letra de cambio

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letras de cambio en la contabilidad

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Page 1: Letra de cambio

República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria

Instituto Universitario de tecnología Venezuela

Gerencia Administrativa

Cátedra: Contabilidad II

LETRAS DE CAMBIO

CONTABLE-JURIDICO

Page 2: Letra de cambio

INDICE

INTRODUCCION Concepto de letras de cambio Tipos de letras de cambio Formatos Requisitos Como llenar letras de cambio Letras de cambio en blanco Ejemplo de letras de cambio Personas que intervienen en una letra de cambio Errores en la elaboración de la letra de cambio Endosos especiales y formas de endorso Aceptación de la letra de cambio y formas de aceptación El pago de la letra de cambio Falta de pago Prescripción de la letra de cambio Conclusión

Page 3: Letra de cambio

INTRODUCCION

Las letras de cambio son documentos comerciales negociables que

respaldan transacciones por ventas a crédito que a su vez en la contabilidad

se le denomina un efecto por cobrar.

Page 4: Letra de cambio

LETRAS DE CAMBIO

Concepto:

La letra de cambio se define como un documento de negociación

mercantil que tiene como función respaldar una transacción por venta a

crédito, en el que una persona interviene definido con el nombre de

LIBRADOR o GIRADOR, y LIBRADO o GIRADO. En una letra de cambio el

librador o girador le ordena al librado o girado que pague una cantidad

determinada a una fecha cierta y a una tercera persona llamada beneficiario.

Cabe mencionar que la letra de cambio supone uno de los documentos más

destacables en lo que se refiere a efectos comerciales, donde alguien tiene

un derecho de crédito que le permitirá cobrar algo de un tercero.

TIPOS DE LETRAS DE CAMBIO

Se pueden distinguir cuatro (4) tipos de letras de cambio: (que a su vez

serian cuatro tipos de vencimiento)

Las letras giradas a día fijo: Vencen en dicha fecha

Las letras libradas a la vista: Vencen en el acto de su presentación al

pago.

Las letras giradas a un plazo desde la fecha: son las letras que deben

ser saldadas una vez que se cumple el plazo indicado

Las letras libradas a un plazo desde la vista: Estas letras vence a partir

de su fecha de la aceptación.

Page 5: Letra de cambio

FORMATOS DE LETRAS DE CAMBIO

Page 6: Letra de cambio

REQUISITOS DE UNA LETRA DE CAMBIO

Los requisitos que debe tener una letra de cambio para que sea válida

de acuerdo al artículo 410 del código de comercio es:

.- Lugar de emisión

.- Fecha de emisión

.- Tomador

.- Cantidad a pagar

.- Librado

.- Aceptación

.- Librador

.- Avalista

.- Fecha de vencimiento.

Esta información es la que valida la letra de cambio y si algunos de

estos datos o requisitos están ausente pierden la validez del documento, sin

embargo cuando falta la fecha de vencimiento se considera pagadera a la

vista y cuando no se indica el lugar de pago, se supondrá que es el que se

asigna al lado del nombre del librado.

1.- La denominación de letra de cambio inserta en el mismo texto del título y

expresada en el mismo idioma empleado en la redacción del documento.

2.- La orden pura y simple de pagar una suma determinada.

3.- El nombre del que debe pagar (librado).

4.- Indicación de la fecha de vencimiento.

5.- Lugar donde el pago debe efectuarse.

Page 7: Letra de cambio

6.- El nombre de la persona a quien o cuya orden debe efectuarse el pago

(tomador).

7.- La fecha y el lugar donde la letra fue emitida.

8.- La firma del que gira la letra (librador).

Page 8: Letra de cambio

COMO LLENAR UNA LETRA DE CAMBIO

Para llenar una letra de cambio, solo hay que llenar los campos o líneas

en la forma correspondiente.

Por lo general cuentan con la siguiente conformación e información:

01. El Número de la letra de cambio este puede ser “UNICO “si se trata de

una sola letra, pero en el caso de ser de mas, se suelen colocar cardinales

escritos (primera, segunda, tercera, etc.).

02. El segundo dato es el valor de la letra de cambio, (en caso de ser varias

letras, se divide el valor entre todas para poner la cantidad a excepción de

que sean pagos de diferentes denominaciones o que varían por fecha o mes).

03. El tercer dato es la fecha de elaboración del documento, que debe

escribir en el campo correspondiente.

04. Lugar donde se suscribe el documento.

05. En algunos formatos de letras de cambio, se deja un campo para

escribir el número de la colección o conjunto de letras de cambio, (suele

escribirse el total en letra o único en caso de ser solo uno).

06. Nombre del beneficiario, 8 persona a la que se le debe pagar el

documento).

07. El monto escrito en letras (este debe coincidir con el primer monto y

en caso de controversia o reclamo, es la cifra valida).

08. Nombre del deudor, junto con la dirección, población, número

telefónico, etc.

09. Firma del deudor aceptando la deuda adquirida.

10. En la parte posterior se escriben los nombres de los avales y sus datos

juntos con su firma.

Page 9: Letra de cambio

11. En caso de traspaso de propiedad, se escriben los datos del nuevo

propietario y la fecha correspondiente.

12. Si existen pagos parciales, en la parte del reverso se escriben los

abonos realizados.

Page 10: Letra de cambio

LETRAS DE CAMBIO EN BLANCO

La letra en blanco es un documento creado y puesto en circulación de

forma incompleta, con unos requisitos en blanco susceptible de ser

rellenados antes de su vencimiento, este documento tiene que llevar la firma

del librador o aceptante de la letra

La letra en blanco es válida siempre y cuando se cumpla ante del

vencimiento y siempre y cuando se cumplan en virtud de lo pactado..

Page 11: Letra de cambio

EJEMPLOS DE LETRAS DE CAMBIO

Page 12: Letra de cambio

PERSONAS QUE INTERVIENEN EN UNA LETRA DE CAMBIO

En toda letra de cambio intervienen como mínimo tres personas:

.- Librador o girador.

.- Librado o girado.

.- Tomador o beneficiario.

Librado o girador:

Es la persona que libra o emite la letra de cambio.

Librado o girado:

Se refiere a la persona que adquiere el compromiso de pagar la letra.

Tomador o beneficiario.

Es quien tiene el derecho de cobrar la letra.

Page 13: Letra de cambio

ERRORES EN LA ELABORACION DE LETRAS DE CAMBIO

Al librar o emitir una letra de cambio podrían suceder ciertos errores

que no la invalidan, especialmente cuando el error está relacionado con el

monto por el cual está siendo librada la letra.

Cuando el valor aparece escrito más de una vez, únicamente en letras

o únicamente en guarismos, tiene, en caso de diferencia, el valor de la

cantidad menor.

Cuando el valor aparece escrito a la vez en letras y en guarismos tiene,

en caso de diferencia, el valor de la cantidad menor.

Page 14: Letra de cambio

ENDOSOS

Y ENDOSOS ESPECIALES

ENDOSO: Se define como el traslado del valor de un determinado valor

cambiario a otra persona, existiendo varias modalidades. El portador a

respaldo

Según el artículo 419 del código de comercio indica que una letra de

cambio puede ser endosada a favor del librado, del librador o de cualquier

otra persona.

FORMAS PARA ENDOSAR UNA LETRA DE CAMBIO

Este debe ser escrito en la letra de cambio o sobre una hoja adicional y

debe estar firmado por el endosante. El endoso puede ser hecho en dos

formas:

.- Endoso nominativo.

.- Endoso en blanco.

Endoso Nominativo:

Es la forma de endoso mediante el cual el endosante escribe en el

cuerpo de la letra de cambio o en una hoja adicional.

Con respecto al artículo 422. Del código de comercio señala el nuevo

portador de la letra puede llenar el blanco con su nombre o con el de la otra

persona o endosarla de nuevo. Bien sea en blanco o a nombre de otro.

Page 15: Letra de cambio

El artículo 420 del código de comercio indica que el endoso debe ser

puro y simple y toda condición a la cual aparezca subordinado, se reputara

no escrita. No se debe hacer un endoso parcial ni un endoso al portador ya

que no está permitido.

De acuerdo al código 423 del código de comercio una letra cuando se

encuentra endosada a otra persona el endosante puede prohibir que esta

misma letra sea endosada a un tercero.

ENDOSOS ESPECIALES

Pueden ser:

.- Endoso en procuración de cobro

.- Endoso de letras como fianza o prenda.

Endoso en procuración de cobro:

Este endoso se refiere solo para gestión de cobro. En el cual debe decir

la frase: “solo para su cobro”, “solo para su reembolso.”

Endoso de letras como fianza o prenda:

Esto es cuando la letra de cambio es dada en garantía, y el endoso

debe contener la frase: “valor en garantía “, “valor en prenda “. Esto le

permite al portador ejercer todos los derechos derivados de la letra de

cambio.

Page 16: Letra de cambio

ACEPTACION DE LA LETRA

Aceptar una letra de cambio es el acto mediante el cual el librado

acepta pagarla estampando su firma en la cara anterior de la misma.

FORMAS DE ACEPTACION DE UNA LETRA DE CAMBIO

.- Aceptación pura y simple

La forma de aceptar una letra de cambio debe ser pura y simple y se

puede limitar a una parte del valor de la letra.

.- Aceptación rehusada.

Cuando el librado después de aceptar la letra con su firma la tacha

antes de devolver la letra y esta aceptación se considera no hecha.

EL AVAL

Es la firma que se pone en el documento de crédito para responder en

caso de que la persona responsable no cumpla.

Page 17: Letra de cambio

VENCIMIENTO DE UNA LETRA DE CAMBIO

Existen cuatro formas de expresar el vencimiento de una letra de

cambio:

.- Vencimiento a día fijo.

.- Vencimiento a la vista.

.- Vencimiento a cierto plazo de la fecha

.- Vencimiento a cierto plazo vista.

EL PAGO DE LA LETRA DE CAMBIO.

El portador debe presentar la letra de cambio a su pago. El día pautado

de acuerdo a lo establecido.

Existe también un pago parcial en el que el librado puede exigirlo si le

conviene.

Page 18: Letra de cambio

FALTA DE PAGO

Es cuando no se cumple el pago pautado de acuerdo a la letra de

cambio endosada y existe una negativa de la persona que adquiere el crédito.

De acuerdo al artículo 451 del código de comercio el portador puede utilizar

recursos o acciones de acuerdo a:

.- Al vencimiento

.- Antes del vencimiento.

PRESCRIPCION DE LA LETRA DE CAMBIO

De acuerdo al código de comercio con el artículo 479 las letras de

cambio prescriben de acuerdo a:

.- Acciones contra el librado o aceptante.

.- Acciones del portador contra endosantes y librador.

.- Acciones de endosantes entre si y contra el librador.

Page 19: Letra de cambio

CONCLUSION

En este capítulo de contabilidad se pudo observar toda la información

en torno a los efectos por cobrar que es cuando una transacción de crédito

es respaldada por un documento como la letra de cambio, en este trabajo de

investigación se aprendió como realizar una letra de cambio, sus

características, las responsabilidades, sus errores, la forma de pago y la

prescripción de una letra de cambio o un efecto por cobrar.