licencia de construccion para excavacion y_o relleno
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7/15/2019 Licencia de Construccion Para Excavacion Y_o Relleno
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REMUNI
TR
NOMB
Licencia de Construcci
USUARIOS
Particulares propietarios o poseedores dbienes inmuebles privados
Autoriza a particulares propietarios o postierra consistentes en excavación cuandono constituyan explotación de bancos de
o inmueble con el propósito de nivelar labasura, con el fin de garantizar que estas
REQUI
Formato de solicitud DGDU/SOU/DLC/ y firmado por el solicitante (1) en su calperito. (6)
Documento que acredita la propiedad o Constancia de inscripción del perito e
vigente.(6)
Croquis arquitectónico de la constrdimensiones, áreas correspondientes y
Memoria y programa del proceso exca Dictamen de impacto ambiental cua
ubicación, así lo requiera la Dirección. Propuesta de ruta, cantidad y tipo de v
del material de la excavación, demolici
Nota: El listado de requisitos continúa en lala ho a 3 de esta cédula.
El docum El docum
VIGENCIA DEL DOCUMENTO A
La que se indique en la Lic
ÁREA DONDE SE INICIA
Ventanilla de Atención dValle de Jilotepec # 31 Fraccion
Tel. 53718300 Ext.
CONSULT
ISTROCIPAL DEMITES
FECHA DEACTUALIZACIÓN
MES AÑO
Noviembre 2009
E DEL TRÁMITE
ón para Excavación y/o Relleno
DOCUMENTO A OBTENER
e Licencia
DESCRIPCIÓN
edores de bienes inmuebles privados la realización dse trate de corte y sustracción del volumen de tierra emateriales y/o relleno cuando se trate y adición del v
superficie del terreno y siempre y cuando no constituacciones se sujeten a las disposiciones de ley.
SITOSDOCUME
ORIGI
UT/No. EXP.2009 debidamente requisitadoidad de propietario o poseedor y la firma del
posesión del inmueble. (2) (5) n el Registro Estatal de Desarrollo Urbano,
ucción a escala indicando: localización,tipo de material a utilizar. (6) ación y/o relleno, según corresponda. (6) do por sus características de volumen y
ehículos y lugar de disposición final o bancon o relleno según corresponda.
sección de INFORMACIÓN ADICIONAL, en
nto original se requiere para integrar a expediente.nto original se requiere sólo para cotejo.
OBTENER ANTE EL SILENCIO DE LA
nciaAFIRMATIVA FICTA
Procede
A GESTI N HORARI
e Trámitesmiento el Mirador
1700
09:00Lun
Dí
EL DIRECTORIO INCLUIDO EN ESTE REGISTRO
UNIDADADMINISTRATIVA
CÓDIGO HOJA No.
DGDU07 1 de 4
TIEMPO DE RESPUESTA
30 días hábiles
FORMATO
DGDU/SOU/DLC/AUT/ No.EXP./2009
e trabajos de movimientos den un predio o inmueble y quelumen de tierra en un predio
yan tiraderos de escombro o
NTOS QUE SE REQUIERENNAL COPIA
Una ( * )
UnaUna
Dos
UnaUna
Una
UTORIDAD PROCEDERÁ:
NEGATIVA FICTA
No procede
DE ATENCI N
a 15:00 Hrs.s a vierness hábiles
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AUTORIDAD RESPONSABLE DE RESOLVER UNIDADADMINISTRATIVA
Dirección General de Desarrollo Urbano CÓDIGO HOJA No.
DGDU07 2 de 4
COSTO ÁREA DE PAGO
El estipulado en los artículos 143 y 144 fracción IIinciso c) del Código Financiero del Estado de México y
Municipios
Caja de Tesorería Municipal ubicada en la DirecciónGeneral de Desarrollo Urbano
FUNDAMENTO LEGAL
Artículos 5.36, 5.63 fracciones I y II, 5.65 fracción VI, 5.66 fracción V y 5.67 del Código Administrativo delEstado de México.
Artículos 143, 144 fracción II inciso C) y 146 del Código Financiero del Estado de México y Municipios. Artículos 116, 119 y 135 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. Artículo 2 de las Normas de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ambiental del Plan de Centro de Población
Estratégico de Naucalpan, vigente. Artículos 47 y 96 del Bando Municipal vigente. Artículos 34, 88 primer párrafo, 89 fracción VI y VIII, 91, 92 fracción II, 93, 94, 95, 100, 101, 103, 110, 266 y
Primero Transitorios del Reglamento del Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y DesarrolloUrbano del Municipio de Naucalpan de Juárez, México. Los demás que resulten aplicables.
OBSERVACIONES
Podrá tramitar extemporaneidad cubriendo todos los requisitos y pago de las contribuciones y sus accesorioscorrespondientes.El tiempo de respuesta está sujeto al cumplimiento en su totalidad de todos los requisitos.La expedición de la Licencia, se realizará previo pago de contribuciones y en su caso de los accesorioscorrespondientes.Si se requiere, antes del vencimiento de esta Licencia se podrá solicitar Prórroga a la Licencia de Construcción, o
ELABORÓ VALIDÓ
C. Juan Carlos Maya FuentesAsesor
Arq. Elisa Rubí MárquezDirectora General de Desarrollo Urbano
NOTA IMPORTANTE
Ningún servidor público del H. Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez está facultado para solicitardocumentos adicionales a los requisitos establecidos en esta cédula, ni para requerir pagos por larealización del trámite, distintos a los establecidos en los ordenamientos legales aplicables. Para reportarcualquier anomalía favor de dirigirse a la Contraloría Interna Municipal ubicada en Av. Valle de México No.8, primer piso, Fraccionamiento el Mirador, Naucalpan de Juárez, Estado de México, teléfonos 5371-83-00,5371-84-00 y 5371-99-02 extensión 1536; o bien al servicio QUEJATEL con número telefónico 5360-05-28.
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NOMBRE DEL TRÁMITE UNIDADADMINISTRATIVA
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INFORMACIÓN ADICIONAL
VIENE DE LA PÁGINA 1
COMPLEMENTO DE REQUISITOS (Viene de la hoja 1) DOCUMENTOS QUE SE
REQUIERENORIGINAL COPIA
Acta constitutiva, debidamente inscrita en el Registro Público de laPropiedad y el Comercio. (3)
Poder notarial o carta poder, en caso de designarse representantelegal. (4)
Identificación oficial del propietario o poseedor y del representantelegal, en su caso. Para el efecto la identificación deberá contenerfotografía y firma.
Una
UnaUna
El documento original se requiere para integrar a expediente. El documento original se requiere sólo para cotejo.
NOTAS DE LA SECCIÓN DE REQUISITOS:
(1) Tratándose de personas jurídicas colectivas deberá ser firmada la solicitud por el
representante legal. En caso de que el solicitante no sepa o no pueda firmar, deberá
estampar su huella digital.(2) Escritura pública o contrato privado de compraventa, o cesión de derechos o resolución judicial ante
Notario Público. En su caso la autoridad podrá solicitar la inscripción en el Registro Público de laPropiedad y el Comercio. Para el caso de que se presente contrato de arrendamiento, éste deberá seracompañado de la escritura pública correspondiente que acredite la propiedad del arrendador, inscrita enel Registro Público de la Propiedad y el Comercio.
(3) Tratándose de personas jurídicas colectivas. (4) En caso de que el propietario y/o poseedor del inmueble sujeto a trámite designe a un representante
legal, o cuando se trate de personas jurídicas colectivas se deberá presentar poder notarial o carta poder;ésta última se integrará en original al expediente.
(5) En caso de existir copropiedad sobre el inmueble sujeto a trámite se deberá presentar autorizaciónexpresa de todos los copropietarios y de quien los represente, en original para el expediente.
(6) No se requiere la firma del perito para construcciones menores de 60 m2 o con claros menores de 4metros.
( * ) Para acuse de recibido de la petición.
Cuando el escrito inicial carezca de algún requisito formal o no se adjunten los documentos respectivos serequerirá al promovente para que, en un plazo de tres días, corrija o complete el escrito o exhiba los documentosofrecidos, apercibiéndole de que en caso de no hacerlo, se tendrá por no presentado el escrito o las pruebas,según el caso, artículo 119 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
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INFORMACIÓN ADICIONAL
CONSIDERACIONES PARA EL COBRO:
El pago de créditos fiscales deberá hacerse, previamente a la prestación de los servicios.
El pago de los créditos fiscales se establece considerando los siguientes aspectos:
1. Se deberá considerar el salario mínimo vigente para la zona de Naucalpan de Juárez.2. Se deberán considerar los metros cúbicos de la excavación y/o relleno a autorizar.3. Se deberán determinar el monto de las actualizaciones, recargos y multas que en su caso apliquen.
NOTAS DE LA SECCIÓN DE OBSERVACIONES:
(1) Los trámites que generan el cobro de créditos fiscales y que se realicen en forma
extemporánea, estarán sujetos al factor de actualización y tasa de recargos que determine
La ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México para el Ejercicio Fiscal del
año correspondiente y los demás que resulten aplicables.
(2) No se requerirá licencia de construcción cuando la unidad municipal de protección civil
ordene acciones de construcción o demolición parcial o total, con el único objeto de
salvaguardar a la población en su vida, patrimonio o integridad física, fijando para tal
efecto los lineamientos de tiempo, de ejecución, tipo de materiales así como elprocedimiento constructivo; en términos de lo dispuesto por el artículo 91 segundo
párrafo del Bando Municipal vigente.
(3) No se otorgará Licencia de Construcción respecto a construcciones que se requieran en lotes o prediosque no cuenten con la debida autorización de división del suelo expedida por autoridad competente.Únicamente se otorgará Licencia de Construcción en lotes provenientes de autorizaciones de conjuntosurbanos, subdivisiones, lotificaciones para condominio y sus relotificaciones correspondientes, cuando lasobras de urbanización, equipamiento e infraestructura urbanos hayan sido recibidas en su totalidad, o porzonas o secciones en que se divida el desarrollo, por las autoridades municipales competentes, siempre ycuando cada sistema de infraestructura pueda ponerse en operación inmediatamente sin interferir con elresto de las obras.