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Alba M Da’silva G. Lisseth Sánchez Damarys Solórzano República Bolivariana de Venezuela. Ministerio de Educación Superior. Universidad Arturo Michelena Valencia-Carabobo Ley Orgánica De La Jurisdicción Ley Orgánica De La Jurisdicción Contencioso Administrativa Contencioso Administrativa

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Page 1: Lojca

Alba M Da’silva G.Lisseth Sánchez

Damarys Solórzano

República Bolivariana de Venezuela.

Ministerio de Educación Superior.Universidad Arturo Michelena

Valencia-Carabobo

Ley Orgánica De La Jurisdicción Ley Orgánica De La Jurisdicción Contencioso AdministrativaContencioso Administrativa

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LOJCA LOJCA Derecho Contencioso Administrativo Ley Orgánica de la

Jurisdicción Contencioso Administrativa, (Gaceta Oficial Nº 39.447 del 16 de junio de 2010) Objeto Regular la organización, funcionamiento y competencia de los órganos de la Jurisdicción

Contencioso Administrativa, salvo lo previsto en leyes especiales.

Principios Los órganos de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, orientarán su actuación por los principios de

justicia gratuita, accesibilidad, imparcialidad, idoneidad, transparencia, autonomía, independencia, responsabilidad,

brevedad, oralidad, publicidad, gratuidad, celeridad e inmediación.

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1. La Sala Político Administrativa.2. Juzgados Nacionales de la Jurisdicción Administrativa.3. Los Juzgados Superiores Estadales de la Jurisdicción Administrativa.4. Los Juzgados Municipales de la Jurisdicción Administrativa.

Estructura Orgánica de la Estructura Orgánica de la Jurisdicción AdministrativaJurisdicción Administrativa

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1. Las Competencias de la Sala Político Administrativa. Las demandas que se ejerzan contra la República, los Estados, los Municipios, o algún instituto autónomo, ente público o empresa, en la cual la República, los Estados, los Municipios u otros de los entes mencionados tengan participación decisiva, si su cuantía se exceda de 70.000 U.T.

2. Competencias de los Juzgados Nacionales de la Jurisdicción Administrativa.

Su cuantía mínimo 30.000 U.T. y su tramo máximo en un monto 70.000 U.T.

3. Competencias de los Juzgados Superiores Estadales de la Jurisdicción Administrativa.

La cuantía de la demanda no excedan de 30.000 U.T.

4. Competencia de los Juzgados de Municipio de la Jurisdicción Administrativa.

Conocer de las demandas que interpongan los usuarios o las organizaciones públicas o privadas que los representen, por la deficiente prestación de los servicios público; y cualquier otra demanda o recurso que le atribuyan las leyes. Residualmente, conocerán de las demás acciones que por la dinámica local y comunitaria puedan suscitarse en protección de los intereses colectivos y difusos.

Competencia de los Órganos Competencia de los Órganos de la Jurisdicción de la Jurisdicción AdministrativaAdministrativa

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1. Disposiciones Generales. Capacidad, Legitimación e Interés. En el Titulo IV de la Ley se consagran innovaciones trascendentales referidas a los Procedimientos de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

2. Disposiciones Comunes a los Procedimientos. Se ha establecido un procedimiento para las demandas que se tramitaran conforme lo previsto en la Ley y la aplicación supletoria de las normas de procedimiento de la ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y del Código de Procedimiento Civil (Art. 31).

Procedimiento de la Procedimiento de la Jurisdicción AdministrativaJurisdicción Administrativa

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1. Las demandas de Contenido Patrimonial. El primer procedimiento que se contempla referido a las Demandas de Contenido Patrimonial, regirá las demandas en que sean partes los sujetos enunciados en el artículo 7 de la Ley.

2. El Procedimiento Breve. Este procedimiento breve ha sido especialmente concebido para demandas que no tengan contenido patrimonial o indemnizatorio,

referida a los Reclamos por la omisión, demora o deficiente prestación de los servicios Públicos, Vías de Hecho y Abstención. (Art. 65).

3. Procedimiento común a las demandas de Nulidad, Interpretación y Controversias Administrativas. Este procedimiento regulara la tramitación de las demandas que se ejerzan para declarar la nulidad de actos de efectos particulares y generales, la interpretación de leyes y las controversias administrativas.

Procedimiento de Primera Procedimiento de Primera InstanciaInstancia

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Procedimiento de Segunda Instancia. El procedimiento de segunda instancia no presenta innovaciones que ameriten destacarse, sino en lo

relativo al lapso para decidir, establecido en treinta (30) días de despacho siguientes al vencimiento del lapso para la contestación de la apelación,

prorrogables justificadamente por un lapso igual.

Procedimiento de Segunda Procedimiento de Segunda InstanciaInstancia

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La ley consagra el Recurso Especial de Juridicidad, mediante el cual la Sala Político Administrativa a solicitud de parte, podrá revisar los fallos definitivos dictados en segunda instancia por los Tribunales de la Jurisdicción Administrativa, que violenten o transgredan el ordenamiento jurídico.

Procedimiento del Recurso Procedimiento del Recurso Especial de JuridicidadEspecial de Juridicidad

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En cualquier estado y grado del procedimiento el Tribunal podrá acordar medidas cautelares cuando exista presunción grave del derecho que se reclama, a fin de evitar que se haga ilusoria la ejecución del fallo. Si lo solicitado es un amparo, solo se exigirá la referida presunción. En las causas de contenido patrimonial, el tribunal podrá exigir al solicitante una garantía suficiente, en los términos del artículo 590 del Código de Procedimiento Civil.

Procedimiento de Medidas Procedimiento de Medidas CautelaresCautelares

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Con relación a la ejecución voluntaria de sentencias contra la República o los Estados, se establece que el procedimiento aplicable será el establecido en la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Del mismo modo, con relación a los Municipios se aplicara el procedimiento establecido en la Ley especial que rija al Poder Público Municipal. En cuanto a la ejecución de sentencias contra los particulares, se aplicará lo dispuesto en el Código de Procedimiento Civil. 

Ejecución de SentenciaEjecución de Sentencia

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Como Disposición Final, se establece que los sustantivos y adjetivos escritos en género masculino en la Ley tiene un sentido común, referido por igual a mujeres y hombres.

Disposiciones Transitorias y Disposiciones Transitorias y FinalesFinales

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……Gracias….Gracias….