leyes
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Ley 9 De 1991 (Ley Marco De Cambio Internacional)
Normas que el gobierno debe cumplir para regular cambios internacionales.
Art1: los cambios internacionales se ejercerán de acuerdo a las leyes.
Art2: promover el desarrollo económico y social.
Art3: las funciones consagradas en este titulo serán ejercidas por el gobierno.
Cap 2
Art 4: el gobierno determinara las distintas operaciones de cambio.
Art 5: las operaciones de cambio podrán regularse por el gobierno.
Art 6: el M/do cambiario estará constituido por la totalidad de las divisas que deben ser transferidas por conductos de los intercambios.
Art 7: libre negociación de divisas
Art 8: el gobierno determinara los intermediarios cambiarios.
Art 9: los ingresos y egresos de las divisa serán reguladas por el gobierno.
Art 10: podrá admitirse la negociación y tendencia de divisas en forma directa.
Art 11: el gobierno deberá buscar su contratación se realice en términos comerciales y que no ocasionen inconvenientes.
Art 12: el banco de la Rep. Se administrara con los criterios de seguridad, con el fin de contribuir al equilibrio del M/do cambiario .
Art 13: la compra de oro sera libre. Art 14: el gobierno podrá contratarse seguros denominados divisas.
Cap 3
Art 15: los capitales del exterior serán fijados por el gobierno.
Art 16: mediante reglas el gobierno determinara cuales PYMES celebran el contrato dentro del país con divisas,
Art 17: autoriza a los residentes en el país a la libre posesión de activos en el exterior
Cap 4
Art 18: los distritos especiales no podrán establecer gravámenes sobre la exportación.
Art 19: contribución cafetera
Art20: derogado.
Art 21: el evento de que opere, se llevara a cabo por medio de la oblación impuesta a todo exportador.
Art 22: los ingresos de la moneda extranjera que proviene de las Expo. Del café se reintegraran al banco de la rep.
Art 24: el gobierno le informara a la rep. Sobre el presupuesto del fondo nacional del café.
Art 25: todo Expo. De café se debe registrar ante icomex.
Art 26: las compras que realice la federación nacional de café se señalaran por un comité.
Art 27: las personas naturales podrán efectuar operaciones de cobertura en los M/dos internacionales.
Art 28: las divisas se cambiaran a moneda nacional.
Art 29: derogado
Art 31: las personas que manejan las divisas podrán comprar tirulos de deuda externa en la oficina del banco de la rep.
Art 32: facultades extraordinarias.
Art 33: el gobierno podrá celebrar que efectúen.
Art 34: las normas de esta ley que no requieran desarrollo serán aplicables a las operaciones de cambio
Art 35: vigencia
Cap 1
Ley 7 de 1991
Normas generales a las que se debe sujetar el gobierno para
regular comercio exterior
Cap 1
Art10: el gobierno no amparara la producción nacional.
Art11: el gobierno regulara las zonas fronterizas.
Cap 2
Art12: crease el consejo superior de comercio Ext. Como un gobierno que todos los aspectos se relacionen con comercio Ext.
Art13: los asesores del consejo de comercio Ext. Serán de libre nombramiento.
Art14: el consejo de comercio Ext. Deberá cumplir unas funciones.
Art15: la comisión mixta de comercio Ext. Estará integrada por el consejo superior de comercio.
Art16: el ministro de comercio Ext. Formulara políticas.
Cap 3
Art17: el ministerio de comercio deberá ser un organismo capaz de dirigir el comercio Ext.
Art18: el ministerio de comercio Ext. Incorporara al instituto de comercio Ext. Cuando el presidente lo estime conveniente.
Art19: el ministerio de comercio Ext. Se crea por la presente ley.
Art20: dar informe al presidente de la rep. Las facultades extraordinarias
Cap 4
Art21: crease el banco de comercio Ext. Como una institución financiera.
Art22: el banco asumirá todos los derechos de las exportaciones.
Art23: los recursos provenientes de la sobretasa serán parte de los ingresos del fondo de modernización.
Art24: los recursos se destinaran a unos fines.
Art25: los impuestos de renta estarán pendientes de pago.
Art26: las exportaciones de esmeraldas serán libres.
Cap 5
Art27: autorizase al gobierno para celebrar los contratos y demás operaciones presupuestales.
Art28: las normas de esta ley que no se cumplan se realizaran inmediatamente para realizar comercio Ext.
Art29: las disposiciones de la presente ley y las que no se expidan se extenderán sin perjuicio.
Art30: sus efectos derogatorios solamente se producirán a medida que entren en vigencia.
Las disposiciones aplicables al comercio exterior las dictara el gobierno.
Art2: el gobierno cuando expida comercio exterior se someterá a
unos principios.
Art3: las imp. Y exp. Se realizaran dentro del permiso de libertad.
Art4: el gobierno podrá establecer sistemas de exp. E imp.
Art5: el gobierno regulara el transporte de la m/cia.
Art6: el gobierno regulara la existencia de zonas francas.
Art7 el certificado de reembolso tributario seguir siendo un instrumento negociable.
Art8: el gobierno organizara fondos.
Art9: el gobierno podrá establecer sistemas de aranceles variables.