ley 18.216 julio 2012

Upload: andres-ibarra

Post on 19-Feb-2018

217 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 7/23/2019 Ley 18.216 Julio 2012

    1/10

  • 7/23/2019 Ley 18.216 Julio 2012

    2/10

    Ley 18.216 vigente se refiere a medidas alternativas

    como forma alternativa de cumplimiento de la

    pena.

    Ley 20.603 las denomina penas sustitutivas.

    Improcedente en delitos de mayor gravedad y

    connotacin cualquiera sea la pena.

  • 7/23/2019 Ley 18.216 Julio 2012

    3/10

    a) Remisin condicional.

    b) Reclusin nocturna.

    c) Libertad vigilada.

    d) Libertad vigilada intensiva.e) Expulsin.

    f) Prestacin de servicios en beneficio de la

    comunidad.

  • 7/23/2019 Ley 18.216 Julio 2012

    4/10

    Sustitucin del cumplimiento de la pena privativa de libertadpor la discreta observacin y asistencia del condenado ante la

    autoridad administrativa durante cierto tiempo.

    a) Que la pena no exceda de 3 aos.

    b)

    Que no hubiere sido condenado por crimen o simple delito.- No se considern condenas cumplidas 10 o 5 aos antes

    de la comisin del nuevo hecho.

    c) Antecedentes laborales y personales favorables.

    d) Plazo de observacin no inferior a la duracin de la pena con

    mnimo de 1 ao y mximo de 3 aos.

  • 7/23/2019 Ley 18.216 Julio 2012

    5/10

    Encierro en el domicilio del condenado o en establecimientosespeciales, durante cincuenta y seis horas semanales. La

    reclusin parcial podr ser diurna, nocturna o de fin de

    semana

    a)

    Que la pena no exceda de 3 aosb) Que no hubiere sido condenado por crimen o simple delito, o

    que si lo fuere no exceda de 2 aos (1 o mas en conjunto)

    - No se considern condenas cumplidas 10 o 5 aos antes

    de la comisin del nuevo hecho.

    - No procedera si dentro de los 10 o 5 aos anteriores se le

    hubiere impuesto dos reclusiones.

    c) Antecedentes laborales y personales favorables.

  • 7/23/2019 Ley 18.216 Julio 2012

    6/10

    Consiste en someter al penado a un rgimen de libertad aprueba que tender a su reinsercin social a travs de una

    intervencin individualizada, bajo la vigilancia y orientacin

    permanentes de un delegado.

    a)

    Si la pena fuere superior a 2 aos y no excediere de 3( Excepto 4 Ley 20.000 y 196 inc 2 y 3 superior a 541).

    b) Que no hubiere sido condenado por crimen o simple delito.

    - No se considern condenas cumplidas 10 o 5 aos

    antes de la comisin del nuevo hecho.

    c) Antecedentes personales y laborales favorables.

  • 7/23/2019 Ley 18.216 Julio 2012

    7/10

    Sujecin del condenado al cumplimiento de un programa deactividades orientado a su reinsercin social en el mbito

    personal, comunitario y laboral, a travs de una intervencin

    individualizada y bajo la aplicacin de ciertas condiciones

    especiales.

    a) Que la pena impuesta fuere superior a 3 aos y no excediere de

    5.

    b) Para ciertos delitos se admite un rango de 541 a 5 aos.(15bis b)

    c) Que no hubiere sido condenado por crimen o simple delito.

    - No se considern condenas cumplidas 10 o 5 aos antes

    de la comisin del nuevo hecho.

    c) Antecedentes personales y laborales favorables.

  • 7/23/2019 Ley 18.216 Julio 2012

    8/10

    Realizacin de actividades no remuneradas a favor de lacolectividad o en beneficio de personas en situacin de

    precariedad, coordinadas por un delegado de Gendarmera de

    Chile

    a) Pena igual o inferior a 300 das.

    b) Antecedentes personales y laborales favorables.

    c) Que el condenado este de acuerdo.

    d) Se consideran 40 horas de trabajo por cada 30 das de privacin

    con un maximo de 8 horas diarias.

    e) Procede solo una vez y en el caso que los antecedentes penales

    anteriores del condenado hicieren improcedente la aplicacin

    de las dems penas sustitutivas.

  • 7/23/2019 Ley 18.216 Julio 2012

    9/10

    Incumplimiento grave y reiterado dar lugar a la

    revocacin.

    Otro tipo de incumplimientos dar lugar a la

    intensificacin de las condiciones.

    Se debe citar a audiencia dentro de 15 das notificando

    al imputado por cdula.

  • 7/23/2019 Ley 18.216 Julio 2012

    10/10

    Procede recurso de apelacin de acuerdo a reglasgenerales.

    Si la decisin se encontrare en sentencia definitiva

    se interpondr dentro de 5 da.

    Si adems se impugnare la sentencia va recurso de

    nulidad se interpondr conjuntamente con este en

    forma subsidiaria.