legislación económica en méxico

67
Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo Instituto de Ciencias Sociales y Humanidades Segundo Semestre Grupo Uno Lic. En Derecho Derecho Económico M. en D. Judith Erika Moctezuma Montaño Periodo Enero-Junio 2010 ¡Con el Orgullo de Ser Universitarios! LEGISLACIÓN MEXICANA DE DERECHO ECONÓMICO LEYES QUE ENMARCAN EL RUBRO JURÍDICO ECONÓMICO DE NUESTRO PAÍS

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Page 1: Legislación Económica en México

0 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo

Instituto de Ciencias Sociales y Humanidades

Segundo Semestre Grupo Uno

Lic. En Derecho

Derecho Económico

M. en D. Judith Erika Moctezuma Montaño

Periodo Enero-Junio 2010

¡Con el Orgullo de Ser Universitarios!

LEGISLACIÓN

MEXICANA DE

DERECHO

ECONÓMICO

LEYES QUE ENMARCAN EL RUBRO JURÍDICO ECONÓMICO DE NUESTRO PAÍS

Page 2: Legislación Económica en México

1 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

Índice

Page 3: Legislación Económica en México

2 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

Page 4: Legislación Económica en México

3 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

Page 5: Legislación Económica en México

4 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

Page 6: Legislación Económica en México

5 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

Page 7: Legislación Económica en México

6 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

Page 8: Legislación Económica en México

7 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

Page 9: Legislación Económica en México

8 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

No. de la Unidad

Tema Nombre de la Ley Objeto de la Ley

Artículos donde se establec

e el objeto

de la Ley

Autoridades Competentes

Artículos donde se establec

en las autorida

des compete

ntes

Sujetos que regula

la ley

Artículos

donde se

establecen los

sujetos que regula

Recursos que se pueden

interponer

Artículos en los que

se establecen

los recursos que se pueden

interponer.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Regular la actividad económica en los siguientes rubros:

1. Educación Salud y Vivienda Libertad de Profesión Libertad de Tránsito No privación de los

bienes sino hasta después de un juicio.

Nadie puede ser molestado en sus posesiones sino es por mandato escrito y con causa legal.

Rectoría Estatal Planeación Democrática Derecho de Propiedad y

sus modalidades Prohibición de

Monopolios, Áreas Estratégicas Estatales y Banco Central.

Obligación de los mexicanos de contribuir al gasto público.

Atribuciones del

3 5 11 14 16 25 26 28 31 73 74 89 11

5 13

1 12

3

En las distintas situaciones intervienen: Poder Ejecutivo

Federal Poder

Legislativo Federal

Alcaldes de Ayuntamientos

3 5 11 14 16 25 26 28 31 73 74 89 11

5 13

1 12

3

Estado, en su doble función (órgano rector y empresario)

Particulares (Empresarios e Inversionistas)

Familias Sector Social

3 5 1

1 1

4 1

6 2

5 2

6 2

8 3

1 7

3 7

4 8

9 1

15

1

Amparo Indirecto: Cuando una de las garantías individuales se vea afectada por el inicio de vigencia o primer acto de la aplicación de una ley afecte al quejoso.

Amparo Directo: Cuando luego de una sentencia o laudo definitivos se vea vulnerada

103 107

Page 10: Legislación Económica en México

9 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

Congreso en materia económica: *Imponer contribuciones para cubrir el presupuesto. *Fijar bases para la celebración de empréstitos y pago de la deuda nacional. *Impedir restricciones en el comercio de Estado a Estado. *Establecer casas de moneda y su reglamentación. *Reglamentación de la Entidad de Fiscalización Superior de la Federación. *Establecer contribuciones en materia de comercio exterior, recursos naturales, instituciones de crédito etc. *Desarrollo Económico y Social *Promoción y regulación de Inversión Extranjera.

Atribuciones de la Cámara de Diputados: *Aprobar la iniciativa de la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos que el Ejecutivo realiza anualmente. *Cuenta Pública

31

123

alguna de las garantías.

Controversia Constitucional: En el caso del artículo 115; si la esfera jurídica del Municipio se ve rebasada por otro nivel de gobierno, éste es el recurso posible de ofrecerse.

Page 11: Legislación Económica en México

10 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

Facultades del Presidente: *Promulgar las leyes aprobadas por el Congreso *Dirigir la Política Exterior y los tratados internacionales. *Habilitar puertos y aduanas marítimas y fronterizas.

Administración Pública del Municipio

Facultad exclusiva del Ejecutivo para gravar las mercancías que se importen o exporten y transiten por el territorio.

Derecho al trabajo, las condiciones generales previsión social y salarios mínimos.

VI

Recursos Naturales

Hidrocarburos

1. Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo de

Petróleo

Regula el dominio de los hidrocarburos que se

encuentren en territorio nacional, y que en la

Constitución son englobados en la denominación petróleo.

Refiere las actividades permisibles en materia de

hidrocarburos: explotación, refinación, transporte,

almacenamiento, distribución y venta de primera mano.

Art. 1 y 3 de la Ley Reglamentaria del Artículo

27 Constitucional en el Ramo de Petróleo

Secretaría de Energía

Comisión Reguladora de Energía

Comisión Nacional de Hidrocarbur

os

Art.16 de la Ley

Reglamentaria del Artículo

27 Constitucional en el Ramo

de Petróleo

Sector Publico (PEMEX, para exploración y explotación)

Sector Privado Sector Social (ambos pueden

participar de estas actividades)

Art. 4 y 5 de la

Ley Reglamentaria

del Artículo

27 Constitucional en el Ramo

de Petróle

Recurso administrativo de

revisión: Los interesados

afectados por los actos y

resoluciones de las autoridades administrativas

que pongan fin al procedimiento

administrativo, a una instancia o resuelvan un

52 Del Reglamento de la Ley reglamenta

ria del Artículo 27 constitucional en el ramo del Petróleo

Page 12: Legislación Económica en México

11 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

o expediente, podrán interponer

el recurso administrativo de

revisión en los términos previstos

en la Ley Federal de

Procedimiento Administrativo o, cuando proceda,

demandar su nulidad en los términos de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso

Administrativo. Si se opta por interponer el

recurso administrativo de

revisión, el interesado podrá

demandar la nulidad de la

resolución que recaiga sobre dicho recurso.

1.1 Reglamento de

la Ley Reglamentaria del artículo 27 Constitucional

Reglamentar la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del

Petróleo

Art 1 del Reglame

nto

Secretaría de Energía

Art 3

PEMEX Organismos

Subsidiarios Permisionarios Organismos

Descentralizad

Art 11, 19,20, 21,25.

Podrán interponer el recurso

administrativo de revisión en los

términos previstos en la Ley

Art 52

Page 13: Legislación Económica en México

12 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

en la rama de Petróleo

os Productores

petroquímicos

Federal de Procedimiento

Administrativo o, cuando proceda,

demandar su nulidad en los términos de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso

Administrativo.

VI

Recursos Naturales

Hidrocarburos

2. Ley Orgánica de

Petróleos mexicanos y Organismos Subsidiarios

Ejercer la conducción central, y la dirección estratégica de todas las actividades que

abarca la industria petrolera estatal en los términos de la

Ley Reglamentaria del Articulo 27 Constitucional en el ramo

del petróleo.

Art. 2° de la Ley

Orgánica de

Petróleos Mexicano

s y Organism

os Subsidiari

os

El Estado a través del Ejecutivo

Federal por medio de la Secretaria de

energía y la Secretaria de Contraloría

General de la Federación, que a su vez designa a

un Comisario Publico Propietario

y un Suplente.

Art. 1° de la Ley

Orgánica de

Petróleos Mexicano

s y Organism

os Subsidiari

os y Articulo

27 Constituci

onal

Petróleos mexicanos y organismos

subsidiarios: Pemex-Exploración y

Producción, Pemex-Refinación,

Pemex-Gas y Petroquímica Básica, Pemex-Petroquímica,

Pemex-

Art. 1° de la Ley

Orgánica de

Petróleos

Mexicanos y

Organismos

Subsidiarios

Los interesados afectados por los

actos y resoluciones de las autoridades administrativas

que pongan fin al procedimiento

administrativo, a una instancia o resuelvan un expediente,

podrán interponer el recurso

administrativo de revisión en los

términos previstos en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo o, cuando proceda,

demandar su nulidad en los

términos de la Ley Federal de

Art. 52 del REGLAMENTO de la

ley Reglament

aria del Artículo 27 Constitucio

nal en el Ramo del Petróleo.

Page 14: Legislación Económica en México

13 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

Procedimiento Contencioso

Administrativo.

Si se opta por interponer el

recurso administrativo de

revisión, el interesado podrá

demandar la nulidad de la

resolución que recaiga sobre dicho recurso.

En los casos de los servicios que el Estado presta

de manera exclusiva a través de los Organismos Descentralizados y de los contratos que los terceros

sólo puedan celebrar con aquéllos, el recurso de

revisión sólo podrá interponerse en

contra de actos y resoluciones que

pongan fin al procedimiento

administrativo, a

Page 15: Legislación Económica en México

14 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

una instancia o resuelvan un expediente,

siempre y cuando no se haya optado

por el arbitraje previsto en la Ley Reglamentaria.

VI

Recursos Naturales Hidrocar

buros

3. Reglamento de gas natural

Tiene por objeto regular las ventas de primera mano, las

actividades y los servicios que no forman parte de la industria

petrolera en materia de gas natural, a efecto de asegurar su

suministro eficiente

Art. 1

La Comisión

Reguladora de Energía

Art. 7

Adquirente Usuario

Usuario Final Distribuidor

Transportista

Art. 2, 5,6,9,1

0, 15,17, 23,24 30,31, 51,58 61,64, 69, 71, 77,73, 80,90, 97,98, 100,

El procedimiento de licitación.

Procedimiento de ejecución.

Terminación anticipada y

extinción parcial. Modificación del

permiso.

Art. 38 Art. 51 Art. 55 Art. 52

VI

Recursos Naturales Hidrocar

buros

4. Reglamento para la

recuperación y

aprovechamiento del gas asociado a

los yacimientos de carbón mineral.

Recuperación y aprovechamiento del gas

asociado a los yacimientos del carbón mineral. Evitar daños al

ambiente.

Articulo 27

Secretarias de energía y economía

Ley minera. Capítulo primero

disposiciones

generales, artículo primero

Sector social, pequeña y mediana

empresa

Ley minera. Capítul

o primero

: disposiciones general

es. Artículo

8vo.

Amparo de una concesión minera

Artículo 27 fracción XI Capítulo

Cuarto de la Ley

Minera. Sobre el inicio y

suspensión de las

actividades relacionada

s con la

Page 16: Legislación Económica en México

15 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

recuperación y

aprovechamiento de

gas asociado al

carbón mineral, que se

realice al amparo de

su concesión

minera.

VI

Recursos Naturales Hidrocar

buros

5. Contratos de

Servicios

Múltiples.

Delegar a los contratistas

(particulares) la administración

y operación directa del proceso

de exploración, perforación,

extracción, procesamiento,

mantenimiento, distribución,

venta de primera mano y

entrega física del gas natural,

los cuales tendrán a cargo la

ejecución de dichas

operaciones, entre otras

facultades delegadas por

PEMEX.

Artículo

27 y 28

Constituci

onales.

Estado, como ente

de control y

mediador entre las

partes. Se encarga

de vigilar que se

cumpla

correctamente con

el objeto de dichos

contratos y su

aplicación.

Artículo

28

Constituci

onal.

PEMEX y Organismos

Subsidiarios

(contratantes,

particulares).

Aunque pudiera

resultar más

optimo el recurso

de los Contrato

de Servicios

Múltiples, es

evidente que esto

resulta

inconstitucional,

pues dichos

instrumentos

dejan a la mano

de los particulares

el

aprovechamiento

de este recurso,

cuando es una

facultad exclusiva

del Estado; a

Page 17: Legislación Económica en México

16 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

demás de dar

cabida la

participación de

extranjeros

otorgándoles

contratos de larga

duración para un

espacio

considerable.

Debido a que

contraviene a los

artículos 25, 27 y

28 puede

interponerse un

Amparo directo.

VI

Recursos Naturales Hidrocar

buros

6. Reglamento de Gas

Licuado de Petróleo

Regular las Ventas de Primera Mano así como el

Transporte, almacenamiento y

Distribución de Gas Licuado de Petróleo actividades que podrán ser llevados a cabo,

previo permiso, por los sectores social y privado, los que podrán construir,

operar y ser propietarios de ductos, instalaciones y

equipos, en los términos de las disposiciones

contenidas en este ordenamiento, así como, en las disposiciones técnicas y

de regulación que se expidan.

1° del Reglamento

de Gas LP

Secretaría de

Energía Comisió

n regulado

ra de Energía

3° de del

Reglamento

de Gas LP

Sector Publico

(Jurisdicción Federal)

Sector Privado

Sector Social

(previo permiso)

Recurso de revisión a que se

refiere la Ley Federal de

Procedimiento Administrativo.

Contra los actos de la Comisión, en

la vía administrativa, se

podrá interponer el recurso de

reconsideración a que se refiere su

propia ley.

Artículos 105 y 106

del Reglamento de Gas

LP.

Page 18: Legislación Económica en México

17 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

VI

Recursos Naturales

Energía Eléctrica

7. Ley de la

Comisión

Reguladora

de energía

Desarrollo eficiente de las

actividades constitutivas de las

industrias petrolera y eléctrica.

Artículo

segundo

de la Ley

de la

Comisión

Regulado

ra de

Energía

Comisión

Reguladora de

Energía

Capitulo

2 articulo

4to. De la

ley de La

Comisión

Regulado

ra de

Energía

Particulares que

intervienen en el

suministro de energía,

usuarios y empresas

públicas o entidades

que proporcionen el

servicio.

Artículo

segund

o de la

Ley de

la

Comisi

ón

Regula

dora de

Energí

a

Recurso de

reconsideración.

Artículos 9,

10 y 11 de

la Ley de la

Comisión

Reguladora

de Energía.

VI

Recursos Naturales

Energía Eléctrica

8. Ley del

Servicio

Público de

Energía

Eléctrica.

Regular la prestación de

servicio de energía eléctrica,

así como los bienes y recursos

naturales que se requieran

para dichos fines.

Artículo 1

Comisión Federal

de Electricidad.

Artículo 7

Comisión Federal de Electricidad, Trabajadores

electricistas, así como usuarios que disfrutan

del servicio

Articulo 7, 16 y

25

Recurso Administrativo por reconsideración de resolución.

Artículo 43

8.1 Reglamento de la Ley del

Servicio Público de

Energía Eléctrica

Reglamentar la Ley del Servicio Público de Energía

eléctrica por la prestación del servicio por actividades que no

constituyen servicio público.

Artículo 1

Comisión Federal de Electricidad.

Secretaría de

Energía, Minas e Industria

Paraestatal.

Artículo 2

Suministrador.

Usuario

Artículo 6,25

Quejas y reclamaciones

presentadas ante la Secretaría.

Artículo 42

Page 19: Legislación Económica en México

18 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

VI

Recursos Naturales

Energía Nuclear

9. Ley del

artículo 27

constitucion

al en materia

de energía

nuclear.

Regular la exploración,

explotación y el beneficio de

minerales radioactivos, así

como el aprovechamiento de

los combustibles nucleares, los

usos de la energía nuclear, la

investigación de la ciencia y

técnicas nucleares, la industria

nuclear y todo lo relacionado

con lo mismo.

Artículo

1° de la

Ley del

Artículo

27

constituci

onal en

materia

de

energía

nuclear.

Secretaria de

Energía

El consejo de

Recursos

Minerales

La comisión de

Fomento Minero

Instituto Nacional

de Investigaciones

Nucleares

Comisión Nacional

de Seguridad

Nuclear y

Salvaguardias.

Art 9 y 10

de la Ley

del

Artículo

27

constituci

onal en

materia

de

energía

nuclear.

Órganos

Públicos

encargados de

las actividades

nucleares

Artículo

5 de la

Ley del

Artículo

27

constit

ucional

en

materia

de

energía

nuclear

.

Las resoluciones

que se dicten con

fundamento en

esta Ley o en las

demás

disposiciones

derivadas de la

misma, podrán ser

recurridas dentro

del término de l5

días hábiles

siguientes a la

fecha de su

notificación. El

recurso será

dirigido y

presentado por

escrito al Titular

de la Secretaría

de Energía, en el

cual deberán

ofrecerse las

pruebas que se

relacionen con el

acto administrativo

impugnado.

Desahogadas las

pruebas y

agotadas las

diligencias

ordenadas, dentro

de los siguientes

Artículo 40

de la Ley

del Artículo

27

constitucio

nal en

materia de

energía

nuclear.

Page 20: Legislación Económica en México

19 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

30 días hábiles, se

dictará la

resolución que

corresponda.

VI

Recursos Naturales

Aguas y Pesca

10. Ley de Aguas

Nacionales

Regular la explotación, uso o

aprovechamiento de dichas

aguas, su distribución y control,

así como la preservación de su

cantidad y calidad para lograr

su desarrollo integral

sustentable

Art 1 de

la Ley de

Aguas

Nacional

es.

SEMARNAT

Secretaría del

Medio Ambiente y

Recursos

Naturales

CONAGUA

Comisión Nacional

del Agua

Art 8 de la Ley de

Aguas Nacional

es.

Aguas nacionales

superficiales o de

subsuelo

Bienes

nacionales que

señale la ley

Aguas de zonas

marinas

mexicana

Art 2 de la

Ley de Aguas Nacionales.

Recurso de

revisión

Recurso contra

actos o

resoluciones

Contra los actos o

resoluciones

definitivas de la

autoridad del agua

que causen

agravio a

particulares, se

podrá interponer el

recurso de

revisión dentro del

plazo de quince

días hábiles

siguientes a la

fecha de su

notificación.

Los recursos

contra actos o

resoluciones que

Art 124 de la Ley de

Aguas Nacionales

.

Page 21: Legislación Económica en México

20 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

se emitan en

materia fiscal

conforme a la

presente ley,

serán resueltos en

los términos del

código fiscal de la

federación y de su

reglamento.

10.1 Reglamento de la Ley de Aguas

Nacionales

El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar la Ley

de Aguas Nacionales. Cuando en el mismo se expresen los

vocablos "Ley", "Reglamento", "La Comisión" y "Registro", se entenderá que se refiere a la Ley de Aguas Nacionales, al presente Reglamento, a la

Comisión Nacional del Agua y al Registro Público de

Derechos de Agua, respectivamente

Artículo 1º del

reglamento para la

ley de aguas

nacionales

*CONAGUA

*PODER EJECUTIVO

*CONSEJOS DE

CUENCA

Artículos 5º, 7º a 14º de este

reglamento

Artículo 6º de este

reglamento

Artículos 15º a 17º

*Aguas continentales * Regulación en

materia de preservación y control de la calidad del agua *Aguas de las zonas marinas mexicanas

Articulo 3º y

74º de este

reglamento

*Recurso de revisión

*Recurso de revocación o nulidad de

notificaciones contra actos y

resoluciones que emita "La

Comisión Nacional de Agua"

Articulo 190º de

este reglamento y 124º de la ley de aguas

nacionales

VI

Recursos Naturales

Aguas y Pesca

11. Ley Federal del Mar

Reglamentar las zonas marinas que formen parte del territorio nacional y en lo más aplicable, más allá de éste en las zonas

marinas donde la nación ejerce derechos de soberanía,

jurisdicciones y otros derechos.

Artículo 2 de la Ley Federal del Mar.

Poder Ejecutivo Federal la

aplicación de esta Ley, a través de

las distintas dependencias de la Administración Pública Federal

Artículo 7 de la Ley Federal del Mar.

Mar territorial, aguas marinas interiores,

Zona contigua, Zona económica exclusiva, plataforma continental

y plataformas insulares.

23,25,34,42,43,46,50,57 y 58

--- ---

VI Recursos Naturales

12. Ley General de Pesca y

Acuacultura

Tiene por objeto regular, fomentar y administrar el aprovechamiento de los

1° de la

Ley

General

La federación, las entidades

federativas, el

6 y 7 de

la Ley

General

A todo sujeto que quiera incurrir en

actividades de

40 y 41

en el

caso

Las resoluciones

definitivas

Art 149 de

la Ley

General de

Page 22: Legislación Económica en México

21 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

Aguas y Pesca

Sustentables

recursos pesqueros y acuícolas en el territorio

nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su

soberanía y jurisdicción; El mejoramiento de la calidad de vida de los

pescadores y acuicultores. Establecer las bases para la ordenación, conservación,

la protección, la repoblación y el aprovechamiento

sustentable de los recursos pesqueros y acuícolas,

planear y regular el aprovechamiento de los

recursos pesqueros acuícolas entre otros.

de Pesca

y

Acuacultu

ra

Sustenta

bles

distrito federal y los municipios.

SAGARPA

Secretaría de Agricultura, Ganadería,

Desarrollo Rural, Pesca y

Alimentación, a través de la

Comisión Nacional de Acuacultura y

Pesca.

de Pesca

y

Acuacultu

ra

Sustenta

bles

acuacultura y pesca, a todo el que necesite la concesión para dicha actividad.

de

concesi

ones

de la

Ley

Genera

l de

Pesca

y

Acuacu

ltura

Sustent

ables

dictadas en los procedimientos administrativos

instaurados con motivo de

la aplicación de esta ley, sus disposiciones

reglamentarias y las normas oficiales que

de ella deriven, podrán ser

impugnadas por los

afectados mediante el recurso de

revisión, dentro de los quince

días siguientes a la fecha de

su notificación o ante las instancias

jurisdiccionales competentes.

El recurso de revisión se interpondrá

directamente ante la unidad administrativa que emitió la

resolución

Pesca y

Acuacultur

a

Sustentabl

es

Page 23: Legislación Económica en México

22 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

impugnada, la que resolverá

sobre su admisión y el

otorgamiento o denegación de la suspensión

del acto recurrido y

turnara posteriormente el recurso a su

superior jerárquico para su resolución

definitiva.

VI

Recursos Naturales

Forestal

13. Ley General de

desarrollo forestal

sustentable

Regular y fomentar la conservación, protección, restauración, producción,

ordenación, el cultivo, manejo y aprovechamiento de los ecosistemas forestales

Del país y sus recursos, así como distribuir las

competencias que en materia forestal correspondan a la Federación, los estados, el

distrito federal y los municipios, bajo el principio de

concurrencia previsto en El artículo 73 fracción XXIX inciso g de la constitución

política de los estados unidos mexicanos, con el fin de

propiciar el desarrollo forestal

Art 1 de la Ley

General de

desarrollo

forestal

sustentable

La Federación, las Entidades Federativas y los Municipios establecerán las bases de coordinación

para la integración y

funcionamiento del Servicio

Nacional Forestal.

SEMARNAT

La Secretaría de Medio

Ambiente y

155

Ejidos, las comunidades, pueblos

y comunidades indígenas, personas

físicas o morales, la

Federación, los Estados, el Distrito

Federal y los Municipios que sean propietarios de los

terrenos donde aquéllos se ubiquen.

5 De revisión 171

Page 24: Legislación Económica en México

23 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

sustentable. Recursos Naturales.

VI

Recursos Naturales

Forestal

14. Ley federal de

variedades vegetales

Su objeto es fijar las bases y procedimientos para la

protección de los derechos de los obtentores de variedades

vegetales. Su aplicación e interpretación, para efectos

administrativos, corresponde al Ejecutivo Federal por

conducto de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y

Desarrollo Rural.

Regula y protege los derechos de los obtentores, es decir, la persona física o

moral que mediante un proceso de mejoramiento

haya obtenido y desarrollado una variedad vegetal de

cualquier género y especie.

Artículo 1º de la

Ley federal

de varieda

des vegetal

es

Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y

Desarrollo Rural

Comité Calificador de

variedades vegetales

3º, 29º, 30º de la Ley federal

de varieda

des vegetal

es

Obtentores (personas físicas y

morales).

1º, 3º de la Ley

federal de variedade

s vegetales

--- ---

VI

Recursos Naturales

Forestal

15. Ley Federal de Sanidad

Vegetal

Regular y promover la sanidad vegetal, vigilando la observancia de las

disposiciones fitosanitarias, diagnosticando y previniendo la diseminación e introducción de

plagas de los vegetales, sus productos y subproductos,

estableciendo medidas fitosanitarias, regulando la

Artículo 1º de la

Ley Federal

de Sanidad Vegetal

SAGARPA Secretaría de Agricultura, Ganadería,

Desarrollo Rural, Pesca y

Alimentación

Consejo Nacional Consultivo

Artículos 4° y 5º de

la Ley Federal

de Sanidad Vegetal

Sectores agrícolas y silvícolas

2 y 3 de de la Ley

Federal de

Sanidad

Vegetal

Recurso de Revisión.

Artículos 71 y 72 de

la Ley Federal de

Sanidad Vegetal

Page 25: Legislación Económica en México

24 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

efectividad biológica, aplicación, uso y manejo de

insumos, así como el desarrollo y presentación de actividades y

servicios fitosanitarios.

Fitosanitario

VI

Recursos Naturales

Minería

16. Ley Minera

Para promover el mejor aprovechamiento de los

recursos mineros y generar la información geológica básica de la Nación, La secretaría se

apoyará en el servicio Geológico Mexicano.

Articulo 9º párrafo primero

de la Ley Minera

El Ejecutivo Federal a través de

la Secretaría de Economía

Artículos 1° y 7º de

la Ley Minera

La exploración, explotación, y

beneficio de los minerales o

sustancias que en ventas, mantos,

masas, o yacimientos constituyan depósitos cuya naturaleza sea

distinta de los componentes de los

terrenos, así como de las salinas formadas directamente por las

aguas marinas proveniente de los

mares actuales, superficial o

subterráneamente, de modo natural o

artificial y de las sales y subproductos de

éstas.

Artículo 2º de la

Ley Minera

Las resoluciones que dicte la

Secretaría con motivo de la

aplicación de la presente Ley y su Reglamento,

podrán ser recurridas

conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Artículo 59 de la de la Ley Minera

VI

Recursos Naturales

Tierra

17. Ley Agraria

El objeto de la ley es promover

el desarrollo integral y equitativo del sector rural

mediante el fomento de las actividades productivas y de las acciones sociales para elevar

Artículo 4º de la

Ley Agraria

Ejecutivo Federal

Articulo 1º, 2º, 3º de la Ley Agraria

Ejidatarios, comuneros y

pequeños propietarios y cualquiera de éstos

entre sí.

Artículo 6º de la

Ley Agraria

El recurso de revisión en

materia agraria procede contra la sentencia de los

tribunales

Artículo 198 de la

Ley Agraria

Page 26: Legislación Económica en México

25 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

el bienestar de la población y su participación en la vida

nacional.

agrarios que resuelvan en

primera instancia sobre:

I.- Cuestiones relacionadas con

los límites de tierras suscitadas entre dos o más

núcleos de población ejidales o

comunales, o concernientes a

límites de las tierras de uno o

varios núcleos de población con uno o varios pequeños

propietarios, sociedades o asociaciones;

II.- La tramitación de un juicio agrario que reclame la

restitución de tierras ejidales; o III.- La nulidad de

resoluciones emitidas por las autoridades en materia agraria.

Page 27: Legislación Económica en México

26 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

VI

Recursos Naturales

Espectro Radioeléc

trico

18. Ley Federal

de Telecomunicaciones

Regular el uso,

aprovechamiento y explotación

del espectro radioeléctrico, de

las redes de

telecomunicaciones y de la

comunicación vía satélite.

Articulo 1

La Secretaría de

Comunicaciones y

Transportes.

Comisión Federal

de

Telecomunicacione

s

Articulo 7

Particulares

Concesionarios

Art 11

Recurso de

Revisión

Articulo 74

VII

Finanzas Públicas

Política Fiscal

19. Ley de

presupuesto

,

contabilidad

y gasto

público

federal.

Derogada

por la Ley

de

Presupuesto

y

Responsabil

idad

Hacendaria

El presupuesto, la contabilidad

y el gasto público federal se

norman y regulan por las

disposiciones de esta ley, la

que será aplicada por el

Ejecutivo Federal a través de la

Secretaría de Programación y

Presupuesto

Articul

o 1º

La programación

del gasto público

federal se basará

en las directrices y

planes nacionales

de desarrollo

económico y social

que formule el

Ejecutivo Federal

por conducto de la

Secretaría de

Programación y

Presupuesto.

Artículo

4o.

El gasto público

federal comprende las

erogaciones por

concepto de gasto

corriente, inversión

física, inversión

financiera, así como

pagos de pasivo o de

deuda pública, y por

concepto de

responsabilidad

patrimonial.

El Poder Legislativo,

El Poder Judicial,

La Presidencia de la

República,

Las secretarías de

Estado y

departamentos

Articulo

fraccio

nes:

I,II,

III,IV,

V,

VI,VII,

VIII.

--- ---

Page 28: Legislación Económica en México

27 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

administrativos y la

Procuraduría General

de la República,

El Departamento del

Distrito Federal,

Los organismos

descentralizados,

Las empresas de

participación estatal

mayoritaria

Los fideicomisos en

los que el

fideicomitente sea el

Gobierno Federal, el

Departamento del

Distrito Federal o

alguna de las

entidades

mencionadas en las

fracciones VI y VII.

Sólo para los efectos

de esta Ley, a las

instituciones,

dependencias,

organismos, empresas

y fideicomisos antes

citados se les

denominará

genéricamente como

Page 29: Legislación Económica en México

28 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

entidades, salvo

mención expresa

VII

Finanzas Públicas

Política Fiscal

20. Ley General De La Deuda

Publica

Optimizar el uso de los recursos financieros que capte

el sector público federal a través del crédito.

Art. 73 Constituci

onal fracción

VIII

El Congreso de la Unión y el Ejecutivo

Art. 4 Ley

general de la

deuda publica

I.- El Ejecutivo Federal y sus dependencias. II.- El Departamento del Distrito Federal. III.- Los organismos descentralizados.

IV.- Las empresas de participación estatal

mayoritaria. V. Las Instituciones

que presten el servicio público de banca y

crédito, las organizaciones

auxiliares nacionales de crédito,

las instituciones nacionales de seguros

y las de fianzas, y VI.- Los fideicomisos

en los que el fideicomitente

Art. 1 de la Ley

General de la Deuda Publica

--- ---

VII

Finanzas Públicas

Política Fiscal

21. Ley de Ingresos

2010

Percibir los ingresos provenientes de los

conceptos establecidos en el ejercicio fiscal de

2010 y en las cantidades estimadas.

Contratar y ejercer

créditos, empréstitos y otras formas del ejercicio

del crédito público,

Artículos 1° y 2°

Secretaría De

Hacienda Y

Crédito Público, la

Auditoría Superior

De La Federación,

Contaduría Mayor

De Hacienda De

La Asamblea

Legislativa Del

Artículo

3o.,

fracción

i, vi

Personas

Físicas

Personas

Morales

Secretarías de

Estado

Entidades

Federativas y

Municipios

Banco de

Artículo

--- ---

Page 30: Legislación Económica en México

29 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

contratar obligaciones constitutivas de deuda

pública interna adicionales a lo

autorizado, siempre que el endeudamiento neto externo sea menor al

establecido en el presente artículo o en el

presupuesto de las entidades respectivas en un monto equivalente al de dichas obligaciones

adicionales

Distrito Federal

México

PEMEX

CFE

L y F del Centro

(pérdidas)

IMSS

ISSSTE

INFONAVIT

FOVISSSTE

CONSAR

22. Presupuesto

de Egresos 2010

Tiene por objeto regular el ejercicio y control del gasto

público, es decir el destino de los recursos obtenidos.

Art.1

Ejecutivo Federal. Las secretarías de Hacienda y Crédito

Público y de la Función Pública.

Art. 1

Ramos autónomos. Ramos

administrativos. Ramos generales.

Infraestructura carretera.

Infraestructura hidráulica.

Infraestructura turística.

Infraestructura productiva. de largo

Plazo. Previsiones salariales

y económicas. Información nacional

estadística y geográfica.

Desarrollo integral de la población indígena. Ciencia, tecnología e

innovación

Art. 3,4,5

Prorroga. Instancia de

Fiscalización. Art.8

Page 31: Legislación Económica en México

30 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

Deuda.

VII

Finanzas Públicas

Política Fiscal

23. Ley Federal de

presupuesto y

Responsabilidad

Hacendaria

Deroga a la Ley de

presupuesto, contabilidad y

gasto público federal.

Reglamentar los artículos 74

fracción IV, 75, 126 y 134

constitucionales en materia de

programación,

presupuestación, aprobación,

ejercicio, control y evaluación

del ingreso y egresos públicos

federales.

Art 1 de

la Ley

Federal

de

Presupue

sto y

Respons

abilidad

Hacendar

ia

Auditoria superior

de la federación

Secretaria de

Hacienda y Crédito

Público.

Art. 2 y 3

de la Ley

Federal

de

Presupue

sto y

Respons

abilidad

Hacendar

ia

Dependencias y o

entidades de la

administración pública

federal

Art 4

de la

Ley

Federal

de

Presup

uesto y

Respo

nsabilid

ad

Hacen

daria

Una vez concluida

la vigencia de un

presupuesto de

egresos solo

procederá a hacer

pagos por

conceptos

efectivamente

devengados

contabilizados

debida y

oportunamente, de

lo contrario no se

podrá ejercer el

pago.

Art 112 de

la Ley

Federal de

Presupuest

o y

Responsab

ilidad

Hacendaria

VII

Finanzas Públicas

Política Fiscal

24. Ley de Fiscalización Superior

de la Federación. Abrogada por la Ley

de Fiscalizació

n y Rendición

de Cuentas de la

Federación. (2009)

Regular la revisión de la Cuenta Pública y su

Fiscalización Superior.

Artículo 1°

Cámara de diputados,

Procuraduría General de la

República, Auditoría Superior de la Federación,

Comisión de Vigilancia de la

Cámara, Secretaría de

Hacienda y Crédito Público

Artículo 2°,

fracción II, III, IV , Artículo

3°, Artículo

9°, Artículo

12°

Poderes Públicos, entes públicos

federales, entidades fiscalizadas (personas

físicas y morales)

Artículo 4°

Recuso de reconsideración, o bien, mediante juicio de nulidad ante el Tribunal

Federal de Justicia Fiscal y

Administrativa. El recurso de

reconsideración se interpondrá dentro

de los 15 días siguientes a la

fecha en que surta efectos la

notificación del pliego o resolución

Artículo 59°y 60°

Page 32: Legislación Económica en México

31 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

recurrida.

VII

Finanzas Públicas

Política Fiscal

25. Ley de Adquisicion

es, Arrendamie

ntos y Servicios del Sector

Público

Tiene por objeto regular las acciones relativas a la

planeación, programación, presupuestación, contratación,

gasto y control de las adquisiciones y arrendamientos

de bienes muebles y la prestación de servicios de

cualquier naturaleza.

Reglamenta al artículo 134 Constitucional.

Art 1

Secretaría de Hacienda y Crédito

Público y Secretaría de

Economía

Art 7

I. Las unidades administrativas

de la Presidencia de la República;

II. Las Secretarías de Estado,

Departamentos Administrativos y la Consejería

Jurídica del Ejecutivo Federal;

III. La Procuraduría General de la

República; IV. Los organismos

descentralizados;

V. Las empresas de participación

estatal mayoritaria y

los fideicomisos en los que el fideicomitente

sea el gobierno federal o una

entidad paraestatal, y

Art 1 Recurso de

Inconformidad 65 y 66

Page 33: Legislación Económica en México

32 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

Las entidades federativas, con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a

los convenios que celebren con el

Ejecutivo Federal, con la participación que,

en su caso, corresponda a los

municipios interesados. No

quedan comprendidos los fondos previstos

en el Capítulo V de la Ley de Coordinación

Fiscal.

VII

Finanzas Públicas

Política Fiscal

26. Ley de Obras

Públicas y relacionado

s con las mismas

Reglamentar la aplicación del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos en materia de contrataciones de obras

publicas

Art. 1

Secretaría de Hacienda y Crédito

Público

Arts. 1, 13, 44,

56.

- Unidades administrativas de la

Presidencia de la Republica.

-Secretarias de Estado y Consejería Jurídica del Ejecutivo

Federal. -Procuraduría General

de la Republica. -Organismos

descentralizados. -Empresas de

participación estatal mayoritaria. -Entidades

Federativas, municipios y entes públicos de unas y

Art. 10 -Recurso de

inconformidad Arts. 83

Page 34: Legislación Económica en México

33 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

otros.

VII

Finanzas Públicas

Política Monetaria

27. Ley del Banco de

México

Regular las funciones y señalar las operaciones del Banco de

México, de acuerdo a los artículos 27°, y 28°

Constitucionales, legislar la moneda nacional procurando

estabilidad del poder adquisitivo de ésta, y propiciar el buen funcionamiento de los

sistemas de pagos.

Artículo 1°, 2°, 3° ,7°, 62°.

Gobierno Federal, Fondo Monetario

Internacional, Junta de Gobierno,

Instituto para la Protección al

Ahorro Bancario, Secretaría de

Hacienda y Crédito Público, Congreso

de la Unión.

Art. 3° fracción III, IV, V, Art. 7°

fracción. II, Art.

21°, 38°, 50°, 56°

Instituciones de crédito,

Intermediarios financieros y bursátiles,

Casas de cambio, dependencias y entidades de la

Administración Pública Federal

Art. 28°,29°, 32°, 34°

De reconsideración

Art. 64°,65° de la Ley del Banco de México Artículos 130, 132, 134, 135, 136 tercer párrafo,

137, 139 y 140 del Código

Fiscal de la Federación

.

VII

Finanzas Públicas

Política Monetaria

28. Ley de Instituciones de Crédito

Tiene por objeto regular el

servicio de banca y crédito, la

organización y funcionamiento

de las instituciones de crédito,

las actividades y operaciones

que las mismas podrán

realizar, su sano y equilibrado

desarrollo, la protección de los

intereses del público

Artículo

Primero

SHCP Secretaría

de Hacienda y

Crédito Público

Comisiones

Nacionales

Bancaria y de

Valores, de

Seguros y Fianzas.

Sistemas de Ahorro para el

Retiro, así como

del Instituto para la

Protección al

Ahorro Bancario,

Comisión Nacional

3, 4, 5, 5

bis

Banca de Desarrollo y

Banca Múltiple

Art 2

--- ---

Page 35: Legislación Económica en México

34 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

para la Protección

y Defensa de los

Usuarios de

Servicios

Financieros y

Comité de

Estabilidad

Financiera

VII

Finanzas Públicas

Política Monetaria

29. Ley para Regular

Agrupaciones

Financieras

Regular las bases de

organización y funcionamiento de los grupos financieros;

establecer los términos bajo los cuales habrán de operar, así

como la protección de los intereses de quienes celebren

operaciones con los integrantes de dichos grupos.

Artículo 1

y 2

Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de

Hacienda y Crédito Público.

Con la opinión del Banco de México

y, según corresponda, en

virtud de los integrantes del

grupo que pretenda

constituirse, de las Comisiones Nacionales

Bancaria, de Valores, y de

Seguros y Finanzas.

Artículos

5 y 6

Son los grupos financieros y los

integrados por una sociedad

controladora y por entidades financieras

sig.: almacenes generales de depósito,

casas de cambio, instituciones de

fianzas, instituciones de seguros, casas de bolsa, instituciones de

banca múltiple, sociedades

operadoras de sociedades de

inversión, distribuidoras de

acciones de sociedades de

inversión y financieras de objeto múltiple, administradoras de fondos para el retiro

Articulo 7

El incumplimiento a lo dispuesto en la presente Ley y a las normas que de ella emanen será sancionado con multa que

impondrán administrativamente las Comisiones

Nacionales Bancaria, de Valores y de Seguros y

Fianzas, en sus respectivas

competencias.

Artículo 35

Page 36: Legislación Económica en México

35 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

VII

Finanzas Públicas

Política Monetaria

30. Ley de Sociedades de Inversión

Regular la organización y funcionamiento de las

sociedades de inversión, la intermediación de sus acciones en el mercado de valores, así

como los servicios que deberán contratar para el correcto

desempeño de sus actividades.

1° 2°

COMISION NACIONAL

BANCARIA DE VALORES

SECRETARIA DE

HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

EJECUTIVO FEDERAL

4° Público

Inversionista 5°

Recurso de revocación

87°

VII

Finanzas Públicas

Política Monetaria

31. Ley De

Ahorro Y

Crédito

Popular

Regular, promover y facilitar la

captación de fondos o recursos

monetarios y su colocación

mediante préstamos o créditos

u otras operaciones por parte

de las sociedades financieras

populares, sociedades

financieras comunitarias; así

como los organismos de

integración financiera rural;

regular, promover y facilitar las

actividades y operaciones de

estas últimas, su sano y

equilibrado desarrollo; proteger

los intereses de sus clientes;

establecer los términos en los

que el estado ejercerá la

rectoría de las referidas

sociedades financieras

Artículo

El ejecutivo federal

a través de la

Secretaría de

Hacienda y Crédito

Público; las

entidades

federativas.

Artículo

4°,116°

fracción

VII

Sociedades

financieras populares,

sociedades

financieras

comunitarias,

organismos de

interacción financiera

rural; clientes

Artículo

Recurso de

Revisión

Artículo

9°, 129°

Page 37: Legislación Económica en México

36 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

populares en términos de la

presente ley.

VIII Fomento Industrial

32. Plan Nacional De Desarrollo 2007-2012

Establecer objetivos

nacionales, las estrategias y

prioridades que durante la

presente administración,

deberán de regir la acción del

gobierno de tal forma que esta

tenga un rumbo y una dirección

clara.

Artículo

26°

Constituci

onal

Letra A

El Ejecutivo federal

y el Congreso de la

Unión.

Artículo

26° Estado

Artículo

26°

Recurso de

Reconsideración Articulo 39°

VIII Fomento Industrial

33. Ley Federal de

Competencia

económica

Proteger el proceso de

competencia y libre

concurrencia mediante la

prevención y eliminación de

monopolios, prácticas

monopólicas y demás

restricciones al funcionamiento

eficiente de los mercados de

bienes y servicios.

Artículo

-Secretaría de

Comercio y

Fomento Industrial.

-Comisión Federal

de Competencia

-Ejecutivo Federal

Artículo

2°, 7° y

23°

Están dispuestos a

esta ley todos los

agentes económicos.

Se trate de personas

físicas o morales,

dependencias o

entidades de la

administración pública

federal, estatal o

municipal,

asociaciones,

agrupaciones de

profesionistas,

fideicomisos o

cualquier otra forma

de participación en la

actividad económica.

Artículo

Recurso de

Reconsideración

Artículo

39°

VIII Fomento Industrial

34. Ley para el

desarrollo

de la

Promover el desarrollo

económico nacional a través

del fomento a la creación de

Artículo

Secretaria de

Economía

Artículo

A sujetos clasificados

en sector publico:

dependencias y

Artículo

2° y 3° --- ---

Page 38: Legislación Económica en México

37 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

competitivid

ad de la

micro,

pequeña y

mediana

empresa.

micro, pequeñas y medianas

empresas y el apoyo para su

viabilidad, productividad,

competitividad y

sustentabilidad. Asimismo

incrementar su participación en

los mercados, en un marco de

crecientes encadenamientos

productivos que generan mayor

valor agregado nacional.

entidades de la

administración pública

federal, estatal y

municipal, así como

del distrito federal; y

sectores: los sectores

privado, social y del

conocimiento.

VIII Fomento Industrial

35. Ley Federal de Metrología y Normalización

I. En materia de Metrología:

a) Establecer el Sistema

General de Unidades de

Medida;

b) Precisar los conceptos

fundamentales sobre

metrología;

c) Establecer los

requisitos para la

fabricación, importación,

reparación, venta,

verificación y uso de los

instrumentos para medir y

los patrones de medida;

d) Establecer la

obligatoriedad de la

medición en transacciones

comerciales y de indicar el

contenido neto en los

2

Secretaria de Economía,

Secretaria de Relaciones Exteriores,

Comisión Nacional de Normalización, Sistema Nacional

de Calibración, Centro Nacional de

Metrología.

1,2 y 4.

Fabricantes, importadores,

comercializadores y usuarios de

instrumentos de medición.

11 Recurso de

Revisión

121

Page 39: Legislación Económica en México

38 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

productos envasados;

e) Instituir el Sistema

Nacional de Calibración;

f) Crear el Centro

Nacional de Metrología,

como organismo de alto

nivel técnico en la materia; y

g) Regular, en lo general,

las demás materias relativas

a la metrología.

VIII Fomento Industrial

36. Ley de Inversión Extranjera

Es la determinación de reglas para canalizar la inversión extranjera hacia el país y

propiciar que esta contribuya al Desarrollo Nacional.

1

Secretaria de Relaciones Exteriores,

Secretaria de Comercio y

Fomento Industrial, Comisión Nacional

de Inversiones extranjeras.

14

Morales extranjeros y personas a que se

refiere el artículo 2736 del Código Civil del

Distrito Federal.

8 y 17 --- ---

VIII Fomento Industrial

37. Ley de Propiedad Industrial

I.- Establecer las bases para que, en las actividades

Industriales y comerciales del país, tenga lugar un sistema

permanente de perfeccionamiento de sus

procesos y productos;

II.- Promover y fomentar la

Articulo 2o.

en sus 6 fracciones.

El ejecutivo federal por

conducto del Instituto

Mexicano de la Propiedad

Industrial. (Este tanto para los

procedimientos

Artículo

primero de esta ley.

Persona física que

realice una invención,

un modelo de utilidad

o un diseño industrial;

o su causahabiente.

Así como cualquier

persona moral que

Cualqui

er

person

a moral

que

realice

lo

Recurso de

reconsideración y

Acción de nulidad.

Recurso de

reconsider

ación.

Artículos

200, 201 y

202 de

esta ley

para el y

Page 40: Legislación Económica en México

39 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

actividad inventiva de aplicación industrial, las

mejoras técnicas y la difusión de conocimientos tecnológicos

dentro de los sectores productivos;

III.- Propiciar e impulsar el

mejoramiento de la calidad de los bienes y servicios en la industria y en el comercio,

conforme a los intereses de los consumidores;

IV.- Favorecer la creatividad

para el diseño y la presentación de productos nuevos y útiles;

V.- Proteger la propiedad

industrial mediante la regulación y otorgamiento de

patentes de invención; registros de modelos de utilidad, diseños industriales, marcas, y avisos comerciales; publicación de

nombres comerciales; declaración de protección de denominaciones de origen, y

regulación de secretos industriales, y

VI.- Prevenir los actos que atenten contra la propiedad industrial o que constituyan

competencia desleal relacionada con la misma y

correspondientes al registro de patentes y otros

derivados de esta ley, como

para la interposición

del recurso y la acción que más

adelante se mencionan.)

realice lo mismo.

mismo.

9.- Art.

9o, 10

bis, 11

y 13 de

esta

ley.

acción de

nulidad

Artículos

78 y 79. y

151

Page 41: Legislación Económica en México

40 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

establecer las sanciones y penas respecto de ellos.

VIII Fomento Industrial

37. Ley Federal

de Responsabilidad

Patrimonial del

Estado

Fijar las bases y procedimientos para

reconocer el derecho a la indemnización a quienes, sin obligación jurídica de

soportarlo, sufran daños en cualquiera de sus bienes y

derechos como consecuencia de la

actividad administrativa irregular del Estado.

Articulo 1 Ley

Federal de

Responsabili

dad Patrimonial del

Estado

Tribunal Federal de Justicia Fiscal y

Administrativa (Ley Federal

del Procedimiento Contencioso

Administrativo), la Dependencia

o entidad presuntamente responsable u

organismo constitucional

autónomo. (Ley Federal de

Procedimiento Administrativo)

Articulo 18 y

19 Ley

Federal de

Responsabili

dad Patrimonial del

Estado

Los Entes Públicos, Poderes

Judicial, Legislativo,

Ejecutivo de la Federación, organismos

constitucionales autónomos,

dependencias, entidades de la Administración

Pública Federal, Procuraduría General de la Republica, los

Tribunales Federales y

Administrativos cualquier otro ente público de carácter

federal, salvo mención expresa

en contrario.

Articulo

2 Ley Federal de

Responsabilidad

Patrimonial del Estado

Recurso de Revisión

Articulo 24 Ley Federal

de Responsabilida

d Patrimonial del Estado

IX Instrumento para mejorar

39. Ley General de

Asentamientos

I. Establecer la concurrencia

de la Federación, de las

entidades federativas y de los

ARTICUL

La Federación, las

entidades

federativas y los

ARTICUL

O 6o.

Sistemas Urbanos Y

Rurales En El País.

ARTIC--- ---

Page 42: Legislación Económica en México

41 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

la Calidad de Vida

Asentamientos

Humanos

Humanos municipios, para la ordenación

y regulación de los

asentamientos humanos en el

territorio nacional;

II. Fijar las normas básicas

para planear y regular el

ordenamiento territorial de los

asentamientos humanos y la

fundación, conservación,

mejoramiento y crecimiento de

los centros de población;

III. Definir los principios para

determinar las provisiones,

reservas, usos y destinos de

áreas y predios que regulen la

propiedad en los centros de

población, y

IV. Determinar las bases

para la participación social en

materia de asentamientos

humanos.

O 1o.

municipios, en el

ámbito de la

competencia que

les determina la

Constitución

Política de los

Estados Unidos

Mexicanos.

*Corresponden a la

Federación, a

través de la

Secretaría de

Desarrollo Social

SEDESOL

Y

ARTICUL

O 7o.

ULO

13

Fracció

n III.

IX Instrumento para mejorar

40. Ley de Vivienda

Es reglamentaria del artículo 4o. De la constitución política

de los estados unidos 1°

La Secretaría de Desarrollo Urbano

y Ecología

6° 8° 14° 16° 17° 22° 24°

Toda familia 1° 3° --- ---

Page 43: Legislación Económica en México

42 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

la Calidad de Vida

Asentamientos

Humanos

mexicanos en materia de vivienda. Establecer y regular

los instrumentos y apoyos para que toda familia pueda disfrutar de vivienda digna y decorosa.

Secretaria de obras publicas

SEDESOL INFONAVIT

Desarrollo Urbano

25° 32° 35° 60°

IX

Instrumento para mejorar

la Calidad de Vida

Asentamientos

Humanos

41. Ley de Desarrollo

Urbano del DF

-Fijar las normas básicas para

planear y regular el

ordenamiento territorial y el

desarrollo, mejoramiento,

conservación y crecimientos

urbanos del Distrito Federal.

-Determinar los usos, destinos

y reservas del suelo y su

clasificación y zonificación.

-La protección, conservación,

recuperación y consolidación

del Paisaje Urbano del D.F-

-Establecer las normas y

principios básicos mediante los

cuales se llevara a cabo el

desarrollo urbano.

-Mejorar nivel y calidad de vida

Art. 1 y 2

-La Asamblea

Legislativa del D.F.

-Jefe de Gobierno

del D.F.

-La Secretaria.

-Jefes

Delegacionales del

D.F

Art. 8

.La Asamblea

Legislativa del Distrito

Federal;

II. El Jefe de Gobierno

del Distrito Federal;

III. La Secretaría; y

IV. Los delegados del

Distrito Federal.

Art. 8 Recurso de

Inconformidad Art. 101

IX

Instrumento para mejorar

la Calidad de Vida

Derechos

42. Ley General de Protección al Consumidor

Promover y custodiar la protección al consumidor

Art. 1 de la ley

federal de

protección al

consumid

Secretaria de Economía y Procuraduría Federal del Consumidor

Art. 3 de la ley

federal de

protección al

consumid

Consumidor

Art. 1 de la ley

federal de

protección al

Recurso de revisión

Art.135 de la ley

federal de procedimie

nto administrati

vo

Page 44: Legislación Económica en México

43 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

del Consumi

dor

or or consumidor

IX

Instrumento para mejorar

la Calidad de Vida

Derecho a la

Transparencia y

Acceso a la

Información

Publica Gubernamental

43. Ley de

Transparencia e Información

pública gubernamental

Proveer lo necesario para

garantizar el acceso de toda persona a la información en

posesión de los Poderes de la Unión, los

Órganos constitucionales autónomos o con autonomía legal, y cualquier otra entidad

federal.

Articulo 1

Las Dependencias y entidades

señaladas en la Ley Orgánica de la

Administración Pública

Federal, incluidas la Presidencia de la República, los

órganos administrativos

desconcentrados, así como

La Procuraduría General de la

República. Los Servidores

públicos mencionados en el párrafo primero del

Artículo 108 Constitucional y todas aquellas personas que

manejen o apliquen recursos públicos federales.

Artículo tercero fracción IV y XI

Los Sujetos obligados: a) El Poder Ejecutivo

Federal, la Administración Pública

Federal y la Procuraduría General

de la República;

b) El Poder Legislativo Federal,

c) El Poder Judicial de la Federación y el

Consejo de la Judicatura Federal;

d) Los órganos constitucionales

autónomos; e) Los tribunales administrativos

federales, y f) Cualquier otro órgano federal. Los particulares

tendrán acceso a la misma en los términos

que ésta señala.

Artículo 3

fracción XIV

El solicitante a quien se le haya

notificado, mediante

resolución de un Comité: la

negativa de acceso a la

información, o la inexistencia de los

documentos solicitados, podrá interponer, por sí mismo o a través

de su representante, el

recurso de revisión ante el

Instituto o ante la unidad de enlace

que haya conocido el asunto, dentro

de los quince días hábiles siguientes

a la fecha de la notificación.

El recurso también procederá cuando: I. La dependencia

o entidad no entregue al

solicitante los datos personales

Artículo 49 Artículo 50.

Page 45: Legislación Económica en México

44 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

solicitados, o lo haga en

un formato incomprensible;

II. La dependencia o entidad se

niegue a efectuar modificaciones o

correcciones a los datos

personales; III. El solicitante no esté conforme con el tiempo, el costo o la modalidad de

entrega, o IV. El solicitante considere que la

información entregada es

incompleta o no corresponda a la

información requerida en la

solicitud

X

Derecho Económi

co Internaci

onal

44. Tratado de Libre Comercio de América del

Norte

Los objetivos del presente Tratado, expresados en sus

principios y reglas, principalmente los de trato

nacional, trato de nación más favorecida y transparencia, son

los siguientes:

Eliminar obstáculos al comercio y facilitar la circulación

transfronteriza de bienes y de

Art. 102

La Comisión de Libre Comercio

Art. 2001

Empresa. Empresa originaría de

un Estado. Empresa del estado.

Nacional Originario Persona.

Persona de originaria de un Estado.

Art. 201, 305,

1021, 1116, 1117, 1503, 1504, 1061,

Procedimiento de licitación.

Procedimiento de impugnación.

Medidas Precautorias.

Art. 1008,1017,

1717

Page 46: Legislación Económica en México

45 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

servicios entre los territorios de las Partes;

Promover condiciones de competencia leal en la zona de

libre comercio;

Aumentar sustancialmente las oportunidades de inversión en

los territorios de las Partes;

Proteger y hacer valer, de manera adecuada y efectiva, los derechos de propiedad

intelectual en territorio de cada una de las Partes;

Crear procedimientos eficaces para la aplicación y

cumplimiento de este Tratado, para su administración conjunta

y para la solución de controversias; y

Establecer lineamientos para la ulterior cooperación trilateral,

regional y multilateral encaminada a ampliar y

mejorar los beneficios de este Tratado.

X Derecho Económi

45. Tratado de Libre Comercio

Crear una zona de libre comercio impulsando el

Art. 1-01

a) Para el caso de

costa rica, el Anexo al art.

Las partes de cuyo territorio se exporta

Art. 2-

- Imposición de cuotas

Art. 8-03

Page 47: Legislación Económica en México

46 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

co Internaci

onal

México-Costa Rica

proceso de integración regional y continental.

ministerio de

comercio exterior o

su sucesor; y

b) Para el caso de

México, la

secretaría de

comercio y

fomento industrial

o su sucesor.

7-01 o se importa un bien o servicio.

Tanto particulares como del estado.

En sí, las sociedades

mercantiles o empresas.

01 compensatorias.

numerales 9 y

10 y art. 8-04 que hace

mención de la aplicación de la legislaci

ón naciona

l.

X

Derecho Económi

co Internaci

onal

46. Tratado de Libre Comercio

del Grupo de los 3 (México-

Colombia-Venezuela)

Estimular la expansión y

diversificación del comercio

entre las Partes; eliminar las

barreras al comercio y facilitar

la circulación de bienes y de

servicios entre las

Partes; eliminar cualquier

gravamen o arancel a la

importación o exportación de

mercancías entre las Partes;

promover condiciones de

competencia leal en el

comercio entre las Partes;

aumentar sustancialmente las

oportunidades de inversión en

los territorios de las Partes;

proteger y hacer valer los

derechos de propiedad

intelectual; establecer

Artículo

1-01 del

Tratado

de Libre

Comercio

del Grupo

de los

Tres.

Comité de

Compras, creado

por las Partes

integrantes de

peste Tratado;

CIADI (Centro

Internacional para

el Arreglo de

Diferencias sobre

Inversiones);

Autoridades

Judiciales de cada

Parte.

Anexo 8

al artículo

15-02,

párrafo 5;

Anexo al

artículo

17-16.;

Artículo

18-29.

Los gobiernos de los

Estados Unidos

Mexicanos, de la

República de

Colombia y de la

República de

Venezuela.

Preám

bulo

del

Tratad

o de

Libre

Comer

cio del

Grupo

de los

Tres.

Solicitar por

escrito la

constitución de un

tribunal arbitral a

la Comisión de

Naciones Unidas

sobre Derecho

Mercantil

Internacional

(CNUDMI) para

evaluar el

conflicto.

Artículo 19-

06, párrafo

4

Page 48: Legislación Económica en México

47 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

lineamientos para la ulterior

cooperación entre las Partes,

así como en el ámbito

regional y multilateral

encaminada a ampliar y

mejorar los beneficios de este

Tratado; crear procedimientos

eficaces para la aplicación y

cumplimiento de este Tratado,

para su administración conjunta

y para la solución de

controversias; propiciar

relaciones equitativas entre las

Partes reconociendo los

tratamientos diferenciales en

razón de las categorías de

países establecidas en la

ALADI ( Asociación

Latinoamericana de

Integración).

X

Derecho Económi

co Internaci

onal

47. Tratado de Libre Comercio

México-Chile

Estimular la expansión y

diversificación del comercio

entre las partes.

Artículo

1-02

Países que

integran el tratado

(México y Chile),

Comisión de Libre

Comercio

Artículo

1-04

(Sexta

parte

capítulo

18)

Países que integran la

zona comercial en el

tratado.

Artículo

2-01

Artículo

7-05

Demanda de

indemnización o

compensación.

(Laudo)

Artículo 9-

38

X Derecho Económi

48. Tratado de Libre Comercio

a) Estimular la expansión y diversificación del comercio

Artículo a) Para el caso de Bolivia, el Ministro

Anexo 1 al artículo

Artículo

1-02: 1. Cualquier Parte podrá solicitar por

Artículo 19-

15:

Page 49: Legislación Económica en México

48 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

co Internaci

onal

México-Bolivia entre las Partes;

b) Eliminar las barreras al comercio y facilitar la

circulación de bienes y servicios entre las Partes;

c) Promover condiciones de competencia leal en el

comercio entre las Partes;

d) Aumentar sustancialmente las oportunidades de inversión en los territorios de las Partes;

e) Proteger y hacer valer, de manera adecuada y efectiva, los derechos de propiedad

intelectual en territorio de cada Parte;

f) Establecer lineamientos para la ulterior cooperación entre las Partes, así como en el ámbito

regional y multilateral encaminados a ampliar y

mejorar los beneficios de este Tratado; y

g) Crear procedimientos eficaces para la aplicación y

cumplimiento de este Tratado, para su administración conjunta

y para la solución de controversias.

1-01 de Relaciones Exteriores y Culto

o su sucesor; y

b) Para el caso de México, el

Secretario de Comercio y

Fomento Industrial o su sucesor.

18-01 Funcionarios de la Comisión Administr

adora

Estados Unidos

Mexicanos

República de Bolivia

Relació

n con

otros

tratado

s y

acuerd

os

interna

cionale

s.

escrito que se reúna la Comisión,

siempre que un asunto no sea

resuelto conforme al artículo 19-04

dentro de un plazo de 45 días

después de la entrega de la solicitud de consultas.

2. Una Parte también podrá

solicitar por escrito que se reúna la

Comisión cuando se hayan realizado

consultas

3. La Parte que inicie el

procedimiento mencionará en la

solicitud la medida o cualquier otro asunto que sea

objeto de la reclamación, indicará las

disposiciones de este Tratado que

considere aplicables y entregará la

incumplimi

ento,

suspensión

de

beneficios

Page 50: Legislación Económica en México

49 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

solicitud a su sección nacional

del Secretariado y a la otra Parte.

4. La Comisión se reunirá dentro de

los 10 días siguientes a la entrega de la

solicitud y, con objeto de lograr

una solución mutuamente

satisfactoria de la controversia,

podrá:

a) Convocar asesores técnicos o crear los grupos

de trabajo o de expertos que

considere necesarios;

b) Recurrir a los buenos oficios, la

conciliación, la mediación o a

otros procedimientos de

solución de controversias; o

c) Formular

Page 51: Legislación Económica en México

50 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

recomendaciones.

X

Derecho Económi

co Internaci

onal

49. Tratado de Libre Comercio

México-Nicaragua

Reafirmar los lazos de amistad y cooperación entre las naciones; Contribuir al

desarrollo armónico y crear un mercado más extenso y seguro

para los bienes y servicios producidos en sus territorios.

133 y 27. El presidente de la

republica y el Senado

133

Los distintos cambios que se puedan

presentar en el tratado de libertad comercial.

En el capitulo XVIII

del mismo tratado.

X

Derecho Económi

co Internaci

onal

50. Tratado de Libre Comercio México-Israel

Eliminar obstáculos al comercio y facilitar la circulación

transfronteriza de bienes y de servicios entre los territorios de

las Partes;

Promover condiciones de competencia leal en la zona de

libre comercio;

Aumentar sustancialmente las oportunidades de inversión en

los territorios de las Partes;

Crear procedimientos eficaces para la aplicación y

cumplimiento de este Tratado, para su administración conjunta

y para la solución de controversias; y

Establecer lineamientos para la ulterior cooperación bilateral y

multilateral encaminada a ampliar y mejorar los beneficios

Artículo 1-03:

Las autoridades competentes de las Partes son:

A) Para el caso de Israel: el

Departamento de aduanas y VAT del

Ministerio de Finanzas; y

b) para el caso de

México: La Secretaría de

Hacienda y Crédito Público, o su

sucesora.

Artículo 4-01

Anexo 4-01

Cada Parte asegurará la adopción de todas

las medidas necesarias para el

cumplimiento de las disposiciones de este

Tratado, incluyendo su observancia por los gobiernos estatales,

municipales y autoridades dentro de

su territorio.

Una de ellas son las personas relacionadas que son funcionarios o

directores de las empresas

Artículo 1-05

Artículo 3-01

Salvo que se disponga otra cosa en este Tratado, las

disposiciones para la solución de

controversias se aplicarán a la

prevención o a la solución de todas las controversias entre las Partes

relativas a la aplicación o a la interpretación de este Tratado, o

cuando una Parte considere que una medida vigente o en proyecto de otra Parte, es ó

podría ser incompatible con las obligaciones

de este Tratado, o pudiera causar

Articulo 10-03

Page 52: Legislación Económica en México

51 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

de este Tratado.

anulación o menoscabo

conforme al Anexo 10-03 (Anulación y

Menoscabo).

X

Derecho Económi

co Internaci

onal

51. Tratado de Libre Comercio México-Unión

Europea

Mantener una posición

estratégica dentro esta zona de

libre comercio;

Es crear una zona de libre

comercio que cumpla con las

normas previstas por la

Organización Mundial de

Comercio (OMC) y en especial

con lo que establece el artículo

XXIV del GATT, en relación

con las uniones aduaneras y

las zonas de libre comercio en

materia de bienes, y con el

artículo V del GATT, relativo a

la integración económica en

materia de servicios.

En el TLC-UE se consideran

dos tipos de Salvaguardas:

Bilateral, que se aplica a

medidas de emergencia que se

adopten ante incrementos

Resumen

del

Tratado

Comité Conjunto. Inmerso

en la ley

Alemania, España,

Reino Unido, Francia,

y Países Bajos

Aspect

os

Genera

les de

comerc

io entre

México

y UE

Los productores

de los países

miembros del

TLC-UE tienen la

opción de utilizar

cualquiera de los

dos

procedimientos

para determinar el

origen de la

mercancía: el

método de valor

de transacción o el

método de costo

neto, éste último

sólo podrá

utilizarse cuando

el valor de

transacción no sea

aceptable

conforme al

Código de

Reglas de

Origen

Page 53: Legislación Económica en México

52 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

súbitos y sustanciales de

importaciones que resulten de

reducciones arancelarias

derivadas del Tratado; y

Salvaguarda Global, que se

adoptará frente a incrementos

súbitos en las importaciones

provenientes del resto del

mundo. El TLC-UE representa

una oportunidad importante

para atraer mayor inversión

extranjera de los países de la

Unión Europea, a través de

alianzas estratégicas,

intercambios tecnológicos y

otras formas de asociación

empresarial, ya que la

rentabilidad esperada de los

proyectos que se ubiquen en

México, aumentará

significativamente.

Por ello, el TLC-UE contiene

disposiciones que permiten a

México atraer mayor inversión

extranjera originaria de los

países de la Unión Europea.

Sin embargo, México mantiene

su apego a sus disposiciones

constitucionales en materia de

inversiones.

Valoración

Aduanera o para

algunos productos

de la industria

automotriz.

Page 54: Legislación Económica en México

53 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

En Políticas de Competencia

se establecieron medidas

apropiadas para evitar

distorsiones o restricciones que

afecten significativamente el

comercio bilateral.

Para México, la suscripción del

TLC con la Unión Europea, le

permitirá acceder de manera

preferencial al mercado más

grande del mundo, integrado

por 15 países desarrollados

con casi 376 millones de

habitantes y un PIB superior a

los 8.3 billones de dólares.

Asimismo, desde el punto de

vista comercial, a la Unión

Europea se le considera la

potencia comercial más

importante al concentrar más

del 20% ( casi 2 billones de

dólares) del comercio mundial.

X

Derecho Económi

co Internaci

52. Tratado de Libre Comercio del Triangulo

del Norte

Los objetivos de este tratado, desarrollados de manera específica a través de sus

principios y

Articulo 1-02

El Comité estará integrado por

representantes de cada una de las

Anexo 5-10

El Tratado de Libre Comercio entre los

Estados Unidos Mexicanos y las

Primero

transitorio

a) restricciones cuantitativas de

las importaciones, de acuerdo a los

Articulo 3-09

Page 55: Legislación Económica en México

54 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

onal (Honduras, Guatemala y El

Salvador)

reglas, son los siguientes: a) estimular la expansión y

diversificación del comercio de bienes y servicios entre las

Partes; b) promover condiciones de

libre competencia dentro de la zona de libre comercio;

c) eliminar las barreras al comercio y facilitar la circulación de bienes

originarios y servicios entre las Partes; d) eliminar las barreras al movimiento de capitales y

personas de negocios entre los territorios de las Partes;

e) aumentar las oportunidades de inversión en los territorios

de las Partes; f) proteger y hacer valer, de

manera adecuada y efectiva, los derechos de propiedad

intelectual en el territorio de las Partes;

g) establecer lineamientos para la ulterior cooperación entre las

Partes, encaminados a ampliar y mejorar los beneficios

de este tratado

Partes de los Ministerios o

Secretarías de Agricultura, Salud

Pública y Economía o

Comercio, o sus instituciones equivalentes.

2. El Comité tendrá una presidencia y

un secretario técnico, los cuales se alternarán cada

año. El primer año, la

presidencia estará representada por

México y el Secretariado

Técnico por El Salvador,

Guatemala y Honduras. Para el

caso de El Salvador,

Guatemala y Honduras, las

designaciones se harán de forma

rotativa

Repúblicas de El Salvador, Guatemala

y Honduras entrará en vigor en cada una de

las Partes del Tratado, 30 días después de

que, respectivamente, hayan intercambiado sus instrumentos de

ratificación correspondientes que

certifiquen que las formalidades jurídicas

necesarias han concluido, conforme lo

establece el artículo 21-01 del propio

Tratado.

parámetros del párrafo 1;

b) precios o valores mínimos;

c) limitaciones voluntarias de exportaciones

cuando no resulten de un

acuerdo congruente con el Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del

Acuerdo General sobre Aranceles

Aduaneros y Comercio de

1994, que forma parte del Acuerdo

sobre la OMC;

d) el otorgamiento de licencias de

importación con la condición que el

importador adquiera

producción nacional;

e) el otorgamiento de licencias de

importación con la condición que el

importador exporte;

Page 56: Legislación Económica en México

55 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

y f) el otorgamiento

de licencias de importación con la condición que el bien a importarse

incluya cierto porcentaje de

contenido de la Parte importadora. 4. En los casos en

que una Parte adopte o

mantenga una prohibición o

restricción a la importación

o exportación de bienes de o hacia un país no Parte,

ninguna disposición de este tratado se

interpretará en el sentido de

impedirle: a) limitar o prohibir la importación de

los bienes del país no Parte, desde territorio de otra

Parte; o b) exigir como

condición para la exportación de

esos bienes de la

Page 57: Legislación Económica en México

56 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

Parte a territorio de otra

Parte, que los mismos no sean reexportados al país no Parte,

directa o indirectamente, sin ser consumidos en

territorio de otra Parte.

X

Derecho Económi

co Internaci

onal

53. Tratado de Libre Comercio

México-Asociación Europea de

Libre Comercio

El objeto de este tratado es mantener una posición

estratégica dentro esta zona de libre comercio

Introducción

El TLC-UE establece un

marco institucional para la

administración y seguimiento

de los acuerdos alcanzados, para

ello: Se establece un

Consejo Conjunto integrado por

miembros a nivel ministerial

del gobierno de México, del

Consejo de la Unión Europea y de la Comisión Europea para supervisar la aplicación del

Tratado.

Marco Institucio

nal

Los sujetos que regula el Tratado de Libre Comercio son a las

empresas, principalmente. La

Comisión y el Parlamento Europeo, así como el Gobierno

mexicano, el TLC-UE permitirá

regular y fomentar las relaciones

económicas y evitar con ello

que éstas sean afectadas por la participación de

México en el Tratado de Libre

Comercio de América del Norte y los

acuerdos preferenciales y de

libre comercio que la Unión Europea tiene

Perspectiva del

Tratado de Libre

Comercio.

En el correspondiente a

la Solución de Controversias

derivadas de la interpretación y aplicación del Tratado, se

estableció un procedimiento

específico compatible con los mecanismos para

la solución de controversias de la OMC, consistente

en consultas, funciones del

Comité Conjunto e inicio del

procedimiento ante los tribunales. Consultas, Comité Conjunto Inicio de

procedimiento

XI. Solución

de Controversi

as

Page 58: Legislación Económica en México

57 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

suscritos con terceros países.

ante los tribunales

X

Derecho Económi

co Internaci

onal

54. Tratado de Libre Comercio

México-Uruguay

Reafirmar los lazos especiales

de amistad y cooperación entre

sus naciones;

Fortalecer la integración

económica regional, la cual

constituye uno de los

instrumentos esenciales para

que

los países de América Latina

avancen en su desarrollo

económico y social,

asegurando una mejor calidad

de vida para sus pueblos;

Desarrollar sus respectivos

derechos y obligaciones

derivados de los acuerdos de la

Organización Mundial del

Comercio;

Establecer un marco jurídico

que propicie las condiciones

necesarias para el crecimiento

y la diversificación de las

corrientes de comercio, en

forma compatible con las

potencialidades existentes;

Ofrecer a los agentes

económicos reglas claras y

Preám

bulo del

tratado

Para efectos del

artículo 9-07, las

autoridades

competentes

serán:

a) para el caso de

México, la

Secretaría de

Economía, a través

de la Dirección

General de

Normas, o su

sucesora; y

b) para el caso de

Uruguay, el

Ministerio de

Industria, Energía

y Minería, o su

sucesor.

Anexo 9-10

Autoridades

encargadas de la

coordinación de

reuniones

bilaterales.

Para efectos del

Anexo 9-

07

se faculta al Poder

Ejecutivo

para el caso de

México, el Secretario

de Economía, o su

sucesor; y

b) para el caso de

Uruguay, el Ministro

de Relaciones

Exteriores, o su

sucesor.

1. Comité de

Comercio de Bienes

(Artículo 3-15)

2. Comité de Reglas

de Origen y

Procedimientos

Aduaneros (Artículo 4-

18)

3. Comité de Medidas

Sanitarias y

Fitosanitarias (Artículo

8-10)

Art. 3, ,

El art.

2o. del

Título

XI,

(Méxic

o) Ley

No.

15360

de 24

de

diciem

bre de

1982(U

ruguay)

Anexo

17-

01(1)

1. Las Partes

establecerán

procedimientos y

sanciones penales

al menos para los

casos de

falsificación dolosa

de marcas o de

piratería lesiva del

derecho de autor a

escala comercial.

Los recursos

disponibles

comprenderán la

pena de prisión

y/o la imposición

de sanciones

pecuniarias

suficientemente

disuasivas que

sean coherentes

con el nivel de las

sanciones

aplicadas por

delitos de

gravedad

correspondiente.

2. Cuando

proceda, entre los

Sección M

Artículo 15-

57

Page 59: Legislación Económica en México

58 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

previsibles para el desarrollo

del comercio y la inversión, a

fin de propiciar su activa

participación en las relaciones

económicas y comerciales

entre los dos países;

Crear un mercado más extenso

y seguro para los bienes y los

servicios producidos en sus

territorios;

Alentar la innovación y la

creatividad y fomentar el

comercio de bienes y servicios

que estén protegidos por

derechos de propiedad

intelectual;

Asegurar un marco comercial

previsible para la planeación de

las actividades productivas y de

inversión;

artículo 9-10, las

autoridades

encargadas de la

coordinación de

reuniones

bilaterales son:

a) para el caso de

México, la

Secretaría de

Economía, a través

de la

Subsecretaría de

Negociaciones

Comerciales

Internacionales, o

su sucesora; y

b) para el caso de

Uruguay, el

Ministerio de

Relaciones

Exteriores, o su

sucesor.

CAPÍTULO

XCOMERCIO

TRANSFRONTERI

ZO DE

SERVICIOS

para el caso de

México, el

4. Comité sobre

Entrada Temporal de

Personas de Negocios

(Artículo 12-06)

5. Comité de

Comercio y

Competencia (Artículo

14-05)

Anexo

17-

01(2)

Comité

s

recursos

disponibles

figurarán también

la confiscación, el

decomiso y la

destrucción de las

mercancías

infractoras y de

todos los

materiales y

accesorios

utilizados

predominantement

e para la comisión

del delito. Las

Partes podrán

prever la

aplicación de

procedimientos y

sanciones penales

en otros casos de

infracción de

derechos de

propiedad

intelectual, en

particular cuando

se cometan con

dolo y a escala

comercial

Page 60: Legislación Económica en México

59 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

Subsecretario de

Ingresos de la

Secretaría de

Hacienda y Crédito

Publico

X

Derecho Económi

co Internaci

onal

55. Acuerdo de Cooperación Económica

México- Japón

Consolidar la posición de

México como uno de los países

líderes en la promoción del

comercio y la intervención.

Atraer mayores influjos que

contribuirán a incrementar la

producción, el empleo y la

competitividad.

Aprovechar de mejor manera la

liberalización y apertura de los

servicios y capitales entre los

países.

Intensificarlas actividades

bilaterales de comercio,

inversión y cooperación

económica.

Disperso

s en el

acuerdo

Estados Unidos

Mexicanos- Japón

Disperso

s en el

acuerdo

Industrias de soporte,

pequeñas y medianas

empresas, promoción

del comercio y la

inversión científica y

tecnológica.

Educación y

capacitación laboral,

turismo, agricultura,

medio ambiente,

propiedad intelectual y

mejoramiento de

ambiente de negocios.

Dispers

os en

el

acuerd

o

El país

demandante podrá

suspender

beneficios de

efecto equivalente

al país demandad

o si este no

cumple con la

resolución final en

el plazo fijado por

el tribunal.

Dispersos

en el

acuerdo

Page 61: Legislación Económica en México

60 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Cámara de Diputados. H. Congreso de la Unión. (2006, 23 de Octubre). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Extraído el 1 de Mayo de 2010.

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1.pdf Suprema Corte de Justicia de la Nación. ¿Qué es el Poder Judicial de la Federación? Medios de control de la Constitucionalidad; Editado por el Poder Judicial de la

Federación, Cuarta Edición. (pp. 39-51.)

Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo de Petróleo Witker Velásquez Jorge. Introducción al Derecho Económico. Recursos Naturales; Editorial Mc Graw Hill, Séptima Edición. México 2008 (pp. 94-95.) Cámara de Diputados. H. Congreso de la Unión. (2006, 23 de Octubre). Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el ramo de petróleo. Extraído el 1 de Mayo de

2010. http://www.cddhcu.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/206.pdf

Cámara de Diputados. H. Congreso de la Unión. (2006, 23 de Octubre). Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el ramo de petróleo. Extraído el 1 de Mayo de 2010. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regley/Reg_LRArt27_RP.pdf

Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo de Petróleo Cámara de Diputados. H. Congreso de la Unión. (2006, 23 de Octubre). Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo de Petróleo.

Extraído el 9 de Mayo de 2010 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regley/Reg_LRArt27_RP.pdf

Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios Witker Velásquez Jorge. Introducción al Derecho Económico. Recursos Naturales; Editorial Mc Graw Hill, Séptima Edición. (pp. 289-297) Cámara de Diputados. H. Congreso de la Unión. (2006, 23 de Octubre). Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el ramo de petróleo.

Extraído el 6 de Mayo de 2010. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regley/Reg_LRArt27_RP.pdf

Reglamento de Gas Natural

SICE. Sistema de Información sobre Comercio Exterior. (1995, 8 de Noviembre). Reglamento de Gas Natural http://www.shcp.gob.mx/MarcoJuridico/Energia/Operacion/rgn.pdf

Reglamento para la Recuperación y Aprovechamiento de Gas Asociado a los Yacimientos de Carbón Mineral

Cámara de Diputados. H. Congreso de la Unión. (2006, 23 de Octubre). Ley Minera. http://www.cddhcu.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/151.pdf

Bibliografía y Webgrafía

Page 62: Legislación Económica en México

61 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

Contratos de Servicios Múltiples WITKER VELÁSQUEZ, Jorge; Introducción al Derecho Económico; Editorial McGraw Hill; Séptima Edición; México, 2008; pp. 99-102

PATIÑO MANFER, Ruperto, CONCHA CANTÚ, Hugo Alejandro; Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Comentada, Tomo I, Artículo 28; Editorial Porrúa;

Decimocuarta edición; México, 1999; pp. 352-383.

Cámara de Diputados, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Actualizada: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cpeum.htm

Reglamento de Gas Licuado de Petróleo

Cámara de Diputados. Reglamento de Gas Licuado de Petróleo. Extraído el 8 de mayo de 2010.

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/resultados.htm?cx=014244816190023081639%3Ajkoq_ffe8_4&cof=FORID%3A11&q=reglamento+del+gas+licuado+de+petroleo#1

050

Ley de la Comisión Reguladora de Energía

Cámara de Diputados. Ley de la Comisión Reguladora de Energía. http://www.cddhcu.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/48.pdf

Ley del Servicio Público de energía Eléctrica

WITKER VELÁSQUEZ, Jorge; Introducción al Derecho Económico; Editorial McGraw Hill; Séptima Edición; México, 2008 299-321pp.

Reglamento De La Ley Del Servicio Público De Energía De Eléctrica. www.cddhcu.gob.mx/LeyesBiblio/regley/Reg_LSPEE.doc

Ley del Artículo 27 Constitucional en materia de energía nuclear Cámara de Diputados. Ley del Artículo 27 Constitucional en materia de energía nuclear http://www.cddhcu.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/207.pdf

Ley de Aguas Nacionales

Witker Velásquez Jorge. Introducción al Derecho Económico. Recursos Naturales; Editorial Mc Graw Hill, Séptima Edición. (pp. 117-118)

Cámara de Diputados. Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales http://www.cddhcu.gob.mx/LeyesBiblio/regla.htm

Ley Federal del Mar Cámara de Diputados. Ley Federal del Mar http://www.cddhcu.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/124.pdf

Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables

Cámara de Diputados. Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables http://www.cddhcu.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGPAS.pdf

Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Page 63: Legislación Económica en México

62 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

Cámara de Diputados. Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/resultados.htm?cx=014244816190023081639%3Ajkoq_ffe8_4&cof=FORID%3A11&q=Ley+General+de+desarrollo+forestal+sustentable&sa=Buscar#1022

Ley Federal de Variedades Vegetales

Cámara de Diputados. Ley Federal de Variedades Vegetales. http://www.cddhcu.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/120.pdf

Ley de Sanidad Vegetal

Cámara de Diputados. Ley de Sanidad Vegetal http://www.cddhcu.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/117.pdf

Ley Minera Witker Velásquez Jorge. Introducción al Derecho Económico. Recursos Naturales; Editorial Mc Graw Hill, Séptima Edición. (pp. 320-358)

Ley Agraria

Cámara de Diputados. Ley Agraria. http://www.cddhcu.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/13.pdf

Ley Federal de Telecomunicaciones SEGOB, SECRETARIA DE GOBERNACION. DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION. MEXICO. 7, JUNIO, 1995. www.dof.gob.mx , martes, 04, de mayo, 2010,

(http://dof.gob.mx/nota_to_imagen_fs.php?codnota=4875109&fecha=07/06/1995&cod_diario=209157

Jorge Witker Velásquez, Introducción Al Derecho Económico, Editorial Mc Graw Hill, (pag.144-146)

Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Centro de Documentación, Información y Análisis ( Abrogada

en 2006 por la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria) http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/abro/LPCGPF_abro.pdf

Ley General de Deuda Pública Witker Velásquez Jorge. Introducción al Derecho Económico. Recursos Naturales; Editorial Mc Graw Hill, Séptima Edición. (pp. 162-164)

Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2010

Cámara de Diputados. Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2010 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIF_2010.pdf

Presupuesto de Egresos de la Federación 2010 Cámara de Diputados. Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2010 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/PEF_2010.pdf

Page 64: Legislación Económica en México

63 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Cámara de Diputados. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria http://www.cddhcu.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPRH.pdf

Ley de Fiscalización Superior de la Federación Cámara de Diputados. Ley de Fiscalización Superior de la Federación (Abrogada en 2009 por la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación)

http://www.cddhcu.gob.mx/LeyesBiblio/abro/lfsf/LFSF_abro.pdf

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Cámara de Diputados. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público http://www.cddhcu.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/14.pdf

Ley de Obras Publicas y Servicios relacionados con las mismas

Cámara de Diputados. Ley de Obras Publicas y Servicios relacionados con las mismas http://www.cddhcu.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/56.pdf

Ley del Banco de México Cámara de Diputados. Ley del Banco de México. http://www.cddhcu.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/74.pdf

Ley de Instituciones de Crédito

Cámara de Diputados. Ley de Instituciones de Crédito http://www.cddhcu.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/43.pdf

Ley para Regular las Agrupaciones Financieras Cámara de Diputados. Ley para Regular las Instituciones Financieras http://www.cddhcu.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/186.pdf

Ley de Asociaciones de Inversión

Cámara de Diputados. Ley para Regular las Instituciones Financieras http://www.cddhcu.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/69.pdf

Ley de Ahorro y Crédito Popular Cámara de Diputados Ley de Ahorro y Crédito Popular http://www.cddhcu.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/17.pdf WIKTER, Velázquez, Jorge. Introducción al Derecho Económico, Sexta Edición, Ed. Mc Graw-Hill. México, Octubre 2004

Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012

WIKTER, Velázquez, Jorge. Introducción al Derecho Económico, Sexta Edición, Ed. Mc Graw-Hill. México, Octubre 2004 PP. 212-217

Ley Federal de Competencia Económica

WIKTER, Velázquez, Jorge. Introducción al Derecho Económico, Sexta Edición, Ed. Mc Graw-Hill. México, Octubre 2004 Pp.373-386, Suprema Corte de Justicia de la Nación www.scjn.gob.mx

Page 65: Legislación Económica en México

64 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

Cámara de Diputados Ley Federal de Competencia Económica http://www.cddhcu.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/104.pdf

Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. WIKTER, Velázquez, Jorge. Introducción al Derecho Económico, Sexta Edición, Ed. Mc Graw-Hill. México, Octubre 2004 Cámara de Diputados Ley el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa http://www.cddhcu.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/247.pdf

Ley Federal sobre Metrología y Normalización

Witker Velásquez, Jorge, Introducción al Derecho Económico, 6a ed., editorial Mc Graw Hill, México 2005, págs. 204-206.

Cámara de Diputados Ley general sobre Metrología y Normalización. http://www.cddhcu.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/130.pdf

Ley de Inversión Extranjera

Witker Velásquez, Jorge, Introducción al Derecho Económico, 6a ed., editorial Mc Graw Hill, México 2005, págs. 206-209, 353-372.

Ley de la Propiedad Industrial Sistema de Información Sobre Comercio Exterior: www.sice.oas.org/int_prop/nat_leg/Mexico/lipmexsa.asp

Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado Ley Federal De Responsabilidad Patrimonial Del Estado Ley Federal Del Procedimiento Contencioso Administrativo Ley Federal De Procedimiento Administrativo Cámara De Diputados Del H. Congreso De La Unión- Centro de Documentación, Información y Análisis http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/index.htm

Ley General de Asentamientos Humanos

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Centro de Documentación, Información y Análisis

Última Reforma DOF 05-08-1994 http://www.diputados.gob.mx/ http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/133.pdf

Witker Velásquez Jorge. Introducción al Derecho Económico. Recursos Naturales; Editorial Mc Graw Hill, Séptima Edición.

Ley de Vivienda Cámara de Diputados Ley de Vivienda http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LViv.pdf

Ley de Desarrollo Urbano del DF

Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal www.tcadf.gob.mx

Ley General de Protección al Consumidor

Cámara de Diputados Ley General de Protección al Consumidor http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lfpc/LFPC_ref12_29ene09.doc.

Page 66: Legislación Económica en México

65 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

Ley de Transparencia y acceso a la Información Publica Gubernamental

Cámara de Diputados Ley de Transparencia y acceso a la Información Publica Gubernamental http://www.cddhcu.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/244.pdf

Tratado de libre Comercio de América del Norte SICE :: Sistema de Información sobre Comercio Exterior Tratado de libre Comercio de América del Norte http://www.sice.oas.org/Trade/nafta_s/indice1.asp#top

Secretaría de Economía http://www.economia.gob.mx/work/snci/negociaciones/tlcan/pdfs/tlcan1.pdf

Tratado de libre Comercio México-Costa Rica Secretaría de Economía texto del TLC MEXICO-COSTA RICA www.economia.gob.mx

Tratado de libre Comercio del Grupo de los Tres. (México-Colombia-Venezuela) Secretaría de Economía; Tratado de Libre Comercio del Grupo de los Tres: http://www.economia.gob.mx/work/snci/negociaciones/g3/pdfs/tlcg3.pdf

Tratado delibre Comercio México-Chile Secretaría de Economía; Tratado De Libre Comercio México-Chile http://www.economia.gob.mx/work/snci/negociaciones/chile/pdfs/tlcchile1.pdf

Tratado de libre Comercio México-Bolivia SICE :: Sistema de Información sobre Comercio Exterior Tratado de libre comercio México Bolivia Extraído el 4 de Mayo de 2010. http://www.sice.oas.org

Tratado de libre Comercio México- Nicaragua

SICE :: Sistema de Información sobre Comercio Exterior Tratado de libre comercio México Nicaragua http://www.sice.oas.org/TPD/MEX_nic/Studies/NicAgr_s.pdf

Tratado de libre Comercio México-Israel

Sistema de información sobre comercio exterior (http://www.sice.oas.org/trade/meis_s/index.asp)

Secretaria de Economía; TLC México- Israel (http://www.economia.gob.mx/?P=5200_5209_1)

Tratado de libre Comercio México-Unión Europea

Cámara de Diputados Unidad de Estudios de Finanzas Públicas. Tratado de Libre Comercio México-Unión Europea.

http://www.cefp.gob.mx/intr/edocumentos/pdf/cefp/cefp0062000.pdf

Tratado de libre Comercio México-Triangulo del Norte (Guatemala, Hondura, El Salvador)

Page 67: Legislación Económica en México

66 | L e g i s l a c i ó n M e x i c a n a d e D e r e c h o E c o n ó m i c o

Secretaría de Economía Texto del Tratado de Libre Comercio- Triangulo del Norte http://www.economia.gob.mx/work/snci/negociaciones/tn/pdfs/tlc-triangulo.pdf

Tratado de libre Comercio México-Asociación Europea de Libre Comercio Cámara de diputados Tratado de Libre Comercio México Unión Europea entrada en vigor 1o de enero de 1994

http://www.funcionpublica.gob.mx/unaopspf/tlc/tlcue.htm

Tratado de libre Comercio México-Uruguay SEGOB, Secretaria De Gobernación. Diario Oficial De La Federación. México. Miercoles,14, Julio, 2004 www.dof.gob.mx , Martes, 04, de Mayo,

2010,(http://dof.gob.mx/nota_to_imagen_fs.php?codnota=668203&fecha=14/07/2004&cod_diario=27792) SE. Secretaria De Gobernación. Comercio Exterior, MÉXICO, Miércoles, 14 Julio, 2004.Martes, 04, 2010.

http://www.economia.gob.mx/work/snci/negociaciones/uruguay/pdfs/TLC_Uruguay.pdf

Acuerdo de Cooperación Económica México-Japón SICE :: Sistema de Información sobre Comercio Exterior Acuerdo de Cooperación México-Japón

http://www.sice.oas.org/TPD/MEX_JPN/Studies/puntos_s.pdf 17 de Septiembre de 2004