ley de mediacion nacional y provincial (cordoba)

31
LEY Nº 8858 LEY DE MEDIACIÓN El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia de Córdoba, sancionan con fuerza de Ley: 8858 TÍTULO I OBJETO CAPÍTULO I MEDIACIÓN ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 1.- INSTITÚYESE en todo el ámbito de la Provincia de Córdoba y declárese de interés público provincial la utilización, promoción, difusión y desarrollo de la instancia de mediación con carácter voluntario, como método no adversarial de resolución de conflictos, cuyo objeto sea materia disponible por los particulares, que se regirá por las disposiciones de la presente Ley. CARÁCTER DE EXCEPCIÓN EXCLUSIÓN *Artículo 2.- Excepcionalmente será de instancia obligatoria en toda contienda judicial civil o comercial en los siguientes casos: a) En contiendas de competencia de los jueces de primera instancia civil y comercial que deban sustanciarse por el trámite del juicio declarativo abreviado y ordinario cuyo monto no supere el equivalente a cinco mil pesos (204 jus); b) En todas las causas donde se solicite el beneficio de litigar sin gastos; c) Cuando el Juez por la naturaleza del asunto, su complejidad los intereses en juego, estimare conveniente intentar la solución del conflicto por la vía de la mediación. El intento de solución del conflicto por vía de la mediación, realizada en sede extrajudicial a través de un mediador o Centro de Mediación público o privado, debidamente acreditado, eximirá a las partes del proceso de mediación en sede judicial. *Artículo 3.- QUEDAN excluidas del ámbito de la mediación las siguientes causas: a. Procesos penales por delitos de acción pública, con excepción de las acciones civiles derivadas del delito y que se tramiten en sede penal. Las causas penales donde se haya instado la constitución de actor civil y en las cuales el imputado no se encuentre privado de su libertad, podrán ser sometidas a mediación en el aspecto

Upload: atihuanko

Post on 18-Aug-2015

216 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

ley provincial 8858lay nacional 26.589

TRANSCRIPT

LEY N 8858LEY DE MEDIACINEl Senado y la Cmara de Diputadosde la Proin!ia de C"rdo#a$san!ionan !on %uer&a deLey' 8858()(*L+ I+,-E(+CAP)(*L+ IMEDIACIN.M,I(+ DE APLICACINArt/!ulo 012 INSTITYESE en todo elmbito de la Provincia de Crdoba y declrese de inters pblico provincialla utiliacin!promocin! di"usin y desarrollo de la instancia de mediacin con carcter voluntario! como mtodo no adversarial de resolucin decon"lictos! cuyo ob#eto sea materia disponible por los particulares! $ue se re%ir por las disposiciones de la presente &ey'CA3.C(E3 DE E4CEPCINE4CL*SIN5Art/!ulo 612E(cepcionalmente ser de instancia obli%atoria en toda contienda #udicial civil o comercial en los si%uientes casos)a7 En contiendas de competencia de los #ueces de primera instancia civil y comercial $ue deban sustanciarse por el trmite del #uiciodeclarativo abreviado y ordinario !uyo monto no supere el e8uialente a !in!o mil pesos 96:; 12./E01N e(cluidas del mbito de la mediacin las si%uientes causas)a1 Procesos penales por delitos de accin pblica! con e(cepcin de las acciones civiles derivadas del delito y $ue se tramiten ensede penal'&as causas penales donde se 2aya instado la constitucin de actor civil y en las cuales el imputado no se encuentre privado de sulibertad! podrn ser sometidas a mediacin en el aspecto civil! una ve vencidos los trminos de la oposicin a la constitucin delmismo! sin $ue ello impli$ue la suspensin de trmino al%uno*#1 1cciones dedivorciovincular opersonal! nulidadmatrimonial! "iliacin! patriapotestad! adopcin* cone(cepcinde) lascuestiones patrimoniales provenientes de stas! alimentos! tenencia de 2i#os! r%imen de visitas y cone(os con stas*!1 Procesos de declaracin de incapacidad y de re2abilitacin*d1 1mparo! 2beas corpus e interdictos*e1 -edidas preparatorias y prueba anticipada*%1 -edidas cautelares*?1 +uicios sucesorios y voluntarios! con e(cepcin de las cuestiones patrimoniales derivadas de stos*@1 Concursos y $uiebras*i1 En %eneral! todas a$uellas cuestiones en $ue est involucrado el orden pblico o $ue resulten indisponibles para los particulares'CAP)(*L+ IIP3INCIPI+S Y AA3AN()AS DEL P3+CES+ DE MEDIACINP3INCIPI+SArt/!ulo ;12E& procedimiento de mediacin deber ase%urar)a2 Neutralidad*#2 Con"idencialidad de las actuaciones*!2 Comunicacin directa de las partes*d2 Satis"actoria composicin de intereses*e2 Consentimiento in"ormado'C+NBIDENCIALIDAD5Art/!ulo 512E& procedimiento de mediacin tendr carcter con"idencial' &as partes! sus abo%ados! el o los mediadores! los demspro"esionales o peritos! y todo a$ul $ue interven%a en la mediacin! tendrn el deber de con"idencialidad! el $ue rati"icarn en laprimera audiencia de la mediacin mediante la suscripcin del compromiso'No debern de#arse constancias ni re%istro al%uno de los dic2os y opiniones de las partes ni podrn stos ser incorporados comoprueba en un proceso #udicial posterior' En nin%n caso las partes! el o los mediadores! los abo%ados! los dems pro"esionales yperitos y todo a$ul $ue 2aya intervenido en un proceso de mediacin! podrn absolver posiciones ni prestar declaracin testimonialsobre lo e(presado en dic2a mediacin'()(*L+ IIMEDIACIN EN SEDE -*DICIALCAP)(*L+ IP3+CEDIMIEN(+APE3(*3AArt/!ulo C12&1 apertura del procedimiento de mediacin ser dispuesta por el Tribunal a solicitud de parte si "uere voluntaria o deo"icio en el supuesto del 1rt,culo 34'+P+3(*NIDAD5Art/!ulo D12&1 instancia de mediacin podr ser re$uerida por las partes al interponer la demanda o contestarla! o en cual$uieroportunidad procesal y en todas las instancias'En los supuestos del 1rt,culo 34! Incisos a5 y b5! el +ue lo dispondr de o"icio! en la oportunidad procesal $ue corresponda y! en elInciso c5 en la oportunidad de tomar conocimiento de la e(istencia de los e(tremos $ue #usti"ican la mediacin'(3ASLAD+Art/!ulo812C/1N06el re$uerimientodel procesodemediacinseavoluntario! alasolicituddepartesecorrervistaalacontraria' 0e mediar con"ormidad desta!se someter la causa amediacin!suspendindose elproceso #udicial!debiendo elTribunal comunicarloal Centro+udicial de-ediacinparalainiciacindel trmitecorrespondiente' Cuandoseencuentreninvolucrados intereses de incapaces deber darse intervencin al 1sesor &etrado'PAA+ DE (ASA DE -*S(ICIAArt/!ulo E12C/1N06 el actor propusiere someter a mediacin la causa $ue no est incluida en el 1rt,culo 34! abonar el cincuentapor ciento 789 :5 de la tasa inicial de #usticia $ue correspondiere' 0e mediar acuerdo! $uedar e(imido del pa%o del cincuenta porciento 789 :5 de la tasa restante' 0e no mediar acuerdo! o ste slo "uere parcial! se completar el pa%o de la tasa de #usticia enproporcin a las pretensiones subsistentes! a los "ines de la continuidad del proceso'DESIANACIN DEL MEDIAD+3Art/!ulo 0:12E& Centro +udicial de -ediacin! "i#ar en un plao no mayor de cinco 785 d,as 2biles! a partir de la recepcin de lasactuaciones una audiencia en la $ue las partes propondrn de comn acuerdo el mediador a desi%nar' Si no se lo%rase acuerdo! elCentro +udicial 2ar el nombramiento de o"icio por sorteo! debiendo noti"icar a $uien resulte electo y a las partes'L*AA3Art/!ulo 0012&1S audiencias de mediacin en esta sede se realiarn en los espacios ",sicos 2abilitados a tales e"ectos por elCentro +udicial de -ediacin'ACEP(ACIN DEL CA3A+Art/!ulo 0612 E& mediador desi%nado deber aceptar el car%o en el trmino o de tres 7;5 d,as 2biles de 2aber sido noti"icado! ba#oapercibimiento de remocin' .uien 2aya sido ele%ido por sorteo no podr inte%rar nuevamente la lista 2asta tanto no 2ayan sidodesi%nados la totalidad de los mediadores re%istrados! salvo $ue 2aya debido e(cusarse o 2aya sido recusado! aplicndose idnticocriterio en relacin a $uien no acepta el car%o'A*DIENCIAArt/!ulo0>12E& Centro+udicial de-ediacindeber"i#arlaprimeraaudienciadentrodelosdie76del plaoprevistoparalamediacin! el mediador podrconvocaralaspartesatodaslasaudienciasnecesarias para el cumplimiento de los "ines previstos en la presente &ey'C+MPA3ECENCIAArt/!ulo0812&1Spersonas",sicasdeberncomparecer personalmenteynopodrn2acerlopor apoderados! e(ceptocuandoresulte imposible por causa "e2acientemente #usti"icada! debiendo concurrir con asistencia letrada'&as personas #ur,dicas! comparecern por medio de sus representantes le%ales o autoridades estatutarias! debidamente acreditadasy con "acultades su"icientes para acordar! debiendo acreditar previamente la personer,a invocada'En caso $ue al%una de las partes! ",sica o #ur,dica! actuara por medio de apoderado! ste deber acreditar "acultades su"icientespara acordar! caso contrario! elmediador podr otor%ar dos 735 d,as para completar dic2a acreditacin' ?encido dic2o plao! setendr a la parte por no comparecida'C+NS(ANCIA P+3 ESC3I(+Art/!ulo 0E120E todas las audiencias deber de#arse constancia por escrito! consi%nando slo su realiacin! "ec2a! 2ora! lu%ar!personas presentes y "ec2a de la pr(ima audiencia'INC+MPA3ECENCIA 2 SANCIN5Art/!ulo 6:12SI no puede llevarse a cabo la mediacin por la incomparecencia in#usti"icada de al%una de las partes! se impondr a"avor del Centro +udicial de -edia cin una multa cuyo monto ser el e$uivalente al valor de dos 735 audiencias'BINALIGACINArt/!ulo6012@1AIEN06comparecidoyprevia intervencindel mediador!cual$uierade laspartespodrdarporterminadalamediacin! en cual$uier etapa del procedimiento'0e ello se de#ar constancia en acta! entre%ando copia de la misma a las partes intervinientes! con reserva de un e#emplar para serentre%ado por el mediador al Centro +udicial de -ediacin'AC*E3D+1 AC(AArt/!ulo 66120E mediar acuerdo! total o parcial! se labrar un acta en la $ue se de#ar constancia de los trminos del mismo y laretribucin delmediador! debiendo ser "irmada por todos los intervinientes en el proceso' El mediador deber entre%ar al Centro+udicial de -ediacin copia del acta dentro de los tres 7;5 d,as de lo%rado el acuerdo'H+M+L+AACINArt/!ulo 6>12C/1&./IE>1 de las partes puede solicitar la 2omolo%acin del acuerdo' El Tribunal podr ne%ar la 2omolo%acin!"undandosuresolucin!cuandoelacuerdoa"ectealamoral!lasbuenascostumbres yel ordenpblico'Estaresolucinserrecurrible por las partes' =irme la resolucin el acuerdo le ser devuelto al mediador para $ue #unto con las partes! en una nuevaaudiencia! subsanen las observaciones o en su caso den por terminado el proceso'E-EC*CIN DEL AC*E3D+Art/!ulo6;12ENcasodeincumplimientodel acuerdo2omolo%ado! podre#ecutarsepor el procedimientodee#ecucindesentencia'PLAG+ M.4IM+1 P333+AAArt/!ulo 6512E& plao para la mediacin ser de 2asta sesenta 7B95 d,as 2biles a partir de la primera audiencia' El plao podrprorro%arse por acuerdo de las partes! de lo $ue deber de#arse constancia por escrito! con comunicacin alCentro +udicialde-ediacin y al Tribunal actuante'AC(ASArt/!ulo6C12?ENCI06el plaosedarpor terminadoel procedimientodemediacin! debiendoel mediador labrar el actacorrespondiente' En todos los casos! de las actas $ue se labren se entre%arn copias a las partes y una tercera para su arc2ivo enel Centro +udicial de -edicin'H+N+3A3I+S DE A,+AAD+SArt/!ulo 6D12&6S 2onorarios de los letrados de las partes! si no estuvieren convenidos se re%irn por lo establecido en el Cdi%o1rancelario &ey N4 C33B'+(3+S P3+BESI+NALES IN(E3FINIEN(ES5Art/!ulo 6812EN todas las causas y si mediare consentimiento de las partes! podr re$uerirse el apoyo de e(pertos en la materiaob#eto del con"licto! cuyos 2onorarios sern abonados por la parte solicitante! salvo acuerdo en contrario'CAP)(*L+ IIE4C*SACIN Y 3EC*SACINCA*SALES1 +P+3(*NIDAD5Art/!ulo6E12E& mediadordeber e(cusarse y podr ser recusado porlas causas previstaspara los#ueces porelCdi%odeProcedimiento Civily Comercial! dentro deltrmino de tres 7;5 d,as 2biles de noti"icada su desi%nacin' ElCentro +udicialde-ediacin proceder a realiar una nueva desi%nacin'SIN E4P3ESIN DE CA*SA1 3EEMPLAG+5Art/!ulo >:12&1S partes podrn recusar al mediador sin e(presin de causa por una sola ve y en el trmino establecido en el1rt,culo anterior'Producida la recusacin al mediador! deber noti"icrsele dentro de los tres 7;5 d,as 2biles al Centro +udicial de -ediacin para$ue proceda a nuevo sorteo'P3+HI,ICINArt/!ulo >012N6 podr ser mediador $uien 2aya tenido vinculacin por asesoramiento o patrocinio con cual$uiera de las partesintervinientes en la mediacin! durante el lapso de un 7612N6 podrn actuar como mediadores $uienes re%istren in2abilitaciones comerciales! civiles! penales o disciplinarias! o2ubieren sido condenados con pena de reclusin o prisin por delito doloso! 2asta $ue obten%an la re2abilitacin #udicial yEo de lostribunales de tica correspondientes'MEDIAD+3ES1 3EI*ISI(+SArt/!ulo >>12P1>1 actuar como mediador en sede #udicial se re$uerir)a1 Poseer t,tulo de abo%ado con una anti%Fedad en el e#ercicio pro"esional de tres 7;5 aDos*#1 @aber aprobado el curso introductorio! entrenamiento y pasant,as! $ue implica la conclusin del nivel bsico del Plan de Estudiosde la Escuela de -ediadores del -inisterio de +usticia de la Nacin! u otro e$uivalente de +urisdiccin Provincial y 2aber obtenido lare%istracin y 2abilitacin provincial*!1 Estar inscripto en el Centro de -ediacin del Poder +udicial'Para actuar como coGmediadores en sede #udicial se re$uerir reunir los re$uisitos seDalados en el 1rt,culo H< Incisos a5 y b5 y estarinscripto como coGmediador en el Centro de -ediacin del Poder +udicial'H+N+3A3I+S5Art/!ulo >;12E& mediador percibir por la tarea desempeDada en la mediacin lo convenido con las partes' Si no e(istiese acuerdosobrelos2onorarios! el mediador percibirlaremuneracin$ueseestablecapor v,are%lamentaria! teniendoencuentalascircunstancias y comple#idad de los con"lictos $ue se sometan a mediacin! y $ue el monto m,nimo ser de un 7512EN las mediaciones en causas #udiciales! en las cuales una de las partes 2aya obtenido elbene"icio de liti%ar sin%astos! o estuviera tramitando el mismo o acreditara en los trminos $ue determine la re%lamentacin la imposibilidad de pa%o delos 2onorarios! la mediacin ser %ratuita para el $ue solicit el bene"icio de liti%ar sin %astos'AC3EDI(ACIN DE A*DIENCIASArt/!ulo >C121 los "ines de acreditar las audiencias re"eridas en los art,culos anteriores! el mediador deber llevar una planilla la $ueser "irmada por las partes y servir de t,tulo su"iciente para reclamo #udicial! en el supuesto de no ser abonadas por los obli%ados alpa%o'()(*L+ IIIMEDIACIN EN SEDE E4(3A-*DICIALP3+CEDIMIEN(+Art/!ulo >D12@1A>I mediacin en sede e(tra#udicial cuando las partes! sin instar proceso #udicial previo! ad2ieran voluntariamenteal proceso de mediacin para la resolucin de un con"licto! ante un mediador! centro de mediacin pblico o privado 2abilitado a tal"in'(3.MI(E EN AENE3ALArt/!ulo >812EN lo $ue corresponda! se re%ir en todas sus partes por lo dispuesto en los art,culos precedentes re"eridos a lamediacin en sede #udicial'EBEC(+ DEL AC*E3D+Art/!ulo >E12E& acuerdo al $ue se arribe tendr el mismo e"ecto de un convenio entre partes! e i%ual valide independientementedel centro pblico! privado o mediador 2abilitado interviniente'H+M+L+AACINArt/!ulo ;:12C/1&./IE>1 de las partes podr solicitar la 2omolo%acin del acuerdo ante el +ue en turno con competencia en lamateria! con las previsiones del 1rt,culo C9 de la &ey N4 CHB8 y el 1rt,culo H de la &ey N4 C33B' El trmite de 2omolo%acin estare(ento de tasa de #usticia! aportes y todo otro %asto'MEDIAD+3ES5Art/!ulo ;012P1>1 actuar como mediador en sede e(tra#udicial se re$uiere)a1 Poseer cual$uier t,tulo universitario con una anti%Fedad superior a tres 7;5 aDos en el e#ercicio pro"esional*#1 @aber aprobado el curso introductorio! entrenamiento y pasant,as $ue implica la conclusin del nivel bsico del plan de estudiosde la Escuela de -ediadores del -inisterio de +usticia de la Nacin! u otro e$uivalente de #urisdiccin provincial*!1 Estar matriculado en el Centro Pblico de -ediacin*d1 0isponer de o"icinas adecuadas para un correcto desarrollo del proceso de mediacin'H+N+3A3I+S5Art/!ulo ;612EN la mediacin en sede e(tra#udicial los 2onorarios del mediador podrn ser libremente convenidos por las partes'En su de"ecto! se re%ir por las disposiciones relativas a los 2onorarios de los mediadores en sede #udicial'()(*L+ IFA*(+3IDAD DE APLICACINMA(3)C*LA$ HA,ILI(ACIN Y 3EAIS(3+5Art/!ulo;>12E&-inisteriode+usticia! atravs dela0ireccinde-todos 1lternativos parala>esolucindeCon"lictos70I-1>C5! ser la 1utoridad de 1plicacin de la presente &ey! teniendo a su car%o las si%uientes atribuciones)a1 =i#ar las pol,ticas del Poder E#ecutivo Provincial sobre la implementacin! desarrollo y puesta en marc2a de la mediacin en elterritorio provincial*#1 Celebrar conveniosconel EstadoNacional! EstadosProvinciales! -unicipalidadesyComunas! EntesPblicosyPrivados!cual$uiera sea su naturalea! $ue ten%a por "inalidad el cumplimiento de los ob#etivos $ue re"iere el inciso anterior*!1 Inscribir en el>e%istro de -ediadores del-inisterio de +usticia a los -ediadores $ue 2ayan cumplido con los re$uisitos $uere%lamentariamente se establecan*d1 6tor%ar matr,cula a los mediadores mencionados*e1 0eterminar las condiciones de admisibilidad y pautas de valuacin para la obtencin por parte de los solicitantes de la matr,cula2abilitante*%1 6r%aniar el >e%istro de -ediadores y llevar un le%a#o personal de cada uno de ellos*?1 Solicitar in"ormacin alTribunalSuperior de +usticia sobre la cantidad de causas $ue tramiten por ante elCentro +udicialde-ediacin y cual$uier otro dato relevante a los "ines estad,sticos*@1 >ecibir denuncias por in"raccin de mediadores en su actuacin*i1 1plicar a travs del Tribunal de 0isciplina las normas ticas para el e#ercicio de la mediacin y controlar su cumplimiento*E1SEel CentroPblicode-ediacinenel mbitodel Poder E#ecutivo! el $uedesarrollarpro%ramasdeasistencia%ratuitaparapersonasdeescasosrecursos' Por v,are%lamentariaseestablecersuor%aniacinydesarrollodepro%ramas'IN(EA3ACIN5Art/!ulo;D120IC@6Centroestarinte%radopor pro"esionalesespecialiadosenmediaciny$ueseencuentren2abilitadoscon"orme las previsiones $ue le sean pertinentes del 1rt,culo HC5' 0ic2o in"orme tendr el carcter de pblico'C+NFENI+SArt/!ulo 5012E& Centro Pblico de -ediacin podr celebrar convenios con los municipios y comunas de la Provincia a los e"ectosde coadyuvar a la implementacin del sistema en sus respectivos mbitos'DI3ECCIN DE ML(+D+S AL(E3NA(IF+S PA3A LA 3ES+L*CIN DE C+NBLIC(+S5Art/!ulo5612&1 0ireccinde-todos 1lternativosparala>esolucin deCon"lictos70I-1>C5! dependientedel -inisteriode+usticiadelaProvinciadeCrdoba! tendrasucar%olaadministracindelos-todos 1lternativosparala>esolucindeCon"lictos con"orme la re%lamentacin $ue se dicte al respecto'CEN(3+ -*DICIAL DE MEDIACINArt/!ulo5>12C>J1SE el Centro+udicial de-ediacinen el mbitodela ProvinciadeCrdoba! el $uedependerdel Poder+udicial de la Provincia'B*NCI+NESArt/!ulo 5;12SE>IN "unciones del Centro +udicial de -ediacin)a2 6r%aniar la lista de los mediadores $ue actuarn en este mbito*#2 Supervisar el "uncionamiento de la instancia de mediacin*!2 Cumplimentar las obli%aciones impuestas por esta &ey*d2 >ecibir lasdenunciaspor in"raccionesticasdemediadoresensuactuacin#udicial! las$uesern%iradasal Tribunal de0isciplina $ue "uncionar en el -inisterio de +usticia*e2 >e%istrar y relevar los datos pertinentes con el ob#eto de elaborar estad,sticas tiles y con"iables para el control de %estin*%2 6r%aniar cursos de capacitacin espec,"ica en materia de mediacin*?2 Instrumentar las acciones necesarias para publicar y 2acer conocer las venta#as de la mediacin como mtodo alternativo desolucin de con"lictos'()(*L+ FIDISP+SICI+NES AENE3ALES(3I,*NAL DE DISCIPLINA5Art/!ulo 5512C>J1SE elTribunalde 0isciplina de -ediacin! en elmbito del-inisterio de +usticia! el$ue se encar%ar delconocimiento y #u%amiento de las in"racciones a los re%,menes tico y disciplinario! de los mediadores aplicando las sanciones $uecorrespondan con"orme a la naturalea! %ravedad del 2ec2o y antecedentes del in"ractor'El Tribunal de 0isciplina estar inte%rado por un representante de la 0ireccin de -todos 1lternativos de >esolucin de Con"lictosy un representante de cada Cole%io Pro"esional se%n lo estableca la re%lamentacin'El desempeDo de todos los car%os es adG2onorem'-*ECES DE PAGArt/!ulo 5C12&6S #ueces de pa le%os actuarn como mediadores en sus respectivas #urisdicciones! en la medida en $ue las parteslo soliciten! en las causas comprendidas en el 1rt,culo 34 Inciso a5 de la presente &ey pudiendo las mismas concurrir con patrocinioletrado'1 tales "ines los #ueces de pa debern estar 2abilitados de con"ormidad a lo establecido en el 1rt,culo ;; Inciso b5 de la presente&ey'En los casos en los $ue acte como mediador un +ue de Pa! el acuerdo al $ue se arribe podr ser e#ecutado en sede +udicial sinnecesidad de 2omolo%acin'B+ND+ DE BINANCIAMIEN(+1 IN(EA3ACIN5Art/!ulo 5D12E& =ondo de =inanciamiento se inte%rar con)a1 &as partidas presupuestarias $ue se incorporen en el Presupuesto del Poder +udicial y del -inisterio de +usticia*#1 &os "ondos provenientes de las multas $ue se apli$uen a los mediadores en ran de) 12@1ST1 tanto se pon%an en "uncionamiento los Centros +udiciales de -ediacin! en las sedes #udiciales del interior dela Provincia no ser de aplicacin el 1rt,culo 34 de la presente &ey'Art/!ulo C;12C6-/NL./ESE al Poder E#ecutivo'NIC6&1S M 1N>E&6 M ?I&&1 G 0EPPE&E>TIT/&1> 0E& P60E> E+EC/TI?6) 0E &1 S6T10EC>ET6 0E P>6-/&N1CI6N N4 'sticia. (e'ri"a" y Derec