licitación privada nº 392-0004- lpr17 · 2017. 5. 26. · “2017-año de las energías...
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“2017-Año de las Energías Renovables”
ANEXO
Licitación Privada Nº 392-0004-
LPR17
Objeto: “Adquisición, servicio de
instalación y cableado de fibra óptica,
soporte técnico y puesta en marcha de
conmutadores (Switches) para la
adecuación de la red de la AGENCIA
DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL
ESTADO.
EXP-2017-04870547- -APN-DCYC#AABE
“2017-Año de las Energías Renovables”
ÍNDICE
ARTÍCULO 1º: ORGANISMO CONTRATANTE. ........................................................................................... 1
ARTÍCULO 2º: PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN. .................................................................................. 1
ARTÍCULO 3º: OBJETO DE LA CONTRATACIÓN. ..................................................................................... 1
ARTÍCULO 4°: VISTA, RETIRO, CONSULTAS, CIRCULARES ACLARATORIAS Y/O
MODIFICATORIAS AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES. ......... 2
ARTÍCULO 5º: PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS. FECHA DE APERTURA DE
LAS MISMAS. ................................................................................................................................ 3
ARTÍCULO 6º: TRATAMIENTO FISCAL. ...................................................................................................... 4
ARTÍCULO 7º: FORMA DE PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LA OFERTA. .................................. 5
ARTÍCULO 8º: FALSEAMIENTO DE DATOS. ............................................................................................... 9
ARTÍCULO 9º: PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. ............................................................. 9
ARTÍCULO 10º: CRITERIO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. ...................................................... 10
ARTÍCULO 11: ADJUDICACIÓN. .................................................................................................................. 11
ARTICULO 12º OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO: ...................................................................... 14
ARTICULO 13º GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: .................................................. 14
ARTÍCULO 14: LUGAR DE ENTREGA. ........................................................................................................ 14
ARTÍCULO 15: PLAZO DE ENTREGA. ........................................................................................................ 15
ARTÍCULO 16: JURISDICCIÓN ..................................................................................................................... 15
ARTÍCULO 17: PENALIDADES. ..................................................................................................................... 15
ARTÍCULO 18: RECEPCIÓN DEFINITIVA. ................................................................................................. 16
ARTÍCULO 19: FORMAS DE PAGO, MODO Y LUGAR DE LA PRESENTACIÓN DE LAS
FACTURAS. .................................................................................................................................. 16
ARTÍCULO 20: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LA CONTRATACIÓN. ..................................... 19
ANEXO A - CERTIFICADO DE VISITA ........................................................................................................ 40
“2017-Año de las Energías Renovables”
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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
ARTÍCULO 1º: ORGANISMO CONTRATANTE.
El Organismo contratante se denomina AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO (CUIT 30-71247054-1), y en adelante cuando se haga
referencia a él, en forma indistinta se indicará, el nombre y/o el Organismo
Contratante y/o el Organismo y/o la Agencia.
El domicilio de la Dirección de Compras y Contrataciones (UOC 392), para este
acto, se establece en Av. Dr. J.M. Ramos Mejía 1302, 1º Piso, Oficina 101, CP 1104,
Tel (011) 4318-3314/3429/3610, C.A.B.A., correo electrónico
ARTÍCULO 2º: PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN.
El procedimiento de selección, número, ejercicio, clase y modalidad del
procedimiento de selección por el cual se regirá la presente Contrataciónserá:
Procedimiento de Selección/Nº/Ejercicio: LICITACIÓN PRIVADA Nº 392-0004-
LPR17
Clase: DE ETAPA ÚNICA NACIONAL
Modalidad: SIN MODALIDAD
ARTÍCULO 3º: OBJETO DE LA CONTRATACIÓN.
Adquisición, servicio de instalación y cableado de fibra óptica, soporte técnico y
puesta en marcha de conmutadores (Switches) para la adecuación de la red de la
AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.
Rubro: Informática
Alcance del Objeto: Los trabajos se ajustarán en un todo a las especificaciones
técnicas detalladas en el ARTÍCULO 20 y el ANEXO I del presente pliego. La
propuesta comprenderá los materiales, mano de obra, cableado de fibra óptica y
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trabajos necesarios para una completa terminación, incluyendo también cualquier
provisión accesoria o complementaria no especificada.
ARTÍCULO 4°: VISTA, RETIRO, CONSULTAS, CIRCULARES ACLARATORIAS
Y/O MODIFICATORIAS AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
PARTICULARES.
Vista. Cualquier persona podrá tomar vista del Pliego en el sitio de Internet de la
OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES https://comprar.gob.ar/.
Retiro del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. El Pliego se encuentra a
disposición de los interesados para su consulta y adquisición en el sitio de Internet
https://comprar.gob.ar/
El Pliego de Bases y Condiciones Particulares no tiene costo alguno.
Consultas al Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Los oferentes
acreditados y que hubieran cumplido con el procedimiento de registración,
autenticación y autorización como usuario externo del Sistema Electrónico de
Contrataciones de la Administración Nacional (“COMPR.AR”) podrán formular
consultas al Pliego a través de COMPR.AR hasta TRES (3) días previos a la fecha
fijada para la apertura de las ofertas. No se aceptarán consultas telefónicas y no
serán contestadas aquellas que se presenten fuera de término.
Circulares Aclaratorias y/o Modificatorias al Pliego. La AGENCIA DE
ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO podrá elaborar, emitir y comunicar
circulares aclaratorias y/o modificatorias al Pliego, de oficio o como respuesta a
consultas de los interesados.
Si a criterio de esta AGENCIA la consulta es pertinente y contribuye a una mejor
comprensión e interpretación del Pliego en cuestión, se elaborará una Circular
Aclaratoria que se comunicará, en forma fehaciente, con DOS (2) días como mínimo
de anticipación a la fecha fijada para la presentación de las ofertas a todos los
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interesados que hubiesen retirado, solicitado o descargado el Pliego y al que
hubiere efectuado la consulta que origina la circular.
Las Circulares Modificatorias deberán ser difundidas, publicadas y comunicadas por
los mismos medios en que hubiera sido difundido, publicado y comunicado el
llamado original con UN (1) día como mínimo de anticipación a la fecha originaria
fijada para la presentación de las ofertas. En este caso podrá establecerse una
nueva fecha de apertura de ofertas. Asimismo, las mencionadas Circulares
Modificatorias deberán ser comunicadas a todas las personas que hubiesen retirado
o descargado el Pliego y al que hubiese efectuado la consulta si la circular se
emitiera como consecuencia de ella, con el mismo plazo de antelación.
Las mismas serán incluidas como parte integrante del presente pliego y se
difundirán en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES
(https://comprar.gob.ar/).
No será requisito para presentar ofertas, ni para la admisibilidad de las mismas, ni
para contratar, haber descargado el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. No
obstante, quienes no lo hubiesen descargado conforme se indica precedentemente,
no podrán alegar el desconocimiento de las actuaciones que se hubieren producido
hasta el día de la apertura de las ofertas, quedando bajo su responsabilidad llevar
adelante las gestiones necesarias para tomar conocimiento de aquellas.
ARTÍCULO 5º: PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS. FECHA DE
APERTURA DE LAS MISMAS.
La presentación de cada oferta se hará a través de los formularios electrónicos
disponibles en COMPR.AR, cumpliendo con todos los requerimientos exigidos en el
Pliego Único de Bases y Condiciones Generales del Régimen de Contrataciones de
la Administración Nacional, que como Anexo forma parte de la Disposición ONC Nº
63 E/2016, como así también del presente Pliego de Bases y Condiciones
Particulares, y adjuntando todos y cada uno de los documentos solicitados en el
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mismo en soporte electrónico. Los documentos solicitados en los mencionados
pliegos que por sus características deban ser presentados en soporte papel serán
individualizados en la oferta y entregados en la Dirección de Compras y
Contrataciones de esta Agencia, sita en Av. Dr. J.M. Ramos Mejía 1302, 1º piso,
oficina 101, CP 1104, C.A.B.A., de lunes a viernes en el horario de 9 a 17 hs, hasta
la fecha y hora establecida para la apertura de ofertas.
A fin de garantizar su validez, la oferta electrónicamente cargada deberá ser
confirmada por el oferente, quien podrá realizarlo únicamente a través de un usuario
habilitado para ello, conforme la normativa aplicable. Las ofertas que se pretendan
presentar fuera del término fijado en la convocatoria para su recepción, serán
rechazadas sin más trámite de acuerdo a lo establecido en el Artículo 22 del Manual
de Procedimiento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional,
aprobado por la Disposición N° 62 E/16.
La apertura de ofertas se llevará a cabo a través del sitio de Internet de la OFICINA
NACIONAL DE CONTRATACIONES: http://comprar.gob.ar de acuerdo al
cronograma detallado en la convocatoria.
Sólo se admitirán las ofertas presentadas por medio de la plataforma
COMPR.AR, no serán consideradas válidas las ofertas presentadas en la
AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.
ARTÍCULO 6º: TRATAMIENTO FISCAL.
La AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO es exenta frente al
IVA e Impuesto a las Ganancias. No debe, por lo tanto discriminarse en la oferta la
incidencia del gravamen, el que debe ser incluido en el precio final que se cotice. La
Agencia, de acuerdo a resoluciones generales de la AFIP, actúa con el carácter de
agente de retención de los Impuestos al Valor Agregado y a las Ganancias; en
consecuencia, se practicarán retenciones en los casos que así correspondan. En el
supuesto que el proveedor se hallare comprendido en algún régimen especial, fuere
exento o no alcanzado por los tributos, deberá acreditar esta circunstancia en el
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momento de la oferta, acompañando copia normativa que así lo determina. Sin
perjuicio de ello, quien resultare finalmente adjudicatario y se encuentre bajo tales
condiciones, deberá adjuntar la constancia en oportunidad de cada factura,
acreditando de tal forma la vigencia del régimen especial.
ARTÍCULO 7º: FORMA DE PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LA OFERTA.
Requisitos Economicos:
7.1 . COTIZACIÓN: La cotización de la oferta deberá efectuarse en Moneda
Nacional. El precio cotizado será el precio final por todo concepto. LA AGENCIA
DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO no reconocerá ningún
adicional o gasto que no esté taxativamente especificado en las ofertas y
contemplado en su precio unitario y total.
7.2 CERTIFICADO FISCAL PARA CONTRATAR VIGENTE O DECLARACIÓN
JURADA LIBRE DE DEUDA: Los oferentes que efectúen ofertas cuyos importes
sean inferiores a PESOS CINCUENTA MIL ($50.000) podrán presentar una
Declaración Jurada respecto a la no existencia de deuda exigible en concepto de
aportes, contribuciones y toda otra obligación previsional. Para aquellas ofertas
iguales o superiores a PESOS CINCUENTA MIL ($50.000) deberán poseer vigente
el certificado fiscal expedido por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS
PÚBLICOS entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA, en los
casos que corresponda, y con las formalidades legales pertinentes, de conformidad
con lo establecido por la Resolución General Nº 1814/05 de dicho Organismo. En
caso de tenerlo en tramite deberan acreditar datos de la nota presentada ante la
dependencia de AFIP a los fines de la solicitar el mencionado certificado.
Requisitos administrativos
7.3 . GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LAS OFERTAS: Los oferentes
deberán presentar junto con su oferta, una garantía de mantenimiento de la
misma o la constancia de haberla constituido, salvo los casos en que no
correspondiere su presentación previstos en el Artículo 40 del Pliego Único
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de Bases y Condiciones Generales, aprobado por la Disposición ONC Nº
63/16.
En los casos en que correspondiera su presentación, la garantía de
mantenimiento de oferta será del CINCO POR CIENTO (5%) del monto total
de la oferta, la que deberá constituirse en alguna de las siguientes formas o
combinaciones de ellas:
a) En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta de la jurisdicción
o entidad contratante, o giro postal o bancario.
b) Con cheque certificado contra una entidad bancaria, con preferencia
del lugar donde se realice el procedimiento de selección o del
domicilio de la jurisdicción o entidad contratante. La jurisdicción o
entidad deberá depositar el cheque dentro de los plazos que rijan para
estas operaciones.
c) Con títulos públicos emitidos por el ESTADO NACIONAL con
posterioridad al 31 de diciembre de 2001. Los mismos deberán ser
depositados en el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA a la orden de
la jurisdicción o entidad contratante, identificándose el procedimiento
de selección de que se trate. El monto se calculará tomando en
cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil
anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o Mercado
correspondiente. Se formulará cargo por los gastos que ocasione la
ejecución de la garantía. El eventual excedente quedará sujeto a las
disposiciones que rigen la devolución de garantías.
d) Con aval bancario u otra fianza a satisfacción de la jurisdicción o
entidad contratante, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso
y llano y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y
exclusión, así como al beneficio de interpelación judicial previa, en los
términos de lo dispuesto en el Código Civil y Comercial de la Nación.
e) Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, extendidas a
favor de la jurisdicción o entidad contratante y cuyas cláusulas se
conformen con el modelo y reglamentación que a tal efecto dicte la
Autoridad de Aplicación. Se podrán establecer los requisitos de
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solvencia que deberán reunir las compañías aseguradoras, con el fin
de preservar el eventual cobro del seguro de caución. La jurisdicción o
entidad contratante deberá solicitar al oferente o adjudicatario la
sustitución de la compañía de seguros, cuando durante el transcurso
del procedimiento o la ejecución del contrato la aseguradora originaria
deje de cumplir los requisitos que se hubieran requerido. Las mismas
deberán estar certificadas por escribano público.
f) Mediante la afectación de créditos líquidos y exigibles que el
proponente o adjudicatario tenga en entidades de la
ADMINISTRACIÓN NACIONAL, a cuyo efecto el interesado deberá
presentar, en la fecha de la constitución de la garantía, la certificación
pertinente y simultáneamente la cesión de los mismos al organismo
contratante.
g) Con pagarés a la vista, cuando el importe que resulte de aplicar el
porcentaje que corresponda, , no supere la suma de PESOS
DOSCIENTOS SESENTA MIL ($ 260.000). Esta forma de garantía no
es combinable con las restantes enumeradas en el presente artículo.
La elección de la forma de garantía, en principio, queda a opción del oferente
o cocontratante.
El original o el certificado de la garantía constituida deberá ser entregada en
la Dirección de Compras y Contrataciones, sita en Av. Dr. J.M. Ramos Mejía
1302, Piso 1, Of. 101/103, dentro del plazo de VEINTICUATRO (24) horas,
contado a partir del Acto de Apertura. Caso contrario la oferta será
desestimada.
7.4 INSCRIPCIÓN EN EL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE
PROVEEDORES (SIPRO): De acuerdo con lo establecido en la Disposición
Nº 64/2016 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, los
oferentes deberán estar inscriptos en el Sistema de Información de
Proveedores accediendo al sitio de Internet de COMPR.AR. Quienes estén
exceptuados de estar incorporados en el SIPRO, deberán igualmente realizar
la preinscripción COMPR.AR (https://comprar.gob.ar/).
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Oferentes no inscriptos: Aquellos oferentes que no se encuentren
incorporados deberán realizar la preinscripción al Sistema de Información de
Proveedores accediendo al sitio de Internet de COMPR.AR, donde deberán
suministrar la información que se detalla en los formularios de pre-
inscripción disponibles en COMPR.AR de acuerdo al tipo de personería que
corresponda, conforme a los artículos 1 y 2° del Anexo de la Disposición Nº
64 E/2016 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
7.5 ACREDITACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN: Los oferentes deberán
tramitar el alta de sus apoderados y/o representantes legales en el Sistema de
Información de Proveedores accediendo al sitio de Internet de COMPR.AR, el
Administrador Legitimado del proveedor o bien quien tuviera poder para actuar
en su representación, deberá ingresar a la plataforma de Tramitación a
Distancia (TAD) con su Clave Fiscal. Allí deberá ingresar en formato digital toda
la documentación detallada en el Artículo 9º del Anexo de la Disposición Nº 64
E/2016 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, la que deberá ser
legible y completa, y escaneada de su original.
Requisitos Tecnicos:
7.6. OFERTAS VARIANTES: Se entiende por oferta variante a aquella que
modificando las especificaciones técnicas de la prestación previstas en el Pliego
de Bases y Condiciones Particulares, ofrece una solución con una mejora que no
sería posible en caso de cumplimiento estricto del mismo.
La jurisdicción o entidad contratante sólo podrá comparar la oferta base de los
distintos proponentes y sólo podrá considerar la oferta variante del oferente que
tuviera la oferta base más conveniente.
7.7 FOLLETOS: Los oferentes deberán presentar catálogos comerciales con
detalle de las especificaciones técnicas, indicación de la marca y modelo y fotos de
los productos ofrecidos.
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7.8 VISITA: La presentación de la oferta lleva implícito el total conocimiento
del servicio a prestar, el oferente podrá realizar una visita al lugar que deberá
concretarse hasta NOVENTA Y SEIS (96) horas antes del día fijado para la apertura
de ofertas. Conforme al ANEXO A del presente Pliego.
Para dicha visita deberá comunicarse con la COORDINACION DE
SISTEMAS DE INFORMACION (Av. Ramos Mejía 1302, Planta Baja, Oficina
30, C.A.B.A) al teléfono 4318-3668.
7.9 CERTIFICACIÓN: El oferente deberá certificar al momento de la apertura
de las ofertas su condición de fabricante, representante oficial y/o subsidiaria
local del fabricante, importador oficial o distribuidor oficial (documentación
fehaciente del fabricante original de la marca cotizada) como así también deberá
aportar toda documentación donde se podrá verificar el año de lanzamiento al
mercado internacional y su actual fabricación del equipamiento cotizado.
ARTÍCULO 8º: FALSEAMIENTO DE DATOS.
El falseamiento de datos dará lugar a la inmediata exclusión del oferente, sin lugar a
la devolución de la garantía. Si la falsedad fuere advertida con posterioridad a la
contratación, será causal de rescisión por culpa del contratista, con pérdida de la
garantía de adjudicación del contrato, y sin perjuicio de las demás responsabilidades
que pudieren corresponder.
ARTÍCULO 9º: PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA.
Los oferentes deberán mantener firmes las ofertas por el término de SESENTA (60)
días corridos, contados a partir de la fecha del acto de apertura. Al término del plazo
referido, las ofertas serán renovadas automáticamente por idéntico plazo, de no
mediar notificación fehaciente en contrario de los oferentes con una antelación de
DIEZ (10) días corridos a la fecha de vencimiento de las mismas. Esta opción, podrá
ser ejercida por los proponentes, una vez vencido el primer plazo establecido.
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El desistimiento de la oferta antes del vencimiento del plazo señalado como
obligatorio o el incumplimiento de las obligaciones inherentes a la misma, importará
que el oferente quede excluido del procedimiento de selección, la perdida y
ejecución de la garantía.
ARTÍCULO 10º: CRITERIO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS.
La adjudicación de la presente contratación se realizará a favor de la oferta más
conveniente. Dicha conveniencia será evaluada en función del precio, la calidad, la
idoneidad del oferente y demás condiciones de la oferta (conforme el Artículo 15 del
Decreto Nº 1023/2012). La información obrante en bases de datos de organismos
públicos, donde consten antecedentes de las personas físicas o jurídicas que
presenten ofertas será considerada a fin de determinar la elegibilidad de las mismas.
Se desestimarán, con causa y en las condiciones que establezca la reglamentación,
las ofertas de aquellas empresas o personas físicas que exhiban reiterados
incumplimientos de sus obligaciones (conforme el Artículo 16 del citado Decreto).
La AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO no está obligada a
adjudicar la presente contratación a alguna de las firmas oferentes.
Los oferentes deberán contemplar la posibilidad de realizar a solicitud de la Agencia
y durante el período de evaluación de las ofertas, respuestas a todo tipo de
aclaraciones, incluyendo la provisión de documentación adicional, detalles de ciertos
antecedentes, etc., sin que ello represente costo adicional alguno o causal de
reclamo. A través de dichos datos se evaluará la capacidad para proveer los
elementos objeto de la presente contratación.
La oferta que no reúna los requisitos sustanciales previstos en el presente Pliego de
Bases y Condiciones Particulares podrá ser rechazada de oficio. Asimismo serán
declaradas inadmisibles las ofertas que modifiquen o condicionen las cláusulas del
presente Pliego y/o impliquen cualquier apartamiento del régimen aplicado.
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El Dictamen de Evaluación de las ofertas se notificará a todos los oferentes
mediante la difusión en el sitio https://comprar.gob.ar y se enviarán avisos mediante
mensajería de la plataforma COMPR.AR.
Los oferentes podrán impugnar el Dictamen de Evaluación dentro de los TRES (3)
días de su comunicación en el sitio https://comprar.gob.ar, de conformidad con el
Artículo 73 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración
Nacional, aprobado por el Decreto N° 1.030/16.
ARTÍCULO 11: ADJUDICACIÓN.
La presente contratación será adjudicada a las ofertas que cumpliendo con todos los
requerimientos administrativos, legales, técnicos y económicos, a sólo criterio de
este Organismo, resulte más conveniente.
Todos los renglones deberán ser adjudicados de forma indivisible.
La AGENCIA DE ADMNISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO podrá dejar sin
efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al
perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna a favor de los
interesados u oferentes.
La adjudicación será notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes, dentro de
los TRES (3) días de dictado el acto respectivo, mediante la difusión en el sitio
https://comprar.gob.ar o en el que en un futuro se reemplace y se enviaran avisos
mediante mensajería del COMPR.AR.
La Orden de Compra correspondiente se notificará al adjudicatario mediante la
difusión en el sitio https://comprar.gob.ar o en el que en un futuro lo reemplace y se
enviarán avisos mediante mensajería de la plataforma COMPR.AR.
ARTÍCULO 12º: OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
No se admitirá la cesión parcial o total de los trabajos a realizar a
subcontratistas.
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La adjudicataria sólo empleará personal competente como para que la
ejecución del servicio sea regular y acorde al exacto cumplimiento del
contrato, con arreglo a las disposiciones legales vigentes.
Seguros: La firma adjudicataria deberá contar con los siguientes seguros a su
cargo:
1) Accidentes de Trabajo: Aseguradora de Riesgos del Trabajo, de todo el personal
afectado, conforme a lo establecido por las Normas vigentes en materia de Higiene
y Seguridad en la construcción – Leyes Nros. 19.587 y 24.557 y su reglamentación
aprobada por el Decreto N° 911/96 y las Resoluciones SRT Nros. 231/96, 51/97,
35/98, 319/99 y 552/01, como así también toda otra norma legal que resulte de
aplicación.
2) Seguro Colectivo de Vida Obligatorio correspondiente al personal a su cargo y
póliza de Accidentes Personales del personal del adjudicatario que no están bajo
relación de dependencia que se encuentran afectados a los trabajos, de acuerdo a
la legislación vigente.
3) Responsabilidad Civil que cubra eventuales daños a terceros y/o a los bienes del
Estado, durante igual lapso.
Prohíbase efectuar contrato por Autoseguro, quedando obligado el adjudicatario a
contratar los seguros con entidades aseguradoras de primera línea, aprobados por
la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN del MINISTERIO DE
FINANZAS.
NOTA: Para los casos indicados en 1) y 2) queda expresamente establecido que la
póliza deberá contener Cláusula de No Repetición a favor de la AGENCIA DE
ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO, cuyo texto transcribimos a
continuación:
(Nombre de Cía. De Seguros) renuncia en forma expresa a iniciar toda acción de
repetición o de regreso contra la AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL
ESTADO, sus funcionarios y empleados con motivo de las prestaciones dinerarias
que se vea obligada a abonar al personal dependiente o ex dependiente de (Nombre
de la adjudicatario), alcanzados por la cobertura de la presente póliza, ya sea por
accidentes de trabajo sufridos por el hecho o en ocasión del trabajo o en el trayecto
entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo.
La firma adjudicataria deberá presentar ante la Coordinación de Sistemas de
Información de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, una
vez notificado el Contrato, un listado del personal que realizará las tareas indicando
nombre y apellido completo, tipo y número de documento de identidad y domicilio.
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Asimismo antes del comienzo de las actividades deberá presentar copia de los
seguros solicitados en el presente pliego, sin la cual no podrá ingresar el personal al
edificio y predio.
El adjudicatario observará los siguientes requisitos en lo relativo a la totalidad de los
seguros a contratarse:
Las pólizas deberán tener vigencia temporal igual a la duración del contrato,
debiéndose contratar las mismas en compañías de seguros de “reconocida
responsabilidad” a satisfacción de la Agencia.
Todas las pólizas de seguros y comprobantes de pago, serán entregados en las
oficinas de la Coordinación de Sistemas de Información, sito en la Av. Ramos Mejía
1302, PB. Of 30, C.A.B.A., antes de la iniciación de los servicios, debidamente
endosadas, reservándose la agencia el derecho a su verificación.
Los comprobantes de pago de los seguros antes mencionados serán entregados
mensualmente junto con la facturación y los remitos correspondientes.
No se liberará al adjudicatario el pago de ninguna factura, si no se recepcionaran los
seguros correspondientes y los recibos de pagos oficiales extendidos por las
compañías aseguradoras.
No se admitirán auto seguro.
En todos los casos, la Agencia figurará como coasegurado en las correspondientes
pólizas.
La actualización de las sumas aseguradas deberá ser igual a los ajustes
contemplados en el contrato respectivo.
Este Organismo no admitirá interrupción del servicio por vacaciones u otras causas,
debiéndose realizar la atención del mismo en forma permanente.
De suscitarse huelgas y/o conflictos parciales o totales, o cualquier otra situación
con el personal empleado por el Adjudicatario, será obligación de éste procurar una
solución en un plazo no mayor de CUARENTA Y OCHO (48) horas, a partir del
momento en que este organismo labre un acta, para documentar la situación
creada, en caso contrario se podrá decidir, por ese solo hecho, la rescisión del
contrato.
Todo lo hallado dentro del Área donde desarrolle sus actividades el adjudicatario,
tanto por él mismo o su personal, deberá ser entregado a la Coordinación de
Sistemas de Información.
El personal vestirá obligatoriamente durante todo el período de labor sin excepción,
uniforme adecuado con tipo de tareas que cumple, debiendo usarlo perfectamente
limpio y cerrado.
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El adjudicatario no podrá emplear menores de DIECIOCHO (18) años para la
realización del trabajo.
La firma adjudicataria asumirá todas las responsabilidades y obligaciones inherentes
y derivadas de la relación laboral con su personal, con todas sus consecuencias y
serán por su exclusiva cuenta todos los actos que ocasione la ejecución del servicio,
incluyendo jornales, aguinaldos, aportes, indemnizaciones pertinentes por
accidentes de trabajo, muerte, incapacidad total o parcial, despido ya sea justificado
o no, vacaciones, preaviso, salarios caídos o cualquier otra que corresponda o que
se encuentre establecida actualmente o que se fije en el futuro, sin exclusión alguna
y responderá directamente por los actos u omisiones de su personal, de cualquier
índole que sea y que causaren perjuicio a la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO y/o terceros cuales quiera sea su naturaleza.
El adjudicatario será responsable de los daños y/o perjuicios que por causas
imputables a él o a sus dependientes y en ocasión del servicio, pudieran sufrir los
bienes del organismo , el personal de la misma y sus bienes y/o terceros y sus
bienes.
Asimismo será responsable por la desaparición, suspensión, robo, hurto y daños
intencionales y/o accidentales a objetos del organismo y/o su personal, como así
también por los hechos que dañen al edificio y/o a las instalaciones en sí.
ARTICULO 13º GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO:
El adjudicatario deberá integrar la garantía de cumplimiento del contrato, equivalente
al DIEZ POR CIENTO (10%) del precio total del contrato, a través de cualquiera de
los medios previstos en el artículo 39 del Anexo I -Pliego Único de Bases y
Condiciones Generales-, aprobado por el artículo 1º de la Disposición de la OFICINA
NACIONAL DE CONTRATACIONES del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N°
63/2016 , dentro del término de CINCO (5) días de recibida la Orden de Compra.
Vencido dicho plazo, en caso de incumplimiento, se intimará al adjudicatario para su
presentación otorgándose un nuevo plazo igual que el original. En caso de no
integrarse, se rescindirá el contrato y se deberá intimar al pago del importe
equivalente al valor de la mencionada garantía.
ARTÍCULO 14: LUGAR DE ENTREGA.
La entrega y la instalación de los equipos y elementos se realizará en la
COORDINACIÓN DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN de la AGENCIA DE
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ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, sita en Av. Dr. J. M. Ramos Mejía
1302 - Oficina Nº 30 - (CABA). Su coordinación deberá efectuarse comunicándose al
teléfono Nº 4318-3668, en el horario de 10:00 a 17:00.
ARTÍCULO 15: PLAZO DE ENTREGA, INSTALACIA Y VIGENCIA DEL SERVICIO
DE SOPORTE.
La totalidad de los equipos y elementos solicitados deberán ser entregados,
instalados y estar en condiciones de uso conforme a los fines de la contratación en
el menor tiempo posible dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos posteriores
a la notificación de la respectiva Orden de Compra.
El servicio de soporte al que se refiere el renglón 6 será por un periodo de TREINTA
Y SEIS (36) meses contados a partir de la puesta en marcha de los equipos con
opción a prorroga por DOCE (12) meses adicionales.
ARTÍCULO 16: JURISDICCIÓN Para toda divergencia relacionada con la presente compulsa, las partes se
someterán voluntariamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales en lo
Contencioso Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con renuncia
expresa de cualquier otro fuero o Jurisdicción que les pudiera corresponder.
ARTÍCULO 17: PENALIDADES.
Este organismo no admitirá ningún tipo de reclamo por desconocimiento del Pliego.
Asimismo, de resultar pertinente, se podrán aplicar al oferente las siguientes
penalidades según queda establecido en el Artículo 29 del Decreto Nº 1023/01 y sus
modificaciones y complementarios en los incisos a, b, c y d del Artículo 102 del
Decreto Nº 1030/16.
Pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta.
Pérdida de la garantía de cumplimiento de contrato.
Multa por mora en el cumplimiento de sus obligaciones.
“2017-Año de las Energías Renovables”
16
Rescisión por su culpa.
ARTÍCULO 18: RECEPCIÓN DEFINITIVA.
La COMISIÓN DE RECEPCIÓN DEFINITIVA, junto con personal de la Unidad
Requirente, recibirán los bienes y servicios con carácter provisional y los recibos o
remitos que se firmen quedaran sujetos a la conformidad de la recepción definitiva.
La Unidad Requirente asimismo emitirá un informe, dentro del plazo de CINCO (5)
días hábiles de la recepción provisoria, en el cual dejará constancia si los bienes o
servicios recibidos oportunamente cumplen con lo solicitado, el que será remitido a
la COMISIÓN DE RECEPCIÓN DEFINITIVA.
De cumplirse satisfactoriamente dichas verificaciones, junto con las que realice la
COMISIÓN DE RECEPCIÓN DEFINITIVA, se procederá a extender el Certificado de
Recepción Definitiva por parte de la COMISIÓN DE RECEPCIÓN DEFINITIVA,
debiendo remitir esa documentación al área designada para recibir las facturas de
los adjudicatarios.
Definitiva: La COMISIÓN DE RECEPCIÓN DEFINITIVA se expedirá, mediante el
certificado respectivo, dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles contados a partir
de la recepción provisoria, una vez cotejada la adecuación de los bienes y/o
servicios con lo estipulado en la Orden de Compra.
En cuanto al servicio de soporte técnico se emitirá un informe por parte de la Unidad
Requirente a efectos de dejar constancia de que el servicio se haya cumplido con lo
estipulado. Dicho informe será expedido al cabo de finalizado el contrato.
ARTÍCULO 19: FORMAS DE PAGO, MODO Y LUGAR DE LA PRESENTACIÓN
DE LAS FACTURAS.
Las facturas serán presentadas, una vez recibido el correspondiente certificado
de recepción definitiva por parte de la Comisión de Recepción de Bienes y
“2017-Año de las Energías Renovables”
17
Servicios, en ORIGINAL en la Agencia, siendo el lugar de entrega en la Mesa de
Entrada y Despacho General de la AABE sita en Av. Dr. J.M. Ramos Mejía 1302,
PB, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 9:00 a 16:45 hs.
Los sujetos alcanzados por la Resolución General AFIP Nº 2853/2010, modificada
por la Resolución General AFIP Nº 2939/2010 y Resolución General AFIP Nº
2973/2010, tienen la obligación de presentar factura electrónica a la siguiente
dirección de correo electrónico: [email protected]
Las facturas, que serán “B” o “C”, deberán expresar la leyenda siguiente: “Esta
factura, en su precio final, contiene de I.V.A. la suma de $...........”. En caso de
productos gravados con distintas alícuotas deberán indicarse las mimas.
Además deberá tenerse en cuenta el Tratamiento Fiscal enunciado en el Artículo N°
6 del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Los pagos serán efectuados, en Pesos, dentro del plazo de TREINTA (30) días
corridos, contados a partir de la conformación de la factura.
Los pagos del TESORO NACIONAL, se efectuarán conforme a las disposiciones
que a tales fines determine la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE
HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS.
Información de cuenta bancaria: A los efectos de percibir el pago por los bienes y
servicios entregados, el adjudicatario deberá informar su número de cuenta
Bancaria en moneda nacional, corriente o de ahorro, la que deberá hallarse abierta
en alguno de los bancos adheridos al sistema, autorizados a operar como agente
pagador, que se indican a continuación:
1. BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A.
2. BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA
3. BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
4. ICBC ARGENTINA S.A.
“2017-Año de las Energías Renovables”
18
5. CITIBANK N.A.
6. BBVA BANCO FRANCES S.A.
7. BANCO DE CORDOBA S.A.
8. BANCO SUPERVIELLE S.A.
9. BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES
10. BANCO PATAGONIA S.A.
11. BANCO HIPOTECARIO S.A.
12. BANCO SAN JUAN S.A.
13. BANCO DEL TUCUMÁN S.A.
14. BANCO SANTANDER RIO S.A.
15. BANCO DEL CHUBUT S.A.
16. BANCO PROVINCIA DEL NEUQUÉN S.A.
17. HSBC BANK ARGENTINA S.A
18. BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADO
19. BANCO DE VALORES S.A.
20. BANCO ITAÚ ARGENTINA S.A.
21. BANCO PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO
22. BANCO MACRO S.A.
23. NUEVO BANCO DEL CHACO S.A.
24. BANCO DE FORMOSA S.A.
25. NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A.
26. NUEVO BANCO DE ENTRE RÍOS S.A.
Dado que los pagos que realiza el Tesoro se efectúan mediante acreditación en la
cuenta bancaria informada por el proveedor, el cumplimiento de este requisito es
necesario para percibir los pagos a los que resulte acreedor.
ALTA DE BENEFICIARIO: Para resultar adjudicatario el oferente deberá estar dado
de alta en el Padrón Único de Entes del SISTEMA DE INFORMACIÓN FINANCIERA
que administra el MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PUBLICAS, de
onformidad con lo dispuesto por la Disposición Nº 40 de la CONTADURÍA
GENERAL DE LA NACIÓN y Nº 19 de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN
“2017-Año de las Energías Renovables”
19
de fecha 8 de julio de 2010, ambas de la citada cartera de Estado, o las que en el
futuro las reemplacen
Quienes no posean número de beneficiario, deberán solicitarlo en la Dirección de
Contabilidad, Presupuesto y Finanzas, a la siguiente dirección de correo electrónico:
ARTÍCULO 20: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LA CONTRATACIÓN.
En caso de discrepancia entre las especificaciones técnicas indicadas en el
Pliego COMPR.AR y las del presente Artículo, se deberán tener en cuenta
como válidas, las detalladas en este último.
RENGLON Nº1:
Conmutador Ethernet de Borde (Acceso/Distribución) Administrable
Concentrador Switch Ethernet / Fast Ethernet / Gigabit Ethernet con conexión a
backbone de 1 ó 10 Gigabit Ethernet, marca Hewlett Packard modelo HPE
OfficeConnect 1920 24G PoE+ 370w o superior (Cantidad 4), con las siguientes
características:
Switch concentrador para conmutación de tramas Ethernet, que incluye
servicios de red de capa 2 y 3 (network layer 2 y 3).
Deberá incluir los accesorios necesarios para montar en racks estándar
de 19”.
Compatibilidad mínima: Ethernet IEEE 802.3, Fast Ethernet IEEE
802.3u, Gigabit Ethernet en cobre (IEEE 802.3ab), Gigabit Ethernet en fibra
(IEEE 802.3z) y 10 Gigabit Ethernet (IEEE 802.3ae).
Cada unidad deberá ser entregada con 1 (uno) juego de manuales de
configuración de hardware y software. Estos manuales podrán ser entregados
en formato papel o mediante medios de almacenamiento digitales.
“2017-Año de las Energías Renovables”
20
Los equipos deberán ser alimentados de 220 V - 50 Hz, monofásico con
toma de 3 patas planas, sin necesidad de requerir un transformador adicional.
CONECTIVIDAD
Tipo y cantidad mínima de puertos de entrada/concentración:
Tipo de puerto Cantidad mínima
Gigabit Ethernet 10/100/1000BaseT autosensing
(RJ45) 24
En caso de que el acceso a la interfaz física de cualquiera de los puertos
sea implementada mediante transceptores enchufables, los mismos deberán
ser del tipo GBIC, mini-GBIC/SFP o similar.
Todos los puertos de cobre 10/100BaseT ó 10/100/1000BaseT deberán
soportar la característica Auto-MDIX, es decir el conector deberá ajustar
automáticamente su funcionamiento sin importar si se enchufa un cable directo
o uno cruzado.
Para modo full dúplex los puertos deberán soportar control de flujo
mediante IEEE 802.3X.
Todos los puertos en cobre (RJ45) deberán incluir la característica PoE
(Power Over Ethernet) IEEE 802.3af con por lo menos 15,4 W por boca.
La funcionalidad PoE para los puertos de cobre (RJ45) deberá ser
concurrente, es decir, el equipo deberá ser capaz de alimentar la totalidad de
los puertos solicitados de manera simultánea, aun cuando para cumplir con
este requerimiento se deba agregar fuentes de alimentación adicionales o de
mayor potencia.
Puertos de uplink/salida:
Tipo de puerto (sólo se puede elegir un tipo) Cantidad mínima
“2017-Año de las Energías Renovables”
21
1 GigaBase-LC (hasta 10km en fibra
monomodo) 2
RENDIMIENTO
Soporte de al menos 4000 address MAC de red por stack de switches.
Deberá tener una capacidad de conmutación de paquetes (Layer 2) no
inferior a la suma de los anchos de banda de todos los puertos solicitados,
considerando que los mismos están funcionando en modo full-dúplex. Para los
cálculos se considerará que cada puerto Gigabit Ethernet requiere un ancho de
banda de 2 Gbps.
FUNCIONALIDADES DE CAPA 2 y 3
Capacidad de soportar definición de dominios de broadcast VLANs
(Virtual LANs) en cualquier puerto según IEEE 802.1 p/Q o por reglas de
asignación por port y address MAC.
El número de Virtual LANs a soportar deberá ser igual o superior a 512.
Capacidad de efectuar Routing entre Virtual LANs.
Soporte de IEEE802.1ad QinQ (transporte de VLANs locales sobre
VLANs externas).
Soporte de Spanning Tree Protocol según IEEE 802.1D y Rapid
Spanning Tree Protocol según IEEE 802.1w.
Soporte de Multiple Spanning Tree Protocol según IEEE 802.1s para
mejorar la eficiencia de convergencia en entornos VLAN.
Soporte de ruteo estático.
Soporte de “Router Information Protocol”, RIPv1, RIPv2.
Soporte de ruteo avanzado mediante OSPFv2 (IPv4) y OSPFv3 (IPv6)
(“Open Shortest Path First”).
Soporte de multidifusión mediante protocolo IGMPv2 o superior (“Internet
Group Management Protocol”) de acuerdo al RFC-2236, y soporte de PIM
(“Protocol Independent Multicast”) en modos “sparse” (SM) y “dense” (DM).
“2017-Año de las Energías Renovables”
22
MANEJO DE QoS (Calidad de Servicio):
Deberá poseer al menos 4 colas de priorización de tráfico por puerto, y al
menos una de las colas deberá tener prioridad absoluta en la conmutación de
su tráfico por sobre todas las demás, esto es, mientras esta cola tenga tráfico
en espera, no podrá procesarse ninguna otra cola.
Permitirá el manejo de políticas de QoS con criterios asignables sobre
layer 2 y 3 (mínimo).
Deberá soportar IEEE 802.1p/Q para clasificación y priorización de
tráfico, IP ToS y DiffServ.
Deberá poder realizar mapeos 802.1p/Q a DiffServ/ToS y DiffServ/ToS a
802.1p/Q.
En cada puerto deberá aceptar la conmutación de tráfico clasificado
(TAG) aunque sin rechazar otros tráficos no clasificados (UNTAG), a fin de
permitir la conexión de un teléfono IP y una PC en un mismo puerto.
SEGURIDAD DE ACCESO
Soporte de autenticación IEEE 802.1x
Soporte de autenticación múltiple (multi-host) IEEE 802.1x
Soporte de administración encriptada mediante SNMPv3, SSL o SSH.
Manejo de Listas de Control de Acceso (ACL) sobre layer 2 a 3
(mínimo).
ADMINISTRACIÓN
Agente SNMP según RFC 1157 que permita monitorear el estado y el
tráfico del dispositivo en forma remota desde entorno Windows / X Windows.
Soporte de MIB II según RFC 1213.
Se deberán proveer en un medio extraíble todos los bloques de
información de management (MIBs) necesarios.
“2017-Año de las Energías Renovables”
23
Capacidad de soportar al menos 4 grupos de RMON.
Almacenamiento de sistema operativo y configuración en memoria Flash
reescribible. Capacidad de actualización por medio de protocolo FTP según
RFC 959 o TFTP según RFC 1350 (cliente y servidor). El sistema deberá
permitir actualizaciones de software en línea sin necesidad de interrumpir su
funcionamiento.
Servicio de configuración por medio de consola remota Telnet según
RFCs 854/855 sobre transporte TCP/IP según RFCs 793/791.
RENGLON Nº2:
Conmutador Ethernet de Borde (Acceso/Distribución) Administrable
Concentrador Switch Ethernet / Fast Ethernet / Gigabit Ethernet con conexión a
backbone de 1 ó 10 Gigabit Ethernet, marca Hewlett Packard modelo HPE
OfficeConnect 1920 48G PoE+370w o superior (Cantidad 9), con las siguientes
características:
Switch concentrador para conmutación de tramas Ethernet, que incluye
servicios de red de capa 2 y 3 (network layer 2 y 3).
Deberá incluir los accesorios necesarios para montar en racks estándar
de 19”.
Compatibilidad mínima: Ethernet IEEE 802.3, Fast Ethernet IEEE
802.3u, Gigabit Ethernet en cobre (IEEE 802.3ab), Gigabit Ethernet en fibra
(IEEE 802.3z) y 10 Gigabit Ethernet (IEEE 802.3ae).
Cada unidad deberá ser entregada con 1 (uno) juego de manuales de
configuración de hardware y software. Estos manuales podrán ser entregados
en formato papel o mediante medios de almacenamiento digitales.
Los equipos deberán ser alimentados de 220 V - 50 Hz, monofásico con
toma de 3 patas planas, sin necesidad de requerir un transformador adicional.
CONECTIVIDAD
Tipo y cantidad mínima de puertos de entrada/concentración:
“2017-Año de las Energías Renovables”
24
Tipo de puerto Cantidad mínima
Gigabit Ethernet 10/100/1000BaseT autosensing
(RJ45) 48
En caso de que el acceso a la interfaz física de cualquiera de los puertos
sea implementada mediante transceptores enchufables, los mismos deberán
ser del tipo GBIC, mini-GBIC/SFP o similar.
Todos los puertos de cobre 10/100BaseT o 10/100/1000BaseT deberán
soportar la característica Auto-MDIX, es decir el conector deberá ajustar
automáticamente su funcionamiento sin importar si se enchufa un cable directo
o uno cruzado.
Para modo full dúplex los puertos deberán soportar control de flujo
mediante IEEE 802.3X.
Todos los puertos en cobre (RJ45) deberán incluir la característica PoE
(Power Over Ethernet) IEEE 802.3af con por lo menos 15,4 W por boca.
La funcionalidad PoE para los puertos de cobre (RJ45) deberá ser
concurrente, es decir, el equipo deberá ser capaz de alimentar la totalidad de
los puertos solicitados de manera simultánea, aun cuando para cumplir con
este requerimiento se deba agregar fuentes de alimentación adicionales o de
mayor potencia.
Puertos de uplink/salida:
Tipo de puerto (sólo se puede elegir un tipo) Cantidad mínima
1 GigaBase-LC (hasta 10km en fibra
monomodo) 2
“2017-Año de las Energías Renovables”
25
RENDIMIENTO
Soporte de al menos 4000 address MAC de red por stack de switches.
Deberá tener una capacidad de conmutación de paquetes (Layer 2) no
inferior a la suma de los anchos de banda de todos los puertos solicitados,
considerando que los mismos están funcionando en modo full-dúplex. Para los
cálculos se considerará que cada puerto Gigabit Ethernet requiere un ancho de
banda de 2 Gbps.
FUNCIONALIDADES DE CAPA 2 y 3
Capacidad de soportar definición de dominios de broadcast VLANs
(Virtual LANs) en cualquier puerto según IEEE 802.1 p/Q o por reglas de
asignación por port y address MAC.
El número de Virtual LANs a soportar deberá ser igual o superior a 512.
Capacidad de efectuar Routing entre Virtual LANs.
Soporte de IEEE802.1ad QinQ (transporte de VLANs locales sobre
VLANs externas).
Soporte de Spanning Tree Protocol según IEEE 802.1D y Rapid
Spanning Tree Protocol según IEEE 802.1w.
Soporte de Multiple Spanning Tree Protocol según IEEE 802.1s para
mejorar la eficiencia de convergencia en entornos VLAN.
Soporte de ruteo estático.
Soporte de “Router Information Protocol”, RIPv1, RIPv2.
Soporte de ruteo avanzado mediante OSPFv2 (IPv4) y OSPFv3 (IPv6)
(“Open Shortest Path First”).
Soporte de multidifusión mediante protocolo IGMPv2 o superior (“Internet
Group Management Protocol”) de acuerdo al RFC-2236, y soporte de PIM
(“Protocol Independent Multicast”) en modos “sparse” (SM) y “dense” (DM).
MANEJO DE QoS (Calidad de Servicio):
“2017-Año de las Energías Renovables”
26
Deberá poseer al menos 4 colas de priorización de tráfico por puerto, y al
menos una de las colas deberá tener prioridad absoluta en la conmutación de
su tráfico por sobre todas las demás, esto es, mientras esta cola tenga tráfico
en espera, no podrá procesarse ninguna otra cola.
Permitirá el manejo de políticas de QoS con criterios asignables sobre
layer 2 y 3 (mínimo).
Deberá soportar IEEE 802.1p/Q para clasificación y priorización de
tráfico, IP ToS y DiffServ.
Deberá poder realizar mapeos 802.1p/Q a DiffServ/ToS y DiffServ/ToS a
802.1p/Q.
En cada puerto deberá aceptar la conmutación de tráfico clasificado
(TAG) aunque sin rechazar otros tráficos no clasificados (UNTAG), a fin de
permitir la conexión de un teléfono IP y una PC en un mismo puerto.
SEGURIDAD DE ACCESO
Soporte de autenticación IEEE 802.1x
Soporte de autenticación múltiple (multi-host) IEEE 802.1x
Soporte de administración encriptada mediante SNMPv3, SSL o SSH.
Manejo de Listas de Control de Acceso (ACL) sobre layer 2 a 3
(mínimo).
ADMINISTRACIÓN
Agente SNMP según RFC 1157 que permita monitorear el estado y el
tráfico del dispositivo en forma remota desde entorno Windows / X Windows.
Soporte de MIB II según RFC 1213.
Se deberán proveer en un medio extraíble todos los bloques de
información de management (MIBs) necesarios.
Capacidad de soportar al menos 4 grupos de RMON.
“2017-Año de las Energías Renovables”
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Almacenamiento de sistema operativo y configuración en memoria Flash
reescribible. Capacidad de actualización por medio de protocolo FTP según
RFC 959 o TFTP según RFC 1350 (cliente y servidor). El sistema deberá
permitir actualizaciones de software en línea sin necesidad de interrumpir su
funcionamiento.
Servicio de configuración por medio de consola remota Telnet según
RFCs 854/855 sobre transporte TCP/IP según RFCs 793/791.
RENGLON Nº3:
Instalación, Configuración, Puesta en Marcha
Deberá contemplar los siguientes aspectos: Instalación, implementación y Puesta en
Marcha.
La instalación, implementación y puesta en marcha del equipamiento ofertado en los
Renglones 1 y 2 y deberá ser realizada por el fabricante o el personal certificado por
el fabricante para dicho producto y previa acreditación de ello.
Implementación Renglón 1 y 2
Desembalaje de los equipos
Instalación de los equipos en los Racks, ubicados en diferentes
plantas del edificio, siguiendo indicaciones por personal de AABE.
Conexionado de los equipos según la topología especificada por
AABE.
Configuración de IP, Mascara de Red, Puerta de enlace de los
Switches, designado por personal de AABE.
Configuración de hasta 10 Vlans.
Configuración de Puerto, gestión de tráfico, Accesos
En los casos que sea necesario el oferente deberá proveer e instalar un Gabinete
de Telecomunicaciones.
“2017-Año de las Energías Renovables”
28
1. Gabinetes de Telecomunicaciones
Se instalarán en los pisos acorde a los planos adjuntos en el Anexo I La cantidad de
armarios deberá fijarse en función de las restricciones aportadas por la normativa
general que rige el cableado, debiéndose en todo momento cumplirse con el requisito
de expansibilidad y crecimiento dentro de la misma norma.
Los gabinetes deberán cumplir con los lineamientos detallados en el Código ETAP
LAN-031 – “Gabinete Mural Estándar (Racks)” con sus opcionales considerando un
margen de tolerancia sobre las especificaciones de +/- un 10%.
Deberá preverse la continuidad de la conexión de tierra desde el distribuidor general a
cada uno de los armarios de distribución. El modelo de gabinete a utilizar por la
contratista deberá contar con la aprobación del comitente en forma previa a su
instalación.
El armario de distribución y sus elementos se deberán dimensionar de modo de
posibilitar la intercalación de equipos de pruebas y mediciones, sin modificar la
instalación existente.
2. Especificación Técnica - LAN-031-00 Gabinete Mural Estándar (Racks)
3. Cantidad 4 (Cuatro)
Esta sección provee el detalle técnico del recurso tecnológico definido en la
descripción del estándar.
Detalle Técnico / Funcional
Serán gabinetes cerrados con las siguientes características:
Contendrán racks metálicos normalizados de 19 pulgadas de tipo profesional.
“2017-Año de las Energías Renovables”
29
a) La estructura principal deberá ser de chapa de acero de 1,5 mm
de espesor como mínimo, con estructuras laterales desmontables de
chapa de acero de 0,8 mm de espesor como mínimo, con puertas con
cerradura de seguridad.
b) La terminación superficial de las partes metálicas será fosfatizado
y esmalte horneado texturado.
c) Tipo de puerta:
Delantera
Microperforada
d) Las medidas mínimas de los gabinetes serán:
altura de:
450 mm
profundidad útil de:
500 mm
“2017-Año de las Energías Renovables”
30
e) Los rieles laterales presentarán agujeros roscados o provistos de
tuercas imperdibles para el montaje de materiales y equipos desde el
acceso frontal.
f) Las puertas serán abisagradas, pudiendo las bisagras ser fijadas
para apertura a derecha o izquierda a 180º.
g) Deberá preverse la continuidad de la conexión de tierra desde el
distribuidor general a cada uno de los armarios de distribución.
h) Los gabinetes dispondrán de:
Alimentación eléctrica de 220 V: Se dispondrá de un tablero con llave térmica
y 4 tomacorrientes.
Toma a tierra eléctrica: El gabinete deberá disponer de una toma de tierra,
conectada a la tierra general de la instalación eléctrica, para efectuar las
conexiones de todo el equipamiento.
Acometida de la montante desde:
La tapa inferior
DEBERÁ CONTAR CON LOS SIGUIENTES OPCIONALES:
Ventilación Forzada
Superior
Bastidor pivotante
RENGLON Nº4:
Controladora Redundante para Switch Modular Hewlett-Packard H3C A7503
(Cantidad 1)
“2017-Año de las Energías Renovables”
31
Provisión, instalación y configuración de controladora P/N HPE 7500 384Gbps Fab
Mod w/12 SFP Ports (PN: JD224D), para chasis HP H3C A7503, ubicado en el Centro
de Cómputos que posee la Agencia en sus oficinas centrales.
Dicha controladora deberá ser configurada en modo HA (High Availability o alta
disponibilidad) activo-activo.
RENGLON Nº5:
Cableado en Fibra Óptica de 5 Equipos de Borde a Core
Serán en Fibra óptica del tipo:
Cantidad 3 (TRES): 1 Gigabit Ethernet monomodo de cuatro (4) pelos
o más. El cableado vertical/horizontal (para interconexión de Switch de Core
y Borde) se construirá con fibra óptica monomodo para Gigabit Ethernet
(1000BaseLX), según las especificaciones de cableado en fibra óptica
EIA/TIA 568-B.3. La fibra deberá ser del tipo exterior anti-roedor. Los
extremos de los cables de Fibra Óptica deberán ser terminados en
conectores tipo LC macho de ambos extremos.
Cantidad 3 (TRES): 1 Gigabit Ethernet multimodo de dos (2) pelos o
más. El cableado vertical/horizontal (para interconexión de Switch de Core y
Borde) se construirá con fibra óptica multimodo para Gigabit Ethernet
(1000BaseSX), según las especificaciones de cableado en fibra óptica
EIA/TIA 568-B.3. Los extremos de los cables de Fibra Óptica deberán ser
terminados en conectores tipo LC macho de ambos extremos.
Los trabajos deberán ser realizados bajo la especificación del estándar para la
administración pública ETAP MP 09 - ´Pliego´ Cableado Estructurado ETAP V22.0
(Modelo 9)1.
El tendido de las fibras ópticas deberá ser realizado acorde a planos adjuntos en el
Anexo I.
“2017-Año de las Energías Renovables”
32
Renglón Nº6:
Servicio de Soporte
GARANTIA
1. Los adjudicatarios deberán proveer, a partir de la fecha de recepción de los
bienes y por el período mínimo de treinta y seis (36) meses, un servicio de
garantía integral (partes, mano de obra y reemplazo inmediato de partes
dañadas) para todo el hardware ofertado (entendiéndose por “recepción” no su
simple entrega, sino instalados y funcionando debiendo extenderse la
correspondiente constancia con indicación de lugar, fecha y firma del funcionario
receptor), con atención en el lugar de instalación incluyendo repuestos y mano
de obra.
2. La garantía de funcionamiento y el servicio técnico de mantenimiento será
integral, es decir que comprenderá el servicio de reparación con provisión de
repuestos y/o cambio de las partes que sean necesarias sin cargo alguno para
el organismo. El proveedor garantizará que el servicio técnico será brindado
por personal especializado de la empresa fabricante de los productos ofrecidos,
o en su defecto por su propio plantel especializado el que deberá estar
debidamente autorizado por los fabricantes de los productos ofrecidos.
3. Los equipos deberán ser reparados on site.
4. Cuando la magnitud de la avería requiera el traslado del equipamiento para
su reparación en laboratorio, el mismo será por cuenta y responsabilidad del
adjudicatario y no generará ningún costo adicional para el organismo. Solo se
aceptará que los equipos sean retirados para su reparación si previamente:
El proveedor los reemplaza por otro equipo de características
iguales ó superiores, y
El organismo autoriza en forma explícita el retiro de los
equipos.
“2017-Año de las Energías Renovables”
33
5. Se deberá incluir un centro de soporte con los siguientes niveles de atención:
Call Center: Recepción de Solicitud, Apertura de Ticket y primer
contacto con el cliente para re-direccionar al tipo de asistencia
requerida.
Nivel 1: Primera Asistencia, estas deberán cubrir consultas por
incidencias básica.
Nivel 2: Técnico calificado para asistencia técnica y resolución
de avería
Nivel 3: Gestión de avería al fabricante, cuando se tratase de
un error de hardware, es decir contacto, apertura de ticket del
fabricante, seguimiento y resolución.
Una vez subsanada la intervención, tendrá que enviar jun
documento detallado, indicando desde la apertura del ticket, “niveles
de asistencia utilizado, descripción de avería, tiempo de resolución y
cuál fue la solución”
Formas de solicitar servicio de asistencia:
Vía telefónica a través del 0800 o similar
Vía mail.
6) El soporte técnico deberá perimitir que los técnicos de la Coordinación de
Sistemas de Información efectúen consultas técnicas y registren incidentes al
proveedor. No habrá límite en la cantidad de consultas y/o solicitudes. Incluye:
7) Consultas al proveedor por el uso de la herramienta.
8) Registro de incidentes.
Un incidente puede corresponder a uno de los siguientes tipos de criticidad:
CRITICIDAD DESCRIPCIÓN
1 - Crítico Problemas o error que no permite utilizar el producto y tiene un
impacto crítico en el negocio del cliente
“2017-Año de las Energías Renovables”
34
2 - Urgente
Problema o error que dificulta, pero no impide la utilización del
producto, pero que tiene un impacto significativo en el negocio del
cliente.
3 - Importante Problema o error que no tiene un impacto significativo en la
utilización del producto
4 - Normal Problema o error que no tiene impacto en la utilización el
producto.
Tiempo de respuesta a aviso:
El proveedor dispone de diferentes plazos en función de la criticidad, según se
detalla en la siguiente tabla:
CRITICIDAD TIEMPO MÁXIMO
DE RESPUESTA
1 – Crítico 1 día hábiles
2 – Urgente 3 día hábiles
3 - Importante 5 día hábiles
4 – Normal 10 día hábiles
Una vez superado los plazos establecidos para el tiempo máximo de respuesta se
aplicara una multa de acuerdo a la siguiente tabla y le nivel de criticidad del
incidente:
CRITICIDAD PENALIDAD
1 – Crítico Se aplicará una multa del CERO COMA CINCO (0,5) POR CIENTO del
valor de lo satisfecho fuera de término por cada DIEZ (10) días hábiles de
atraso o fracción mayor de CINCO (5) días hábiles contando desde el día
que el plazo establecido fue superado.
2 – Urgente Se aplicará una multa del CERO COMA CINCO (0,3) POR CIENTO del
valor de lo satisfecho fuera de término por cada DIEZ (10) días hábiles de
atraso o fracción mayor de CINCO (5) días hábiles contando desde el día
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que el plazo establecido fue superado.
3 - Importante Se aplicará una multa del CERO COMA CINCO (0,2) POR CIENTO del
valor de lo satisfecho fuera de término por cada DIEZ (10) días hábiles de
atraso o fracción mayor de CINCO (5) días hábiles contando desde el día
que el plazo establecido fue superado.
4 – Normal Se aplicará una multa del CERO COMA CINCO (0,1) POR CIENTO del
valor de lo satisfecho fuera de término por cada DIEZ (10) días hábiles de
atraso o fracción mayor de CINCO (5) días hábiles contando desde el día
que el plazo establecido fue superado.
LÍMITE A LA APLICACIÓN DE MULTAS DESCRIPTAS EN EL PARRAFO
ANTERIOR. En ningún caso las Multas podrán superar el DIEZ POR CIENTO (10%)
del valor del contrato.
9)El oferente deberá prever la prestación del servicio técnico. El oferente deberá
acreditar que es agente oficial autorizado de la marca, distribuidor oficial de la
marca o importador mayorista de la marca para la República Argentina.
10) El servicio comprenderá todas aquellas tareas de mantenimiento preventivas,
predictivas y correctivas necesarias para el normal funcionamiento de los equipos,
con la presencia activa del servició técnico especializado designado para tal fin.
11)El servicio técnico ofrecido deberá tener una cobertura en el ámbito nacional.
13) La resolución de los problemas de Servicio Técnico deberá ser inmediata o
en un lapso NO mayor al fin del siguiente día hábil, con atención de 9,00 a 17,00
horas de lunes a viernes (5x8). Para los casos en que el Servicio Técnico estime
que el equipo pueda permanecer inactivo por más de UN (1) día, el adjudicatario
deberá proceder a instalar en su reemplazo un equipo sustituto de las iguales
características previa comunicación a la COORDINACION DE SISTEMAS DE
INFORMACION de la referida situación.
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14) Una vez concluida cada reparación, el técnico asignado deberá extender un
comprobante, en el cual constará día y hora de solicitud de servicio y de puesta
en funcionamiento del equipo, como así también detalle de los trabajos
realizados. Este comprobante una vez firmado por las áreas de
COORDINACION DE SISTEMAS DE INFORMACION, servirá como conformidad
del cumplimiento de la citada reparación.
II. ESTADO DE LOS BIENES:
Los bienes ofrecidos serán nuevos, sin uso, aptos para el fin para el cual son
adquiridos.
III. VENCIMIENTO DE LOS BIENES:
El servicio técnico y la garantía sobre los bienes adjudicados tendrán una validez de
uso que se extenderá hasta los TREINTA Y SEIS (36) meses a contar desde la
fecha de entrega, con opción a prorroga por DOCE (12) meses adicionales.
Los planos de tendido de dichas conexiones se encuentran en el ANEXO I
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4. ANEXO I
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ANEXO A - CERTIFICADO DE VISITA
El que suscribe:…………………………………………………………………………….
DNI Nº………….…………..………, en su carácter de representante de la
empresa:……………………………………………………………………………...……,
con domicilio real en:
…………..………………………………...……………………………; deja constancia
que en fecha:……..………….…, ha procedido a visitar el inmueble sito en Av.
Ramos Mejía 1302, C.A.B.A., previa coordinación con la COORDINACIÓN DE
SISTEMAS DE INFORMACIÓN, dependiente de la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO habiéndose interiorizado de las
características del mismo, sus dimensiones, las instalaciones existentes y todo otro
aspecto a tener en cuenta, con el propósito de evaluar los trabajos a realizar, objeto
de la Licitación Privada Nº392-0004-LPR17.
Atentamente.
Firma:……………………………………………………………………
Nombres y Apellido:…………………………………………………....
Documento de Identidad:…………..…………………………………..
Empresa Representada:……………………………………………….
Domicilio:…………………………………………………………………
Teléfono Nº……………………………………………………………...
Firma y Aclaración del
Personal de AABE: …………………………………………………
República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional2017 - Año de las Energías Renovables
Hoja Adicional de FirmasPliego Bases Condic. Part.
Número:
Referencia: Pliego - Licitación Privada Nº 392-0004-LPR17
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