la unión europea: organización y funcionamiento...

79
La Unión Europea: Organización y Funcionamiento Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea.

Upload: others

Post on 20-Mar-2020

2 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

La Unión Europea: Organización yFuncionamiento

Bloque 5.

Principales políticas de la Unión Europea.

Page 2: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

2

Apartados del bloque de contenidos de la materia d esarrollados en estedocumento:

- La libre circulación de personas. El derecho de establecimiento. Elreconocimiento de títulos y de cualificaciones profesionales.

- El mercado interior. La libre circulación de mercancías, servicios y capitales.

- El espacio de libertad, seguridad y justicia.

- La acción exterior de la Unión Europea. La política exterior y de seguridadcomún.

Nota: Se han desarrollado únicamente aquellos apartados que se hanconsiderado que pueden presentar mayor complicación y dificultad depreparación para el profesorado encargado de impartir la materia.

Page 3: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

3

Índice:

EL MERCADO ÚNICO INTERIOR Y LA LIBRE CIRCULACIÓN DE LOSTRABAJADORES: CONCEPTO Y CONDICIONES BÁSICAS. .................................51.1. Concepto: qué es y qué significa. ....................................................................51.2 Condiciones básicas: Cuatro ideas que ayudan ..................................................51.2.1. Libre circulación de los trabajadores. Una Europa abierta a toda la Unión:Igualdad con los nacionales, contratación de ciudadanos, prestación de desempleoy permiso de trabajo. .................................................................................................51.2.2. La red EURES. Búsqueda de empleo en la UE: Una oportunidad más.Principales objetivos. .................................................................................................91.2.3. Libertad de establecimiento2 ......................................................................... 101.2.4. Libre prestación de servicios.......................................................................... 122. El modelo social europeo. La dimensión social y laboral del mercado europeo2122.1 La dimensión social del mercado europeo. Un proyecto diferenciador............... 122.2. La carta de derechos fundamentales de los trabajadores. Fundamento base... 132.3 Libertad de movimientos y no discriminación. El gran reto................................. 132.4. Un modelo único en el mundo: El factor humano de la economía. Se trata denosotros, los europeos. ........................................................................................... 143. Actividades complementarias ............................................................................. 144. Información adicional........................................................................................... 17EL MERCADO INTERIOR. LA LIBRE CIRCULACIÓN DE MERCANCÍAS,SERVICIOS Y CAPITALES. .................................................................................... 191. El mercado interior como objetivo........................................................................ 191.1 Implicaciones de la libre circulación de mercancías........................................... 202. Actividades .......................................................................................................... 271.2. Contenido de la LIBRE CIRCULACIÓN DE SERVICIOS.................................. 282. Actividades .......................................................................................................... 311.3. Proceso y desarrollo de la LIBRE CIRCULACIÓN DE CAPITALES.................. 322. Actividades .......................................................................................................... 36EL ESPACIO DE LIBERTAD, SEGURIDAD Y JUSTICIA ........................................ 371. Contenido teórico ................................................................................................ 371.1. Libertad seguridad y justicia ¿competencia de la Unión Europea? ................... 371.2. La carta de los derechos fundamentales .......................................................... 381. 3. Políticas sobre controles de fronteras, asilo e inmigración............................... 401.3.1 Supresión de fronteras internas y control de fronteras externas: Schengen.... 401.3.1.1 Antecedentes: el Acuerdo de Schengen ...................................................... 401.3.1.2 ¿En qué consiste el espacio Schengen? ..................................................... 411.3.1.3. ¿Qué Estados participan?........................................................................... 411.3.2 Asilo e inmigración.......................................................................................... 431.3.2.1. La política de inmigración ........................................................................... 431.3.2.2. La política de asilo ...................................................................................... 431.4. Cooperación judicial en materia civil y penal..................................................... 431.4.1 Cooperación en material civil .......................................................................... 431.4.2. Cooperación en materia penal ...................................................................... 441.5. COOPERACIÓN POLICIAL.............................................................................. 442. ACTIVIDADES..................................................................................................... 453. ANEXOS ............................................................................................................. 483.2 PUBLICACIONES.............................................................................................. 48ACCIÓN EXTERIOR POLÍTICA DE SEGURIDAD Y DEFENSA.............................. 491.- Acción exterior.................................................................................................... 491.1- introducción: Origen y objetivos........................................................................ 49

Page 4: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

4

1.2.- Evolución: Tratados constitutivos .................................................................... 512.- Política Comercial Común .................................................................................. 533.- La política de cooperación para el desarrollo...................................................... 553.1- Cooperación económica, financiera y técnica con terceros países ................... 553.2- Ayuda humanitaria............................................................................................ 564.- Acuerdos internacionles ..................................................................................... 575.- Relaciones de la Unión con las organizaciones internacionales y con tercerospaíses y delegaciones de la Unión .......................................................................... 576.- Cláusula de solidaridad ...................................................................................... 577.- Defensa de los derechos humanos y de la democracia...................................... 588.- Política de vecindad ........................................................................................... 589.- Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) y la Política Europea deSeguridad y de Defensa (PESD) ............................................................................. 602. Actividades para el aula....................................................................................... 64

Page 5: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

5

EL MERCADO ÚNICO INTERIOR Y LA LIBRE CIRCULACIÓN DE LOSTRABAJADORES: CONCEPTO Y CONDICIONES BÁSICAS 1.

1.1. Concepto: qué es y qué significa.

El mercado interior supone un espacio libre de fronteras en el que lasmercancías, las personas, los servicios y lo capitales circulan libremente. Enel mercado único europeo, las personas, los bienes, los servicios y loscapitales circulan con la misma libertad que en el interior de un país.

El término mercado interior hace referencia un espacio físico, el constituido por losterritorios de los Estados miembros, donde no existen fronteras y, por lo tanto, dondequeda garantizada la libre circulación de mercancías, personas —una precisión: adiferencia del estatuto de la ciudadanía europea, sólo se benefician de este régimenlas personas que, como se verá en las próximas líneas, realizan una actividadeconómica: trabajan, ejercen una profesión, prestan o reciben un servicio—, capitalesy servicios. Éstas son las llamadas libertades básicas o fundamentales del mercadointerior.

Vivimos en un espacio económico unificado porque, en primer lugar, un Estado de laUnión distinto al Estado del que eres nacional no puede imponer ni obstáculosarancelarios (impuestos a la importación o exportación), ni obstáculos no arancelarios(como las restricciones cuantitativas o los tributos internos discriminatorios) a laimportación o a la exportación de mercancías procedentes de o destinadas a otrospaíses comunitarios. Esto significa que si se comercializa un producto en otrosEstados de la Unión, al empresario se le debe tratar como si fuera un nacional y noimponer gravámenes o cargas que no soporten los nacionales.

1.2 Condiciones básicas: Cuatro ideas que ayudan

¿Qué condiciones básicas lo explican?

1.2.1. Libre circulación de los trabajadores. Una E uropa abierta a toda la Unión:Igualdad con los nacionales, contratación de ciudad anos, prestación dedesempleo y permiso de trabajo.

Los ciudadanos de todos los países de la Unión Europea y del EspacioEconómico Europeo (Liechtenstein; Noruega e Islandia) pueden buscar trabajoy trabajar en cualquier Estado miembro.

De esta forma un trabajador por cuenta ajena, estará sujeto a la mismalegislación que los trabajadores nacionales por cuenta ajena.

Además, como ciudadano de la Unión Europea podrá acceder a los serviciospúblicos de empleo.

PRINCIPIO BÁSICO: LA IGUALDAD DE TRATO.

- Igualdad con los nacionales

¿Puedo trabajar en otro país de la Unión Europea?

Page 6: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

6

Cualquier trabajador de la Unión Europea tiene derecho a ejercer una actividadpor cuenta ajena en cualquier Estado miembro, independientemente de sulugar de residencia, en las mismas condiciones que los nacionales. La igualdadde trato se aplica a todas las condiciones de empleo y de trabajo (por ejemplo,remuneración, despido, reinserción profesional o nuevo empleo en caso dedesempleo).

En lo que respecta al acceso al empleo, el principio de igualdad de tratosupone que se tiene la misma prioridad que los nacionales para acceder alempleo en cualquier Estado miembro, es decir, que no se pueden aplicar lasdisposiciones nacionales que limitan en número o en porcentaje el empleo deextranjeros. Por consiguiente, cuando, en un Estado miembro, la concesión decualquier tipo de ventajas a empresas esté supeditada al empleo de unporcentaje mínimo de trabajadores nacionales, cualquier ciudadano de la Uniónserá considerado como trabajador nacional.

¿Tengo las mismas condiciones laborales que un naci onal?

Ciertamente, con arreglo al Derecho de la Unión Europea, cualquier cláusulade un convenio colectivo o individual, o de cualquier otra reglamentacióncolectiva relativa a las condiciones de acceso al empleo, a la remuneración y alas demás condiciones de trabajo para las modalidades de despido, será nulade pleno derecho si en ella se establecen o autorizan condicionesdiscriminatorias respecto de los trabajadores nacionales de otros Estadosmiembros, y por ello a partir vamos a tratar en el siguiente aspecto de la librecirculación de trabajadores: la contratación laboral

- Contratación de ciudadanos de la UE. Aspectos a c onsiderar

Los Estados miembros no deben imponer ninguna condición que pueda darlugar a una discriminación de ciudadanos de la Unión Europea que no seannacionales del Estado miembro de acogida o que puedan restringir el derechode esos ciudadanos a acceder a un empleo.

Por ejemplo, los Estados miembros no podrán establecer procedimientosespeciales de contratación para nacionales de la Unión Europea, ni limitar orestringir la publicación de ofertas de empleo en la prensa o en cualquier otromedio, reduciéndose así el acceso a la información por parte de los ciudadanoseuropeos, ni imponer condiciones de inscripción en las oficinas de empleo orequisitos en materia de residencia, para poder acceder al empleo.

La contratación de un nacional de otro Estado miembro no puede estarsupeditada a criterios médicos, profesionales o de otro tipo que, comparadoscon los criterios aplicados a los nacionales, tiendan a ejercer unadiscriminación por razón de la nacionalidad.

¿Hay alguna condición especial a la contratación la boral de un ciudadanode la Unión?

Así es, cabe la posibilidad de que un trabajador que haya recibido una ofertade empleo de un empresario establecido en un Estado miembro distinto delsuyo tenga que someterse a una prueba de aptitud profesional , siempre queel empresario haya manifestado expresamente dicha condición en su oferta deempleo y/o requisitos profesionales específicos para acceder a ese puestode trabajo, como por ejemplo, experiencia profesional, ciertos conocimientos

Page 7: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

7

lingüísticos, títulos académicos vinculados a una práctica laboral, o bien estaren posesión de determinadas cualificaciones profesionales.

¿Qué tipo de condiciones o requisitos me pueden ped ir para acceder a unempleo?

PRINCIPIO BÁSICO: LA NO DISCRIMINACIÓN

Conocimiento lingüístico suficiente

Para acceder a un empleo, se pueden exigir conocimientos lingüísticos: porejemplo, un conocimiento aceptable de la lengua nacional. Esto supone que elnivel de conocimientos tiene que estar en proporción a los cometidos delempleo, y ese nivel debe ser razonablemente necesario para poder acometerlas funciones laborales exigidas de manera adecuada. Las medidas adoptadasa escala nacional para proteger o fomentar una lengua en un Estado miembrodeben ser conformes al Derecho de la Unión, pero en ningún caso puedendiscriminar a los nacionales de otros Estados miembros.

Por ejemplo, el principio de no discriminación prohibe la exigencia de que losconocimientos lingüísticos de una lengua se tengan que haber adquirido dentrodel territorio nacional. Tampoco se puede exigir una lengua determinada comolengua materna.

Experiencia profesional adquirida y valorada

Debe tenerse en cuenta que la experiencia profesional adquirida en otrosEstados miembros, está valorada del mismo modo que la adquirida en elterritorio nacional, por tanto toda experiencia laboral propia sirve, y parte delmismo principio de no discriminación respecto de un trabajador nacional.

Por ejemplo, los períodos de empleo efectuados por los trabajadores en unámbito de actividad similar en otro Estado miembro han de ser tenidos encuenta a la hora de acceder a un empleo, o bien para fijar determinadoselementos (remuneración, grado, etc.) de la misma forma que una experienciaadquirida en el Estado miembro de acogida.

Reconocimiento de títulos y de cualificaciones profesionales. Hay normasbásicas

El complemento imprescindible de esta libertad, sobre todo para losprofesionales liberales que precisen un título, diploma o certificado para su libreejercicio laboral, es el principio de reconocimiento mutuo entre los Estados deestos instrumentos que acrediten la formación y conocimientos necesarios parael desempeño de la profesión.

Además, la UE ha elaborado una abundante normativa que permite endeterminados sectores el reconocimiento automático de un diploma académico,sin que el Estado de acogida tenga que valorar caso por caso, considerandoque con la formación que se acredita se está cualificado para el ejercicioprofesional en cuestión. Esto se ha regulado de forma global, y así se haestablecido un sistema general de reconocimiento de títulos de enseñanzasuperior que acrediten formaciones profesionales de una duración mínima detres años. De igual modo, existe un sistema de reconocimiento de títulos quevalidan la realización de estudios de una duración mínima de dos años.

Page 8: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

8

De forma específica, existe también una normativa para el reconocimientomutuo de los diplomas, certificados y otros títulos de médicos, enfermeros,odontólogos, veterinarios, farmacéuticos, abogados, arquitectos,transportistas, corredores de seguros, etcétera. No obstante, el ciudadano dela unión que solicite un empleo y deba presentar un currículo debidamentecumplimentado ha de considerar que el demandante de empleo manifieste unadeterminada preferencia, sea por títulos homologados o bien por certificacionesprofesionales reconocidas procedentes de instituciones, fundaciones,universidades u organismos de destacado prestigio, tanto en el marco de laUnión Europea como a nivel internacional.

Un ejemplo: ¿Puedo acceder a un empleo en el sector público de otropaís de la Unión?

El principio de igualdad de trato y la prohibición de toda discriminación porrazón de nacionalidad también son aplicables al empleo en el sector público:en empresas públicas (empresas comerciales, de telecomunicaciones y detransporte público), organismos o instituciones públicas (universidades,hospitales públicos o centros de investigación) y en la administración pública.

Sin embargo, hay excepciones a la norma en uso: los Estados miembrospueden reservar determinados puestos de trabajo para sus nacionales, aunqueesto sólo sea posible para los puestos del sector público que impliquen elejercicio de potestades públicas, o la salvaguarda de los intereses del Estado ode otras entidades públicas como Comunidades Autónomas o municipios.Dada la naturaleza de las tareas y de las responsabilidades inherentes alpuesto en cuestión, estos criterios han de evaluarse caso por caso.

Puede partirse del principio de que, cuando se trate de funciones específicasdel Estado y entidades asimilables, como las fuerzas armadas, la policía yotras fuerzas del orden, la magistratura, la administración fiscal y el cuerpodiplomático, sí puede reservarse el acceso a los nacionales y excluirse a todoslos demás ciudadanos de la Unión Europea. No obstante, no todos los puestosen estos ámbitos implican el ejercicio de potestades públicas o la salvaguardade los intereses generales; por ejemplo, las tareas administrativas, de consultatécnica o de mantenimiento. En consecuencia, estos puestos no pueden estarreservados a los nacionales. La libre circulación de trabajadores en la funciónpública es independiente de cualquier sector específico; depende únicamentede la naturaleza del puesto.

- Prestación de desempleo: Un mismo camino, varias es trategias

Todo trabajador que haya perdido su empleo en el Estado miembro de acogidapercibe prestaciones de desempleo en las mismas condiciones que losnacionales.

¿Qué debo hacer?

En caso de buscar empleo, se podrá solicitar la transferencia de lasprestaciones a que se tiene derecho en el país de origen durante tres mesescomo máximo, pero se deberá tramitar antes de salir del país con arreglo a lalegislación de éste. Además, se deberá haber estado inscrito como solicitantede empleo cuatro semanas antes de la salida del país de origen, e informar deello a la oficina de empleo local entre dos y cuatro semanas antes de la salida,

Page 9: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

9

a fin de que desde ese organismo se pueda tramitar la solicitud. Si es posible,es conveniente prever una dirección en el Estado miembro de acogida para elenvío del correo. Además, será necesario inscribirse en la oficina empleonacional del país de acogida, en un plazo de siete días a partir de la fecha de lallegada al Estado miembro de la Unión al que se accede.

- Permiso de trabajo: Libertad, pero con “tarjeta”

A su llegada a otro país de la Unión, los ciudadanos de la Unión Europea y delEspacio Económico Europeo estarán exentos de las obligaciones de visado,pasaporte y controles médicos. El documento de identidad propio permiteentrar con plena libertad y desplazarse durante un período de tres meses, loque es útil en caso de encontrar un trabajo temporal, o bien de que se estébuscando un empleo fuera del territorio de origen.

¿Necesito un permiso de trabajo?

No se exige ningún permiso de trabajo a los ciudadanos de la Unión Europea nidel Espacio Económico Europeo.

Éstos pueden ejercer la actividad profesional que deseen. No obstante, tanpronto como hayan encontrado un empleo, y a más tardar en un plazo de tresmeses a partir de su llegada, deberán solicitar una «tarjeta de residencia denacional de un Estado miembro de la Unión Europea », que tiene unavalidez de cinco años y es renovable de pleno derecho.

1.2.2. La red EURES. Búsqueda de empleo en la UE: U na oportunidad más.Principales objetivos.

EURES (Servicios europeos de empleo) es una red de cooperación destinadaa facilitar la libre circulación de los trabajadores en el marco del EspacioEconómico Europeo; Suiza también participa en ella. Entre los socios de la redse encuentran servicios públicos de empleo, sindicatos y organizacionespatronales. La Comisión Europea coordina la red.

- Principales objetivos de EURES: Informar, ayudar, asesorar

Ciertamente, en primer lugar su labor es informar, orientar y asesorar a loscandidatos a la movilidad, tanto sobre oportunidades de empleo como sobrelas condiciones de vida y de trabajo en el Espacio Económico Europeo;

En segundo lugar, ayudar a los empresarios que deseen contratar trabajadoresde otros países.

Y por ultimo, asesorar y orientar a trabajadores y empresarios de regionesfronterizas para facilitar, tanto la demanda como la oferta de empleo entre laszonas vecinas del interior de la Unión Europea.

¿A qué organismo de mi país debo acudir para que me informe?

En la Comunidad Valenciana la red EURES es gestionada por el SERVEF(Servicio Valenciano de Empleo y Formación).

Page 10: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

10

La gestión se puede abreviar si previamente se efectúan consultas en losenlaces que a continuación indicamos:

http://ec.europa.eu/eures/home.jsp?lang=es

http://www.ocupacio.gva.es:7017/portal/web/home/trabajareuropa

1.2.3. Libertad de establecimiento 2

De acuerdo con el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea la libertadde establecimiento conlleva el acceso a actividades no asalariadas y a suejercicio, así como la constitución y gestión de empresas y sociedades, deforma estable y continuada.

PRINCIPIO BÁSICO: LIBERTAD PLENA

No obstante, la Unión Europea además de acordar la plena libertad deestablecimiento como principio básico, debe considerar y saber congeniar elequilibrio como fundamento recto de sus políticas económicas y laborales,pues las desigualdades territoriales previas y conocidas –entre regiones ypaíses– no sólo atentan contra la justicia social, sino que lastran el crecimientoeconómico de todos. Por eso el nombre oficial de las medidas tomadas parareducirlas es Política de Cohesión Económica y Social. Porque ayudar a laszonas más atrasadas interesa a todos: un crecimiento económico de ampliabase, que abarque a todo el territorio y a la mayoría de la población, contarácon más consumidores, más demanda, más oportunidades de inversión, mástrabajadores empleados, que a su vez consumen más… En suma, una tartamás grande para todos… y que crece más. La libertad de establecimiento vaunida a los ajustes que la política de la unión europea marca para evitar lasdesigualdades antes citadas.También se ha de considerar la filosofía rectora de la Unión europea que comovemos en el recuadro de más abajo, haciendo un ejercicio comparativo entredos visiones esencialmente distintas pero propias del mundo occidental, afectay mediatiza los principios que mueven la libertad de establecimiento y la librecirculación de los trabajadores.

MERCADO DE TRABAJO / FILOSOFÍA EMPRESARIAL / MODELOS DE ESTADO DEL BIENESTAR

MODELO ANGLOSAJÓN MODELO CONTINENTALCARACTERÍSTICAS GENERALES

Eficiencia de mercado Eficiencia de mercado + Justicia socialDejar hacer Fuerte implicación del gobiernoIndividualista Colectivo /Orientado al consensoPerspectiva a corto plazo Perspectiva a largo plazo

MERCADO DE TRABAJO / DERECHOS DE LOS TRABAJADORESFlexible / Adaptable / Respuesta rápida Rígido / No adaptable / Respuesta lentaBaja protección a los trabajadores Alta protección a los trabajadoresLey de contratación: facilidad para contratar y Ley de contratación: dificultad parapara despedir para despedir y contratarInseguridad en el empleo Seguridad en el empleoBajos salarios / Baja productividad Altos salarios / Baja productividad

Page 11: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

11

Soy un emprendedor ¿Qué opciones de negocio tengo?

Un ciudadano puede establecerse en el territorio del cualquier Estado miembrocon la finalidad de ejercer en él una actividad económica como trabajadorautónomo en idénticas condiciones que los propios nacionales de ese Estadomiembro, y hacerlo de forma permanente, estable y por una duraciónindeterminada, sin limitación previsible en el tiempo.

Como profesional liberal (arquitecto, médico, abogado…) o como sujeto querealiza una actividad por cuenta propia en el sector bancario, industrial ocomercial, se beneficiará del principio de igualdad de trato con el nacional,quedando prohibidas las discriminaciones directas o indirectas. Esta libertadcolectiva conlleva el derecho de entrada y estancia en el Estado de destino demanera indefinida. Además, también se benefician de este régimen lassociedades que se han constituido conforme a la legislación de un Estadomiembro de la UE y que tienen su sede social en la misma.

¿Se acepta mi formación académica y profesional ind ependientementedel país de origen? 1

Es imprescindible la aportación de unos títulos, diplomas o certificacionesacadémicas y profesionales reconocidas, homologadas o convalidadas en elentorno europeo, para ello y tal como es de prever, Además, la UE haelaborado una abundante normativa que permite en determinados sectores elreconocimiento automático de un diploma académico, sin que el Estado deacogida tenga que valorar caso por caso si, con la formación que se acredita,se está cualificado para el ejercicio profesional en cuestión. Esto se haregulado de forma global, y así se ha establecido un sistema general dereconocimiento de los títulos de enseñanza superior que acreditan formacionesprofesionales de una duración mínima de tres años. De igual modo, existe unsistema de reconocimiento de los títulos que validan la realización de estudiosde una duración mínima de dos años. En definitiva, existe una extensanormativa europea que explica y pone en valor jurídico los estudios y lascompetencias que de ellos se derivan, por lo demás y a raíz del plan Bolonia ylos créditos ECTS, y por supuesto de la entrada en el marco común europeo dela educación superior, la vigencia y calidad de los estudios o certificacionesprofesionales en el interior de la Unión Europea están garantizadas. Noobstante, hemos de considerar la autonomía de los centros educativos y delmundo empresarial para seleccionar en función del mérito y la capacidad sindiscriminaciones y desde el valor intrínseco de la igualdad de trato.

1 ENIC-NARIC European Network of National Information Centres on academic recognition andmobility http://www.enic-naric.net/Guía del usuario del sistema general de reconocimiento de cualificaciones profesionaleshttp://ec.europa.eu/internal_market/qualifications/docs/guide/guide_es.pdfDirectiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, relativa alreconocimiento de cualificaciones profesionaleshttp://europa.eu/legislation_summaries/education_training_youth/vocational_training/c11065_es.htmHomologación de títulos Universitario. Ministerio de Educaciónhttp://www.educacion.gob.es/educacion/universidades/educacion-superior universitaria/titulos/homologacion-titulos.html

Page 12: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

12

1.2.4. Libre prestación de servicios

En cuarto lugar, las personas físicas o jurídicas establecidas en un Estadomiembro pueden ejercer actividades económicas autónomas, como ocurría enel derecho de establecimiento, pero, a diferencia de éste, con caráctertemporal, beneficiándose de la libre prestación de servicios. La prestación hade ser transfronteriza, bien porque se desplaza físicamente el prestador delservicio (un restaurador que se traslada a otro Estado para reparar una obra dearte), bien porque se desplace físicamente el destinatario del servicio (unenfermo o un turista que viaja para recibir un servicio médico o alojarse en unestablecimiento hotelero), bien se dé un desplazamiento conjunto como en elcaso de los guías turísticos, o bien porque en última instancia sea laprestación en sí misma la que se desplace, como por ejemplo: el dictamen deun abogado, el proyecto de un arquitecto, etcétera.

En suma, los mercados nacionales de trabajo de todos los Estados miembrosfuncionan siguiendo unas mismas reglas. Se disfruta, o se podrá disfrutar en unfuturo, cuando se lleve a cabo actividades económicas, de la posibilidad detrabajar, comercializar productos, prestar o recibir un servicio, establecerse porcuenta propia en otro país comunitario distinto al de la nacionalidad propia enlas mismas condiciones que se aplican a los nacionales de ese país.

2. El modelo social europeo. La dimensión social y laboral del mercadoeuropeo 2

2.1 La dimensión social del mercado europeo. Un pro yecto diferenciador.

¿Es el mercado único sólo una máquina de hacer dine ro, o piensa en laspersonas que habitamos en él?

Cuando el mercado único ya estaba en marcha, se hizo evidente que la construccióneconómica de Europa no podía olvidar la dimensión social

Cuando el mercado único ya funcionaba, fue obvio que la construcción económica y laestructura sobre la que estaba fundamentada Europa no podía olvidar la dimensiónsocial. El mercado único favoreció más que a nadie a las grandes empresas, quepodían sacar el máximo partido de una ampliación tan grande de los mercados, y alcapital (los dueños y gestores de dinero), que podía moverse por todo el continentecon rapidez y sin límites. Pero ¿y los trabajadores? Por cuestiones familiares,lingüísticas y de costumbres, no tenían la misma facilidad para moverse y cambiar depaís. Esto daba un enorme poder de negociación a las empresas y al capital móvil. Sino se compensaba, apoyando a los trabajadores, se corría el peligro de lo queJacques Delors llamó “una carrera hacia el fondo”: una competencia a la baja enmateria de derechos de los trabajadores y protección social (subsidios de desempleo,pensiones, etcétera). Para conseguir inversiones o impedir que huyeran las empresas,muchos trabajadores y gobiernos se verían obligados a un dumping social, es decir auna escala imparable de más y más concesiones.

Page 13: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

13

Esto supuso favorecer , en primer lugar el sentir democrático que evitaradesigualdades sin menoscabar la libertad de actuación y de iniciativa, y en segundolugar, impulsar la cohesión social mediante la toma de grandes y graves decisiones,como aquellas relativas al empleo, a la distribución de la renta o el bienestar de todoslos integrantes de la Unión –esto incluye también y por supuesto a las regiones– quequieren estar convencidos de ser escuchados. Esta necesidad de equidad en susentido de igualdad requiere un control democrático tal como ya se ha comentado,para la que la Unión Europea se siente preparada gracias a los organismos y laspolíticas que lleva a caboFormar parte de la Unión comporta derechos y deberes. Si los habitantes de lasregiones menos favorecidas perciben que los que obtienen ventajas son tan sólo losde las regiones más favorecidas desconfiarán de la conveniencia de seguir en la Unióny su sentimiento de pertenencia a la comunidad y a la ciudadanía, disminuirá.

La Unión Europea ha asumido desde su fundación y ha elaborado paso a paso, lasvías y mecanismos necesarios para favorecer la libertad y evitar a un tiempo lasdesigualdades.

PRINCIPIO BÁSICO: UNA EUROPA QUE SEA LA SUMA DE PERSONAS

2.2. La carta de derechos fundamentales de los trab ajadores. Fundamento base

¿Puedo confiar en que la Unión Europea tiene sus va lores asentados en losderechos humanos?

Para evitar esta posible dinámica antisocial, se elaboró la Carta de DerechosFundamentales de los Trabajadores2. Ésta establecía principios y derechos básicosque serían requisitos mínimos para todos los países de la Unión Europea:remuneraciones dignas, protección social suficiente, derecho a formar sindicatos,jornada laboral máxima y vacaciones pagadas, igualdad de trato entre hombres ymujeres, seguridad y salud en el trabajo, evitar la explotación de niños y ancianos,facilidades para los discapacitados, etcétera.

2.3 Libertad de movimientos y no discriminación. El gran reto

Pero, sobre todo, la llamada Carta Social partía de un pilar básico: la libertad demovimientos y el derecho a residir y trabajar en cualquier país de la Unión sin permisoprevio y sin discriminación alguna, con los mismos derechos que los nacionales de esepaís. Éste es el principio de no discriminación, que es hoy el núcleo de la ciudadaníaeuropea. De esta forma se haría efectiva, con justicia e igualdad, la cuarta libertad delmercado único: la libertad de movimiento del trabajo.

2 Carta Social Europeahttp://europa.eu/legislation_summaries/human_rights/fundamental_rights_within_european_union/c10107_es.htm

Page 14: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

14

2.4. Un modelo único en el mundo: El factor humano de la economía. Se trata denosotros, los europeos.

Una de las señas de identidad de la Unión Europea es tener en cuenta el factorhumano de la economía moderna. El progreso también consiste en que nadie sequede atrás.

La Carta Social fue propuesta en 1989 y forma parte hoy de la Carta de DerechosFundamentales del Ciudadano Europeo a través del recientemente aprobado Tratadode Lisboa. Es la garantía legal de lo que se ha llamado el modelo social europeo, quese basa en el consenso, el diálogo entre trabajadores y empresarios, sindicatos yorganizaciones patronales. Es una filosofía económica y empresarial que pone énfasisen la justicia, la cohesión social y la solidaridad, además de en la eficiencia delmercado y la libertad empresarial. Las principales corrientes políticas que han creadola Europa unida de los últimos 60 años han coincidido en construir el Estado delBienestar más desarrollado del mundo. Es una de las señas de identidad de la UniónEuropea: tener en cuenta el factor humano de la economía moderna. El progresotambién consiste en que nadie se quede atrás.

PRINCIPO BÁSICO: EL PROGRESO TAMBIÉN CONSISTE EN QUE NADIESE QUEDE ATRÁS

3. Actividades complementarias

3.1. A partir del esquema abajo expuesto, crear dos grupos de trabajo, cada uno deellos deberá realizar una batería de observaciones haciendo un ejercicio comparativopara con posterioridad debatir entre ellos.

MERCADO DE TRABAJO / FILOSOFÍA EMPRESARIAL / MODELOS DE ESTADO DEL BIENESTAR

MODELO ANGLOSAJÓN MODELO CONTINENTALFILOSOFÍA EMPRESARIAL

Preponderancia a los accionistas Preponderancia a los grupos de interésDébil compromiso con los trabajadores Fuerte compromiso con los trabajadoresEscasa formación laboral a cargo de la Formación laboral a cargo de la empresaEmpresaInclinación al riesgo (no se teme fracasar) Aversión al riesgo (temor a fracasar)Cultura emprendedora Falta de cultura emprendedoraEspíritu de innovación Falta de espíritu de innovación

REGULACIÓN GENERAL / IMPLICACIÓN GUBERNAMENTALRegulación ligera Regulación fuertemente dirigidaFacilidades para abrir y cerrar empresas Dificultades para abrir y cerrar empresas

POLÍTICA SOCIAL / ESTADO DEL BIENESTAREstado del Bienestar mínimo El mejor Estado del Bienestar del mundoEscasos beneficios sociales Excesivos beneficios socialesLas empresas deben proporcionar beneficios El Estado debe proporcionar beneficiossociales sociales

CARGA IMPOSITIVABajos impuestos de sociedades e individuales Altos impuestos de sociedades e

Page 15: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

15

individualesBaja cotización salarial Alta cotización salarial (además de los costes salariales)

RESULTADOS / RENDIMIENTOAlto crecimiento Bajo crecimientoBajos niveles de desempleo Altos niveles de desempleoAbsorbidos los sectores bajos del mercado Abandonados los sectores bajos del laboral mercado laboralAtrae inversión extranjera directa / Ataja la No atrae inversión extranjera directa /deslocalización empresarial Favorece la deslocalización empresarialAltamente competitivo / Pro-globalización Menos competitivo / Teme la globalizaciónAbierto a la inmigración Menos abierto a la inmigraciónMayoría de puestos de trabajo dependen del Muchos puestos de trabajo dependen demercado y el sector privado la Administración y el sector público / Subvenciones y beneficios fiscales

DILEMA PARA EL FUTURO¿Podrá Europa sostener su modelo social, competir en una economía globalizada y mantener auna población envejecida?

3.2. A partir de las actividades abajo indicadas crear un debate y una ficha de trabajovalorando especialmente los pros y los contras de la libre circulación de personas

Irse o quedarse

Objetivos: Que los alumnos reflexionen sobre su derecho a la libre circulacióndentro de la Unión Europea y sobre los beneficios e inconvenientes deirse a vivir a otro país.

Palabras clave: Prejuicios, sensibilización cultural, Unión Europea

Clase: Lectura, debate, ficha, redacción

Temas relacionados: Ciudadanía, planificación de la carrera profesional, educaciónpersonal, social y sanitaria

Capacidades: Autoevaluación, análisis

Actividades propuestas

LecturaLectura de los textos citados en la agenda europa páginas 31,33, 36 y 37www.europadiary.eu

DebateTras la lectura, se debate con los alumnos las posibles razones para irse a vivir a otro país.Por ejemplo:Hacer una carrera a la que no puede accederse en el lugar de origenConseguir un trabajo al que no puede accederse en el lugar de origenCambiar de airesViajar y descubrir otras culturasHuir del pasado.

FichaA continuación, se pide a los alumnos que imaginen que van a pasar un año de intercambio enotro país.De forma individual o como actividad para toda la clase, se anotan las ventajas y también lasdificultades que podrían surgir. (Posibles dificultades: morriña, hacer nuevos amigos, encontrarsu lugar, comida o hábitos alimentarios distintos, barreras idiomáticas, etc.) Además, los

Page 16: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

16

alumnos deben evaluar si son mayores las ventajas o los inconvenientes y, por último, decidirpor sí mismos si se irían a vivir a otro país, por qué y por cuánto tiempo.

ConclusiónA modo de conclusión, puede pedírsele a los alumnos que hagan una redacción sobre el temasiguiente:«Irse a vivir a otro país puede ser importante y útil para el desarrollo personal y profesional.Pero también implica dejar atrás a los amigos y a la familia y alejarse de las raíces. ¿Cómo seconsigue el equilibrio adecuado?»

3.3. En esta actividad se considera prioritario no sólo el debate interno del aula, sino eltrabajo individual de reflexión pensada con una elaboración escrita que complemente yamplie la información recibida en el aula.

¿Por qué existen las leyes?

Objetivos: Que los alumnos reflexionen sobre los derechos incluidos en la Cartade los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y sobre lanecesidad de que queden fijados en las leyes.

Palabras clave: Derechos fundamentales, derechos humanos, discriminación

Clase: Debate, deberes, trabajo

Temas relacionados: Ciudadanía

Capacidades: Debate, análisis, presentación

Actividades propuestasLecturaLectura de los textos citados en la agenda europa página 25. www.europadiary.eu

PreparaciónPara esta actividad es necesario descargarse la Carta de los Derechos Fundamentales de laUnión Europea(www.europadiary.eu > Recursos didácticos > Carta)e imprimir los capítulos I-VI. Hay que recortar el papel de modo que cada artículo aparezca enuna hoja distinta.

Lectura y debateLectura de los textos citados. Después, se debate la intolerancia y la discriminación con losalumnos.Sugerencias:¿Se han tenido que enfrentar los alumnos alguna vez a un caso de discriminación?, ¿algunavez se han sentido discriminados?¿Qué derecho fundamental es defendido por las leyes contra la discriminación? (La igualdad)¿Pueden citar los alumnos otros derechos fundamentales?

Con la última pregunta se introduce el trabajo para casa.

Trabajo para casaSe distribuye al azar una hoja de papel con un artículo de la Carta a cada alumno. Cada unodebe preparar un discurso de 90 segundos en el que explique por qué ese derecho esfundamental.El discurso debe presentar:1. El derecho que salvaguarda el artículo2. Las situaciones en las que pueda vulnerarse ese derecho

Page 17: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

17

3. Un ejemplo de las consecuencias de que ese derecho no se proteja.

4. Información adicional

• Sitio web de la Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e inclusión dela Comisión Europea http://ec.europa.eu/social/home.jsp?langId=es

• RED EURES http://ec.europa.eu/eures/home.jsp?lang=es

• RED EURES COMUNIDAD VALENCIANA

http://www.ocupacio.gva.es:7017/portal/web/home/trabajareuropa

• Libertad de Establecimiento y libre prestación de servicioshttp://ec.europa.eu/internal_market/services/principles_en.htm

• ENIC-NARIC European Network of National Information Centres on academicrecognition and mobility http://www.enic-naric.net/

• Guía del usuario del sistema general de reconocimiento de cualificacionesprofesionaleshttp://ec.europa.eu/internal_market/qualifications/docs/guide/guide_es.pdf

• Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 deseptiembre de 2005, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionaleshttp://europa.eu/legislation_summaries/education_training_youth/vocational_training/c11065_es.htm

• Homologación de títulos Universitario. Ministerio de Educaciónhttp://www.educacion.gob.es/educacion/universidades/educacion-superior universitaria/titulos/homologacion-titulos.html

• Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «La dimensión socialdel mercado interior»http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:C:2011:044:0090:0098:ES:PDF

• Carta Social Europeahttp://europa.eu/legislation_summaries/human_rights/fundamental_rights_within_european_union/c10107_es.htm

Page 18: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

18

Page 19: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

19

EL MERCADO INTERIOR. LA LIBRE CIRCULACIÓN DE MERCAN CÍAS,SERVICIOS Y CAPITALES.

1. El mercado interior como objetivo

El artículo 3.2 y 3.3 de la Versión Consolidada del Tratado de la Unión Europea(en adelante VCTUE) establece:

Art. 3 2. La Unión ofrecerá a sus ciudadanos un espacio de libertad, seguridad y justicia sinfronteras interiores , en el que esté garantizada la libre circulación de personasconjuntamente con medidas adecuadas en materia de control de las fronterasexteriores, asilo, inmigración y de prevención y lucha contra la delincuencia.

3. La Unión establecerá un mercado interior . Obrará en pro del desarrollo sosteniblede Europa basado en un crecimiento económico equilibrado y en la estabilidad de losprecios, en una economía social de mercado altamente competitiva, tendente al plenoempleo y al progreso social, y en un nivel elevado de protección y mejora de la calidaddel medio ambiente. Asimismo, promoverá el progreso científico y técnico. (…)

Pero hemos de ir al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (en adelanteTFUE) para conocer con precisión la noción de mercado interior.

Art. 26 1. La Unión adoptará las medidas destinadas a establecer el mercado interior o agarantizar su funcionamiento, de conformidad con las disposiciones pertinentes de losTratados.

2. El mercado interior implicará un espacio sin fronteras interiores, enel que la libre circulación de mercancías, personas , servicios ycapitales estará garantizada de acuerdo con las dis posiciones de losTratados .

Por consiguiente, el mercado interior es el espacio geográfico de todos los Estadosmiembros (en adelante EEMM) contemplado como una unidad de modo análogo alterritorio de cualquier Estado miembro por separado. Esto significa que la constitucióndel mercado interior excluye la existencia de barreras de cualquier tipo entre losEstados que lo componen. La creación del mercado interior constituye el punto centralde la unificación económica.

De la importancia del objetivo da cuenta su ubicación en el Titulo I del VCTUE. Elmercado interior es el contexto que va a posibilitar nuevas y mejores posibilidadeseconómicas y sociales para los ciudadanos de los Estados miembros. En suconsecución se va a fomentar una mayor y más leal competencia, circunstancia queaprovecha a los consumidores y al libre comercio. Se amplía la demanda para losproductores, la oferta para los consumidores, el mercado de trabajo para losasalariados, las oportunidades para los emprendedores, se abaratan costes en eltransporte, se eliminan controles con sus tasas, se abrevian plazos y se reduce laburocracia, se eliminan los tipos de cambio de moneda, se reglamenta de modo globaly se aplica de modo coherente, se controla y se sanciona bajo un mismo criterio, etc.

Page 20: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

20

Se trata de una meta difícilmente realizable pero en cuyo proceso y desarrollo sóloobtendremos beneficios. El sentido del esfuerzo radica en los pasos liberalizadoresmás que en su utópico final. Se trata, por ello, de un proyecto en fase de gestaciónpermanente y por eso los artículos 3 VCTUE y 26 TFUE se expresan en futuro,manifiestan un compromiso. De este modo, el mercado interior se sustenta por elDerecho comunitario que es el que ha decidido su existencia y persevera por sumantenimiento y progreso. Este cometido exige a las Instituciones comunitarias trabajaren varias áreas en cada una de las cuales la misión es garantizar la libertad en el senodel mercado interior, es decir, impedir que en el proceso se retroceda o que seinstauren nuevas barreras. Para ello cuenta con la colaboración de los Estadosmiembros quienes participan de modo individual en el compromiso aunque enocasiones por intereses nacionales van a intentar eludir el cumplimiento de susobligaciones.

Así, las áreas a desarrollar, los pilares en los que descansa el mercado interior, son lasllamadas libertades fundamentales: La libre circulación de personas, la libre circulaciónde mercancías, la libertad de establecimiento, la libre prestación de servicios y el libremovimiento de capitales.

1.1 Implicaciones de la libre circulación de mercan cías

Esta libertad persigue fusionar los mercados nacionales de todos los EEMM enun único mercado en el cual las mercancías comunitarias circulen libremente encondiciones análogas a las que concurren en un mercado nacional sin más obstáculosque aquellos de carácter comunitario o de carácter nacional pero que encuentrenjustificación en la normativa comunitaria.

A efectos de conocer la beneficiaria de la libre circulación es importante precisar, enprimer lugar, la noción de «mercancía». La “mercancía” ha sido perfilada por el Tribunalde Justicia de la Unión Europea (en adelante TJUE) como «todos los bienesapreciables en dinero y que pueden ser, por tanto, objeto de transaccionescomerciales». Y, en segundo lugar, discernir cuáles de entre ellas son objeto de estalibertad. Beneficiarias van a ser, por un lado, las originarias de los EEMM, es decir, lasmercancías que han sido completamente producidas o de forma sustancial en elEstado miembro exportador, y por otro y en pie de igualdad, las procedentes deterceros países y puestas en «libre práctica» , esto es introducidas de un modo legalen un Estado miembro. Así, los productos de terceros países que cumplan lascondiciones del artículo 29 TFUE son asimilados a los «originarios» de la Comunidad yse benefician del régimen de libre circulación en su interior.

Art. 29 Se considerarán en libre práctica en un Estado miembro los productos procedentes deterceros países respecto de los cuales se hayan cumplido, en dicho Estado miembro,las formalidades de importación y percibido los derechos de aduana y cualesquieraotras exacciones de efecto equivalente exigibles, siempre que no se hubierenbeneficiado de una devolución total o parcial de los mismos.

Para la consecución de la libre circulación de mercancías están previstos en losTratados una serie de instrumentos, de carácter represivo o prohibitorio unos y decarácter normativo otros pero todos ellos encaminados a eliminar los obstáculos decualquier naturaleza que se opongan a su realización.

1.1.1. La instauración de un mercado interior requería, como primer paso, laSUPRESIÓN DE TODOS LOS DERECHOS DE ADUANA ENTRE LOS EEMM (art. 28TFUE). Los derechos de aduana son cargas pecuniarias que gravan los productos

Page 21: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

21

importados en el momento de atravesar la frontera y que se manifiestan bien comoderechos específicos, esto es, basados en la capacidad o en las medidas de lasmercancías, bien como derechos ad valorem, según el valor en aduana de lamercancía, que es la más utilizada. De cualquier forma, sus efectos siempre van a serobstruccionistas del comercio y se recaudaban en las importaciones y exportacionesantes de la creación de la Unión Europea.

Art. 28 1. La Unión comprenderá una unión aduanera , que abarcará la totalidad de losintercambios de mercancías y que implicará la prohibición, entre los Estadosmiembros, de los derechos de aduana de importación y exportación y decualesquiera exacciones de efecto equivalente, así como la adopción de unarancel aduanero común en sus relaciones con tercer os países.

2. Las disposiciones del artículo 30 y las del capítulo 3 del presente título se aplicarán alos productos originarios de los Estados miembros y a los productosprocedentes de terceros países que se encuentren en libre práctica en losEstados miembros .

1.1.2. El mismo artículo 28 TFUE como también el 30 TFUE ordenan laSUPRESIÓN DE LAS EXACCIONES DE EFECTO EQUIVALENTE A UN DERECHODE ADUANA (en adelante EEE). Esta figura busca solución a la picaresca propia delos Estados que en su afán protector de la producción nacional van a imaginar y aaplicar de modo unilateral -a veces sólo tolerar que otros la apliquen- innumerablestasas que, bien en el momento de la importación o de la exportación, bien en el de lacomercialización o de la transformación del producto, van a gravar exclusivamente losproductos foráneos. La particularidad de estas exacciones es que presentancaracterísticas que las alejan del concepto mismo de derecho de aduana y por ello desu prohibición evidente. Sin embargo sus efectos en el comercio siempre seránsimilares, equivalentes, a los de los derechos de aduana.

Art. 30 Quedarán prohibidos entre los Estados miemb ros los derechos de aduana deimportación y exportación o exacciones de efecto eq uivalente . Esta prohibición seaplicará también a los derechos de aduana de carácter fiscal.

El TJUE en su Sentencia de 14 de diciembre de 1962 pain d'épice da una definicióncompleta de la EEE a un derecho de aduana y dice que es toda carga pecuniaria,distinta de un derecho de aduana o de una imposición del artículo 110 TFUE,unilateralmente impuesta, independientemente de su denominación técnica, finperseguido, destino de los ingresos y naturaleza de los productos gravados, quegravan las mercancías comunitarias en razón de que traspasan la frontera, conindependencia de que tal carga sea mínima, que no sea en beneficio del Estado o queno produzca ningún efecto discriminatorio o protector y que el producto gravado no seencontrara en concurrencia con una producción nacional.

Si bien el Tratado se refiere exclusivamente a la supresión de las EEE que gravan losintercambios entre los EEMM el TJUE ha establecido en su Sentencia de 1995 Aprileque los EEMM no pueden imponer unilateralmente EEE en los intercambios con lospaíses terceros y, además, que si la UE ha establecido en sus acuerdos con Estadosterceros esta prohibición, es decir, la de crear EEE, tendrá el mismo alcance que en elmarco intracomunitario. Todavía el TJUE en su Sentencia de 1994 Lancry va a limitaraún más la soberanía fiscal de los EEMM pues se pronuncia diciendo que estasprohibiciones no sólo afectan al comercio entre Estados, tal como se desprende de laliteralidad de los artículos, sino que también afecta al comercio entre regiones de unmismo Estado. Es decir, la imposición sobre un producto de un Estado al penetrar enparte de un territorio de ese mismo Estado no es una cuestión interna ajena al Derecho

Page 22: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

22

Comunitario sino que vulnera igualmente el principio del mercado interior y por ende laLibre Circulación de Mercancías.

Los derechos y exacciones percibidos por un EM violando el Derechocomunitario dan derecho a restitución en virtud del principio de primacía delderecho comunitario y del efecto directo de los artículos que prohiben estosderechos y exacciones. En estos casos, el Derecho comunitario exige unarestitución integral de las sumas ilegalmente percibidas. Esta restitución de loilegalmente percibido se realiza en el respeto de la autonomía procesal de losEEMM. Sin embargo, el TJUE ha impuesto ciertos límites a este principio, en elsentido de que habrá de aplicarse de forma no discriminatoria y de manera queno imposibilite o haga excesivamente difícil en la práctica el ejercicio de losderechos de los ciudadanos (STJUE de 27/2/80, Hans Just y STJUE de 9/11/83,San Giorgio).

1.1.3. En este punto es importante distinguir las imposiciones interiores delartículo 110 TFUE que antes hemos mencionado de los derechos de aduana y EEE. Lacaracterística esencial de una exacción de efecto equivalente a un derecho de aduanaque la distingue de una imposición interior es que la primera grava exclusivamente elproducto importado, mientras que la segunda grava a la vez los productos nacionales.Así, el art. 110 TFUE pretende la ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DEPROTECCIÓN QUE RESULTEN DE LA APLICACIÓN DE IMPOSIC IONESINTERIORES DISCRIMINATORIAS respecto de otros Estados miembros y garantizarla perfecta neutralidad de las imposiciones interiores. De este modo, el art. 110 TFUEes el complemento de la prohibición del art. 28 TFUE. De poco serviría liberar a losproductos importados de derechos de aduana si posteriormente se les grava conimposiciones que les afecta más severamente a ellos que a la producción nacional.

Lo que se castiga en el artículo 110 TFUE es el carácter discriminatorio o proteccionistade un tributo interno. Esta delimitación no es baladí pues las tasas del artículo 28 estánabsolutamente prohibidas lo que exige su eliminación, mientras que para lasimposiciones interiores el artículo 110 prevé solamente la eliminación de su carácterdiscriminatorio. Hay que advertir que un régimen general de imposiciones interiores quegrave igualmente productos nacionales y los importados puede ser una EEE disfrazadasi los ingresos obtenidos son exclusivamente destinados a favorecer al productonacional de modo que los compensa totalmente del gravamen que soportan. Ello esdebido a que para las mercancías nacionales la carga sería neutralizada mediante laconcesión de una contrapartida. Cuando dicho tributo se destine a los productosnacionales compensando parcialmente el gravamen soportado será, sin embargo, unadiscriminación del artículo 110 TFUE.

1.1.4. La Unión aduanera, base de nuestro mercado interior, implica no sólo lasuspensión inmediata o gradual de las barreras arancelarias y comerciales a lacirculación de mercancías que constituye la unión, sino que, como decía el artículo 28.1y repite el 31 TFUE, además es necesaria la CONSTRUCCIÓN DE UN ARANCELADUANERO COMÚN FRENTE A TERCEROS PAÍSES a diferencia de las “zonas delibre comercio” en las que subsisten los distintos aranceles nacionales de los EEMM.No obstante, estas dos condiciones, eliminación de los derechos de aduana y adopciónde un Arancel Exterior Común, constituyen una condición necesaria pero no suficientepara alcanzar la pretendida libertad de circulación de mercancías.

Art. 31 El Consejo, a propuesta de la Comisión, fijará los derechos del arancel aduanerocomún .

Page 23: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

23

El uno de julio de 1968, a la vez que se suprimían las barreras arancelarias enel interior de la entonces Comunidad Económica Europea, se estableció unarancel común frente a los Estados que no pertenecían a la Comunidad. Elarancel aduanero común comprende toda la Comunidad y es aplicado por todoslos EEMM a las importaciones procedentes de terceros países, generalmenteen el momento de la entrada de las mercancías en el espacio económico de laUE. El establecimiento de un arancel aduanero común sobre las importacionesprocedentes de terceros países era necesario para impedir un desplazamientode las corrientes de mercancías. La misión esencial de cualquier arancel deaduanas es el establecimiento de un vínculo de referencia entre una mercancíadeterminada y la carga impositiva que le corresponde para su introducción en elcorrespondiente territorio aduanero. Los tipos del arancel aduanero común sehan modificado con frecuencia desde 1968. Tales modificaciones se adoptan demanera autónoma a través del Consejo de la UE o en negociaciones de la UEcon terceros países y con otras organizaciones internacionales y, en este caso,sobre todo en el marco de la Organización Mundial del Comercio (OMC). Losingresos que se obtienen de los aranceles aduaneros corresponden a la UEdesde 1975 y, por consiguiente, han de ser abonados por los EEMM a la UE.

1.1.5. La creación de un gran mercado europeo en el que se puedanintercambiar libremente todas las mercancías requiere, junto a la supresión de lasbarreras arancelarias, la SUPRESIÓN DE LAS RESTRICCIONES CUANTITATIVAS(arts. 34 y 35 TFUE). Éstas son medidas de los EEMM, en principio no pecuniarias,mediante las cuales, con el fin de proteger su producción interna, mantienen alejada delmercado nacional la competencia de los productos extranjeros, prohibiendo de maneratotal o por un período concreto de tiempo la importación de un producto o limitando suimportación en cantidad o en valor (los llamados contingentes). Una vez transcurridoslos respectivos períodos de transición, los EEMM se sometieron sustancialmente a laprohibición de estas medidas. Por esta razón, ya no existen restricciones comercialesen forma de contingentes en el mercado intracomunitario.

Art. 34 Quedarán prohibidas entre los Estados miemb ros las restricciones cuantitativas ala importación, así como todas las medidas de efect o equivalente.

Art. 35 Quedarán prohibidas entre los Estados miemb ros las restricciones cuantitativas ala exportación, así como todas las medidas de efect o equivalente.

1.1.6. En cambio, para el libre intercambio comercial en el seno de la UE siguensiendo problemáticas las intervenciones de los Estados miembros que repercuten demanera directa o indirecta en el comercio intracomunitario, imposibilitando, dificultandoo encareciendo las importaciones y exportaciones, aunque no las prohiba ni lascontingente expresamente como haría una restricción cuantitativa. Así los artículos 34 y35 TFUE también ordenan la SUPRESIÓN DE LAS MEDIDAS DE EFECTOEQUIVALENTE A LAS RESTRICCIONES CUANTITATIVAS (en adelante MEE).

En una época que se caracteriza por dificultades estructurales en un buen número desectores económicos (siderurgia, construcción naval, textiles), por un desempleocreciente y, a la vez, por el aumento de las importaciones procedentes de países queproducen a costes relativamente bajos, aumenta en los EEMM la tentación de levantarbarreras comerciales intracomunitarias a través de medidas proteccionistas paramantener así alejadas del mercado nacional las mercancías procedentes de otrosEEMM. El grado de imaginación y la capacidad inventiva de los EEMM en la

Page 24: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

24

implementación de tales obstáculos comerciales es sorprendente. Estas medidaspueden ser físicas, técnicas, administrativas, fiscales o en forma de ayudas estatales.Estas barreras afectan, de distinto modo y grado, a la industria, al comercio y a losnegocios y no hacen sino aumentar los plazos suplementarios, las formalidadesburocráticas y los gastos de transporte y de manutención, a la vez que los costes yreducen, de paso, la competitividad.

Estas prácticas serán consideradas MEE no sólo cuando produzcan efectos “actuales”sobre el tráfico intracomunitario, sino también cuando, no existiendo un elementotransfronterizo éste podría “potencialmente” darse. Por otro lado, una medidaconstituye MEE no sólo cuando obstaculiza “directamente” el tráfico intracomunitario,sino también cuando lo hace indirectamente. Así, no sólo son MEE las medidasestatales que discriminan a los productos importados frente a los de fabricaciónnacional (medidas “distintamente aplicables”), sino también aquellas que no distinguenentre el producto nacional y el importado (medidas indistintamente aplicables) pero quepudieran producir, indirectamente, un obstáculo al libre tráfico intracomunitario.

1.1.7. La Comunidad ha intentado durante muchos años eliminar las MEE a unarestricción cuantitativa mediante la ARMONIZACIÓN , es decir, mediante elacercamiento de las disposiciones nacionales a un estándar de la UE sobre el que sehaya logrado acuerdo. Dado que uno de los principales obstáculos al libre tránsito demercancías se deriva de la simple existencia de diferentes reglamentacionescomerciales en los EEMM, cada una estableciendo sus propios requisitos y condicionespara la producción y comercialización de las mercancías, el TFUE prevé en su artículo114.1 la posibilidad de armonizar o aproximar las legislaciones de los Estados a travésde un único texto comunitario. Se trata de la adopción de una norma europea comúnpara todos los EEMM que limite su capacidad de actuación en este campo y por tantode introducir nuevas barreras comerciales a los productos foráneos.

No obstante, a veces transcurrían varios años hasta que se podía llegar a un acuerdo anivel comunitario. Entretanto, la inseguridad se apoderaba de la gente de negocios,pues no sabían ya qué normas debían aplicar y cuáles debían servir de base ainversiones y decisiones que a veces se planteaban a varios años vista. Cuandofinalmente se llegaba a un acuerdo en muchos casos el producto o la norma estabanobsoletos.

1.1.8. Una solución muy pragmática y que marcaba una orientación paragarantizar la libre circulación de mercancías fue la que abrió el TJUE con su SentenciaCassis de Dijon, del año 1979. Se trata del “PRINCIPIO DE RECONOCIMIENTOMUTUO”. El Tribunal establece en su Sentencia que, por principio, todos los productosque se fabrican y se comercializan con arreglo a las normas de un Estado miembropueden comercializarse también en otros EEMM. En otra palabras, cualquier regulaciónde un Estado miembro cumple el estándar necesario que ha de aceptar otro Estadomiembro en su mercado nacional.

Esta Sentencia Cassis de Dijon ha permitido a la Comisión europea cambiar suestrategia legislativa evitándole afrontar la titánica y prácticamente imposible tarea dearmonizar todas las diferencias entre las reglamentaciones comerciales de los EEMMque pudieran obstaculizar el comercio intracomunitario. Los EEMM deben, por tanto,confiar en sus respectivos procedimientos de fabricación y control, reservándose laarmonización para aquellos supuestos en los que sea realmente necesaria, cuando elnivel de protección entre los Estados sea muy divergente. De esta manera no sólo seevita cualquier armonización superflua sino que se concilian intereses que parecíaninsuperables. De un lado, los consumidores tienen la mayor selección posible deproductos de la Comunidad, sin que estos productos se queden por debajo de un

Page 25: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

25

estándar mínimo respecto de la salud y de la seguridad. De otro, los fabricantes deproductos industriales y de otros productos pueden ofrecer a la venta sus mercancíasen todo el mercado interior europeo. De ello se sigue mayor libertad de competencia ycostes de producción más bajos, que a su vez comportan precios más bajos, unamayor variedad de productos y más innovación.

1.1.9. No obstante, cualquier medida que sea contraria a los artículos 34 y 35TFUE no está necesariamente prohibida. El artículo 36 TFUE prevé que algunassituaciones pueden dar lugar a MEE por razones que determina:

Art. 36 Las disposiciones de los artículos 34 y 35 no serán obstáculo para las prohibiciones orestricciones a la importación, exportación o tránsito justificadas por razones de ordenpúblico, moralidad y seguridad públicas, protección de la salud y vida de las personas yanimales, preservación de los vegetales, protección del patrimonio artístico, histórico oarqueológico nacional o protección de la propiedad industrial y comercial. No obstante,tales prohibiciones o restricciones no deberán constituir un medio de discriminaciónarbitraria ni una restricción encubierta del comercio entre los Estados miembros.

Este artículo permite justificar EXCEPCIONES a los artículos 34 y 35 TFUE y no puedeser invocado para alegar una excepción a un artículo distinto. Estas excepciones hande interpretarse de forma restrictiva, su aplicación ha de ser necesaria para proteger elinterés afectado (principio de necesidad) y la medida adoptada ha de ser proporcional ala protección del interés en juego (principio de proporcionalidad). Además, la medida nodebe ser un medio de discriminación arbitrario, ni una restricción oculta al comerciointracomunitario. El artículo 36 TFUE es de aplicación estricta ya que consiste en unaexcepción al principio fundamental de la libre circulación de mercancías, por ello, lalista de excepciones contenidas en el mismo es exhaustiva, no pudiéndose en ningúncaso ampliar.

Existe, sin embargo, un régimen de carácter jurisprudencial, pues deriva de laSentencia Cassis de Dijon ya mencionada, que va a atemperar la aplicación de losartículos 34 y 35 TFUE. Según esta Sentencia, cualquier restricción que un Estadomiembro impusiera, más allá de las excepciones previstas, para ser legítima y legal,había de hacerlo justificado por lo que el Tribunal llamó una EXIGENCIA IMPERATIVAy que, obligado por ella, había de aplicarla de igual modo a la producción nacional. Así,las excepciones del artículo 36 TFUE son de aplicación a las MEE tanto distinta comoindistintamente aplicables y las restricciones que atienden a “exigencias imperativas”han de ser indistintamente aplicables a la producción nacional y a la foránea. En otraspalabras, si la medida adoptada es distintamente aplicable, será contraria al artículo 34ó 35 TFUE y se comprobará directamente si alguna de las excepciones del artículo 36TFUE permite justificarla. En cambio, si la medida adoptada es una medidaindistintamente aplicable puede ocurrir que no sea una medida de efecto equivalente.Habrá que comprobar si es legal por la vía de las exigencias imperativas, y si esteexamen demostrase que esta medida es contraria al artículo 34 ó 35 TFUE, comprobarentonces la posibilidad de justificarla mediante el artículo 36 TFUE. Ello implica que lalista de “exigencias imperativas” es abierta y, de hecho, se ha ido ampliando yenriqueciendo con la jurisprudencia del TJUE.

En definitiva, las exigencias imperativas permiten comprobar si la medida adoptada esde efecto equivalente a una restricción cuantitativa, en cambio el artículo 36 TFUEpresupone la existencia probada de una MEE que podría justificarse por alguna oalgunas de las razones que enumera.

1.1.10. Sin embargo, la experiencia europea en la construcción del mercadointerior parece poner de manifiesto que además de ser necesario alcanzar todos los

Page 26: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

26

objetivos enumerados, es asimismo imprescindible que el elemento humano en quienrecae la aplicación de esos aranceles y de esa reglamentación común esté igualmente“armonizado”. En efecto, una disparidad de criterios a la hora de aplicar esas normascomunes puede conducir a desvirtuar la esencia de lo que debe constituir un mercadointerior. Se hace imprescindible una legislación común sobre la materia y un controlcoherente sobre su aplicación .

Art. 3 1. La Unión dispondrá de competencia exclusiva en los ámbitos siguientes:a) la unión aduanera;b) el establecimiento de las normas sobre competencia necesarias para elfuncionamiento del mercado interior; (…)

Art. 4 2. Las competencias compartidas entre la Unión y los Estados miembros se aplicarána los siguientes ámbitos principales:

a) el mercado interior; (…)

Esta libertad comunitaria, al igual que acontece con la integración europeaglobalmente considerada, constituye un proceso inacabado en el que lajurisprudencia emanada desde Luxemburgo ha jugado, sigue jugando y lo haráen el futuro -incluso a largo plazo- un papel de trascendental relevancia paralograr el objetivo final de una Comunidad verdaderamente interior y sinfronteras. El TJUE es el responsable de garantizar en última instancia que losEEMM respeten estas prohibiciones resolviendo los recursos por incumplimientoplanteados contra éstos por la Comisión (art. 258 TFUE), o por otro EM (art. 259TFUE), y respondiendo a las cuestiones prejudiciales planteadas por los juecesnacionales (art. 267 TFUE). Los artículos 30, 31, 34, 35, 110 y 111 TFUE gozande efecto directo, pudiendo ser alegados por los particulares ante la jurisdicciónnacional competente.

Page 27: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

27

RESUMEN

SINOPSIS

- La constitución del mercado interior excluye la existencia de barreras entre losEstados que lo componen.

- El establecimiento de un mercado interior para las mercancías supone laexistencia de tres elementos:

o La realización de la libre circulación de mercancías en el interior de laComunidad mediante la supresión de obstáculos y por la armonizaciónde las legislaciones.

o La adopción de una tarifa aduanera común y la puesta en práctica deuna política tarifaria comunitaria.

o La instauración progresiva de una legislación aduanera y de una políticacomercial común.

ASPECTOS A CONSIDERAR

- La noción de mercancías sometidas a las disposiciones de los Tratados.- La supresión de las medidas nacionales susceptibles de obstaculizar la libre

circulación de mercancías.- La noción de exacciones de efecto equivalente y de medidas de efecto

equivalente.- La responsabilidad de los Estados miembros por los obstáculos a la libre

circulación de mercancías.- Interpretación y alcance del artículo 36 del Tratado de Funcionamiento de la

Unión Europea.- Alcance de la noción de exigencia imperativa. Los principios establecidos por el

Tribunal de Justicia de la Unión Europea respecto a la existencia de exigenciasimperativas.

2. Actividades

1ª. Comenta los ataques de los agricultores franceses a productos agrícolas deprocedencia española.2ª. Comenta una campaña publicitaria organizada y financiada por el gobierno irlandéspara promocionar la compra de productos nacionales en detrimento de los fabricadosen otros EEMM.3ª. Comenta una medida de un EM sobre el etiquetado de un producto que se aplicaindistintamente a los productos importados y a los nacionales.4ª. Comenta una medida de un EM sobre publicidad que se aplica indistintamente a losproductos importados y a los nacionales.5ª. Comenta una medida de un EM que discrimine los productos nacionales frente a losproductos importados.6ª. Cita medidas que en tu opinión constituirían MEE a una restricción cuantitativa.7ª. Imagina y cita efectos potenciales de una MEE a una restricción cuantitativa.8ª. Comenta el llamado “conflicto de los pepinos” entre Alemania y España en el marcode la UE.

Page 28: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

28

1.2. Contenido de la LIBRE CIRCULACIÓN DE SERVICIOS

La libertad de establecimiento y la libre prestación de servicios son dosmanifestaciones básicas de la libre circulación de personas. Se trata de conseguir quelas empresas y profesionales de un Estado miembro tengan libertad total para accederal mercado de otro Estado miembro bien con la intención de establecerse o bien paraprestar servicios puntuales.

Es importante remarcar el carácter residual de la libre prestación de servicios. Elartículo 57 comienza por definir de forma negativa la noción comunitaria de “servicio”,advirtiendo que las actividades económicas remuneradas estarán cubiertas por la libreprestación de servicios “...en la medida en que no se rijan por las disposicionesrelativas a la libre circulación de mercancías, capitales y personas”. En definitiva, setrata de saber cuáles son los límites de las demás libertades fundamentales parapoder conocer si estamos ante un servicio en el sentido del Tratado. No se nosescapan las dificultades de este tipo de delimitaciones negativas, máxime cuando esobvio que muchas actividades económicas están estructuradas de forma mixta porquesuponen al mismo tiempo la circulación de mercancías, la circulación de capitales o lacirculación de personas y también la prestación de un servicio.

Más sencilla puede ser la distinción entre la libertad de establecimiento (arts. 49 a 55TFUE) y la libre prestación de servicios (arts. 56 a 62 TFUE) si atendemos alelemento temporal de las actividades. La prestación de servicios se basa en elcarácter ocasional de la actividad ejercida fuera del territorio donde la empresa tengasu establecimiento, actividad más o menos repetida y más o menos prolongada peroque no tiene por qué implicar la instalación permanente. Sin embargo, el derecho deestablecimiento supone una instalación permanente y continuada con disposición demedidas materiales y personales en el lugar de destino para el ejercicio de laactividad. De este modo, la prestación de servicios significa la realización de unaactividad económica en un Estado miembro teniendo el establecimiento en otro Estadomiembro, sin que pueda condicionarse el ejercicio de tal derecho al establecimiento enel segundo Estado miembro. Este principio sólo queda matizado en la forma siguiente:Es preciso que la autorización concedida en el Estado miembro de origen acredite elcumplimiento por la persona en cuestión de los requisitos que se exigen con caráctergeneral y ordinario en el segundo Estado miembro.

Algunas normas son comunes a la libre prestación de servicios y al derecho deestablecimiento (art. 62 TFUE), sin embargo, el carácter ocasional de la actividad deprestación de servicios implica la existencia de algunas diferencias entre dichasnormas. Sí hay que precisar que las Sentencias del TJUE en los asuntos Reyners yVanbisbergen, ambas de 1974, reconocieron el efecto directo de los artículos 49 y 56TFUE y en virtud de ello acogerse a estas disposiciones ante los órganosjurisdiccionales internos dota a los derechos derivados de la libertad deestablecimiento y de la libre prestación de servicios de una protección eficaz.

El ámbito de aplicación material de la libre prestación de servicios abarca todas lasactividades comerciales, industriales, agrícolas y artesanales, al igual que lasprofesiones liberales (art. 57 TFUE). En definitiva, la actividad ha de tener un caráctereconómico . Por actividad económica de prestación de servicios puede entendersetoda puesta en el mercado de un servicio a cambio de una remuneración. Lascondiciones en las que se preste el servicio, la situación del mercado, la naturalezajurídica de la transacción o de la personalidad del prestador o del prestatario, sonirrelevantes a efectos de su inclusión en el campo de aplicación de la libre prestación

Page 29: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

29

de servicios. Sí es determinante la existencia de una contraprestación, laremuneración. No obstante, esa remuneración no tiene que ser pagadanecesariamente por el beneficiario del servicio. Esta contrapartida económica nosupone necesariamente la existencia de un fin lucrativo en el prestador. El criteriopertinente es la participación en la actividad económica y no la búsqueda de unbeneficio cualquiera.

El artículo 58 TFUE contiene la exclusión particular de este Capítulo de la actividad detransporte remitiendo a las disposiciones del Tratado relativas a ese sector. Ellosupone la determinación de una base jurídica especial, bien diferenciada, conprincipios e instrumentos propios pero con el mismo objetivo, la libertad deestablecimiento y la libre prestación de servicios en el sector. Sí se exceptúan sinremisión las actividades relacionadas de manera permanente o temporal con el poderpúblico en un Estado miembro (art. 51 TFUE). El ejercicio del poder público lo lleva acabo la autoridad pública que es aquélla que deriva de la soberanía del Estado eimplica para quien la ejerce la facultad de usar prerrogativas exorbitantes al DerechoComún, de privilegios de potestad pública, de poderes de coerción que se imponen alos ciudadanos. El ejercicio de una profesión abarca, por lo general, un cierto númerode actividades distintas, de las cuales unas son esenciales y otras no tienen más queun carácter accesorio, complementario e incluso ocasional. En la medida en que unade estas actividades participe del ejercicio de la autoridad pública será excluida de lalibre prestación de servicios, luego no la profesión en su conjunto. No será más que enel caso en que el ejercicio de una profesión determinada sea indisociable de unaactividad que caiga dentro del artículo 51 TFUE cuando la excepción podrá extendersea la profesión en sí misma. Es natural una interpretación estricta en este punto enatención al carácter de libertad fundamental de esta materia y porque sustraertotalmente una profesión a la libre prestación de servicios requeriría una disposicióninequívoca. Pese a ello, el TJUE no establece una noción comunitaria de autoridadpública sino que estima que la aplicación eventual de la excepción del artículo 51TFUE debe ser apreciada separadamente por cada Estado miembro en virtud de lasdisposiciones nacionales aplicables a la organización de esa profesión. Estainterpretación debe, sin embargo, tener en cuenta el carácter comunitario de los límitespuestos a las excepciones permitidas, a fin de evitar que el efecto útil del Tratado seafrustrado por las disposiciones unilaterales de los EEMM.

El ámbito de aplicación personal es idéntico al de la libertad de establecimiento. Laspersonas físicas o jurídicas han de ser de nacionalidad comunitaria y estarestablecidas en un Estado miembro de la Comunidad, aunque se prevé laposibilidad de que el Consejo extienda su beneficio a los nacionales de Estadosterceros establecidos en un Estado miembro (art. 56 TFUE). No obstante, nada hayprevisto en las disposiciones del Tratado para el supuesto de un nacional comunitarioestablecido en un Estado tercero y que quiera ejercer su actividad en un Estadomiembro diferente al de su nacionalidad. El TJUE ha admitido que el derecho a la libreprestación de servicios se haga extensible no solamente a los prestadores, sinotambién a los destinatarios del servicio (Sentencia TJUE de 9-8-94, Vander Elst). Encualquier caso, la aplicación del artículo 56 queda condicionada a la existencia de unelemento transfronterizo , es decir, que el prestatario del servicio y el destinatario delmismo estén establecidos en EEMM distintos. Así, se puede dar una de estas tresmodalidades: Bien el prestador se desplaza al Estado miembro del beneficiario, bienes el beneficiario quien se desplaza al Estado miembro del prestador, o bien no haydesplazamiento personal sino material del propio servicio.

La condición de agente económico se reconoce al ciudadano comunitario que ejerceuna actividad lucrativa no asalariada, excluyendo de esa forma a las personasinactivas. La independencia y el riesgo económico que asume un individuo permiten

Page 30: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

30

apreciar el carácter no asalariado de una actividad. En cuanto a las personas jurídicashan de estar constituidas según el derecho aplicable en un Estado miembro y tener susede social o centro principal en la Comunidad. La definición de lo que se entiende porcentro principal queda a la decisión, un tanto arbitraria, del caso concreto,entendiéndose que se cumple esta condición cuando hay una relación efectiva ycontinuada con la economía de un Estado miembro. El agente además ha de poseerpersonalidad jurídica o sus atributos característicos, es decir, la capacidad de entablaruna acción en justicia o de contraer obligaciones.

La libertad de establecimiento y la libre prestación de servicios se extienden al ámbitogeográfico de la Unión Europea, entendiendo que se trata del espacio en el que losEEMM ejercen su autoridad sobre sus nacionales, esto es, en el ámbito geográfico deaplicación de sus ordenamientos jurídicos nacionales. Hay que advertir que se trata deque el contrato de prestación de servicios esté ligado a unos agentes económicoscuya actividad puede circunscribirse al territorio de la UE, con independencia de que laactividad que deba desarrollarse para la ejecución de la prestación de servicios encuestión pueda extenderse o incluso situarse fuera del territorio comunitario.

La libre prestación de servicios exige la supresión de toda discriminación por razónde la nacionalidad y supone la posibilidad para el prestador de ejercer su actividad enlas mismas condiciones que los nacionales. El contenido de la libre prestación deservicios es similar al contenido de la libertad de establecimiento puesto que tambiénestá basado en el principio de igualdad de trato que se aplica tanto en las condicionesde acceso como en las de ejercicio de la prestación de servicios. El ejercicio de unaactividad no asalariada implica el respeto de las leyes nacionales del país deestablecimiento por el beneficiario del establecimiento siempre que no seandiscriminatorias. Las restricciones discriminatorias no se admiten más que por razonesde orden público, de seguridad y de salud públicas (art. 52 TFUE). El recurso poruna autoridad nacional al orden público debe suponer la existencia de una amenazareal y suficientemente grave que afecte a un interés fundamental de la sociedad. Enalgún caso pueden darse restricciones no discriminatorias, éstas, según el TJUE,pueden considerarse como compatibles con el Tratado, independientemente de lasderogaciones expresas, desde el momento en que puedan justificarse por razonesimperiosas de interés general y sean conformes al principio de proporcionalidad.Según este principio han de ser apropiadas para alcanzar el objetivo perseguido y nosobrepasar lo que resulte estrictamente necesario.

El proceso y desarrollo para la consecución de la libre prestación de servicios estásiendo, como todo en el contexto comunitario, paulatino y por fases y en él destaca laactividad legislativa de las Instituciones comunitarias mediante Directivas dearmonización y la aplicación extensiva del Principio de reconocimiento mutuo de laSentencia Cassis de Dijon de 1979. No desarrollaremos este punto por ser objetoespecífico de estudio en el apartado “Reconocimiento de títulos y de cualificacionesprofesionales”.

Page 31: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

31

RESUMEN

SINOPSIS

- La distinción entre el derecho de establecimiento y la libre prestación deservicios radica en el elemento temporal.

- Ámbito de aplicación material: Actividades no asalariadas mediando unaretribución + el elemento transfronterizo.

- Ámbito de aplicación personal: Las personas físicas y las sociedades denacionalidad comunitaria y establecidas en un Estado miembro.

- Supresión de cualquier discriminación. Sólo tolerada por razón de ordenpúblico, salud y seguridad pública.

- Se autorizan restricciones no discriminatorias por razón del interés general.

ASPECTOS A CONSIDERAR

- El ejercicio de la autoridad pública como excepción a libre prestación deservicios.

- La noción de orden público y salud pública como excepciones a la libreprestación de servicios.

- Límites a la actuación discrecional del Estado en la adopción de excepciones.

2. Actividades

1ª Imagina y cita actividades que por ser ejercicio de la autoridad pública quedaríanexcluidas de la libre prestación de servicios.2ª Imagina circunstancias de orden público que pudieran impedir la prestación de unservicio en otro Estado miembro.3ª Imagina circunstancias de salud pública que pudieran impedir la prestación de unservicio en otro Estado miembro.4ª Comenta la situación de un abogado a quien le obligan en el Estado miembro dedestino a concertarse con un abogado nacional.5ª Comenta paralelismos entre la libre circulación de mercancías y la de servicios.

Page 32: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

32

1.3. Proceso y desarrollo de la LIBRE CIRCULACIÓN D E CAPITALES

La libre circulación de capitales y pagos está regulada en los artículos 63 a 66TFUE y su objetivo es la completa realización del mercado interior de operacionesfinancieras. Se pretende la supresión de las restricciones a los movimientos decapitales y medios de pago entre EEMM y entre EEMM y terceros países. La completarealización de la integración financiera es una condición esencial para la UniónEconómica y Monetaria.

Aún siendo una de las libertades básicas su plena realización ha sido más reciente yello debido a las enormes reticencias estatales a la hora de proceder a unatransferencia de soberanía en materias monetarias, añadido el hecho de que enalgunos casos nos encontramos con mercados cerrados caracterizados por loscontroles de cambio. Los Estados eran remisos a las salidas de capital y veíanfavorablemente la entrada del mismo y por ello el proyecto comunitario en sus iniciosno pudo imponer la libertad sino más bien anunciar la introducción de la librecirculación de capitales de forma gradual y progresiva.

Así, la evolución producida respecto de la libre circulación de capitales no se debetanto a la regulación que este campo ha encontrado en el Derecho originario sino mása las consecuencias que se han derivado del acontecer histórico y al surgimiento deelementos y mecanismos indicadores de la necesidad de adoptar posturas tendentes ala equiparación de la Comunidad Económica Europea con la realidad existente en cadamomento. En el origen, la regulación fundamental de la libre circulación de capitales seproduce a través del Derecho derivado y, en concreto, de las Directivas , siendo las de1960 y 1962 (conocidas como la Primera y la Segunda Directiva) las que abordan porprimera vez el tema. Lo cierto es que estas disposiciones más que un avancesupusieron un retroceso , encontrando fiel reflejo en la jurisprudencia del TJUE. Juntocon esta jurisprudencia restrictiva, han de mencionarse otros factores motivadores delestancamiento tales como el éxito alcanzado por la Unión Aduanera, lo que redujo elinterés hacia los problemas financieros, o el correcto funcionamiento del SistemaMonetario Internacional que hacía inútil cualquier propuesta autónoma europea en estamateria. Todo esto unido a la crisis económica general de 1973. Con todo, son decontinua aplicación las cláusulas de salvaguardia y se incrementa el uso de loscontroles de cambio.

Esta situación se prolongó en el tiempo y se refleja en la Sentencia Casati de 1 deNoviembre de 1981 donde se pone de manifiesto la carencia de efecto directo de losartículos relativos a la libre circulación de capitales refrendando la reducida fuerzavinculante que se confirió en un principio al contenido de estos artículos. Estaconclusión se alcanza a partir de la contestación afirmativa dada a la cuestión de si unaley nacional que establece la exigencia de obtener una autorización para la exportaciónde moneda es compatible con el Derecho Comunitario. A este respecto se mantuvoque si bien la libre circulación de capitales es condición para el ejercicio efectivo deotras libertades, la completa libertad en materia de circulación de capitales puede minarlas políticas económicas y monetarias de los EEMM o crear un desequilibrio en subalanza de pagos de forma que, en este sentido, existe la obligación de liberalizar losmovimientos de capitales únicamente en la medida necesaria para asegurar elfuncionamiento adecuado del Mercado Común siendo el Consejo quien ha de realizarla valoración de los riesgos y ventajas derivados de la liberalización.

En aquel momento los problemas en el proceso de liberalización surgen no sólo a nivelpráctico sino también conceptual por la diferencia entre “movimientos de capitales”y “pagos” por cuanto estos últimos tenían su propia regulación en el Tratado

Page 33: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

33

caracterizándose por su liberalización. Es en la Sentencia Luisi y Carbone de 31 deEnero de 1984 donde se realiza la delimitación conceptual. El Tribunal se plantea lacuestión de si una ley nacional que limita la exportación de moneda extranjera para elpago de servicios contratados es o no compatible con el Derecho Comunitario,respuesta a la que el Tribunal da un sentido negativo. Con ello el Tribunal dispone quelos pagos relativos a los servicios deban liberalizarse en la medida en que la librecirculación de servicios ha sido liberalizada entre los EEMM. El problema se centrabaen establecer si las remuneraciones por los servicios eran pagos corrientes omovimientos de capitales. El Tribunal no deja lugar a dudas. Los pagos corrientes sontransferencias de moneda extranjera que constituyen la remuneración en el contexto deuna transacción subyacente, mientras que los movimientos de capitales sonoperaciones financieras esencialmente vinculadas a la inversión de fondos. LosEstados mantenían el poder de verificar que las transacciones de moneda extranjera seutilizaban en realidad para pagos corrientes y no para movimientos de capital noautorizados, pero estos controles no podían, en ningún caso, tener el efecto de limitarlos pagos y transferencias en conexión con la prestación de servicios.

En el año 1985 se produce una nueva orientación comunitaria plasmada en el LibroBlanco. Esto va a suponer un relanzamiento para alcanzar los objetivos inicialmenteestablecidos acerca de la libre circulación de capitales. Así, el Libro Blanco indica lanecesidad de progreso mediante Directivas, liberalización progresiva que va aacompañar la jurisprudencia pero que no se plasma en cambios jurídicos en el Tratadopues en él ya se contemplaba la liberalización como algo progresivo.

Comienza una nueva época en cuanto a la liberalización en la libre circulación decapitales con la redacción de la Directiva 88/361, de 24 de Junio de 1988. Aquí la reglageneral es la liberalización total de los movimientos de capital de naturalezaintracomunitaria y a tal efecto establece en su artículo 1 la supresión de lasrestricciones existentes en los EEMM . El problema de la distinción entre lastransferencias y los movimientos de capital pierde relevancia en la medida en queambos son objeto de liberalización. Dos artículos de extrema importancia de laDirectiva son el tercero y el cuarto que recogen las excepciones. Así, en el artículo 3nos encontramos con una cláusula de salvaguardia de carácter coyuntural (por unperíodo no superior a los seis meses), existiendo un control comunitario. El artículo 4,por su parte, incorpora una excepción de orden público de carácter inicialmente generalpero posteriormente matizada por el segundo párrafo ante la necesidad de que laaplicación de las medidas y procedimientos adoptados no supongan unaobstaculización de los movimientos de capitales efectuados de conformidad con elDerecho Comunitario. Este artículo parece ir dirigido a tres ámbitos distintos como sonlos relativos a excepciones fiscales, los hechos delictivos y la declaración estadística.El artículo 7 de la Directiva es novedad puesto que si anteriormente existía libertad encuanto a la relación con los países terceros ahora invita a los EEMM a alcanzar unaliberalización frente a todos.

En el Tratado de la Unión Europea (TUE) firmado en Maastricht el 7 de Febrero de1992, que entró en vigor el 1 de Enero de 1993, se mantienen los artículos de la librecirculación de capitales y se introducen nuevos. Como plasmación de la Directiva de1988 está el artículo 73B que establece la prohibición de todas las restricciones alos movimientos de capitales entre los EEMM y entre los EEMM y los estadosterceros . Como vemos expresa un principio de liberalización plena frente al antiguoartículo en donde se hablaba de supresión progresiva. Artículo relevante es el 73D querecoge el contenido del artículo 4 de la Directiva de 1988. Frente a aquél, este artículo73D introduce la posibilidad de mantener discriminaciones respecto a la residencia yadmitiendo una tributación favorable para los no residentes. En el apartado b) del

Page 34: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

34

artículo se recoge la restricción por razón de orden público y se añade la de seguridadpública.

De gran importancia es la Sentencia Bordessa de 23 de Febrero de 1995 dondepodemos situar el culmen de la solución jurisprudencial a la libre circulación decapitales. Esta Sentencia tras realizar algunas valoraciones de carácter liberalizador serefiere a la cuestión del efecto directo de las disposiciones del artículo 1 en relacióncon el artículo 4 de la Directiva 88/361 y establece que la obligación impuesta a losEEMM por el artículo 1 relativo a la supresión de toda restricción a los movimientos decapital tiene efecto directo en virtud de su formulación clara e incondicional y ante laausencia de cualquier requerimiento en relación a medidas particulares de aplicación.

A la luz de lo establecido en esta Sentencia el problema más importante que se nosplantea ante su aplicación es el de si la misma ha de constreñirse a los supuestos detransferencias intracomunitarias, que liberaliza la Directiva, o si por el contrario esigualmente aplicable a las transferencias con terceros países, que liberaliza el TUE. ElTJUE en Sentencia de fecha 14 de Diciembre de 1995, Ministerio Fiscal c. Lucas EmilioSanz de Lera, Raimundo Díaz Jiménez y Figen Kapanoglu, donde los imputados seproponían exportar sumas controvertidas hacia terceros países, se pronunciaextendiendo la incompatibilidad de la Sentencia Bordessa respecto de lastransferencias intracomunitarias a las realizadas hacia terceros países en virtud de loestablecido en el artículo 73B, resultando por ello condicionada esta libertadúnicamente por las restricciones específicas previstas en el artículo 73C del Tratado ensu primer apartado (autoriza a los EEMM a mantener las restricciones a losintercambios de capitales con terceros países vigentes el 31 de Diciembre de 1993“que supongan inversiones directas, incluidas las inmobiliarias, el establecimiento, laprestación de servicios financieros o la admisión de valores en los mercados decapitales”). En definitiva, es en estas dos últimas Sentencias donde se pone demanifiesto la libre circulación de capitales de modo pleno pudiendo considerarseambas complementarias en la medida en que esta libertad queda contemplada tanto enun ámbito comunitario como extracomunitario.

Como vemos, la libre circulación de capitales es diferente a otras libertadesfundamentales pues no fue directamente establecida en el Tratado de Roma. Ademástiene un carácter instrumental, de manera que es precisa para la consecución de lasdemás libertades fundamentales y con algunas de ellas establece una interacción en laque ambas se precisan mutuamente. La libre circulación de capitales, formalmentedeclarada y en la que se ha alcanzado un notorio avance, dista de estar ultimada entanto en cuanto subsistan elementos distorsionantes que conducen al capital aciertos mercados nacionales del interior de la UE o que desincentivan su empleoalternativo por razón de rendimientos predeterminados en cuanto a las normas denaturaleza tributaria o económica distintas de las leyes del propio mercado.

La Comisión Europea, como algunos EEMM, ha considerado que la falta dearmonización fiscal implica graves riesgos de deslocalización de las inversiones paraalgunos países. Hay que reconocer que buena parte del pensamiento anglosajón enesta materia considera que la libre circulación de capitales se ha alcanzado y que lossistemas tributarios vigentes que afectan de manera directa al movimiento del capitalno son obstáculos al mismo sino elementos, incluso positivos, que pudieranconsiderarse como un incentivo a la colocación del capital y, por ende, a la propiacirculación (competencia fiscal). Los obstáculos fiscales a la libre circulación decapitales pueden consistir en tributos que afecten directamente a la misma, como laimposición sobre la renta de las sociedades y de las personas físicas o la imposiciónsobre las aportaciones de capital, o la imposición indirecta, como el impuesto sobre elvalor añadido y los impuestos especiales. Estas heterogéneas disposiciones tributarias

Page 35: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

35

de los EEMM han conducido a un incremento del fraude en las operacionesintracomunitarias para cuya reducción se hace preciso el incremento de lacooperación administrativa . Es evidente que de nada serviría armonizar losimpuestos susceptibles de originar discriminaciones contrarias al Tratado si a la horade gestionar tales impuestos armonizados se observan graves deficienciasrecaudatorias. Los mayores problemas derivan, sin embargo, de la falta deautomatismo de los sistemas informáticos para el suministro de la información, de lalentitud de los procedimientos para la exigencia de las responsabilidades a losdefraudadores y deudas en general, así como la escasa preparación internacional deunas administraciones tributarias acostumbradas a encontrar solución en sus limitadosámbitos nacionales de imposición y excesivamente lentos en su operatividad enámbitos internacionales, incluso intracomunitario.

Otro elemento distorsionante es la existencia de te rritorios de excepciónen la aplicación de los tributos, tanto en terceros países como en elinterior de la Unión Europea. En cuanto a los terce ros países, ladistorsión se ampara en que la libre circulación de capitales no discriminarespecto de sus territorios y las respuestas nacion ales a los problemasderivados de los mismos se han hecho excepcionales. Una respuestacomunitaria requiere que la restricción sea adoptad a por unanimidad.Dentro de la UE son muy importantes los territorios de excepción a losque no resultan aplicables las disposiciones de la armonización tributaria,por esta razón se vienen oponiendo de manera sistem ática a todapropuesta armonizadora de retenciones o suministro de información alpaís del inversor.

Hoy el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea en su artículo 63 declara sincortapisas la libre circulación de capitales cuando prohibe todas las restricciones en losmovimientos de capitales entre Estados miembros y entre EEMM y terceros países. Lalibre circulación de capitales en los términos reconocidos por el TFUE es una libertadincondicional, por cuanto se prohibe cualquier restricción a la misma que no sean lascontempladas en los artículos 64 y 65 TFUE a favor de ciertos EEMM y en materiasdelimitadas.

Conforme al artículo 64 TFUE las restricciones a los movimientos de capitales en lasrelaciones con terceros países sólo pueden establecerse por decisión comunitaria.Mientras la ampliación de las restricciones exige la unanimidad de los EEMM, tan sóloes precisa la mayoría para alcanzar un mayor grado de libertad. Finalmente, se hareconocido la posibilidad de que el Consejo, a propuesta de la Comisión, previaconsulta al Banco Central Europeo, pueda acordar medidas de salvaguardia para hacerfrente a dificultades graves para el funcionamiento de la Unión Económica y Monetariaderivadas de los movimientos de capitales hacia o desde terceros países. La duraciónde las medidas no puede exceder de seis meses y se adoptarán por mayoríacualificada (art. 66 TFUE).

Existen también derechos sancionados por las constituciones nacionales que nopueden ser conculcados en manera alguna por el Tratado o las Institucionescomunitarias puesto que el campo de actuación respectivo queda fuera del ámbito delas políticas comunitarias y de las prerrogativas de dichas Instituciones. Sucede así conla obligación de contribuir al sostenimiento de las cargas mediante el pago de losimpuestos nacionales, o la obligación de prevenir la comisión de delitos o faltas, tantode índole penal como administrativa. El artículo 65 TFUE permite a los EEMM adoptartodas las medidas que sean indispensables para impedir las infracciones a su derechoy normativas nacionales, especialmente en materia fiscal, o adoptar medidasjustificadas por razones de orden público o de seguridad pública.

Page 36: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

36

Por todo lo expuesto, comprobamos que se ha producido una amplia liberalización, nosólo interna sino externa, en materia de circulación de capitales. De la misma sóloquedan excluidas las restricciones nacionales previstas a 31 de diciembre de 1993 pordeterminados Estados miembros y en materias limitadas. Al amparo de esta facultadreconocida por el Tratado para que los EEMM mantengan ciertas restriccionesnacionales respecto de los movimientos de capitales hacia terceros países, España havenido excluyendo de la liberalización ciertas operaciones. Estas restricciones se hanvenido materializando mediante la obligación de obtener la previa autorización delConsejo de Ministros respecto de sectores estratégicos y en relación con lasinversiones originarias de terceros países que superan determinado volumen.Asimismo habría que considerar aquellos otros casos en que la legislación específicade un sector establece limitaciones a la participación de sociedades o inversoresextranjeros. Uno de los problemas en esta materia es la dificultad del control del origende la inversión por la utilización de sedes o establecimientos en EEMM de la UE porinversores de terceros países.

RESUMENSINOPSIS

1º. Este objetivo merece desconfianza a los EEMM. Proceso lento y desarrollogradual mediante Derecho derivado.

2º. Los pagos asociados a otras libertades están liberalizados cuando lo estánéstas.

3º. La libre circulación de capitales plena es condición necesaria para la creaciónde un mercado interior como el previsto en la construcción de la UniónEuropea.

o Existen disfunciones respecto de esta libertad en el mercado interior.o Existe un régimen de excepciones.

ASPECTOS A CONSIDERAR

- Distinción entre transferencias o pagos y movimientos de capital.- La naturaleza del proyecto comunitario se impone sobre las reticencias de los

EEMM.- El efecto directo de una norma comunitaria lo determina su carácter claro e

incondicional.- Efecto directo de ciertos artículos de una Directiva.

2. Actividades

1ª Comenta el proceso de consecución de la libre circulación de capitales encomparación con el proceso seguido para establecer otras libertades propias delmercado interior.2ª Cita y comenta elementos distorsionantes de la libre circulación de capitales en lasituación actual.

Page 37: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

37

EL ESPACIO DE LIBERTAD, SEGURIDAD Y JUSTICIA

1. Contenido teórico

1.1. Libertad seguridad y justicia ¿competencia de la Unión Europea?

Entre los beneficios que la Unión Europea ha aportado a sus ciudadanos está elderecho a viajar libremente por la UE y a vivir y trabajar en cualquier país de la Uniónque elijan. Sin embargo, para beneficiarse plenamente de ello, necesitan saber quepueden llevar sus vidas diarias y dedicarse a sus negocios con seguridad, protegidoscontra el crimen y con igualdad de acceso a la justicia dondequiera que estén en laUnión Europea.

Este desafío ya lo recogía el Tratado de Maastricht (1992), que como complementonecesario a la ciudadanía europea, introdujo una serie de “Disposiciones relativas a lacooperación en los ámbitos de la justicia y de los asuntos de interior”, tambiénconocidos como “segundo pilar de la Unión Europea”; pero fue en octubre de 1999, enuna cumbre especial en Tampere (Finlandia), cuando los líderes de la UE abordaronrealmente este asunto. Se pusieron de acuerdo en una serie de pasos específicospara hacer de la Unión un espacio único de libertad, seguridad y justicia. Esto significagarantizar los derechos fundamentales de los ciudadanos de Europa y dar un tratojusto a los ciudadanos no pertenecientes a la UE que residen legalmente en Europa.También implica una política coordinada de asilo e inmigración, la emisión de visadosy la gestión de las fronteras exteriores de la UE. En la práctica implica una estrechacolaboración entre fuerzas nacionales de policía, funcionarios de aduanas y deinmigración y los tribunales3.

El último avance se ha producido con el Tratado de Lisboa que ha trasladado este pilarde manera definitiva y completa al Tratado de Funcionamiento de la UE, agilizandosus procedimientos de decisión, ahora plenamente “comunitarios”.

Como dice el artículo 67 del TFUE:

“1. La Unión constituye un espacio de libertad, seguridad y justicia dentro delrespeto de los derechos fundamentales y de los distintos sistemas y tradicionesjurídicos de los Estados miembros.”

La realización del espacio de libertad, seguridad y justicia (en adelante ELSJ) tiene porobjeto garantizar la libre circulación de personas y ofrecer un elevado nivel deprotección a los ciudadanos. Engloba ámbitos políticos que van desde la gestión delas fronteras externas de la Unión Europea hasta la cooperación judicial en materiacivil y penal. Incluye políticas de asilo e inmigración, cooperación policial y la luchacontra la delincuencia (terrorismo, delincuencia organizada, trata de seres humanos,droga, etc.).

El ámbito material cubierto por el ELSJ es vastísimo y ha dado lugar un gran volumende legislativo4. El Tratado de Lisboa, ha conseguido sistematizar y refundir lasnormativas existentes dándoles coherencia al ordenar los contenidos y competencias5.

3 Fuente: “Europa en movimiento” Comisión Europea Dirección General de Prensa yComunicaciónTexto original terminado en enero de 2004, ver en:http://ec.europa.eu/publications/booklets/move/42/es.doc4 Fuente: http://europa.eu/legislation_summaries/justice_freedom_security/index_es.htm

Page 38: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

38

La creación del espacio de libertad, seguridad y justicia se ha desarrollado mediante laaplicación sucesiva de programas: los programas de Tampere (1999-2004), y LaHaya, a (2004-2009) y finalmente el Programa de Estocolmo que establece un plan detrabajo para el trabajo de la Unión Europea (UE) en el espacio de libertad, seguridad yjusticia para el período 2010-2014. En este marco, se establece como principalesámbitos de trabajo, además de las políticas sobre controles en fronteras, asilo einmigración, la cooperación judicial, penal y policial, el crear una Europa de losDerechos, en el que la ciudadanía europea debe dejar de ser una idea abstracta paraconvertirse en una realidad concreta. Debe conferir a los nacionales de la UE losderechos y las libertades fundamentales consagrados en la Carta de los DerechosFundamentales de la UE y en el Convenio Europeo para la Protección de los DerechosHumanos y de las Libertades Fundamentales. Los ciudadanos de la UE deben poderejercer estos derechos tanto dentro como fuera de la UE, sabiendo que se respeta suintimidad, en especial en lo tocante a la protección de los datos de carácter personal

Los ámbitos de libertad, seguridad y justicia se en cuentran muy cercanos al“centro” de la soberanía de los Estados, por lo que hasta el Tratado de Lisboa,la Unión, principalmente, sólo podía impulsar la co operación entre susmiembros1.2. La carta de los derechos fundamentales

1.2.1 ¿Por qué y cómo se elabora una Carta de Derec hos Fundamentales de laUnión?

La Carta de los Derechos Fundamentales reconoce una serie de derechos personales,civiles, políticos, económicos y sociales de los ciudadanos y residentes de la UE,consagrándolos en la legislación de la Unión Europea.

La Carta es de elaboración muy reciente, pues durante años se consideró que lasnormas internacionales y constitucionales constituían suficiente cobertura. Noobstante, en ocasiones se llegó a plantear el problema de la no sujeción expresa delderecho de la Unión a éstas, lo que contradecía el mismo espíritu de la Unión.

Sólo en junio de 1999, con el fin de destacar la importancia para la Unión del respeto alos derechos fundamentales, el Consejo Europeo de Colonia consideró oportunorecoger en una Carta los derechos fundamentales vigentes en la Unión Europea (UE).De acuerdo con las aspiraciones de los Jefes de Estado o de Gobierno, esta Cartadebía contener los principios generales recogidos en el Convenio Europeo deDerechos Humanos de 1950 y los derivados de las tradiciones constitucionalescomunes de los países de la UE, así como los derechos económicos y socialesenunciados en la Carta social europea del Consejo y en la Carta comunitaria de losderechos sociales y fundamentales de los trabajadores, así como los principios que sederivan de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia y del Tribunal Europeo deDerechos Humanos.

La Carta fue elaborada por una convención compuesta por un representante de cadapaís de la UE y de la Comisión Europea, así como por miembros del ParlamentoEuropeo y de los Parlamentos nacionales. Fue formalmente proclamada en Niza endiciembre de 2000 por el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión.

En diciembre de 2009, con la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, la Carta adquirióel mismo carácter jurídico vinculante que los Tratados. A tal efecto, la Carta fueenmendada y proclamada por segunda vez en diciembre de 2007.

5 Fuente: MANGAS MARTÍN, A., LIÑÁN NOGUERAS, D.J., Instituciones y Derecho de la UniónEuropea, Ed. Tecnos, Sexta Edición, Madrid, 2010.

Page 39: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

39

1.2.2¿Qué derechos recoge?

La Carta reúne en un único documento los derechos que hasta ahora se repartían endistintos instrumentos legislativos, como las legislaciones nacionales y comunitarias,así como los Convenios internacionales del Consejo de Europa, de las NacionesUnidas (ONU) y de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Al dar mayorvisibilidad y claridad a los derechos fundamentales, establece una seguridad jurídicadentro de la UE.

La Carta de Derechos Fundamentales incluye un preámbulo introductorio y 54artículos distribuidos en 7 capítulos:

• capítulo I: dignidad (dignidad humana, derecho a la vida, derecho a laintegridad de la persona, prohibición de la tortura y de las penas o los tratosinhumanos o degradantes, prohibición de la esclavitud y el trabajo forzado).

• capítulo II: libertad (derechos a la libertad y a la seguridad, respeto de la vidaprivada y familiar, protección de los datos de carácter personal, derecho a contraermatrimonio y derecho a fundar una familia, libertad de pensamiento, de conciencia yde religión, libertad de expresión e información, libertad de reunión y asociación,libertad de las artes y de las ciencias, derecho a la educación, libertad profesional yderecho a trabajar, libertad de empresa, derecho a la propiedad, derecho de asilo,protección en caso de devolución, expulsión y extradición).

• capítulo III: igualdad (igualdad ante la ley, no discriminación, diversidadcultural, religiosa y lingüística, igualdad entre hombres y mujeres, derechos del menor,derechos de las personas mayores, integración de las personas discapacitadas).

• capítulo IV: solidaridad (derecho a la información y a la consulta de lostrabajadores en la empresa, derecho de negociación y de acción colectiva, derecho deacceso a los servicios de colocación, protección en caso de despido injustificado,condiciones de trabajo justas y equitativas, prohibición del trabajo infantil y protecciónde los jóvenes en el trabajo, vida familiar y vida profesional, seguridad social y ayudasocial, protección de la salud, acceso a los servicios de interés económico general,protección del medio ambiente, protección de los consumidores).

• capítulo V: ciudadanía (derecho a ser elector y elegible en las elecciones alParlamento Europeo y derecho a ser elector y elegible en las elecciones municipales,derecho a una buena administración, derecho de acceso a los documentos, Defensordel Pueblo Europeo, derecho de petición, libertad de circulación y de residencia,protección diplomática y consular).

• capítulo VI: justicia (derecho a la tutela judicial efectiva y a un juez imparcial,presunción de inocencia y derechos de la defensa, principios de legalidad y deproporcionalidad de los delitos y las penas, derecho a no ser acusado o condenadopenalmente dos veces por el mismo delito).

• capítulo VII: disposiciones generales .1.2.3 ¿Cuándo se aplica?

Las instituciones europeas están obligadas a respetar la Carta, y en ningún casopueden exceder las competencias y las tareas que los Tratados le confieren. La Cartatambién es aplicable a los países de la UE cuando aplican la legislación comunitaria.

Si alguno de los derechos se corresponde con derechos garantizados por el ConvenioEuropeo de Derechos Humanos, el significado y el ámbito de aplicación de dichosderechos será el mismo que el definido por el Convenio, aunque la legislacióncomunitaria pueda contemplar una protección más amplia. Cualquiera de los derechosderivados de las tradiciones constitucionales comunes de los países de la UE deberáinterpretarse de conformidad con dichas tradiciones.

El Protocolo (nº 30) a los Tratados sobre la aplicación de la carta a Polonia y al ReinoUnido limita la interpretación de la carta a la del Tribunal de Justicia y los tribunales

Page 40: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

40

nacionales de ambos países, en particular en lo que respecta a los derechosrelacionados con la solidaridad (capítulo IV).

1.2.4. Actuaciones concretas en materia de Derechos Humanos

La Unión Europea, además de estar obligada al respeto de la Carta, en aplicación delPrograma de Estocolmo, desarrolla una serie de actuaciones específicas en materiade protección de los Derechos Humanos

- Desarrollo de una Estrategia Europea de Protección de los Derechos del Niño,

- Protección de datos: Directiva de Protección de Datos

- Lucha contra la discriminación (12, por nacionalidad, artículo 13 basada engénero, origen étnico o racial, religión, discapacidad, edad u orientación sexual)

1. 3. Políticas sobre controles de fronteras, asilo e inmigración

En el Capítulo 2 del Título V del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, seencuentran las normas que regulan las políticas sobre controles en las fronteras, asiloe inmigración.

El objetivo de estas políticas, según establece su artículo 77, es6:a) garantizar la ausencia total de controles de las personas, sea cual sea su

nacionalidad, cuando crucen las fronteras interiores;b) garantizar los controles de las personas y la vigilancia eficaz en el cruce de las

fronteras exteriores;c) instaurar progresivamente un sistema integrado de gestión de las fronteras

exteriores.

Esta supresión de fronteras interiores no provoca el otorgamiento a los ciudadanoseuropeos del derecho de libre circulación, que ya poseen en el marco del estatuto deciudadanía y las libertades del mercado interior (que se estudia en otros apartados),pero sí provoca la de los nacionales de terceros Estados, lo que obliga a garantizar unsistema europeo común de asilo y una política europea de flujos de migración7.

1.3.1 Supresión de fronteras internas y control de fronteras externas: Schengen

La libre circulación de personas es un derecho fundamental que asiste a losciudadanos de la Unión Europea (UE) en virtud de los Tratados. Se expresa a travésdel espacio de libertad, seguridad y justicia exento de fronteras internas. La supresiónde las fronteras internas implica una gestión reforzada de las fronteras externas de laUnión así como la regularización de la entrada y la residencia de personas de paísesextracomunitarios a través de medidas como la política común de asilo e inmigración.

1.3.1.1 Antecedentes: el Acuerdo de Schengen

Durante los años ochenta se inició un debate sobre el significado del concepto de librecirculación de personas. Para algunos Estados miembros, ésta sólo debía aplicarse alos ciudadanos de la Unión Europea (UE), lo que implicaba mantener los controles enlas fronteras para distinguir entre ciudadanos europeos y nacionales de terceros

6 Fuente:http://europa.eu/legislation_summaries/justice_freedom_security/free_movement_of_persons_asylum_immigration/index_es.htm7 Fuente: MANGAS MARTÍN, A., LIÑÁN NOGUERAS, D.J., Instituciones y Derecho de la UniónEuropea, Ed. Tecnos, Sexta Edición, Madrid, 2010, pag. 99.

Page 41: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

41

países. Otros Estados miembros, por el contrario, deseaban establecer una librecirculación para todos y, por tanto, suprimir estos controles fronterizos. Ante laimposibilidad de alcanzar un acuerdo en la Comunidad Europea, Francia, Alemania,Bélgica, Luxemburgo y los Países Bajos decidieron en 1985, fuera de los mecanismoscomunitarios, crear entre ellos un territorio sin fronteras: el espacio «Schengen»,nombre de la ciudad luxemburguesa donde se firmaron los primeros acuerdos.Posteriormente, se convirtió en el Convenio de Schengen en 1990, al que se fueronuniendo la mayor parte de los Estados miembros de la Unión Europea, así como apaíses de fuera de la Unión Europea, hasta que la cooperación Schengen se integróen el Derecho de la Unión Europea por el Tratado de Ámsterdam en 1997. Noobstante, no todos los países que participan en la cooperación Schengen sonmiembros del espacio Schengen, bien porque no deseaban suprimir los controles ensus fronteras, bien porque no reúnen todavía las condiciones requeridas para aplicar elacervo Schengen.

1.3.1.2 ¿En qué consiste el espacio Schengen?

• la supresión de los controles de personas en las fronteras interiores entre lospaíses miembros (no mostrar la identificación al cruzar la frontera);• un conjunto de normas de común aplicación a las personas que cruzan lasfronteras exteriores de los Estados miembros de la UE;• la armonización de las condiciones de entrada y de visados para las cortasestancias (“visado Schengen”);• una mejora de la coordinación policial (incluidos los derechos de vigilancia ypersecución transfronterizas);• el refuerzo de la cooperación judicial a través de un sistema de extradición másrápido y una mejor transmisión de la ejecución de sentencias penales;• la creación del Sistema de Información Schengen (SIS). El SIS es una base dedatos sofisticada que permite a las autoridades responsables de los EstadosSchengen intercambiar datos sobre determinadas categorías de personas y de bienes.• En el caso de países no miembros de la UE, pero sí del Espacio Schengen, seaplican todas estas normas, y a cambio pueden participar en la aprobación de lasnuevas, sin necesidad de suscribir nuevos Convenios internacionales.

1.3.1.3. ¿Qué Estados participan?

Estados del Espacio Schengen

Estados Fecha de eliminación de controlesBélgica, Alemania, Francia, Luxemburgo,Países Bajos y Portugal

26 marzo 1995

Italia 31 marzo 1998Austria 31 marzo 1998Grecia 1 marzo 2000Noruega*, Islandia*, Suecia, Dinamarca yFinlandia

25 marzo 2001

República Checa, Estonia, Hungría,Letonia, Lituania, Malta, Polonia ,Eslovaquia y Eslovenia

21 diciembre 2007

Suiza* 12 diciembre 2008*Estados no miembros de la Unión Europea

Estados miembros de la UE: Casos especiales:

Page 42: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

42

- Irlanda y Reino Unido: sólo participan en determi nados aspectos:cooperación policial y judicial en materia penal, lucha contra losestupefacientes y SIS.-Bulgaria, Rumanía y Chipre: no están aún en condic iones de participar. - Dinamarca es miembro, aunque tiene el derecho de no aplicar nuevasnormas que se dicten en el futuro.

Nota de Actualidad: Precisamente ha sido Dinamarca el país que ha puestoen duda la pervivencia del sistema Schengen, restableciendo el pasado 10 demayo de 2011, de forma unilateral, sus controles fronterizos con Suecia yAlemania. Dicha decisión fue recibida con sorpresa tanto por sus vecinos comopor la Comisión Europea, que no habían sido informados8.

8 Fuente: ELPAÍS, 12 de mayo 2011, “Europa compra el reforzamiento aduanero de Dinamarca”, enhttp://www.elpais.com/articulo/internacional/Europa/compra/reforzamiento/aduanero/Dinamarca/elpepuinteur/20110512elpepuint_2/Tes

Page 43: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

43

1.3.2 Asilo e inmigración1.3.2.1. La política de inmigración

Pese a las políticas en materia de inmigración, claramente restrictivas, que desde losaños 70 han desarrollado los Estados miembros, la inmigración es un fenómeno quehoy en día sigue estando de actualidad. Sin embargo son varios los problemas queplantea este fenómeno: las redes de tráfico de personas, los flujos de inmigraciónirregular o la sobreexplotación de las personas que no se encuentran en situaciónregular en nuestros países.

Por ello, y siendo que todos los Estados miembros de la Unión Europea estánafectados por los flujos migratorios internacionales, estos han decidido adoptar unapolítica común en materia de inmigración. Las propuestas realizadas por la Comisióneuropea hasta la actualidad han derivado en normativa que actualmente se encuentraen vigor. Cada vez más, la normativa específica en materia de regulación de los flujosmigratorios, de la integración de los inmigrantes en nuestros estados o de susderechos es más profusa, lo que demuestra la relevancia de esta materia en la agendaeuropea.

En 2008 los mandatarios de la UE adoptaron el Pacto Europeo sobre Inmigración yAsilo, que sigue los principios subyacentes en la normativa de la UE. El objetivo esorganizar la inmigración legal de modo que se tengan en cuenta las prioridades ynecesidades de cada país de la UE y se fomente la integración. El control de lasfronteras exteriores de la UE será más eficaz. La UE también está procurando crearasociaciones con los países de origen y de tránsito para mejorar las condiciones devida y mitigar el deseo de emigrar de sus habitantes.

La UE está decidida a luchar contra la inmigración ilegal. En 2005 fundó la agenciaFrontex, que se encarga de organizar la cooperación operativa entre los paísesmiembros en lo que respecta a la seguridad de las fronteras exteriores. La libertad decirculación interior sólo es posible si se realizan controles eficaces y efectivos en todaslas fronteras de entrada en la UE.

1.3.2.2. La política de asilo

Cada vez más gente intenta entrar en la UE para escapar de guerras, persecuciones ycatástrofes naturales, y por ello los gobiernos buscan soluciones comunes a los retoscomunes. Para los solicitantes de asilo se están elaborando normas y procedimientosmínimos que establezcan dónde y cómo deben tramitarse las solicitudes, la condiciónjurídica de asilado y la función de las autoridades nacionales en estas cuestiones.

1.4. Cooperación judicial en materia civil y penal

1.4.1 Cooperación en material civil

La cooperación judicial en materia civil tiene por objeto establecer una colaboraciónmás estrecha entre las autoridades de los Estados miembros. Su propósito es eliminarlos obstáculos derivados de las posibles incompatibilidades entre los distintos sistemasjudiciales y administrativos con el fin de facilitar el acceso a la justicia. Se asienta en elprincipio del reconocimiento mutuo y la ejecución de sentencias y decisiones queemanen de casos extrajudiciales.

Page 44: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

44

En efecto, se puede viajar libremente por la UE, pero es importante que nadie pierda laposibilidad de acceder a la justicia ni consiga eludirla. Se ha intensificado lacolaboración entre los sistemas judiciales nacionales para garantizar que lasdecisiones judiciales tomadas en un Estado miembro sean reconocidas y aplicadas enlos demás. Esto reviste especial importancia en los procedimientos relacionados condivorcios, custodia de los hijos, pensiones alimentarias o casos de quiebra o impagocuando los implicados viven en países distintos, o cooperación para la obtención depruebas.

También se ha determinado de manera clara la legislación aplicable a obligacionescontractuales y extracontractuales. Quedan aún pendientes propuestas en materiamatrimonial y de divorcio

1.4.2. Cooperación en materia penalLa progresiva eliminación de los controles en fronteras ha facilitado la libre circulaciónde ciudadanos, pero también los delincuentes lo tienen ahora más fácil para operar demanera transnacional, teniendo en cuenta que la jurisdicción de las autoridades y lajusticia penal ha estado limitada a su territorio. Para afrontar este problema, desde elTratado de Amsterdam se han desarrollado actuaciones de cooperación judicial penalen cuatro ámbitos principales:

- aproximación de la tipificación de delitos y sanciones para determinadosdelitos, especialmente de aquellos con aspectos transnacionales, como elfraude en la utilización o falsificación de tarjetas de crédito o el blanqueo dedinero.

- reconocimiento mutuo de decisiones judiciales: como gran ejemplo, la orden dedetención europea -“Euroorden”- sustituye a los largos procedimientos deextradición de manera que los delincuentes sospechosos o condenados quehayan huido al extranjero puedan ser devueltos rápidamente al país dondeestén siendo o vayan a ser juzgados.

- Instrumentos específicos para facilitar la cooperación práctica judicial:Convenio de asistencia mutua en asuntos penales, establecimiento de la RedJudicial Europea y Eurojust para mejorar la cooperación judicial entre losEstados miembros en la persecución de delitos graves como la corrupción, eltráfico de drogas y el terrorismo.

1.5. COOPERACIÓN POLICIAL

Una de las prioridades de la UE es garantizar la seguridad de sus ciudadanos, y enespecial, frente a la delincuencia organizada y el terrorismo. Ello requiere utilizarinstrumentos tanto operativos como legislativos para impedir que los delincuentesorganizados, como los capos de la droga, los traficantes de seres humanos, losblanqueadores de dinero o los terroristas, aprovechen las libertades que les aporta laUE.

Para ello se dispone de varios instrumentos:

- Legislación relativa a la conservación y consulta de datos, incluyendo elsistema de información, como eficaz herramienta para luchar contra elblanqueo de dinero. Permite confiscar los ingresos procedentes de la

Page 45: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

45

delincuencia y obliga a las instituciones financieras y a determinadosprofesionales, como contables, abogados y dueños de casinos, a notificar todaoperación a partir de 15.000 euros.

- En el frente operativo, las fuerzas nacionales de policía han reforzado sucooperación, especialmente gracias a organismos como:

o COSI (Standing Committee on Operational Cooperation on InternalSecurity, que facilita la coordinación en materia de política interior entrelos Estados miembros),

o Europol (facilita el intercambio de información entre agencias deinvestigación nacionales en relación con el crimen internacional,terrorismo, tráfico de drogas y personas),

o European Police College (CEPOL), que organiza formación eintercambios entre los diferentes cuerpos policiales de los estadosmiembros;

- Financiación de proyectos nacionales y plurinacionales de cooperaciónnacional ("Prevention of and Fight against Crime (ISEC)" Programme).

No se descuida tampoco el aspecto exterior, mediante la celebración de acuerdos deintercambio de información con terceros países, como el Acuerdo en materia deintercambio de datos de pasajeros (Agreements on transfer of Passenger NameRecord (PNR) data)

2. ACTIVIDADES

1. Elaborar en una tabla una cronología del período 1945-2000 sobre el proceso deunidad europeo, distinguiendo acontecimientos relevantes en el proceso de integracióneconómico, hechos destacados en el impulso hacia una unidad política y ampliacionesde la CEE y la UE. Para su elaboración se utilizará este sitio web y otras direcciones web que se puedenencontrar en el apartado dedicado a la

historia de la U.E. en la página de enlaces.

Cronología

Integración EconómicaIntegración PolíticaAmpliaciones

2. Utilizando los datos disponibles (población, economía, sociedad) en el sitio web deEurostat (oficina estadística de la U.E.), elaborar diversas tablas y gráficos que reflejenla realidad de los 15 países miembros de la Unión, de los países candidatos a laadhesión y de los principales socios económicos de la Unión Europea. Aquí losalumnos pueden trabajar diversas magnitudes matemáticas (tasas, índices...) paraelaborar y tratar la información.

País

Población PNBPNB por habitanteTasa de desempleo...

Page 46: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

46

3. Comentarios de texto

• Adenauer, KonradEl fin del nacionalismo

- Ampliar información sobre el autor - Comentar la influencia del nacionalismo en la historia de Alemania de los siglos XIX yXX - Motivos de la postura de Adenauer - Valoración del nacionalismo y su incidencia en la historia reciente de Europa

• Dahrendorf, Ralf "Los Ciudadanos de la Europa del siglo XXI"

- Busca información sobre el autor. - Explica el concepto de "ciudadanía dura" y "ciudadanía blanda" - ¿Qué características tiene la ciudadanía europea según Dahrendorf? - Según esta clasificación, ¿qué tipo de ciudadanía sería la ciudadanía española?

� Schuman, RobertDeclaración del 9 de Mayo de 1950 (Extractos)

- Amplia información sobre el autor. - Para Schuman, ¿cuál es el enfrentamiento que hay que superar para alcanzar unapaz estable en Europa? Comenta los antecedentes históricos en los que se sustenta laafirmación de Schuman. - ¿Por qué propone Schuman la integración de los sectores del carbón y del acero yno otros? ¿Qué subyace bajo la propuesta de Schuman? ¿Un propósito económico opolítico? - ¿Cuál fue el resultado inmediato de la propuesta de Schuman? - Según el discurso del 9 de mayo de 1950, ¿Cuál es el objetivo final de la iniciativa deSchuman? - Define lo que se ha venido a denominar la estrategia "funcionalista" de construcciónde la unidad europea.

4. Siguiendo los enlaces adecuados, recoge información más concreta sobre losdiferentes derechos que concede la ciudadanía europea a los ciudadanos de lospaíses miembros de la Unión. La información se puede organizar en una tabla parauna mejor visión de conjunto.

Derechos que confiere la ciudadanía europea

ContenidoLibre circulación

Derecho de voto...

7. Búsqueda de información sobre un tema de actualidad relacionado con la UniónEuropea (el mejor ejemplo en estos momentos sería el proceso de adhesión de lospaíses del centro y este de Europa) en la edición digital de los principales periódicosespañoles. El trabajo podría realizarse por grupos, cada uno de los cuales se centraríaen un diario de tirada nacional (El País, El Mundo, ABC, La Vanguardia, El

Page 47: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

47

Periódico...). Posteriormente, cada grupo realizaría un informe, se pondría en común yse elaboraría una síntesis final en formato HTML.

o ¿Qué se conoce como “ segundo pilar de la Unión Europea”?¿Qué objetivospretende conseguir?Comenta el siguiente artículo aprobado en el Tratado de Lisboa y referente alTratado de funcionamiento de la Unión Europea ( TFUE):

Articulo 67“1. La Unión Europea constituye un espacio de libertad, seguridad y justiciadentro del respeto a los Derechos Fundamentales y de los sistemas ytradiciones jurídicos de los Estados miembros.”

o Explica el porqué y el cómo se realiza una Carta de Derechos Fundamentalesde la Unión y qué derechos recoge.¿Qué actuaciones se recogen en materia de Derechos Humanos?

o Explica el acuerdo Schengen. ¿En qué consiste dicho espacio? ¿Qué Estadosparticipan?Explica los diferentes espacios de cooperación existentes ( civil, penal ypolicial) y aspectos concretos en los que se materializa dichas colaboraciones.Comenta la siguiente noticia.

Bruselas propone suspender Schengen "en condiciones estrictas"

El plan responde a las peticiones de Sarkozy y Berl usconi y será debatidola próxima semana por los ministros del Interior.

"Los acontecimientos extraordinarios en la otra orilla del Mediterráneo exigencambios en la política europea" de migración y asilo, según la comisaria deInterior, Cecilia Malmström, quien esta mañana ha anunciado su propósito deproponer a los Veintisiete la suspensión del Tratado Schengen, sobre librecirculación de personas, "en condiciones estrictas y bajo vigilancia europea". Elplan de acción será discutido la próxima semana por los ministros de Interior dela Unión.

En una comunicación que Malström eleva a la instituciones comunitarias, la comisariase hace aparentemente solidaria con las reclamaciones de reforma de Schengenplanteadas por el presidente francés, Nicolas Sarkozy, y el primer ministro italiano,Silvio Berlusconi a la luz de la llegada de más de 20.000 tunecinos a Italia desde enerotras las revueltas populares en los países árabes, con intenciones aparentes de viajara Francia y otros países europeos.

La idea es establecer un nuevo mecanismo de control cuando un Estado "no es capazde cumplir sus obligaciones de controlar su parte de la frontera externa o donde unasección concreta de la frontera exterior se ve sometida a una gran presión debido aacontecimientos externos", señala la propuesta de la Comisión, que también apuntaque "reducirá la necesidad de adoptar medidas unilaterales por los Estados como lareintroducción temporal de controles fronterizos internos o intensificar los controlespoliciales en la regiones fronterizas internas". La zona Schengen comprende todos lospaíses de la UE excepto Irlanda, Reino Unido, Chipre, Bulgaria y Rumania, junto a losextracomuniarios Noruega, Islandia, Suiza y Liechtenstein.

Page 48: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

48

Aunque sea "para ser utilizado como último recursos en situaciones verdaderamentecríticas", como señala el plan de Malmström, "puede hacerse necesario un mecanismoque permita una reintroducción coordinada y temporal de los controles en una o endiversas partes de la frontera interna". Sobre cuál sea el sistema y cómo aplicarlosigue trabajando la Comisión, pero debería aplicarse por un "periodo limitado ypredeterminado mientras se adoptan otras medidas (de emergencia) para estabilizar lasituación".

El pasado 17 de abril, Francia decidió cortar el tráfico de trenes desde Italia para evitarla entrada de inmigrantes norafricanos, a los que Roma había dado un permisotemporal. La decisión francesa fue avalada posteriormente por Bruselas.

En la actualidad los países pueden reintroducir unilateramente los controles fronterizosinteriores alegando motivos de seguridad u orden público, como hizo el Gobiernofrancés en este caso, o en numerosos acontecimientos deportivos. Un representantede la Comisión explicó este lunes en la Eurocámara que el objetivo de Bruselas es"sustituir la reintroducción unilateral de controles fronterizos por un mecanismocomunitario".

Las propuestas deberán ser debatidas y concretadas la próxima semana por losministros de Interior. "Quiero discutir con los Estados la posibilidad" de introducir esasmedidas, insistió Malmström, como si estuviera tomando distancias del plan elaboradopor sus servicios. "El mecanismo de suspensión deberá ser aplicado en circunstanciasestrictas", insiste Malmström, quien pide que la reforma de Schengen se realice"pensando no en lo que ha ocurrido ahora, sino pensando en el futuro".

RICARDO MARTÍNEZ DE RITUERTO | Bruselas 04/05/2011

3. ANEXOS3.1 LINKS

• Actuaciones concretas en materia de derechos humano s:http://europa.eu/legislation_summaries/justice_free dom_security/combating_discrimination/l33501_es.htm

• Política de asilo:http://europa.eu/legislation_summaries/justice_freedom_security/free_movement_of_persons_asylum_immigration/index_es.htm

• Cooperación en materia penal:http://europa.eu/legislation_summaries/justice_free dom_security/index_es.htm

• http://ec.europa.eu/dgs/home-affairs/index_en.htm• Legislación en materia de libertad seguridad y justicia:

http://ec.europa.eu/justice/doc_centre/intro/docs/jha_acquis_1009_en.pdf

3.2 PUBLICACIONES

-Una oportunidad y un desafío. La migración en la U nión Europea. Serie Europaen Movimiento. 2009

Page 49: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

49

ACCIÓN EXTERIOR POLÍTICA DE SEGURIDAD Y DEFENSA

1.- Acción exterior

1.1- introducción: Origen y objetivosEn sus orígenes la Unión Europea fue concebida como una unión política, esto es,entre sus objetivos se encontraba evitar un pasado de convulsas relacionesinternacionales, más bélicas que pacíficas, y liderar unas relaciones pacíficas en laesfera internacional. Sin embargo, sería la motivación económica la que ejerceríacomo motor de la construcción Europea.

ORÍGENES: PLAN PLEVEN E INFORME DAVIGNONA lo largo de estas primeras etapas, los conceptos de unión política, de políticaexterior común o de defensa común figuran habitualmente en el orden del día. En1950, el plan Pleven (que toma su nombre del Presidente del Consejo en Francia)contempla la creación de un ejército europeo integrado bajo un mando común. EstePlan es objeto de negociaciones entre los Estados miembros de la ComunidadEuropea del Carbón y del Acero de 1950 a 1952, y conduce a la firma del Tratadoconstitutivo de la Comunidad Europea de Defensa (CED) . No obstante, esteproyecto no vio nunca la luz, al ser rechazado por la Asamblea Nacional francesa el 30de agosto de 1954.

En 1962 encontramos otro intento de alcanzar una cooperación política más estrecha,una Unión de Estados y una política exterior y de defensa común, pero lasnegociaciones entre los Estados miembros vuelven a fracasar. A raíz de una peticiónde los Jefes de Estado y de Gobierno, en cuanto a la posibilidad de avanzar en elámbito político, se presenta en 1970 durante la Cumbre de Luxemburgo el«Informe Davignon» que da origen a la Cooperación Política Europea (CPE) ,antecedente de la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC).

COOPERACIÓN POLÍTICA EUROPEA – ORIGEN DE LA POLÍTIC A EXTERIOR YDE SEGURIDADEn el marco de la CPE, los Estados miembros aumentan la coordinación de laspolíticas exteriores y adoptan varias posiciones comunes, en particular con respecto ala región de Oriente Medio. La CPE se ve reforzada además por la creación delConsejo Europeo en 1974.

¿Cuáles son los principios sobre los que se asienta la Política Exterior de laUnión Europea? La democracia, el Estado de Derecho, la universalidad eindivisibilidad de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, el respetoa la dignidad humana, los principios de igualdad y solidaridad y el respeto a losprincipios de la Carta de las Naciones Unidas y del Derecho Internacional. Éstosestán directamente relacionados con la necesidad de evitar cualquier conflicto bélicofuturo.

¿Cuáles son los antecedentes de la Política Exterio r y de Seguridad?¿Cómo la diseñaron en un primer momento? ¿Cuáles fu eron las principalestrabas?

Page 50: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

50

La invasión de Afganistán por la Unión Soviética o la revolución islámica en Irán ponenen evidencia la impotencia de la Comunidad Europea en el ámbito internacional. Deahí que se refuerce la CPE y que en 1981 se apruebe el informe de Londres queimpone a los Estados miembros la obligación general de consultarse previamenteen toda cuestión de política exterior que afectase al conjunto de los Estadosmiembros. En 1982, se da un paso más y se establece el análisis común y accionesconcertadas frente a los problemas internacionales de orden público.

¿CÓMO SURGE LA NECESIDAD DE DESARROLLAR LAS RELACIO NESEXTERIORES?“Los cambios acaecidos en el mundo y la concentración creciente de los poderes y delas responsabilidades entre las manos de un pequeñísimo número de grandespotencias implican que Europa se una y que, cada vez más, hable de una misma voz,si quiere hacerse oír y desempeñar el papel mundial que le incumbe”.

Podemos hablar de un doble origen: por un lado, la política comercial común y por otrola gestión y financiación de las ayudas destinadas a las antiguas colonias. Cabedestacar, en este sentido, el papel jugado por la política comercial, tanto desde unámbito multilateral, a través de la participación en la Organización Mundial delComercio (OMC), hasta los acuerdos comerciales bilaterales con países y gruposregionales.

Si bien la asistencia técnica y financiera se concentra en un primer momento en África,posteriormente a partir de los años setenta, se ampliará a Asia, América Latina y lospaíses del Mediterráneo meridional y oriental. En esa misma década, la UniónEuropea empieza a prestar ayuda humanitaria a víctimas de desastres naturales ycatástrofes provocadas por el hombre en todo el mundo.

OBJETIVOS

La Política Exterior y de Seguridad Común se centra en los siguientes objetivos:o Defensa de los valores comunes, de los intereses fundamentales y de la

independencia e integridad de la Unión, de conformidad con los principios de laCarta de las Naciones Unidas;

o Fortalecimiento de la seguridad de la Unión y de sus Estados miembros entodas sus formas;

o Mantenimiento de la paz y el fortalecimiento de la seguridad internacional, deconformidad con los principios de la Carta de las Naciones Unidas, con losprincipios del Acta final de Helsinki y con los objetivos de la Carta de París,incluidos los relativos a las fronteras exteriores;

o Fomento de la cooperación internacional;o Desarrollo y consolidación de la democracia y el Estado de Derecho, así como

el respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales.

¿Cuáles con las políticas que constituyen la acción exterior de la Unión? lapolítica comercial común; la cooperación para el desarrollo; la cooperacióneconómica, financiera y técnica con terceros países; la ayuda humanitaria; losacuerdos internacionales; las relaciones con las organizaciones internacionales; laaplicación de la cláusula de solidaridad; la política exterior y de seguridad común(PESC); y la política común de seguridad y de defensa .

Page 51: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

51

1.2.- Evolución: Tratados constitutivosEl ya mencionado «Informe Davignon» marca en 1970 el punto de inflexión,estableciendo los fundamentos de la Política Exterior Europea. Sin embargo, es elTratado de la Unión Europea el que desarrolla el concepto de Política Exterior y deSeguridad Común, modificado y ampliado posteriormente por los Tratados deÁmsterdam y de Niza.

TRATADO DE MAASTRICHT (1992) –POLÍTICA EXTERIOR Y D E SEGURIDADCOMÚN (PESC)El Tratado de la Unión Europea o Tratado de Maastricht instaura el sistema de los trespilares que introduce una distinción entre las diferentes áreas de intervención de laUE. Esto son: las Comunidades Europeas, la Política Exterior y de Seguridad Común,y la cooperación en los ámbitos de la Justicia y los Asuntos de Interior. De estamanera, la PESC sustituye a la CPE y se crea un pilar intergubernamentaldiferenciado que expresa la voluntad de la Unión de afirmar su identidad en elámbito internacional .

A partir de aquí, y debido a la voluntad de la Unión de promover y preservar laestabilidad en el mundo, la Defensa se convierte en un aspecto importante de laPESC.

TRATADO DE AMSTERDAM (1997) – INTRODUCE LA ESTRATEG IA COMÚNIntroduce toda una serie de nuevos instrumentos, es tablece un proceso dedecisión mucho más eficaz y pone en marcha la aplicación de estrategiascomunes , por medio de acciones y posiciones comunes. Por su parte, la Comisiónadquiere mayor peso en las tareas de representación y ejecución.

La necesidad de dicha reforma se hace palpable tras el desmembramiento de laantigua Yugoslavia que pone de relieve la necesidad de que la Unión tenga capacidadde actuación y prevención, en lugar de limitarse a reaccionar. Por otra parte, quedapatente la debilidad que entraña una reacción dispersa de los Estados miembros. ElTratado de Ámsterdam se esfuerza por superar las co ntradicciones existentesentre los objetivos comunes de la PESC y los medios de los que la Unión cuentapara alcanzarlos, que no parecen estar a la altura de las expectativas y de losretos que se plantean.

La responsabilidad de la aplicación de la PESC recae en la Presidencia, asistida porel Secretario General del Consejo, que actúa en cal idad de Alto Representantede la Política Exterior y de Seguridad Común , una función que se introdujo en elConsejo Europeo de diciembre de 1999.

TRATADO DE NIZA (2003)El tratado de Niza es el encargado de introducir los cambios necesarios en la PESCcon el fin de adaptarla al nuevo sistema de relaciones internacionales surgido en unmomento en el que los temas en materia de seguridad eran prioritarios.

El concepto de defensa adquiere una nueva significa ción. ¿Qué aspectos seconsideran a partir de ahora como los nuevos riesgo s que la comunidadinternacional tendrá que hacer frente? el terrorismo, la delincuencia internacional,el tráfico de drogas, la inmigración clandestina y otros temas de alcance mundial,como el medio ambiente, pasan a formar parte del debate europeo e internacional.

Page 52: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

52

TRATADO DE LISBOA (2009) – POLÍTICA EUROPEA DE SEGU RIDAD YDEFENSA-ACCIÓN EXTERIOREn lo que a política exterior se refiere introduce amplias modificaciones. Por un lado,elimina los tres pilares de la Unión Europea y crea las figuras de Presidente delConsejo Europeo y Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Políticade Seguridad. Por otro lado, este Tratado el que dota de efectos vinculantes a laCarta de los Derechos Fundamentales de la Unión Eur opea.

Alto Representante de la PolíticaExterior y de Seguridad de la

Unión EuropeaVicepresidenta de la Comisión

Europea

Una vez entrado en vigor el Tratado de Lisboa, elConsejo Europeo nombra a Catherine Ashton AltoRepresentante de la Política Exterior y deSeguridad de la Unión Europea. Ashton es laencargada de presidir el Consejo de PolíticaExterior y dirigir la Política Exterior y de Defensade la Unión.

El Alto Representante es elegido por un mandatode cinco años, sin posibilidad de renovar. Entresus competencias se encuentran las de asegurarla coherencia y la coordinación de las RelacionesExternas de la Unión. Un trabajo que realiza conel apoyo del Servicio Europeo de Acción Exterior(EEAS).

El Servicio Europeo de Acción Exterior está compuesto por personal de la ComisiónEuropea, la Secretaría General del Consejo y el Servicio Diplomático de los EstadosMiembros. A nivel logístico, el Alto Representante goza del apoyo de una unidad deplanificación de políticas y de alerta rápida, creada en la Secretaría General delConsejo y que se coloca bajo su responsabilidad.

La necesidad de una representación exterior coherente nace ya en 1951, de ahí quesolamente tres años más tarde se abriese una representación oficial en WashingtonDC, encargada de gestionar las relaciones trasatlánticas. Desde entonces la Unión hacreado toda una red de representación con 130 delegaciones y más de 5.000empleados europeos. Estas delegaciones son esenciales para defender los intereses yvalores de la Unión en el mundo, así como para desarrollar la política exterior, deseguridad y comercial.

Entre sus tareas destacan:o Observación y análisis de la evolución en el ámbito de la PESC.o Evaluación de los intereses de la Unión en materia de política exterior y

de seguridad común.o Determinación de los futuros ámbitos de actuación d e la PESC.o Definición oportuna de los hechos, de las crisis po líticas potenciales o de

las situaciones que pudieran tener repercusiones im portantes sobre laPESC.

o Elaboración, a petición del Consejo de la Presidencia o por propia iniciativa,de las opciones políticas que el Consejo debería se guir.

El Tratado de Lisboa supone:o La adquisición de personalidad jurídica en su repre sentación externa ,

convirtiéndose de esta manera en interlocutor frente a terceros países y

Page 53: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

53

organizaciones internacionales, y pudiendo participar con eficacia tanto enforos multilaterales como en negociaciones bilaterales.

o Un paso muy importante en lo referente a la Polític a Europea deSeguridad Común. Se ha dado visibilidad a la UE frente a terceros Estados ymayor coherencia interna.

o Mayor coordinación de los Estados miembros en mater ia PESC, algo quea su vez facilitará la coherencia de actuación.

o La creación de canales de información entre los Estados miembros en suactuación frente a otros organismos internacionales, y la obligatoriedad dedefender el interés común de la UE. Ello refuerza la coherencia que desdeun principio se ha buscado en relación a esta materia.

2.- Política Comercial ComúnLa Política Comercial Común forma parte de la Acción Exterior de la Unión Europea.Una política que recoge un conjunto de normas reguladoras y de acciones políticas enel ámbito del comercio internacional. La política comercial ordena las relacionescomerciales de la Unión y sus Estados miembros con el resto del mundo.

La Unión Europea se erige como la primera potencia comercial a escala mundial. LaUnión participa con un 18,6% en el total de las importaciones y exportaciones delmundo, superando en exportaciones a Estados Unidos. En este sentido, cabe destacarque la población europea representa tan solo el 7% de la población mundial. Además,la Unión Europea registra más de un tercio de las transacciones comercialesmundiales de servicios y sigue siendo la mayor importadora y exportadora de estesector.

OBJETIVOSSus principales objetivos son la promoción y protección de los intereses europeos y desus empresas en el comercio mundial, así como la facilitación y el desarrollo armónicodel libre intercambio comercial en el mundo.

¿EN QUÉ NOS FAVORECE EL COMERCIO MUNDIAL?Los consumidores disponen de más variedad de productos y la competencia entrelos productos locales e importados hace que bajen l os precios y aumente lacalidad. La liberalización del comercio permite que los productores más eficientes dela UE compitan en condiciones de equidad con sus homólogos de otros países. Ladesaparición de los obstáculos al comercio, eliminación del pago de aranceles entrelos Estados miembros y la unificación de los aranceles aplicables a las importacionesde terceros países, han sido un factor importante de la prosperidad de la UE.

De este modo, los productos pagan el mismo arancel si entran en la UE por el puertode Génova o por el de Hamburgo. Un automóvil procedente de Japón, por el que sepagan derechos de importación a su llegada a Alemania, puede expedirse a Bélgica oa Polonia y venderse en estos países como si se tratara de un automóvil alemán, sinque se le apliquen nuevos derechos.

Entre los socios comerciales de la Unión Europea encontramos en primer lugar aEEUU, y en segundo lugar China, que ha incrementado considerablemente sustransacciones comerciales con la Unión. Tras éstos, se sitúan Rusia, Suiza, y Japón.Este último, ha disminuido considerablemente las transacciones con la UE, pasandode un segundo puesto a un quinto.

¿Qué tratado da lugar a la Política Exterior y de S eguridad y Defensa? ¿Y cuálla da las competencias a la Unión que hoy por hoy t iene?

Page 54: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

54

La UE ha trazado una nueva estrategia comercial y de desarrollo en relación con sus78 socios de África, el Caribe y el Pacífico (ACP), cuyo objetivo es lograr suintegración en la economía mundial. Tiene además un acuerdo comercial conSudáfrica , que culminará en el libre comercio, y está negociando un acuerdo de librecomercio con los seis miembros del Consejo de Cooperación del Golfo: ArabiaSaudí, Bahréin, los Emiratos Árabes Unidos, Kuwait, Omán y Qatar. Ha celebradoasimismo acuerdos con México y Chile y ha intentado negociar la liberalización delcomercio con el Grupo Mercosur (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay).

COMERCIO Y POLÍTICA AL DESARROLLOLa política comercial de la UE está estrechamente vinculada a su política al desarrollo.La Unión exime del pago de derechos de entrada a la mayoría de las importacionesprocedentes de los países en desarrollo, o les aplica un tipo reducido. Además, untotal de los 49 países más pobres del mundo, cuyas exportaciones (todas, salvo lasarmas) están exentas del pago de derechos al entrar en la UE.

OTROS ACUERDOSLa UE ha creado además una red de acuerdoscomerciales bilaterales con distintos países yregiones de todo el mundo. La UE tiene acuerdosde asociación y cooperación con los paísesvecinos de la cuenca mediterránea, con Rusia ycon otras repúblicas de la antigua Unión Soviética.Sin embargo, no tiene acuerdos comercialesespecíficos con sus principales sociosdesarrollados, como son los Estados Unidos yJapón. El comercio con estos países se canaliza através de los mecanismos de la OrganizaciónMundial del Comercio (OMC), si bien la UE hacelebrado con ambos países muchos acuerdos en

¿Cómo evolucionan las relaciones comerciales de la UE con los distintosmercados?

o Estancamiento del comercio con América Latina, con la Asociación deNaciones del Asia Sudoriental (ASEAN), con las economías dinámicas deAsia (EDA: Corea del Sur, Hong Kong, Malasia, Singapur, Tailandia yTaiwán) y con Japón;

o Ligera progresión con Estados Unidos;o Aumento medio con los países de África, del Caribe y del Pacífico (países

ACP); de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC); con los paísesdel sur y del este del Mediterráneo (MEDA); y con los miembros del EspacioEconómico Europeo (EEE); una fuerte progresión con China, con los paísesde la Comunidad de Estados Independientes (CEI) y con los de laOrganización de Países Exportadores de Petróleo (OPEP), así como con lospaíses candidatos a la Unión Europea (la Antigua República Yugoslava deMacedonia, Croacia y Turquía).

Page 55: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

55

3.- La política de cooperación para el desarrolloTal y como se ha mencionado en un primer momento, tanto el comercio como lacooperación al desarrollo se basaban únicamente en las transacciones y ayudas a lasantiguas colonias. En el caso concreto de la cooperación, fue Francia la precursora detransferir a la futura Comunidad la responsabilidad de las ayudas financieras ytécnicas que venía otorgando a sus colonias africanas. Asimismo, fue Francia la queinsistió en la idea de asociar los territorios coloniales de ultramar a la Comunidad.Dicha postura se vio apoyada por Bélgica, Holanda e Italia que tenía, a su vez,territorios de ultramar que proponer; Alemania, que había perdido todas sus coloniastras la Primera Guerra Mundial, tuvo que sumarse a esta corriente, pese a oponerseen un principio.

Los países beneficiarios de esta política comercial preferencial fueron, en un primermomento, los conformados por África, Caribe y Pacífico (ACP); más tarde, en ladécada de los setenta, esta área geográfica se amplió a América Latina y Asia,aumentando así su radio de acción: lo meramente comercial evolucionó además a laayuda alimentaria, universalizando la Política Comunitaria de Cooperación más allá delos intercambios mercantiles.

La Unión Europea ocupa el primer lugar en cuanto a la ayuda al desarrollo que seconcede en todo el mundo, al otorgar el 55% de ésta. Muchos de los paísesbeneficiarios de dichas ayudas son, además, sus principales socios comerciales. Cadaaño, la Unión Europea destina más de 8.000 millones de euros a la cooperación conterceros países. Para este año, el presupuesto de la UE prevé 8,8 mil millones deeuros, repartidos entre ayuda a la preadhesión, cooperación al desarrollo o ayudahumanitaria, entre otros conceptos.

OBJETIVOEn sus orígenes la finalidad de la cooperación era la promoción del desarrolloeconómico y social de los países y territorios , así como el establecimiento deestrechas relaciones económicas entre éstos y la Comunidad en su conjunto.

Hoy, podemos afirmar que el objetivo principal de la política de la Unión es lareducción y la consecuente erradicación de la pobreza . En este sentido, destacarque las líneas de actuación europeas deberán tener en cuenta el desarrollo sostenible,la consecución de los “Objetivos de Desarrollo del Milenio de la Naciones Unidas”, asícomo las otras políticas comunitarias como son el medio ambiente, el comercio, lainmigración, la agricultura y la cohesión social.

Es con el Tratado de Maastricht, cuando esta políti ca adquiere un marco jurídicoespecífico. A este respecto, la Unión Europea establece la necesidad de coordinar lasacciones de los Estados con las de la Unión con el fin de garantizar la máximacoordinación y eficacia. La Comisión Europea puede hablar con una sola vozsobre los asuntos de desarrollo y cooperación.

INTRUMENTO PRINCIPAL DE FINANCIACIONEl Fondo Europeo de Desarrollo (FED) es el instrumento principal de la ayudacomunitaria a la cooperación al desarrollo prestada a los Estados ACP y a los países yterritorios de ultramar (PTU). Dicho fondo no es parte integrante del presupuestocomunitario general, sino que lo financian los Estados miembros; está sujeto a suspropias normas financieras, y lo dirige un comité específico.

3.1- Cooperación económica, financiera y técnica co n terceros paísesSe trata de una cooperación destinada a terceros países no beneficiarios de ayuda aldesarrollo. La cooperación financiera y técnica se destina a regiones y a capas de

Page 56: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

56

población más pobres y la cooperación económica, concebida en interés recíproco dela Comunidad y los países beneficiarios de la ayuda, se destina prioritariamente a lospaíses con un desarrollo económico relativamente avanzado. Dicha cooperaciónpuede llevarse a cabo realizando acciones centradas en el desarrollo rural con el fin deluchar contra la pobreza, la mejora del entorno económico, jurídico y social del sectorprivado, la protección del medio ambiente y de los recursos naturales o la cooperaciónregional.

3.2- Ayuda humanitariaEsta ayuda tiene como fin prestar asistencia y socorro a las poblaciones de tercerospaíses víctimas de catástrofes naturales o de origen humano y, además, protegerlaspara que puedan hacer frente a las necesidades humanitarias como consecuencia dedichas catástrofes. La ayuda humanitaria de la Unión Europea es de tres tipos:ayuda de emergencia, ayuda alimentaria y ayuda a lo s refugiados de zonas deconflictos o a los desplazados dentro de un país o de una región en guerra. Talesacciones se llevan a cabo de conformidad con los principios del Derecho HumanitarioInternacional, en particular los de imparcialidad y no discriminación.

Cabe destacar que entre las iniciativas que la Comisión lleva a cabo se encuentra laconstitución de un Cuerpo Voluntario Europeo de Ayuda Humanitaria. Previsiblemente,este cuerpo se constituirá en 2011, con motivo de la celebración del Año delVoluntariado.

Entre los casos recientes en los que la Unión ha prestado dicha ayuda encontramos: laayuda de urgencia destinada a las víctimas del terremoto y del tsunami de Japón. LaUE activó su mecanismo europeo de Protección Civil y, entre otras acciones, fletócuatro barcos hacia Japón que portaban ayuda diversa, tal como agua, treintatoneladas de comida o sacos de dormir. Se trataba de dar una respuesta eficaz yrápida a las primeras necesidades de la población surgidas tras los dos fenómenosnaturales ocurridos.

El gráfico muestra los porcentajes dela ayuda humanitaria en 2007,procedentes del presupuestodestinado por la Oficina de AyudaHumanitaria, encargada dedesarrollar y coordinar estas ayudas.

¿Qué tipo de ayudas concede la Unión Europea? Ayudas para:o Cooperación al desarrollo.o Cooperación económica, financiera y técnica con terceros paíseso Ayuda humanitaria: emergencias, alimentaria y a refugiados de zonas de

conflictos o desplazados dentro de un país o de una región en guerra.

Page 57: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

57

4.- Acuerdos internacionlesLa Unión puede celebrar un acuerdo con uno o varios países no comunitarios uorganizaciones internacionales cuando así lo prevén los Tratados o cuando lacelebración de un acuerdo sea necesaria para alcanzar alguno de los objetivosestablecidos en dichos Tratados.

Los acuerdos celebrados por la Unión vinculan a las instituciones de la Unión y alos Estados miembros . Asimismo, entrañan derechos y obligaciones recíprocas,acciones comunes y procedimientos particulares.

Es importante, como ejemplo, los acuerdos de la Unión Europea y la Federación Rusa.La colaboración estratégica con Rusia es una de las máximas prioridades de la UniónEuropea en política exterior. En los últimos años, la política exterior rusa ha introducidodificultades adicionales en las relaciones bilaterales con la Unión. La base jurídica delas relaciones actuales es un acuerdo de colaboración y uno de cooperación envigor desde 1997 . Las negociaciones para alcanzar un nuevo acuerdo comenzaronen julio de 2008, pero podrían tardar mucho tiempo en culminar.

5.- Relaciones de la Unión con las organizaciones i nternacionales y con tercerospaíses y delegaciones de la UniónEl Tratado de Lisboa establece que la Unión cooperará con otras organizacionesinternacionales, como con los órganos de las Naciones Unidas y sus organismosespecializados, el Consejo de Europa, la Organización para la Seguridad y laCooperación en Europa, la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos, laOrganización Mundial del Comercio y la Organización de Naciones Unidas para laAgricultura y la Alimentación.

El encargado de estas relaciones es el Alto Representante de la Unión para AsuntosExteriores y Política de Seguridad. Por su parte, la Comisión se encarga de aplicar yllevar a cabo dicha cooperación.

Las delegaciones de la Unión en terceros países y ante organizaciones internacionalesasumen la representación de la Unión. Estas delegaciones están bajo la autoridad delAlto Representante y actúan en estrecha cooperación con las misiones diplomáticas yconsulares de los Estados miembros.

6.- Cláusula de solidaridadLa Unión y los Estados miembros actúan conjuntamente con espíritu de solidaridad, siuno de ellos es objeto de un ataque terrorista o víctima de una catástrofe natural o deorigen humano la Unión moviliza todos los instrumentos de que disponga, incluidos losmedios militares puestos a su disposición por los Estados miembros.

La Unión Europea tiene voz en Naciones Unidas. El 3 de mayo de 2011, laAsamblea General de Naciones Unidas aprueba la Resolución 65/276(A/RES/65/276) que permite la participación de la Unión Europea en el trabajo deNaciones Unidas. Hasta ese momento, la UE simplemente tenía el carácter de meroobservador. Esta resolución reconoce el derecho de la Unión Europea y susrepresentantes a realizar intervenciones, así como el derecho de réplica y lacapacidad para presentar propuestas orales y enmiendas.

Page 58: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

58

7.- Defensa de los derechos humanos y de la democra ciaLa Unión Europea rige sus relaciones exteriores en función de los principiosfundadores: libertad, democracia, respeto de los derechos human os y laslibertades fundamentales, y el Estado de Derecho.

OBJETIVOSEn cuanto a las relaciones exteriores dela Unión, dentro de la defensa de losDerechos Fundamentales, se reafirma elcompromiso de contribuir a la«erradicación de la pobreza y laprotección de los Derechos Humanos,especialmente los derechos del niño,así como al estricto respeto y aldesarrollo del Derecho Internacional,en particular el respeto de losprincipios de la Carta de las NacionesUnidas».

En este sentido, el tratado de Lisboa da un paso más allá y afirma que la PolíticaExterior y de Defensa deberá trabajar por «el desarrollo y la consolidación de lademocracia y del Estado de Derecho, así como el res peto de los derechoshumanos y de las libertades fundamentales».

La Unión Europea ha dado un vuelco considerable a la primacía de los DerechoHumanos dentro de la Unión. Éstos se integran en todas las políticas europeas,pasando a formar parte importante de las relaciones comerciales. Además, se designaun Representante Personal para los Derechos Humanos del Alto Representantede la Política Exterior y de Seguridad Común.

Dicha importancia se plasma en la adopción de directrices sobre las principalespreocupaciones en materia de Derechos Humanos. Entre las prioridades europeasencontramos: la lucha contra la pena de muerte; establecimiento de diálogosespecializados sobre los derechos humanos; lucha contra la tortura y otros tratos openas crueles, inhumanos o degradantes; protección de los niños en los conflictosarmados; protección de los defensores de los derechos humanos; cumplimiento delDerecho internacional humanitario; y, por último, las directrices relativas a losderechos del niño en 2007.

8.- Política de vecindadLa ampliación de la Unión Europea desemboca en un cambio de las fronteras externasde la Unión, lo que da lugar a nuevos vecinos. La Política Europea de Vecindad(PEV) establece un marco de relaciones con los país es vecinos, tanto del Estecomo del Sur de la Unión . Son países que no se contempla que se adhieran a laUnión pero con los que ésta, sin embargo, desea mantener relaciones más estrechas.

PREMIO SÁJAROV PARA LA LIBERTAD DE CONCIENCIALa Unión reconoce el esfuerzo en defensa de los Derecho Humanos, por lo queconcede anualmente el premio Sájarov para la Libertad de Conciencia ,establecido en 1985.

Page 59: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

59

Esta política se basa en los Acuerdos de asociación y cooperación . Por ello,dichas relaciones bilaterales de la Unión están reguladas a través de Acuerdos deAsociación y Cooperación con países de Europa Oriental y Acuerdos de Asociacióncon la zona del Euromediterránea. Los planes de acción bilaterales constituyen elprincipal instrumento de la PEV. La elaboración de un plan de acción supone que haentrado en vigor un acuerdo de asociación y cooperación o «Euromed».

OBJETIVOSContribuir a reforzar la estabilidad, la seguridad y la prosperidad de la UE y susvecinos orientales y meridionales . La Política Europea de Vecindad (PEV) debeimpedir la aparición de nuevas líneas divisorias entre la UE ampliada y sus vecinos. LaPolítica de Vecindad se fundamenta en una serie de compromisos contraídos enrelación con valores comunes, especialmente la democracia, el Estado de Derecho, labuena gobernanza y el respeto de los derechos humanos, así como los principios de laeconomía de mercado, el libre comercio, el desarrollo sostenible y la reducción de lapobreza.

La PEV regula la relación con seis países del Este : Ucrania, Moldova, Bielorusia,Georgia, Armenia y Azerbaiyán; y con diez del Sur : Marruecos, Túnez, Argelia, Libia,Egipto, Israel, los Territorios Palestinos, Jordania, Líbano y Siria. La UE no mantienerelaciones oficiales con Bielorusia ni con Libia, de ahí que esta política se aplique deforma diferente y mucho más limitada a estos países. En una primera fase, Rusia hadecidido no participar en la nueva PEV. Las relaciones entre la UE y Rusia se centranen cambio en un proyecto que tiene por objeto establecer cuatro «espacios políticoscomunes».

EL ENPI CBC “CUENCA MEDITERRÁNEA”Programa de cooperación transfronteriza entre países ribereños del mediterráneo,perteneciente a la Política Europea de Vecindad. Éste tiene como objetivo principalpromover los procesos de cooperación de forma armoniosa y sostenible en toda lacuenca Mediterránea, abordando retos comunes y mejorando su potencial endógeno.

El Programa ENPI CBC “Cuenca Mediterránea” tiene un presupuesto de 173,6millones de euros para el período 2007-2013 (de los cuales 156,2 millones sondestinados a financiar proyectos entre ambas cuencas y 17,4 millones para asistenciatécnica). Un total de 14 países se han adherido a ENPI CBC MED: Chipre, España,Francia, Grecia, Italia, Malta, Portugal, Autoridad Palestina, Egipto, Israel, Jordania,Líbano, Siria y Túnez.

Cabe destacar, en este sentido, que la Comisión Europea ha seleccionado a laGeneralitat Valenciana como antena del programa de la Cuenca del Mediterráneo(ENPI) para coordinar las iniciativas relacionadas con el área del MediterráneoOccidental.

La PEV sirve a la Unión Europea para contrarrestar o evitar la aparición deamenazas de seguridad «blandas», como la inmigración ilegal a gran escala, lainterrupción del suministro de energía, la degradación ambiental, y la penetración delcrimen organizado y del terrorismo.

¿A través de que mecanismos y marco se relaciona la UE en el Exterior?La Unión cierra acuerdos bilaterales, con terceros países, o con organizacionesinternacionales.Diferentes marcos de los acuerdos: política comercial común, política de vecindad,política de seguridad y defensa.

Señalar 3 países con los que pueda la UE cerrar acu erdos en el marco de laPolítica de Vecindad.

Page 60: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

60

9.- Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) y la Política Europea deSeguridad y de Defensa (PESD)La PESC responde al deseo de equipar mejor a la Unión frente a los múltiplesdesafíos con que se enfrenta en el ámbito internacional, confiriéndole una nueva gamade medios de acción que vienen a añadirse a las actividades tradicionales de laComunidad en el ámbito de las relaciones exteriores, en particular, la políticacomercial y la cooperación para el desarrollo.

La PESC prevé que uno de los objetivos de la Unión es "afirmar su identidad en elámbito internacional, en particular mediante la rea lización de una políticaexterior y de seguridad común que incluya, en el fu turo, la definición de unapolítica de defensa común que podría conducir, en s u momento, a una defensacomún".

La competencia de la Unión en materia de Política Exterior y de Seguridad Comúnabarca todos los ámbitos de la política exterior y todas las cuestiones relativas a laseguridad de la Unión, incluida la definición progr esiva de una política común dedefensa que podrá conducir a una defensa común. La PESC se rige por reglas yprocedimientos específicos.

Los Estados miembros están obligados a respetar una cláusula de lealtad hacia laUnión Europea. En este sentido, deberán apoyar activamente y sin reservas la PESC;abstenerse de toda acción contraria a los intereses de la Unión o que pueda perjudicarsu eficacia en las relaciones internacionales; así como trabajar conjuntamente paraincrementar y desarrollar su solidaridad política mutua.

JAVIER SOLANA, «Mr PESC»

Desde 1999 a 2009 fue Secretario General del Consejode la Unión Europea y Alto Representante para laPolítica Exterior y de Seguridad Común . Con estecargo se convirtió en la principal cara de la diplomacia dela Unión Europea.

Solana apoyó decididamente la independencia deKosovo respecto a Serbia, aunque ésta no ha sidoreconocida por unanimidad por los 27 países miembros,siendo España uno de los socios en no hacerlo. Por elcontrario, se mostró contrario a que Abjasia pudiesedeclararse independiente de Georgia o que el PaísVasco lo haga de España.

El 19 de noviembre de 2009 le sustituyó la británicaCatherine Ashton, asumiendo las competencias previstaspor el Tratado de Lisboa.

CLAVES DE LA EVOLUCIÓN DE LA POLÍTICA EXTERIOR Y DE SEGURIDADCOMÚN

o Tratado de Ámsterdam: introduce las «misiones de Petersberg»: misioneshumanitarias y de rescate; misiones de mantenimiento de la paz y misiones en las

Page 61: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

61

que intervienen fuerzas de combate para la gestión de crisis, incluidas las misionesde restablecimiento de la paz. Estas misiones pasan a formar parte de la PESC yde la Política Común de Defensa.

o El Tratado de Niza: constituye el Comité Político y de Seguridad que ejerce,bajo la responsabilidad del Consejo, el control político y la dirección estratégica delas operaciones de gestión de crisis.

o En 1999 debido al conflicto de Kosovo, la UE da un paso importante para dotarsede capacidad militar propia, y sitúa las misiones de Petersberg en el centro delproceso de refuerzo de la Política Europea Común de Seguridad y Defensa(PESD). El objetivo era crear capacidad de acción autónoma , sin perjuicio de lasacciones de la OTAN.

«FUERZA DE REACCIÓN RÁPIDA»En 2003, los Estados miembros tenían que estar en condiciones de desplegaroperaciones en una región en crisis, hasta una distancia de 2.500 millas, en unplazo de 60 días y operativas por un plazo de un año.

POLÍTICA COMÚN DE SEGURIDAD Y DEFENSALa Política Común de Seguridad y Defensa forma part e integrante de la PolíticaExterior y de Seguridad Común. Ésta ofrece a la Unión una capacidad operativabasada en medios civiles y militares. La Unión puede recurrir a dichos medios enmisiones fuera de la Unión que tengan por objetivo garantizar el mantenimiento de lapaz, la prevención de conflictos y el fortalecimiento de la seguridad internacional,conforme a los principios de la Carta de las Naciones Unidas. La ejecución de estastareas se apoya en las capacidades proporcionadas p or los Estados miembros.

En diciembre de 2003, los Estados miembros de la UE aprueban una EstrategiaEuropea de Seguridad , hecho que constituye un hito histórico. La Estrategia Europeade Seguridad se ha convertido en el principal documento de referencia para laevolución de la política dentro de la PESD, lo cual incluye la definición de lasrelaciones con las Naciones Unidas, las organizaciones regionales y los sociosestratégicos.

En 2010 se amplían las misiones de Petersberg a las operaciones conjuntas dedesarme y al apoyo a terceros países en su lucha contra el terrorismo y la reforma delsector de la seguridad, además de hacer extensiva la demanda operacional a lacapacidad de llevar a cabo varias operaciones coincidentes. Posteriormente, se crea elCentro de Operaciones de la Unión Europea y los llamados «battlegroups»(grupos de despliegue), los cuales son declarados totalmente operativos el 1 deenero de 2007.

En total, La Unión ha llevado a cabo diecinueve operaciones, cinco exclusivamentemilitares, y el resto con una mezcla de componentes civiles y militares.

Los países deben atenerse a los principios fundamentales de la Carta de lasNaciones Unidas y a los principios y compromisos de la OSCE. Es necesario elrespeto de la soberanía, de la independencia y de la integridad territorial de losEstados y la resolución pacífica de los conflictos no es negociable.

Page 62: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

62

Page 63: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

63

BIBLIOGRAFÍA

o Estrategia Europea de Seguridad: una Europa segura en un mundomejor , publicación del consejo de la Unión europea. Oficina dePublicaciones de la Unión Europea. Edición 2010.

o The ABC of European Union law, por el profesor Klaus-DieterBorchardt. Oficina de Publicaciones de la Unión Europea. Edición 2010.

o Su guía sobre el Tratado de Lisboa, publicación de la Oficina dePublicaciones de la Unión Europea. Edición 2010.

o Fichas técnicas sobre la Unión Europea , publicación del ParlamentoEuropeo. Edición de 2009.

o Texto legislativo del Tratado de Lisboa (2009).o Guide de la Politique Européenne de Sécurité et Déf ense,

publicación de la Representación Permanente de Francia ante la UniónEuropea y de la Representación de Francia ante el Comité Político y deSeguridad de la Unión Europea. Edición 2008.

o Un potencial mundial: relaciones Exteriores de la U nión Europea ,publicación de la Comisión Europea. Oficina de Publicaciones de laUnión Europea. Editado en 2004.

o Taking Europe to the World: 50 years of the Europea nCommission's External Service, publicación de la Comisión Europea.Editado en 2004.

WEBS:Comisión Europea – Alto Representante de la Polític a Exterior y de Seguridadhttp://ec.europa.eu/commission_2010-2014/ashton/index_en.htmServicio de Acción Exteriorhttp://eeas.europa.eu/index_en.htmConsejo Europeo: Seguridad Común y Política de Defe nsa (CSDP)http://www.consilium.europa.eu/showPage.aspx?id=268&lang=ENDesarrollo y Cooperación, EuropeAidhttp://ec.europa.eu/europeaid/index_es.htmComisión Europea – Ayuda Humanitaria y Protección C ivilhttp://ec.europa.eu/echo/index_en.htmAgencia Europea de Defensahttp://www.eda.europa.eu/Centro de Satélites Europeohttp://www.eusc.europa.eu/Organización Mundial del Comerciohttp://www.wto.org/indexsp.htmColegio Europeo de Seguridad y Defensahttp://esdc.mil-edu.be/Prensa europeahttp://www.ucm.es/BUCM/be/prensa/

Page 64: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

64

ACTIVIDADES EXTRAIDAS de AGENDA EUROPA:

http://www.europadiary.eu/docs/teachers_es.pdf

http://www.europadiary.eu

2. Actividades para el aula

LA UE EN EL MUNDO

- Objetivos: Que los alumnos entiendan la política exterior de la UE y cómo sepersiguen sus distintos objetivos.

- Palabras clave: Política exterior, relaciones internacionales.- Clase: Vídeo, ficha, debate, investigación, presentación.- Temas relacionados: Geografía, asuntos internacionales, ciencias sociales,

ciencias económicas.- Capacidades: Investigación, trabajo en grupo, análisis, presentación.- Lectura: Páginas 85, 89 y 9.

ACTIVIDADES PROPUESTAS

FICHA 1 Y VÍDEOPara preparar este ejercicio, los alumnos deben leer los textos citados.

Se distribuye la ficha 1 y se repasan las preguntas con los alumnos. Las respuestas alas preguntas están en el vídeo.

A continuación, se muestra el vídeo incluido en esta Guía. Se trata de una película desiete minutos en inglés con subtítulos en cada uno de los idiomas de la UE (uno porvídeo).

Luego se pide a los alumnos que rellenen la ficha de forma individual o toda la claseen conjunto.

Una vez cumplimentada la ficha, hay que comprobar si los alumnos han comprendidolos puntos esenciales de la película:

� En sus cincuenta años de historia, la Unión Europea ha tenido que adaptar supolítica exterior:

� De acuerdo con los cambios que ha experimentado el mundo (descolonización,Guerra Fría, final de la Guerra Fría)

� De acuerdo con su creciente poder político y económico (de los seis miembrosoriginales a los veintisiete actuales).

DEBATEA continuación, se debaten los objetivos de la política exterior en general: ¿Por qué lospaíses (y la Unión Europea) tienen una política exterior? ¿Para qué?

Se pide a los alumnos que expliquen los motivos de que exista una política exterior, yel profesor los escribe en la pizarra. Ejemplos:

Page 65: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

65

� Aumentar o conservar el poder económico (asegurar los mercados exteriores).� Conservar su seguridad física (ataques militares o catástrofes provocadas por

el hombre).� Impulsar los derechos humanos, la democracia y el Estado de Derecho.� Garantizar la seguridad energética y alimentaria.

Otro ejemplo de objetivos de política exterior puede ser tratar de resolver cuestionestransfronterizas (degradación ambiental, inmigración o terrorismo) en su origen.

Una vez realizada la lista de objetivos de política exterior, otra cuestión que puededebatirse con la clase es cuántos países consiguen cumplir sus objetivos de políticaexterior:

� Dando ayuda a los países en desarrollo.� Firmando acuerdos comerciales con otros países, o acuerdos comerciales

multilaterales en el marco de la OMC cooperando en las políticas de defensa yseguridad (formando ejércitos adecuados o alianzas internacionales).

� Aplicando acuerdos políticos (bilaterales o multilaterales) con otros países queabarquen otros asuntos además del comercio y el desarrollo, como el cambioclimático, reformas económicas, educación o investigación.

FICHA 2: INVESTIGACIÓNA continuación, se divide la clase en grupos de cuatro alumnos. Cada grupo elige dospaíses de dos regiones distintas (vecinos de la UE, países ACP u otros).

Los alumnos tienen que buscar información sobre las relaciones de la UE con cadauno de los dos países y preparar una presentación en la que comparen y contrasten:

� Los objetivos de política exterior� Los instrumentos utilizados para lograr esos objetivos.

Hay que asegurarse de que los alumnos comprendan las preguntas de la ficha. Paraello pueden utilizarse los siguientes enlaces como referencia:http://ec.europa.eu/world/http://ec.europa.eu/external_relations/http://ec.europa.eu/europeaid/http://ec.europa.eu/external_relations/delegations/web_en.htm

Todos los grupos deben tener la oportunidad de realizar su presentación ante la clase.

CONCLUSIÓNPara concluir puede realizarse un debate sobre los asuntos siguientes:

� ¿Opinan los alumnos que la ayuda al desarrollo persigue sólo fines altruistas?¿Por qué? o ¿por qué no?

� ¿Opinan los alumnos que los instrumentos comunitarios de política exterior sonadecuados para cumplir sus objetivos? ¿Qué cambiarían o añadirían?

� ¿Les gustaría a los alumnos hacer la carrera diplomática?

Page 66: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

66

Respuestas1. El primer ministerio de Asuntos Exteriores se creó en Washington en 1954. (Ahorase llama «Delegación de la UE en los EE.UU.).2. La UE creó el Fondo Europeo de Desarrollo, que abarcará un período de cincoaños. El actual es el décimo y comprende el período 2008-2013.3. Países de África, el Caribe y el Pacífico (ACP).4. Europa prestó asistencia a los antiguos países comunistas, pero tambiéndesarrolló una Política Exterior y de Seguridad Común (PESC).5. Se creó una política europea de seguridad y defensa (denominada actualmente«Política Común de Seguridad y Defensa»).6. El cargo de Alto Representante de la PESC (actualmente «Alto Representante dela Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y Vicepresidente de laComisión Europea»).7. Para garantizar que sus vecinos se beneficien de la ampliación de la UE y vivan enpaz y prosperidad.8. La UE es responsable de más de la mitad de la ayuda oficial al desarrollo delmundo.9. Unas 5.000.10. Los derechos humanos, la democracia y la justicia en el mundo.

Page 67: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

67

Ficha 1- La UE en el mundo.

1. ¿Cuándo y dónde creó la UE su primera «embajada»?

2. ¿Cómo respondió la UE a la desaparición de los imperios coloniales?

3. ¿Qué nombre recibe un grupo de Estados cuya mayoría fueron antiguas coloniaseuropeas?

4. ¿Cómo respondió la UE al final de la Guerra Fría?

5. ¿Cómo respondió la UE a los conflictos que surgieron tras la caída del Muro deBerlín, en particular en la antigua Yugoslavia?

6. El Tratado de Ámsterdam creó un puesto de «ministro europeo de AsuntosExteriores». ¿Cómo se llama oficialmente ese puesto?

7. ¿Cuáles son los objetivos de la UE en relación con sus vecinos del Este y el Sur?

8. De toda la ayuda al desarrollo del mundo, ¿Qué porcentaje corresponde a la UE?

9. ¿Cuántas personas trabajan en las aproximadamente 130 delegaciones de la UE enel mundo?

10. ¿Qué promueve la UE con sus instrumentos de política exterior como los acuerdosde ayuda, comercio y economía?

Page 68: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

68

Ficha 2 – La UE en el mundo: investigación

1. Elije dos países de dos zonas distintas (vecinos , ACP u otros).Países elegidos: 1 2.

2. Busca información sobre los siguientes ámbitos d e política exterior de cadauno de los dos países.Por cada ámbito y país averigua:

� ¿Cuáles son los objetivos de la UE?� ¿Cómo intenta la UE cumplir esos objetivos?

Page 69: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

69

DEFINICIONESBilateral:Acuerdos en los que hay dossignatarios (p. ej. dos países, o laUE y un país).

Multilateral:Acuerdos en los que hay muchossignatarios (p. ej. OrganizaciónMundial de la Salud, NacionesUnidas)

Ámbitos de política exterior:

Ayuda al desarrollo - Destinada al país/región- Ámbitos de cooperación con el país/región

Comercio - Acuerdos comerciales multilaterales- Acuerdos comerciales especiales- Acuerdos de seguridad de productos

Inmigración - Inmigración legal- Inmigración ilegal

Medio ambiente - Ayuda para gestionar problemas ambientales- Acuerdos de cooperación multilateral sobre asuntos

ambientalesEnergía - Abastecimiento de energía o infraestructuras energéticas

parala región

- Suministro de energía de la regiónAlimentos - Suministro de ayuda alimentaria a la región

- Comercio de alimentos con la regiónDefensa - Suministro de asistencia militar, mantenimiento de la

paz o construcción de la paz- Policía internacional o misiones de Estado de Derecho

3. ResumenPara terminar, prepara una presentación de cinco minutos en la que se resuman lasprincipales diferencias de la política exterior de la UE en relación con cada uno de losdos países que hayas seleccionado y explica los motivos de esas diferencias.

Página 85

Page 70: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

70

¿Qué dirán los vecinos?

Ninguno de nosotros querría vivir en un barrio «chungo» o tener la desgracia de tenerunos vecinos al lado que hagan demasiado ruido. A nivel europeo ocurre lo mismo.Como comunidad de Estados que forman parte de una aldea global, queremos tener lacerteza de que estamos rodeados de países estables y bien gobernados.

Para ello, Europa está estrechando sus lazos políticos y económicos con sus vecinosdel sur y el este. En 2004, la UE creó su Política Europea de Vecindad (PEV), queengloba las relaciones con dieciséis países del Mediterráneo y del este de Europa,más el Cáucaso.

¿Por qué necesitamos una política de vecindad?Actualmente, Europa es una zona que goza de paz y prosperidad sin precedentes,pero no podemos esconder la cabeza y dejar de mirar más allá de nuestras fronteras.En resumen, si no «exportamos» estabilidad, corremos el riesgo de «importar»inestabilidad.

¿Europa el guardián de sus vecinos?La Política Europea de Vecindad no se limita a guardar las fronteras de Europa, sinoque consiste en cooperar con nuestros vecinos para reforzar su prosperidad,estabilidad y seguridad y acercarlos a la Unión.

Page 71: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

71

Página 89

Construir un mundo mejorLa interdependencia entre los países va en aumento, por eso vale la penareplantearnos nuestra relación con el resto del mundo. La UE debe trabajar codo concodo con los países en desarrollo para resolver juntos los problemas, desde crisiseconómicas hasta el cambio climático.

La Unión Europea (la Comisión Europea y los veintisiete Estados miembros) inviertemás de 49.000 millones de euros al año en ayuda al desarrollo, el 60% del totalmundial.Se presta asistencia a más de 160 países, desde a Afganistán hasta Zimbabue, pero¿sirve para algo? A pesar de que quedan muchos obstáculos (muchos vinculados a lacorrupción y los conflictos), la respuesta es sí, los países en desarrollo están ganandosu batalla contra la pobreza poco a poco. Se han realizado progresos, aunque todavíaqueda mucho por hacer.

En la UE hay muchos países ricos con una influencia considerable enla economía mundial y que podríanutilizar su poder para impulsar eldesarrollo.Nina, 19

Nadie se ha comprometido tanto como Europa con el incremento de la ayuda aldesarrollo. Además, la UE también se está esforzando por conseguir que esa ayudase preste de forma más eficaz. Como parte de dichos esfuerzos, la Comisión colaboraestrechamente con los Estados miembros (27 – 1 = 1) y las Naciones Unidas, elBanco Mundial y otros donantes con el fin de poner sus recursos en común y dividirselas tareas. La ayuda se canaliza cada vez más directamente a los países asociados, ylos objetivos de desarrollo se incorporan a otras políticas comunitarias.

¿Qué puedes aportar?

�Música contra la pobreza¿Tienes algún mensaje sobre la lucha contra la pobreza? ¿Eres un aspirante amúsico? Comparte tu música en www.ifightpoverty.eu o escucha lo que dicen otros.

�Premio Desarrollo para JóvenesCrea un póster o un vídeo dedicado a uno de los temas de este año y envíalo awww.dyp2008.org. Si resultas ganador podrás visitar un proyecto de cooperación enÁfrica.

�Mathias y AmadouÚnete a la aventura y aprende sobre desarrollo viendo cómo estos dos amigos seenfrentan a los retos de África. ¡Juega en www.mathiasandamadou-thegame.eu!

Page 72: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

72

Comercio internacional

- Objetivos: Comprobar que los alumnos entienden los principales conceptoseconómicos. Que los alumnos reflexionen sobre la importancia del comerciointernacional en nuestras vidas cotidianas.- Palabras clave: Comercio internacional, OMC, mercado común o interior.- Clase: Lectura, ficha, debate.- Temas relacionados: Economía, empresa, educación personal, social y sanitaria.- Capacidades: Análisis, pensamiento crítico.- Lectura: Páginas 16, 18 y 94.

ACTIVIDADES PROPUESTAS

LECTURALectura de los textos citados.

FICHALos alumnos deben rellenar la ficha. Sus objetivos son los siguientes:

� Comprobar si los alumnos entienden expresiones económicas comunes� Comprobar si los alumnos entienden la Unión Europea como «mercado

común» a través de la relación entre los términos «unión aduanera», «zona delibre comercio» y «arancel exterior común»

� Comprobar si los alumnos comprenden los criterios de convergencia deMaastricht.

DEBATEA continuación, se debate sobre comercio internacional:� ¿Puede el gobierno de tu país controlar de forma unilateral su comercio

internacional o es un asunto que compete a la Unión Europea?� ¿Qué instrumentos económicos pueden utilizar los gobiernos (o la Unión

Europea) para facilitar el comercio internacional?, ¿y para limitarlo?� ¿Por qué podrían querer limitar el comercio los gobiernos nacionales (o la

Unión Europea)?� ¿Por qué la Unión Europea promueve los mercados abiertos

Ficha- Comercio Internacional

Define los términos siguientes:

Page 73: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

73

Producto Interior Bruto (PIB).

Ventaja competitiva.

Impuesto sobre el valor añadido (IVA).

Aranceles a la importación.

Barreras no arancelarias.

Organización Mundial del Comercio (OMC).

Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG).

Escribe un párrafo en el que expliques la relación entre estos tres términos:Unión aduanera – Zona de libre comercio – Arancel exterior común.

Escribe un párrafo en el que expliques los criterios de convergencia de Maastricht:Deuda pública – Déficit público – Inflación – Tipo de interés

Page 74: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

74

Página 16

¿Algo más que la paga?Con 141.500 millones de euros en tu cuenta tendrías, al menos, el doble de dinero quela persona más rica del mundo.

141.500 millones de euros es aproximadamente el presupuesto anual de la UniónEuropea (UE). El impacto de tan considerable cantidad se nota en toda Europa,aunque esta cifra apenas represente un.1% de la riqueza nacional de la Unión. Comopuede imaginarse, las decisiones sobre cómo invertir el presupuesto de la UE suscitanvivos debates, ya que nuestros representantes nacionales trabajan para equilibrardemandas de dinero que compiten unas con otras.

Entonces, ¿cómo se gasta el presupuesto? La gestión del dinero público constituyeuna responsabilidad importante. Hay que evaluar las necesidades a corto plazoteniendo en cuenta las inversiones a largo plazo y los compromisos anteriores.Además, hay que procurar no superar lo presupuestado.

Un presupuesto equilibradoEl presupuesto de la UE está basado en el principio del equilibrio. En pocas palabras,lo que quiere decir es que la UE sólo puede gastar el dinero que tiene. Sin embargo,esto también significa que la UE no puede endeudarse, al no poder pedir dineroprestado. ¡Una buena idea a tener en cuenta a la hora de gestionar tu propiopresupuesto!

¿DE DÓNDE VIENE EL DINERO?La UE cuenta con varias fuentes de ingresos. De largo, la mayor parte del dinero loaportan los Estados miembros de la UE

• 76% contribuciones nacionales, enbase a la renta nacional bruta

• 12% impuestos a la importaciónsobre bienes procedentes de fuerade la UE

• 11% un pequeño porcentaje delimpuesto sobre el valor añadido(IVA)recaudado por los países de la UE

• 1% Otros: contribuciones delpersonal de la UE, importes nogastados de años anteriores,

Page 75: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

75

Página 18

Money, money, Money¿Qué llevas en el bolsillo? En el caso de millones de europeos se trata del euro, unamoneda común aceptada en muchos países de Europa.

En los diez últimos años se ha dado la mayor reorganización monetaria de la historiaeuropea, ya que dieciséis de los veintisiete países de la Unión Europea han adoptadoel euro como moneda oficial. Desde entonces puede utilizarse en una zona que seextiende desde el Mediterráneo hasta el Círculo Polar Ártico. Además, otros países dela UE se irán uniendo cuando cumplan las condiciones para ello.

Una moneda mundialEn la actualidad casi 330 millones de personas utilizan el euro cada día. Es la segundamoneda más utilizada en el mundo para crear reservas de divisas y en 2006 el valorde los billetes de euro en circulación superó al de los de dólar, que hasta entoncesocupaba el primer lugar del mundo.

Además de sus claras ventajas prácticas, el euro es también uno de los símbolos mástangibles de la integración europea. Y, al ser una moneda tan importante, aporta a laUE una voz más fuerte en la economía mundial.

La Ayuda al Desarrollo

Page 76: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

76

- Objetivos: Que los alumnos reflexionen sobre la gran variedad de problemas queafectan a los países menos desarrollados y analicen sus causas y efectos.

- Palabras clave: Ayuda al desarrollo, comercio.- Clase: Lectura, ficha, debate.- Temas relacionados: Economía, educación personal, social y sanitaria.- Capacidades: Análisis, pensamiento crítico.- Lectura: Páginas 89 y 94.

ACTIVIDADES PROPUESTAS

DEBATEAntes de empezar la actividad, se recortan las tarjetas incluidas a continuación y sereparten entre los grupos de alumnos. Cada tarjeta presenta un asunto relacionadocon el desarrollo de los países.

A continuación, los alumnos deben disponer de unos minutos para pensar sobre elpapel que dicho asunto desempeña en el desarrollo de los países.

Después, los grupos hacen lo siguiente:

� Anunciar la palabra escrita en la tarjeta (el profesor la escribe en la pizarra).� Explica la importancia del asunto para el desarrollo.

Se pide a los alumnos que añadan palabras clave a la lista.

ANÁLISISA continuación, se pregunta a los alumnos qué asuntos representan «causas» ycuáles, «efectos». En la pizarra, se dibujan flechas que unan cada causa con su efecto(por ejemplo, la falta de infraestructuras supone la falta de comercio, lo cual lleva a lafalta de ingresos para el gobierno, que a su vez ocasiona falta de inversión eninfraestructuras). Las flechas también pueden ser bidireccionales. Al final del ejercicio,probablemente la pizarra quede llena de flechas formando una red.

Así puede comenzarse un debate sobre las siguientes cuestiones:

� Si los alumnos tuviesen que realizar un plan para resolver los problemas dedesarrollo de los países más pobres, ¿por dónde empezarían?

� ¿Cuáles son los requisitos previos para aliviar la pobreza en los países endesarrollo?

� ¿Se limitarían a dar montones de dinero en ayudas?, ¿por qué?, o ¿por quéno?� Qué papel puede desempeñar el comercio en la ayuda a los países para que

se desarrollen?

POSIBLES RESPUESTAS

Hambre Quienes tienen hambre tienen que pasar más tiempobuscando comida.

Page 77: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

77

Derechos humanos Quienes ven vulnerados sus derechos fundamentales viven conmiedo e incertidumbre.

Corrupción La corrupción lleva a que haya personas que se apropien dedinero para su propio beneficio en lugar de invertirlo para el biencomún.

Democracia Quienes no pueden votar no tienen voz en la toma dedecisiones.

Atención sanitaria Quienes están enfermos no pueden trabajar.

Gobierno funcional Se necesita un gobierno funcional que recaude impuestos,establezca prioridades fiscales y lleve a cabo el gasto público.

Infraestructuras Se necesitan infraestructuras para llevar las materias primas alas fábricas y los productos finales a los mercados.

Medio ambiente La degradación ambiental perjudica al suministro de alimentos yagua.

Igualdad de género Los países en los que se impide a las mujeres desempeñar unpapel activo en la sociedad se están privando de la mitad de susrecursos humanos.

Educación Para que haya actividad empresarial se necesita gente que lea,escriba y sepa matemáticas.

Comercio La falta de comercio supone falta de ingresos tanto para laspersonas como para los gobiernos.

Conflicto armado La guerra causa destrucción de infraestructuras, inseguridadalimentaria y movimientos masivos de población

Estado de Derecho Se necesitan tribunales para que exista un entorno empresarialseguro y para proteger los derechos de los ciudadanos.

CONCLUSIÓNTras este ejercicio, los alumnos han de leer los textos citados. Después, puedenrealizar una redacción sobre una de las cuestiones siguientes:

-¿Qué cuestión o cuestiones deben resolverse en primer lugar?, ¿por qué?

-¿Qué está haciendo la Unión Europea para ayudar a los países en desarrollo?¿Debería hacer más o actuar de otra manera? ¿Cómo?

Page 78: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

78

ASUNTOS RELACIONADOS CON LA AYUDA AL DESARROLLO

Página 94

Page 79: La Unión Europea: Organización y Funcionamiento …cefire.edu.gva.es/pluginfile.php/277498/mod_resource/...Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea 7 lingüísticos,

Bloque 5. Principales políticas de la Unión Europea

79

Socios comerciales«Comercio», «negocios internacionales»... Llámalo como quieras. Las importaciones ylas exportaciones son el contacto más importante de la UE con el mundo exterior.

La UE exporta la sombrosa cifra de 3.300 millones de euros en productos cada año,cifra sólo superada por los 1.500 millones que suponen las importaciones. De hecho,Europa es el mayor exportador de bienes y servicios. Nuestros principales socioscomerciales son los Estados Unidos, Rusia y, cada vez más, China. Por si fuese poco,la UE es el mayor mercado de exportación para más de cien países.

¿Sabías que?Los veintisiete países que conforman laUE suponen en conjunto el 19% delas importaciones y exportacionesmundiales, y apenasel 7% de la población.

La Unión Europea es toda una potencia comercial pero, ¿qué significa eso paranosotros como individuos? Bueno, sin el comercio internacional, los precios seríanmás altos y la variedad de productos en oferta, más limitada. Tendríamos que pasar lamañana sin café (que procede de África) y nos veríamos obligados a vivir son losúltimos aparatos electrónicos fabricados en Asia. Son sólo algunos ejemplos...