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7/25/2019 leyeducacionemocional
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PROYECTO DE LEY
EDUCACIN EMOCIONAL
El Senado y la Cmara de Diputados de la Nacin Argentina, etc., sancionan con
fuerza de Ley:
ARTCULO 1:!NES " #$%E&!'#S: Desarrollar, mediante la ense(anza formal, cada
una de las )a*ilidades emocionales +conocimiento de uno mismo, autorregulacinemocional, motiacin o aproec)amiento productio de las emociones, empat-a y
)a*ilidades sociales as- como las )a*ilidades de eleccin en cada ni(a y ni(o y
tutores/as +docentes y padres mediante la Educacin Emocional, con el o*0etio de
alcanzar una me0or calidad de ida de todos los ciudadanos.
ARTCULO 2:A los fines de esta ley se entiende por:1) Educacin Emocional: El proceso de enseanza de las habilidades emocionales
mediante el acompaamiento y apuntalamiento de la persona en el ejercicio y
perfeccionamiento de las mismas.2) 1romocin de la Educacin Emocional: Implementacin de un enfoque de corte
salutgeno-educatio de dinamizacin de recursos y habilidades emocionales! sociales y
actitudinales en el marco de una pol"tica de promocin de la salud para el sano desarrollo
personal y cumplimiento de un proyecto de ida.
ARTCULO 3:A los efectos de )acer efectio lo dispuesto por el Art-culo 23, de*e
realizarse una capacitacin docente en relacin a los contenidos de Educacin
Emocional, respecto de sus cuatro pilares:
2. Educacin Emocional de Ni(as y Ni(os.4. Escuela para 1adres de Educacin Emocional.5. Educacin Emocional para el 6ane0o de las Emociones en los Educadores.7. Educacin Emocional en la 8elaciones !nterpersonales e !nstitucionales.
ARTCULO 4: !ncl9yase en las ense(anzas de la Educacin !nicial los contenidos de
Educacin Emocional y su prctica transersalizadaa los dems contenidos.
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ARTCULO 5: !ncl9yase en la curr-cula educatia las prcticas de Educacin Emocional
en forma transersal a cada contenido curricular. Asimismo, incl9yase la asignatura
titulada Educacin Emocional como contenido o*ligatorio constituyente de una unidad
pedaggica en la Educacin 1rimaria, Especial, Secundaria, Superior, 1ermanente de
%enes y Adultos, en Contetos de 1riacin de Li*ertad y Domiciliaria y ;ospitalaria.
ARTCULO 6: Se esta*lece como Autoridad de Aplicacin de la presente ley al
6inisterio de Educacin de la Nacin.
ARTCULO 7: La e0ecucin de la presente ley salaguardar en toda instancia la
satisfaccin del inter.
ARTCULO 8: La autoridad de aplicacin coordinar con el resto de las 0urisdiccionesproinciales las -as concretas de introduccin y promocin de la Educacin Emocional en
todos los esta*lecimientos del sistema Educatio, en espacios institucionales de la Salud
19*lica y de Desarrollo ;umano y 1romocin Social.
ARTCULO 9: La autoridad de aplicacin de la Educacin Emocional de*e constituir
una C#6!S!?N &@CN!CA 6L&!D!SC!1L!NA8!A DE EDCAC!?N E6#C!#NAL. @sta
de*er conformarse por profesionales de diferentes disciplinas Bue tengan conocimientos,
eperiencia y/o autor-a so*re dic)a temtica.
ARTCULO 10: Son funciones de la C#6!S!?N &@CN!CA 6L&!D!SC!1L!NA8!A DE
EDCAC!?N E6#C!#NAL:2 8ealizar la capacitacin y actualizacin especializada de los educadores,
tra*a0adores sociales, docentes, psiclogos y dems operadores comunitarios.4 Desarrollar la inestigacin so*re la temtica y la ealuacin y monitoreo de los
resultados y progresos realizados a partir de la aplicacin de la presente ley.
ARTCULO 11:De forma.
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FUNDAMENTOS
Sr. 1residente:La ley N 4.4F, Ley de Educacin Nacional, en su art-culo 4F promuee
una educacin integral y esta*lece como o*0etio de la educacin Gpromoer el
aprendiza0e y desarrollo de un proceso de formacin integral de una familia y de una
comunidadHI. Asimismo esta ley estima esencial Gpromoer en los/as ni(os/as la
solidaridad, confianza, cuidado, amistad y respeto a s- mismo y a los/as otros/asI, as-
como tam*i
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)a*ilidades emocionales mediante el acompa(amiento y apuntalamiento de la persona en
el e0ercicio y perfeccionamiento de las mismasI.La #rganizacin 6undial de la Salud J#6S en 2>= propone el desarrollo
de las G;a*ilidades para la idaI. En 2>>5 ela*ora un nueo documento centrado en la
Educacin JLife SMills Education in Sc)ool en el cual define dic)as )a*ilidades comoGcapacidades para adoptar un comportamiento adaptatio y positio Bue permita a los
indiiduos a*ordar con eficacia las eigencias y desaf-os de la ida cotidianaI. Luego, en
2>>=, en el losario so*re promocin de la salud especifica la necesidad de desarrollar
en el m*ito educatio diez )a*ilidades para la ida, de las cuales al menos seis son
)a*ilidades emocionales en forma espec-fica2.Estos documentos se *asan en una contundente e incuestiona*le eidencia
cient-fica de los *eneficios de )acer Educacin Emocional.El impacto de la inteligencia emocional en la ida de las personas ya fue
emp-ricamente compro*ado en los Estados nidos. Se demostr Bue el . Capacidad para mane0ar las propias emociones JQ2F. ;a*ilidad para mane0ar las tensiones o estr