lección 2 los presupuestos procesales. alcance conceptual exigencias procesales del debido proceso...
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Leccin 2Los presupuestos procesales
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Alcance conceptual Exigencias procesales del debido proceso penalLey penalHecho previsto en la normaAutor VictimaY un juez
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Con relacin al objeto del procedimientoAplicar la ley penal al sujeto identificado como autor o participar del h.p.Descubrir la verdad histrica ofreciendo las garantas del debido procesoRedefinicin del conflicto social a travs de la sentencia definitiva
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Con relacin a la capacidad jurisdiccionalArt. 16 de la C. N.La defensa en juicio de las personas y de sus derechos es inviolable. Toda persona tiene derecho a ser juzgada por tribunales y jueces competentes, independientes e imparciales. Art. 31 jurisdiccin penal improrrogableArt. 38 jerarqua de los jueces
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Artculo 40 - Del derecho a peticionar a las autoridadesToda persona, individual o colectivamente y sin requisitos especiales, tiene derecho a peticionar a las autoridades por escrito, quienes debern responder dentro del plazo y segn las modalidades que la ley determine. Se reputar denegada toda peticin que no obtuviese respuesta en dicho plazo
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Artculo 3- .Del Poder PblicoEl pueblo ejerce el Poder Pblico por medio del sufragio. El gobierno es ejercido por los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial en un sistema de independencia, equilibrio, coordinacin y recproco control. Ninguno de estos poderes puede atribuirse, ni otorgar a otro ni a persona alguna individual o colectiva, facultades extraordinarias o la suma del Poder Pblico. La dictadura est fuera de la ley
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Con relacin a la participacin del ofendidoLegitimacin el ministerio pblico art. 266 C.Nal.La victima Art. 67Parientes menoresNemo iure sine actore268 inc. 2 y 3 C.Nal
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Artculo 68. DERECHOS DE LA VCTIMA. La vctima tendr derecho a:1) recibir un trato digno y respetuoso, que se hagan mnimas sus molestias derivadas del procedimiento, la salvaguarda de su intimidad en la medida en que no obstruya la investigacin y a la proteccin de su seguridad, la de sus familiares y la de los testigos que depongan en su inters, a travs de los rganos competentes;
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2) intervenir en el procedimiento penal, conforme con lo establecido por este cdigo; 3) ser informada de los resultados del procedimiento, aun cuando no haya intervenido en l, siempre que lo solicite; 4) ser escuchada antes de cada decisin que implique la extincin o suspensin de la accin penal, siempre que lo solicite; y, 5) impugnar la desestimacin o el sobreseimie-nto definitivo, aun cuando no haya intervenido en el procedimiento como querellante. La vctima ser informada sobre sus derechos cuando realice la denuncia o en su primera intervencin en el procedimiento.
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Con relacin a la participacin del imputadoArt. 74 C.P.P. imputadoEjercicio de la defensaRebelda art. 82 136Todas las garantas a favor del imputadoEleccion del abogado defensorLibertad de declararArt. 5 induvio pro reo
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Con relacin a la prosecucin del procesoLos plazos son perentorio e improrrogables 129 c.p.p.Actos 120 c.p.p.139 perentoriedad136 duracin mxima
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PLAZOSArtculo 129. PRINCIPIOS GENERALES.Los actos procesales sern cumplidos en los plazos establecidos. Los plazos legales y judiciales sern perentorios e improrrogables y vencern a las veinticuatro horas del ltimo da sealado, salvo que la ley permita su prrroga o subordine su vencimiento a determinada actividad o declaracin de voluntad.
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Finalidades que pretende cumplirConvivenciaJusticiaRespeto a la dignidad humana
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Relaciones con otras cienciasDerecho penalDerecho constitucionalDerecho civilProcesal civilAdministrativoPenitenciarioMedicina, criminalstica, econmica, fiscal, medio ambiente, aduanero, tributario etc.