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Las Cuestiones Jurídicas que necesito saber sobre el Programa de Golden Visa en España

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Las Cuestiones Jurídicas que necesito saber sobre el Programa de Golden Visa en España

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Las Cuestiones Jurídicas que necesito saber sobre el Program

a de Golden Visa en España

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Capitulo Página

1. ¿Qué es la Golden Visa y cuáles son los requisitos para obtenerla? 5

2. ¿Cuánto puede costarme la Golden Visa? 5

3. ¿Cuáles son las diferencias entre la Golden Visa y otros permisos de residencia?

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4. ¿Por cuánto tiempo puedo quedarme en España con mi Golden Visa y se puede prorrogar tras su vencimiento?

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5. ¿Hay algún límite en el número de veces que puedo renovar la Golden Visa? 6

6. ¿Se puede utilizar la Golden Visa para convertirse en un residente a largo plazo o un ciudadano/a?

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7. ¿Facilita la Golden Visa visitar otros países europeos? 8

8. ¿Tengo que permanecer un tiempo mínimo en España para no perder mi visado?

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9. ¿Puedo trabajar en España con mi Golden Visa? 8

10. ¿Puedo traer a mi familia a España con la Golden Visa? 8

11. Si contrato a AvaLaw para que organicen la Golden Visa, ¿En qué consiste el servicio y qué necesitarán por mi parte?

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12. El equipo AvaLaw está a su disposición 12

13. Testimonios 13

Índice

AvaLaw es una firma de consultoría jurídica y de negocios especializada, entre otros asuntos, en ayudar a los inversores internacionales a completar inversiones exitosas en propiedad inmobiliaria y negocios en España. Muchos de nuestros clientes han invertido en España para obtener los llama-dos “Golden Visa”, un permiso de residencia y de trabajo concedido a ciuda-danos no comunitarios a cambio de hacer una inversión de cierto tamaño.

Nuestro equipo de inmigración está formado por profesionales con una gran experiencia en España en relación al programa Golden Visa. Hemos ayudado a clientes de docenas de países diferentes con una amplia gama de asuntos de inmigración. Aunque difieran en función de su nacionalidad, características y circunstancias individuales, hay una serie de preguntas que la mayoría de los solicitantes se plantean.

Esta guía está destinada a proporcionar respuestas a estas preguntas más frecuentes en relación a la Golden Visa.

Las Cuestiones Jurídicas que necesito saber sobre el Program

a de Golden Visa en España

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1. ¿Qué es la Golden Visa y cuáles son los requisitos para obtenerla?

La “Golden Visa” es un permiso de residencia español, con permiso de trabajo incluido, que no requiere una estancia mínima anual. El requisito básico es que el solicitante intere-sado haga una inversión en España. La inversión más común es la compra de propiedad inmobiliaria de al menos 500.000 euros.

Cualquier tipo de inversión inmobiliaria reunirá los requisitos (residencia, comercio, solar, plaza de garaje, etc.). La inversión también puede consistir en diferentes inversiones más pequeñas y una vez se haya alcanzado el total de 500.000 euros, se puede solicitar la Golden Visa.

También se puede obtener la Golden Visa en base a una inversión en una empresa espa-ñola o productos financieros. En estos casos, la inversión mínima es de 1.000.000 euros.

2. ¿Cuánto puede costarme la Golden Visa?

El requisito de la inversión mínima de los 500.000 Euros corresponde al precio de compra. Además de las cantidades mínimas de estos 500.000 Euros, tendrá que pagar los gastos de transacción asociados con la adquisición o inversión.

En el caso de la inversión inmobiliaria, los gastos consisten en lo siguiente:

Impuesto de transmisión patrimonial (ITP): 6% - 11% dependiendo de la comunidad autónoma y del tamaño de la inversión.

Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD): 0% - 2.5% dependiendo del tipo de propiedad y de la comunidad autónoma.

Notarios, Registros y Comisiones Bancarias, Honorarios Legales y costes varios: en total, 2-3% aproximadamente del precio de compraventa.

Servicio de personal shopper inmobiliario (opcional) 2-3% aproximadamente del precio de compraventa.

En todos los casos, un presupuesto total de 600.000 euros por familia es suficiente para obtener la Golden Visa en cualquier lugar de España para cualquier tipo de propiedades.

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3. ¿Cuáles son las diferencias entre la Golden Visa y otros permisos de residencia?

La Golden Visa difiere radicalmente de los permisos de residencia tradicionales españoles en varios aspectos:

a) La renovación de la Golden Visa no requiere una estancia mínima en España.

b) El procedimiento de solicitud de una Golden Visa es fácil y rápido. Si se realiza la inver-sión mínima y el solicitante no tiene ningún antecedente penal, el visado prácticamente siempre se concede, siempre que la solicitud haya sido correctamente preparada y presentada.

c) La Golden Visa incluye un permiso de trabajo, se concede al titular el derecho de trabajar en España con el derecho a residir en España.

d) La Golden Visa permite al inversor traer a su familia más cercana.

4. ¿Por cuánto tiempo puedo quedarme en España con mi Golden Visa, y se puede prorrogar tras su vencimiento?

El permiso de residencia del inversor inicial es válido por dos años y puede renovarse tras su vencimiento por períodos de cinco años, siempre que el inversor mantenga la inversión.

5. ¿Hay algún límite en el número de veces que puedo renovar la Golden Visa?

No, no hay límite en las veces que se puede prorrogar una Golden Visa, pero es necesario mantener la inversión mínima en todo momento. No obstante, el titular de una Golden Visa puede cambiar los tipos de inversión, por ejemplo, de una propiedad a otra o de propie-dad inmobiliaria a un depósito bancario.

Muchos de nuestros clientes han invertido en España para obtener los llamados “Golden Visa”, un permiso de residencia y de trabajo concedido a ciudadanos no comunitarios a cambio de hacer una inversión de cierto tamaño.

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6. Se puede utilizar la Golden Visa para convertirse en residente de larga duración o ciudadano/a?

Sí, si vive en España con la Golden Visa, tras cinco años de residencia efectiva puede conver-tirse en residente de larga duración y obtener un permiso de residencia válido para periodos de cinco años. El efecto principal es que la inversión ya no se debe conservar obligatoriamen-te para mantener el estatus de residente. Teniendo el permiso de residencia de larga duración existe, además, la posibilidad de solicitar un cambio de residencia a otro país de la UE.

Si el inversor vive en España, puede obtener la nacionalidad española tras 10 años, con el derecho a pasaporte español incluido. Los ciudadanos latinoamericanos y de algunos otros países pueden solicitar la nacionalidad tras 2 años de residencia.

La opción de solicitar la nacionalidad y/o permiso de residencia de larga duración se aplica solo a inversores que efectivamente residen en España. Los inversores que vienen a España solo ocasionalmente con su Golden Visa no son elegibles para la nacionalidad o la residencia de larga duración.

7. ¿Facilita la Golden Visa visitar otros países europeos?

Sí, una Golden Visa funciona como un visado turístico para el resto de países que perte-necen al espacio Schengen. Esto quiere decir que un titular de una Golden Visa tiene el derecho de permanecer en España por un período ilimitado de tiempo, y además en el espacio Schengen durante 90 días dentro de cada período de 180 días.

8. ¿Tengo que permanecer en España un tiempo mínimo en España para no perder mi Golden Visa?

No, no hay un tiempo mínimo de permanencia en España para mantener la Golden Visa. Sin embargo, si el titular del visado decide voluntariamente estar más de seis meses al año en España, podría convertirse en un residente fiscal en España para ese año concreto y declarar y pagar los impuestos en España sobre sus ingresos globales.

9. ¿Puedo trabajar en España con mi Golden Visa?

Sí, la Golden Visa concede automáticamente un permiso de trabajo al titular del visado y a los miembros de su familia inmediata.

10. ¿Puedo traer a mi familia a España con la Golden Visa?

Sí, el inversor puede traer a su cónyuge y sus hijos menores de 18 años, así como los hijos mayores de 18 y sus padres, siempre y cuando sean dependientes económica-mente del inversor. Los visados para los miembros familiares son idénticos al del inversor y pueden obtenerse al mismo tiempo o a posteriori, según lo que sea más conveniente para los solicitantes.

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11. Si contrato a AvaLaw para que organicen la Golden Visa, ¿En qué consiste el servicio y qué necesitarán por mi parte?

Es muy sencillo. Lo único que necesitamos de usted es que tenga los fondos de inversión disponibles, que visite España un par de días para escoger el activo en el que desea invertir, que conozca un banco español acompañado por uno de nuestros aboga-dos y firme un Poder Notarial para que le podamos representar. Tras su visita, nuestros profesionales gestionarán todo en su nombre bajo sus instrucciones a distancia.

Nuestro pack completo consiste en ayudarle a cerrar la transacción de adquirir la inver-sión requerida en España de manera exitosa, con los riesgos mínimos y sin sorpresas durante el proceso de adquisición o después de que se haya completado.

Si compra una propiedad inmobiliaria, entre otras cosas, se incluyen los servicios que se describen a continuación:

Le presentamos a agentes inmobiliarios profesionales, experimentados y dignos de confianza, que pueden ayudarlo a encontrar las mejores propiedades posibles.

Recomendar inmobiliarias fiables para ayudar a identificar las propiedades que co-rresponden sus criterios de inversión.

Planear y estructurar la operación para minimizar el impacto excesivo de impuestos y evitar costes innecesarios.

Proveer en conocimientos y contactos durante la negociación con cualquier banco con el objetivo de obtener las mejores condiciones posibles para los servicios banca-rios necesarios y reducir las altas comisiones bancarias durante el procedimiento.

Asistirle en los requisitos jurídicos para la legislación contra el blanqueo de capitales.

Solicitar o renovar sus códigos obligatorios personales de identificación, también llamados números “NIE”.

Proveerle con soporte legal en negociaciones con el agente inmobiliario y/o vendedor.

Preparar y realizar la due diligence de la potencial inversión.

Calcular el coste total completo de la operación prevista (precio de venta, impuestos, honorarios de registro, honorarios legales, etc., incluidos).

Hacer un resumen sobre los costes recurrentes anuales y mensuales que podrán ori-ginarse tras la compleción de la compraventa (recibos comunitarios, impuestos, etc.).

Realizar el borrador de reserva y/o arras penitenciales si es necesario, con las mejo-res condiciones posibles y riesgos mínimos.

Asegurar que el contenido del borrador de la escritura pública final hecho por el Notario en español sea correcto.

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Asegurar que compra la propiedad libre de cargas y gravámenes cancelando cual-quier deuda registrada o no registrada del vendedor de la propiedad, a más tardar simultáneamente con la firma de la escritura final de la compraventa.

En el cierre ante el Notario, firmar la escritura de compraventa en su nombre (según el Poder Notarial) o asistirle en la firma.

Supervisar el pago de todos los impuestos necesarios en relación con la inversión, asegurándonos que se han realizado a tiempo y teniendo en cuenta con todos los descuentos legales.

Hacer seguimiento del registro de la propiedad para asegurar que se ha realizado correctamente en su nombre.

Contractar los suministros o cambiar los contratos existentes en su nombre e infor-mando a todas las autoridades correspondientes, entidades (comunidad de vecinos incluida) y empresas sobre el cambio de titularidad.

Proporcionar cualquier asesoramiento jurídico necesario para cerrar la compraventa de manera exitosa.

Los servicios concretos de la Golden Visa consisten en lo siguiente:

Analizar su caso específico y proporcionar asesoramiento con el objetivo de cumplir los requisitos para solicitar una Golden Visa cuando llegue el momento de la solicitud.

Proveerle de información actualizada sobre el proceso, documentos necesarios y requisitos generales.

Aconsejarle cómo maximizar el número de miembros de familia que son elegibles para obtener la Golden Visa basado en su inversión.

Encontrar alternativas de acceso para permisos de residencia para cualquier miem-bro de familia excluido de la Golden Visa.

Coordinar su inversión inmobiliaria con la solicitud de residencia para asegurar que la escritura de compraventa cumple todos los requisitos para obtener la Golden Visa y que todos los procedimientos se coordinen con tiempo para que se pueda solicitar la Golden Visa en el momento óptimo durante el proceso de inversión.

Teniendo en cuenta su origen, su situación actual y sus planes futuros, recomendar las mejores vías para solicitar la Golden Visa con el objetivo de optimizar el tiempo y ahorrar viajes innecesarios y otros gastos. Entre las opciones podemos encontrar:

• Solicitar el visado inversor primero y después el permiso de residencia versus directamente el permiso de residencia.

• Solicitar en España versus solicitar en el país de ciudadanía versus solicitar en el país de residencia.

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Orientarle durante el proceso de obtención, legalización y traducción de los documen-tos necesarios de su país de origen para que sean válidos oficialmente en España.

Encontrar las opciones más adecuadas y rentables para el seguro médico obligatorio o, en el caso de que lo tenga, evaluar si su cobertura es suficiente para la Golden Visa.

Preparar el expediente de solicitud con todos los documentos y formularios necesa-rios, coordinando el procedimiento con el consulado español en el país de origen (si procede), así como con las autoridades locales en España.

Presentar la solicitud en España en su nombre.

Realizar el seguimiento de su proceso de solicitud y asesorarle en otras cuestiones jurídicas y prácticas necesarias hasta que la decisión se notifique a los solicitantes.

Actuar como sus representantes a efectos de notificaciones para recibir todas las co-municaciones por parte de las autoridades de inmigración de una manera oportuna.

Asistirle al tramitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero, que será su documento de identidad en España.

Proporcionarle información útil sobre los requisitos para obtener la residencia perma-nente o nacionalidad, según sea relevante en su caso particular.

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12. El equipo AvaLaw está a su disposición

Entre otros, los siguientes profesionales de AvaLaw están a su servicio:

Raisa Venermo Socia

+34 667 558 094

Lourdes Santisteban Socia

+34 646 527 710

“La persona que dice que no se puede hacer algo, no debe

interrumpir a la persona que lo está haciendo”

— Proverbio chino —

“«Eficiencia significa hacer bien las cosas. Eficacia es hacer

las cosas que hay que hacer” — Peter Drucker —

Julia Fredriksson Directora del Departamento

de Inmigración+34 618 278 627

“Si no lo puedes explicar de forma simple, no lo entiendes

suficientemente bien” — Albert Einstein —

Mar Rubí Directora del Departamento

de Real Estate+34 690 952 460

“Lo conseguimos porque no sabíamos que era imposible”

— Nando Parrado —

Alejandro Puyo Director de Tax & Accountancy

+34 682 421 345

“La muerte y los impuestos son lo único cierto, pero los impues-tos son peor, porque la muerte

no sucede todos los años” — Terry Pratchett —

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13.“¡RecomendaríamosdefinitivamenteAvaLawaotrosclientes!”

Hemos recogido a continuación las opiniones de algunos de nuestros clientes:

“Estoy impresionado por la rapidez con la que han comprendido las necesidades y objetivos de mi empresa”

Robert Strom OwusuEmpresario

“Estoy muy contenta con los servicios relacionados en testamentos,

herencias, fiscales, etc.”

Sheelagh RatliffPropietaria de un hotel rural en Menorca

“En AvaLaw he encontrado exactamente lo que buscaba”

B.K. Dutch investment banker

Ramon RieraPresidente Europeo de FIABCI

“AvaLaw nos ofrece esa seguridad, esa eficacia profesional y esa confianza que nuestros clientes nos piden constantemente”

“Antes de ser Asesor en el Sector Hotelero en AvaLaw, fui su cliente para mi inversión inmobiliaria. AvaLaw ha sido un aliado clave para el éxito de mi empresa en España”

Matthew CoeAbogado, Inversor

En nuestra página web avasla.es, puede encontrar más información sobre nosotros en forma de presentaciones, vídeos o entrevistas a clientes.

Consulte siempre nuestras novedades e informaciones relevantes contactándonos en: [email protected] o llamándonos al +34 934 814 349

BARCELONA / Rambla de Catalunya, 25, 1º · 08007 Barcelona MADRID / Calle de Ayala, 7, 2º · 28001 Madrid

Tel.: +34 934 814 349 · [email protected] · avasla.com