lavado de activos · una investigación o juzgamiento por delito de lavado de activos, o...
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LAVADO DE ACTIVOS
DOCENTE: MÓNICA JÁCOBO GUERRERO
INDICIOS LAVADO DE ACTIVOS – DESBALANCE PATRIMONIAL
Si su Patrimonio ha experimentado unincremento, en determinado periodo detiempo, y este no guarda relación con lasrentas declaradas al fisco, o no se le conoceactividad empresarial, y existen elementos quellaman la atención de los entes que vigilan lalegalidad en el país.
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Instituciones Plan Nacional Lucha contra LA
FUENTES DE INFORMACIÓN
➢Antecedentes de investigación en delitos precedentes
➢Actividades ilícitas (secuestro, robo, extorsión,proxenetismo, narcotráfico, minería ilegal, defraudacióntributaria, etc.).
➢Signos exteriores de riqueza
➢Acumulación de patrimonio de familiares sinjustificación de generación de ingresos
➢Seguimiento por testaferros
➢Movimientos inusuales de dinero en el sistemafinanciero
FUENTES DE INFORMACIÓN
➢Reportes de Operaciones Sospechosas por la UIF –Oficiales de Cumplimiento
➢Denuncias
➢Movimientos bancarios según ITF
➢Pagos de tarjeta de crédito.
➢Declaración de notarios.
➢Declaración anual de operaciones con terceros.
➢Información de registros públicos.
➢Declaración de importaciones.
➢Adquisición de acciones (mercado de valores)
➢Incremento de capital (notarios, registros públicos).
➢Capitanía de puertos (embarcaciones de recreo)
➢Rentas no declaradas al fisco (evasión -defraudación)
➢Utilización de personas interpuestas (testaferros)
➢Creación de personas jurídicas con el solo objetivode obtener la renta y no declararla al fisco.
➢Préstamos no bancarizados y no sustentados
➢Remesas de dinero del exterior no acreditadas
FUENTES DE INFORMACIÓN
✓Donaciones o herencias recibidas que no constan enescritura u otro documento fehaciente.
✓Movimientos bancarios no controlados adecuadamente.
✓Falta de control del dinero recibido y posteriorjustificación.
✓Adquisición de bienes: muebles e inmuebles
✓Consumo que no se ajusta con el nivel de ingresos
FUENTES DE INFORMACIÓN
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DELITOS PRECEDENTES
Se desarrolla usualmente mediante
la realización de varias operaciones,
encaminadas a encubrir cualquier
rastro del origen ilícito de los
recursos.
NOTA: NO ES NECESARIO DEMOSTRAR EL DELITO PRECEDENTE
Fuente: SBS
Conjunto de operaciones realizadas por una o más PN o
PJ, tendientes a ocultar o disfrazar el origen ilícito de
bienes o recursos que provienen de actividades
delictivas.
DEFINICIÓN
1.El delito se concreta a través de actividades que en símismas no son ilegales.
2.El objetivo del lavado no es generar una ganancia, sinolegalizar las ganancias ya obtenidas en otras actividadesilícitas.
3.No necesariamente ambos actos se realizan por lamisma persona (delincuente/lavador).
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CARACTERISTICAS
• Bienes no se pueden utilizar ni disfrutar.
• Bienes representan riesgo de detección de
actividades ilícitas.
• Requiere circuitos económicos para el disfrute de
las ganancias ilícitas.
• El dinero ilícito no sólo atrae a las autoridades
sino a otros delincuentes.
PORQUE SE LAVAN ACTIVOS
CIRCUITO
• Los capitales ilícitos tiene una relación directa
con el delito (producto).
• Presenta enormes riesgos para el delincuente.
• Las ganancias ilícitas se encuentran por fuera
de los circuitos económicos.
• Representa la necesidad de lavar activos.
ESQUEMA DE LA OBTENCIÓN, ADQUISICIÓN O
RECOLECCIÓN
ESQUEMA DE LA OBTENCIÓN, ADQUISICIÓN O
RECOLECCIÓN
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El que convierte o transfiere
dinero, bienes, efectos o
ganancias cuyo origen ilícito
conoce o debía presumir, con
la finalidad de evitar la
identificación de su origen, su
incautación o decomiso.
PPL: No menor de 8 ni mayor
de 15 años
Días multa: 120 a 350
ACTOS DE CONVERSIÓN Y TRANSFERENCIA
• Fase de mayor riesgo para el delincuente.
• Busca la penetración del sistema financiero.
• Se trata de justificar el origen del dinero con
actividades económicas rentables: ganadería,
negocios, juegos de azar, seguros, venta de
bienes o servicios, etc.
• Se suele acudir al manejo de pequeñas sumas
para evitar sospechas (fraccionamiento).
COLOCACIÓN O FRACCIONAMIENTO
COLOCACIÓN O FRACCIONAMIENTO
• Es el lavado de activos propiamente dicho.
• Se aprovecha al máximo las ventajas del
sistema financiero.
• Se caracteriza por la realización de distintas
operaciones: Bolsa, fiducias, transferencias ,
etc.
• El dinero se aleja de su fuente ilícita.
• El dinero ilícito penetra los distintos circuitos
económicos.
CONVERSIÓN O TRANSFORMACIÓN
CONVERSIÓN O TRANSFORMACIÓN
• El dinero se encuentra disponible para realizar
cualquier tipo de inversión lícita o ilícita.
• Los capitales ilícitos se integra en cualquier sector
de la economía.
• Se caracteriza por la realización de distintas
inversiones: inmobiliarias, financieras, industriales,
etc.
• Justifica el nivel de vida y las operaciones del
delincuente por su apariencia de legalidad.
• Es la fase de mayor dificultad para efectos
investigativos.
INTEGRACIÓN O REINVERSIÓN
INTEGRACIÓN O REINVERSIÓN
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El que adquiere, utiliza, posee,
guarda, administra, custodia,
recibe, oculta o mantiene en
su poder dinero, bienes,
efectos o ganancias, cuyo
origen ilícito conoce o debía
presumir.
PPL: No menor de 8 ni
mayor de 15 años
Días multa: 120 a 350.
ACTOS DE OCULTAMIENTO Y TENENCIA
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El que transporta o traslada consigo
o por cualquier medio dentro del
territorio nacional dinero en efectivo o
instrumentos financieros negociables
emitidos “al portador” cuyo origen
ilícito conoce o debía presumir, con
la finalidad de evitar la identificación
de su origen, su incautación o
decomiso; o hace ingresar o salir del
país consigo o por cualquier medio
tales bienes, cuyo origen ilícito
conoce o debía presumir, con igual
finalidad.
PPL: No menor de 8 ni
mayor 15 años
Días multa: 120 a 350.
Transporte, traslado, ingreso o salida por territorio nacional de
dinero o títulos valores de origen ilícito
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La omisión por culpa de la comunicación de
transacciones u operaciones sospechosas.
Días multa: 80 a 150.
Inhab: De 1 a 3 años
Omisión de comunicación de operaciones o
transacciones sospechosas
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El que incumpliendo sus obligaciones funcionales o
profesionales, omite comunicar a la autoridad
competente, las transacciones u operaciones
sospechosas que hubiere detectado.
PPL: No menor de 4 ni mayor de 8 años
Días multa: 120 a 250.
Inhab: No menor de 4 años
Omisión de comunicación de operaciones o
transacciones sospechosas
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El que rehúsa o retarda suministrar a la autoridad
competente, la información económica, financiera, contable,
mercantil o empresarial que le sea requerida, en el marco de
una investigación o juzgamiento por delito de lavado de
activos, o deliberadamente presta la información de modo
inexacto o brinda información falsa.
PPL: No menor de 2 ni mayor de 4 años
Días multa: 50 a 80.
Inhab: No mayor 3 años
Rehusamiento, retardo y falsedad en el suministro de
información
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Empresas del sistema financiero, AFP, emisoras de tarjetas
de crédito, Cooperativas de ahorro y crédito, dedican a la
compraventa de divisas, actividad de la construcción y/o la
actividad inmobiliaria, agentes inmobiliarios, explotación de
juegos de casinos y/o máquinas tragamonedas, explotación
de apuestas deportivas, explotación de juegos de lotería y
similares, agentes de aduana, notarios, mineras, comercio de
joyas, metales y piedras preciosas, monedas, objetos de arte
y sellos postales, entre otros.
SISTEMA GENERAL DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE
ACTIVOS Y DEL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO – SPLAFT
GENERAL
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Abogados y contadores públicos colegiados, que de manera
independiente o en sociedad, realizan o se disponen a realizar en
nombre de un tercero o por cuenta de este, de manera habitual, las
siguientes actividades:
a) Compra y venta de bienes inmuebles.
b) Administración del dinero, valores, cuentas del sistema financiero
u otros activos.
c) Organización de aportaciones para la creación, operación o
administración de personas jurídicas.
d) Creación, administración y/o reorganización de personas jurídicas
u otras estructuras jurídicas.
e) Compra y venta de acciones o participaciones sociales de
personas jurídicas.
La información que estos sujetos obligados proporcionan a la UIF-
Perú se restringe a aquella que no se encuentra sujeta al secreto
profesional.
SPLAFT GENERAL
CÁLCULO DESBALANCE PATRIMONIAL
Notarios
Conceptos de gasto y/o
Salida de Dinero
Aporte de Capital
Gastos con DNI
Salidas de Dinero
por ITF
Ingresos de
Persona
Natural
Ingresos de
Actividad
Empresarial
- - Financiamiento
Ingresos Financiamiento
Nota: Pericias en investigación de LA
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DESBALANCE PATRIMONIAL NO CONFIGURA LAVA
Sala Penal Nacional Colegiado D:
Sentencia Exp. 100-2010-0 (23.01.2018)
Los actos constitutivos del tipo de lavado de activos
son: conversión, transferencia, ocultamiento y tenencia.
El desbalance patrimonial, no es un elemento del tipo de
lavado de activos, menos configura -por sí- un injusto penal.
El desbalance patrimonial es un indicio posterior que
como i) hecho base, conjuntamente con ii) la inferencia
y iii) el hecho indicado conforma la estructura de la prueba
indiciaria. El desbalance patrimonial para tener la entidad
epistémica de hecho base debe estar probado; de lo
contrario, es soto sospecha, mera conjetura, o mala
conciencia.
Cárcel por LA y DT
• El Juzgado Colegiado de la Corte Superior de Justicia de LaLibertad condenó a 12 años de prisión efectiva al alcalde deldistrito de Chao, en la provincia de Virú, Ney Helí GámezEspinoza, por los delitos de defraudación tributaria y lavadode activos.
• La investigación se inició debido a una llamada telefónicaanónima recibida por personal policial de la DivisiónAntidrogas de Trujillo, el día 24 de noviembre del 2003,mediante la cual se denunciaba que Ney Gámez Espinoza sededicaba al tráfico Ilícito de drogas y lavado de dineroprovenientes de esta actividad.
El Peruano 12/1/2016
Cárcel por LA y DT
•Durante el proceso el alcalde de Chao intentódemostrar que su patrimonio no provenía deltráfico ilícito de drogas, sino de actividadescomerciales lícitas como son la venta de maízamarillo y alquiler de maquinaria agrícola.•Sin embargo, tras realizar las pericias e
investigaciones correspondientes se llegó adeterminar que el sentenciado ocultó el totalde sus ingresos en las declaraciones juradasmensuales de IGV y así evitó el pago de dichosimpuestos ocasionando una pérdida al Estadode varios millones de soles.
El Peruano 12/1/2016
VINCULACIÓN DT-LA-IPNJ
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IPNJ:
• Rentas no declaradas (presunción)
• Desbalance patrimonial
• Limites de sustento (No se puede sustentar con actividades ilícitas)
DELITO TRIBUTARIO:
• Ocultar ingresos, activos de manera fraudulenta para dejar de pagar tributos.
• No prospera con determinación sobre base presunta
LAVADO DE ACTIVO
• Uno de los delitos precedentes Delito Tributario, y otros
• Origen desbalance patrimonial, no puede sustentar el IPNJ con actividades ilícitas.
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VINCULACIÓN DT-LA-IPNJ
Prueba Indiciaria:
“… [1] la prueba indiciaria consiste en la reunión einterpretación de una serie de hechos y circunstanciasrelativos a un injusto determinado que se investiga, aefectos de intentar acceder a la verdad de lo acontecidopor vía indirecta. Por medio de la prueba indiciaria lo quese hace es probar directamente hechos mediatos paradeducir de éstos aquellos que tienen una significacióninmediata para la causa[2].”[1] DESIMONI, Luis María; La evidencia en materia criminal. Buenos Aires: Ábaco de Rodolfo Depalma, 1998, p. 93. SERRA DOMÍGUEZ, Manuel; Estudios de derecho procesal. Barcelona: Ariel, 1969, pp. 700-701.
[2] MITTERMAIER, Karl; Tratado de la prueba en materia criminal. Buenos Aires: Hammurabi, 1979, p. 441.
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VINCULACIÓN DT-LA-IPNJ
RECOMENDACIONES
✓Se debe llevar una contabilidad personal del movimientodel patrimonio.
✓Las donaciones recibidas deben constar en escriturapública o documento fehaciente.
✓Los préstamos recibidos constar en contrato de fechacierta y ser bancarizados, tanto la entrega como ladevolución.
✓ Ya no es muy recomendable mantener el dinero enefectivo, pues no existe forma de acreditar sudisponibilidad.
✓Documentar el origen de las ganancias y/o incrementopatrimonial.
MUCHAS GRACIAS…
942115989
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Jr. Monte Caoba No 1032 –Of. 101
Surco - Lima