lectura 24 - ley de riesgos del trabajo
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8/16/2019 Lectura 24 - Ley de Riesgos Del Trabajo
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Módulo 3 - Unidad 11 - Lectura 24
Ley de Riesgos de Trabajo
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Bibliografía Básica: Capítulo XI
- El tema que iniciaremos en tratamiento forma parte como un SUBSISTEM !E L SE"U#I! ! S$%I L& 'or ello loincluimos&-
- %omo (a lo )emos e*presado+ la Se,uridad Social cu re las contin,encias del indi.iduo dentro de las cuales est/ elpro lema de la salud ( afecciones .inculadas con la misma como son E0 E#ME! !ES %%I!E0TES& En este casoEnfermedades 'rofesionales ( los ccidentes de Tra a o&-
- $ri,inariamente en nuestro pa s+ fue dictada en el año 1 1! la ley "##+ cu(a .i,encia+ con reformas se mantu.o)asta la sanción del sistema actual5 Le( de #ies,os de Tra a o&-
- %omo primera idea se puede sostener que sal.o cuestiones interpretati.as+ la le( 6788 ( reformas no ,eneró planteosde inconstitucionalidad+ como s los ,eneró el sistema le,al .i,ente+ fruto de intereses económicos que de,radaron elaspecto protector de esta le,islación&
- 9oces en un sentido ( otro se )an desatado desde el a:o 1667 enadelante&
- Inconstitucionalidades de numerosos art culos de esta le( 24&;;< fueron sancionados en los tri unales a lo lar,o dtodo el pa s+ todo lo que fuera coronado con las importantes sentencias dispuestas por la Suprema %orte de =usticia de 0ación en los fallos >9I??$TTI@ % STILL$@ MIL$0E >+ ( sucesi.as sentencias en i,ual sentido que a partir del a:o2AA4 se )an dictado en respeto de la l nea ar,umental planteada por el m/*imo tri unal del pa s&
$l %rganis&o 'ue fiscali(a el funciona&iento de este r)gi&en es la *+,$RI-T$-.$-CI/ .$ RI$*0%* .$LTR/B/ % 2 C%3,$T$-CI/*
*uper Intendencia de Riesgosde Trabajo
La *uperintendencia de Riesgosdel Trabajo es una entidaaut/rquica creada por la Le( 024;;< que funciona en el /m itodel Ministerio de Tra a o+ Em( ormación de #ecursoCumanos&Es el ente re,ulador del Sistemade #ies,o del Tra a o que entren .i,encia en ulio de 1667& =ua los tra a adores+ empleados+
se,uradoras de #ies,o delTra a o D &T& + los pro.inciales ( la Superintendencide Se,uros de la 0ación conformael Sistema de #ies,os del Tra a o
4unciones de la*uperintendencia de Riesgosdel Trabajo
La Superintendencia de #ies,osdel Tra a o tiene un fundamental en el cumplimiento los o eti.os del Sistema d
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#ies,os del Tra a o+ siendo el or,anismo del Estado 0acional que e erce el contralor so re el mismo&La S&T& es la encar,ada de controlar el cumplimiento de las normas de )i,iene ( se,uridad en el tra a o+ super.isarfiscaliFar el funcionamiento de las &T& ( de las empresas autoase,uradas&La S#T tendr/ las si,uientes funciones5
a) %ontrolar el cumplimiento de las normas de )i,iene ( se,uridad en el tra a o pudiendo dictar las disposicionecomplementarias que resulten de dele,aciones de la le( o de los !ecretos re,lamentarios@b) Super.isar ( fiscaliFar el funcionamiento de las #T@c) Imponer las sanciones pre.istas en la le(@d) #equerir la información necesaria para el cumplimiento de sus competencias+ pudiendo peticionar órdenes deallanamiento ( el au*ilio de la fuerFa pG lica@e) !ictar su re,lamento interno+ administrar su patrimonio+ ,estionar el ondo de "arant a+ determinar su estructuraor,aniFati.a ( su rH,imen interno de ,estión de recursos )umanos@f) Mantener el #e,istro 0acional de Incapacidades La orales en el cual se re,istrar/n los datos identifica torios deldamnificado ( su empresa+ Hpoca del infortunio+ prestaciones a onadas+ incapacidades reclamadas+ ( adem/s+ deela orar ndices de [email protected] ( fiscaliFar a las empresas auto ase,uradas ( el cumplimiento de las normas de )i,iene ( se,uridad deltra a o en ellas&
$ eti.os'romo.er la reducción de la siniestralidad la oral a tra.Hs de la pre.ención de los ries,os profesionales&"arantiFar la reparación de los da:os deri.ados de accidentes de tra a o ( de enfermedades profesionales+ inclu(endo la
re)a ilitación del tra a ador damnificado&Incenti.ar ( promo.er la recalificación ( la recolocación de los tra a adores damnificados&'romo.er la ne,ociación colecti.a la oral para la me ora de las medidas de pre.ención ( de las prestaciones
reparadoras&
*ede central de funciona&iento de la *+,$RI-T$-.$-CI/ .$ RI$*0%* .$L TR/B/ %.irecci6n: lorida ;3
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b) #eparar los da:os deri.ados de accidentes de tra a o ( de enfermedades profesionales+ inclu(endo la re)a ilitacióndel tra a ador damnificado@c) 'romo.er la recalificación ( la recolocación de los tra a adores damnificados@d) 'romo.er la ne,ociación colecti.a la oral para la me ora de las medidas de pre.ención ( de las prestacionesreparadoras&
'roponemos una %onsulta5ue es una urna .aloración de la aptitud para tra a arN
Esta pre,unta+ se .incula con los aspectos que los encar,ados de la se,uridad ( la parte empresaria de er/n tener encuenta para compro ar la idoneidad de las condiciones de tra a o en el marco de la )i,iene ( la se,uridad&
E*isten acti.idades ( su etos que de er/n quedar alcanFados por la normati.a conforme se refiere a continuación&
/3BIT% .$ /,LIC/CIE- .$ L/ L$F G está definido en el art >@
1& Est/n o li,atoriamente incluidos en el /m ito de la L#T5
a) Los funcionarios ( empleados del sector pG lico nacional+ de las pro.incias ( sus municipios ( de la Municipalidad de%iudad de Buenos ires@b) Los tra a adores en relación de dependencia del sector pri.ado@c) Las personas o li,adas a prestar un ser.icio de car,a pG lica
El 'oder E ecuti.o nacional podr/ incluir en el /m ito de la L#T a5
a) Los tra a adores domHsticos@b) Los tra a adores autónomos@c) Los tra a adores .inculados por relaciones no la orales@d) Los om eros .oluntarios&
Se,uro o li,atorio ( autose,uro&
+na de las características del seguro de riesgos; es su obligatoriedad; i&plicando 'ue no resulta de cu&pli&ientooluntario; sino 'ue todo e&pleador debe contratar un seguro en los t)r&inos de la LRT; o bien autoasegurarse
Dart 5
Los costos del autoseguro; Han deter&inado 'ue en su gran &ayoría todos los e&pleadores optan por contratar con una /RT@
1. $sta LRT rige para todos a'uellos 'ue contraten a trabajadores incluidos en su á&bito de aplicaci6n@2. Los e&pleadores podrán autoasegurar los riesgos del trabajo definidos en esta ley; sie&pre y cuandoacrediten con la periodicidad 'ue fije la regla&entaci6n
#E UISIT$S !EL UT$SE"U#$
a5 *ol encia econ6&ico2financiera para afrontar las prestaciones de )sta leyb5 0aranticen los ser icios necesarios para otorgar las prestaciones de asistencia &)dica y las de&ás pre istasen el artículo >J de la presente ley@
3. Kuienes no acrediten a&bos e8tre&os deberán asegurarse obligatoria&ente en una /seguradora de Riesgosdel Trabajo D/RT5 de su libre elecci6n@4. $1 $stado nacional; las pro incias y sus &unicipios y la 3unicipalidad de la Ciudad de Buenos /ires podránigual&ente autoasegurarse@
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$ li,aciones de las partes fi adas en la le( Dart ? 5 @
Todos los sujetos in olucrados en la ley tienen respecti os deberes 'ue se anali(an seguida&ente:
!e eres de los empleadores
1& Los empleadores ( los tra a adores comprendidos en el /m ito de la L#T+ as como las #T est/n o li,ados a adoptlas medidas le,almente pre.istas para pre.enir eficaFmente los ries,os del tra a o& tal fin ( sin per uicio de otras actuaciones esta lecidas le,almente+ dic)as partes de er/n asumir compromisoconcretos de cumplir con las normas so re )i,iene ( se,uridad en el tra a o& Estos compromisos podr/n adoptarse enforma unilateral+ formar parte de la ne,ociación colecti.a+ o incluirse dentro del contrato entre la #T ( el empleador
!e er de las art5
2& Las se,uradoras de #ies,os del Tra a o de er/n esta lecer e*clusi.amente para cada una de las empresas oesta lecimientos considerados cr ticos+ de conformidad a lo que determine la autoridad de aplicación+ un plan de accque contemple el cumplimiento de las si,uientes medidas5
a) La e.aluación periódica de los ries,os e*istentes ( su e.olución@
b) 9isitas periódicas de control de cumplimiento de las normas de pre.ención de ries,os del tra a o ( del plan de acciónela orado en cumplimiento de este art culo@
Las #T ( los empleadores estar/n o li,ados a informar a la Superintendencia de #ies,os del Tra a o o a las dministraciones de Tra a o pro.inciales+ se,Gn corresponda+ la formulación ( el desarrollo
Ley de Riesgos del Trabajo
La presente lectura retoma al,unos art culos destacados de la le(& El te*to completo+ que de e conocerse para alcanFarlos o eti.os de la unidad+ se encuentra ad unto en la carpeta deLegislaci6n y ane8os de este Módulo&
del plan de acción esta lecido en el presente art culo+ conforme lo dispon,a la Empresa cr tica
Es o eti.o de las #T controlar ( super.isar a las empresas que )an contratado el se,uro+ para .erificar los ni.eles decumplimiento de la le( de )i,iene ( se,uridad como aspecto /sico+ sin per uicio de los ni.eles de superación que e*istenante una proacti.idad en se,uridad&
'or el contrario+ la empresa que incumpla la le( de )i,iene ( se,uridad& o ien que e.idencie alto ni.el de siniestralidad+quedar/ dentro del concepto de EM'#ES %#OTI% &
uH dispone la Le(N
3& los efectos de la determinación del concepto de empresa cr tica+ la autoridad de aplicación de er/ consideespecialmente+ entre otros par/metros+ el ,rado de cumplimiento de la normati.a de )i,iene ( se,uridad en el tra a o+ ascomo el ndice de siniestralidad de la empresa&
La #T controlar/ la e ecución del plan de acción ( estar/ o li,ada a denunciar los incumplimientos a lSuperintendencia de #ies,os del Tra a o&;& Las discrepancias acerca de la e ecución del plan de acción ser/n resueltas por la Superintendencia de #ies,os deltra a o
S 0%I$0ES L EM'LE !$# D #T ;
#ecar,o por incumplimientos
Si el accidente de tra a o o la enfermedad profesional se )u iere producido como consecuencia de incumplimientos pparte del empleador de la normati.a de )i,iene ( se,uridad en el tra a o+ Hste de er/ pa,ar al ondo de "arant a+instituido por el art culo 33 de la presente le(+ una suma de dinero cu(a cuant a se ,raduar/ en función de la ,ra.edad del
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incumplimiento ( cu(o tope m/*imo ser/ de treinta mil pesos DP 3A&AAA &
4+-CI%-$* .$ L/ *RT
La S#T es el ór,ano encar,ado de constatar ( determinar la ,ra.edad de los incumplimientos+ fi ar el monto del recar,o (,estionar el pa,o de la cantidad resultante&%omo todo su sistema de la se,uridad social+ esta le( cu re contin,encias+ que se detallan como 5 accidente de tra a oenfermedad profesional Dart 7
/ccidente de trabajo@ se define co&oM
1& Se consideraaccidente de trabajo a todo acontecimiento sG ito ( .iolento ocurrido por el )ec)o o en ocasión detra a o+ o en el tra(ecto entre el domicilio del tra a ador ( el lu,ar de tra a o+ siempre ( cuando el damnificado no )uinterrumpido o alterado dic)o tra(ecto por causas a enas al tra a o&
Tie&po para la denuncia:
$l trabajador podrá declarar por escrito ante el e&pleador; y )ste dentro de las setenta y dos DA>5 Horas ante elasegurador; 'ue el itinere se &odifica por ra(ones de estudio; concurrencia a otro e&pleo o atenci6n de fa&iliar
directo enfer&o y no con i iente; debiendo presentar el pertinente certificado re'ueri&iento del e&pleador dentrode los tres D 5 días Hábiles de re'uerido@
$nfer&edad profesional
2 a Se consideran enfer&edades profesionales aquellas que se encuentran incluidas en el listado que ela orar/ (re.isar/ el 'oder E ecuti.o+ conforme al procedimiento del art culo 4A apartado 3 de esta le(&
El listado identificar/ a,ente de ries,o+ cuadros cl nicos+ e*posición ( acti.idades en capacidad de determinar lenfermedad profesional&
Las enfermedades no incluidas en el listado+ como sus consecuencias+ no ser/n consideradas resarci les+ con la Gnice*cepción de lo dispuesto en los incisos si,uientes5
%on posterioridad ante la cr tica que ,eneró el listado cerrado de enfermedades dispuesto en la le( inicial de ries,os+ sedicta en el a:o 2AAA+ un decreto nro& 12A# del >JJJ
Cuál era el trá&iteN
$l trabajador debe acudir ante la C%3I*IE- 3O.IC/ +RI*.ICCI%-/L
,resentar: antecedentes de su enfer&edad; certificado &)dico 'ue consigne datos clínicos; estudios; agente deriesgo y ne8o causal entre el riesgo y la patología@
En el marco de las acti.idades pre.istas para el a:o 2A11 instituido como el a:o del Tra a o !ecente+ la salud ( se,uridadde los Tra a adores+ la S#T realiFó capacitaciones en todo el pa s+ ( unos de los temas a ordados fueron lasEnfermedades 'rofesionales en carniceros+ tra a adores de corralones ( silos&
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propósito de esta pro lem/tica+ el !r& #aGl #oque "onF/leF+ de la "erencia de 're.ención de la S#T+ e*plica que Qseconsideran Enfermedades 'rofesionales aquellas que se encuentran incluidas en el Listado del !ecreto 7;8R67 pre.isto enel art culo 8 + inciso 2+ de la Le( 24&;;
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La %omisión MHdica %entral de er/ e*pedirse dentro de los 3A d as de reci ido el requerimiento de la %omisión MHd=urisdiccional&
E*isten conceptos que no se admiten como contin,encias de la le( de ries,o5 Se los clasifica5
a Los accidentes de tra a o ( las enfermedades profesionales causados por dolo del tra a ador o por fuerFa ma(ore*tra:a al tra a o5
Las incapacidades del tra a ador pree*istentes a la iniciación de la relación la oral ( acreditadas en el e*amen pocupacional efectuado se,Gn las pautas esta lecidas por la autoridad de aplicación&
ET ' S
In,resando a los supuestos pre.istos por la le(+ la misma de acuerdo a la e.olución de la dolencia por accidente oenfermedad profesional+ )a pre.isto etapas con diferente tratamiento ( duración&
partir del primer momento incapacitante+ o sea el primer d a en el accidente+ o primer d a de carpeta mHdica eenfermedad+ la le( de ries,o tiene pre.isto el estadio de
A. Incapacidad Laboral Te&poraria Dart A5
E*iste situación de Incapacidad Laboral Te&poraria DILT5 cuando el da:o sufrido por el tra a ador le impitemporariamente la realiFación de sus tareas )a ituales&2& La situación de Incapacidad La oral Temporaria DILT cesa por5
a lta mHdica5 !eclaración de Incapacidad La oral 'ermanente DIL' @
c Transcurso de un a:o desde la primera manifestación in.alidante@d Muerte del damnificado&
B. Incapacidad Laboral ,er&anente .
E*iste situación de Incapacidad Laboral ,er&anente DIL,5 cuando el da:o sufrido por el tra a ador le ocasione undisminución permanente de su capacidad la orati.a&
La Incapacidad La oral 'ermanente DIL' ser/ total+ cuando la disminución de la capacidad la orati.a permanente fuei,ual o superior al 77 V+ ( parcial + cuando fuere inferior a este porcenta e&
*$ .$T$R3I-/ $- L/ *I0+I$-T$ 4%R3/: Incapacidad per&anente
El ,rado de incapacidad la oral permanente ser/ determinado por las comisiones mHdicas de esta le(+ en ase a la ta lade e.aluación de las incapacidades la orales+ que ela orar/ el 'oder E ecuti.o 0acional (+ ponderar/ entre otros factores+la edad del tra a ador+ el tipo de acti.idad ( las posi ilidades de reu icación la oral&
El 'oder E ecuti.o nacional ,arantiFar/+ en los supuestos que correspondiese+ la aplicación de criterios )omo,Hneos en la
e.aluación de las incapacidades dentro del Sistema Inte,rado de =u ilaciones ( 'ensiones DSI=' ( de la L#T&C. Carácter pro isorio y definiti o de la IL,
La situación de Incapacidad La oral 'ermanente DIL' que diese derec)o al damnificado a perci ir una prestación de pa,omensual+ tendr/ car/cter pro.isorio durante los 37 meses si,uientes a su declaración&
Este plaFo podr/ ser e*tendido por las comisiones mHdicas+ por un m/*imo de 24 meses m/s+ cuando no e*ista certeFacerca del car/cter definiti.o del porcenta e de disminución de la capacidad la orati.a&
En los casos de Incapacidad La oral 'ermanente parcial el plaFo de pro.isionalidad podr/ ser reducido si e*istiera certeFaacerca del car/cter definiti.o del porcenta e de disminución de la capacidad la orati.a& 9encidos los plaFos anteriores+Incapacidad La oral 'ermanente tendr/ car/cter definiti.o
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D. Incapacidad laboral per&anente
La situación de Incapacidad La oral 'ermanente DIL' que diese derec)o al damnificado a perci ir una suma de pa,oGnico tendr/ car/cter definiti.o a la fec)a del cese del per odo de incapacidad temporaria
E. 0ran in alide(@
E*iste situación de gran in alide( cuando el tra a ador en situación de Incapacidad La oral 'ermanente total necesite lasistencia continua de otra persona para realiFar los actos elementales de su .ida&
'#EST %I$0ES !I0E# #I S
R)gi&en legal de las prestaciones dinerarias Dart 115
*us características son:
Las prestaciones dinerarias de esta le( ,oFan de las franquicias ( pri.ile,ios de los crHditos por alimentos& Son+ adem/s+irrenuncia les ( no pueden ser cedidas ni ena enadas&
"oFa de i,ual protección que la pre.ista en la L%T para el salario+ por e emplo&
Las prestaciones dinerarias por Incapacidad La oral Temporaria DILT o permanente pro.isoria se a ustar/n en función la .ariación del M'$ definido en la le( 24&241+ de acuerdo a la norma re,lamentaria&
I&portante : , or art. 6° primer párrafo del Decreto N° 169 !"##9 $.%. 6!11!"##9
Se establece que las prestaciones dinerarias por Incapacidad Laboral Temporaria (ILT) o permanente provisoriamencionadas en el presente inciso, se calcularán, liquidarán y ajustarán de con ormidad con lo establecido por el art!culo"#$ de la Ley de %ontrato de Trabajo &' "# ** (t o + ) y sus modi icatorias
Esta reforma tiene importante .alor+ pues subsana uno de los grandes proble&as 'ue presentaba la ley inicial; alcongelar el salario del trabajador accidentado o enfermo+ so re .alores salariales del a:o anterior como lo dispone elc/lculo del in,reso ase mensual
Esto implica un per uicio económico ustamente al tra a ador m/s necesitado por su afección+ por ello la reforma dispaplicar el mismo concepto que ri,e para los supuestos de enfermedad inculpa le+ ,arantiFando al tra a ador siniestradoel derec)o a perci ir el mismo salarios que los tra a adores en acti.idad&
&igencia: a partir de su publicaci'n en el $olet(n %ficial ) se aplicarán a las contingencias pre*istas en la +e) N, " .-- ) sus modificaciones cu)a primera manifestaci'n in*alidante se produ/ca a partir de esa fec0a
Los incrementos fi ados por la reforma del decreto 1764 de 2AA6+ tam iHn influ(eron en adicionales económicospre.istos en el art 11+14 ( 1; de la le(
3%-T%* /-T$* .$ L/ R$4%R3/ -+$P%* P/L%R$*
En los supuestos pre.istos en el art culo 14+ W por art& 1X del.ecreto &/apartado 2+ inciso Y Y@ + *0"## 1 2 0++0"## se elevan
las sumas de las compensacionesart culo 1;+ apartado 2@ dinerarias adicionales de pa3o 4nico
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rt culos 1< ( 18+ apartados 1 de la presentele(+ unto con las prestaciones all pre.istaslos eneficiarios perci ir/n+ adem/s+ unacompensación dineraria adicional de pa,oGnico+ conforme se esta lece a continuación5
a En el caso del art culo 14+ apartado 2+ inciso a En el caso del art culo 14+ apartadoY Y+ dic)a prestación adicional ser/ de 'ES$S 2+ inciso Y Y+ dic)a prestaciónT#EI0T MIL DP 3A&AAA & adicional ser/ de a,$*%*
b) En los casos de los art culos 1;+ apartado 2 ( del art culo 1
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La SU'E#I0TE0!E0%I !E #IES"$S !EL T# B =$+ mediante la #esolución 683R2A1A+ dispuso normati.a .inculadacon Q la $#M !E %ZL%UL$ !E L '#EST %I 0 !U# 0TE L ILT &
l respecto la resolución ratifica que Q las prestaciones dinerarias en concepto de Incapacidad La oral Temporaria'ermanente 'ro.isoria+ se calcular/n conforme a las pautas dispuestas en la Le( de %ontrato de Tra a o &
U0 'E#SISTE0 %#OTI% S5 ue el !ecreto 0 1764 de fec)a ; de no.iem re de 2AA6+ introdu o di.ersas reformas en Le( 0 24&;; de la resoluci6n Ha establecido 'ue La prestaci6n dineraria 'ue se de engue deberá incluir la parteproporcional del *ueldo /nual Co&ple&entario D*@/@C@5@V todo lo 'ue se calculará en igual for&a 'ue la pre istapor la LCT@
,ara garanti(ar la igencia el art@ U de la resoluci6n sostiene 'ue $n los casos en 'ue los da&nificados ensituaci6n de Incapacidad Laboral Te&poraria o ,er&anente ,ro isoria Hayan perdido el ínculo laboral con ele&pleador por cual'uier causa; los obligados al pago de las prestaciones dinerarias; respecto de los incre&entos
producidos en las re&uneraciones 'ue le Hubieren correspondido al trabajador por cual'uiera de las &odalidades'ue refiere el artículo >J# de la Ley -U >J@A?? Dt@o@ 1 A"5 y sus &odificatorias; deberán tener en cuenta lo 'uestipula el segundo párrafo; del artículo "U; del .ecreto -U 1" ? de fecHa ! de no ie&bre de >JJ @V %bligados arespetar los derecHos del trabajador@
3ediante el /rt@ "U; dispone 'ue Hasta nue a disposici6n de /4I,@ el criterio a seguir considerar Re&uneraci6nTotal ; se to&ará co&o referencia la 'ue resulte declarada por el e&pleador confor&e el 4or&ulario /@4@I@,@ -U 1correspondiente al
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C+/.R%* G C/LC+L%*
los fines de una me or comprensión+ se e*)i en los cuadros que ilustran so re los distintos momentos de incapacidque re,ula la L#T+ con la forma de c/lculo en cada caso+ lo que permitir/ una claridad en los pasos a se,uir&
,restaciones por Incapacidad ,er&anente ,arcial DI,,5@
y &ientras dure la situaci6n de pro isionalidad de la Incapacidad Laboral ,er&anente ,arcial DI,,5; el da&nificadopercibirá
% #Z%TE# !E I0ITI9$ !E L I0% ' %I! ! L B$# L 'E#M 0E0TE ' #%I L
%uando la e.olución del estado de salud del tra a ador siniestrado lo coloque en el estadio definiti.o (a de su incapacidapermanente parcial+ se producen distintas alternati.as como lo demuestran los si,uientes ,r/ficos5
'#IME# SU'UEST$ ES EL UE !ETE#MI0 U0 I0% ' %I! ! UE 0$ SU'E# EL %I0%UE0T '$# %IE0T$&
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+- *$0+-.% *+,+$*T% 4I / $L C/LC+L% ,/R/ L%* 0R/.%* .$ I-C/,/CI./. K+$ *+,$R$- $LCI-C+$-T/ ,%R CI$-T%; ,$R% -% LL$0+$- /L *$*$-T/ F *$I* ,%R CI$-T%
En todos los supuestos de c/lculos es importante tener presente que por art "/ del .ecreto &/ + *0"## 1 2 0++0"##se suprimen los topes previstos en los apartados a) y b) del presente inciso
5or art 6/ de la misma norma se establece que la indemni7aci8n que corresponda por aplicaci8n de dic9o inciso nuncaserá in erior al monto que resulte de multiplicar 5ES2S %IE&T2 2% E&T; i3encia: a partir de su publicaci8n en el 1olet!n 2 icial y se aplicarán a las contin3encias previstas en la Ley &' "* ?? y sus modi icaciones cuya primera mani estaci8n invalidante se produ7ca a partir de esa ec9a
,restaciones por Incapacidad ,er&anente Total DI,T5@
%uando la Incapacidad 'ermanenteTotal no de.iniere en definiti.a+ la
#T se )ar/ car,o del capital derecomposición correspondiente+definido en la Le( 0 24&241 Dart64 o+ en su caso+ a onar/ una sumequi.alente al rH,imen pro.isional aque estu.iese afiliado el damnificado
,restaciones por Incapacidad,er&anente Total DI,T5@
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Retorno al trabajo por parte del da&nificado@D/RT 1" .$ L/ LRT5
0ran in alide( Dart 1A de la LRT5
*+,+$*T% .$ 3+$RT$ .$L./3-I4IC/.% D /RT@ 1#@5
Contrataci6n de la renta peri6dicaDart@ 1 LRT5
los efectos de esta le( se considerarenta peri6dica la prestaciódineraria+ de pa,o mensuacontratada entre el eneficiario ( uncompa: a de se,uros de retiroquienes a partir de la cele ración dcontrato respecti.o+ ser/n las Gnicaresponsa les de su pa,o&
El derec)o a la renta periódiccomienFa en la fec)a de ldeclaración del car/cter definiti.o dla incapacidad permanente parcial se e*tin,ue con la muerte de
eneficiario&
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En el caso de las empresas que no se afilien a una #T+ dic)a prestación de er/ ser contratada con una entidad dese,uro de retiro a elección del eneficiario&
Esta+ a partir de la cele ración del contrato respecti.o+ ser/ la Gnica responsa le de su pa,o&
#E%$#! #5 UE L S #T S$0 L S $BLI" ! S %UM'LI# L S '#EST %I$0ES E%$0 MI% S
%$0=U0T ME0TE %$0 L S '#EST %I$0ES E0 ES'E%IE %$0 I0!E'E0!E0%I U0 S !E $T# S%uando )a lamos de '#EST %I$0ES E0 ES'E%IE+ re,uladas en el art 2A 5
Las #T otor,aran a los tra a adores que sufran al,unas de las contin,encias pre.istas en esta le( las si,uientesprestaciones en especie5
a sistencia mHdica ( farmacHutica5 'rótesis ( ortopedia5
c #e)a ilitación@d #ecalificación profesional@ (e Ser.icio funerario&
Las #T podr/n suspender las prestaciones dinerarias 5
- en caso de ne,ati.a in ustificada del damnificado a perci ir las prestaciones en especie de los incisos a + c ( ddeterminada por las comisiones mHdicas+
Las prestaciones a que se )ace referencia en el apartado 1+ incisos a + ( c del presente articulo+ se otor,aran a ldamnificados )asta su curación completa o mientras su sistan los s ntomas incapacitantes+ de acuerdo a como ldetermine la re,lamentación&
.$T$R3I-/CI%- F R$PI*I%- .$ L/* I-C/,/CI./.$* G Co&isiones &edicas
Co&isiones &)dicas@ D art >1 LRT5Las comisiones mHdicas ( la %omisión MHdica %entral creadas por la le( 24&241 Dart culo ;1 + ser/n las encar,adadeterminar5
a) La naturaleFa la oral del accidente o profesional de la enfermedad@b) El car/cter ( ,rado de la incapacidad@c) El contenido ( alcances de las prestaciones en especie&
Re isi6n de la incapacidad@ Dart >> LRT5
Qasta la declaraci6n del carácter definiti o de la incapacidad y a solicitud del obligado al pago de las prestaciones
o del da&nificado; las co&isiones &)dicas efectuaran nue os e8á&enes para re isar el carácter y grado deincapacidad anterior&ente reconocidos@
I0 0%I MIE0T$5 continuación se ilustra la forma de sostHn del sistema+ destacando el modo de o tener los in,respara cumplir con los o eti.os&
Esto lo re,ula el art 23 de la L#T
Coti(aci6n@
Las prestaciones pre.istas en esta Le( a car,o de las #T+ se financiar/n con una cuota mensual a car,o del empleador&'ara la determinación de la ase imponi le se aplicar/n las re,las de la Le( 24&241 Dart culo 6 D le( de u ilacion
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inclu(Hndose todas las prestaciones que ten,an car/cter remuneratorio a los fines del SI='& Dsistema inte,rado de u ilaciones ( pensiones
La cuota de e ser declarada ( a onada con untamente con los aportes ( contri uciones que inte,ran la %USSD contri ución Gnica de la se,uridad social
Su fiscaliFación+ .erificación ( e ecución estar/ a car,o de la #T&
CE3% *$ .$T$R3I-/- L/* /LWC+%T/* K+$ ,%.R - ,$RCIBIR L/* /RT
La Superintendencia de Se,uros de la 0ación en forma con unta con la Superintendencia de #ies,os del Tra a oesta lecer/n los indicadores que las #T )a r/n de tener en cuenta para dise:ar el rH,imen de al cuotas&Estos indicadores refle ar/n la siniestralidad presunta+ la siniestralidad efecti.a+ ( la permanencia del empleador en unmisma #T&%ada #T de er/ fi ar su rH,imen de al cuotas en función del cual ser/ determina le para cualquier esta lecimiento+.alor de la cuota mensual& [ esto implica que el .alor de los contratos ser/ re,ulado por la oferta ( demanda sin .aloresfi os+ al i,ual que el ni.el me orado de prestaciones-El rH,imen de al cuotas de er/ ser apro ado por la Superintendencia de Se,uros de la 0ación&!entro del rH,imen de al cuotas+ la cuota del art culo anterior ser/ fi ada por esta lecimiento
TR/T/3I$-T% I3,%*ITIP% D/RT >! LRT5
El importe que los empleadores a onen por los contratos de #T+ constitu(en ,asto deduci le a los efectos del impuesto alas ,anancias&
Los contratos de afiliación a una #T est/n e*entos de todo impuesto o tri uto nacional&El contrato de renta periódica ,oFa de las mismas e*enciones impositi.as que el contrato de renta .italicia pro.isional&In.itase a las pro.incias a adoptar idHnticas e*enciones que las pre.istas en el apartado anterior&Las reser.as o li,atorias de la #T est/n e*entas de impuestos&
4+-CI%-$* .$ L/* /RTD /RT >" LRT5
Las /RT son personas jurídicas del derecHo pri adoEsto ustifica la decisión de la Suprema %orte de =usticia de la nación cuando declaró inconstitucional la norma de la le(ries,os que impone la competencia de la ustifica federal+ por cuanto no e*isten presupuestos que o li,uen a someterse aeste fuero de e*cepción&'or ello todo reclamo udicial se sustancia ante la usticia ordinaria de cada pro.incia&
Con la sal edad de los supuestos del r)gi&en del autoseguro; la gesti6n de las prestaciones y de&ás accionespre istas en la LRT estará a cargo de entidades de derecHo pri ado; pre ia&ente autori(adas por la *RT; y por la
*uperintendencia de *eguros de la -aci6n; deno&inadas /seguradoras de Riesgo del Trabajo D/RT5; 'uere
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d) Mantendr/n un re,istro de siniestralidad por esta lecimiento5
Los empleadores5
a) #eci ir/n información de la #T respecto del rH,imen de al cuotas ( de las prestaciones+ as como asesoramiento emateria de pre.ención de ries,os5
b) 0otificar/n a los tra a adores acerca de la identidad de la #T a la que se encuentren afiliados@c) !enunciar/n a la #T ( a la S#T los accidentes ( enfermedades profesionales que se produFcan en susesta lecimientos@d) %umplir/n con las normas de )i,iene ( se,uridad+ incluido el plan de me oramiento5e) Mantendr/n un re,istro de siniestralidad por esta lecimiento&
Los tra a adores5
a) #eci ir/n de su empleador información ( capacitación en materia de pre.ención de ries,os del tra a o+ de iendparticipar en las acciones pre.enti.as@b) %umplir/n con las normas de )i,iene ( se,uridad+ incluido el plan de me oramiento+ as como con las medidas recalificación profesional@c) Informaran al empleador los )ec)os que conoFcan relacionados con los ries,os del tra a o@d) Se someter/n a los e*/menes medicas ( a los tratamientos de re)a ilitación@e) !enunciar/n ante el empleador los accidentes ( enfermedades profesionales que sufran&
U0%I$0ES !EL $0!$ !E " # 0TI D #T 33 L#T
Cr)ase el 4ondo de 0arantía de la LRI con cuyos recursos se abonarán las prestaciones en caso de insuficienciapatri&onial del e&pleador; judicial&ente declarada@
Esto si,nifica que en caso de quie ra de la empresa+ o incapacidad de pa,o de las prestaciones+ el mismo sistema de lale( de ries,os+ tiene pre.isto recursos económicos en .irtud de este fondo+ e*i,iendo como presupuesto que laincapacidad patrimonial ten,a una sentencia udicial que la respalde"estiones a se,uir por el tra a ador o eneficiarios5
,ara 'ue opere la garantía del apartado anterior; los beneficiarios o la /RT en su caso; deberán reali(ar lasgestiones indispensables para ejecutar la sentencia y solicitar la declaraci6n de insuficiencia patri&onial en lospla(os 'ue fije la regla&entaci6n@
$#" 0ISM$ E0% #" !$ !E SU'E#9IS # EL U0%I$0 MIE0T$ !E L L#T - #T 3;
Cr)ase la *uperintendencia de Riesgos de Trabajo D*RT5; co&o entidad autár'uica en jurisdicci6n del 3inisteriode Trabajo y *eguridad *ocial de la -aci6n@La *RT absorberá las funciones y atribuciones 'u) actual&ente dese&peña la .irecci6n -acional de *alud y*eguridad en el Trabajo$s un or,anismo en la ór ita de la Secretar a de Se,uridad Social del Ministerio de Tra a o+ Empleo ( Se,uridad Socialla 0ación& uimos creados con la Le( de #ies,os del Tra a o en el a:o 1667función principal es5%ontrolar el cumplimiento de las normas en Salud ( Se,uridad en el Tra a o cola orando con las administracionpro.inciales que tienen la competencia en primer ,rado para inter.enir ( fiscaliFar el cumplimiento de las normas la oralespor parte de los empleadores Dentre ellas las de )i,iene ( se,uridad &%ontrolar a las se,uradoras de #ies,os del Tra a o D #T &"arantiFar que se otor,uen las prestaciones mHdico - asistenciales ( dinerarias en caso de accidentes de tra a o oenfermedades profesionales&
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'romo.er la pre.ención para conse,uir am ientes la orales sanos ( se,uros&
*$.$: C$-TR/L: calle Bartolo&) 3itre A!1; C, DC1J "//35 Ciudad /ut6no&a de Buenos /ires2DJ115 ? >12 !JJDlíneas rotati as5Qorario: Lunes a iernes de J :JJ a 1A:JJ Horas Http:77YYY@srt@go @ar7direcciones7direcciones@Ht&.$,/RT/3$-T% .$ /T$-CIE- /L ,ZBLIC% Bartolo&) 3itre A!!
DC1J "//35 Ciudad /ut6no&a de Buenos /ires Qorario: Lunes a iernes de J :JJ a 1A:JJ HorasC%-*+LT/* F R$CL/3%*: J#JJ2"""2"AA#2Qorario: Lunes a iernes de J#:JJ a 1 :JJ Horas srt[srt@go @ar
0E"$%I %I 0 %$LE%TI9 D #T 42
Este sistema normati.o+ de a a ierta la posi ilidad de inclusión en los con.enios colecti.os disposiciones que permitan5
a) Crear /seguradoras de Riesgos de Trabajo in fines de lucro; preser ando el principio de libre afiliaci6n de lose&pleadores co&prendidos en el á&bito del Con enio Colecti o de Trabajob) .efinir &edidas de pre enci6n de los riesgos deri ados del trabajo y de &ejora&iento de las condiciones detrabajo
2 *e Ha pretendido con esta nor&a; una &adure( y creci&iento de los operadores laborales; 'ue generan &edidasproacti as en la seguridad de los a&bientes de trabajo@ cuesti6n 'ue no se isuali(a con la &is&a energía 'ue losdebates salariales@EL SISTEM !E L LE SE %TI9 %$0 L !E0U0%I !EL SI0IEST#$ \ %%I!E0TE $ E0 E#ME! ! D #T 43El derec)o a reci ir las prestaciones de esta le( comienFa a partir de la denuncia de los )ec)os causantes de da:osderi.ados del tra a o&
La re,lamentación determinar/ los requisitos de esta denuncia&
%UESTI$0ES !E %$M'ETE0%I
Las resoluciones de las comisiones mHdicas pro.inciales ser/n recurri les ( se sustanciar/n ante el ueF federal concompetencia en cada pro.incia ante el cual en su caso se formular/ la correspondiente e*presión de a,ra.ios& o ante la%omisión MHdica %entral a opción de cada tra a ador&
La %omisión MHdica %entral sustanciar/ los recursos por el procedimiento que esta leFca la re,lamentación&
Las resoluciones que dicte el ueF federal con competencia en cada pro.incia ( las que dicte la %omisión MHdica %entser/n recurri les ante la %/mara ederal de la Se,uridad Social&
Todas las medidas de prue a+ producidas en cualquier instancia+ tramitar/n en la urisdicción ( competencia donde ten,domicilio el tra a ador ( ser/n ,ratuitas para Hste&
Esta competencia federal fue o eto de planteo de inconstitucionalidad resuelto por la SU'#EM %$#TE !E =USTI%I!E L 0 %I$0+ en el fallo Q %astillo en el cual resol.ió'ue las pro incias &antienen el poder para regular losc6digos de procedi&ientos + en las cuestiones de derec)o pri.ado como son las actuaciones ante las #T&
0$9E! ! I0 $#M TI9
'u licado el Septem er 13+ 2A11Superintendencia de #ies,os del Tra a o a re cinco dele,aciones ;
+a Superintendencia de Riesgos del Trabajo 2SRT inform' 0o) 3ue inaugurará cinco nue*as delegaciones en el interior del pa(s ) e4plic' 3ue los principales organismos de control del mercado de seguros decidieron 5abrir el
juego ) con*ertir el sistema en más federal ) descentrali/ado .
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La S#T anunció la apertura de las primeras cinco dele,aciones en el interior del pa s (+ la Superintendencia de Se,uros dela 0ación DSS0 + a,uarda la apro ación de un pro(ecto de nue.a estructura para continuar ese camino+ indicó ucomunicado&Las nue.as oficinas re,ionales de la S#T ser/n conducidas por un dele,ado re,ional desi,nado por el Superintendente+en tanto cumplir/n tareas personal profesionalH tHcnico ( administrati.o&Los /m itos ,eo,r/ficos de actuación de las dele,aciones se decidir/n conforme con las necesidades operati.as del
or,anismo&La S#T informó que las oficinas de MendoFa+ San =uan+ San Luis ( %órdo a (a funcionan ( que se desi,nó a lodele,ados+ en tanto en la de Santa e Qes preciso aGn a ustar al,unos detalles &Q%on estas dele,acionesH la S#T propiciar/ una descentraliFación ( permitir/ un contacto directo con la pro lem/tica+ esu /m ito+ para resol.erla con ma(or eficiencia e inmediateF + afirmó el titular del or,anismo+ =uan "onF/leF "a.iola&'or la resolución 1&237 el dele,ado representar/ de forma administrati.a a la Superintendencia en el /m ito de la re,iónasi,nada+ donde e ercer/ el control ( la super.isión de las comisiones mHdicas ( oficinas de )omolo,ación ( .isado de suradio+ en tanto cumplir/ con todos los actos de ,estión que se le asi,nen de manera espec fica+ se:aló el comunicado&
El dele,ado ser/ el ne*o institucionalH en el marco de su competenciaH entre la S#T ( las administraciones de tra a olocalesH el 'oder =udicial ( los actores del Sistema de #ies,os del Tra a oH para lo que reco,er/ inquietudes ( ofrecer/ lacooperación ( asistencia tHcnica que la superioridad indique&
La dele,ación podr/ inter.enir de forma directa en la tramitación ( respuesta de los reclamos presentados por tra a adores radicados en su /m ito de acción para una resolución r/pida ( eficaF&
Estas medidas e.idencian una intencionalidad de reforFar los controles como medio de ,ar&antiFar el de ido respeto de le( con una .isión eminentemente federal&Se promue.e la descentraliFación de los or,anismos+ cuestión que est/ siendo analiFada por el sector de las compa: asde se,uro&.esde los principales organis&os de control del &ercado de seguros argentino Han decidido abrir el juego yHacer el siste&a &ucHo &ás federal y descentrali(ado@
La pri&era en dar el gran paso fue la *uperintendencia de Riesgos del Trabajo D*RT5 'uien anunci6 la apertura delas pri&eras cinco delegaciones en el interior del país\ &ientras 'ue desde la *uperintendencia de *eguros de la-aci6n D**-5 se aguarda la aprobaci6n del proyecto de nue a estructura para seguir el &is&o ca&ino@
lunes ! de septie&bre de >J11
Resoluci6n 1> "7>J11 de la *uperintendencia de Riesgos del Trabajo sobre Creaci6n de .elegaciones Regionales
SU'E#I0TE0!E0%I !E #IES"$S !EL T# B =$ #esolución 1237R2A11%rHanse las !ele,aciones #e,ionales& unciones& Bs& s&+ 3AR8R2A119IST$ el E*pediente 0 73&8;3R11 del #e,istro de esta SU'E#I0TE0!E0%I !E #IES"$S !EL T# B =$ DS&T& +las Le(es 0 24&;;
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!MI0IST# !$# S !E $0!$S !E =UBIL %I$0ES 'E0SI$0ES DS& & &=&'& 0 16A de fec)a 12 de unio de1668 ( sus modificatorias+ se esta lecieron las $ I%I0 S !E C$M$L$" %I$0 9IS !$ D$&C& ( 9& &
ue de acuerdo a la #esolución S&T& 0 1181 de fec)a 12 de a,osto de 2A1A funcionan en toda la #epG lica%U #E0T %U T#$ D44 %omisiones MHdicas =urisdiccionales ( U0 D1 %omisión MHdica %entral&
ue en la actualidad funcionan en el /m ito nacional $0%E D11 $ficinas de Comolo,ación ( 9isado&ue+ en este conte*to es necesario reor,aniFar las funciones a car,o del $r,anismo con miras a me orar los procesos
administrati.os de ,estión ( ase,urar la eficacia de las acciones a o la responsa ilidad primaria de las /reascompetentes&ue la creación de !ele,aciones de esta S&T&+ a lo lar,o del pa s+ propiciar/ una descentraliFación de la or,aniFación
administrati.a+ que permitir/ tornar contacto directo con las cuestiones del Sistema de #ies,os del Tra a o que sepresentan dentro su /m ito+ a fin de resol.erlas con ma(or eficiencia e inmediateF+ lo que contri uir/ al fortalecimientodel Sistema de #ies,os del Tra a o&
ue la "erencia de suntos Le,ales tomó inter.ención en orden a su competencia&ue la presente se dicta en uso de las atri uciones conferidas por el apartado 1 del art culo 37+ de la Le( de #ies,os del
Tra a o&'or ello+EL SU'E#I0TE0!E0TE !E #IES"$S !EL T# B =$ #ESUEL9E5
rt culo 1 ] %rHanse las !ele,aciones #e,ionales de la SU'E#I0TE0!E0%I !E #IES"$S !EL T# B =$ DS&T& +cu(os /m itos ,eo,r/ficos de actuación se determinar/n conforme con las necesidades operati.as del $r,anismo&
rt& 2 ] Las !ele,aciones #e,ionales estar/n a car,o de un !ele,ado #e,ional S&T& desi,nado por la m/*imaautoridad del $r,anismo+ ( contar/n con la asistencia del personal profesional+ tHcnico ( administrati.o que a esosefectos se desi,ne&
rt& 3 ] El !ele,ado #e,ional S&T& representar/ administrati.amente a esta S&T& dentro del /m ito de la re,iónasi,nada+ e ercer/ el control super.isión administrati.a de las %omisiones MHdicas ( $ficinas de Comolo,ación ( 9isadoque se encuentren en su radio+ ( cumplir/ con todos los actos de ,estión que se le dele,ue en forma espec fica&
rt& 4 ] El !ele,ado #e,ional S&T& ser/ el ne*o institucional+ dentro de su competencia+ entre esta S&T& ( las !MI0IST# %I$0ES !E T# B =$ L$% LES+ el '$!E# =U!I%I L ( todos los actores del Sistema de #ies,os delTra a o+ para la cual reco,er/ las inquietudes que se le formulen ( rindar/ la cooperación ( asistencia tHcnica que lasuperioridad le indique&
rt& ; ] El !ele,ado #e,ional S&T& podr/ inter.enir en forma directa en la tramitación ( respuesta de los reclamospresentados por tra a adores radicados en su /m ito de acción+ propendiendo a una resolución r/pida ( eficaF& rt& 7 ] El !ele,ado #e,ional S&T& tendr/ dependencia er/rquica funcional directa de la "erencia "eneral+ a la quereportar/ de sus actos+ ( re.estir/n la cate,or a la oral de =efe de !epartamento&
rt& < ] %omun quese+ pu l quese+ dHse a la !irección 0acional del #e,istro $ficial+ ( arc) .ese& ] =uan C&"onF/leF "a.iola
IndemniFar/n enfermedades la orales no pre.istas en el listadoLa %orte onaerense declaró la inconstitucionalidad del art culo &2 de la Le( de #ies,os del Tra a o 24&;;&- dem/s+ dispuso que los tra a adores que sufran accidentes tendr/n+ por lo menos+ la co ertura que fi a lale( a car,o de la #T&
$8pte: Buticce; c7 .u ,ont /rgentina *@/ G .años y ,erjuciosV L@ 1@1" G *upre&a Corte deusticia Bonaerence@
La Suprema %orte de =usticia+ por ma(or a+ en la causa QButicce+ cR !u 'ont r,entina S& + declaró lainconstitucionalidad del art& 7 de la Le( de #ies,os de Tra a o por ne,ar el pa,o de indemniFación en casosde da:os la orales pro.ocados por enfermedades no reconocidas en ese rH,imen le,al&Lo dispuso a tra.Hs de una sentencia que )iFo lu,ar al recurso e*traordinario interpuesto por la defensa de unoperario del ru ro te*til que+ como consecuencia de las tareas la orales realiFadas+ sufrió di.ersas afeccionesen su salud Dcer.ico raquial,ia+ lum ociatal,ia+ pHrdida parcial de la mo.ilidad de la cadera@ )ipertensiónarterial ( ./rices + )asta pro.ocarle una incapacidad total del 6A+8V+ de la cual se pro ó que el
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su redacción ori,inal + en cuanto esta lece que no ser/n resarcidas las enfermedades -aunque se prue e quefueron causadas por el tra a o- que no se encuentran incluidas en un listado [ta*ati.o- que complementadic)a norma&
firmó la !ra& o,an+ a cu(a .oto ad)irieron los !res& "enoud+ Citters ( de LaFFari5 QLa inconstitucionalidad deuna norma como la e*aminada deri.a entonces+ fundamentalmente+ de pro.ocar una restricción irraFona le delas ,arant as ( derec)os consa,rados por la %onstitución 0acional+ pro.ocando un resultado pe(orati.o que sematerialiFa en el caso mediante la consa,ración del m/s a soluto desamparo ( el desprecio de una realidadimperati.amente colocada como especial o eto de tutela+ al pri.ar al tra a ador . ctima de dolenciasincapacitantes que se comprue an como deri.adas del tra a o+ del resarcimiento que le es de ido D&&& +ino ser.ancia que por otra parte reconoce enfatiFando la iniquidad que encierra un fundamento meramente.oluntarista ( de neto ( e*clusi.o corte economicista &
En tanto+ ( sin per uicio de reiterar su opinión en punto a la in.alideF constitucional de la norma cuestionada ( tam iHn dreconocer el derec)o del tra a ador a o tener el resarcimiento reclamado a o el amparo del %ódi,o %i.il+ el !r& 0e,rise:ala que el an/lisis de la .alideF constitucional del art& 7+ ap&2X de dic)a le( resulta -en casos como el tratado- inoficiopues a ierta la . a a la pretensión intentada con respaldo en el derec)o comGn+ queda desplaFada la norma la oral&
%omo conclusión+ se resol.ió re.ocar la sentencia del Tri unal del Tra a o de uilmes que )a a rec)aFado lademanda ( disponer que la causa .uel.a al uF,ado de ori,en para que+ con una nue.a inte,ración+ incorpore elda:o padecido por el reclamante en el marco de la Le( de #ies,os del Tra a o (+ adem/s+ determine sicorresponde el pa,o de una reparación inte,ral a tra.Hs de una acción ci.il&
$ itar la consagraci6n de la i&punidadEntre sus amplios fundamentos+ se destaca que la norma declarada inconstitucional pone en e.idencia laruptura del sistema en relación a la %onstitución 0acional+ so re todo lue,o de la reforma de 1664+ Qinspiradaen claras prescripciones tuiti.as de la usticia social+ as como profundiFadora de la protección que merece eltra a ador como su eto preferente de tutela & Se:ala el fallo que Qla Le( de #ies,os de Tra a o )a declaradocomo uno de sus o eti.os la reparación de los da:os deri.ados de accidentes de tra a o ( enfermedadesprofesionales& 0o o stante el ele.ado propósito de tal enunciado+ no parece dudoso que asimismo desterróclaramente del sistema los supuestos de enfermedades profesionales no incluidas+ ( las denominadasYenfermedades accidenteY+ de ando claramente fuera del sistema reparatorio supuestos como el de este caso+en el que aparece de idamente acreditado el dHficit f sico en la salud del accionante con moti.o deincumplimientos del empleador + ( es este aspecto lo que pone en crisis la .alideF constitucional de la norma&
#eplicando ar,umentos de la #T ( del empleador+ la sentencia afirma5 QEs impensa le D&&& en el conte*to quese e*amina+ que pueda aceptarse no sólo la desprotección de las . ctimas de infortunios la orales mediante laerradicación del resarcimiento de los da:os padecidos+ sino adem/s la consa,ración de la impunidad queinoculta lemente la norma pro(ecta en relación al responsa le del )ec)o lesi.o &
En s ntesis+ a tra.Hs de este fallo la Suprema %orte adopta una posición de a.anFada en la materia+ (a que adiferencia de lo que ocurre en la urisprudencia predominante+ donde ante enfermedades no contempladas enel rH,imen analiFado todo el peso de la responsa ilidad que o li,a a indemniFar recae so re el empleador -li erando a las se,uradoras de #ies,o del Tra a o D #T -+ en la 'ro.incia de Buenos ires los tra a adoresque sufran accidentes ( enfermedades Dincluidas o no en el Qlistado siempre tendr/n+ por lo menos+ laco ertura de la Le( de #ies,os del Tra a o Dprestaciones en especies dinerarias+ a car,o de la #T + sinper uicio de poder reclamar al empleador el pa,o de la diferencia )asta o tener una indemniFación raFona le+
en el caso en que estos Gltimos )u ieren incurrido en responsa ilidad ci.il&5or: 5ablo ;ndr@s Aosta3no Balil 'ara finaliFar el tema+ ane*amos un art culo del 1 de ril de 2A11+ con no.edades so re el sistema&
$ste iernes inicia el seguro adicional para riesgos del trabajo *eis co&pañías fueron autori(adas para cubrir laresponsabilidad ci il de los e&pleadores por accidentes laborales@%tras ! fir&as podrían ser Habilitadas
Seis compa: as de se,uros fueron autoriFadas por la Superintendencia para cu rir la responsa ilidad ci.il de losempleadores en accidentes de tra a o&
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Las compa: as son Sancor Se,uros+ Ber^le(+ Equitati.a del 'lata+ ederación 'atronal+ San %ristó al ( La Se,unda+se,Gn la resolución firmada por el Superintendente rancisco !ura:ona& $tras cinco firmas podr an ser autoriFadas en lospró*imos d as&
El o eti.o del mismo ese itar 'ue las e&presas tengan 'ue afrontar una erogaci6n e8tra a la 'ue abona la/seguradora de Riesgos de Trabajo
D #T a los empleados accidentados o a los familiares+ en caso de que el dependiente )u iera fallecido&
Sucede que la %orte Suprema de la 0ación dictó la inconstitucionalidad del art culo 36 de la Le( 24&;;
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ctualmente )a( m/s de 8 millones de tra a adores ase,urados por las #T& se producen m/s de 7AA&AAAaccidentes por a:o+ de los cuales 8AA son fatales+ inclu(endo entre el domicilio ( el lu,ar de tra a o del tra a ador&
El sistema afronta muc)os uicios porque para los ueces las indemniFaciones que pa,an las #T son a as&
'or eso en los fallos fi an montos m/s ele.ados & En ese caso+ el empleador de e afrontar las indemniFacionesadicionales&
El costo del se,uro de las #T equi.ale en promedio al 3V de la masa salarial+ con fuertes diferencias se,Gn el tama:odel empleador& )ora se a,re,a el costo de este nue.o se,uro&