los Ángeles, ^g j^jl^ 2016 - ssbiobio.cl · remuneración bruta mensual de un profesional grado...

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Servicio ií« SaUMJ Btobio .rjf-'-. MCA/I'J J -K/idr 0Ü2945 RESOLUCIÓN EXENTAN' LOS ÁNGELES, ^g J^JL^ 2016 VISTOS: Correo electrónico del Subdirector de Recursos Humanos del Servicio de Salud Biobío, que solicita hacer un llamado público de antecedentes para proveer el cargo de Profesional reanimador para bases SAMU de este Servicio de Salud; ley de presupuesto N" 20882 y 20890 del año 2015; Decreto de expansión N"10/2016; la Resolución N51600/2008 de la Contraloría General de la República, los arts. 20, 21, 22 y 23 del D.L. N52763 de 1979 cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL 01/2005 del Ministerio de Salud, modificado por la Ley 20.209/2007; el art. 8 y9 del D.S. N^140 del 2004 del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud; el Decreto Supremo N^igS del 11.12.2014 del Ministerio de Salud, que me designa en el cargo de Directora de este Servicio de Salud, dicto la siguiente: RESOLUCION: APRUÉBASE el Perfil de Selección de antecedentes para provisión del cargo de Profesional Reanimador para las Bases SAMU del Servicio de Salud Bíobío. cuyos antecedentes se evaluarán de acuerdo a lo siguiente: Ministerio Ministerio de Salud Institución / Entidad Servicio de Salud Biobío Cargo Profesional Matrón, Kinesiólogo o Enfermero de Vacantes 5 (4 para la Base de Mulchén y 1 para la Base de Cabrero) Área de Trabajo Medicina /Salud Región Biobío Comuna Mulchén y Cabrero Tipo de Vacante Contrata -44 hrs. Condiciones El primer mes será un período a prueba en un contrato de 44 horas diurnas, con una Remuneración Bruta Mensual de un Profesional grado 15" de la Escala Única de Sueldos de $1.020.215 aprox. A partir del segundo mes, se incluye una asignación de 4° turno de $306.259 aprox. Déjese establecido que la persona seleccionada será nombrada en un empleo a contrata que dura como máximo hasta el 31 de diciembre de cada año, y la persona que lo sirva expira en sus funciones en esa fecha, por el sólo ministerio de la ley, salvo que se proponga una prórroga con a lo menos treinta días de anticipación. En el documento "formulario de postulación" debe indicar en orden de prioridad a las comunas que postula. Objetivo del cargo Brindar atención especializada en prehospitalaria y traslado secundario crítico de paciente, en coordinación con centro reguiador y de acuerdo a protocolos establecidos. Descripción del Cargo Jefatura Directa: Enfermero coordinador/supervisor SAMU Lugar de Desempeño: Mulchén o Cabrero. Equipo de Trabajo: está compuesto por el conductor del móvil yel técnico en enfermería. U. Reclutamiento y Selección de Personas Departamento Subdirección Recursos Humanos SS.BB. Avda. Ricardo Vicuña N®íí,7Los Angeles E-mail:selecció[email protected] Página 1 de 8

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Servicio ií«SaUMJ Btobio

.rjf-'-. •

MCA/I'J J -K/idr • 0Ü2945RESOLUCIÓN EXENTAN'

LOS ÁNGELES, ^g J^JL^ 2016

VISTOS: Correo electrónico del Subdirector de

Recursos Humanos del Servicio de Salud Biobío, que solicita hacer un llamado público de

antecedentes para proveer el cargo de Profesional reanimador para bases SAMU de este Serviciode Salud; ley de presupuesto N" 20882 y 20890 del año 2015; Decreto de expansión N" 10/2016; laResolución N51600/2008 de la Contraloría General de la República, los arts. 20, 21, 22 y 23 del D.L.

N52763 de 1979 cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL N°01/2005 del Ministerio de Salud, modificado por la Ley 20.209/2007; el art. 8 y9 del D.S. N^140del 2004 del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud; el DecretoSupremo N^igS del 11.12.2014 del Ministerio de Salud, que me designa en el cargo de Directora

de este Servicio de Salud, dicto la siguiente:

RESOLUCION:

APRUÉBASE el Perfil de Selección de antecedentes para provisióndel cargo de Profesional Reanimador para las Bases SAMU del Servicio de Salud Bíobío. cuyosantecedentes se evaluarán de acuerdo a lo siguiente:

Ministerio

Ministerio de Salud

Institución / EntidadServicio de Salud Biobío

Cargo

Profesional Matrón, Kinesiólogo o Enfermero

de Vacantes

5 (4 para la Base de Mulchén y 1 para la Base deCabrero)

Área de TrabajoMedicina /Salud

Región

Biobío

Comuna

Mulchén y Cabrero

Tipo de VacanteContrata -44 hrs.

Condiciones

El primer mes será un período a prueba en un contrato de 44 horas diurnas, con unaRemuneración Bruta Mensual de un Profesional grado 15" de la Escala Única de Sueldos de$1.020.215 aprox. A partir del segundo mes, se incluye una asignación de 4° turno de $306.259aprox.

Déjese establecido que la persona seleccionada será nombrada en un empleo a contrata que duracomo máximo hasta el 31 de diciembre de cada año, y la persona que lo sirva expira en susfunciones en esa fecha, por el sólo ministerio de la ley, salvo que se proponga una prórroga con alo menos treinta días de anticipación.

En el documento "formulario de postulación" debe indicar en orden de prioridad a las comunasque postula.

Objetivo del cargoBrindar atención especializada en prehospitalaria y traslado secundario crítico de paciente, encoordinacióncon centro reguiador y de acuerdo a protocolos establecidos.

Descripción del Cargo

Jefatura Directa: Enfermero coordinador/supervisor SAMU

Lugar de Desempeño: Mulchén o Cabrero.Equipo de Trabajo: está compuesto por el conductor del móvil yel técnico en enfermería.

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Subordinación a cargo: No tiene

Principales funciones del cargo:• Realizar evaluación y manejo de los pacientes en base a los protocolos vigentes y a

regulación médica.

• Capacitar al personal a cargo de acuerdo a lo programado y sugerir temas de acuerdo anecesidades detectadas.

• Participar en reuniones clínicas, administrativas ordinarias y extraordinarias.• Supervisar personal técnicos paramédicos y conductores en terreno.• Otras que su jefatura le asigne.

Perfil del Cargo

Los siguientes elementos componen el Perfil del Cargo y servirán para evaluar a los postulantes.

Formación Educacional

Título profesional de IVIatrón/a, Kinesiólogo/a o Enfermero/a, otras profesiones quedaránexcluidas del proceso, (según norma técnica N" 17 del IVIINSAL sobre sistema de atención médicade urgencia (SAMU))

Especialización y/o CapacitaciónConocimientos en temáticas relacionadas con:

• Curso MAS 80 hrs.. en caso de no poseerlo quedará excluido del proceso

• Deseable ACLS, PHTLS, PALS, NALS, APHA, FCCS.

• Deseable diplomado en atención Prehospitalaria.• Deseable manejo de tecnologías de comunicación.

Experiencia sector público / sector privado• Deseable experiencia mínima de 2 años en atención prehospitalaria, urgencia o UPC

certificada y comprobable.

Requisitos Generales• Título Profesional de una Carrera a lo menos de 8 semestres de duración, otorgado por una

Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados enChile de acuerdo con la legislación vigente.

• Cumplir con los requisitos para ingresar a la Administración del Estado, contenidos en losartículos 12 y 13 del DFL N°29/2004 del IVlinisterio de Hacienda, que fija texto refundido,coordinado y sistematizado de la Ley N" 18.834,sobre Estatuto Administrativo (verAnexo 1).

• No estar afectos a las inhabilidades e incompatibilidades contenidas en los artículos 54 y 56del DFL N°l-19653/2000 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el textorefundido, coordinado y sistematizado de la ley N" 18.575, Orgánica Constitucional de BasesGenerales de la Administración del Estado (ver Anexo 2).

Criterios de Selección

La Evaluación se llevará a cabo de forma sucesiva, por lo que para pasar a la etapa siguiente esnecesario aprobar la anterior. Todas las instancias se llevarán a cabo en la ciudad de Los Ángeles.

PUNTAJE

FACTOR MÁXIMO

1. Estudios y cursos de Formación Educacional y de 20

Capacitación 20

2. Experiencia Laboral3. Prueba de conocimientos técnicos 10

4. Adecuación al perfil de competencias 20

5. Apreciación global del candidato 30

TOTAL 100

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Etapa 1: Análisis de Formación Educacional y Capacitación: Esta etapa tiene como objetivoverificar los antecedentes educacionales y de capacitación de los candidatos planteados en elperfil.

i) Subfactor: Estudios de EspecializaciónSe evaluarán las especializaciones que tengan relación con las áreas de desempeño del cargo. Losestudios de especialización del postulante se cuantificarán según el puntaje indicado en lasiguiente tabla, considerándose solamente la categoría más alta (no son sumatorias).

Criterio Puntaje

Diplomado relacionado con el perfil del cargo 5

Estudios de especialización no relacionados con el cargo 0

En caso de que el postulante presente más de un diplomado, a partir del segundo se consideraráncomo horas de capacitación y serán evaluados de acuerdo a lo especificado en el punto iü.Subfactor Capacitación.

Se sugiere adjuntar la malla de contenidos, a fin de determinar con mayor precisión la pertinenciade la formación.

ii) Subfactor: CapacitaciónSe evaluarán los cursos de capacitación que tengan relación con las áreas de desempeño delcargo: ACLS, PHTLS, PALS, NALS, APHA, FCCS. Incluye actividades de capacitación aprobadas connota durante el período comprendido desde el año 2011 a la fecha y que se hayan realizadoposteriores a la obtención del título profesional.

Criterio Puntaje máximo

2,5 puntos por curso 15

Si alguno de los cursos está repetido, se considerará el último aprobado.Se sugiere adjuntar la malla de contenidos, a fin de determinar con mayor precisión la pertinenciade la capacitación.

Etapa 2: Análisis de Experiencia laboral:Se evaluará el nivel de experiencia laboral relacionada directamente con el área de desempeño delcargo. Para el cálculo se aplicará el siguiente puntaje:

> 3 años de experiencia laboral 20 puntos

> 2 hasta 3 años de experiencia laboral 15 puntos

> 1 hasta 2 años de experiencia laboral 10 puntos

> 6 meses hasta 1 año de experiencia laboral 5 puntos

Hasta 6 meses de experiencia laboral 1 punto

Sin experiencia laboral 0 puntos

Etapa 3: Evaluación de conocimientos técnicos:Se aplicará una evaluación de conocimientos técnicos en las áreas asociadas al cargo. La escala deevaluación va de Oa 10 puntos. Esta prueba se realizará a los mejores puntajes en la sumatoria delos Factores N°1y ^2, según los acuerdos tomados por el comité de selección.

Etapa 4: Evaluación psicolaboral:Se evaluará este factor a partir de la aplicación de una entrevista semiestructurada decompetencias, pruebas de rendimiento y otras de carácter complementario con el objeto dedetectar y medir las competencias asociadas al perfil del cargo. La entrevista y las pruebas seránrealizadas por un psicólogo a aquellos postulantes que obtengan los mejores puntajes en lasumatoria de los Factores N"l, N''2 y N'3, según losacuerdos tomados por el comité de selección.

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Etapa 4: Evaluación psícolaboral:Se evaluará este factor a partir de la aplicación de una entrevista semiestructurada decompetencias, pruebas de rendimiento y otras de carácter complementario con el objeto dedetectar y medir las competencias asociadas al perfil del cargo. La entrevista y las pruebas seránrealizadas por un psicólogo a aquellos postulantes que obtengan los mejores puntajes en lasumatoria de los Factores N°l, N°2 y KS, según los acuerdos tomados por el comité de selección.

El resultado de la evaluación de competencias tendrá el siguiente puntaje:

Si el Informe Psicolaboral es RECOMENDABLE 20 puntos

Si el Informe Psicolaboral es RECOMENDABLE CON OBSERVACIONES 15 puntos

Si el Informe Psicolaboral es NO RECOMENDABLE 0 puntos

• Sólo pasarán a la siguiente etapa quienes obtengan un informe psicolaboralRECOlVIENDABLE o RECOMENDABLE CON OBSERVACIONES.

• El Departamento Subdirección de Recursos Humanos del Servicio de Salud Biobío se reserva

el derecho de entregar del informe psicolaboral a los postulantes, independiente delresultado obtenido en esta etapa del proceso (Res. Ex. N° 685/2013 Consejo para laTransparencia).

• El lugar y horario se informará oportunamente vía correo electrónico. Los gastos de trasladoson de responsabilidad del postulante.

• Los postulantes que presenten alguna discapacidad que les produzca impedimento odificultades en la aplicación de los instrumentos de selección que se administrarán*, deberáninformarlo en su postulación, para adoptar las medidas pertinentes, de manera de garantizarla igualdad de condiciones a todos los postulantes que se presenten en este proceso.Consultas en relación a esta parte del proceso dirigirlas a [email protected]

*: Dificultades de tipo visual, auditivo, físico, tratamiento psicológico, farmacológico, etc.

Etapa 5: Apreciación Global del candidato: Esta etapa contempla la realización de una Entrevista

de Apreciación Global del candidato. Dicha entrevista será realizada por el Comité/Comisión deSelección. Pretende identificar las habilidades, conocimientos y competencias, de acuerdo al perfildel cargo.

Las entrevistas se realizarán a los postulantes que obtengan el mejor puntaje considerando lasumatoria de los factores N°l, N''2, N°3 y NM.Cada uno de los integrantes de la Comisión que participe en las entrevistas calificará a cadaentrevistado con un puntaje entre O y 30 puntos. El promedio de los puntajes de los integrantesdel Comité se asignará como puntaje final de la entrevista al postulante.El Comité de Selección estará compuesto por los siguientes integrantes en calidad de titulares:

a) Con derecho a voto:

• Subdirector de Recursos Físicos y Financieros del Servicio de Salud Biobío.• Subdirectora (S) de Gestión Asistencial del Servicio de Salud Biobío.• Subdirector de Recursos Humanos del Servicio de Salud Biobío.

• Encargada del proyecto SAMU del Servicio de Salud Biobío.• Médico Jefe SAMU Biobío.

• Supervisora Centro de Costo SAMU ComplejoAsistencial Dr. Víctor Ríos Ruiz.• Profesional Reanimador/Instructor SAMU Biobío.

• Representante de la FENPRUSS y FENATS de la Dirección del Servicio de Salud Biobío.

b) Con derecho a voz:• Encargada de la Unidad de Reclutamiento y Selección del Servicio de Salud Biobío, quien

actuará como ministro de fe y coordinador del comité.

El funcionamiento del Comité de Selección podrá funcionar, en esta etapa del proceso, siempreque concurran más del 50% de sus integrantes conderecho a voto, excluyendo de este porcentaje

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al representante de FENPRUSS y FENATS. En caso de ser necesario y para asegurar el óptimofuncionamiento de dicho Comité, el Servicio de Salud Biobío se reserva la facultad de designar aotros integrantes en reemplazo de los miembros titulares que no asistan a una o más de lassesiones de trabajo citadas.

El puntaje de cada postulante corresponderá a la nota promedio de evaluación proporcionada porla Comisión Evaluadora. El lugar y horario se informará oportunamente vía correo electrónico.

El Comité de Selección presentará a la Directora del Servicio de Salud Biobío, en ordendecreciente, nómina de los postulantes que hayan obtenido los más altos puntajes en el desarrollodel proceso para que ésta decida respecto del postulante más idóneo para desempeñarse en elcargo a proveer.

Desde la Unidad de Reclutamiento y Selección del Servicio de Salud Biobío se notificaráposteriormente al postulante seleccionado vía telefónica o correo electrónico. Comunicarátambién el resultado final del proceso a los demás postulantes dentro de los 10 días siguientes a laresolución.

Proceso de postulación y recepción de antecedentes

Las bases y respectivos formularios de postulación se encontrarán disponibles para descargarlosdesde la página web del Servicio de Salud Biobío, www.ssbiobio.cl/concursos.php.

Documentos requeridos para postularPara formalizar la postulación, los interesados deberán presentar la siguiente documentación:1) Formulario de Postulación y Curriculum Ciego, (indicar orden de preferencia de las comunas a

postular)2) Fotocopia del Certificado de Título Profesional (fotocopia simple).3) Certificado de inscripción en el registro de prestadores individuales en la Superintendencia de

Salud*.

4) Fotocopias de Certificados que acrediten capacitación, se sugiere acompañar además lamalla de contenidos.

5) Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral (en caso de presentarcertificado del empleador ya sea contratado u honorarios, éste debe indicar el cargo yfunciones realizadas y acompañar las cotizaciones de AFP del período donde trabajó paraaquel empleador o, si fue a honorarios, las boletas de honorarios. Para el caso de losfuncionarios públicos, en caso de presentar una relación de servicios, además deberáacompañar un certificado que indique el cargo o funciones realizadas).

*En el caso de profesionales clínicos, deberán adjuntar Certificado de inscripción en el RegistroNacional de Prestadores Individuales de la Superintendencia de Salud.

La recepción de postulaciones y antecedentes se extenderá dentro de los plazos estipulados en elcronograma del proceso en la Oficina de Partes del Servicio de Salud Biobío, ubicado en AvenidaRicardo Vicuña N°147 interior. Edificio 7, 4° piso. Los Ángeles; de Lunes a Jueves en horario de08:00 a 17:00 horas y Viernes en horario de 08:00 a 16:00 horas, en un sobre cerrado indicando elnombre del cargo al que postula y apellido paterno y materno del interesado. Dicho sobre puedeentregarlo tanto el interesado como cualquier otra persona. Se pueden enviar documentos porcorreo certificado.

Notas; No se recibirán antecedentes por correo electrónico. Todos los documentos debenenviarse corcheteados. Se pueden enviar documentos por correo certificado durante el plazo depostulación, en cuyo caso deberá enviar un aviso al Correo de Contacto (ver última página) paraconsiderar su postulación en caso de retraso por parte de la empresa de traslados.

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Calendarízación del proceso

Fase Fechas

Difusión y plazo de postulación 18 al 26 de julio de 2016

Proceso de evaluación y selección del postulante 27 de julio al 31 de agosto de 2016

Asumo de funciones 01 de septiembre de 2016

Correo de Contacto

seleccion.personal@ssbiobÍo.cl

Condiciones Generales

- A la fecha de cierre de la recepción de las postulaciones al proceso de selección, las personasInteresadas deberán haber acreditado por completo todos sus antecedentes y requisitossolicitados.

- Los postulantes son responsables de la completitud y veracidad de la información que presentan.- En el caso de considerar que los postulantes no se ajustan al perfil definido por la institución, laDirección de! Servicio de Salud Biobío se reserva el derecho de declarar total o parcialmente

desierto el presente proceso, sin expresión de causa.

- No existirá instancia de apelación de la decisión adoptada.

- Las citaciones a la evaluación psicológica y entrevista personal se efectuarán a la casillaelectrónica indicada por el postulante.

- Las dudas o consultas luego de finalizado el proceso se podrán realizar hasta por diez días hábilespor medio de la OIRS del Servicio de Salud Biobío.

- La Subdirección de Recursos Humanos del Servicio de Salud Biobío se reserva el derecho a

modificar las fechas del mencionado cronograma, en el caso de estimarlo necesario y convenientepara el mejor desarrollo del proceso.- Los antecedentes presentados por los postulantes podrán ser retirados una vez concluido elproceso de selección en la Unidad de Reclutamiento y Selección del Servicio de Salud Biobío, hasta20 días corridos; en caso contrario se procederá a su eliminación.

Nota:

El uso de un lenguaje que no discrimine ni marque diferencias entre hombres y mujeres ha sidouna preocupación en la elaboración de este documento, sin embargo, y con el fin de evitar lasobrecarga gráfica que supondría utilizar en español o/a para marcar la existencia de ambos sexos,se ha optado por utilizar el masculino genérico, en el entendido de que todas las menciones en talgénero representan siempre a todos/as, hombre y mujeres, abarcando claramente ambos sexos.

ANÓTESE YCOMUNIQUESE

DIRECTOR

DRA. MA|

nao DE SALUD BIOBÍO

ANDiA

Res. Int. 11/2016Distribución

• Subdirección Gestión Asistencial, Recursos Humanosy Recursos Tísicos y Financieros, Servicio de Salud Biobío• Depto. Asesoría Jurídica, Auditoría, Apoyo y Control de Gesiión, Participación Ciudadana, Relaciones Públicas y

Comunicaciones, Servicio de Salud Biobío

• Complejo Asistencial Dr.Víctor Ríos Ruiz• Hospitales; Yumbel, Laja, Huépil, Nacimiento, Santa Bárbara YMulchén• Of. Partes Servicio de Salud Biobío

U.Reclutamientoy Selección de Personas - Departamento Subdirección Recursos HumanosSS.BB.Avda. RicardoVicuña N0147 LosAngelesE-mail: 5elección.personal(a)ssbiobio.cl

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ANEXO N' 1

www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de ChileTipo Norma : Decreto con Fuerza de Ley 29Fecha Publicación : 16-03-2005

Fecha Promulgación : 16-05-2004Organismo : MINISTERIO DE HACIENDA

Título : FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO YSISTEMATIZADO DE LA LEYNS 18.834, SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO

Tipo Versión : Última Versión De;19-06-2009Inicio Vigencia : 19-06-2009Última Modificación : 19-JUN-2009 Ley 20348URL : http://www.leychile.cl/N?i=236392&f=2009-06-19&p=FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY N? 18.834, SOBRE ESTATUTOADMINISTRATIVO

D.F.L. Núm. 29.- Santiago, 16 de junio de 2004.-

Visto: Lo dispuesto en el artículo 61 de la Constitución Política de la República y la facultad que me haconferido el artículo décimo transitorio de la ley N® 19.882. Decreto con fuerza de ley:Fíjese el siguiente texto refundido, coordinado y sistematizado del Estatuto Administrativo, aprobado por laley NS 18.834:

Artículo12." Para ingresar a la Administración del Estado será necesario cumplir los siguientes requisitos:a) Ser ciudadano; no obstante, en casos de excepción determinados por la autoridad llamada a hacer elnombramiento, podrá designarse en empleos a contrata a extranjeros que posean conocimientos científicoso de carácter especial. Los respectivos decretos o resoluciones de la autoridad deberán ser fundados,especificándose claramente la especialidad que se requiere para el empleo y acompañándose el certificadoo título del postulante. En todo caso, en igualdad de condiciones, se preferirá a los chilenos.b) Haber cumplido con la ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente;c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo;d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por lanaturaleza del empleo exija la ley;

e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, opor medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración defunciones

f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por crimen osimple delito.

Artículo 13." Los requisitos señalados en las letras a), b) y d) del artículo anterior, deberán ser acreditadosmediante documentos o certificados oficiales auténticos. El requisito establecido en la letra c) del artículoque precede, se acreditará mediante certificación del Servicio de Salud correspondiente. El requisito detítulo profesional o técnico exigido por la letra d) del artículo anterior, se acreditará mediante los títulosconferidos en la calidad de profesional o técnico, según corresponda, de conformidad a las normas legalesvigentes en materia de Educación Superior.

El requisito fijado en la letra e) será acreditado por el interesado mediante declaración jurada simple. Lafalsedad de esta declaración hará incurrir en las penas del artículo 210 del Código Penal será acreditado porel interesado mediante declaración jurada simple. La falsedad de esta declaración hará incurrir en las penasdel ari:ículo 210 del Código Penal. La institución deberá comprobar el requisito establecido en la letra f) delartículo citado, a través de consulta al Servicio de Registro Civil e Identificación, quien acreditará este hechomediante simple comunicación. La cédula nacional de identidad acreditará la nacionalidad y demás dalosque ella contenga. Todos los documentos, con excepción de la cédula nacional de identidad, seránacompañados al decreto o resolución de nombramiento y quedarán archivados en la Contraloría General dela República, después del respectivo trámite de torna de razón.

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ANEXO N° 2

www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de ChileTipo Nornna : Decreto con Fuerza de Ley 1; Decreto con Fuerza de Ley 1-19653Fecha Publicación : 17-11-2001

Fecha Promulgación : 13-12-2000Organismo : MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA

Título : FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY N9 18.575,ORGANICA CONSTITUCIONAL DE BASES GENERALES DE LA ADMINISTRACION DEL

ESTADO

Tipo Versión : Última Versión De:20-04-2009Inicio Vigencia : 20-04-2009

URL : http://www.leychile.cl/Navegar/?idNorma=191865&idVersion=2009-04-20&idParte

FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY N^ 18.575, ORGANICA

CONSTITUCIONAL DE BASES GENERALES DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO

D.F.L. Núm. 1/19.653.- Santiago, 13 de diciembre de 2000.-Visto: Lo dispuesto en el Artículo 61 de la Constitución Política de la República y la facultad que me haconferido el Artículo 42 transitorio de la ley NS19.653.Decreto con fuerza de ley

Artículo 54.- Sin perjuicio de las inhabilidades especiales que establezca la ley, no podrán ingresar a cargosen la Administración del Estado:

a) Las personas que tengan vigente o suscriban, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendentes adoscientas unidades tributarias mensuales o más, con el respectivo organismo de la Administración Pública.Tampoco podrán hacerlo quienes tengan litigios pendientes con la institución de que se trata, a menos quese refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercergrado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive. Igual prohibición regirá respecto de los directores,administradores, representantes y socios titulares del diez por ciento o más de los derechos de cualquierclase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendentes a doscientas unidadestributarias mensuales o más, o litigios pendientes, con el organismo de la Administración a cuyo ingreso sepostule.b) Las personas que tengan la calidad de cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado deconsanguinidad y segundo de afinidad inclusive respecto de las autoridades y de los funcionarios directivosdel organismo de la administración civil del Estado al que postulan, hasta el nivel de jefe de departamento osu equivalente, inclusive.

c) Las personas que se hallen condenadas por crimen o simple delito.

Artículo 56.- Todos los funcionarios tendrán derecho a ejercer libremente cualquier profesión, industria,comercio u oficio conciliable con su posición en la Administración del Estado, siempre que con ello no seperturbe el fiel y oportuno cumplimiento do sus deberes funcionarios, sin perjuicio de las prohibiciones olimitaciones establecidas por ley. Estas actividades deberán desarrollarse siempre fuera de la jornada detrabajo y con recursos privados. Son incompatibles con la función pública las actividades particulares cuyoejercicio deba realizarse en horarios que coincidan total o parcialmente con la jornada de trabajo que setenga asignada. Asimismo, son incompatibles con el ejercicio de la función pública las actividadesparticulares de las autoridades o funcionarios que se refieran a materias específicas o casos concretos quedeban ser analizados, informados o resueltos por ellos o por el organismo o servicio público a quepertenezcan; y la representación de un tercero en acciones civiles deducidas en contra de un organismo dela Administración del Estado, salvo que actúen en favor de alguna de las personas señaladas en la letra b) delArtículo 54 o que medie disposición especial de ley que regule dicha representación. Del mismo modo sonincompatibles las actividades de las ex autoridades o ex funcionarios de una institución fiscalizadora queimpliquen una relación laboral con entidades del sector privado sujetas a la fiscalización de ese organismo.Esta incompatibilidad se mantendrá hasta seis meses después de haber expirado en funciones.

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