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Condominios Controles de Acceso Edificios Comerciales La revista de los Condominios y Controles de Acceso de Puerto Rico

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Condominios

Controles de Acceso

Edificios Comerciales

La revista de los Condominios y Controles de Acceso de Puerto Rico

GRACIAS A NUESTROS

AUSPICIADORES INSTITUCIONALES

AON

DEYA ELEVATOR

MASTERCARD

También agradecemos a todas las

compañías que participan este año en

la Convención y que gracias a su

respaldo, podemos hacer otro evento

más, libre de costo para el público que

nos visita.

Gracias a nuestro equipo de trabajo,

siempre comprometido y con la

iniciativa de ofrecer una mejor

convención cada año:

Sulky Lugo, Jay Morales, Carmen

Milagros Cruz, Mónica Ortega, Carola

González, Mayra Valentín, Yamira

Rivera, Virginia y Omhayra Peña,

Pedro Andujar, Norberto Cruz, Oscar

Collazo y el Lcdo. Roberto A. Rivera

Ruiz…Gracias!!!

PMB 450 PO BOX 7891 GUAYNABO, PR 00970-7891

[email protected]

TEL. 787-692-6176 FAX 787-957-6082

VOL. 19

Ya estamos en la 9na Convención y cada año es

un reto lograr un programa de charlas que se ajuste

a las necesidades de las situaciones y operaciones

diarias.

Nos alegra mucho escuchar como los

Administradores nos dicen que son 3 días intensos

en la convención y se aprende tanto. Y es que no

tan solo los administradores se nutren de la

información, sino que las juntas, los titulares y

profesionales que les brindan servicios también lo

hacen.

Hemos logrado una variada participación de

diferentes compañías que les servirá para cubrir sus

necesidades o tenerlos de referencia, para cuando

surja la oportunidad de contratar sus servicios.

En esta Convención, hablaremos sobre: Ahorros

Energéticos, Potables y Sellados de Estructuras.

Sobre el mismo tema se hablará sobre la parte

legal de contratación de los contratistas y las

protecciones que la junta debe tomar para evitar

que no le cumplan con lo contratado.

Gracias por su continuo apoyo y visite los

exhibidores, para conocerlos y llevarse su

información. No olvide pedirle el sticker para que

participe del Sorteo de la Estadía en el Hotel y el

Curso de Administración.

NOS VEMOS

EN LA CUMBRE DE

ADMINISTRACIÓN 2014

Mary Ortega

Mensaje de la Directora

La Asociación ni sus organizadores se hacen responsables de cualquier oferta u ofrecimiento de nuestros anunciantes ni auspiciadores.

COMPAÑÍAS EN

EXHIBICIÓN

AAA

ANTILLES INSURANCE COMPANY

ARQUITECTURAL SYSTEMS INC

ASK JIGSAW

ATLANTIC CAPITAL

BEST FIRE TECH

BULL BOND

CARIBBEAN PAYROLL CENTER

CENTRO ELEVATOR

CORONA INSURANCE

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CRUZ LUGO & TORRES MALDONADO

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OTIS

PEDRO MEDINA Y ASOC

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PPG & GLIDDEN

PR GREEN LED

PRECISION ELEVATOR

PRO PAINTING

PROMMA PRIVATE CORP

RANGER AMERICAN

SHERWIN WILLIAMS

SR PLUMBING

TECHNICAL INDUSTRIAL SALES, INC

THYSSENKRUPP

UNIVERSAL EQUIPMENT

2013 OCT

Editoriales por: Sra. Sulky Lugo

Lcdo. Roberto A. Rivera Ruiz

Lcda. Margarita García Cárdenas

Ing. Hermes Cruz Lugo

AON

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4 – www.AsociacionDeCondominiosPR.com

Una de las diferencias más básicas entre

la propiedad privada y la propiedad pública es

quienes pueden tener acceso a ellas. Hasta

ahora, en Puerto Rico, y en casi todos los países,

las calles de las ciudades se consideran públicas.

Por lo tanto, las personas pueden pasear por ellas

sin tener que solicitar permisos. Ahora, está ante

la consideración del Tribunal Supremo de Puerto

Rico una controversia de derecho de gran

injerencia para todos. ¿Puede haber calles

privadas en Puerto Rico? No es que en una finca

los propietarios construyan unas calles para su

uso personal. Lo que se está evaluando es si, en

una urbanización pueden ser privadas las calles.

Al aprobarse la Ley de Control de Acceso

mucha gente tuvo la duda de si el estatuto tenía

el efecto o no de convertir en privadas las calles.

Varias decisiones del Tribunal Supremo de Puerto

Rico disiparon cualquier duda al respecto. En los

casos de Caquías v Asoc. De Residentes de

Mansiones, 134 D.P.R. 181 (1993) y Asoc. Pro

Control de Acceso v Cardona, 144 D.P.R. 1,

(1997) el foro judicial reconoció que la Ley de

Control de Acceso Vehicular no tenía el efecto

de convertir en privadas las calles. Reiteró que las

calles son públicas y que por lo tanto, las

personas tienen derecho a transitar por ellas.

Ahora la decisión del Tribunal de Circuito

Federal en el caso de Watchtower Bible and

Tract Society v Sánchez Ramos, 634 F. 3d 3, (2011)

en cuanto a que en las urbanizaciones con

control de acceso por vía de comunicación

electrónica, tele entry, sí convierte las calles en

privadas violando así derechos constitucionales.

Esto pues, al no haber un guardia en la entrada

que permita el paso de los visitantes sólo pueden

entrar aquellos que son aceptados por los

titulares.

¿Cuáles son algunos de los efectos y problemas de

convertir las calles en las urbanizaciones en privadas?

En el Código Civil existe el concepto de fincas,

propiedades inmuebles, enclavadas. ¿Qué es esto? Una

propiedad enclavada es aquella que no tiene una salida a

una vía pública1. Los titulares de dicha propiedad tendrían

que depender del permiso de sus vecinos para entrar y salir

de sus casas. Una situación como esta es terreno fértil para

conflictos constantes. No es una planificación urbana

saludable. Por lo tanto, el Código Civil dispone que en

aquellos casos en los cuales se crea una propiedad

enclavada el titular de la misma puede exigir que se

constituya una servidumbre de paso a favor de su

propiedad. De esta forma, el acceso no ha de depender

del beneplácito de los demás titulares sino que ha de ser un

derecho que puede ejercer el dueño a su libre elección.

Aquellos que favorecen el concepto de las calles

privadas alegan que esto no convierte las casas en fincas

enclavadas dado que la titularidad de las calles se traspasa

a las asociaciones de residentes y han de ser propiedades

comunes. El hábito no hace al monje y el nombre no

convierte en común lo que le pertenece a una sola

persona. Lo que en las urbanizaciones cerradas se titula

áreas comunes no son comunes, por el contrario, son

propiedad privada de la asociación de residentes.

La asociación de residentes es una persona jurídica

que como corporación tiene su propio patrimonio separado

e independiente del patrimonio de cada uno de los

titulares. El esquema que se usa al desarrollar una

urbanización es que el desarrollador traspasa a la

asociación de residentes la titularidad del parque, caseta

de guardia, etc. Todas estas áreas tienen un solo titular, la

asociación de residentes. Esta a su vez será controlada por

la Junta de Directores que ha de ser elegida por los

miembros de la asociación. ¿Quiénes son los miembros de

la asociación? Cuando el desarrollador no ha vendido la

mayoría de las unidades los miembros, por norma general,

LAS CALLES, SU USO

y las Nuevas Urbanizaciones Amuralladas

www.AsociacionDeCondominiosPR.com - 5

son los titulares y el propio desarrollador en un cincuenta y

un porciento. Luego los titulares tendrán el control con un

voto por unidad de vivienda.

Si las calles son privadas el control del uso, por

quienes, cuando y como, recaerá en la Junta de

Directores de la asociación de residentes. La Ley de

Tránsito no ha de regir dado que esta es sólo para las vías

públicas. Cualquier accidente que ocurra en estas, si fue

por un hoyo, o defecto de la calle, la asociación ha de

ser responsable económicamente.

De igual forma, si las calles son privadas, la

asociación ha de ser la única responsable por el

mantenimiento de las mismas. También han de responder

por el cuido y mantenimiento de las conexiones de

energía eléctrica y tubería pluvial. En el caso de Ciudad

Cristiana, Queens Developer v A.E.E., 166 D.P.R. 237 (2005)

el Tribunal Supremo concluye que la Autoridad de

Energía Eléctrica era responsable del mantenimiento de

las tuberías, cablería etc hasta la conexión con la

propiedad privada. Como las calles eran públicas, no era

hasta la conexión con la propiedad privada de

cada casa que terminaba la responsabilidad de la

agencia gubernamental. Si las calles son privadas,

la responsabilidad de las agencias

gubernamentales termina con la conexión a la

entrada de la urbanización. De ahí en adelante

será la responsabilidad exclusiva de la asociación

de residentes de dar mantenimiento a las cablería,

etc. Además, habrá que establecer una

servidumbre a favor de cada casa para que las

utilidades gubernamentales pasen por la propiedad

privada de la asociación hasta conectar con cada

casa individual.

Otro factor, muy importante, que hay que

tomar en consideración es el impacto

constitucional de los derechos civiles de todas las

personas, no tan solo de los residentes de dicha

urbanización.

Por último si en vez de una urbanización

nueva, se trata de una en la cual ya se traspasó la

titularidad de las calles al municipio, entonces hay

que pagar para que la asociación pueda adquirir

las calles. No es válido que el municipio le ceda

gratuitamente las calles a la asociación de

residentes para uso privado.

Convertir las calles de una urbanización en

calles privadas no es imposible pero, hay que estar

muy consciente de todas las posibles

consecuencias de tal acto.

6 – www.AsociacionDeCondominiosPR.com

CRUZ LUGO & TORRES MALDONADO

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1-800-607-4887 8 – www.AsociacionDeCondominiosPR.com

Por: Lcdo. Raymond Burgos, consejero legal de Aon

Los contratos de seguros de un condominio tienen una

importancia que, tanto sus directores como sus titulares

deben comprender. Las pólizas son una ayuda

financiera para manejar las exposiciones del

condominio en ciertos riesgos que el mercado de

seguros está dispuesto a ofrecer.

Un programa de seguro siempre se pone a prueba con

las reclamaciones. Entonces, ¿Quién puede reclamar

contra una junta?

Si bien es cierto que la gran mayoría de las demandas

presentadas contra consejos de administración o juntas

son procuradas por titulares, empleados actuales o

pasados (basado en las prácticas de empleo injustas) y

suplidores, no hay duda que las obligaciones fiduciarias

específicas de los directores lo exponen a otros tipos de

reclamantes. Por esta razón, presentamos algunas de

las potenciales demandas contra los directores o la

junta:

1. El personal actual y anterior puede traer reclamos

basados en una serie de hechos ilícitos en prácticas

laborales, incluyendo: despido injustificado,

discriminación, acoso sexual, hostigamiento,

violaciones al Americans with Disabilities Act (ADA) y

acciones similares que pueden nacer de la extensa

legislación o reglamentación, y que los condominios

deben estar alerta en sus operaciones.

2. Terceros que sufran daños personales o a su

propiedad, incluyendo terceros que tienen una

relación comercial con el condominio. Estos pueden

alegar perjuicios causados por decisiones de

directores, administradores o empleados del

condominio. Las fuentes externas pueden ser

proveedores, entidades financieras, aseguradoras,

contratistas u otra organización no lucrativa.

3. El consejo de titulares puede interponer recursos

contra sus directores y oficiales. Los ejemplos incluyen

todas las actuaciones de la gestión actual de los

directores y empleados que de alguna forma pudiesen

perjudicar o afectar los derechos de titulares en áreas

comunes o perjudicar el disfrute del inmueble.

4. Un director, presente o pasado, puede demandar a

otro miembro de la junta que alega violación de un

deber, ley o reglamento.

5. Titulares individuales - Las personas que son los destinatarios

de servicios pueden presentar demandas contra directores y

funcionarios donde aleguen irregularidades, violación a

deberes, leyes o reglamentos, errores u omisiones en su

desempeño.

6. Directores y funcionarios de las juntas son vulnerables a las

reclamaciones presentadas por los miembros de la misma

junta alegando conflicto de intereses, deberes incumplidos y

daño a los intereses de la junta y del condominio.

7. Colindantes del condominio pueden demandar a los

directores y funcionarios por violación de derechos en materia

de disfrute de la propiedad, derechos reales, servidumbres y

daños.

8. Estado – el gobierno representa los intereses del público en

general para asegurar el cumplimiento de las leyes y

reglamentos. Como tal, el Estado, sus agencias o

corporaciones públicas pueden presentar una demanda

contra los directores y los funcionarios alegando

irregularidades o incumplimiento.

9. Otros funcionarios del gobierno - otros funcionarios del

gobierno, incluyendo a representantes de los EE.UU. como el

Servicio de Impuestos Internos (IRS), OSHA, Departamento de

Trabajo de EE.UU., pueden iniciar acciones contra la junta o los

directores donde se alegan violación de las leyes estatales o

federales.

Por lo tanto, el conocer sus riesgos, la capacidad para

enfrentarlos financieramente y el asesorarse adecuadamente

para tomar decisiones informadas son deberes fiduciarios de

los directores y agentes administradores de condominios. Con

este objetivo primordial, se debe tener a disposición un asesor

en seguros que, junto a los directores, puedan diseñar un

programa de seguros a la medida de las características de los

riesgos y capacidades del condominio. A fin de cuentas, el

consejo de titulares no merece menos.

Un programa de seguros adecuado, es una herramienta

importante en el disfrute de la propiedad para toda la

comunidad del condominio y su sana administración. La

cubierta de directores y oficiales debe ser evaluada con

detalle a la luz de las particularidades en la operación del

condominio, su reglamento, la Ley de Condominios y la

composición de la Junta. Recuerde, es su inversión y es su

responsabilidad.

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10 – www.AsociacionDeCondominiosPR.com

Por: Lcdo. Roberto A. Rivera Ruiz

Al momento de pintar el condominio tenemos que

tomar varios aspectos a considerar. En este artículo

espero poder discutir los más importantes.

Un condominio se debe pintar aproximadamente

cada cinco años. Esto es algo que se debe considerar

al momento de aprobar el presupuesto o la partida

que se va a asignar para la reserva. La Ley de

Condominios en su artículo 38 establece la obligación

de mantener una reserva que debe ser no menor del

5% del presupuesto. Puede considerarse entonces

tener una partida mayor al 5% de forma que al

transcurrir los cinco años se pueda pintar el

condominio sin necesidad de hacer una derrama.

El no pintar el condominio trae deterioro al mismo y

filtraciones a través de las paredes exteriores.

Una vez se toma la decisión de pintar el condominio

hay que buscar cotizaciones. Antes de esto se

recomienda contratar un experto, que puede ser un

ingeniero, para que verifique la condición del

condominio y conforme a sus hallazgos prepare unas

especificaciones de lo que se debe hacer en el

condominio para pintarlo así como los materiales a ser

utilizados. Esto debe incluir los materiales para el

tratamiento de las grietas.

La importancia de preparar unas

especificaciones es que al momento de

cotizar las compañías de pintura coticen

el mismo trabajo con los mismos

materiales. De esta forma se podrán

comparar las distintas cotizaciones ya que

están basadas en las mismas

especificaciones.

Una vez se empiezan a obtener las

cotizaciones es necesario que se

investiguen las compañías que licitan para

pintar el condominio. Hay que investigar

cuánto tiempo lleva la compañía activa, si

está registrada en DACO, si tiene querellas

y cuál ha sido el resultado de éstas y

verificar las referencias.

Una vez se escoge la compañía que va a

pintar se recomienda que se contrate los

servicios de un inspector para que se

certifiquen los trabajos antes de hacer los

pagos. Esto garantiza que los trabajos se

hagan correctamente y que se tenga el

mínimo de reclamaciones una vez

terminados.

Este artículo cubre algunas de las

consideraciones a tomar en cuanto, no

todas.

Lcdo. Roberto A. Rivera Ruiz

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12 – www.AsociacionDeCondominiosPR.com

Por: Arq. Eduardo Colón Zavala

Dentro de la tipología de vivienda de condominio,

encontramos áreas comunes el cual pudiesen servir

como áreas de almacén; áreas de circulación;

áreas de compartir y recreación; y/o distribución de

sistemas de utilidades. Todas las anteriores tarde o

temprano necesitaran mejoras y/o reparaciones

atendiendo las necesidades del complejo. Para

estas necesidades siempre buscamos a personas o

compañías que atiendan la situación confiando en

su peritaje y experiencia ante la tarea.

Este proceso siempre crea roces, tensión y críticas

entre los residentes, administración y personal de

mantenimiento. Sin embargo, ante la necesidad de

atender la situación pudiésemos escoger a la

persona más económica, omitiendo otros factores.

Una situación muy frecuente ante la amplia gama

de personas o compañías que ofrecen los servicios, y

el afán de poder atender un tema antes de que

empeore.

Aunque siempre enfatizamos en averiguar si tiene su

licencia de DACO y el comparar precio por los

trabajos con similares, dejamos pasar de cotejar las

referencias, seleccionamos por el primero que

presente un precio bien barato, y no cotejemos si el

trabajo es parte de su especialidad y/o experiencia.

Ante el tema del costo siempre está el refrán, lo

barato sale caro. Aunque un precio alto o bajo no

es indicativo de su calidad de trabajo, si la forma de

realizar su trabajo lo es. El preguntar de como llego

a su precio, metodología, materiales, y mano de

obra es importante indagar. Alguien que trata de

buscar economía de una de las anteriores pudiese

significar que el trabajo saldrá defectuoso. En esta

economía hay diferencias de que como se pudiese

cotizar los proyectos. Una compañía que tenga su

operación en la casa, no es significativo de calidad,

sino que puede ser múltiples razones, entre ellas

ahorrar dinero, pasar tiempo en la casa, etc. Sin

embargo, una anécdota, una persona que trabaja

de la casa, pudiese convertirse competitivo por

minimizar su overhead, etc. Pero también es cierto que

una persona que trabaje de la casa, posiblemente no

tenga capacidad de brindar fianza.

La especialidad que se pueda ofrecer sobre el trabajo

a realizarse pudiese ser un tema critico y/o de debate.

Cuidado y atención deben de efectuarse a las

referencias y trabajos previos que ofrezcan como

evidencia. Sin embargo, aunque si es cierto que hay

personas diestras en diversas tareas, la efectividad de

especialistas ofrece una gama a respuestas a tareas

que tienen posibilidad de ser mayor o complicado

más allá de lo que podamos vislumbrar. Aunque es

verdad que una persona que realiza jardinería,

pudiese realizar trabajos de ebanistería y hasta tareas

básicas de plomería, no creo propio que el jardinero

pudiese realizar observaciones legales de la

propiedad horizontal.

Para los condominios, personas con especialidades es

sumamente crítico. A nuestro diario se trabaja con

situaciones que pueden afectar la convivencia del

complejo, sistemas de infraestructura o la seguridad

del complejo. Es vital entender esta necesidad.

La experiencia que pueda tener es vital. Aunque

todos merecemos oportunidades, si hay que

diferenciar cuando una tarea es crítica para esa

primera oportunidad, o cuando debemos depender

con alguien que demuestre una vasta experiencia.

Alguien sin mucha experiencia pudiese causar

trabajos que se repitan innecesariamente y si resulta

ser una tarea critica, como una tubería sanitaria rota o

problemas eléctricos, es importante confiar y

depender con alguien con vasta experiencia.

Aunque todos podemos contar nuestras experiencias

positivas y a lo mejor uno que otro mal rato, si es

importante aceptar que los trabajos de

mantenimiento y reparaciones son unos costosos el

cual puede causar molestias entre vecinos y ser

complicados. Aunque errar es humano, la necesidad

de realizar los trabajos eficaz es imperativo y

especialmente cuando el tiempo es esencial.

Arq. Eduardo Colón Zavala

Tel. (787) 234-6222

TRABAJOS DE REPARACIÓN

& MANTENIMIENTO

www.AsociacionDeCondominiosPR.com -13

JUNTA DE DIRECTORES, ADMINISTRADORES

Y PROFESIONALES DE SERVICIOS

10:00-AM DELEGACIONES A CIEGAS DE LAS JUNTAS A LOS ADMINISTRADORES

CONTRATACIONES DE SUPLIDORES POR LA JUNTA

11:00-AM PLAN DE EMERGENCIA Y ENTREGA ANUAL A LAS AGENCIAS

GUBERNAMENTALES

12:00-MD ALMUERZO

1:00-PM LAS RECLAMACIONES AL SEGURO

2:00-PM SERVICIOS EXENTOS DE IVU EN EL B TO B

PLANILLAS E INFORMATIVAS ANUALES (HACIENDA)

3:00-PM ERROR Y OMISIONES QUE LE CUBRE EL SEGURO A LA JUNTA

4:00-PM TRAMITES PRE – CERTIFICACIÓN DE FHA

Agenda sujeto a cambio

Viernes, 6 de diciembre de 2013

$40 RESERVACIÓN ONLINE $50 PAGO EN PUERTA

INCLUYE CERTIFICADO EDUCACIÓN CONTINUA

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Por Ing. Hermes Cruz Lugo

Al tomar la decisión de vender nuestra propiedad debemos

considerar los factores que afectan el valor de la misma y que son

reconocidos por el mercado y no dejarnos llevar por el valor

sentimental que ésta represente para el vendedor.

Muchas veces pensamos que nuestra propiedad tiene mayor valor

por aspectos que no necesariamente aumentan el valor de la

misma. Como por ejemplo, que si mi casa es de esquina, que tiene

mayor solar, que la terraza la hizo mi fenecido esposo, que si el

vecino vendió en tanto y la mía vale más, que mi “landscaping” es

más atractivo, etc.

Todas estas son suposiciones que no necesariamente

representan la realidad, pues los atributos y defectos de una

propiedad son medidos al ser comparados con los atributos y

defectos de aquellas propiedades que han sido vendidas

recientemente en el vecindario. Si el mercado está dispuesto a

pagar más por tales atributos, entonces si podemos presumir que es

un factor que aumenta el valor. Por otro lado, si al analizar el

mercado notamos que el mismo es diferente o no reacciona por

tales atributos y no está dispuesto a pagar más por ellos, entonces

podemos asumir que no es factor que produce un incremento de

valor.

La conclusión de valor para una propiedad debe ser

determinada de forma individual ya que cada propiedad tiene

amenidades y mejoras particulares. La tasación es una opinión de

valor de una propiedad en determinada fecha. Antes de poner en

venta la propiedad lo ideal es que se haga una tasación y que sea

un profesional quien determine el valor de la misma y así establecer

un precio de venta. Además, el mercado de compra venta en su

mayoría depende de personas, que a su vez, dependen del

financiamiento para la propiedad a través de un banco

hipotecario. El banco va a prestarle al cliente de acuerdo a lo que

la tasación determine es el valor de la propiedad al momento, por

lo tanto, si se establece un precio de venta mayor a lo tasado, el

cliente tendría que aportar la diferencia y no todo el mundo

dispone del dinero suficiente para cubrir la misma. Esto provoca

que la venta sea más difícil de lograrse, y en su mayoría, el

vendedor tiene que ajustar el precio de venta al precio de

mercado para poder vender.

El tasador utiliza diferentes métodos

de valorización para establecer su opinión:

el estimado o valorización por

comparables, por costo y por ingreso o

capitalización. El enfoque de valoración

por ventas comparables se desarrolla

recopilando información del mercado

sobre ventas realizadas de propiedades

comparables o con características

similares a la propiedad sujeto.

El método de costo es el enfoque

de valoración que basa el valor en el

costo de reemplazo de un bien, considera

la edad y que el estado de conservación

del bien valorado para diferenciarlo a

través de la estimación de una cantidad

de depreciación de un bien nuevo. La

depreciación se clasifica como física,

funcional o externa (económica). Por

último, el método de capitalización de

ingresos es el enfoque de valorización que

se aplica a bienes que producen ingresos

de renta. Este se basa en la anticipación

de beneficios económicos que

determinada propiedad puede producir al

propietario en el futuro.

Debe recordar que cuando

contrata los servicios de un Corredor o

Vendedor de bienes raíces la comisión

acordada debe estar incluida dentro del

precio de venta establecido, porque de lo

contrario estaría afectando la propiedad

con un precio fuera del mercado. Cómo

señalé anteriormente, esto provoca que la

venta de la propiedad sea más difícil.

antes de establecer un precio de venta

Por Sulky Lugo

El comprar una propiedad

representa el primer paso para poder

lograr el sueño de toda familia de poder

tener un hogar propio. Esta decisión

representa todo un proceso y unos pasos a seguir para

poder lograrlo de forma efectiva y en el menor tiempo

posible. En el caso de ser la parte compradora estos

aspectos dependerán en gran manera de nuestro interés

genuino en cumplir este sueño y requerirá nuestra

colaboración y cooperación en la transacción.

Hay ciertos factores que dependen de nosotros

como compradores y clientes. En el caso de que exista un

profesional de bienes raíces como intermediario en la

transacción es importante ser sincero desde la entrevista

inicial. Es recomendable que el cliente le deje saber al

corredor o vendedor desde el principio si tiene algún

inconveniente que pueda afectar la transacción, y de

esta manera pueda saber cómo ayudarle. Como por

ejemplo, si se tiene problemas con el crédito, como

quiebras o cuentas tiradas a pérdida, etc. En la medida

que seamos más sinceros con el corredor o vendedor, más

facil se le hará identificar alternativas que nos puedan

ayudar a cumplir ese sueño. Además podríamos ahorrar

tiempo y esfuerzo a ambas partes, en caso de que la

compra no sea viable al momento.

Es importante ser cooperadores también con el

banco hipotecario que nos hará el préstamo.

Recordemos que el proceso de adquirir una propiedad

depende sustancialmente de que se nos apruebe el

préstamo hipotecario, y a su vez, de lo diligente que

seamos completando la documentación que se nos pide.

El banco podría solicitar evidencia de ingresos como el

último mes en talonarios, forma W-2(comprobante de

ingresos), planillas y verificación de empleo. Si se trabaja

por servicio profesionales, forma 480.7, talonarios y planillas.

En el caso de que se tenga negocio propio podría

necesitar las planillas corporativas y/o estados financieros.

PREPARÁNDOME

para comprar

En todos los casos se tiene que

evidenciar la disponibilidad de fondos

para comprar (estados bancarios) y si

se dio un depósito para separar la

propiedad, evidencia del mismo. En la

mayoría de los casos el banco pide por

adelantado el dinero para tasar la

propiedad, para el informe de crédito y

el estudio de título.

Dependerá esencialmente de

cuán bueno es el historial de crédito

del cliente (mientras más alta es la

puntuación, más probable es que el

préstamo sea aprobado), de que los

parámetros de ingresos y deudas estén

cómodos, y de la disponibilidad de

fondos o reservas (dinero ahorrado),

entre otros aspectos importantes. Al

momento del cierre deben

comparecer las partes involucradas en

la transacción de compra y venta con

identificaciones con fotos,

respectivamente, y la parte

compradora debe llevar su aportación

en cheque de gerente o giro.

Deseo recordar que cada caso

es diferente y requerirá los documentos

de acuerdo a lo que se necesite para

aprobar el préstamo. Puede necesitar

su caso en particular mayor diligencia

de usted como cliente y así poder

evidenciar ciertas situaciones con los

documentos apropiados. Sobre todo, el

cierre de la transacción dependerá de

la cooperación de las partes para

conseguir que el proceso se cumpla de

la manera más eficiente y en el menor

tiempo posible.

www.AsociacionDeCondominiosPR.com -19

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FECHA TEMAS

Martes, 3

diciembre 2013

6:00pm-8:00pm

TALLER 3 DIAS

QuickBooks para Condominios y

Urbanizaciones $129.00

Jueves, 12

diciembre 2013

9:30am-5:30-pm

CURSO 3 DIAS

Administración Condominios $350.00* (Con Auspicio)

Viernes, 20

diciembre 2013

2:00pm-5:00pm

TALLER 4 HORAS

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Los primeros (10) estudiantes en matricularse online tendrán el Auspicio de $200.00

y el curso le saldrá en $350.00, para separar su espacio lo puede hacer con solo $100.00