ley 189-11 mercado inmobilirario y fideicomiso

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-1-Ley1'\0. 189 11parael Desarrollodel Mereade Hipotecarioyet FideicomisoenlaRepublica Dominicana.EL CONGRESO NACIONALEn Nombre de la RepublicaLey No. 189-11CONSIDERANDOPRII\1ERO: Que os supremointeres dela nacion establecer politicasquefaciliten el desarrollo deproyectos habitacionales, princi paImente deviviendas debajocosto, que reduzcan el impo rtant e defi cithabitacional de Ia Republica Dominicana.CONSIDERANDOSEGUNDO: Que parasuplir estedeficit se necesitanrecursos, asicomola optimizacion del usode los mismos, de forma quela poblaci 6n de menos ingresos,que enla generalidad deloscasesno es suj eto decredi ro, puedatener aceeso a arenas deviviendas con caracteristicas y condicionesque les resulten asequibles.CONSIDERANDOTERCERO: Queparaese yotros propositosesimportanteimpul sarel crecimiento ydiversificaci on del Mercado hipotecario yde valores en la RepublicaDominicana, para10 que se requiere crear0perfeccionar lasflguras j uridicas, instrumentosfinancierosy procedimientos judiciales que permitan tal desarrollo.CONSIDERANDOCUARTO: Quelacrea cionde figuras comola del fideicomi soseviene reclamando desde hace varias decadas en la Republica Dominicana. cuyainexistenciaennuestroderecho nos hacolocadoencondicicnde des vent aja [rente alamayoria de las legislacione s extranjeras .CONSIDERANDOQUINTO: Quese requieredesarrollar herrarnientas novedosasquepennitan elfinanciamiento del mercado hipote cario a travesde l Mercado decapi tales, talescomo 1a titularizaci6n decarteras hipotecarias, demaneraqueatravesdeellassepuedancanalizar los recursos de ahorro del mercado de capitales hacia el financiamiento deviviendas.CONSIDERANDOSE.XTO: Quesehacenecesari omodificar el marcolegal aplicableala titulari zaci 6n decartera hi potecaria y a lasletras hipotecarias enla medida en que se hanident ificado elementos estructurales que no han permitido el desarrollo de estosinstrumentos en el pais.-2-CONSIDERANDO SEPTIMO: Que la evolucicn de otros paises de la region hacomprobado que el crecimiento econcmico esta estrcchamente vinculado al desarrollo delMercado devalores, todavezquecontribuyealaumentodel fluj oderecursoshacialossectores productivos de la economia ya minimizar eIriesgo sisternico, generandoenconsecuencia, mayorriqueza y empJeos en el pais, por 10 que se hacenece sario ampli ar Iagarnade instrumentos y valores deoferta publica que puedan sec transadas endichoMercado como altemativa de inversion para los fondos de pensiones y demas inversionistasinstitucionales.CONSIDERANDOOCTAVO: Quelarecienteexperienciainternational derivadadelacrisis financiera que sacudio al mundo ha dejado importantes lecciones que invitan a todaslaseconomiesafortalecer sus marcos regulatoriosydesupervisionenarasdeafinar yredoblar el monitoreo y prevencion de eventuales riesgcs.CONSIDERANDONOVENO: Queparaladinamizacicndelmercadohipotecario y devalores es igualmente importante haeer masexpeditoslos procedimientos administrat ivos,necesariospara obtener las autorizaeiones correspondientes aesos nuevos instrumentosfinaneieros que pudieren ser utilizados con ese fin. velando a la vezporque se asegure unaefeetiva regulacion y supervision de los aetores que protej a los derechos de los terceros, enun ambiente de prudeneia.Que esimportantemejorar los proeedimientos judicialesexistentes para Ia ejecuci6n inmobiliaria.,de forma que sean mas expeditos y pennitan unasolucion oportunadelos casos, evitandolas dilacionesy alavez garantizandoeldebidoproceso, 10 que ccadyuvara al desarrollo del mereado hipotecario e incentivara laparticipaci6n de actores que aseguren el fluj o de reeursos.CONSIDERANDO DECIMOPRIMERO: Que aunque en nuestro derecho existenalgunas disposicioneslegales0 reglamentarias quedemaneradisemi nadaprevenaJ gunasfigures, instrumentos0 procesos relatives al mercado hipotecaricy de valores, mediante lapresenteleysepersigue eomplementar el marcojuridicoexistente, actualizandoloalaseorrientesintemacionales enprocuradeladinamizaci6ny el sanocrecimiento del sectorhipotecario y de valores en la RepublicaDominicana, sobre la base de esquemas prudentesy transparentes.CONSIDERANDO DECIMOSEGUNDO: Que es interes del Estado utilizar estaplataforma y dicho marco juridico para la implementacicn de estructuras de finaneiamientocosto-eficientes,tantoparalapromoci6ndelaconstrucciondeviviendasdebajocosto,como para el desarrollo de prcyectos inmobiliarios en general.-3-CONSIDERANDO DECIMOTERCERO: Que el Estado domlnicano est. comprometi dca viabilizar elaccesoaviviendas y la obtencion de financiamiento alos sectores de bajosingrescs, a los cuales se les difl culra adqui rirlas en el mercado.CONSIDERANDODECIMOCUARTO: Queel Estadodebepromoverlacreaei6ndenuevas figuras juridicas y financieras que permitan el [omenta de las soJucioneshabitacionales, 10 cual repercutiria en el crecimiento de la industria de la construccion y lageneraci6n de oferta de empleo y de vivienda.CONSIDERANDO DECIMOQUINTO: Que el ahorro aeumulado y exponencialderivadodelos fondosdepensiones representanunafuentederecursosid6neapara lainversion en el sector vivienda por la naturaleza de las carteras hipotecari as.CONSIDERANDO DECIMOSEXTO: Que en aras de promover proyectoshabitacionalesdebajocosto, el Estadocstadispuestoaparticipar conjuntarnenteconelsector privado en el desarrollo de los mismos.CONSIDERANDO DECIMOSEPTIMO: Que como otra contribuci6n del Estado,mediante esta ley se establecen incentivos y exenciones flscales para facilitar la adquisiciondeunaviviendadigna por partedefamiliasdebajosingrescs, alavezqueseinsertanadecuados mecanismos de supervision y control que garantizan el uso mas eficiente de losrecursos y la obtencion de viviendas de bajo costacon las mejores caracteristicas pcsibles,a los mas bajos precios.CONSIDERANDO DECIMOCTAVO: Que el esquema impositivo planteado en esta leyes compatible canuna sanapolitica fiscal, acorde asu vezconel actual Acuerdocon elFondoMonetarioIntemacional (FMI), envistadequelosincentivesfiscalesplanteadosconstituyen nuevas exenciones que no afectan los flujos existent es y los renglones gravadoscontribuiran a engrosar los actuales niveles de recaudaciones fiscales en el tiempc.CONSIDERANDODECIMONOVEJliO: Queesdeberdel Estadopromoverel ahorronacional, e incentivar Iaadquisici6n por parte de las fami lias, deuntecho propio; en esteespiritu, la present eleyconsagra disposicionestendentes afacilitar y promoverelahorro,mediante cuentas de ahorro programado.CONSIDERANDOVIGESIMO: Quesehaceprioritariofomenter el otorgarnientodefacilidades parala adquisici6n deviviendas debajo coste, por10 que serequiere eliminarresrricciones que impedirian concederlas en garantia, haciendose por ella necesarioexceptuar alas viviendasdebaj o costode quetrata esra ley, del alcanee del caracter debien de familia0cualquier otra restriccion que pudiere existir en ocasion de la procedenciadelos recursos paralosproyectosdeviviendasdebajocostaenlos casos enque existapart icipacion estatal.-4-CONSIIJERANDOVIG ESIMOPRIMERO: Que Ia presente ley es el resultadodelconsenso entre losdiferentesactores del mercadofinancieroy elambito fiscal, tanto delsectorpublico como del privado.VISTA: La Constirucion de la Republica Dominicana. proclamadaeI 26 de enerode 2010.VISTO: El C6digoCivil de la Republica Dominicana.VISTO: EICOdigo de ProcedimientoCivil de la Republica Dominicana.VISTO: EIC6digo Tributario de la RepublicaDominicana.VISTO: EI C6digode Trabaj o de la Republi ca Dominicana.VISTO: EI Ccdigo Penal de Ia Republica Dominicana.VISTA: La Ley No.5892, defecha l Ode mayo de1962, que creael Instituto Nacional dela Vivienda, y sus moditicaciones.VISTA: La Ley No.6186, de fecha12 defebrero de1963, sobreFomentoAgricola, y susmodificaciones.VISTA: La Ley NoJ39, de fecha 22 de agosto de 1968, de Bien de Familia.VISTA: LaLey No.687, de fecha27 de julio de 1982, que crea un Sistema de Elaboraci6nde Reglamentos Tecnicos para 1a Preparaci6n y Ejecucion de Proyectos y Obras Relativas ala Ingeniena, laArquitectura y Ramas Afines.VISTA: LaLeyNo.50-87, de fecha4dej uniode 1987, quederogaysustituyeIaLeyNo.42. del 17dej ulio de 1942, sabreCameras Oficiales de Comercio, Agricultura eIndustria.VISTA: La Ley No. 18S8, de fecha 5 de febrem de1988, que establece un impuesto anualdenominado Impuesto sabre las Viviendas Sunluarias y los Solares Urbanos no Edificados,y sus modificaciones.VISTA: La Ley No.19 00, de fecha8 de mayo de 2000, que regula el Mercado de Valoresde la Republica Dominicana.VISTA: LaLeyNo.87-0I , defecha9 demayode2001, que crea eI Sistema Dominicanode Seguridad Social .-5-VISTA: La Ley No.183-02, de fecha21 de noviembre de 2002, Monetaria y Financiera.VISTA: La Ley No.72-02, de fecha 7de junio de 2002, sobrc Lavado de ActivosProvenientesdel TraficoIlicitode Drogas ySustanciasControladasyotrasInfraccionesGraves.VISTA: La Novena Resolucion adoptadaporla JuntaMonetaria enfecha20de abril de2006, que aprob6 el Reglamento sabre Segura de Fomento de Hipotecas Aseguradas(FHA).VISTA: LaPrimera Resolucion dictada por laJunta Monetaria enfecha25defebrerode2009, que aprobo la primeraversion del Anteproyecto de Leypara el Desarrollo delMercadoHipotecarioenlaRepublicaDominicana, para suremisi6nal Poder Ejecutivopara los fines correspondientes.VISTA: LaPrimeraResoluciondictadapor laJuntaMonetariaenfecha4demarzode2010, queconocicel informedeavancepresentadopor laComisionTecnicadel BancoCentral, designada para la revision delaspropuestas demodificacion delAnteproyecto deLey para el Desarrollo delMercado Hipotecario en la Republica Dominicana.VISTA: LaPrimera Resoluciondictadapor laJuntaMonetaria enfecha 18demarzode2010, que aprobolapropuestade modificacionpresentadapor laComisionTecnicadelBanco Central, acargo de la revisiondel Anteproyectode Ley parael DesarrollodelMercado Hipotecario en la Republica Dominicana.VISTA: La Septima Resolucion dictada por la Junta Monetaria en fecha 8 de abrilde 2010,queaprobo lasegundaversiondel AnteproyectodeLeyparael Desarrollodel MercadoHipotecarioyel Fideicomisoen laRepublicaDominicanaeinstruyoal GobemadordelBanco Central su remision al Poder Ejecutivo, para los fines correspondientes.HA DADO LA SIGUIENTE LEY:TITULO IAMBITO Y OBJETO DE LA LEYArticulo1.- Ambitodelaley. Mediantela presente ley, se crea unmarco legal unificadopara impulsar el desarrollo del mercado hipotecario y de valores de la RepublicaDominicana; tambienseincorporalafiguradel fideicomiso, enaras decomplementar lalegislacion financiera dominicana.-6-Articulo2. Objetodelaley, Lapresenteley tienepor objeto crear lasfiguras juridicasnecesarias y fortalecer las existentes, para poder desarrollar eI mercado hipotecariodominicano, canalizando recursos de ahorro voluntario U obligatorio, para elfinanciamiento alargo plaza a la vivienday a la construcc i6n engeneral, profimdizando elMercado de capitales con la ampliacicn de altemat ivas para los inversionistasinstitucionales y fomentando el uso de instrumentcs de deuda que faciliten dichacanalizacion, 10que, unidoalacreaciondeincentives especiales, aport esdel Estadoyeconomias deprocesos, sirvanpara promover proyectos habitacionales, especialmentelosde bajo coste, est como fomentar el ahorro para la adquisici6n de viviendas por lapoblacion, a fin de mitigare1 importante deficit habitacional en Ia Republica Dominicana.TiTULOIIDE LAS FIGURAS JURI DICAS E INSTRUMENTOS FI NANCIEROSCAPiTULO IDEL FIDEICOMISOSECCION IGENERALIDADESArticulo 3.- Definiciondefideicomiso. EI fideicomiso es elactomediante elcualuna0varlas personas, llamadas fideicomitentes, transfieren derechos de propiedad u otrosderechos reales0pers onales, a una0varias personas jurldicas, llamadas fiduciarios, para laconstituci6n de un patrimonio separado, llamado patrimonio fideicomitido, euyaadministraci6n0 ejerciciodelafiduciaserarealizadapor el 0 losfiduciariossegunlasinstruccionesdel 0 delosfideicomitentes, enfavor deuna 0 varias personas, llamadasfideicornisarios 0 beneficiarios, conlaobligacionderestituirlosa1aextincionde clicheacto, a la persona designada en el mismo0 de confonnidad con la ley. El fideicomiso estabasado en una relacion de voluntad y confianza mutua entre el fidei comitente y elfiduciario, mediantela eual esteultimo admini stra fielmentelos bienesfideicomitidos, enestricto apego a las instrucciones y a los requerimientos formulados por el fideicomitente.Pa rraro. EI fideicomiso puede ser puro y simple 0 ,suj eto a condici6n0plazo. Asimismo.puede establecerse sobre todo0parte del patrimonio del fideicomitente.Articulo 4.aObjeto del fidei comi so. EI fideicomiso podra constit uirse para servircualquierprop6sito0 finalidadlegal, incluyendoel impulsodel desarrollodel mercadoinmobiliario, siernpreyquenoseacontrarioalamoral, el ordenpublicoylasbuenascostumbres.-7-Ar ticulo5.-Jrrevocabili dad delfideicomiso. Exceptiones. EI fideicomisosepresumeirrevocable y no podra ser obj eto de modificaciones, salvo que se estabIezca expresamente10contrario en el acto constituti ve .Parrafo1.- Losfideicomi sosirrevocabl espodranserexcepcional menterevocadospor elfldeicomitente, siempre que no hayan sido aceptados por el 0 los fiduciaries deconfonnidadcon 10establecidoenel Articulo13 deestaley. Luegodesuaceptacion, elactoconstitutivo de fideicomiso queno establezca expresamente su revocabilidad, setendra por irrevocable, no pudiendoser rnodificado0revocado, salvo que se cuente conelconsentimiento unanime del0de los fiduciarios y de los fideicomisarios.Parrafu11.- Enlos casas enque se haya establecidode manera expresaenel actoconstitut iveque el fidei comisoesrevocable, el fideicomitente podra revocar el mismosinnecesidad deobtener aprobaci cnpor panedel 0 delos fideicomisarios 0 del 0 de losfiduciaries, quienes no podran exigir indemnizaci on, salvo el derecho del 0 de losfiduciar ios deser reembolsados por los gastcs yadelantos enquehubierenincurrido enlaejecucion de sus funciones 0 par las sumas adeudadas a estes por concepto deremuneraci on.Articulo 6. Dienes )' derechos obj eto de fideicomiso. EI fidei comiso puede serconstituido sabre bie nes y dere chos de cualquier naturaleza, sean estos muebles 0inmuebles. tangibles 0 intangibles, determinados 0 deterrninablesencuan toasuespecie,salvo aquellos derechos que, conformea laley, seanestrictamente personal es de su titular.Podran afiadirse bienes al fideicomiso despues desu creacion, ya seapa r el fideicomitente0 ,sujeto a las condicionesestablecidaspor estaley, par un tercero, siempre quecuenteconla aceptacion del fiduci ario.Articulo 7.- Naturaleza del patrimoni o fide icomitido. Los bienes y derechos queintegran el fideicomiso constituyen unpatrimonioaut6nomo einde pendiente, separadodelosbienespersonales del adelosfideicomitentes, del 0 delosfiduciariosy, del 0 delosfideicomisari os, estcomo de otros fideicomisos que mantenga el fiduciari c.Articulo8. Afecracidn de los btenesque integranel patrimoniofide icomitido. Losbienes que se dieren en fideicomiso quedaran afectados al fin que se destinen y, enconsecuenci a, al pagode las obligaciones y responsabilidades queel fiduciario contraiga enejercicio de susfunciones por losactos queefectue en cumplimiento de la finalidad para Inque fueconstituidoel fideioomisoy, engeneral, deaeuerdoa 10establecidoenel actoconstitutive . 5610 podran ejercerse respectoa los bienes fide icomitidos los derechos yacciones que se refi eran a dicho fin, salvo los que expr esamente se reservaren atfideicomitente0 , losadquiridoslegalmenterespectodetales bienes conanterioridadalaconsritucion delfideicomi so, por elfideicomisario0por un tercero.-8-Articulo 9.- Imposibilidad de pers ecuclen de los bienes fideicomitidos por losaereedcres del fideicomitente, fideic omisarioy flduci ario. Excepclones. Los bienestransferidos at fideicomiso y los que sustituyan a esros, no pertenecen a Ja prenda comun delos acreedores del 0 de los fiduciaries, del 0 de los fideicomitentes, 0 del 0 de losfideicomi sari os, salvo 10expresamente previstoenesta ley. Por 10tanto. los bienes queintegranelfideicomisoeseapanal derechodepersecucicndelosacreedoresdel 0 delosfiduciarios, del 0 de los fideicomitentes, del 0 de los fideicomi sarios y de loscausahabientes de cualquierade estos. Los acreedores del 0 de los fideicomisariosnopodranperseguir los bienes fideicomitidos mientras estos se encuentren integrados alfideicomiso, peroseadrniteque podranperseguir. para lasat isfacciondesuscreditos, losfrut os que el fideicomisogenereybayande ser ent regados por eJ0 los fiduciarios alfideicomisariodequesetrate. Deigua l modo, los bienesconstituidosenfideicomisonopodranserperseguidospar losacreedores del fideicomitente, amenosquesus acreenciasfuerananterioresalaincorporaciondedichosbienesal patrimoniofideicomitidoy estengarantizadas por cua lquier tipo deafectacionlegal sobre estes, las cuales deberan secdeclaradas en la forma dispuesta en elliteral b) del Articulo13 de la presente ley.Articulo 10.-Posibilidadde persecuciende losbi enesfidei comit idospur obligacionesgeneradaspor el Ild eicomlse }' encasos de fraude a t erceros. Los bienes que integran elfideicomiso podransec perseguidos, secuestrados 0 embargados, por danos, deudas uobligacionesgeneradas concargoal propiofideicomi so, 0 en aquellos cases enque elfideicomisosehubieraconstituidoenfraudeatercerosy enperjuiciodelosderechosdeestes .Parrafo> Entodocaso, para poder trabar algun tipodemedida conservatoria se requeriraautorizacion previa deun j uez competente.Ar ticulo 11.- Defensadel patrimonio fideicomitido. EI alos fiduciari os estan obligados aejercer las acciones judiciaJes y extraj udiciales en defensa del patr imonio fideicomitido, ensudefectopuede hacerlocualquieradelosfideicomitentes 0 fideicomisarios. Encasodeque cualquiera de los fiduciari os haya hecho oposicion a la defensa, tanto eI 0 losfideicomitent es asi como eI 0 los fldeicomi sarios estanfacultados para asistirles en ladefensa. El 0 los fiduciaries pod ran delegar en cualquiera de los fideicomi sari os 0fideicomitentes las facultades necesari asparaqueejerzanlas medidas deprotecc icndelpatrimonio fideicomi tido, sin quedar par ello liberados de responsabilidad.Parrafo.,Enlos casasenque sehubiere decl aradoque eLfldeicomisofue constitui doenfraude a terceros y enperjuicio de los derechos de estos, el fiduciario quedara exonerado deresponsabil idad alguna y dispondra de una accion indemnizatoria para resarcir losperjuiciosrecibidos comoconsecuencia dela actuacion del 0delosfideicomi tentes, salvoel caso en que se pruebe que este tenia conocimiento de las acciones y el objetivoperseguido por el0los fideicomitentes y a sabiendas de ella acept6 el fideicomiso.-9-Articulo 12.-Inst rument o que creael fideicomi so. EI fidei comisopuede ser constituidoporactoautentlcoinstrumentadopor anteunnotari opublico 0 actobajofirmaprivada,requiriendose en este ultimo caso quelas firmas seanlegalizadas por not aric publico.Seran nulos y careceran de efectos los fide icomisos verbales0aquell os que se establecierensin las fonnalidades deseritas enla presenteley.Articulo 13.- Co nteni do del acto que crea el fideicomiso. EI actoque erea el fideicomisodebe contener, a pena denulidad, los elementos siguientes:a) Declaraci6n expresa de la voluntaddel 0 de los fideicomi tentes de constituir unfideicomiso.b) Unadecl aracionj uradadel 0 delos fideicomitentesdeque losbienes transferidostienenprocedencia legitima eindicaci6ndel estadojuridico dedichosbienes, conmencion expresa de las cargas y gravamenes que pudiesen estar afectando losmismos; que el acto que crea el fideicomiso no adolece de causa u obj eto ilicito y quenoseconst ituyeconlaintencinndedefraudar derechosdeacreedore sdel 0 delosfideicomitentes 0de terceros.c) Los nombres. profesion, ocupaci on. nacionalidad, estado civil, nombre del cenyuge0parejaenuni6nIibreysusgenerales tal comoconstanenlacedulade identidad0pasaporte de estos ultimos, y el regimen matrimonial en caso de corresponder;domicilio y res idencia y demas datos relativos a la cedul a de identidad0 de pasaportedel 0 delos fideicomitentes, igualmente las generales desusrepresentantes0 tutoreslegales, enlos casosenqueel fideicomitente sea personaflsica; y enaquellos casosenqueel fideicomitenteseapersona juridica, razon 0 denominaci6nsocial, segunconste en el Registro Mereantil, numero de Registro Nacional de Contribuyente(RNe), si cor responde, domicili o, nombres y apellidos y demas generales de surepresentantelegal y referencia al acto envirtuddel cual ejercen dichopoder, segun10 disponganlos estatutos soc iales.d) La designaci6n del 0 delosfiduciaries, incluyendosuraz6n0 denominacion social,segun conste en el Registro Mercantil , numero de Regi stro Nac ional de Contribuyente(RNC), si corre sponde, domicilio, nornbres yapellidos y demas generales de surepresentantelegal yreferencia al actoen virtuddel cualejercen dicho poder, segun10dispongan los estatutos sociales.e) La designaciondel 0 delos fideicomisarios. En casode queel 0los fideicomisariosnofuerendesignados al momento delaconstituciondel fldeic omiso, lasreglas quepennitan su designaci6n.-10-f) Individualizacicn de los bienes objeto del fideicomiso. En caso de que dichaindividualizaci6nnoseaposibl ealafechadeconstituciondel fideicomiso,el actodebera expresar In forma y los requisitos necesarios quedeberan reunir dichos bienes,a fin de su individualizacion future.g) Plaza 0 condicion a quese suj eta el fideicomiso.h) Inclusion del requerimiento de efectuar la notificaci6n a losacreedores de los bienesde que se trate para su traspaso al fldeicomiso, en el caso de quelos mi smos bienes seencuentren afectados de embargo, cargas 0 gravamenes.i) Indicacicn dela irrevocabilidad del fideicomiso, cuando aplique0 la posibilidad de larevocacion por parte del 0 los fideicomitentes, derecho que debera estartaxativamente exprcsado.Parraro 1.- EI acto podra conrener, sinque esta lista sea considerada limitative, loselementos adicionales siguientes:a) Procedimient o )' condiciones para la modificaci6n de los terminos del fldeicomiso enlos casas en que eI derecho a su modificaci on haya sido reservado al 0 a losfideicomitentes.b) Condiciones para fideicomitentes adherentes, en caso de que proceda.c) La aceptacion del 0 delosbeneficiarios0 fideicomisarios, alos dcrechos 0 creditosconsignados en el acto constitutive.d) Ladesignacionde los sustitutos del 0 de los fiduciaries, si los hubiere, 0 de losmecanismos y criterios a ser empleados para dicha sust ituci6n.e) La designaciondelos sustitutos del adelosfideicomisarios, si los hubiere,0 de losmecanismos y criterios a ser empleados para dicha sustitucicn.o Disrincion entre beneficiarios y fideicomisarics, enlos casas en queel que ostentaeldisfrute del f ideicomi so difiere del que ha de quedarse can e1 residual una vezfinalizado el fideicorniso, debera estipularse tal distincion,g) Encasode sustitucionsucesivadel 0 delosfideicomisarios , las reglasparadichasustituci6n suceslva, de confonnidad con 10 dispuesto en la presente ley.-11-b) Derechos yobligaciones del 0 delos fiduciariosadicionalesalasestablecidasenlapresenteley. Tambi ensesefialaranprohibicionesyIimitacionesadicionalesqueseimpongan a los fiduciarios para 13 administracion, utilizacion 0 disposicion delfideic omiso y lascausales desu revocacion.i) Las reglas de acumul acion, distribucion 0 disposicion de los bienes, rentas yproductos del fideicomiso, incluyendoel destino de los bienes al momentodefinalizar el fideicomiso.j) EIprocedimientoa seguir encasodesustituci6ndel 0 de los fiduciarios seaporrenuncia0remocion, incluyendo el tratamiento de pluralidad defiduciarios, en cuyoscasesno habria que acudir al Juzgado de Primera Instancia.k) Determinacion del procedimiento a traves del eual los bienes se Inccrporaranalfideicomiso, ya sea al momento de la constitucion de me, 0en el caso de que algunosbienes sean integrados posteri onnente al fideicomiso, los cuales podrian seragregados por un tercero.I) Determinaci6ndelafecha a parti r deIa cual elfiduciario ejercerael dominio delosbienesobjetodelfideicomiso, 1a cual podraser aparti r delafechaenquesehayamateriali zado la transferencia u otra que tengan a bien acordar las partes.m) Determinacion del procedimientoparala utilizacion derecursos del fl deiccmisoporparte del fiduc iario, incluyendo la forma en que se manej ar.i el regimen deremuneraciones.n) Definiciondelos procedimientosderendicion decuentaspor partedel fiduciario,tanto al 0 los fideicomitemes, al 0 los fideicomisarios y a los organismos desupervision correspcndientes .0) Causales deextinciondel fideicomisoadi cionalesalas establecidasenlapresenteley.p) Cualquier otro aspectc referido en el presente Capitulo como parte del actoconstitutive, as! como otros que puedanser incorporados reglamentariamente, con lafinalidad de fortal ecer e1 contenido del acto constitutivo.PdrrafeII. - El actoconst itutivo defideicomi so podra contener, adernas, las clausul as queel0los fideicomitentes tengana bien incluir, quenosean contrarias a la moral, a las leyeso al orden publi co.-12.Parrafo [ [ I . ~ El acto constitutive del fideicomisopodra ser modificadopor otto actosimilar0addendum posterior. que tambien se regjra por 10estahlec ido en la presenre ley, aligual que los aetas de revocacion0extinci6n del mismo.ParrafeIV.- Los bienes que sean transferidosa1 fideicomiso deberan reflejar su valor nero,tomando como referencia los valores de tasaci6n act ualizados, segun aplique.Articulo 14.- CI:iusulas prohibidas. El acto constitutive del fideicomiso nopedrocontener clausulas que signi fiquenla imposicion decondicionesabusivase (legales, y quedesnaturalicen el negoctc fiduciario, desvien su objeto original, 0 se traduzcan enmenoscabo ilicito de algun derecho ajeno, tales como:a) Previsiones que disminuyan las obligaciones impuestas al fiduciari omediante lapresente ley 0cualquier otra legislacion.b) Limitaciones de los derechcs legales del 0 de los fideicomitentes 0 del 0 de losfideicomisarios, como el de resarcirse de los danos y perjuicios por causas atribuiblesal 0 a los fiduciarios.c) Lasqueconcedenfacultadesal 0 alos fiduciariosparaafiadir nuevas clausulas 0modificar unilateralmente eI contenido de una 0 algunas clausules del actoconstitutivo.Articulo 15.Memorandum adicional de voluntad0earta de deseos. En adici6n al actoconstitutivodel fideicomiso, el 0 los fideicomitentes pcdranredactar unmemorandumadicional de voluntad0 cartade deseos, conindicacion y orientaciones sobre el rnanejo yoperation del fideicomiso. Este documento, otorgado mediante acto bajo firma privada, noestara sujetoalosrequisites de publicidad establ ecidos para el fideicomiso en la presenteley, ni a ningun otro requisito de publicidad.0registro exigible por la ley.Articulo 16.- Aceptaclon del fiduci ario. La aceptacion del 0los fiduciaries debe otorgarseenformaescrita, enel propioactoconstitutivodel fideicomiso 0 enactoseparado, deconformidad con las mismas fonnalidades que fueren seguidas para la instrumentacion delacto constitutive.Articulo 17.- Regimen de publicidad regist ral del fideicomiso. El actoconstitutivedelfldeicomisoysus rnodificaciones, incluyendoel actoautentico suscri to para fines delfideicomiso de planificaci6n sucesoral, deberan ser registradosen las oficinas de RegistroMereantil de las Cameras de Comercio y Produccion correspondientes a los domicilios delo delosfiduciarios.La exti ncicn del fideicomiso, independientemente delacausa que10-13-en gine, debera ser notificada por escrito a las ofi cinas de Registro Mercantil de lasCameras de Comercio yProducci6n de los domi cilios del 0 de los fiduci arios. Lo ante riorsin perjuicic delainscripcion, registro0 cuaIquier otrafonnal idadque, de acuerdoconlaclasede acto0con lanat uralezadelosbienesde que setrate, deba hacerse conforme a laley.Articulo 18. Efectos de la publicidad registral. El fideicomiso surt lra efectos conrespectoaterceros desde1a fechaenqueel mismohayasidoinscrito enlosregistrospublicoscorrespondientes, deconfonnidadcon10previstoenIapresenteleyy cualquierotro registro0 formalidad que legalrnente corresponda.Articulo 19. Traspasc de actives a favor del fideicomiso. Es obligacion de carlafideicomitente0de sus causahabientes, integrar en el patrimonio del fideicomi so los bienesy derechos senalados en el acto constituti ve, en eltiempo y eI lugar estipul ados, debiendocolaborar y hacer entrega de toda docu mentaci6n necesariapara perfecc ionar el traspaso delosmismos at 0 los fiduciari os. EI traspasodederechos registrablesseperfeccionaluegode la inscripcicn del cambio de titular en el registro corr espondiente. La transmision de losdemasbienesseperfeccionaraconlatradicion0 entrega, el endoso 0 lanotificaci6na1deudor cedido, segun corresponda.Articulo200 Obligacionesconcargoal fldei comiso. EI0 losfiduciariosdebenindicarexpresamentecuandoactuenacuentadel fideicomiso, encuyocasenoresponderanconsus bienes personales. Losbienes transferidos al patri moniofideicomitido, respaJdan todaslasobligaciones contraidas por el 0 los fiduci arios con ca rgo al fideicomiso, para elcumplimiento de las finalidades establecidas por el 0 los fideicomitentes ypodran, enconsecuencia, ser embargados y objeto de medidas conservatorias por parte de losacreedores del fldeicomiso.Pli.-nt.(o.-Entodo caso, para podertrabar algun tipo de medida conservat oria serequeriraautorizacicn previa deunj uezcompetente, segun 10 establecidoenel parrafcdel Articulo10 de esta ley.SECCION IIDEL FIDEICOMITENTEArticulo 21 Concept o de fideicomitent e. Se entendera comofideicomi tente, a la personaflsica0j uridicaquetransfiere derechosde propiedadU otrosderechosreales0 personatesat 0 a los fiduci arios, para la constituci on de uno0varios fideicomisos.-14-Articulo 22.- De la Capacidad. Para constituir un fideicomiso se requerira capacidad legalpara disponer delosbienesyderechosobjetodelfideicomiso. Unapersonapodniseralmismo tiempofide icomi tente y fideicomisario0 beneficiario, siempre que se estipule en elacto constitutivo.Articulo 23.- Dereehos del fidei comitente. Enadiciena los derechos que eI 0 losfideicomitentes se hubieren reservado en el actoconstitutivo del fideicomiso para ejercerl osdirectamente sobrelos bienesfide icomitidos, el 0 los fideicomitentes tendranpor 10 menoslos siguientesderechos, siemprey cuando novayanen contra delosintereses del 0 delosfideicomisarios 0 beneficiarios, 0 cuandoconellosno sedesnaturalice la instituci6ndelfidei comiso:a) Exigir al0 alos fiduciarios el cumplimiento delas finalidades establecidas en el actoconstitutive del fideicomiso.b) Exigir al 0 alosfiduciarioslarendiciondecuentas, consujeci6na10dispuestoenesta ley y 10 previsto en las clausulas del acto constitutive del fideicomiso.c) Nombrar a los sustitutos del 0 de los fiduciar ios, en el caso de que estes cesen en susfunciones por cualquier causa, y obtener la rransmision de los bienes a ottofiduciarioen caso de sustituci6n del fiduciario titular de los bienes.d) Obtener la restituc ion 0 devolucion de los bienes y derechos fideicomitidos almomento de la exti nci6n del fideicomiso, si no se hubieseprevisto un destine distintopara los mismos en el acto constitutivo del fideicomiso.e) Ejercer las acciones de responsabilidad civil0 penal a que hubiere lugar en contra delfiduciario, por dolo0faltas en el desempefio de su gest ion.f) Revocar el mandato otorgado al0a los fiduci arios cuando estes incumplieren con susobligaciones, siempre que no se lesionen los derechos de terccros y que dicha facultadhubiere quedado establecida expresamente en eI acto constitutivedel fideicomiso; 0,encasedequenosehayanreservadoel derechoderevocarel mandatootorgado,podran demandar en justicia la remocion del0de los fiduciarios.g) Realizar las modificaciones que estime adecuadasal acto constitutive del fideicomisoslempre que no se lesionen los derechos adquiridos por terceros. 15-SECCI6N IIIDEL FIDUCIARIOArticulo 24. Conc:epto de fldu eiaric, Se entendera comofiduciari o ala persona j uridicaautorizada por la presente ley para fungir como tal. que reeibelos bienes dados0 derechoscedidos en fideicomiso para cumplir con ellos las instrucciones del 0 de losfideicomitentes.Articulo25.- Personasj uri dicas facultad as a fungir comofiduciarios. S6lopodranfungir como fiduciarios y realizar eI negocio de fideicomiso las personas juridicasconstituidas deconformidadcon lasleyes delaRepublica Dominicana, cuyo finexclusivoseaactuarcomotales. lasadministradorasdefondos deinversi 6n, losintennediariosdevalores, los bancos multiples,lasasociaci onesde ahorrcs y prestamos, y otrasentidades deintermediacien financiera previamente autorizadas a esos fines por la JuntaMonetaria.Parrafe 1.- Las administradoras de Condos de inversion establecidas de conformi dad con laLey sobre MercadodeValores.su reglamento )'normascomplementarias , fungirancomofiduciarias unicamente respecto de los Condos de inversion que esten bajo suadministracion, guardandc para ello el mane]o separadc de los patrimoni es queadministren.Parrafo11.-Losintermediaries devalores establecidos deconformidadconlaLey sobreMercado de Valores, su reglamento y Donnas ccmplementarias, podran fungir comofiduciariesuni camenterespecto delas carteras queadministrenenloscasosenque talescarteras se constituyan en fideicomisos.Parrafo 111.- Las personas juridicas constituidas en la forma de sociedades de confonnidadcon las leyes de13RepublicaDominicana, cuyo fin exclusivo sea fungir como fiduciarios,deberan registrarse en Is Direccion General de lmpuestos Intemos, informar sobre el inicicdesusoperaciones ycumplir con todas las disposiciones establecidas eneI presenteCapitulo, asi como las que sean establecidas en eI reglamento y nonnas complementari asqueenunplazonomayordesesenta(60) diascalendariosdebcraadoptarlaDireccienGeneral de Impuestos Internos para estos fines, correspondiendo a ese organismo lasupervision de esosfideicomisos, sin perjuicio de 1a supervision que corresponda al tipo deent idad de que se trate.Par rafc IV.- En el caso de que eL uso del fideicomiso este asociado a actividadesvinculadasaofertapublicade valores yproductos, lasupervi sionestara acargode laSuperintendenciadeValores, acordea10 establecido en el ParrafoI delArticulo 60 delapresente ley.-16-Articulo26.- Pluralidaddefiduci arios. EI0 losfideicomitentespodrandesignervariesfiduc iariospara que, conjunta0 sucesivarnenre, ejerzan sus funciones, indicando eI orden ylas condiciones enque deben operar 0en que hayan desustituirsesegun el caso. Cuando elacto constitutive establezca que los fiduciarios deban actuar conjuntamente, sedenominaran cofiduci arios. EI numero de fiduciarios siempre debera set impar y susdecisiones las tomaran por mayoria delos integrantes. El acto constitutivo debera indicar acual de los fiduciarios setraspasaran los bienes para la conformaci6n del patrimoniofideicomitido.Articulo 27.- Atribuciones del fiduciario. EI 0losfiduciarios ejercensabre el patrimoniofideicomitidodominic fiduciario, eIcual Ieconfiere plenas pote stades, inclui das las deadministraci on, USO, di sposicionyreiv indicacionsobrelos bienes queconfonnandichopatr imonio fideicomitido, siempre que cstas sean ejercidas para eI cumplimienlo del fin0finesdel fideicomi so, y con observancia delaslimitaciones que sehubieren esreblecido enel actoconstitutive. EI dominio fiduciario se ejerce a partir dela transferencia delos bienesobjetodel fideicorniso, salvodisposicioncontrari aestableci da en el actoconstitutive. yhasta el termino del fidei comiso.parrafo.- EI 0 losfiduc iarios solo podran di sponer delosbienes fideicomitidos con arregloalas esti pulacionesconlenidas enel actoconstitutive . Los actosdedisposici cnquesesuscribanencontravencicnde10 pactado 0 excediendosus facuhades, sonanulables einoponiblesat0alosfideicomitentes y al0a los fideicomisarics. La accien en nulidad dedichoactodedisposici6n puedeserinterpuesta por cualquieradelosfideicomisarios, el 0los fideicomitentesy por otrode losfiduciarios en caso de pluralidaddelosmismos. Dichaaccion debera ser ejercida dentro del plaza dedos(2)anos, contados apartir del momentoque se tenga e1 conocimientodel actoanulable.Articulo 28.- Derechos del fiduciario. Son derecbos delos fiduciarios:a) Decl inar su designaci on,b) Cobrar una retribucion por sus servicios, de acuerdocon 10estipuladoeneIactoconstituti ve 010 dispuesto en esta ley.c) Utilizar recursos del fideicomiso, confonnea 10 previamente acordadoenel actoconstitutive, conprudencia y di ligenci a, siguiendolaspracticesdeunbuenpadre defamilia paracubrirlosgastos enqueincurriere enlaadministracion del palrimoniofideicomitido y en la realizacion de su finalidad, asi como resa rcirse dealglin gasto enquehayaincurridoaese fin, siempreque eI mismoestedebidamente justificadoydocumentado. Enlos casos enque el 0 Los fiduciarios hayanadelantado recursos- 17-propios paracubrir gastos del patrimoniofideicomitido, estes tendrandcrechoareembolsarse con prioridada cualquier distribucien que correspondiere efectuar a losfideicomisari os0 beneficiarios.Articulo 29. Obltgaclones del fiduciario. Unavezaceptadoel fidei comisopor el 0 losfiduciarios. estes contraen las obligacionessiguientes:a) Registrar 0 transcribir lacesion0 transferenciadelas propiedades inmobiliarias 0cualesquier otros bienes registrables que pasen a confonnar el patrimoniofideicomitido, cumpliendo con las fonnalidades indicadas para ello en la ley.b) Ajustarse estrictamente a las instrucci ones del 0de los fideicomitentes, estipuladas enel acto consti tuti vo.c) Administrar el fideicomiso como un buen padre de familia, en interes (mice del0delosfideicomisarios, desplegandoensu gestiondiligenciaycuidado, realizandolasoperacioneseinversione squeentiendadelugar ysindemoras innecesarias, enlaforma en que, a su j uicio, ofrezca la mayor seguridad y minimice riesgos.d) Manejarcon la mayor idoneidad las cuentas propias del fideicomiso y comunicarle alaalosfideiccmitentes y al 0 a los fideicomisarios todos loshechosque, en relacioncon el mismo, deba conocer, enbase a los mecanismos de rendicionde cuentasestipulados en el actoconstitutivo.e) Sumini straral aalosfideicomisari os, asurequerimiento, informacioncompletayexacta acerca de la naturaleza, cantidad y situation de los bienes en fideicomiso.f) No delegar en otra persona la realizacion de aetos propios de su cargo, salvo los casosexpresamente indicados en la presente ley0en el acto constitutivo.g) Ej ecutar las diligenciasrazonables para tomar y conserverel control de los bienes enfideicomiso,iniciarlas reclamaciones quefueren necesariasa ese finy contesterlasaccionesejercidas contraeI fideicomiso,asf comoej ercertodaslasejecutoriasquecorrespondanparala defensa delos bienes fideicomitidos, tanto contra terceros comocontra el 0 los fideicomisarios, en caso de ser necesarias.b) Conservar la propiedad delosbienes enfideicomi soseparada desuspropios bienes,llevandopara ello contabilidad separada 0 independiente.18i) Pagar al fideicomisario en Los plazas establecidos en el acto constitutive delfideicomiso o, en caso de quenoseestab lezcan, en plazostrimestrales, larentanetadelapropi edadenfldeicomlso, cuando es te seacreado para pagarrenta por periododeterminado.j) Part icipar en la administracion del fideicomisccuando haya pluralidad defiduciari os,e informar al 0 a los fideicomitentes y a1 0 a los fideicomisarios de cualquierviolacioncometida poruncofiduciario, as! comoiniciar lasaccionestendentesaobtener la correcci 6n0reparacion de las violaciones cometidas por este ultimo.k) Llevar las cuentas yregistrossobre la admini straciondelfideicomiso confonne a lasmej ores practices de contabilidad aceptadas, y rendir cuentas al 0 a losfideicomitentes 0 at 0 a los fideiccmisarios, confonne 10que prevea eI actoconstitutivoy conlaperiodicidadestablecida en eI mismo Y, afal tadeestipulacion,no menos de dos (2) veces a] ano.I) Guardare1secretafiduciariofrentea lostercerosrespectodelasoperaciones, actos,contratos, docume ntos e informacion quese relaci onen con losfideicomisos, canlosmismos al cances que la legislacion en materia economi ca ypenal vigente en laRepublicaDomi nicana establecepara el secretabancario asecreta profesional, tantodurantelavigencia comoluegodelaterminaci ondel fide icomiso, porlacausa quefuere. Dicha obligacien de confidencialidad no sera aplicable a informacionescontenidas en el actoconstitutivodel fldeicomiso, a cualquier ot ro acto sujetoaregistro publico0a cualquier otra informacion quedeba hacersepublicaenvirtud dela ley.m) Protegercanp6lizasdesegurolosriesgosque corranlos bienesfideicomitidos, deacuerdo a10pactadoenelactoconstitutivo0 , ensudefecto, conforme alasbuenaspracticas degesti6n.n) Cumplir con las cbl igaciones tribu tarias puestas a su car go.il) Trans ferir losbienesdel patri moniofideicomitido al0 a losfide icomitentes,0at 0 alos fidei comisari os al concluir el fide icomiso, segun correspcnda,al fiduciariosustituyente encase de sustituci6n0cese en sus funciones.Parrafo1.- ELfiduciari cseraconsideradocomosujetoobligadoat cumplimientode Lasnormas dedetecci 6n y prevencicnde lavados deactives, yental consideracionquedasometido a las previ sioneslegal es establecidas en los aniculos 38 al53 de laLey contra elLavado deActivesProvenientesdel TraficoIIlcitodeDrogasySust anciasControladasyOtrasInfracciones Graves :-19-a) Cuandoel fiduciario seaunaadministradoradefondos deinversion, lasanci6nadministrativa por incumplimiento alas nonnas deprevencion delavado de activossed. impuesta por la Superintendencia de Valores, confonne a los eriteriosestablecidos enlas disposiciones legales citadas en el presente parrafo. La apelacioncontra ladecision rendida par laSuperintendencia deValoressera llevada por anteel ConsejoNacional deValores enlaformayconforme alosplazos quelaleydetermine.b) Cuando la infraccion de quese trata sea cometida por una entidad deintermediacionfinanciera, Ia sancion a imponer correspondera de pleno derecho a 1aSuperintendencia de Baneos, pudiendo 1a entidad de intermediacion financieracomo sujeto obligado ejercer los recursos quela ley pone a su alcance.c) Cuandoel fiduciarioseauna sociedadcomercial, lacompetenciasancionadoraIecorrespondera a la Direccion General de Impuestos Internos, y los recursoscorresponderanal MinisteriodeHaciendaenlos plazosycondicionesque laleycontemple.Articulo 30. Regimen de rendici6n de cuentas del fiduciario. El fiduciario debera rendircuentasdesugestion al 0 alos fideicomisarios, y en sucaso, al fideicomitente, segun seestablezcaenel actoconstitutivodefideicomiso, ysi este nada disponealefecto, deberarendir cuentas al fideicomisario por 10 menos dos (2) veces al afioyal extinguirse elfideicomiso. El fiduciarioinformara, endichasrendicionesdecuentasy con los detallesnecesarios, a quien corresponda, dela percepcion de rentas, frutos0productos, asi como decualquier operaci6n de adquisici6n, liquidacion, sustituci6n 0 inversion de bienes. Elreporte de gestion debe contener por 10 menos, los estados financieros del perfodorespectivoyunarelacionde las inversionesque confonnanel patrimoniofideicomitido.Esta relaciondebe incluir: tipo, plazo, monto de la inversion y rendimiento generado.Igualmente, debesefialarse la remuneraci6n del 0 delosfiduciarios 0 tarifa administrativa,asi como cualquier situaci6n quehaga prever el deterioro significativo de los activos objetodel fideicomiso, en particular en el caso quese trate de un contrato de inversion dirigida.Parrafe 1.- Si no se objetare la rendicion de cuentas presentada por el fiduciario alfideicomisario 0 fideicomitente en el plaza establecido en el acto constitutivo defideicomisoy, afaltadeello, dentrodeunplazo denoventa (90) dias desdesurecibo, larendici6ndecuentassetendra comotacitamenteaceptada. Una vez aceptada larendicionde cuentas, ya fuere en forma expresa 0 tacita, el fiduciario quedara libre de todaresponsabilidad frentealfideicomitentey losfideicomisarios presentes0futuros por todoslos actosocurridos durante el periodo que abarque la rendici6n decuentas. Sinembargo, talrendicion de cuentas0 su aceptacion no eximiran al fiduciario de responsabilidad por dafioscausados por su falta, negligencia 0 dolo en la administraci6n del fideicomiso.-20-Parrafo11.-La rendici6n de cuentas es indelegable a terceras personas, por 10 quecorresponde al0a los fiduciarios rendir las cuentas comprobadas de sus actuaciones.Articulo 31.- Operaciones prohibidas. Se consideraran operaciones prohibidas a losfiduciarios las siguientes:a) Mezclar activos de un patrimonio fideicomitido con los propios.b) Mezclar activos de un fideicomiso con los de otros fideicomisos.c) Afianzar, avalar 0 garantizar de algun modo al 0 a los fideicomitentes 0fideicomisariosel resultado del fideicomiso0 las operaciones, aetasycontratosquerealice con los bienes fideicomitidos.d) Realizar operaciones, aetas 0 contratos conlosbienes fideicomitidos, enbeneficiapropio0 desusdirectores, accionistas, empleados, as!comosusparientes hastaelsegundo gradeinclusive, 0 de las personas juridicas donde cualquiera de estos tengauna posicionde direccion0 control, salvo autorizaci6nconjunta y expresaen el actoconstitutivo del0de los fideicomitentes y del0de los fideicomisarios.e) Otorgar prestamos con fondosprovenientes de los fideicomisosen provecho propio0asus directores, accionistas, empleados, asi como susparientes hasta el segundogradoinclusive, 0 de las personas juridicas donde cualquierade estes tenga unaposiciondedireccion 0 control, salvoautorizaci6n conjunta yexpresa enel actoconstitutivo del0de los fideicomitentes y del0de los fideicomisarios.f) Adquirir para subeneficio por sl 0 por interposita persona, los bienes dados enfideicomiso.g) Realizar cualquier otro acto0negocio juridico con los bienes fideicomitidosrespectodel cual tengauninterespropio, salvoautorizacionconjunta yexpresadel 0 delosfideicomitentes y del0de los fideicomisarios.h) Delegar sus funciones, salvo en los casos expresamenteindicadosen Ia presente ley.No obstante, podra designar bajo su responsabilidad a los auxiliaresy apoderados quedemande la ejecuci6n de determinados actos del fideicomiso.Parrafo1.- Enprincipiolosfiduciariosnopodranestipularsecomofideicomisarios. Dellegar a coincidirtalescalidades, el 0 los fiduciariosnopodranrecibirlosbeneficiosdelfideicomiso en tanto la coincidencia subsista.-21-Plirrafo 11.- Seran consideradas como nulas las operaciones que se realicen enconrravencion deestasprohibicionesexpresas, sin detrimento delasaccionespor danos yperjuicios que pudie renresultar de la comravencicn de las mismas.Parrafo [[1.- Conel prop6sitodeevitar lautilizaciondel fideicomi sopor partedelosfiduciarios, paradefraudar los intereses de terceros 0 con fines de evasionfiscal, losfiduciaries de quese traten deberan observar los aspectos siguientes:a) Abstenerse de realizar cualquier acto, operacion0 negocio con cargo at patrimoniofideicomitidoque10eoloque ensituaciondeconflictodeinteres conrespectoa1fideicomisario. Aestefin, seentenderacomoconflictodeinterestodasituacion0eventoen que los intereses personales, directos 0 indirectos del fiduciario, susaccionistasycontroladores, administradores, funcionarios, filialesysubsidiarias, seencuentrenenoposicion 0 competencia conlosdel fideicomiso, interfieran consusdeberescomoadmi nistrador del patrimoniofideiccmitido, 0 10Ilevenaactuar pormotivaciones diferentes al verdadero cumplimiento de sus obligaciones confonne a 10establecido en el acto const itutivo del fideicomiso.b) Abstenerse de garantizar beneficios 0rendimientos fijos en funcion de los bienes queadministrea titulo de fldeicomlso, salvoenlos cases de fideicomisos deofertapublicaque cumplancon las caracterlsticas que aI efecto establezca el Consej oNacional de Valores 0 la Superintendencia de Valores, segun su competencia,mediante norma de caracter general.c) Acogerse al regimen fiscal establecido en la presente ley.Articulo 32.- Regimen de responsabilidad del fiduciario. Los bienes del 0 de losfiduciarios no responderan por las obligaciones contraidasen la ejecucion del fideicomiso,las que 5610 seran satisfechas con los bienes fideicomitidos. No obstante, el 0 losfiduciarios senin responsables de los daiios y perjuicios que provengan de faltas cometidasen el ej ercicio de susfunciones. respondiendo en este caso con sus propios bienes por losdartos causados.Parrafo 1.- Si los fiduciarios faltaren a sus deberes0ponen en peligro los intereses que lesfueren confiados, el0 los fideicomitentes0 fideicomisarios pueden. si el acto constitutivoasi 10estipula,sustitui r al 0 alos fiduciarios. Encasode queel acto defideicomisonoestablezcaesta facultad, eI 0 losfideicomitentes 0 fldeicomisarios, siemprequetengansospechas fimdadas deincumplimientos graves del 0 delosfiduciaries,podrandemandaren j usticia eI nombramiento de unfiduciario provisional 0 sclicitar el reemplazo del 0 delos fiduciarios por cualqui era de las causas de remoci6n judicial contenidas en la presenteley. Si se comprueba que hubo de parte de cualquiera de los fiduciaries dolo, negligencia,-22-imprudencia, imperici a 0 incumplimi ento de las obligaciones contractuales, seraresponsablepar laperdida 0 deteriorode los fondos fiduciarios, debi endoreintegrar alpatrimonio del fideicomiso el valor de 10 perdido, masunaindemnizaci6n perlosdafios yperjuicios, sin detrimento de la responsabilidad penal a que hubiere lugar.Parra(o11.- Lasfunci onesatri buidas alosfiduc iariossonindelegables. por 10 queestesseranresponsables frente al 0 alos fideicomitentes yfideicomisari os de las acciones uomisiones delosauxiliares yapoderados que baj osuresponsabilidadrealicenaetas delfideicomiso.Articulo n-Responsabilidadpenal del fiduciario. Sin perjuicio de cualquierotro tipo deresponsabil idad penal aIaque deconfonnidad con la ley pudieren sec sometidos losmiembros delConsej o de Administraci6n, los directores, administradores0empleados del 0de los fiduciaries, si le dieren al pat rimonio fideicomitido a su cargo una aplieaci6ndiferente a la destinada 0 si en beneficiopropio0 de lID. tercerodispusieren, gravaren 0perjudicarenlosbienesfideicomitidos, seranpasiblesdesercondenadosperlos tribunalespenalescompetentes delaRepublica, conmul tasdequinientos mil pesos(RD$.SOO,{XXl.OO) adiez millones de pesos (RDSIO,OOO.OOO.OO) ajustables por inflacion anual conformereglamentariamente se determine y penas de tres (3) a diez ( 10) aiios deprisi6n.Articulo 3 ~ . - Regimen deResponsabilidaden casodepluralidaddefiduciarios. Encaso dehaber varios flducierios, estes seran solidari amente responsables de la ejecuci6n delfidei comiso, salvo que otra cosa se disponga en elacto const itutivo del fideicomiso de quese trate. No obstante, elque disienta de(amayorfa0no haya part icipado enla decisionyej ecuci6n, 5610 sera responsable de la ejecuci6n llevada a cabo por sus cofiduciarios, en lossigui entes casos:a) Si delega indebidamente sus funci ones.b) Si aprueba, consiente0encubre unainfraccien alfideicomiso.c) Si can culpa0 negligencia, omiteejercer unavigilancia razonablesabrelos aetasdelos demas.d) Si noejercelasacciones previstasenestaley, tendentesaobtener lacorreccien0reparacion de las vlolaciones ccmeddas por el 0los cofiduciarios.Parrafo., EI fidueiario que sustituya a otro en el cargo no es responsable de los aetos de supredecesor, excepto en los casos siguientes:a) Si conoce ynoinformaal fideicomitenteyal fldeicomisariode bienesadqui ridosilicitamente par su predecesor y los mantiene dent ro del patrimonio tideicomitido.-23-b) Si omire llevara cabo lasgestiones necesarias para constrefiir at predecesor a queIeentreguelos bienes objeto del fideicomiso.c) Siseabstienedeprornoverlasdiligenciasconducentesaquesupredecesorreparecualquier incumplimiento en que hubiere incurrido en su gesti6n.Articulo 35.- Reglmen de remuneraci6n. 1 fideicomiso se presunura siempreremunerado, salvoqueenelactoconstitutivodel fideicomisoseestablezca expresamenteque el fiduciario no recibira remuneracion por sus servicios. En ausencia de disposicion, laremuneracion sera de0.5%anual del valor delpatrimonioneto y sera exigible unavezelfiduciario hayarendidocuentasdesugestionylas mismasse tengan poraprobadasdeconfocmidad con las disposiciones de la presenteley. pudiendo en este caso ser cobradas delos flujos del fideicomiso.Par rafe1.-Enelcase depluralidaddefiduciarios, el porcentaj eestablecidoenlapartecapital del presenteart iculo, sedistribuiraa prorrata0 en partes igualesentrelosmismos,siemprequenadasehayaesti puladoalrespectoenel actoconstitutive. encuyocasolaremuneration se distrfbuira conforme a 10 dispuesto en el misrno.Parrafo11.- La faltade pagode lasremuneracionesadeudadas porsuactuacioncomofiduciario constituira causa justificada parala renuncia del 0de los fiduci arios, sin perjuiciodel derecho que les asiste de cobrarse 0 reembolsarse de los fondos del fideicorniso,conformelas reglas establecidas precedentemente .Articulo36.-Remod6nj udicialdel fidu ciario. Losfiduci ariospodranserremovidos asolicitud del 0 delos fideicomitentes, el 0 los cofiduciarios, el 0 losfideicomisarios, 0 susrepresentantes 0 tutores legales por el Juzgado de Primera Instancia competente, si seproduce alguna de las situaciones siguientes:a) Si se comprueba en su contra dolo, negligencia, impericia 0 descuido en susfunciones comofiduciario, 0 cuandodelmanejo desus otrosnegocios sedesprendauna duda fundament ada de la buena gestien que pueda realizar el fiduciario.b) Parla condena penal de cualquierade los administradores0 representantes legales dela ent idad fiduciaria por la comisionde un delito0crimen.c) Si falta a sus deberes0 pone en peli gro los intereses queles fuerenconfiados.d) Cuando no acceda a entregar el inventario de los bienes objeto del fideicomiso, 0si senegare a rendir cuentas al 0 a los fideicomitentes 0 fldei comisarios cuandocorresponda.-24-e) Por inhabilidadpronunciadapor autoridadcompetente 0 perd idadealgunadelascondiciones exigidas para el ejercicio de sus funciones.o Por disclucion, quiebra, Iiquidacicn forzose, 0 cualquier aim procedimientoequivalente.Parrafo1.- En elcursodelproceso, apetici6ndel 0 lossolicitantcs0 , deoficio, el juezpodrasuspender lasfuncionesdel 0 delosfiduciariosydecidir el nombramientodeunfiduciario provisionalque10 sustituyahastatantoseafallado defi nitivamenteel caso. EIfiduciario provisional podrlaser confinnadoensus funciones concluidoel proceso, 0sustituido porDim fiduciario de confonnidad conlas reglas de sustituci6n contenidasen elpresente capitulo.Parrafe 11.- Los fiduciarios podran ser removidos por el 0 los fideicomitentes, sinnecesidad deacudir alJuzgadodePrimeraInstancia, cuandoestessehubieranreservadodicha facultad en el acto constitutivo.Articulo 37.- Renuncia judicial del fidu ciario. Sin perjuicio de las facultades de renunciaquepuedanserestablecidaseneLactoconstitut ivodel fideicomiso, los flduciarioss610podran renunciar por las causas siguientes:a) Cuando el 0 los fideicomisarios no pudieren recibir 0 se negarcn a recibir lasprestaciones 0bienes de acuerdo con el acto constitutivedel fldeicomiso.b) Cuando el a los fldeicomitentes, sus causahabientes,0el 0losfldeicomisarios, en sucaso, se negaren a pagar las compensaciones estipuladas a favor del 0 de losfiduciarios.c) Cuando los bienes 0 derechos dados en fideicomiso no tuvieren eI rendimientosuficiente para cubrir su compensaci6n, en los casas en quela remuneracloo deba serpagada de esa forma,Parrafe 1.- En los casos anteriores, 1a renuncia del 0 de los fiduciarios debera serpresentadapor anteel JuzgadodePrimeraInstanciacompetente, el cual deberadecidirsobre la aceptacicn 0 node la misma, previa notificaci6na la Direccion General delmpuestos Internes, 0 laSuperintendenciadevalores, 0 IaSuperintendenciadeBancos,segunaplique en funci6n del tipo de entidad que ejerza la fiducia.-zs-Parrafo 11.- En todos los casas derenunciadel 0 delos fiduciari es, los mismos tendran eldeber demantenerse ensusfuncioneshastatantono hayansido debidamentenombradossussust itutosprovis ionales0 defi nitivos, deconformidadcon10 previstoenestaSeccionIII.Articulo 38.-Quiebra0 Iiquidaci6nforzosadel fiduciario. Ante la quiebra, liquidacionforzosa0 cualquier otro procedimiento equivalente del fiduciari o, Jos bienes constituidosen fideicomiso no entraran en la masa de Ia quiebra, S6lo seran devueltos al fideicomitente,al fideicomisario 0 a sus herederos respect ivos, segunhayasidoestipuladc enel actoconstitutivodel fideicomiso, cuandonohayaposibilidaddedesigner otrofiduciario. Aquienestenganlegit imointeres, les asisteel derechodeidentificar yreseatar losbienesyderechos existentes que pertenezcan at patrimonio fideicomitido. en walquier estadodelproceso de quiebra, liquidaci6n forzosa0cual quier otro procedimiento equivalente.Parrafo., Eneasodepluralidad defiduciarios, la quiebra, liquidaci6n forzosa0cualquierotroprocedimientoequivalentedel fiduci ario que tengalatitul aridadde los bienesqueinlegraneI patrimoniofideicomitido, implicani el traspasodedichosbienesaotrodelosfiduciarios segun 10 determi ne el a los fideicomitentes 0 fideicomisari os. Laqui ebra.[iquidacicn forzosa 0 cualquierotroprocedimie ntoequivalemeacualquiera delosotrosfiduciarios s610 implicara su sustitucion medi ante los mecanisrnos establecidos en elpresente Capitulo.Articulo 39.. Procedimiento de sustltuclon de fiduciario en caso de renuncia 0remecicn. En el acto constitutive del fideicomiso, el 0 los fidei comitentes podran desi gnaruno0mas sustitutos para quereemplacen a aquellos fiduciarios quenoacepten0cesenensusfuncionesparcualquierade lascausasprevistas enestaley. Si por cualquiercausafaltarenel 0 los fiduciari es, el nombrami enrodesussustitutos sera hecho por eJ 0 losfideicomitentes0 susrepresentantes0 tutores legates y endefecto deestes, par el Juzgadode PrimeraInstancia competente, a sol icitud del 0de los cofiduciarios0 a solicitud del 0delos fldeicomisarios0sus represent antes0 tutores legales.parra(o.- En caso de que el0 losfiduciarios seansustituidospor lascausales previstas enel actoconstitutive del fideicomiso 0 en la presente ley. los bienes que conformaneIfideicomisodeberanser entregados legal yflsicamente, enlos casas enqueaplique, alsustituto en los mismos terminos determinados en el acto de constiruc ion.SECCION IVDEL FIDEI COMISARIO 0BENEFICIARIOArticulo 40.- Ccncepto de fideicomisario0 beneficiario. Se entendera por fideicomisarioo beneficiario, la persona fisica0j uridica a favor dequien el 0 losfiduciaries administranlos bienes dados en fideicomiso.-26-Articulo41.- Desiguaeien de fideicomisario 0 beneficlarfo. El 0 los fideicomitentespodrandesignar varies fideicomisarios para que reciban simultanea 0 sucesivamenteelprovecho del fideicomi so. EI 0 losfideicomitentes pueden serdesignados fideicomisariosounode losfideicomisari os enel actoconstitutivode fideicomi so. Enprincipia, losfiduciari osnopodran serdesignadosfideicomisari os, salvo1a excepci6ndispuestaenelParrefc Idel Art iculo 31. Afalta de est ipulaci6ncontrariaenel actoconstitutivodelfideicomiso, en el evento de faltar 0 ante fa renuncia del 0 de los fideicomisariosdesignados Y, noexistiendo fideicomisarios sustitutos0cont inuadoresjuridicos, se tendrancomo fideicomi sarios a lossucesoresde estos, En caso de ausenci a desucesores todos losfideicomisarios originari amentedesignados. se tendran comofideicomisari os a1 0 a losfideicomitentes.P i r r a r o . ~ En caso de que los fideicomi sari os0 beneficiarios no puedan ser det erminados almomento de fonnalizarse el fldeicomi so, debera expresarseen el acto constituti vo todas lascircunstanciasy elementosneceserios, a los fines de que se pueda proceder posteriormentea su identificacicn dentro del plazo de duracic n del fideicomiso.Articulo42.- For malidades para ladesignationdel fideicomisari o0 beneficia rio. Elacto constitut ive del fide icomiso debera individualizar al 0 a ks fideicomi sarios 0beneficiarios, quienespueden0 no existir al tiempodelotorgamiento del acto constitutivodel fideicomiso . En este ultimo caso deberan constar los datos que permitan suindividuali zation futura0contener por10menos los eriterios para determinar los requi sitosexigiblesalosfideicomisari os 0 beneficiarios. Enel casedepersonafisicaquenohayanacido al momenta dela constitucion del fideicomiso, bastara quenazca viva y viable paraque su designacion se haga efectiva, sin perj uici o del cumplimiento de las demascondiciones que pudieren heber sido estipuladas en el acto constitutive del fideicomi so 0de10 dispuesto en la presente ley.Articulo 43.- Uerechos del fldeicomiaaric 0 beneficiario. A los fideicomisarios 0beneficiari os les corresponderan las facult adessiguientes:a) Ej ercer determinados derechos directamente sobre los bienes afectados, deconfonnidad con 10esrablecido en el acto constitutivo del fideicomiso.b) Exigir la rendicicn de cuentas al a los fiduciarios enlos casos en que csta haya sideindicada en el acto consti tutive, de conformidad con la forma establecida en el mismoo la prevista en la presente ley.c) Pedir laremotiondel0 delos fiduciariosde acuerdocon 10 dispuestoen1a presenteley.-27-d) Ejercer la accion en responsabilidad contra el0los fiduciari es.e) Atacarla validez de los actosque se cometanen su perjuicio, siernpre que hayan sidocometidos con negligencia, mala fe 0 enexceso de las facultades del 0 de losfiduciaries , pudiendo reivindicar at patrimonio fideicomitido los blenes que aconsecuenciadeestosaetoshayansalidadel patrimonioobjetodel fideicomi so, sinperjuiciode los derechos del terceroadquirientedebuena feque hayaadquiridodichos bienes a titul o oneroso y por un precio no irrisorio.f) Exigir al 0 a los fiduciarios los beneficios que del patrimonio fideicomitido segeneren0 el capital mi smo,segun seestipule enel acto constitutivo0en1a presenteley.g) Requerir al 0 a los fideicomitentes 0 , deserelcaso, asuscausahabientes, queseintegrenal patrimoniofideicomitidolosbienesquesegunel act oconstitutive debanconformer dicho patrimonio.h) Otros derechos quesedetenninenen el acto constitutive0 reglamentariamente, confines de transparentar la operacion de fideicemiso que se trate.Articulo 44.-Pluralidad defideicomisarios0 benefieiarios.Se podran designar dos (2)0mas fideicomisar ios que goeen de sus dereehos en forma conjunta a sueesiva.Parra(o 1.- En case de designacicn conjunta, salvo disposicicn en contrari o, se repartiranlos beneficios obtenidos en partes iguales. Para el caso en que alguno de los fideicomisariosdesignados en forma conjunta no acepte, no llegue a existir 0 no pueda ser identificado, losbeneficios que estosdebieran percibir se reparti ran por partes iguales entre los demasfldeicomisarios, 0 los recibiraintegrarnente el otto fideicomisarioencasede que5610quedare uno, salvo otra disposici6n en eI acto constitutive del fideicomiso. Puedentambien designarse fldeicomisari os sustitutos para el caso de la no aceptacien.Parrafc II .- En caso de deslgnacicn sucesiva, el fideicomiso se constituira en beneficiade"arias personas que sucesivamente deban sustituirse, por la muerte de la anterior a per otroevenro, 10 cual debe ser especificado en el acto constitutive.Parrafe III. Cuando sean dos (2)0masfideicomisarios y deba consultarse su volunt ad, Uobtener su aprobacicn, las decisiones se tomaran por mayor ta de votos. En caso de empate,si fuereposible, decidira el 0 los fideicomitentes, yde 10 contrari o decidira el 0 losfiduciarios. Todo ello sin perjuicio de10que al efecto determine el acto mismo deconstitucicn del fideicomi so.-28-SECCIONVREGIMEN TRIBUTARIO APLICABLE AL FIDEICOMISOArticulo4 5 . ~ Impuestossobreccnstituclcn, modifieacien0 revocactonde fideicomiso.Estaran exentos de todo pago de impuestos, derechos, tasas, cargas, arbitrios municipales0contribucionalguna, los actos paralaconstitucion, modificacion, revocacion0 extinci6ndel fideicomiso, 0 desustitucion del 0 delosfiduciaries, as}comola transcripcion0 elregistrode losmismos. Noobstante, deberenpagarse a1momentodesuregistroanteelRegistroMercantil, cuando corresponda, lastarifas exigidas par lasCameras deComercioy Produccion y a ser establecidas por las mismas, debiendo estas tarifas deregistro ser fijas,y no en proporcion a losmontes involucrados en el documento de quese trate. Elregistrodel fideicomisoconstituido poractoautenticc debera pagar lastasas quela ley prevea parael registro de contratos sin cuantia por ante las oficinas de Registro Civil que correspondan.Articulo46.- Impuestos por traspaso de activos e impuestos sucesorales. Segun lanaturaleza de los bienes, el traspaso de los mismos al fiduciario, a losfines de constituir elpatrimonio fideicomitido, cstara sujeto a los impuestos de transferencia 0de registro quelaleyestableceatales fines, debiendopreverenel actodetransmisiondel biendeque setrate, el valorpor el cual dichobienhadeser contribuidoalpatrimoniodel fideicomiso,para que se determine el impuesto a pagar. Sin embargo, dada la condicion particular de losfideicomisos deofertapublica, estes estaranexentosdel pagodecualquierimpuestodetransferencia. Para los fines del traspaso de los activos al fideicomiso por parte delfideicomitente, el mismo estara exento del pagodelimpuesto sobre la renta y delimpuestoporganancia decapitalquesederiveenloscasosqueaplique, segun10 establecidoenlaLeyNo.ll-92, de fecha 16de mayo del afio1992, que creael CodigoTributariodelaRepublica Dominicana, y sus modificaciones.Parrafo1.-Unavezconformadoel patrimoniofideicomitidoytransferidos losbienesyderechos quecomponen elmismo, eltraspasoulterior deestes comoconsecuencia deunasustitucion del 0 delosfiduciarios, 0 bienporla restitucion de losbienes fideicomitidosalo a los fideicomitentes, 0 eltraspasoa losfideicomisariossegun aplique, esters exento detodotipode impuesto, incluyendo impuestos sobrela renta, sobre las ganancias de capital,ala transferencia de bienes industrializados, al valor agregado y cualquier otroimpuesto detransferencia0de registro.ParrafuII.- La transmisionde los bienes al patrimoniodel fideicomisoalos fines deplanificacion sucesoral noestara sujeta a impuesto sucesoral alguno0 sobre donaciones, yen cambio, si estara sujeta a los impuestos de transferencia y registro a losquese refiere laparte capital de este articulo. Cuando bajo las instrucciones dadas por el 0 losfideicomitentes mediante acto autentico en ocasionde un fideicomiso de planificacionsucesoral se hubiere dispuesto la entrega de los bienes fldeicomitidos0 las rentas derivadasdelaIiquidacion deestes, afavor delossucesores 0 causahabientes ylegatarios del 0 de-29-losfideicomitentes tras sumuerte, 0 siempreque, tras laextinci6ndel fideicomiso, losbienesfideicomitidos dcbanser devueltosa loscausahabientes del fideicomitenteal haberestefallecido, Jatransmisi6ndedichosbienes0 rent asestara sujetaa1pagodeimpuestoscuyas tasas seran iguales a la tasa establecida pa r la ley para las sucesiones.Parrato 111.- Para los fines indicados en el parrafo que antecede, se tomara enconsideracicnel valor de los bienes involucradosatmomentode la transmisi6na losbeneficiari os 0 causahabientes deque setrat e. LosmontesapagarestaransujetosalaspenaJidadespor mora einteresesindemnizatoriosprevistosporlaley, loscual estomaranefecto a partir de los plazas legal es para fines de declareciones sucesorales.Articulo 47.- Impuesto sabre la rente. Las rentas obtenidas por la explotaci6n 0disposi ci6ndel patrimoni ofideicomitido, incluyendolos ingr esos derivadosdelaventaulteriordelosbienesfideicomitidos, 0 lasrentasyutilidades queresultendelos mismos,estanexentas detodoimpuesto 0 cargadirecta, incluyendocualquier impuesto sobrelarenta ycual quier impuesto sobre actives, establecidos en el Codigo Tributari o de laRepublica Dominicana, y sus mcdificaciones, con excepci6n delimpuesto que correspondasobre bienes inmuebles que forme n parte de esos activos, y los impuestos sobre lasgananciasde capital producto de laenajenaci6nde actives de capi tal, pagaderos enlaforma previstaen el Parrafo II del presente articulo.Parrafc1.- En elcasedel impuesto sobre bienesinmuebles, el mismosera determinadoypagadoenlaformaenquesedeterminaypagael impuestoanualdeIaLeyNo. 18-88.sobrePropiedadInmobiliari ay Solares UrbanosnoEdi flcados. ysusmodt flcaciones, yconforme al procedimiento devaloraci6n de inmuebles queestuviere vigente, no apl icandoaestosfineslasexenciones, 0 deduccionesapartir delasmismas, alasqueserefi ereelArticu lo 3 de la referida ley, rcspecto a los primeros cinco mil lones de pesos(RDS5,OOO,OOO.OO). 0 el nuevomentequeresultedel ajuste anual porintl acion, del valorde le propiedad inmobiliaria de que se trate.Parrafo 11.- EI 0 losfiduci arios serenresponsables de real izar lospagos que correspondanpordichosconceptosant elaAdministracionTributar ia, debiendoexigirel reembolsodecualquier pagorealizadoen dicho sentidoal alos fideicomitentes 0 fideicomi sarios,segue sehaya previsto enel actoconstitutiv odel fideicomiso, 0 en cambio, teniendoderecho a obtener dicho pago con cargo at patrimonio fideicomitido. No obstante 10anterior, dadalacondici6npartic ular delosfideicomisosdeofenapubl ica, esros estaranexentos del pago de cual quier impuesto sobre bienes inmuebles, activos y sobr e lasganancias de capi tal prod ucto de la enajenaci6n de estos.Parrafu111.- Losingresos per concepto derendimientos generados per los bienesqueconfonnan el patrimoni o en fidei comi so el momento de ser distribuidos a losfideicomi sarios, asi comolos ingresosdel 0 delosfiduciarios porsusservicios, estaran-3D-sujetos al pagedel impuestosobrela rentaen manos deequelqueconfonneala leysearesponsable del page de los mismos, sin perjuicio de las exenciones impositivas que por leyapliquen ensu provecho, y sin importarquelos ingresoshayansido recibidos enespecie.Sinperjuiciode laposibilidadde distribui r los rendimientos antes referidosdemaneraperiodlca 0 encualquiermomentoconformepreveael actoconstitutivedel fideicomiso,seraobligaci6ndetodofiduciario, salvoparael fideicomisoparafinessucesorales ylosque tengan como objetivo la emisi6n de titulos valores, al cierre del ano fiscal queterminara al treinta y uno (31) de diciembre de cada ano calendario, distribuir enbeneficiade los fideicomi sarioslosrendimientos que estuvieren acumuladosa di chafecha, desde laultimadistribucionderendimientosquesehubiereefectuado, ydeclarer eingresaralaAdministracion Tributaria los impuestos que estuvieren a su cargo.ParraCo IV. En la enajenacion de activesde capital por parte del fiduciario , el impuesto alas gananciasde capital sera determinadoypagado por dicho fiduciario, concargoalpatrimonio fideicomitidc de que se trate, en 1a forma prevista en el Art iculo 289 del COdigoTributario de Ia Republica Dominicana, y sus modificaciones, previo a cualquierdistribucion delos ingresos derivados por la enajenacicn. Salvo que se trate de actives decapitaladquiridospor el fiduciariocanfondosdel patrimoniofideicomitido, el valor deadquisicien oproduccion del bien deque se trate, a los fines de detenninar la ganancia decapital sujeta a irnpuesto, sera el valor de adquisicion 0 producciondel bienpara elfideicomitentequehayaaportadoel mi smo,determinadcal momentodedichoaportealpatrimonio fideicomitido. Este valor de adqui sicion0 produccion, as! como el valor de todoactivodecapital que forme parte deunocualquierade los patrimonios fideicomitidos,debera registrarse en una cuenta de capital establecida para cada uno de dichos patrimoniospor el fiduciario.Parraro V.-Parafines del parrafoque antecede, no seranconsiderados activos de capital,los bienes aportadospor el fideicomi tente que no hayan constituido actives de capital baj ola definicion dadaal tenor del referidoArticulo 289 del CodigcTributario. Asimismo, noestaran gravadascan eI impuestosabrelas ganancias decapital las enajenacioneshechaspar el fiduciariode unidades habitacionales de bajc costo, producto del desarrollodeproyectos inmobiliari os concargoal patrimonio fideicomitido. Tampoco estaransujetas alimpuesto sobre las gananc iasdecapital, Ias enajenacionesdeactivesde capital realizadaspor elfiduciario a titulogratuito, dando cumplimiento alas instruccionescontenidasen elacto constitutivo defideicomiso. EI activo decapi tal enaj enadosereputara como ingresoen espccie del beneficiari o del mismosuj ctoa1impuestosobrelarenta, salvose tratedeuna distrihuci6n en especie a favor de los sucesores del fideicomitente u otrosfideicomi sariosenocasiondeunfideicomisodeplani ficacionsucesoral, encuyocasolatransmisi 6ndelosbienesdequesetrateestarasuj etaal pagodeimpues toscuyastasasseran iguales a la tasa establ ecida por la ley para las sucesiones.-31-Articulo 48.- Registro nacienal de contribuyentesespecial de fideicomiso. La DireccionGeneral deImpuestosInternos(DOlI) deberadotar alosfideicomisosdeunnumerodeReglstroNacional de Contr ibuyentes (RNe)especial yfonnulariodeComprobante Fiscalespecial. afindequeestospuedancwnplirconsusobligacionesmaterialesy formales,segun aplique de conformidad con 10 dispuesto en la ley y en los reglamentos deapllcacicn.Articulo49.-Regimennormativo desuministro deinformacion.La Direccion Generalde Impuestos Internos (DGII) crearaunregimennonnativode infonnaci6nque deberancumplir los fiduciarios comoadministradores delos fideicomi sos decualquier clase0 tipo.Lamcdalidad, detalles y plazas acumplir deberansecdetenninados mediante normageneral por la Direccicn General de Impuestos Internos (DOlI).SECCION VIREGIMEN DE NULIDADES. PROHIBICIONESYTERMINACIONDEL FIDEICO:vl ISOArticuloSO. Regimen denulldades del fid eicomiso. Seranuloel fideicomisoqueseconstituyasinlos requeri mi entos de formayde fondorelativesal actoconstitutive delfidei comiso, conforme a 10 dispuesto en la presente ley. Sera nulo, igualmente, elfideicomiso quecarezca deobj eto0 causa; quetenga un obj eto0 causa ilicita;0 , que seacelebrado per personaincapaz sincontarcon la debida representacion. Siuna disposiciendel acto constitutivo del fidei comiso no es valida por cualquier razcn, las demasdisposiciones del mismo se mantendran, salvo que la disposicion nula no pueda serseparada de las otras sin desvirtuar los prop6sitos dela creaci6n del fideicomiso.Articulo 51.- Fideicomi sos pruhibidcs. Queda prohibido:a) El negoc io fiduc iario secreto, entendlendose comotal aque1que no tenga pruebaescrita yexpresa respecto delafinalidadpretendida per el 0 losfideicomitentesenvirtud del acto.b) Aquel fideicomisoqueestipu1equeel 0 losfiduciariosadquirirandefinitivamente,por causa del negocio fiduciario, Ja propiedad de los bienes fideicomitidos.c) El fideicomisoenel cualsedesignecomobeneficiar io0 fideicomisarioaI0 alosfiduciarios, salvola excepcion dispuesta en eI Parrafo I del Art iculo 31 dela present eley.d) El fideicomiso constituido eo fraudede acreedores0de la Administrac ion Tributaria,el coal podraser impugnad oenlostermincs enque10 autorizael derechocomunyesta ley.-32-Articulo52.- Extinci6ndel fidei comiso. El fideicomisose extinguira por 13 verificacicnde una cualqui era de las causas siguientes :a) Por la llegada del termi nc indicado en el acto constitutive.b) Porlarealizaciondel objetoparae1cualfueconstituido, cuandodichoobj etofuererealizado previo a la llegada del termino.c) Por haberse cwn pJidola condicien resolutoria a que hubiese estado sujeto.d) Por perdida0extinci6n total de los bienes objeto delfideico miso.e) Por la imposibil idad del cumplimiento de sus fines.f) Por hacerse imposible el cumplirnientode la condicion suspensive deque dependa0POf no haberse verificado dentro del terminc sefialado en su constitucion.g) Por convenio expreso entre el0los fideicomitentes, el0los fideicomi sarios y el0losfiduciarios.h) Por revocacion hecha por el 0 todos los fideicomitentes cuando estes se hayanreservado expresamente este derecho en el acto constitutive.i) Porla muerte del fideicomitente, salvo enlos casos en que cste haya suscrito el actoautenticc requerido en ocasi 6n de los fideicomisos const ituidos para fines deplanificaci6n sucesoral conforrne preve la presente ley.j) En caso deausencia, renuncia0 muerte del0 delos fldeicomisarios, siempre que nose exprese quienes los sustituyan de conformidadconlasnonnasprevistas en el actoconstitutivo0 en esta ley.k) Por renuncia 0 remocion del 0 de todos los fiduciarios, siempre que no hayaposibilidad de nombramiento de sustituto dentro del plazo previ sto en el actoconstitutivo y a fal ta de disposicicn al respecto en el termino de un ( I) ana a partir dela renuncia0 remocicn.I) Por quiebra, liquidacion forzosa 0 cualquier otro procedimiento equivalente delfiduciario que tenga la titularidad de los bienes que integran el patrimoniofideicornirido, siempre quenohayaposibilidaddenombramiento de sustituto dentro-33-del plazoprevistoenel actoconstit utive Y. afaltadedisposicion at respecto, eneIterminodeun(1) ana apart ir de1aquiebra, Iiquidacicnforzosa 0 cualqui er otroprocedimient o equival ente.m) Por acciones de terceros que pongan fin at fideicomiso.n) Porconfundirseenunasolapersonalacalidaddeunicofldeicomisarioconladeunicofiduciario, sinquepuedaser subsanadomedi anteel nombramientodenuevofiduciario0 fideicomisario por parte del fidei comitent e.Articulo53.- Publicidad de la extineien del fideicomiso. Para que la extinciondelfideicomisoproduzcaefeetoscon respectoalosterceros, se cumpliran fonnalidadesdepublicidad similares alas exigidas para su constituci6n, deconfonnidad con 10 establecidoen la presente ley.Art iculo54.- Destinodelos bienesIldeicomitidosa la termlnaclon del fldelcomiso.Extinguidoel fidei comiso, losbienes afectados al mismo que quedenenpoder del0delosfiduciarios, serandevueltospor cstos alapersona0 personasquetenganderecho segun elacto constitutivo y de acuerdo con lascircunstancias de la extinci6n. En caso de queel actoconstitutivo no contenga dicha indi caci6n, los bienes seran devueltos at 0 a losfideicomitentes0a sus sucesores; en ausenci a de los mismos, el patr imoniopasara a manosdel Estado.Parrafo>Si el 0 losfiduciariosnocumplierenconlaobligaciondetransferirlos bienesfldeicomitidos, laparteconderechoarecibirlos puede demandarlatransfcrencia delosmi smosy reclamar los daftos y perj uicios quela ornisi6n del0de los fiduciarios Ie hubierecausado.SECCI6 " VIII\IODALIDADES DE FIUEICOI\IISO Y CREACI6N DEUNAVENTANILLA UNICA PARA TRAI\IITACI6N DEPROYECTOS DE CONSTRUCCI6N DEVIVIENDASArticulo 55.- Fideicomiso de planificaci6n sueesoral. Podrautilizarse la figura delfideicomiso a los fines de planificaci6n sucesoral , estando eI mi smoregido por 10 dispuestoen la presente ley y, en las leyes aplicables a la materia vigente en la RepublicaDominicana. La fiducia correspondiente a esta modalidad podra ser ej ercida por laspersonas j uridicasalasque se refiere el Artic ulo25delapresenteleyy estar aregulada ysupervisada por las instancias detenninadas para cada caso.-34-Parrafe 1.- Una vez constituido el fideicomiso, conforme a 10dispue sto enla presente ley,eI 0 los fideicornitentes podnin inst rumentar con posterioridad a la constitucion del mismo,las instruccionesat0 a los fiduciari os sabre los aetas de administracion y disposicion, y fadistr ibucicn delosbeneficiosderivados delosbienesfideicomitidosenbeneficiadeSU'isucesores 0 causahabientesylegatarios trasel fallecimientodel fideicomi tente. EI actocontentivodedichas instrucciones sereputaraunamodificaci6nal actoconstitutivodelfideicomiso, por 10 que s610 podra ser realizado en los casos de fideicomi sos revocabl es.Pamfo11.- Parafinesdeinscripciones 0 registro del acto poranteel RegistroCivil,aplicaranunicamentelas tasas previstas paracontratos sincuantia. Conposterioridadadicho registro, unacopia certificada de este acto debera ser registrada en el RegistroMercantil. Cuando se trate de entidades de intennediaci6n flnanciera, estes deberannotificar dicha Inscripciona laSuperintendencia de Bancos. Si se tratadeadministradorasde fondos a intennediarios de valores deberan remitir la referida inscripci6n a laSuperintendencia de Valores.Parrafo Ill. Legitima Hereditaria. Los fideicomisos utilizados para fines deplanificacionsucesoral, nopodran enningtinmomento afectar la reservalegal heredi tariaestablecida en los arti culos 913 y si guientes del Ccdigo Civilde la Republica Dominicana,mientras dichas disposlcicnes estcn vigentes. Esta violacion conlleva la nulidad,unicamente, delasdisposiciones del fideicomisoque violen lareservalegal hereditaria,debiendo simplemente exigirse la reducei6n correspondi ente en la proporcien que exceda laporcicn disponible.Parrafu IV. La disposiclon de los bienes del 0 de los fideicomitentes mediante laconstitucion de fideicomi so, en cualquier proporcicn, no implicara una violacion a1alegitimahereditariaentantoIadistribucionde dichosbienes, 0 delas rentasquegenerenlos mismos, benefici en a los herederos reservatarios del fideicomitente en las proporcionesprevistas en el Articulo 913 y siguientes del Codigc Civil de la Republica Dominicana. Encaso de violacien a estasreglas, al t iempo de abrirse la suceslon, los herederos reservatariosdel fideicomitente0sus causahabientes pueden exigir Ia reducci6n de la parte que exceda ala porcion disponible, de conformidad con 10 establecido en el Articulo 920 y siguientes delCodigo Civil de la Republica Dominicana.Articulo56. Fideicemlsoscufturates, fi1antnipicosy educativos. Serefiereaaquellosfideicomisos sin fines de lucre cuyo objeto sea el mantenimiento ypreservaci 6n depatrimonios culturales, tales como museos, 0 la promoci on yfomento de la educacion, 0 laejecuci6n de labores filantropicas de cualquier tipo, entre otros. Estos fideicomisos tendraneI mismo tratamiento fiscal que las asociaciones sin fines de IUCIO. La fiduciacorrespondiente a esta modalidad podra ser ejercidaporlaspersonas juridicas a las que serefiere el Articulo2S dela presente ley, y estara regul ada ysupervisadaporlas instanciasdeterminadas para cada caso.-35-Parra(o 1.- EI0 losfideicomitentes deberan instrumentarestetipo defideicomiso por actoconstitutivo, conformea 10 dispuestoenlapresenteley. Para finesdeinscripciones 0registro de este acto per anteel Registro Civil, aplicaran unicamente las tasas previstas paracontratossin cuantfa. Con posteri ori dada dicho regi stro, una cc pia certificada deeste actodebera ser registrada en el Registro Mercantil. Cuando se trate de entidades deintennediaci6n financi era estas deberan nctificar dicha inscripciona la Superintendencia deBaneos. Si se trata de administradoras de fondos 0 intermediarios de valores, estasentidades debcran remitir la referida inscripci6n a la Superintendencia de Valores.Parrafo Il.-No obstante10establecidoen el literal g) del Articulo13 delapresente ley,los fideicomisos culturales, filantropicos y educativos podran establecer se por tiempoindefi nido. Lacxtinci6n delosmismos debera ser pronunciada por el JuzgadodePrimeraInstancia competente, a solicitud de part e interesada y ean ca lidadpara solicitarla.Articulo57.- Fideicomisoinversion. Es lamodalidadde fideicomisocelebradoparunfiduc iario consus cliente s, para beneficiade estes,0de terceros designados par ellos, ene1cual se consagra comofinalidadpr incipal lainversion0 colocaci6n, acualquiertitulo, desumasdedinerodeconfonnidadconlasinstruccionescontenidasenel actoconstitutivo.Este tipo de fideicomise solamente podra ser administrado por las administradoras defondos deinversiony los intermediari os devalores facultados paralaadministraci6ndecartera.Parrafu 1.- Seentenderaquelasadministradoras defondos de inversi6nestablecidasdeconformidadca n laLeysabreMercado deValores, fungirancomofiduc iariesrespccto delosfondosdeinversionqueestenbajosuadministracion, cadaunode loscualesdeboraconstituirse como un patrirnonio fideicomitido independiente del patrimonio de laadministradora, de acuerdo a la nonnat iva vigente en e1 mercado de valores. Estospatri monies fideicomitidosrecibiranel mismotratami entofiscal quelos fideicomisosdeoferta publica de valores.Pdrrafc 11.- Los intermediarios de valores que est enfacultados a laadministraciondecartera, establecidos deconformidad conla Ley sobre Mercado de Val ores y su normative,podran fungircomo fiduciar ios respecto de las carteras queadministren en los casos en quetales carteras se constituyanen fidei comisos.Pdrrafc III.- Para fines deinscripciones 0 regi strodel actoconsti tutive correspondientepor ante el Regi stro Civi l, aplicaninlas tasasprevistas. Can posterioridad a dichoregistro,una copia certificada de este acto debera ser registrada en el Registro Mercantil, deblendoscnotificar la referida inscripcion a la Superintendencia de Valores.-36-Articulo 58.-Fideicomisodeim'ersi oninmobiJiariaydedesarrolloinmobiliario.Losfideicomisos de inversi6n inrnobiliaria son patrimonios independientes gestionados por unaentidadadministradora 0 fiduciaria, por cuenta }' riesgo de los fldeicomisarios, cuyoobjetivo primordial es la inversion en proyectcsinmobiliarios en distintas rases de diseno yconsrruccion. para su concl usion y venta, 0 arrendamient o. Adiciona lmente, puedenadquirir bienesrafces paralageneraci ondeplusvall as, Este tipodefideicomisopodra seradministrado porlas personas juridicas a las que se refiere el Art iculo 25 de la presente ley,estara regulado ysupervisadopor las instancias establecidas paracadacasoyIeseranaplicables los Perrafos I y II del articulo que antecede.Piirrafo.-Parafines deinscripciones0 regi strodel actoconsti tutivecorrespondienteporante el RegistroCivil, aplicaran las tasas previstas. Conposterioridada dicho registro, unacopiacertificadadeeste actodcbeni serregistradaenel RegistroMercantil , debiendosenotificar la referida inscripci6n a la Superintendencia de Valores.Articulo 59.- Tramitaci 6n de documentos para los proyectos de ccnstruecton deviviendas.EI Minlsterio deObrasPublicas yComunicaciones, losayuntamientosy otrosorganismos publicosque intervengandirecta0 indirectamente enlaaprobaci6nde losplanes yestudios, enel otorgamientode Iicenci as ypennisos , entre otras actuacionesadmi nistrat ivasindispensablespara el desarrolloy laconstrucciondeviviendas sujetasalregimenhipotecarioreguladaspar lapresenteley, deberan facilitar, coordinar yacordarentre sf losrequerimientosacumplirpor e1 solicit ante, los plazasenloscuales puedenreali zarlos estudios ylasverificaciones correspondientes e identificar eI area y el personalque en sus instituciones seran responsables de Ia aprobaci6n y cumplimiento de sutramitacien, de modo que puedan interactuar entre sf y cumplir con las respect ivasactuaciones de forma eficiente y agil.Parra(o I.. Mediante la presente ley todoslos organismos publ icos, gobiemos municipalesy demas emes gubernamentales que intervengan directa0 indirectamente en la aprobacionde los planes y otorgamientode licencias, pcrmi sos. aprobaciones de estudios, entre otros,indispensables para eI desarrollo y la construccion de viviendas, deberan facilitar,coordinar )' acordar con el Ministerio de Obras Publicas y Comunicaciones , losrequeri mientosacumplir parcl solici tante, losplazosenloscualespuedenreali zar losestudios y verificacionescorresp ondientes e ident ificar cl area y el personal de contacto ensusinstitucionesquesera responsabledelaaprobacienycumplimienlodel tramiteasucargo, de modoque el Mini steri o de Obras Publicae y Comunicaciones pueda administrar yotorgar en forma eficiente y agil respuesta en tomo a una solicitud recibida.Parrafo 11.- EI Ministerio de Obras Publicas y Comunicaciones tendra el deber decontrolar la calidad de ejecuci on y el cumplimiento de los plazos y procesos acordados, loscuales had. publicos enuna resclucion en la que se detal laran la total idad de requerimient osacumplir por lossolicitantesparalarecepciondesusexpedientesyel plaza enelcual-37-otorgararespuestadefinit iva sabrelaeva luacienqueenformaparalela realizaranbajosucoordinacion, todos losactores queintervengan, previa a laaprobaci6n 0 rechazodeldesarro llo y construccion de un proyecto de viviendas , por 10 que:a) Coordinaradele gandoen todaslas entidades deintermedi acionfinanciera del paisJarecepcionydistribuciondelastasaseimpuestos queIe corresponden acada unodelos actores que intervengan, de manera tal que el solicitante realizara en unocualquiera de losintermediaries antes referidos un5610pago.b) Crcara un sistema deinformaciongeneral , tanto en el ambitourbano como rural,debiendocontar conunareddeoficinassatelites 0 modul esubicados enlacomuncabecera decadaprovincia0 donde resulteindispensable, lascuales alimentaran lared informatica yde tramitacien fisica que llevara el control de cada solici tud,pudiendo de inme diato0 en el momento en que 10 estime oportuno extender el uso yla prestacion de este servicio mediante la ventanilla (mica, a todos los tipos dedesarrollo de proyectos inmobiliarios publicos 0privados en el pais.c) Velara por la optima calidadde losmaterial es deconstrucciondebiendo reali zar unacategorizaci c nde los mismos yunregistropublicodematerial es de construccionaprobados parael usoy desarrollodeviviendasenel pais, informacionestaultimaque se reputani publi ca en funcion de su responsabilidad como ente estatal y sujeto alcumplirniento de los mejores estandares para la protecci cn de los derechos delconsumidor en materi a de construccicn.d) Publicara en medios el ectr6nicos, 0 si 10 estima necesari o en otros medios dedifusi6n, lasestadisti cas deaprobacion y desarroll odeproyectos deconsrrucciondeviviendas porprovincias, portipodeviviendadequesetrate, conlainformacionrequerida reglarnentariamente sobre las unidades a ser desarrolledas. Dichapublicacien se realizara por 10 menos cuatrimestralmente.Par-rafo III.- Los empleados y funcionarios de las dependencias y entes queintervengan enesteproceaodeaprobacion, quepor sunegligencia 0 imprudencianocumplanconsusfunciones, ni respetenlos plazos deentrega de los resultados de las evaluaciones asucargo. compromet eninsuresponsabilidady seranpasiblesdelaimposicicndesanc ionesadministrativasen funciondelasleyes , reglamentcs y nonnasadministrativas quecreanyrigen las instituciones en las cuales presten servicios , sin perjuicio de las indemnizaciones ysancionesquepudieranserpronunciadasensucontra parlosor ganoscompetentescomoresultado