lista de chequeo consentimiento informado-colpsic 2015
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Lista de Chequeo Consentimiento Informado-COLPSIC 2015TRANSCRIPT
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PROPUESTA LISTA DE CHEQUEO PARA LA ELABORACIN DE
CONSENTIMIENTO INFORMADO EN EL EJERCICIO PROFESIONAL DE LA
PSICOLOGA EN COLOMBIA (2015)
Fuente:
http://www.colpsic.com/convocatorias/ControlEventos/Documentos/2015-01-
22_23_38_32.pdf
ENUNCIADOS
1. Identificar de manera clara a la institucin responsable donde labore el
psiclogo o al sitio donde este haga su prctica privada.
2. Contener:
a. Fecha de elaboracin.
b. Nombres completos de quienes intervienen.
c. Edad del usuario.
d. Datos de identificacin de quienes intervienen
e. Datos de contacto del usuario y dems intervinientes.
f. Las firmas correspondientes.
3. Elaborarse, para el caso de servicios en lnea, con la correspondiente firma
electrnica por parte del usuario y del psiclogo (Decreto 2364 de 2012).
4. Elaborarse, para el caso de nios y nias, con su nombre completo, y
nombres completos y firmas de los representantes legales y del menor cuando
est en capacidad de hacerlo.
5. Ir firmado por los dos padres cuando se trate de menores de edad, o por uno
solo de los padres cuando no se conozca el paradero del otro padre.
En circunstancias en las cuales el derecho de los menores de edad se
encuentre en riesgo y no se tenga el consentimiento de uno o de los dos
padres, al consentimiento informado se le anexar la orden de la autoridad
judicial o administrativa competente (el juez, el defensor de familia, el comisario
de familia o quien haga sus veces).
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6. Ir firmado por los dos padres cuando se trate de personas adultas
declaradas judicialmente como incapaces, o por uno solo de los padres cuando
no se conozca el paradero del otro padre.
En circunstancias en las cuales el derecho de personas adultas declaradas
judicialmente como incapaces se encuentre en riesgo y no se tenga el
consentimiento de uno o de los dos padres, al consentimiento informado se le
anexar la orden de la autoridad judicial o administrativa competente (el juez,
el defensor de familia, el comisario de familia o quien haga sus veces).
7. En el caso del adolescente (persona mayor de 12 aos y menor de 18 aos,
artculo 3, Ley 1098 de 2006), tener adems de la firma de este, la firma del
respectivo representante legal, salvo las excepciones establecidas en la
jurisprudencia y la doctrina.
8. Tener la indicacin expresa de cul ser el uso que se le va a dar a la
informacin suministrada por el usuario.
9. Hacer explcita la excepcin a la confidencialidad, de acuerdo con lo
sealado lo sealado en el artculo 2, numeral 5 de la Ley 1090 de 2006: Los
psiclogos que ejerzan su profesin en Colombia se regirn por los siguientes
principios universales: 5. Confidencialidad. Los psiclogos tienen una
obligacin bsica respecto a la confidencialidad de la informacin obtenida de
las personas en el desarrollo de su trabajo como psiclogos. Revelarn tal
informacin a los dems solo con el consentimiento de la persona o del
representante legal de la persona, excepto en aquellas circunstancias
particulares en que no hacerlo llevara a un evidente dao a la persona o a
otros. Los psiclogos informarn a sus usuarios de las limitaciones legales de
la confidencialidad.
10. Indicar de manera clara, oportuna, veraz y completa los procedimientos a
seguir, el tiempo estimado para ello, las posibles consecuencias negativas, si
las hubiere, y, cuando sea del caso, los instrumentos que se utilicen para tal
efecto.
11. En el mbito forense, sealar las consecuencias jurdicas adversas para el
usuario, de los resultados de la evaluacin o la intervencin psicolgica.
12. Indicar que a las personas atendidas en el mbito forense, cuando sea
procedente, a estas les asiste el derecho a la no autoincriminacin.
13. Indicar de manera expresa y clara, en el caso en el que la atencin del
usuario sea llevada a cabo con participacin de estudiantes en prcticas de
pregrado o de posgrado, su nombre, el nivel de estudios, el tipo de
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participacin, as como el nombre de su respectivo docente, asesor de
prctica, responsable de la prestacin del servicio.
14. Indicar de manera expresa y clara la libertad que tiene el usuario, en
cualquier momento y en cualquiera de las reas del ejercicio profesional, sin
ningn tipo de consecuencias para l, de renovar o desistir de continuar con la
prestacin del servicio por parte del psiclogo y revocar dicho consentimiento.
15. En el caso de proyectos de investigacin, en cualquiera de los mbitos del
desempeo del psiclogo, indicar de manera clara y comprensible para el
participante o su representante legal, la justificacin y los objetivos de la
investigacin, los procedimientos que vayan a usarse y su propsito,
incluyendo la identificacin de aquellos que son experimentales, las molestias
o los riesgos esperados, los beneficios que puedan obtenerse, los
procedimientos alternativos que pudieran ser ventajosos para el participante, la
garanta de recibir respuesta a cualquier pregunta y aclaracin a cualquier
duda acerca de los procedimientos, riesgos, beneficios y otros asuntos
relacionados con la investigacin y el tratamiento del participante, la libertad de
retirar su consentimiento en cualquier momento y dejar de participar en el
estudio sin que por ello se creen perjuicios para continuar su cuidado y
tratamiento, la seguridad de que no se identificar al participante y que se
mantendr la confidencialidad de la informacin relacionada con su privacidad,
el compromiso de proporcionarle informacin actualizada obtenida durante el
estudio, aunque esta pudiera afectar la voluntad del participante para continuar
en el proyecto, la disponibilidad de tratamiento y la indemnizacin a que
legalmente tendra derecho, por parte de la institucin responsable de la
investigacin, en el caso de daos causados por la investigacin.
16. En el caso de proyectos de investigacin con menores de edad o con
discapacitados fsicos y mentales, adems del consentimiento informado de
quienes ejerzan la patria potestad o la representacin legal del menor o del
discapacitado, hacer explcita la capacidad de entendimiento, de razonamiento
y lgica del menor o del discapacitado, certificada por un neurlogo, psiquiatra
o psiclogo al tenor de los dispuesto en el artculo 25 de la Resolucin 8430 de
1993.
17. En el caso de proyectos de investigacin, contar con la firma del
participante aun si este es un menor de edad o persona con discapacidad
mental, cuando su estado psicolgico le permita comprender las caractersticas
de la investigacin, explicndole lo que se pretende hacer, al tenor de los
dispuesto en el artculo 25 de la Resolucin 8430 de 1993.
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18. Sealar de manera expresa y clara las condiciones por las cuales el
psiclogo pueda terminar el servicio antes de lo previsto.
19. Constatar que el usuario ha comprendido los trminos del consentimiento
informado.