ley de infancia

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NUEVO CÓDIGO NUEVO CÓDIGO DE LA INFANCIA Y DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA LA ADOLESCENCIA LEY 1098 DE NOVIEMBRE LEY 1098 DE NOVIEMBRE 08 DE 2006 08 DE 2006 SISTEMA DE RESPONSABILIDAD SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES PENAL PARA ADOLESCENTES

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NUEVO CÓDIGO NUEVO CÓDIGO DE LA INFANCIA Y DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIALA ADOLESCENCIA

LEY 1098 DE NOVIEMBRE LEY 1098 DE NOVIEMBRE 08 DE 200608 DE 2006

SISTEMA DE RESPONSABILIDAD SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTESPENAL PARA ADOLESCENTES

INSTRUCCIONES PARA INSTRUCCIONES PARA APLICACIÓN DE APLICACIÓN DE

LA LEY 1098 EN ELLA LEY 1098 EN EL

MANUALMANUAL DEL PACTO DEL PACTO

DE CONVIVENCIADE CONVIVENCIA

Y/O ACTITUD Y/O ACTITUD PEDAGÓGICAPEDAGÓGICA

RECORDAR QUE EL LENGUAJE QUE HAY QUE EMPLEAR EN EL PACTO ES PREVENTIVO Y EDUCATIVO.

LA ESCUELA NO ES CURATIVA NI SANCIONATORIA.

ASPECTOS PARA TENER EN CUENTA AL REFORMULAR EL

MANUAL DEL PACTO DE CONVIVENCIA.

ASPECTOS PARA TENER EN CUENTA AL REFORMULAR EL MANUAL DEL

PACTO DE CONVIVENCIA.

LOS MAYORES DE EDAD EN LA I.E LOS MAYORES DE EDAD EN LA I.E (CODIGO PENAL)(LEY 745/2002)(CODIGO PENAL)(LEY 745/2002)

CLAUSURA NO APARECE EN NINGUN CLAUSURA NO APARECE EN NINGUN DECRETO POR SER ACTO EXCLUSIVO DECRETO POR SER ACTO EXCLUSIVO DE LOS [email protected] LOS ALUMN@S.

EXCURSIONES-SALIDAS EXCURSIONES-SALIDAS PEDAGOGICASPEDAGOGICAS

JEAN DAY (PAGUE POR SER) JEAN DAY (PAGUE POR SER)

ASPECTOS PARA TENER EN CUENTA AL REFORMULAR EL MANUAL DEL

PACTO DE CONVIVENCIA.

LA LEY 1098 Art.28 (Ley 115, art. 14 ENSEÑANZA OBLIGATOIA.

EL DÍA QUE ALGÚN ALUMN@ NOS INTERPONGA UNA TUTELA, NOS HARÁN LA RECOMENDACIÓN SOBRE ESTE ARTÍCULO.

¿ESTAMOS TRABAJANDO INTERDISCIPLINARIAMENTE?

SI HAY ALGÚN CAMBIO EN LA ESTRUCTURA CULTURAL DE LA COMUNIDAD SE DEBE REALIZAR MUY LENTAMENTE.

ASPECTOS PARA TENER EN CUENTA AL REFORMULAR EL MANUAL DEL

PACTO DE CONVIVENCIA. Los art.41 al 45 establecen las

responsabilidades máximas de todo el sistema educativo del país. La palabra “expulsión”, desaparece, porque si un joven presenta algún problema que está afectando la convivencia de la institución; el Estado, la familia y la sociedad son responsables de la rehabilitación y la resocialización del joven en los términos que establece la Nueva Ley de la Infancia y la Adolescencia. (Cáp.. II art.19)

¿SERÁ QUE HAY IGUALDAD PARA LOS NIÑOS DE NUESTRA PATRIA?

LOS NIÑOS COLOMBIANOS ¿ESTÁN EDUCADOS DESDE BEBÉS EN EL PLENO DESARROLLO DE SU PERSONALIDAD, AUTONOMÍA PERSONAL Y LIBERTAD DE PENSAMIENTO?¿LA ESCUELA HA CUMPLIDO CON LO ANTERIOR? (LEY 115 ART. 5 FINES DE LA EDUCACION)

SISTEMA DE RESPONSABILIDAD SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTESPENAL PARA ADOLESCENTES

¿QUÉ ES?¿QUÉ ES? Es el conjunto de principios, normas, Es el conjunto de principios, normas,

procedimientos, autoridades procedimientos, autoridades judiciales especializadas y entes judiciales especializadas y entes administrativos que intervienen en la administrativos que intervienen en la investigación y juzgamiento de los investigación y juzgamiento de los delitos cometidos por personas que delitos cometidos por personas que tengan entre 14 y 18 años.tengan entre 14 y 18 años.

SISTEMA DE RESPONSABILIDAD SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTESPENAL PARA ADOLESCENTES

¿CUÁL ES LA FINALIDAD?¿CUÁL ES LA FINALIDAD? El Código busca medidas de carácter El Código busca medidas de carácter

pedagógico, privilegiando el interés pedagógico, privilegiando el interés superior del niñ@ y garantizando la superior del niñ@ y garantizando la justicia restaurativa, la verdad y la justicia restaurativa, la verdad y la reparación del daño.reparación del daño.

SISTEMA DE RESPONSABILIDAD SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTESPENAL PARA ADOLESCENTES

¿QUÉ ES REPARACIÓN DEL DAÑO?¿QUÉ ES REPARACIÓN DEL DAÑO? Es la responsabilidad de los padres o Es la responsabilidad de los padres o

representantes legales de los niñ@s y representantes legales de los niñ@s y adolescentes que cometieron el delito adolescentes que cometieron el delito para reparar los daños o perjuicios a para reparar los daños o perjuicios a que haya lugar.que haya lugar.

CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA:CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA:LIBRO II TITULO I CAPITULO I Art. 139LIBRO II TITULO I CAPITULO I Art. 139

ADOLESCENTES RESPONSABLES ADOLESCENTES RESPONSABLES PENALMENTE: PENALMENTE:

Para todos los efectos de esta ley son Para todos los efectos de esta ley son sujetos titulares de Derechos todas las sujetos titulares de Derechos todas las personas de 14 a 18 años.personas de 14 a 18 años.

Se entiende por adolescente las Se entiende por adolescente las personas entre 14 y 18 años.personas entre 14 y 18 años.

Se entiende por niñ@ las personas Se entiende por niñ@ las personas entre 0 y 14 años.entre 0 y 14 años.

CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIAADOLESCENCIA

RESPONSABILIDAD PENAL: Las RESPONSABILIDAD PENAL: Las conductas punibles realizadas por conductas punibles realizadas por personas mayores de catorce (14) años personas mayores de catorce (14) años y que no hayan cumplido los dieciocho y que no hayan cumplido los dieciocho (18) años de edad, dan lugar a (18) años de edad, dan lugar a responsabilidad penal y civil, conforme responsabilidad penal y civil, conforme a las normas consagradas en la a las normas consagradas en la presente Ley.presente Ley.

Será competencia de los Jueces DE Será competencia de los Jueces DE CONOCIMIENTO juzgar a los CONOCIMIENTO juzgar a los adolescentes acusados de violar la Ley.adolescentes acusados de violar la Ley.

CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA ADOLESCENCIA

ACCIÓN LEGAL:ACCIÓN LEGAL: APREHENSION: POLINAL Y/O POLICIA APREHENSION: POLINAL Y/O POLICIA

DE INF. Y ADOLES. Y/O CUALQUIER DE INF. Y ADOLES. Y/O CUALQUIER CIUDADANO.(no esposado)CIUDADANO.(no esposado)

CENTRO ESP. DE SERVICIOS CENTRO ESP. DE SERVICIOS JUEZ DE GARANTÍAS (legaliza la JUEZ DE GARANTÍAS (legaliza la

aprehensión e imputación con pruebas aprehensión e imputación con pruebas que reúne la FISCALIA DE que reúne la FISCALIA DE ADOLESCENCIA-36 hrs)ADOLESCENCIA-36 hrs)

JUEZ DE CONOCIMIENTO quien fija JUEZ DE CONOCIMIENTO quien fija fecha de audiencia de imposición de fecha de audiencia de imposición de sanción, es quien decide la situación del sanción, es quien decide la situación del joven. joven.

CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIAADOLESCENCIA

Capítulo V: SANCIONES A JÓVENES DE Capítulo V: SANCIONES A JÓVENES DE 14 A 18 AÑOS: 14 A 18 AÑOS:

Amonestación.Amonestación. Imposición de Reglas de Conducta.Imposición de Reglas de Conducta. PRESTACIÓN DE SERVICIOS A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS A LA

COMUNIDAD (no mayor a 6 meses y 8 COMUNIDAD (no mayor a 6 meses y 8 horas semanales, sin afectar jornada horas semanales, sin afectar jornada escolar)escolar)

Libertad VIGILADA.Libertad VIGILADA. Internación en un Medio Semi-cerrado.Internación en un Medio Semi-cerrado. Privación de la Libertad en Centro de Privación de la Libertad en Centro de

Atención Especializado.Atención Especializado.

CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA: ADOLESCENCIA:

La Amonestación es la recriminación La Amonestación es la recriminación que la autoridad judicial le hace al que la autoridad judicial le hace al adolescente sobre las consecuencias adolescente sobre las consecuencias del hecho delictivo y la exigencia de la del hecho delictivo y la exigencia de la reparación del daño, en todos los casos reparación del daño, en todos los casos deberá asistir a un curso educativo deberá asistir a un curso educativo sobre respeto a los derechos humanos sobre respeto a los derechos humanos y convivencia ciudadana. y convivencia ciudadana.

CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIAADOLESCENCIA

Reglas de conducta es la imposición por Reglas de conducta es la imposición por la autoridad judicial al adolescente de la autoridad judicial al adolescente de obligaciones o prohibiciones. (2 años)obligaciones o prohibiciones. (2 años)

CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIAADOLESCENCIA

La medida de Libertad Vigilada es de La medida de Libertad Vigilada es de carácter obligatorio y supervisada.carácter obligatorio y supervisada.

(2 años)(2 años)

CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIAADOLESCENCIA

La Internación en un Medio Semi-La Internación en un Medio Semi-cerrado es la vinculación del cerrado es la vinculación del adolescente a un programa de atención adolescente a un programa de atención especializado al cual debe asistir especializado al cual debe asistir obligatoriamente durante el horario no obligatoriamente durante el horario no escolar o los fines de semana.(3 años)escolar o los fines de semana.(3 años)

CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIAADOLESCENCIA

La Privación de la Libertad en Centro de La Privación de la Libertad en Centro de Atención Especializado sólo se aplicará a Atención Especializado sólo se aplicará a los adolescentes mayores de 16 y los adolescentes mayores de 16 y menores de 18 años, que sean hallados menores de 18 años, que sean hallados responsables de la comisión de delitos responsables de la comisión de delitos cuya pena mínima sea o exceda de 6 cuya pena mínima sea o exceda de 6 años, años, según código penalsegún código penal, la duración , la duración será de uno a cinco años.será de uno a cinco años.

En casos de adolescentes mayores de 14 En casos de adolescentes mayores de 14 y menores de 18 años que sean hallados y menores de 18 años que sean hallados responsables de homicidio doloso, responsables de homicidio doloso, secuestro o extorsión en todas sus secuestro o extorsión en todas sus modalidades, la privación de la libertad modalidades, la privación de la libertad tendrá una duración de dos a ocho años. tendrá una duración de dos a ocho años.

PARA TENER EN CUENTA EN LA REFORMA PARA TENER EN CUENTA EN LA REFORMA DEL MANUAL DE CONVIVENCIA Y/O PACTO DEL MANUAL DE CONVIVENCIA Y/O PACTO

DE ACTITUD PEDAGÓGICADE ACTITUD PEDAGÓGICA

1.Reunir la comunidad Educativa en 1.Reunir la comunidad Educativa en pleno para decirles que se hará el pleno para decirles que se hará el Pacto de ConvivenciaPacto de Convivencia

2.Comunicar que cada estamento 2.Comunicar que cada estamento debe elegir sus representantes. debe elegir sus representantes.

3.Cada estamento elaborará sus 3.Cada estamento elaborará sus derechos y deberes. Los estudiantes derechos y deberes. Los estudiantes acompañados por un docente. acompañados por un docente.

NOTA: NOTA: Otra metodología, sugerida, Otra metodología, sugerida, sería que de común acuerdo entre los sería que de común acuerdo entre los estamentos, se encargue a cada estamentos, se encargue a cada representante en el consejo directivo, representante en el consejo directivo, de la realización de la discusión en su de la realización de la discusión en su respectivo agrupación.respectivo agrupación.

4.Para agilidad y compromiso de los 4.Para agilidad y compromiso de los diferentes miembros de la comunidad diferentes miembros de la comunidad educativa, se les propone establecer que educativa, se les propone establecer que el quórum por reunión se hará con las el quórum por reunión se hará con las personas que asistan.personas que asistan.

5.Después de tener todas las actas finales 5.Después de tener todas las actas finales de cada estamento, se elabora el texto o de cada estamento, se elabora el texto o Manual y se procederá a realizar una Manual y se procederá a realizar una sesión plenaria (participan todos) para que sesión plenaria (participan todos) para que se apruebe el texto final y debe leerse se apruebe el texto final y debe leerse artículo por artículo. Se elabora el acta y artículo por artículo. Se elabora el acta y se lleva al Consejo Directivo para su se lleva al Consejo Directivo para su aprobación protocolaria final y se expide la aprobación protocolaria final y se expide la resolución.resolución.

6.En los primeros días de cada año 6.En los primeros días de cada año escolar, es necesario leer el Manual escolar, es necesario leer el Manual del Pacto de Convivencia, a todos los del Pacto de Convivencia, a todos los estamentos, principalmente a los estamentos, principalmente a los estudiantes.estudiantes.

7.Es conveniente entregar una copia 7.Es conveniente entregar una copia a cada estudiante. (CD)a cada estudiante. (CD)

8.La redacción del texto debe ser 8.La redacción del texto debe ser clara, sencilla y que no haya clara, sencilla y que no haya ambigüedad entre los artículos. ambigüedad entre los artículos.

9.Hay que tener en cuenta que ninguno 9.Hay que tener en cuenta que ninguno de los artículos se oponga a las leyes de los artículos se oponga a las leyes establecidas o a la Constitución establecidas o a la Constitución Nacional.Nacional.

10.Hay derechos de los docentes que 10.Hay derechos de los docentes que están en la ley, por lo tanto es una están en la ley, por lo tanto es una repetidera volverlos a copiar.repetidera volverlos a copiar.

11.Evitar utilizar palabras como 11.Evitar utilizar palabras como expulsión, sanciones, agravantes, expulsión, sanciones, agravantes, atenuantes, disciplinarios, etc. atenuantes, disciplinarios, etc. Reemplazarlas por Procesos Reemplazarlas por Procesos Formativos, actos disuasivos, Formativos, actos disuasivos, correctivos, comportamiento escolar.correctivos, comportamiento escolar.

12. Procurar que lo que se escriba y 12. Procurar que lo que se escriba y pacte se cumpla. pacte se cumpla.

13. En caso de algún cambio en un 13. En caso de algún cambio en un artículo o la inclusión de otro, se artículo o la inclusión de otro, se debe proceder de igual manera a lo debe proceder de igual manera a lo efectuado con el texto original. Sólo efectuado con el texto original. Sólo con ese artículo o esa modificación. con ese artículo o esa modificación. Se aprovecha una reunión de padres Se aprovecha una reunión de padres de familia y alumnos y se realiza la de familia y alumnos y se realiza la plenaria para la aprobación de ese plenaria para la aprobación de ese artículo o esa enmienda.artículo o esa enmienda.

NOTA:NOTA: Manual del Pacto de Manual del Pacto de Convivencia que no haya cumplido Convivencia que no haya cumplido con los pasos anteriores y no tiene con los pasos anteriores y no tiene las actas correspondientes, carece de las actas correspondientes, carece de legitimidad.legitimidad.

DEBIDODEBIDOPROCESOPROCESO

INFORME DEL COMPORTAMIENTO DE CONVIVENCIAINFORME DEL COMPORTAMIENTO DE CONVIVENCIA INSTITUCION EDUCATIVA “LA ESPERANZA”INSTITUCION EDUCATIVA “LA ESPERANZA”

Informe observador personal del docenteInforme observador personal del docente DOCENTEDOCENTE: : Diana Gaitán Diana Gaitán ALUMNO: Antonio Pérez BlancoALUMNO: Antonio Pérez BlancoGRADO: 4 - 2 JORNADA: MañanaGRADO: 4 - 2 JORNADA: MañanaFECHA: 25 de marzo de 2009.FECHA: 25 de marzo de 2009.INCIDENTE:INCIDENTE:

COMPORTAMIENTO ESCOLAR

NOTA: La siguiente observación negativa de comportamiento de NOTA: La siguiente observación negativa de comportamiento de convivencia, motivará la inclusión del alumno en un proceso convivencia, motivará la inclusión del alumno en un proceso disuasivo.disuasivo.

Firma de la docenteFirma de la docente Firma del alumno Firma del alumno Firma del padre, madre o acudiente. (Debe firmar quien firmó la Firma del padre, madre o acudiente. (Debe firmar quien firmó la

matrícula)matrícula)

INFORME DEL COMPORTAMIENTO DE CONVIVENCIAINFORME DEL COMPORTAMIENTO DE CONVIVENCIA INSTITUCION EDUCATIVA “LA ESPERANZA”INSTITUCION EDUCATIVA “LA ESPERANZA”

Cuaderno Observador de GrupoCuaderno Observador de Grupo DOCENTEDOCENTE: : Diana GaitánDiana GaitánALUMNO: Antonio Pérez BlancoALUMNO: Antonio Pérez BlancoGRADO: 4 - 2 JORNADA: MañanaGRADO: 4 - 2 JORNADA: MañanaFECHA: 25 de marzo de 2009.FECHA: 25 de marzo de 2009.INCIDENTE:INCIDENTE:

COMPORTAMIENTO ESCOLAR

NOTA: La siguiente observación negativa de comportamiento, motivará la NOTA: La siguiente observación negativa de comportamiento, motivará la inclusión del alumno en un proceso disuasivo.inclusión del alumno en un proceso disuasivo.

Firma de la docente Firma del alumnoFirma de la docente Firma del alumno Firma del padre, madre o acudiente. (Debe firmar quien firmó la matrícula)Firma del padre, madre o acudiente. (Debe firmar quien firmó la matrícula)

INFORME DE INFORME DE REINCIDENCIAREINCIDENCIA DEL COMPORTAMIENTO DE CONVIVENCIA DEL COMPORTAMIENTO DE CONVIVENCIAINSTITUCION EDUCATIVA “LA ESPERANZA”INSTITUCION EDUCATIVA “LA ESPERANZA”

Informe personal del Docente al CoordinadorInforme personal del Docente al Coordinador DOCENTEDOCENTE: : Diana GaitánDiana GaitánALUMNO: Antonio Pérez BlancoALUMNO: Antonio Pérez BlancoGRADO: 4 - 2 JORNADA: MañanaGRADO: 4 - 2 JORNADA: MañanaFECHA: 31 de marzo de 2009.FECHA: 31 de marzo de 2009.INCIDENTE:INCIDENTE:

COMPORTAMIENTO ESCOLAR CITACION DEL ACUDIENTE AL COLEGIOCITACION DEL ACUDIENTE AL COLEGIO

NOTA: El alumno y acudiente, ya estaban notificados, de que en caso de NOTA: El alumno y acudiente, ya estaban notificados, de que en caso de reincidencia, se enviaría el informe al señor coordinador para que estudie reincidencia, se enviaría el informe al señor coordinador para que estudie la posibilidad de que el alumno inicie un proceso disuasivo.la posibilidad de que el alumno inicie un proceso disuasivo.

Firma de la docenteFirma de la docente Firma del alumno Firma del alumno Firma del padre, madre o acudiente. (Debe firmar quien firmó la matrícula)Firma del padre, madre o acudiente. (Debe firmar quien firmó la matrícula)

REMISIÓN DE UN CASO AL COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLARREMISIÓN DE UN CASO AL COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLARINSTITUCION EDUCATIVA “LA ESPERANZA”INSTITUCION EDUCATIVA “LA ESPERANZA”

Informe personal del Coordinador al Comité de ConvivenciaInforme personal del Coordinador al Comité de Convivencia DOCENTEDOCENTE: : Diana GaitánDiana GaitánALUMNO: Antonio Pérez BlancoALUMNO: Antonio Pérez BlancoGRADO: 4 - 2 JORNADA: MañanaGRADO: 4 - 2 JORNADA: MañanaFECHA: 07 de abril de 2009.FECHA: 07 de abril de 2009.INCIDENTE: INCIDENTE:

COMPORTAMIENTO ESCOLAR Diego Alberto RendónDiego Alberto RendónCoordinadorCoordinador

NOTIFICACIÓN AL ACUDIENTE Y ALUMNO DEL INICIO DEL PROCESO DISUASIVOINSTITUCION EDUCATIVA “LA ESPERANZA”Informe personal al acudiente y alumno

ACUDIENTE: Pastor Pérez ALUMNO: Antonio Pérez BlancoGRADO: 4 - 2 JORNADA: MañanaFECHA: 24 de abril de 2009.INCIDENTE:Teniendo en cuenta que la Ley 1098 de noviembre 06 de 2006, Nuevo Código de la Infancia y Adolescencia establece en el artículo 43: “Obligación ética fundamental de los establecimientos educativos. Las instituciones de educación primaria y secundaria, públicas y privadas, tendrán la obligación fundamental de garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. Para tal efecto, deberán:•Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia niños y adolescentes con dificultades en el aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños y adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales”.De acuerdo con el Manual del Pacto de Convivencia que en el artículo 23 habla de las faltas y procedimientos en caso de perturbar la convivencia escolar, luego de escuchar los descargos del alumno Antonio Pérez Blanco, los cuales fueron analizados por el Comité de Convivencia de la Institución Educativa “La Esperanza” y cuyas apreciaciones están en el acta número 15 de abril 23 de 2009, les informo que se ha resuelto a partir de la fecha, que el estudiante iniciará un proceso disuasivo, todos los días de 3:00 PM a 5:00 PM en las instalaciones del colegio. NOTA: El proceso disuasivo se le levantará, cuando por sus actos, demuestre que el motivo de la falta, fue altamente superado.

Firma del Coordinador Firma del alumnoFirma del padre, madre o acudiente. (Debe firmar quien firmó la matrícula y con la firma autoriza la asistencia del alumno)

NOTIFICACIÓN AL ACUDIENTE Y ALUMNO DE LA FINALIZACIÓN DEL NOTIFICACIÓN AL ACUDIENTE Y ALUMNO DE LA FINALIZACIÓN DEL PROCESO DISUASIVOPROCESO DISUASIVO

INSTITUCION EDUCATIVA “LA ESPERANZA”INSTITUCION EDUCATIVA “LA ESPERANZA”

Informe personal al acudiente y alumnoInforme personal al acudiente y alumno ACUDIENTEACUDIENTE: : Pastor Pérez Pastor Pérez ALUMNO: Antonio Pérez BlancoALUMNO: Antonio Pérez BlancoGRADO: 4 - 2 JORNADA: MañanaGRADO: 4 - 2 JORNADA: MañanaFECHA: 25 de junio de 2008.FECHA: 25 de junio de 2008.INCIDENTE:INCIDENTE: Teniendo en cuenta que la Ley 1098 de noviembre 06 de 2006, Nuevo Código de la Infancia y Adolescencia establece en el artículo 43: El Comité de Convivencia de la Institución Educativa “La Esperanza”, que mediante acta número 15 de abril 23 de 2009, aconsejó la realización de un proceso disuasivo al alumno Antonio Pérez Blanco, el cual cumplió satisfactoriamente y ha demostrado plenamente su disuasión en sus actos, le levanta dicho proceso, le felicita y lo anima para que siga siendo ejemplo ante la comunidad educativa. Queda constancia en el acta No. 22 de junio 24 de 2009. Felicitamos también a su acudiente y la familia en general que colaboró plenamente. En caso de reincidir en comportamientos que afecten la convivencia de la institución, se informara al Consejo Directivo, sugiriendo apoyo especializado a la problemática del joven.

Firma del presidente del Comité de Convivencia. Firma del CoordinadorFirma del presidente del Comité de Convivencia. Firma del Coordinador

Firma del alumno Firma del padre, madre o acudienteFirma del alumno Firma del padre, madre o acudiente

GRACIASGRACIAS

SECRETARIA DE EDUCACIONSALUD AL COLEGIO

ORLANDO PRIETO GÓMEZPEDAGOGO REEDUCADOR

31135328073006483115

[email protected]