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LEY ORGÁNICA 2/2006 DE EDUCACIÓN (LOE)

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Education


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Presentación que resume los aspectos relevantes de la LOE

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Page 1: Loe Y Decretos

LEY ORGÁNICA 2/2006DE EDUCACIÓN (LOE)

Page 2: Loe Y Decretos

OBJETIVO:

MEJORAR LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN, DEBIENDO LLEGAR ÉSTA

A TODOS LOS JÓVENES, SIN EXCLUSIONES.

CALIDAD EQUIDAD

DOS PRINCIPIOS INDISOCIABLES

Page 3: Loe Y Decretos

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES

1.- PROPORCIONAR UNA EDUCACIÓN DE CALIDAD A TODOS LOS CIUDADANOS DE AMBOS SEXOS, EN TODOS LOS NIVELES DEL SISTEMA EDUCATIVO.

Al mismo tiempo, se debe garantizar a todos los alumnos una igualdad efectiva de oportunidades, mediante los

apoyos necesarios, tanto para los alumnos que lo requieran como para los centros en los que están escolarizados.

Se trata de conseguir que todos los ciudadanos alcancen el máximo desarrollo posible de sus capacidades, para lo que necesitan recibir una educación de calidad adaptada a sus

necesidades.

Page 4: Loe Y Decretos

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES

2.- EL PRINCIPIO ANTERIOR EXIGE INELUDIBLEMENTE LA REALIZACIÓN DE UN ESFUERZO COMPARTIDO. LA

NECESIDAD DE QUE TODOS LOS COMPONENTES DE LACOMUNIDAD EDUCATIVA COLABOREN

La responsabilidad del éxito escolar de todo el alumnado no sólo recae sobre los alumnos y las alumnasindividualmente considerados, sino también sobre sus familias, el profesorado, los centros docentes, las Administraciones educativas y, en última instancia, sobre la sociedad en su conjunto.

Sin un esfuerzo personal, fruto de una actitud responsable y comprometida con la propia formación, es muy difícil conseguir el pleno desarrollo de las capacidades individuales.

Page 5: Loe Y Decretos

PRINCIPIOS FUNDAMENTALESLas familias habrán de colaborar estrechamente y deberán comprometerse con el trabajo cotidiano de sus hijos y con la vida de los centros docentes.

La sociedad, en suma, habrá de apoyar al sistema educativo y crear un entorno favorable para la formación personal a lo largo

de toda la vida.

Las Administraciones educativas tendrán que facilitar a todos los componentes de la comunidad escolar el cumplimiento de sus funciones, proporcionándoles los recursos que necesitan y reclamándoles al mismo tiempo su compromiso y esfuerzo

Los centros y el profesorado deberán esforzarse por construir entornos de aprendizaje ricos, motivadores y exigentes

Page 6: Loe Y Decretos

PRINCIPIOS FUNDAMENTALESUna de las consecuencias más relevantes del principio del

esfuerzo compartido consiste en la necesidad de llevar a cabo una escolarización equitativa del alumnado entre los distintos

centros docentes

Se trata de que todos los centros, tanto los de titularidad pública como los concertados, asuman su compromiso

social con la educación y realicen una escolarización sin exclusiones, acentuando así el carácter complementario

de ambas redes escolares, aunque sin perder su singularidad.

A cambio, todos los centros sostenidos con fondos públicos deberán recibir los recursos materiales y

humanos necesarios para cumplir sus tareas.

Page 7: Loe Y Decretos

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES3.- COMPROMISO DECIDIDO CON LOS OBJETIVOS

EDUCATIVOS PLANTEADOS POR LA UNIÓN EUROPEA PARA LOS PRÓXIMOS AÑOS.

Facilitar el acceso generalizado a los sistemas de educación y formación

La Unión Europea se ha propuesto mejorar la calidad y la eficacia de los sistemas de educación y de formación, lo que implica:

• mejorar la capacitación de los docentes, • desarrollar las aptitudes necesarias para la sociedad del

conocimiento, • garantizar el acceso de todos a las TICs, • aumentar la matriculación en los estudios científicos y técnicos • aprovechar al máximo los recursos disponibles.

Abrir estos sistemas al mundo exterior, lo que exige reforzar los lazos con la vida laboral, con la investigación y con la sociedad en general, desarrollar el espíritu emprendedor, mejorar el aprendizaje de idiomas extranjeros, aumentar la movilidad y los intercambios y reforzar la cooperación europea.

Page 8: Loe Y Decretos

Enseñanzas del Sistema EducativoDE RÉGIMEN GENERAL

• Educación infantil• Educación primaria• Educación Secundaria:

– Educación Secundaria Obligatoria

– Educación Secundaria Postobligatoria:

• Bachillerato• F. P. de Grado Medio• Enseñanzas de Artes

Plásticas y Diseño de Grado Medio

• Enseñanzas deportivas de Grado Medio

DE RÉGIMEN ESPECIAL :

• Enseñanzas Artísticas• Enseñanzas de Idiomas• Enseñanzas Deportivas

• Educación superior:– F. P. Grado Superior– Enseñanzas artísticas

superiores– Enseñanzas de Artes

Plásticas y Diseño de Grado superior

– Enseñanzas deportivas de Grado Medio

– Enseñanzas Universitarias

Page 9: Loe Y Decretos

La enseñanza básica comprende la Educación Primaria y la Educación Secundaria Obligatoria. La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.

La enseñanza básica incluye diez años de escolaridad.Se iniciará a los seis años de edad y se extenderá hasta los dieciséis.

No obstante, los alumnos tendrán derecho a permanecer en régimen ordinariocursando la enseñanza básicahasta los dieciocho años de edad

ENSEÑANZA BÁSICA

Page 10: Loe Y Decretos

CURRíCULO

Se entiende por currículo el conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos

pedagógicos y criterios de evaluación

Con el fin de asegurar una formación común y garantizar la validez de los títulos correspondientes, el Gobierno fijará, en relación con los objetivos, competencias básicas, contenidos y criterios de evaluación, los aspectos básicos del currículo

que constituyen las enseñanzas mínimas

Los contenidos básicos de las enseñanzas mínimas requerirán el 55 por ciento de los horarios escolares para las Comunidades Autónomas que tengan lengua cooficial y el 65

por ciento para aquéllas que no la tengan.

Page 11: Loe Y Decretos

EDUCACIÓN INFANTIL• La educación infantil tiene carácter voluntario• Su finalidad es la de contribuir al desarrollo físico, afectivo,

social e intelectual de los niños.• La educación infantil contribuirá a desarrollar en los niños y

niñas las capacidades que les permitan: – a) Conocer su propio cuerpo y el de los otros, sus posibilidades

de acción y aprender a respetar las diferencias – b) Observar y explorar su entorno familiar, natural y social. – c) Adquirir progresivamente autonomía en sus actividades

habituales. – d) Desarrollar sus capacidades afectivas. – e) Relacionarse con los demás y adquirir progresivamente pautas

elementales de convivencia y relación social y ejercitarse en la resolución pacífica de conflictos.

– f) Desarrollar habilidades comunicativas en diferentes lenguajes y formas de expresión.

– g) Iniciarse en las habilidades lógico-matemáticas, en la lecto-escritura y en el movimiento, el gesto y el ritmo .

Page 12: Loe Y Decretos

EDUCACIÓN INFANTIL• La etapa de educación infantil se organiza en dos

ciclos:– El primero comprende hasta los tres años, y – el segundo, desde los tres a los seis años de edad.

• En ambos ciclos se atenderá: – al desarrollo afectivo, – al movimiento y los hábitos de control corporal, – a las manifestaciones de la comunicación y del lenguaje, – a las pautas elementales de convivencia y relación social y – al descubrimiento de las características físicas y sociales del

medio en el que vivenSe facilitará que:– elaboren una imagen de sí mismos positiva y equilibrada y – adquieran autonomía personal.

Page 13: Loe Y Decretos

EDUCACIÓN INFANTIL− Los contenidos educativos de la educación infantil se

organizarán en áreas correspondientes a ámbitos propios de la experiencia y del desarrollo infantil y se abordarán por medio de actividades globalizadas que tengan interés y significado para los niños.

– Se procurará que niños y niñas:• aprendan a hacer uso del lenguaje, • descubran las características físicas y sociales del medio

en el que viven, • elaboren una imagen de sí mismos positiva y equilibrada y • adquieran los hábitos básicos de comportamiento que les

permitan una elemental autonomía personal.

Page 14: Loe Y Decretos

EDUCACIÓN INFANTIL• Las Administraciones educativas fomentarán:

– una primera aproximación a la lengua extranjera en el segundo ciclo, especialmente en el último año.

– una primera aproximación a la lectura y a la escritura – experiencias de iniciación temprana en habilidades

numéricas básicas– la iniciación temprana en el uso de las tecnologías de la

información y de la comunicación. – La expresión visual y musical

• Los métodos de trabajo en ambos ciclos– se basarán en las experiencias, las actividades y el juego y – se aplicarán en un ambiente de afecto y confianza, para

potenciar su autoestima e integración social.

Page 15: Loe Y Decretos

PROFESORADO DE EDUCACIÓN INFANTIL

• Primer ciclo: – Profesionales que posean el título de Maestro con la

especialización en educación infantil y, en su caso, de otro personal con la debida titulación para la atención a las niñas y niños de esta edad.

– En todo caso, la elaboración y seguimiento de la propuesta pedagógica estarán bajo la responsabilidad de un profesional con el título de Maestro de educación infantil.

• Segundo ciclo: – Será impartido por profesores con el título de Maestro y la

especialidad en educación infantil y podrán ser apoyados, en su labor docente, por maestros de otras especialidades cuando las enseñanzas impartidas lo requieran.

Page 16: Loe Y Decretos

EDUCACIÓN INFANTIL• Las Administraciones públicas promoverán un

incremento progresivo de la oferta de plazas públicas en el primer ciclo. A tal fin, determinarán las condiciones en las que podrán establecerse convenios con las corporaciones locales, otras Administraciones y entidades privadas sin fines de lucro.

• El segundo ciclo de la educación infantil será gratuito.

• Las Administraciones educativas garantizarán la existencia de plazas suficientes en los centros públicos y concertarán con centros privados en el contexto de su programación educativa.

Page 17: Loe Y Decretos

EDUCACIÓN PRIMARIA• La educación primaria comprende seis cursos académicos, que se

cursarán ordinariamente entre los seis y los doce años de edad.

• La finalidad de la educación primaria es proporcionar a todos los niños y niñas una educación que permita:– Afianzar su desarrollo personal y su propio bienestar, – Adquirir las habilidades culturales básicas relativas a

• la expresión y comprensión oral, • la lectura, la escritura y el cálculo,

– Desarrollar:• las habilidades sociales, • los hábitos de trabajo y estudio, • el sentido artístico, la creatividad y la afectividad.

• La acción educativa en esta etapa procurará la integración de las distintas experiencias y aprendizajes del alumnado y se adaptaráa sus ritmos de trabajo.

Page 18: Loe Y Decretos

EDUCACIÓN PRIMARIA• Se organizará en tres ciclos de dos años cada uno

• Las áreas de esta etapa serán:– Conocimiento del medio natural, social y cultural. – Educación artística. – Educación física. – Lengua castellana – Lengua extranjera. – Matemáticas.

• En uno de los cursos del tercer ciclo de la etapa, se añadirá la de educación para la ciudadanía y los derechos humanos, en la que se prestará especial atención a la igualdad entre hombres y mujeres.

• En el tercer ciclo de la etapa, las Administraciones educativas podrán añadir una segunda lengua extranjera.

• La acción tutorial orientará el proceso educativo individual y colectivo del alumnado.

Page 19: Loe Y Decretos

EDUCACIÓN PRIMARIA• En esta etapa se pondrá especial énfasis en la atención a la

diversidad del alumnado, en la atención individualizada, en la prevención de las dificultades de aprendizaje y en la puesta en práctica de mecanismos de refuerzo tan pronto como se detecten estas dificultades.

• Sin perjuicio de su tratamiento específico en algunas de las áreas de la etapa,

– la comprensión lectora, – la expresión oral y escrita, – la comunicación audiovisual, – las tecnologías de la información y la comunicación y – la educación en valores, se trabajarán en todas las áreas.

• A fin de fomentar el hábito de la lectura se dedicará un tiempo diario a la misma.

Page 20: Loe Y Decretos

EDUCACIÓN PRIMARIAEVALUACIÓN:

– Continua y global y tendrá en cuenta su progreso en el conjunto de las áreas.

– Los alumnos que no hayan alcanzado alguno de los objetivos podrán pasar al ciclo siguiente siempre que esa circunstancia no les impida seguir con aprovechamiento el nuevo curso. En este caso recibirán los apoyos necesarios para recuperar dichos objetivos.

– Cuando un alumno no haya alcanzado las competencias básicas, podrá permanecer un curso más en el mismo ciclo . Esta medida podrá adoptarse una sola vez a lo largo de la Educación Primaria y con un plan específico de refuerzo o recuperación de sus competencias básicas.

– Cada alumno dispondrá al finalizar la etapa de un informe sobre su aprendizaje, los objetivos alcanzados y las competencias básicas adquiridas.

– Se establecerán medidas de coordinación para garantizar la continuidad de su proceso de formación

Page 21: Loe Y Decretos

EDUCACIÓN PRIMARIA

– EVALUACIÓN de DIAGNÓSTICO:

Al finalizar el segundo ciclo de la educación primaria todos los centros realizarán una evaluación de diagnóstico de las

competencias básicas alcanzadas por sus alumnos.

Esta evaluación, competencia de las Administraciones educativas, tendrá carácter formativo y orientador para los centros e informativo para las familias y para el conjunto de la comunidad educativa.

Page 22: Loe Y Decretos

PROFESORADO DE EDUCACIÓN PRIMARIA

– Para impartir las enseñanzas de educación primaria será necesario:

• Tener el título de Maestro de educación primaria, sin perjuicio de la habilitación de otras titulaciones universitarias que, a efectos de docencia pudiera establecer el Gobierno para determinadas áreas.

– La educación primaria será impartida por maestros, que tendrán competencia en todas las áreas de este nivel.

– La enseñanza de la música, de la educación física, de los idiomas extranjeros o de aquellas otras enseñanzas que determine el Gobierno, serán impartidas por maestros con la especialización o cualificación correspondiente.

Page 23: Loe Y Decretos

PROPUESTA DE DECRETO DE ENSEÑANZA DE EDUCACIÓN

PRIMARIA DE ANDALUCÍA (ASPECTOS DESTACABLES)

Page 24: Loe Y Decretos

Decreto de Enseñanza de Educación Primaria de Andalucía (Aspectos destacables)

•• COMPETENCIAS BCOMPETENCIAS BÁÁSICASSICAS como referente

• La LECTURA LECTURA como factor esencial en el desarrollo de las competencias básicas. Para ello, los centros dedicarán a la lectura un tiempo diario no un tiempo diario no inferior a 30 minutos en todos los cursos de la etapa.inferior a 30 minutos en todos los cursos de la etapa.

• Organización de las enseñanzas: ÁÁreas de conocimientoreas de conocimiento:– a) Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural.– b) Educación Artística.– c) Educación Física.– d) Lengua Castellana y Literatura – e) Lengua Extranjera.– f) Matemáticas.–– EducaciEducacióón para la ciudadann para la ciudadaníía y los derechos humanosa y los derechos humanos en tercer ciclo.–– Segunda lengua extranjeraSegunda lengua extranjera en tercer ciclo.

•• MatemMatemááticas, Lengua castellana y literatura y Lengua extranjeraticas, Lengua castellana y literatura y Lengua extranjera se les otorga carácter instrumental.

•• Uso de las TICUso de las TIC en los procesos de E-A y en el trabajo del alumnado.

Page 25: Loe Y Decretos

Decreto de Enseñanza de Educación Primaria de Andalucía (Aspectos destacables)

1.100/31,4/501.120/32/501.085/31/50TOTAL?Segunda lengua Extranjera

50/1,4--Educación para la ciudadanía y los derechos humanos

3º CICLO2º CICLO1º CICLOÁREAS

…/…/5Recreo

105/3105/3105/3/4Religión175/5210/6175/5/10Matemáticas140/4140/4105/3/5Lengua extranjera280/8280/8315/9/10Lengua castellana y literatura105/3105/3105/3/6Educación física105/3105/3105/3/4Educación artística

140/4175/5175/5/6Conocimiento del medio natural, social y cultural

Page 26: Loe Y Decretos

Decreto de Enseñanza de Educación Primaria de Andalucía (Aspectos destacables)

• Evaluación:– Continua y global, través de la observación continuada de la evolución

del proceso de aprendizaje y de la maduración personal. – Referente fundamental: los criterios de evaluación de las áreas.– Medidas de refuerzo educativo: cuando el progreso de un alumno no sea el

adecuado, se adoptarán en cualquier momento del curso.– El profesorado está obligado a evaluar la propia práctica docente.

• Promoción del alumnado.– Por decisión colegiada del equipo docente, con el asesoramiento del

orientador, oída su familia o tutores legales. – Cuando se considere que ha alcanzado el desarrollo correspondiente de las

competencias básicas y el adecuado grado de madurez o que los aprendizajes no alcanzados no impidan seguir con aprovechamiento (el alumnado recibiría ayuda para recuperar dichos aprendizajes).

– Informe de aprendizaje: al finalizar la etapa e incluirá los objetivos alcanzados y las competencias básicas adquiridas.

– Repetición: Una sola vez a lo largo de la etapa y deberá ir acompañada de un programa específico de recuperación.

Page 27: Loe Y Decretos

Decreto de Enseñanza de Educación Primaria de Andalucía (Aspectos destacables)

• Los centros educativos incluirán en sus proyectos educativos las medidas de atención a la diversidad, tanto organizativas como curriculares, tan pronto como se detecten dificultades de aprendizaje.

• Medidas.– Concreción y desarrollo del currículo– Agrupamientos flexibles abiertos y no discriminatorios– Desdoblamientos de grupos– Apoyo en grupos ordinarios– Programas de apoyo, refuerzo y recuperación– Programas de adaptación curricular.

Page 28: Loe Y Decretos

• La etapa de educación secundaria obligatoria comprende cuatro cursos, que se seguirán ordinariamente entre los doce y los dieciséis años.

• La finalidad de la educación secundaria obligatoria es:– lograr que los alumnos y alumnas adquieran los elementos

básicos de la cultura, especialmente en sus aspectos humanístico, artístico, científico y tecnológico ;

– desarrollar y consolidar en ellos hábitos de estudio y de trabajo;

– prepararles para su incorporación a estudios posteriores y para su inserción laboral y

– formarlos para el ejercicio de sus derechos y obligaciones en lavida como ciudadanos.

• Se prestará especial atención a la orientación educativa y profesional del alumnado.

EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

Page 29: Loe Y Decretos

• Las Administraciones educativas regularán las medidas de atención a la diversidad, organizativas y curriculares, que permitan a los centros una organización flexible de las enseñanzas. Entre estas medidas:– las adaptaciones del currículo, – La integración de materias en ámbitos– los agrupamientos flexibles, – los desdoblamientos de grupos,– la oferta de materias optativas,– programas de refuerzo, y programas de tratamiento personalizado

para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo.

• Los centros educativos tendrán autonomía para organizar los grupos y las materias de manera flexible y para adoptar las medidas de atención a la diversidad adecuadas a las características de su alumnado.

• Las medidas de atención a la diversidad no podrán, en ningún caso, suponer una discriminación que impida a los alumnos alcanzar dichos objetivos y la titulación correspondiente.

EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

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Organización de las materias

• Educación para la ciudadanía y los derechos humanos.

OptativasEn al menos uno de ellos

En todos los cursos

*En el tercer curso podrá desdoblarse en Biología-Geología y Física-Química

CURSOS DE 1º, 2º Y 3º

En alguno/s de ellos

La oferta de optativas deberá incluir:

• Una segunda lengua extranjera

• Cultura Clásica

• Educación plástica y visual

• Música• Tecnologías

• Ciencias de la Naturaleza*

• Educación Física• CC.SS.: Geografía e

Historia• Lengua castellana y

Literatura• Lengua Extranjera• Matemáticas

En los cursos primero y segundo los alumnos cursarán un máximo de dos materias más que en sexto curso de educación Primaria

Page 31: Loe Y Decretos

Organización de las materias

• A fin de orientar la elección de los alumnos, se podrán estableceragrupaciones de estas materias en diferentes opciones.

• Los centros deberán ofrecer la totalidad de las materias y opciones citadas en los apartados anteriores. Sólo se podrá limitar la elección de materias y opciones a los alumnos cuando haya un número insuficiente de los mismos para alguna de ellas según los criterios de la Administración

Una o más materias optativas

CUARTO CURSOTres materias de las siguientes:• Biología y geología• Educación Plástica y visual• Física y química• Informática• Latín• Música • Segunda lengua extranjera• Tecnología

• Educación Física• Educación ético-cívica• CC. SS.: Geografía e Historia• Lengua castellana y Literatura• Lengua Extranjera• Matemáticas

Todos los alumnos:

Page 32: Loe Y Decretos

OTROS ASPECTOS DE INTERÉSSin perjuicio de su tratamiento específico en algunas de las materias de la etapa:• la comprensión lectora, • la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, • las tecnologías de la información y la comunicación y • la educación en valores se trabajarán en todas las áreas.

Los centros educativos podrán organizar, de acuerdo con lo que regulen las Administraciones educativas, programas de refuerzo de las capacidades básicas para aquellos alumnos que, en virtud del informe (de primaria), así lo requieran, para poder seguir con aprovechamiento las enseñanzas de la educación secundaria.

Page 33: Loe Y Decretos

PRINCIPIOS PEDAGÓGICOS

En esta etapa se prestará una atención especial a la adquisición y el desarrollo de las competencias básicas, la correcta expresión oral y escrita y el uso de las matemáticas. Para promover el hábito de la lectura se dedicará un tiempo a la misma en todas las materias.

Se proveerán soluciones específicas para la atención de aquellos alumnos que manifiesten dificultades especiales de aprendizaje o de integración en la actividad ordinaria de los centros, de los alumnos de alta capacidad intelectual y de los alumnos con discapacidad.

La tutoría personal de los alumnos y el funcionamiento de mecanismos de orientación constituirán un elemento fundamental en la ordenación de esta etapa.

En los primeros cursos de la etapa, los profesores con la debidacualificación podrán impartir más de una materia al mismo grupo de alumnos.

• Tener en cuenta los diferentes ritmos de aprendizaje• Favorecer la capacidad de aprender por sí mismos• Promover el trabajo en equipo

Page 34: Loe Y Decretos

• La evaluación del proceso de aprendizaje será continua y diferenciada según las distintas áreas del currículo.

• Las decisiones sobre la promoción del alumnado de un curso a otro, dentro de la etapa, y sobre la obtención del título al final de la misma serán adoptadas de forma colegiada por el conjunto de profesores del alumno respectivo, atendiendo a la consecución de las competencias básicas y los objetivos del curso o la etapa.

• Promoción de curso:– Cuando el alumno haya superado los objetivos de las materias

cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias como máximo.– Repetirán cuando tengan evaluación negativa en tres o más materias.– Excepcionalmente con evaluación negativa en tres materias si el

equipo docente considera que la naturaleza de las misma no le impide seguir con éxito el curso siguiente, considera que tiene expectativas de recuperación y que dicha promoción beneficiará su evolución académica.

EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIAEVALUACIÓN

Page 35: Loe Y Decretos

• Con el fin de facilitar a los alumnos la recuperación de las materias con evaluación negativa, los centros organizarán las oportunas pruebas extraordinarias en las condiciones que se determinen.

• Los alumnos que promocionen sin haber superado todas las materias seguirán los programas de refuerzo que en su caso establezca el equipo docente y deberán superar las evaluaciones correspondientes a dichos programas de refuerzo.

• El alumno podrá repetir curso una sola vez y dos veces como máximo dentro de la etapa. Cuando esta segunda repetición se produzca en el último curso de la etapa se prolongará en un año el límite de edad. Excepcionalmente, un alumno podrá repetir una segunda vez en cuarto curso si no ha repetido en los cursos anteriores de la etapa

• Los alumnos de cuarto curso de educación secundaria obligatoria podrán realizar una prueba extraordinaria de las materias que no hayan superado.

EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIAEVALUACIÓN

Page 36: Loe Y Decretos

EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

– EVALUACIÓN de DIAGNÓSTICO:

Al finalizar el segundo curso de la educación secundaria obligatoria todos los centros realizarán una evaluación de

diagnóstico de las competencias básicas alcanzadas por sus alumnos.

Esta evaluación, competencia de las Administraciones educativas, tendrá carácter formativo y orientador para los centros e informativo para las familias y para el conjunto de la comunidad educativa.

Page 37: Loe Y Decretos

PROPUESTA DE DECRETO DE ENSEÑANZA DE EDUCACIÓN SECUNDARIA DE

ANDALUCÍA (ASPECTOS DESTACABLES)

Page 38: Loe Y Decretos

Decreto de Enseñanza de Educación Secundaria de Andalucía (Aspectos Destacables)

• Disposiciones de carácter general:

– Carácter obligatorio y gratuito (12 a 16 años y hasta 18, cumplidos en el año en que finalice el curso)

– Organización en materias y, en su caso, ámbitos.– Organización conforme a los principios de educación común

y atención a la diversidad.– Coherencia con la primaria y con las enseñanzas posteriores.– Mayor énfasis en las materias de carácter instrumental.

Page 39: Loe Y Decretos

Decreto de Enseñanza de Educación Secundaria de Andalucía

• Currículo:– Los elementos que lo conforman: objetivos, competencias básicas,

contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación, se desarrollarán por Orden.

• Incluirá:– Elementos transversales: el fortalecimiento de los derechos humanos, las

libertades fundamentales, los valores de una sociedad libre y democrática.

– El conocimiento y el respeto a los valores de la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía para Andalucía.

– El aprecio de la contribución de las mujeres a la historia de la humanidad.

– La educación para la adquisición de hábitos de vida saludable, para el desarrollo sostenible y el respeto al medio ambiente.

– La presencia de contenidos y actividades relacionadas con el medio natural, la historia, la cultura y otros hechos diferenciadores de Andalucía.

– Formación suficiente para la utilización de las T.I.C.

Decreto de Enseñanza de Educación Secundaria de Andalucía (Aspectos Destacables)

Page 40: Loe Y Decretos

Decreto de Enseñanza de Educación Secundaria de Andalucía

• Define e incluye las competencias básicas (8) establecidas en el Marco Europeo de Referencia (Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo de Europa):– De comunicación lingüística– De razonamiento matemático– De conocimiento e interacción con el mundo físico y natural – De conocimiento digital y de tratamiento de la información– Social y ciudadana– Cultural y artística– De actitudes para el aprendizaje autónomo a lo largo de la vida– Para la autonomía e iniciativa personal.

• La organización y funcionamiento de los centros, las actividades docentes, lasformas de relación que se establezcan entre los integrantes de la comunidad educativa y las actividades complementarias y extraescolares contribuirán al logro de las competencias básicas.

• La lectura constituye un factor esencial para el desarrollo de las competencias básicas. Los centros programarán un tiempo semanal, no inferior a una hora, dedicado a la lectura en todos los cursos de la etapa.

Decreto de Enseñanza de Educación Secundaria de Andalucía (Aspectos Destacables)

Page 41: Loe Y Decretos

Decreto de Enseñanza de Educación Secundaria de Andalucía

Los métodos pedagógicos estarán enfocados:

• Consideración de la atención a la diversidad y del acceso de todo el alumnado a la educación común.

• Trabajo individual y cooperativo del alumnado.

• Trabajo en equipo y multidisciplinar del profesorado. Coordinación entre los miembros del equipo docente.

• Inclusión obligatoria en las programaciones didácticas de actividades para que el alumnado lea, escriba y se exprese de forma oral.

Decreto de Enseñanza de Educación Secundaria de Andalucía (Aspectos Destacables)

Page 42: Loe Y Decretos

Decreto de Enseñanza de Educación Secundaria de Andalucía

• Los centros dispondrán de autonomía.

– Para la elaboración de las propuestas pedagógicas de cada una de las materias y, en su caso, ámbitos.

– Para organizar y distribuir el tiempo escolar.– Para establecer los procedimientos y criterios de evaluación.

– Para la aplicación de las medidas de atención a la diversidad

– El Plan de Orientación y Acción Tutorial.

– Para planificar la cooperación con las familias.

– Para las experimentaciones, planes de trabajo, etc.

– Para que los departamentos desarrollen las programaciones de las distintas materias. Estas contemplarán: medidas de atención a la diversidad trabajos con el alumnado de carácter interdisciplinar, proyectos documentales integrados, etc.

Decreto de Enseñanza de Educación Secundaria de Andalucía (Aspectos Destacables)

Page 43: Loe Y Decretos

• Materias obligatorias en 1º y 2º:– a) Ciencias de la Naturaleza – b) Educación Física– c) Ciencias Sociales, Geografía e Historia – d) Lengua Castellana y Literatura– e) Primera Lengua Extranjera – f) Matemáticas

• Música y Educación Plástica y Visual se cursarán en en 1º ó 2º,sin que puedan coincidir en el mismo curso.

• Tecnologías se cursará en 2º.

Decreto de Enseñanza de Educación Secundaria de Andalucía (Aspectos Destacables)

Organización de las enseñanzas: 1º y 2º

Page 44: Loe Y Decretos

• Optativas: El alumnado cursará una materia (si cursaprogramas de refuerzo de materias instrumentales básicas podrá quedar exento).

– En 1º los centros educativos ofertarán obligatoriamente: • una Segunda Lengua Extranjera, • Cambios Sociales y Género• Tecnología Aplicada

– En 2º los centros educativos ofertarán obligatoriamente:• una Segunda Lengua Extranjera• Cambios Sociales y Género • Métodos de la Ciencia

Decreto de Enseñanza de Educación Secundaria de Andalucía (Aspectos Destacables)

Organización de las enseñanzas: 1º y 2º

Page 45: Loe Y Decretos

• Materias obligatorias:– a) Ciencias de la Naturaleza (podrá ser desdoblada por cuatrimestres en las

disciplinas Biología y Geología y Física y Química, manteniendo su carácter unitario a efectos de evaluación y promoción del alumnado).

– b) Educación Física.– c) Ciencias Sociales, Geografía e Historia.– d) Lengua castellana y Literatura.– e) Primera lengua extranjera.– f) Matemáticas.– g) Tecnologías.– h) Educación para la ciudadanía y los derechos humanos

• Materias Optativas: El alumnado cursará una materia.• Los centros educativos ofertarán obligatoriamente:

– una Segunda Lengua Extranjera,– Cambios Sociales y Género– Cultura Clásica.– otras materias optativas elegidas por el propio centro.

Decreto de Enseñanza de Educación Secundaria de Andalucía (Aspectos Destacables

Organización de las enseñanzas: 3º

Page 46: Loe Y Decretos

• Materias obligatorias:– a) Educación Física– b) Educación Ético-Cívica– c) Ciencias Sociales,

Geografía e Historia– d) Lengua Castellana y

Literatura– e) Matemáticas.– f) Primera Lengua

Extranjera.

• Además, el alumnado cursarátres materias entre:

– a) Biología y Geología– b) educación Plástica y Visual – c) Física y Química– d) Informática– e) Latín– f) Música– g) Segunda Lengua Extranjera– h) Tecnología.

Decreto de Enseñanza de Educación Secundaria de Andalucía (Aspectos Destacables

Organización de las enseñanzas: 4º

Los centros educativos:• Podrán establecer agrupaciones de materias en diferentes opciones, dado el carácter orientador del cuarto curso.• Podrán ofertar la materia de Matemáticas organizada en dos opciones.

Page 47: Loe Y Decretos

Decreto de Enseñanza de Educación Secundaria de Andalucía (Aspectos Destacables

3**---FÍSICA Y QUÍMICA

3**---INFORMÁTICA

3**---TECNOLOGÍA

12DE LIBRE DISPOSICIÓN (2)

30303030TOTAL

1111TUTORÍA

4444LENGUA CASTELLANA

3**---BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA

3**---LATÍN

-33-TECNOLOGÍAS

3**-4*4*MÚSICA

3**---2ª LENGUA EXTRANJERA

3**-4*4*ED. PLÁSTICA

-222OPTATIVA (1)

2222EDUCACIÓN FÍSICA

1211ENS. DE RELIGIÓN

2---EDUC ÉTICO-CÍVICA

3333CIENCIAS SOCIALES

-1--EDUC CIUDADANÍA

-433CIENCIAS NATURALES

4434MATEMÁTICAS

4434LENGUA EXTRANJ.

CUARTOTERCEROSEGUNDOPRIMERO

Page 48: Loe Y Decretos

La evaluación se caracteriza:

• Por ser continua y diferenciada según las materias.

• Por realizarse por el profesorado, preferentemente, a través de la observación continuada de la evolución del proceso de aprendizaje de cada alumno o alumna.

• Por la actuación del equipo docente de manera colegiada bajo la coordinación del tutor.

• Por la aplicación de medidas de refuerzo educativo cuando el progreso de un alumno no sea el adecuado. Decisión que se adoptará en cualquier momento del curso

• Porque el profesorado está obligado a evaluar la planificación de la enseñanza y su propia práctica docente, la programación didáctica y el desarrollo realdel currículo en relación con el contexto y las especificidades del alumnado.

Decreto de Enseñanza de Educación Secundaria de Andalucía (Aspectos Destacables)

EVALUACIÓN

Page 49: Loe Y Decretos

• Se decidirá por el equipo docente de forma colegiada y asesorada por el departamento de orientación.

• Paso al curso siguiente con evaluación negativa hasta en dos materias, como máximo.

• Excepcionalmente con tres si la naturaleza de las materias no impide seguir con éxito el curso siguiente, tiene expectativas favorables de recuperación, a partir de las competencias básicas alcanzadas, y dicha promoción beneficiará su evolución académica y personal.

• Programa de recuperación de los aprendizajes para quien promocione con materias pendientes o de refuerzo si son instrumentales.

• Repetición: – Una sola vez en el mismo curso. – Dos veces como máximo a lo largo de la etapa. – Dos veces en 4º curso si no ha repetido con anterioridad en la etapa.

• La repetición irá acompañada de un Plan específico personalizado y orientado a que supere las dificultades detectadas.

• - Pruebas extraordinarias de recuperación: Serán organizadas a criterio de los centros.

Decreto de Enseñanza de Educación Secundaria de Andalucía (Aspectos Destacables)

PROMOCIÓN

Page 50: Loe Y Decretos

El título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria lo obtendrán:– Cuando se superen todas las materias, y en su caso ámbitos, de la etapa– Cuando, con evaluación negativa en 1 o 2 materias, y, excepcionalmente,

en 3, el equipo docente considere que su naturaleza y peso en el conjunto de la etapa, no impide alcanzar las competencias básicas y los objetivos.

– Los alumnos que cursen programas de diversificación curricular: • si superan todos los ámbitos y materias que integran el programa• si superan dos ámbitos, si tienen evaluación negativa en 1 o 2 materias, y,

excepcionalmente, en 3, siempre que el equipo docente considere que han alcanzado las competencias básicas y los objetivos de la etapa.

– Si cursan un programa de cualificación profesional inicial y superan los módulos de carácter voluntario.

– El alumnado que al finalizar la etapa no haya obtenido el títulodispondrá de 2 años de convocatorias anuales para su obtención, siempre que el número de éstas no sea superior a 5.

Decreto de Enseñanza de Educación Secundaria de Andalucía (Aspectos Destacables)

TITULACIÓN

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EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria

Los alumnos que al terminar la educación secundaria obligatoria hayan alcanzado las competencias básicas y los objetivos de la etapa obtendrán el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

El título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria permitirá acceder al bachillerato, a la formación profesional de grado medio, a los ciclos de grado medio de artes plásticas y diseño, a las enseñanzas deportivas de grado medio y al mundo laboral.

Los alumnos que cursen la educación secundaria obligatoria y no obtengan el título al que se refiere este artículo recibirán un certificado de escolaridad en el que consten los años cursados.

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BACHILLERATO

• El Bachillerato tiene como finalidad – proporcionar a los alumnos formación, madurez

intelectual y humana, – conocimientos y habilidades que les permitan desarrollar

funciones sociales e incorporarse a la vida activa con responsabilidad y competencia.

– Asimismo, capacitará a los alumnos para acceder a la educación superior.

• Podrán acceder a los estudios del bachillerato los alumnos que estén en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

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BACHILLERATO

• El Bachillerato comprenderá dos cursos académicos.

• Los alumnos podrán permanecer cursando el Bachillerato en régimen ordinario durante cuatro años.

• Las modalidades:a) Artesb) Ciencias y Tecnologíac) Humanidades y Ciencias Sociales

• Cada una de las modalidades podrá organizarse en distintas vías que faciliten una especialización de los alumnos para su incorporación a los estudios posteriores o a la vida activa.

Page 54: Loe Y Decretos

BACHILLERATO

Proporcionarán al alumnado una formación más especializada, preparándolos y

orientándolos hacia estudios posteriores y hacia la actividad profesional.

Contribuirán a la formación general de

los alumnos

Asignaturas de optativas

Asignaturas específicas

Asignaturas comunes

Materias Comunes:• Ciencias para el Mundo Contemporáneo• Educación Física• Filosofía y ciudadanía• Historia de la Filosofía• Historia de España• Lengua Castellana y Literatura• Lengua Extranjera

El Bachillerato se organizará en:

Page 55: Loe Y Decretos

BACHILLERATO• Los centros ofrecerán la totalidad de las materias y, en su

caso, vías de cada modalidad.

• Sólo se podrá limitar la elección de materias y vías por parte de los alumnos cuando haya un número insuficiente de los mismos, según los criterios objetivos establecidos previamente.

• Cuando la oferta de materias en un centro quede limitada por razones organizativas, las Administraciones educativas facilitarán que los alumnos puedan cursar alguna materia en otros centros o mediante la modalidad de educación a distancia.

• Se regulará el régimen de reconocimiento recíproco entre los estudios de bachillerato y los ciclos formativos de grado medio a fin de que puedan ser tenidos en cuenta los estudios superados, aun cuando no se haya alcanzado la titulación correspondiente.

Page 56: Loe Y Decretos

Principios Pedagógicos

• Las actividades educativas en el Bachillerato favorecerán:– la capacidad del alumno para aprender por sí mismo, – para trabajar en equipo y – para aplicar los métodos de investigación apropiados.

• Se promoverán las medidas necesarias para que en las distintas materias – se desarrollen actividades que estimulen el interés y el

hábito de la lectura y – la capacidad de expresarse correctamente en público

BACHILLERATO

Page 57: Loe Y Decretos

EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

•El profesor correspondiente decidirá, al término de cada curso, si el alumno ha superado los objetivos de la materia.

•Los alumnos promocionarán de primero a segundo de bachillerato cuando hayan superado las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias, como máximo. En este caso, deberán matricularse en segundo curso de las materias pendientes de primero. Los centros educativos deberán organizar las consiguientes actividades de recuperación y la evaluación de las materias pendientes.

•Los alumnos podrán realizar una prueba extraordinaria de las materias que no hayan superado.

BACHILLERATO

Page 58: Loe Y Decretos

• Los alumnos que cursen satisfactoriamente el bachillerato en cualquiera de sus modalidades recibirán el Título de Bachiller, que tendrá efectos laborales y académicos.

• Para obtener el título será necesaria la evaluación positiva en los dos cursos de bachillerato.

• El título de Bachiller facultará para acceder a las distintas enseñanzas que constituyen la educación superior

BACHILLERATO

Page 59: Loe Y Decretos

FORMACIFORMACIÓÓN PROFESIONALN PROFESIONALLa formaciLa formacióón profesional comprende el conjunto de acciones n profesional comprende el conjunto de acciones formativas que capacitan para el desempeformativas que capacitan para el desempeñño cualificado de las o cualificado de las diversas profesiones, el acceso al empleo y la participacidiversas profesiones, el acceso al empleo y la participacióón n activa en la vida social, cultural y econactiva en la vida social, cultural y econóómica. mica.

Incluye: Incluye: –– las enselas enseññanzas propias de la formacianzas propias de la formacióón profesional inicial, n profesional inicial, –– las acciones de insercilas acciones de insercióón y reinsercin y reinsercióón laboral de los trabajadores n laboral de los trabajadores –– las acciones orientadas a la formacilas acciones orientadas a la formacióón continua en las empresas, n continua en las empresas,

que permitan la adquisicique permitan la adquisicióón y actualizacin y actualizacióón permanente de las n permanente de las competencias profesionales. competencias profesionales.

La regulaciLa regulacióón contenida en la presente Ley se refiere a la n contenida en la presente Ley se refiere a la formaciformacióón profesional inicialn profesional inicial que forma parte del sistema que forma parte del sistema educativoeducativo

La formaciLa formacióón profesional en el sistema educativo comprende un n profesional en el sistema educativo comprende un conjunto de conjunto de ciclos formativos de grado medio y de grado ciclos formativos de grado medio y de grado superiorsuperior, que estar, que estaráán referidos al Catn referidos al Catáálogo Nacional de logo Nacional de Cualificaciones Profesionales y constituirCualificaciones Profesionales y constituiráán, respectivamente, la n, respectivamente, la formaciformacióón profesional de grado medio y la formacin profesional de grado medio y la formacióón profesional n profesional de grado superiorde grado superior

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FORMACIFORMACIÓÓN PROFESIONALN PROFESIONAL

La formaciLa formacióón profesional, en el sistema educativo, n profesional, en el sistema educativo, tiene por tiene por finalidad:finalidad:

–– preparar a los alumnos y las alumnas para la preparar a los alumnos y las alumnas para la actividad en un campo profesional y facilitar su actividad en un campo profesional y facilitar su adaptaciadaptacióón a las modificaciones laborales que n a las modificaciones laborales que pueden producirse a lo largo de su vida, pueden producirse a lo largo de su vida,

–– contribuir a su desarrollo personal y contribuir a su desarrollo personal y –– al ejercicio de una ciudadanal ejercicio de una ciudadaníía democra democrááticatica..

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FORMACIFORMACIÓÓN PROFESIONALN PROFESIONALPodrPodráán cursar la formacin cursar la formacióón profesional: n profesional:

–– De grado medioDe grado medio quienes se hallen en posesiquienes se hallen en posesióón del tn del tíítulo de tulo de Graduado en EducaciGraduado en Educacióón Secundaria Obligatoria. n Secundaria Obligatoria.

–– De grado superiorDe grado superior quienes se hallen en posesiquienes se hallen en posesióón del tn del tíítulo de tulo de Bachiller.Bachiller.

–– Prueba de acceso:Prueba de acceso:Grado MedioGrado Medio: Mayores de diecisiete a: Mayores de diecisiete aññososGrado SuperiorGrado Superior: Mayores de diecinueve a: Mayores de diecinueve añños o dieciocho si os o dieciocho si posee un Tposee un Tíítulo de Ttulo de Téécnico relacionado con el que se desea cnico relacionado con el que se desea obtenerobtenerQuedarQuedaráán exentos de parte de las pruebasn exentos de parte de las pruebas quienes hayan quienes hayan superado un programa de cualificacisuperado un programa de cualificacióón profesional inicial, n profesional inicial, un ciclo formativo de grado medio, estun ciclo formativo de grado medio, estéén en posesin en posesióón de n de un certificado de profesionalidad relacionado con el ciclo un certificado de profesionalidad relacionado con el ciclo formativo que se pretende cursar o acrediten una formativo que se pretende cursar o acrediten una determinada cualificacideterminada cualificacióón o experiencia laboral.n o experiencia laboral.Las Administraciones educativas podrLas Administraciones educativas podráán programar y n programar y ofertar cursos destinados a la preparaciofertar cursos destinados a la preparacióón de estas n de estas pruebaspruebas

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FORMACIFORMACIÓÓN PROFESIONALN PROFESIONALEVALUACIEVALUACIÓÓN:N:

–– La evaluaciLa evaluacióónn del aprendizaje del alumnado en los ciclos formativos del aprendizaje del alumnado en los ciclos formativos se se realizarrealizaráá por mpor móódulos profesionales.dulos profesionales.

–– La superaciLa superacióón de un ciclo formativo requerirn de un ciclo formativo requeriráá la evaluacila evaluacióón positiva en n positiva en todos los mtodos los móódulos que lo componen.dulos que lo componen.

TITULACITITULACIÓÓN Y CONVALIDACIONESN Y CONVALIDACIONES–– Los alumnos que superen las enseLos alumnos que superen las enseññanzas de formacianzas de formacióón profesional de n profesional de

grado mediogrado medio recibirrecibiráán el n el ttíítulo de Ttulo de Téécnicocnico de la correspondiente de la correspondiente profesiprofesióón. El tn. El tíítulo de Ttulo de Téécnico, permitircnico, permitiráá el acceso directo a todas las el acceso directo a todas las modalidades de Bachillerato.modalidades de Bachillerato.

–– Los alumnos que superen las enseLos alumnos que superen las enseññanzas de formacianzas de formacióón profesional de n profesional de grado superiorgrado superior obtendrobtendráán el tn el tíítulo de tulo de TTéécnico Superiorcnico Superior. El t. El tíítulo de tulo de TTéécnico Superior permitircnico Superior permitiráá el acceso a los estudios universitarios que el acceso a los estudios universitarios que se determinen.se determinen.

–– El Gobierno, regularEl Gobierno, regularáá el rel réégimen de gimen de convalidacionesconvalidaciones entre estudios entre estudios universitarios y estudios de formaciuniversitarios y estudios de formacióón profesional de grado superior.n profesional de grado superior.

–– Aquellos alumnos que no superen en su totalidad las enseAquellos alumnos que no superen en su totalidad las enseññanzas de anzas de cada uno de los ciclos formativos recibircada uno de los ciclos formativos recibiráán un n un certificado acadcertificado acadéémico mico de los mde los móódulos superadosdulos superados que tendrque tendráá efectos de acreditaciefectos de acreditacióón parcial n parcial acumulable de las competencias profesionales adquiridas en relacacumulable de las competencias profesionales adquiridas en relaciióón n con el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formacicon el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formacióón Profesional.n Profesional.

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EQUIDAD EN LA EDUCACIEQUIDAD EN LA EDUCACIÓÓNN

Alumnado con necesidad especAlumnado con necesidad especíífica de fica de apoyo educativoapoyo educativo::

Alumnado que presenta necesidades educativas Alumnado que presenta necesidades educativas especiales.especiales.Alumnado con altas capacidades intelectualesAlumnado con altas capacidades intelectualesAlumnado con integraciAlumnado con integracióón tardn tardíía en el sistema a en el sistema educativo espaeducativo españñol.ol.

CompensaciCompensacióón de las desigualdades en n de las desigualdades en educacieducacióónnEscolarizaciEscolarizacióón en centros pn en centros púúblicos y blicos y concertadosconcertados

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CENTROS DOCENTESCENTROS DOCENTES

TipologTipologíía:a:

Centros pCentros púúblicosblicos, son aquellos cuyo titular sea , son aquellos cuyo titular sea una administraciuna administracióón pn púública.blica.

Centros privadosCentros privados son aquellos cuyo titular sea son aquellos cuyo titular sea una persona funa persona fíísica o jursica o juríídica de cardica de caráácter privado cter privado

Centros privados concertadosCentros privados concertados los centros los centros privados acogidos al rprivados acogidos al réégimen de conciertos gimen de conciertos legalmente establecido. legalmente establecido.

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ENSEENSEÑÑANZA DE LA RELIGIANZA DE LA RELIGIÓÓNN

–– La enseLa enseññanza de la religianza de la religióón catn catóólica, serlica, seráá de oferta de oferta obligatoria para los centros y voluntaria para los alumnos. obligatoria para los centros y voluntaria para los alumnos. A tal fin, se incluirA tal fin, se incluiráá la religila religióón catn catóólica en los niveles lica en los niveles educativos que corresponda. educativos que corresponda.

–– La enseLa enseññanza de otras religiones se ajustaranza de otras religiones se ajustaráá a los a los acuerdos suscritos, o que pudieran suscribirse, entre el acuerdos suscritos, o que pudieran suscribirse, entre el Estado espaEstado españñol y las correspondientes confesiones ol y las correspondientes confesiones religiosas (actualmente: Federacireligiosas (actualmente: Federacióón de Entidades n de Entidades Religiosas Evangelistas, FederaciReligiosas Evangelistas, Federacióón de Comunidades n de Comunidades Israelitas y ComisiIsraelitas y Comisióón Isln Isláámica de Espamica de Españña). a).

–– Los profesores que impartan la enseLos profesores que impartan la enseññanza de las anza de las religiones deberreligiones deberáán cumplir los requisitos de titulacin cumplir los requisitos de titulacióón n establecidos para las distintas enseestablecidos para las distintas enseññanzas reguladas en la anzas reguladas en la presente Ley.presente Ley.

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CALENDARIO DE APLICACICALENDARIO DE APLICACIÓÓNN

Antes del 31/12/2006:Antes del 31/12/2006:–– Las enseLas enseññanzas manzas míínimas de nimas de EdEd. Infantil, . Infantil,

Primaria, Secundaria Obligatoria y Bachillerato.Primaria, Secundaria Obligatoria y Bachillerato.–– Las caracterLas caracteríísticas bsticas báásicas de la Prueba de sicas de la Prueba de

Acceso a la Universidad.Acceso a la Universidad.–– RegulaciRegulacióón de la Ordenacin de la Ordenacióón general de la FPn general de la FP–– EnseEnseññanzas manzas míínimas y efectos de los certificados nimas y efectos de los certificados

de las Escuelas Oficiales de Idiomasde las Escuelas Oficiales de Idiomas–– PDCPDC

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CALENDARIO DE APLICACICALENDARIO DE APLICACIÓÓNN

Antes del 31/12/2007:Antes del 31/12/2007:–– Los requisitos mLos requisitos míínimos de los centros de 0nimos de los centros de 0--3 a3 añños. (tres os. (tres

aañños para la adaptacios para la adaptacióón)n)

Curso 2007/2008:Curso 2007/2008:–– Se implantan 1Se implantan 1ºº y 2y 2ºº de de EdEd. Primaria. Primaria–– Se implantan 1Se implantan 1ºº y 3y 3ºº de de E.S.OE.S.O..

Curso 2008/2009:Curso 2008/2009:–– Se implanta la EducaciSe implanta la Educacióón Infantil (1n Infantil (1ºº y 2y 2ºº Ciclo)Ciclo)–– Se implantan 3Se implantan 3ºº y 4y 4ºº de de EdEd. Primaria.. Primaria.–– Se implantan 2Se implantan 2ºº y 4y 4ºº de ESOde ESO–– ImplantaciImplantacióón de los PCPIn de los PCPI–– EvaluaciEvaluacióón de diagnn de diagnóósticostico–– Se implanta 1Se implanta 1ºº de Bachilleratode Bachillerato

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CALENDARIO DE APLICACICALENDARIO DE APLICACIÓÓNN

Curso 2009/2010:Curso 2009/2010:–– Se implantan 5Se implantan 5ºº y 6y 6ºº de de EdEd. Primaria. Primaria–– Cada alumno, informe de su aprendizaje.Cada alumno, informe de su aprendizaje.–– Se implanta 2Se implanta 2ºº de Bachilleratode Bachillerato–– PAU conforme a la LOEPAU conforme a la LOE

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MUCHAS GRACIAS