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LEER TODO SOBRE EL ESTADO DE EMERGENCIA. REALIZAR EJEMPLOS DE COMO AFECTA A CAJAMARCA ESTA DECISIÓN DEL ESTADO. Estado de emergencia en Cajamarca Esta decisión que ha tomado el presidente a Cajamarca le afecta por ejemplo en que no puedes manifestarte o hacer protestas contra algo que no estás de acuerdo. Ahora nos encontramos sin derechos a nada...y eso es una humillación para nosotros los cajamarquinos que nacemos con todos esos derechos, y pues nos queda solo aceptar. A QUE SE REFIERE LA CONSTITUCIÓN POLITICA DEL ESTADO SOBRE ESTE TEMA. En la Constitución de acuerdo al capítulo VII (régimen de excepción), artículo 137 establece que “se puede decretar, por plazo determinado, en todo el territorio nacional, o en parte de él, y dando cuenta al Congreso o a la Comisión Permanente, los estados de excepción que en este artículo se contemplan”. “Estado de Emergencia, en caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la Nación. En esta eventualidad, puede restringirse o suspenderse el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio”, sostiene nuestra carta magna. Además, se explica que el plazo del estado de emergencia no excede de sesenta días, y su prórroga requiere nuevo decreto. De la misma manera, no se suspenden las garantías constitucionales. “En Estado de Emergencia las Fuerzas Armadas asumen el control del orden interno si así lo dispone el Presidente de la República”, detalla la Constitución.

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LEER TODO SOBRE EL ESTADO DE EMERGENCIA. REALIZAR EJEMPLOS DE COMO AFECTA A CAJAMARCA ESTA DECISIÓN DEL ESTADO.

Estado de emergencia en Cajamarca

 Esta decisión que ha tomado el presidente a Cajamarca le afecta por ejemplo en que no puedes manifestarte o hacer protestas contra algo que no estás de acuerdo. Ahora nos encontramos sin derechos a nada...y eso es una humillación para nosotros los cajamarquinos que nacemos con todos esos derechos, y pues nos queda solo aceptar. 

A QUE SE REFIERE LA CONSTITUCIÓN POLITICA DEL ESTADO SOBRE ESTE TEMA.

En la Constitución de acuerdo al capítulo VII (régimen de excepción), artículo 137 establece que “se puede decretar, por plazo determinado, en todo el territorio nacional, o en parte de él, y dando cuenta al Congreso o a la Comisión Permanente, los estados de excepción que en este artículo se contemplan”. “Estado de Emergencia, en caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la Nación. En esta eventualidad, puede restringirse o suspenderse el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio”, sostiene nuestra carta magna. Además, se explica que el plazo del estado de emergencia no excede de sesenta días, y su prórroga requiere nuevo decreto. De la misma manera, no se suspenden las garantías constitucionales. “En Estado de Emergencia las Fuerzas Armadas asumen el control del orden interno si así lo dispone el Presidente de la República”, detalla la Constitución. La medida que entra en vigencia en las provincias cajamarquinas de Cajamarca, Celendín, Hualgayoc y Contumazá autoriza a las Fuerzas Armadas (FFAA) para apoyar la Policía Nacional en la labor de control del orden interno. Esta tarea, aun en estado de emergencia, sigue siendo potestad de la PNP.

La norma dispone la suspensión de las garantías constitucionales sobre libertad

y seguridad personal, la inviolabilidad de domicilio y la libertad de reunión y

de tránsito en el territorio.

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QUE OPINIÓN LE MERECE A USTED ESTA ACTITUD DE ESTADO.

COMO CATALOGA A NUESTRAS AUTORIDADES.

Es muy lamentable esta forma en que el presidente haya tomado esta decisión, de

declarar en estado de emergencia a las provincias: Cajamarca, Celendín,

Contumazá, Hualgayoc, estas provincias se levantaron pacíficamente a reclamar sus

derechos y a exigir que se respete lo que está establecido en la Constitución , no a la

explotación minera en Cabecera de Cuenca, pero sin embargo nuestro Presidente

cree que las fuerzas armadas se soluciona todo no es así por lo menos debía dar la

cara y hablar con nuestros dirigentes, los Cajamarquinos reclamamos algo justo no

queremos más contaminación por la minería, lo que reclamamos no es solo para

ahora sino para el futuro. La historia ha demostrado que uno escoge a las

autoridades que nos representen con grandes expectativas y luego salen a demostrar

de que están hechos, y para una medida de fuerza impuesta por la autoridad, como

respuesta debemos ser la fuerza de todo los cajamarquinos apoyándonos unos a

otros exigiendo que el pueblo peruano es primero.

“CAJAMARCA ES RICA EN RECURSOS Y LA MÁS POBRE

ECONÓMICAMENTE EN EL PERÚ, QUIEN SE LLEVA EL ORO Y DEJA

POBREZA......, PERO MÁS GRAVE QUIENES PERMITIMOS QUE

NUESTROS RECURSOS SEAN SAQUEADOS.....REFLEXIONEMOS ES

AHORA O NUNCA”

ESTA DE ACUERDO CON EL ESTADO DE EMERGENCIA.

No estoy de acuerdo porque la situación no lo ameritaba para que Cajamarca sea declarado en estado de emergencia, más aun si estaban funcionando los mercados, y si es que se ha cerrado es porque las personas estaban participando de la protesta.No a la explotación minera en Cabecera de Cuenca