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Laboratorio Costarricense de Metrología DE-445-2019 Informe Presupuesto Ordinario 2020 Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria Diciembre 2019

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Laboratorio Costarricense de Metrología

DE-445-2019

Informe Presupuesto Ordinario 2020

Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria

Diciembre 2019

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DE-445-2019 LACOMET: Presupuesto Ordinario 2020

ÍNDICE RESUMEN EJECUTIVO .......................................................................................................... 1

INTRODUCCION ..................................................................................................................... 2

CAPÍTULO I: ANÁLISIS DEL PRESUPUESTO ORDINARIO Y POI 2020 ............................... 3

1.1. Descripción general de la entidad .............................................................................. 3

1.2. Análisis de los Ingresos ............................................................................................. 4

1.3. Análisis de los Gastos ................................................................................................ 6

1.4. Empleo y salarios ....................................................................................................... 9

1.5. Vinculación del POI 2020 con el PNDIP 2019-2022 ................................................. 10

CAPÍTULO II: VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE DIRECTRICES ............................ 12

CAPÍTULO III: DISPOSICIONES ........................................................................................... 14

BIBLIOGRAFÍA ...................................................................................................................... 15

INDICE DE GRÁFICOS Gráfico 1. LACOMET: Comparativo Ingresos Presupuestados y Efectivos 2016-2019 ............ 5 Gráfico 2. LACOMET: Presupuesto Ordinario 2020 - Estructura de Egresos ........................... 6

INDICE DE CUADROS Cuadro 1. LACOMET: Ingresos por Transferencias Corrientes ................................................ 4 Cuadro 2. LACOMET: Ingresos Presupuestados y Efectivos 2016-2020 ................................. 5 Cuadro 3. LACOMET: Composición del Gasto Presupuestario 2020 ....................................... 6 Cuadro 4. LACOMET: Composición del Gasto Presupuestario 2019-2020 .............................. 8 Cuadro 5. LACOMET: Gastos Presupuestados y Efectivos 2016-2019 .................................... 8 Cuadro 6. LACOMET: Gasto Presupuestado por partida 2016-2020 ....................................... 8

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RESUMEN EJECUTIVO De conformidad con lo dispuesto en los artículos 4°, 23, 24 y 57 de la “Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos” –Ley No. 8131– y el artículo 20 inciso k) de su Reglamento, le corresponde a esta Secretaría Técnica dictaminar los documentos presupuestarios remitidos por las entidades y órganos desconcentrados, para verificar el cumplimiento de las Directrices Generales de Política Presupuestaria, Salarial, Empleo, Inversión y Endeudamiento. Esta Secretaría procedió a realizar el estudio del Presupuesto Ordinario 2020 del Laboratorio Metrológico Costarricense (LACOMET), con base en el comportamiento de los ingresos y egresos, normativa, logro de los objetivos, las prioridades institucionales, entre otros, los cuales son de utilidad para la toma de decisiones de las autoridades del Ministerio de Hacienda. Para el cumplimiento de su misión, el LACOMET presentó el Presupuesto Ordinario 2020 por un monto de ¢1.147,88 millones y el Plan Operativo Institucional, con el respectivo aval de la Ministra de Economía Industria y Comercio (DM-OF-435-19 de 23 de setiembre de 2018). La única fuente de ingresos del Laboratorio para el año 2020 proviene de las “Transferencias Corrientes de Gobierno Central”, dicha transferencia contempla los recursos por la venta de servicios que realiza la institución. En lo que respecta a los egresos proyectados para el 2020, ascienden a ¢1.147,88 millones donde las partidas más significativas son “Remuneraciones” con ¢874,85 millones, con una participación del 76,21%, “Servicios” con ¢111,78 millones (9,74%) y otras partidas (14,05%). La relación de puestos se compone de 42 plazas por cargos fijos, de los cuales el puesto de Director General es el único de confianza. En relación con el POI, la institución remite la “Matriz de Articulación Plan Presupuesto (MAPP)”, que incluye 1 objetivo vinculado con el PND, al cual se le establecen 2 metas institucionales, a las que se asignan recursos por ¢521,90 millones a cada una. La institución, no remite el oficio de aprobación por parte del ministro rector del sector Economía, Industria y Comercio. Además, se evidencian inconsistencias relacionadas con línea base, asignación de recursos financieros, entre otros aspectos, los cuales debe revisar la institución.

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INTRODUCCION El objetivo general de este documento es realizar un análisis del presupuesto presentado por el Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET), con el fin de verificar el cumplimiento de lo establecido en el artículo 19 del Título IV “Responsabilidad Fiscal de la República” de la Ley No. 9635, “Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas”, las Directrices Generales de Política Presupuestaria, Salarial, Empleo, Inversión y Endeudamiento vigentes y otra normativa relacionada con el ámbito de la Autoridad Presupuestaria, así como su vinculación con la programación estratégica en el Plan Operativo Institucional. El estudio consta de tres capítulos; el primero corresponde a la parte sustantiva, donde se presenta un contexto general de la institución, mencionando aspectos como base legal, objetivos, productos o servicios que brinda y sector al que pertenece, según clasificación de la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria. Posteriormente, se analiza el Presupuesto Ordinario 2020, para lo cual se desarrolla la estructura y comportamiento histórico de los ingresos y los gastos, considerando las diversas fuentes de financiamiento y la asignación de recursos entre los diferentes gastos, a nivel presupuestario y efectivo. También, se revisa la cantidad y tipo de plazas contempladas en la relación de puestos de la institución, la valoración salarial y los pluses salariales que devengan. Finalmente, se revisa la vinculación del POI 2020 con el PNDIP 2019-2020 (producción final, objetivos, indicadores y metas), así como los recursos asignados para su cumplimiento. El segundo capítulo, corresponde a la parte de la verificación del cumplimiento de las Directrices, los Procedimientos y demás normativa vigente. Posteriormente, el tercer capítulo incluye las disposiciones que deberá atender la institución en el plazo establecido. Todo lo anterior, permite verificar el cumplimiento de la “Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas”, las Directrices Generales de Política Presupuestaria, Salarial, Empleo, Inversión y Endeudamiento, los Procedimientos para su aplicación y demás normativa vigente. Además, que incorpore recursos para la ejecución de los proyectos de inversión presupuestados y debidamente inscritos en el Banco de Proyectos de Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), así como su participación en la mejora del bien o servicio que brinda, para informar a la institución y a la Contraloría General de la República. Para el proceso de análisis, se utilizaron fuentes de información primaria, documentadas en el Presupuesto Ordinario 2020, los informes de liquidación presupuestaria 2016-2018, la ejecución presupuestaria al II trimestre del 2019, el informe de nivel de empleo III trimestre-2019, plazas autorizadas 2019 y demás documentos remitidos por la institución, así como el oficio STAP-1952-2019, sobre el cumplimiento de la regla fiscal (4,67%). También, se hizo uso de fuentes secundarias de información, como sistemas de datos existentes tales como el Sistema de Consolidación de Cifras del Sector Público (SICCNET), datos existentes en el Sistema de Información sobre Planes y Presupuestos (SIPP) de la Contraloría General de la República, consultas verbales y electrónicas, así como estudios realizados por otros entes externos, entre otros.

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CAPÍTULO I: ANÁLISIS DEL PRESUPUESTO ORDINARIO Y POI 2020

1.1. Descripción general de la entidad El Laboratorio Costarricense de Metrología, es un órgano desconcentrado del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, fue creado mediante Ley No. 8279, Ley del Sistema Nacional para la Calidad, como un órgano de desconcentración máxima, con personalidad jurídica instrumental para el desempeño de sus funciones, adscrito al Ministerio de Economía, Industria y Comercio, que se regirá por las normas nacionales e internacionales aplicables. Dentro de las funciones que tiene asignadas la entidad, se encuentran las siguientes: a) Actuar como organismo técnico y coordinador con otros organismos científicos y técnicos,

públicos y privados, nacionales e internacionales, en el campo de la metrología. b) Difundir y fundamentar la metrología nacional y promover el establecimiento de una estructura

Metrológica nacional. c) Custodiar los patrones nacionales y garantizar su referencia periódica a patrones de rango

superior. d) Promover el uso, la calibración, la verificación y el ajuste de los instrumentos de medición, así

como la Trazabilidad a patrones del Sistema Internacional de Unidades, y garantizar la Trazabilidad de los instrumentos de medida.

e) Regular y vigilar las características de los instrumentos de medición empleados en las transacciones comerciales nacionales y en la verificación del cumplimiento de los requisitos reglamentarios.

f) Fungir como laboratorio nacional de referencia en metrología y, cuando se le requiera, brindar servicios como laboratorio secundario en las áreas de su competencia.

g) Colaborar con la Secretaría de Reglamentación Técnica en la definición de los asuntos metrológicos, para las especificaciones técnicas de los reglamentos.

h) Reconocer, mediante convenios, a otras instituciones como laboratorios nacionales en las magnitudes que se considere pertinente y mantener mecanismos de coordinación y vigilancia para el uso de los patrones. El Laboratorio tendrá la responsabilidad de establecer los requisitos necesarios para otorgar y mantener este reconocimiento y verificar su cumplimiento.

i) Reconocer a instituciones públicas o privadas, físicas o jurídicas, como unidades de verificación metrológicas, de acuerdo con los requisitos legales y técnicos que él disponga. Cuando la institución no esté acreditada, el Laboratorio, justificando debidamente la necesidad del reconocimiento, podrá concederlo y le otorgará el plazo máximo de tres años para que obtenga la acreditación correspondiente.

j) Participar en actividades de verificación del cumplimiento de los reglamentos técnicos, en los campos de su competencia.

k) Participar en instancias internacionales de metrología, en particular la Oficina Internacional de Pesas y Medidas (BIPM) y la Organización Internacional de Metrología Legal.

Los servicios que brinda el LACOMET están orientados al campo de la metrología, como servicios de laboratorio y mantenimiento de patrones nacionales; por lo que definió como misión:

“Difundir y fundamentar el establecimiento de una estructura metrológica nacional de acuerdo con las necesidades del país. Para ello, nuestro equipo de trabajo se compromete a cumplir su contrato de servicio, con actitud proactiva, trato cordial y eficiencia en los procesos”.

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La estructura presupuestaria de LACOMET está constituida por 2 programas: “Gestión Metrológica” y “Gestión Administrativa”, donde el primero constituye el programa sustantivo y por ende concentran sus acciones estratégicas.

1.2. Análisis de los Ingresos

En este apartado se analizarán los ingresos incorporados en el presupuesto ordinario del año 2020, en relación con el período 2016-2019 (este último estimado), considerando su composición relativa, el comportamiento y ejecución al 30 de junio de 2019; así como el Sistema de Información sobre Planes y Presupuestos (SIPP) de la Contraloría General de la República. Los ingresos proyectados por LACOMET en el presupuesto ordinario para el periodo 2020 ascienden a ¢1.147,88 millones, constituidos en su totalidad por “Transferencias Corrientes de Gobierno Central” (Ministerio de Economía, Industria y Comercio), según el artículo 16 de la Ley No. 8279 del 21 de mayo de 2002, Ley del Sistema Nacional para la Calidad. Al respecto, la

justificación de la transferencia corriente, en la Ley No.9791, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2020, se indica que dicho monto es “Para gastos operativos, que corresponden a la venta de servicios (¢68,50 millones) y ¢1.079,38 millones corresponden al aporte del Presupuesto Nacional, según ley del sistema nacional para la

calidad No. 8279 del 02/05/2002”. Dicha suma es consistente con el monto total del presupuesto ordinario institucional 2020. Como se señala en el párrafo anterior, la venta de servicios que realiza la entidad, tanto al sector público como al sector privado, está incluida en la Transferencia de Gobierno y representa un 5,97% de los ingresos totales. Como en años anteriores, la institución no informa sobre el comportamiento de la venta de servicios, por lo tanto, no es posible conocer cada cuánto se revisan los precios de los servicios brindados, información que es relevante, porque al incrementar la venta de servicios, la entidad dependería menos de las transferencias de Gobierno. Para un mejor detalle, en el siguiente cuadro se muestran las transferencias de Gobierno Central asignadas al LACOMET en el periodo 2016-2019, autorizadas mediante Ley de Presupuesto de la República:

Cuadro 1. LACOMET: Ingresos por Transferencias Corrientes Leyes de Presupuesto de la República

2016-2019 (Millones de colones y Porcentajes)

Fuente: Ley General de Presupuesto de la República 2020

Al respecto, es importante recordar, que a partir del 2016 el LACOMET recibe como única fuente de financiamiento la Transferencia de Gobierno Central – Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC); por lo que la institución es responsable de velar por la distribución de los recursos, en apego a las Directrices Generales de Política Presupuestaria, Salarial, Empleo, Inversión y Endeudamiento vigentes. Para el periodo 2020, el LACOMET no incorpora recursos por concepto de superávit.

2016 2017 2018 2019 2020 2017/2016 2018/2017 2019/2018 2019/2020

Venta de servicios 21,60 41,00 72,00 72,00 68,50 89,81% 75,61% 0,00% -4,86%

Transferencia Corriente Gobierno 1.111,40 1.119,50 1.119,50 1.119,50 1.079,38 0,73% 0,00% 0,00% -3,58%

TOTAL INGRESOS 1.133,00 1.160,50 1.191,50 1.191,50 1.147,88 2,43% 2,67% 0,00% -3,66%

PartidaParticipación absoluta Participación relativa

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Seguidamente se muestra, el comparativo de los ingresos presupuestados y efectivos en el periodo 2016 y 2019 (proyectados al cierre 2019), los cuales se muestran muy similares, ya que los niveles de efectividad oscilan entre 78,4% y 101,3%.

Gráfico 1. LACOMET: Comparativo Ingresos Presupuestados y Efectivos 2016-2019

(Millones de colones)

Fuente: STAP con información de las liquidaciones presupuestarias 2016-2017-2018, informe de ejecución a junio 2019 de LACOMET y el SIPP con la herramienta del cubo.

En el cuadro 2, se observa que los ingresos efectivos del año 2017 muestran un crecimiento de 32,04% respecto del 2016, influenciado por el aumento en el monto de la transferencia corriente. Mientras que en 2018 decrece en 16,87%, respecto al 2017 (en ambos periodos se contemplan recursos de superávit), en el 2019 se muestra un crecimiento de 7,34%, respecto al 2018, y en la proyección de ingresos totales 2020 y los proyectados al cierre del 2019 se muestra un decrecimiento de 2,33%%, debido a que en el 2020 no se incorporan recursos de superávit. Por su parte, los ingresos presupuestados por la institución para el año 2020 (¢1.147,88 millones) son inferiores en ¢27,39 millones a los ingresos efectivos estimados para el cierre del año 2019.

Cuadro 2. LACOMET: Ingresos Presupuestados y Efectivos

2016-2020 (Millones de colones y porcentajes)

Fuente: STAP con información de las liquidaciones presupuestarias 2016-2017-2018, informe de ejecución a junio 2019 de LACOMET y el SIPP con la herramienta del cubo.

Presup. Efectivos %

2016 1.273,00 997,58 78,36%

2017 1.300,50 1.317,18 101,28%

2018 1.301,70 1.094,93 84,12%

2019 1.198,64 1.175,27 98,05%

0,00

200,00

400,00

600,00

800,00

1.000,00

1.200,00

1.400,00

2020

Ingresos

Presup.

Ingresos

Efectivos

Ingresos

Presup.

Ingresos

Efectivos

Ingresos

Presup.

Ingresos

Efectivos

Ingresos

Presup.

Ingresos

Efectivos

Ingresos

Presup. 2017/2016 2018/2017 2019/2018

Ingresos Corrientes 1.273,000 997,576 1.160,500 1.160,500 1.161,700 1.094,935 1.147,883 1.147,883 1.147,880 16,33% -5,65% 4,84% 0,00%

Transferencias Corrientes 1.273,000 997,576 1.160,500 1.160,500 1.161,700 1.094,935 1.147,883 1.147,883 1.147,880 16,33% -5,65% 4,84% 0,00%

Transf. Corrientes Gob. Central 1.273,000 997,576 1.160,500 1.160,500 1.161,700 1.094,935 1.147,883 1.147,883 1.147,880 16,33% -5,65% 4,84% 0,00%

Financiamiento - - 140,000 156,684 140,000 - 50,754 27,392 - 0,00% -100,00% 0,00% -100,00%

Superávit Libre - - 16,684 - - 23,362 - - 0,00% -100,00% 0,00% 0,00%

Superávit Específico - 140,000 140,000 140,000 - 27,392 27,392 - 0,00% -100,00% 0,00% -100,00%

TOTAL INGRESOS 1.273,000 997,576 1.300,500 1.317,184 1.301,700 1.094,935 1.198,637 1.175,275 1.147,880 32,04% -16,87% 7,34% -2,33%

Detalle

2016 2017 2018Tasa var. Ing.

Presup. 2020/

Ing. Efect.

2019

2019Tasas de variación ingresos

efectivos

Perezva
Tachado
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1.3. Análisis de los Gastos

Los egresos proyectados por LACOMET en el presupuesto ordinario 2020, ascienden a ¢1.147,88 millones, donde las partidas más significativas son “Remuneraciones” con ¢874,85 millones, con una participación del 76,21%, “Servicios” con ¢111,78 millones (9,74%) y otras partidas (14,05%), siendo “Materiales y Suministros” la de menor participación con ¢40,93 millones, como se muestra a continuación:

Cuadro 3. LACOMET: Composición del Gasto Presupuestario 2020 (Millones de colones y Porcentajes)

Partida 2020 Participación %

Remuneraciones 874,85 76,21%

Servicios 111,75 9,74%

Materiales y Suministros 40,93 3,57%

Bienes Duraderos 78,75 6,86%

Transferencias Corrientes 41,60 3,62%

TOTAL 1.147,88 100,00% Fuente presupuesto ordinario 2019 de LACOMET.

El peso relativo de cada partida de gasto que estimó la institución para el próximo año, se muestra en el siguiente gráfico:

Gráfico 2. LACOMET: Presupuesto Ordinario 2020 - Estructura de Egresos (Porcentajes)

Fuente: STAP con información del Presupuesto Ordinario 2020 de LACOMET

Los recursos de Remuneraciones son para el pago de salarios de 42 puestos por cargos fijos, así como el pago de incentivos salariales; esta partida tiene una participación del 76,21% de los gastos totales, siendo la de mayor peso relativo del presupuesto; en comparación con el presupuesto proyectado al cierre del 2019, se muestra un incremento del 6,71% (¢41,72 millones). Para el 2020 la institución proyecta el aporte a la Asociación Solidarista de Empleados. Se incorporan recursos para el pago de contribuciones patronales y tiempo extraordinario que se requiere eventualmente para el pago del personal de las Unidades Técnicas (Metrología Legal, Química y Física), así como el apoyo que el área administrativa debe brindar, cuya labor en gran parte es fuera de la Gran Área Metropolitana y se ejecuta fuera del horario ordinario. LACOMET paga los siguientes incentivos salariales: carrera profesional, dedicación exclusiva, prohibición, incentivos médicos, peligrosidad.

76,21%

9,74%

3,57%

6,86% 3,62%

Remuneraciones

Servicios

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Además, se incorporan recursos para cubrir los incrementos anuales que se autoricen en el año 2020 (siete mil quinientos colones por puesto), monto que queda supeditado a los incrementos salariales que decrete el Poder Ejecutivo y haga extensivos la Autoridad Presupuestaria. La partida Servicios tiene una participación del 9,74% de los egresos totales, la cual decrece en 7,76%, respecto al 2019. Los gastos estimados para esta partida son por concepto de “Servicios básicos” con ¢51,14 millones; “Servicios comerciales y financieros” por ¢8,99 millones; “Servicios de gestión y apoyo” por ¢10,15 millones; “Servicios de viaje y transporte” dentro y fuera del país por ¢7,93 millones, “Seguros, reaseguros y otras obligaciones” con ¢9,85 millones; así como pagar el seguro de riesgos del trabajo, actividades de capacitación por ¢8,50 millones, Mantenimiento y Reparación por ¢15,00 millones e impuestos y servicios diversos por ¢0,20 millones.

Es importante indicar, que parte de los seguros que paga el Laboratorio desde hace varios años, se incluye una póliza para el aseguramiento de equipo de los clientes, mismos que cuentan con un valor muy alto en el mercado. En general, las pólizas suscritas cubren daños contra incendios, riesgos del trabajo, responsabilidad civil y vehículos automotores. Además, se incluyen recursos para “Capacitación y Protocolo” para una capacitación en control y supervisión de las actividades de verificación que requiere el Departamento de Metrología Legal y otra para el Departamento de Metrología Física; al respecto, se indica la necesidad de actualizar la competencia técnica y comportamental de sus colaboradores con miras a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y de acuerdo a la oferta que en temas relacionados se presenten durante el año. Las capacitaciones sindicadas se tienen previstas para el II y III trimestre del 2020, esto por cuanto el tipo de capacitación es muy especializada y usualmente las imparten a mitad del año. Respecto a la partida de Materiales y Suministros, muestra una participación relativa de 3,57% respecto al presupuesto total, cuyo destino es para compra de productos químicos y conexos, alimentos y productos agropecuarios, materiales y productos de uso en la construcción y mantenimiento y útiles, materiales y suministros diversos. La partida de Bienes Duraderos, representa el 6,86% del presupuesto total; los recursos presupuestados se destinan para la adquisición de maquinaria, equipo y mobiliario, así como la adquisición de dos carretillas especiales para el traslado de los gases de efecto invernadero, proyecto que se encuentra en ejecución , así como equipo y programas de cómputo que consiste en la compra de un servidor nuevo para la implementación de la factura digital requeridas por el Ministerio de Hacienda, equipo sanitario, de laboratorio e investigación, para la sostenibilidad de las CMCs (máximas capacidades de medición y calibración) de los laboratorios que las tienen declaradas y acreditadas ante el Buro Internacional de Pesos y Medidas (BIPM), entre otros, y bienes intangibles que se destinarán para la renovación del licenciamiento de software y antivirus para la actualización y buen mantenimiento de los equipos de cómputo.

Las Transferencias Corrientes, presentan un 3,62% de participación, estos recursos son básicamente para pago de prestaciones legales, como los subsidios de incapacidad y también se incluyen recursos para el pago de la cuota anual a organismos internacionales.

En el siguiente cuadro, se muestran las variaciones presupuestarias y porcentuales, que presenta LACOMET en el año 2020 respecto al 2019 (cierre estimado), en el cual, a nivel total, se observa un decrecimiento del 7,39%, debido a que la institución está presupuestando ¢91,6 millones menos que el año anterior, decrecimientos que se reflejan con mayor relevancia en las partidas de bienes duraderos, materiales y suministros y cuentas especiales:

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Cuadro 4. LACOMET: Composición del Gasto Presupuestario 2019-2020

(Millones de colones y Porcentajes)

Partida 2019 2020 Diferencia Var. %

Remuneraciones 873,9 874,9 0,9 0,10%

Servicios 121,2 111,8 -9,4 -7,76%

Materiales y Suministros 68,8 40,9 -27,9 -40,54%

Bienes Duraderos 115,6 78,8 -36,8 -31,86%

Transferencias Corrientes 43,5 41,6 -1,9 -4,38%

Cuentas Especiales 16,4 0,0 -16,4 -100,00%

TOTAL 1.239,4 1.147,9 -91,6 -7,39%

Fuente: STAP con información de liquidación presupuestarias al II trimestre 2019 (proyectado al cierre 2019) y Presupuesto Ordinario 2020, LACOMET.

Seguidamente, se muestra un comparativo de los gastos presupuestados y efectivos, a nivel de partida presupuestaria, en el cual se refleja que los niveles de ejecución total oscilan entre 74,32% y 83,70%, para este análisis se consideró la ejecución anual 2016, 2017, 2018 y el Presupuesto Modificado del 2019 (al 30 de junio de 2019), así como la ejecución estimada al cierre del 2019, con respecto al Presupuesto Ordinario del 2020, donde se comentarán cada partidas presupuestaria, haciendo énfasis en las más relevantes y de mayor impacto presupuestario y social, dada la actividad que realiza el LACOMET.

Cuadro 5. LACOMET: Gastos Presupuestados y Efectivos 2016-2019 Millones de colones y Porcentajes

Fuente: STAP con información de las liquidaciones presupuestarias 2016-2017-2018, informe de ejecución a junio 2019 de LACOMET y el SIPP con la herramienta del cubo.

A continuación, se muestran los porcentajes de participación relativa así como las tasas de variación de los egresos de las diferentes partidas:

Cuadro 6. LACOMET: Gasto Presupuestado por partida 2016-2020

(Porcentajes)

Fuente: STAP con información de las liquidaciones presupuestarias 2016-2017-2018, informe de ejecución a junio 2019 de LACOMET y el SIPP con la herramienta del cubo.

Gastos

Presup.

Gastos

Efect.

%

Ejecución

Gastos

Presup.

Gastos

Efect.

%

Ejecución

Gastos

Presup.

Gastos

Efect.

%

Ejecución

Gastos

Presup.

Gastos

Efect.

%

Ejecución

Remuneraciones 938,54 763,44 81,34% 790,76 701,14 88,67% 873,94 727,05 83,19% 833,14 731,86 87,84%

Servicios 100,66 95,48 94,86% 100,36 85,67 85,37% 122,50 102,15 83,38% 121,15 96,94 80,02%

Materiales y Suministros 25,97 22,90 88,18% 41,76 35,27 84,46% 38,49 32,34 84,01% 68,83 45,19 65,66%

Bienes Duraderos 178,14 36,23 20,34% 253,10 101,66 40,16% 191,71 157,91 82,37% 115,57 86,71 75,03%

Transferencias Corrientes 29,69 28,05 94,50% 50,25 48,75 97,02% 67,83 63,30 93,32% 43,51 42,54 97,77%

Cuentas Especiales ,00 ,00 0,00% 64,27 ,00 0,00% 7,23 ,00 0,00% 16,45 ,00 0,00%

Total general 1.273,00 946,10 74,32% 1.300,50 972,49 74,78% 1.301,70 1.082,73 83,18% 1.198,64 1.003,24 83,70%

Etiquetas de fila

2016 2017 2018 2019

2016 2017 2018 2019 2020 2017/2016 2018/2017 2019/2018 2020/2019

Remuneraciones 73,73% 60,80% 67,14% 69,51% 76,21% -15,75% 10,52% -4,67% 5,01%

Servicios 7,91% 7,72% 9,41% 10,11% 9,74% -0,30% 22,06% -1,10% -7,76%

Materiales y Suministros 2,04% 3,21% 2,96% 5,74% 3,57% 60,80% -7,84% 78,82% -40,54%

Bienes Duraderos 13,99% 19,46% 14,73% 9,64% 6,86% 42,08% -24,25% -39,72% -31,86%

Transferencias Corrientes 2,33% 3,86% 5,21% 3,63% 3,62% 69,26% 34,99% -35,86% -4,38%

Cuentas Especiales 0,00% 4,94% 0,56% 1,37% 0,00% 0,00% -88,75% 127,38% -100,00%

TOTAL 100,00% 100,00% 100,00% 100,00% 100,00% 2,16% 0,09% -7,92% -4,23%

PARTIDAPARTICIPACIÓN RELATIVA TASAS DE VARIACIÓN

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En el cuadro anterior, se puede observar que la partida con mayor participación relativa del periodo 2016-2020 es Remuneraciones y la tendencia de los recursos que se presupuestan es similar en cada año, por cuanto en los periodos 2016 y 2017 el total de egresos presenta un crecimiento de 2,16% y 0,09%, respectivamente, mientras que en el 2018 y 2019 decrece en 7,92% y 4,23% respectivamente. Refiriéndonos a los montos presupuestados entre el 2016 y 2020, se puede indicar que entre el 2017 y 2016 el monto presupuestario creció en ¢27,50 millones, del 2018 al 2017 el crecimiento fue de ¢1,20 millones y en los periodos del 2019 respecto al 2018 y 2020 respecto 2019, los montos presupuestarios decrecen en ¢103,06 millones y ¢50,76 millones, respectivamente.

1.4. Empleo y salarios Para el 2020, la institución registra 42 plazas por cargos fijos, conforme a lo establecido en el acuerdo No.12338, tomado por la Autoridad Presupuestaria en la Sesión Extraordinaria No. 02-2019, celebrada el día 15 de marzo de 201 (incluye el puesto de Director). Los montos propuestos sobre salario base, corresponden a los establecidos por la Dirección General de Servicio Civil en el primer semestre de 2019; además, se indica que en la actualidad la institución aplica los incentivos salariales: Dedicación Exclusiva (20 puestos profesionales-incluye el puesto del Director), Prohibición a 11 puestos profesionales, Incentivos Médicos (1 puesto), Peligrosidad (9 puestos profesionales) y el incentivo de Anualidad y Carrera Profesional, para todos los puestos de la institución (servicio, administrativos, técnicos y profesionales); no obstante, no fue posible determinar si la aplicación de los mismos está conforme a lo que establece el título III de la Ley 9635respecto al salario base. Valga mencionar que el puesto No.1351504365 de Director General, es el único puesto de confianza que tiene el LACOMET en su relación de puestos; conforme a lo establecido en la Ley 8279, Capítulo III, artículo 13, publicada el 21 de mayo del 2002 que indica que “El Poder Ejecutivo nombrará al director del LACOMET, quien deberá gozar de reconocida experiencia en el campo de la metrología”, sobre el particular, llama la atención que en los periodos anteriores, la institución ha contemplado el incentivo de “Prohibición” para este puesto y en el presupuesto del 2020, incluye recursos en el incentivo de “Dedicación Exclusiva”, sin informar a que se debe dicho cambio, por lo tanto, es necesario hacer la aclaración correspondiente. La institución remite el comparativo 2019-2020 por grupo ocupacional; en el cual se observa se observa que durante el 2019 la institución realizó cambio en la clasificación de 3 puestos profesionales, los cuales pasaron del nivel 1-A al nivel 1-B; sin embargo, esto no altera la cantidad de funcionarios por grupo ocupacional. De acuerdo al informe de nivel de empleo al III trimestre 2019 y el detalle del 2020, no se observan diferencias de un año a otro. Finalmente, con relación a lo establecido en el Transitorio XXXV de la Ley 9635, la entidad no tiene funcionarios con salarios iguales o superiores a cuatro millones de colones (¢4.000.000,00).

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1.5. Vinculación del POI 2020 con el PNDIP 2019-2022 En el anexo No.2 del presupuesto ordinario 2020, el LACOMET remite el informe del Plan Operativo Institucional, omitiendo el envío del oficio de aprobación por parte del ministro rector del sector Economía, Industria y Comercio. Considerando lo anterior, se realiza una revisión general, de la cual se extraen las siguientes inconsistencias: El LACOMET está ligado al área estrategia “Innovación, competitividad y productividad” y tiene como intervención estratégica “prevención para una efectiva defensa de los consumidores”, cuyo objetivo se enfoca al fortalecimiento a capacidades a los sectores productivos, comerciantes y consumidores que sean del área de competencia del MEIC y LACOMET, al cual se le asignan los siguientes factores:

Indicador Línea base Meta de producción

Cantidad de administrados capacitados en derecho del consumidor; obligaciones de los comerciantes, metrología y defensa comercial.

7.371 Año 2020: 2.254

Además, se observa que según la fuente de financiamiento establecida en el PNDIP, el cumplimiento de esta meta, le compete a 3 diferentes entes, entre ellos, el laboratorio; no obstante, el enfoque que la institución le da al indicador, no se logra determinar cuál es el aporte que deben brindar para su cumplimiento. Aunado a lo anterior, la institución establece 2 productos finales, a saber: 1. Programas de capacitación, asistencia técnica y/o asesoramiento a los sectores productivos,

comerciantes y consumidores, al cual se le asigna una línea base de 163 unidades con una proyección de 150 por año y se le asignan recursos presupuestarios por ¢521,90 millones.

2. Servicios de calibración, ensayos de aptitud, mediciones trazables a nivel nacional, con una línea base de 20 donde el primer año parte de 2 servicios, el segundo son 3, el tercero con 5 y el último año de 24 calibraciones, monto que es superior a la línea base establecidas y se le asignan recursos por ¢521,90 millones.

Al respecto, es importante señalar que:

La línea base establecida por la institución, es inferior a la del PND, así como los recursos presupuestarios; si bien, el indicador está asignado a tres entes diferentes, en el documento presentado por el LACOMET, no se aclara cuál es la competencia de cada uno; situación que es necesario aclarar.

En lo que respecta a la línea base del producto No.1, no se establece crecimiento en la proyección de unidades de un año a otro, ni tampoco se indica a qué se debe que no hay crecimiento de un año a otro; considerando que la línea base es superior a la cantidad asignada anualmente.

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Sobre el producto No.2, no se observa la vinculación entre este y el objetivo del PND, por lo que se debe revisar y ajustar según corresponda.

No hay consistencia entre el monto del presupuesto ordinario total y el monto asignado por partida para el cumplimiento del POI, lo cual debe ser revisado y ajustado.

Finalmente, la institución informa que la estructura organizacional fue aprobada por el MIDEPLAN mediante oficio DM-931-06 del 06 de setiembre de 2006; no obstante, no aporta el oficio correspondiente, para su verificación.

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CAPÍTULO II: VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE DIRECTRICES Se verificó que el Presupuesto Ordinario 2020 presentado por el Laboratorio Costarricense de Metrología, cumpla con lo establecido en el artículo 19 del Título IV “Responsabilidad Fiscal de la República” de la Ley No. 9635, “Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas”, los Decretos Ejecutivos No. 41617-H y No. 41618-H y su reformas, Directrices Generales de Política Presupuestaria, Salarial, Empleo, Inversión y Endeudamiento para el año 2020 y sus Procedimientos, determinándose lo siguiente: 1. El monto del presupuesto ordinario total, es igual al asignado en la Ley de Presupuesto

Ordinario y Extraordinario de la República para el año 2020, en la transferencia corriente de Gobierno Central (Ministerio de Economía, Industria y Comercio).

2. Considerando lo señalado, de conformidad con el artículo 19 del Título IV “Responsabilidad Fiscal de la República” de la Ley No. 9635, Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, publicada en el Alcance No. 202 a La Gaceta No. 225 del 4 de diciembre del 2018 y su reforma, y para efectos de la revisión del bloque de legalidad que efectúa la Contraloría General de la República, así como para la valoración y resolución que le compete a ese Órgano Contralor, el Laboratorio Costarricense de Metrología, cumple con la aplicación de la tasa de crecimiento del 4,67% autorizada para el gasto corriente presupuestario del periodo 2020, según lo comunicado por el Ministerio de Hacienda mediante el oficio DM-0466-2019, y en consecuencia, se apega a lo establecido en el artículo 11 inciso c) del citado Título de la Ley No. 9635, condición indicada en la certificación emitida por esta Secretaría Técnica ante la Contraloría General de la República mediante el oficio STAP-1952-2019 del 22 de octubre de 2019, donde se informó lo siguiente:

(Millones de colones y porcentaje)

Gasto corriente Presupuesto Ordinario Tasa de Crecimiento 2019 2020

1.081,57

1.069,13 -1,15%

3. Cumple con lo dispuesto en los artículos 3°, 4°, 5° y 6° del Decreto Ejecutivo No. 38916-H y su

reforma de los Procedimientos de las Directrices Generales de Política Presupuestaria, Salarial, Empleo, Inversión y Endeudamiento vigentes, en relación con la presentación del informe de nivel de empleo y la ejecución presupuestaria del III Trimestre de 2019; así como la remisión del flujo de caja correspondiente a octubre de 2019 y del artículo 36 de la Ley de Equilibrio Financiero No. 6955, sobre la presentación de las conciliaciones bancarias y su inclusión en el SICCNET.

4. Cumple con lo dispuesto en la Directriz Presidencial No. 098-H, publicada en el Alcance No.

17 a La Gaceta No. 15 del 26 de enero de 2018 y sus reformas; además de las Directrices Presidenciales números 007-H, 008-H, 009-H, los Decretos Ejecutivos números 41157-H, 41161-H y 41162-H.

5. De conformidad con lo establecido en la Norma Presupuestaria de Ejecución número 12, contenida en el artículo 7 de la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2019 (No. 9632), la institución cumple con presentar dicha información para los periodos del I, II y III Trimestre del 2019.

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6. No remite información en cumplimiento a la Ley N°8346 “Ley Orgánica del Sistema Nacional de Radio y Televisión Cultural (SINART)”, Ley N°8488 “Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo” y Ley N°7600 “Ley de Igualdad de Oportunidades para Personas con Discapacidad”; no obstante, para esta última se indica que es para realizar el Plan Institucional de Capacitación 2020, del cual no se informa al respecto.

7. No presenta el oficio de aprobación sobre la vinculación del PND, por parte del ministro rector del sector Economía, Industria y Comercio.

8. No presenta la Certificación por parte de Jerarca Supremo sobre el cumplimiento de los Decretos y Directrices relacionados con las medidas de contención y reducción del déficit fiscal y gasto público emitidos por el Poder Ejecutivo.

9. No presenta el oficio DM-931-06 del 06 de setiembre de 2006; sobre la estructura orgánica institucional aprobada por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, de conformidad con el Decreto Ejecutivo No.36086-MP-PLAN-MTSS y artículo 62 del Decreto No. 40981-H.

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CAPÍTULO III: DISPOSICIONES 1. El Laboratorio Costarricense de Metrología, deberá proceder con lo siguiente:

Revisar y ajustar lo que corresponda en el tema de incentivos salariales, debido a que no fue posible determinar si la aplicación de los mismos está conforme a lo que establece el título III de la Ley 9635. Respecto al salario base.

Informar a qué se debe el cambio del pago por concepto de “Prohibición” a “Dedicación Exclusiva” del puesto de Director del Laboratorio (único puesto de confianza).

Atender las observaciones señaladas sobre la “Vinculación del POI 2020 con el PNDIP 2019-2020” y realizar los ajustes pertinentes, según sea el caso.

2. Se reitera que corresponde a la Administración Activa de la entidad, velar por el cumplimiento

de lo establecido en la Directriz Presidencial No. 098-H, y sus reformas, específicamente en relación con el Artículo 9°, donde indica: “Durante lo que resta del 2019 y el 2020, los ministerios, los órganos desconcentrados y entidades que reciben transferencia de Gobierno para el pago de remuneraciones, y que están cubiertos por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria, podrán utilizar

hasta un máximo del 50% de las vacantes existentes y las que se generen en lo que resta del periodo”.

3. Para atender las disposiciones emitidas, se establece un plazo de 10 días hábiles después de recibido este informe, para atender las disposiciones señaladas, y cuando corresponda, indicar las acciones correctivas que tomará y las fechas estimadas para su realización.

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BIBLIOGRAFÍA

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Decreto Ejecutivo No. 41848-MIDEPLAN. Emisión del Plan Nacional de Desarrollo y de Inversión

Pública (PNDIP), del Bicentenario 2019-2022. La Gaceta N°162 -29 Agosto 2019.

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la Autoridad Presupuestaria en la Sesión Extraordinaria No. 02-2019, celebrada el día 15 de marzo de 201 (incluye el puesto de Director), cantidad de plazas autorizadas.

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Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria.. Oficio STAP-1952-2019, Cumplimiento de la regla fiscal en el presupuesto ordinario 2020.

Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria. (2019). Acuerdo No. 1244, Revaloración

Salarial, I Semestre de 2019, Autoridad Presupuestaria, en la Sesión Extraordinaria No. 05-2019, celebrada el 09 de abril del 2019.

Presidencia de la República, Directrices Generales de Política Presupuestaria, Salarial, Empleo,

Inversión y Endeudamiento para entidades públicas, ministerios y órganos desconcentrados, según corresponda, cubiertos por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria, para el 2019, Directriz Presidencial No. 098-H, modificada con la Directriz No. 003-H, además de las directrices presidenciales números 007-H, 008-H, 009-H y los decretos ejecutivos números 41157-H, 41161-H y 41162-H.

Elaborado por: Ana Rosa Pérez Vargas Analista

Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria

Revisado por: Denis Parra Mesen Jefe Sectorial

Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria