ley juzgados de familia aspectos procesales ley juzgados de familia aspectos procesales

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Ley Juzgados de Familia Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales Aspectos Procesales

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Page 1: Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales

Ley Juzgados de FamiliaLey Juzgados de FamiliaAspectos ProcesalesAspectos Procesales

Page 2: Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales

Objetivos de su creaciónObjetivos de su creación

Tribunal especializadoTribunal especializado Concentración de los asuntos Concentración de los asuntos Mayor celeridadMayor celeridad Enfoque interdisciplinarioEnfoque interdisciplinario Promoción de soluciones Promoción de soluciones

consensuadasconsensuadas

Page 3: Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales

Creación de nuevos juzgados, Creación de nuevos juzgados, organización y plantasorganización y plantas

CompetenciaCompetencia ProcedimientosProcedimientos Regulación de la mediaciónRegulación de la mediación Normas adecuatorias Normas adecuatorias Normas transitoriasNormas transitorias

Contenidos del proyectoContenidos del proyecto

Page 4: Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales

Estructura orgánica Tribunales de FamiliaEstructura orgánica Tribunales de Familia

Juez PresidenteJuez Presidente

AdministradorAdministrador

Derivación Derivación MediaciónMediación

SalaSala Atención Atención PúblicoPúblicoServiciosServicios

Administración Administración CausasCausas

Jueces de FamiliaJueces de FamiliaConsejo Consejo TécnicoTécnico

Comité de JuecesComité de Jueces

Page 5: Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales

Consejo TécnicoConsejo Técnico

Integración Integración (6)(6):: Profesionales especializados en asuntos de familia e infanciaProfesionales especializados en asuntos de familia e infancia

RequisitosRequisitos (7)(7):: Título profesional (carrera de ocho semestres);Título profesional (carrera de ocho semestres);

Experiencia profesional en materia de familia e infancia Experiencia profesional en materia de familia e infancia

Formación especializada en materia de familia e infancia, de Formación especializada en materia de familia e infancia, de al menos dos semestres adicionalesal menos dos semestres adicionales

Función generalFunción general (5 i. 1º)(5 i. 1º):: Asesorar individual o colectivamente a los jueces en el análisis Asesorar individual o colectivamente a los jueces en el análisis

y mejor comprensión de los asuntosy mejor comprensión de los asuntos

Page 6: Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales

Competencia Competencia (8)(8)

Cuidado personalCuidado personal Régimen comunicacionalRégimen comunicacional Alimentos Alimentos Patria PotestadPatria Potestad Autorización salida de niñ@s y adolescentes del Autorización salida de niñ@s y adolescentes del

paíspaís GuardasGuardas AdopciónAdopción Medidas de protección de niño (a)s y Medidas de protección de niño (a)s y

adolescentesadolescentes Infracciones penales cometidas por niño (a)s y Infracciones penales cometidas por niño (a)s y

adolescentes, exentos de responsabilidad penaladolescentes, exentos de responsabilidad penal

Page 7: Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales

CompetenciaCompetencia (8) (8)

Filiación Filiación Separación judicialSeparación judicial Divorcio Divorcio Nulidad de matrimonioNulidad de matrimonio Violencia intrafamiliarViolencia intrafamiliar Separación de bienesSeparación de bienes Autorizaciones judicialesAutorizaciones judiciales Declaración de interdicciónDeclaración de interdicción Otras cuestiones personales derivadas de las Otras cuestiones personales derivadas de las

relaciones de familiarelaciones de familia

Page 8: Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales

Principios del procedimientoPrincipios del procedimiento

Oralidad Oralidad (10)(10)

Desformalización Desformalización (9)(9)

Concentración Concentración (11)(11)

Inmediación Inmediación (12)(12)

Actuación de oficio Actuación de oficio (13)(13)

Colaboración Colaboración (14)(14)

Protección de la intimidad Protección de la intimidad (15)(15)

Interés superior del niño, niña o Interés superior del niño, niña o adolescente adolescente (16)(16)

Page 9: Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales

ORALIDADORALIDAD

Las actuaciones procesales serán orales, sin Las actuaciones procesales serán orales, sin perjuicio de obligación de llevar un sistema de perjuicio de obligación de llevar un sistema de registro, que permita garantizar la registro, que permita garantizar la conservación y reproducción de su contenido conservación y reproducción de su contenido (10).(10).

Excepciones:Excepciones: Los incidentes promovidos fuera de una audiencia Los incidentes promovidos fuera de una audiencia (26).(26). El recurso de apelación El recurso de apelación (67 nº3).(67 nº3). El recurso de casación El recurso de casación (67 nº6).(67 nº6). El informe pericial, sin perjuicio de la obligación El informe pericial, sin perjuicio de la obligación

posterior de concurrir a declarar en forma oral posterior de concurrir a declarar en forma oral (46).(46).

Page 10: Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales

DESFORMALIZACIÓNDESFORMALIZACIÓN

El proceso debe evitar incurrir en una El proceso debe evitar incurrir en una ritualidad innecesria, para lograr ritualidad innecesria, para lograr flexibilizar el procedimiento y acercar la flexibilizar el procedimiento y acercar la justicia a las personasjusticia a las personas (9).(9).

Manifestaciones:Manifestaciones: La desformalización de la demanda:La desformalización de la demanda:

– Sólo debe contener una individualización de las partes y Sólo debe contener una individualización de las partes y una exposición clara de las peticiones y de los hechos en una exposición clara de las peticiones y de los hechos en que se funda (57); que se funda (57);

La obligación del juez, en la A P de protección:La obligación del juez, en la A P de protección:– de responder las inquietudes que surjan y de informar a de responder las inquietudes que surjan y de informar a

los niñ@s y adolescentes, en un lenguaje comprensible los niñ@s y adolescentes, en un lenguaje comprensible (72)(72)..

Page 11: Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales

CONCENTRACIÓNCONCENTRACIÓN

Los actos procesales se desarrollan en una o Los actos procesales se desarrollan en una o varias audiencias próximas, para que el juez varias audiencias próximas, para que el juez conserve en su memoria las conserve en su memoria las manifestaciones de las partes y los manifestaciones de las partes y los resultados de las pruebas resultados de las pruebas (11, 61 nº10, 72).(11, 61 nº10, 72).

Excepciones:Excepciones: Posibilidad de suspensión del desarrollo de la Posibilidad de suspensión del desarrollo de la

audiencia hasta por dos veces en caso de absoluta audiencia hasta por dos veces en caso de absoluta necesidad necesidad (11)(11)

FFacultad de las partes, de común acuerdo, de acultad de las partes, de común acuerdo, de suspender la audiencia que hubiere sido citada, por suspender la audiencia que hubiere sido citada, por una sola vez, hasta por sesenta días una sola vez, hasta por sesenta días (11, 20).(11, 20).

Page 12: Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales

INMEDIACIÓNINMEDIACIÓN

Las audiencias y las diligencias de Las audiencias y las diligencias de prueba deben realizarse siempre prueba deben realizarse siempre con la presencia del juez, debiendo con la presencia del juez, debiendo el juez formar su convicción sobre el juez formar su convicción sobre la base de las alegaciones y la base de las alegaciones y pruebas que personalmente haya pruebas que personalmente haya recibido recibido (12).(12).

– Queda prohibida, bajo sanción de Queda prohibida, bajo sanción de nulidad, la delegación de funciones. nulidad, la delegación de funciones.

Page 13: Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales

ACTUACION DE OFICIOACTUACION DE OFICIO

Promovido el proceso y en cualquier estado Promovido el proceso y en cualquier estado del mismo, el juez de oficio: del mismo, el juez de oficio:

Deberá: Deberá: – Adoptar las medidas que permitan llevarlo a término con la Adoptar las medidas que permitan llevarlo a término con la

mayor celeridad (13); mayor celeridad (13); - Decretar las medidas cautelares que estime procedentes (22);Decretar las medidas cautelares que estime procedentes (22);- Ordenar que se acompañen todos aquellos medios de prueba Ordenar que se acompañen todos aquellos medios de prueba

que a su juicio, resulte necesario producir (29); que a su juicio, resulte necesario producir (29); - Incluir en el llamado a conciliación del juicio de separación, Incluir en el llamado a conciliación del juicio de separación,

nulidad o divorcio, todas las materias relativas a las relaciones nulidad o divorcio, todas las materias relativas a las relaciones de familia, aunque no se le hubieren solicitado (90 L de M C); de familia, aunque no se le hubieren solicitado (90 L de M C);

Podrá:Podrá:- Iniciar el procedimiento de protección (70)Iniciar el procedimiento de protección (70)

Page 14: Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales

COLABORACIÓNCOLABORACIÓN Se buscarán alternativas para mitigar la Se buscarán alternativas para mitigar la

confrontación, privilegiando las soluciones confrontación, privilegiando las soluciones acordadasacordadas por ellas por ellas (14).(14).

Manifestaciones:Manifestaciones: Existencia de funcionario capacitado para instruir al Existencia de funcionario capacitado para instruir al

demandante de la alternativa de la mediación demandante de la alternativa de la mediación (105);(105); La promoción de la mediación familiar o de la La promoción de la mediación familiar o de la

conciliación, en la audiencia preparatoria conciliación, en la audiencia preparatoria (61 nº4 y 5)(61 nº4 y 5) La función del CT, de evaluar la pertinencia de derivar a La función del CT, de evaluar la pertinencia de derivar a

mediación o aconsejar la conciliación, sugiriendo en mediación o aconsejar la conciliación, sugiriendo en este último caso, los términos de ella este último caso, los términos de ella (4c)).(4c)).

Page 15: Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales

PROTECCIÓN A LA PROTECCIÓN A LA INTIMIDADINTIMIDAD

No obstante el carácter público del No obstante el carácter público del procedimiento,el juez debe velar por el procedimiento,el juez debe velar por el respeto a la intimidad de las partes, respeto a la intimidad de las partes, especialmente de los niñ@s, y adolescentes especialmente de los niñ@s, y adolescentes (15 rr c/9 COT)(15 rr c/9 COT). . – Con ese objetivo podrá:Con ese objetivo podrá:

prohibir la difusión de datos o imágenes referidos al prohibir la difusión de datos o imágenes referidos al proceso o a las partes;proceso o a las partes;

disponer, mediante resolución fundada, que todas o disponer, mediante resolución fundada, que todas o algunas de las actuaciones del procedimiento se algunas de las actuaciones del procedimiento se realicen en forma reservadarealicen en forma reservada

Page 16: Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales

INTERÉS SUPERIOR DEL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑONIÑO

El objetivo de la ley es garantizar el El objetivo de la ley es garantizar el pleno goce y el efectivo ejercicio de pleno goce y el efectivo ejercicio de los derechos y garantías de los niñ@s los derechos y garantías de los niñ@s y adolescentesy adolescentes

La consideración principal del juez de La consideración principal del juez de familia debe ser el interés superior familia debe ser el interés superior del niño, niña o adolescente y el del niño, niña o adolescente y el derecho de estos a ser oídosderecho de estos a ser oídos (16) (16)..

Page 17: Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales

Procedimiento ordinario Procedimiento ordinario (1ª parte)(1ª parte)

Inicio

medidacautelar

audiencia preparatoria2 fechas

plazo: el más breve notificación: 10 días antes

comparecenciapersonal

citación

demanda oral/escrita

• ratificación verbal• ratificación o contestación verbal• medidas cautelares• mediación o conciliación• determinar objeto• fijar hechos a probar y convenciones probatorias• determinar prueba• recibir prueba• fijar fecha audiencia

Page 18: Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales

Procedimiento ordinario Procedimiento ordinario (2ª parte)(2ª parte)

audiencia dejuicio

sentencia

Redacción:• inmediatamente o hasta en 5 días(por razones fundadas: ampliable en 5 días más)

citación a juicio

plazo: 30 días

individualiza: a quienes deberán

concurrir •rendición prueba:•testimonial•pericial•declaración partes•documental•medios no regulados

• comparecencia personal• presencia eventualdel Consejo Técnico

Dictación: • oral en la audienciaEx: audiencia de más de 2 días: oral día hábil siguiente

Page 19: Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales

Prueba Pericial y TestimonialPrueba Pericial y Testimonial

Renuencia a comparecer Renuencia a comparecer ( 34 i. 1º rr c/ 49 i. 2 )( 34 i. 1º rr c/ 49 i. 2 ) : :– Se procederá a apercibirlo con arresto por Se procederá a apercibirlo con arresto por

falta de comparecenciafalta de comparecencia

Renuencia a declarar Renuencia a declarar (34 i. 2 rr c/ 49 i. 2)(34 i. 2 rr c/ 49 i. 2)::– Se procederá a sancionarlo con reclusión Se procederá a sancionarlo con reclusión

menor en su grado medio a máximo menor en su grado medio a máximo (240 CPC)(240 CPC)

Page 20: Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales

Procedimiento aplicación Procedimiento aplicación medidas de protecciónmedidas de protección

Hipótesis Hipótesis (68)(68)::– Necesidad de protección derechos de niñ@s o Necesidad de protección derechos de niñ@s o

adolescentes, cuando estos se vean amenazados o adolescentes, cuando estos se vean amenazados o vulnerados vulnerados

Objetivo:Objetivo:– Adoptar medidas cautelares especiales del art. 71 Adoptar medidas cautelares especiales del art. 71 (68 (68

rr 22 i.f)rr 22 i.f):: Provisorias: máximo 90 días, debe basarse en antecedentes Provisorias: máximo 90 días, debe basarse en antecedentes

suficientes (71 i 3 y f)suficientes (71 i 3 y f) Permanentes: deben fundamentarse, fijarse su duración, Permanentes: deben fundamentarse, fijarse su duración,

explicarse claramente los fundamentos, la duración, la explicarse claramente los fundamentos, la duración, la naturaleza y el objeto (75)naturaleza y el objeto (75)

Page 21: Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales

RequerimientoRequerimiento ¿Quiénes pueden requerir?¿Quiénes pueden requerir?

el niño, niña o adolescenteel niño, niña o adolescente sus padressus padres quienes lo tengan bajo su cuidadoquienes lo tengan bajo su cuidado los profesores o el director del establecimiento educacional los profesores o el director del establecimiento educacional

al que asisteal que asiste los profesionales de la salud del servicio donde se atiendelos profesionales de la salud del servicio donde se atiende el SENAMEel SENAME cualquier persona cualquier persona que tenga interés en elloque tenga interés en ello

Basta con la petición de protección, sin Basta con la petición de protección, sin formalidad algunaformalidad alguna

Page 22: Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales

Obligaciones de los establecimientos:Obligaciones de los establecimientos:– informar acerca de cumplimiento de medidas informar acerca de cumplimiento de medidas

adoptadas cada 3 meses adoptadas cada 3 meses (76)(76)

Obligaciones y facultades de los jueces:Obligaciones y facultades de los jueces:– visitar establecimientos residenciales, cada 6 visitar establecimientos residenciales, cada 6

meses máximo meses máximo (78)(78)

– recibir al niño, niña o adolescente en audiencia, recibir al niño, niña o adolescente en audiencia, cada vez que éste lo solicite cada vez que éste lo solicite (79)(79)

– posibilidad de suspender, modificar o dejar sin posibilidad de suspender, modificar o dejar sin efecto las medidas decretadas en cualquier efecto las medidas decretadas en cualquier momento momento (80)(80)

SeguimientoSeguimiento

Page 23: Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales

Procedimiento de violencia Procedimiento de violencia intrafamiliarintrafamiliar

Inicio

• demanda• denuncia

Audiencia preparatoria

• medida cautelar

plazo: 10 días

citación

Posibilidad de poner término:• a requerimiento víctima, si denuncia la hizo un 3º

Sentencia

SCDS

Audiencia de juicio

Page 24: Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales

InicioInicio Por demanda o denuncia Por demanda o denuncia (82)(82)

víctima, descendientes, ascendientes, guardadores o víctima, descendientes, ascendientes, guardadores o cuidadorescuidadores

Sólo por denuncia:Sólo por denuncia: Facultados para hacerlo Facultados para hacerlo (82)(82)

– cualquier persona que conozca directamente los hechos cualquier persona que conozca directamente los hechos (82 rr c/ (82 rr c/ 178 C Psal P)178 C Psal P)

Obligados a hacerloObligados a hacerlo– a todo evento: Carabineros, Investigaciones y Gendarmeríaa todo evento: Carabineros, Investigaciones y Gendarmería– restricitivamente: los empleados públicos, los dedicados al restricitivamente: los empleados públicos, los dedicados al

transporte, a la salud, a la educacióntransporte, a la salud, a la educación Situación de la víctima en la denunciaSituación de la víctima en la denuncia

– cuando denuncia la víctima: se transforma en partecuando denuncia la víctima: se transforma en parte– cuando denuncia un tercero: antes de la AP, se le pone en conocimiento a cuando denuncia un tercero: antes de la AP, se le pone en conocimiento a

la víctima, por el medio más idóneo, directo y seguro para su integridadla víctima, por el medio más idóneo, directo y seguro para su integridad

Page 25: Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales

Normas facilitadoras del Normas facilitadoras del proceso en VIFproceso en VIF

Juzgados de “familia” o garantía y fiscales Juzgados de “familia” o garantía y fiscales (81)(81)

Adoptarán medidas cautelares si toman conocimiento de Adoptarán medidas cautelares si toman conocimiento de denuncia o demanda por VIF denuncia o demanda por VIF

Actuación Carabineros e Investigaciones Actuación Carabineros e Investigaciones (83)(83)

En caso de VIF que se esté cometiendo o ante llamadas En caso de VIF que se esté cometiendo o ante llamadas de auxilio u otros signos evidentes:de auxilio u otros signos evidentes:

– deben detener al agresor “si procede”; incautar deben detener al agresor “si procede”; incautar armas armas y y presentarlo al “tribunal competente” presentarlo al “tribunal competente”

Profesionales de la salud Profesionales de la salud (85)(85)

Al practicar exámenes y reconocimientos médicos,Al practicar exámenes y reconocimientos médicos,– deben practicar los que acreditan daño físico o psicológico, deben practicar los que acreditan daño físico o psicológico,

conservar pruebas, levantar acta y entregar copia a la víctima conservar pruebas, levantar acta y entregar copia a la víctima

Page 26: Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales

Medidas cautelares Violencia Medidas cautelares Violencia IntrafamiliarIntrafamiliar

Enumeración no taxativa Enumeración no taxativa (92)(92):: Prohibir o restringir presencia del agresor en hogar Prohibir o restringir presencia del agresor en hogar

común o lugar de trabajo o estudioscomún o lugar de trabajo o estudios Alimentos ProvisoriosAlimentos Provisorios Determinar Cuidado Personal y Régimen Determinar Cuidado Personal y Régimen

Comunicacional Provisorios, de los niños, niñas y Comunicacional Provisorios, de los niños, niñas y adolescentesadolescentes

Asegurar la entrega material de efectos personales de Asegurar la entrega material de efectos personales de la víctima que opta por no regresar al hogar comúnla víctima que opta por no regresar al hogar común

Prohibir celebración de actos o contratosProhibir celebración de actos o contratos Prohibir porte o tenencia y/o incautar armas de fuego Prohibir porte o tenencia y/o incautar armas de fuego Decretar la reserva de identidad del 3º denuncianteDecretar la reserva de identidad del 3º denunciante Medidas especiales para adultos mayores, Medidas especiales para adultos mayores,

discapacitados e incapacitadosdiscapacitados e incapacitados

Page 27: Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales

Medidas cautelares Violencia Medidas cautelares Violencia IntrafamiliarIntrafamiliar

DictaciónDictación– Si hay presencia de niños, niñas o adolescentes Si hay presencia de niños, niñas o adolescentes (92 i. f)(92 i. f)::

Posibilidad de aplicar además taxativas de protección del 71Posibilidad de aplicar además taxativas de protección del 71

– Duración Duración (92 i. 2)(92 i. 2):: 180 días renovables por una sola vez y por igual plazo180 días renovables por una sola vez y por igual plazo

Cumplimiento:Cumplimiento:– Comunicación a la víctima Comunicación a la víctima (93 i. 1º)(93 i. 1º)::

Por medio más expedito otorgándole certificaciónPor medio más expedito otorgándole certificación

– Ejecución Ejecución (93 i. 2)(93 i. 2):: Posibilidad auxilio fuerza pública con facultades especialesPosibilidad auxilio fuerza pública con facultades especiales

– Incumplimiento Incumplimiento (94)(94):: Arresto hasta 15 días y remisión antecedentes M P “para 240 CPC”Arresto hasta 15 días y remisión antecedentes M P “para 240 CPC”

Page 28: Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales

Suspensión condicional de la Suspensión condicional de la dictación de la sentenciadictación de la sentencia

Procedencia Procedencia (96)(96):: Reconocimiento del agresorReconocimiento del agresor Presunción fundada de que no reincidiráPresunción fundada de que no reincidirá Acuerdo de las partesAcuerdo de las partes

Contenido del Acuerdo Contenido del Acuerdo (96)(96):: Obligaciones de carácter reparatorio y derivadas de las Obligaciones de carácter reparatorio y derivadas de las

relaciones de familia, las que pueden ser mediadas; y/u relaciones de familia, las que pueden ser mediadas; y/u Observancia medidas cautelaresObservancia medidas cautelares

Solemnidad Solemnidad (96 i. f)(96 i. f):: Inscripción de la suspensión en el Registro Especial de Inscripción de la suspensión en el Registro Especial de

Violencia Intrafamiliar del Registro CivilViolencia Intrafamiliar del Registro Civil

Page 29: Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales Ley Juzgados de Familia Aspectos Procesales

Suspensión condicional de la Suspensión condicional de la dictación de la sentenciadictación de la sentencia

Improcedencia Improcedencia (97)(97):: Si el juez estima conveniente la continuación del procesoSi el juez estima conveniente la continuación del proceso Demanda o denuncia previa por vif, cualquiera sea la víctimaDemanda o denuncia previa por vif, cualquiera sea la víctima Condena por delitos sexuales o contra las personasCondena por delitos sexuales o contra las personas

Efectos, transcurrido el año de suspensión Efectos, transcurrido el año de suspensión (98)(98)::– Si cumplió satisfactoriamente con las condiciones Si cumplió satisfactoriamente con las condiciones

impuestas:impuestas: Se dispone la omisión “en el certificado respectivo”, de la Se dispone la omisión “en el certificado respectivo”, de la

inscripción del Registro Civil inscripción del Registro Civil

– Si no cumplió: Si no cumplió: Se dicta sentencia Se dicta sentencia

– Si incurre en nueva violenciaSi incurre en nueva violencia Se acumulan los procesos y se dicta sentenciaSe acumulan los procesos y se dicta sentencia