ley de fomento ambiental 2012
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LEY DE FOMENTO AMBIENTAL Y OPTIMIZACIÓN DE LOS INGRESOS DEL ESTADO, RO. 583 – 24-11-2011, NAC-DGERCGC12-00045 RO. 643 17-02-2012, IMPUESTO REDIMIBLE A LAS BOTELLAS PLÁSTICAS NO RETORNABLESTRANSCRIPT
LEY DE FOMENTO AMBIENTAL Y OPTIMIZACIÓN DE LOS INGRESOS
DEL ESTADO
RO. 583 – 24-11-2011NAC-DGERCGC12-00045 RO. 643 17-02-2012Resumen de los Asuntos más Importantes
Hay que destacar que este es un resumen libre y no constituye asesoramiento, para una interpretación o aplicación de la NORMA es necesario remitirse a su texto original
Reformas que incluye
• Gastos relacionados con la adquisición, uso o propiedad de vehículos utilizados en el ejercicio de la actividad económica generadora de la renta, son deducibles en vehículos cuyo valor sea de hasta $35.000, según la base de datos del SRI tales como:
1. Depreciación o amortización;
2. Canon de arrendamiento mercantil;
3. Intereses pagados en préstamos obtenidos para su adquisición; y,
4. Tributos a la Propiedad de los Vehículos.
• No aplicará esta deducibilidad sobre el exceso de $ 35.000, a menos que se trate de: – vehículos blindados y aquellos que tengan derecho a exoneración o rebaja del
pago del Impuesto anual a la propiedad de vehículos motorizados, RO No. 325– vehículos de empresas que tengan como única actividad económica el alquiler
de vehículos motorizados, si cumplen con el reglamento.
Reformas que incluye
• Se sustituye el Directorio del SRI por “El Comité de Política Tributaria”– El Comité de Política Tributaria es la máxima instancia
interinstitucional encargada de la definición y lineamientos de aspectos de política tributaria. Estará integrado por: el Ministro a cargo de la Política Económica, o su delegado, quien lo presidirá; el Ministro a cargo de las Finanzas, o su delegado, El Ministro a cargo de la Producción, o su delegado y el Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo, o su delegado; y el Director del Servicio de Rentas Internas, quien concurrirá con voz y sin derecho a voto; y estará a cargo de la secretaría del Comité.
Reformas que incluye
• Impuesto a la renta único para la actividad productiva de banano.- – Los ingresos la actividad productiva del banano
estará sujetos al impuesto único a la Renta del 2%.– La base imponible es el total de las ventas brutas,
en base a los precios fijados por el Estado. – Quienes que se dediquen exclusivamente a esta
actividad estarán exentos de calcular y pagar el anticipo del impuesto a la renta.
Reformas que incluye
• Los vehículos híbridos o eléctricos, de más de $ 35.000 están gravados con IVA 12%.
• Desde el 1-12-2011, los vehículos híbridos no estan exentos del ICE.
• Quienes se dedican al transporte público pueden solicitar al Servicio de Rentas Internas la devolución del IVA que hayan pagado en la adquisición local de chasis y carrocerías.
• Los servidores o servidoras recaudadores mencionados en el artículo 942 del Código de Procedimiento Civil, tendrán la calidad de Jueces Especiales, denominándoselos Jueces de Coactiva.
Reformas que incluye
• Participación Laboral.- – En el caso de los trabajadores vinculados a la actividad hidrocarburífera, éstos
recibirán el 3% del porcentaje de utilidades y el 12% restante será pagado al Estado y a los Gobiernos Autónomos Descentralizados, a través del Banco del Estado, y lo destinarán a proyectos de inversión social y de desarrollo territorial.
– En el caso de los trabajadores vinculados a la actividad minera, éstos recibirán el 3% del porcentaje de utilidades y el 12% restante será pagado al Estado y a los Gobiernos Autónomos Descentralizados, a través del Banco del Estado, y lo destinarán a proyectos de inversión social y de desarrollo territorial en las áreas en donde se lleven a cabo actividades mineras.
– Para el caso de los trabajadores de la pequeña minería será del 10% del porcentajes de utilidades y el 5% restante será como se indica en el párrafo anterior.
Reformas que incluye• Tarifas del ICE para vehículos eléctricos e híbridos
2. Vehículos motorizados híbridos o eléctricos de transporte terrestre de hasta 3.5 toneladas de carga, conforme el siguiente detalle:Vehículos híbridos o eléctricos cuyo precio de venta al público sea de hasta USD 35.000 0%
Vehículos híbridos o eléctricos cuyo precio de venta al público sea superior a USD 35.000 y de hasta USD 40.000 8%
Vehículos híbridos o eléctricos cuyo precio de venta al público sea superior a USD 40.000 y de hasta USD 50.000 14%
Vehículos híbridos o eléctricos cuyo precio de venta al público sea superior a USD 50.000 y de hasta USD 60.000 29%
Vehículos híbridos o eléctricos cuyo precio de venta al público sea superior a USD 60.000 y de hasta USD 70.000 26%
Vehículos híbridos o eléctricos cuyo precio de venta al público sea superior a USD 70.000 32%
Reformas que incluye• Impuesto a la Salida de Divisas:– Tarifa 5% vigente desde 25-11-11– Todo pago efectuado desde el exterior por ecuatorianos o
residentes en Ecuador, causa ISD en el Ecuador.– Están exonerados los pagos por concepto de dividendos a otras
sociedades extranjeras de personas naturales no residentes en el Ecuador, siempre y cuando, no esté domiciliada en paraísos fiscales o jurisdicciones de menor imposición.
– Podrá ser utilizado como crédito tributario, en el impuesto a la renta del propio contribuyente, los pagos realizados por concepto ISD en la importación de las materias primas, insumos y bienes de capital incorporados en procesos productivos.
Impuestos Ambientales
• Vehículos motorizados:• Objeto Imponible.- grava la contaminación del ambiente producida por el uso
de vehículos motorizados de transporte terrestre.• Hecho generador.- El hecho generador es la contaminación ambiental producida
por estos vehículos.• Exentos.-
– Vehículos de propiedad de las entidades del sector público.– Vehículos destinados al transporte público , transporte escolar y taxis– Vehículos que estén directamente relacionados con la actividad productiva del
contribuyente, según el Reglamento;– Ambulancias y hospitales rodantes;– Vehículos clásicos,– Vehículos eléctricos; y,– Vehículos destinados para el uso y traslado de personas con discapacidad.
• Vehículos de 2500 cc y mas de 5 años: rebaja de 80% hasta 2014 y 50% hasta 2016
Impuestos Ambientales• Vehículos motorizados, Vigente: 1 de enero de 2012:
No.
Tramo Cilindraje Autos y
motocicletas
$ / cc.
1 menor a 1.500 cc 0.00
2 1.501 - 2.000 cc. 0.08
3 2.001 - 2.500 cc. 0.09
4 2.501 - 3.000 cc. 0.11
5 3.001 - 3.500 cc. 0.12
6 3.501 - 4.000 cc. 0.24
7 Más de 4.000 cc 0.35
No.
Tramo de antigûedad en
años Autos
$ / cc.
1 menor a 5 años 0%
2 de 5 a 10 años 5%
3 de 11 a 15 años 10%
4 de 16 a 20 años 15%
5 mayor a 20 años 20%
6 Híbridos -20%
En ningún caso el valor del impuesto será mayor al 40% del avalúo del vehículo,
Acuérdese: Será responsable por el pago de los impuestos adeudados, el nuevo dueño del vehículo.
Impuestos Ambientales• Vehículos motorizados, Vigente: 1 de enero de 2012: Ejemplos de cálculo.
En ningún caso el valor del impuesto será mayor al 40% del avalúo del vehículo,Acuérdese: Será responsable por el pago de los impuestos adeudados, el nuevo dueño del vehículo.
Vehículo 2000 cc del 2000
Tramo 1, (2000 - 1500) * 0.08 = $40. Tramo 2: 11-15 años antigüedad, paga adicional 10%, $4, en total $44.
Vehículo 2000 cc del 2006Tramo 1, (2000 - 1500) * 0.08 = $40. Tramo 2: 5-10 años antigüedad,
paga adicional 5%, $2, en total $42.
Vehículo 2000 cc del 2011
Tramo 1, (2000 - 1500) * 0.08 = $40. Tramo 2, menos de 5 años, no paga adicional por antigüedad.
Exoneraciones del Impuesto a la Contaminación Vehicular:
• Quien tenga derecho a la exoneración debe presentar una solicitud adjunto los documentos que acreditan la propiedad. (original y copia)
• Matrícula del vehículo• Cédula, pasaporte o y certificado de votación,
del propietario o representante legal.• Nombramiento.
Exenciones del Impuesto a la Contaminación Vehicular: 1 de 2
Tipo ProcedimientoEntidades del sector público Presentar solicitud firmada por la máxima
autoridad adjuntado el documento legal que así lo certifique.
Propietarios de vehículos de transporte público de pasajeros: Taxi-Bus-Escolar
RUC deberá registrar dicha actividad, y presentarán original y copia del permiso de operación.La exoneración durará el tiempo que se establezca en el permiso de operación.
Vehículos utilizados en transporte de carga para actividades productivas.
RUC deberá registrar dicha actividad y presentarán original y copia del permiso de operación.Deberá justificarse que el vehículo se utiliza directa y exclusivamente para la actividad productiva
Exoneraciones del Impuesto a la Contaminación Vehicular: 2 de 2
Vehículos relacionados directamente con la actividad productiva:
Capacidad ProcedimientoEntre 1 y 3 toneladas Justificar que el vehículo se utiliza en la actividad
productiva especificando el código de dicha actividad.Propietario a la fecha de la solicitud.Original y copia de la autorización de “Servicio de transporte terrestre por cuenta propia”
Más de tres toneladas. Justificar que el vehículo se utiliza en la actividad productiva especificando el código de dicha actividad, excepto transporte de personasEl propietario debe contar con autorización para emitir comprantes de venta.Original y copia de la autorización de “Servicio de transporte terrestre por cuenta propia”
El propietario deberá justificar el uso directo y exclusivo en sus propias actividades.
Pago de impuesto a la contaminación vehicular
Mes Ultimo digito placa.
Febrero 1Marzo 2Abril 3Mayo 4Junio 5Julio 6Agosto 7Septiembre 8Octubre 9Noviembre 0
Servicio público o comercial
No de servicio público o comercial
Mes Ultimo digito placa.
Febrero 1 y 2Marzo 3 y 4Abril 5 y 6Mayo 7 y 8Junio 9 y 10
Impuestos Ambientales• IMPUESTO REDIMIBLE A LAS BOTELLAS PLÁSTICAS NO
RETORNABLES
Objeto del
Impuesto
Incentivar el reciclaje,
Hecho generador
Embotellar bebidas en
botellas plásticas no retornables
También la importación.
Tarifa
Por cada botella
plástica, tarifa de hasta
$ 0,02.
Valor total se devolverá en
a quien retorne las
botellas
Exentos
Botellas plásticas no retornables
que contengan lácteos y
medicinas.