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7/30/2019 Legislacin laboral en Per.docx
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Legislacin laboral en Per
La Legislacin prev distintas modalidades de contratacin laboral, incluyendo
contratos a plazo determinado de naturaleza temporal, accidental y de obra o
servicio.
Es indispensable que la Ley, a travs de la cual el Estado garantiza la estabilidadlaboral, debe adecuarse a nuestra realidad socioeconmica que, al ser aplicadatraiga consigo el desarrollo de la misma, para tal efecto, es necesario que la Leyen mencin garantice el equilibrio del ejercicio de los derechos y obligaciones delempleador y del trabajador, sancionando el incumplimiento segn corresponda,garantizando la produccin y productividad eficientes en beneficio del desarrollosocioeconmico para alcanzar la paz social.
MODALIDADES CONTRACTUALES
Nuestra legislacin laboral vigente aplicable al rgimen privado contempla
dos tipos o formas de contratacin laboral :
CONTRATACION A PLAZO INDETERMINADO
Esta primera forma de contratacin se encuentra referida a la
contratacin tradicional es decir a la contratacin verbal o a tiempo
indeterminado , la misma no requiere de formalidad alguna ni mucho menos
del cumplimiento de prerrequisitos .
CONTRATACION A PLAZO FIJO: (D.S. N 003-97-TR ART. 53)
Los contratos de trabajo sujetos a modalidad pueden celebrarse cuando
as lo requieran las necesidades del mercado o mayor produccin de la
empresa, as como cuando lo exija la naturaleza temporal o accidental del
servicio que se va a prestar o de la obra que se ha de ejecutar . Esta
modalidad contractual se agrupa en tres grandes rubros Como : Contratos
Temporales , contratos Accidentales , Contratos de Obra o Servicio.
CONTRATACION A TIEMPO PARCIAL:
Es un contrato laboral que pueden suscribir los empleadores para
contratar trabajadores. La caracterstica principal radica en la prestacin de unajornada menor al 50% de la jornada mxima legal ( menos de 4 horas diarias
o en promedio semanal ) Este tipo de contrato debe ser cebrado por escrito