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EXPEDIENTE 4061 – 861713/12 Pliego Municipalidad de La Plata Secretaría de Gestión Pública Subsecretaría de Planeamiento y Obras Públicas LICITACIÓN PÚBLICA Nº 46/2013 “PAVIMENTACION DE 22 CALLES EN LISANDRO OLMOS” OLMOS 3 PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2013 Fecha de Apertura: 6 de septiembre de 2013. Hora: 11:00 Hs. Lugar de Apertura: SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO Y OBRAS PÚBLICAS Valor del Pliego: $4.200,00.-

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EXPEDIENTE 4061 – 861713/12 Pliego

Municipalidad de La Plata

Secretaría de Gestión Pública

Subsecretaría de Planeamiento y Obras Públicas

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 46/2013

“PAVIMENTACION DE 22 CALLES EN LISANDRO OLMOS” OLMOS 3

PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2013

Fecha de Apertura: 6 de septiembre de 2013. Hora: 11:00 Hs.

Lugar de Apertura: SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO Y OBRAS PÚBLICAS Valor del Pliego: $4.200,00.-

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Municipalidad de La Plata

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MEMORIA DESCRIPTIVA

La presente obra tiene como objetivo la pavimentación de las calles 166 de 42 a 43, 168 de

41 a 43, 169 de 44 a 41, 43 de 166 a 167, 48 de 171 a 172, 49bis de 171 a 172, 50 de 171 a 172, 51

de 171 a 172, 172 de 47 a 52, 42 de 167 a 170, y 41 de 167 a 169, en Lisandro Olmos, Partido de La

Plata, de acuerdo con el plan de obras que llevará a cabo la Municipalidad de La Plata en el marco

del Presupuesto Participativo 2013.

En toda la longitud de la calle se realizarán las tareas necesarias para conformar un paquete

estructural adecuado, con el agregado de cal y suelo seleccionado en las proporciones necesarias.

Sobre el mismo se colocará una carpeta asfáltica de 5cm de espesor como carpeta de rodamiento.

A su vez se deberán considerar las tareas de apertura, limpieza y perfilado de zanjas,

incluyendo las de las calles perpendiculares para lograr un buen escurrimiento. También se

consideran tareas de saneamiento en aquellas cuadras en las que fuera necesario.

La obra también prevé, para el correcto drenaje de agua de lluvia, la recolocación de los

conductos que no se encuentren adecuadamente nivelados y la reposición de aquellos que se

encuentren rotos, o faltantes.

PLAZO DE LA OBRA: (100) Cien días corridos PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CUATRO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 96/100.- ($ 4.156.342,96.-) SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO Y OBRAS PÚBLICAS

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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARA LA LICITACION PÚBLICA Nº 46/2013

PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2013

CAPITULO I

ESPECIFICACIONES LEGALES GENERALES ARTICULO 1º SISTEMA DE CONTRATACIÓN Las obras objeto de la presente licitación se contratarán por el Sistema de Precios Unitarios. La Contratista deberá hacerse cargo y salvar por su cuenta y riesgo los errores y/u omisiones del Presupuesto Oficial y realizar los trabajos según planos y pliegos a efectos de que la obra cumpla con la finalidad de la construcción. ARTICULO 2º INHABILIDADES PARA COTIZAR No podrán participar en esta Licitación, por sí o por interpósita persona: a) los quebrados o concursados, mientras no hayan sido rehabilitados; b) los inhabilitados por condena judicial; c) las empresas que hayan incurrido en incumplimiento en contratos anteriores suscritos con la Provincia de Buenos Aires o la Municipalidad de La Plata; d) los que se encuentren suspendidos o inhabilitados en el Registro de Licitadores de Obras Públicas de la Municipalidad; e) los que sufran inhibición general de bienes; f) los deudores morosos de la Municipalidad, salvo que regularicen su situación con anterioridad a la fecha fijada para la apertura de los sobres; g) los que tengan pedido de concurso de acreedores o de quiebra en trámite; h) los que revistieren el carácter de funcionarios, empleados, contratados o cualquier otra naturaleza de relación de empleo con el Estado en el orden nacional, provincial o municipal.- Si la existencia de las mencionadas causales de inhabilidad se comprobasen con posterioridad a la apertura de sobres, la Municipalidad podrán declarar la inhabilidad del oferente para presentarse en futuras licitaciones, por hasta el término de diez (10) años.- Además de ello, procederá a rechazar la propuesta de oficio o a declarar la nulidad de la adjudicación o del contrato (según la oportunidad en que se detecte el incumplimiento), con pérdida del depósito de garantía de la oferta o del contrato según el caso, y sin necesidad de previa interpelación judicial o extrajudicial.- ARTICULO 3º LEYES Y DOCUMENTOS QUE RIGEN EL PRESENTE LLAMADO A LICITACIÓN y TERMINOLOGÍA. La presente licitación y las obras a contratar en su consecuencia, quedan sometida a la siguiente normativa, en el orden establecido: 1) La Ley Orgánica de Municipalidades (decreto ley 6769/58). 2) La Ley de Obras Públicas de la Provincia de Bs. As. (Ley 602l), y su decreto reglamentario (decreto 5488/59).- 3) El Pliego de Bases y Condiciones.- En el presente Pliego se utilizan las siguientes expresiones y abreviaturas con el significado que se indica a continuación: DIA: por día hábil en que funcionan las oficinas de la Municipalidad. Salvo indicación en contrario.

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MES: El período comprendido entre un día determinado y el mismo día del mes siguiente, aplicando el régimen de los artículos 25 y 26 del Código Civil. ADQUIRENTE: por la persona física o jurídica, que haya sido invitado a la presente Licitación. Se utilizar como sinónimo la expresión Interesado. OFERTA: Es la presentación del oferente integrada por la documentación y antecedentes (Sobre Nº 1) y la propuesta económica (Sobre Nº 2). APERTURA DE LA OFERTA: por la apertura de los Sobres Nº 1 y N° 2 de la Oferta. COMITENTE: Es la Municipalidad de La Plata. Se utiliza como sinónimo las expresiones MUNICIPALIDAD o COMUNA. ADJUDICATARIO: Es el oferente a favor del cual se ha dictado y notificado la adjudicación. CONTRATISTA: es el adjudicatario una vez que ha suscrito el CONTRATO por el cual se obliga a realizar las obras objeto de la LICITACION. D.E.: Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de La Plata. S.G.P.: Secretaria Gestión Pública S.P.O.P: Subsecretaría de Planeamiento y Obras Públicas D.G.C.S.: Dirección General de Compras y Suministros. ESPECIFICACIONES TECNICAS: Son los Pliegos de Especificaciones Técnicas y documentación complementaria a ellos, que obran en la documentación licitatoria. INSPECCION: Personal Técnico de la S.P.O.P. de la Municipalidad de La Plata, que tendrá a cargo la fiscalización de la ejecución de las obras. LABORATORIO: Laboratorio de la Universidad Tecnológica Nacional o de la Universidad Nacional de La Plata. ARTICULO 4º DOMICILIO LEGAL. Las empresas oferentes deberán fijar domicilio legal dentro de la Ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, donde se considerarán válidas y producirán pleno efecto todas las notificaciones que allí se practiquen. ARTICULO 5º JURISDICCION. Para todos los efectos legales, las partes se someten a la jurisdicción prevista en el artículo 166 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, con renuncia a todo otro fuero o jurisdicción. ARTICULO 6º CONSULTAS Y CIRCULARES. La S.P.O.P. podrá efectuar de oficio o a pedido de parte, aclaraciones o correcciones a las disposiciones de los Pliegos, mediante la emisión de Circulares, las que integrarán el presente Pliego. ARTICULO 7º PRESENTACION DE LAS OFERTAS. Las ofertas deberán ser presentadas por el oferente en la S.P.O.P., hasta una hora antes del día y hora indicado para su apertura. Cumplido dicho término, no se recibirá propuesta alguna, cualquiera sea la causal de retraso invocada y aun cuando no se hubiese comenzado la apertura de sobres. Deberán presentarse mecanografiadas en original y una copia, escritas totalmente en castellano, debiendo indicarse en cada ejemplar si se trata de original o copia. La documentación que se presente estará contenida en dos sobres cerrados, lacrados y firmados por el oferente y/o su representante legal.- En la cubierta de cada sobre se indicará claramente el nombre del oferente con las firmas correspondientes exigidas en el párrafo precedente, la identificación de la presente licitación, y la identificación del número de sobre. Ambos sobres se presentarán dentro de un tercero que los contenga, en el que se indicará solamente la identificación de la licitación y fecha de apertura de los sobres.- Las raspaduras, interlineados, sobreimpresos y testados, deberán ser debidamente salvados por el oferente o representante legal. Las cotizaciones se formularán en pesos.

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En todos los casos en que exista diferencia entre una cifra consignada en letras y en números, será válida la expresada en letras.- En caso de duda o discrepancia, prevalecerá el original sobre la copia. En la oferta deberá acreditarse en debida forma la personería y la facultad para ejercer la representación legal, acompañando la documentación correspondiente, debidamente certificada y legalizada en su caso.

a) SOBRE Nº 1. El mismo contendrá:

1. Comprobante de adquisición del pliego. 2. Nota de presentación en la que se acepten los procedimientos, condiciones y metodología de

evaluación de ofertas, la jurisdicción prevista en este pliego y demás requisitos de la licitación. 3. Declaración jurada de no estar incurso en ninguno de los impedimentos referidos en el art. 2º del

presente pliego. 4. Si se trata de una persona física, datos completos de identificación (nombres y apellido

completo, tipo y número de documento de identidad, datos filiatorios).- 5. Si se trata de una persona jurídica, copia autenticada del contrato social, estatutos y demás

documentos societarios habilitantes, con domicilio social actualizado y documentación que acredite que el o los signatarios de la oferta se encuentran legalmente habilitados para representar a la sociedad, formular la oferta y obligar a la sociedad.-

6. En caso de consorcios o de UTE, el acuerdo consorcial o contrato de UTE, cumpliendo ley de

Sociedades Comerciales y sus modificacatorias, deberá establecer claramente un objeto compatible con la presente licitación, así como un plazo determinado de duración el que en ningún caso podrá ser inferior al del contrato objeto de la misma. En el acuerdo consorcial o contrato de UTE los miembros deberán asumir en forma expresa la plena responsabilidad solidaria e indistinta, frente a la Municipalidad, por todos los efectos de la oferta y del contrato objeto de la presente licitación. Deberá presentarse la documentación exigida por la ley 19.550 con las modificaciones de la ley 22.903 para la constitución de estas asociaciones.

7. Ejemplar del pliego de bases y condiciones debidamente firmado en todas sus fojas por el

oferente o su representante legal. No será necesario acompañar copia del mismo. 8. Garantía de mantenimiento de la oferta por cada zona por la que formule oferta, por un monto

equivalente al uno por ciento (1%) del presupuesto oficial. Dicha garantía deberá integrarse en algunas de las formas que a continuación se indican:

8.1. Mediante depósito en dinero en efectivo en la Tesorería de la Municipalidad. 8.2. Aval otorgado por cualquier entidad bancaria autorizada por el Banco Central de la República Argentina, a satisfacción del organismo licitante. 8.3. Seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación a favor de la MUNICIPALIDAD DE LA PLATA. Cualquier seguro de caución que presente el oferente, sea que garantice la oferta o el contrato, deberá ajustarse a los siguientes requisitos:

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a) Responderán íntegramente a las normas que al efecto emita la Superintendencia de Seguros de la Nación. b) Se ajustarán en lo pertinente a lo dispuesto por el Decreto 5.488/59, reglamentario de la Ley 6021, en su artículo 27, modificado por Decreto nº 1833/83 y en su artículo 16 por el Decreto nº 2190/84, y sus modificatorios, ambos de la Provincia de Buenos Aires. c) El asegurador deberá renunciar a exigir la intimación judicial y extrajudicial del pago al tomador, previa a la configuración del siniestro, y constituirse en fiador liso y llano y solidario, con renuncia expresa a los beneficios de división y excusión. Bajo ningún supuesto el asegurador podrá rescindir o dejar sin efecto en forma unilateral la garantía que otorga por la oferta o cumplimiento del contrato, hasta tanto la Municipalidad no lo desobligue en forma expresa y por escrito. d) Estando firme en sede administrativa la resolución que establezca la responsabilidad del tomador del seguro por incumplimiento de las obligaciones a su cargo, el beneficiario del seguro, tendrá derecho a exigir al asegurador el pago correspondiente.

8.4. Fianza bancaria, emitida por una entidad financiera autorizada por el Banco Central de la República Argentina. El otorgante de la fianza deberá constituirse en fiador solidario, liso y llano y principal pagador con renuncia expresa a los beneficios de división y excusión en los términos del artículo 2013 del Código Civil. Deberá cumplimentar, en lo pertinente, los recaudos detallados en los apartados anteriores respecto de la póliza de seguro de caución.-

Las garantías deberán abarcar en el tiempo un período que no podrá ser inferior al plazo del mantenimiento de oferta mas el de su posible prórroga, vale decir por un plazo mínimo de noventa (90) días corridos.- En caso de que el oferente desista de su oferta dentro del período de mantenimiento, perderá la garantía de oferta.

9. Constancia de la inscripción en el Registro de Licitadores y Registro de Proveedores de la Municipalidad de La Plata, o en su defecto constancia del inicio del trámite de inscripción, la que deberá estar cumplimentada antes de la adjudicación de la oferente o de cada una de las empresas que formasen la U.T.E o consorcios.

10. Asimismo deberá acompañar certificado de capacidad técnica y financiera extendida por

el Registro de Licitadores del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, EN LA ESPECIALIDAD PAVIMENTOS ASFALTICOS TIPO II, o Certificado de Capacidad de Contratación Anual expedido por el REGISTRO NACIONAL DE CONSTRUCTORES DE OBRAS PÚBLICAS, donde el saldo sea igual o superior a la indicada seguidamente:

PRESUPUESTO OFICIAL: $ 4.156.342,96.- CAPACIDAD TECNICA: $ 4.156.342,96.-

CAPACIDAD FINANCIERA: $ 13.791.501,64

En caso de que el oferente sea una U.T.E. o Consorcio, todos sus integrantes deberán estar inscriptos en los Registros de Licitadores y Proveedores de la Municipalidad y del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires y al menos una de las empresas integrantes deberá cumplir con la totalidad de las exigencias en lo referente a la capacidad técnico-financiera requerida por cada zona por la que formule oferta.

11. Designación del Representante Técnico y su conformidad, el que deberá ser un profesional universitario con incumbencias correspondientes a la obra de referencia y matrícula

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habilitante de la Provincia de Buenos Aires, vigente al momento de la oferta, lo cual deberá ser acreditado mediante constancia emitida por el Colegio de Profesional correspondiente.

12. Declaración jurada de las obras ejecutadas en calidad de contratista o subcontratista, de

similares características a los licitados, consignándose: denominación de la obra, características técnicas de la misma, monto del contrato, fecha, plazo de ejecución, fecha de recepción y concepto del comitente sobre calidad del trabajo realizado, cumplimiento de plazo y otras disposiciones contractuales.

13- Nómina e identificación de equipos a utilizar en la obra, con indicación expresa respecto

de si son o no propiedad del oferente.- 14.- Documentación que acredite el cumplimiento de la Ordenanza General 37.

Certificado expedido por el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires -ley 10.490- correspondiente al SEGUNDO semestre del año 2012. Certificado de libre deuda expedido por la AFIP (certificado fiscal para contratar).

Atento a lo dispuesto en la Resolución General 2.581/2009 de la AFIP, de existir por parte del organismo otorgante la imposibilidad de expedir el aludido certificado en el plazo fijado en el citado artículo 4° de la Resolución General 2.581 -15 días- y siempre que se hubiere iniciado el trámite de solicitud del Certificado en tiempo oportuno, para poder cumplimentar con el mismo dentro de los plazos fijados por el pliego de bases y condiciones, se podrá admitir la oferta con constancia de solicitud de Certificado en trámite, debiendo cumplimentarse con el recaudo exigido en este apartado con anterioridad al acto de adjudicación y bajo apercibimiento de rechazarse la oferta por incumplimiento de lo dispuesto en este artículo. Libre deuda de la Tasa de Seguridad e Higiene expedido por APR, Municipalidad de La Plata, cuando correspondiere, o el Libre Deuda del Registro Único de Actividades, también expedido por APR.

15. Referencias Bancarias y Comerciales del proponente. 16. Declaración del domicilio real y constitución de domicilio legal en la ciudad de La Plata,

que podrá ser el mismo u otro diferente al constituido en oportunidad de adquirir el Pliego, sometiéndose expresamente a la jurisdicción establecida en el art. 5º del presente pliego con renuncia a todo otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponderle.-

17. Nota que certifica la asistencia del profesional designado como Representante Técnico

de la obra a la charla informativa a realizarse en la Subsecretaría de Planeamiento y Obras Públicas sobre la metodología a implementar en la ejecución de las tareas a realizar.

18. Deberá presentar el contrato visado por el correspondiente Colegio Profesional por el

Estudio y Propuesta del pliego y el comprobante de pago de aportes previsional correspondiente Si el oferente fuere un consorcio o una UTE, los requisitos enumerados deberán ser presentados por cada integrante del Consorcio o UTE.- Si el oferente fuere un consorcio o una UTE, los requisitos 2, 3, 4, 5, 9, 10, 12, 13, 14, 15, 16, deberán ser presentados por cada integrante del Consorcio o UTE.-

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b) SOBRE Nº 2: Contendrá: 1. La cotización o propuesta económica, según formulario anexo I del presente pliego

adjuntando el formulario Pedido de Cotización provisto por la Secretaría de Economía con la compra del Pliego, debiendo tener en cuenta, que además:

a) su propuesta debe corresponder a trabajos completamente terminados, conforme a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones y Especificaciones Técnicas Generales y Particulares y proyectos adjuntos.

b) será el único responsable de los errores en que hubiera incurrido al formular su oferta. Por el solo hecho de cotizar, declara haberse compenetrado de toda la documentación de la presente licitación, así como de las características técnicas de las mismas, no pudiendo por lo tanto alegar posteriormente dudas o desconocimiento al respecto.

c) el importe del presupuesto oficial incluye los gastos directos e indirectos, gastos generales, beneficio, Impuesto al Valor Agregado, seguros y honorarios profesionales y demás cargas fiscales vigentes, y queda establecido que el monto de la oferta a presentar comprende igualmente la totalidad de dichos conceptos.

2. Análisis de precios completo, con desglose de los ítems que conforman la obra, de

acuerdo a las Planillas de Cómputo y Presupuesto anexos II y III al presente pliego. El precio de los ítems deberá incluir todos los costos necesarios para la correcta ejecución de los trabajos objeto de la contratación en un todo de acuerdo a la documentación Contractual. A título de ejemplo se detallan algunos de los gastos a considerar: - Materiales. - Fletes. - Mano de obra, Cargas Sociales. - Seguro obrero y de terceros. - Maquinarias y equipos de emergencia. - Obradores. - Oficina de inspección. - Proyectos y/o nivelaciones. - Gastos de inspección de obra. - Publicidad. - Servicio de atención de reclamos. - Informática. - Señalamiento en la vía pública. - Gastos Generales. - Impuestos Nacionales y Municipales. - Costos financieros. - Beneficios. - Etc. La totalidad de los recaudos enumerados que deben contener los sobres Nº 1 y 2, constituyen un requisito esencial para la admisibilidad de la oferta. La falta de presentación de cualquiera de ellos, o la realizada en forma incompleta o deficiente, implicará el rechazo de la misma.- Cuando la omisión pudiera advertirse sin lugar a dudas en el acto de apertura, la propuesta será rechazada y devuelta al proponente en ese mismo acto, sin más trámite. Aquellas declaradas admisibles estarán sujetas a una nueva revisión, pudiendo procederse a nuevas desestimaciones en caso de verificarse incumplimientos u omisiones que constituyan causal de rechazo o inadmisibilidad de la oferta, aún con posterioridad a la apertura del sobre Nº 2, y hasta que se decida la adjudicación de la obra.-

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ARTICULO 8º MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. El oferente estará obligado a mantener su oferta por el lapso de SESENTA (60) días corridos contados desde la fecha del acto de apertura. Vencido dicho término sin que se haya procedido a la adjudicación, se considerará automáticamente prorrogado por un nuevo término de SESENTA (60) días corridos, salvo que el oferente manifieste, con tres (3) días de anticipación al vencimiento del primer término fijado, su voluntad de retirar la oferta. Dicha manifestación deberá ser efectuada por escrito y notificada en forma fehaciente al organismo licitante.- ARTICULO 9º APERTURA DE SOBRES. En el lugar, día y hora fijado para la apertura de sobres, o el día hábil inmediato siguiente a la misma hora si aquél fuera declarado feriado o de asueto administrativo, se dará comienzo al acto de apertura de los sobres. Se abrirán los sobres Nº 1 de las propuestas y de su contenido se dejará constancia en el Acta. Cerrado el acto de apertura del sobre Nº 1, a aquellos proponentes que cumplieron con todos los recaudos exigidos para el sobre Nº 1, se les procederá a abrir, en el mismo acto, el sobre Nº 2, dejándose constancia en el Acta de su contenido y propuesta. Una vez iniciado el acto, este no podrá ser interrumpido por motivo alguno. Todos los oferentes tendrán derecho a hacer asentar en el Acta las observaciones que sean procedentes, pura y exclusivamente con respecto al acto de apertura. No se admitirá la formulación de observaciones o impugnaciones referidas a otras ofertas, las que podrán efectuarse dentro del plazo de vistas previsto en el artículo 11º del presente pliego, y previa constitución de garantía o caución conforme al mismo artículo del presente pliego. En el Acta a labrarse con motivo de la apertura de sobres, se establecerá un número a las ofertas presentadas, por orden de su apertura, y se dejará constancia de los siguientes extremos:

a) Número y denominación de la licitación. b) Número de expediente administrativo de la licitación. c) Día y hora de comienzo del acto. d) Nombre de los oferentes. e) Número de orden asignado a cada propuesta. f) Forma e importe de la garantía de mantenimiento de oferta presentada o de su ausencia en

su caso. g) Deficiencias o incumplimientos que se observen por la Municipalidad en las ofertas

presentadas, y que determinen el rechazo de las mismas en el acto de apertura. h) Los importes cotizados por cada proponente para llevar a cabo la obra. i) Eventuales observaciones al acto formuladas por algún proponente, con la respectiva

individualización de quien las hubiere formulado. El Acta será leída y suscrita por los funcionarios actuantes y los oferentes o sus representantes legales que desearen hacerlo. Copia del acta será suministrada a los oferentes que lo soliciten, dentro de los dos (2) días contados a partir del acto de apertura. La totalidad de los recaudos enumerados que deben contener los sobres Nº 1 y 2, constituyen un requisito esencial para la admisibilidad de la oferta. La falta de presentación de cualquiera de ellos, o la realizada en forma incompleta o deficiente, implicará el rechazo de la misma.- Cuando la omisión pudiera advertirse sin lugar a dudas en el acto de apertura, la propuesta será rechazada y devuelta al proponente en ese mismo acto, sin más trámite. Los sobres Nº 2 de las ofertas que no sean declaradas admisibles o rechazadas por incumplir con los recaudos exigidos en el sobre nº 1, serán puestos a disposición de los oferentes sin abrir. En caso de

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no concurrir los mismos o negarse a retirarlos, se dejará constancia de ello en el expediente, y se dispondrá su devolución al interesado por correo, enviado al domicilio constituido en la oferta. Aquellas declaradas admisibles estarán sujetas a una nueva revisión, pudiendo procederse a nuevas desestimaciones en caso de verificarse incumplimientos u omisiones que constituyan causal de rechazo o inadmisibilidad de la oferta, aún con posterioridad a la apertura del sobre Nº 2, y hasta que se decida la adjudicación de la obra.- ARTICULO 10º VISTA DE LAS OFERTAS. Los oferentes tendrán un plazo de dos (2) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de apertura de sobres, para consultar las restantes propuestas y deducir en su caso, dentro del mismo plazo común, las impugnaciones que estimaren convenientes. ARTICULO 11º IMPUGNACIONES. Se establece como presupuesto formal para la admisibilidad de la presentación de cualquier tipo de impugnaciones - tengan éstas la forma de recurso, reclamo, observación o cualquier otro modo de petición -, la constitución de un depósito en caución por la suma de PESOS CINCO MIL ($ 5.000). El mismo será realizado en la Tesorería Municipal y, en su caso, reintegrado al impugnante si la impugnación prospera total o parcialmente. En caso contrario, el depósito quedará perdido para el proponente a favor de la Municipalidad.- De las impugnaciones se dará traslado a los oferentes impugnados por el término de dos (2) días hábiles al solo efecto de que tomen conocimiento de la misma, y manifiesten, dentro de dicho plazo, lo que estimen pertinente respecto de la impugnación. Queda establecido que no podrá acompañarse en tal oportunidad documentación que debió ser presentada en el sobre correspondiente. Cumplidos los trámites señalados precedentemente, en cuanto correspondiere, quedará concluido el período de vistas e impugnaciones. Las actuaciones quedarán reservadas para su evaluación por la Comisión respectiva. ARTICULO 12º EXAMEN DE LAS OFERTAS. La documentación contenida en las ofertas será analizada por la Comisión de Preadjudicación que estará integrada por personal de la S.P.O.P. El Sobre Nº 1 de las ofertas servirá para evaluar la capacidad Empresaria, Técnica y Financiera del proponente. El análisis de dicha Comisión deberá efectuarse sobre la base de una metodología que pondere los distintos factores concurrentes en la presente licitación y demuestre la adecuación de las ofertas a las bases del llamado y capacidades suficientes en cada oferente. Dicha Comisión podrá requerir los informes que considere conveniente a los oferentes, las Reparticiones Técnicas intervinientes, etc. Con los datos proporcionados por los oferentes o los que recabe de terceros, la Comisión verificará y evaluará la idoneidad y capacidades de cada uno de ellos y determinará cuál es la oferta más conveniente, todo lo cual se formalizará mediante un dictamen. Producido el dictamen la Comisión remitirá las actuaciones a la S.P.O.P., la que a su vez elevará el proyecto de decreto que disponga la selección de la oferta más conveniente. Dicho acto resolverá todas las impugnaciones formuladas y será dictado por el D.E., y notificado a los oferentes a quienes se les hará saber la adjudicación y el rechazo de las propuestas.- ARTICULO 13º REQUISITOS PARA LA EVALUACION. -1. La evaluación no será utilizada para establecer orden de prelación. Todas las empresas que resulten admisibles por aplicación de la presente metodología, estarán en un pie de igualdad a los fines de la consideración de sus ofertas económicas.

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-2. Todos los oferentes estarán obligados a suministrar la información adicional que se considere pertinente, a solicitud de la Comisión de Preadjudicación, fijándose un plazo adecuado para cumplimentarla, pero de ningún modo tales presentaciones podrán ser modificatorias de la oferta presentada. Si los oferentes no cumplieran en plazo con lo solicitado por la Comisión se podrá tener por desistida su presentación. -3. Se establece que la presentación incompleta o falsa de la documentación que se solicita conforme a las exigencias expresadas en cada caso podrá tener como consecuencia la descalificación del oferente. -4. La Comisión de Preadjudicación tendrá la facultad de auditar la información suministrada por los oferentes, debiendo éstos facilitar todo trámite de verificación y la gestión para visitar las obras efectuadas por los mismos. El incumplimiento de ésta obligación podrá producir las consecuencias previstas en el apartado -2. precedente. -5. Es condición de admisibilidad de la propuesta presentar un equipamiento con suficiente adecuación tecnológica, cantidad y estado de uso, para la ejecución eficiente de la obra conforme a lo requerido en este llamado a licitación. La Comisión podrá evaluar si alguno o todos los equipos indicados por el Oferente, cumplen las condiciones mínimas establecidas por las reglas del buen arte para la ejecución de la Obra, incluso las equivalencias técnicas entre la denominación y la realidad de los equipos que presente la Empresa para ejecutar los trabajos. En todos los casos se aceptarán equipos de tipo superior a los indicados siempre que los mismos estén de acuerdo a las características de los trabajos a ejecutar por la empresa. En ningún caso la utilización de equipamiento superior al indicado, generará derecho alguno al contratista que implique modificar o reconocer los valores de obra ofertados y aceptados por la Municipalidad. La Inspección podrá exigir, en cualquier momento que lo considere oportuno y conveniente para la ejecución de los trabajos la intervención de alguno o todos los equipos indicados en la Nómina de Equipos presentada en el Acto Licitatorio, dentro del plazo que la misma estime necesario, pudiendo paralizar la ejecución de los trabajos, sin interrupción del plazo contractual, y aplicar las sanciones correspondientes al Pliego de Bases y Condiciones. El Contratista, no obstante la aprobación que se preste al equipo que utilice, estará obligado a cambiarlo o adecuarlo sin derecho a indemnización alguna, ni prórroga del plazo contractual si dicho equipo no resultara adecuado, conveniente o suficiente a exclusivo juicio de la Municipalidad. ARTICULO 14º CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES DE LA LICITACION La adquisición del Pliego y la sola presentación de la oferta implicarán el conocimiento y la aceptación por el interesado u oferente de las reglas, bases y condiciones de la licitación, y de todas las disposiciones establecidas en el mismo.- ARTICULO 15º CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS A) Serán causales de rechazo de las propuestas en el Acto de Apertura de Sobres:

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1) La omisión o la presentación deficiente o incompleta de cualquiera de los requisitos exigidos en la Ley N° 6021, de Obras Públicas de la Provincia de Buenos Aires y modificatorias, como así también las exigidas en la Ley Orgánica Municipal, para el Sobre Nº 1 y para el Sobre Nº 2. 2) La existencia de enmiendas, testados, entrelineados, en partes esenciales de la oferta, que no hayan sido salvadas al pie con firma del oferente y del Representante Técnico. 3) Las ofertas que se aparten de las cláusulas establecidas en el presente pliego o establezcan condiciones incompatibles con el mismo.- B) La totalidad de los recaudos enumerados que deben contener los sobres Nº 1 y 2, constituyen un requisito esencial para la admisibilidad de la oferta. La falta de presentación de cualquiera de ellos, o la realizada en forma incompleta o deficiente, implicará el rechazo de la misma.- ARTICULO 16º ORDEN DE MERITO. Las ofertas serán ordenadas por la Comisión de Evaluación, según la cotización efectuada por los oferentes. Una vez cumplido ello, se remitirán las actuaciones a la S.P.O.P. para la elaboración del proyecto de adjudicación, según el procedimiento descrito en el artículo 13º REQUISITOS PARA LA EVALUACION del presente Pliego. ARTICULO 17º ADJUDICACION La adjudicación recaerá sobre la propuesta más ventajosa, siempre que se ajuste a las Bases y Condiciones de la Licitación. La Municipalidad conserva la facultad de rechazar todas las propuestas presentadas a la licitación, sin que ello dé lugar a los proponentes a formular reclamo alguno. Cuando se disponga la adjudicación a un proponente cuya oferta no sea la de menor monto el D.E. deberá justificar las razones que inducen a semejante decisión, teniendo en cuenta las bases y condiciones de la Licitación. Dichas razones pueden ser: técnicas, económicas y/o de calificación de las empresas. En caso de presentarse solo una propuesta, la misma podrá aceptarse y adjudicarse, por resolución fundada, siempre que del estudio que se realice resulte la conveniencia de la misma. De existir, a criterio de la autoridad de aplicación, ofertas equivalentes en cuanto a su conveniencia, incluidos el precio o cotización, cuando la diferencia entre ellos no sea significativa, podrá llamar a mejora de dichas ofertas, para que así se haga dentro del término que fije al efecto. El acto de adjudicación será notificado a todos los oferentes precalificados. Las impugnaciones a la adjudicación que eventualmente se presentaren, tramitarán por expediente por separado, formado con las copias pertinentes, sin interrumpir el trámite del principal, aplicándose con carácter supletorio las normas de la Ordenanza General 267/80. ARTICULO 18º MEJORA DE OFERTAS Si entre las propuestas admisibles hubiere dos o más igualmente ventajosas y mas convenientes que las demás y/o si excedieran la reserva presupuestaria prevista, la S.P.O.P., podrá llamar a mejora de precios, en propuesta cerrada dentro de los dos (2) días de notificado a tales oferentes. Dicho acto tendrá las formas previstas en este pliego para la apertura de los sobres Nº 2. En caso de nueva paridad la adjudicación podrá hacerse al oferente que reuniera mayor capacidad Técnica y Financiera, a juicio del D.E. ARTICULO 19º DESISTIMIENTO DEL OFERENTE O ADJUDICATARIO Si antes de resolverse la adjudicación o de suscribirse el contrato, dentro del plazo de mantenimiento de la propuesta, ésta fuera retirada, el oferente perderá la garantía que hubiere constituido, en beneficio de la Municipalidad y será suspendido en el Registro de Licitadores por el término que fije el D E. La pérdida de la garantía referida, lo será sin perjuicio de la reparación de los daños que con tal proceder el oferente o adjudicatario causare a la Municipalidad.

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ARTICULO 20º FIRMA DEL CONTRATO Adjudicada la obra, se notificará de ello al interesado en el domicilio constituido y se le intimará a que concurra a firmar el Contrato dentro de los diez (10) días hábiles, contados desde la notificación, provisto de la siguiente documentación:

1) Garantía de cumplimiento del Contrato la que se integrará únicamente de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 7º apartado 8.4 del presente pliego.

2) Certificado de Libre Inhibición. 3) Certificado expedido por el Registro de Juicios Universales del Departamento

Judicial correspondiente al domicilio comercial del adjudicatario. 4) Contrato Profesional del Representante Técnico visado por el Colegio Profesional

pertinente. 5) El aporte innominal por las tareas descriptas en el Art. 26 inc. i) de la ley 12490

desarrolladas por el Municipio que corresponden a la confección de la presente documentación y a la inspección de los trabajos que se ejecuten.

6) Las personas físicas y los directivos y responsables de las personas jurídicas, deberán acompañar Libre Deuda del Registro de Deudores Alimentarios, en cumplimiento de lo dispuesto por la ley 13.074 y Decreto Provincial 340/04. El contrato a que se refiere el presente Pliego, será suscrito por el D. E., conforme a los montos que resulten de la licitación. En el caso de que el Adjudicatario no concurriese a formalizar el Contrato dentro del plazo estipulado anteriormente, se aplicará una multa equivalente al diez por ciento (10 %) de la Garantía que fija el Articulo 7º por cada día de mora. Si transcurridos los cinco (5) días corridos desde el vencimiento del plazo no se hubiese formalizado el contrato, el Departamento Ejecutivo podrá dejar sin efecto la adjudicación de la obra sin necesidad de interpelación previa, con pérdida de la Garantía de Propuesta, pudiendo el D.E. disponer la adjudicación en favor del oferente que le siga en el orden de méritos. Si la falta de la firma fuere atribuible a la MUNICIPALIDAD, el adjudicatario podrá solicitar que se deje sin efecto la adjudicación, con devolución de la garantía de la oferta, pero sin que ello genere reconocimiento de indemnización alguna. Sin perjuicio de la aplicación de las penalidades, subsistirá la responsabilidad que pudiera corresponder a la adjudicataria por los daños y perjuicios ocasionados con su incumplimiento. Forman parte del Contrato en todas sus formas y consecuencias:

a) El Pliego de Bases y Condiciones en su totalidad. b) Memoria descriptiva y condiciones especiales. c) Los Planos Generales y de Detalle. d) La Propuesta del Adjudicatario. e) Las órdenes de Servicio que imparta la Inspección de la Obra. f) Todas las Actas que se labren en el transcurso de los trabajos.

En los casos de ampliaciones de obra, el contratista deberá adjuntar la misma documentación que para el Contrato Original. ARTICULO 21º GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO El adjudicatario para firmar el Contrato, deberá constituir la garantía de cumplimiento del contrato, por el equivalente al cinco por ciento (5%) del monto de la oferta adjudicada, mediante cualquiera de las formas establecidas en el artículo 8º del presente pliego.- El monto de esta garantía permanecerá inalterado hasta la recepción definitiva de las obras.

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ARTICULO 22º GASTOS DE CONTRATO. Los Gastos que se originen para formalizar el Contrato, serán por exclusiva cuenta del adjudicatario, incluidos los sellados de Ley. ARTICULO 23º GASTOS POR ASISTENCIA TECNICA El Contratista deberá depositar en la Cuenta Corriente que se designe al adjudicatario de la obra, a la orden de la Municipalidad de La Plata, el depósito – en pesos- del 3% (tres por ciento) del monto del certificado de obra correspondiente al mes trabajado, en concepto de gastos de ASISTENCIA TECNICA Y CONTROL DE CALIDAD DE MATERIALES. ARTICULO 24º AUMENTOS O REDUCCIONES DE OBRAS Podrá la Municipalidad disponer aumentos o reducciones de obra contratada, que no excedan en conjunto el veinte por ciento (20%) del monto total del contrato, las que serán obligatorias para el contratista, abonándose en el primer caso el importe del aumento, sin que tenga el contratista derecho en el caso de reducciones, a reclamar indemnización alguna por los beneficios que hubiese dejado de percibir. La autorización para efectuar los trabajos de ampliaciones, modificaciones, obras nuevas e imprevistas deberá emanar del D.E. dentro del porcentaje establecido en este artículo, fijando para estos casos, las variaciones de plazo si correspondiera. Cuando se haga uso de la reserva del veinte por ciento (20%) no se firmará nuevo contrato. En las actuaciones administrativas se dictará el Decreto y se dejará debida constancia de la conformidad del contratista. Igual procedimiento se aplicará cuando se disponga una reducción de trabajos respecto a la suma contratada a favor de la Municipalidad. En toda ampliación de obra o en todas las obras adicionales o imprevistas que se autoricen el contratista deberá efectuar los depósitos complementarios de la garantía. ARTICULO 25º SUJECION AL CONTRATO No podrá el contratista por sí, hacer trabajo alguno sino con estricta sujeción al contrato y a las reglas del arte. Los materiales de mejor calidad o la mejor ejecución empleada por el contratista no le darán derecho a mejora de precios. En caso de fuerza mayor debidamente justificada, la S.P.O.P. podrá autorizar el empleo de materiales de distinta calidad, a exclusiva cuenta y costo del contratista. ARTICULO 26º DEMORAS EN LA EJECUCION DE LOS TRABAJOS Las demoras en la ejecución y terminación de los trabajos darán lugar a la aplicación de multas o sanciones que fija el Pliego de Bases y Condiciones, salvo que el contratista pruebe que se debieron a causas justificadas. El contratista quedará constituido en mora por el solo hecho del transcurso del o de los plazos estipulados en el contrato y obligado al pago de la multa correspondiente, sin necesidad de requerimiento o interpelación alguna debiéndose descontar el importe respectivo de los certificados a emitir o en su defecto de las garantías constituidas. La aplicación de la multa será dispuesta por la S.P.O.P. Las impugnaciones o recursos deducidos contra las multas aplicadas, serán resueltas por la S.P.O.P. Cuando el total de las multas aplicadas alcance el quince por ciento (15%) del monto del contrato, la Municipalidad podrá rescindirlo por culpa del Contratista. Las causas justificadas eximentes de responsabilidad por mora en el plazo de contrato, serán denunciadas por escrito por el contratista dentro del plazo perentorio de quince (15) días de producidas, debiendo acompañar si correspondiere, la prueba de su existencia. La petición será informada por la inspección de obra, respecto de la incidencia en la marcha de los trabajos, de la que se dará vista al contratista dentro de los quince (15) días de efectuada la presentación. Toda solicitud de prórroga deberá ser resuelta por el D.E.

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ARTICULO 27º CESION DEL CONTRATO El contratista podrá ceder o transferir el contrato, únicamente si media previa autorización del D.E., y en la medida que cumpla los siguientes requisitos:

a) Que el cesionario, inscripto en la especialidad correspondiente en el Registro de Licitadores, tenga capacidad técnico- financiera suficiente para la totalidad del contrato original y que el saldo de dicha capacidad supere el monto de la obra que falta ejecutar.

b) Que el cedente haya ejecutado, al tiempo de la cesión, no menos del treinta por ciento (30%) del monto de los trabajos.

c) Que el cesionario presente documentos que sustituyan a la garantía de cualquier naturaleza que hubiera presentado o se le hubiera retenido al contratista cedente. La cesión efectuada por el contratista sin la previa autorización otorgada por la Municipalidad implicará la rescisión del contrato por culpa de la contratista, sin necesidad de previa interpelación judicial ni extrajudicial.- ARTICULO 28º PERMANENCIA EN OBRA DEL CONTRATISTA, REPRESENTANTE TECNICO O REPRESENTANTE EN OBRA. El contratista, el representante técnico o un representante en obra autorizado y aceptado por la S.P.O.P., deberá hallarse presente durante las horas de ejecución de los trabajos. No podrán ejecutarse tareas sin la presencia de las personas especificadas en este artículo bajo pena de la suspensión de las obras sin interrupción de los plazos contractuales. ARTICULO 29º RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA El contratista será en todos los casos, responsable de los daños y perjuicios ocasionados por la impericia de sus agentes u obreros, como así también de la mala fe, o falta de honestidad en el suministro o empleo de los materiales. Responderá en todos los casos, directamente a la Municipalidad y a terceros de los daños producidos a las personas o a las cosas con motivo de los trabajos, cualquiera sea su causa o naturaleza, quedando entendido que por ello no tendrá derecho a pedir compensación alguna. El contratista debe tomar todas las disposiciones y precauciones para evitar daños al personal de la obra, a esta misma y a terceros, por acción de las máquinas y herramientas, por maniobra en el obrador, o por cualquier otra causa relacionada con la ejecución de la obra. El resarcimiento de los perjuicios que, no obstante, se produjeran, correrá por exclusiva cuenta del contratista.- En ningún caso la Municipalidad será responsable de los daños y perjuicios emergentes de la ocupación temporaria de la propiedad privada hecha por el contratista en el obrador o campamento. El contratista será directamente responsable por el uso indebido de materiales, sistemas de construcción, maquinarias e implementos patentados y pondrá a cubierto a la Municipalidad de todos los gastos y costos a que diera lugar, pudiendo hacerse efectivo del depósito de garantía o de los créditos‚ pendientes de cobro. El contratista será responsable de los daños a los servicios públicos (gas, luz, cloacas etc.) cuando los mismos se realicen sin conocimiento y/o permiso de las entidades prestatarias de los servicios. ARTICULO 30º RESCISION DEL CONTRATO La quiebra, la liquidación sin quiebra o el concurso de acreedores del contratista producirán de pleno derecho la rescisión del contrato. Dentro de un plazo de sesenta (60) días contados desde la fecha del auto de quiebra, de liquidación sin quiebra o de declaración de concurso podrá la Municipalidad aceptar que otra persona propuesta

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por sus acreedores o alguno de ellos, inscripta en la especialidad correspondiente del Registro de Licitadores, se haga cargo del contrato en iguales condiciones siempre que tenga suficiente capacidad técnico- financiera para la ejecución del monto total de la obra y haga efectiva iguales garantías que el titular del contrato. ARTICULO 31º RESCISION POR INCAPACIDAD O MUERTE En caso de incapacidad o muerte del contratista, la Municipalidad podrá rescindir el contrato si dentro del plazo de noventa (90) días sus herederos o sus representantes legales, según corresponda, no la tomaren a su cargo ofreciendo las mismas garantías que las exigidas por el contrato, siempre que a juicio de la Municipalidad tuvieren o suplieren las condiciones necesarias de capacidad técnico financiera para cumplimiento del mismo. También podrán, dentro de dicho termino y en iguales condiciones proponer a una de las firmas inscriptas en la especialidad correspondiente del registro de licitadores con la capacidad suficiente para el caso. El mismo procedimiento podrá observarse cuando adjudicada la obra, el adjudicatario falleciera o cayera en incapacidad antes de haberse firmado el contrato. Si el Departamento Ejecutivo resolviera la rescisión por muerte o incapacidad del contratista, abonará a la sucesión o al curador lo que se adeudare por los trabajos ejecutados y se le permitirá retirar el plantel, útiles y materiales. En este caso se devolverán los depósitos de garantía no afectados o sujetos a condición. Si conviniera a la Municipalidad el plantel, los útiles y materiales acopiados para la obra, podrá arrendarlos o adquirirlos previa tasación efectuada por tres profesionales de la Comuna. ARTICULO 32º RESCISION POR CULPA DEL CONTRATISTA La Municipalidad tendrá derecho además a rescindir el contrato en los siguientes casos:

a) Cuando el contratista se haga culpable de fraude o grave negligencia o contravenga las obligaciones y condiciones estipuladas en el contrato.

b) Cuando el contratista se exceda sin causa justificada del plazo fijado en las bases de licitación, para la iniciación de las obras.

c) Cuando el contratista no llegare a justificar las demoras en la ejecución de la obra, en caso de que la parte ejecutada no corresponda al tiempo previsto en los planes de trabajos y a juicio de la S.P.O.P., no pueda terminarse la obra en los plazos estipulados.

d) Cuando el contratista infrinja las leyes del trabajo en forma reiterada. e) Cuando el total de las multas aplicadas alcance al 15% del monto del contrato.-

Previamente en los caso b) y c) deberá intimarse al Contratista por orden de servicio cédula o telegrama colacionado dirigido al domicilio constituido, para que inicie o acelere los trabajos hasta alcanzar el nivel contractual de ejecución en el plazo que a tales efectos se le fije. Vencido el plazo de intimación e iniciadas las actuaciones tendientes a la rescisión, la S.P.O.P. dispondrá por orden de servicio la paralización de los trabajos tomando la S.P.O.P., posesión de la obra, equipos y materiales, debiendo en la disposición respectiva fijar el plazo dentro del cual se formará inventario. La comuna podrá disponer de los materiales perecederos con cargo de reintegro al crédito del contratista. ARTICULO 33º EFECTOS DE LA RESCISION POR CULPA DEL CONTRATISTA Resuelta la rescisión del contrato por las causales contempladas en el artículo 33°, la misma tendrá las siguientes consecuencias:

a) El contratista responderá por los perjuicios que sufra la Municipalidad a causa del nuevo contrato que celebre para la continuación de las obras o por la ejecución de estas por administración.

b) La Municipalidad dispondrá, si lo cree conveniente (previa valuación) de los equipos y materiales que se encuentran en obra necesarios para la continuación de la misma.

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c) Los créditos‚ que resulten por los materiales equipos e implementos que la Municipalidad reciba, en el caso del inciso anterior, por la liquidación de partes de obras terminadas y obras inconclusas que sean de recibo, quedarán retenidos a la resulta de la liquidación final de los trabajos ejecutados hasta el momento de la rescisión del contrato.

d) Sin perjuicio de las sanciones dispuestas en estas especificaciones, el contratista incurso en fraude o grave negligencia perderá los depósitos de garantía. Asimismo se lo eliminará o suspenderá en el registro de licitadores de la comuna por el término que se fije y se comunicará al registro de licitadores del Ministerio de Obras Públicas.

e) Cuando se opere la rescisión por imperio de lo dispuesto en el inciso b) del artículo 33º RECISIÓN POR CULPA DEL CONTRATISTA, el contratista perderá el depósito de garantía de contrato.

f) En todos los casos en que la responsabilidad del contratista excediera el monto de los depósitos de garantía podrá hacerse efectiva la misma sobre los equipos, los que se retendrán a este efecto, pudiendo afectarse créditos‚ de la misma empresa con la Municipalidad.

g) En los casos en que surja responsabilidad técnica, el Departamento Ejecutivo dará traslado del hecho al Consejo de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires.

ARTICULO 34º RESCISION POR CULPA DE LA MUNICIPALIDAD El contratista tendrá derecho a solicitar la rescisión del contrato en los siguientes casos:

a) cuando por causas imputables a la Municipalidad se suspenda por más de tres meses la ejecución de las obras.

b) Cuando el contratista se vea obligado a reducir el ritmo previsto en más de un cincuenta por ciento (50%) durante cuatro (4) meses como consecuencia de la falta de cumplimiento de la Municipalidad en la entrega de la documentación, o elementos a que se hubiere comprometido, según contrato.

c) Cuando la Municipalidad no efectúe la entrega de terrenos ni realice el replanteo cuando éste corresponda dentro del plazo fijado en el contrato, más una tolerancia de treinta (30) días, siempre que esta circunstancia impida la iniciación de la obra.

d) Cuando la Municipalidad demore la emisión o pago de algún certificado por más de tres (3) meses después del término señalado y sin perjuicio del reconocimiento de intereses establecidos, excepto que mediara culpa o negligencia del contratista. En todos los casos el contratista intimará previamente a la Municipalidad, la que en el término de sesenta (60) días, deberá normalizar la situación. Vencidos los términos a que se refiere este artículo el contratista intimará a la Municipalidad a normalizar la situación, la que deberá hacerlo en el término de sesenta (60) días para los casos de los incisos a) b) y d) y de quince (15) días para el caso del inciso c). Una vez que se expida la Municipalidad sin normalizar la situación, o transcurridos los plazos establecidos, el contratista tendrá derecho a rescindir el contrato. ARTICULO 35º EFECTOS DE LA RESCISION POR CULPA DE LA MUNICIPALIDAD. Producida la rescisión del contrato en virtud de las causales previstas en el artículo anterior, la misma tendrá las siguientes consecuencias:

a) Liquidación a favor del contratista del importe de los materiales acopiados y los destinados a obra en viaje o en elaboración, que sea de recibo.

b) Transferencias sin pérdida para el contratista de los contratos celebrados por el mismo para la ejecución de la obra o indemnización.

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c) Si hubiere trabajos ejecutados se efectuará la Recepción provisional, debiendo realizarse la definitiva una vez vencido el plazo de conservación fijado, cuando esta corresponda.

d) Liquidación a favor del contratista de los trabajos realizados a los precios de contrato. e) La liquidación a favor del contratista de los gastos generales comprobados y beneficios

correspondientes al monto de obra que ha dejado de ejecutar. f) No se liquidará a favor del contratista suma alguna por otros conceptos que los

especificados en este artículo. La Municipalidad en el término de noventa (90) días practicará las liquidaciones a que se refiere este artículo. El transcurso del plazo se suspenderá cuando el contratista no adjuntare los elementos probatorios que obraren en su poder y que le fueran requeridos.

ARTICULO 36º RESCISION POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR Será asimismo causal de rescisión el caso fortuito o fuerza mayor que imposibilite el cumplimiento del contrato. En este caso se pagará al contratista la obra que hubiera ejecutado conforme a las estipulaciones del contrato y los materiales acopiados que fueran de recibo, a los precios de contrato.

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CAPITULO II

ESPECIFICACIONES LEGALES PARTICULARES ARTICULO 1º OBJETO DE LA LICITACION. El presente pliego tiene por objeto la pavimentación de las calles 166 de 42 a 43, 168 de 41 a 43, 169 de 44 a 41, 43 de 166 a 167, 48 de 171 a 172, 49bis de 171 a 172, 50 de 171 a 172, 51 de 171 a 172, 172 de 47 a 52, 42 de 167 a 170, y 41 de 167 a 169,, en Lisandro Olmos, Partido de La Plata, de acuerdo con el plan de obras que llevará a cabo la Municipalidad de La Plata en el marco del Presupuesto Participativo 2013. ARTICULO 2º TRABAJOS A REALIZAR Las obras que se contratan por la presente, deberán ajustarse en un todo a la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas Particulares y Proyectos que forman parte del presente pliego. Dichos trabajos se clasificarán en los siguientes ítems:

Item Descripción

1 Obrador y movimiento de equipos 2 Limpieza y Perfilado de zona de trabajo 3 Escarificado, rastreo y reconstrucción de calles 4 Agregado Pétreo 5 Incorporación de suelo seleccionado 6 Incorporación de 4% de C.U.V. 7 Carpeta Asfáltica 8 Provisión y colocación de conductos

8,a Caño premoldeado de Hº Aº de Ø = 0,40 m. 9 Perfilado y Limpieza de zanjas

10 Saneamiento c/suelo seleccionado 11 Reductores de velocidad 12 Honorarios Profesionales

ARTICULO 3º ADQUISICIÓN DE LOS PLIEGOS, CONSULTAS Y CIRCULARES Los pliegos de la presente licitación podrán adquirirse desde el día 15 al 31 de agosto de 2013 en la Secretaría de Economía en el horario de 9 a 12 horas. Las consultas por escrito solamente podrán ser solicitadas por los adquirentes de pliegos, hasta el día 31 de agosto de 2013, las circulares podrán ser emitidas hasta el día 4 de septiembre de 2013. ARTICULO 4º PRESENTACIÓN DE OFERTAS. Las ofertas deberán presentarse en la S.P.O.P., sita en la Torre I (calle 12 esq. 51) 4º piso, hasta las 10,00 horas del día 6 de septiembre de 2013. La apertura de las ofertas se llevará a cabo en la S.P.O.P. en el día y hora fijados, a la que podrán concurrir los oferentes o sus representantes legales.

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En ningún caso se admitirán ofertas presentadas después de la fecha y hora indicada en este Pliego, cualquiera sea la causa del retraso. ARTICULO 5º FORMAS DE COTIZAR. INVARIABILIDAD DE PRECIOS. Los precios cotizados se entenderán en pesos de curso legal y de pago contado. Los oferentes cotizarán la totalidad de las obras a ejecutar y la totalidad de los ítems detallados en las planillas que como anexos forman parte del presente pliego. ARTICULO 6º PLAZO DEL CONTRATO Las obras objeto de la presente licitación deberán ejecutarse en un plazo de CIENTO DIEZ DIAS CORRIDOS (110), contados a partir de la fecha de la formalización del contrato. ARTICULO 7º FECHA DE INICIACIÓN DE LOS TRABAJOS. Dentro de los cinco (5) días corridos contados a partir de la NOTIFICACION A LA EMPRESA CONTRATISTA DE LA FINALIZACION DE LOS TRAMITES ADMINISTRATIVOS DE FORMALIZACION DEL CONTRATO, se labrará entre el Contratista y la S.P.O.P., la correspondiente Acta de Iniciación y Replanteo, que será firmada por el Inspector de la Obra y el Representante Técnico de la Contratista. La realización de dicho acto, será notificado al Contratista en forma fehaciente, y con una antelación de 2 días corridos a su realización. En el mismo acto, la Empresa Contratista entregará a la Inspección, un plan de trabajos que será aprobado o corregido dentro de las 48 hs. subsiguientes. A partir del día posterior a la fecha prevista para la realización del Acta de Iniciación y Replanteo comenzarán a contarse los plazos que establece el presente Pliego para la ejecución de la obra. Cada día de retraso en la suscripción del Acta de Iniciación y Replanteo por parte del Contratista, será penada con una multa equivalente al dos por diez mil (2/10.000) del monto del Contrato, quedando facultada la Municipalidad para labrar el Acta de Iniciación y Replanteo con la firma del Inspector de la Obra y la de un representante de la Dirección de Asuntos Jurídicos, contándose a partir de esta fecha el Plazo Contractual. ARTICULO 8º PERMANENCIA DE DOCUMENTOS EN OBRA Teniendo el Contratista la obligación de ajustarse en un todo a los documentos del Contrato, se le entregará en el momento de la Firma del Acta de Iniciación y Replanteo una copia Legalizada de ellos, los cuales estarán permanentemente a disposición de la Inspección en Obra. ARTICULO 9º INTERPRETACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DEL CONTRATO. Cuando los planos y demás documentos del Contrato presenten dudas para el Contratista, este recabará de la Inspección, con la anticipación debida, las aclaraciones correspondientes, siendo siempre responsable de la demora o perjuicio que pudiera significar tal omisión. Los planos, proyectos y demás documentos del Contrato se complementan entre sí de forma que cualquier omisión en uno de ellos queda salvada por su referencia en el otro. En ningún caso o controversia con respecto a los trabajos a realizar o a su pago, se podrán demorar los mismos de manera de provocar una interrupción o entorpecimiento del ritmo de obra establecido en el plan de trabajos. ARTICULO 10º INSPECCION DE LOS TRABAJOS. La ejecución de la obra se realizará bajo el control de un servicio técnico dependiente de la S.P.O.P. Estará integrado por un inspector técnico de la dependencia citada y uno o más auxiliares técnicos si se considerase necesario, cuya designación se notificará al contratista por medio del libro de órdenes de servicio. Será obligación del contratista facilitar los elementos necesarios para el eficaz cumplimiento de la misión de controlar por parte de la inspección. Este servicio resolverá todas las cuestiones concernientes a la construcción, calidad de los materiales, marcha de los trabajos y correcta

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ejecución de los mismos, extenderá la certificación de la obra realizada y dará las órdenes e instrucciones al contratista, hará demoler y reconstruir todo trabajo que a su juicio este mal realizado o no se ajuste a los planos y Pliego de Bases y Condiciones y tendrá además las facultades que se establecen expresamente en el presente pliego. ARTICULO 11º PRESTACIONES Y PROVISIONES El contratista entregara en la S.P.O.P. en forma adelantada por cada mes, vales para la carga de 600 litros de nafta súper. La empresa contratista hará entrega a la S.P.O.P. a la firma del acta de inicio de la obra un (1) automóvil de no menos 1600cm3 y de una antigüedad no mayor a 2 años a la fecha de adjudicación de la obra. El vehículo será devuelto a la contratista al operarse la recepción definitiva de las obras contratadas. Si el vehículo sufriera desperfectos que obligaran a ponerlo fuera de servicio por un periodo de mayor de 10 días corridos el contratista deberá reemplazar dicha movilidades forma inmediata por otra de similares características. El vehículo deberá estar provisto de aire acondicionado, dirección hidráulica, matafuego, balizas reglamentarias, criquet, juego de herramientas, sistema de remolque, seguro contra todo riesgo, y toda la documentación necesaria para circular según la reglamentación vigente. La contratista no podrá enajenar este vehículo hasta que se produzca su devolución por parte de la municipalidad, excepto que lo reemplace por otro de iguales características. Asimismo hará de entrega a la S.P.O.P., a la firma del acta de inicio, 1 (UNO) teléfono celular, con los servicios de telefonía móvil, conexión directa individual o grupal (radio digital de doble vía) y cámara de fotos, para uso de la inspección y se hará cargo de un costo de 400 pesos por mes que será devuelto en la fecha de recepción definitiva de la obra. Los gastos que demande el cumplimiento de todo lo expuesto en el presente artículo se encuentran incluidos en el rubro gastos generales. ARTICULO 12º OBLIGACIONES DEL REPRESENTANTE TÉCNICO. El representante técnico del contratista firmará y gestionará las presentaciones que dieran lugar a tramitaciones de carácter técnico y estará presente en todas las operaciones de esa índole que sea necesario realizar en el curso de la construcción, replanteo, nivelaciones, prueba de resistencia, mediciones de obra realizada, recepciones parciales o totales de las obras, etc., debiendo firmar todas las actas que se labren. La Inspección podrá exigir la presencia en obra del Representante Técnico en cualquier etapa de la ejecución con un mínimo de doce (12) horas de antelación. La incomparencia del Representante Técnico o su negativa a la firma de las actas, inhabilita al contratista para reclamos inherentes a la operación realizada, pudiendo la inspección paralizar los trabajos sin interrupción del plazo contractual. ARTICULO 13º RESPONSABILIDAD DE LOS TRABAJOS EJECUTADOS. El contratista es siempre responsable de la correcta ejecución de las obras, debiendo respetar la ubicación, forma y dimensiones que se deduzcan de los planos y proyectos y responder por los desperfectos que puedan producirse durante la ejecución y conservación hasta la recepción definitiva, excepto los producidos por causas que no le fueran imputables.- La Inspección pondrá en conocimiento del contratista tales defectos o deterioros y ésta deberá proceder a su reparación, arreglo o reconstrucción en el plazo que se establezca por medio de la inspección.- Vencido el plazo y sin perjuicio de las sanciones pecuniarias, la S.P.O.P., podrá

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ejecutar los trabajos observados por administración o mediante terceros, a cuenta del contratista, descontando su importe posteriormente. ARTICULO 14º VICIOS DE CONSTRUCCIÓN. Cuando la inspección advierta vicios de construcción, sean en el curso de la ejecución o durante el periodo de conservación, podrá disponer que las partes defectuosas sean demolidas y ejecutadas nuevamente a expensas del contratista. ARTICULO 15º DE LA MEDICION Y PAGO. Del 1 al 5 de cada mes, el Inspector, conjuntamente con el Representante Técnico del contratista, efectuarán el acta de medición de la obra ejecutada y aprobada en el mes inmediato anterior, en un todo de acuerdo a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones –Especificaciones Técnicas Generales y Particulares-.- Con tales elementos, la S.P.O.P. expedirá el correspondiente certificado de obra en el plazo estipulado en la ley 6021. Si el contratista dejare de cumplir con las obligaciones a su cargo, los certificados serán expedidos de oficio, sin perjuicio de las reservas que formularen al efectuar el cobro. El certificado de pago llevará la firma del contratista y su representante técnico, salvo los de oficio. ARTICULO 16º FONDO DE REPAROS. Del importe de cada certificado, se deducirá el cinco por ciento (5%) como mínimo, que se retendrá hasta la recepción Provisoria como garantía de obra. Este depósito podrá ser reemplazado por el contratista, por su equivalente en dinero efectivo, póliza de seguro de caución o fianza o aval bancario conforme a los requisitos del presente Pliego. Estas retenciones, así como las garantías de contrato, podrán ser afectadas al pago de la multas y a las devoluciones que por cualquier otro concepto debiera efectuar el contratista, en caso de que el monto de los certificados fuera insuficiente, debiendo el contratista reponer la suma afectada en el perentorio plazo de diez (10) días hábiles, bajo apercibimiento de rescisión del contrato. ARTICULO 17º CERTIFICADOS. A los efectos del presente Pliego se entiende por Certificado todo crédito documentado que expida la Municipalidad al Contratista con motivo del Contrato de Obra Pública. ARTICULO 18º CARÁCTER PROVISIONAL DE LOS CERTIFICADOS. Todos los certificados son provisionales, pero una vez expedidos no pueden ser modificados en su monto ni trabado su trámite de pago por ninguna circunstancia. De existir errores u omisiones una vez expedidos serán tenidos en cuenta en la certificación siguiente, cualquiera sea su naturaleza. ARTICULO 19º PAGO DE LOS CERTIFICADOS. El pago del certificado deberá hacerse dentro de los treinta (30) días en pesos de curso legal o en Letras de Tesorería para cancelación de obligaciones –ley provincial 12.727-, en forma indistinta, total o parcialmente, plazo que comenzará a contarse a partir de la firma del mismo por el funcionario autorizado al efecto. Si la Municipalidad incurriere en mora, la misma no perjudicará al Contratista y este tendrá derecho a percibir intereses moratorios contándose los plazos para el pago de los mismos desde las fecha que para cada acto se consignan, sin necesidad de constituir en mora a la Municipalidad ni de formular reserva alguna. El plazo de treinta (30) días fijado comenzará a computarse desde la fecha de la firma del certificado por el Subsecretario de Planeamiento y Obras Públicas. ARTICULO 20º CERTIFICACIÓN MENSUAL DE LA OBRA.

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Acompañará a cada certificación, que deberá presentarse por quintuplicado, el acta de medición en igual número de copias. Ambos documentos serán visados por la Inspección dentro de los cinco (5) días de firmada el acta de medición y aprobados cuando estuvieren en un todo de acuerdo con los trabajos ejecutados en dicho plazo. Una vez que el certificado de obra haya sido aprobado, el contratista deberá presentar en el lapso de cuarenta y ocho (48) horas la siguiente documentación referida a los honorarios de su representante técnico de acuerdo al contrato profesional suscrito con el mismo: Boleta de aportes a Ingresos Brutos (si correspondiere) Boleta de aportes sobre honorarios profesionales, visada por el Organismo de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires que corresponda. Boleta de impuesto a las ganancias (si correspondiere) El Contratista no podrá realizar trabajos fuera de los especificados expresamente en el contrato, salvo que sean autorizados por Orden Servicio firmada por la Inspección y el Subsecretario de Planeamiento y Obras Públicas, en la cual se indicará en forma específica el crédito con el que se imputará el pago de los trabajos. La responsabilidad de la ejecución de mayores cantidades que las autorizadas y sin crédito disponible, será totalmente a cargo del contratista, el que deberá mantener al día sus registros de medición para evitar tales labores extras no autorizadas. ARTICULO 21º CERTIFICACIÓN DE ADICIONALES Los adicionales de obra se regirán por lo dispuesto en la ley 6021, debiendo ser previamente autorizados por Decreto del D.E. La Contratista será totalmente responsable por la ejecución de obras que no estén autorizadas y/o que sobrepasen el máximo que establecen el Decreto ley 6769/58 y la ley 6021.- La Comuna no estará obligada a certificar ni a abonar tales trabajos en ningún caso. ARTICULO 22º OBRAS CONEXAS El comitente podrá ordenar la ejecución de tareas conexas a las previstas en los distintos ítems, estén o no contempladas en el presente pliego, pero que resultaren necesarias o convenientes para la realización de los objetivos de la contratación. Dichas tareas deberán ser cotizadas según los precios previstos en la oferta, salvo probada imposibilidad de aplicar tales precios, en cuyo caso el valor será el que se establezca de acuerdo al mecanismo dispuesto por la ley 6021. ARTICULO 23º TRABAJOS OCASIONALES CORRESPONDIENTES Comenzado los trabajos, se implementará un servicio de "respuesta inmediata" sobre operaciones que comprometan a terceros, una vez recibida la información de existencia del conflicto, un móvil de la contratista reconocerá el problema, y tomará las medidas necesarias para salvaguardar la seguridad del público, (señalización, rellenos provisorios, etc.) hasta tanto se puedan iniciar las tareas de reparación definitiva del problema. Si el deterioro o rotura se originase en causas atribuibles a la contratista, los trabajos ocasionales correspondientes estarán a exclusivo cargo de ésta. ARTICULO 24º DEPÓSITOS DE GARANTÍA COMPLEMENTARIOS. La contratista estará obligada a realizar los depósitos o a constituir las garantías complementarias que correspondan a ampliaciones, obras imprevistas y adicionales que se autoricen en legal forma, las cuales le serán reintegradas en la forma prevista en el presente Pliego.

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ARTICULO 25º INTERESES MORATORIOS. Los intereses a que hubiere lugar por mora serán liquidados y abonados en el momento de procederse al pago del certificado. El tipo de interés será el que cobre el Banco Provincia de Buenos Aires para el descuento de los certificados de obras públicas. ARTICULO 26º LIQUIDACIÓN DE LOS INTERESES MORATORIOS. La Contaduría General de La Municipalidad procederá a la liquidación de intereses moratorios con arreglo al presente Pliego. ARTICULO 27º MEDIDA CAUTELAR SOBRE EL CONTRATISTA. En caso de inhibición al contratista o embargo sobre bienes o créditos afectados o provenientes de la obra contratada se le intimará a levantarlo en el plazo de quince (15) días y si así no lo hiciera se podrán suspender las obras sin interrupción de los plazos del contrato. ARTICULO 28º ORDENES DE SERVICIOS. Las órdenes, citaciones o instrucciones que la inspección deba transmitir a la contratista serán extendidas en el libro de órdenes de servicios, en el cual podrán notificarse el contratista, el representante técnico o el representante en obra. Dicho libro estará en poder de la inspección debiendo entregarse a quien se notifique la copia duplicado de cada orden, en la cual deberá consignarse el término dentro del cual deberá ser cumplida por la contratista. La negativa a notificarse de cualquier orden de servicio motivará la suspensión inmediata de las obras sin interrupción del plazo contractual. ARTICULO 29º PEDIDOS DE EMPRESA. La relación entre la contratista y la Municipalidad se efectuará únicamente por medio de un libro de pedidos de empresa, notificándose en él a la inspección de todas las solicitudes vinculadas al contrato. Este documento estará en poder de la empresa contratista, debiendo entregarse a la inspección en el momento de la notificación, original y triplicado de cada solicitud. Los pedidos de empresa podrán ser efectuados solamente por el contratista o su representante técnico. Carecerán de valor las solicitudes no ejecutadas con papel carbónico doble faz. ARTICULO 30º RECLAMO DE ÓRDENES DE SERVICIO. En todos los casos en que se produzcan reclamos de órdenes de servicio los mismos deberán efectuarse de acuerdo a lo especificado en el artículo anterior en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas. Las solicitudes de este tipo serán sometidas a dictamen de una comisión de tres (3) técnicos de la comuna designados por la S.P.O.P. ARTICULO 31º PERSONAL Y SEGUROS. La contratista deberá dar estricto cumplimiento a las disposiciones de la Ordenanza 8687 y a las leyes nacionales 19587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo y 24557 sobre Riesgos del Trabajo y las normas reglamentarias sobre la materia, tránsito y medio ambiente. Todos los obreros deberán estar asegurados por cuenta del contratista en la ART que corresponda, debiendo presentar a la Municipalidad dentro de los diez (10) días corridos de iniciados los trabajos, las constancias respectivas de: a) Listado del personal dado de alta en la ART, firmado por el representante técnico. b) Copia autenticada del contrato vigente con la ART y constancia de pago actualizada. En caso de no hacerlo se suspenderá la obra mientras dure el incumplimiento, sin interrumpir el plazo contractual. El seguro deberá extenderse durante la totalidad del plazo contractual. En caso de ampliaciones de plazo, deberán ajustarse las pólizas al nuevo plazo.

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El inspector de la obra podrá ordenar por escrito al contratista el retiro de la obra de los obreros o empleados que por su incapacidad, mala fe, insubordinación o falta de seriedad y respeto, perjudiquen la buena marcha de los trabajos. El contratista deberá mantener la disciplina en el obrador, debiendo cumplir en todo momento con las leyes, ordenanzas, disposiciones generales y las que reglamenten el trabajo. Asimismo está obligado a tener en la obra hasta su recepción provisional el personal necesario para el cuidado de día y de noche. ARTICULO 32º AMPLIACIONES DE PLAZO POR MODIFICACIONES Y EJECUCIONES DE OBRA ADICIONAL. Si se modificara o ampliara una parte de la obra de modo tal que requiera para su ejecución mayor plazo que el estipulado en el contrato original y ello se justifique fehacientemente, podrá hacerse una recepción provisional de la parte original y otra para la ampliación o modificación en el plazo que se establecerá al aprobarse la misma. La procedencia de realizar dichas recepciones parciales o bien una sola por la totalidad de la obra terminada, incluidas las modificaciones y/o ampliaciones será determinada por la S.P.O.P. ARTICULO 33º AMPLIACIÓN DE PLAZOS POR LLUVIAS. No se justificarán demoras en el plazo establecido, provocadas por lluvias que estén comprendidas dentro del régimen normal de la zona. En caso contrario el contratista presentará, dentro de los primeros 10 días corridos del mes, los comprobantes oficiales del mes inmediato anterior, donde conste que las mismas sobrepasan el régimen normal. La S.P.O.P., por comparación mensual determinara si corresponde o no la ampliación contractual. No serán consideradas las presentaciones realizadas fuera del plazo establecido en este artículo. ARTICULO 34º INCUMPLIMIENTO DEL PLAN DE TRABAJOS. El atraso no justificado del cumplimiento del plan de trabajo aprobado por la S.P.O.P., hará pasible a la contratista de una multa equivalente al dos por mil (3/1000) del monto del contrato por cada día de demora o atraso. Las justificaciones y certificaciones que correspondan, así como las solicitudes de consideración de mayores plazos para corregir el atraso deberán ser presentadas por la contratista dentro de los diez (10) días corridos de producida la demora. ARTICULO 35º SUSPENSIÓN POR CAUSAS DE TERCEROS. Si la contratista se viese obligada a interrumpir en parte o totalmente los trabajos por causas de terceros deberá denunciarlo de inmediato a la inspección mediante el libro de pedidos de empresa, detallando los motivos que impiden la ejecución de la obra. Si a pesar de su denuncia no se allanasen las dificultades puntualizadas dentro de un plazo de diez (10) días, la contratista deberá dar cuenta de esta circunstancia a la S.P.O.P. Queda a criterio del D.E. con los elementos que se aporten, determinar en cada caso si dicha interrupción provocará o no la suspensión del plazo contractual.- ARTICULO 36º TRANSPORTE DE MATERIALES. Se considera que la contratista al efectuar su oferta ha tenido en cuenta las condiciones existentes para disponer de medios de transporte. ARTICULO 37º EXTRACCIÓN DE MUESTRAS.

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Durante la marcha de los trabajos, la empresa deberá proveer los materiales que así disponga la inspección a los fines de los correspondientes controles de calidad. Todos los equipos, maquinarias y demás utensilios de trabajo estarán a cargo de la contratista. La contratista deberá depositar en el laboratorio que le indique la Inspección las muestras o probetas, costeando los gastos que demande el traslado correspondiente. La contratista deberá poner a disposición de la inspección todos los elementos requeridos dentro del término de dos (2) días desde que fueren solicitados. La Empresa Contratista pondrá a disposición de la Inspección para los trabajos que sean necesarios y durante el lapso que medie entre el primer replanteo y la recepción provisional total de la obra en el Laboratorio que deberá instalar en la zona, los siguientes elementos. 1) Un cono para medir el asentamiento del hormigón. 2) Un juego de tamices Standard A.S.T.M. de los siguientes tamaños, 3" - 2" - 1 1/2" - 3/4" - 1/2" - Nº 4, 8, 10 - 16 - 20 - 30 - 40 - 50 - 100 y 200 cm de diámetro con tapa y fondo. 3) Tres recipientes cilíndricos con asas de chapa galvanizada, de las siguientes características: Chapa Nº 5 (U.S. Gange) 15 cm. de diámetro interno - chapa Nº 16 de 10 cm. de altura y 29 cm. de diámetro. 4) Cuatro bandejas de chapa galvanizada Nº 16 de 20 cm. x 40 cm., y 4 cm. de altura. 5) Una varilla de hierro de 15 mm. de diámetro y 60 cm. de longitud. 6) Dos baldes para albañil, cuchara de almacén, cepillo de cerda dura para limpieza de los tamices, a gas y dos mallas de alambre con amianto para quemador de gas. 7) Proveerá los envases que solicite la Inspección para el envío de muestras al Laboratorio. 8) Dos termómetros hasta 200 grados. 9) Dos cucharas de almacén. 10) Una cuchara de albañil. 11) Diez moldes cilíndricos metálicos, bien rígidos, de bases paralelas y perpendiculares al eje, de 15 cm. de diámetro interior y 30 cm. de altura para moldeo de probetas de hormigón con sus correspondientes bases de ajuste estanco. 12) Un volumenómetro tipo D.V.B.A. 13) Bolsas de poliestireno de varios tamaños según necesidades. 14) Dos juegos de cintas métricas, compuesto cada uno de una cinta de 10,00 m., una cinta de 25 m., y una cinta de 50 m. 15) Un nivel automático de lectura directa, incluidas dos miras. El costo que demande la provisión temporaria de los elementos descriptos estará a cargo del Contratista y será parte del equipamiento del Laboratorio de la Inspección. ARTICULO 38º REPARACIONES NECESARIAS. Si al procederse a la recepción provisional se encontrasen obras que no estuvieren ejecutadas con arreglo a las condiciones del contrato, se podrá suspender dicha operación hasta que la contratista las coloque en la forma estipulada, a cuyos efectos la S.P.O.P. fijará un plazo, transcurrido el cual si esta no diera cumplimiento a las observaciones formuladas, podrá la S.P.O.P. ejecutarlas por si o con intervención de terceros, cargando los gastos a la contratista, sin perjuicio de las sanciones que correspondiere. Cuando se tratare de subsanar ligeras deficiencias o de completar detalles que no afecten a la habilitación de la obra, podrá realizarse la recepción provisional, dejando constancia en el acta a los efectos de que se subsanen estos inconvenientes durante el plazo de conservación o garantía. Si transcurrido el plazo fijado por la S.P.O.P., la contratista no diera cumplimiento a las observaciones formuladas se procederá a recibir la obra de oficio. Dispuesta esta recepción la S.P.O.P. dentro de los treinta días siguientes encarará la ejecución de los arreglos o en su defecto determinará el valor de los perjuicios. Los gastos que demanden la ejecución de los arreglos y las nuevas inspecciones o mediciones que deban realizarse correrán por cuenta de la contratista y serán reintegrados por ésta, o se deducirán

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del certificado final o de las garantías sin perjuicio de las sanciones que se apliquen en el Registro de Licitadores. El importe deducido por gastos de nuevas mediciones e inspecciones ingresará a rentas generales de la comuna. ARTICULO 39º HABILITACIÓN DE LOS TRABAJOS. No se permitirán habilitaciones parciales de obra hasta tanto se consideren terminados en su totalidad los trabajos solicitados. ARTICULO 40º RECEPCIÓN PROVISORIA. La recepción parcial o total será solicitada por escrito por la Contratista, tendrá el carácter de provisoria hasta tanto se haya cumplido el plazo de garantía o conservación fijado en el Pliego. En el mismo acto de solicitud de Recepción, la Contratista deberá presentar una planialtimetría según obra ejecutada, en copia de papel y soporte magnético, aprobada por la inspección. La recepción provisional se llevará a cabo por los técnicos que designe la S.P.O.P., quienes labrarán acta con intervención del contratista y de su representante técnico, la que será aprobada en última instancia por el Departamento Ejecutivo quien dispondrá la devolución de las retenciones que correspondan. El mismo procedimiento se observará para la recepción definitiva. ARTICULO 41º EFECTOS DE LA RECEPCIÓN. Aprobada lo recepción provisoria o definitiva se procederá dentro del plazo de sesenta (60) días a hacer efectiva la devolución de las garantías que correspondan. Si hubiera recepciones provisorias o definitivas parciales, se devolverá la parte proporcional de la garantía siempre dentro del plazo establecido en el párrafo anterior. ARTICULO 42º LIMPIEZA DE LA OBRA. El contratista deberá entregar la obra libre de escombros y materiales excedentes de la construcción y perfectamente limpia, bajo pena de una multa del uno por mil (1/1.000) del monto del contrato, por día de retraso. ARTICULO 43º RECEPCIÓN DEFINITIVA. La recepción definitiva se llevará a cabo al finalizar el plazo de conservación o garantía que se extiende por el término de doce (12) meses. El plazo mencionado se empezará a contar a partir de la fecha del acta de recepción provisoria. Si la recepción provisional se hubiese llevado a cabo sin observaciones y si durante el plazo de conservación o garantía no hubiesen aparecido defectos como consecuencia de vicios ocultos y se hubieran realizado los trabajos de conservación que previeran los pliegos de bases y condiciones, la recepción definitiva se operará automáticamente vencido dicho plazo. Si el contratista, vencido el plazo de conservación o garantía no hubiere subsanado las deficiencias consignadas en el acta de recepción provisional o las que pudieran aparecer durante el plazo mencionado, la S.P.O.P. lo intimará para que lo haga en un lapso perentorio, transcurrido el cual y persistiendo el incumplimiento procederá a recibir la obra de oficio y determinará la proporción en que se afecte la garantía y créditos pendientes sin perjuicio de las sanciones que se apliquen en el Registro de Licitadores. El acta de recepción definitiva deberá someterse a aprobación del D.E. quien autorizará en el Decreto respectivo la devolución total o parcial de la garantía de contrato.

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ARTICULO 44º RESPONSABILIDAD LEGAL. La recepción definitiva y la devolución de la garantía no eximen a la contratista y a su representante técnico de la responsabilidad de su trabajo con arreglo al Código Civil y a la ley 6021. ARTICULO 45º CERTIFICADO Y PLANOS FINALES DE OBRAS COMPLEMENTARIAS. Antes de la recepción provisoria de la obra, el contratista deberá entregar a la inspección, los documentos que acrediten que los trabajos ejecutados con la intervención de reparticiones privadas, provinciales y nacionales o en redes de sus servicios han sido aprobados definitivamente por ellos. Los planos deberán presentarse en un original en papel, y soporte magnético. Las conexiones de todos los servicios, gestión, planos y derechos correspondientes estarán a cargo de la empresa Contratista. ARTICULO 46º COMODIDAD Y SEGURIDAD PARA EL PÚBLICO. La contratista deberá realizar los trabajos de modo de ocasionar la menor molestia posible al público, adoptando las medidas adecuadas para la comodidad del público y de los vecinos. No se permitirá almacenamiento de los materiales en la vía pública, salvo expresa autorización de la Inspección. DESVIO DEL TRANSITO: La Contratista será la encargada de solucionar, previa consulta a la inspección y comunicación por escrito a la Subsecretaría de Control Urbano, efectuada con una antelación de por lo menos cuarenta y ocho horas, los problemas ocasionados al tránsito automotor por el cierre de calles debido a la marcha de los trabajos, corriendo a su cargo la ejecución de las obras que a juicio de la inspección fuesen necesarias para efectuar los desvíos correspondientes. SEÑALES DE ADVERTENCIA: Es obligación de la contratista señalar de día con letreros y señales reglamentarias y por la noche con las luces de peligro, la ejecución de la obra, en un todo de acuerdo a lo que dispongan las normas de tránsito de la Provincia de Buenos Aires. El incumplimiento de lo dispuesto en este artículo o en el anterior hará pasible a la contratista de una multa diaria equivalente al uno por mil (1/1000) del monto del contrato, sin perjuicio de asumir en todos los casos la total responsabilidad por daños ocasionados a terceros. ARTICULO 47º TRABAJOS EN PERIODO DE CONSERVACIÓN O GARANTÍA DE LA OBRA. Son aquellos que debe afrontar la contratista a su cargo, por deficiencias de funcionamiento o de ejecución de las obras, imputables a la misma. ARTICULO 48º OBRADOR. OFICINA DE INSPECCIÓN. El obrador tiene por objeto el almacenamiento de materiales y herramientas y vestuarios para el personal y responderá a las estrictas necesidades de la obra, por lo que, sus características y contenidos serán definidos por la misma. Además se deberá instalar dentro de los límites de la zona del Partido donde se llevarán a cabo los trabajos adjudicados a la contratista, una Oficina de Inspección, donde estará instalado el representante técnico y el representante en obra, la documentación que forma parte del contrato y de la ejecución de los trabajos y el libro de pedidos de empresa. La Oficina de Inspección deberá instalarse dentro de los 15 días de suscrito el contrato y el domicilio de la misma será comunicado a la S.P.O.P., llevándose a cabo en el mismo todas las diligencias de la inspección incluidas las comunicaciones que se formulen a la contratista mediante Ordenes de Servicio. La oficina deberá disponer de un horario de recepción de requerimientos por parte de la Municipalidad de 8 a 20 hs. de lunes a sábado. ARTICULO 49º EQUIPOS A UTILIZAR.

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La contratista al presentar la nómina de equipos indispensables para la ejecución de la obra, indicará en la misma modelo, estado general y características técnicas del mismo que permitan su correcta individualización. Dicho equipo deberá estar disponible en obra antes de iniciarse la ejecución de cada ítem o en el momento en que se prevea su utilización. En el caso de no concretarse la puesta en obra del equipo propuesto la empresa deberá reemplazarlo bajo su exclusivo riesgo y responsabilidad por otras unidades de similar capacidad, estado y rendimiento. Las demoras que pudieran producirse por la puesta en obra del equipo o por su reemplazo por otro similar, no podrán ser invocadas como causales de prórroga del plazo contractual o para pretender justificar demoras en el cumplimiento del plan de trabajos o alteraciones en el mismo. La empresa deberá incorporar unidades adicionales al equipo propuesto cuando la marcha de la obra indique que el ritmo de ejecución de los trabajos sea inferior al establecido en el plan de trabajo, según juicio de la inspección. ARTICULO 50º MATERIALES DE OBRAS EXISTENTES. Los materiales que se recuperen provenientes de la apertura de caja, remoción de alcantarillas, caños de hormigón simple y de los árboles, brazos y columnas de iluminación, que exclusivamente interfieran con la ejecución de la obra, etc. quedarán de propiedad de la Municipalidad. La contratista deberá proceder a su carga, transporte y descarga hasta el lugar indicado por la Inspección y hasta una distancia máxima de 15 Km., estando estas tareas incluidas en el precio de la obra. ARTICULO 51º CARTELES DE OBRA. La contratista deberá a su exclusivo costo, colocar 2 (dos) carteles de obra en la cantidad y de acuerdo al diseño, medidas y leyendas que determine oportunamente la S.P.O.P., en los lugares que la inspección indique. Asimismo, queda establecido que los mismos permanecerán en obra hasta su finalización. Cualquier deterioro o falta de carteles deberá ser subsanada por la CONTRATISTA. El costo que demande esta tarea está incluido en el rubro gastos generales. ARTICULO 52º INSTALACIONES SUPERFICIALES Y SUBTERRÁNEAS. Antes de iniciar las obras y con la debida anticipación, la contratista comunicará a los particulares, empresas y demás personas que tengan instalaciones superficiales y/o subterráneas afectadas por las obras, que estas se iniciarán a los efectos de que proceda a realizar en tiempo y forma los trabajos de remoción y renovación de los mismos, dejándose expresa constancia que el requerimiento de permisos y sus costos serán a costa y cargo exclusivo de la contratista. La remoción de las instalaciones de servicios públicos que se encuentren fuera de la tapada reglamentaria, serán a costo y cargo de las empresas prestatarias de tales servicios. También la remoción de los soportes e instalaciones que ocupen en forma antirreglamentaria la zona donde se llevarán a cabo los trabajos, por parte de las empresas que prestan servicios públicos en forma aérea o de televisión por cable. ARTICULO 53º CUMPLIMIENTO DE DISPOSICIONES VIGENTES. Además de las disposiciones incorporadas a las Especificaciones Técnicas, los gastos de energía eléctrica que origine su uso en el obrador y/o vía pública, con motivo de las operaciones constructivas, será por cuenta de la Contratista.

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ARTICULO 54º AGUA DE CONSTRUCCIÓN. Si en el obrador o en la vía pública resultare necesario la utilización de agua para la construcción, la Contratista, dentro de los primeros treinta (30) días corridos de iniciada la obra, presentará constancia del pago de los derechos correspondientes. ARTICULO 55º CALIDAD DE MATERIALES Y TRABAJOS. Todos los materiales de reposición deberán ser iguales a los ofertados. Solo se admitirá la utilización de otros distintos cuando la Contratista proponga la utilización de elementos de mejor calidad o cuando demuestre fehacientemente que no se encuentren en el mercado el original porque han dejado de fabricarse. ARTICULO 56º INSPECCIONES EN FÁBRICA. La Municipalidad se reserva el derecho de inspeccionar en los respectivos lugares de fabricación las distintas etapas de elaboración de los materiales y equipos, a fin de comprobar si los mismos satisfacen los requisitos establecidos en las especificaciones técnicas. Para esos fines la Contratista deberá comunicar en su oportunidad el nombre del proveedor y la ubicación de la fábrica, y el fabricante proporcionar todas las facilidades que se juzguen necesarias, siendo por exclusiva cuenta de aquel los gastos de transporte en el caso que la fabricación estuviera fuera del radio de la Comuna. ARTICULO 57º INTERPRETACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL. Para la interpretación de los planos y especificaciones de la obra, se establece el siguiente orden de prioridad: 1) Notas aclaratorias y condiciones especiales. 2) Especificaciones particulares del Pliego. 3) Memoria descriptiva. 4) Planos de detalle. 5) Planos de conjunto. 6) Especificaciones técnicas complementarias. 7) Especificaciones generales del Pliego. Si la discrepancia surgiera en un mismo plano entre la medida en escala y la acotada, primará esta última. En caso de discrepancia entre dos especificaciones de igual validez, en lo que respecta al orden de prioridad establecido, el contratista quedará eximido de la responsabilidad, siempre que hubiese ejecutado el trabajo en la forma prevista por cualquiera de las disposiciones que se opongan entre sí. ARTICULO 58º SUBCONTRATACIÓN. Será menester de la Contratista, informar sobre la existencia de subcontratistas en la obra, no obstante ello toda la responsabilidad de la realización de tareas será de exclusiva responsabilidad de la misma. ARTICULO 59º TIPOS DE SEGURO. El contratista deberá contratar un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, por las obras que se ejecutarán en la vía pública. ARTICULO 60º APLICACIÓN DE MULTAS. Las causales y montos de las multas son las siguientes: - Multas en porcentaje del monto de contrato: 1. Por la no comparencia del Representante Técnico al Acto de Replanteo, el uno por mil (1/1000) por día de demora. 2. Por la no iniciación de ejecución de la obra en el término previsto o por suspensión total o parcial injustificada de los trabajos, el dos por mil (2/1000) por día de demora.

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3. Por incumplimiento de orden de servicio, el uno por mil (1/1000) por cada día de demora. 4. Por retiro total o parcial del equipo de obra sin autorización, entre el uno por mil (1/1000) y el dos por mil (2/1000), según la importancia de la infracción. 5. Por demora injustificada en la terminación de la obra el uno por mil (1/1000) por cada día de mora. Resuelta por la S.P.O.P. la aplicación de una multa a consecuencia del incumplimiento por parte del contratista a las cláusulas contractuales, el importe de las mismas será deducido del primer certificado a cobrar por el mismo o en su defecto de las garantías constituidas. En este último caso queda obligada la contratista a completar la garantía afectada en el término de diez días hábiles, bajo apercibimiento de rescisión de contrato. La aplicación de una multa no libera al contratista de las demás penalidades que correspondan. ARTICULO 61º APLICACIÓN DE PENALIDADES. Las multas serán aplicadas y comunicadas por Orden de Servicio dentro de los cinco días de haberse producido la falta o incumplimiento. Serán susceptibles de impugnación dentro de los tres días posteriores a la notificación, mediante escrito fundado. La presentación de esta impugnación no suspenderá el descuento del monto de la multa aplicada. En caso de prosperar la impugnación, se reconocerá a la contratista un monto equivalente al de la multa aplicada sin intereses y se procederá a su devolución.

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CAPITULO III – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES

A.- PAVIMENTOS Y/O MOVIMIENTO DE SUELOS

ARTICULO 1º OBJETO Estas Especificaciones Técnicas establecen las condiciones que deben cumplir los materiales, estructuras y métodos constructivos relacionados con la ejecución de los trabajos. Para todas las condiciones a cumplir en la realización de los trabajos además de lo especificado en las presentes serán de aplicación el Reglamento CIRSOC 201 y Anexos, las Normas del Instituto Argentino de Racionalización de Materiales (IRAM) y las normas de la American Society for Testing Material (A.S.T.M.) en ese orden de prelación. ARTICULO 2º MATERIALES EN GENERAL

1) Muestras en general: a) Toma de muestras: La Contratista deberá presentar a la Inspección, sin cargo alguno y cuando ésta lo requiera, muestras de cualquiera de los materiales a emplearse, según las condiciones determinadas en estas Especificaciones, para ser sometidas a los ensayos y análisis que correspondan, y en base a los cuales serán aceptados o rechazados, dentro de los términos y en la forma que se establecen en el presente Pliego. Para verificar la aceptación o rechazo de los materiales la Inspección tomará muestras de las obras, depósitos o acopios cuantas veces lo estime necesario y hará realizar los análisis y ensayos pertinentes. La oportunidad en que deben realizarse los ensayos mencionados y el procedimiento para toma de muestras, cantidad de estas, envases, envío, etc., se ajustará a lo establecido en las "Instrucciones para el contralor y toma de muestras del L.E.M.I.T." Antes de iniciarse las obras, se entregarán a la Inspección las muestras selladas con etiquetas que indiquen la procedencia, nombre de fabricante, marca de fábrica, tipo de fabricación, etc., las que además estarán firmadas por la Contratista. Las partidas de los distintos materiales destinados a la ejecución de las obras, cumplirán satisfactoriamente, en relación a las muestras aprobadas, las cualidades que han determinado su aceptación. Si los ensayos no concordaran con los de las muestras respectivas o no conformaran las exigencias de este Pliego, se ordenará el retiro o corrección, a juicio de la Inspección, de los materiales cuando estuviesen depositados en obra. En el caso de que se hubieran utilizado, podrá ordenarse la reconstrucción de la parte afectada. Los gastos de materiales, extracción, embalaje y envío de muestras serán por cuenta de la Contratista.

b) Ensayos: Para los ensayos de los materiales especificados en este capítulo, se aplicarán las disposiciones del Reglamento CIRSOC, las normas del Instituto Argentino de Racionalización de Materiales (IRAM) que están publicadas y en aquellos en que no hay normas se seguirán las de la American Society for Testing Material (A.S.T.M.), salvo el caso de ensayos especiales cuyo detalle figure en este Pliego.

c) Depósitos: Al depositar materiales a utilizarse en la obra se cuidará de no producir entorpecimientos al tránsito, al escurrimiento de las aguas superficiales o de dar lugar a cualquier inconveniente.

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Todo daño causado por estos depósitos, voluntario o accidental, deberá ser reparado por la Contratista.

d) Materiales defectuosos: Todos aquellos materiales que no conformen los requerimientos de estas especificaciones, serán considerados defectuosos y en consecuencia, serán rechazados, exigiéndose el retiro inmediato de la obra, o bien corregidos a juicio de la Inspección. Todo material rechazado, cuyos defectos hayan sido corregidos, no podrá ser utilizado hasta que la Inspección entregue la aprobación escrita correspondiente. Si la Contratista dejara de cumplir cualquiera de las condiciones que se establecen en el presente artículo, la Inspección podrá ordenar el retiro de los materiales defectuosos, no teniendo la Contratista derecho a compensación alguna por los costos que esta operación origine.

e) Omisión de especificaciones: La omisión aparente de especificaciones, planos o especificaciones suplementarias referentes a detalles, o la omisión aparente de la descripción detallada concerniente a determinados puntos, será considerada en el sentido de que sólo debe prevalecer la mejor práctica general establecida, y así como que únicamente se emplearan materiales y mano de obra de primera calidad. Todas las interpretaciones de las especificaciones de esta obra, se harán sobre la base del espíritu que se desprende de lo aquí establecido.

2) Cemento Pórtland: a) Características:

Cuando no se especifique lo contrario, se utilizará el cemento Pórtland normal, el cual será de marca definitivamente aprobada y deberá satisfacer la norma IRAM 50000 o 50001, según corresponda.

b) Provisión y almacenaje: El cemento deberá suministrarse en el lugar de su empleo en los envases originales de fábrica, y se almacenará bajo cubiertas debidamente protegido contra la humedad y la acción de la intemperie. Las bolsas deberán ser apiladas sobre un piso apropiado aprobado por la Inspección dejando como mínimo un espacio de 0,40 m. de distancia a las paredes del depósito. El almacenaje de cemento de distintas procedencias deberá hacerse separadamente y en forma tal que sea fácil el acceso para la Inspección o identificación de los distintos cargamentos recibidos. En caso de que la provisión del cemento se efectúe a granel, el Contratista requerirá a la Inspección la aprobación del sistema de transporte, descarga y almacenaje en obra.

c) Cemento de distintas clases o marcas: No se permitirá la mezcla de cementos de distintas clases o marcas, ya provengan de la misma o distinta fábrica aunque hayan sido aprobadas las respectivas muestras de los distintos tipos o marcas del cemento. En un mismo tramo de la estructura sólo se empleará cemento del mismo tipo y marca. El uso alternado de cementos del mismo tipo y distinta marca, solo será permitido notificado previamente a la Inspección, quien dará la autorización correspondiente por escrito.

d) Calidad en el momento de su utilización: En el momento de su utilización el cemento deberá cumplir todos los requerimientos de estas especificaciones. La Inspección se reserva el derecho de volver a ensayar todo cemento que haya permanecido estacionado en la obra antes de su utilización. Su uso no será permitido si muestra una disminución de resistencia, una variación perjudicial en el tiempo de fraguado, o si en lugar de hallarse en perfecto estado pulvurulento se hubiese agrumado por efecto de la humedad u otra causa cualquiera. Tampoco se permitirá el uso de cementos recuperados de bolsas vacías que muestren signos de alteración o contengan sustancias extrañas. Al ingresar a la hormigonera el cemento no podrá tener una temperatura mayor a los 70° C.

e) Densidad: Se tomará como peso de litro suelto del cemento Pórtland medido en las condiciones de trabajo, el valor de un kilogramo con doscientos cincuenta gramos (1,250 kg.).

f) Toma de muestras y ensayos:

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Se realizarán en la forma y métodos siguientes: Toma de muestras. .................... .L.E.M.I.T. 1-3. Ensayos físicos y químicos..........IRAM 50000 o 50001, correspondiente al tipo de cemento empleado.

3) Cales: a) Características:

Se emplearán según los casos, cales de Azul (hidráulica) o de Córdoba (grasa). En obras se suministrarán vivas o hidratadas. Cuando se suministran vivas serán bien cocidas, no alteradas por el aire o la humedad y perfectamente blancas después de apagadas, para cuya operación se empleará la cantidad de agua estrictamente necesaria para tener una masa firme y homogénea, sin que resulte quemada o ahogada por defecto o exceso de agua. No contendrá sustancias nocivas que puedan perjudicar las mezclas en que se las emplean. La cal de Córdoba se apagará por lo menos con cuarenta y ocho horas de anticipación a su empleo y la de Azul con ocho días. El apagado se hará en la misma obra. Las bateas en que se realice la operación serán impermeables provistas de una zaranda fina adecuada. Si se suministran hidratadas deberán cumplir con las normas IRAM 1508 y deberán permanecer en sus envases originales hasta el momento de su utilización. La provisión y almacenaje se regirán por normas análogas a las especificaciones para el cemento Pórtland indicadas en el inciso 2b) del artículo 2° de este capítulo.

b) Toma de muestras y ensayo: Se realizará en forma indicada por los métodos siguientes: Toma de muestras......................................................................................según IRAM correspondiente Ensayos de Laboratorio............................................................................. según IRAM correspondiente

4) Agregados finos para morteros y hormigones de cemento Pórtland. a) Definiciones:

El agregado fino destinado a la preparación de morteros y hormigones de cemento Pórtland, comprende a las arenas naturales y a las arenas artificiales o de trituración, de densidad normal. Las arenas naturales son aquellas arenas de partículas redondeadas, provenientes de la desintegración natural de las rocas. Las arenas artificiales o de trituración, son las que provienen de la desintegración mecánica de rocas y gravas, caracterizándose por la angulosidad de las partículas. Para la preparación de morteros y hormigones de cemento Pórtland se dará preferencia a la utilización de arenas naturales de origen silicio, pudiéndose utilizar una mezcla de arenas naturales y de trituración, de manera que permitan al hormigón cumplir con los requisitos y propiedades especificadas. El uso de arenas artificiales como único agregado fino, queda expresamente prohibido, por las presentes especificaciones. La Contratista deberá presentar para aprobación de la Inspección la composición granulométrica de los agregados finos a utilizar en la elaboración de morteros y hormigones, en un todo de acuerdo a lo que estipulan las presentes especificaciones.

b) Características: Los agregados finos estarán constituidos por partículas limpias, duras, estables, libres de películas adheridas, de restos vegetales, yeso, anhidrita, pirita, escorias y otras sustancias que puedan perjudicar la calidad del hormigón y/o las armaduras. No podrán poseer más de un 30% de carbonato de calcio en su masa, y las cantidades de sales solubles (cloruros o sulfatos) deberán cumplir con los límites establecidos en el CIRSOC 201 y Anexos (Capitulo 6.5), para el conjunto agua, agregados y aditivos.

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Si el agregado fino no permite cumplir con lo especificado en el párrafo anterior, deberá ser lavado de manera de reducir el contenido de sales solubles, a fin de dar cumplimiento a lo establecido precedentemente. Los agregados finos provenientes de distintas procedencias o con distintas características, deberán acopiarse por separado, y no se podrán mezclar para la utilización en la construcción de una misma estructura, sin autorización de la Inspección.

c) Sustancias perjudiciales: El contenido de sustancias perjudiciales no excederá los límites establecidos a continuación (CIRSOC 201 y Anexos, Normas I.R.A.M): Terrones de arcilla o partículas desmenuzables................................................1,0% en peso Material que pase el tamiz 74/u (200): En hormigón expuesto a la abrasión superficial..............................................3% en peso Toda otra estructura........................................................................................ 5% en peso Materias Carbonosas: Cuando interese especialmente el aspecto superficial de la estructura..........…0,5% en peso Otros casos................................................................................................... 1% en peso Otras sustancias perjudiciales (como álcalis, sales, mica, granos con películas superficiales, partículas blandas, etc.). ............................................................... 2% en peso El total de sustancias perjudiciales no deberá excederse de................................ 5% en peso

d) Durabilidad: Los agregados finos deben poseer una estabilidad frente al ensayo de ataque con sulfato de sodio (IRAM 1525), de modo que luego de cinco ciclos alternados de inmersión y secado, no experimente una pérdida de masa mayor al 10%. Si no cumple este requisito, el agregado fino puede ser aceptado si cumple satisfactoriamente el ensayo de congelamiento y deshielo (I.R.A.M 1661).

e) Impurezas orgánicas: El agregado fino deberá estar libre de cantidades perjudiciales de impurezas orgánicas. Para ello se someterá al ensayo de determinación del índice colorimétrico (IRAM 1647), donde el índice colorimétrico deberá ser menor a 500 ppm. Si no se cumpliera se realizará un ensayo comparativo de mortero (I.R.A.M 1534), el cual es definitorio para la aceptación o rechazo del árido en estudio.

f) Resistencia comparativa de mortero: El mortero preparado con una muestra del agregado fino en estudio no arrojará una resistencia a la compresión menor al 95% de la resistencia que se obtenga con el mismo agregado, lavado con una solución de hidróxido de sodio al 3%, hasta que el índice colorimétrico sea menor a 500 ppm. Los morteros se elaborarán con el mismo método, con el mismo cemento, igual consistencia y relación a/c. Las resistencias a compresión se evaluarán a las edades de 7 y 28 días. Cuando se emplee cemento de alta resistencia inicial las edades de ensayos serán de 3 y 7 días.

g) Sustancias reactivas: Los agregados finos destinados a la preparación de morteros y hormigones de cemento Pórtland no deberán contener sustancias que reaccionen desfavorablemente con los álcalis del cemento. El agregado que ensayado bajo las condiciones en la norma I.R.A.M 1512, sea calificado como potencialmente reactivo, solo se empleará si los álcalis del cemento son menores a 0,6% (Oxido de Sodio), caso contrario será causal de rechazo. Los agregados finos provenientes de la trituración de rocas basálticas deberán cumplir con lo especificado en la disposición CIRSOC 252 (Ensayo de inmersión en etilenglicol durante 30 minutos). La pérdida deberá ser menor al 10% de la masa.

h) Granulometría del agregado fino para el hormigón: La determinación de la granulometría del agregado fino se realizará sobre la serie suplementaria R40/3 de tamices IRAM 1501 Parte II. Se considerará satisfactorio si el porcentaje de material no excede el 5% la masa, respecto del límite establecido para el tamiz considerado. El agregado fino tendrá una curva granulométrica continua situada entre las curvas A y B especificadas.

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Tamiz I.R.A.M A (% que pasa en peso B (% que pasa en peso) 9.5mm (3/8”) 100 100 4.8mm (N° 4) 95 100 2.4mm (N° 8) 80 100 1.2mm (N° 16) 50 85 600µm (N° 30) 25 60 300µm (N° 50) 10 30 150µm (N° 100) 2 10 Los porcentajes para tamiz Nº 50 y Nº 100 podrán reducirse a 5 y 0 respectivamente, si el hormigón contiene como mínimo 3,5% de aire intencionalmente incorporado y 250 kg/m3 de cemento u hormigones con más de 300 Kg./m3 de cemento.

i) Uniformidad de la granulometría de agregado fino para hormigones: Los porcentajes indicados representan los límites extremos que determinarán si el agregado es o no es apto para ser empleado.

j) Granulometría del agregado fino para morteros:

Tamiz IRAM Nº % que pasa en peso 2,4 mm (Nº 8) 100 297/u (N° 50) 10 a 40 149/u (Nº 100) 0 a 10

k) Toma de muestras y métodos de ensayo:

La toma de muestras y los ensayos del agregado fino se realizarán de acuerdo a los métodos siguientes: Toma de muestras........................................................................................L.E.M.I.T.- 1.12

40

60

80

100

Porcentaje (%)

Curvas Granulométricas de Agregados Finos

Curva B

40

Terrones de arcilla y partículas desmenuzables............................................IRAM - 1512 Materias Carbonosas.....................................................................................IRAM - 1512 Materiales que pasan el tamiz l.R.A.M.74 u (N° 200).............................. ...IRAM - 1.540 Durabilidad con sulfato de sodio................................................................ .IRAM - 1525 Impurezas orgánicas......................................................................................IRAM - 1512 Resistencias comparativas de morteros...................................................... ..IRAM - 1534 Sustancias reactivas.......................................................................................IRAM - 1512 Granulometría.............................................................................................. .IRAM – 1505

5) Agregados gruesos para hormigón de cemento Pórtland: a) Definición:

El agregado grueso para la utilización en la elaboración de hormigones, estará constituido por gravas, gravas partidas, piedra partida o una mezcla de ellas y/u otro material inerte aprobado por la Inspección. El agregado grueso debe tener una granulometría comprendido entre el tamiz IRAM 4.75mm de la serie complementaria R40/3 y el tamiz correspondiente al tamaño máximo correspondiente, conforme lo establecen estas especificaciones. La utilización de gravas como agregado grueso para la construcción de determinadas estructuras, deberá ser aprobada previamente por la Inspección. Se dará preferencia a la utilización de piedra partida de origen granítico, como agregado grueso en la elaboración de hormigones. La Contratista deberá presentar con la anticipación suficiente al comienzo de las tareas de hormigonado el origen, composición y granulometría de los agregados gruesos a utilizar en la elaboración de hormigones a fin de evaluar los requisitos que estipulan las presentes especificaciones, con el objeto de establecer su aceptación o rechazo.

b) Características: Los agregados gruesos estarán constituidos por partículas limpias, duras, resistentes, estables, libre de películas superficiales adheridas, raíces y restos vegetales, yeso, anhidrita, pirita y escorias. Además estarán libres de otras sustancias perjudiciales para el hormigón y/o el acero. No contendrá cantidades excesivas de partículas de forma de lajas o agujas, que son aquellas partículas cuya mayor dimensión es 5 veces mayor que la menor dimensión. El carbonato de calcio contenido en el agregado grueso en forma de valvas o conchillas no debe superar los siguientes límites, para cada tamaño máximo de agregado, como se indica a continuación:

Tamiz máx. % máximo 13.2 mm 15 26.5 mm 5 37.5 mm 2

Las cantidades de sales solubles (cloruros o sulfatos) incorporadas por los agregados gruesos, no deben incrementar el contenido de sales establecidos en el CIRSOC 201 y Anexos (Capitulo 6.5), para el conjunto agua, agregados y aditivos. Si el agregado grueso no permite cumplir con lo especificado anteriormente, deberá ser lavado de manera de reducir el contenido de sales solubles, a fin de dar cumplimiento a lo establecido precedentemente. Así también se eliminará por medio del lavado de los agregados gruesos todo exceso por encima de los límites especificados, del material que pase el tamiz Nº 200. c) Sustancias perjudiciales: El contenido de sustancias perjudiciales no excederá de los siguientes valores especificados a continuación: -Partículas desmenuzables o terrones de arcilla........................................................0,25% -Partículas blandas........................................................................................................5% -Ftanita (chert) contenido como impureza y no como uno de los componentes principales: -Obras en clima frío......................................................................................................1%

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-Obras en clima templado.............................................................................................5% -Material que pase el tamiz IRAM 74 u (Nº 200).....................................................1% -Materias carbonosas: -Cuando interese el aspecto superficial.........................................................................0,5% -En todos los demás casos.............................................................................................1% -Sulfatos (SO3)..............................................................................................................0,075% -Otras sales solubles.....................................................................................................1,5% -Lajosidad -Roca triturada................................................................................................. ..........40% -Roca no triturada............................................................................................... .......50% La suma total de estos porcentajes, excepto lajas, no excederá del 5% en peso.

d) Absorción: El agregado grueso deberá tener una absorción en peso, a las 24 horas no mayor del 3%.

e) Durabilidad: Los agregados gruesos deben poseer una estabilidad frente al ensayo de ataque con sulfato de sodio (IRAM 1525), de modo que luego de cinco ciclos alternados de inmersión y secado, no experimente una pérdida de masa mayor al 10% (CIRSOC). Si no cumple este requisito, el agregado grueso puede ser aceptado si cumple satisfactoriamente el ensayo de congelamiento y deshielo (I.R.A.M 1661).

f) Sustancias reactivas: Los agregados gruesos destinados a la preparación de hormigones de cemento Pórtland no deberán contener sustancias que reaccionen desfavorablemente con los álcalis del cemento. El agregado que ensayado bajo las condiciones en la norma IRAM 1531, sea calificado como potencialmente reactivo, solo se empleará si los álcalis del cemento son menores a 0,6% (Oxido de Sodio), caso contrario será causal de rechazo y deberán ser reemplazados los agregados. Los agregados gruesos provenientes de la trituración de rocas basálticas deberán cumplir con lo especificado en la disposición IRAM 1519 (Ensayo de inmersión en etilenglicol durante 30 minutos). La pérdida deberá ser menor al 10% de la masa.

g) Desgaste: Para cada tamaño máximo del agregado grueso a emplear en la preparación de hormigones, el ensayo de desgaste Los Ángeles de acuerdo a lo establecido en la norma IRAM 1532 no deberá arrojar un valor de desgaste mayor al 40%. Si las resistencias del hormigón preparado son satisfactorias se podrá admitir hasta un 45% de desgaste del agregado grueso.

h) Composición granulométrica: Los agregados gruesos tendrán una granulometría comprendida dentro de los límites establecidos en la tabla, para cada tamaño máximo:

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63 mm 53 mm 35,7 mm 26,5 mm 19 mm 13,2 mm 9,5 mm 4,75 mm2 1/2" 1 1/2" 1" 3/4" 1/2" 3/8" Nº 4 Nº 8

53 mm a 4,75 mm 100 95/100 -- 35/70 -- 10/30 -- 0/5

37,5 mm a 4,75 mm -- 100 95/100 -- 35/70 -- 10/30 0/5

26,5 mm a 4,75 mm -- -- 100 95/100 -- 25/60 -- 0/10

19 mm a 4,75 mm -- -- -- 100 90/100 -- 20/55 0/10

13,2 mm a 4,75 mm -- -- -- -- 100 90/100 40/70 0/15

53 mm a 26,5 mm 100 90/100 35/70 0/15 -- 0/5 -- --

37,5 mm a 19 mm -- 100 90/100 20/55 0/15 -- 0/5 --

Según serie complementaria de tamices R40/3Tmáx

Para los tamaños máximos nominales 53 mm a 4,75 mm y 37,5 mm a 4,75 mm, el agregado grueso estará constituido por una mezcla de dos fracciones que se almacenarán y medirán separadamente. La mezcla cumplirá los requisitos granulométricos correspondientes al tamaño nominal de que se trate.

i) Toma de muestras y métodos de ensayo: La toma de muestras y los ensayos del agregado grueso se realizarán de acuerdo a los métodos siguientes: Toma de muestras........................................................................................L.E.M.I.T.- 1.12 Terrones de arcilla y partículas desmenuzables............................................IRAM - 1512 Materias Carbonosas.....................................................................................IRAM - 1512 Materiales que pasan el tamiz l.R.A.M.74 u (N° 200).............................. ...IRAM - 1.540 Durabilidad con sulfato de sodio................................................................ .IRAM - 1525 Impurezas orgánicas......................................................................................IRAM - 1512 Resistencias comparativas de morteros...................................................... ..IRAM - 1534 Sustancias reactivas.......................................................................................IRAM - 1512 Granulometría.............................................................................................. .IRAM – 1505

6) Agua: a) Calidad:

El agua a utilizarse en la preparación de morteros y hormigones deberá ser limpia, libre de aceites, ácidos, álcalis, materias orgánicas y sustancias nocivas, debiendo cumplir las condiciones establecidas en la norma IRAM - 1601. b) Toma de muestras y ensayos: Toma de muestras........................................................................................L.E.M.I.T. - 1-4 Ensayo........................................................................................................ .IRAM – 1601 7) Cascotes para contrapisos: Los cascotes para hormigón de contrapisos deberán provenir de la trituración de los ladrillos recocidos o vitrificados y cuando no fuera posible conseguirlos en tal forma, se elegirán los ladrillos más cocidos entre los que lleguen a la obra y se triturarán hasta obtener agregados de 6 cm. de dimensión máxima. 8) Productos siderúrgicos:

a) Acero en barras de sección circular para hormigón armado: El hierro a emplear será de tipo comercial y cuando las especificaciones particulares no establezcan otra cosa, se utilizará acero TIPO ADN-42 según norma IRAM-I.A.S. U 500-528. Las barras deberán ser nuevas y homogéneas, libres de pintura, materiales terrosos, sin efectos superficiales, fisuras, sopladuras ni torceduras. Las capas de oxido que puedan llevar adheridas no

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deben llegar a picar la superficie. El Contratista tendrá a disposición de la Inspección un calibrador para determinar los diámetros definitivos de las barras. De cada partida de hierro que se introduzca en la obra, el Contratista entregará a la Inspección, un duplicado de la boleta de envío, presentara el respectivo conocimiento de embarque y el certificado de calidad de la planta del material enviado.

b) Muestras y Ensayos: Se deberán realizar ensayos de aprobación y contralor, en un todo de acuerdo con la norma antes mencionada. Los ensayos de aprobación se realizaran antes de iniciar la obra y durante la ejecución de la obra, al cambiar la procedencia o tipo de material. Los ensayos de contralor se deben realizar periódicamente durante la ejecución de la obra y al llegar cada partida a la obra. Para la aceptación o rechazo de las partidas se deberán analizar las siguientes características de la partida: masa, medidas, características mecánicas (tracción y plegado). Las probetas de ensayo serán preparadas de acuerdo a la norma IRAM 101 y se someterán a los siguientes ensayos:

1. Resistencia de tracción, límite de fluencia y alargamiento a la temperatura ambiente, de acuerdo a la norma IRAM- I.A.S U 500-102.

2. Ensayo de plegado a la temperatura ambiente: Se efectuara de acuerdo a la norma IRAM- I.A.S U 500-103.

3. Rechazo de hierro para armaduras: Si en un ensayo de tracción o plegado, más de la mitad de las probetas no den los resultados estipulados, se rechazará el lote respectivo. Las tolerancias de diámetro o dimensiones se regirán por la norma IRAM-I.A.S. U 500-528. Para los casos que se utilice otro tipo de acero, para la aceptación o rechazo se regirá por la norma correspondiente para el tipo de acero. Cuando la Inspección lo crea conveniente se podrán realizar los ensayos complementarios que a continuación se citan:

-Resistencia a la fatiga (Disposición CIRSOC 251) -Ensayo de doblado y desdoblado según norma IRAM-I.A.S. U 500-091. c) Alambre para ataduras:

Para establecer la unión de las armaduras que se crucen, se las efectuará mediante ataduras hechas con alambre en cada uno de los encuentros; El alambre a emplear en las ataduras será de hierro recocido de calibre16 SWG, de una resistencia a la tracción de 40 kg./mm2 y sometido a prueba de doblado a 90°, deberá resistir sin romperse 25 dobladuras sucesivas. d) Hierro fundido: La fundición será gris, homogénea, libre de desigualdades o proyecciones, sopladuras, agujeros o cualquier otro defecto. Deberá ser tenaz y fácil de trabajar a la lima y deformable al martillo.

e) Muestras y Ensayos: Para comprobar su calidad se someterá la fundición a las siguientes pruebas:

1. Tracción: Se someterá a una tracción progresiva en la máquina de ensayar metales, barras de ensayo que tengan en el medio de su longitud una sección circular de 0,025 m. de diámetro y terminadas en cada extremidad por un ojo sacado en el colado de la fundición o perforado en frío. Estas barras deberán soportar, sin romperse, un esfuerzo de 14 Kg. por mm2 de sección.

2. Flexión: Se colocarán casi horizontalmente y en moldes de arena seca, barras de ensayo de 1 metro de largo y de una sección rectangular de 0,025 x 0,050 m. Estas barras serán apoyadas de plano sobre aristas distantes una de otra de 0,61m. y deberán resistir, sin romperse, una carga

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total de 920 kg aplicada en una forma progresiva en su punto medio. La flecha de rotura no será menor de 7,5 mm. La Inspección, que estará presente en las coladas de las piezas, determinara el momento en que deberán colarse las barras de ensayo; cada barra llevará en relieve, la marca especial del Inspector quien presenciará el ensayo y determinará el momento de su ejecución. Se fabricarán directamente tres barras o más, si la Inspección lo estima conveniente, para cada clase de ensayo y por cada cubilote que trabaje para la repartición. El resultado que se tomará como base será el promedio de cada serie de tres barras.

f) Chapas de hierro puro: Las chapas canaletas y las de apoyo y anclaje serán de hierro fabricado por el procedimiento Siemens Martín y llenarán los siguientes requisitos:

Elementos Porcentaje máximo permitido Carbón 0,01% Manganeso 0,02% Fósforo 0,01% Azufre 0,03% Silicio 0,00% Cobre 0,05%

Las chapas llevarán una capa de zinc de primera calidad de 900 gr./metro cuadrado. Serán del espesor indicado en los planos, más el espesor de la capa de galvanizado. Después de ondulada, cada chapa será curvada, el radio especificado y perforada para los agujeros de los bulones, de tal manera que salvo la primera y la ultima, todas las chapas puedan ser intercambiables. Los agujeros serán alternados en dos filas, distanciados cinco centímetros de centro a centro de la fila, habiendo un agujero en cada valle y en la cumbre de cada ondulación. Además abrir un agujero en cada costado longitudinal de un lado en la cumbre y del otro lado en el valle. La galvanización deberá ser posterior al perforado. Los bulones serán galvanizados y de longitud adecuada y de 12,7 mm de diámetro para chapas hasta 3,42 mm. de espesor y de 17,4 milímetros de diámetro para chapas de espesores mayores. Se usarán bulones de alta resistencia, cuya resistencia mínima a la tracción sea de 7.500 kg. /cm2. La Inspección controlara las chapas llegadas a la obra las que deberán acompañarse de una lista detallada con el número, largo y espesor de las chapas de cada atado y verificará el espesor comparando el peso de las chapas con el peso teórico. El peso promedio de un lote no deberá estar por debajo del 95% del peso teórico. Ninguna chapa deberá registrar más de un 100% de rebaja. A juicio de la Inspección podrá tomarse una muestra de una chapa cada 50, para verificar el análisis químico del hierro y el espesor de la galvanización. Cada chapa llenará completamente los requisitos de esta especificación, y en el caso de ser rechazadas el 25%, será rechazado el lote entero. ARTICULO 3º CARPETA ASFÁLTICA

A- DESCRIPCIÓN Las carpetas de concreto asfáltico consisten en una mezcla en caliente de áridos, gruesos, finos y betún asfáltico, de espesor y perfil indicado en los planos y Especificaciones Técnicas Particulares, ejecutado de acuerdo a lo estipulado en este pliego y asentada en una base construida conforme a las especificaciones técnicas respectivas. Estas especificaciones tienen carácter general. En las Especificaciones Técnicas Particulares, correspondientes a cada obra, se especificará complementariamente el espesor, tipo de áridos, productos asfálticos a utilizar, límites granulométricos de la mezcla de agregados, porcentaje de betún y características físicas y mecánicas de la mezcla: densidad, estabilidad, fluencia y vacíos.

B- MATERIALES

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1) Materiales en general a) Muestras: Los adjudicatarios presentaran a la Inspección muestras de todos los materiales

a emplearse, en las cantidades especificadas, para ser sometidos a los ensayos y análisis que correspondan y sobre la base de los cuales serán rechazados o aceptado. Los gastos para extracción, embalaje y envío de muestras serán por cuenta exclusiva del Contratista.

b) Partidas: Las partidas de los distintos materiales destinados a la construcción de las obras, llenarán satisfactoriamente, con relación a las muestras aprobadas, las cualidades que han determinado su aceptación. Para verificarlo, la Inspección tomará muestras en las obras, depósitos o canteras cuantas veces lo estime necesario y hará realizar los análisis y ensayos pertinentes. Si los ensayos no concordaran con las muestras respectivas y no conforman las exigencias de este pliego, se ordenará en las formas prevista en las Especificaciones Técnicas Especiales el retiro de los materiales cuando estuviesen emplazados en la obra. En el caso de que ya se hubiera utilizado deberá construirse en la parte afectada en la forma que disponga la Inspección.

2) Agregado Grueso a) Características: Estará constituido por partículas sólidas sanas y resistentes, aprobadas por

la Inspección y deberán estar libres de polvo, materia orgánica o cualquier otra sustancia extraña perjudicial para la adherencia con el betún asfáltico. Podrán utilizarse como agregado grueso materiales provenientes de la trituración de rocas o naturales, siempre que las partículas de estas últimas, luego de un proceso de trituración, presenten planos de fractura prácticamente en toda su superficie. Así mismo se admitirá el empleo de materiales no convencionales que permitan obtener las características exigidas para el concreto asfáltico en estas especificaciones y en sus complementarias.

b) Las muestras serán extraídas de acuerdo a las normas IRAM o ASTM correspondientes. c) Desgaste: Medido por el ensayo Los Ángeles (IRAM 1532) el valor del desgaste para los

agregados pétreos será inferior a 25%. d) Cubicidad: El factor de cubicidad (norma IRAM 1681) deberá ser mayor a 0,5. e) Granulometría: Deberá permitir encuadrar la mezcla de áridos del concreto asfáltico

dentro de la zona establecida dentro de estas especificaciones. El tamaño máximo del agregado será menor o igual de 1/3 del espesor de la carpeta.

3) Agregado fino a) Características: El agregado fino estará constituido por arenas naturales o artificiales o

una combinación de ellas. Presentaran partículas fuertes, durables muy limpias que satisfagan las estipulaciones de este Pliego.

b) Partículas blandas: El porcentaje máximo admisible de partículas blandas u otras materias extrañas no excederá el 4 %.

c) Equivalente de arena: el equivalente arena será superior a 50%.

4) Polvo mineral (Filler) a) Características: El polvo mineral consistirá en material proveniente de la trituración de

roca calcárea, cal hidratada, cemento Pórtland o cualquier otro mineral fino que se presente como polvo seco suelto, libre de terrones y cumpla las siguientes propiedades:

b) Fineza: Pasa tamiz Nº 30, 100%; pasa tamiz Nº 100, 85%; pasa tamiz 200, 65%. c) Composición química:

Filler calcáreo: no menos del 70 % de carbonatos, expresados en C03 Ca Cemento Pórtland: Responderá a los requisitos de la Norma IRAM 50000 Cemento Pórtland normal.

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Cal hidráulica hidratada: No menos del 60 % del calcio total, expresado como OCa, ni más del 10 % de residuos insolubles en ácido clorhídrico.

5) Ligante Asfáltico a) Los ligantes asfálticos utilizados serán productos provenientes de la destilación del

petróleo y cumplirá las especificaciones indicadas por la Norma IRAM 6604(2002), IRAM 6835 (2002) e IRAM 6596(2000).

Muestras: Las muestras se extraerán de acuerdo a las recomendaciones de las Normas IRAM, ASTM, en presencia de la Inspección.

6) Características de la Mezcla a) Agregados: La mezcla de los áridos y filler deberá estar comprendida (en la forma lo más

centrada posible) dentro de la siguiente zona granulométrica: Pasa el tamiz 1” ............................................ 100% Pasa el tamiz ¾” ............................................ 83-100% Pasa el tamiz 3/8” ............................................ 60-75 % Pasa el tamiz Nº 4 ............................................ 45-60 % Pasa el tamiz Nº 8 ............................................ 35-47 % Pasa el tamiz Nº 30 ............................................ 17-29 % Pasa el tamiz Nº 50 ............................................ 12-21 % Pasa el tamiz Nº 200 ............................................ 5-8 % La curva granulométrica será ligeramente cóncava y sin inflexiones bruscas.

b) Cantidad de filler y betún: La concentración en volumen del filler, en la unidad de volumen del sistema filler-betún en ningún caso será superior a la Concentración Crítica, entendiendo como filler el material que pasa el tamiz Nº 200 integrado por el polvo natural de los agregados y el filler comercial incorporado.

c) Características de la mezcla medida por el ensayo Marshall: (50 golpes por cara). La mezcla ensayada por el método Marshall responderá a las siguientes exigencias: Vacíos (%)............................................................................................ 3 a 5% Vacíos del agregado mineral ocupado por betún................................. 75 a 85% Estabilidad mínima (1 hora en agua a 60ºC)(Kg) ................................ 900 Estabilidad máxima (1 hora en agua a 60ºC)(Kg) ............................... 1300 Fluencia máxima (mm)........................................................................ 4,5 Fluencia mínima (mm)........................................................................ 2,0 Vacíos del agregado mineral (%)........................................................ 13-16 No se admitirá tendencia hacia el valor mínimo de fluencia, acompañado de tendencia hacia el valor máximo de estabilidad. Al respecto deberá cumplirse:

2500 Kg/cm ≤ estabilidad/fluencia ≤ 4500 Kg./cm La estabilidad remanente luego de 24 horas de inmersión en agua a 60ºC no será menor del 80 % de la original. Para el cálculo de vacíos se considerará la Máxima Densidad Media (Rice). Se establece para la mezcla un contenido mínimo del 4,8% de cemento asfáltico.

d) Riego Asfáltico de Imprimación: Se utilizarán emulsiones asfálticas catiónicas de rotura rápida, tipo CRR de acuerdo a la norma IRAM- IAPG 6691 (2001) o una emulsión asfáltica catiónica de rotura rápida modificada con polímeros, tipo CRRm de acuerdo a la norma IRAM- IAPG 6698 (2005).

C- EQUIPO 1) Descripción

Todos los elementos que componen el equipo para la ejecución de esta obra, deberán ser aprobados por la Inspección y deberán encontrarse en perfectas condiciones de funcionamiento y así conservados hasta la finalización del trabajo.

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El número de los elementos del equipo será el necesario para realizar los trabajos dentro del plazo de construcción fijado, y estará compuesto por: a) Camiones volcadores con cajas metálicas estancas de descarga trasera, las que irán cubiertas con una lona a fin de conservar la temperatura de la mezcla de ser necesario. La pérdida de temperatura desde la carga hasta el momento de descarga no deberá ser superior a 20 ºC. Para evitar la adherencia de la mezcla asfáltica se podrá untar la caja de los camiones con una solución de agua jabonosa o aceite lubricante liviano, no permitiéndose hacerlo con nafta, kerosene u otro producto similar. b) Distribuidora mecánica y terminadora capaz de realizar la distribución en todo el ancho establecido para las franjas de pavimentación, tendrá tolva receptora y un sistema a tornillos sinfín de tipo reversible para distribuir la mezcla delante del enrasador. El enrasador tendrá dispositivos de movimiento horizontal para brindar una superficie terminada de contextura uniforme. La velocidad de oscilación del enrasador será de 10 a 20 oscilaciones por minuto. Deberá ser ajustable para distintos espesores de carpeta. c) Aplanadoras mecánicas para el cilindrado de la mezcla asfáltica de 3 ruedas o de tipo “tándem”, tendrán un peso de 3 a 7 toneladas en el primer caso, y en el segundo los rodillos serán de un ancho no menor de 0,70 m y la presión por cm de ancho de llanta estará comprendida entre 25 y 45 kg/cm2. Los rodillos contarán con dispositivos para el humedecimiento de las ruedas. d) Rodillo neumático múltiple de 2 ejes con 4 ruedas en el posterior, dispuestas de tal forma que abarquen el ancho total cubierto por el rodillo. La presión transmitida por cada rueda será, como mínimo, de 35 kg/cm de ancho de la banda de rodamiento. El peso mínimo del equipo será de 7 toneladas. e) Complementarán el equipo, palas, carretillas, cepillos, pisones de mano y demás elementos menores para ejecutar los trabajos de acuerdo a estas especificaciones. f) La distribución se efectuará con máquina terminadora, en todos los casos en todo el ancho que corresponda, la mezcla será descargada dentro de la tolva de aquella e inmediatamente distribuida en el espesor suelto establecido. En caso de demoras inevitables, el borde será cortado perpendicularmente antes de agregar la mezcla para continuar con las tareas sobre la calzada. Este procedimiento se empleará también en los bordes al comienzo de cada jornada de trabajo. Cuando lluvias imprevistas caigan sobre la calzada durante el tránsito de la mezcla, ésta no será descargada hasta que la lluvia haya cesado y la superficie de la calzada esté seca. g) Después de extendida la mezcla deberá ser completa y uniformemente compactada por cilindro, empleando inicialmente rodillos livianos que no provoquen desplazamientos excesivos o agrietamientos. La compactación final o terminación se hará con un rodillo de peso no menor de 10 toneladas. Se utilizarán simultáneamente, en forma combinada, rodillos lisos de acero y equipos provistos de neumáticos (múltiples) de 9 ruedas. El rodillado se comenzará longitudinalmente desde los lados y seguirá hacia el centro del pavimento, sobrepasando las pasadas sucesivas por lo menos la mitad del ancho del rodillo. El movimiento del rodillo será en todo momento lo suficientemente lento para evitar desplazamiento de la mezcla caliente y cualquier desplazamiento que pueda ocurrir por cambio de la dirección del rodillo o cualquier otra causa, será corregido de inmediato con rastrillos y mezcla nueva. El cilindrado se realizará hasta lograr la máxima compactación. Para evitar la adherencia de la mezcla al rodillo, las ruedas serán mantenidas húmedas, sin exceso de agua. Todo lugar no accesible al rodillo, la mezcla será compactada a mano o con pisones calientes. h) La colocación de la carpeta será tan continua como sea posible y el rodillo pasará sobre el borde no protegido de la mezcla fresca solamente cuando la colocación se suspenda durante un tiempo tal que le permita enfriarse. Las juntas, a la terminación del trabajo o entre pavimentos viejos y nuevos, serán cuidadosamente hechas, de manera de asegurar una perfecta y continua liga entre las

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superficies viejas y nuevas. Se prestará especial cuidado, en la terminación entre la carpeta construida y los accesos a las propiedades, ya sean peatonales o vehiculares.

D- COMPOSICIÓN DE LA MEZCLA De acuerdo con las características a reunir, establecidas en estas Especificaciones y, en el caso de alguna característica particular, en las Especificaciones Particulares de cada obra, el Contratista presentará con la debida anticipación de los acopios de materiales, su fórmula para la mezcla de obra acompañando muestras de los materiales a utilizar y consignando su procedencia. La Inspección aceptará la fórmula presentada o hará las observaciones que considere convenientes, debiendo el Contratista en caso de no ser aprobada, presentar una nueva fórmula. Aceptada la misma por la Inspección, se remitirán al Laboratorio los materiales con la mezcla propuesta, el cual siguiendo la técnica del método Marshall preparará pastones de ensayos por separado que permitan moldear cada uno, tres probetas con la compactación para tránsito anticipado. En cada probeta se determinará: densidad, contenido de asfalto, vacíos, vacíos ocupados por betún, vacíos del agregado mineral, estabilidad y fluencia Marshall. Estos valores deben estar comprendidos dentro de los límites fijados en estas Especificaciones Técnicas Generales, o en las Particulares en el caso de alguna característica peculiar; cuando ello ocurra el Contratista queda autorizado para iniciar la construcción de la carpeta asfáltica. El Contratista o su Representante Técnico tienen derecho a presenciar los ensayos. Todo lo anterior no releva al Contratista del cumplimiento de las condiciones de recepción que figuran en el Artículo respectivo de este Pliego, debiendo consecuentemente tomar las providencias que estime necesarias para que las mezclas a colocar en obra reúnan todas las condiciones especificadas.

1) Preparación de los materiales a) Preparación del betún asfáltico: el betún asfáltico será calentado en calderas o tanques

diseñados de tal manera que aseguren un calentamiento uniforme de todo el contenido. Estarán dotados de un sistema eficaz para el contralor de la temperatura en todo momento y de medios apropiados, para mantenerla uniforme en toda la masa. La temperatura del betún no se elevará más de 160º C.

b) Preparación de los áridos: Los áridos gruesos y finos para las mezclas asfálticas serán secados y calentados, juntos o separadamente, en la planta asfáltica, en secadores rotativos apropiados hasta una temperatura comprendida entre 160º y 175ºC. En el momento de llegar al mezclador, su contenido de humedad será igual o inferior a 0,5%. Deberá instalarse un pirómetro en un punto conveniente en el extremo de descarga del sector rotativo con su indicador colocado de modo tal que permita al operador ver claramente la temperatura del árido en el momento de la descarga. Si los agregados han sido calentados juntos deben ser inmediatamente zarandeados y separados en fino y grueso y almacenados en tolvas independientes. Cuando sea necesario mezclar dos o más arenas para obtener la graduación establecida en las Especificaciones Particulares la combinación puede ser hecha antes de volcar el material en el horno secador o bien volcando simultáneamente cada material en la debida proporción.

c) Preparación de la mezcla asfáltica: los agregados gruesos y finos calientes y el polvo mineral (filler) serán medidos por separado cuidadosamente. La cantidad de asfalto requerida para cada pastón será medida en peso, por medio de la balanza ligada al resto de la mezcladora o por medio de dispositivos especiales que aseguren la cantidad de material incorporado. La mezcla será hecha en una mezcladora apropiada dotada de dos árboles de paleta gemela que aseguren un mezclado homogéneo y completo de los agregados entre sí. Los agregados gruesos y finos y el filler se mezclarán en seco durante treinta (30) segundos, agregándole después el betún asfáltico caliente, y prosiguiendo el mezclado el tiempo necesario para obtener una mezcla homogénea en que todas las partículas estén envueltas en una película de betún. En el momento de la descarga la mezcla tendrá una temperatura próxima a los 150º C.

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d) Control de la mezcla: cada cincuenta (50) toneladas se extraerán muestras representativas, con las que se moldearan siguiendo la técnica Marshall, seis (6) probetas, a la densidad del tránsito anticipado (50 golpes de pisón por cara). Una vez frías dichas probetas se le practicarán las determinaciones de peso especifico, vacíos, vacíos ocupados por betún, porcentaje de asfalto, vacíos del agregado mineral, estabilidad y fluencia a 60º C, valores que deberán estar comprendidos dentro de los límites fijados en las Especificaciones Particulares de la obra. En caso de no cumplirse dichos requisitos, la Inspección ordenará al Contratista que tome las providencias que estime necesarias para las correcciones correspondientes.

E- MÉTODO DE CONSTRUCCIÓN. 1) Colocación de la carpeta asfáltica

Inmediatamente antes de la colocación de la carpeta asfáltica, la base será perfectamente barrida de manera de asegurar que no quede tierra, materiales sueltos, etc., presentando una apariencia granular que permita una perfecta unión con la carpeta, y se aplicará un riego asfáltico de imprimación previo a la colocación de la misma. La distribución se efectuará con maquina terminadora; la mezcla será descargada dentro de la tolva de aquella e inmediatamente será distribuida en el espesor suelto establecido. Si las terminadoras empleadas distribuyen solo en un medio ancho de calzada no se permitirá avanzar en un solo costado en longitudes mayores de una cuadra, a fin de evitar la formación de una junta longitudinal. En caso de demoras inevitables el borde será cortado perpendicularmente antes de agregar la mezcla para completar la calzada. Este procedimiento se empleará también en los bordes al comienzo de cada jornada de trabajo. Cuando las lluvias imprevistas caigan sobre la calzada durante la colocación de la mezcla, ésta no será descargada hasta que la lluvia haya cesado y la superficie de la calzada esté seca. Los cordones, tapas de cámara, etc., se pintarán con betún asfáltico o diluido en nafta para asegurar su adherencia a la carpeta. Alrededor de las tapas, bocas de tormenta, etc., la mezcla se colocará en un espesor suficiente para que, una vez compactada, quede ligeramente sobreelevada respecto a los bordes de las estructuras.

2) Compactación de la carpeta asfáltica A lo largo de los cordones, cámaras de registro o estructuras similares o todo lugar no accesible al rodillo, la mezcla será compactada a mano o con pisones calientes. La superficie del pavimento terminado tendrá perfil y pendientes establecidos en los planos. Se evitará el estacionamiento del rodillo sobre la carpeta. Se deberá disponer de los equipos y adoptar la metodología necesaria para lograr las exigencias establecidas.

3) Control de perfil La superficie de la carpeta asfáltica debe ser lisa y reproducir exactamente los perfiles transversales y longitudinales, fijados en este proyecto. No se permitirán depresiones o sobre elevaciones superiores a los tres milímetros cuando se proceda a su control por medio de una regla de tres metros de longitud colocada paralelamente al eje de la calzada. En esos casos se corregirá removiendo la superficie en dichos puntos, agregando mezcla caliente y compactando o identificando con el área adyacente.

4) Juntas de la carpeta asfáltica La colocación de la carpeta será tan continua como sea posible y el rodillo pasará sobre el borde no protegido de la mezcla fresca solamente cuando la colocación se suspenda durante un tiempo tal que le permita enfriarse. Las juntas, a la terminación de cada jornada de trabajo o entre pavimentos viejos y nuevos serán cuidadosamente hechas, de manera de asegurar una perfecta y continua liga entre las superficies nuevas y viejas.

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Se cortará la terminación del trabajo anterior hasta obtener un borde vertical del espesor especificado y se pintará dicho borde con una delgada capa de betún asfáltico caliente o diluido en nafta. Se agregara el material nuevo bien aplicado sobre el borde existente y se apisonará con pisón caliente. Para sellar las juntas se usarán planchas calientes cuidando no quemar la superficie.

5) Protección del pavimento Las secciones del pavimento terminado serán protegidas del tránsito durante el tiempo que fije la Inspección después del cilindrado final o hasta que la superficie se haya endurecido y no sufra deterioros por el tránsito.

F- RECEPCIÓN DE LOS PAVIMENTOS DE CARPETA ASFÁLTICAS Descripción

La recepción total o parcial de la carpeta asfáltica se realizará previa verificación del espesor, densidad, contenido de asfalto, granulometría, características y porcentajes de vacíos de la misma. Esta verificación se practicará independientemente en zonas rectangulares no mayores a 1500 m² o por cuadra de superficie no mayor a la indicada. En las calles de doble calzada separadas por una rambla se considerará cada calzada independientemente. Las verificaciones servirán de base para la aceptación del pavimento comprendido en cada zona, la aceptación mediante un descuento en el precio unitario de contrato, o su rechazo.

G- ACEPTACIÓN Y RECHAZO: 1) Recepción de los pavimentos de carpeta asfálticas La recepción total o parcial de la carpeta asfáltica se realizará previa verificación, por parte del Laboratorio, del espesor, densidad, contenido del betún, características y porcentajes de vacíos de la misma. Esta verificación se practicará independientemente en zonas rectangulares no mayores a 1.500 m² o por cuadra de superficie no mayor a la indicada. En las calles de doble calzada separadas por una rambla se considerará cada calzada independientemente. Las verificaciones servirán de base para la aceptación del pavimento comprendido en cada zona, la aceptación mediante un descuento en el precio unitario de contrato, o su rechazo. La recepción se hará por calidad de mezcla y eficiencia constructiva, con las siguientes determinaciones. · Espesor y compactación: En tres testigos extraídos en una cuadra, como máximo, de carpeta construida siguiendo el orden borde, eje, borde. Los testigos de borde se ubicarán a una distancia mínima de 30 cm del mismo. · Vacíos, estabilidad y fluencia: en probetas moldeadas con la mezcla a colocar en obra según método Marshall en un promedio de 10 por día o 5 cada 1500 m² de carpeta. 2) Tolerancias Calidad de la mezcla: una vez probada la fórmula de obra final, las características resultantes de la misma serán las que el Contratista está obligado a cumplir con las tolerancias especificadas a continuación: Granulometría:

Tamiz de ½”, ¾” y 3/8”..................................±4,0 % Tamiz de Nº 4................................................. ±3,0 % Tamiz de Nº 8................................................. ± 3,0 % Tamiz de Nº 30 y 50........................................ ± 2,0 % Tamiz de Nº 100 y 200.................................... ± 2,0 % Asfalto: % de la fórmula aprobada.................. ± 0,2 % Vacíos…………………………………………± 2 %

Las tolerancias granulométricas se refieren a determinaciones realizadas sobre muestras extraídas de silos calientes y mezclados en los porcentajes que fije la formula de obra final. Fluencia: las variaciones de la fluencia no excederán en 0,05 cm en más o en menos para la mezcla de obra final para cada valor individual. 3) Deficiencias constructivas. Aceptación con descuento

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a) Exigencias Espesores: el valor medio por cuadra podrá ser hasta un cinco (5) por ciento menor que el espesor teórico no permitiéndose ningún espesor individual menor que el 90 % (noventa por ciento) de dicho espesor teórico. Si se observaran valores menores, se extraerán 5 testigos en las proximidades de los anteriores para limitar la zona que el Contratista deberá reconstruir sin recibir compensación bajo ningún concepto. Si el espesor fuera mayor que el teórico no se pagará sobreprecio. Compactación: a los 8 días de construida la carpeta, ésta tendrá una compactación igual o mayor del 98 % (noventa y ocho por ciento) de la mezcla aprobada. Aceptación con descuento: b) Descuentos Espesor: la cuadra en la cual el valor medio no cumpla con el espesor de carpeta del proyecto será aceptados con descuento. Luego si Et x 0,98 ≤ Em < Et, la cuadra será aceptada con el descuento siguiente: D = P x 0,03 P = Precio unitario del m2

del ítem correspondiente Em = Espesor medio de la carpeta (en cm) Et = Espesor teórico del proyecto (en cm) D = Descuento Compactación: Aquellas carpetas que obtengan valores de densidad entre 98% y 95% serán aceptadas con descuento. Luego si Dt x 0,95 ≤ Dm < Dt x 0,98, la cuadra recibirá un descuento de: D = P x 0,05 P = Precio unitario del m2 del ítem correspondiente Dm = Peso especifico medio de la carpeta (en g/cm³) Dt = peso específico de la probeta Marshall de la mezcla (en g/cm³) D = Descuento Todos los valores individuales de compactación logrados deben ser iguales o mayores que 95% (noventa y cinco por ciento) del peso específico aparente logrado en el ensayo Marshall. En los casos que se encuentren valores inferiores se efectuará la extracción de 5 testigos en lugares próximos y elegidos por la Inspección. De repetirse un sólo valor inferior al límite fijado será rechazado el tramo o zona perteneciente a la probeta. El rechazo significa la reconstrucción de la misma sin compensación alguna al Contratista. Estabilidad Marshall: la totalidad de las probetas representativas de cada zona deben dar estabilidad comprendidas entre los límites establecidos. Si se presentaran faltas de espesor y compactación simultáneamente que dieran lugar a la aplicación de descuentos, queda establecido que ambos descuentos se efectuarán independientemente, acumulándose. 4) Aceptación condicional Serán aceptados en forma condicional y de acuerdo a lo establecido en el presente inciso, las cuadras que:

a. Cuando el porcentaje de vacíos promedio de la cuadra, determinado en las probetas del laboratorio de obra, sea menor que el límite fijado en las presentes especificaciones.

b. Cuando el porcentaje de vacíos promedio de la cuadra determinado en las probetas de laboratorio de obra sea mayor que el límite superior fijado en las presentes especificaciones.

c. Cuando el porcentaje de asfalto sea mayor al fijado en la fórmula de aprobada de la mezcla asfáltica.

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d. Cuando la fluencia promedio de la cuadra o tramo determinada en las probetas del laboratorio de obra sea menor que el límite inferior fijado en las presentes especificaciones.

e. Cuando la fluencia promedio de la cuadra determinada en las probetas del laboratorio de obra sea mayor que el límite superior fijado en las presentes especificaciones.

f. Cuando la estabilidad promedio de la cuadra determinada en las probetas del laboratorio de obra sea mayor que el límite superior fijado en las presentes especificaciones.

g. Cuando la estabilidad promedio de la cuadra sea menor que la mínima fijada en las presentes especificaciones. El Contratista está obligado a una conservación por un período que comprenda dos veranos en los casos a, c, e y g, y por dos inviernos en los casos b, d, y f a contar de la fecha de su construcción. Cuando se observan fallas durante el período de conservación, imputables a las deficiencias señaladas, el Contratista procederá a la reconstrucción en condiciones satisfactorias sin recibir compensación por ningún concepto. 5) Rechazo de carpeta Será rechazada la carpeta asfáltica de la cuadra ordenándose al Contratista su reconstrucción en condiciones satisfactorias sin recibir compensación por ningún concepto en los siguientes casos:

a. Cuando el espesor promedio de la cuadra sea inferior al noventa y cinco por ciento del espesor teórico.

b. Cuando el espesor de un testigo individual sea inferior en un 10 % al espesor de proyecto de la carpeta.

c. Cuando la cantidad de filler sea mayor que la Concentración crítica. d. Cuando la fluencia de tramo sea mayor que la máxima detallada en las presentes

especificaciones más la tolerancia. e. Cuando el porcentaje de asfalto sea menor al fijado en la fórmula de obra disminuido de

tolerancia. f. Cuando el peso específico promedio de la cuadra sea inferior al 95 % de la determinada

con la fórmula de la obra aprobada. g. En caso de que el faltante o exceso de una fracción implique un valor mayor a dos veces la

tolerancia correspondiente en cada tamiz.

H- LISURA Y PERFIL TRANSVERSAL La carpeta construida deberá cumplir asimismo con lo establecido en las Especificaciones Técnicas Generales a la lisura y perfil transversal de la misma.

I- RESTRICCIONES EN LA EJECUCIÓN DE CARPETAS Se permitirá la construcción de carpeta cuando la temperatura a la sombra alcance los 10ºC y con tendencia a ascender, o cuando a criterio de la Inspección las condiciones meteorológicas permitan prever una colocación y compactación de correcta de la mezcla.

J- MAYOR ESPESOR-SOBREANCHO En ningún caso se pagará sobreprecio por mayor espesor ni por ancho superior a los especificados.

K- EXTRACCIÓN DE TESTIGOS Antes de iniciar la extracción de muestras de la carpeta asfáltica, la Inspección fijará en un plano preparado por la empresa los límites de las zonas. Una copia se entregará al Contratista, quien por intermedio de su Representante Técnico deberá controlar la extracción de los testigos y firmar el acta correspondiente. La extracción de los testigos a razón de tres por zona, se efectuará por intermedio del Laboratorio, quien realizará las determinaciones indicadas en el artículo anterior, siguiendo las técnicas adoptadas por dicho Laboratorio. El contenido de asfalto se efectuará sobre tres probetas por zona y las características del mismo cada tres zonas.

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Las verificaciones de espesor, densidad, estabilidad y fluencia se efectuarán sobre los tres testigos de cada zona, promediando sus valores, y de acuerdo a las exigencias establecidas en el artículo G.

L- ACUMULACIÓN DE DESCUENTOS Cuando las faltas de espesor de la carpeta, densidad, etc., a que se refieren los Artículos de estas especificaciones se presenten al mismo tiempo, los descuentos a que se refieren dichos artículos se practicarán simultáneamente, acumulándose.

M- SOBRE-ESPESOR El Contratista no podrá solicitar se abonen mayores sumas que las que corresponden al espesor especificado en el presente Pliego por bacheo o restitución de gálibo que fuera ejecutado al mismo tiempo que la carpeta (sobre- espesor). El Contratista será responsable en todos los casos de los perjuicios o mala ejecución o terminación de la carpeta en el caso que realizada la restitución de gálibo o bacheo en forma conjunta con la carpeta, sin que la autorización de la Inspección para realizar el trabajo de esa manera lo exima de su total responsabilidad.

N- DE LAS DOSIFICACIONES. La Empresa presentará su fórmula para la dosificación de los concretos asfálticos y la Inspección aprobará la misma previo ensayo por el Laboratorio, para la cual la Empresa deberá adjuntar las muestras respectivas, por intermedio de la Inspección. La aprobación de la Inspección no eximirá a la Empresa por la responsabilidad total que le corresponda por los trabajos que se realicen y sobre la conservación de la obra en los plazos correspondientes, debiendo proceder a la reconstrucción total en caso que se deteriore la carpeta por desgaste, corrosión, etc., o si la misma se deformara. El Contratista será igualmente responsable y deberá rehacer la carpeta si la misma se deteriora debido a defectos de proyecto referido al gálibo, pendientes, peraltes, formas de las curvas, etc., y los mismos no fueran advertidos a la Inspección debidamente.

O- TESTIGOS. Los orificios de los testigos serán tapados por el Contratista inmediatamente extraídos los mismos, de acuerdo a las instrucciones de la Inspección, sin cargo alguno.

P- RECHAZADOS. La Inspección podrá proceder a rechazar los pastones en planta, en el camión, en la distribuidora o colocado sobre la base en caso de que se sobrepasen las temperaturas máximas establecidas o que no se alcancen las mínimas que indican en el presente. Resumen de Temperaturas Mínimo Máximo Preparación de la mezcla 160ºC Descarga sobre camión en planta 150-160ºC Al llegar a la obra sobre camión 145-155ºC En la terminadora 135-150ºC En el lugar de colocación 130-145ºC ARTICULO 4º CONSTRUCCIÓN DE BASE DE ESTABILIZADO GRANULAR CON MATERIAL RECICLADO DEL PAVIMENTO EXISTENTE, SUELO SELECCIONADO Y MATERIAL CORRECTOR: LIGANTE HIDRÁULICO Y/O AGREGADO PÉTREO VIRGEN

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1: DESCRIPCION Consiste en la construcción de una base estabilizada, constituida por una mezcla íntima y homogénea de material proveniente del reciclado del pavimento asfáltico existente (RAP), suelo seleccionado, ligante hidráulico y/o agregado pétreo virgen, que compactada con una adecuada incorporación de agua, permita obtener el espesor y perfiles transversales de proyecto, cumpliendo en un todo con la presente especificación. 2: ESPESOR El espesor será el indicado en las especificaciones técnicas particulares y/o perfiles tipo medido sobre la mezcla compactada. 3: MATERIALES Y COMPOSICION DE LA MEZCLA 3 .1: Material Recuperado Se define como material recuperado el proveniente de la trituración o fresado de las capas superiores existentes (RAP) en la profundidad establecida. La Inspección determinará aquellas zonas no aptas para reutilizar el material existente. En tal caso el material se extraerá y se acopiará en los lugares aprobados para tal fin. De igual manera la inspección autorizará la reutilización de materiales triturados de zonas distintas a las que se este reciclando. Para la bonificación y determinación de zonas aptas para reutilizar el material existente, se deberá analizar el material existente por medio de sondeos y/o calicatas, a razón de tres (3) por kilómetro, que permitan determinar espesores, granulometría, limites de Atterberg y contenido de humedad. El RAP no deberá presentar contenido de materia orgánica o productos que puedan perjudicar el fragüe del ligante hidráulico, ni partículas de tamaño superior a los ochenta mil metros (80 mm). 3 .2: Suelo Seleccionado Este material será provisto por el Contratista y deberá cumplir con las siguientes características: • Límite líquido máximo: 40 %

• Índice Plástico máximo: 10 %

• Hinchamiento máximo: 1 % En el caso que el estado de la base de asiento lo permita y previa autorización de la Inspección por escrito, se podrá usar este material fresado como aporte del material fino necesario. 3 .3: Agregado pétreo virgen Este material será provisto por el Contratista y estará formado por una mezcla de agregados pétreos, cuyo tamaño dependerá de la fracción que se deba corregir, proveniente de la trituración de rocas sanas. El ensayo de durabilidad por ataque de sulfato de sodio (Norma IRAM 1225) luego de cinco (5) ciclos deberá acusar una pérdida máxima del doce por ciento (12%). No se admitirá ningún porcentaje de agregado con minerales en descomposición. El desgaste de Los Angeles será inferior a 50. 3 .4: Ligante hidráulico Serán Cementos de uso general (IRAM 50000), o Cales Hidráulicas, o Aéreas, según esté definido en la Especificación Técnica Particular. La inspección exigirá el remito de las características del Ligante Hidráulico que se vaya a utilizar en la que deberán figurar: la naturaleza y proporción nominal de sus componentes (verificando los límites establecidos por las normas citadas); de tal modo que dichas características se mantengan a lo largo de toda la obra. En el caso que se cambie el tipo de cemento o sus componentes se deberá tratar como una nueva dosificación. En ningún caso se aceptarán ligantes hidráulicos que presenten indicios evidentes de fragüe. Se arbitrarán todos los medios necesarios a fin de evitar que el ligante, durante su acopio, este en contacto con la humedad. El ligante hidráulico a utilizar deberá cumplir el siguiente requisito de fineza: • Máxima permisible en tamiz Nº 50: 0,5 %

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• Máxima permisible en tamiz Nº 80: 5,0 %

• Máxima permisible en tamiz Nº 200: 15,0 % 3 .5: Agua El agua utilizada para la ejecución no deberá contener sustancias perjudiciales para el ligante hidráulico, pudiendo emplearse agua potable en todos los casos. 3 .6: Composición de la Mezcla tentativa La composición tentativa de la mezcla de inertes y al solo efecto del cómputo será: • Capas asfálticas existentes (RAP): mínimo 60 % • Agregado pétreo virgen: máximo 20 %

• Suelo seleccionado: máximo 20 %

• Ligante hidráulico, referido al peso seco total: 5 % Siendo estos porcentajes de carácter indicativo, debiendo ajustarse los mismos de manera que cumplan con las siguientes características: 3.6.1. Granulometría Tamiz de Apertura Cuadrada Porcentaje que Pasa Tamiz 2 (50 mm)…………………….……………….………… 100 % Tamiz 3/8 (9, 5 mm)………………………………………50 % a 80 % Tamiz Nº 10 (2 mm) ………………………………………25 % a 50 % Tamiz Nº 200 (74 m) ……………………………………….5 % a 15 % RELACIÓN DE FINOS: Pasa Tamiz 74 µm (Nro200)= 0,50 a 0,70

Pasa Tamiz 420 µm (Nro40) 3.6.2. Valor Soporte Con la fracción de la mezcla que pasa el tamiz de 19 mm (3/4), con la corrección granulométrica que corresponda y con la incorporación del ligante hidráulico, se moldearán dinámicamente probetas según la técnica del ensayo de Valor Soporte California, con la energía de compactación del Proctor Modificado (AASHTO T 180), y ensayadas sin embeber y sin estacionar se deberá obtener un Valor Soporte California mayor o igual al sesenta por ciento (VS 60%), promedio de las dos primeras penetraciones obtenidas en un mínimo de dos (2) probetas. Toda modificación de la mezcla que conlleve a obtener dicho valor soporte y/o los parámetros granulométricos descriptos en la presente especificación con agregado de material corrector será a cuenta del contratista, no teniendo reconocimiento directo de pago. 3.6.3. Resistencia Se moldearán estéticamente en laboratorio probetas cilíndricas de 10 cm de diámetro por 12 cm de altura a PUVS máximo y humedad óptima correspondiente, reemplazando la energía de compactación especificada en dicha norma por la del Proctor Modificado (AASHTO T 180). El moldeo se realizará con un estacionamiento de la mezcla equivalente al máximo de trabajabilidad previsto para la misma, antes de su compactación definitiva y siempre que no supere las tres (3) horas. El contenido mínimo de ligante hidráulico será tal que permita alcanzar las siguientes resistencias a compresión simple luego de (7) siete días de curado húmedo y a una hora de inmersión en agua, a una velocidad de deformación de 0.5 mm/minutos, sobre tres (3) probetas de resultados concordantes para cada edad:

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Resistencia a compresión simple a 7 días: Tipo de Ligante Hidráulico Cemento Cal Rc mínima 35 kg/cm 12 Kg/cm Rc Máxima 50 Kg/cm ------- Complementariamente se realizarán ensayos a resistencia a los 90 días en cámara húmeda y 1 hora de inmersión. Los resultados tanto a 7 días como los a 90 días serán remitidos al Laboratorio Central de la DVBA, con fines estadísticos. 3.6.4. Fórmula de obra Con el fin de la aprobación de la fórmula de obra, deberá remitir al Laboratorio Central muestra de los materiales constitutivos, los porcentajes que irán en la mezcla y resultados previos de dosificación obtenidas por la empresa, con una anticipación mínima de 15 días al comienzo de la ejecución. 4: EQUIPOS Todos los elementos que componen el equipo para la ejecución de este ítem serán aprobados por la Inspección y los mismos deberán ser mantenidos en condiciones satisfactorias por la Contratista hasta la finalización de la obra. Si durante la construcción se observasen deficiencias o mal funcionamiento, la Inspección ordenará su retiro y reemplazo por otros en buenas condiciones. El equipo a utilizar será suficiente y apropiado para ejecutar las obras dentro del plazo contractual, quedando completamente prohibido el retiro de los elementos que lo componen mientras dure la ejecución, salvo aquellos que se deterioren, y que deberán ser reemplazados inmediatamente. Los distribuidores de agua estarán provistos de elementos de riego a presión que aseguren una fina pulverización del agua, con barras de distribución apropiadas, de suficiente número de picos por unidad de longitud y con válvulas de corte de interrupción rápida y total. Los elementos de riego, aprobados por la Inspección, se acoplarán a unidades autopropulsadas, no permitiéndose en ningún caso el arrastre por remolque de los tanques regadores. En las proximidades de las obras de arte, la compactación deberá realizarse utilizando elementos especiales adecuados para tal fin y acorde con el tamaño del área de trabajo que permitan cumplimentar las exigencias de la presente especificación. El equipo para la remoción y trituración de la estructura existente y la distribución de la mezcla a estabilizar, será del tipo ambulo operante, y deberá cubrir el ancho de la trocha en no más de dos pasadas, empleándose a tal fin un equipo mixto que cumpla las condiciones de fresador y mezclador autopropulsado, el cual deberá tener una capacidad de mezclado como mínimo de treinta centímetros (30 cm) y un ancho mínimo de dos metros (2 m) contando con los siguientes elementos: • Sistema de inyección de agua y/o aditivos mediante una bomba impulsora de caudal variable, caudal metro, sistema computarizado de dosificación a la cámara mezcladora con variación automática de caudal para atender los cambios de dosificación según la velocidad de trabajo. • Potencia mínima 420 HP o una combinación equivalente, de equipos similares, con una potencia en conjunto mínima de 600 HP, e individual no menor de 300 HP. • Sistema de barra de inyección de agua de ancho regulable.

• Tambor fresador mezclador con regulación de profundidad de trabajo y velocidad de giro computarizado. • Dispositivo regulable desde puesto del operador para el extendido del material reciclado. Se deberá contar además en obra con un equipamiento mínimo complementario que será de un compactador autopropulsado vibrante tipo pata de cabra, equipo compactador autopropulsado tipo rodillo neumático y rodillo liso, motoniveladora de una potencia mínima de 140 HP, camión regador de agua y además un laboratorio de ensayo de suelos.

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5: METODO CONSTRUCTIVO 5 .1: Reacondicionamiento de la superficie de apoyo Antes de construirse la capa estabilizada la Inspección determinará las zonas en que deban se sustituidos los materiales existentes en la superficie de apoyo. Cualquier deficiencia que éstos presenten, exceso de humedad, falta de compactación o incumplimiento de las demás condiciones oportunamente exigidas, deberá ser subsanada por el Contratista sin percibir pago alguno por tales trabajos. 5 .2: Pulverización El material recuperado (RAP) deberá ser previamente pulverizado hasta obtener una granulometría comprendida dentro de los límites indicados en el inciso 3 “Materiales y Composición de la Mezcla”. La pulverización se realizará en el camino mediante equipo indicado en el inciso 4 “Equipos” o similar de pulverización “in situ” Si con el equipo de pulverización adoptado por el contratista no se obtuviera la granulometría indicada, se deberá proceder a la repulverización del material hasta obtener la granulometría exigida. 5 .3: Distribución del suelo y/o agregado pétreo de aporte Aprobada por la Inspección el material de aporte (suelo seleccionado y/o agregado pétreo) se depositará y distribuirá en un espesor que luego de roturado conjuntamente con la superficie del pavimento existente, compactado y conformado, permita obtener una capa de espesor requerido. 5 .4: Mezclado Inmediatamente de efectuada la distribución del ligante, se procederá al mezclado con RAP cuidando de no incorporar material de capas inferiores. Este trabajo se efectuará con el equipo y procedimiento aprobados por la Inspección, cuidando de que se satisfaga los espesores y perfiles indicados, como así la uniformidad de la mezcla, la que no presentará acumulación de ligante observable visualmente. Después de aplicar el último riego la operación de mezclado continuará hasta obtener en todo el ancho y espesor una mezcla completa, íntima y uniforme del material reciclado existente, material de aporte, ligante y agua. 5 .5: Acondicionamiento de la capa de apoyo Luego de obtener la mezcla “in situ”, la misma será dispuesta fuera de la zona origen, encaballetándola lateralmente, a los fines de proceder a la conformación de la superficie de apoyo, compactándola con equipos tipo pata de cabra, controlando que no haya zonas flojas o con humedad excesiva al paso de los equipos de compactación. En el caso de las zonas flojas, se podrá proceder a la remoción o reemplazo del material y/o su tratamiento con cal, de acuerdo a lo que, compactándolo convenientemente, a cuenta y riesgo del Contratista. Luego de aprobada la superficie de apoyo por la Inspección, se procederá a reubicar el estabilizado de RAP, suelo, ligante hidráulico y/o material granular en el sitio de proyecto. 5 .6: Distribución del ligante Luego de aprobada la capa de apoyo, se procederá a la redistribución del material roturado y premezclado en la caja, y sobre el mismo se procederá a la distribución del ligante la cual se efectuará en una superficie tal que permita, con el equipo disponible en obra, construir la base en forma especificada y dentro de los requerimientos de tiempo establecidos en el inciso 5.10. El ligante será incorporado en forma de polvo mediante bolsas o a granel. Si se utilizan bolsas éstas se colocarán sobre la capa a reciclar, a la distancia prevista para proveer la cantidad requerida y distribuyendo el contenido de las bolsas con arado liviano o motoniveladora previo mezclado inicial.

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Este procedimiento no se utilizará cuando las condiciones climáticas sean desfavorables. La incorporación de ligante a granel se efectuará con camiones provistos de mangueras distribuidoras con un desplazamiento que permita suministrar uniformemente la cantidad necesaria. En la operación anterior controlar las posibles pérdidas de ligante por la acción del viento. 5 .7: Regado y extendido La incorporación de la humedad requerida por la mezcla, se efectuar_ mediante equipo regador a presión de las características indicadas en el inciso 4 “Equipos”. A medida que se realice el riego el contenido del agua se uniformará mediante pasajes de la mezcladora rotativa. Concluidas las operaciones de mezclado final y riegos adicionales el material con la humedad óptima será extendido con el espesor y ancho de proyecto. 5 .8: Compactación Las mezclas serán compactadas con el contenido de humedad óptimo o levemente superior, debiéndose realizar las determinaciones de humedad de obra para cumplir tales requerimientos. Verificada la condición de humedad antedicha se efectuará la compactación del material hasta obtener una densificación uniforme en todo el ancho y espesor del proyecto, como asimismo un correcto acabado de la superficie. La compactación podrá continuar en tanto no se superen los requerimientos de tiempo establecidos en el inciso 5.10. 5 .9: Perfilado Después de compactar la mezcla en la forma indicada en el apartado anterior se reconformará la superficie obtenido para que se satisfaga el perfil longitudinal y la sección transversal especificada: para ello podrá escarificarse ligeramente mediante rastras de clavos púas, perfilándola con motoniveladora, suministrándole más humedad si ésta fuera necesaria y compactando la superficie así conformada con rodillo múltiple de neumático y con aplanadora tipo tandem de rodillo liso. La referida terminación deberá suplementarse de manera de obtener una superficie libre de grietas firmemente unida, sin ondulaciones o material suelto y ajustada al perfil del proyecto. Entre jornadas de trabajo y en cualquier junta constructiva, el material de las mismas que no presente la compactación adecuada será removido, recortado y reemplazado con material correctamente mezclado y humedecido que compactará a la densidad especificada. 5 .10: Requerimiento de tiempo Entre la incorporación del ligante y la finalización de la compactación, no deberá transcurrir un intervalo de tiempo superior a las tres (3) horas. En el caso de ligantes para usos especiales o cal, se podrá aumentar este intervalo, debiendo ésto estar respaldado por ensayos de laboratorio que verifiquen las resistencias requeridas. 5 .11: Curado Final Una vez compactada la capa deberá someterse a un curado final mínimo de siete (7) días mediante riegos sucesivos de agua antes que se comience la construcción de la capa superior. En ningún caso deberá permitirse el secado de la superficie terminada durante los siete (7) días especificados. Durante el mismo intervalo de tiempo, se lo podrá transitar por sobre la capa estabilizada el equipo de riego. Si la próxima capa no se construyera dentro de los catorce (14) días de terminada la ejecución de la capa de estabilizado, deberá sellarse ésta última con emulsión bituminosa superestable (EBCS, IRAM 6691) en una cantidad de 0,8 a 1,5 litro por metro cuadrado inmediatamente luego de terminada la compactación, con la superficie humedecida hasta su saturación. Este sellado deberá mantenerse en buenas condiciones, debiendo estar la conservación a cargo exclusivamente del Contratista. 5 .12: Construcción en caja Durante la construcción en caja se deberán ejecutar los drenajes necesarios en forma tal que imposibiliten el estancamiento de las aguas y que no se produzcan erosiones por el escurrimiento de las mismas. Si se comprobaran ablandamientos o saturaciones de la superficie de apoyo (por falta de drenaje), el Contratista retirará el material con exceso de humedad y lo reemplazará por material equivalente en buenas condiciones a su exclusiva cuenta y riesgo.

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6: CONTROLES Y TOLERANCIAS 6 .1: Densidad Para el control de la densidad en obra se moldearán previamente en laboratorio probetas de estabilizado con incorporación del porcentaje de ligante especificado. En este ensayo de densidad se utilizarán los moldes y la energía de compactación, correpondiente al Proctor Modificado (AASHO T 180). Se deberá trabajar por puntos separados estacionándose las mezclas, previamente a su compactación en el molde un lapso de tiempo igual al transcurrido en el camino entre la adición del ligante y la finalización de la compactación. De este ensayo se determinará el P.U.V.S. máximo y la humedad óptima. En obra se exigirá como mínimo un 98 % del P.U.V.S. máximo obtenido en laboratorio. Se efectuarán determinaciones de densidad de la capa compactada y perfilada a razón de un mínimo de tres (3) por cada (100) metros lineales y alternativamente en el centro, borde izquierdo y borde derecho del ancho del tramo, definiéndose cada tramo como la longitud de base construida en forma continua dentro del plazo máximo de tiempo establecido en el punto 5. Dichas determinaciones se realizarán dentro de las 24 horas de finalizadas las operaciones de compactación y perfilado en el correspondiente tramo. Los tramos de cien metros de longitud que no cumplen con el porcentaje mínimo promedio del 100 % del P.U.V.S. máximo serán aceptados con descuentos hasta un valor promedio mínimo del 96 % del P.U.V.S. máximo. El descuento (D) se efectuará en los tramos que así correspondan sobre las cantidades medidas para el presente Item. A tal efecto se aplicará la siguiente expresión:

D = 0,20 * P P: precio unitario de contrato Se admitirá una probeta individual un P.U.V.S. mínimo del 94 % del P.U.V.S. máximo obtenido en laboratorio, siempre y cuando se verifiquen en el tramo los valores promedios de densidad precedentemente establecidos. De no cumplirse los requisitos de densidad exigidos en el presente inciso, deberá el Contratista reconstruir el tramo sin percibir pago adicional alguno. 6 .2: Espesor Se controlará conjuntamente con la determinación de densidades y a razón de un mínimo de tres verificaciones por cada cien metros lineales, alternativamente en el centro, borde izquierdo y borde derecho del ancho del tramo. El tramo de 100 metros se considerará aceptable cuando el espesor promedio del mismo tenga una variación que no exceda del 10 % respecto del espesor de proyecto y las mediciones individuales no difieran en más o en menos del 20 % respecto del espesor teórico de proyecto. Todo tramo con espesor en defecto, que no cumpla con los requerimientos precedentemente exigidos, deberá ser reconstruido totalmente o podrá ser compensado el espesor con el de las capas superiores, a criterio de la DVBA, no percibiendo el Contratista pago adicional alguno. No se reconocerá sobreprecio en los tramos con espesores promedios mayores que los de proyecto, aceptándose los mismo siempre y cuando cumplan con las condiciones de calidad especificados y que la cota final resultante del pavimento no afecte las condiciones de drenaje previstas para la obra. Caso contrario deberán reconstruirse en todo el espesor, por cuenta y riesgo del Contratista. 6 .3: Homogeneidad Se realizará un control de resistencia como método para medir indirectamente la homogeneidad de la mezcla. Para ello deberá obtenerse previamente la resistencia a compresión inconfinada de la

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mezcla prevista, con el porcentaje de ligante de proyecto, moldeando estáticamente en laboratorio probetas cilíndricas de 10 cm de diámetro por 12cm de altura al 98% del P.U.V.S. máximo y 100 % humedad óptima obtenidas según lo descripto en la presente sección. La mezcla de los agregados RAP, pétreo virgen, suelo y ligante, con el contenido óptimo de humedad será tamizado por la criba de 3/4. Las probetas se moldearán con el material que pasa la criba 3/4 descartándose el retenido. El moldeo de las probetas con esta mezcla de laboratorio se realizará previo estacionamiento del material durante un lapso de tiempo igual al transcurrido entre la adición del ligante en el camino y el moldeo de las probetas con material mezclado ¨in situ¨ tal, como se indica en los párrafos siguientes: Las probetas se ensayarán a compresión simple luego de siete (7) días de curado húmedo y una hora de inmersión en agua, a una velocidad de deformación de 0,5 mm/minutos (cero coma cinco milímetros por minutos). Para la mezcla moldeada con material mezclado ¨IN SITU¨ en igualdad de condiciones que la anterior, con material ya procesado y previo su compactación en obra, a igual tiempo y procedimiento de curado, se exigirá una resistencia mínima del 80 % de la lograda con la mezcla de laboratorio. El número de probetas será como mínimo de tres por cada cien metros lineales, extraídas alternativamente en el centro, borde izquierdo y borde derecho del ancho de calzada. De no cumplirse el requerimiento de resistencia (homogeneidad) exigida en la presente especificación deberá el Contratista reconstruir el tramo sin percibir pago adicional alguno. 6 .4: Granulometría Se realizará un control granulométrico conjuntamente con el de resistencia. Para ello deberá obtenerse previamente la granulometría de la mezcla prevista, con el porcentaje de ligante de proyecto. La granulometría de esta mezcla de laboratorio se realizará previo estacionamiento del material durante un lapso de tiempo igual al transcurrido entre la adición de ligante en el camino y la realización del ensayo granulométrico con el material mezclado ¨in situ¨. La granulometría del material mezclado ¨in situ¨ realizada en igualdad de condiciones que la anterior con material ya procesado y previo a su compactación en obra, deberá cumplir con la granulometría de la mezcla de laboratorio con las tolerancias que se indican a continuación, manteniéndose siempre dentro de los límites indicados en el presente Pliego. Tamiz Nº 4 (4,8 mm) ………………………………………..+/- 15% Tamiz Nº 10 (2 mm) …………………………………………+/- 10% Tamiz Nº 40 (420 m) ….…………………………………….+/- 10% Tamiz Nº 200 (74 m) …………………………………………+/- 7 % RELACIÓN DE FINOS: Pasa Tamiz 74 µm (Nro200)= 0,45 a 0,75

Pasa Tamiz 420 µm (Nro40) De no cumplirse lo anterior, el Contratista podrá corregir la granulometría siempre y cuando no se sobrepase el límite de seis horas indicado entre la adición de ligante y la finalización de la compactación. De no poder el Contratista corregir la mezcla en el plazo antes estipulado deberá reconstruir el tramo sin percibir pago adicional alguno. ARTICULO 5º CONSTRUCCIÓN DE BASE DE ESTABILIZADO GRANULAR 1: DESCRIPCIÓN Consiste en la construcción de una base estabilizada, constituida por una mezcla íntima y homogénea de agregados pétreos virgen y suelo con una adecuada incorporación de agua, de modo

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tal que permita obtener el espesor y perfiles transversales de este proyecto, cumpliendo en un todo con las presentes especificaciones. 2: ESPESOR El espesor de mezcla compactada en una sola capa serán los previstos en el proyecto, de acuerdo a los perfiles transversales tipo. 3: MATERIALES Y COMPOSICIÓN DE LA MEZCLA 3 .1: Agregado pétreo virgen Se define como agregado al proveniente de la trituración de piedra granítica de acuerdo a la composición porcentual de la mezcla, en las proporciones adecuadas para que resulte un material que cumpla los requisitos de las presentes Especificaciones. El agregado graduado estará constituido por la mezcla del producto de trituración de rocas sanas, grava o canto rodado triturado, arena natural o de trituración. Los agregados a utilizar estarán formados por partículas duras, desprovistos de materiales degradados, esquistosos y/o perjudiciales. El ensayo de desgaste Los Angeles (norma A.A.S.H.T.O. 96 51 y A.S.T.M. C 131 51, graduación A) deberá arrojar un resultado menor de 50 % (cincuenta por ciento) no admitiéndose en la mezcla material lajoso en proporción mayor de 15 % (quince por ciento) en peso. En todos los casos, la fracción del agregado retenido en el tamiz I.R.A.M. 4,8 mm (nº 4), tendrá un porcentaje de desgaste menor del 55 % (cincuenta y cinco por ciento). 3 .2: Suelo Este material será el proveniente de yacimiento, natural y seleccionado, de características cohesivas, que se extraerán de los lugares previamente autorizados por la Inspección, con un índice de Plasticidad menor o igual a 10 (diez). El agua utilizada para la ejecución no deberá contener sustancias perjudiciales, pudiendo emplearse agua potable en todos los casos. 3 .4: Composición de la Mezcla Con carácter estimativo, ajustados a la granulometría que debe cumplir la mezcla. • Agregado pétreo 10 - 30: 30 %

• Agregado pétreo 6 - 12: 25 %

• Agregado pétreo 0 - 6: 25 %

• Suelo de Yacimiento: 20 % La fracción de la mezcla que pasa el Tamiz IRAM de 420 micrones (Nº 40) cumplirá las siguientes condiciones: LÍMITE LÍQUIDO: menor o igual 25 (norma Mm 2 60 D) ÍNDICE DE PLASTICIDAD: menor o igual de 6 (norma Mm 3 60 D) RELACIÓN DE FINOS: Pasa Tamiz Nro200 = 0,50 a 0,65 Pasa Tamiz Nro 40 3 .5: Granulometría de la mezcla TAMIZ DE APERTURA CUADRADA PORCENTAJE QUE PASA • Tamiz 1 (25 mm): ……………………………………………….. 100 %

• Tamiz ¾ (19 mm): ………………………………………70 % a 100 %

• Tamiz 3/8 (9,5 mm): …………………………………….. 50 % a 80 %

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• Tamiz Nº 4 (4,8 mm): ………………………………..…...35 % a 65 %

• Tamiz Nº 10 (2 mm): …………………………………… 25 % a 50 %

• Tamiz Nº 40 (0,42 mm): …………………………………...15 % a 30 %

• Tamiz Nº 200 (0,074 mm): ……………………………..….. 5 % a 15 % 3 .6: Valor soporte de la mezcla El ensayo de Valor Soporte California (Norma de VN-E6-84, Método Dinámico Simplificado) efectuado sobre la fracción de la mezcla que pasa el tamiz de 19 mm (3/4) según normativa (VN-E5-93), el que deberá arrojar un valor superior al80 % (ochenta por ciento) para mezclas de bases y al 40 % (cuarenta por ciento) para mezclas de subbases con un hinchamiento volumétrico máximo del 0,5 % (medio por ciento) para las probetas conformadas con la energía del AASHTO T 180 ; salvo indicación en contrario en las Especificaciones Particulares 3 .7: Dosificación El Contratista, de acuerdo a los ensayos que practique, propondrá las cantidades de los diferentes materiales constituyentes de la mezcla a fin de cumplir con las condiciones de calidad especificadas. 4: EQUIPOS El equipo a utilizarse deberá quedar establecido al presentarse la propuesta y el mismo será el mínimo necesario para ejecutar las obras dentro del plazo contractual, quedando completamente prohibido el retiro de aquellos elementos que sean necesarios mientras dure la ejecución. El equipo y demás implementos usados en la construcción deberán ser previamente aprobado por la Inspección. Si durante el desarrollo del trabajo se observaran deficiencias o mal funcionamiento de los equipos utilizados, la Inspección podrá ordenar el retiro y sustitución de los mismos, lo que deberá concretarse en un plazo máximo de 48 hs. (cuarenta y ocho horas). Los equipos a emplear para riego y distribución de la humedad deberán estar provistos de elementos de riego a presión de modo que aseguren una fina y uniforme pulverización del agua, con barras de distribución apropiadas de suficiente cantidad de picos por unidad de longitud y con válvulas de corte de interrupción rápida y total. Los elementos de riego aprobados se acoplarán a unidades autopropulsadas no permitiéndose en ningún caso el arrastre por remolque de los tanques regadores. La Inspección podrá autorizar la utilización de equipos más modernos y eficientes, que se adapten a las tareas de conformación de la capa, como ser equipos de compactación vibrante de alto rendimiento, plantas de mezclado fija o ambulo operante. 5: MÉTODO CONSTRUCTIVO El estabilizado granular se ejecutará sobre la base inferior, debidamente compactada y perfilada de acuerdo a proyecto, libre de zonas débiles y aprobada por la Inspección. Cualquiera deficiencia o el incumplimiento de las demás condiciones oportunamente exigidas en la superficie de apoyo deberá ser subsanada por el Contratista sin percibir pago alguno por tales trabajos. La Empresa Contratista podrá ejecutar la mezcla en planta central siempre que evite que se produzca segregación de la mezcla en el transporte o distribución de la misma. En cualquiera de los casos el procedimiento constructivo deberá asegurar una mezcla uniforme y homogénea de los materiales y la dosificación adecuada de los mismos. Cualquiera sea el método elegido para efectuar la mezcla de los materiales deberá contar con la aprobación de la Inspección. 6: Ensayos de Recepción 6 .1: Contralor de la mezcla Para contralor de las condiciones de la mezcla se tomará un juego de dos muestras, una para el análisis oficial y otra para la repetición del análisis. Se tomará un juego de muestras como mínimo para cada 200 m3 de material mezclado. La toma de muestra se efectuará cortando el caballete transversalmente, utilizando pala ancha y de dicho corte se extraerá por cuarteo, material suficiente para preparar el juego de muestras. Si la mezcla se efectúa en plantas fijas o portátiles, se extraerán

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muestras de pastones a intervalos convenientes para cumplir con las exigencias establecidas (granulometría y valor soporte). Si de acuerdo al análisis practicado, la mezcla no cumple con las condiciones especificadas para la misma, el Contratista deberá efectuar su corrección, hecha la cual, se repetirá la toma de muestras y los ensayos en el material corregido, en la forma indicada. Si el Contratista no estuviese conforme con los resultados del análisis oficial, se efectuará una repetición del mismo, utilizando la muestra tomada con dicho objeto. El resultado de este último análisis se tomará por correcto e irrevocable. Todo el tiempo empleado en la corrección de mezclas defectuosas o en la repetición del análisis, si éstos confirmasen los resultados oficiales, no podrá invocarse como motivo de aumento en el plazo contractual. Si por el contrario, los resultados de esta repetición de análisis indicasen error, dará lugar a un aumento de plazo si éste fuere solicitado. Los elementos, envases y personal necesarios para la toma de muestras y su acondicionamiento y transporte hasta el Laboratorio, será por cuenta del Contratista. Es facultativo de la Inspección ratificar los resultados obtenidos con los materiales antes de proceder a la construcción de la base, mediante el ensayo de probeta extraídas de la base terminada. 6.1.1. Valor Soporte Se someterá al ensayo de Valor Soporte California (Norma de VN-E6-84, método dinámico simplificado) sobre probetas duplicadas conformadas con la fracción de la mezcla que pasa el tamiz de 19 mm, con los reemplazos de las fracciones más gruesas que la normativa establece (Norma VN-E5-93). Los resultados del valor soporte a la densidad del 98% del PUVS máximo y el 100% de la humedad óptima de compactación del Proctor Modificado (AASHO T 180), ensayado sin embeber y luego de 4 (cuatro) días de embebido, deberán cumplir con lo establecido en el Art. 3.6 de la presente Sección. 6.1.2. Granulometría Se realizará un control granulométrico de la mezcla de cada tramo, extrayéndose muestras adicionales en los lugares donde se controló la compactación. Para el control deberá obtenerse previamente la granulometría de la mezcla prevista. La granulometría del material mezclado in situ será realizada previa a su compactación en obra, deberá cumplir con la granulometría de la mezcla de laboratorio con las tolerancias que se indican a continuación, manteniéndose siempre dentro de los límites indicados en el Art. 3 de la presente sección con las siguientes tolerancias: TAMIZ DE APERTURA CUADRADA TOLERANCIA Tamiz 3/4 (19 mm): …………………………………………+/- 9 % Tamiz 3/8 (9,5 mm): ……………………………………….. +/- 9 % Tamiz Nº 4 (4,8 mm): ………………………………………+/- 8 % Tamiz Nº 10 (2 mm): ………………………………………. +/- 7 % Tamiz Nº 40 (0,42 mm): …………………………………… +/- 5 % Tamiz Nº 200 (0,074 mm): …………………………………+/- 4 % Relación de finos: 0,50≤ Porcentaje pasa Tamiz Nº 200 ≤ 0,65 Porcentaje pasa Tamiz Nº 40 De no cumplirse lo anterior, el Contratista deberá corregir la granulometría y reconstruir el tramo sin percibir pago adicional alguno.

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6 .2: Contralor de la capa terminada 6.2.1. Compactación Se define como tramo a la longitud de capa estructural construida en forma continua dentro de una jornada de trabajo o menor, a criterio de la Inspección. Para el control de la compactación vale lo especificado en el punto 7.1. Compactación del Art.: “Construcción de subbase de Suelo Seleccionado” con las siguientes modificaciones: a) En cada una de las capas compactadas deberá obtenerse un peso específico aparente del material seco (PUVS) como mínimo un 98 % (noventa y ocho por ciento) del P.U.V.S. máximo del obtenido en laboratorio.

Dsom ≥ 0,98Dslm

b) La uniformidad del proceso de compactación deberá cumplir que: Dso ≥ 0,97Dsom Los tramos que no cumplan a) o b) serán rechazados, y su reconstrucción será por cuenta y cargo del Contratista. 6.2.2. Espesor Se controlará conjuntamente con la determinación de densidades y a razón de un mínimo de tres (3) verificaciones por cada cien metros (100 m) lineales, alternativamente en el centro, borde izquierdo y borde derecho del ancho del tramo. El tramo de cien metros (100 m) se considerará aceptable cuando el espesor promedio del mismo tenga una variación que no exceda +/- 0,5 cm (medio centímetro) respecto del espesor de proyecto y las mediciones individuales no difieran +/- 1,0 cm (un centímetro) las cotas de proyecto respecto del espesor teórico de proyecto. Todo tramo con espesor en defecto que no cumpla con los requerimientos precedentemente exigidos, deberá ser reconstruido totalmente, no percibiendo el Contratista pago adicional alguno. No se aceptarán tramos con espesores promedios mayores que los de proyecto ni que la cota final resultante del pavimento afecte las condiciones de drenaje previstas para la obra. Los tramos rechazados deberán reconstruirse en todo el espesor, por cuenta y riesgo del Contratista. 7: Conservación Serán de aplicación los términos del punto 8 del Art.: Construcción de capas de suelo seleccionado. ARTICULO 6º APERTURA DE CAJA O MOVIMIENTO DE SUELO. El presente artículo comprende la mano de obra, equipos y materiales necesarios para la realización de los trabajos que a continuación se detallan: Previa delimitación y replanteo de la zona de trabajo, según lo indicado en los planos respectivos, se procederá a la limpieza y la extracción de alcantarillas u otros elementos que entorpezcan la concreción de los trabajos. Efectuado lo precedente y según lo indique el proyecto se procederá al desmonte, en un ancho que será 1,50 metros mayor que el indicado en los planos del proyecto para el pavimento; el material resultante de dichas tareas, que no sea reutilizable, será trasladado a los lugares que indique la Inspección, en un radio máximo de quince mil (15.000) metros medidos desde el lugar de trabajo. Antes de construirse la capa de suelo cal, la Inspección determinará la zona en que deban ser sustituidos los materiales existentes en la superficie de apoyo. Cualquier deficiencia que los suelos presenten, exceso de humedad, falta de compactación o incumplimiento de las demás condiciones oportunamente exigidas, el Contratista deberá realizar el saneamiento correspondiente sin percibir pago alguno por tales trabajos. El Suelo Seleccionado para saneamiento deberá responder a las siguientes características: - Valor Soporte mínimo: 15% - Índice de Plasticidad no mayor de 15. Deberá estar libre de materia orgánica. Terminadas las tareas de desmonte y lograda la cota correspondiente se procederá al perfilado y compactación de la subrasante.

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ARTICULO 7º CONSTRUCCIÓN DE SUBBASE DE SUELO SELECCIONADO. Aprobada la sub-rasante por la Inspección, se ejecutará una sub-base de suelo seleccionado cuyo espesor compactado será el indicado en las E.T.P., ejecutado en capas de 0,10 m de espesor como máximo, y con una densidad de compactación mínima no menor al 95 % del Próctor Standard. El Suelo Seleccionado deberá responder a las siguientes características: - Valor Soporte mínimo: 18% - Índice de Plasticidad no mayor de 10. - Deberá estar libre de materia orgánica.

1) Equipo El equipo a utilizar será el mínimo necesario para ejecutar el trabajo en forma correcta y en el plazo estipulado en la orden de trabajo correspondiente; será aprobado por la Inspección, debiendo encontrarse en perfectas condiciones de funcionamiento hasta la terminación del trabajo. Si durante la construcción se observara diferencia o mal funcionamiento de algún elemento, la Inspección podrá ordenar su retiro y reemplazo por otro en condiciones. Todas las unidades del equipo a utilizar en este trabajo estarán equipadas con llantas neumáticas.

2) Controles y tolerancias Antes de iniciar la próxima etapa constructiva sobre la sub-base terminada, se efectuará el control de espesores en la siguiente forma:

a) Espesor: Se controlará conjuntamente con la determinación de densidades y a razón de un mínimo de tres (3) verificaciones por cuadra o tramo construido en una jornada de trabajo, alternativamente en el centro, borde izquierdo y borde derecho del ancho del tramo. El tramo se considerará aceptable cuando el espesor promedio del mismo tenga una variación que no exceda el diez por ciento (10%) respecto del espesor del proyecto y las mediciones individuales no difieran en más o en menos del veinte por ciento (20%) respecto del espesor teórico del proyecto. Todo tramo con espesor en defecto, que no cumpla con los requisitos precedentemente exigidos, deberá ser reconstruido totalmente o podrá ser recompensado el espesor con el de las capas superiores, a criterio de la Inspección no percibiendo, el Contratista, pago adicional alguno. No se reconocerá sobreprecio en los tramos con espesores promedios mayores que los del proyecto, aceptándose los mismos siempre y cuando cumplan con las condiciones de calidad especificadas, y que la cota final resultante del pavimento no afecte las condiciones de drenaje de la Obra. Caso contrario deberán reconstruirse en todo su espesor a costo del Contratista.

b) Para la recepción de la sub-base se considerarán zonas iguales a una cuadra o superficie similar, pudiéndose adoptar asimismo superficie construida en una jornada de trabajo.

c) Todos los puntos en que el espesor medido sea menor que el 90 % del espesor promedio determinado en la forma descripta en el párrafo anterior, se considerarán defectuosos. Se localizará por medio de nuevas perforaciones la zona de espesor deficiente, la cual deberá corregirse en su totalidad.

d) La corrección de las zonas defectuosas consistirá en el escarificado de las sub-bases en la totalidad del espesor de la sub-base y en el agregado de nuevo material premezclado aprobado en la cantidad necesaria para corregir la falla. El conjunto se compactará y perfilará a satisfacción, el trabajo deberá ejecutarse en forma tal que no se produzcan deformaciones en el perfil transversal de la calzada, ni formación de escalones o saltos en los límites de la zona corregida.

e) Cada 40 m se realizarán mediciones para controlar el ancho resultante en la base terminada; no se admitirá defecto en el ancho, y el exceso que se pueda verificar, será exclusiva

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cuenta del Contratista. De comprobarse diferencias en defecto, el Contratista deberá corregir el ancho, siguiendo las instrucciones e indicaciones que imparta la Inspección.

f) Una vez terminada y perfilada la base, la lisura de su superficie en sentido longitudinal será controlada utilizando una regla metálica rígida de 3 m de largo la cual aplicada sobre la superficie de la base no deberá acusar diferencias superiores a medio centímetro (1/2 cm.) en ninguno de sus puntos. En las secciones donde por el método indicado, se comprueben irregularidades que excedan la tolerancia, deberán ser corregidas.

g) El perfil transversal de la superficie de la base se verificará a intervalos de la longitud que la Inspección juzgue conveniente. En dicho perfil se admitirán las siguientes tolerancias, con respecto a lo indicado en los planos.

- Diferencias de cotas entre ambos bordes: no mayor de 0,4% de ancho de la base. - Exceso en la flecha: no mayor de 20% de la flecha indicada en los planos. - Defecto de la flecha: 10,0%. h) El control de diferencias de cotas entre los bordes, deberá efectuarse con anterioridad a

los demás controles, debiendo emplearse a tal fin, en todos los casos el nivel de anteojo; toda diferencia mayor de la tolerancia especificada, deberá corregirse con anterioridad a la realización del control de la flecha. Este último podrá efectuarse con nivel de anteojo o por medio de un gálibo adecuado. El instrumental deberá ser aportado por el Contratista.

ARTICULO 8º CONSTRUCCIÓN DE SUB-BASE O BASE DE SUELO-CAL

Una vez concluida la ejecución de la apertura de caja se realizará la construcción de la subbase de suelo-cal o corrección de subrasante con cal, la que consiste en la ejecución de todas las operaciones necesarias para obtener una mezcla íntima y homogénea de suelo y cal que, compactada con una adecuada incorporación de agua, permite obtener el espesor y perfiles transversales y longitudinales establecidos en los planos y documentación del proyecto, cumpliendo en un todo con las presentes especificaciones.

1. Espesor El espesor será el indicado en los Perfiles Transversales Tipo o en las Especificaciones Técnicas Particulares y se entenderá medido sobre la mezcla compactada.

2. Materiales Suelos: El suelo a emplearse será el existente, no conteniendo residuos herbáceos o leñosos

apreciables visualmente. Cal: Será Cal Comercial Hidratada, midiéndose y certificándose según el concepto de “Cal

Útil Vial” (C.U.V.) descripto en el ítem correspondiente a la provisión de la misma. En ningún caso se aceptará cal que presente indicios evidentes de fragüe, pudiendo rechazar

la Inspección dicha partida en forma parcial o total. Para obviar este inconveniente se arbitraran los medios necesarios a fin de evitar que la cal esté en contacto con la humedad.

La cal a utilizar deberá cumplir el siguiente requisito de fineza:

Máximo permisible retenido en el tamiz Nº50 0,5% Máximo permisible retenido en el tamiz Nº80 5,0 % Máximo permisible retenido en el tamiz Nº200 15,0 %

Agua: La que sea utilizada para la ejecución no deberá contener sustancias perjudiciales para la cal, debiendo emplearse agua potable en todos los casos.

3. Composición de la mezcla La mezcla se dosificará en porcentajes referidos al peso del suelo seco. El porcentaje de cal a agregar se expresará en por ciento de Cal Útil Vial, que se calculará

para cualquier cal comercial a utilizarse por medio del ensayo establecido en el punto 8 de este artículo.

4. Equipo

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El equipo, herramientas y maquinarias necesarias para la construcción se deberán encontrar en obra y aprobados por la Inspección previamente al comienzo de los trabajos. Este equipo deberá mantenerse en una condición de trabajo satisfactoria, pudiendo la Inspección exigir su retiro y reemplazo en caso de observarse deficiencias o mal funcionamiento en algunos de ellos. Dicho equipo deberá establecerse a la presentación de la propuesta y será el mínimo y necesario para ejecutar el trabajo dentro del plazo contractual, y de acuerdo a los tiempos parciales establecidos para cada una de las operaciones que componen estas especificaciones. Los equipos a utilizarse para riego y distribución uniforme de la humedad deberán estar provistos de elementos de riego a presión de modo que aseguren una fina pulverización de agua, con barras de distribución apropiadas, y suficiente cantidad de picos por unidad de longitud, y con válvulas de corte e interrupción rápida y total. Los elementos de riego aprobados se acoplarán a unidades autopropulsadas, no permitiéndose en ningún caso el arrastre o remolque de los tanques regadores.

5. Métodos constructivos a) Reacondicionamiento de la superficie de apoyo. Antes de construirse la capa de suelo cal,

la Inspección determinará la zona en que deban ser sustituidos los materiales existentes en la superficie de apoyo. Cualquier deficiencia que estos presenten, exceso de humedad, falta de compactación o incumplimiento de las demás condiciones oportunamente exigidas, deberá realizarse el saneamiento correspondiente, sin percibir pago alguno por tales trabajos.

b) Distribución y Pulverización previa. El suelo de la subrasante previamente preparado, será escarificado, roturado o pulverizado con motoniveladora, con rastra de discos, o mezcladora rotativa. Si el material es muy arcilloso, aquella operación continuará hasta que se logren terrones de tamaño inferior a 0,05 metros (cinco centímetros).

c) Distribución de la cal. Será distribuida en la superficie en que puedan complementarse las operaciones de “pulverización previa” durante la jornada de trabajo.

El agregado de cal en la cantidad proyectada, será efectuado en su totalidad o en dos fracciones iguales, según se adopte el método de incorporación de cal en una o dos etapas, según las características de suelo y a juicio de la Inspección. Para suelos plásticos que no permiten obtener por pulverización mecánica los requerimientos de granulometría exigidos más adelante, será obligatoria la incorporación en dos etapas.

Después de la primera y luego de un tiempo de contacto entre el suelo y la cal, no superior a los dos días, se continuará la pulverización mecánica hasta cumplir lo especificado. Durante el período de acción previa de la cal, la mezcla deberá conformarse en sus anchos y espesores previstos y deberá sellarse superficialmente con pasadas de rodillos neumático.

La cal será incorporada en formas de polvo mediante bolsas o a granel. Si se utilizan bolsas estas se colocarán sobre la capa de suelo a la distancia prevista para proveer la cantidad requerida, distribuyendo el contenido de las bolsas con arado liviano o motoniveladora previo al mezclado inicial. Este procedimiento no se utilizará cuando las condiciones climáticas sean desfavorables. La incorporación de cal a granel se efectuará con camiones provistos de mangueras distribuidoras, con un desplazamiento que permita suministrar uniformemente la cantidad necesaria. De igual modo, y según se requiera, un camión regador deberá seguir la operación anterior para reducir las posibles pérdidas de cal por acción del viento.

d) Mezclado. Finalizado el período de curado inicial, el material será debidamente mezclado reduciéndose los terrones en tamaño mediante rastra de discos, arado de púas o dientes, o mezcladoras rotativas hasta que se verifiquen las exigencias de granulometría siguientes: Pasa el Tamiz Nº1” 100 % en peso seco Pasa el Tamiz Nº4” 60 % en peso seco

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La cal que se incorpora al material durante esta última etapa previa al mezclado final, no deberá ser expuesta al aire libre por un periodo mayor de seis (6) horas. El mismo requerimiento de tiempo será exigible a la totalidad de la cal, si ésta se incorpora en una sola etapa.

e) Regado y extendido. La incorporación de la humedad requerida por la mezcla, se efectuará mediante equipo regador a presión. A medida que se realice el riego, el contenido del agua se uniformará mediante pasajes de mezcladora rotativa y los otros equipos. Concluidas las operaciones de mezclado final y riegos adicionales, el material con humedad óptima, será extendido con el espesor y el ancho del proyecto.

f) Compactación. Se procurará compactar de inmediato al mezclado final, en el espesor total del proyecto, en una sola capa. La compactación comenzará con rodillos pata de cabra, iniciándose la operación por los bordes y proseguida paulatinamente hacia el centro. Después de terminada dicha operación se hará un mínimo de dos pasadas completas de rodillo neumático múltiples que cubran el ancho total de calzada, perfilándose a continuación la superficie empleando motoniveladora hasta obtener la sección transversal del proyecto.

En estas condiciones de la capa, se deberá continuar la compactación hasta obtener una superficie lisa y uniforme y una densidad que cumpla con los requerimientos especificados.

Las irregularidades que se manifiesten con la compactación se le corregirán de inmediato agregando, removiendo o reemplazando material con la humedad necesaria para luego reconformar y recompactar con rodillo neumático sin percibir pago alguno por dichos trabajos.

g) Requerimientos de tiempo. Entre la incorporación de la segunda etapa de cal y la finalización de la compactación, no deberá transcurrir un tiempo superior a seis (6) horas.

h) Curado final. Una vez compactada la capa deberá someterse a un curado final mínimo de tres (3) días mediante riegos sucesivos de agua, antes de que se comience la construcción de la próxima sub-base, base o superficie de rodamiento. En ningún caso deberá permitirse el secado de la superficie terminada.

Durante el mismo intervalo de tiempo sólo podrá transitar por sobre la capa estabilizada con cal el equipo de riego de curado. Podrá utilizarse el curado asfáltico descripto seguidamente si la estructura a construir sobre el suelo cal no comenzara dentro de los 14 (catorce) días determinada esa capa, deberá sellarse esta última con emulsión bituminosa en una cantidad de 0,8 a 1,0 litro por metro cuadrado inmediatamente de terminada la compactación. Este sellado deberá mantenerse en buenas condiciones, debiendo estar la conservación a cargo exclusivamente del Contratista, no permitiéndose el tránsito sobre la capa durante los primeros siete (7) días de curado.

i) Construcción en caja. Durante la ejecución en caja se deberán ejecutar los drenajes necesarios de forma tal que imposibiliten el estacionamiento de las aguas y que no se produzcan erosiones por el escurrimiento de las mismas. Si se comprobaran ablandamientos o saturaciones de la superficie de apoyo por falta de drenaje, el Contratista retirará el material con exceso de humedad y lo reemplazará con material equivalente en buenas condiciones, a su exclusiva cuenta y riesgo.

6. Controles y tolerancias a) Densidad. Para el control de densidad en obra se moldearan previamente en el laboratorio,

probetas de suelo con incorporación del porcentaje de cal especificado. En este ensayo de densidad se utilizarán los moldes y la energía de compactación del Proctor Standard.

Se deberá trabajar por puntos separados, estacionándose las mezclas, previamente a su compactación en el molde un lapso de tiempo igual al transcurrido en el camino entre la adición de la cal y la finalización de la compactación. De este ensayo se determinara el P.U.V.S. máximo y la humedad óptima. En obra se exigirá como mínimo la densidad correspondiente al 90 % de la densidad seca máxima.

Se efectuarán determinaciones de densidad de la capa compactada y perfilada a razón de un mínimo de tres (3) por cuadra o longitud construida en una jornada de trabajo alternativamente en el centro, borde izquierdo y borde derecho del ancho del tramo, definiéndose cada tramo como la longitud construida en forma continua dentro del plazo establecido. Dichas determinaciones se realizarán dentro de las veinticuatro (24) horas de finalizadas las operaciones de compactación y perfilado en el tramo correspondiente.

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No se admitirá una densidad inferior a la correspondiente al noventa por ciento (90%) de la densidad seca máxima. De no cumplirse los requisitos de densidad exigidos en el presente inciso, deberá el Contratista reconstruir el tramo sin percibir pago adicional alguno.

b) Espesor. Se controlará conjuntamente con la determinación de densidades y a razón de un mínimo de tres (3) verificaciones por cada cien (100) metros lineales o tramo construido en una jornada de trabajo, alternativamente en el centro, borde izquierdo y borde derecho del ancho del tramo.

El tramo se considerará aceptable cuando el espesor promedio del mismo tenga una variación que no exceda el diez por ciento (10%) respecto del espesor del proyecto y las mediciones individuales no difieran en más o en menos del veinte por ciento (20%) respecto del espesor teórico del proyecto. Todo tramo con espesor en defecto, que no cumpla con los requisitos precedentemente exigidos, deberá ser reconstruido totalmente o podrá ser recompensado el espesor con el de las capas superiores, a criterio de la Inspección no percibiendo, el Contratista, pago adicional alguno.

No se reconocerá sobreprecio en los tramos con espesores promedios mayores que los del proyecto, aceptándose los mismos siempre y cuando cumplan con las condiciones de calidad especificadas, y que la cota final resultante del pavimento no afecte las condiciones de drenaje de la Obra. Caso contrario deberán reconstruirse en todo su espesor a riesgo del Contratista.

c) Resistencia. Se realizará un control de resistencia como método para medir indirectamente la homogeneidad de la distribución de cal de las muestras. Para ello deberá obtenerse previamente la resistencia a compresión incofinada de la mezcla prevista, con el porcentaje de cal de proyecto, moldeando en laboratorio probetas cilíndricas de cinco centímetros (5 cm) de diámetro por diez centímetros (10 cm) de altura, con el P.U.V.S máximo y humedad óptima obtenidas según lo descripto en el inciso a) del presente Artículo. El moldeo de las probetas con esta mezcla de laboratorio se realizará previo estacionamiento del material mediante un lapso de tiempo igual al transcurrido entre, la adición de la cal en el camino y el moldeo de las probetas con material, mezclado in situ, tal como se indica en los párrafos siguientes. Las probetas se ensayarán a compresión simple luego de siete (7) días de curado húmedo. Para la mezcla moldeada con material mezclado in situ, en igualdad de condiciones que la anterior, con material ya procesado y previo su compactación en obra, a igual tiempo y procedimiento de curado, se exigirá una resistencia mínima de ochenta por ciento (80 %) de la lograda con mezcla del laboratorio.

El número de probetas será como mínimo de tres (3) por cuadra o por tramo construido en cada jornada de trabajo, extraídas alternativamente en el centro, borde izquierdo y borde derecho del ancho del tramo.

De no cumplirse el requerimiento de resistencia requerida emitida en la presente especificación, deberá el Contratista reconstruir el tramo sin percibir pago adicional alguno.

7. Conservación El Contratista deberá conservar a su exclusiva cuenta la sub-base o base construida, a

satisfacción de la Inspección. La conservación consistirá en mantener la sub-base o base de suelo cal en condiciones

óptimas hasta la ejecución de la etapa sucesiva y hasta el momento de finalizar el plazo contractual, incluido el periodo de conservación establecido para la Obra.

8. Procedimiento para la determinación de cal útil vial (C.U.V) 1) Equipo necesario:

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Potenciómetro portátil para la medición de pH. Sensibilidad de la escala: 0,1 con apreciación de 0,05. Electrodos de vidrio. Agitador magnético apto para dispersión de suelos. Probetas de 100 ml. Soluciones HC1 y NaOH 1,0 (uno normal). Balanza con precisión de 0,05 gr: de ser posible se utilizará una balanza de precisión de 0,01 gr. Vaso de precipitación de 400 ml.

2) Preparación de la muestra: Se toman aproximadamente 2 Kg de cal de la bolsa a ensayar (se obtienen de la parte central). Se colocan en recipientes herméticos y se mezclan y homogenizan perfectamente, mediante agitado, etcétera, durante 2 minutos. La cantidades que se extraerán del recipiente para cada determinación, posterior se obtendrán cerrando en cada oportunidad cuidadosamente, para hacer mínima la contaminación atmosférica.

3) Análisis de los diversos compuestos alcalinos de la muestra Se pesan 3 gr. de cal de la porción previamente preparada según lo indicado. El peso así

determinado se transfiere a un vaso de 400 ml. Se agregan lentamente 150 ml de agua destilada con agitación mecánica o preferentemente magnética si se dispone de este instrumental. Se comienza la titulación con HC1. NaOH, utilizando potenciómetro con electrodos de vidrio, hasta alcanzar pH = 9 agregar el ácido por goteo rápido al principio (aproximadamente 12 ml por minuto) y luego moderadamente. Al llegar a pH = 9 o inferior se continua con la titulación agregando más solución al ritmo de aproximadamente 0,1 ml, esperar medio minuto y registrar la lectura; así sucesivamente hasta llegar a pH = 7 que se mantenga durante unos 60 segundos. Este punto final debe tomarse como aquel en que la adición de una o dos gotas de solución producen un pH levemente inferior a 7 al cabo de 60 segundos de agregado. Anotar el consumo total de ácido hasta pH igual 7

Cuando se alcanza el valor pH = 7 agregar por goteo rápido la solución de HC1. 1, NaOH hasta pH = 2. La muestra en el vaso de precipitación en este instante debe considerarse conteniendo un “exceso de ácido”. Titular la mezcla más el “exceso” con solución de hidróxido de sodio aproximadamente uno normal hasta un retorne pH igual 7. Registrar el consumo de álcali para obtener pH igual a 7. Siendo “n” la cantidad total de milímetros de solución MC1 hasta pH = 7, “a” el total acumulado hasta pH igual 2 y “1” la cantidad de solución base para el retorno de pH = 7 se tiene un peso de muestra de 3 gr. Ca (OH) 2 (%) = 0,037 . n .N1 . 100 (C.U.V exp. en hidróxido de calcio) 3 Ca CO3 (%) = 0,050 (m-n) N1 – N2) 100 (materia inerte exp. como carbonatos) 3 N1, N2: normalidades de las soluciones ácida y base, respectivamente.

B - OBRAS HIDRÁULICAS ARTICULO 1º OBJETO:

Este Pliego especifica técnicamente acerca de los materiales, estructuras y métodos constructivos relacionados con las obras hidráulicas, complementarias y/o anexas a las obras de pavimentación propiamente dichas. ARTICULO 2º MATERIALES A UTILIZAR:

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1) Muestras en General: Los adjudicatarios deberán presentar al Laboratorio cuando lo requiera, muestra de cualesquiera de los materiales a emplearse, en las cantidades especificadas en este Pliego, para ser sometidas a los ensayos y análisis que correspondan y en base a los cuales serán aceptados o rechazados, dentro de los términos y en la forma que establecen las especificaciones legales generales.

2) Agua: a) Calidad: El agua a utilizarse en la preparación de morteros y hormigones será preferentemente agua potable; deberá ser razonablemente limpia, libre de aceites, ácidos, álcalis, materias orgánicas y sustancias nocivas para los morteros u hormigones. b) Muestras: La toma de muestras para ensayos se hará por la Inspección de acuerdo a las normas vigentes. c) Ensayos: En los ensayos efectuados con morteros preparados con los materiales y agua a emplear en obra las resistencias a la compresión y a la tracción, a los siete (7) días, deberán resultar no menores del noventa por ciento (90%) de las obtenidas con morteros preparados con los mismos materiales y agua destilada.

3) Agregados finos para hormigones y morteros: a) Características: El agregado estará constituido con arenas naturales u otros materiales inertes de características similares aprobadas, o una combinación de ellas y presentarán partículas fuertes, durables y que satisfagan las estipulaciones de este pliego. b) Muestras: La toma de muestras para ensayos se hará por la Inspección de acuerdo a las instrucciones según normas vigentes. c) Materia Orgánica: La presencia de materia orgánica será reconocida por medio del ensayo del hidróxido de sodio. Si el ensayo no fuera satisfactorio se efectuará el ensayo indicado en el inciso d), el que será determinante para la aceptación o rechazo del agregado. d) Ensayo de morteros: Los ensayos efectuados con morteros preparados con el agregado fino a emplearse en la obra, deberán desarrollar a los 7 días y 28 días una resistencia a la tracción y compresión no menores que el 90 % de las obtenidas con mortero preparado con arena silícea de la misma composición granulométrica e igual cantidad de cemento y agua. e) Sustancias extrañas: El porcentaje máximo de sustancias extrañas no excederá los siguientes valores de peso: Removido por decantación 2% Pizarra 2% Carbón 1% Terrones de Arcilla 1% Otras sustancias y fragmentos blandos 1% La suma total y admisible de estos porcentajes no excederá del 4% del peso. Cuando el porcentaje de materias extrañas pase dicho 4%, la arena deberá ser lavada antes de su empleo. f) Composición granulométrica: El agregado fino para hormigones o morteros será bien graduado de grueso a fino, y su composición granulométrica responderá a las siguientes especificaciones: % que pasa malla 3/8” 100 % que pasa malla n 4 85 a 100 % que pasa malla n 16 45 a 80 % que pasa malla n 50 5 a 2 % que pasa malla n 100 0 a 5

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g) Agregados de una misma procedencia: La graduación del agregado fino de una misma procedencia será razonablemente uniforme y sujeta a las variaciones que admiten los límites de estas especificaciones. A este fin se determinara el módulo de fineza de muestras de las distintas partidas del mismo origen, las que no deberán presentar una variación mayor de 0,20. h) Durabilidad: Cuando el agregado fino sea sometido a 5 ciclos alternados del ensayo de durabilidad realizado con sulfato de sodio, arrojará una pérdida (pesada) menor del 10%.

4) Agregados gruesos para hormigones de cemento portland: a) Características: El agregado grueso estará constituido por piedra partida granítica. Estará formado por partículas fuertes, durables y libres de sustancias extrañas perjudiciales, debiendo satisfacer en todos los aspectos los requisitos exigidos en este pliego. b) Muestras: La toma de muestras se hará por la Inspección de acuerdo a las instrucciones según normas vigentes. c) Granulometría: La granulometría del agregado grueso a emplearse para cada tipo de estructura a construir se determinará de acuerdo a la norma IRAM 1505 d) Sustancias extrañas: El porcentaje máximo de sustancias no excederá de los siguientes valores en peso: Terrones de Arcilla 0,25% Carbón Lignito 0,50% Pizarra 1,00% Material que pasa Tamiz Nº 200 1,00% Fragmentos blandos 3,00% No excediendo la suma total de 4% en peso: Lajas 15,00% Se entiende por Lajas las piezas cuya mayor dimensión sea superior a cinco veces la inferior. Cuando el agregado presente adherida tierra y otras sustancias extrañas, será lavado hasta quedar limpio, antes de su empleo. e) Desgaste: La pérdida por desgaste será menor al 35 % en el ensayo conocido como prueba de Los Ángeles (Norma IRAM 1532). f) Durabilidad: Se aceptará el agregado que, cuando sea sometido a 5 ciclos alternados del ensayo de durabilidad realizada con sulfato de sodio, no experimente una pérdida en peso mayor del 12%.

5) Cemento Portland a) Características: El cemento portland será de fragüe normal, de marcas aprobadas y deberá

satisfacer la Norma IRAM 50000 o 50001, según corresponda. b) Muestras: La toma de muestras se efectuara de acuerdo a las instrucciones para control y

toma de muestras según normas vigentes. c) Almacenaje: El cemento deberá conservarse bajo cubierta protegido contra humedad la

intemperie. Las bolsas serán apiladas sobre un piso apropiado y los costados de las pilas estarán alejados de las paredes por lo menos 40 cm. El almacenaje se deberá hacer en tal forma que sea fácil el acceso para inspeccionar o identificar los distintos cargamentos recibidos. Los cementos provenientes de distintas fábricas o distintas marcas se aplicarán separadamente.

d) Cemento de distintas procedencias: No se permitirá la mezcla de cementos provenientes de distintas fábricas o marcas distintas aunque hayan sido ensayadas y aprobadas sus muestras respectivas.

e) Estado en el momento de usarlo: El cemento en el momento de utilizarlo deberá encontrarse en estado suelto sin la menor tendencia a aglomerarse por efecto de la humedad u otra causa cualquiera. Se usara sacándole de su envase original.

f) Densidad: Se tomará como peso de litro suelto del cemento portland medido en las condiciones de trabajo, el valor de un kilogramo con doscientos cincuenta gramos (1,250 Kg.).

6) Productos siderúrgicos:

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a) Acero colado en barras: Cuando las Especificaciones Especiales no establezcan otra cosa se utilizará acero dulce común en barras, para hormigón armado (St. 37). Las barras de hormigón armado serán de sección circular y de los diámetros indicados en los planos; serán de buena calidad, homogéneas, de superficie lisa, limpia y sin torceduras, ampollas o grietas. El ensayo a la tracción efectuado sobre muestras de una longitud útil de veinte (20) diámetros deberá dar una resistencia mínima a la rotura de treinta y cinco (35) kilogramos por milímetro cuadrado. El coeficiente de calidad, o sea el producto de la carga unitaria de rotura por milímetro cuadrado por el alargamiento porcentual, no debe ser inferior a novecientos (900). En el ensayo de quebradura la barra deberá plegarse sobre sí misma de manera de formar un arco cuya circunferencia tenga diámetro igual al de la barra sin que se produzcan grietas.

b) Hierro fundido: Las piezas de hierro fundido serán de fundición maleable, estarán libres de desigualdades, encarencias o proyecciones. La fundición será compacta, sin agujeros, grietas ni sopladuras, y su fractura mostrará un grano gris y regular. Todas las piezas deberán ser sometidas a un baño de brea antes de su colocación.

c) Hierro forjado: Las piezas de hierro forjado no deberán presentar grietas, fracturas ni irregularidades en los espesores: durante su forjado deberá cuidarse que el material haya llegado al rojo vivo antes de someterla al trabajo, y al terminarlo deberá ser templada en agua. Si no mediara especificación contraria las piezas deberán ser sometidas a un baño de brea.

7) Ladrillos: a) Ladrillos comunes: Serán de los comúnmente denominados de cal, bien derechos o de

caras regularmente planas y de aristas bien definidas, su estructura será llena y preferentemente fibrosa, estarán uniformemente cocidos, sin vitrificación, carecerán de núcleos calizos y no serán friables. Sus dimensiones serán las corrientes en plaza, tomando como mínimo las siguientes: cinco (5) por trece (13) por veintisiete (27) centímetros. Los ladrillos ensayados a la compresión en probetas constituidas por los medios ladrillos, unidos con mortero de cemento portland, darán como mínimo una resistencia media de noventa (90) kg/cm². Embebidos en agua y sometidos diez (10) veces a cambios de temperatura entre 5ºC y 35ºC no deberán acusar alteración alguna.

b) Ladrillos prensados: Serán ladrillos cerámicos, fabricados a máquina, compactos, uniformemente cocidos, con superficie regularmente tersa, sin alabeos, ni hendiduras y de aristas vivas. Tendrán como mínimo las siguientes dimensiones en centímetros: veintidós y medio (22,50) de largo, diez y medio (10,50) de ancho y seis y medio (6,50) de espesor. 8) Cordones de piedra: La piedra para cordones cara vista o embutidos será granítica u otra aprobada por la Inspección; no se admitirán piezas atravesadas con vetas, ni de coloración amarilla, ni con exceso de mica. Deberá responder para su aceptación a los ensayos que se especifican a continuación: Compresión: carga mínima de rotura, 1.000 kg./cm². Choque: en la máquina de Page, sobre probetas cilíndricas de 1” Sección y 1” de altura deberá resistir quince (15) golpes sin romperse. Las caras visibles de los cordones cara vista o embutidos, serán labradas a la martelina gruesa. Salvo indicación especial en los planos, las dimensiones mínimas serán las siguientes: Espesor en el coronamiento 12 cm Altura 35 cm Longitud 60 cm La cara superior de los cordones cara vista tendrá una pendiente hacia la calzada de dos por ciento (2%).

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ARTICULO 3º HORMIGONES DE CEMENTO PORTLAND: 1) Especificación General:

Los hormigones de cemento portland se elaborarán con los materiales especificados en el artículo 2º de este apartado B, en las proporciones y con las cantidades mínimas de cemento portland que para cada tipo se establezcan en los apartados siguientes de este artículo. Las proporciones de los distintos tipos de hormigón son en volumen y en base a los agregados secos y sueltos tomando la densidad del cemento en las condiciones de trabajo a uno con veinticinco (1,25). El hormigón será preparado con la menor cantidad de agua posible, que permita obtener una mezcla plástica trabajable de completa homogeneidad y con ausencia de huecos, la consistencia medida por asentamiento con el método del cono de Abrams, se establece para las distintas estructuras dentro de los siguientes límites: a) Bases sin armaduras y muros de cámaras y sumideros 3 a 8 cm. b) Losas, vigas y muros armados 5 a 12 cm. Cuando se utilice vibración mecánica de alta frecuencia se adoptarán como valores límites del asentamiento los dos tercios (2/3) de los preindicados. Las experiencias necesarias para el control de la consistencia del hormigón podrán ser hechas en cualquier momento por la Inspección, la confirmación de que no se cumplen los límites de asentamiento establecidos en este artículo será causa suficiente para el rechazo del hormigón y su inmediato retiro del obrador.

2) Hormigón simple 1:3:5: Se utilizará salvo indicación contraria o complementaria de las disposiciones particulares en la construcción de plateas de alcantarillas, para plateas de conductos de sección rectangular y para la construcción de los contrafuertes de cordones de retención o cara vista graníticos. El dosaje a utilizar para su elaboración responderá a la mezcla nominal uno, tres, cinco (1:3:5), compuesta de una parte de cemento portland, tres partes de agregado fino y cinco partes de agregado grueso. La cantidad mínima de cemento por metro cúbico de hormigón elaborado se establece en trescientos cincuenta (350) kilogramos.

3) Hormigón simple 1:2:3: Se utiliza, salvo indicación contraria o complementaria de las disposiciones particulares, en la construcción de muros y fondos de sumideros y cámaras de desagüe pluvial. El dosaje a utilizar para su elaboración responderá a la mezcla nominal uno, dos, tres (1:2:3), compuesta de una parte de cemento portland, dos partes de agregado fino y tres partes de agregado grueso. La cantidad mínima de cemento portland por metro cúbico de hormigón elaborado se establece en doscientos cincuenta (250) kilogramos.

4) Hormigón para conductos: Para los conductos premoldeados valen las indicaciones de la norma IRAM 11503. En los casos no previstos en las mismas se aplicarán las normas A.S.T.M. C-14-41 y C-76-41.

5) Hormigón armado: Se utilizará, salvo indicación contraria o complementaria de las disposiciones particulares, en la construcción de losas o vigas de cámaras y sumideros de desagüe pluvial; en conductos de sección rectangular, circular y parabólica, cuando así se indique en los planos de detalle o especificaciones particulares. El dosaje a utilizar para su elaboración responderá a la mezcla nominal uno, dos, tres (1:2:3), en consecuencia vale todo lo especificado en el punto tres (3) y este artículo para hormigón simple del mismo dosaje.

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a) Aprobación del dosaje: Con cuarenta días de anticipación al comienzo de la construcción de las estructuras en las que las disposiciones particulares exijan resistencias mínimas del hormigón, el Contratista suministrará las cantidades de materiales necesarios de acuerdo a las estructuras según normas vigentes, proponiendo los dosajes y la relación agua cemento para verificar si el hormigón propuesto cumple con las resistencias especificadas. Aprobado este dosaje, el Contratista será responsable de la resistencia obtenida posteriormente. La relación entre las resistencias a los siete y a los veintiocho días, determinados en estos ensayos preliminares, se empleará para determinar las resistencias necesarias que deben obtenerse a los siete días para satisfacer las resistencias exigidas a los veintiocho días; esta relación podrá modificarse de acuerdo a los resultados de ensayos posteriores.

b) Ensayos: La Inspección podrá ordenar, cada día que se hormigone, la preparación de un mínimo de tres probetas de un mismo pastón para ser ensayadas a los siete días y de otras tres para ser ensayadas a los veintiocho días. Durante las primeras veinticuatro horas las probetas se mantendrán bajo techo, evitando en lo posible la evaporación, para lo cual se las cubrirá convenientemente. Las probetas serán retiradas de los moldes dentro de las 18 horas y de inmediato serán remitidas al laboratorio. Para los ensayos de compresión se emplearán probetas cilíndricas de acuerdo a la norma IRAM 1524.

c) Condiciones de recepción: Los resultados de los ensayos de resistencia a los siete (7) días tendrán carácter simplemente informativo. Los resultados obtenidos con probetas de veintiocho (28) días de edad serán los determinados para establecer la aceptación o rechazo del hormigón, para lo cual se considerarán en conjunto promediando al kilogramo por centímetro cuadrado los tres valores o en forma individual, denominándose respectivamente resistencia cilíndrica media y resistencia cilíndrica unitaria. Estos valores provenientes de los ensayos se considerarán con respecto a los establecidos en las disposiciones particulares, conforme a las siguientes pautas: Cuando se verifique que la resistencia promedio y las resistencias unitarias obtenidas en los ensayos, son iguales o mayores que los valores mínimos establecidos en las disposiciones particulares, se aceptará el hormigón representado por las muestras envasadas. Cuando se cumplen las resistencias unitarias pero no así la resistencia mínima media, se aceptará el hormigón, pero la Inspección deberá disponer el cambio de dosaje. En el caso en que no se cumpla para cualquiera de las probetas ensayadas la resistencia mínima unitaria exigida el hormigón será rechazado, ordenando la Inspección la demolición y reconstrucción por cuenta del Contratista de la parte de obra representada por dicha probeta.

d) Mezclado de hormigón: El hormigón se fabricará en máquina mezcladora que asegure una distribución uniforme de los materiales en la masa de hormigón y de a la mezcla una apariencia homogénea. Las máquinas estarán equipadas con un cargador de depósito y medidor de agua, provisto de un dispositivo que sólo permita la entrada de agua en el tambor cuando éste se encuentre cargado. Tendrá también un dispositivo que mantenga automáticamente cerrada la abertura de descarga durante el tiempo requerido para que la mezcla se efectúe íntimamente. El tambor se vaciará completamente antes de volver a llenarlo. La mezcladora se limpiará periódicamente cuando se encuentre en uso. El volumen del material mezclado no excederá en ningún caso de la capacidad indicada por los fabricantes. La duración del mezclado para cada carga de la máquina no será inferior a un minuto contado desde el momento en que todos los materiales sólidos hayan ingresado al tambor, y siempre que toda el agua para la mezcla se introduzca antes de transcurrida la cuarta parte de dicha duración. La velocidad de rotación del tambor durante el mezclado, corresponderá a una velocidad Periférica de un metro por segundo.

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En los casos en que el volumen requerido sea menor de dos metros cúbicos, el mezclado podrá efectuarse a mano. Deberá hacerse sobre una tarima impermeable. Se mezclará primero en seco el cemento y el agregado fino hasta que la mezcla adquiera color uniforme. Se agregará después el agua y el agregado grueso y toda la masa se paleará hasta obtener una mezcla homogénea de la consistencia requerida. El hormigón que después de media hora de haber sido mezclado aún no hubiera sido colocado, o el que muestre evidencia de haber iniciado fragüe, será desechado.

e) Moldes y encofrados: Deberán tener resistencia y rigidez para soportar sin deformaciones no sólo las cargas estáticas que actúan sobre los mismos sino también las acciones dinámicas durante la ejecución del trabajo. El Contratista someterá a la aprobación de la Inspección el sistema que adopte en la formación de los encofrados y colocación de los moldes, pero esta aprobación no eximirá al Contratista de la responsabilidad que le corresponde por la buena ejecución y terminación de los trabajos, y por accidentes que puedan ocurrir. Las formas internas de moldes y encofrados para construcción de paredes de conductos, cámaras, etc., por las cuales deberá circular agua, serán metálicas y asegurarán una superficie interior lisa. Las tablas de encofrado en contacto con superficie que deban quedar a la vista serán cepilladas, sin nudos sueltos u otros defectos que aseguraran en esas superficies una terminación lisa uniforme.

f) Armaduras: Antes de colocarlas en su posición, estarán libres de escamas sueltas, polvo, pintura, aceite, grasa u otras sustancias que puedan mejorar la adherencia entre el acero y el hormigón. Las barras de diámetro reducido podrán ser dobladas a mano, empleando las plantillas, grifas y demás útiles y herramientas necesarias, pero las primeras deberán ser previamente controladas y aprobadas por la Inspección, cuando las dimensiones de los diámetros lo exijan se emplearán dobladoras metálicas y en tal caso el Contratista someterá a la Inspección el procedimiento que proyecte adoptar para conservar estrictamente las dimensiones de las diferentes partes de la barra. El doblado y cortado se hará siempre en frío. La armadura metálica que haya sido doblada no deberá ser enderezada ni vuelta a doblar. No se permitirá utilizar barras retorcidas que tengan dobladuras que no figuren en los planos. El doblado de las barras se hará alrededor de un perno de diámetro no menor de ocho veces el diámetro de la barra. Cada vez que sea necesario emplear empalme de barras, éste se hará con soldaduras eléctricas, al arco o por fusión al tope, admitiéndose también los empalmes obtenidos por superposición de tramos rectos. En este último caso, los extremos de las barras empalmadas llevarán ganchos circulares y la superposición se hará en un largo no menor de treinta veces el diámetro de la barra más gruesa, atadas con alambre de 1,5 mm de diámetro. El procedimiento a emplear será resuelto por la Inspección de acuerdo con el diámetro de las barras a usar. No se permitirá el empleo de barras demasiado cortas que obliguen a efectuar frecuentes empalmes. El doblado de todas las barras y la confección de las armaduras deberán realizarse en el sitio de las obras, sin embargo a pedido del Contratista la Inspección podrá autorizar que dichos trabajos se hagan fuera de aquella, pero siempre bajo el control correspondiente. Si el Contratista no dispusiera de barras de los diámetros que figuran en los planos del proyecto, deberá emplear de otras medidas inmediatamente superior, previa aprobación de la Inspección, pudiéndose autorizar en casos especiales la permuta de barras en diámetros y cantidades siempre que se conserve la sección transversal necesaria en cada parte y que la distancia entre barras se mantenga dentro de los límites que para cada caso indique la Inspección de acuerdo a la teoría y práctica del hormigón armado.

g) Vertido del hormigón: Inmediatamente antes de vertirse el hormigón debe requerirse de la Inspección aprobación de la correcta colocación de las armaduras, de los dispositivos que eviten su desplazamiento, de la ubicación de estos últimos, de las armaduras, hormigoneras y elementos de conducción. El hormigón se vertirá en los moldes directamente desde las carretillas o vehículos transportadores, o bien será vertido en recipientes apropiados, desde donde por gravitación mediante palas, a través de embudos o canaletas, será enviado hasta los moldes cuidando que la caída libre no sea mayor de

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0,50 m., que en las canaletas de conducción no tengan pendientes con diferencias de 1 a 3 para evitar la detención o la disgregación de hormigón y que éste caiga en los moldes lo más cerca posible de su ubicación definitiva. Durante la operación del vertido e inmediatamente después, los moldes deberán ser continuamente golpeados y el hormigón prolijamente apisonado a fin de obtener una buena compactación, el perfecto relleno de los moldes y el revestimiento total de las armaduras. Cuando se emplee vibrado mecánico, el número y tipo de los vibradores estará sujeto a la aprobación de la Inspección. Cuando deba superponerse una capa de hormigón fresco sobre otra capa ya fraguada, esta deberá limpiarse con cepillo de alambre y cubrirse con una capa de mortero de cemento puro y agua, inmediatamente antes de volcar el nuevo hormigón.

h) Colocación de hormigón bajo agua: El hormigón no debe ser depositado dentro del agua; ni expuesto a su acción antes de que se inicie el fraguado, excepto si la Inspección lo autoriza previamente y por escrito. En este caso, los trabajos se realizarán bajo la supervisión directa de aquella, de acuerdo a lo que se indica a continuación. El hormigón colocado bajo agua o expuesto a su acción antes de que se inicie el fraguado, tendrá resistencia cilíndrica media y mínima, diez por ciento (10%) mayores que la del hormigón de la misma clase que se coloque fuera del agua. El contralor de calidad se realizará tomando las muestras inmediatamente antes de colocarlo bajo agua. No se colocará hormigón bajo el agua si ésta tiene una temperatura inferior a 2ºC. Con el objeto de evitar la segregación, el hormigón colocado bajo agua será cuidadosamente depositado de modo que en su posición definitiva forme una masa compacta. Para su colocación se empleará una tolva con tubería, un balde o cuchara con fondo movible, u otro método previamente aprobado por la Inspección. Una vez colocado no debe ser movido, manipulado ni sometido a operación posterior alguna. En el punto que se deposite el hormigón, el agua debe estar tranquila. No se colocará donde existan corrientes de agua, o agua en movimiento. Los encofrados o ataguías utilizados para dar forma al hormigón colocado bajo agua, serán estancos. No se permitirá realizar bombeos mientras se está colocando el hormigón, ni tampoco hasta las veinticuatro horas después de colocado. La consistencia medida con el cono de asentamiento no debe ser menor de 10 cm y mayor de 18 cm. Se tendrá especial cuidado de evitar la segregación de los materiales. El hormigón se depositará en forma continuada desde el principio hasta el final y hasta que alcance la altura deseada. Mientras se lo deposita, lo más horizontal que sea posible. Se evitará la formación de vetas en el hormigón depositado. La tolva será estanca y suficientemente grande como para permitir que la corriente de hormigón sea continuada. La tubería será de diámetro superior a 25 cm y estará construida por secciones unidas con bridas y juntas estancas. Los medios que la soporten serán tales que permitan el libre movimiento del extremo de descarga sobre cualquier punto de la superficie que ocupará la masa de hormigón en obra. Además, el mecanismo del soporte permitirá bajar rápidamente la tubería, para estrangular o retardar el pasaje del hormigón. Al iniciar el trabajo el extremo de descarga deberá hallarse cerrado. Su construcción impedirá la entrada de agua a la tubería. Esta deberá encontrarse siempre llena de hormigón, hasta la parte inferior de la tolva. Volcado un pastón dentro de la tolva, para inducir la salida de hormigón por la tubería se levantará un poco el extremo inferior de ésta, pero sin desenterrarlo del hormigón en buenas condiciones, es necesario que el extremo inferior de la tubería quede siempre enterrado en la masa fresca. El balde tendrá una capacidad mínima de cuatrocientos decímetros cúbicos y deberá estar completamente lleno cuando se lo baje para depositar el hormigón. La bajada se hará suave y se la realizará cuidadosamente hasta asentar el balde sobre el hormigón ya depositado. Una vez descargado el

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balde por medio de las puertas movibles colocadas en su fondo, se lo levantará suavemente con el objeto de evitar movimientos bruscos del agua y la consiguiente agitación de la mezcla depositada. El agua podrá ser desagotada cuando el hormigón sea suficientemente resistente como para soportar la presión hidrostática, pero en ningún caso antes de tres (3) días a partir de la fecha en que se dio fin a la colocación de la mezcla. La lechada y todo otro material de mala calidad deberán ser eliminados de la superficie expuesta del hormigón. Para ello se utilizarán métodos de trabajo que no perjudiquen la calidad de aquel.

i) Hormigón de conductos de túnel: El Contratista someterá a la aprobación de la Inspección el procedimiento que piensa adoptar para la ejecución de conductos en túnel, atendiendo siempre muy especialmente al mantenimiento de las secciones de hormigón y al acabado perfectamente liso de las paredes internas del conducto. Al extraerse los moldes deberán demostrar que no han quedado huecos en la masa del hormigón entre el conducto y la tierra, y asimismo, que no ha penetrado tierra en la masa del hormigón. Para el control de la ejecución de estos conductos, los moldes deberán estar provistos de adecuadas ventanillas de Inspección en cantidad suficiente. Se admitirá que los pastones sean vertidos por chimenea a pozos siempre que el hormigón no resulte disgregado, que en tal caso el hormigonado deberá efectuarse por bombeo.

j) Hormigonado en tiempo frío: Al depositarse el hormigón tendrá una temperatura comprendida entre 10º C y 50º C. Antes de colocarse el hormigón los moldes estarán libres de escarcha y de hielo e inmediatamente después de colocado se protegerá el hormigón en todas sus partes expuestas a la intemperie con paja, tela alquitranada u otros medios. Si se emplea estiércol para dicha protección no debe tener contacto con el hormigón. Los métodos de calentamiento de los materiales y la protección del hormigón serán aprobados por la Inspección. No se mezclarán con el hormigón sales, productos químicos u otros materiales extraños con el propósito de evitar la congelación.

k) Transporte del hormigón: La distancia máxima que deban recorrer los vehículos de transporte del hormigón será fijada por la Inspección, teniendo en cuenta el tiempo empleado en el recorrido, la humedad y la temperatura del aire. En los casos en que la temperatura sea muy elevada, lo que puede dar lugar a una evaporación pronunciada de agua, contenida en los pastones, al ser éstos transportados se cubrirán los vehículos transportadores con lonas mojadas o se adoptarán cualesquiera otros medios de protección aprobados por la Inspección.

l) Transporte del hormigón por bombeo: Para transportar hormigón por cañerías a presión se requerirá autorización previa de la Inspección. El equipo estará dispuesto de modo que su funcionamiento no produzca vibraciones que puedan dañar al hormigón recién colocado. Asimismo será de tipo y capacidad adecuada a la obra. La operación de bombeo se realizará en forma de producir una corriente continua de hormigón sin bolsones de aire. Al terminar el bombeo, si se desea emplear el hormigón que haya quedado en la tubería, se lo extraerá de modo que no se produzca contaminación del hormigón, segregación de los materiales ni, en general, desmejoramiento de la calidad de aquél. Luego de esta operación se efectuará una limpieza total del equipo.

m) Desencofrado: No se iniciará hasta que el hormigón haya obtenido la necesaria resistencia para soportar su propio peso y cualquier sobrecarga de la construcción. A este efecto se establecen los siguientes plazos mínimos contados desde el momento en que se terminó de colocar el hormigón: · Conductos circulares, semicirculares y parabólicos 16 horas. · Costados de vigas, viguetas y muros 148 horas. · Costados de vigas, viguetas y muros 148 horas. · Columnas y pilares 168 horas. · Losas 240 horas. · Vigas 360 horas.

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Los plazos indicados deben aumentarse en un número de días igual al de aquéllos en que la temperatura ambiente, en el lugar donde está la estructura, haya descendido debajo de cinco grados centígrados (5º C.)

n) Curado de hormigón: Todo hormigón colocado en obra deberá ser protegido contra la pérdida de humedad y las bajas temperaturas. Con ese objeto, durante los siete primeros días se lo mantendrá constantemente humedecido y convenientemente protegido; este plazo mínimo se reducirá a tres días si se utiliza cemento de alta resistencia inicial. El agua que se emplee para dicho humedecimiento satisfará las condiciones indicadas en el pliego para la elaboración de hormigones. Si el hormigón se coloca en una época del año en que pudieran sobrevenir bajas temperaturas, se lo protegerá en forma adecuada para evitar que, en los plazos establecidos en este inciso la temperatura de las superficies de las estructuras sea menor de diez grados centígrados (10º C), si hubiera peligro de heladas se adoptarán precauciones especiales para protegerlo contra las mismas durante las primeras setenta y dos (72) horas cuando se emplee cemento portland normal o durante las primeras veinticuatro (24) horas cuando se use cemento portland de alta resistencia inicial.

o) Terminación: Inmediatamente de removidos los moldes y encofrados, deberá eliminarse todo resto visible de ataduras, grapas, bulones, etcétera, utilizados para asegurar aquéllos, y deberán cubrirse los vacíos consecuencia de los mismos, empleándose para esta operación un mortero compuesto de una parte de cemento y dos partes de arena medidos en volumen.

ARTICULO 4º CONDUCTOS Y ALCANTARILLAS DE CAÑOS CIRCULARES DE HORMIGON SIMPLE O ARMADO PREMOLDEADOS: Los materiales del hormigón y las dimensiones de los caños circulares de hormigón simple o armado premoldeados se especifican en el art. 3º, inciso 4) de este apartado B. En el caso en que sean construidos en sitio, el Contratista deberá solicitar a la Inspección, con la suficiente antelación, la aprobación previa por escrito de los moldes a utilizar y del procedimiento de elaboración de los caños. Hasta que no sea debidamente autorizado, no podrá comenzar la construcción de los mismos. Los caños serán colocados sobre una subrasante debidamente compactada y homogénea teniendo especial cuidado a fin de lograr su adecuada alineación y desnivel, conforme a lo indicado en los planos. Las juntas serán tomadas con mortero de mezcla nominal uno, tres (1:3) compuesta de una parte de cemento portland y tres partes de agregado fino. La excavación a practicar para la colocación de los caños tendrá el suficiente ancho como para permitir que la toma de juntas se efectúe en forma completa en todo el desarrollo de la misma, debiendo cuidarse especialmente el llenado de la junta en la zona próxima a la subrasante. Todas las cañerías deberán ser colocadas exactamente en la posición y la profundidad que indique el proyecto. Antes de transportar los caños y piezas al lugar de su colocación se examinarán prolijamente separándose aquéllos que presenten rajaduras o fallas para no ser colocados. Luego se ubicarán al costado y a lo largo de la zanja. Antes de bajar a las zanjas, los caños se limpiarán esmeradamente sacándose el moho, tierra, pintura, grasa, etc. adherida en su interior, dedicándose especial atención a la limpieza de las espigas, enchufes y bridas. Luego se asentarán firmemente sobre el fondo de la excavación, cuidando de que apoyen en toda la longitud del fuste y se construirán las juntas que se hayan especificado en cada caso. Las cañerías de espiga y enchufe se colocarán con el enchufe en dirección opuesta a la pendiente descendente de la cañería.

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Si el fondo de la zanja hubiese sido excavado a mayor profundidad que la consignada en los diagramas, o el terreno hubiera sido disgregado por cualquier causa, el Contratista deberá rellenar por su cuenta el exceso de excavación hasta la cota fijada para instalar la cañería, con hormigón de proporciones 1 volumen de cemento: 6 de arena gruesa. Cuando por cualquier causa se interrumpa la colocación de cañerías la extremidad del último caño colocado deberá ser obturada para evitar la introducción de cuerpos extraños. Las cañerías una vez instaladas deberán estar alineadas sobre una recta salvo en los puntos expresamente previstos en los planos o en los que indique la Inspección. Si se tratara de cañerías con pendiente definida, ésta deberá ser rigurosamente uniforme dentro de cada tramo. Asimismo, deberá preformarse el fondo de la excavación a menos que el Contratista demuestre fehacientemente que la cañería está en condiciones de resistir la acción de las cargas externas. ARTICULO 5º DEMOLICIONES.

a) Generalidades: Se efectuarán las demoliciones de acuerdo al sistema que para cada caso proponga el Contratista y apruebe la Inspección, teniendo en cuenta para la elección, entre otras circunstancias, la calidad del material a extraer y su utilización posterior si hubiera sido prevista en el Pliego. Cuando se trate de estructuras de mampostería de hormigón simple o armado, o de otro material cualquiera que al ser demolido sólo pueda considerarse como escombro, la demolición se hará de manera más económica, teniendo en consideración medidas de seguridad y demás de orden general. El material de demolición no utilizado deberá ser retirado de la obra sin demora por el Contratista.

b) Rotura de pavimentos y veredas: Cuando sea necesario levantar pavimentos y veredas para la construcción de las obras, se procederá teniendo en cuenta la posible utilización, en la reconstrucción, de los materiales extraídos. Para ello, el Contratista deberá prestar especial cuidado a la extracción transporte y conservación de los materiales provenientes de estas demoliciones, evitando pérdidas, extravíos, rotura o cualquier otra causa de inutilización. ARTICULO 6º MOVIMIENTO DE SUELOS.

a) Denominación: Se aplica la denominación de suelo a cualquier clase de material que se encuentra en los lugares en que deben practicarse las excavaciones, ya sea que se trate de arena, fango, légamo, arcilla, tosca, etc.

b) Extracción de agua: En caso de que las excavaciones resulten ocupadas por aguas superficiales o de la napa freática que entorpezcan la ejecución de los trabajos, serán por cuenta del Contratista los gastos de bombeo que resultaran necesarios. Los trabajos realizados a este objeto no deberán afectar a terceros y las obras provisionales serán totalmente removidas o anuladas tan pronto como dejen de ser necesarias.

c) Defensas: Si la Inspección juzgara necesario tomar precauciones para evitar el derrumbe de las excavaciones, el Contratista será obligado a construir apuntalamientos sencillos. Se consideran dentro de esta denominación aquellos cuya superficie de contacto con los parámetros de la excavación tengan al máximo una altura de un (1) metro en toda parte o parte de la longitud excavada sobre cada uno de los parámetros y siempre que pueda soportarse con simples codales, puntales o machinales. Se consideran también como apuntalamientos sencillos, aun cuando las dimensiones excedan de las indicadas, los que el Contratista ejecute en pozos de trabajo o para construcción de cámaras o sumideros. Cuando sea necesario a juicio de la Inspección, el Contratista hincará tablestacados de protección durante la ejecución de las obras construidas. No se reconocerá indemnización alguna por los tablestacados que el Contratista no pudiera extraer. Cuando la Inspección lo juzgue necesario, el Contratista construirá entubados en los túneles excavados, ya sean apuntalamientos o maderamientos.

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d) Excavación en túnel: Podrá ser efectuada por medios mecánicos o mano utilizando palas y picos, siempre que el sistema haya sido autorizado por la Inspección. Los pozos de trabajo deberán ubicarse en lo posible en los lugares donde vayan luego de bocas de registro y ventilación. Para la ejecución de los trabajos en túnel el Contratista adoptará por su cuenta las medidas necesarias a fin de evitar peligro para la salud y seguridad del personal que se ocupe de estas tareas, prestando especial atención a las ventilaciones y renovación del aire en el interior de las excavaciones, por medio de aspiradoras o extractores de aire o bien ventiladores; en algunos casos podrá admitirse la ventilación por el simple tiraje producido por abertura, como mínimo dos que comuniquen el túnel con el exterior, debiendo obtenerse para ello permiso por escrito de la Inspección. La potencia de los ventiladores o aspiradores, la intensidad y volumen de aire a renovar en la unidad de tiempo, etcétera, serán fijadas por la Inspección en cada caso. Relleno de excavaciones: Cualquiera sea el método empleado para el relleno de las excavaciones, éste deberá efectuarse por cada sucesivas de 0,20 m de espesor, llenando prolijamente los huecos entre las estructuras y el terreno firme, apisonando las capas y humedeciéndolas convenientemente para producir un máximo asentamiento y dejarlas bien consolidadas de acuerdo a su naturaleza. Los rellenos sobre los cuales deberán reconstruirse afirmados, serán inundados con agua cuando sólo falten 0,10 m para llegar al nivel de la caja del afirmado, de manera que la tierra se asiente en forma definitiva, repitiendo las operaciones tantas veces como fuera necesario. Luego se proseguirá el relleno hasta sobrepasar en 0,10 m el nivel del afirmado adyacente y se terminará la operación apisonando la tierra con pisón de cuatro manos, rodillos o máquinas aplanadoras. En el momento de efectuar la reconstrucción de los afirmados se harán todas las comprobaciones necesarias tendientes a asegurarse de la buena terminación de los rellenos, efectuándose cuando se estime conveniente las pruebas de resistencia del terreno rellenado que ordenará la Inspección. No se permitirá en los rellenos la inclusión de materias orgánicas, basuras u otros materiales de fácil descomposición. Antes de realizar el relleno se extraerán los tablestacados, moldes y basuras que hubiere. Los túneles construidos para colocar cañerías, deberán ser cuidadosamente rellenados.

e) Desagües públicos y domiciliarios: Toda vez que con excavaciones se afecte, modifique o impida el desagüe de los albañales u otras canalizaciones existentes, el Contratista deberá adoptar por su cuenta las medidas necesarias para evitar perjuicios al vecindario, construyendo canaletas o instalaciones especiales. Tan pronto como queden terminadas las obras que motivaron la modificación de los desagües existentes el Contratista procederá a restablecerlas en el estado primitivo. Los suelos sobrantes, luego de rellenadas y debidamente compactadas las excavaciones conforme a lo establecido en este artículo, serán transportados hasta 15.000 metros.

ARTICULO 7º EXCAVACIONES. Incluirán: el levantamiento de afirmados y veredas con sus contrapisos y la clasificación, estiba, conservación y transporte de los materiales extraídos; los enmaderamientos, estibaciones y apuntalamientos; la provisión, hinca y extracción de tablestacados metálicos y apuntalamientos de éstos en caso necesario; la prestación de enseres, equipos, maquinarias u otros elementos de trabajo; las pérdidas de material o implementos que no puedan ser extraídos; la eliminación del agua de las excavaciones, la depresión de las napas subterráneas, el bombeo y drenajes, las instalaciones para renovación del aire y alumbrado de los pozos y excavaciones en túnel, el empleo de explosivos para la disgregación del terreno, las pasarelas y puentes para el pasaje de peatones y vehículos, los gastos que origine las medidas de seguridad a adoptar, la conservación y reparación de instalaciones existentes, el relleno de las excavaciones con apisonamiento y riego, la recolocación de topes si los hubiere, el abovedamiento del terreno donde no hubiere pavimentos, el depósito, transporte y

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desparramo de los materiales sobrantes una vez efectuados los rellenos y todas las eventualidades inherentes a ésta clase de trabajos. Se ejecutarán las excavaciones de acuerdo con el trazado de niveles y dimensiones señalados en los planos o con las instrucciones especiales dadas por la Inspección. El Contratista deberá hacer los apuntalamientos necesarios y tomar las precauciones posibles, a fin de evitar desmoronamientos en las excavaciones. No se deberá hacer las excavaciones con mucha anticipación dejando siempre en el fondo de todas ellas una capa de terreno de diez centímetros de espesor, por lo menos, que se recortará solamente al tiempo de construir fundaciones, colocar cañerías, etc. Las excavaciones serán practicadas hasta la profundidad que la Inspección considere necesario. Donde se deben ejecutar construcciones de albañilería se cortará el suelo con las dimensiones exactas que deban tener éstas. Donde el terreno no presente en el fondo de la excavación la consistencia necesaria, a juicio de la Inspección, se construirán cimientos especiales de mortero de cemento, pedregullo o suelo-cemento en la forma, mezclas y dimensiones que se ordene. El costo de éste cimiento se considerará incluido en el precio del ítem respectivo. Donde se deba establecer cañerías se recortará el fondo de la excavación con la pendiente necesaria, para que cada caño repose en toda su longitud con excepción del enchufe, alrededor del cual se formará un fatuo para facilitar la ejecución de la junta. Las zanjas en que se establezcan las cañerías tendrán las dimensiones correspondientes a 1,5 veces el diámetro del caño. Las dimensiones indicadas constituirán la luz libre de las excavaciones. No se permitirá la apertura de zanjas en las calles, antes de que el Contratista haya acopiado el material necesario para llevar a cabo las obras que se han de construir en aquellas. Las excavaciones deberán mantenerse secas durante la ejecución de los trabajos. El Contratista deberá adoptar todas las medidas necesarias para evitar inundaciones, sean ellas provenientes de las aguas superficiales o de las aguas de infiltraciones del subsuelo. ARTICULO 8º ELIMINACION DEL AGUA DE LAS EXCAVACIONES, DEPRESION DE LAS NAPAS SUBTERRANEAS, BOMBEO Y DRENAJE. Las obras se construirán con las excavaciones en seco, debiendo el Contratista adoptar todas las precauciones y ejecutar todos los trabajos concurrentes a ese fin, por su exclusiva cuenta y riesgo. Para defensa contra avenidas de aguas superficiales se construirán ataguías, tajamares o terraplenes, si ello cabe, en la forma que proponga el Contratista y aprueba la Inspección. Para la eliminación de las aguas subterráneas el Contratista dispondrá de los equipos de bombeo necesarios y ejecutará los drenajes que estime convenientes y si ello no bastara, se efectuará la depresión de las napas mediante procedimientos adecuados. Queda entendido que el costo de todos esos trabajos y la provisión de materiales y planteles que al mismo fin se precisaran, se considerarán incluídos en los precios que se contraten para el ítem respectivo. El Contratista al adoptar el método de trabajo para mantener en seco las excavaciones, deberá eliminar toda posibilidad de daños, desperfectos y perjuicios directos o indirectos a la edificación e instalaciones próximas, de todos los cuales será el único responsable. ARTICULO 9º REPARACIÓN DE PAVIMENTOS. La reparación de pavimentos se hará de acuerdo con las disposiciones nacionales, provinciales o municipales vigentes, según se trate, o bien cuando aquellas no existieran reconstruyendo el pavimento en la forma primitiva. Si no existiera otra especificación, los pavimentos se harán de espesor de 0,20m con hormigón de 30MPa de resistencia característicaa los 28 días. Cuando se trate de pavimentos en los que pueda utilizarse para construir los materiales provenientes de su demolición, tales como adoquines comunes de granito, de granitullo, restos de asfalto, cascotes de hormigón, calcáreo, etc., el Contratista adoptará las medidas necesarias para evitar

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pérdidas, deterioros o cualquier otra causa de inutilización, pues será por su cuenta la reposición de los materiales que faltaren. Cuando la superficie del suelo en la que se hubieran practicado excavaciones estuviera desprovista de afirmados, será por cuenta del Contratista el apisonado hasta dejar el terreno en la forma primitiva. La reparación de pavimentos deberá quedar terminada satisfactoriamente seis (6) días después de concluido el relleno de la excavación respectiva. Cualquier hundimiento de los pavimentos reconstruídos, sea que provenga de su mala ejecución o del relleno deficiente de las excavaciones, deberá ser reparado por el Contratista dentro de los quince (15) días de notificado y en caso de no hacerlo así, la Dirección de Obras y Proyectos ejecutará los trabajos de reparación y su importe se descontará de los certificados o del depósito de garantía. ARTICULO 10º DESAGÜES PÚBLICOS Y DOMICILIARIOS. Toda vez que con motivo de las obras se modifiquen o impida el desagüe de los albañales u otras canalizaciones, el Contratista adoptará las medidas necesarias para evitar perjuicios al vecindario. Inmediatamente de terminada las partes de obras que afectaban dichos desagües el Contratista deberá restablecerlo por su cuenta. ARTICULO 11º RELLENOS Y TERRAPLENAMIENTOS. El relleno de las excavaciones se efectuará con la tierra proveniente de las mismas incluyéndose este trabajo en el precio del ítem. Si fuera necesario transportar tierra de un lugar a otro de las obras, para efectuar rellenos, este transporte será por cuenta del Contratista. Cuando se trate de zanjas o pozos el relleno se efectuará por capas sucesivas de 0,30 m. de espesor máximo correctamente compactado. El Contratista deberá adoptar las precauciones convenientes en cada caso, para evitar que al hacerse los rellenos se deterioren las obras hechas, pues él será el único responsable de tales hechos. En todos los casos, el sistema o medios de trabajo para efectuar los rellenos serán aprobados previamente por la Inspección. Para el relleno no se permitirá el empleo de materia orgánica o cualquier otra de fácil descomposición. Los rellenos sobre los cuales haya que construir pavimentos, serán debidamente compactados con medios mecánicos en capas de no más de 0,30m hasta –0,30 de la cota de la subrasante, esta última capa se deberá construir en espesores de 0,15 m cada una con suelo seleccionado de las características de calidad y compactación que se exijan para las bases. Si fuera necesario efectuar terraplenamientos se seguirán las mismas reglas indicadas precedentemente para los rellenos. Los rellenos de arena que hubiere que hacer, se ejecutarán con arena perfectamente seca y apisonada a fin de que se forme un asiento firme e incompresible. ARTICULO 12º TAPONES Y/O ZANJAS DESVIADORAS. Cuando el Contratista, con el objeto de facilitar la ejecución de las obras, hubiera construido tapones en el cauce o zanjas desviadoras, deberá por su exclusiva cuenta remover totalmente unos y cerrar las otras. Sin estos requisitos no se procederá a la recepción provisoria. También deberá prever en el transcurso de la obra, el libre escurrimiento de las aguas pluviales, como así también su evacuación en las distintas zonas de trabajo o aledañas a dicha obra. Esas tareas están incluidas en el precio del ítem.

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CAPITULO IV

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES

ARTICULO 1º OBRADOR Y MOVIMIENTO DE EQUIPOS El presente Ítem corresponde a la Instalación y mantenimiento del Obrador con las características exigidas en éste Pliego y, al movimiento continuo del equipo necesario para la ejecución de las tareas. Medición y Pago: Este Ítem se medirá y certificará proporcionalmente por avance de obra.

ARTICULO 2º LIMPIEZA Y PERFILADO DE ZONA DE TRABAJO Previa delimitación y replanteo de la zona de trabajo, se procederá a la limpieza y la extracción de alcantarillas u otros elementos que dificulten la ejecución de los trabajos. Luego se ejecutará el perfilado en un ancho que será igual al ancho entre bordes de zanjas, de modo de lograr una zona de banquina, y de acuerdo a instrucciones impartidas por la inspección de obras. En caso de no existir “Escarificado, rastreo y reconstrucción de calles con material existente” se procederá al sellado de la sub-rasante con rodillo liso y/o neumático múltiple. El ancho de la sub-rasante deberá exceder en 0,60 m como mínimo, de cada lado al ancho de la base a construir sobre esta. El material resultante de dichas tareas será trasladado a los lugares que indique la inspección, en un radio máximo de diez mil (10.000) metros medidos desde el lugar de trabajo. Terminadas las tareas de perfilado y compactación se procederá a la realización del proceso constructivo siguiente. Medición y forma de pago Este Ítem se medirá y certificará por m2 de superficie perfilada y comprende mano de obra, equipos y todo lo necesario para la completa ejecución de los trabajos.

ARTICULO 3º ESCARIFICADO, RASTREO Y RECONSTRUCCIÓN DE CALLES CON MATERIAL EXISTENTE. (CON RECLAMADORA)

Estas tareas se realizarán en aquellas calles que tengan algún material de aporte previo. Consiste este trabajo en la ejecución de una capa con material existente, que será construida en aquellas calles que presenten, a juicio de la Inspección de obras, una superficie acorde para la realización de estas tareas; como ser viejos tratamientos superficiales, bases de conglomerado calcáreo, etc. Aportando, en caso de ser necesario, cal útil vial, suelo seleccionado y/o agregado pétreo.

a) Método constructivo Efectuada una nivelación y perfilado de la zona de banquinas y de la calzada propiamente dicha se procederá a escarificar, mediante motoniveladora y RECLAMADORA para homogeneizar la mezcla, la zona de la futura calle en una profundidad tal que luego de la adición de piedra granítica, 4% de C.U.V. y suelo seleccionado, con posterior compactación se obtenga una base de espesor e=0,20 m compactado.

La adición de agregado pétreo, 4% de C.U.V. y suelo seleccionado serán abonados con los ítems de contrato correspondientes. (Solo aporte de material y transporte).

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Se deberá realizar el número de pasadas necesarias de modo de lograr la máxima roturación del material, a los efectos de obtener una base homogénea y del espesor indicado. Se procederá al retiro del material que por su conformación no se pueda roturar, luego se procederá a extender el resultado de la escarificación. Seguidamente se efectuará la mezcla de todo el material mediante motoniveladora mezcladora rotativa Pulvi Mixer o similar y si fuera necesario se incorporará la humedad necesaria para llegar a la óptima, tras lo cual se extenderá y se dará la forma con el gálibo correspondiente (f =5 a 6 %).

Posteriormente se procederá a la compactación por medio de patas de cabra y rodillo neumático de la zona de trabajo especificado como ESCARIFICADO, incluyendo el sector de BANQUINA hasta el borde de las zanjas. Se exigirá un grado de compactación tal que se alcance un índice de penetración no mayor de 15 mm/golpe en un espesor de 20 cm, medido con Penetrómetro Dinámico de Cono. La provisión de agua y todas las tareas necesarias para la correcta ejecución de los trabajos estarán incluidas en el precio del presente Ítem.

Cuando por razones de la construcción de estas tareas fueran afectadas cañerías de cloacas o agua corriente, las mismas deberán ser reparadas por la Contratista a su exclusivo cargo, considerando las mismas como incidencia del precio total del pavimento, por lo que no se reconocerá adicional alguno.

b) Equipos El equipo a utilizar será el mínimo necesario para ejecutar el trabajo en el plazo contractual; será aprobado por la Inspección, debiendo encontrarse en perfectas condiciones de funcionamiento hasta la terminación del trabajo.

Si durante la construcción se observara deficiencias o mal funcionamiento de algún elemento, la Inspección podrá ordenar su retiro y reemplazo por otro en condiciones.

El equipo estará formado como mínimo por: a) Motoniveladoras: con cuchillas de un ancho no menor de 3 m. provista de escarificador. b) Camiones regadores: para la provisión y distribución de agua, serán de un tipo tal que asegure la

distribución uniforme de la misma. c) Rodillo Pata de Cabra: a emplear en la compactación será de dos tambores, de un metro de

ancho mínimo cada uno, que transmitirán una presión mínima de 20 kg./cm². d) Rodillos neumáticos múltiples: serán de dos ejes que abarquen el ancho cubierto por el rodillo y

estarán compuestas de cuatro ruedas en el eje delantero u cinco en el trasero como mínimo. La presión mínima interior en los neumáticos, no será inferior a 3,5 kg./cm² o 50 libras/pulgadas2 y la presión ejercida por cada rueda será de 35 kg./cm de ancho de banda de rodamiento como mínimo.

e) Aplanadora: tendrán un peso total mínimo de 7 toneladas. La presión por cm de ancho de llanta trasera estará comprendida entre 25 y 45 Kg.

f) Camiones: a utilizar en el transporte y distribución del material, estarán provistos de caja de forma regular de rígida construcción.

c) Controles y tolerancias La lisura de la superficie de rodamiento será controlada en su sentido longitudinal, utilizando una regla rígida de 3 m de largo, no permitiéndose depresiones superiores a 0.5 cm en ningún punto. Las secciones en que se observarán defectos de lisura tendrán que ser corregidas de inmediato.

El perfil transversal de la superficie se verificará de manera tal que no existan diferencias mayores de 0,5 cm, debiéndose corregir las zonas defectuosas.

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Finalizada la compactación deberá verificarse la conformación del gálibo transversal, así como también la pendiente longitudinal. Una vez finalizadas las tareas de compactación, perfilado y sellado se realizará el control de la densidad de compactación de la superficie de rodamiento mediante la utilización del Penetrómetro Dinámico de Cono (DCP). Se exigirá un DN (índice de penetración) no mayor de 15 mm/golpe en un espesor de 20 cm.-

d) Medición y pago Este Ítem se medirá y certificará por m2 de superficie tratada como ESCARIFICADO y aprobada por la inspección de obras. En el precio del ítem correspondiente se considerarán los costos debidos a: transporte interno, provisión, transporte y aplicación del agua, mezclado, compactación, perfilado, nivelación, mano de obra necesaria para completar los trabajos, conservación, y toda otra operación concurrente para la construcción de la superficie de rodamiento.

ARTICULO 4º INCORPORACIÓN DE SUELO SELECCIONADO Cuando fuera necesario incorporar suelo seleccionado, el mismo se realizará en la cantidad aprobada por la Inspección de obra, esta tarea se realizará en simultaneidad con las correspondientes al ítem “Escarificado, rastreo y reconstrucción de calles” y en un espesor suficiente para obtener una estructura de 0,20 m. de espesor compactado.

El suelo seleccionado deberá responder a las siguientes características: · Valor soporte mínimo: 18 · Índice de plasticidad no mayor de 10 · Deberá estar libre de materia orgánica y no presentar diferencias notables en su calidad dentro

de las partidas aprobadas. En caso de que el suelo seleccionado no cumpla el valor soporte e índice de plasticidad exigido, los mismos se podrán alcanzar mediante la incorporación de cal u otro material, A EXCLUSIVO COSTO DE LA CONTRATISTA. Medición y Pago: Este Ítem se medirá y certificará por m3 de material colocado y aprobado por la inspección de obras, el cual deberá cumplir en un todo con lo exigido en las E.T.G. En el precio del ítem correspondiente se considerarán los costos debidos a: transporte y provisión del material agregado. Los costos de colocación, mezclado, compactación, etc., serán abonados en el rubro “Escarificado, rastreo y reconstrucción de calles con material existente”.

ARTICULO 5º INCORPORACIÓN DE AGREGADO PÉTREO Cuando fuera necesario incorporar piedra granítica, la misma se realizará en la cantidad aprobada por la Inspección de obra, esta tarea se realizará en simultaneidad con las correspondientes al ítem “Escarificado, rastreo y reconstrucción de calles” y en un espesor suficiente para obtener una estructura de 0,20 m. de espesor compactado.

Medición y Pago:

Este Ítem se medirá y certificará por m3 de material colocado y aprobado por la inspección de obras, el cual deberá cumplir en un todo con lo exigido en las E.T.G.

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En el precio del ítem correspondiente se considerarán los costos debidos a: transporte y provisión del material agregado. Los costos de colocación, mezclado, compactación, etc., serán abonados en el rubro “Escarificado, rastreo y reconstrucción de calles con material existente”.

ARTICULO 6º INCORPORACIÓN DE 4% DE C.U.V. Cuando fuera necesario modificar la plasticidad de los suelos existentes se incorporará un 4% de cal útil vial, esta tarea se realizará en simultaneidad con las correspondientes al ítem “Construcción de base de estabilizado granular con material reciclado del pavimento existente, con reclamadora” y en un espesor suficiente para obtener una estructura de suelo-cal de 0,20 m. de espesor compactado.

El porcentaje de cal, referido al peso seco del suelo se fija en 4% de C.U.V. Medición y Pago Este Ítem se medirá y certificará por m2 de material colocado y aprobado por la inspección de obras, el cual deberá cumplir en un todo con lo exigido en las E.T.G. En el precio del ítem correspondiente se considerarán los costos debidos a: transporte y provisión del material agregado. Los costos de colocación, mezclado, compactación, etc., serán abonados en el rubro “Escarificado, rastreo y reconstrucción de calles con material existente”.

ARTICULO 7º CONSTRUCCIÓN DE CARPETA ASFÁLTICA EN CALIENTE,

E= 0.05M. Una vez aprobada la fórmula por el Laboratorio correspondiente y antes de la colocación de la Carpeta Asfáltica, se limpiará por barrido o soplado todo el material suelto, el cual será cargado y transportado a los lugares que indique la Inspección, hasta una distancia máxima de 15.000 metros del lugar de los trabajos. Se realizará una imprimación en el total de la superficie incluido los bordes con asfalto diluidos ER1 en una cantidad 0,6 – 0,8 litros por metro cuadrado. Cuando la Inspección estime que la imprimación ha adquirido un grado conveniente de curado, autorizará la ejecución de la carpeta asfáltica en caliente de espesor 0.05m., debiendo la misma cumplir con las condiciones establecidas en las Especificaciones Técnicas Generales para la Construcción de Carpetas de Concreto Asfáltico que integra el presente Pliego. La distribución de la mezcla se efectuará con maquina terminadora, después de extendida la mezcla deberá ser completa y uniformemente compactada por cilindrado, empleando inicialmente rodillos livianos que no provoquen desplazamientos excesivos o agrietamientos.

La temperatura de compactación no podrá ser inferior a los 140 ºC. La compactación final o terminación se hará con un rodillo de peso no menor de diez (10) toneladas. Se utilizaran simultáneamente, en forma combinada, rodillo liso de acero y equipos provistos de neumáticos (múltiples) de 9 ruedas.

Dicha carpeta deberá respetar en toda su longitud con el gálibo exigido del 5% al 6%. Este rubro de CONSTRUCCIÓN DE CARPETA ASFÁLTICA EN CALIENTE, E= 0.05m., se considerará terminado cuando se encuentren calzadas las banquinas laterales a la misma, con suelo seleccionado compactado y aprobado por la Inspección, cuyo costo estará incluido en éste Item. Medición y Pago: Este Ítem se medirá y certificará por m2 de superficie asfaltada y aprobada por la inspección de obras. En el precio del ítem correspondiente se considerarán los costos debidos a: transporte interno, provisión, compactación, mano de obra necesaria para completar los trabajos, calzado de

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banquinas, conservación, y toda otra operación concurrente para la construcción de la superficie de rodamiento.

ARTICULO 8º PROVISION Y COLOCACIÓN DE CONDUCTOS a) Provisión de materiales, mano de obra y equipos para la colocación de cañerías de 400mm, de H° A°. En función del proyecto se procederá al replanteo de la traza y posterior zanjeo, hasta alcanzar las cotas previstas, poniendo especial cuidado en una correcta y homogénea superficie de apoyo. La cañería deberá cumplir con las características indicadas en la ETG, apartado B, artículo 3, inciso 4. Aprobada la colocación por parte de la Inspección, se procederá al relleno de la excavación con suelo seleccionado hasta el nivel de la subrasante, se realizará por capas perfectamente compactadas y de acuerdo a lo establecido en las ETG, apartado A, artículo 4. Medición y Pago Este trabajo se medirá por metro lineal de cañería de diámetro 400 mm de H° A° colocada, Incluye excavación y relleno con suelo seleccionado y compactado.

ARTICULO 9º PERFILADO Y LIMPIEZA DE ZANJAS, REMOCIÓN Y RECOLOCACION DE CAÑOS EXISTENTES

1) Descripción: Se prevé la conformación y limpieza de zanjas y/o canales de desagüe en los sectores que la inspección de obras indique. Las tareas de limpieza a desarrollar comprenden la limpieza y conformación de zanjas o canal de desagüe mediante el retiro de malezas, extracción de suelo y elementos artificiales de las márgenes y fondo del desagüe en toda la extensión solicitada, como así también la conformación de una sección transversal adecuada y una pendiente longitudinal compatible con las condiciones de iniciación y desembocadura del curso. Se deberá conformar todo el tramo a los efectos de acondicionarlo a la sección. En las obras de arte (alcantarillas, conductos, puentes, desembocaduras y embocaduras, etc.), se extraerá, retirará y transportará toda obstrucción ubicada en las mismas, debiendo dejar totalmente libres todas las luces que presentan las referidas obras de arte. También comprenderá la excavación, perfilado de taludes, retiro y transporte de tierra para permitir establecer una sección de transición entre la sección del arroyo y la sección de la obra de arte, desde 10 m antes y hasta 10 m después de los puentes. En general no se impondrán restricciones al Contratista en lo que respecta a medios o sistemas de trabajos a emplear para ejecutar las excavaciones y limpiezas, pero ellos deberán ajustarse a las características del terreno y demás circunstancias locales, atendiendo a la seguridad de bienes y personas. Por lo tanto, no se aceptarán reclamos de la Contratista por mayores costos que deriven de las metodologías utilizadas para la concreción de las tareas, tales como excavación mecánica o manual, limpieza mecánica o manual. Tampoco se aceptará reclamo alguno por diferencia en los costos debidos a demoras y/o pérdidas de rendimientos en el desarrollo de las tareas producto de la tramitación de permisos, solicitudes de paso, desarrollo de los trabajos en zonas de difícil acceso o cualquier otro motivo que genere los citados inconvenientes. Todo el producto que se extraiga de este re-acondicionamiento, ya sean suelos, barros, desechos, troncos, árboles, poliestirenos, neumáticos, chapas, ramas, arbustos o todo otro material cualquiera sea su tipo, se deberá retirar del sector de trabajo, sin ser acumulado este producto por más de 24 horas en el sector de tareas.

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Existiendo la posibilidad de que en los canales o zanjas descarguen desechos nocivos y contaminantes, la Empresa Contratista deberá tomar las medidas precautorias congruentes con los métodos de limpieza que utilice, debiendo adoptar las medidas de seguridad para el personal, equipos y terceros. 2) Medición y Pago Se medirá y certificará por metro lineal de zanja y/o canal perfilado terminado teniendo en cuenta todas las condiciones descriptas en el presente Ítem, lo que involucrará la conformación del cauce, desobstrucción de obras de arte en el tramo, limpieza del cauce y perfilado de márgenes, trasporte de suelo y todas las tareas necesarias que ello involucra. El precio unitario correspondiente a este Ítem incluye además la carga, transporte, descarga y distribución del suelo sobrante y demoliciones hasta una distancia de 10.000m.

ARTICULO 10º SANEAMIENTO CON SUELO SELECCIONADO Cuando a juicio de la Inspección, la sub rasante no se encuentre en condiciones, la misma será objeto de un saneamiento con suelo seleccionado, en la magnitud que defina la Inspección. Las tareas se desarrollarán de manera tal que la compactación se realice en capas no mayores de 0.20m de espesor. Las características del suelo seleccionado deberán responder a las exigencias de las E.T.G. Medición y Pago: Este Ítem se medirá y certificará por m3 de superficie tratada colocada, compactada y aprobada por la inspección de obras y se considerarán los costos debidos a: transporte interno, provisión, compactación, equipos, mano de obra necesaria para completar los trabajos, conservación, y toda otra operación concurrente para la correcta ejecución de los trabajos

ARTICULO 11º REDUCTORES DE VELOCIDAD

Este ítem comprende la provisión de materiales, mano de obra y equipos para la ejecución de reductores de velocidad en un todo de acuerdo a los planos de detalle (aproximadamente 0,5 m3 de material por metro lineal). La ubicación y dimensiones de los mismos será indicada por la Inspección. Medición y Pago El presente ítem se certificara por metro lineal de reductor de velocidad construido, el cual deberá cumplir en un todo con lo exigido en las E.T.G.

ARTICULO 12º HONORARIOS PROFESIONALES Se pagarán en forma proporcional al monto de obra certificada, según lo indicado por el Colegio Profesional Correspondiente.

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CARTEL DE OBRA

Dimensiones: Ancho: 4.00 metros Altura: 3.00 metros

A DEFINIR

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La Plata, 31 de Enero de 1969 EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES DE LOS DEPARTAMENTOS DELIBERANTES MUNICIPALES, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA GENERAL N°37

Para todos los Partidos de la Provincia

ARTÍCULO 1°: Las personas físicas y jurídicas que deseen intervenir en las licitaciones para la ejecución de Obras Públicas, que empleen personal en relación de dependencia permanente o transitoria, deberán acreditar fehacientemente el cumplimiento de la Legislación laboral y previsional vigente. ARTÍCULO 2°: Será requisito indispensable para la inscripción en el Registro de Licitadores (Art. 140 de la Ley Orgánica de las Municipalidades) o para adjudicar licitaciones, permiso o concesiones de servicios públicos, la presentación de una certificación actualizada expedida por las Autoridades Administrativas competentes, en la cual conste el cumplimiento de las leyes laborales y previsonales por parte de los peticionantes. ARTÍCULO 3°: El Departamento Ejecutivo exigirá periódicamente la presentación de la renovación del Certificado a que alude el Artículo anterior. No dará curso a las solicitudes de visación de los certificados que se presenten para su cobro, ni al pedido de modificaciones tarifarias, sin la previa comprobación de que los solicitantes han cumplido lo dispuesto por el Artículo 1°. ARTÍCULO 4°: Las Empresas que contrataren con la Municipalidad, en cualquiera de las modalidades previstas en los Artículos que anteceden, no podrán derivar su responsabilidad respecto de los trabajadores que realicen tareas propias de su contratación. Si para el cumplimiento de sus obligaciones las Empresas se viesen precisadas a recurrir a subcontratistas o a Empresas subsidiarias, deberá acreditar ante la Municipalidad el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en los Artículos 1°, 2° y 3°. ARTÍCULO 5°: Toda infracción a la presente ordenanza dará lugar a la cancelación de la inscripción, a la rescisión de los Contratos celebrados o a la caducidad de las concesiones o permisos otorgados, con cargos de los daños y perjuicios que corresponden a los responsables. ARTÍCULO 6°: Cúmplase, registres, publíquese en el Boletín Oficial y comuníquese a todas las Municipalidades. ES COPIA FDO.: MARIANO GAROFALO, FDO.: IMAZ Director ASUNTOS MUNICIPALES FDO.: NAVAS PUBLICADA EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA de fecha 10-02-69. PUBLICADA EN EL BOLETÍN MUNICIPAL N°17 de fecha 15-9-1969.

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ANEXO I

PROPUESTA

La firma/consorcio/UTE..............................................................................que suscribe/n inscripta/s

en el Registro de Licitadores o Proveedores de la Municipalidad de La Plata, con domicilio/s real/es

en ................................................................................. y domicilio legal/es en

........................................................................ de la ciudad de La Plata, declara/n que ha/n

examinado y aceptado en un todo la Documentación del legajo correspondiente a la obra de

referencia, que no tiene/n impedimento alguno para cotizar o contratar en esta licitación, que

conoce/n el lugar y que ha/n recogido los datos necesarios para cotizar precios. Manifiesta/n que

para cualquier cuestión Judicial se someterá/n a la jurisdicción que resulta del art. 166 de la

Constitución de la Provincia de Buenos Aires haciendo expresa renuncia de cualquier otro fuero que

pudiere corresponderle.

Se compromete/n a realizar la obra que se licita en este acto, ejecutándola de acuerdo a las

reglas del arte y a su fin, entregarla en condiciones prescriptas con el ................. por ciento

............... de aumento-rebaja sobre el presupuesto oficial o sea la suma de pesos

.........................................................-( $ ).-

...................................................... ...........................................

Firma del Representante Técnico Firma del Proponente

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ANEXO II

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 46/2013 “PAVIMENTACION DE CALLES EN LISANDRO OLMOS

OLMOS 3 PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2013

166 de 42 a 43, 168 de 41 a 43, 169 de 44 a 41, 43 de 166 a 167, 48 de 171 a 172, 49bis de

171 a 172, 50 de 171 a 172, 51 de 171 a 172, 172 de 47 a 52, 42 de 167 a 170, y 41 de 167 a 169, en Lisandro Olmos, Partido de La Plata

Item Descripción Unidad Cantidades Precio

Unitario Total

1 Obrador y movimiento de equipos gl 1,00 119058 119058 2 Limpieza y Perfilado de zona de trabajo m2 23.597,10 10 146250 3 Escarificado, rastreo y reconstrucción de calles m2 14.958,00 18 234900 4 Agregado Pétreo m3 693,00 102 1E+06 5 Incorporación de suelo seleccionado m3 1386,00 90 105705 6 Incorporación de 4% de C.U.V. m2 14958,00 350 228375 7 Carpeta Asfáltica m2 13850,00 18 234900 8 Provisión y colocación de conductos 0

8,a Caño premoldeado de Hº Aº de Ø = 0,40 m. ml 880,00 800 345600 9 Perfilado y Limpieza de zanjas ml 4.558,00 75 401250

10 Saneamiento c/suelo seleccionado m3 1.540,00 180 70470 11 Reductores de velocidad ml 20,00 183,6 5508 12 Honorarios Profesionales gl 1,00 95650 95650

TOTAL ######

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ANEXO III

PLANILLA DE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS, A DESARROLLAR PARA CADA ITEM.

ITEM:................................................................................................................... 1. Materiales puesto en obra (Designación x cuantía x precio unitario) ............................................................................................................................. $ TOTAL DE MATERIALES............................................................. $ 2. Mano de Obra a. Jornales (Categoría x cuantía x jornal) ............................................................................................................................. $ Total Jornales................................................................................. $ b. Cargas Sociales % de a. ............................................................................................................................. $ Total Cargas Sociales.................................................................... $ TOTAL MANO DE OBRA (sumatoria a+b).................................... $ 3. Equipos ............................................................................................................................. $ TOTAL DE EQUIPOS.................................................................... $ A. COSTO-COSTO (Suma de 1+2+3)................................................................. $ B. GASTOS GENERALES DIRECTOS E INDIRECTOS DE OBRA % DE A $ C. SUMATORIA DE A + B................................................................................... $ D. BENEFICIO % de C........................................................................................ $ E. GASTOS FINANCIEROS % DE C.................................................................. $ F. COSTO TOTAL DEL TRABAJO (Sumatoria de C+D+E)................................ $ G. GASTOS IMPOSITIVOS % de F.................................................................... $ H. SUMATORIA DE F + G................................................................................... $ PRECIO FINAL DEL ITEM............................................................ $

......................................................................... ....................................................

FIRMA DEL REPRESENTANTE TECNICO FIRMA DEL PROPONENTE