley como las de-más ; es algo más que eso ; es una ley paccio-nada; es una ley que autoridades muy respe-tables y nada sospechosas para esta Cámarahan considerado de carácter internacional ; esuna ley que ha sido calificada de constituyen-te, de fundamental y de complementaria de lafundamental . El distinguido orador y juris-consulto Sr . Laserna la designó con este últi-mo nombre en los debates á que dió lugar sudiscusión en 1839,yel que la llamaba constitu-yente, era nada menos que el distinguido po-

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lítico y orador demócrata D . Cristino Martos .La ley de que me ocupo no es paccionada enel sentido de que hubiesen intervenido lasProvincias Vascongadas en su confección,porque la hubiesen hecho, como se hacen lostratados internacionales, las provincias y laNación ; las Cortes solas hicieron la ley, sin in-tervención alguna de las Provincias Vascon-gadas; pero es una ley paccionada, en cuantodebe su origen, en cuanto debe su existenciaá un pacto, á una transacción, á un compromiso, que un insigne orador de 1839 compren-día entre aquellos contratos que el derechollama innominados y designa con la frase grá-fica de do ut des do ut facias al contrato inno-minado de ut facias, facio ut des, según uno desus autores .

En ese sentido es, pues, como la conside-ro yo como una ley paccionada, como unaley especial . El pacto, la transacción, el con-venio, puso término á la guerra de los sieteaños. Sin la formal promesa de la conserva-ción de los fueros, los rebeldes vascongadosno se hubieran sometido. Transigieron con lalibertad constitucional, con el Trono de Isa-bel II, á cambio de los fueros, con los que ásu vez hubo de transigir la Nación .¿Me niega el señor Roda que existió tal

transacción, que hubo tal pacto? Pues yo le

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contestaré con una autoridad que S . S. no re-cusará, con la del señor Olózaga .

Dice el señor Olózaga en uno de sus dis-cursos: «El año 1839, á la raíz de sus sucesos,fresco el entusiasmo que producía, á una solapalabra del general Espartero se desarmó elejército contrario y se abrazaron como her-manos, y terminó una guerra que de otromodo, conocido el país topográficamente y eltemple de los hijos de las Provincias Vascon-gadas, bien puede creerse que aun duraríahasta ahora la guerra .» ¿Qué palabra era esaque pudo hacer que los vascongados depu-sieran las armas, poniéndose término á unaguerra que según Olózaga, no era fácil aca-bar con la fuerza?

Vea S. S. lo que dice en otro lugar : «Reco-nozcamos, pues, á esas provincias sus fueros .A ello nos liga una palabra que respetamos,palabra que dimos, y'palabra que hemos de-clarado deuda nacional ; ningún hombre pudoaspirar jamás á mayor gloria que el que lapronunció ; los representantes de la Nación lacumpliremos; á ello nos liga, no sólo el empe-ño contraído, sino un principio de política delque nunca podríamos desentendernos .Conser-vemos, pues, á esas provincias todo lo que hahecho su felicidad y grandeza, sin destruir poreso la unión de ellas con el resto de España .»

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Nadie puede poner en duda la realidad deese pacto entre los rebeldes y la Nación, ver-dadero pacto con mutuas obligaciones y de-rechos. Lo que sí es fuerza reconocer, esque el pacto no se hizo con las formalidadescon que pudo hacerse á no dudarlo . El únicopoder que con arreglo á la Constitución po-día conceder ó confirmar los fueros eran lasCortes, y mientras estas no hicieran la conce-sión, la Nación no quedaba obligada en rea-lidad. Pudo el ejército carlista aguardar áque se reunieran las Cortes ; pudo buscar engarantías extranjeras la seguridad del fielcumplimiento del convenio, cosa que no leshubiese sido quizá difícil obtener, atendidoslos trabajos oficiosos de los agentes inglesesy franceses para llegar al resultado de la pa-

cificación. Pero se fiaron en la palabra de Es-partero y en la promesa del Gobierno y sesometieron contando con que la Nación ha-ría suyos los compromisos contraídos por susrepresentantes y delegados . El Gobierno,dentro de sus facultades, había ofrecido cuan-to podía ofrecer ; había dicho, si hemos decreer á Arrazola, que se comprometía, conesperanza de resultado, á proponer á las Cor-tes la concesión ó la modificación de los fueros ;la concesión ó la modificación ; esto es, quelos fueros quedaran como estaban, ó se modi-

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ficaran simplemente . Los ofrecimientos delgeneral Espartero fueron más explícitos to-davía; ya les había dicho dos años antes delconvenio en una célebre proclama, que losfueros les serían conservados y que jamás sehabía pensado en despojarles de ellos .

He*, aquí esa proclama .!Vascongados: como general en jefe del

ejército de la Reina, y en nombre de su Go-bierno, os aseguro que estos fueros que ha-beis temido perder os serán conservados yque jamás se ha pensado en despojaros deellos .» Esto decía el general Espartero elaño 1837, dos años antes del convenio deVergara, y cuando momentos antes del abra-zo, y cerca ya del campo del convenio, agitóla duda á los batallones vizcaínos y guipuz-coanos, que temerosos de que no se les con-servaran sus fueros, vacilaban y repugnabansometerse, el general Espartero les dirigió lasiguiente arenga :

«No tengais cuidado: vuestros fueros osserán conservados; y si alguna persona inten-tase moverse contra ellos, mi espada será laprimera que se desenvaine para defenderlos .»

Pues bien; los rebeldes vascongados, quefueron al convenio, asegurándoles Esparteroy sus propios jefes que les serían conserva-dos sus fueros ; los rebeldes vascongados, á

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quienes Muñagorri y sus agentes habían pre-dicado un día y otro día la paz, ofreciéndo-les en cambio los fueros en nombre del Go-bierno; los rebeldes vascongados . á quienesel Gobierno había prometido solemnementerecabar de las Cortes, con esperanza de resul-

tado, la concesión de los fueros ; los rebeldesvascongados, digo, se sometieron, en la creen-cia firmísima de que se les cumpliría la pala-bra que se les dió, y de que les serían respe .tadas sus libertades .

Hubo, por lo tanto, un pacto perfecto yverdadero entre los rebeldes y la nación ; ellosse obligaron á someterse y á aceptar la liber-tad constitucional, y la nación, ó su legítimarepresentación, se obligó por su parte, y ácambio de una paz tan deseada, á otorgar álos vascongados el goce de sus franquicias .

Y no fueron los rebeldes solos los que ad-quirieron el derecho á la posesión de su liber-tad, no, lo fué el país todo. Sucedió algo pa-recido á lo que ocurre cuando una plazacualquiera cae en poder del enemigo por ca-pitulación ; los sitiados, los defensores de laplaza, estipulan condiciones para el vecinda-rio pacífico . Los que pactan en semejantescasos son los armados, los defensores de laplaza; el que adquiere el derecho, el vecin-dario. Lo propio aconteció en Vergara; los

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que pactaron fueron los rebeldes; el que ad-quirió el derecho á la conservación de losfueros, el país, la colectividad, la generaciónde aquella época y las que la sucedieran,toda vez que no se fijaron límites á la conce-sión que se otorgaba .

Cumplido por parte de los carlistas vascon-gados el compromiso de someterse, á que seobligaron, quedaba al Gobierno por cumplirel que contrajo ; así es, que verificada la su .misión, se apresuró á pasar á las Cortes unacomunicación y un proyecto de ley, que noleo, porque conozco que la Cámara está fati-gada y ansiosa de ver el término de esta dis-cusión, pero que daré á los señores taquígra=fos para que los inserten en el Diario .

Comunicación de 11 de Septiembre de 1839y proyecto que la acompaña .

«Su Majestad la Reina Gobernadora, con-forme con el parecer de su Consejo de minis-tros, se ha servido autorizarme para presen-tar á las Cortes el proyecto de ley que acom-paña, relativo á los fueros de las ProvinciasVascongadas y Navarra, conforme al articulo°= l convenio celebrado en Vergara porel general en jefe del ejército del Norte, Du-que de la Victoria y el teniente general donRafael Maroto .

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A LAS CORTES.-Entre los medios emplea-dos por el Gobierno para conseguir los gran-diosos resultados que tanto han de influir enla pacificación general, fué uno el de compro-meterse formalmente á proponer á las Cortes,bien la concesión, bien la modificación de losfueros de las Provincias Vascongadas y Na-varra, según se creyese más útil y oportuno,siempre que las fuerzas de las mismas acce -diesen á lo propuesto por el general en jefedel ejército del Norte, Duque de la Victoria .Sobre este compromiso se funda el artículo1 . 0 del Convenio de Vergara : las fuerzas an-tes enemigas han dejado de serlo, y el Gobier-no, que contrajo espontaneamente aquellaobligación por el inmenso interés que de ellapodría reportar la nación entera, se apresurahoy á cumplirla, así como lo hará muy enbreve de otras no menos sagradas, compren-didas unas en el convenio, y aconsejadasotras por el reconocimiento público, según elGobierno tuvo el honor de manifestarlo á lasCortes en su comunicación de 8 del corrien-te. En su consecuencia, tengo el honor deproponer á la aprobación de las mismas elsiguiente proyecto de ley :

Artículo 1 . 0 Se confirman los fueros delas Provincias Vascongadas y Navarra .

Art . 2 .0 El Gobierno, tan pronto como la

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oportunidad lo permita, presentará á las Cor-tes, oyendo antes á las Provincias, aquellamodificación de los fueros que crea indispen-sable, y en la que quede conciliado el interésde las mismas con el general de la nación ycon la Constitución política de la Monarquía .>

Decia el Gobierno en su comunicación queel proyecto estaba conforme con el convenio ;debía expresar, pues, y expresaba á no du-darlo el proyecto, aquello que el Gobiernocreía, que era en su extensión y verdaderoalcance, la obligación á que se había compro-metido, y como lo que se pioponia en el ar-tículo 1 .0 era la confirmación lisa y llana delos fueros, sin la frase que después se añadió,es claro que eso debió ofrecerse y prometer-se á los carlistas, para obtener su sumisión

Pero sea de esto lo que quiera, es el casoque el provecto no fué aceptado por la comi-sión que debía informar sobre el mismo ; estono obstante, ni la mayoría ni la minoría de lacomisión, que formuló cada una su proyecto,ni ninguno de los oradores que tomaron par-te en la discusión se propuso, como habrávisto cualquiera que haya leído íntegros losdebates que en el Congreso y el Senado tu-vieron lugar ; ninguno, digo, se propuso des-conocer el convenio, ni los sagrados derechosde los vascongados, asegurados y salvados

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con el mismo. No leeré, por no fatigar á laCámara, los dictámenes de la comisión, ni al-gunos trozos de los discursos que se pronun-ciaron, y que hacen ver las ideas que preva-lecieron y el objeto de que se proponía elCongreso al desecharse el proyecto del Go-bierno y al pedir su modificación en los tér-minos propuestos en los dictámenes de la co-misión .

No molestaré al Congreso con lecturasque no inspiran interés en el estado deesta discusión, que se ansía ver terminada ; ylo único que me permitiré será entregará losseñores taquígrafos los trozos de esos dictá-menes y discursos, cuyo conocimiento creo yode interés, á fin de que aparezcan en el Dia-rio, ya que por el estado de cansancio de laCámara no me es dado darlos á conoceraquí .

'Dictamen de la mayoría .

«Del mismo modo, la mayoría de la comi-sión quisiera que el Congreso atendiese áque si ésta le propone en su proyecto algunamodificación de los fueros, no es ciertamentepara que aquellas beneméritas provinciasqueden en lo demás entregadas á la dureza ytiranía de un Gobierno despótico y arbitrario,sino para que conservándose en la comunión

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política, en la unión y coherencia nacional detodo el Reino, disfruten sin la menor restric-ción las ventajas constitucionales con el restode los españoles sus hermanos .»

Otro párrafo de dicho dictamen .

«La modificación de su art . 2 .°, además deconfirmar la parte de los fueros que son demayor y más inmediato interés para aquellasprovincias, conserva viva en todas ellas la ac-ción del Gobierno constitucional, que de otromodo se debilitaría extraordinariamente enunas, y desaparecería del todo en otras . Elmenor interregno en el ejercicio de la autori-dad suprema del Estado por una equivocadainteligencia que aquellas provincias pudierandar al art . 1 . 0 del proyecto del Gobierno seríafunesto á la paz misma que tanto deseamos to-dos ver consolidada en ellas y en el resto dela Monarquía.»

Otro párrafo del propio dictamen .

«Los que en las provincias adquirieron porla Constitución de 1837 derechos políticos ;los que entraron ya en la participación de car-gos públicos de que sus mismos fueros lesprivaban ; los que han defendido con las ar-mas y otros sacrificios el Trono de Isabel II yesa misma Constitución, que ahora en mucha

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parte cede su lugar á privilegios especiales;los individuos de la Milicia Nacional que lle-nos de heridas honrosas, que tal vez antes depoco se verían desarmados á pretesto de sercontra fuero su actual organización, todos es-tos, todos, necesitan de la protección del Go-bierno constitucional .'

.Articulado del dictamen .

«Artículo 1 . 0 Se aprueba el convenio ce-lebrado en Vergara el 31 de Agosto entre elDuque de la Victoria y el teniente general donRafael Maroto .

Art . 2.° Se confirman los fueros de lasProvincias Vascongadas y Navarra en su par-te municipal y económica, y en lo demás seconserva para todas ellas el régimen constitu-cional que se hallaba vigente en sus respecti-vas capitales al celebrarse el expresado con-venio de Vergara .»

.Articulado del voto particular de la minoría .

«Artículo 1 .0 Se confirman los fueros delos Provincias Vascongadas y de Navarra,en cuanto no se opongan á los derechos políti-cos que sus habitantes tienen en común con elresto de los españoles, conforme á la Consti-tución de la Monarquía de 1837 .'

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Discurso del Sr. Sancho de 4 de Octubre de 1839 .

«¿Qué es lo que estoy haciendo en el dis-curso que pronuncio, sino probar que quere-mos dar los fueros á las Provincias Vascon-gadas, los fueros y más que los fueros, losfueros mejorados inmensamente por la Cons-titución?»

Discurso del Sr. & adoZ de 5 de Octubredel propio año .

«Es claro, señores, que unos y otros de-seamos que por medio de la modificación enque todos convenimos y conviene también elConde de Luchana y los que adoptaron elconvenio de Vergara, se ponga aquel país enestado de poder gozar de los derechos queles conceden sus fueros, más los derechos queles concede la Constitución de la Monar-quía.»

Discurso del Sr. Olózaga del mismo año 39 .

«Podrá haber, como ayer se dijo con mu-cha verdad, podrá haber algunos particularesque vean con ciertas libertades, humillado elorgullo de sus familias: podrá haber quiencrea que con la libertad de imprenta no haylos medios de dominar, de dirigir y gobernar

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á su antojo ciertas provincias; pero no tendránque pagar contribución ninguna que no hayan pa-gado; pero no se tendrán de ningún modo esosmotivos de espanto, ese orígen de terror niese escollo que han creído encontrar algunoscuando se les ha dicho: los fueros sí, pero losfueros que no se opongan á la Constitución .»

Esos dictámenes y esos discursos hacen verque la idea predominante en todos fué la deasegurar en las Provincias el régimen liberal,la acción del Poder constitucional : introducirtodas aquellas reformas que sin perjudicarálos vascongados contribuyeran á hacer masíntima la coherencia y la unión política conlos demás españoles; se quiso, ya que la li-bertad constitucional había triunfado del ab-solutismo en la larga lucha felizmente termi-nada, que la reintegración total de los fuerosno fuera obstáculo para que la Constituciónrigiese en lo político en el país vascongado ;no se transigía, con que ciertas conquistasque habían sido el resultado del triunfo de laidea liberal no tuvieran aplicación allí por in-compatibilidades forales, y se atendió, por úl-timo, á que los vascongados leales que habíanobtenido, por la Constitución política que re-gía, algunos derechos políticos, continuarandisfrutándolos, sin que pudiera privarlos deellos el rigorismo del fuero .

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Por lo demás, el Congreso sabe que los le -gisladores del año 39 se inspiraron y quisie-ron inspirarse en el propio espíritu de reconci-liación, que había llevado á los dos ejércitosal campo del abrazo. Todos quisieron sermagnánimos, todos quisieron ser generosos :y apreciando en su importancia y en sus con-secuencias el acto de Vergara, quisieron cum-plir con hidalguía la oferta, á que atendieronlos rebeldes al prestar sumisión; considera-ron deuda nacional, obligación sagrada elcompromiso del Gobierno, y se propusieroncumplirle, realizando á la vez, una medida degobierno, una medida de pacificación .

Todo esto aparece muy claro de la lecturadel debate, y es muy congruente en mi opi-nión, tratándose de la interpretación de la leydel 39. Nadie habló de introducir las quintasy las contribuciones, ni otros preceptos de laConstitución que infiriesen agravio á los de-rechos de los vascongados . Eso no cabía enlos que querían ser magnánimos y generososy deseaban á toda costa la reconciliación .

Estos sentimientos de que se hallaban po-seídos todos, sin excepción alguna, se fueronacentuando más y más conforme se iba avan-vanzando en la discusión, dando al fin lugará aquella explosión de estusiasmo, en me-dio de la cual se abrazaron el señor Oló-

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zaga y el Ministro de la Guerra, señor Alaix .El deseo común era encontrar una fórmu-

la, que salvando las distancias que separabaná unos y otros, aunase las opiniones ; á fin deque la importantísima ley que se discutíafuese votada por unanimidad . Se encontró lafórmula en la frase «de sin perjuicio de launidad constitucional de la Monarquía ;» y elproyecto del gobierno fué votado con esaadición que se hizo á su artículo 1 .0

Pasada la ley al Senado, la comisión quedebía informar sobre la misma, se dividió endos opiniones ; hubo voto particular .

El Congreso habrá de dispensarme des-cienda á estos detalles ; yo los creo pertinen-tes, tratándose de examinar la cuestión quese debate, bajo su aspecto jurídico ó legal .

La mayoría de la comisión proponia laaprobación de la ley, para el caso de que porunidad constitucional se entendiera, comoella entendía, la unidad del poder del Monarcaconstitucional, pues en este caso no habíaoposición en las dos partes del artículo 1 .0

El Marqués de Viluma, por el contrarío,fundaba su voto en la consideración, de queno cabían juntas las dos partes del art . 1 .0,puesto que consistiendo, según él, la unidadconstitucional, en que todos los pueblos é in-dividuos estuviesen sujetos al régimen que la

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Constitución establecía, con perfecta igual-dad en los derechos y proporción en las obli-gaciones, cualquier fuero ó excepción rompíaesa unidad .

Pidió explicaciones al Gobierno acerca . d ela inteligencia de la cláusula «sin perjuicio» ;las pidió también la comisión, y el ministro deGracia y Justicia la explicó diciendo quesiendo libres las instituciones vascongadas, li-bre la Constitución del Estado, no había in-compatibilidad entre los dos conceptos delartículo, añadiendo que la unidad de unacosa se salvaba en los grandes vínculos y enlos grandes principios, sin que fuera un obs-táculo para esa unidad la diferencia en lo ac-cidental y en los detalles ; que la unidad cons-titucional no debía ser un obstáculo á la con-servación de los fueros, toda vez que se salva-ba habiendo un sólo Monarca para todos losespañoles, un Parlamento y una representa-ción nacional común .

Entregaré á los taquígrafos, para que lasinserten en el Diario, las manifestaciones queaceptando la declaración del Ministro, hicie-ron la comisión y algunos senadores . Y haréinsertar igualmente lo que, en idéntico senti-do que el Ministro de Gracia y justicia, dijoel de la Gobernación explicando la propiacláusula .

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Discurso del Sr. Conde de EZpeleta .

«Reasumiendo, pues, diré que la comisiónpor su parte está acorde si se entiende elart . 1 . 0 tal como el ministro de Gracia y jus-ticia ha manifestado : si la unidad constitucio-nal no se entiende como régimen constitucio-nal, porque yo encuentro gran diferencia ; ladiferencia de tomar las cosas en grande óvenir á detenerse en las más pequeñas. Si setoma en aquel sentido, estamos todos acordes ;pero si en este segundo, diré que es una de-cepción, un engaño, porque sería decir quedamos una cosa no dándola ; entonces nohabría nada, y las provincias quedarían re-ducidas á un estado peor que el de los últi-mos pueblos de Castilla .»

'Discurso del Ministro de la Gobernación .

«Si la Constitución son los Códigos políti-cos en que se consignan las relaciones de losgobernantes con los gobernados, la forma delos gobiernos y la división de los Poderes,claro es que estando consagrada en nuestraConstitución la unidad de la Monarquía,porque uno es el Monarca, una la Represen-tación nacional, porque uno es el origen dela justicia que nace del Rey, porque unosson los derechos políticos cardinales, digá-

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moslo así, de los ciudadanos, unidad consti-tucional será la conservación de todos losgrandes vínculos bajo los cuales se gobiernany viven todos los españoles . Y la concesión defueros que propone esta ley, ¿ofende la unidadconstitucional? Claro es que no .»

`Discurso del Sr . Marqués de Falces .

«Prudente restricción, que acatando elprincipio de que la Monarquía española esuna, no obliga á que el régimen de todas susprovincias sea idéntico en todos sus pormeno-res.» Y continuaba : «sin hacer alarde de in-genio se puede demostrar que la Constituciónpuede mantener los fueros de las Provinciascon tal que no haya una Nación dentro deotra, dos Coronas reunidas al caso en unasola cabeza ; con tal, en fin, que no haya másque un Rey y un Parlamento. La unidadconstitucional es, como han indicado variosSenadores, la sujeción á un mismo Monarcay á un mismo Parlamento.'

La ley se votó entendida tal cual la expli-có el Gobierno; y la definición que éste dió ála cláusula, definición que, aceptada por laCámara, sirvió para fijar el sentido del artícu-lo, forma en realidad parte integrante de lamisma ley .

No cabe, pues, entenderla de otra suerte

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que la entendieron sus autores, y menos seríaposible explicarla, admitida la definición, quede la frase «sin perjuicio» dió el Sr . Presi-dente del Consejo de Ministros á los comisio-nados. La frase «sin perjuicio» no puede en-tenderse en el sentido que la entendía estamañana, y la entendió ante los comisionadosel Sr. Presidente del Consejo de Ministros .Esa cláusula no puede referirse á la parteonerosa tan sólo . puesto que de la favorableno había necesidad de hacer reserva alguna,y significar que haya de quedar á salvo launidad constitucional, interpretada según yen los términos del art . 6.0 de la Constituciónde 1837, que dispone que todos los españolessirvan á la Patria con las armas cuando seanllamados por la ley y contribuyan á las car-gas del Estado en proporción de sus haberes .Los artículos 1 .0 y 2 .° de la ley no tendríansentido ni explicación ; el art . 1 . 0 confirmaríalos fueros y derogaría los más importantes,los relativos á la exención de quintas y con-tribuciones . Esta exención de quintas y decontribuciones está establecida con toda cla-ridad por expresos capítulos del Código fo-ral, los que quedarían abolidos de aceptarseesa interpretación . Y ya que hablo de quintasy contribuciones, ha de serme permitida unadigresión. Es un error por desgracia harto

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generalizado, el que consiste en creer que lasProvincias Vascongadas no contribuyen enabsoluto ni han contribuído nunca á sobrelle-var las cargas del Estado . Las ProvinciasVascongadas cuando lo han exigido urgentesnecesidades del Estado, no han solido escati-mar á la madre Patria, ni sus recursos, ni sushombres, ni sacrificios y servicios de otrasclases. No acabaría hasta mañana si fuera ácitar uno á uno los acuerdos de las juntas demi provincia, en que constan esos servicios detodas clases prestados al Estado .

Y muchas serían también las que tendríaque leer si hubiese de dar cuenta de lasReales cédulas que dictaron los Monarcas,para demostrar su gratitud y aprecio á lasProvincias por alguno de esos servicios . Peroes menester tener muy en cuenta que las Pro-vincias han prestado siempre esos serviciosen su forma especial, de acuerdo con lasleyes del fuero . No leo, á fin de no retardarel término de esta discusión, una nota ó rela-ción que tengo en mi poder, de la que apare .ce lo que importaron á la provincia los ser-vicios prestados al Estado en este siglo y du-rante la guerra de la República francesa . Esuna suma de consideración, procedente lamayor parte de capitales tomados á présta-mo, cuyos intereses sigue pagando todavía la

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provincia . Entregaré la nota á los taquígrafos,con otras que contienen los gastos de la gue-rra de Africa, los de la de Cuba, los de lacivil última y los correspondientes á serviciosque cubre la provincia con sus recursospropios, á pesar de ser en otras partes cargadel Estado .

Pere según he indicado ya, tanto el servi-cio militar como los pecuniarios, el país lospresta siempre con arreglo á fuero en su for-ma especial y privativa . La provincia deGuipuzcoa, y hablo sólo de ella, pues de lasotras se han ocupado ya y se han de ocuparaún sus dignísímos representantes, tiene eldeber, cuando se trata de la defensa de lafrontera ó del territorio, de acudir en arma-mento en masa, padre por hijo, al servicio dela Patria. En Semejantes casos tienen queservir todos los hombres útiles, sin excepciónalguna, dentro de las banderas de las Muni-cipalidades y bajo el mando superior de uncoronel jefe nombrado por la misma provin-cia. Tales son las condiciones á que debeajustarse la obligación militar de los guipuz-coanos dentro del país; y para salir de él, esmenester, según el fuero, que concurran trescircunstancias: que haya petición del Monar-ca, acuerdo de la provincia disponiendo elservicio, y que se les pague el sueldo por el

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tiempo que voluntariamente sirvan fuera dela provincia. Estas circunstancias concurrie-ron cuando se prestó el servicio en Africa ytambién en los tercios que se dieron paraCuba . Ahora bien; esos fueros y los análo-gos de Alava y Vizcaya, que eximen á losvascongados del servicio militar ordinario,del servicio militar de plaza ó permanente, ylos que declaran que no serán obligados ápagar, por lo que hace á Guipuzcoa, más tri-buto que la alcabala, por encabezamientode una cantidad que no podría alterarse nun-ca; lo que da á ese tributo más que el carác-ter de tal, el de una prestación en señal de laSoberanía del Monarca, esos fueros, digo,quedarían sin efecto, de interpretarse la cláu-sula «sin perjuicio», con arreglo al articulo6.° de la Constitución de 1837. No tendríasentido el artículo 1 .° de la ley, y la confir-mación vendría á convertirse en realidad, enla abolición radical y completa de los fuerosmás importantes .

Tampoco tendrá explicación posible el ar-tículo 2.° Dice así :

«Art . 2 .° El Gobierno, tan pronto comola oportunidad lo permita, y oyendo antes álas Provincias Vascongadas y á Navarra, pro-pondrá á las Cortes la modificación indispen-sable que en los mencionados fueros reclame

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el interés de las mismas, conciliado con el ge-neral de la Nación y de la Constitución de laMonarquía, resolviendo entre tanto provisio-nalmente, y en la forma y sentido expresa-dos, las dudas y dificultades que puedan ofre-cerse, dando de ello cuenta á las Cortes .»

Yo no creo, señores diputados, que ni unasola de las circunstancias á que se refiere di-cho articulo 2 .° se haya tenido en cuenta enla ocasión presente, al tratarse de variaresencial y radicalmente el modo de ser delas Provincias Vascongadas. Lo primero queel artículo exige para la reforma que haya dehacerse con arreglo al mismo, es oportuni-dad; y yo pregunto si la hay en los momentospresentes para resolver una cuestión de tan-ta trascendencia, cuando los ánimos se hallanirritados y prevenidos injustamente contratodo lo que á aquellas Provincias se refiere,cuando el espíritu público está extraviadopor preocupaciones de todas clases, y cuan-do el Gobierno y las mismas Cortes se hallanhasta cierto punto cohibidos bajo el peso dela presión de esa atmósfera, llena de pasióny de odios artificiosamente creada contra losfueros. No; el momento no es el más oportu-no seguramente, ni el más propio, si se ha debuscar al menos el acierto en lo que se haga .

Otra de las circunstancias que exige el ar-

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tículo 2 .°, es que las Provincias hayan de seroídas cuando se trate de alterar su régimen .Pero esa audiencia que á las Provincias seconcede tiene otro alcance, otra significacióndistinta de la que ha dado á las conferen-cias últimas el Gobierno, que ha creído queoía á las Provincias y cumplía, con hacer ve-nir á sus comisionados para anunciarles quehabía sonado en el reloj de los tiempos la úl-tima hora de las libertades Vascongadas .

Como el objeto de esa disposición segundaera hermanar los fueros con el sistema gene-ral del Estado ; como lo que se proponía erareformar la organización privativa de lasProvincias, por medip de modificaciones indis-pensables que se adoptarán consultando losintereses del Estado y de los de aquel país, laaudiencia responde á esa necesidad de bus-car el común acuerdo, la conformidad en lasreformas indispensables que hayan de llevar-se á cabo. Por eso á las provincias se lasha llamado siempre á tratar, á conferenciarcon el Gobierno, cuando se ha querido quevinieran los comisionados en cumplimientodel artículo de que me ocupo . (El señor Mar-ques de Acapulco : A tratar, no) . A tratar y áconferenciar . Oiga S . S . lo que dice el articu-lo 7 .0 del decreto de 16 de Noviembre de1839 «Las Provincias Vascongadas en sus

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Juntas generales, y Navarra por la nueva Di-putación, nombrarán dos ó más comisionadosque unos á otros se sustituyan, y con los cua-les pueda conferenciar el Gobierno para la me-jor ejecución de lo dispuesto en el art . 2 .° dela ley de 25 de Octubre» . (El señor Marquésde Acapulco . No dice á tratar) . Creo haber vis-to empleada esa palabra en alguna de lasmuchas Reales órdenes que hay llamando álos comisionados; pero sobre todo, ahí está eltratado de Navarra . (El señor Marqués deAcapulco : No es tratado tampoco.) Lo quepuedo decir á S . S. es que se hizo después dehaber estado los comisionados navarros con-ferenciando (El señor a(arqués de Acapulco:Eso, si), conferenciando seis meses con unaJunta nombrada para el efecto por el gobier -no . El Gobierno oyó en aquella ocasión á loscomisionados; los oyó en el verdadero senti-do que debe tener esta palabra, entrando áconcertar con ellos las reformas que sin incon .veniente pudieran realizarse en Navarra. ElGobierno se inspiró en la idea que predomi-na en el artículo 2.0 de la ley, que se propusoreformar conciliando, y por eso, y sin embar-go de que los comisionados tenían plenos po-deres para Terminar cualquier arreglo, quisoobtener la aprobación de la Diputación, yuna vez obtenida fu' cuando presentó á las

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Cortes el arreglo, dándole los nombres deconcierto y de convenio, sin que se hubierahecho por nadie contra esa manera de califi-car el arreglo, la menor observación .

Me he desviado sin querer, de digresión endigresión, del examen de la cláusula «sin per-juicio», que ya he tenido el honor de demos-trar al Congreso lo que significa según'su de-finición auténtica, y cómo debe entendersepara que no resulten absurdos y contradicto-rios los artículos 1 . 0 y 2.° de la ley .

Ahora sólo me resta invocar en' mi apoyoy en el de la verdadera inteligencia de la leyel testimonio de los Gobiernos y de las Cor-tes de la Nación . Yo debería leer esas decla-raciones que en decretos y leyes importanteshan hecho los Poderes de la Nación ; peroharé gracia de ellas al Congreso y las entre-garé á los señores taquígrafos, á fin de queaparezcan en el Diario y sean en su día apre .ciadas por los que lean esta discusión .

Decreto de 16 de `TLovieinbre de 1839 .

«Como Reina Regente y Gobernadora delReino durante la menor edad de mi excelsahija la Reina Doña Isabel II y en su Realnombre, conformándome con el parecer demi Consejo de Ministros, hasta que pueda te-ner efecto lo dispuesto en el art . 2.0 de la ley

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de 25 de Octubre último, he venido en decre-tar lo siguiente :

Artículo 1 .0 Las Provincias de Vizcaya,Alava y Guipuzcoa procederán desde luegoá la reunión de sus juntas generales y nom-bramiento de sus respectivas Diputacionespara disponer lo conveniente al régimen yadministración interior de las mismas y á lamás pronta y cabal ejecución de la ley de 25de Octubre último, procediendo en todo sinperjuicio de la unidad constitucional de laMonarquía, como en la misma se previene .La reunión de las juntas se verificará en lospuntos donde sea de fuero ó costumbre .

Art . 2 .0 Los jefes políticos que actual-mente lo son de Vizcaya y Guipuzcoa que-dan como corregidores políticos, con las atri-buciones no judiciales que por el fuero, le-yes y costumbres competían á los que lo eranen dichas provincias .

Art. 3 -0 Las elecciones de Senadores yDiputados á Cortes se harán en las tres pro-vincias en la forma establecida por las leyespara el resto de la Monarquía. Las Diputa-ciones provinciales elegidas por el métododirecto continuarán limitándose por ahoraá entender solamente en lo relativo á esteasunto, y se procederá á su renovación totalá fin de que puedan tener parte en ella los

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pueblos que hasta aquí no habían pádido ve-rificarlo por circunstancias , de la guerra .

Art. 4.0 La provincia de Navarra nom-brará desde luego, y por el métádo estable-cido para las Diputaciones provinciales, unaDiputación compuesta de siete' individuos,como antes constaba la Diputación del Rei-no, nombrando un diputado cada merín-dad, y los dos restantes las de mayor pobla-ción .

Las atribuciones de esta Diputación seránlas que por fuero competían á la Diputacióndel Reino; las que siendo compatibles conellas señala la ley general á las Diputacionesprovinciales, y las de administración y gobier-no interior que competían al-Consejo de Na-varra: todo sin perjuicio de la unidad consti-tucional, según se previene en la ley citadade 25 de Octubre .Art. 5 . 0 Las elecciones de Senadores y

Diputados á Cortes se verificarán también enNavarra en la forma establecida por las le-yes generales para el resto de la Peninsula .

Art . 6 .° La renovación de Ayuntamien-tos se verificará en las cuatro provincias se-gún tengan de fuero y costumbre, debiendotomar posesión de sus destinos los nueva-mente nombrados para el 1 . 0 de Enero delaño próximo de 1840 . Los nombramientos de

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alcaldes se expedirán gratis en Navarra porel virrey .

Art . 7.0 Las Provincias Vascongadas ensus juntas generales, y Navarra por la nueva Diputación, nombrarán dos ó más indivi-duos que unos á otros se sustituyan y con loscuales pueda conferenciar el Gobierno parala mejor ejecución de lo dispuesto en el artí-culo 2.0 de la ley de 25 de Octubre .

Art. 8.0 Como en la misma se previene,cuantas dudas ocurran en su ejecución se con-sultarán con el Gobierno por medio de la au-toridad superior del ramo de que se trate .-Tendréislo entendido, etc . En Palacio á 16 deNoviembre de 1829 .»

Decreto de 29 de Octubre de 1841 .«Siendo indispensable reorganizar la admi-

nistración de las Provincias Vascongadas porrazones que me habeis expuesto, del modoque exige el interés público y el principio dela unidad constitucional sancionado en la leyde 25 de Octubre de 1839: como Regente delReino en nombre y durante la men,)r edad deS. M. la Reina Doña Isabel II, vengo en de-cretar lo siguiente :

Artículo 1 . 0 Los corregidores políticos deVizcaya y Guipuzcoa tomarán la denomina-ción de jefes superiores políticos .

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Art . 2.0 El ramo de protección y seguri-dad pública en las tres Provincias Vasconga-das estará cometido exclusivamente á los je-fes políticos y á los alcaldes y fieles bajo suinspección y vigilancia .

Art . 3 .0 Los Ayuntamientos se organiza-rán con arreglo á las leyes y disposiciones ge-nerales de la Monarquía, verificándose laselecciones en el mes de Diciembre de este añoy tomando posesión los elegidos en 1 .0 deEnero de 1842 .

Art . 4.0 Habrá Diputaciones provincialesnombradas con arreglo al art . 69 de la Cons-titución y á las leyes y disposiciones dictadaspara todas las provincias, que sustituirán álas Diputaciones generales, juntas genera-les y particulares de las Vascongadas . La pri-mera elección se verificará tan luego como elGobierno determine .

Art. 5 . 0 Para la recaudación, distribucióné inversión de los fondos públicos hasta quese verifique la instalación de l;,s Diputacio-nes provinciales, habrá en cada provinciauna comisión económica compuesta de cua-tro individuos nombrados por el jefe político,que la presidirá con voto . Esta comisión serátambién consultiva para los negocios en queel jefe político lo estime conveniente .

Art . 6.0 Las Diputaciones provinciales

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ejercerán las funciones que hasta aquí handesempeñado en las Provincias Vascongadaslas Diputaciones y juntas forales, y las quepara las elecciones de Senadores, Diputadosá Cortes y de provincia y Ayuntamiento lesconfían las leyes generales de la Nación . Has-ta que estén instaladas, los jefes políticos des-empeñarán todas sus funciones, á excepciónde la intervención en las elecciones de Sena-dores, Diputados á Cortes y provinciales .

Art. 7 . 0 La organización judicial se ni-velará en las tres provincias al resto de laMonarquía. En la de Alava se llevará á efec-to la división de partidos prevenida en ordende 7 de Setiembre de este año; y para la deVizcaya se hará inmediatamente la demarca-ción de partidos judiciales .

Art. 8.° Las leyes, las disposiciones delGobierno y las providencias de los Tribuna-les se ejecutarán en las Provincias Vascon-gadas sin ninguna restricción, así como se ve-rifica en las demás provincias del Reino .

Art . 9.0 Las aduanas desde 1 .0 de Diciem-bre de este año, ó antes si fuese posible, se co-locarán en las costas y fronteras, á cuyo efectose establecerán, además de la de San SebastiányPasajes dondeya existen, en Irún,Fuenterra-bía,Guetária,Deva, Bermeo, Plencia y Bilbao . .

Art . lo. Los ministros de Gracia y Justi-

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cia, Gobernación y Hacienda adoptarán lasmedidas convenientes á la entera ejecución deeste decreto.-Tendréislo entendido, etc . Vi-toria 29 de Octubre de 1841 .»

Ley sancionada por las Cortes Constituyentesen 24 de Marzo de 1870.

«Artículo 1 . ° El servicio militar es obliga-torio para todos los españoles al cumplir 20años de edad .

Artículos adicionales : 1 .0 La presente leyde reemplazo y organización del ejército ennada prejuzga ni altera las atribuciones queen la realización del servicio militar compe-ten á Navarra, ni las excepciones que por susfueros disfrutan las Provincias Vascongadas .»

Ley de 23 de Abril de 1870 llamandoá las armas 40.000 hombres .

«Art . 2.0 Todas las provincias de España,á excepción de las Vascongadas, contribuirán állenar este contingente en la forma y modo queestablece la ley de organización y reemplazodel ejército, votada y sancionada por las Cor-tes Constituyentes en 24 de Marzo último .» i

Ley de 13 de Noviembre de 1872 llamandoá las armas 40.000 hombres .

«Art . 2 .° Todas las provincias, menos lasVascongadas y la de Canarias, á tenor de loprevenido en la ley de 29 de Marzo de 1870,

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contribuirán á llenar este contingente de40.000 hombres .»

Decreto del Ministerio Regencia de lo de Febrerode 1875

llamando á las anuas 70 .000 hombres .

«Artículo 1 .0 Se llaman al servicio de lasarmas para el reemplazo activo y de la reser-va 70.000 hombres .

Art. 9.0 El Ministerio de la Gobernaciónrepartirá entre las provincias, con exclusión dela ; Vascongadas, el contingente de los 70.000hombres llamados por este decreto .»

T\,eal decreto de 11 de Agosto de 1875 llamandoal servicio militar 100 .000 soldados .

Tiene seis artículos y en ninguno de ellosse incluye á las Vascongadas .

Yo diré tan sólo respecto de esas declara-ciones oficiales que el decreto de 16 de Noviembre de 1839 se dió por el propio Gobier .no que estaba al frente de los destinos públicos cuando se hizo la ley de 25 de Octubreque tuvo por objeto dicho decreto explicar,aplicar y poner en ejecución la ley; que poresta razón puede considerarse como parte dela misma; y que este decreto no entendió lacláusula 'sin perjuicio» tal como aquí se en-tiende .

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Yo diré tan sólo que el decreto del Regen-te del Reino de 29 de Octubre de 1841, quefué un decreto de castigo, á pesar de recono-cerse solemnemente en la exposición de mo-tivos la inocencia del país; un decreto nivela-dor, un decreto que . s e propuso plantear launidad constitucional, no la entendió tampocoen el sentido en que hoy se trata de explicaresa frase, y que habiendo introducido unaporción de novedades y contrafueros, nada es-tableció respecto de deberes constitucionales,que siguieron siendo para los vascongados losque hasta allí les habían obligado .

Yo diré, por último y finalmente, que talcual la entienden esos decretos la entendie-ron también las Cortes del 70 y posteriores, yrespetabilísimas autoridades, como lo de-muestran los textos que entregaré á los ta-quígrafos para que los inserten en el 'Diarioy aparezca claro, lo que entendían esas auto-ridades por unidad constitucional .

Discurso del Sr . Calatrava de 1o de Abrilde 1840 .

«Creo, señores, que debe tenerse tambiénmuy en cuenta que lo que en este asunto seresuelva (Ayuntamientos) debe extenderseigualmente á todas las provincias del Reino,á todas sin excepción alguna ; porque si se

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pretendiese que no debe alcanzar á Navarray á las Provincias Vascongadas lo que se re-suelva respecto á los Ayuntamientos de lasdemás provincias, sobre ser la más intoleran-te injusticia y una grande inconsecuencia enel Gobierno si a .sí lo pensara, sería violarabiertamente la unidad constitucional que laley de 25 de Octubre último prescribió quequedase á salvo .»

'Discurso del Sr. Laserna de lo de Marzo.de 1842 .

«El Gobierno, al dictar el decreto de Oc-tubre del 41, no ha hecho más que interpre-tar la ley del 39 y establecer la unidad cons-titucional, á la que no se oponen las noveda-des introducidas por aquel decreto .»

Discurso del señor Cortina de 23 de úKarzode 1840 .

«La unidad constitucional no está salvadaen las Provincias Vascongadas, porque á laReina Doña Isabel se la ha jurado allí comoSeñora, no como Reina y Señora, y tambiénporque no hay en el Congreso representantesde Vizcaya . .

Ha habido, pues, perfecta unanimidad res-pecto de la manera de entenderse la ley :así lo acreditan las disposiciones y textos

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que he citado y otros que aún pudiera in-vocar .

Ahora bien ; la ley de 1839, que ya he de-mostrado cómo debe interpretarse y aplicar-se, sin que pueda nadie entenderla de otromodo, no puede darse al olvido, no puedeprescindirse de ella, no puede considerarsederogada; está en vigor, no puede menos deestarlo y así lo ha declarado el Gobierno encierto modo, á causa de su especialidad, es-pecialidad que consiste en que debe su exis-tencia á un pacto ó contrato; especialidad queconsiste en que consagra el derecho que porel hecho de la sumisión de los rebeldes adqui-rió el país vascongado, la colectividad de susnaturales; á la conservación de los fueros ; es-pecialidad que consiste en que garantiza elejercicio de dichas instituciones, especialidadque consiste por último, y muy principalmen .te, en que crea derechos en favor de terceroen favor de los particulares y de los pueblosde aquellas provincias . Los particulares ad-quirieron por esa ley el derecho á la exenciónde quintas y de contribuciones, exactamentelo mismo que los convenidos en Vergara ad-quirieron por el mismo hecho del convenio,por una ley semejante, otros derechos que re-ligiosamente se respetan .

¿Pueden las Cortes con el Rey, en buenos

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principios de moral y de derecho, y por másgrande que sea su autoridad, y yo la reco-nozco, desconocerá los convenidos en parti-cular las ventajas que fueron el precio de susumisión? ¿Y no es el mismo el origen del de-recho del país, de la colectividad, y de cadauno de los miembros de esa colectividad? Yno se diga que caducó el derecho con la rebe-lión : le habrán perdido los rebeldes : pero losleales ¿habría justicia, habría derecho paraprivarles de legítimos, muy legítimos dere-chos por delitos que no hubiesen ellos come-tido?

Lo sensible en todo esto, Sres . Diputados,es que se haga una cosa abiertamente opues-ta á la ley del 39, cuando taxi fácil hubiera si-do, sin salirse de sus procedimientos, llegar áuna inteligencia con el país vascongado, másque nunca dispuesto á transigir, á ceder, y ásacrificarse por la madre Patria en aras de laconciliación y de la paz. Apenas se publicó laReal orden de 6 de Abril llamando á los co -misionados, se reunieron las juntas del país ;yo asistí á las de Guipuzcoa, y asistió tam .bién á ellas mi respetable y querido compa-ñero el Sr . Lasala. Los Ayuntamientos queacudían á las juntas debían la mayor partesu existencia al nombramiento del Gobierno,del Gobernador, y algunos á las autoridades

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militares : se trataba nada menos que del nom-bramiento de los comisionados que habían deentender en un asunto el más vital para aque .lías provincias, y no obstante no ser ajusta-dos al fuero ni á la ley aquellos nombramien-tos, se hicieron, á fin de evitar el que se acusara al país de querer aplazar indefinidamen-te la modificación foral . Los comisionados vi-nieron animados de las mejores disposiciones ;pero ante los propósitos del Gobierno y susdeclaraciones, opuestas á la recta inteligenciade la ley del 39, no fué posible el acuerdoque tan de veras anhelaba el país .

Debo llamar, Sres . Diputados, vuestraatención hacia otra circunstancia, Los Dipu-tados que tenemos la honra de representarálas Provincias Vascongadas fuimos elegidos,cuando todavía sufría el país el yugo de labárbara dominación del Pretendiente . No eraposible que se aplicaran á nuestra elección losprocedimientos de la ley electoral, y el Go -bierno dispuso que se ajustara la elección enlos distritos totalmente ocupados ó en partelibres á las disposiciones de las Cortes de1812 y 1813: se estableció en su consecuenciapor el art. 5 . 0 del decreto de convocatoria,que la parte libre nombrara en las Provin-cías Vascongadas los Diputados y SenadorEsque correspondieran á las mismas, con arre .

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glo á lo estatuido por el art . 6.0 de la instruc-ción de 13 de Mayo de 1812 . Voy á permitir-me leer al Congreso dicho art . 6.0 Dice así :

«En la provincia que se halle en parte li-bre y en parte ocupada, la parte libre nombrará el Diputado ó Diputados propietariosque correspondan á su población ; y por laparte ocupada, siempre que ésta no pudieraenviar los electores que le pertenezcan en eldía convenido, nombrará tambien como su-

plentes el Diputado ó Diputados que le co-rrespondan por su población, entendiéndosesin perjuicio de que la parte ocupada hayade verificar su elección en cuanto se halle libre,durante el tiempo de la Diputación generalde Cortes .»

Según esta disposición, los Diputados de laparte ocupada nombrados por la libre debenser suplentes, y tan pronto como se halle li-bre la parte ocupada debe proceder al nom-bramiento de los propietarios . Es, por tanto,indudable que los Diputados de los distritostotal ó parcialmente ocupados en la época dela elección, no podemos invocar para formarparte de esta Cámara, ni la ley electoral vi-gente, ni la instrucción de 1812, por haberdebido caducar con arreglo á ella nuestra re-presentación . De todas maneras, no expresa-mos, no. representamos los sufragios de nues-

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tros distritos, y el país no asiste, no está de-bidamente representado en esta solemne oca-sión, en el momento más importante de suhistoria. Este gravísimo inconveniente hubie-ra podido evitarse, aplazando la discusiónhasta que, verificadas nuevas elecciones, hu-bieran venido aquí representantes debida-mente nombrados .

Conozco el cansancio de la Cámara y la fa-tiga que os he debido causar en las dos horasy media que hace que estoy molestando vues-tra atención; esta consideración me impideocuparme, con harto pesar mío, de examinarel asunto objeto de estos debates bajo otrosaspectos. Termino, pues ; pero antes de sen-tarme, ha de serme permitido que después deagradeceros la deferente benevolencia que mehabeis dispensado, envíe desde este elevadositio, ya que no una frase de consuelo, la ex-presión ardiente de mi cariño y de mi acen-drado amor á las instituciones vascongadas,cuya causa tres veces santa, hemos venido ásostener aquí ; al noble pueblo eúskaro . quedespués de haber reñido en la duración delos siglos tantas batallas, gloriosas todas parala libertad, va á hundirse en la desgracia,en nombre de lo que llamais unidad constitu-cionil; permitidme también que me dirija ámis hermanos desgraciados de allende del

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Ebr,i, siquiera para acompañarlos en su jus -tísimo dolor, y no quiero decir en su amargodesengaño, con cuyo infortunio deseo se re-signen con dignidad, manteniendo vivo el fue-go del patriotismo, la memoria de sus liberta-des perdidas, y la más profunda y más vivaesperanza, á fin de que puedan ver pronto lu-cir mejores días .He dicho .

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RECTIFICACI�N

Ha manifestado el digno individuo de lacomisión que no es la ley del 39 una ley pac-cionada; lea S . S. el decreto de 25 de Enerode 1871 y lo que el Sr . Ministro de la Guerradecía en la sesión de 28 de Octubre del 72 alSr. Payela, y comprenderá que no soy el úni -co que sostiene que esa ley fué pactada .

Su señoría, para impugnar los datos que headucido con objeto de manifestar que la in-corporación de Guipuzcoa fué voluntaria, hacitado al Padre Moret y al Arzobispo D . Ro-drigo: debe tener en cuenta el señor Marquésde Acapulco que esos autores y Elizondo noson imparciales ni los ha considerado nadiecomo tales para juzgar con desapasionamien-to los asuntos referentes á la provincia deGuipuzcoa .

DISCURSOPRO\DNCIADO EN EL

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

EL DIA 18 DE JULIO DE 1876POR

DON FRANCISCO DE GOROSTIDI

DISCURSODE

DON FRANCISCO DE GOROSTIDI

18 JULIO 1876

SEÑORES DIPUTADOS :

Nuevo en las lides parlamentarias, y sien-do la primera vez que tengo el honor de diri-giros la palabra y de hablar en público, osruego, Sres . Diputados, que me otorguéis todavuestra benevolencia . Si un deber ineludiblede conciencia no me obligara á molestaros,yo me hubiera limitado á votar en contra deeste proyecto de ley, siguiendo el prudenteconsejo que no ha muchos días nos daba des .de estos bancos nuestro digno compañero ymi amigo el Sr. Martón, si mal no recuerdo,cuando decía que á los diputados humildesy modestos sólo nos incumbe el deber de oiry callar para aprender .

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Contando, pues, con vuestra indulgencia yesperando me la otorguéis cumplida, voy áentrar de lleno en la cuestión, procurando serlo más breve posible, toda vez que la materiaestá completamente agotada . Siento que lavez primera que me levanto á hablar desdeeste sitio sea para hacer la oposición al Go-bierno de S. M ., á quien hasta ahora he apo-yado con mi humilde voto, y creo que conti-nuaré apoyándole, pues estoy persuadido deque es preciso sostener á todo Gobierno quelegítimamente ocupe ese banco, porque unade las principales causas de la pertui baciónde nuestro país es el frecuente cambio de losMinisterios .

Si á mí, el más humilde de todos vosotrosy el más joven é inexperto de mis compañe-ros, me hubiera cabido la alta honra de ini-ciar estos debates, no lo hubiera hecho des-pués de ciertas frases, que hace pocos díaspronunció el Sr Presidente del Consejo deMinistros contestando al elocuente discursodel Diputado navarro Sr . Morales, frases queha repetido de nuevo en el curso de estos de-bates y que son en mi concepto el vire victiide Breno . Habría, pues callado, limitándomeá señalar el motivo de mi silencio y á votar encontra del proyecto; pero como quiera quemis dignos compañeros, á pesar de aquellas

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frases, están sosteniendo este debate, yo deboimitar su patriótica conducta y deciros lo quese me alcanza respecto de la cuestión, hacien-do ante todo, sin embargo, la salvedad de quehablo por mi sola y exclusiva cuenta . Sin de-tenerme en el origen de los fueros ni en hacersu historia, os diré que el régimen foral de lasProvincias Vascongadas, está hoy, no diréfundado, que su fundamento es más, sino con-firmado en la ley de 25 de Octubre de 1839,confirmación á su vez del célebre conveniode Vergara .

Dudas que hasta ahora no habían existido,se hnn presentado sobre la inteligencia de es-ta ley, y dudas cuya razón no alcanzo . La pri-mera de las interpretaciones de una ley, laque se confunde con la ley misma, es la au-téntica .

Nosotros la tenemos respecto de la de 25de Octubre de 1839, dada por sus mismos au-tores y en los momentos de su discusión so-lemne en las Cámaras. Apoyados en esta in-terpretación, sostenemos que el proyecto deley que se discute no ha podido presentarse álas Cortes tal como se ha traído . Lo mismoel Gobierno de S . M., como la comisión, noaceptan aquella interpretación: es más, la re-chazan; ¿y por qué? ¿No habéis acudido ádespachos diplomáticos para probar que en

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el art . 1 .0 del Concordato no se pactó la uni .dad religiosa? ¿No habéis exigido declaracio-nes explícitas, ó sea una interpretación autén-tica sobre el alcance de la base 1La de laConstitución? Pues si procedéis así en otrosasuntos, respetando la opinión de los autoresde las leyes ó tratados, ¿por qué no hacéis lomismo respecto de la ley de 1839? Si mañanaocupan otros hombres el banco azul y tratande dar á la base 11 .a una interpretación dis-tinta de la que ahora se le ha dado, ¿con quéderecho podréis rechazarla? ¿No compren-déis que os podrán decir que ellos se creentan autorizados para interpretar la base 1, . aá su gusto, prescindiendo de la opinión de losautores de la ley, como vosotros os creéis au-torizados para interpretar según se os antojala fangosa cláusula sin perjuicio de la Lenidadconstitucional, desentendiéndoos de la inter-pretación auténtica que sobre ella recayó en1839? Fijad, Sres . Diputados, vuestra aten .ción en las consecuencias funestas á que pue-de conducirnos la absoluta libertad que esta-blecéis ahora para interpretar las leyes comomejor os parezca .

He dicho que la ley de 1839 con su inter-pretación auténtica es hoy la base fundamen-tal legal del sistema foral . Esa ley, de la cualse ha ocupado extensa y elocuentemente mi

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querido amigo y compañero el Sr . Garmen-dia, es indudable que tiene un carácter depacto que es imposible desconocer, y sabidosson los trámites que han debido seguirse parasu cumplimiento ; pero el Gobierno ha queri-do en la ocasión presente seguir otro camino .

No hay que examinar la cuestión por algu-,nos promovida, de si estaba ó no vigente laley de 39. En mi concepto . está vigente, y aun-que otros opinan que no lo está, desde el mo-mento en que el Gobierno ha declarado queesa ley está vigente, se hallaba en el caso deseguir para derogarla los mismos trámites queen la misma se establecen .

Con arreglo á esta ley, no tenéis derechomás que á hacer una modificación de los fue-ros, pero en manera alguna abolirlos como lovais á hacer con el proyecto que se discute . Yaun para la modificación, preciso era que hu-biese habido con las Provincias Vascongadasconferencias y conciertos previos . Así se hizocon Navarra en 1841 . El Gobierno llamó á loscomisionados de aquella provincia, y des-pués de haber conferenciado con ellos presen-tó á las Cortes el proyecto de ley de arreglode fueros, pero sometiéndolo antes á la apro-bación de la Diputación foral . ¿Por qué nohabéis seguido el mismo método con las Pro-vincias Vascongadas? (El Sr. Marqués de Aca-

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pulco: Porque no han querido) . Yo probaré locontrario, Sr. Marqués de Acapulco .

Los comisionados de las Provincias Vas-congadas vinieron á conferenciar con el go-bierno siempre que éste los llamó, y sabidoes que muy poco faltó para ultimar en unaocasión el arreglo de fueros ; las circunstan-cias políticas exigían frecuentes cambios deMinisterios, que en vez de continuar las con-ferencias, las suspendían . ¿Son acaso las Pro-vincias Vascongadas responsables de la pocaestabilidad de los Gobiernos en España?

Es indudable, señores, que la ley de 1839entraña el convenio de Vergara . Ya lo dijodon Alejandro Mon siendo Presidente del Con-sejo de Ministros . Ese convenio, según unmanifiesto carlista de que aquí se ha hechomérito, se rompió con el primer cañonazo deAlcolea, y aquí se ha dicho también que losvascongados son los que lo han roto; peroesto no es exacto . Quien ha roto el conveniode Vergara respecto á las Provincias Vascon-gadas, han sido la mayor parte de los Gobier-nos que se han sucedido desde 1839 . Cin-cuenta y tantos son los contrafueros cometi-dos. Por no molestaros no los citaré, aunquebien podría hacerlo, y mejor que yo podríaaun hacerlo mi querido amigo y respetadocompañero señor Moraza; pero sí debo re-

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cordar el decreto de 29 de Octubre de 1841,que derogó casi totalmente el sistema formal .No me digáis que ese decreto fué luego dero-gado por otro de 1844; porque si esto esverdad, no lo es menos que mucho de lo quefué destruido en 1841 no volvió al ser y esta-do que tenía en aquella fecha; entre otras co-sas quedaron las aduanas, que han llevado áaquel país, según muchos, gran riqueza yprosperidad. No negaré yo este aserto, si-quiera sea discutible que tal riqueza y pros-peridad son compensación bastante de la li-bertad comercial perdida con la instalaciónde las aduanas en la frontera ; pero en cambio,en aquel país se verificó un fenómeno moralque es preciso tener en cuenta, pues las adua-nas crearon el oficio de contrabandista, des-conocido completamente hasta entonces . ¿Sa-béis cuáles han sido las consecuencias deesto? Las consecuencias han sido que esoscontrabandistas han introducido fraudulenta-mente armas y municiones por la fronterapara los carlistas ; las consecuencias han sidoque aquellos contrabandistas fueron los queformaron la partida del feroz y tristementecélebre cura Santa Cruz .Mucho se ha hablado de las causas de la

guerra civil. Unos la atribuyen á la revolu-ción de Setiembre, otros al elemento clerical,

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y en mi opinión unos y otros tienen razón, yla víctima expiatoria son las pobres Provin-cias Vascongadas . ¿Quién puede dudar, seño-res Diputados, que las saturnales de Barcelo-na y otros hechos que no enumero y vinieronen pos de la revolución de Septiembre, alar-maron el sentimiento religioso de aquellossencillos habitantes? Pero ¿quién duda tampo-co que un clero que tiene grande influenciacontribuyó poderosamente á la rebelión car .lista, soliviantando los ánimos de sus feligre-ses con predicaciones en el púlpito y conse-jos en otra parte? Tened entendido que aquelíos campesinos no son carlistas, sino aman-tes de la religión de sus mayores y el temorde perderla, hébilmenle explotado, les hizocomprometerse en la lucha . Pero no fueroná ella voluntariamente en su inmensa mayo-ría, como se ha supuesto, sino á la fuerza ;porque si son fanáticos en religión, son tam-bién ciudadanos honrados, pacíficos y tran-quilos que sólo desean que se les deje trabajarpara ganar su sustento . Primero el cura San-ta Cruz, y después los demás cabecillas car-listas, sacaron los muchachos valiéndose delos medios más violentos y salvajes, maltra-tando de tal modo á sus padres, que muchosque por huir del servicio de las armas se ha-bían refugiado en los puntos fortificados, tu-

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vieron que volver al campo rebelde por liber-tar á sus padres de tan crueles sufrimientos .Y á pesar de estas violencias, si cuando aúnlos carlistas en armas eran pocos no se hu-bieran abandonado los muchos pueblos delinterior que ocupaban fuerzas leales, la fac-ción no habría tomado el incremento queluego tomó .

¿Queréis una prueba palmaria é irrecusa-ble de que estaban por fuerza aquellos mu-chachos en las filas carlistas? Nosotros, losque conocíamos el país, sosteníamos que losvascongados, como forzados, se retirarían ásus casas tan pronto como las tropas se acer-caran á sus hogares ; y todos habeis visto quecuando el heróico ejército mandado por nues-tro augusto Rey D. Alfonso XII penetró enel corazón del país vasco-navarro, todos loshijos de aquellas montañas entregaron gozo-sos sus armas, mientras que los que no erande aquel país, y que componían muchos ba-tallones y escuadrones, penetraron en Fran-cia con su pretendido Rey . ¿Y por qué estadiferencia? Porque los vasco-navarros eranforzados en su casi totalidad, y los otros vo-luntarios, hijos precisamente de provinciasque más gritan contra los fueros .Pero si en aquel país ha habido muchos

carlistas forzados en armas, también ha habi-

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do un partido liberal respetable y hasta nu-meroso, que representa la inteligencia y lariqueza (10.124 voluntarios de la libertad hahabido en aquellas provincias), y ese partidoliberal ha prestado los eminentes serviciosque todos conocéis y que yo no he de relatarporque no se diga que vengo á defender lacausa del partido liberal, cuando vengo ádefender al país vascongado, sin atenderáopiniones, sin mirar si son carlistas ó libera-les; pero sí diré : ahí tenéis á San Sebastián, áHernani, á la heróica Bilbao, y no digo nadade Guetaria, patria de Juan Sebastián deElcano y del ilustre defensor de los fueros, elSenador Sr . Aldamar, cuya sensible pérdidadeploramos hoy todos más que nunca . Gue-taria, que en la anterior guerra civil fué que-mada por los carlistas y en la actual ha su-frido un sitio tan largo y horrible, que sushabitantes para no ser víctimas de los pro-yectiles carlistas tenían que esperar hasta lasdoce de la noche para recibir una ración deagua que se les llevaba de San Sebastián ;Guetaria, donde no han quedado ni puertas,ni ventanas, ni nada que haya podido ser-vir para preparar el rancho del soldadoy del voluntario : con decir que la invictaHernani parece un lujoso salón al lado deGuetaria, comprenderéis en qué estado ha-

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brá quedado aquella pobre villa de pesca-dores .

Y ya que hablo de los servicios de los pue-blas y sus voluntarios, no me prohibiréis queos cite á los miñones de Alava, á la Guardiaforal de Vizcaya y á los miqueletes de Gui ..,puzcoa, que iban, como decía el señor Presi-dente del Consejo, á la vanguardia de lastropas, conforme los visteis entrar en Madrid .

Pues bien; esos tres batallones han perdidomás de la mitad de su fuerza . Siento no tenerlos datos de las pérdidas de los forales y delos miñones ; pero leeré los de los miqueletesde Guipuzcoa .

Este heróico batallón cuenta muertos doscapitanes, dos tenientes, dos alféreces, cincosargentos, cuatro cabos y 100 míqueletes ;total, 115 muertos, heridos, dos coroneles,uno de ellos el bravo veterano Urdampilleta,que ha muerto de resultas de sus heridas, ycuya pérdida lloramos los vascongados ; unteniente coronel, cuatro comandantes, cuatrocapitanes, tres tenientes, tres alféreces, 17sargentos . 15 cabos, siete cornetas, 218 mi-queletes, algunos heridos dos ó tres veces ;total, 274 heridos, que hacen un total de ba-jas de 389 ; y esto en un batallón que tenía720 plazas; y aquí me advierte un compañeroque no hay oficial de miqueletes que no os-

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tente alguna honrosa cicatriz sacada en estaguerra .Antes de concluir el punto de que me he

ocupado os debo decir, y decir muy alto, quetodo ha podido ser la causa de la guerra ci-vil, absolutamente todo, pero en manera al-guna los fueros de las Provincias Vasconga-das; y buena prueba de ello es que desde1839 hasta 1872 ó 1873, que ha regido elsistema foral con pequeñas interrupciones,nunca el partido carlista ha podido encenderla guerra civil en aquellas montañas .

Senos ha acusado á los vascongados, ycuenta, señores diputados, que yo por vascon-gado me tengo, aun cuando accidentalmentesoy nacido en Madrid por ser mi padre fun-cionario público, porque vascongados fuerontodos mis anta pasados, y es de pechos noblesno renegar de su raza, y menos en estos m , )-mentos en que todo el mundo grita contraella . (1'L», rta). Tanto equivale gritar contrala raza eú ;ltara, como pedir la abolición delos fueros vascongados . (?Q-), no) . Se tiaacusado, repito, á los vascon,,a los de que nohan contribuido al servicio militar ; pero laopinión pública ha empezado á hacer justiciaen este asunto, porque la verdad es que siem-pre que ha habido un peligro para la Patria,siempre que ha estado comprometida su ban-

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dera, allí se ha visto á los vascongados de-fendiendo la una y la otra : los vascongados seencontraron en la batalla de las Navas de To-losa y del Salado, los vascongados asistieronal sitio de Algeciras y á la toma de Sevilla,los vascongados estuvieron en las guerrasque precedieron á la conquista de Granada,los vascongados se hallaron en la batalla dePavía, donde el bravo Juan de Urbieta, gui-puzcoano . hizo prisionero al Rey de FranciaFrancisco I: y aquí me es necesario rectifi-car un hecho Una historia manuscrita titula-da : Orígenes, antigüedades y hechos de los cán-tabros vascongados y muy particularmente delos guipuzcoanos, escrita por el bachiller Zal-divia en 1564 he visto hoy mismo y habla ex-tensamente de este memorable acontecimien-to . Con este motivo he recordado que un se-ñor Senador manifestó con cierta ironía, comoquien dudara de su lealtad, que Urbieta fuéá Francia y recibió muchas mercedes .

Pues bien ; este bachiller Zaldivia, que es-cribió esta historia pocos años después de labatalla, dice, sí, que Juan de Urbieta fué áFrancia, pero también que el Rey de Fran-cia le rogó quedase en su tierra ; mas él noquiso y se fué á Italia á servir á su Rey . Losvascongados se hallaron también en SanQuintin y en Gravelinas; los vascongados se

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hallaron en la batalla de Lepanto; se halla-ron en todas las batallas y hechos de armasque han tenido lugar posteriormente, inclusoen la célebre batalla de San Marcial, dondetres batallones guipuzcoanos dieron la últimacarga, según dice el historiador Conde de To-reno: batallas y hechos como el célebre si-tio de Fuenterrabía en 1638, de que hagogracia al Congreso en obsequio de la breve-dad. Si, pues, los vascongados en todos tiem-pos han prestado tan relevantes servicios á lapatria según su sistema peculiar, ¿por quépretendéis ahora variarlo? Muy peligrosopuede ser, señores diptados, el introducir enlas Provincias Vascongadas el sistema dequintas que rige en el resto de España . Re-cordad lo que en la alta Cámara dijo el señorPresidente del Consejo de Ministros contes-tando al señor Sánchez Silva, que el núcleode las facciones navarras lo habian formadolos soldados licenciados de nuestro ejército, yque sin la ayuda de Navarra, muy débil hu-biera sido la resistencia en las ProvinciasVascongadas . Si por desgracia llegara elcaso de nuevo conflicto, lo que Dios no quie-ra que suceda, ¿no comprendéis los peligrosque entrañaría el que en aquellas Provinciasencontraran los promovedores otro núcleoigual al que los carlistas han encontrado en

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Navarra? Pues esto podéis evitarlo dejandovigente el sistema de cubrir el servicio militarque rige allí, y que consiste, según lo han ex-plicado mis compañeros con grande elocuen-cia, por aviso y advertimiento del Rey y ordende las Provincias en casos ordinarios, y en losextraordinarios de invasión extranjera en ellevantamiento general de padres é hijos se-gún fuero. El sistema de quintas está ya tandesacredita lo en todas partes, que en estamisma Cám ira voces muy autorizadas hanabogado por la necesidad de sustituirlo porel servicio personal y obligatorio, que se vaestableciendo en toda Europa y que tienecierta relación con lo que en casos de inva-sión extranjera se hace en las Provincias .¿Por qué, pues, queréis destruir el sistemade servicio militar con arreglo á fuero y que-réis llevar allí el sistema de quintas? ¿Quévais á adelantar con eso? ¿Acaso las madrescastellanas, andaluzas, aragonesas ó valen-cianas derramarán ni una lágrima menoscuando su, hijos vayan al ejército, porque in-gresen en él unos cuantos mozos vasconga-dos? Las madres vascongadas nunca podránacostumbrarse á desprenderse de sus hijos . Ycuenta que esto os lo dice quien por sustitutoestá sirviendo en el ejército, pues como nacidoen Madrid corrí la suerte y caí soldado .

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Se ha dicho, señores diputados, que la opi-nión pública reclama la abolición de los fueros de las Provincias Vascongadas . La opi-nión pública que invocáis está en mi concep .to extraviada, y sin embargo, vosotros que-réis seguirla sin tener en cuenta los lagos desangre que ha costado á España el seguir esallamada opinión pública explotada por algu-nos ambiciosos . La opinión pública gritó undía «abajo los consumos,» y la ley de presu-puestos es una respuesta á la opinión públi-ca; la opinión pública gritó otro día «abajolas quintas,» y los 300.000 hombres que he-mos tenido sobre las armas responden tam-bién á la opinión pública; la opinión públicadió otro día un grito que fué secundado antesque en otros puntos en cierta ciudad comer-cial, y don Alfonso XII por dicha nuestra ygloria suya ocupa hoy el Trono de sus ma-yores; la opinión pública pidió á voz en gri-to la unidad católica, y en este punto no la he-mos seguido; y digo no la hemos seguido,porque yo he votado la base 1l .a, y si novoté la enmienda del señor Romero Ortiz,fué por su redacción y no por su espíritu,muy conforme con mis principios . Pues si ála opinión pública no la hemos seguido en lacuestión de la unidad católica, cuando en ellase presentaba más unánime y más potente

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que en la cuestión foral, ¿por qué la seguísen esta? ¿No os ha enseñado nada la historia?

Háse dicho por un señor Diputado que hacombatido los fueros que existen grandes di-sensiones y diferencias entre los hombres po-líticos del país vascongado, y sin duda poreso queréis implantar en absoluto en aquelpaís el sistema de libertad existente en elresto de la Nación. No lo niego, señores dipu-tados, existen esas dif rencias que yo de , .lo-ro con todo mi coraz í . ; pero esas diferenciasson respecto de la politica general de Espa-ña, y no respecto de I -t cuestión foral, en laque no hay niguna diferencia, absolutamenteninguna . La raza eú k ira está repartida portodo el globo : preguoiad á todos los que áella pertenecen, uno por uno, bien habitenmontañas vascas, bien en las demás provin-cias de España, ora en Europa, ora en lasAntillas ó en las sábanas de la América delSur; todos unánime , os harán protestas, yprotestas sinceras de su amor entrañable á laslibertades vascongadas y á sus sacrosantosfueros . ¿Tenéis vosotros esa unanimidad depareceres respecto al sistema que allí en ab-soluto queréis introducir? La historia contem-poránea nos dice que no .

¿Y sabéis porqué allí hay esa unanimidady aquí no? Porque los fueros vascongados,

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que datan de siglos, han labrado la felicidadde aquel país; y el sistema moderno de liber-tad que aquí tenemos, y de que os declarofranca y lealmente soy acérrimo partidario,está todavía en vías de ensayo y no ha tenidotiempo suficiente para dar sus ópimos frutos .Esperad á que los dé, y entonces podréiscomparar una libertad con otra ; pero entretanto respetad la que sabemos por una largaexperiencia que ha labrado la felicidad, elbienestar y la dicha de un pueblo que perte-nece á España, y cuyas pruebas de españolis-mo no necesito recordar, pues son de todosconocidas. Voy, Sres. Diputados, á dirigir,en mi concepto, un gravísimo cargo al Go-bierno de S. M. Nadie se ha levantado aquítodavía á pedirle cuenta estrecha de la con-ducta que ha observado con los prisione-ros carlistas (los soldados) : después de ter-minada la guerra civil se les ha mandado áCuba .

El Sr. PRESIDENTE: Esa cuestión no tie-ne nada que ver con los fueros de las Provin-cias Vascongadas ; prisioneros carlistas habíaque eran vascongados, castellanos y navarrosy de todos países ; por consiguiente, no tieneeso conexión ninguna con los fueros de lasProvincias, y ruego á S . S., por tanto, que en-tre un poco en la cuestión .

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El Sr. GOROSTIDI: Yo lo creía muy per-tinente, porque se les ha mandado á prestarservicio militar á que no estaban obligados,antes de que se publique esta ley . Si S . S. mepermitiera dos palabras nada más en tono res-petuoso, yo tendría gusto en decirlas, porquenadie ha hablado de este asunto .El señor PRESIDENTE: No es porque

S. S. diga ó no diga esas palabras por lo queel Presidente te llama la atención ; es porqueeso está fuera de la cuestión, y esta discusión,que de suyo va siendo larga, la extiende suseñoría todavía más .

El Sr . GOROSTIDI: Obediente siempre álas indicaciones del Sr . Presidente, no tocoesa cu(-stión .

Se ha hablado de la lealtad de las Provin-cias Va , congadas, diciendo que no han sidoleales. No hablaré, Sres. Diputados, de milealtad personal á la dinastía de D. AlfonsoXII, bien conocida por circunstancias e,pe-cíales . Repecto á las Provincias Vascongadas,que han permanecido tranquilas desde el año1839 hasta después de la revolu . ión, y endonde la guerra se ha hecho sacando á losmozo; á la fuerza, como ya se ha probado, yono deseo para D . Alfonso XII más sino que elresto de España le sea tan leal .

Voy á concluir, Sres . Diputados, porque no

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quiero molestar más vuestra atención, dán-doos las gracias por la benevolencia con queme habéis escuchado y haciendo algunas li-geras consideraciones .

Señores, destruir la libertad en nombre delabsolutismo, eso se explica por la lógica ; pe-ro destruir las libertades vascongadas ennombre de la libertad, no podéis hacerlo losque de liberales os preciáis, sin incurrir en lamás absurda de las inconsecuencias y sin co-meter el más grande de los crímenes políti-cos de los modernos tiempos .

El árbol de Guernica, símbolo de las liber-tades eú'karas; el árbol de Guernica, saluda-do hasta con entusiasmo por Rousseau, porTallien y por otros convencionales francesesy por los insignes legisladores de Cádiz ; elárbol de Guernica idolatrado por todos losvascongados; el árbol de Guernica, que hasido respetado por todos los Gobiernos abso-lutos de España, hasta por el mismo Calomar-de; el árbol más antiguo que hoy existe en elmundo, de la libertad de un pueblo, ese árbolvais á derribarlo vosotros en nombre de la li-bertad. Enhorabuena, arrancadlo ; tenéis lafuerza contra nuestro derecho . Podréis arran -car el árbol, pero no podréis arrancar jamás,yo os lo aseguro, el amor entrañable que enel corazón de los vascongados existe por sus

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fueros, y todos, absolutamente todos, haremosde cada uno de los innumerables robles denuestras montañas un nuevo árbol de Guer-nica .He dicho .

DISCURSOPRONUNOJADO EN EL

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

EL DIA 18 DE JULIO DE 1876POR

DON M ARTIN ZABALA

DISCURSODE

=>O1N• MARTI2 ZABATrA

18 JULIO 1376

SEÑORES DIPUTADOS :

Dejo á vuestra consideración el apreciar laposición excepcional y difícil por demás enque me hallo en este momento. Todos sabéiscuál es la actitud de la Cámara, fatigada des-pués de muchos días de un debate tan prolon-gado, y esta consideración me obliga á sertan breve, que en muy pocas palabras he demanifestar mi pensamiento, logrando hacermás bien un acto patriótico y político, del cualpor el nombre que llevo y por la representa-ción que aquí tengo no puedo prescindir, queun discurso parlamentario .

Bilbao, pueblo valiente, noble y generosoadolece de una falta que, por ser común á to-dos los héroes, equivale á una loable virtud .

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La invicta villa de Bilbao se ha mostradoesta vez excesivamente modesta . Solo asícomprenderéis cómo ha podido confiar su re-presentación al que tiene en este momento lahonra de dirigiros la palabra, al último de susentusiastas defensores, al que menos títulostiene para hablar en su nombre y sostener lacausa del país vascongado, que es también lacausa de los biibaínos, cuya más alta y fer-viente aspiración es el mantenimiento de laslibertades seculares de aquel noble país .Después de esta aclaración no de mera fór-mula . sino, por el contrario, muy sincera, es-pero de vosotros toda la benevolencia quenecesito .

Se trata, señores, no de vulgares aunquerespetables intereses, que puedan sufrir que-branto y mengua, sino del porvenir, de lasuerte de un país desgraciado, próximo á per-der sus antiguas libertades, y con ellas com-pletamente su modo de ser .

Agobiado bajo el peso de una terrible ymuy reciente desgracia, que acaba de destro-zar mi corazón de padre, anhelo, más bienque empeñar debates parlamentarios, paralos cuales, porque me conozco bien, me de-claro sin condiciones, cumplir cuanto anteseste ineludible deber de patriotismo, para vol-ver presuroso al seno de mi familia en busca

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de las dulzuras y tranquilidad de mi espíritu,hondamente perturbado .

Señores Diputados, cuando España, vícti-ma de dolorosos disturbios, apenas contabacon fuerzas para batir al carlismo que se al-zaba pujante en muchas provincias, y princi-palmente en las que forman la comarca delNorte . . . (Rttutores, . No os impacientéis, seño-res Diputados, no trato de aglomerar narra-ciones prolongadas, ni amontonar noticias,datos y fechas que fatiguen vuestra atención ;me he propuesto hacer un extracto, peroextracto muy limitado de lo mucho que pu-diera deciros .

Cuando los cantonales triunfantes en Car-tagena enarbolaban en nuestros mejores bar-cos el estandarte de la federal : cuando la in-disciplina del ejército cundía de una maneraalarmante . avergonzándonos ante el extranje-ro y alentando la insensata esperanza de losenemigos que tras las trincheras de nuestrasmontañas comenzaban á saborear días detriunfo ; cuando las clases conservadoras co-menzaban á desmayar y se hori ipilaban antela idea de empuñar un fusil para defenderse ;cuando España, en fin, veía cernerse sobre sucabeza el caos más espantoso y abrirse á suspies un verdadero abismo, en aquellos angus-tiosos momentos hubo un pueblo, señores

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Diputados, que como otros muchos del paísvascongado . sin detenerse á ponderar el pe-ligro y sin querer reflexionar en las conse-cuencias á que se exponía, recordó no más suhistoria, sintió en su corazón los latidos inspi-rados por el espíritu de la libertad y se re-solvió á ser consecuente con sus tradiciones ycon su nombre, abrió las arcas harto agobia-das de su Municipio, acudió á los particula-res y al Banco que generosamente aprontósus caudales, y desafiando con entereza dignade eterno recuerdo el vigor de aquellas críti-cas circunstancias, armó al vecindario to-do de tal manera que el que por sus acha-ques ó por su edad no entró en las filas de1us veteranos, aceptó una plaza en el bene-mérito cuerpo de auxiliares .

Yo debo desde este sitio augusto, en estemomento sole .nne, tributar un enternecidovoto de admiración á mis camaradas en aque-lla ejemplar Milicia, cuya abnegación y cuyoheroismo son proverbiales en nuestras tristescontiendas civiles, y de gratitud inmensa á lasilustres y magnánimas corpcraciones popula-res que tan leales pruebas dieron de fortale-za, sabiduría y patriotismo en crisis por de-más difíciles y angustiosas .

Así respondió á su deber aquel pueblo va-leroso, ayudado de los emigrados y de una

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corta guarnición que con su jefe, el generalCastillo, supo portarse como correspondía,cual cumple al ejército español y cual era deesperar de la justa y merecida reputación deaquel entendido general. Así se portó, seño-res Diputados, el pueblo de Bilbao, sopor-tando á costa de los mayores sacrificios, conindomable energía, con valerosa fiereza y sindecaer un momento la virilidad de su ánimo,el largo y terrible asedio de cuatro meses, conel conjunto de privaciones que llegaron á ha-cer de aquella opulenta villa un mísero hogarde necesidades y de hambre, con cuya heróicaconstancia salió invencible y dió tiempo sufi-ciente para que la Nación se repusiera de susdescalabros, salvándola sin ningún género deduda del triunfo del absolutismo . Y cuenta, se .ñores, que esta no es una exageración míaque trate de hacer valer en defensa de la cau-sa vascongada . El general Zavala, ministroentonces de la Guerra, dirigiéndose despuésdel sitio al comandante de voluntarios auxi-liares, le decía :

«No solamente se han portado Vds . comobuenos, sino que con su heróica y prolongadaresistencia por espacio de cuatro meses, noshan dado Vds. tiempo para reorganizar elejército, echando mano de cuantos recursosexistían y poder así salvarnos todos.» Ya

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veis, Sres . Diputados, que no es una meraapreciación mía, sino el elevado y fehacientetestimonio de la más alta y respetable auto-ridad que no pudo menos de hacer justicia yde reconocer como supremos y decisivos losservicios de los liberales_ vascongados .

¿Pero sabéis por qué Bilbao y de idénticamanera San Sebastián, Vitoria, Irún, Hernaniy otras poblaciones vascongadas obraron así?.¿Sabéis por qué no escatimaron sacrificio al-guno y aceptaron todo linaje de penalidadesy de privaciones, fieles siempre al cumpli-miento de su deber? ¿Sabéis, finalmente, cuálera el pensamiento íntimo que aquel genero-so pueblo abrigaba al mismo tiempo que ofre-cía las haciendas y las vidas de sus hijos pa-ra luchar sin tregua, para no ceder nunca,para resistir á todo trance y para sacar triun-fante su b tndera? Estaban convencidos deque en aquel momento histórico presentabanel baluarte más seguro de la libertad, creíanque prestaban el más grande servicio á laPatria, pensaban que de la suerte próspera óadversa de aquella terrible lucha, cuya ter-minación era esperada con impaciencia portodos, estaba pendiente la suerte misma de laguerra; pero al mismo tiempo, Sres . Diputa-dos, creían también, y lo creían con tantafuerza que nadie hubiera sido capaz de alte-

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rar su creencia, que en aquellos momentossalvaban á la vez sus queridas instituciones,el rico legado de sus predecesores, todo loque como vascongados consideraban cues-tión de honra en mal hora comprometida porla insensatez de los enemigos, á cuyo mortífe-ro fuego respondían con incansable entereza .

Tales son los eminentes servicios presta-dos p r los liberales vascongados, cuya sig-nificación en aquellas provincias es precisoque sepáis también, y yo os prometo manifes-tar, siquiera sea por breves indicaciones, por-que no quiero abusar de vuestra benevo-lencia .

De cinco títulos que contaba Vizcaya alprincipio de la guerra, tan sólo uno ha milita-do en las filas del Pretendiente ; de ocho quecontaba Guipuzcoa, sólo dos fueron al campoenemigo; y de cinco que se conocían en laprovincia de Alava, uno sólo se unió á la cau-sa del Pretendiente .

Es decir, que de 18 familias tituladas so-lamente cuatro llegaron á demostrar su ad-hesión y sus aficiones más ó menos abierta-mente á la causa de D . Carlos .

En la riqueza territorial de aquel país, tra-tándose de la renta de 25 á 30.000 rs. comomínimun, resulta lo siguiente : en Vizcaya, de120 propietarios en estas condiciones sólo 11

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han sido carlistas en esta guerra, en Alava,de 70 solamente lo han sido seis ó siete ; enGuipuzcoa, de 90 á 100 solamente lo han sido14 ó 15. En la grande industria no pasa del 2por loo el número de carlistas . La alta bancay el comercio llegará próximamente á un 5por 100 .

Las capacidades están en la misma propor-ci~n; y en cuanto á las ilustraciones científi-cas literarias, uno ó dos individuos son losque han aparecido en el campo carlista . Siuna porción tan inmensa de propiedad perte-nece en aquellas provincias á los liberales, sila industria y el comercio es exclusivamentede los liberales, claro está que la aplicación,tanto de este artículo como de cualquieraotro de la ley de abolición de fueros, afectacasi, única y exclusivamente á los que másbien merecían toda clase de consideracionespor su comportamiento. ¿Y en qué momentose trata de aplicar esta reforma, de variar lamanera de ser de aquel país? Cuando la pro-piedad está arruinada, cuando la industria es-tá completamente paralizada, cuando el co-mercio ha desaparecido casi por completo .Pues bien; en estos momentos que yo consi-dero bien inoportunos, y no os sorprenda loque voy á decir, no sólo procede que se ten-ga á estas provincias toda clase de considera-

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ciones, sino que habiendo visto que estas pro-vincias han sufrido calamidades de otra es-pecie, debería dárselas algún auxilio ; porque,Sres. Diputados, aquellas provincias han te-nido la mayor de las calamidades, que es laguerra civil .

Voy á terminar estas brevísimas conside-raciones manifestándoos con pena, con dolor,que todo es incomprensible y anormal encuanto se trata de esta desgraciada cues-tión. Señores Diputados. pensadlo bien, por-que no se comprende que las primeras Cor-tes de D . Alfonso X[I sean las encargadas desuprimir las libertades más antiguas que haconocido el mundo . Yo abrigo la esperanzade que la atmósfera malamente fabricada sedesvanecerá, y que la calma renacerá cuandovengan tiempos mejores y brille en el hori-zonte el resplandeciente y glorioso dia de lajusticia, que ha de venir, que llegará paraVizcaya . Pero, señores, para terminar, resul-ta que los que hemos sido fieles defensores dela causa de la libertad, los que nos hemos sa-crificado por nuestra querida Patria y por lasinstituciones que nos rigen, hemos contribuí-do también á la muerte de nuestras queridasinstituciones .

¡Ah! permidme que exhale una queja quebrota del fondo de mi alma, agobiada por tan-

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to infortunio. Yo, que amo como el que máslas instituciones de mi país, porque son lagloria de aquel pueblo, el testamento de misantepasados, al verlas hoy próximas á des-aparecer, continúo amándolas con más fuer-za y espero confiadamente en el día de la re-paración ; pero ¡no permita el cielo que paraello vuelvan á desangrarse tan sin piedad loshijos de España, porque si es á costa del des-dichado precio de una nueva guerra civil, tanllena de horrores y de desastres como la pro-longada que acabamos de experimentar, pre-feriría morir sin ver realizada esta esperanzaque ha de acompañarme toda mi vida!

Pero al lado de esta manifestacion que ha-go caballerosa y noblemente, debo acompa-ñar, como término y remate de mis palabras,un voto sincero, expresión de un alma honra-da; vais á acabar con las libertades de mi país :en vuestras manos van á morir las institucio-nes sabiamente democráticas de aquel pue-blo, que no lograron matar las manos de losdéspotas en los siglos de su dominación ; vaisá arrojar á aquel país á un abismo de in-fortunios y de desgracias ; pues bien : queDios os perdone y que nuestros hijos no osmaldigan por el tristísimo papel que para es-te momento histórico nos teníais reservado álos liberales vascongados .

DISCURSOPRONUNCIADO EN EL

CONGRESO DE LOS DIPUTADO8

EL DIA 18 DE JULIO DE 1878

POR

DON MANUEL DE BARANDICA

DISCURSODE

DON MANUEL DE BARANDICA

18 JULIO 1876

SEÑORES DIPUTADOS :

Comprenderéis fácilmente la turbación conque me levanto á cumplir un deber que nopodemos rehuir los diputados vascongados,deber sagrado que nos impone nuestra con-ciencia, y que á mí me abruma por la peque-ñez de mis facultades ante la magnitud de laempresa. Siempre impone hablar en este au-gusto recinto á los que no tenemos el hábitode la palabra ; pero cuando se levanta la vozen asuntos de tal trascendencia y gravedadcomo el proyecto de ley que se discute, cau-sa verdadera confusión y aturdimiento .Yo he dudado muchas veces si antes de

que llegara este momento solemne y criticopara la suerte de mi país, debía renunciarámi cargo de diputado, que me confirió una

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elección irregularmente verificada; pues ocu-pado por los carlistas, cuando se verificaronlas elecciones, el distrito de Guernica, que tengoel honor de representar, debo mi elección álos votos de los electores de Bilbao y de losemigrados, según dispuso por medida gene-ral el Gobierno de S . M. que se realizaran laselecciones en todos los distritos á donde noalcanzaba el brazo de su autoridad . Habien-do desaparecido afortunadamente las causasque en su tiempo impidieron hacer las elec-ciones en esos distritos con arreglo á laley, si yo hubiera renunciado mi cargo y sehubiera procedido á segundas elecciones, hu-biera podido venir á ocupar mi puesto unode los muchos ilustrados patricios de mi país,superiores á mí en luces y en merecimientos,que hubiera desempeñado mejor que yo sucometido . Pero deberes de patriotismo quelos electores de Guernica comprenderán, handecidido mis dudas, me han obligado á per-manecer en mi puesto de honor, y hoy mecolocan en la obligación que voy á tratar decumplir hasta donde mis fuerzas me lo per-mitan. Pero antes de todo he de hacer unadeclaración que han hecho también mis com-pañeros. Soy aquí diputado de la nación, ycomo diputado de la nación hablo ; no repre-sento á mi país en su constitución foral ; por

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consiguiente, cuanto diga es de mi exclusivacuenta, y nada de cuanto diga puede afectará la defensa de mi país .

Hecha esta declaración, tengo que mirar elestado de la Cámara, cansada, fatigada, an-siosa por concluir estos debates y aun las se-siones de Cortes . Yo siento profundamenteprolongar un momento más vuestra ansiedad ;pero si consideráis que la defensa es siempresagrada, y que la defensa en el caso actualrecae en favor de las instituciones á cuyasombra mi país ha vivido dichoso por espa-cio de tantos siglos, no habréis de negarme,como no habéis negado hasta ahora á los di-putados vascongados, vuestra indulgencia,por más que seáis severos al fin de los deba-tes, cuyo resultado por desgracia está previs-to. Cuento, pues, con vuestra benevolencia,pero no temáis que abuse de ella ; no voy áhacer un discurso en defensa de los fueros delas Provincias Vascongadas. La defensa delos fueros vascongados está ya hecha por misdignos é ilustrados compañeros de diputa-ción, con tal copia de datos, con tal abundan-cia de razones y fundamentos, en el ordenhistórico, legal, jurídico, económico y políti-co, y de una matera tan concluyente, que meevitan esa tarea; tarea que con menos erudi-ción ciertamente y con menos elocuencia,

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pero no con menor amor á las institucionesde mi país, hubiera también acometido si hu-biera sido necesario .

No voy, pues, á entrar en investigacioneshistóricas; pero como á pesar de las pruebasque se han presentado por mis dignos com-pañeros, he oído asegurar nuevamente estamañana con notable insistencia al Sr. Rodaque las Provincias Vascongadas han sidosiempre provincias españolas, voy á citar undocumento que se refiere á un capitán de bu-que vizcaíno, documento expedido en 1414por un cónsul de Vizcaya en Nápoles, y queempieza así :`l\L os, joanes Ruiz Escalante, consulbiscainorrun el hispanornm iu civitale CN,eap . . .¿Era provincia española, ó era país indepen-diente Vizcaya, cuando tenía agentes consula-res en Nápoles?

También puede registrar el señor Roda lapetición 14.a de las Cortes de Valladolid, ce-lebradas en el año 1351 de la era española, ó1351 de la cristiana, en cuya petición se esta-blece el cordón aduanero para las fronterasde Vizcaya, que no se hubiera establecido siese país hubiera sido una parte de la Naciónespañola . Otros documentos tengo aquí, peroen gracia á la brevedad no los citaré .

Acabada y perfecta, como he dicho antes,la defensa de los fueros vascongados hecha

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por mis dignos compañeros, yo me limitaré,porque no exige ya más el servicio de mipaís, á breves observaciones sobre cuestionesdel momento y sobre lo manera como, paramal de mi país, y á mi juicio también paramal de la madre Patria, ha surgido esta cues-tión desdichada en España. ¿Qué ha pasadoaquí, Sres . Diputados, qué ha pasado en Es-paña, para que de pronto se levante este cla-mor público contra las instituciones de lasProvincias Vascongadas? ¿Es acaso la guerracivil? Los primeros ecos de ese clamor, queno se oyen al fragor de los combates, que nose oyen en Somorrostro, en Monte Esquinzani en Monte Muro, se perciben por primeravez confundidos con los últimos disparos deesa guerra fratricida á que por dicha pusotérmino el esfuerzo del ejército nacional . Eseclamor anti fuerista, que empieza cuando laguerra acaba, crece después y se extiendecon un apasionamiento desconocido en Espa-ña . Antes, si alguna vez se ha suscitado lacuestión de los fueros vascongados,ha sidu enla región serena de la controversia tranquila,y hemos visto caer en el vacío, caer en el hielode la indiferencia pública las predicacionesde un personaje célebre por su inveteradaaversión á los fueros vascongados, y que nopor ser enemigo de la conservación de los

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fueros vascongados me inspira menos respe .to. Digo, pues, que entonces la cuestión nopasaba de la serena esfera de la controversiapacífica, y no bajaba al terreno candente delas pasiones en la plaza pública, como ahoraha sucedido .Yo no quiero entrar á investigar lo que

hay de artificial, de ficticio y de rebuscadoen la formación y propagación de ese clamor ;pero notorio y público es en toda España losesfuerzos que se han hecho para mantenerlevivo, aprovechando los momentos en que porerrores respecto al origen y á las causas dela guerra, y sin dejar tiempo á que los he-chos se esclarezcan, estaban las pasionesexasperadas contra aquel país .

Como quiera que ese clamor se haya for-mado y propalado, la guerra civil es el suce-so en que ha querido buscar su razón de ser ;y el proyecto de ley que se discute, respon-diendo á ese clamor y confundiéndole equivo-cadamente con la opinión pública, á que pa-rece que queréis dar satisfacción, reviste uncarácter de castigo que en vano os esforzáisen desvanecer. Ley de castigo es, y para con-vencerse de ello basta fijarse en los antece-dentes que le preceden como actos generado-res de su confección .

Al presentarse por primera vez S . M. el

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Rey nuestro augusto Monarca al frente delejército, ofrece los fueros á las ProvinciasVascongadas, ofrece el mantenimiento del es-tado que tuvieron durante el reinado de suaugusta madre, si deponen las armas . Losvascongados no deponen las armas, y vieneel decreto llamando la quinta de ioo.000hombres al servicio de las armas, cuyopreámbulo contiene la conminación de la pe-na en que iban á incurrir. Hecha la paz mástarde por la fuerza de las armas vicio : losas,la proclama de Somorrostro, que en cuantoemana de los augustos labios de S. M. yo meabstengo de calificar, pero que como acto delGobierno responsable me parece altamenteimpolítico é inoportuno, anuncia el cumpli-miento de aquella conminación, que el pro-yecto de ley que se discute se propone eje-cutar. ¿Es ó no es ley de castigo? Ley decastigo es, ley de castigo justo por vuestrocriterio, pero ley de castigo al fin ; ley decastigo injusto por nuestro criterio, porque¿qué tienen que ver los fueros vascongadoscon la guerra civil, y qué culpa han tenido de ,la guerra civil las Provincias Vascorgadas?Ya han demostrado hasta la saciedad mis dig-nos compañeros de diputación que ni los fue-ros vascongados han influido para nada en laguerra civil, ni aquellas provincias han teni

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do más culpa ni mis participación que otrasmuchas, aún las que no han sido teatro de lalucha .

Las causas de la guerra, su origen y des-arrollo, y la manera feroz y despiadada conque una escasa fuerza armada, compuesta engran parte de elementos extraños al país, obli-gó á tornar las armas á aquel pueblo pacífi-co y refractario á los procelimientos de fuer-za, os los explicó el otro día el Sr . Villavasocon una elocuencia que le ha colocado entrelos grandes oradores de la Cámara . Yo no medetendré á pintaros nuevamente, porque tam-poco podría hacerlo con los golpes de pinceldel Sr. Villavaso, la manera como se formóviolentamente y contra la voluntad de aquelpueblo laborioso y morigera lo la fuerza car-lista vascongada ; pero si añ •i _airé que el casoque os refirió del caudillo D . Castor de An-déchaga pue le servir come le historia gene-ral de todos los que á los comienzos de la in-surrección se pusieron al frente de unos pelo-tones de hombres .

En los primeros meses de 1873, de regresode un viaje que tuve que hacer á un pueblode la costa, fui detenido en Munguía por unapartida de 20 hombres; al frente de esa parti-da estaba el cabecilla Gorordo, que más tar .de, en los últimos días de la guerra, murió en

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Elgueta, combatiendo con tal bravura, que elgeneral victorioso, después del combate le hi-zo el honor de que su cadáver fuese recogidoy mandado á su pueblo . Pues ese cabecilla,que tenía influencia en la margen derecha delNervión, como Andéchaga la tenía en la iz-quierda, anduvo recorriendo todos aquellospueblos por mucho tiempo sin poder alistarun sólo voluntario, hasta que empezaron laslevas forzosas, los medios inhumanos y bruta-les á que los habitantes del país, diseminadosen caseríos aislados y pueblos pequeños, nopudieron resistir . En confirmación también delcaso que refirió elocuentemente mi amigo elSr. Conde del Llobregat, puedo yo citarosmás de una escena que he presenciado en Bil-bao entre jóvenes del país residentes en aque-lla villa, ya mancebos de comercio, ya apeen .dices de oficios, y sus padres que venían ábuscarlos para que fueran á tomar las armas .Los hijos se resistían, se negaban á ir, yaún querían retener á su lado á sus padres ;pero éstos les contestaban : «si no vamos hoy,mañana darán de palos á tu madre que tienenpresa hasta que nos presentemos .» ¿Qué ha-b:an de hacer aquellos pobres muchachos?

Pero ¿para qué nos esforzamos en demostrar la inculpabilidad de las Provincias Vas-congadas en la guerra, si nos basta apelar á

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vuestro propio testimonio? Vosotros habéisdicho una y cien veces en esta legislatura, deuno y otro lado de la Cámara, que en las Pro-vincias Vascongadas ha librado su última ba-talla el ultramontanismo europeo . Pues si to-dos los elementos ultramontanos, no de Espa .ña, sino de toda Europa, se dieron cita paralibrar su última batalla en las ProvinciasVascongadas, y España, aunque cause ruborel decirlo, llegó á tal extremo de debilidad yde impotencia, que no pudo evitar que esa citase realizara, ¿qué culpa queréis atribuir á lasProvincias Vascongadas de que todos los ele-mentos ultramontanos y reaccionarios de Eu -ropa hayan escogido aquel territorio paracampo de combate por su topografía y por suvecindad á una Nación que les suministrabade todo género de auxilios? Culpad á los quefueron la causa del estado lastimoso de diso-lución y de anarquía á que llegó la Españaen cierto período de la revolución, y no cul-péis á las Provincias Vascongadas, á las cua -les sólo cupo la suerte de ser teatro de esedrama sangriento que tantas ruinas y desola-ción ha dejado en aquel país; no culpéis alput blo vascongado, que ha sido la víctima, yno el factor, de los disturbios de España .

No, Sres. Diputados, aquellas provinciasno merecen el castigo que se trata de impo

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nerlas ahora, como no merecen tampoco eldictado de desleales que tantas veces hemosoído aplicarlas en esta Cámara, y que yo hedevorado en silencio esperando con impacien-cia que llegara la ocasión de vindicarlas .

Siento que no se halle en su puesto el se-ñor García López, á quien parecía que la de-fensa que aquí se ha hecho de aquellas pro-vincias y la enumeración de sus grandes ser-vicios hería los oídos, y no le molestaban losdictados de desleales que continuamente he-mos estado oyendo aquí . ¡Qué hemos de ha-cer sino hablar de los servicios de las Provin-cias Vascongadas, en una época en que esta-mos oyendo sin cesar tratarlas de desleales?

El Gobierno de la restauración reconocióque el delito de la rebelión carlista, por muygrande que fuera, no lo era tanto que no me-reciese perdón . El Gobierno reconoció que lainsurrección carlista, que brotó cuando ape-nas había gobierno en España, cuando todaEspaña parecía un campo de batalla, si noera disculpable, podía al menos perdonarse,y lo perdonó S . M. el Rey en la proclamaque se dignó expedir al ponerse por primeravez al frente de su valiente ejército, ofrecien-do el indulto y el mantenimiento del estadoque tuvieron las Provincias Vascongadas, silos que estaban en armas contra el Gobierno

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legitimo las deponían: de manera que el pro-yecto de ley que se discute impone á las Pro-vincias Vascongadas un castigo, no por el de-lito de insurrección, no por haber tomado lasarmas, sino por no haberlas dejado, desoyen-do los generosos ofrecimientos de la proclama .

¿Por qué, se dice, no depusieron las armaslos vascongados cuando S . M. el Rey, apenassentado en el Trono, se apresuró á ponerseal frente del ejército y á ofrecerles el mante-nimiento del estado que tenían durante elreí ado de su augusta madre? Argumento deefecto, señores Diputados ; pero argumento deninguna fuerza, argunento completamentefalso. ¿A quiénes se ofreció el mantenimientode los fueros? ¿A las Provincias Vasconga-das? ¿Al pueblo vascongado? ¿Era el pueblovascongado entonces dueño de sí mismo?¿Era, por ventura, dueño de sus acciones?Simples soldados de fila, los vascongados, su-jetos á una disciplina militar cien veces mássevera que la del ejército, porque por la me-nor sospecha de inlldelidad se imponían laspenas más rigorosas, y el delito de deserciónse castigaba, ya que no pudiera castigarse enel desertor, se castigaba en sus padres ó ensus deudos, ¿quién podía dar la primera vozde concierto para deponer las armas? No ; elmantenimiento de los fueros de las Provincias

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Vascongadas se ofreció al estado mayor, álos jefes y directores de la insurrección, entrelos cuales apenas había un vascongado ni na .die que tuviera el menor interés en la conser-vación de los fueros . Así es que en cuantoempezó el desconcierto en los jefes por efectode los movimientos victoriosos del ejército,en cuanto los vascongados pudieron sacudirsu yugo, se presentaron por batallones ente-ros, se presentaron vencidos, sí, por la fuerzade las armas, pero se presentaron al cabopor batallones enteros .

El Sr. Presidente del Consejo de Ministrosvió entrar en Pamplona algunos de esos ba-tallones, y podría deciros si aquellos solda-dos traían retratado en su semblante y manifes-taban con su actitud el sentimiento y la triste-za del vencido, ó si, por el contrario, revela-ban su contento y alegría por la paz, sin queles mortificara nada el haber sido vencidospor sus hermanos .

¿Habéis visto alguna vez . Sres. Diputados,un pueblo que se alegre de haber sido venci-do y que lo celebre con festejos públicos?Pues ese fenómeno lo hemos presenciado enlas Provincias Vascongadas . La primera loco-motora que sale de B Ibao después de la ter-minación de la guerra, es recibida por lasgentes del campo como signo de que vuelven

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las faenas de la paz y del trabajo, con vítoresy algazara, con repique de campanas y conbailes públicos por todas las comarcas queatraviesa, dominadas pocos días antes por lasarmas carlistas . Ese pueblo vascongado, queen el alegre bullicio de su algazara por haberlogrado la paz no oía en aquellos momentoslos ecos que ya resonaban contra él, se con-trista ahora y languidece al ver el peligroque corren sus queridas instituciones .

No confundáis, Sres . Diputados, la opiniónpública á que parece que queréis dar satisfac-ción, que para serlo debe descansar en funda-mentos racionales, con el clamor público quesólo responde á impresiones pasajeras delmomento . Clamor público, y no opinión pú-blica, fueron, como os ha dicho mi amigo elSr. Gorostidi, los gritos de ¡abajo las quintas!y ¡abajo los consumos! y ya sabéis y sabe elpobre contribuyente las ventajas que reportócon la supresión de las quintas y de los con-sumos. ¡Que no suceda lo mismo con la su-presión de los fueros! Yo no creo, yo no temoque en las Provincias Vascongadas haya per-turbación de ningún género después de pro -mulgarse la ley que se discute, y no tengonecesidad de decir que tampoco quiero quela haya. Hombre de ley por mi carrera, re-pugno los procedimientos de fuerza ; y . hom-

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bre de trabajo, encanecido en el modestoejercicio de dirigir un Banco en un pueblo deprovincia, me concederéis al menos condicio-nes de moderación y circunspección de ca-rácter .

No creo que ha de haber perturbación enmi país; pero en mis cortos estudios históri-cos no conozco un pueblo á quien se le im-ponga la ley del vencedor, á quien se le im-pongan leyes contrarias á sus hábitos invete-rados, que no requiera una ocupación mili-tar. Cuarenta mil hombres, que cuestan 6millones mensuales, se distraen hoy en ocu-par aquellas provincias, en que para mante-ner el orden en tiempos normales no se re-quiere un sólo soldado .¿Creéis que las Provincias Vascongadas

han de dar recursos que equivalgan á losgastos de esa ocupación militar? Yo he oídohablar fuera de aquí de cálculos de millonesque van á venir de aquellas provincias por lasupresión de los fueros, y me temo muchoque esos cálculos no resulten equivocados .De un país en que no madura la uva y enque solo á fuerza de un trabajo penosísimoen el laboreo de las tierras, y á fuerza decostosos abonos se puede hacer que produz-can algún fruto, exiguos han de ser los re-cursos que de ellas puedan venir al Erario

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público; porque hay que tener en cuenta queaquí se ha hablado mucho de que aquellasprovincias no pagan, lo cual no es rigurosa-mente exacto, y no se habla de que aquellasprovincias no cuestan . Porque como nos ex-plicó con mucha elocuencia el Sr . Vicuña,aquellas provincias levantan por sí mismasmuchas cargas que en otras provincias pesansobre el presupuesto general del Estado .Además, hay que tener en cuenta tambiénque sobre ser pobres aquellas provincias,son muy caras en sus necesidades públicas ;por razón de la topografía del país y por ladiseminación de los caseríos, exigida por lascondiciones del terreno para la labranza, allínecesitamos más caminos provinciales y ve-cinales que en otras regiones de la Nación ; ypara la administración municipal, servicio deculto y clero, enseñanza primaria, beneficen-cia. sanidad y todos los servicios públicos,necesitamos allí proporcionalmente más per-sonal y material que en otras provincias . Sise atiende á todas esas necesidades localescomo se atiende ahora, los sobrantes quepuedan venir al Erario público cortos han deser, si son algo, por mucho que se fuercenlas facultades contributivas del país . Y si esasatenciones se descuidan por tener que acudircon las contribuciones al Estado como las

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demás provincias, la ruina de mi país, elabandono de sus campos y su retroceso alestado primitivo de productos espontáneosde la tierra, me parecen cosas seguras, asícomo me parece seguro el aniquilamiento ydestrucción de aquella raza viril que dentrodel fuero podría estar al servicio de laPatria .

Con los fueros y dentro de los fueros, lasProvincias Vascongadas no se niegan á lasprestaciones que les corresponden; y puedenser de alguna utilidad permanente á la Na-ción y de mucha utilidad en las grandescrisis y en las grandes empresas en que po-drán acompañar, como han acompañadosiempre, á la madre Patria . Sin los fueros,creo que de poco ó nada podrán servirla .Con los fueros mantendréis . el espíritu espa-ñol acendrado que siempre se ha respiradoen aquel país . Pedidnos, cuando necesitéispara la defensa de la independencia nacionaly de la libertad de la Patria, toda nuestrahacienda y toda nuestra sangre, que no esca-timaremos ni una sola gota; pero no nosarranquéis nuestro árbol santo de Guernica,el roble venerando que por tantos siglos hacobijado con su sombra las Asamblea popu-lares de mi pais; no nos arrebatéis nuestraslibertades vascongadas á nombre de la li-

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bertad de la Patria; no nos arranquéis nues-tro modo de ser, con el cual estamos cónna-turalizados, y dentro del cual podemos serespañoles leales, como hemos sido siempre .

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RECTIFICACI N

Respecto de los documentos históricos,insisto en que esos Procuradores no fueronde Vizcaya, sino de las villas realengas . (ElSr. soda: Vea S. S. la obra de Mariana .parte primera, art. 14) .

DISCURSOPRONUNCIADO EN EL

CONGRESO DE LOS DIPU'T`ADOSEL DIA 18 DE JULIO DE 1876

pon

DON BRUNO IJARTINEZ DE ARAGON

DISCURSODE

DON BRUNO MARTINEZ DE ARAGON

18 JULIO 1876

SEÑORES DIPUTADOS :

Yo también voy á ser muy breve en la im-pugnación del art. 3 .", con tanta más razóncuanto que tengo la persuasión y el conven-cimiento de que pasará lo mismo que en losanteriores . Sin embargo, deseando seguir lasenda del deber que me han trazado mis dig-nos compañeros, y el compromiso de mi pues-to y el amor que á mi país profeso, procura-ré dejar bien comprobado el derecho de laprovincia de Alava, á la exención de tribu-tos, pues que respecto de las de Guipuzcoay Vizcaya ya lo han ejecutado otros señoresdiputados. Así quedará también incontrasta-blemente acreditado que esta ley que nosocupa no se debe precisamente á exigencias

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de la justicia ni del derecho, sino que obede-ce á móviles de otra índole, como plenamen-te y hasta por unánime conformidad puededecirse que se ha ejecutoriado ya .

Yo siento mucho tener que volver á citarun documento de que se ha hablado aquí es-tos últimos días, y cuya importancia sumapara los efectos de apreciar los títulos per-fectos de mi país al mantenimiento de sus li-bertades, no hay términos hábiles de descono -cer. Me refiero al acta de agregación volun-taria de Alava á la Corona de Castilla en1332 ; pero tengo que citarla como base, comoorigen, como punto de partida y como reglay pauta de las relaciones de dicha provinciacon el Poder central .

La cláusula segunda de la voluntaria en-trega, decisiva en la materia, declara termi-nantemente que todos los fijos-dalgo de Ala-va sean libres y quitos de todo pecho, ellosy los sus bienes que han y hubieren en ade-lante en Alava .La cláusula, la exención, la libertad no pue-

den estar más expresamente consignadas ; ycomo el artículo que se discute viola por com-pleto una de las bases principales de aquellasolemnísima estipulación, de aquí el que el ar-tículo no debe merecer, como no la mereceráseguramente, vuestra aprobación ilustrada .

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Desde 1332, pues, en que se llevó á cabola agregación de Alava á la Corona en laforma indicada, ha estado Alava en la pose-sión de exención de tributos . Yo tengo aquídiferentes Reales cédulas y varias provisio-siones y ejecutorias que prueban la posesiónconstante de mi provincia en la exención detributos .

No temáis que vaya á hacer referencia cir-cunstanciada de todas ellas, insisto en queseré breve . Además, el señor presidente delConsejo de ministros hizo en los días pasadosuna declaración para mi propósito sumamen-te importante : dijo S. S . que acerca del ori-gen de los fueros podía disputarse todo loque se quisiera, pero que era un hecho cla-ro, evidente y de todas maneras averiguado,que desde el siglo XVI todos los monarcashabían reconocido los fueros, y que en los úl-timos tiempos habían hecho otro tanto todoslos Gobiernos .De consiguiente, no había necesidad de

que yo hablase de esto ; pero el deseo de de-jar completamente aclarado este punto meobliga á ello .

He indicado que la cláusula segunda de lavoluntaria entrega dice : «otorgamos que seanlibres de todo pecho para los bienes que ten-gan y puedan adquirir en adelante.» (Un se-

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ñor diputado : Lo mismo decían todos los fue-ros de Castilla). Yo no se lo que dirían losfueros á que S . S. se refiere ; yo digo lo queconsignan los de mi provincia . Y aquellosfueros ¿qué comparación tenían con los dede las Provincias Vascongadas, como aquí seha probado? Los fueros vascongados, ademásde su título originario, tienen la posesión demás de seis siglos, y la prescripción, que esotro título legal indisputable mientras no sealteren los fundamentos del derecho univer-sal . Por otra parte, si las demás provinciashan tenido la desgracia de perder sus fueros,¿puede alegarse esto como razón contra lasVascongadas, que han sabido conservar lossuyos?

Pero vengamos al caso .La voluntaria entrega declara la exención ;

que la entrega fué voluntaria y se hizo poruna escritura de contrato recíproco, lo hanreconocido los reyes de Castilla ; y que laexención es completamente arreglada á loestablecido en el acta misma de la entreganos lo dice el mismo don Alonso el XI al de-clarar en 13 de Enero de 1334 exentas detercias y primicias á las iglesias de Alava :nos lo dice una provisión de don Pedro de1353, relativa á que Alava no había pagadoni debía pagar el tributo de moneda ni servi -

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cio alguno ; nos lo dice una resolución dedoña Isabel la Católica, dada en 17 de juliode 1483 .Nos lo dicen los Reyes Católicos en 13 de

Agosto de 1498, declarando libre á la pro-vincia del impuesto de : lanzas .

Nos lo dice D . Felipe II en 6 de Abril de1592 . á causa de la pretensión de la villa deVillasendino para que se cobrase en Alavael impuesto de maravedís, declarando laexención .Nos lo dice don Felipe IV en 30 de Sep-

tiembre de 1632, declarando la exención delimpuesto de 4 rs. en fanega de sal .

Nos lo dice el mismo rey en 1632 en vir-tud de reclamación del señorío de Vizcaya,declarando como se solicitaba que estabanexentas las Provincias de la decretada con-tribución de millones .

Nos lo dice don Felipe IV en 2 de Febre-ro de 1644, en la que después de reconocerque la provincia de Alava no tenía superioren lo temporal y se regía por sus fueros, seconfirman varias exenciones de obras, etc .

Nos lo dice el mismo don Felipe IV en 29de julio de 1642, declarando exentas á lasProvincias del u<o de papel sellado .

Nos lo dice don Carlos II en 30 de juniode 1696, fijando la exención de que la pro-

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vincia goce del pago del impuesto de sal, ra-tificando la exención .

Idénticas declaraciones hizo don Felipe Ven 13 de julio de 1701, 6 de Agosto de 1706,18 de Diciembre de 1722, y en otras épocas .Nos lo dice Felipe V ea 16 de Diciembre

de 1722, mandando que las aduanas se esta-bleciesen en la línea del Ebro .

Nos ?o dice el referido rey don Felipe Ven 25 de junio de 1738, declarando la exen-ción de derechos de Almirantazgo y de fierro .

Nos lo dice don Carlos 111 en 18 de juliode 1765, declarando la exención del impuestode sal y mandando se devolviese lo recau .dado .

Si del terreno de las resoluciones regiaspasamos al de la cosa juzgada y ejecutoriasde los tribunales, nos encontramos con queen pleito litigado entre la villa de Villasandi-no y la provincia de Alava y ciudad de Vito-ria se declaró la exención del pago de millo-nes á favor de las últimas ; nos encontramoscon que en el pleito entre La Guardia p suslugares y los recaudadores de la moneda fo-rera se' declaró la exención de los primerospor sentencia de 19 de Noviembre de 1599;nos encontramos con que en otro pleito entreHaro y Labastida sobre pago de contribu-ción impuesta al vino, se declaró la exención

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en favor de Labastida por sentencia de 16 deMarzo de 1622 ; y nos encontramos, finalmen-te, que no tuvo ejecución la real cédula de12 de Noviembre de 1799 sobre subsidio de300 millones .

Que tampoco la tuvo la orden de 16 de Fe-brero de 1824 sobre donativo temporal de 3millones .

Que no se exigió la contribución sobre es-pectáculos de 1830.

Que no fué extensiva á las Provincias laReal or,1en de 10 de Mayo de 18 57 sobre im-puesto á las licencias de caza, pesca y usode armas .Que lo mimo aconteció con la Real orden

de 31 de Enero de 1867 sobre impuesto hi-potecario .

Que sucedió lo propio con la ley de presu-puestos de 17 de junio de 1864, en que se es-tablecía el impuesto sobre fabricación y ex-perdición de pólvora .

Que el impuesto de cédulas se limitó porReal orden de 21 de Noviembre de 1872 álos que tuviesen que comp-irecer en actosoficiales ó salir del país .

Que se declaró á las Provincias Vasconga-das libres del impuesto de billetes de vigi-lancia, establecido en 27 de Diciembre de1872, como así está reconocido .

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Que las leyes de carácter general no rigenallá, y menos las de presupuestos y caráctereconómico ; y

Que fué protestado el impuesto de guerra(sello de guerra), así como cuantas alteracio-nes se han querido hacer, contrarias á la ab-soluta libertad y exención paccionada .

Pero ¿á qué aducir más demostraciones deesto, cuando el derecho es tan inconcuso yclaro?

Hay que advertir además que las Provin-cias desde el siglo XIII hasta la actualidadestán demostrando que han disfrutado de esaexención ; y esto no sólo se disponía por elrey, sino que- se declaraba en juicio contra-dictorio en las Chancillerías, donde se venti-laban los derechos con una imparcialidad yjusticia que desearía yo ver aplicadas hoy,como acabo de demostrarlo .

Por lo demás, las Provincias Vascongadashan contribuído dentro de sus usos, de suscostumbres, de sus métodos, á sostener lascargas del Estado, sosteniendo cargas y obli-gaciones del mismo, como es público y pue-de demostrarse ; y el respetabilísimo y vene-rable señor don Alejandro Mon, Presidentedel Consejo de ministros, lo declaró solemne-mente en la discusión parlamentaria sobrefueros habida en el Senado en 1864 : siendo

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por lo tanto, inútil detenerse ya á demostrarque imponiendo á los vascongados el artículoque se discute la obligación de tributar comoá los demás españoles, se infringe el fuero yla ley fundamental de 1839, y separándolosde los métodos y de la costumbre por virtudde la que ocurren á, todos los servicios pú-blicos, así de la provincia como de los quereal y verdaderamente pueden considerarsecomo servicios generales del Estado, se lesva á imponer una administración costosa ydispendiosa en lugar de la sencilla á que es-tán habituados . En el terreno de la justicia esinconcuso el derecho de las Provincias : y sipara abolirlas sus libertades se apela al prin-cipio utilitario de la conveniencia públicatan ambiguo, tan inseguro y tan directamen-te enlazado al empleo de la arbitrariedad,fácil es demostrar que la conveniencia públi-ca es una idea muy abstracta .

Esto de la conveniencia es una cosa pocofija, bastante transitoria, poco subsistente yde sentido equívoco, porque lo que hoy esconveniente, mañana no lo es ; aquí se ha vis-to hacer leyes que se han presentado comoconvenientes, y á los seis meses ya no lo eran .

Respecto de la unidad nacional, como misdignos compañeros han hablado tanto de és-te punto, no creo que debo insistir en él ; pero

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debo decir que si se considera el hecho detener las Provincias Vascongadas una admi-nistración especial, como un hecho que rom-pe la unidad nacional, ahora mismo, en estosmismos días hemos asistido á la discusión dela ley de presupuestos, en donde no existe se-mejante unidad nacional, pues que la unidadnacional consiste en que todos paguen porigual, y sin embargo, hoy tenemos clase :: enEspaña que no pagan contribución, otras quepagan el 25, otras que pagan el 10, otras quepagan el 20 . otras que pagan el 67, y creoque también podría caber dentro de la uni-dad el que ciertas provincias tuviesen distintamanera especial de tributar .

Aqui concluiría, cumplido mi objeto de pa-tentizar, como he patentizado, la exención detributos de las Provincias Vascongadas, ha-biéndome fijado especialmente en la de Ala-va: pues de las demás observaciones que sehan hecho contra nuestras instituciones vene-randas, ¿qué queréis que os diga, que no lohayan expuesto con la lucidez que habéis pre-senciado, mis dignos y queridos compañeros?Pero debo hacerme cargo de algunas indica-ciones que se han emitido en el curso de ladiscusión, y que yo contemplo destituidas defundamento, contrarias á la exactitud y per-judiciales á mi país .

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Se ha dicho que las Provincias no sólo nocontribuyen, sino que gastan al Estado 18 mi-llones de reales, y también que, á pesar de sumucha religiosidad, no pagaban al Cabildocatedral . Esto, Sres. Diputados, ro es exacto .Las Provincias Vascongadas no han pagadoal Cabildo catedral, no por la razón que pue-de suponerse, sino por causa de la guerra ypor los gastos y sacrificios consiguientes áella : tampoco han cobrado los empleados delpaís: además, habiéndose ausentado algunosprebendados, las corporaciones que habíande pagar no se prestaron á dar las cantidadescorrespondientes á estos prebendados que nocumplen con sus deberes, y el Cabildo no haquerido cobrar sino los sueldos de todos : estoes lo que ha ocurrido en Alava .

Esos 18 millones no los da el Estado á lasProvincias Vascongadas, porque no les dani éstas cobran de él un cuarto, sino que seinvierten en el pago de las atenciones genera .les y comunes, como la capitanía general,gobiernos civiles, juzgados de primera ins-tancia, Guardia civil y carabineros ; y respec-to de los 18 millones que se asegura gasta elEstado allí, y que tanto efecto ha producidoen la Cámara ¿qué queréis que os diga? Esos18 millones los da el Estado para otros servi-cios. Pero sobre esto tengo que añadir que

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todas estas instituciones llevadas allí y quecuestan 18 millones, se han llevado contra lavoluntad expresa del . país que las ha protes-tado como desafueros, y si han tomado cartade naturaleza, es por la resolución y por eldeseo del Gobierno, que no sé . por qué moti-vo, aunque desde luego se concibe, ha queri-do gastar allí los 18 millones ; pues yo recuer-do (verdad es que soy algo viejo) que en elaño 33 y 34 no se gastaba en Vitoria ni uncuarto de esos 18 millones, porque ni habíajueces de primera instancia, ni capitanes ge-nerales, ni Guardia civil, ni carabineros, desuerte que no costaba un cuarto al Estado laadministración de aquellas provincias . Yono digo que aquel Gobierno fuera mejorque éste; pero la verdad es que ha exis-tido, y que ha existido haciendo lo quedigo; y cuando un país es pobre y no pue-de soportar un gasto de 18 millones, no debegastarlos, aunque sea para gobernar mejor .

Yo estoy persuadido que si el día de ma-ñana se quisiesen retirar esos 18 millones, ólas instituciones que con esos 18 millones sepagan, el país quedaría como estaba : y enla época á que me refiero no había másni menos 'criminales' que ahora, ni más nimenos pleitos ; la seguridad pública andabacomo) hoy ; . pero se gastaban 18 millones

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menos. Conste, . pues, que ese gasto sehace, no porque las Provincias lo hayanexigido, sino , porque así lo desea el Go-bierno para ejercer su autoridad y su im-perio .

Dijo el señor Marqués de la Vega de Ar-mijo que de las Provincias Vascongadas po-dían sacarse 42 millones de contribución alaño, y 55 de Navarra, y me parece que cita-ba esas cifras con referencia á ,datos suminis-trados por un distinguido Senador á quienaunque poco amigo de nuestras instituciones,no por eso dejo de profesarle todo el respetoque se merece . Sin embargo, el 4 de Abril deeste año, en el discurso que ese señor Sena-dor pronunció en el Senado, decía que lasProvincias podían contribuir con 30 ó 35 mi-llones, y aquí, como he dicho, se ha citado lacifra de 42; es decir que desde el mes deAbril hasta ahora las Provincias han tenidoun recargo de 40 por 100 . Y no digo nada delos atrasos, que en el primer discurso deaquel señor Senador ascendían á 270 millo-nes, y en el segundo á 2 .408. Por lo que res-pecta á Navarra, solo diré que si esos 55 mi-llones se repartiesen entre los 300 .000 habi-tantes, vendría á pagar cada individuo 183reales; y si aplicáramos esta cuota á todos losespañoles, resultaría una cantidad de 2 .933 .

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millones, ó sea 379 más que lo que importael presupuesto .

Además quedarían para el Estado por losservicios que explota y por otros conceptos873 millones, que unidos á los que antes heindicado, proporcionarían al presupuesto unexcedente de 1 .252 millones, con cuya sumabien pudría pagarse, no como decía el señorMarqués de la Vega de Armijo, el medio por100 de interés, sino todo el interés de la deu-da española .

Pudiera fácilmente continuar analizando lacuestión económica en sus relaciones y acep-tando de buen grado el juicio comparativoque en otra discusión parlamentaria se hahecho con la provincia de Lugo, y demos-traría concluyentemente la falibilidad de losdatos y la improcedencia del cálculo que seha formulado ; pero de esto se ha ocupado yaun entendido compañero mío, el Sr . Vicuña,con la amplitud y los detalles más conducen-tes al objeto, y ofendería seguramente la ilus-tración y la benevolencia de la Cámara re-produciendo observaciones hechas ya contodo el detenimiento necesario para llevar elconvencimiento al ánimo de los más ardien-tes adversarios de nuestras libertades .

He procurado . señores Diputados, demos-traros el derecho de exención que mi país

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disfruta, derecho incuestionable é inconcuso,como así se ha reconocido por todos los Re-yes, por todos los tribunales y por cuantoshan tenido que intervenir en el conocimientoy en las decisiones de nuestros asuntos, entodos los cuales la libertad foral ha sidoamparada .

Esto así, yo no creo que los fueros de mitierra querida, los fueros vascongados, ácuya defensa he procurado concurrir con lamás recta voluntad, estén próximos á untriste y horrible eclipse .

Ayer se dijo aquí que asistíamos á susfunerales; no lo creo ; pero si así no fuese,yo espero que la fe y la perseverancia de losvascongados y el uso constante de sus legí-timos derechos cerca de los altos poderes delEstado conseguirán al fin que luzca de nuevoel sol que ha iluminado siempre nuestras ins-tituciones venerandas .

Ahora sólo me resta manifestaros mi gra-titud por la benevolencia con que me habéisescuchado .

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RECTIFICACI NDos palabras, primero para dar gracias á

mi amigo el Sr. García López por los elogiosque me ha prodigado y que no merezco, ydespués para decirle que la razón que he que-rido yo hacer valer es la del derecho, es la delos títulos, es la de documentos públicos au-ténticos y oficiales ; y después de esos títulosque representan la historia de cerca de sietesiglos, después de esos títulos tan robustos ypoderosos, la posesión con su irresistible yavasallador imperio viene en auxilio de nues-tra santa causa .

Ha dicho el Sr. García López que no he-mos pagado nada, y yo tengo que observar áS. S . que hemos pagado y estamos pagandogastos y servicios que en otras provincias sonde cargo del Estado : hemos pagado y estamospagando intereses cuantiosísimos de una enor-me deuda contraída en su mayor parte paraocurrir á atenciones generales, y que nuestradeuda data y procede de los gastos y servi-cios de la guerra de la República, de la gue-rra de la Independencia, de la guerra civil de

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los seis años, de la ejecución y construcciónde las vías, carreteras y comunicaciones pú-blicas; de forma, Sres . Diputados, que si sefuera á liquidar lo que las Provincias han he-cho en aras de la Patria y los gastos y servi-cios que al noble impulso de su patriotismohan llevado á cabo, con lo que hubieran teni-do que satisfacer con abstracción completa desus libertades y sumisión extricta á la admi-nistración general y común, sin temor deequivocarse se puede afirmar y proclamarque se hallaría la ventaja en favor del infor-tunado país cuya causa legítima estamos sos-teniendo los que en este banco nos sentamos .

APENDICE

DISCURSOPRONUNCIADO NN EL

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

EL DIA 17 DE JUNIO DE 1870

POR

DON ALEJANDRO PIDAL Y MON

DISCURSODIO

DON ALEJANDRO PIDAL Y MONTic

17 JUNIO 1876

SEÑORES DIPUTADOS :

Cuando estos días oía discutir la futurasuerte de las nobilísimas instituciones de lastres provincias hermanas, yo no sé si por lacalidad del debate y de las instituciones cuyafutura suerte van á determinar nuestros vo-tos, c reía .ne trasportado corno en espíritu áuno de aquellos palenques de la Edad Media en donde se verificaba el juicio de Dios,y en que se decidía por la suerte de las ar-mas el triunfo ó el castigo de una inocenciaacusada; miraba aquellos días en torno míohacia estos bancos, y vela el semblante seve-ro de los jueces; miraba hacia este otro lado,y veía el rostro sañudo de los acusadores ; di-

lo

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rigíame á los bancos de la comisión, y veíaen ellos serenos y firmes á los mantenedoresde la pena ; y si desde allí descendía á otrobanco, veía con apuesta apostura al verdugoaparejado para la ejecución de la sentencia .

No extrañéis, pues, señores diputados, quelos que obedecemos aquí á la tradición decierto espíritu caballeresco acudamos á rom-per una lanza con los mantenedores de lacausa del gobierno ; no extrañéis, pues, quenos presentemos en el palenque é hiramoscon el cuento de la lanza en el escudo de losmantenedores, siquier corramos el peligro deque en vez de tenernos por un Cid ó por unBayardo, nos tengáis por un humilde D . Qui-jote; que falta hace, señores diputados, queintervenga en este debate algún Quijote, aquíen donde los que han intervenido' en contrade los fueros parece que no tienen otro idealque el estrecho egoismo de Sancho Panza .

Y como no hay caballero sin empresa, niempresa sin mote, cúmpleme alzar la viseraal entrar en el palenque y declarar que elmote de mi escudo son aquellas palabras con-signadas en un manifiesto célebre por un es-critor insigne : «Los países más prósperos ymás felices son aquellos que respetan más supropia historia .»

Y no es, señores diputados, por cierto, que

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no hayan combatido valientes adalides en de-fensa de las nobilísimas instituciones vascas ;hemos visto aquí hacer alardes de su saber yde su inteligencia á los elocuentísimos y ani-mosos representantes de las tres provinciashermanas y algunos elocuentísimos y nobilí-simos también de la provincia de Navarra ;pero, señores diputados, esos representantesson vascos, esos representantes hablan enpro de su causa, pelean en causa propia, yyo, señores diputados, no soy vasco ; yo, se-ñores, desciendo y tengo el honor de repre-tar aquí un distrito de la antigua Cantabria,de aquella indomable Cantabria que comba-tió luengos años con los antecesores de estosvascos hasta que vino á fundirlos la religiónen una unidad común, en el crisol de la uni-dad católica . Y si el ser cántabro alienta á mipecho para acudir á tan generosa empresa,el ver que la reciente pérdida de la unidadcatólica ha empezado sin duda á sembrar ladivisión en las filas de las huestes nacionales,de tal modo que muchos cántabros se han ol-vidado de que eran hermanos para conver-tirse en fratricidas, me alienta á venir aquísiendo cántabro á defender esas instituciones,no sólo para probaros que no todos los Cán-tabros las combatimos, sino para al mismotiempo demostrar de una manera evidente y

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completa, que no es, no ya la santa ley de laemulación, que al fin y al cabo es - la tenden-cia á la perfección propia, sino la triste ley,la miserable ley calificada con el nombre detristeza del bien ajeno, lo que extravía por elmomento á estos otros hermanos de mi anti-gua Patria .

¿De qué se trata aquí, después de todo, se-ñores diputados? Hay un pueblo religioso,moral, sobrio, laborioso, libre, y por lo tantofeliz, que al amparo de unas instituciones se-culares que todos aman y veneran, goza deunas costumbres patriarcales y de unas li-bertades cristianas como ninguno otro en elmundo, y al abrigo de estas instituciones hamantenido la bandera de la nacionalidad en-hiesta sobre sus montañas, ¡glorioso baluartede la independencia Pátria! y á su sombra hadesarrollado todos los prodigios de la agri-cultura y todas las maravillas de la industria,y á su calor ha dado hijos insignes á la Pa-tria, dando héroes á la religión como San Ig-nacio de Loyola, descubridores como Elcano,conquistadores como Legaspi, marinos comoOquendo y Churruca, hombres de letras comoErcilla, Jáuregui y Ayala, y hoy mismo en-tre guerreros é industriales produce cantorescomo Trueba, y en todas ocasiones ha derra-mado la savia generosa de su inteligencia y

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de su sangre por todos los ámbitos de la glo-riosa Monarquía española .

Testimonio vivo de la libertades socialesde la civilización cristiana, monumento insig-ne de las instituciones patriarcales, parecíacomo que la Providencia había conservadoeste pueblo aislado entre la inmutabilidad desu idioma y entre las asperezas de sus monta-ñas para que fuese ejemplo á España, comoInglaterra lo es á Europa, de la verdadera li-bertad hija de la Religión cristiana ; y sin dudapor eso, señores diputados, sin duda por esovosotros que os llamáis liberales, que .á todashoras tenéis la palabra libertad en los labios,y en las manos la más espantosa tiranía, vos-otros que no podéis tener acuerdo en una leyorgánica . cuanto más en una ley fundamen-tal, queréis destruirlas y empobrecerlas, ycomo en esto de destruir los revolucionariossois maestros, habéis conocido que el mejormodo de destruirlas es asimilarlas .

No nos ha detenido, señores, en esta obrade destrucción, ni el glorioso recuerdo de lahistoria, ni siquiera el conservar, á guisa demonumento arqueológico, en un rincón denuestras heróicas montañas, ese ejemplo denuestras antiguas patrias libertades, siquieracomo se conserva el rito mozárabe en unacapilla de la catedral de Toledo . Todo ha

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caído ante el ideal de la uniformidad, anteese bello ideal de los entendimientos vulgares ;todo ha caído ante el nivel asolador del con-tinentalismo europeo, tan maldecido por losgrandes publicistas contemporáneos, hijo na-tural del movimiento revolucionario de 1789 .¿Y cuándo vamos á hacer esto? ¿En qué oca-sión? Cuando las corrientes intelectuales detoda Europa están sufriendo una reacciónnotabilisíma en contra de estas medidas ; cuan-do los grandes publicistas, como Tocquevilley Perrín, están reconociendo que la obra dedestrucción de la revolución, y antes que dela revolución del antiguo régimen, fué sofocary ahogar todas las libertades locales que handado como consecuencia este estado de lasNaciones modernas, en las que no hay másque polvo, que parecen un vasto desierto enque sólo se encuentran movibles arenas conlas cuales es imposible edificar, y sobre lasque sólo aparece, sólo se levanta el Estado,que si alguna vez puede ser ocupado su soliopor un hombre benéfico, puede ocuparsetambién, y más frecuentemente se ocupa, porla representación terrible del despotismo ydel terror; lo vais á hacer, señores, cuandolos sabios que han pasado toda su vida en elestudio de las reformas sociales, como LePlay, han manifestado su admiración ante

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esas instituciones patriarcales ; cuando comi-siones como la de la exposición universal lasencomian ; cuando Gobiernos como el deFrancia envían comisionados á estudiarlaspara plantearlas en su país; cuando políticostan amantes de la libertad como el Conde deMontalembert acuden á estudiarlas en susarchivos, y más que en sus archivos, en suscostumbres : cuando la fama de sus libertadesvuela á todas partes sobre las alas de oro dela elocuencia de aquel ilustre hijo de SantaTeresa, que se llamó Fr . Jacinto: cuando laEuropa parece que vuelve la vista para con-templar estas instituciones : estos momentossupremos son los que el Gobierno que nosrige ha escogido para decretar la ruína deesas instituciones seculares .

Para llevar á cabo el propósito de esteGobierno hay que violar el derecho y hayque desoir la voz de la conveniencia .Hay que violar el derecho señores diputa-

dos, porque aquí, desde el banco de la comi-sión, se está dando todos los días el nombrede privilegio á lo que en la historia desdeFelipe II hasta Castelar han considerado comoun derecho . No necesito entrar en grandesdemostraciones después de los elocuentísimosdiscursos que habéis tenido el gusto de escu-char estos días ; pero cúmpleme decir que la

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unión de las Provincias Vascongadas al restode la Nación era una mera unión personal,como la que existió en otro tiempo entreEspaña y Alemania, consignada en un pactobilateral oneroso con la Monarquía de Casti-lla; y si la situación legal arranca en la actua-lidad de la famosa ley de 1839, la ley de1839, según D . Alejandro Mon, Presidentedel Consejo de Ministros cuando tambiéndesempeñaba, no recuerdo si la cartera deGobernación ó la de Ultramar, el señor Cá-novas del Castillo, era la encarnación delconvenio de Vergara, y todos sabéis y todosrecordáis que el convenio de Vergara se hizocon al ofrecimiento de los fueros, y no erajusto que se diese otra interpretación á la leyque el Presidente del Consejo de Ministrosdeclaraba encarnación de ese Convenio, puestanto hubiera valido como haber dicho unacosa al frente de los batallones vascongadosen armas para contradecirla una vez que lashubieran depuesto .

¿Qué consignaba, señores, la ley de 1839?La ley de 1839 consignaba la unidad consti-tucional, completamente compatible con losfueros, hasta tal punto, que habiéndose pre-sentado una enmienda por el señor Marquésde Viluma para aclararlo, la hubo de retirarante la declaración textual de los Ministros

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de que sólo entendían por unidad constitucio-nal un sólo Rey y un sólo Parlamento . Negarque ésto sea la unidad, sería como negar lasdemás unidades de la historia, sería negar launidad de Suecia y de Noruega, sería negar launidad de Austria, sería negar la unidad deEscocia, de Irlanda y de Inglaterra, y seríanegar la misma u,-,¡dad española, donde norigen las mismas leyes en las provincias deUltramar que para la Península ibérica .

Un sólo derecho pudiera alegarse parallevar á cabo el proyecto de que se trata : elderecho terrible de conquista . ¿Pero es éste elderecho que se puede invocar con relación áese proyecto? De manera alguna . ¡Derechode conquista! ¿Dónde están los conquistado-res de las Provincias Vascongadas? Pues qué,señores Diputados, y esto no tengo yo quedecirlo, pues nos lo ha dicho con repeticiónesta mañana misma el señor Presidente delConsejo de Ministros; sin la sangre que handerramado los miqueletes de Vizcaya . sin ladefensa heróica de sus más importantes capi .tales, ¿qué hubiera sido, no digo de nosotros,sino del liberalismo español y de los enemigosde sus fueros?

Señores Diputados, cosa terrible ha sidosiempre y en todas ocasiones poner mano enlas instituciones seculares de los pueblos, y

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no tengo que extenderme en grandes razona-mientos para demostrarlo . Sería esto inútil yademás os molestaría, cumpliendo más á mipropósito leeros cuatro ó seis lineas de unescritor elocuentísimo :

Decía el escritor á . que me refiero : «LasNaciones, fábricas lentas y sucesivas de lahistoria, nacen de una aglomeración arbitra-ria ó violenta, la cual poco á poco se va soli-dificando y hasta fundiendo al calor del orden,de la disciplina, de los hábitos correlativosde obediencia y mando, que el tiempo haceinstintivos, espontáneos y como naturales .Cuando tocándolas y retocándolas se llegauna vez á poner en descubierto los cimientosde tales fábricas, difícil es que no quedencuarteadas, cuando no ruinosas . Levántanselas Naciones como las rocas y como toda obrade la naturaleza, sin arquitecto ; y al mirarlaspor de fuera, no sabe nadie cómo y por quéexisten ó están de pie. Por eso mismo, cuandopor puro acaso ó necia temeridad se desmontauno de tales relojes, difícilmente se acierta áconcertar y encajar de nuevo sus piezas, yacaso no vuelve á estar en hora jamás .»

Estas palabras elocuentisimas del señorPresidente del Consejo de Ministros revelanlos peligros que acarrea el tocar á las institu-ciones seculares en momentos de vértigo, y

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más cuando se hace por motivos que pudié-ramos llamar de verdadera represalia .

Hay también, señores, que desoir la voz deconveniencia para este asunto, por más queesta haya sido indudablemente la gran arma,el grande argumento, el argumento que pu-diera llamarse Aquiles, á que se ha apela-do para combatir los fueros de las ProvinciasVascongadas . Señores diputados, excusado esdecir que si tomamos la conveniencia en elsentido altísimo en que debe tomarse esta pa-labra, teniendo en cuenta la identidad con lamoral y con el derecho, no hay conveniencianinguna para el acto de que se trata : y si nosatenemos á esa otra conveniencia rastrera delmomento, cúmpleme deciros que tampoco esconveniente para el resto de la nacionalidadespañola la destrucción de esas institucionesy como quiera que nada hay más elocuenteque las cifras, voy á leeros dos lineas de unestadista de la escuela liberal, que vienen ácorroborar la opinión que sostengo en estemomento. El señor don Pascual Madoz . en lapágina 632, tomo lo de su Diccionario geográ-fico, redactado en presencia de datos oficia-les, dice lo siguiente : «En el año de 1845,1846 y 1847 pagaron por culto y clero lasProvincias Vascongadas 5 .978.969 rs . LasProvincias Vascongadas además 2 .7000.000

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reales anuales por intereses de deudas contraí-das para atender al servicio público, defenderla independencia nacional y construir cami-nos generales. Todos estos gastos, los rendi-mientos de alcabalas, que importan 74.000,y otras que pesan sobra las Provincias Vas-congadas, EXCEDEN, A NO DUDARLO,de la suma á que ascienden los cupos de to-das las contribuciones directas, que sólo da-ría al Gobierno 10.652 .009 reales .

De consiguiente, señores diputados, aunmirando la cuestión por el prisma estrechísi-mo de la conveniencia material y del momen-to, resulta, según la autoridad de un estadis-ta liberal, que no tiene cuenta á la nacionali-dad española la destrucción de las institucio-nes vascongadas, para sacar unos cuantosmaravedises que habrá luego que devolvercon exceso por cargas que hay que pagar yque hoy pagan las Provincias vascongadas .Pero aun levantándonos un poco en el terre-no mismo de la conveniencia material, ¿nodebe entrar en cuenta para nada la conside-ración del espectáculo que nos han dado pordos veces en un corto espacio de nuestra his-toria? ¿No son dignas de tenerse en cuenta lasperturbaciones á que puede dar lugar en unpaís el verse despojado de sus más queridasinstituciones? ¿No teméis, señores diputados,

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evocar desde el olvidado polvo de su tumbala voz guerrera del bardo vascongado, la má-gica voz de Iparraguirre que resonando cualen otros días en los angostos valles de Viz-caya, entone en medio del religioso silenciode miles de corazones, interrumpido luegopor el estentóreo clamoreo de miles de vo-ces enronquecidas en cien combates, aquellaspalabras del cántico al árbol de Guernica :tiárbol de Guernica, tú eres para nosotros unárbol bendito . Todo vascongado tiembla de pla-cer al mirarte! Estrecha tu copa y derrama porel mundo tus frutos, oh símbolo santo de nuestrasseculares libertades! `K,osotros te adoramos derodillas y pedirnos al cielo que si la tempestadmota tus ramas frondosas y gentes extrañas vie-nen á destruir tn tronco, el hierro salvador quecontienen los senos de nuestros montes se convier-ta en armas aceradas para defenderte! (Murmu-llos .)

Esos cánticos, señores diputados, que aca-so os parezcan poco digno de tenerse en cuen-ta, son cánticos como aquellos al calor de loscuales lucharon nuestros heróicos padrespor espacio de siete siglos con los atezadoshijos del desierto hasta vencerlos y arrollar-los arrojándolos al otro lado del Estrecho .Son cánticos como aquellos que enardecíanlos ánimos de nuestros padres en aquella lu-

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cha titánica con el coloso del siglo, y á cuyosguerreros ecos los lanzaron de España, arro-jándole á morir en lenta y desconsoladoraagonía sobre el desnudo peñón de SantaElena .

El recuerdo sólo de esos cánticos en cir-cunstancias como las que atraviesa no yanuestra Nación, sinó la Europa entera, son ca-paces de poner miedo y espanto en el corazónmás animoso . Estamos en vísperas de gran-des complicaciones europeas, no hay institu-ción segura ni nacionalidad inquebrantable .¿Y quién no ve, no que esas provincias pue-dan faltar á su lealtad, sino que les ponemosen ocasión próxima para cometer ese pecadoá esas provincias que se van á encontrar depronto privadas de sus antiguas y veneran-das instituciones, viendo al otro lado del Pi-rineo más felices á sus hermanos los vascos,hasta ahora más desgraciados?

Señores Diputados, si la perspectiva de una,conmoción internacional no os aterra, que osaterre al menos el temor de una conmociónpolítica. Mirad que muchos de los que aquíos excitan á que destruyáis los fueros os es-tán acusando allá porque los quitáis, y tal vezlos ofrecen bajo nuevas instituciones . Acor-daos cuántas veces en este mismo recinto sehan dirigido acusaciones á nuestros antiguos

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Reyes por haber atentado á libertades de estaclase; mirad ahí escritos con letras de oro losnombres de los que murieron por defenderlas;acordaos que los revolucionarios catalanes,en la revolución del 68, una de las cosas queinvocaron para expulsar á los Borbones fuéque un Borbón los había despojado de sus an-tiguas libertades . Temed, pues, las consecuen-cias fatales que de esto puedan resultar ; por-que luego que resulten no faltará un Presi-dente del Consejo de Ministros que las legiti-me diciendo que «la fuerza, cuando causa es-tado, es el derecho ante la razón y la historia .»

Señores Diputados, uno de los caractéresmás odiosos de esta ley es el carácter de leyde represalia . En vano es negarlo, en vano esque haya tratado de negarlo el Sr . Presiden-te del Consejo de Ministros, porque la verdadpuede más que las palabras : aparte de lo queen su discurso hemos oído á D . Carlos Nava-rro, hemos oído también palabras del señorPresidente del Consejo de Ministros que danbien claro á entender que es ley de represa-lias. Pues bien; prueba más clara de que esuna ley de represalias la tenéis en el privile-gio que se establece en favor de los que nohan tomado parte en la guerra; porque si fue-ra una ley de interés general, ¿á qué esas di-ferencias, á qué esos privilegios?

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¡Grande contradicción! Atacáis los fuerosporque se consideran un privilegio, y paradestruirlos hacéis una ley de privilegio tam-bién .

Hé aquí la contradicción que resulta delafán de no tomar el camino de la razón y dela lógica, sino de irse por el tortuoso senderode los expedientes y de las habilidades .

¿No es ley de represalias? Entonces, ¿porqué esta ley que trae ahora el Sr . Cánovasdel Castillo y su Gobierno no la planteó lomismo en el Ministerio de que formaba parteel Sr. Ulloa bajo la presidencia del Sr . Mon?Entónces ese infatigable adalid en contra delos fueros, el Sr . Sánchez Silva, adujo las mis-mas razones que se han aducido en este de-bate, y entónces el Sr . Ulloa estaba en aquelMinisterio y le hubiera dado un gran apoyocon su elocuencia : ¿por qué el Sr . Cánovas,si la ley no es de represalias, si no está moti-va3a por la guerra : por qué entónces no lapresentó en medio de la paz octaviana ycuando tenían los Gobiernos más fuerza? ¿Porqué entónces no planteó esa ley?

¡Ah, Sres. Diputados! El Presidente delConsejo de Ministros de aquel Ministerio, elSr. Mon, dijo en aquella discusión : no pensa-mos, no digo ya en plantear esta ley, sino si-quiera en tratar de esta cuestión, por varias

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razones, una de las cuales era las vicisitudesde los tiempos .

¡Ah, Sres. Diputados! Vicisitudes de lostiempos, decía el Ministerio Mon-Cánovas,en aquellos períodos relativamente bonan-cibles en nuestra historia; y las terriblesvicisitudes de otros calamitosos tiempos quealcanzamos no detienen á ese Gobierno enesa obra de destrucción que ha empren-dido .

Pero, Sres . Diputados, si es ley de represa-lias, yo os pregunto : ¿cuál es el crimen quehan cometido las Provincias Vascongadas?¿Haber sido teatro de la guerra? Pues en esecaso á mí me parece que quien debía recla-mar indemnización de perjuicios son las Pro-vincias Vascongadas . (íCurrnullos) . Oidmeantes, y luego vuestros murmullos, siquieranunca sean justos, serán por lo menos másjustificados .

Las Provincias Vascongadas . fuertes en susinstituciones, eran á quienes menos debía im-portar que un Monarca ú otro ocupara el Tro-de Castilla; las Provincias Vascongadas se en-contraron con una cuestión dinástica, de lacual dependían principalmente las institucio-nes para los demás pueblos de la Península .Entáblase una lucha, y por la fragosidad delterreno y por la fatalidad geográfica van á es-

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coger á las Provincias Vascongadas para tea-tro de la guerra .

Esto ha sucedido en las dos guerras civilesque registra nuestra historia ; y para que nolo achaquéis á acaloramiento ó pasión mía enestos momentos, voy á leeros un texto que norechazaréis seguramente :

«Don Carlos de Borbón, que fué Rey dehecho y según él de derecho, y según tam-bién de un gran número de habitantes deaquella provincia y de otras, porque allí ha-bía también andaluces que sosteían el absolu-tismo . Y si no, lo digo con franqueza, no hu-biera tenido tal importancia aquella guerra,por muy valientes, que lo son sin duda losvizcainos, no hubieran podido sostener unaguerra tan cruda y tan tenaz. Hablemos confranqueza y demos importancia á las cosasque la tengan .No digamos que las Provincias Vasconga-

das han sido las únicas que han sostenidoaquella guerra ; allí estuvieron hombres de to-das las provincias de España ; allí fué una bue-na parte de los hombres de la Guardia Real,hombres bravos que eran de todas las provin-cias de España, allí había aragoneses y man-chegos, en fin, había hombres de todas lasprovincias, así como en nuestro ejército ha-bía vascongados; así como la invicta Bilbao,

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sostenida por sus patriotas, dignos de inmor-tal memoria, que sostenían la causa de la li-bertad, y las demás Provincias Vascongadas,tuvieron la gloria de las demás provincias deEspaña, de no sucumbir ante los enemigos yde no ser presa de las huestes del carlismoninguna de las capitales del territorio .

Por consiguiente, analicemóslo todo y noformemos un globo aereostático lleno dehumo y viento, que abulta mucho y pesapoco . »

Esto decía, Sres . Diputados, los que osreíais de mis palabras, el vascófilo Sr . Sán-chez Silva . (El señor Ulloa : El vascófago .)Acepto la rectificación, Sr . Ulloa .

Señores Diputados ; un escritor ilustre altratar esta cuestión ha puesto con su acostum-brado tacto el dedo en la llaga ; este escritorde la escuela liberal y que goza de una repu-tación europea, el Sr . Mañé y Flaquer, en unlibro, y rectifico, no pertenece á la escuela li-beral ; aunque no es carlista, ha dicho que elfenómeno del carlismo con relación á las Pro-vincias Vascongadas es como cuando se pre-senta una erupción en el cuerpo humano ; lasangre está toda viciada, el virus circula portoda la masa, se fija en un punto determinadodel cuerpo, donde brota, y se localiza la erup-ción .

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Por todas las razones que acabo de expo-ner, de topografía, de raza y hasta de clima,la erupción fué en las Provincias Vasconga-das . Y entonces, señores, si esto es lo que osmueve á hacer una ley de represalias, no oscontentéis con destruir los fueros ; es necesa-rio destruir los montes que se eleven á las al-turas, los valles que desciendan hasta el abis-mo, y la raza indómita que los puebla; apli-cad, pues, la dinamita á las Provincias Vas-congadas . (R-isas.) Lo cual, si no se opone laelocuencia del Sr . Presidente del Consejo deMinistros, creo que tiene aquí sus partida-rios . (El Sr. Guirao: Pido la palabra por ter-cera vez) .

Pero, Sres. Diputados, sin duda porque ámí me faltan las admirables dotes del señorPresidente del Consejo de Ministros, yo acos-tumbro á abordar las cuestiones de frente yen el terreno radical . Así, pues, yo supongoque las Provincias Vascongadas son las úni-cas que han promovido lo guerra carlista con-tra la revolución, las únicas que la han soste-nido, y que no ha habido un sólo liberal vas-congado ; y yo os pregunto : ante la restaura-ción de la Monarquía española, ¿es esto uncrimen? No diréis que no planteo en toda sucrudeza la cuestión . ¿Qué delito es el que vaisá castigar? Respondedme con noble franque-

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za . ¿Vais á castigar el delito de haberse le-vantado contra la revolución?

Pues nosotros hemos hecho lo mismo, nohicimos otra cosa en Sagunto ; y si no lo hici-mos antes, fué porque no pudimos . Y yo pre-gunto también al Sr . Presidente del Consejode Ministros, y hasta al mismo Sr . Cardenal,yo os pregunto . . . (El Sr . Cardenal: Pido lapalabra .) Al decir que pregunto también alSr. Cardenal, no es porque yo trate de esta-blecer aquí ninguna relación de dignidad, por-que para mí es tan digno un Diputado comotodos, sinó una relación de animosidad contralas Provincias Vascongadas : el Sr . Cardenallo debía haber supuesto, sin necesidad de queyo lo dijera . Pues yo pregunto al Sr . Carde-nal, y acudo á su noble y acostumbrada fran-queza: si en los días aquellos en que todos de-seábamos el advenimiento de D . Alfonso XIIal Trono de nuestros mayores, hubiera venidouna comisión de las Provincias Vascongadasy una comisión del ejército real de D . Carlosá decir al Sr . Cardenal que estaban dispues-tos á poner sus armas y fuerzas en aquel mo-mento al servicio de S . M . Don Alfonso XIIy el Sr . Cardenal hubiera creído que con estoera el triunfo seguro, ¿se hubiera abstenidode aceptar el ofrecimiento por escrúpulo deno levantarse contra la revolución de Septiem-

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bre? Aguardo tranquilo la respuesta . Señores,¡levantarse contra la revolución! ¿quis tulleritgratos de sedilione quaerentes? ¿Quién hay aquíque no se haya levantado contra la revolu-ción? Se levantaron los republicanos contrael Gobierno provisional y contra D . Ama-deo; se levantaron contra las Cortes el 23 deAbril, las disolvieron, y vinieron otras Cortestan legítimas, y fueron también disueltas el 3de Enero, y yo no sé cuántos otros levanta-mientos ha habido en esos seis años de tantasconquistas y de tantas glorias . De consiguien-te, el que pueda decir que es un crimen el ha-berse levantado contra la revolución, quearroje la primera piedra á las Provincias Vas-congadas .

No, Sres. Diputados ; las causas de la gue-rra civil no han sido, no, los fueros vasconga-dos. De las profundidades de la sociedad es-pañola, dijo el Sr. Presidente del Consejo deMinistros que habían surgido las causas deesta guerra civil, y antes lo había consignadoya asegurando que había sido una guerra ex-clusivamente religiosa . La causa única, se-ñores Diputados, de esta desdicha, como detantas otras, no ha sido más que la revolu-ción de Septiembre ; el mismo partido carlistalo dijo en frases que consignará la historia : elcañón de Alcolea ha roto el convenio de Vergara ;

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y la misma revolución lo dió por roto, porquellamó á las primeras Cortes Constituyentes in-dividuos de todos los partidos, de todos losprincipios y de todas las aberraciones, paraque vinieran aquí á formularlas legalmente, yentonces, por aquel llamamiento se levantócomo por una fuerza magnética de su sepul-cro el fantasma del carlismo, que siempre seasoma á los horizontes de nuestra Patria cuan-do oye rodar por ella el carro de la revolu-ción. Entonces se dió fuerza al carlismo : se ledió fuerza con vuestras torpezas, se le diófuerza y elementos para la guerra con vues-tros atropellos . El partido carlista tomó fuer-za en toda España ; le vimos invadir los comi-cios, á pesar de los terribles obstáculos que leimpedían acercarse á ellos,y pobló estos esca-ños con un grupo numeroso de Diputados tra-dicionalistas . Vimos aquí cuánta era su fuerzaydespués que lo hubo visto la revolución, casiá sabiendas los arrojó al campo de la guerraá fuerza de atropellos, reuniendo en su manotodas las banderas, una tras otra ; primero labandera de la religión, después la bandera dela Monarquía,ypor último la bandera de la Pa-tria ; los arrojó al campo de la guerra insultán-dolesen aquello que de más santo yde más no-ble tienen los pueblos, en su sentimiento reli-gioso ; la revolución los arrojó al campo de la

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guerra persiguiéndolos y apaleándolos en loscomicios, y en los casinos, y en las redaccio-nes, y asegurándoles con terrible y criminalsarcasmo que en vano arrostraban las iras ylos crímenes de los Gobiernos para acudir álas urnas, porque si alcanzasen alguna vezmayoría en contra del Gobierno, «se manda-rían cerrar estas puertas y se les mandaría á ellosA PASEO.»

Señores Diputados, vuelvo á decir que te-mo que me creáis demasiado apasionado eneste caso, para que no busque en apoyo demis observaciones autoridades para vosotrossin duda respetables. Un periódico, ministe-rial por más serias, y que goza de gran auto-ridad entre vosotros, que se llama La Epoca,escribía no hace mucho tiempo estas palabras .Dirigiéndose á un periódico radical que leacusaba de carlista, contestaba La Epoca :

«El Imparcial llama benevolencias nuestrashacia los carlistas, que designemos á los deeste partido como «los que contestando á lasintransigencias de la revolución se armaroncon las armas del absolutismo .» Pero nosotrosapelamos á la historia. ¿Había carlistas en Es-paña antes de la revolución? Esto es induda-ble. ¿Estaban en disposición de intentar nadapor la fuerza de las armas? El éxito de la ten-tativa de San Carlos de la Rápita contesta por

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nosotros . ¿Quién animó sus esperanzas parapresentarse como partido capaz de imponer-se al sentimiento liberal de la Nación y delsiglo? Las conpiraciones revolucionarias porlos proscritos de todas las tentativas revolu-cionarias en el extranjero . ¿Quién empujó ásus filas á grandes masas de gentes que,amantes de la tradición y de la historia, sealarmaron con justo motivo al saber lo que elcañón de Alcolea aclamó en Alcolea? Los te-merarios revolucionarios, que quisieron cor-tar el hilo de la historia en lo más fundamen-tal de las instituciones nacionales . ¿Quién, su-blevando los sentimientos religiosos, les llevóotro numeroso contingente de gentes á quie-nes las soluciones políticas acaso nada hu-bieran importado, con tal que no se les vul-nerase la dignidad de sus creencias? Los quefusilaban las imágenes de la Virgen en la pla-za pública; los que convertían el púlpito delas iglesias en cátedra de bárbara licencia,los que sobre los altares de la Virgen consu-maron el grosero escarnio de la prostitución .¿Quién, en fin, los arrojó del campo de la mis-ma legalidad abierta por la revolución, á laprueba horrible de las armas? Los que conla porra de las partidas aventureras los arroja-ron de sus casinos, de sus teatros, de las ur-nas electorales y de todo lugar .

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Sin la revolución y sus desórdenes, no hu-biera habido carlistas en armas ; y si los hu-biera habido, no alcanzaran otra suerte quelos de la reprobable tentativa de 186o.»

Otro texto, señores, y no de menos autori-dad por lo excepcional de la ilustre personaá que pertenece, voy á tener el honor de leeral Congreso; es un texto del Sr . Castelar, esun admirable discurso como todos los suyos,si bien en aquel, además de su elocuencia,resplandecía con toda su brillantez la voz delpatriotismo; dijo el Sr. Castelar dirigiéndose áunas amenazadoras y enconadas masas : «creoque hicieron más para traer la república loshombres que levantaron en Cádiz la banderade la insurrección contra los Borbones, quelos marinos cantonales .»

Y añadía poco después : «el cantón murcia-no ha sido el pedestal de D . Carlos . .

Y yo, poniendo estas dos proposiciones cer-ca la una de la otra, deduzco con la autori-dad del Sr. Castelar que los hombres de Cá-diz son los obreros que más han trabajado enel pedestal de D . Carlos . Señores Diputados,¿qué tiene esto de extraño? No se avergüenceninguno, si es que acaso sintiera deseos deavergonzarse ante estas consideraciones queos presento . Recordad el estado en que elpaís se encontraba entonces . El Sr. Castelar

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ha trazado el otro día un cuadro que no tra-taré yo de reproducir . Pero ¿qué digo el car-lismo? Entre nosotros está sentado quien vol-vía los ojos, no ya al carlismo, sino á la inter-vención extranjera, porque decía, y con granlógica y razón, que la primera necesidad deuna sociedad era la de existir, y que no po-día existir con el vértigo horrible que se ha-bía apoderado de ella en su carrera, precipi-tándose sobre los abismos de su ruina .

Señores Diputados, todos recordáis hoy día,todos decís que ha sido el mayor de los crí-menes el crimen de los carlistas, y entonces,señores, ¿cuántos volvíais los ojos hácía aque-llo que hasta entonces habíais consideradocomo un mal!

¡Ah! Sres. Diputados : yo recuerdo una no-che de las más pavorosas que pasamos en es-te recinto, cuando hombres armados de pu-ñales y de trabucos invadían estos salones .En una de esas noches azarosas de la repú-blica, en uno de los pasillos de este edificiome encontré con un Diputado federal de losmás caracterizados por su acción y por suenergía, y diciéndole yo : «ahora plantearéistodos vuestros proyectos,» aquel hombre, conuna astucia que sin duda debía ser prestada,me dijo: «ahora no ; ahora vamos á unirnoslos liberales de todos los matices contra el

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carlismo, y después que hayamos acabadocon los carlistas, se disuelve el ejército y sehace todo lo que hay que hacer en España.»Es decir, señores, que ese Diputado federalconocía bien que aquellos hombres que poruna causa cierta ó equivocada se habían le-vantado en armas en defensa de una idea an-tirrevolucionaria, iban á ser el muro y el ba-luarte para defenderá la Patria de las inva-siones horribles de la demagogia .

Este es, Sres . Diputados, el crimen grandeque se achaca á los partidarios del carlismopor los partidarios de la revolución de Sep-tiembre; y en esto tengo que decir que son so-beranamente lógicos, de tal modo lógicos, quecuando á la sombra de la bandera de D . Al-fonso XII vienen algunos que pertenecieron ála revolución de Septiembre atentando contratodo lo que huele á carlismo, me parece comoque quieren sin darse cuenta de ello, me pa-rece que quieren vengarse de los que frustra-ron las tentativas de sus propósitos y de susintentos. Señores Diputados, algunos de esosconozco yo que decían á voz en grito y pormedio de la prensa que preferirían grande-

mente á D. Carlos á la restauración de la Mo-nurquía legítima española; algunos conozcoyo, que hoy están al lado del Ministerio, quedecían en la prensa que contaban con el auxi-

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lio del carlismo para una común resistenciacontra la restauración d& la Monarquía le-gítima .

Hé aquí, señores, el secreto, hé aqui uno delos secretos resortes que ponen en juego y enacción esta máquina artificial que aquí se halevantado de odios, no ya contra el carlismo,que al fin y al cabo es una causa política,sino contra instituciones que no tuvieronotro delito que ejercitarse en las montañas yvalles entre cuyas asperezas encuentra mayordefensa todo género de resistencias guerreras .

Señores Diputados, yo había entendido, yhasta ahora lo creía, pero hay tantas cosasque voy viendo que tengo necesidad de olvi-dar, sobre todo en materia de derecho ; yo ha-bia creído que la pena tenía que ser propor-cional y justa, aun dado caso que las Pro-vincias Vascongadas fuesen exclusivamentecarlistas, aún dado que fuesen las únicas car-listas de España, y aún dado caso de que estofuera un crimen que mereciera pena, tenía yoentendido que la pena debía ser propor-cional y justa, y yo os pregunto, Sres . Dipu-tados: puesto que reconocéis que hay paravosotros justos y que hay para vosotrospecadores, ¿por qué habéis de imponer lamisma pena á los pecadores que á los justos?Y no nos vengáis con ese miserable privile-

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gio que no puede endulzar los terribles sinsa-bores y las inolvidables amarguras que rei-nan en el corazón de todo buen vascongado alver que se desgarra en un momento dado elCódigo fundamental de sus instituciones pa-triarcales . Además, la pena debe aplicarse alindividuo, y no seguramente por el pecadoque han cometido los padres se debe castigará los hijos; la pena debe aplicarse al culpa-ble y no en una proporción tan terrible . Pues¿cuántos vascongados hay que no han toma-do parte en la guerra ni en uno ni otro ban-do? Señores Diputados, y casualmente, ¿á quépaís se va á aplicar la pena por la causa dela guerra? Se le va á aplicar al país en que laguerra ha revestido un carácter más culto .(Murmnnllos) . No, señores Diputados, no ; laguerra en las Provincias Vascongadas no harevestido los caractéres de bandolerismo quetoda guerra de montañas ha revestido enotras provincias donde no hay rastro de fue-ros . (Rumores).

¡Ah, Sres. Diputados! si hubiérais presen-ciado alguna vez el levantamiento de una fac-ción en las Provincias Vascongadas, vuestrosojos, de sobra acostumbrados á toda acciónrebelde y violenta, hubieran presenciado allíun espectáculo singular é inesperado . (Gran-des rumores) . No son, no, turbas famélicas,

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concupiscentemente enamoradas de los bie-nes ajenos, las que allí se congregan en ca-sos tales, ní allí se escuchan gritos desorde-nados y salvajes, ni siquiera se oyen conver-saciones ociosas. Ningún padre esconde co-bardemente á su hijo ; antes bien, le saca de lalabor él mismo, trayéndole á recoger las en .mohecidas armas . Ninguna madre, ningunahermana, ninguna novia llora, cuando el ron-co y destemplado tambor bate la marcha : to-do el mundo aparece convencido de que estácumpliendo un deber. Por contrarios queseáis á la causa que defiendo, ¿podéis desco-nocer que hay en esto mucho que merece res-peto, y no poco de grande? Espero vuestrarespuesta. Contésteme ahora el Ministro dela Gobernación, que tanto se escandalizabade mis palabras . Contésteme el Sr. Ministrode la Gobernación . (El Sr. Ministro de la Go-bernación : Ya le contestaré á su S . S.) ¿Cómome ha de contestar? . . . (El Sr . .'Ministro de laGobernación : ¿Y los fusilamientos de Estella?¿Y Rosa Samaniego? ¿Y el cura Santa Cruz?)¿Cómo me ha de contestar, si las palabras queacabo de decir son debidas á la bien cortadapluma del Presidente del Consejo de Minis-tros)? El señor Ministro de la Gobernación : Losabíamos, y sabíamos que S . S. buscaba esteefecto) . Permitidme que os lo diga, Sres . Di-

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putados; dando por supuesto todo esto, inclu-so todo lo que me diga sobre este asunto, yque yo seguramente no he de rectificar, pues-to que no era ese el objeto qu- me proponía,el Sr. Ministro de la Gobernación, ¿es de hom-bres de Estado proceder de esta mañera entan terribles circunstancias?

¡Ah, señores! Felipe II después de las alte-raciones, de los disturbios y de las revueltasde Aragón. no le despojó de sus fueros, sinoque los reformó ; cumpliéndolos hasta en lamisma reforma, puesto que los reformó comorey de Aragón en las Cortes de Tarazona .Felipe IV, á quién se rebeló Cataluña y aunse dió á la casa de Francia, tampoco la quitósus fueros, sino que juró respetarlos y cum-plió leal su juramento ; sólo Felipe V, el nietode Luis XIV, de aquel Monarca que habíadicho : «El Estado soy yo,» cumpliendo su mi-sión centralizadora acabó con los fueros deAragón, de Cataluña y de Valencia, dejandosólo en pie los fueros de Navarra y de lasProvincias Vascongadas por ley providencialseguramente, para que andando los tiemposviniera la revolución á destruir las ruinas deaquel edificio que el absolutismo había deja-do en pie, dejando consignado ante los ojosde la historia que tan despóticas son las re-voluciones modernas como los Monarcas más

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absolutos del antiguo régimen. A Felipe V lesiguieron dos personajes ilustres que tendréisque aceptar como vuestros predecesores en laobra de destrucción á que estáis dedicados : lesiguieron Godoy y Calomarde . Godoy, seno -res Diputados, que después de valerse delimpío, del venal y del afrancesado Llorentepara que compusiera una obra contra las ins-tituciones vascongadas, como había compues-to otra contra los Pontífices de la Iglesia ro-mana y otra contra un célebre tribunal, des-pués decía á sus agentes : «en llegando unaocasión propicia, y sE espurgará ese rincón quefalta .» ¡Quién le habría de decir á Godoy queel continuador de su obra de espurgador deese rincón había de ser el Sr. Cánovas delCastillo, ayudado por el Sr . Romero Robledo!Señores Diputados, es indudable, esta es laobra de la libertad, por más que parezcala obra de una tiranía, porque se 'hace porhombres que se llaman liberales . Es menes-ter, pues, escribir los nombres de los autoresde esta obra en esas lápidas en que están con-signados los nombres de los defensores de lalibertad; es necesario escribir el nombre delSr. Cánovas en esas lápidas ; pero es necesarioborrar los nombres de Lanuza, de Bravo, dePadilla y de Maldonado, y colocar en su lugarlos de Felipe V, de Godoy y de Calomarde .

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¡Ah, señores! esto lo hace la restauración, yeso es lo que profunda, lo que profundísima-mente me duele . La revolución, con más ins-tinto, con más conocimiento que vosotros, co •mo por más elevados entendimientos dirigida,no atentó á los fueros en su principio, en suconjunto, por más que atentase á su ejercicio,á su desarrollo y á su acción . La revoluciónsaludó las libertades, vascas como Tallién quese prosternó ante el árbol de Guernica lla-mándole el padre de los árboles de la liber-tad; y sin embargo, Tallién se equivocaba, noes el árbol de Guernica el padre de los árbo-les de la libertad revolucionaría, árboles quesolo se riegan con lágrimas y con sangrecuando se levantan entre las piedras de lasbarricadas de la revolución; árboles que sóloentrañan frutos de maldición y de muerte, yque llevan la desolación á todo lo que bajo susombra se cobija: árboles que tienen su repre-sentación y su abolengo en la historia, en elárbol de la guillotina. El árbol de Guernica,á cuya sombra descansaron felices tantasgeneraciones, desciende de aquel otro quese levantó en el Calvario para redimir algénero humano de todas las servidumbres,y cuyo fruto de bendición y de vida, así comonos dió medios para alcanzar la felicidad eter-na, nos dió también reglas que, aplicadas á la

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vida social por medio de las instituciones , ha-cen á los pueblos tan prósperos, tan libres ytan felices como los que hoy son objeto de lasiras revolucionarias, como los pueblos de lastres provincias hermanas .Señores Diputados, permitidme para aca-

bar, aunque os moleste un momento más, quedirigiéndome á'aquellas tres nobles provin-cias les diga: ¡Hijos de las Provincias Vascon-dadas! también yo como vosotros he visto caerbajo el peso de vuestros votos la unidad cató-lica, que no la valió ser unidad para salvarsedel terrible naufragio que la acometió en esteCongreso tan enamorado de todas las unida-des; yo también la he visto caer : pero permi-tidme que os lo diga, no alcanzo á ver el lazoinvisible, mi entendimiento no lo ve, pero micorazón lo siente, que une á la unidad católi-ca con los fueros de las Provincias Vasconga-das: quizá sean las raíces invisibles del árbolde Guernica; y si esto es así, hacen bien losrepresentantes de la revolución en arrancará cuajo este árbol ; pero vosotros, represen-tantes de la restauración, tened cuidado alcortar estas raíces, que no sabéis con quéotras instituciones pueden estar relacionadas .

Y volviéndome á los habitantes de las Pro-vincias Vascas, yo, representante de los cán-tabros, les diré por última vez; tened mucho

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cuidado que el gusano roedor de la impiedadno se introduzca en el árbol de Guernica, yestad tranquilos, porque esa ley de que nosha hablado el Sr. Presidente del Consejo deMinistros, y que llama con irresistible voz á launidad los pueblos, algo significa en la histo-ria. También en la antigüedad hemos escucha-do una voz que asombró á todo el universo,y bajo la mano de hierro del coloso romanoperdieron su carácter y su nacionalidad lospueblos ; pero era porque la Divina Provi-dencia se quiso preparar un organismo en elque infiltró después con su soplo un nuevoespíritu y nueva vida, y de aquel soplo bro-taron las nuevas nacionalidades, las liberta -des cristianas y las instituciones patriarcalesque armonizaron la variedad en la gran uni-dad del cristianismo; fiad en esa esperanza,hijos de las tres nobles provincias, y si tenéiscuidado de que el viento de la impiedad noazote las ramas del árbol de Guernica, nuevasavia aparecerá por la tierra que le dará másfuerza; y por consiguiente, no os importe queaparentemente se marchite, porque volverá áretoñ ~r más grande, y nuevas flores aparece-rán entre sus hojas, y la segur revolucionariase mellará contra el tronco de vuestras sacro-santas libertades .

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RECTIFICACI N

Quisiera que mis palabras tuvieran todala suavidad posible para que no las aplicaseesos nuevos calificativos mi amigo el señorGuirao . Pero realmente no es eso lo que metiene ofendido; lo que me tiene ofendido esque el señor Guirao desconozca de tal modolos méritos que he contraído esta tarde des-empeñando el papel de D . Quijote, cuandocabalmente el primer agravio que yo traté dedesfacer fué el de su señoría ; pues ante laacusación lanzada contra algunos individuosde la mayoría de que no se dejaban conven-cer por las razones, yo cité á S . S. como unode los más sumisos á la voz de la razóncuando habla por boca del señor Presidentedel Consejo de Ministros . (El señor Guirao: Opor boca de S . S., si razón tuviera) . Perocomo nadie más que yo lamenta que la razónno hable por mi voz, y sólo hablen por mislabios la pasión y el acaloramiento, tengoque suponer que no estando en mí la razón,debe estar en mis contrarios ; y como nadie esmás contrario á lo que yo digo que el elo-

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cuentísimo orador que se sienta á la cabezadel banco azul, por eso he dicho que el se-ñor Guirao es tan atento á la voz de la razóncuando la oye por la voz por que acostum-bra á sonar, por la voz del señor Presidentedel Consejo de Ministros .

En cuanto á eso de la dinamita, la mejorjustificación de mis palabras es que cuandopronuncié esa no tenía siquiera noticia deque el señor Guirao la hubiera usado ; la pro-nuncié creyendo que iba á ser tachada de in-verosímil; pero entonces sonaron á mi lado di-ferentes voces diciéndome que S . S . habíausado esa palabra, y viendo confirmado elhecho que yo presentaba en un terreno ideal,por una personalidad tan respetable como lade S . S., procuré encarnar mi razonamientoen S . S. que era una digna encarnación .

En el breve . pero elocuentísimo discursoque hemos tenido el gusto de oir al señorMena y Zorrilla, hay proposiciones tales, quenecesitaría una larga y extensa rectificaciónsi hubiese de rectificarlo todo ; pero ni eltiempo, ni la hora, ni el estado de la cámarame lo permiten, y sólo breves consideracio-nes haré á S. S. Empiezo á declarar que yohe obrado por mi propia cuenta, que no hecontado con uno sólo de los señores Diputa-dos de las Provincias Vascongadas, ni aun

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con ninguno de los íntimos amigos que entreellos tengo, para uno sólo de mis argumentos,precisamente para librarlos de toda responsa-bilidad directa ó indirecta en lo que yo dije-se: yo he hablado exclusivamente, como sue-lo, por cuenta mía, y de lo que haya podidoresultar, bueno ó malo, la responsabilidad espara mí, pero de ningún modo para los seño-res Diputados que gloriosamente represen-tan aquí esas provincias .

Dicho ésto, sólo tengo que decir al señorMena y Zorrilla que le agradezco muchísimola comparación que ha hecho de mi hurnildepersona con la persona de un orador ilustre ;sólo siento que esto lo haya hecho S. S . enson de cargo, pues ni es cargo parecerse áorador tan insigne, ni son los labios de su se-ñoría aquellos que podrían formular comocargo el parecerse á una persona con cuyaactitud política ha estado S . S . de acuerdoen un largo período de su historia . Por lo de-más, acepto por completo y en toda su pleni-tud la oportunísima comparación que el se-ñor Mena y Zorrilla ha hecho entre lo queaquí ha pasado y lo que pasó al famoso donQuijote en la aventura de Andresillo y suamo ; tiene S . S . razón : las Provincias Vascon-gadas son como el muchacho á quien el amono quería pagar la soldada y le azotaba por

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pedirla ; yo soy el caballero andante queatraído por los gritos del muchacho vengo ádefenderle, y la comisión y el Gobierno sonel amo : negaron la soldada al muchacho, leazotaron por no pagarle, prometen pagarlecuando ven que á su defensa sale un mante-nedor brioso, y pasado este vuelven á no pa-gar y á seguirle azotando .

Preguntaba el señor Mena Zorrilla quiénhabía dicho que la ley de 1839 era la encar-nación del convenio de Vergara, y parecíaleá S . S., cuya ilustración en este punto comoen otros es notoria, que esta era una verda-dera herejía constitucional . Pues esas pala-bras son del Presidente del Consejo de Mi-nistros del Ministerio Mon-Cánovas, y estaspalabras las puede encontrar S . S. como elcanto de Iparraguirre al árbol de Guernica,cuyas palabras, que yo me habría aprendidode memoria, pronunciadas en aquel Senadotan conservador, donde estaba lo más floridode la unión liberal y del partido moderado,no causaron escándalo alguno, y que yo herecordado como . una indicación de lo quepuede suceder, dadas las corrientes de lostiempos y los sucesos que pueden desenvol-verse en los horizontes de la historia .

Por lo demás, el discurso del señor Menay Zorrilla, aparte de sus magníficos rasgos

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oratorios, aparte de la instrucción de S . S .,puede resumirse, por lo que á mi personaconcierne, en el argumento de que yo he de-fendido los fueros haciendo política carlista ;pero hé aquí que puedo citar en mí abonouna autoridad magnífica en sentido contra-rio, que es la autoridad del señor Presidentedel Consejo de Ministros, que en un discursoelocuentísimo, como todos los suyos, decía queel atacar los fueros de las Provincias Vas .congadas era hacer política carlista .

En cuanto al señor Ministro de la Gober-nación, no sé ciertamente cuál ha sido el mo-tivo que le ha animado á decir que nada em-borrachaba tanto como los aplausos, porqueno son seguramente los aplausos los que mepueden haber emborrachado á mí en estaCámara. Represento una tendencia contra-ria á la casi totalidad de la mayoría y de laminoría, y no he de tener más aplausos que labenevolencia con que me escucháis, que ren-didamente os agradezco. Si borrachera podíahaber aquí, sería seguramente la que S . S . hapadecido, porque S . S ., cuya habilidad parla-mentaria soy el primero en reconocer, se haquedado tan mareado de los aplausos quejustamente ha recibido por la defensa que hi-zo de la proposición del señor Villarino enla sesión anterior, que en esta no le he visto

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con aquella sangre fría que caracteriza áS. S. para recoger todos los aplausos . Tantoes así, que si hubiera tenido esa sangre fríano me hubiera interrumpido hasta haber oídode labios del señor Mena y Zorrilla, á quienpertenecían las palabras que, mientras S . S .creyó mías, increpó duramente . Si S . S. nohubiera estado desvanecido, hubiera vistoque lo que pasó entre el banco azul y la Co-misión esbastante ostensible para que nosotroslos de enfrente notemos toda esa clase de ad-vertencias, de gestos, de observaciones tanoportunas como las que en días pasados y enla sesión de hoy han mediado entre el Sr .Pre-sidente del Consejo de Ministros y el señorRomero Robledo, y esta tarde entre el señorRomero Robledo y el señor Mena y Zorrilla .

Por lo demás, no había entendido S . S. loque yo decía . Yo había sostenido que la gue-rra carlista, que no soy el llamado á defenderen cuanto á los excesos que haya podido co-meter, y eso lo dije al principio y no tengoque rectificar, en ninguna parte de Españase había llevado á cabo de una manera tanculta como en las Provincias Vascongadas ; ycomo el testimonio más autorizado de estaverdad era el del señor Presidente del Con-sejo de Ministros, sacaba á colación untexto del señor Presidente del Consejo de

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Ministros, en que increpando á los revo-lucionarios les decía que es tal la pureza deintención y de costumbres con que se levan-tan las partidas carlistas en las facciones vas-congadas, que no ya malas acciones ni gritosmalos, sino ni siquiera conversaciones ociosas,esas que tanto abundan en el Parlamento, se-gún el Sr . Ayala, tenían lugar. De consiguien-te, me parece á mí que unas provincias endonde las partidas facciosas ni siquiera pro-nuncian palabras ociosas, dan una prueba dehacer la guerra del modo más culto posible .

El señor Romero Robledo, cuyo discurso,ó por mejor decir su síntesis, ha sido una es-pecie de parodia de aquel ¡Viva FernandoVIIO que en esta ocasión, por lo que á míhace, tenía que quedar sin efecto, ha venidoá reducir todas sus acusaciones á llamarmecarlista . Seguramente no quiero rectificar se-mejante acusación . Bástame recordar á S . S .que también á S . S. se le ha llamado car-lista en los momentos en que trabajaba . . . (Elseñor Ministro de la Gobernación : ¿Guándo?)Voy á decirlo ahora ; en los momentos en queS. S. trabajaba, no porque el derecho saliesede la fuerza, sino porque la fuerza que habíade hacer efectivo el derecho saliese de lascuadras de los cuarteles . Los enemigos deesto decían que los que tal cosa hacían eran

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amigos de los carlistas, porque aquel movi-miento sólo podía favorecer á los carlistas, yhasta se le llegó á comparar con el movimien-to de San Carlos de la Rápita .Lo que más le ha asombrado á S . S . ha

sido el que yo dijese que la revolución deSeptiembre estaba aquí y en el banco delMinisterio; y esto lo dice el señor RomeroRobledo, que es una de las más legítimas en-carnaciones de la revolución de Septiembre .(El señor Ministro de la Gobernación : Pues de-cía esto para algo) . Pues yo le voy á decir áS. S. que la revolución de Septiembre estáahí para sacar las castañas del fuego con lamano del alfonsismo ; y al ver el resultado deesta discusión, como de otras muchas discu-siones, puedo repetir con un periódico céle-bre, partidario de la revolución de Septiem-bre, que la revolución de Septiembre es comoel Cid, que gana batallas después de muerta .

Por lo demás, lo que me ha extrañado quele extrañase á S . S. es que yo hablase contrala centralización revolucionaria y contra lacentralización de los Monarcas absolutos ;porque S . S., dedicado sin duda á los nego-cios políticos, no ha tenido tiempo de ver enlos libros que no hay cosa más parecida á unMinistro absoluto que un Ministro revolucio-nario; no difieren más sino en que el liberal

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se llama liberal cuando comete alguna tira-nía, y el absolutista se llama absolutistacuando comete otra tiranía .

Por lo demás, el antiguo régimen fué tanparecido á la revolución, que no tengo másque decir sino que siguió sus mismos proce-dimientos, y yo probaba esto diciendo que losverdaderos antecesores de ese Ministerio enesa cuestión de los fueros no se podían en-contrar en ninguna de las Monarquías deSan Fernando ó Felipe II, cuando hubo li-bertad, sino en los tiempos de Felipe V., deGodoy y de Calomarde .

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RECTIFICACI NMi juicio sobre lo que ha sido el carlismo,

lo he expuesto suficientemente aquí para quetenga que repetirlo . Pero esto nada probaría,aunque yo fuese enemigo mortal de los car-listas, porque hay cosas que sólo la pasiónrevolucionaria puede desconocer ; y así, voy ádecir á S . S., sin que yo pretenda establecercomparación entre las personas que voy á ci-tar y yo, que nadie era más opuesto á los ven-deanos que Napoleón, y sin embargo decía,admirando las virtudes de aquellos héroes,que de no haber sido Napoleón hubiera que-rido ser vendeano . Hé aquí cómo se puede noser partidario de una causa y se pueden esti-mar las condicionos de sus partidarios : y na-die me puede dar mejor ejemplo que el Go-bierno de S . M., que ha consignado en un do-cumento célebre unos elogios á los servicioshechos á la Nación por los Gobiernos revo-lucionarios, completamente enemigos de lasinstituciones que defiende el Sr . Romero Ro-bledo .

Yo recuerdo también que ese Gobierno ha

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dado un decreto revalidando sus títulos al hé-roe del Maestrazgo, D. Ramón Cabrera, y noalcanzo por qué S. S. ha de tributar honoresen la Gaceta revalidando títulos alcanzadoscontra las instituciones liberales, y no he depoder yo hacer la justicia debida á los hom-bres que se han levantado con las armas enla mano á protestar contra la revolución .

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RECTIFICACI NCuando haga S . S. argumentos, debe ver á

quién los dirige ; porque es ridículo que yo,que me distingo siempre por mi posición fran-ca, venga á ser objeto de los ataques de SuSeñoría en ese punto . Si S . S. sabe que hesostenido aquí en plena república y delantede todos los Diputados y de las turbas queno había habido gobierno legítimo en Españadesde Septiembre de i868, y que he dichoque cualquiera que se levantase en armas encontra de la revolución hacía un acto justo,digno, admirable, ¿á qué viene el atacarme di-ciendo que trato de rebajar la proclamaciónde la legitimidad? Lo que no trato de rebajar,porque está muy por debajo de todo, es lapolítica de ese Gobierno .

SUMARIOSDE LOS

DISCURSOS PRONUNCIADOS EN 1876

EN EL

SENADO Y CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

POR LOS

SENADORES Y DIPUTADOS

DE LAS

PROVINCIAS VASCONGADAS

DISCURSO

PRONUNCIADO EN EL SENADO

EL DIA 20 DE JUNIO DE 1878

POR

D. JOSÉ MANUEL AGUIRRE-MIRAMON

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SUMARIO

Inoportunidad del proyecto de ley de Fue-ros. El proyecto es la nivelación absoluta deaquellas provincias con las demás del reino,en las dos bases fundamentales del serviciomilitar y del servicio pecuniario, dejándo-se á discreción del Gobierno el que se con-serve ó no la organización foral como hoyexiste . Es ley abolitoria de los Fueros . Infrac-ción flagrante de la ley de 25 de Octubre de1839 que tuvo su origen en el convenio deVergara. Palabras de Espartero . Confirma-ción de los Fueros á la terminación de la pri-mera guerra civil carlista. Antecedentes his-tóricos á favor de la Ley paccionada de 25de Octubre de 1839. Opiniones del Gobiernoy de los principales políticos . Actos de los Go-biernos que prueban la validez de esta ley .Aprobación de las Cortes. Qué es la ley de25 de Octubre. Su cláusula de «sin perjuiciode la unidad constitucional de la Monarquía» .Alcance é interpretación de ella . No se oponeá la integridad de los Fueros . Error del Go-bierno en el preámbulo del proyecto, respec-to del servicio militar y pecuniario de los vas-congados. Cortes de 1870-Castelar y los Fue-

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ros. Proyectos de ley de reemplazos que con-firman los derechos de los vascongados . El su-fragio electoral vascongado, es más amplioque el general del Reino . Las Provincias Vas-congadas contribuyen á los gastos del Estado .Las comisiones vascongadas y el Gobierno .Arreglos y reformas forales . Compatibilidadde los Fueros con la unidad constitucional. Fi-nes del servicio militar; cómo lo prestan losvascongados sin gastos para la Nación . La.ley de 1841 y las Diputaciones provinciales .Los Fueros no son privilegíos,sino leyes y de-rechos, libres, progresivos y morales, como loprueban la instrucción, la beneficencia, los es-tablecimientos de justicia y penitenciarios ylas carreteras. Los fueros favorecen á lospobres . Los vascongados en las guerras .Errores de los antifueristas y manifesta-ciones de los reyes á favor de la lealtad yservicios de los vascongados . Los liberalesvascos, sus defensas heróicas y las promesasque se les hace . Las Provincias Vascon-gadas no son rebeldes, sino leales . Los vas-congados en la guerra de Africa y en Cuba .Los voluntarios vascongados y sus sacrifi-cios. Cruzada antifuerista, odiosa y apasiona-da al terminar la guerra carlista . Súplica yapelación al juicio de España, al de Europay al de la Historia .

Y SUS DEFENSAS

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RECTIFICACION

La representación vascongada. Las pro-vincias vascongadas no tienen la culpa deque no haya habido arreglo habiendo acudi-do á los llamamientos . El proyecto falta á laley de 1839. Modificación no es supresión .La administración vascongada es provincialy general. Los extranjeros se inspiran en ella .El propietario y el colono vascos son una es-pecie de condueños . Los vascongados no hansido afrancesados . Los Fueros y el Parlamen-to. Guipuzcoa es la provincia de menos crimi-nalidad. Cultura vascongada .

DISCURSOPRONUNCIADO EN EL SENADO

EL DIA 20 DE JUNIO DE 1876

POR

EL GENERAL CASTILLO

Y SUS DEFENSAS

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SUMARIO

Posición independiente del orador entrelos partidos. Deseos del acierto . Testigo pre-sencial . Al Sr. Reinoso. Nobleza de conductade las provincias con doña Isabel II . Las di-putaciones vascongadas. Es enemigo de lasrevoluciones y de las guerras civiles. Causasdel antifuerísmo . Las provincias vascongadasno son gravosas á las demás de España . Im-poniéndolas contribuciones y quintas, no sealivia á los otras. El ejemplo de la aboliciónde los consumos. Lo mismo pasará con la delos Fueros . Inoportunidad de la ley abolito-ria. Los vascongados no invocaron los Fuerospara encender la guerra civil . La responsabi-lidad, pues, de la guerra no puede ni debeatribuirse á los vascongados . Historias de lasguerras carlistas en España . La última. Lasprovincias eran opuestas á la guerra . Bilbaoen la última guerra. El Batallón Auxiliar . Laguarnición de Bilbao . Sacrificios de la Dipu-tación y del Ayuntamiento . Las provincias noeran, pues, rebeldes . Justicia de los derechosde los vascongados . Inconvenientes de la abo-lición .

DISCURSOPR08DNCIADO B8 EL

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

EL DIA 12 JULIO 1876

POR

D. JAVIER BARCAIZTECUICONDE DE LLOBREGAT

Y SUS DEFENSAS

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SUMARIO

Situación de ánimo del orador . Los Fuerosen el terreno político . Contra todos. Atmósfe-ra antifuerista . Apelación á la imparcialidady conciencia de sus adversarios . Vencedoresy vencidos. Desconocimiento de la materia delos antifueristas . Movimiento revolucionario .Carlos V y Carlos VII. Ocasión de estrecharlos lazos entre la Monarquía y las ProvinciasVascongadas. Todos han pecado. Castigo conjusticia . San Sebastián en 1873 . Bilbao salvóla libertad y le castigan . La proclama de Al-fonso XII. Los revolucionarios del 68 no tie-nen derecho á denostar á las provincias . Lascausas de la guerra . No han sido los Fueros .Lo fué, en gran parte, el sentimiento religiosoherido en las Cortes de 1869. Después el aban-dono en que estuvo el país en 1873 . La «sacade mozos» . La indisciplina del ejército . Losvascongados sufrieron ellos más que nadie lasconsecuencias de la guerra . No han sido in-gratos ni desleales con la patria . El carlismoes planta exótica en las provincias. Otras pro-vincias españolas han dado más contingentey elementos al carlismo. El castigo debe serproporcionado . No ha habido tenacidad en laguerra por parte de los vascongados . La te-nacidad es cuestión de raza. Los franceses y

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i876-LOS FUEROS

los carlistas .LosFueros no han sido causa dela guerra, porque no son patrimonio de loscarlistas ni exclusivo lema de su bandera . Losliberales son fueristas . Los mayores enemi-gos del pueblo vascongado han sido siemprelos absolutistas . Godoy, Calomarde, Lloren-te. Espíritu exagerado del principio de igual-dad. La descentralización es la base de la li-bertad. Los fueristas se opusieron siempreen las juntas á la rebelión . Paz y Fueros .Las Diputaciones fueron causa de la con-clusión de la guerra . Los Fueros no son car-listas. Los carlistas castellanos . Los Fuerosson vínculo de unión con la patria y no cau-sa de rebelión . La contribución á la castella-na es contraproducente . Es la gallina de loshuevos de oro . Las quintas lo mismo. Losvascongados, por su posición, son salvaguar-dia de la independencia de España . Nada seharía llevando unos cuantos hombres más alejército. La cruzada contra los Fueros se de -be, no al principio de igualdad, pues exis-ten muchas desigualdades . Cataluña, Cana-rias y Cuba. Los carlistas de aquende yallende el Ebro . Las excepciones de los libe -rales . La abolición es, además de una injusti-cia, una falta política, un gran error. Repug-nancia á tratar este punto. No hay que con-fundir los Fueros y el carlismo. Los vascos

Y SUS DEFENSAS

209

franceses y los vascos españoles . Estos, des-pués de haber estado mejor que aquéllos,van á estar peor. Adhesión de los vasconga-dos á las instituciones . Consejos á nuestros hi-jos . Volved á las Provincias Vascongadas susfueros y libertades .

R ECTIF`ICACION

Al Sr. Marqués de Vega de Armijo. El ora-dor no ha faltado á los respetos debidos á lasaltas instituciones al hablar de la proclama deSomorrostro . Su dinastismo es probado . Laproclama era un documento de responsa-bilidad ministerial. Los ayuntamientos delas provincias vascongadas no son carlistas,sino de Real Orden . Los batallones carlistasno están todavía organizados. No ha habidoamenaza en la comparación de los vascos es-pañoles con los vascos franceses . Las pro-vincias vascongadas le ofrecieron sus servi-cios á doña Isabel II á su salida de España,y hasta levantarse por ella, negándose la rei-na por no ser causa de una guerra civil y deque se derramase sangre española .

14

DISCURSOPRONUNCIADO EN EL

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

EL DIA 14 DE JULIO 1876

POR

D. CAMILO VILLAVASO

Y SUS DEFENSAS

213

SUMAR10

Estado de ánimo del orador ante lo arduo ytrascendental del asunto que va á tratar, porobligación sacratísima . Nobles protestas dedeferencia, de moderación, de respeto y aca-tamiento . Declaraciones previas de aceptarpara sí sólo la responsabilidad de lo que di-ga, sin que puedan dañar al país á quien tra-ta de defender. No es un mandatario foral, esun Diputado de la Nación, y en este conceptohabla, sin que entre los representantes vas-congados haya habido concierto ni acuerdopara la defensa de los Fueros, obrando cadauno por sí. La Ley de 1839 y la inoportuni-dad de entonces y de ahora (1876) para tra-tar la cuestión de Fueros . Si no hubo oportu-nidad, después de un convenio pacífico, me-nos la habrá tras el triunfo de las armas, quedeja odios, rencores y amarguras . El movimiento de la opinión contra los Fueros hasido facticio, una opinión fabricada, celosde localidad, en especial por parte de cier-to pueblo rival que prospera con la ruinade otro y se empobrece con el bienestar deéste. División del discurso en tres partes .Primera: ojeada histórica sobre la indepen-dencia primitiva de las Provincias Vasconga-

214

1876-LOS FUEROS

das, y sobre todo, de Vizcaya . Segunda : Bre .ve examen de las causas generales y origende la guerra . Tercera : Interpretación que losvascongados damos al concepto de la unidadconstitucional . Caída de la Monarquía visigo-da y dispersión de sus miembros . La Monar-quía asturiana, pirenáica y navarra . Esta úl-tima tuvo una personalidad propia en la his-toria. Dominio de Navarra en el Duranguesa-do. Los Monarcas asturianos no tuvieron nin-gún dominio ni autoridad sobre Vizcaya . DonAlonso el Magno fué derrotado por Lope For-tún, ó Jaun Zuría, en los campos de Padura,por venir con pretensiones de dominio . Arri-gorriaga . Jaun Zuría Señor de Vizcaya. LosFueros vizcaínos no estaban escritos; eranusos y costumbres por todos respetados . Viz-caya era una Monarquía constitucional, popu-lar y democrática, gobernada por la Batza-rra ó Asamblea de los ancianos, que se tras-mitió sucesivamente á 27 Señores. Estos eranindependientes y libres . Amor de los vizcaí-nos á sus Fueros. En Vizcaya todos eran li-bres, independientes, iguales v todos nobles .Servicios del Señorío de Vizcaya á la Patriacontra los moros . Los Señores de Vizcayaeran aliados y feudatarios de los Reyes deCastilla . Siempre ha existido eso en la Historiay existe actualmente en Alemania . Historia

Y SUS DEFENSAS

215

constitucional de Vizcaya . Disputas sobre laposesión del Señorío . Diego López de Haro,fundador de Bilbao . Señor de Vizcaya . ElFuero de Logroño es dado á la mayor partede'las villas vizcaínas . Don Alfonso XI nofué Señor de Vizcaya por conquista, sino porusurpación, siendo desposeído por Juan Nú-ñez. Don Pedro I y don Enrique II. Ingla-terra y Vizcaya . El Príncipe Negro . Disputassobre la sucesión del Señorío . Juan 1 Señorde Vizcaya, antes de ser Rey de Castilla, jurólos Fueros y los confirmó solemnemente . Lostítulos de los Reyes . Juan II y Enrique IIIjuraron también los Fueros . Con don Juan 1entró el Señorío de Vizcaya en la unidad na-cional, antes que Navarra, Aragón, Valencia,Cataluña y Mallorca . Fué el primero de losantiguos Estados independientes que entró áformar parte de la unidad nacional . Los viz-caínos destituyeron á Enrique IV por contra-fuero, dando mercedes á forasteros y abusarde sus derechos . Derrota del ejército caste-llano por los vizcaínos en la batalla de Mun-guía . Las Ordenanzas de Chinchilla . Guerracivil en Vizcaya . Los bandos de Oñez y deGamboa. Chinchilla vino á Vizcaya á cortarlas disputas entre los vizcaínos por la funda-ción de villas . Suspendida la sesión y reanu-dada, continúa el Sr . Villabaso. Segunda

216

1876-LOS FUEROS

parte del discurso . Causas generales y origende la guerra carlista . No son inherentes aque-llas al régimen foral . Tampoco son privativasdel país vascongado, ni dependientes de supolítica, ni relacionadas con condiciones so-ciales, ni mucho menos con sus condicioneslegislativas . Son generales, profundas, euro-peas, de todo el mundo . Antecedentes . DonCarlos de Borbón y de Este. Su carácter ycualidades. Es incapaz, orgulloso y fanático,representante de la reacción europea . El Du-que de Módena y don Carlos. Inulilidad delas diferentes tentativas para sublevar lasProvincias Vascongadas en favor de don Car-los. El reconocimiento del reino de Italia, porlas Cortes españolas en 1864 . El espiritu ul-tramontano en las provincias . La extensióndel sufragio electoral . La junta de Zumárra-ga . «¡Perezcan los fueros y sálvese la reli-gión!» Sucesos en Europa . La revolución es-pañola de 1868 . Movimiento carlista . Desti-tución de don Juan de Borbón y proclama-ción de don Carlos en Londres . Don Amadeoy la República . La insurrección carlista - enCataluña y en las provincias vascongadas .Simpatías de don Carlos en Europa . Don Car-los en su carta-manifiesto á su hermano donAlfonso no habla nada de fueros . Al entrar enEspaña, en son de guerra en Mayo de 1872, no

Y SUS DEFENSAS

217

se acuerda de los Fueros . Tampoco los men-ta en la proclama de Zugarramurdi, en juliode 1873 . El clero y las mujeres devotas enel país vascongado . La leyenda de la prisióndel Papa . Escasez de las fuerzas carlistas en1873 . Don Castor de Andéchaga . El EstadoMayor de don Carlos . Todos eran en él ex-tranjeros. Aliados extranjeros, todos reaccio-narios. La guerra carlista tuvo carácter in-ternacional ; no el vascongado, ni el fuerista,ni aun el nacional. Don Carlos, al venir á Es-paña en 1873, no cumple el precepto foral dejurar los fueros, usos y costumbres de Vizca-ya. Desoye los ruegos y súplicas de todos .Disputa con las Diputaciones y les coartasus facultades. Tercera parte del discurso .Compatibilidad del concepto de la unidadconstitucional con el estado foral . Interpreta-ción de esta fórmula . La unidad constitucio-nal es los grandes deberes políticos, una pa-tria, un supremo Poder legislativo . Canarias,Cuba y Puerto Rico están dentro de esa uni-dad, á pesar de su especial organización yde no dar hombres ni dinero . Ejemplos to-mados de otras naciones . La Gran Bretaña,Inglaterra, Irlanda y Escocia . Los Países Ba-jos, el Luxemburgo . Prusia, Lannemburgo .Austria, Hungría . Cómo perdieron sus liber-tades algunos pueblos . Suiza y los cantones .

218

1876-LOS FUEROS

Hungría. Los Estados Unidos . Austria y Dal-macia. Prusia, Alsacia y Lorena . Divisio-nes entre los bilbaínos . Inconveniencia deabolir los Fueros . La Religión de los Fuerosno morirá .

RECTIFICACION

Al señor García López . Sobre la indepen-dencia de Vizcaya. No hay provincia autóno-ma que no dé hombres y dinero al Rey co-mún, á la Potencia soberana . Una Ley deFuero que habla de eso .

DISCURSOPRONUNCIADO EN E6

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

EL DIA 14 DE JULIO DE 1876

1'olt

DON GUMERSINDO VICUÑA

Y SUS DEFENSAS

221

SUMARIO

Resumen de los discursos anteriores . El ré-gimen foral y el Derecho político. El régimenforal es un texto de la Edad Media que espreciso conservar . Protesta de españolismo .La historia de las Provincias vascongadass vaconstantemente unida á la historia de Espa-ña. La guerra entre la República francesa yEspaña en 1795. Auxilios de estas provincias .Donativos de los vascongados . Los vascon-gados en la guerra de la independencia . Gue-rrilleros vascos . El general Mendizábal y elejército euskaro . Los vascongados en la gue-rra de Africa. Hombres y donativos . Losvascongados en Cuba . Voluntarios vasconga-dos en 1869. La cuestión del servicio military las contribuciones en las Provincias Vas-congadas. El servicio obligatorio y las mili-cias provinciales. Los vascongados pagan alEstado como los demás españoles . Quieren suautonomía y su antiguo y venerando régi-men, porque tienen derecho á ello . Cargosque se hacen á las Provincias Vascongadas .Su superior cultura y sus estados intelectualy moral las ponen á la cabeza de las prime-

222

1876-LOS FUEROS

ras. Ejemplos sacados de los hechos y de laHistoria. La lengua vascongada. La cuestióneconómica. Las Provincias son pobres, peropueden vivir desahogadamente al amparo desus leyes privativas . Movimiento comercial,bancario é industrial de las Provincias Vas-congadas . Lo que gastan las Provincias . Ca-rreteras, obras públicas, culto y clero, bene-ficencia é instrucción . Industrias vasconga-das. Los Fueros vascongados y la esclavituden Cuba. La abolición de los Fueros es injus-ta. Obedece á las iras excitadas de sus ene-migos .

DISCURSOPRONUNCIADO EN EL

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

LOS DIAS 17 Y 18 DE JULIO DE 1876

POR

DON FERMIN LASALA

Y SUS DEFENSAS

225

SUMARIO

El diputado y su distrito . Anticarlista y lealá los poderes constituidos y respetuosos conlos Fueros. ¿Conviene á España que se quitenlos Fueros? La unidad de las naciones . Launidad formal y la unidad esencial . La unidad

nacional en Inglaterra. La unidad que pidenlos antifueristas es imposible y contraprodu-cente. Castilla y Aragón . Los vascongadostenían el principio monárquico como vínculode unidad con España . El absolutismo en lasProvincias Vascongadas . El catolicismo enlas Provincias. Don Carlos personificaba launidad católica en España . Influencia de laIglesia francesa . Los carlistas no quisieronpactar los Fueros. Los vascongados y el re-conocimiento del Reino de Italia por doñaIsabel II, La religión y los Fueros . Los Fue-ros también son vinculo de unidad . Los Fue-ros son la bandera de los liberales vasconga-dos. Los vascongados y la Constitución de1812 . La guerra cruel de 1833 . La Ley de1839 . Luchas sobre la modificación de losFueros. La proclama de Somorrostro . Lasconferencias de los comisionados del país

15

226

1576-LOS FUEROS

vascongado con el Gobierno. La unidad cons-titucional . El servicio militar . Los Fueros nohan dilatado la unidad nacional . Conducta delos Gobiernos . El servicio militar foral. Da-tos históricos. Organización provincial delpaís vascongado. El problema de la unidadnacional. Las Provincias y Polonia . Hungría .Final patriótico .

RECTIFICACLON

Al Presidente del Consejo de Ministrossobre las conferencias de los comisionadosvascongados con el Gobierno . Actas de lasconferencias .

OTRAS RECTIFICACIONES

Sobre las conferencias . Sobre el plantea-miento del principio constitucional. Solucio-nes concretas y prácticas . No hay recti-ficación .

DISCURSO

pronmciade en el

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

el dia 18 de Julio de 1876

Pon

DON MARTIN GARMENDIA

Y SUS DEFENSAS

229

SUMARIO

Situación del orador por lo avanzado de ladiscusión. Invocación á la justicia del Con-greso. Ideas preliminares . Los Fueros y laLey de 25 de Octubre de 1839 . Los Fuerosde Guipuzcoa . Unión de Guipuzcoa á Casti-lla bajo Alfonso VIII . Fué voluntario, segúnlo prueban diferentes textos y documentos .Hechos históricos que lo prueban . Coleccio-nes de leyes en Guipuzcoa . Suplemento delFuero . Autonomía de Guipuzcoa, demostradapor los tratados que celebró con reinos ex-tranjeros. El tratado de Utrech . El pase foraly los tributos. Títulos de los Reyes de Casti-lla. El convenio de Vergara . Texto . de la leyde 25 de Octubre de 1839. Es una ley paccio-nada, un contrato innominado . Lo que decíaOlózaga. Las promesas de Espartero . Obli-gaciones del Gobierno de la Nación para conel país vascongado . Comunicación de 11 deSeptiembre de 1839 y proyecto que la acom-paña. Dictamen de la mayoría del Congresoen 1839. Párrafos principales del dictamenArticulado del voto particular de la minoría .Discursos de los Sres . Sancho, Madoz y Oló-

230

1876-LOS FUEROS

zaga. Juicio` acerca de los mismos . La cláusu-la «sin perjuicio» . Más discursos. Definiciónde la cláusula . Exención de quintas y de con-tribuciones. Reales cédulas de los Monarcascastellanos. Los vascongados prestaron susservicios á la Nación con arreglo á Fuero .Todos los hombres útiles son soldados en lasguerras contra los extranjeros . El artículo 2 .°de la ley abolitoria . Su objeto. El decreto de16 de Noviembre de 1839 . El de 29 de Octu-bre de 1841 . Más leyes sancionadas por lasCortes sobre quintas . Discursos de varios Di-putados. Sus deducciones . Las elecciones enlas Provincias Vascongadas á la conclusiónde la última guerra carlista. Final sentido .Rectificación al Sr. Payela, sobre la volunta-ria incorporación de Guipuzcoa .

DISCURSO

pronunciado co el

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

el dia 18 de Julio de 1876

YUR

DON FRANCISCO DE GOROSTIDI

Y SUS DEFENSAS

333

SUMARIO

El «¡Vae victis!» de Breno y los Fuerosvascongados. La ley de 25 de Octubre de1839. Su interpretación auténtica . Con arregloá ellos, las cortes no tienen derecho más queá hacer una modificación de los Fueros . Elmétodo que debe seguirse. Las comisionesvascongadas. ¿Quién ha roto el convenio deVergara? Contrafueros cometidos por los go-biernos. Causas de la guerra civil . La irreli-giosidad . Carlistas forzosos . Don Alfonso XIIen las provincias vascongadas. Los volunta-rios liberales vascongados . Servicios y sufri-mientos de los liberales vascongados contralos carlistas . Las capitales y los pueblos . Vic-timas de la guerra. Servicios de los vasconga-dos á Castilla . Hechos históricos . Peligro deimplantar las quintas en las provincias vas-cangadas . El sistema de quintas está ya muydesacreditado en todas partes . Servicio obli-gatorio. La opinión pública y los fueros .Amor de los vascongados á sus libertades .Los Fueros han hecho felices á los vasconga-

234 1876-LOS FUEROS

dos durante muchos siglos . Las prisiones car-listas. Lealtad de los vascongados . Ilógica dedestruir las libertades vascas en nombre dela libertad. El árbol de Guernica . Final desentimiento .

DISCURSO

pr .nuncisdo te el

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

el dia 18 de Julio de 1876

POR

DON MARTI N ZABALA

Y SUS DEFENSAS

237

SUMARIO

Actitud de la Cámara . Bilbao antes de laguerra y durante la guerra . La Milicia bil-baína. Bilbao con San Sebastián, Vitoria,Irún, Hernani y otras poblaciones vasconga-das, fueron el baluarte de la libertad . Bilbaono era carlista . Quiénes fueron á la facción .Títulos, hacendados y capacidades en mino-ría. La industria y el comercio de Bilbao es-tán en manos de los liberales . ¿A qué quitar-les los Fueros? Más bien merecen recompen-sa que castigo. Justa queja . Sentido após-trofe .

DISCURSO

pcononcindu en o!

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

el dia 18 de Julio de 1876

Poli

DON MANUEL DE BARANDICA

Y SUS DEFENSAS

241

SUMARIO

Cómo fué elegido Diputado estando enguerra el país. Rasgo de modestia . Cansanciode la Cámara. Las Provincias Vascongadasno han sido siempre provincias españolas .Documentos que prueban la independenciacia de Vizcaya . Clamor extemporáneo contralos Fueros. Don Alfonso XII en las Provin-cias. La Ley abolitoria ¿es ó no Ley de cas-tigo? Las causas de la guerra carlista. DonCastor de Andéchaga . Inculpabilidad de lasProvincias Vascongadas. Testimonio de laCámara. Cómo nació la insurrección carlistaFué un delito perdonable. Por que no se so-metieron los carlistas á Don Alfonso XII . De-seo de la paz en el país vascongado . Cálculosequivocados . Pobreza de las Provincias . Es-tas pagan realmente más de lo que cuestan .No se niegan á pagar . Sin Fueros no podríanpagar nada, sin arruinarse . Lo darían todopor la independencia de la patria. Rectifica-ción al Sr . Roda sobre los Procuradores de lasvillas realengas .

16

DICURSOpronunciado in el

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

el día 18 de Julio de 1876

POR

DON BRUNO MARTINEZ DE ARAG N

Y SUS DEFENSAS

245

SUMARIO

El artículo 3 .0 de la Ley abolitoria . Dere-cho de Alava á la exención de tributos . Actode agregación voluntaria á Castilla en 1332 .Reales cédulas . Posesión inmemorial y pres-cripción . Los Reyes de Castilla y los Fueros .Ejecutorias de los Tribunales . Las Provinciashan contribuido dentro de sus usos á soste-ner las cargas del Estado. La convenienciapolítica y la nacional . No hay unidad nacio-nal para las contribuciones . Las Provinciasno gastan nada al Estado . Cuotas imposibles .Los funerales de los Fueros . Rectificación alseñor García López acerca de lo que paganlas Provincias y origen de su deuda .

DISCURSOpronunciado eo el

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

el dia 17 de Julio de 1876

POR

DON ALEJANDRO PIDAL Y ION

Y SUS DEFENSAS

249

SUMARIO

Juicio de Dios . El orador no es vasconga-do. Lo que es el país vascongado. Para abo-lir los Fueros hay que violar el derecho ydesoir la voz de la conveniencia. La Ley de1839 era la encarnación del convenio de Ver-gara. La unidad constitucional compatiblecon los Fueros. El derecho de conquista noexiste. Sin los liberales vascongados, el car-lismo hubiera triunfado en las Provincias . AEspaña no le conviene la abolición de losFueros. Pagan más con Fueros . El árbol deGuernica. Los Fueros convertidos en armapolítica. Carácter odioso de represalia de laLey abolitoria . ¿Cuál es el crimen de las Pro-vincias Vascongadas? Haber sido el teatro dela guerra. Allí había hombres de todas lasProvincias de España . La opinión autorizadade Mañé y Flaquer . El fenómeno del carlis-mo . El carlismo y la revolución . Lo de Sa-gunto fué tan crimen como la insurreccióncarlista. Las causas de la guerra carlista nohan sido los Fueros . Lo fué la revolución de1868. Textos autorizados . El cantonalismoauxiliar del carlismo . Proporcionalidad de lapena con el supuesto delito . Los inocentes no

250

1870-LOS FUEROS

deben pagar por los culpables, ni los hijospor los padres . Cómo se hace la guerra enlas Provincias Vascongadas . La revolución,el absolutismo y los Fueros. Cánovas conti-nuador de Godoy en la obra contra los Fue-ros. La restauración y los Fueros . Sentidoapóstrofe á los vascongados . La unidad cató-lica. Rectificación á Romero Robledo sobreel carlismo .

INDICE

LOS FUEROS Y SUS (DEFENSAS

TOMO V .

CORTES DE 1876

VOL�MEN TEROERO

Páginas .

Discurso de D. Martín Garmendia5Rectificación 63Discurso de D . Francisco de Gorostidi . . . . 65Discurso de D . Martín Zabala89Discurso de D. Manuel de Barandica . . . . 101Rectificación 121Discurso de D. Bruno Martínez de Ara-

gónRectificación 140Discurso de Don Alejandro Pidal y Mon . . 143Rectificación 181Rectificación 190Rectificación 191Sumarios de los discursos de los tres to-

mos 16,17 y 18193

123

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