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L a torre cívica es un complemento defensivo, amén de torre de comunicaciones y del reloj público, seña y emblema del poder municipal. Se levanta en La Plaza Mayor o de La Constitución 1 , en el mismo emplaza- miento de otra anterior a la que hubo de adosarse la capilla del lado del evangelio de la iglesia de Santiago, de ahí la falta de homogeneidad con la correspondiente al lado de la epístola, como sería tradicional en este tipo de arquitecturas. Insignias Jurisdiccionales de la Ciudad de Betanzos de los Caballeros - II - La Torre del Reloj El Chapitel de la Torre Cívica Municipal José Raimundo Núñez-Varela y Lendoiro Cronista Oficial de la Ciudad de Betanzos de los Caballeros www.cronistadebetanzos.com 1 También se llamó Plaza del Castro, Plaza Real, Plaza del Reloj, Plaza de Quiroga, Plaza del General Franco.

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Page 1: La Torre del Reloj - El Chapitel de la Torre Cívica Municipal · a torre cívica es un complemento defensivo, amén de torre de comunicaciones y del reloj público, seña y emblema

La torre cívica es un complemento defensivo, amén de torre de comunicacionesy del reloj público, seña y emblema del poder municipal.

Se levanta en La Plaza Mayor o de La Constitución1, en el mismo emplaza-miento de otra anterior a la que hubo de adosarse la capilla del lado del evangeliode la iglesia de Santiago, de ahí la falta de homogeneidad con la correspondienteal lado de la epístola, como sería tradicional en este tipo de arquitecturas.

Insignias Jurisdiccionalesde la Ciudad de Betanzos de los Caballeros

- II -

La Torre del Reloj

El Chapitel de la Torre Cívica Municipal

José Raimundo Núñez-Varela y LendoiroCronista Oficial de la Ciudad de Betanzos de los Caballeros

www.cronistadebetanzos.com

1 También se llamó Plaza del Castro, Plaza Real, Plaza del Reloj, Plaza de Quiroga, Plaza del GeneralFranco.

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El monumento que contemplamos fue levantado a mediados del siglo XVI,con una altura de 17’70 metros incluidas las perillas situadas sobre la cornisa delpretil construido como remate superior. Se trata de un edificio prismático desillares que inscriben un hexágono sobre una base también irregular, en la que seintegraron las escaleras de tres escaños que dan acceso a la puerta situada al nor-deste, desprovista de cualquier elemento de adorno. La torre esta formada pordos cuerpos ceñidos por molduras horizontales que los separan, coincidiendo lamás elevada con la base de la azotea en cuyos ángulos se instalaron las gárgolas, enforma de cabeza de perro de presa o dogo; en los que se abren tres vanos rectan-gulares o troneras de reducidas dimensiones, uno en el primero y dos en el segun-do, con el fin de proporcionar claridad a las escaleras graníticas de caracol, adosadasal muro, que conducen al ajarafe. En el segundo cuerpo se situaron al mismo nively en lados consecutivos, dos escudos con las armas de Betanzos, orientados alnorte y al este, y el reloj público municipal entre ellos, en idéntica orientación quela puerta de acceso, y por el costado del nordeste se abre una puerta, provista debarandilla metálica y un arco tapiado sobre ella, que conduce al terrado.

Una vez que la torre estuvo terminada hasta la azotea, la municipalidad tuvola intención de instalar un armazón de hierro para el reloj, y proyecto que habríade dilatarse en el tiempo por falta de presupuesto para su ejecución. A principiosdel siglo XVII, se retomaría la construcción del «CHAPITEL», considerado comoel remate o corona que adorna, realza y embellece la torre.

El 9 de octubre de 1590, el carpintero Juan Méndez, vecino de Betanzos,otorgaba carta de pago por ante el escribano Pedro Manzanas de Moscoso, por laobra de sujeción y arreglo del reloj de la torre municipal:

«...al regidor Martin Vidal Morelle a cuyo cargo hestaba el adereszo del rellox dellade catorze ducados y dos rrs que el dho Martin Vidal le abia dado e pagado. Los beinte yquatro rrs dellos por lo Enbrazar al tpº que hestaba para se caer y los doze ducados por leaderezar y segurar de nuebo como al de presente hesta de que se dio por entregado a suvoluntad...»2.

Por lo visto, el reloj estaba sujeto en una armazón de fuertes maderas, enlaza-das por travesaños y riostras, que hubieron de reponerse al tiempo de ser repara-do. En estas condiciones, expuesto a las inclemencias del tiempo, no puede extra-

2 Archivo Municipal de Betanzos. Caja 3.098, sin catalogar.

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Dibujo de la Torre del Reloj, realizado por Raúl Rivera en 1963.

Obsequio de este ilustre artista al autor.

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ñar que necesitara la sustitución de las ma-deras con cierta regularidad; una cuestiónplanteada de viejo en el seno de la corpo-ración, hasta el punto de proponer la cons-trucción de un «chapitel» en lo alto de latorre, como la mejor opción para solven-tar el problema.

El 28 de Junio de 1608, teniendo encuenta la Justicia y Regimiento «que aviendoParesçido a esta dha ciudad azer y edificar elchapitel del reloj de la Placa mayor della por

hestar des cubierta y por tienpo bendria a

hazer sentimiento la torre... conforme a latraca del chapitel del rreloj del monesterio de sanmyno El rreal de la dha ciudad de Santº... se senaloel rremate para dia de senor san Juan pasado...y el dho dia acudieron a hesta dha çiudad algu-nos maesos de cerraxeria... de este rreino...y ad-mitido posturas... y se rremato en Juan ares vzºdela ciud de la Corª maestro de çerraxeria...loqual a de azer dentro de ocho meses contadosdende el dho dia del remate, y dentro de quinzedias a de dar Fianzas...» (Vid. Apéndice II).

Para este tipo de obras públicas, era obligatoria la publicación de cédulas oedictos para general conocimiento de los profesionales del reino, de manera quelos interesados pudiesen presentar sus posturas que serían rematadas en el mejorpostor, como sería el caso de Juan Ares, maestro cerrajero vecino de La Coruña,a cuyo cargo estaba el reloj de La Real Audiencia del Reino de Galicia, en quienrecaería la contrata como mayor licitador de la subasta.

Las condiciones de la obra, según va dicho, obligaban al rematante a seguir latraza del chapitel de la torre del reloj de San Martin Pinario de Santiago3 de

En la foto realizada en 1898 por

Francisco Javier Martínez Santiso, aparece

en primer término la Torre del Reloj (poder

público), seguida de la antigua torre de la

iglesia de Santiago (poder eclesiástico)

y al fondo la torre de los Vilousaz o de

Lanzós (poder noble). Fotografía obsequia-

da al autor por el pintor Seijo Rubio.

3 En los archivos compostelanos no existen planos sobre esta antigua torre, que según don AntonioBonet Correa, en su obra «La arquitectura en Galicia durante el siglo XVII», fue sustituida por la actual en1672. También hemos consultado el Archivo del Reino de Galicia y el Histórico Nacional, sin resultado.

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«Croquis de los escudos esculpidos en la Torre del Reloj a uno y otro lado de la ‘muestra’ o esfera.

El señalado con el nº 1 se halla =mira= al Este, el 2 al Norte (año 1900)», realizados por

F. J. Martínez Santiso. Archivo del autor.

Apunte de Francisco

Javier Martínez Santiso de

la Torre del Reloy por el

lado Norte (16 octubre

1932). Archivo del autor.

Compostela «... todo ello chabeteado proporcionado y de lasmolduras y labores y gallardetes questan hechos en el rreloj deldho monestº...», de modo «... que esta dha ciud. y pnª quepor ella fuere diputada, pueda sacar la traça dela obra del dhochapitel del dho monestº a costa de la tal pnª en quien ansi serrematare la dha obra...».

En consecuencia, sobre la azotea de la torre, se si-tuarían cuatro fuertes columnas de vara y media de alto,con un peso de trescientas libras de a veinte onzas cadauna, encajadas en la torre para servir de cimientos delchapitel, con tres «quartones»4 al pie y otras tantas ba-

4 COVARRUBIAS OROZCO, Sebastián de. Tesoro de la LenguaCastellana o Española, Madrid 1611. Define el quartón como la cuartaparte de una viga, que se asierra a lo largo en cuatro piezas.

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rras entre ellas, todo ello de hierro. Para la suspensión de la campana, tendría quesituar otras cuatro barras del mismo metal esquinadas en ángulo, y la misma can-tidad y especie para colocar sobre las columnas y sostener la campana del reloj,que asimismo ejercerían de apoyo para la cruz del remate y dos veletas, una deellas con una saeta, y con unas dimensiones de brazo a brazo de dos varas demedir5, con sendas flores de lís «grandes que campeen», y en la esquina de las colum-nas del chapitel se tendrían que fijar «una bola y una cruz con su beleta que tengan unabara de medir cada una en alto».

También sería por cuenta del adjudicatario el «...azer la mano que declara las oraspuesta y fixada de manera q a su tienpo asenale y declare la ora que fuere, cuya hestrella y ladha mano se le dara pintada», en referencia a la esfera y a la manecilla del reloj.

En resumen que la «... a de aplomar y sigurar demanera que en todo tienpo hestea fuerte y segura y que no sedesmanchara por ningº tenporal que sea devaxo de las penasadelante declaradas y toda ella a su costa y rriesgo execto elplomo que pª ello fuere menester se lo dara la dha çiudad sinque entre en este dho remate, y se entiende segn dho quel

dho chapitel y obra que ansi se hiziere a de ser toda ella

de hierro sin macula ni mezcla ningª y por peso de libragallega, de veinte honcas cada libra» (Vid. Apéndice I). Elcerrajero Juan Ares percibiría por la realización de laobra, a razón de un real y veinte maravedís por librade hierro, a cobrar en tres plazos; el primero tan pronto

el ayuntamiento de Betanzos aceptara las fianzas que tenía que aportar comogarantía, el segundo a los cuatro meses y el último una vez finalizada la fábrica yobtenido el beneplácito de la ciudad y la satisfacción de los peritos nombrados alefecto.

Para cumplir con las garantías del contrato despachado por el Teniente deCorregidor de Betanzos, el cerrajero coruñes Juan Ares solicitaba licencia pararecibir fianzas, el 7 de Julio de1608, ante el capitán Alonso de Medrano, corregi-dor por S.M. de ambas ciudades y ejerciendo de turno en la capital herculina. Aldía siguiente y en presencia de dicho corregidor y testigos, por ante el escribano

5 La vara de 0’835 m., en nuestro trabajo «Las pesas y medidas de Betanzos», boletín Brigantium delMuseo Arqueológico e Histórico de La Coruña, 1982, págs. 117-189.

Firma del cerrajero-relojero

Juan Ares, a cuyo cargo

estuvo la construcción del

«chapitel» de la Torre del

Reloj en 1608.

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Gregorio de Seoane, se otorgaba la escritura de fianza6 en la que intervendríancomo fiadores Jácome Sánchez de la Parra, portero de la Real Audiencia; Gregoriode Nogueira, cirujano, y Juan López de Santomé, tundidor, vecinos de La Coruña.

Los mencionados fiadores, serían rechazados por las autoridades brigantinas,al no considerarlos suficientemente abonados, por lo que el regidor don AgustinRodriguez de la Torre, solicitaba testimonio por ante el escribano don AlonsoVázquez de Aguiar y Cabeza (Vid. Apéndice III), debido a la pretensión de ofrecernuevos avales en las personas de Pedro Saco de Novóa, portero de la Real Audien-cia y Ambrosio Díaz de Lago, escudero de la misma, quienes no podían efectuarlosin acuerdo previo del Reino, y Domingo Suárez, escribano de S.M., y en razón dehaber rebasado el plazo de quince días otorgado para la presentación de dichasfianzas «...legas, llanas y abonadas y aprobadas por la justiª de donde las diere...». Esterequerimiento, le sería leído y notificado al cerrajero Juan Ares por dicho escriba-no, en La Coruña el 25 de Julio de 16087. Resueltas las dificultades, la obra seríaejecutada y recibida por el ayuntamiento sin mayores problemas.

Un longevo relojero

En las cuentas de Propios correspondientes al año 1577, liquidadas el 14 deMayo de 1578, se contabilizaba el libramiento realizado al cerrajero Pedro Alvárez,vecino de Betanzos, en cuyo asiento se anotaba lo siguiente:

«...Da mas por descargo que pagó a Pedro Albarez reloxero tres mil maravedis que lepagaron e libraron por conçertar e aderezar el reloxo desta çiudad e con ellos esta pagoasta hel mes de Julio deste año de setenta y ocho años, mostró libranza e carta de pagopasosele en cuenta...»8.

Transcurridos sesenta años, el 15 de Julio de 1637, el regidor Juan Díaz Ca-marero, vecino de Betanzos, y juez fiel ejecutor de mes, en virtud de la comi-sión de la Justicia y Ayuntamiento, procedía a suplir la vacante de dicho oficio:

6 Archivo Notarial de La Coruña. Protocolo 172, folio 228, del escribano Gregorio de Seoane, delnúmero de La Coruña.

7 Ibidem. Protocolo 125, folio 237, del escribano Alonso Vázquez de Aguiar y Cabeza, del númerode Betanzos.

8 Archivo del Reino de Galicia. Legajo 9.541-61. Veáse la petición efectuada por Pedro Alvárez, el14 de Mayo de 1587, en nuestro artículo «Asiento para el tañedor de la queda», entrada del 8 de septiembrede 2012 en nuestra página web, www.cronistadebetanzos.com.

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«... dixo que por quanto pº Alvarez cerraxero difunto vecino que fue de la dha ciudmientras fue vibo tenia a su cargo el adreço y compusision del rrelox desta dha ciudad porasiento que tenia echo en la dha ciud que fenecio por primero de junio deste presente anoy aora... no avia pnª que tuviese cuidado de haçer adreçar el dho rrelox y hazerle darle lasoras compontualiadad (sic) como se requiere sino hes Franco albarez hixo del dho Pºalbarez El qual por ser menor de la hedad papular (léase pupilar) no se podido obligarazer qta del dho rrelos y hierros y piecas del a cuya causa pº de Casteleiro labrador vºdesta dha ciudad questa presente dice se quiere cargar del dho rrelos y dar qta del con lascondiciones que le diere entregado y por el tiempo que le fuere encargado pª que duranteel dho tiempo lo haga adrecar y dar las horas con toda puntualidad buscando pª ellooficiales que sean necesarios ansi al dho Franco albarez como ha otros qualesquª oficialesy con esto ambos y dos se conçertaron e hicieron el asiento seguiente En que el dho pedrode casteleiro durante el termino de tres años...dende primero de Junio pasado destepresente ano...a de tener por su quenta el dho rrelox y tenerlo vien adrecado de mª que delas oras con puntualidad Conforme al rrelox de sol de manª que no aga falta ningª...

Y hes condicion que si faltare alguna pieca de hierro del dho rrelox ansi de

follaxe como de cunas postes y barras o otra qualquiª cosa de las que al presentetiene so pena de pagarlo por su pª y bienes.

Y ansimismo hes condicion que si alguna pieca de las del dho rrelox hestubieregastada y maltratada sea obligado antes que se acabe de romper de abisar al ayuntamiºdesta dha ciud o al juez del mes que della fuere...Y durante los dhos tres anos a de tenerlos padrones pesos y balancas y varas de medir para que con ellos pueda manferir los dhospessos y Valancas y Varas de medir y durante los dhos tres anos se le a de dar y pagar encada uno dellos seis ducados pagos al principio de cada uno de los dhos anos...

Y hes condicion que a de tocar a las procisiones y toros rrebates Yncendios

y a lo mas que sea neçesario sin por rracon dello llevar cosa ninguna mas del dhoselario declarado...»9 (Vid. Apéndice IV).

Según se ha visto, se trata de Pedro Alvárez, el relojero que tenía a su cargo eladerezo y conservación del reloj público desde 1577, por tanto en activo a la horade construirse el chapitel del reloj que nos ocupa, y quien contaría con la ayudade su hijo Francisco Alvárez en los últimos años de su vida, sin que pudiera ejercercomo titular en dicho oficio debido a su minoría de edad.

9 Archivo Notarial de La Coruña. Protocolo 214, folio 148, del escribano Lorenzo de Ponte yAndrade, del número de Betanzos. Remitimos a nuestro artículo «Toque de queda para la Feria Franca»,

publicado en el periódico Betanzos e a súa Comarca, del 1 de Julio de 2004, pág. 30.

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En realidad el contrato formalizado por Pedro de Casteleiro, era efectuadocon la intención de que le fuera traspasado al cerrajero Francisco Alvárez tanpronto cumpliese los veinticinco años. Al otorgar sus últimas voluntades, el 22 deMarzo de 1632, dicho menor disponía entre otros mandatos:

«...Iten digo que la Justicia y ayuntamiento desta ciudad me debe seis ducados deladerezo del rrelos de la ciudad del ano pasado de seiscientos treinta y uno, mando secovren...»10.

10 Ibidem. Protocolo 223, folio 30. Testamento efectuado en plena juventud, debido a unaenfermedad que le obligaba a guardar cama. Estaba casado con María López, hija de Domingo Carro. Supadre Pedro Álvarez de su matrimonio con Juana de Casteleiro, además de Francisco tuvo otros cuatrohijos. Es muy posible que el labrador Pedro de Casteleiro, que se obligaba al mantenimiento del reloj en1637, fuese tío materno de Francisco, y que como tal procurase garantizar la plaza de relojero para susobrino hasta la mayoría de edad, según va dicho.

En Julio de 1911 se reponía el gallo que

remataba el Chapitel, siendo alcalde don

Calixto Leis. Foto obsequiada a F.J. Martínez

Santiso por Muro, archivo del autor.

Elevación de la campana grande fundida en el

taller de Cabrillo en Salamanca en 1919. Foto

gentileza de doña Carmen Garma Peña (†),

tomada desde su casa. Copia del archivo del autor.

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Importe que no es casual, por tratarse del salario de un año del responsable delreloj.

De producirse averías mayores, el ayuntamiento recurría a expertos de otrasplazas. El lunes 17 de Mayo de 1633, Alberto Formentel, relojero de La RealAudiencia del Reino de Galicia, solicitaba una certificación ante el escribano Lo-renzo de Ponte y Andrade, del número y de ayuntamiento de Betanzos, con el quepoder acreditar que se había trasladado a esta ciudad para arreglar el reloj públicomunicipal11:

«Certifico y doy fe yo lorenco de Ponte y andrad ssº de su magd y del numero yayuntamiento desta ciud de betanzos en como oy lunes diez y siete del presente mes demayo bi en esta ciud entre las quatro y cinco de la tarde a hun onbre que dixo llamarsealberte Formentel que dixo era rreloxero de la rreal adudiençia deste rreino y binia a estaçiud por mdo de la Justiçia y ayuntamiento della para aderecar ek rrelos desta dha çiuddy pª que dello conste de su pedimiento lo firmo de mi nonbre dia mes y ano de arriva dho.[Firmado]. Lorenzo de Ponte y andrad. [Rúbrica]».

Uno de los contratos más singulares para la dotación de la plaza de relojeromunicipal, se otorgaba en la ciudad de Betanzos, el 29 de octubre de 1667, pordon Pedro Patiño de la Torre, Teniente de Corregidor de su ayuntamiento, encomisión de los demás capitulares por acuerdo corporativo del pasado día 22, afavor de Francisco Douteiro, cerrajero y vecino de Betanzos, a quien desde elfallecimiento de Juan de Aneiros se le había encomendado el cuidado del relojpúblico:

«... por la preste Carta Se concertaron conbinieron e igualaron en la manera si-guiente en que el dho Franco douteyro cerraxero desde oy dia de la fha desta y durante eltermino de seis años a de conponer y adrecar dho rreloj en quanto a la manifetura demanos de manra qe ande derecho Conpuesto y asentado y que dee las horas ansi de diacomo denoche en la forma qe se estila la buena conpusicion y que no ande destenplado...por falta de la contusion que depende del maestro y con calidad y condicion que a dequedar libre y exsento de pagar tributos hordinarios y aloxamientos hordinarios ansi ensu cassa como fuera della, con calidad que no a de ir a la guerra durante el tienpo destascritura con calidad ansimismo que a de tener un criado del mismo oficio, que le ayude aconponer dho Reloj ansi denoche como de dia que no se le pueda quitar para Soldado, ni

11 Ibidem. Protocolo 224, folio 32.

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para otro exercicio alguno y concalidad ansimismo que por cada unode dhos seis años dha Ciud su ma-yordomo y propios le an de dar ypagar ciento treinta y dos rreales endos pagas de seis en seis meses y laprimera paga a de comencersela aceroy dho dia atento que ya por muer-te del dho Juan de aneiros conponedho rreloj y la otra mitad a otrosseis meses y las demas pagas por elconsiguiente en cada uno de dhosseis anos de llano y descontado sinfigura de Juicio y so pena deexecucion y todas las costas q en sucobranza se le siguieren... yansimismo es condicion que el dhoFranco Douteyro a de traer dhorreloj bien conpuesto y adrecado demanera que por las horas que dierede buena conpusicion se pueda go-bernar la ciud y su rrepublica y don-de no lo acer ansi le pueda multarla Justicia en las penas que lepareciere seren justas y fenecidos losdhos seis anos si fuere bibo dho fran-co Doutº a de correr con laconpusicion de dho rreloj a beneplacito de dha ciudad a q le puede obligar por mas omenos selario en la conformida q se ajustase y Su md dho theniente de corregidor enbertud de dho poder obliga los vienes y rrentas de dha ciud de que se le pagara dho selariodurante los dhos seis anos... [Firmado]. Pedro Patiño de la Torre, como testigo y a rruegodel otorte Jacinto martinez. [Rúbricas]. Passo ante mi. [Firmado]. Domingo de Amenedo.[Rúbrica]»12.

La documentación antecedente, pone de manifiesto la significación e im-portancia que tenía el reloj público para el gobierno de la ciudad y la república.Ajustado al horario solar, contaba con su propio reloj de sol para el control de la

«Escudo de Armas de la Ciudad de Betanzos. Una

copia de iguales dimensiones y con ligerísimas

variantes se envió a Salamanca para decorar la

campana municipal que allí ha de fundirse.

Firmado. Francisco Javier Martínez Santiso,

15 Junio 1919», (19,5 x 12 cms). Archivo del autor.

12 Ibidem. Protocolo 342, folio 48.

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hora (eran pocas las torres de esta tipología que no disponían de un reloj solar porel que guiarse el relojero), ordenaba la vida ciudadana y la de su tierra, para gene-ral provecho y beneficio del pueblo. No en vano ejercía como reloj magistral de laciudad13, amén de que el tañido de su campana disponía el ritmo de los aconteci-mientos, desde el toque de la prima14 hasta el de queda, y entre ambos a rebates,incendios, fiestas patronales, procesiones, toros (por San Juan, San Roque, SanPayo o San Bartolomé), cabildos, proclamaciones, visitas reales, e incluso paraordenar la corta de junco15, entre otros destacados eventos como la convocatoriaa cabildo o la salida y entrada en las Reales Casas Consistoriales de la Excma.Corporación Municipal en forma de Ciudad.

De la mencionada condición como reloj magistral, vamos a servirnos de untestimonio excepcional que nos ha proporcionado la fundación de la misa deonce en la iglesia de Santo Domingo, por don Juan Díaz de Acevedo. En el inte-rior de este convento, el 9 de noviembre de 1714, los frailes dominicos y elsobredicho don Juan, se compusieron ante el escribano Juan Méndez del Corral,para la celebración de 232 misas rezadas con sus correspondientes responsos enla capilla del Pilar, instituida por sus tios Diego Martínez de Acevedo y doña Maríade las Nieves de Mesía y Tovar, por la cantidad de 34.800 reales de vellón, quehabrían de producir l.044 reales de réditos, más que suficientes para sufragar lasmisas concertadas. Entre las estipulaciones, se establecía que al toque de las once:

«... y ansi que la diere el Relox desta dha Ciudad se ha de azer señal repetidas vezescon la campana maior deste dho Convento para que los fieles Christianos ocurran a oyrdha misa y se a de dar tiempo vastante para que los Vecinos de esta Ciud y varrio delpuente viejo della y Pasaxeros que vengan por el puente de las cascas tengan vastantelugar para llegar a dho Convento a oyr dha Misa...»16.

Una prueba irrefutable sobre quien ostentaba el poder del mundano tiempo en laciudad, sin menosprecio del señalado por el clero que, según se ha visto, se nutríadel registro horario que desde el chapitel de la torre cívica municipal, marcaba elson y la pauta de la república.

13 Remitimos a nuestro artículo «Toque de queda para la Feria Franca», Betanzos e a súa Comarca, del1 de Julio de 2004, pág. 30.

14 Véase nuestro artículo «El Fabriquero, el Sacritán Mayor y el toque de la prima», en Betanzos e a súaComarca, del l de Julio de 2003, pág. 30.

15 Véase nuestro artículo «Acuerdo Municipal para disponer la corta de junco en 1810», en nuestra web:www.cronistadebetanzos.com, entrada del 31 de enero de 2013.

16 Archivo Notarial de La Coruña. Protocolo 881, folio 73.

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Sobre el ábside de la iglesia de Santiago, aparecen

el pretil y el chapitel construidos sobre el ajarafe

de la Torre Municipal, con la boca de acceso.

Foto tomada desde el callejón de «La Carrera»

por el autor en 1965.

Parte superior de la Torre del Reloj,

tomada desde su casa por don Jesús Núñez,

en el año 2011. Archivo del autor.

Torre del Reloj por el lado Norte. Contraluz en el Chapitel de la Torre.

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Tiempos de infortunio

En el informe que don Juan Francisco Pasarin y Llamas, Corregidor de la ciudadde Betanzos, remitió a su eminencia don Diego de Rojas y Contreras, Obispo deCartagena y Gobernador del Supremo Consejo de Castilla, sobre las consecuen-cias del terremoto de Lisboa, acaecido el día de Todos los Santos de 1755, en estaCapital y su Partido, manifestaba:

«... gracias a la Bondad infinita de ¡Dios!... quedó... en sólo amago, sin que hayaacaecido estrago, ni ruina alguna en las fábricas, y en los campos, ni entre los hombresy brutos, como ni tampoco en toda esta Provincia...» (Vid. Apéndice V).

Ante semejante testimonio, carece de fundamento el atribuir a los efectos detan terrible seísmo la grieta abierta en la Torre del Reloj que nos ocupa, cuandomenos con efecto inmediato, salvo que se hubiera resentido posteriormente alsuceso, como dejaba bien claro el primer mandatario del corregimiento.

Restauración

En el mes de marzo de 1983, se procedió a la restauración y consolidación de latorre municipal, con un presupuesto de 5.600.000, por parte de la DirecciónGeneral del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos, dependiente del Ministeriode Cultura, magnífica intervención que devolvería a su estructura el empaqueoriginario. A pesar del éxito alcanzado, también habría sus más y sus menos en lareposición de elementos de adorno del «chapitel», como fueron la instalación decuatro banderolas de hierro en sustitución de las antiguas que, situadasoblicuamente, ilustraban dos de ellas una figura ecuestre (posible representaciónde Santiago Apóstol), y la torre y puente de las armas de la ciudad. Las piezasoriginales desparecieron y no pudieron engrosar los fondos del Museo das Mariñas,como en su día solicitábamos al ayuntamiento17.

Una de las mayores actuaciones efectuadas en el chapitel de la Torre delReloj, tuvo lugar a finales del año 1895, al considerar la Corporación Municipal lanecesidad de «... anunciar un concurso para reparar todo el Arbol de hierro del reloj de laplaza de la Constitución...», y que se anuncie mediante bando para que los interesa-

17 Nuestro escrito a la Alcaldía, registro de entrada 1823, de fecha 21 de septiembre de 1983.

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dos «...presenten sus proposiciones, adjudicándose al autor de la más ventajosa...». En lamisma sesión del ayuntamiento, de fecha 25 de septiembre de 1895, se acordaba:

«... que se practiquen en el Arbol de la torre del reloj de la plaza de la Constituciónlas reparaciones necesarias a fin de unir los hierros que se hallan desprendidos y colocarla veleta en la cuspide o remate de dicha torre...»18.

Esta reparación sería realizada con carácter de urgencia, si nos atenemos aque en la sesión del siguiente 18 de diciembre, se presentaba para su aprobaciónla factura del herrero «... se dió cuenta de la rendida por José Castro y Castro de estavecindad, importante cien pesetas, a que ascendieron los jornales y nateriales invertidos en lareparación del Arbol de hierro del reloj de la plaza de la Consitución...», que gozaría delunánime asenso de los asistentes.

Entorno inmediato

No es de extrañar que el ayuntamiento se olvidara del Chapitel y le denominaraÁrbol, no en vano se estaba produciendo, desde cinco años atrás, un cambiosustancial en la funcionalidad y ornamentación de la Plaza Mayor, entre otrosespacios de la población.

En la sesión municipal del 9 de junio de1890, se presentaron dos relevantes propuestaspara el decoro del entorno de la torre, a la vezque para la higiene pública. Intervenía don Pas-tor Núñez Taboada para proponer la elimina-ción de los guardacantones, que limitaban eltránsito de carruajes por la plaza, por entenderque «... no servían absolutamente para nada...», almismo tiempo que rogaba que por parte de laAlcaldía:

18 Archivo Municipal de Betanzos. Caja 34, sin catalogar.

Uno de los guardacantones de la

ciudad, en ejercicio de su cometido

en la Calle del Atrio. Foto tomada

por el autor en 2004.

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El Ayuntamiento con sus guardacantones en 1890. Dibujo de F. J. Martínez Santiso.

Archivo del autor.

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La Torre del Reloj con los magnolios.

Del reportaje realizado sobre Betanzos

por el británico Fortens en 1932.

Negativos del archivo del autor.

La Torre del Reloj con el jardín

construido en 1940, en la por entonces Plaza

del General Franco. Foto de Gabín, anterior a

la restauración de 1983. Archivo del autor.

«... se recordase a los vecinos el deber que tienen de no dejar transitar libremente porlas calles los cerdos, cuyo hecho se estaba presenciando continuadamente y hacia muypoco favor a la cultura e higiene de un pueblo de la importancia de éste...».

Le respondía don Fermín Couceiro Serrano, alcalde a la sazón, quien:

«... dijo: que no se oponía a la proposición del Señor Nuñez Taboada, siempre queen el sitio de los postes o guarda-cantones se plantasen árboles, que indudablementedarán mejor aspecto a la plaza, y de no ser así no veía la utilidad de hacer desapareceraquellos...».

Manifestada la conformidad por parte del Sr. Núñez, la Corporación porunanimidad:

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«... Acordó hacer desaparecer los guarda-cantones que hay en la citada plaza,sustituyéndolos por árboles, autorizando al efecto a la comisión de arbolado para adquiraquellos y hacerlos colocar de la manera más conveniente...»19.

Cuatro meses después, en la sesión del 15 de octubre de 1890, se daba cuen-ta que por la cantidad de 69,25 pesetas se le habían adjudicado los guardacantonesa don Enrique Gómez Pandelo:

«... los treinta y cinco postes o guarda-cantones mayores y ocho menores, todos ellosde granito que se sacaron de la plaza de la Constitución de esta Ciudad...»20.

A principios de 1891, serían plantados dieciséis magnolias de la variedad«Magnolia grandiflora», en dos hileras proporcionales en linea con los límites de lafachada del ayuntamiento. Siendo alcalde don Juan Jesús García Iribarne, en lasesión quincenal ordinaria del 2 de Febrero de 1938, se aprobaba la pavimentaciónde las calles de Sánchez Bregua o Calle de la Plaza y de la Plaza Mayor o de laConstitución, mediante:

...la colocación del pavimento de adoquin de que se trata, a destajo, a favor de losDomingo Ramos y Custodio Pereira de conocidas garantias y que lo hacen al precio de1’25 pesetas el metro cuadrado...»21.

Para realizar la obra citada era preciso levantar las losas de cantería, que se-rían utilizadas para otras calles de la población, al mismo tiempo que se retiraríatodo el arbolado (justificado en una instancia previamente gestada o «amañada»con el vecindario en razón a que les privaba la vista) con el fin de señalar lasalineaciones de la susodicha Calle de la Plaza y del pavimento de la Plaza Mayor,según se trataba en la sesión municipal del 19 de mayo de 193822.

En la sesión de siguiente 17 de Junio de 1938, se acordaba cambiar la deno-minación de Plaza de la Constitución por la de Plaza del General Franco. Recupe-raría el nombre de Plaza de la Constitución siendo alcalde don Antolín Sánchez

19 Ibidem. Caja 32, sin catalogar.20 Ibidem.21 Ibidem. Caja 51, sin catalogar.22 Ibidem. Las magnolias fueron arrancadas mediante el tiro de dos parejas de buelles con cables

metálicos. La ocasión fue aprovechada por los niños para recoger las monedas que afloraron de entre lasjuntas de las piedras de cantería del enlosado, entre los que se encontraban Jesús Núñez y ManuelBeccaría, al enterarse doña Esperanza Beccaría, tía de éste último, de las pesetas que habían reunido, selas retiró con destino a fines piadosos.

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Presedo, quien el 6 de diciembre de 1983, descubría una placa en la fachada delPalacio Consistorial, entre los actos conmemorativos del Día de la Constitución.

En el contexto de la reforma aludida, se encontraría la construcción de unjardín de marcada influencia indiana, realizado por iniciativa del alcalde don Gon-zalo González González, benefactor de la ciudad de Betanzos, finalizado a princi-pios de 1940, y que sería sustituido por losas de cantería en la remodelación de laPlaza de la Constitución, efectuada ente Junio y Julio de 1993. En el escrito eleva-do por el que suscribe al Excmo. Ayuntamiento, el 22 de octubre de 1992, entreotros extremos manteníamos que se trataba de:

«... Una plaza enlosada de granito, con dos hileras de magnolios, que permitían elpaso directo de los cortejos oficiales hacia la rúa do Castro; era una plaza hermosa y muyacorde con nuestra cultura, muy parecida a otras muchas plazas de otras ciudades galle-gas, que no padecieron sueños de jardines idealizados de otras latitudes y que por tantosiguen disfrutando de la estrucutra originaria.

Y es efectivamente a su anterior condición adonde deben dirigirse nuestros pasos, yaún mejor, es precisa la realización de un anteproyecto, en el que pueda contemplarse laposible ubicación de un monumento en honra de algún destacado personaje de nuestrahistoria (Alfonso IX, fundador de la actual ciudad...por ejemplo), como asismismoel dotar a la plaza de un iluminación muy especial...».

El próximo 13 de Febrero de 2019, se cumplen ochocientos años desde queel Rey Alfonso IX concedió a Betanzos el privilegio23 de traslado poblacional alCastro de Untia, firmado y sellado por el monarca en Valencia de Don Juan. Senos ofrece la oportunidad de levantar un monumento en su honor, en conmemo-ración de esta efemérides, en la Plaza Mayor o de la Constitución, tal y comosolicitábamos al ayuntamiento hace veintiún años24.

23 Archivo Histórico Nacional. Clero, nº 538-8. Lo hemos publicado en La Voz de Galicia del 20 deJunio de 1985, traducido al castellano por vez primera y en el programa oficial de festejos patronales delmismo año. Asimismo en nuestra Historia Documentada de Betanzos de los Caballeros, siglos XV-XVI,Fundación Caixa Galicia 1984, Tomo I, pág. 35.

24 Ya por entonces el Concejal Delegado de Cultura, nuestro viejo y buen amigo don FranciscoManuel Díaz Pereira, haciéndose eco de nuestra propuesta, encargara la realización de un proyecto paraeste monumento al prestigioso escultor don Miguel Souto, materializado con dos maquetas en bronceque conserva en su despacho oficial y que a nuestro entender con buena voluntad es factible llevarlo aefecto, puesto que de no contar con suficientes medios nuestro municipio, podría recurrir a la generosidadde alguna o varias entidades para que lo erigiesen en nombre de la ciudadanía, aunque sea con lacontraprestación de situar en el monumento una pequeña placa de agradecimiento por su galante gesto.

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APÉNDICE I

1608. Junio, 24. Betanzos.

Condiciones publicadas por la Justicia y Regimiento de la ciudad de Betanzos, para la subasta de la

obras de construcción del chapitel de la torre del reloj de la Plaza Mayor de la misma, que tuvo lugar hoy dia

de San Juan y que serían rematadas en Juan Ares, vecino de la Coruña, relojero de la Real Audiencia del

Reino de Galicia.

(Archivo Notarial Coruña. Protocolo 172, folio 225 y sgtes. del escribano Gregorio de Seoane, del

número de La Coruña).

«Las condiciones con que se rremato y a de hazer la obra y chapitel del rreloj de esta ciudad de vetanços y Plaza mayor

della son las siguientes:

Primeramente hes condiçion, que la dha obra se a de hazer conforme al chapitel del rrelox del monasto

de san martin el rreal de la ciudad de Santo todo ello chabeteado proporcionado y de las molduras y labores y

gallardetes questan hechos en el rreloj del dho monesto.

Y con condiçion que a de azer en el dho chapitel quatro colunas fuertes que pese cada una tres quintales de a veinte

honças por libra y cada quintal de a cien libras y cada coluna a de tener bara y media de medir encaxado por çimiento del dho

chapitel en la torre del dho Relox y a de llebar tres quartones de hierro cada coluna, al pie pa que tenga fuerte, y de coluna

a coluna tres barras de hierro y a de aver otras quatro barras en hesquina y triangulo para sustentar el principio dela vasas

de la canpana con mas quatro barras que se an de poner en las quatro colunas para que se llebante la canpana del dho rreloj

y se pregue la cruz y dos beletas y una dellas con una saeta y de braco a braco a de tener dos baras de medir con sus flores de

liçes grandes que canpeen, mas se a de acer en el chapitel en la dha hesquina de las colunas fixada una bola y una cruz con

su beleta que tengan una bara de medir cada una en alto.

Con mas entre coluna y coluna sus quartones y follaxe conforme hesta el del monesto de san mno de santo y a cabo de

la obra y rremate su Cruz como ba dho, grande y buena y la mas obra a bista de ofiçiales segn y de la forma y traza de la del

dho monesterio y con condon que la tal pna en quien ansi se rrematare el dho chapitel a de azer la mano que declara las oras

puesta y fixada de manera q a su tienpo asenale y declare la ora que fuere, cuya hestrella y la dha mano se le dara pintada.

La qual dha obra a de aplomar y sigurar de manera que en todo tienpo hestea fuerte y segura y que no se desmanchara

por ningo tenporal que sea, devaxo de las penas adelante declaradas, y toda ella a su costa y rriesgo execto el plomo que pa ello

fuere menester se lo dara la dha çiudad sin que entre en este dho rremate, y se entiende segn dho quel dho chapitel y obra que

ansi se hiziere a de ser toda ella de hierro sin macula ni mezcla ninga y por peso de libra gallega, de veinte honcas cada libra.

Y es condicion que la pna en quien se rrematare dha obra, la a de afiancar delante presente hescribano, dentro de

quince dias despues del dho rremate y no dando las dhas fianzas delantel en esta dha ciudad las aya de dar en las ciudades

de Santo o de la coruna o de orense, o en las villas de pontebedra o puentesdeume delante la Justa hordinaria de cada una de

las dhas ptes y de hescrivo publica de asiento della la qual a de traer con aprobacion de la dha Justa y presentalla dentro de los

dhos quinze dias delante el preste hescrivo y del deputado que pa ello fuere nonbrado por la dha Justa y ayuntamio desta dha

ciudad, o en el dho ayuntamto, para q aviendolas tenido por vastantes pueda proseguir la dha obra la qual a de dar asentada

y acavada conforme alas dhas condiciones dentro de ocho meses contados Dende el dia del dho rremate y en defeto aviendo

pasado el dho placo la Justa y ayuntamito o la pna que por ella fuere nonbrado pueda yr o enbiar a quales quiera ptes deste

rreyno, y fuera del y traer officiales y pnas que conforme a la dha traça y a hestas condiciones, fenescan y acaven la dha obra,

concertandolos por los mas altos y subidos precios que los allare, y por lo que en ello se ocupare la pna que a ello fuere por la

dha ciudad aya y llebe de selario cada un dia seiscieos mres por cada un dia que en ello se ocupare que hes el selario justo y

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moderado, que para su pna criado y cabalgaduras abra menester por los quales dhos selarios y por lo demas que ubieren de

aver los offiçiales que binieren a fenescer y acavar la dha obra, a de ser executado la pna en quien ansi se rrematare la dha

obra, y sus fiadores y cunpliendo con estas dhas condiçiones hesta ciudad le pagara los mres en quien ansi se rrematare por

tercios el primo el dia que ubiera aprovado las dhas fianzas del dho ayuntamito y el sego terçio se le pagara mediado el tienpo

de los ocho meses del dho rremate, y el postrero terçio se le pagara despues que ubiere acavado de açer asentar y aplomar la

dha obra, la qual a de ser a vista y satisfaçion de la dha Justa y ayuntamito y de la pna que por el fuere nonbrada, cerca de los

qual an de otorgar todas ptes hescritura antel presente hescrivo pa que conforme a hestas dhas condiçiones se rremate la dha

obra, la firmaron de sus nonbres la Justa y rregidores questan presentes, dentro de las casas de ayuntamito desta dha çiudad

de Betancos en ella a veinte y quatro de Junio de mill y seiscientos ocho anos.

Y ansimso hes condon que esta dha ciud , y pna que por ella fuere diputada, pueda sacar la traça dela obra del dho chapitel

del dho monesto a costa de la tal pna

en quien ansi se rrematare la dha obra. En betanços dia mes y ano dhos, el licenciado

hescudero, anto pita barela, Ro sanchez de boado, agustin rrso de la torre, Lope diaz de pino, bernardo yanez, xpobal diaz,

gomez de baamde, f do dares morelle. Passo ante mi alonso bazquez. Entre rrenglones En betanços dia mes y ano dhos. Bala.

Concuerda con el original q en mi oficio queda a que me Refiero y lo firmo. [Firmado]. Alonso Bazquez. [Rúbrica]».

APÉNDICE II

1608. Junio, 28. Betanzos.

La Justicia y Regimiento de la ciudad de Betanzos, comunica a las ciudades y villas a las que había

remitido cédulas para anunciar la subasta de las obras de la cubierta de la torre municipal o del reloj, la

adjudicación a favor de Juan Ares, relojero de la Real Audiencia del Reino de Galicia, en remate efectuado

el pasado día de San Juan en dicha ciudad.

(Archivo Notarial Coruña. Protocolo 172, folio 224 y sgtes. del escribano Gregorio de Seoane, del

número de La Coruña).

«La Justicia y ayuntaito desta çiud de Vetancos Por su magd ago saver a los senores governador y oidores deste rreio de galiçia

y a los corregidores asistentes governadores alcaldes mayores de la ciudades dela coruna i o santiago, o de orense y de las villas de

pontebedra, o puentes deume a cada uno en su jurisdicion, y a su lugartenientes que aviendo Paresçido a esta dha ciudad azer y

edificar el chapitel del reloj de la Placa mayor della por hestar des cubierta y por tienpo bendria a hazer sentimiento la torre que

seria de gran dano, se mando fixar cedulas para que la persona que lo quisiese azer con forme a la traca del chapitel del rreloj del

monesterio de san myno El rreal de la dha ciudad de Santo y a las demas condiciones que por el presente scrivano le serian

declaradas, biniese delante del a poner sus posturas, y se senalo el rremate para dia de senor san Juan pasado deste preste ano, las

quales dhas çedulas paresce se fixaron en algunas de las dhas partes y el dho dia acudieron a hesta dha çiudad algunos maesos

de cerraxeria ansi de las dhas çiudades y billas como de otras mas de este rreino, Para poner la dha obra y les fue asenalado rremate

y admitido posturas conforme a las dhas condiçiones y se rremato en Juan ares vzo dela ciud de la Cora maestro de çerraxeria En

precio de a rreal y beinte maravedis por libra de hierro, Labrado moldeado y chapeteado, y de las molduras en forma y traça de

las del dho monesterio de Sanmn El rreal de la çiudad de santo y de a veinte onças por libra todo ello a su costa y rriesgo exçeto

el plomo que para ello fuere nesçesario que se lo a de dar la dha ciudad, lo qual a de azer dentro de ocho meses contados dende

el dho dia del rremate, y dentro de quinze dias a de dar Fianzas y seguridad de açer y cunplir lo contenido en las dhas condiçiones

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delante cada uno de sus senorias y merçedes legas llanas y abonadas, con su aprobaçion y presentarlas en este ayuntamo dentro

de los dhos quinze dias Para cuyo Efeto pedio la presente, Por la qual de pte de su maga exorto y rrequiero y de la mia pido por merd

que siendo presentado El dho Juan ares delante Vs senorias y mrs cada uno en su jurdiçion con esta rrequisitoria y con el treslado

de las dhas condiçiones, firmado por delante uno de los hescribanos publicos de su audiençia le manden rresçivir y rresçivan fiancas

legas llanas y abonadas del guardar y cunplir las dhas condiçiones y dentro del dho tienpo devaxo las dhas Penas della y de las

quiebras que por rracon de no lo cumplir subcedieren y siendo bastantes y abonadas mandaran aprovar y entregarlas sinadas y en

publica forma de manera que agan fee para que las traiga e presente en este ayuntamo y por parte del se cunpla con el dho

Juan ares con dho rremate y condiciones, que en azerse ansi aran y administraran Justa e yo are lo mso quando por las suyas

me sea exsortado y rrequerido y mandado lo mso y le mandamos dar la presente fecha en la ciudad de betanços a Vte y ocho dias

del mes de junio de mill y seiscieos y ocho as. [Firmado]. El licenciado Escudero, Rodrigo Sanchez de Boado, Lope Diaz de

Piñeyro, Gomez de Baamonde, Fernando Ares Morelle, Fernando de San Giao. [Rúbricas]. Por mandato de la Justicia e

ayuntamiento. [Firmado]. Alonso Vazquez. [Rúbrica].

(A pie de documento). Rn. Pª Rescivir una fianza».

APÉNDICE III

1608. Julio, 25. La Coruña.

El regidor don Agustín Rodríguez de la Torre, en nombre de la Ciudad de Betanzos, requiere testimonio

del escribano Alonso Vázquez de Aguiar, del número de Betanzos, de conforme no son válidos los avales

presentados por el relojero Juan Ares, vecino de La Coruña, según las condiciones del remate de la obra del

chapitel del reloj de la Plaza Mayor, del pasado 24 de Junio, según le notifica con esta fecha.

(Archivo Notarial Coruña. Protocolo 125, folio 237, del escribano Alonso Vázquez de Aguiar, del número

de Betanzos).

«Scrivº questais Preste. Dame Por ffeey Testimº signado de vtro Signo y Enmanera q aga ffee a mi aqgustin Rs delatorre

rregor dela çiud de betanços, Enne dela fha ciua, En como Requiero una dos y tres becesy las mas de drco. necesarias a Juan ares

zerrajeroy rrelojero vzº desta çiud dela coruna. Q Por qto En la dha çiud de betanços y En otras deste Reyno. sean fijado cedulas

Para que la pna q se quisiese obligar a hacer el chapitel del rrelox dela placa mayor de la dha ciua. De yerro conforme al chapitel

del rrelox del mº de s. martin El rreal de la çiua. De Santº. y Confforme a las demas condiçiones q le serian puestas acudiese

a poner su postura. Ante vos El dho scrvº y se senalo rremate dela dha obra pª dia de sr. Sanjuº Pasado deste Presente ano. En

el qul dho dia Por el ayuntamyº dela dha çiua. fue rrematada la dha obra, En el dho Juan ares con las dhas condiciones

puestas y conque dentro de quinze dias contados dende El dho dia del rremate diesse fiancas Legas llanas y abonadas de lo

cunplir , debajo La pena delas quiebras y las mas puestas enlas dhas condiciones y rremate y En cunplimyto dello sele libro

requesitª Para El rresçivir delas dhas fianzas y En birtud della llebo y presento ciertas fianzas dadas En esta çiua. q Por no

parescer abonadas ala justicª yrregimº dela dha ciud de betancos, se las mando abonar y aora hes benido a mi notª q da y tiene

ofresçidos Por abonadores delas dhas fiancas a Pº Saco de Noboa Portero dela rrl audia deste Reyno y a anbrosio diaz de lago

hescudero della personas q nose podian obligar sin hespresa licençia delacuerdo Real desste Reyno y ansimisº ofrescia Por

abonadora domingos suarez scrvº desu maga. Vzº desta ciud Por donde asta agora aunque sean Pasado mucho mas de los

quinze dias no a cunplido con el dar de las dhas fianzas, ni con las dhas condiçiones. Por tanto que En el dho nve le pido y

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rrequiero las bezes dhas y las mas de drco nescesarias de las dhas fianzas legas llanas y abonadas y aprobadas por la justsª de

donde las diere y las presente en la dha ciud de betancos como hesta obligado Con protestacion q ago q ademas delos salarios

y quiebras a questa obligao. se pedira contra El lo que se allare por justsª y de como ansi lo pido y rrequiero melo dad por

testimonio y alos prestes me sean tesos tdo debajo no vala. [Firmado]. Agustín Rodríguez de la Torre. [Rúbrica].

En la ciudad de la coruna a Veynte E cinco dias del mes de jullio de mil y seiscientos y ocho años yo escribano de

pedimtº de agustin rrgs dela torre rregidor dela ciudad de betanços ley y notefique el rrequerimtº de atras y arriba a Juan ares

cerrajero vzº desta dha ciudad En su pnª que abiendolo oydo dixo quel daria su respuesta y pedia se le diese un traslado del

dho rrequerimtº y lo firmo siendo tgº Jacome de prado y el rregidor xpobal diaz y ares de mon y otros y dello yo scrivº doy fee.

[Firmado].Juan Ares. [Rúbrica]. Paso Ante mi . [Firmado]. Alonso Bazquez Aguiar. [Rúbrica]».

APÉNDICE IV

1627. Julio, 15. Betanzos.

Escritura de concordia y asiento formalizada entre la Justicia y Regimiento de la ciudad de Betanzos

y el relojero Pedro de Casteleiro, para que se encargue del aderezo y conservación del reloj municipal durante

tres años.

(A.N.C. Protocolo 214, folio 148, del escribano Lorenzo de Ponte y Andrade, del número de Betanzos).

«En la ciud de Vetanços a quince dias del mes de Jullio de mill y seisçientos y veinte y siete anos ante mi scrivano y

testigos parescio presente el rregidor Jua Diaz Camarero vecino de la dha ciudad y juez fiel executor deste dho mes en

bertud del decreto del ayuntamiº desta dha ciudad y comon a el dada por la dha Justicia y ayuntamiº para lo que abaxo

se hara mension y dixo que por quanto Pº Alvarez cerraxero difunto vecino que fue de la dha ciud mientras fue vibo tenia

a su cargo el adreço y composision del rrelox desta dha ciud por asiento que tenia echo con la dha ciua que feneçio por

primero de junio deste presente ano y aora por fin y muerte del dho pedro Alvarez no avia pnª que tuviese cuidado de açer

adreçar el dho rrelox y hazerle darle las oras con pontualiadad (sic) como se rrequiere sino hes Franco Albarez hixo del dho

Pº albarez El qual por ser menor de la hedad papular (sic, leáse pupilar) no se podia obligar azer qta del dho relos y hierros

y pieças del de cuya causa Pº de casteleiro labrador vº desta dha ciudad questa presente dice se quiere encargar del dho

rrelos y dar qta del con las condiciones que le fuere entregado y por el tienpo que le fuere encargado pª que durante el dho

tiempo lo haga adreçar y dar las horas con toda puntualidad buscando pª ello oficiales que sean necesarios ansi al dho

Franco albarez como ha otros quealesquiª oficiales y con esto ambos y dos se conçertaron e hicieron el asiento seguiente, En

quel dho pedro de casteleiro durante el termino de tres años primeros vinideros que empieçan a correr y se contar dende

primero de junio pasado deste presente ano asta seren fenecidos y acabados a de tener por su quenta el dho rrelox y tenerlo

vien adrecado de mª que de las oras con puntualidad conforme al Relox de sol de manª que no aga falta ningª y por cada

vez que hiciere falta heste obligado a pagar dos rrs por los quales el juez que fuere del mes que hubiere las dhas faltas los

pueda cobrar y hacer cobrar del y sus vienes sin otra intervencion de justicia alguna los quales pueda aplicar para la obra

mas Pia que le pareciere. Y hes condiçion que si faltare alguna pieca de hierro del dho rrelox ansi de follaxe como de cunas

postes y barras o otra qualquiª cossa de las que al presente tiene so pena de pagarlo por su pnª y bienes, Y ansimismo hes

condicion que si alguna pieca de las del dho rrelox hestubiere gastada y maltratada sea obligado antes que se acave de

rromper de abisar al ayuntamiº desta dha ciud o al juez del mes que della fuere lo que hes menester pª el dho adreco pª que

se le de y demas dello se le pagara el trabaxo que en el adreço del dho rrelox hiciere de mas del selario que aqui hira

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declarado, Y durante los dhos tres anos a de tener los padrones pesos y balancas y varas de medir para que con ellos pueda

manferir los dhos pessos y valanças y vara de medir y durante los dhos tres anos se le a de dar y pagar en cada uno dellos

seis ducados pagos al prinçipio de cada uno de los dhos anos y la primera paga se le hara heste presente mes y las demas

consecutivamente de ano en ano hasta seren fenecidos y acavados lod dhos tres anos. Y hes condicion que a de tocar a las

proçesiones y toros rrevates incendios y a lo mas que sea neçesario sin por rraçon dellos llevar cossa ninguna mas del dho

selario declarado y faltando cada una de las cossas aqui declaradas sea obligado a pagar y pague las condenaciones en que

fuere condenado por el dho ayuntamiº o juez del mes que fuere y hesto sin rreprica alguna y con esto cunpliendo y pagando

el dho pedro de casteleiro con lo que dho hes el dho rregidor Juan diaz ovligo los propios y rrentas desta çiud de que

durante los dho tres anos no se le quitara el dho rrellox y de que se le pagaran los mrvs aqui declarados a los terminos y

plazos susodhos so pena de execucion y costas, presente el dho pedro de casteleiro que dixo toma y rrescevia en si el dho

rrelox con las maneras y condiciones en esta hescriptura contenidas y declaradas y se obligaba y obligo con su pnª y bienes

muebles y rraiçes avidos y por aver de guardar Cumplir y pagar lo contenido en esta dha hescreptura sin que falte cossa

alguna so pena de execucion y costas y para guardar y cunplir lo contenido en esta dha hescreptura ambas partes dieron

y otorgaron todo su poder cunplido y en forma a todos los jueces y justicias seglares de su magestad y a las que dellos y

cada uno dellos puedan y devan conocer pa que se lo agan cunplir pagar y aver por firme como si hesta carta y lo en ella

contenido fuesse ssentencia difiniª de juez competente y passada en cosa Juzgada por ellos consentida y no apelada cerca

de lo cual rrenunciaron a todas Leis de su favor y la lei general que proibe la general rrenunçiacion de Leis y otorgaron

dello hescrptura de asiento y concordia en forma ante mi scrivano y testigos. En cuyo rregistro el dho rregidor Juan diaz

lo firmo de su nonbre y por el dho pº de casteleiro no saber firmar rrogo a un tº lo firme por el de su nonbre hestando a

ello presente por testigos andres felpeto que firmo y franco alvarez cerraxero y Juº garcia currador vecinos de la dha ciud e

yo scrvº que doi fee conozco a los otorgantes. [Firmado]. Juan diaz, como tº y a rruego del dho pº de casteleiro Andres

Felpeto. [Rúbricas]. Passo ante mi. [Firmado]. Lorenzo de Ponte. [Rúbrica]».

APÉNDICE V

1755. Noviembre, 26. Betanzos.

En cumplimiento de la Real Orden de S.M., remitida el día 8 de este mes, el corregidor de la ciudad

de Betanzos y su tierra, don Juan Francisco Pasarin y Llamas, informa a don Diego de Rojas y Contreras,

Obispo de Cartagena y Gobernador del Supremo Consejo de Castilla, sobre las consecuencias del terremoto

de Lisboa y sus efectos en esta Capital y su Partido, acaecido el 1º de noviembre de 1755.

(Archivo Histórico Nacional. Sección de Estado. Legajo 3.173. Publicado por don José Manuel Martinez

Solares en su obra «Los efectos en España del terremoto de Lisboa», Dirección General del Instituto Geográfico

Nacional, monografía núm. 19, pág. 197, documento 177, noviembre 2000),

«Ilustrísimo Señor:

En cumplimiento de la Real determinación de S. M., que V. S. I. se sirve comunicarme, con data de 8 del presente mes,

sobre las observaciones y efectos que hubiese causado el temblor de tierra sucedido en el día 1º de el mismo en esta capital, y

su Partido, después de informado exactamente de las personas de mayor juicio, y advertencia, que hay en ello, debo decir a V. I.:

Page 26: La Torre del Reloj - El Chapitel de la Torre Cívica Municipal · a torre cívica es un complemento defensivo, amén de torre de comunicaciones y del reloj público, seña y emblema

Que entre las diez y cuarto de la mañana del citado día, hallándome oyendo misa en la Capilla mayor del templo de

Dominicos, que hay en esta ciudad, sentí que las tarimas se batían menudamente contra el pavimento de él; y callando este

ruido, por el espacio de un minuto, vi eclipsada la luz del día y que resonando impetuosamente el aire, las paredes se

cimbrearon, bambaneóse el retablo, y las bóvedas crujieron, tan sensiblemente uno y otro que los circunstantes concebimos

que se desplomaba la Iglesia.

Y habiéndonos refugiado al claustro, y desde éste, al campo, nombrado de la Feria, con motivo de la que se celebró en

él aquél día, encontré que toda la gente despavorida y asustada, mirando los unos para los otros, se informaba de tal

improvisa conmoción de la tierra, de modo que lo que muchos experimentaron en el campo, y en las calles, otros se vieron en

igual o mayor conflicto, dentro de las Iglesias, y de las casas.

Cuyo terremoto, en la opinión más común y bien fundada, duró cinco minutos escasos.

Pero, gracias a la Bondad infinita de ¡Dios! que este Divino aviso de su Justicia, quedó, por entonces, en sólo amago,

sin que haya acaecido estrago, ni ruina alguna en las fábricas, y en los campos, ni entre los hombres y brutos, como ni

tampoco en toda esta Provincia, según las noticias que voy adquiriendo.

Un eclesiástico, que iba a celebrar misa distante de esta ciudad, como medio cuarto de legua, al transitar por unas

viñas, percibió que el aire, que soplaba del Sur, rastrero y pegado hacia la flor de la tierra, iba dando, a menudo, fuertes

estallidos, y como esta observación fuese anterior unos siete minutos a la del terremoto, se discurre que comprimido el aire

debajo de la tierra, su elasticidad venía rasgando las entrañas de ella, y causando aquel estridor y ruido inaudito.

La pequeña ría que baña una de las márgenes de este pueblo, en el momento que se sintió la novedad del temblor, se

encrespó tan violentamente que, por todo el resto de aquel día, estuvo en un inconstante extraordinario flujo y reflujo (nunca

vista por los prácticos) notándose que hasta el mismo viento que agitaba las aguas era extraño en el sonido.

Y, no obstante, de todos estos movimientos, ninguna revolución se percibe en el aspecto terráqueo. Que es todo cuanto

alcanzó mi cortedad, y puedo informar a V. I. en el asunto.

Y, por lo que conduce a los principales pueblos de fuera de mi Partido, sólo me falta trasladar copia del Real Orden, a

un Juez, que vive doce leguas distante de esta ciudad.

Y, con este motivo, dedico mi profundo rendimiento al mayor obsequio de V. I., con la más atenta veneración de mi fiel

obediencia.

Nuestro Señor guarde a V. S. I. muchos años, como deseo.

Betanzos, y noviembre 26 de 1755.

Ilustrísimo Señor: Besa la mano a V. S. I. su más rendido servidor, Juan Francisco Passarin Ilustrísimo Señor Gobernador,

Obispo de Cartagena».