leyes

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Ley 9 De 1991 (Ley Marco De Cambio Internacional) Normas que el gobierno debe cumplir para regular cambios internacionales. Art1: los cambios internacionales se ejercerán de acuerdo a las leyes. Art2: promover el desarrollo económico y social. Art3: las funciones consagradas en este titulo serán ejercidas por el gobierno. Cap 2 Art 4: el gobierno determinara las distintas operaciones de cambio. Art 5: las operaciones de cambio podrán regularse por el gobierno. Art 6: el M/do cambiario estará constituido por la totalidad de las divisas que deben ser transferidas por conductos de los intercambios. Art 7: libre negociación de divisas Art 8: el gobierno determinara los intermediarios cambiarios. Art 9: los ingresos y egresos de las divisa serán reguladas por el gobierno. Art 10: podrá admitirse la negociación y tendencia de divisas en forma directa. Art 11: el gobierno deberá buscar su contratación se realice en términos comerciales y que no ocasionen Art 13: la compra de oro sera libre. Art 14: el gobierno podrá contratarse seguros denominados divisas. Cap 3 Art 15: los capitales del exterior serán fijados por el gobierno. Art 16: mediante reglas el gobierno determinara cuales PYMES celebran el contrato dentro del país con divisas, Art 17: autoriza a los residentes en el país a la libre posesión de activos en el exterior Cap 4 Art 18: los distritos especiales no podrán establecer gravámenes sobre la exportación. Art 19: contribución cafetera Art20: derogado. Art 21: el evento de que opere, se llevara a cabo por medio de la oblación impuesta a todo exportador. Art 22: los ingresos de la moneda extranjera que proviene de las Expo. Del café se reintegraran al banco de la rep. Art 24: el gobierno le informara a la rep. Sobre el presupuesto del fondo nacional del café. Art 25: todo Expo. De café se debe registrar ante icomex. Art 26: las compras que realice la federación nacional de café se señalaran por un comité. Art 27: las personas naturales podrán efectuar operaciones de cobertura en los M/dos internacionales. Art 31: las personas que manejan las divisas podrán comprar tirulos de deuda externa en la oficina del banco de la rep. Art 32: facultades extraordinarias. Art 33: el gobierno podrá celebrar que efectúen. Art 34: las normas de esta ley que no requieran desarrollo serán aplicables a las operaciones de cambio Art 35: vigencia Cap 1

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Page 1: Leyes

Ley 9 De 1991 (Ley Marco De Cambio Internacional)

Normas que el gobierno debe cumplir para regular cambios internacionales.

Art1: los cambios internacionales se ejercerán de acuerdo a las leyes.

Art2: promover el desarrollo económico y social.

Art3: las funciones consagradas en este titulo serán ejercidas por el gobierno.

Cap 2

Art 4: el gobierno determinara las distintas operaciones de cambio.

Art 5: las operaciones de cambio podrán regularse por el gobierno.

Art 6: el M/do cambiario estará constituido por la totalidad de las divisas que deben ser transferidas por conductos de los intercambios.

Art 7: libre negociación de divisas

Art 8: el gobierno determinara los intermediarios cambiarios.

Art 9: los ingresos y egresos de las divisa serán reguladas por el gobierno.

Art 10: podrá admitirse la negociación y tendencia de divisas en forma directa.

Art 11: el gobierno deberá buscar su contratación se realice en términos comerciales y que no ocasionen inconvenientes.

Art 12: el banco de la Rep. Se administrara con los criterios de seguridad, con el fin de contribuir al equilibrio del M/do cambiario .

Art 13: la compra de oro sera libre. Art 14: el gobierno podrá contratarse seguros denominados divisas.

Cap 3

Art 15: los capitales del exterior serán fijados por el gobierno.

Art 16: mediante reglas el gobierno determinara cuales PYMES celebran el contrato dentro del país con divisas,

Art 17: autoriza a los residentes en el país a la libre posesión de activos en el exterior

Cap 4

Art 18: los distritos especiales no podrán establecer gravámenes sobre la exportación.

Art 19: contribución cafetera

Art20: derogado.

Art 21: el evento de que opere, se llevara a cabo por medio de la oblación impuesta a todo exportador.

Art 22: los ingresos de la moneda extranjera que proviene de las Expo. Del café se reintegraran al banco de la rep.

Art 24: el gobierno le informara a la rep. Sobre el presupuesto del fondo nacional del café.

Art 25: todo Expo. De café se debe registrar ante icomex.

Art 26: las compras que realice la federación nacional de café se señalaran por un comité.

Art 27: las personas naturales podrán efectuar operaciones de cobertura en los M/dos internacionales.

Art 28: las divisas se cambiaran a moneda nacional.

Art 29: derogado

Art 31: las personas que manejan las divisas podrán comprar tirulos de deuda externa en la oficina del banco de la rep.

Art 32: facultades extraordinarias.

Art 33: el gobierno podrá celebrar que efectúen.

Art 34: las normas de esta ley que no requieran desarrollo serán aplicables a las operaciones de cambio

Art 35: vigencia

Cap 1

Page 2: Leyes

Ley 7 de 1991

Normas generales a las que se debe sujetar el gobierno para

regular comercio exterior

Cap 1

Art10: el gobierno no amparara la producción nacional.

Art11: el gobierno regulara las zonas fronterizas.

Cap 2

Art12: crease el consejo superior de comercio Ext. Como un gobierno que todos los aspectos se relacionen con comercio Ext.

Art13: los asesores del consejo de comercio Ext. Serán de libre nombramiento.

Art14: el consejo de comercio Ext. Deberá cumplir unas funciones.

Art15: la comisión mixta de comercio Ext. Estará integrada por el consejo superior de comercio.

Art16: el ministro de comercio Ext. Formulara políticas.

Cap 3

Art17: el ministerio de comercio deberá ser un organismo capaz de dirigir el comercio Ext.

Art18: el ministerio de comercio Ext. Incorporara al instituto de comercio Ext. Cuando el presidente lo estime conveniente.

Art19: el ministerio de comercio Ext. Se crea por la presente ley.

Art20: dar informe al presidente de la rep. Las facultades extraordinarias

Cap 4

Art21: crease el banco de comercio Ext. Como una institución financiera.

Art22: el banco asumirá todos los derechos de las exportaciones.

Art23: los recursos provenientes de la sobretasa serán parte de los ingresos del fondo de modernización.

Art24: los recursos se destinaran a unos fines.

Art25: los impuestos de renta estarán pendientes de pago.

Art26: las exportaciones de esmeraldas serán libres.

Cap 5

Art27: autorizase al gobierno para celebrar los contratos y demás operaciones presupuestales.

Art28: las normas de esta ley que no se cumplan se realizaran inmediatamente para realizar comercio Ext.

Art29: las disposiciones de la presente ley y las que no se expidan se extenderán sin perjuicio.

Art30: sus efectos derogatorios solamente se producirán a medida que entren en vigencia.

Las disposiciones aplicables al comercio exterior las dictara el gobierno.

Art2: el gobierno cuando expida comercio exterior se someterá a

unos principios.

Art3: las imp. Y exp. Se realizaran dentro del permiso de libertad.

Art4: el gobierno podrá establecer sistemas de exp. E imp.

Art5: el gobierno regulara el transporte de la m/cia.

Art6: el gobierno regulara la existencia de zonas francas.

Art7 el certificado de reembolso tributario seguir siendo un instrumento negociable.

Art8: el gobierno organizara fondos.

Art9: el gobierno podrá establecer sistemas de aranceles variables.