la represiÓn de maestros en la provincia de leÓn durante la guerra civil

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Extracto del libro "La represión de maestros en la provincia de León durante la guerra civil" de la autora Beatriz Mayo Lorenzo

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  • LA REPRESIN DE MAESTROS EN LA PROVINCIA DE LEN DURANTE LA GUERRA CIVIL

    Beatriz Mayo Lorenzo

  • Cualquier forma de reproduccin, distribucin, comunicacin pblica o trans-formacin de esta obra solo puede ser realizada con la autorizacin de sus titu-lares, salvo excepcin prevista por la ley. Dirjase a CEDRO (Centro Espaol de Derechos Reprogrficos) si necesita fotocopiar o escanear algn fragmento de esta obra (www.conlicencia.com; 91 702 19 70 / 93 272 04 47)

    de los textos: Beatriz Mayo Lorenzo de las fotografas: sus autores de la edicin: EOLAS EDICIONES

    Portada y maquetacin: contactovisual.esFotografa de portada: Archivo fotogrfico Club XeituISBN: 978-84-15603-64-1Deposito legal: LE-842-2014Impreso en Espaa - Printed in Spain

  • A todos los maestros citados en este libro.A Carlos, Lola y Berta.

  • 7NDICE

    NDICE TEMTICO

    NDICE DE CUADROS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9 NDICE DE ABREVIATURAS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11

    INTRODUCCIN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13

    CAPTULO 1 .ASPECTOS HISTRICOS Y LEGALES . LA COMISIN DEPURADORA

    Len en la Guerra Civil . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27 La regulacin del proceso depurador. Breve anlisis. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34 Comisin Depuradora de Len. Primeras actuaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43

    CAPTULO 2 .LOS DATOS DE LA DEPURACIN

    Cifras generales de los depurados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53 Los testigos de la depuracin . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 56 El pliego de cargos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 60 El pliego de descargos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71 Las sanciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 79 Conclusiones del estudio cuantitativo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 96 Apndice documental . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 102

    CAPTULO 3 .EL CARCTER REPRESIVO DE LA DEPURACIN

    Tipologa de los informes preceptivos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 179 La conducta de los testigos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 185 A) Informes copiados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 185 B) Informes fundamentados en rumores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 192 C) Informes contradictorios . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 194 D) El papel de los curas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 203

  • 8 LA REPRESIN DE MAESTROS EN LA PROVINCIA DE LEN DURANTE LA GUERRA CIVIL

    E) Informes con conductas ilcitas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 194 F) Otros aspectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 203 G) Los testigos no preceptivos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 221 Los castigos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .228 La evolucin del proceso depurador en la provincia de Len . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 238 Los maestros presos y huidos o desaparecidos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .254 La depuracin en el frente norte . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .264 La justicia militar . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 273 Otros aspectos de la depuracin . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 296 Conclusiones del estudio cualitativo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .307

    REFLEXIONES FINALES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 311

  • 9NDICE

    NDICE DE CUADROS

    1. Maestros depurados en frente norte . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33 2. Relacin de maestros depurados segn situacin administrativa . . . . . . . . . . . . . . . 54 3. Relacin de maestros depurados segn sexo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 55 4. Relacin de informes preceptivos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 575. Relacin de nmero de informes preceptivos emitidos por el mismo testigo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 57 6. Relacin de cargos imputados por la Comisin Provincial Depuradora . . . . . . . . . 63 7. Relacin de cargos imputados a hombres y mujeres . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 648. Cargos polticos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 659. Cargos sociales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6610. Cargos religiosos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6711. Cargos profesionales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6812. Cargos morales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 68 13. Cargos culturales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 69 14. Cargos ideolgicos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 69 15. Cargos familiares . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70 16. Relacin de informes origen de los cargos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70 17. Relacin de caractersticas de los pliegos de descargos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71 18. Relacin de tipo de sanciones provisionales de la Comisin Provincial Depuradora de Len . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 82 19. Relacin de sanciones propuestas por la Comisin Provincial Depuradora de Len por unanimidad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 84 20. Relacin de sanciones propuestas por la Comisin Provincial Depuradora de Len por mayora . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 86 21. Relacin de sanciones propuestas por la Comisin Provincial Depuradora de Len por voto particular . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 87 22. Relacin entre los cargos y las sanciones propuestas por la Comisin Provincial . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 89 23. Relacin de sanciones impuestas por la superioridad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 93 24. Comparacin de la propuesta de la Comisin Provincial con las sanciones impuestas por la superioridad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 93 25. Comparacin de sanciones por unanimidad de la Comisin Provincial y de la superioridad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 94 26. La depuracin de Len y la depuracin nacional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 94 27. Relacin entre cargos y resolucin en la depuracin de Len y la depuracin nacional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 95

  • 10 LA REPRESIN DE MAESTROS EN LA PROVINCIA DE LEN DURANTE LA GUERRA CIVIL

    28. Relacin informes preceptivos con caractersticas significativas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 185 29. Relacin de informes que sirvieron como fuente a la Comisin Provincial para emitir las sanciones propuestas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .228 30. Formas de actuacin de la Comisin Provincial Depuradora en la propuesta de sancin . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 229 31. Nmero de maestros destituidos en los primeros meses de la contienda . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 239 32. Nmero de maestros destituidos en los ltimos meses de la contienda . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 251 33. Cargos y sanciones de los maestros encarcelados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 255 34. Relacin de maestros depurados segn zona geogrfica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .264 35. Confirmacin y separacin del servicio propuestas por unanimidad en las zonas con ms depurados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 265 36. Relacin de maestros depurados en los pueblos tomados por los franquistas al final de la guerra . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 270 37. Relacin de maestros depurados en los ltimos pueblos tomados por los franquistas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 272 38. Maestros con expediente en A.I.R.M.N. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 273

  • 11NDICE

    NDICE DE ABREVIATURAS

    A.G.A.- Archivo General de la Administracin -en Alcal de Henares-A.C.M.E.- Archivo Central de Ministerio de Educacin adjunto al A.G.A.-A.G.C.P.- Archivo General de Clases Pasivas -en Madrid-A.H.P.L.- Archivo Histrico Provincial de Len -en Len-A.I.R.M.N.-Archivo Intermedio de la Regin Militar del Noroeste -en El Ferrol-B.O.E.- Boletn Oficial del EstadoB.O.J.D.N.E.- Boletn Oficial de la Junta de Defensa Nacional de EspaaB.O.P. Boletn Oficial de la ProvinciaC.C.E.- Comisin de Cultural y EnseanzaC.E.D.A.- Confederacin Espaola de Derechas AutnomasC.N.T.- Confederacin Nacional de Trabajadores Cod. - CdigoC.S.D.- Comisin Superior DictaminadoraF.A.I.- Federacin Anrquica IbricaF.E.T.- Falange Espaola TradicionalistaF.E.T.E.-Federacin Espaola de Trabajadores de la EnseanzaF.P.- Frente PopularJ.D.N.- Junta de Defensa NacionalJ.O.N.S- Juntas Ofensivas Nacional-SindicalistasI.E.S.- Instituto de Educacin SecundariaI.R.- Izquierda RepublicanaO.T.A.- Oficina Tcnico AdministrativaP.C.- Partido ComunistaP.R.S.-Partido Radical SocialistaR.A.E. Real Academia EspaolaU.G.T.- Unin General de TrabajadoresU.R.- Unin RepublicanaR.A.E.- Real Academia Espaola

  • INTRODUCCIN

  • 15INTRODUCCIN

    Antes de iniciar la lectura de este libro es necesario avisar al lector sobre los orge-nes de este trabajo. Este estudio surge de la tesis doctoral defendida en la Universidad Pontificia de Salamanca y titulada La depuracin del magisterio en la provincia de Len. Por este motivo este trabajo tiene carcter tcnico-cientfico y, tanto en el proceso de investigacin como en la elaboracin del informe final, han prevalecido los criterios de objetividad y precisin.

    En la actualidad es cuantioso el nmero de publicaciones sobre la depuracin y represin de los maestros que ejercan su labor en los aos de la Guerra Civil y dic-tadura espaola (ms adelante se ofrece un anlisis del estado actual de la materia). Este trabajo pretende ser una pieza ms - significativa y necesaria- del amplio mapa de la represin del magisterio en Espaa, que lo completa, califica la depuracin de esta provincia y permite comparar los hechos sucedidos en Len con los de otras zo-nas de Espaa. Esto es as porque la depuracin ejercida a los maestros en la provin-cia de Len tiene unas caractersticas propias que son necesarias conocer y encajar con las de la depuracin nacional, y esas caractersticas se presentan en este estudio. Adems, este estudio se diferencia por fundamentarse exclusivamente en fuentes primarias, buscadas y encontradas en los archivos, que son todos los documentos y los textos originales generados por los protagonistas de la etapa de la historia que se analiza. Se da gran importancia a los expedientes de depuracin por lo que no se ha realizado una muestra de los mismos, sino que se ha analizado cada uno de ellos exhaustivamente. Se dota as de gran utilidad y fiabilidad al estudio cuantitativo y se ofrece una visin real, objetiva y clara de lo sucedido, queriendo dejar a un lado las ancdotas o habladuras heredadas.

    En los ltimos aos inmediatos, la publicacin de estudios sobre la depuracin franquista del magisterio, sean stos generales o monogrficos, nacionales o pro-vinciales, ha proliferado considerablemente. La razn radica en que el acceso a las fuentes del Patrimonio Histrico Espaol se ha abierto para los investigadores como consecuencia de lo dispuesto en la ley. Aunque todava existen algunas limitaciones temporales, hay documentos que no pueden ser consultados hasta dentro de unos

  • 16 LA REPRESIN DE MAESTROS EN LA PROVINCIA DE LEN DURANTE LA GUERRA CIVIL

    aos debido a los procesos de revisin que solicitaron algunos maestros. El artculo 57. 1. c de la Ley 16/1985, de 25 de junio, regula que los documentos consultivos que contengan datos personales de carcter policial, procesal, clnico o de cualquier otra n-dole que puedan afectar a la seguridad de las personas, a su honor, a la intimidad de su vida privada y familiar y a su propia imagen, no podrn ser pblicamente consultados sin que medie consentimiento expreso de los afectados o hasta que haya transcurrido un plazo de veinticinco aos desde su muerte, si su fecha es conocida o, en otro caso, de cincuenta aos, a partir de la fecha de los documentos.

    Pionero en este tipo de estudios es el trabajo realizado por Wenceslao lvarez Oblanca, quien elabor en 1986 un oportuno trabajo de la represin en la provincia de Len1. Esta obra, adems de ofrecer informacin general sobre el proceder de la depuracin de la enseanza en esta provincia y de los maestros implicados2, tiene el mrito incuestionable de haber abierto las puertas de una investigacin hasta en-tonces indita, si bien hoy es un trabajo superable tanto en el contenido como en el alcance de la informacin que ofrece. El motivo principal de estas limitaciones no es achacable al estudio en s, sino a las fuentes de informacin que el autor utiliz en su da, dado que no eran accesibles entonces las fuentes de primera mano. Tanto el Boletn Oficial de la Provincia (en adelante B.O.P.) como el Boletn Oficial del Estado (en adelante B.O.E), fuentes legales de incuestionable valor, son a todas luces insufi-cientes de por s una vez que los expedientes de depuracin han quedado a dispo-sicin del investigador en el A.G.A.

    Jess Crespo Redondo, Jos Luis Sinz Casado, Jos Crespo Redondo y Carlos Pres Manrique publicaron en 1987 un trabajo referente a la provincia de Burgos3. Utilizaron las mismas fuentes que el estudio anterior, adems de los libros de actas de reuniones, los de registro de salida de correspondencia de la Comisin Provincial Depuradora y la sntesis de los informes preceptivos elaborada por la Inspeccin de Primera Enseanza4. Este estudio, debido a la legislacin ya citada, prescinde de los expedientes de depuracin como fuente principal de investigacin, pero este motivo no resta relevancia al trabajo. La explicacin que hacen los autores de la depuracin

    1 Wenceslao LVAREZ OBLANCA. La represin de postguerra en Len. Depuracin de la ensean-za, 1936-1943, Santiago Garca Editor, Madrid, 1986.

    2 La obra analiza la situacin de los distintos sectores de la educacin ante la represin, datos de gran inters de cmo los maestros de dicha provincia padecieron el proceso, la composicin de la Comisin Depuradora de Len encargada de elaborar los expedientes de los maestros, los lista-dos de los maestros destituidos y las sanciones que recibieron; adems, adjunta selectos ejemplos de los casos que tuvieron gravosos resultados y de los que solicitaron la revisin de su expediente.

    3 Jess CRESPO REDONDO, Jos Luis SINZ CASADO, Jos CRESPO REDONDO y Carlos PRES MANRIQUE. Purga de Maestros en la guerra civil. La depuracin del magisterio nacional de la provincia de Burgos, Valladolid, mbito, 1987.

    4 Cfr., Idem 108 y 109.

  • 17INTRODUCCIN

    a partir de la legislacin de la poca es fundamental ya que exponen detalladamente cmo eran los maestros, cmo sucedi la "primera depuracin" a partir de las deten-ciones, encarcelamientos y fusilamientos. Adems hacen un exhaustivo anlisis de la actividad e ideologa de la Comisin Depuradora de Burgos, as como de los medios utilizados y las dificultades encontradas.

    En el mismo sentido hacen sus aportaciones Josep Gonzlez Agpito y Salom Marques i Sureda5, y de Maitane Ostalaza Esnal6 para las provincias de Catalua y el Pas Vasco respectivamente.

    Otro estudio, de los ms relevantes, es el de Francisco Morente Valero en 19977, ejemplar y novedoso en la materia porque expone con esmero los entresijos e in-terioridades del proceso depurador pero, esta vez, con novedades significativas: el estudio analiza la depuracin en todo el mbito nacional valindose de la lectura y anlisis escrupuloso de los expedientes de depuracin. El autor hizo la investigacin a partir de una muestra representativa de provincias de la realidad poltica, social y econmica de Espaa, tal y como expone en la magistral introduccin de la obra. Para otorgar veracidad y objetividad a la investigacin, complet la informacin de los expedientes con la de otras fuentes. stas son el Boletn Oficial de las provincias, las propuestas de resolucin de los expedientes depositados en el A.C.M.E., el Libro de actas de la Comisin Depuradora del magisterio de Barcelona y la documentacin generada por la Comisin de Cultura y Enseanza y por la Junta Tcnica de Estado, entre otras. Morente ha descrito de forma apropiada el trmite depurador que se eje-cut desde la apertura del expediente, con la consiguiente separacin del servicio del maestro, hasta la propuesta de sancin que emita las comisiones depuradoras y que despus elevaba a la superioridad. Al mismo tiempo, el autor ha aportado datos cuantitativos que caracterizan la depuracin.

    Otros autores que han historiado el proceso depurador, esta vez en la provincia de Valencia son Juan Manuel Fernndez Soria y M del Carmen Agullo Daz8. La fina-lidad de este estudio es explicar el proceso depurador que los autores califican como un instrumento con carcter tanto preventivo como punitivo. Las fuentes que fun-damentan este trabajo son 2.391 expedientes de depuracin del A.G.A., que cons-tituyen la fuente primaria del estudio; los fondos del Archivo de la Universidad de

    5 Josep GONZLEZ AGPITO y Salom MARQUES i SUREDA. La repressi del profesorat a Catalunya sota el Franquismo (1939-1943), Segons les dades del Ministeri dEducaci Nacional, Barcelona, Institut dEstudis Catalans, 1996.

    6 Maitane OSTALAZA ESNAL. El garrote de la depuracin. Maestros vascos en la guerra civil y el primer franquismo (1936-1945), DonostIa-San Sebastin, Ibaeta Pedaggica, 1996.

    7 Francisco MORENTE VALERO. La escuela y el Estado Nuevo. La depuracin del magisterio nacio-nal (1936-1943), mbito, Valladolid, 1997.

    8 Juan Manuel FERNNDEZ SORIA y M del Carmen AGULLO DAZ. Maestros valencianos bajo el franquismo, Diputaci de Valncia e Instituci Alfons el Magnnim, Valencia, 1999.

  • 18 LA REPRESIN DE MAESTROS EN LA PROVINCIA DE LEN DURANTE LA GUERRA CIVIL

    Valencia, de Archivos Municipales, de los Archivos de la Escuela Normal del Magisterio de Valencia, de la Diputacin Provincial, de los institutos de educacin secundaria Lus Vives y San Vicente Ferrer; libros de actas y fichas abiertas de cada expedien-te, la Causa General del Archivo Histrico Nacional, los depsitos de la Seccin de la Guerra Civil del Archivo Histrico Nacional, colecciones legislativas, fuentes orales y prensa peridica.

    Es trascendente en este estudio el captulo VIII correspondiente a un anlisis cuali-tativo que hacen los autores de los expedientes de depuracin del A.G.A. Los autores justifican este anlisis cualitativo a partir de la arbitrariedad de los testimonios sobre los maestros y sus conductas y de los cargos que derivan de ellas, de la inadecua-cin entre los cargos y las sanciones, de la variedad de los cargos, y de las declara-ciones sumisas que hacan los maestros en los pliegos de descargos con la finalidad de rendir cuentas. Hacen referencia a las cartas annimas, a la visin particular que los testigos tenan sobre los maestros, a la contrariedad de las informaciones y al ca-ciquismo que impregnaba los informes, los cuales, eran utilizados por la Comisin Depuradora de la provincia de Valencia como testigos de las conductas de los maes-tros y que tenan la capacidad para iniciar o modificar cargos. Estos cargos podan re-vestir las formas menos imaginables9: ser familiar o amigo de rojo, haber ledo prensa de izquierdas, practicar coeducacin, no acompaar a los alumnos a misa, altivez en el pliego de descargos, no considerarlo recuperable y ser susceptible de infectar a otros. Adems, un mismo cargo puede recibir sanciones distintas independientemente de que la acompaen otros. (). Una de las notas esenciales de la arbitrariedad reside en lo antojadizo de las interpretaciones que hacan los jueces depuradores a los descar-gos de los encausados, incrementando as la sensacin de injusticia e indefensin del maestro depurado. ()10. Por otro lado, los descargos que hicieron los maestros fue-ron susceptibles de ser interpretados por los miembros de la Comisin, sobrepasa-ban los lmites de la intimidad personal, eran probados con avales imprevistos y se realizaban con desesperacin y con temor, pudiendo llegar a rozar lo esperpntico en algunas ocasiones11.

    Mara del Campo Pozo Fernndez ha realizado un estudio de la depuracin de los maestros nacionales en la ciudad de Mlaga durante los aos 1936-194212, con la finalidad de analizar las caractersticas del proceso en esta ciudad, valorar el alcance del proceso y conocer el papel de los maestros. Para ello la autora ha hecho un anli-sis de 234 expedientes de depuracin que ha completado con datos de otras fuentes,

    9 Idem 265. 10 Idem 270-271.11 Idem 293-302.12 Mara del Campo POZO FERNNDEZ. La depuracin del magisterio nacional en la ciudad de

    Mlaga, Mlaga, Diputacin Provincial, 2001.

  • 19INTRODUCCIN

    el Boletn Oficial de la Provincia de la provincia de Mlaga, los fondos del Archivo de la Universidad de Granada, del Archivo Municipal, del Archivo Daz Escovar y del Archivo de la Facultad de Ciencias de la Educacin de la Universidad de Mlaga.

    Sara Ramos Zamora13 present en el ao 2004 su tesis doctoral con el propsito de estudiar el proceso depurativo llevado a cabo por las autoridades franquistas en la regin de Casilla - La Mancha en su conjunto y en cada provincia de forma indivi-dual para completar el mapa depurativo de Espaa14. El trabajo se fundamenta en la informacin de los fondos catalogados en el A.G.A., el A.C.M.E., el Archivo Histrico Provincial de Albacete, el Archivo Histrico Provincial de Guadalajara, el Archivo Histrico Provincial de Toledo, el Archivo Histrico de la Guerra Civil de Salamanca y publicaciones peridicas y revistas de la poca. La parte principal del trabajo co-rresponde con el estudio del trabajo realizado por las comisiones depuradoras de las provincias castellano-manchegas y, en concreto, con el anlisis cuantitativo y cuali-tativo de los distintos cargos imputados al magisterio primero en su conjunto y pos-teriormente a travs de la variable gnero, para determinar el carcter y las posibles diferencias en las acusaciones emitidas15.

    Otros trabajos interesantes porque tambin se valen de los expedientes de de-puracin son el que Amparo Pont Sastre16 public en el ao 2006, una obra sobre la represin y depuracin del magisterio en la provincia de Guadalajara con la que da a conocer el alcance de la depuracin del magisterio en dicha provincia; el de Ramn Jimnez Madrid sobre Murcia17; el elaborado por el Arxiu i Museu de LEducaci de les Illes Balears18 y el de ngel Inocente Jimnez de la Cruz para Toledo19.

    Tambin existen estudios, como el de Carlos de Dueas Dez y Lola Grimau Martnez sobre Segovia20, y el de Francisco Morente Valero referente al alumnado de

    13 Sara RAMOS ZAMORA. La represin del magisterio: Castilla La Mancha, 1936-1945, Biblioteca Ail, Ciudad Real, 2006.

    14 Idem 16.15 Idem 20.16 Amparo PONT SASTRE. El magisterio en la provincia de Guadalajara (1931-1940): Depuracin y

    represin, Monografas Humanidades, Alcal de Henares, 2006. 17 Ramn JIMNEZ MADRID. La depuracin de maestros en Murcia (primeros papeles), Murcia,

    Universidad de Murcia, 1997.18 ARXIU I MUSEU DE LEDUCACI DE LES ILLES BALEARS. Documents sobre el magiste-

    ri nacional a Menorca arran de locupaci de lilla per les tropes franquistas (1939), Palma de Mallorca, Govern de les Illes Balears (Secci de Material Didctic i Divulgaci Educativa), 2002.

    19 ngel Inocente JIMNEZ DE LA CRUZ. La depuracin de los maestros en el franquismo. El caso de Toledo, Ed. Yelmo, Toledo, 2003.

    20 Carlos de DUEAS DEZ y Lola GRIMAU MARTNEZ. La represin franquista de la enseanza en Segovia, mbito, 2004.

  • 20 LA REPRESIN DE MAESTROS EN LA PROVINCIA DE LEN DURANTE LA GUERRA CIVIL

    las escuelas normales de Barcelona, que, aunque actuales, sus autores obvian el uso de los expedientes como fuente primaria21.

    En el 2010, Enrique Berzal de la Rosa y Javier Rodrguez Gonzlez22 publicaron una obra que describe la situacin del magisterio en Castilla y Len. Interesante e indito es este estudio, en concreto el captulo referente a la provincia de Len, porque ana-liza datos aportados por el Archivo Intermedio de la Regin Militar del Noroeste (en adelante A.I.R.M.N.), entre otras fuentes.

    Estos estudios son una representacin de un proyecto actual y global del proceso de depuracin que realiza interesantes aportaciones tal y como se ha ido indicado en cada uno de ellos.

    Este proyecto puede seguir completndose con estudios que cuantifiquen los da-tos de la depuracin a la vez que, con nuevos planteamientos en los objetivos y en el anlisis de las fuentes de primera mano, establecen las causas de la represin poltica y social que, en la mayora de las ocasiones, pueden estar escondidas o camufladas detrs de conductas ilcitas y de estructuras caciquiles.

    Dicho todo lo que antecede es necesario concretar que la finalidad de este traba-jo es describir la realidad de la represin del magisterio de Len durante la Guerra Civil, ser un fililus verum de la historia de Espaa.

    Para ello se han realizado dos anlisis de los datos, diferentes respecto a la finali-dad, el proceso de investigacin y los resultados del estudio pero complementarios y dependientes el uno del otro.

    El primero tiene como objetivo mostrar las cifras concretas del proceso depura-dor que ofrecen los expedientes de depuracin, para evitar lo puramente anecdtico. Cuntos maestros fueron depurados?, cuntos maestros fueron depurados segn el tipo de empleo pblico o zona geogrfica?, cuntos maestros fueron depurados segn el sexo?, a cuntos no se les emiti el pliego de cargos?, cul fue el com-promiso poltico-sindical y la orientacin ideolgica de los maestros?, qu testigos participaron en el proceso depurador?, qu cargos emiti la Comisin Provincial de Len?, qu motivos utilizaron los maestros para defenderse?, qu propuestas de sancin emiti la Comisin Provincial Depuradora? y qu resoluciones adop-t la superioridad ante las propuestas de sancin de la Comisin Provincial? Las

    21 Es posible que Morente Valero, en este estudio del alumnado de Barcelona se encontrase todava con la mayor parte de los expedientes cerrados, por este motivo puede que no los utilice en su estudio.

    22 Enrique BERZAL DE LA ROSA y Javier RODRGUEZ GONZLEZ (coord.). Muerte y represin en el magisterio de Castilla y Len, Fundacin 27 de marzo, Len, 2010.

  • 21INTRODUCCIN

    respuestas a estas preguntas son los resultados del estudio cuantitativo de la de-puracin y describen el volumen de la depuracin en Len. Exponen el nmero de maestros depurados con carcter general y segn particularidades como destino, la situacin laboral, el sexo, la zona geogrfica, el momento, etc.; los maestros con-firmados en el cargo, la orientacin poltico-sindical de los depurados; los testigos de las conductas de los maestros; los cargos emitidos por la Comisin Provincial as como las sanciones propuestas; los motivos que utilizaron los maestros para defen-derse ante las acusaciones y las sanciones definitivas de la superioridad. De manera complementaria tambin se muestran otros datos que ofrecen particularidades de los mismos utilizando variables como destino, situacin laboral, sexo, zona geogr-fica, momento, etc.

    El segundo estudio es el anlisis cualitativo de las variables anteriores, viable gra-cias a la lectura y anlisis detallado y exhaustivo, uno por uno, de los 920 expedientes de depuracin. El objetivo es exponer todos aquellos procesos y factores que fuera de la norma establecida influyeron decisivamente en la depuracin poltica. As se descri-be cmo, a las causas polticas reguladas por la legislacin de la poca, intervinieron otras estructuras paralelas, tales como: la conducta de los testigos, la relatividad de la acusaciones, la concrecin de los cargos, la oportunidad de la defensas de los maes-tros, la sistematicidad de las sanciones, la zona geogrfica en la que ejerca el docen-te, las revanchas y rencillas personales, los ajustes de cuentas, etc.; tan reales como las anteriores pero alejadas de motivos explcitos en las normas que condicionaron los fines de la depuracin y lo convirtieron en un proceso represor. En esta parte de la obra se da a cmo actuaron los testigos, qu criterios sigui la Comisin Provincial para emitir las propuestas de sancin, si el desarrollo de la contienda influy en el carcter del proceso depurador, cmo padecieron el proceso los maestros presos y huidos o desaparecidos, cmo se desarroll la depuracin en el frente norte y cmo procedi la justicia militar. Los resultados cualitativos aportados por las respuestas a estas preguntas muestran la realidad de la represin en los expedientes de depu-racin, todas aquellas estructuras en la sombra, paralelas al proceso depurador ofi-cial, distantes de la norma, que pudieron influir considerablemente en el destino de cada maestro, tales como la actitud del testigo que acusaba al maestro, la relatividad de la acusaciones emitidas, el ser depurado al principio o al final de la contienda, la influencia de la zona geogrfica en la que desarrollaba su labor profesional y en la que fue depurado el maestro, las acciones caciquiles, ser familiar o amigo de perso-na desafecta al rgimen, conductas ilcitas, rumores, contradicciones entre informes de distintos testigos e, incluso, del mismo testigo, opresiones y amenazas, lugares de origen, instrumentos de represin, intenciones de venganza, etc.

    Por ltimo, y en apoyo de lo anterior y de forma novedosa y diferenciadora de otros trabajos especficos de esta materia, este segundo estudio se ultima con otro

  • 22 LA REPRESIN DE MAESTROS EN LA PROVINCIA DE LEN DURANTE LA GUERRA CIVIL

    anlisis de toda aquella informacin complementaria a cualquier estudio la repre-sin. Estas son las fuentes de investigacin del Archivo Intermedio de la Regin Militar del Noroeste, el Archivo Histrico Provincial de Len (en adelante A.H.P.L.), el archivo del Instituto de Educacin Secundaria Padre Isla y el de la antigua Escuela Normal. Ms adelante se especificar la utilizacin de estas fuentes.

    Expuesto todo lo anterior, los resultados de este estudio se hacen extensivos no slo al proceso de depuracin, sino tambin a la represin ejercida en la poca, a las intenciones de retener y castigar las conductas de los maestros en los diversos m-bitos de su vida social, poltica, personal, moral y profesional.

    A lo largo de este documento se advierte la ausencia de un apartado dedicado al repaso detallado, minucioso y profundo de algunos aspectos significativos, com-plementarios y paralelos al proceso depurador, como son el funcionamiento de la escuela republicana, la realidad pedaggica de Len, el Nuevo Estado y la ensean-za franquista, la formacin del magisterio en aquellos aos, etc. La razn es clara y justificada: ya han sido tratados con gran claridad, rigurosidad y profesionalidad por expertos en la materia en estudios precedentes. Esta ausencia es intencionada. Evito insistir en contenidos ya analizados y consolidados por otros autores, contar lo ya contado y, sobre todo, alejarme del objetivo principal de este trabajo, expuesto ms arriba. Por ello pido al lector que disculpe la ausencia de estos contenidos (que ad-mito me han recomendado incorporar a la obra grandes escritores y expertos en la materia y que, sin intencin de ofenderles, no he seguido su consejo haciendo uso de mi tenacidad para no desviarme de la finalidad de este trabajo) y le recomiendo que si busca una obra sobre la teora pedaggica de Len durante la Guerra Civil, cierre este libro, porque aqu no la va encontrar. Sin embargo, animo a continuar la lectura para dejarse empapar de los contenidos que aqu se tratan y que, en menor a mayor grado, puede no dejar al que lee impasible.

    Antes de continuar con la exposicin de este estudio, es necesario establecer otras aclaraciones anejas a la anterior.

    La primera trata de delimitar con claridad y precisin (hasta lo aqu expuesto he hecho alguna referencia y nota al respecto) dos conceptos claves que condicionan el para qu y el cmo de esta investigacin. Se est haciendo referencia a los trmi-nos de depuracin y represin. Segn la Real Academia Espaola., se entiende por depuracin someter a un funcionario a expediente para sancionar su conducta pol-tica. A partir de esta definicin se puede concluir que la depuracin alude slo a los aspectos polticos que encauzaron las actuaciones de los maestros. Si se analiza la definicin que la Real Academia Espaola ofrece de represin: acto, o conjunto de

  • 23INTRODUCCIN

    actos, ordinariamente desde el poder, para contener, detener o castigar con violencia actuaciones polticas o sociales, se observa que sta va mucho ms all, superando el campo de actuacin poltico para entrar en el social y que versa en la violencia que emplea un Estado sobre sus ciudadanos para conseguir un proyecto ideolgico concreto, impidiendo o negando el ejercicio de los derechos y libertades que suelen considerarse en los sistemas democrticos. Por lo tanto, a lo largo de este trabajo, cuando se emplee el trmino depuracin, se estar refiriendo exclusivamente a los datos objetivos que ofrece el proceso ejercido por la Comisin Provincial Depuradora de Len y las instituciones superiores correspondientes. Pero cuando se aluda el tr-mino de represin, se estar teniendo en cuenta otros procesos paralelos que otor-garon poder al gobierno franquista, que se analizan en este estudio y que se detallar ms adelante23.

    La segunda aclaracin hace referencia a la utilizacin del masculino. Segn la Real Academia Espaola el masculino gramatical no slo se emplea para referirse a los individuos de sexo masculino, sino tambin para designar la clase, esto es, a todos los individuos de la especie, sin distincin de sexos. As, por ejemplo, con la expresin los maestros, se estar haciendo referencia a un colectivo mixto formado por maestros y maestras. Lo mismo suceder con expresiones similares. Por lo que se omiten las razones actuales que por, correccin poltica y no lingstica, estn extendiendo la costumbre de hacer explcita en estos casos la alusin a ambos sexos. En esta deci-sin no debe verse intencin discriminatoria alguna, sino la simple razn evitar en-gorrosas repeticiones e innecesarias, y facilitar la escritura y lectura de este trabajo, ya que la utilizacin del masculino gramatical es habitual en el mismo.

    Como ya se ha dicho la intencin de este trabajo es informar de la verdad, sin querer ser pretenciosa, dejar hablar a los datos que aparecen en los documentos de primera mano. Este propsito se ha mantenido desde el principio de la tarea investi-gadora, por lo que se ha sorteado muy a menudo el peligro de no situarme al lado de unos ni de otros, ni quitar ni dar razones, ni ser un panfleto poltico que slo pretende buscar culpables y sembrar el odio. Slo se pretende exponer los acontecimientos sucedidos y padecidos por los maestros de entonces, la realidad de lo ocurrido a los depurados para conocer la historia. En ningn momento para repartir papeles de vctimas y verdugos. El debate, discusin y diferencia ideolgica o poltica estn fuera de las pginas aqu presentadas.

    23 Cfr. M. RICHARDS. Un tiempo de silencio. La guerra civil y la cultura de la represin en la Espaa de Franco, 1936-1945, Barcelona:, Crtica, 1999, 25.

  • CAPTULO 1

    ASPECTOS HISTRICOS Y LEGALES LA COMISIN DEPURADORA

  • 27CAPTULO 1. ASPECTOS HISTRICOS Y LEGALES. LA COMISIN DEPURADORA

    LEN EN LA GUERRA CIVIL

    Para dar una explicacin cierta y cumplida de los hechos que acaecieron y de-finieron la represin del magisterio es necesario conocer cmo se produjeron los acontecimientos blicos en la provincia de Len y la capital.

    Esta descripcin se hace de forma breve y resumida puesto que, como ya se ha justificado y expuesto, los especialistas en la disciplina ofrecen una amplia bibliogra-fa que analiza estos contenidos con profundidad, rigor y sistematicidad24.

    Se adjunta un mapa de la provincia de Len para facilitar a los lectores desco-nocedores de la geografa de la provincia la comprensin de lo que se desarrolla a continuacin.

    24 Vase, entre otros, a Wenceslao LVAREZ OBLANCA. La Guerra Civil en Len, Edilesa, Len, 2009; Francisco CARANTOA LVAREZ y Gustavo PUENTE FELIZ (coord.). La Guerra Civil Espaola en Len, Diario de Len, Len, 1987; Secundino SERRANO. La guerrilla antifranquista en Len (1936-1951), Siglo XXI, Madrid, 1988; entre otros.

  • 28 LA REPRESIN DE MAESTROS EN LA PROVINCIA DE LEN DURANTE LA GUERRA CIVIL

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    Len

    1.- Santiago Millas 2.- San Cristbal de la

    Polantera 3.- Hospital de rbigo 4.- Santa Mara de la Isla 5.- Palacios de la Valduerna 6.- Regueras de Arriba 7.- Valdefuentes del Pramo 8.- Soto de la Vega 9.- Santa Mara del Pramo10.- San Pedro de Bercianos11.- Onzonilla12.- Vega de Infanzones

    13.- Mansilla la Mayor14.- Villanueva de las

    Manzanas15.- Campo de Villavidel16.- Cubillas de los Oteros17.- Fresno de la Vega18.- Pobladura de Pelayo

    Garca19.- Villademor de la Vega20.- Toral de los Guzmanes21.- Villamandos22.- Dehesa de Llorente

    (Valladolid)

    23.- Fuentes de Carbajal24.- Valdemora25.- Gordoncillo26.- San Adrin del Valle27.- Bercianos del Real

    Camino28.- Priaranza del Bierzo29.- Carracedelo30.- Villadecanes31.- Camponaraya32.- Cacabelos33.- Cabaas Raras

  • 29CAPTULO 1. ASPECTOS HISTRICOS Y LEGALES. LA COMISIN DEPURADORA

    Fue el general Mola quien elabor un plan estratgico para hacerse cargo del Gobierno y de la Administracin en 1936, en el que concret, excepto la posibilidad de fracaso, todos los detalles de la sublevacin. En este plan dio un carcter secun-dario a la Octava Divisin, formada por las cuatro provincias gallegas y Len.

    El da 18 de julio de 1936 llegaron a Len cinco mil mineros procedentes de Asturias. Era una fuerza muy numerosa que ya haba demostrado en octubre de 1934 su buena capacidad para combatir. El objetivo de estos mineros era trasladarse a Madrid despus de recoger unas armas que les iban a suministrar en la ciudad el general Bosch. ste, en un principio, se resisti a armar a las columnas de milicianos, que ya disponan de varios fusiles en mal estado. Encontraron dilaciones y promesas ambiguas. Pero, casi al mismo tiempo, el da 19 por la maana, llegaba a Astorga el general Juan Garca Gmez-Caminero, Inspector General del Ejrcito, enviado por el Gobierno de Madrid para controlar la Octava Divisin, y orden la entrega de las armas a los asturianos. As se hizo, se entregaron, aunque eran armas en un estado lamentable. Estos hechos desbarataron los planes de los subversivos, a pesar de que los mineros eran una fuerza muy poderosa comparada con la guarnicin militar que estaba en la ciudad.

    Las actuaciones de los dirigentes obreros y polticos de izquierda demostraron una falta de organizacin que ya les haba caracterizado hasta el momento. Adems, a esta forma de proceder hay que aadir que el general Gmez-Caminero, guiado por la intuicin y la hostilidad con la que haban tratado sus compaeros, huy a Zamora y, despus de un largo y duro periplo (fue detenido por los sindicalistas en Puebla de Sanabria, donde tuvo que justificar su identidad y adhesin a la Repblica), se re-incorpor al Ejrcito republicano en Madrid. Es posible que la decisin del General de huir de Len privase a la Repblica de la nica cabeza que hubiera podido opo-nerse al levantamiento militar. Su intuicin se hizo cierta cuando el da 20 el general Bosch, el Batalln de Astorga y el general Aranda, responsable del desplazamiento de los mineros de Asturias a Lon, se unieron al alzamiento. Mientras, algunos de los dirigentes frente-populistas huyeron a la montaa para organizar la resistencia en la zona de Villablino y Villaseca de Laciana.

    El 20 de julio, a las 14:00, se proclam el estado de guerra. A partir del medio da las fuerzas rebeldes tomaron los lugares estratgicos de la ciudad, apostando en ellos hombres armados. Las columnas militares se iban multiplicando muy rpido debido a la adhesin de representantes de la Confederacin Espaola de Derechas Autnomas (en adelante C.E.D.A.), falangistas, etc. La Colegiata de San Isidoro, la Catedral, los conventos de los agustinos y de los franciscanos se convirtieron en puntos desde los que se atemoriz a los ciudadanos. Los reunidos en el Gobierno Civil se entregaron unos y consiguieron huir otros. Tambin se apoderaron de Radio Len. Desde el convento de los agustinos se tirote a los obreros reunidos delante

  • 30 LA REPRESIN DE MAESTROS EN LA PROVINCIA DE LEN DURANTE LA GUERRA CIVIL

    de la Casa del Pueblo ugetista, en la calle Pablo Iglesias, que optaron por retirarse. El Gobierno Militar neg la dotacin de armas, esta vez a las organizaciones sindicales.

    Sin embargo, un grupo de obreros armados con material que consiguieron en pueblos vecinos intentaron tomar San Marcos entrando por el puente y provocando el repliegue de los sublevados hacia el interior de la ciudad, pero fueron desalojados rpidamente. La falta de estrategia combativa dio una gran ventaja a los rebeldes en las incursiones que hicieron algunos mineros que llegaron a Len de Matallana, Olleros y Villablino. Fueron detenidos y encarcelados en San Marcos, que terminara convirtindose en uno de los campos de concentracin ms amplios de la guerra y la postguerra25.

    Los insurrectos armaron a los miembros de organizaciones derechistas como la Falange y Renovacin Espaola, sobre todo a los jvenes, que complementaron la accin de los militares en algunas tareas. Como todava no descartaban una contra-ofensiva de los elementos de izquierda, fomentaron estas nuevas adhesiones para un defensa de la causa rebelde.

    El mismo da 21 fue bombardeado el aerdromo de la Virgen del Camino por aviones procedentes de Getafe. La ciudad de Len ya era una zona definitivamente tomada por la causa rebelde.

    En este contexto blico, segn los datos obtenidos del A.G.A, se depur a 33 maestros en la ciudad de Len. Es decir, el 359% de los maestros depurados en la provincia de Len eran de la capital. El alfoz de la capital, correspondiente con la comarca Tierra de Len, tambin fue tomado con prontitud. Por lo que, a estos 33 maestros, hay que aadir otros 113, el 1228%, que tambin fue depurado en esos ltimos das de julio.

    En la mayora de las comarcas de la provincia, se sigui el mismo patrn, sobre todo en aquellas caracterizadas por la neutralidad y en las que exista una hegemo-na de la produccin agraria. Las fuerzas de la Guardia Civil del puesto lean el bando por el que se declaraba el Estado de Guerra y, ayudados por los, de momento, escasos falangistas y gentes de orden patrullaban las calles de las respectivas localidades. Se detena a las autoridades elegidas durante el periodo republicano, as como a los ms significados elementos de izquierdas conforme criterio de los rebeldes-, y seguidamen-te se nombraban nuevas autoridades entre las personas ms conservadoras del lugar26.

    En los ltimos das del mes de julio cayeron de esta manera La Cabrera, el Pramo, Tierra de Campos (la huelga general declarada el da 20 en Valencia de Don Juan, Sahagn y Valderas, no tuvo ningn resultado contra la ejecucin de la sublevacin

    25 Vase Victoriano CRMER ALONSO. El libro de San Marcos, Editorial Nebrija, 1981. Obra en la que el autor relata su historia personal en el campo de concentracin en el que estuvo 4 aos.

    26 Wenceslao LVAREZ OBLANCA y Secundino SERRANO. La Guerra Civil en Len. Len, Edilesa, 2009. 148.

  • 31CAPTULO 1. ASPECTOS HISTRICOS Y LEGALES. LA COMISIN DEPURADORA

    llevada a cabo por la Benemrita de Valencia de Don Juan, cabecera de lnea) y Maragatera, donde, en su capital, Astorga, se acababa de iniciar un proceso de re-novacin ideolgica que tena como finalidad modernizar la estructura econmica y social estamental por la que se regan. El golpe militar que inici la contienda par este hecho. Este territorio marcaba claramente una franja que divida a la provincia en dos zonas, la dominada por los sublevados y la zona republicana, que poco a poco ira viendo reducida su rea de accin.

    El nmero total de maestros depurados en estas comarcas fue de 304, el 33% del total de los depurados (27 en La Cabrera, 147 en Pramo, 69 en Tierra de Campos y 61 en Maragatera).

    La zona del Bierzo tampoco cre grandes problemas a los alzados. Villafranca fue tomada el da 21 por las columnas gallegas, aprovechando las detenciones que se haban hecho dos das antes de los considerados ms reaccionarios y que los mine-ros marchaban hacia Ponferrada para acabar con la sublevacin. Las fuerzas galle-gas llegaron ese da a Cacabelos y dos das despus a Villadecanes. Por otra parte, se fueron agrupando en Ponferrada simpatizantes de la izquierda, que no hicieron una gran oposicin al aglutinarse sin direccin contra un ejrcito organizado y audaz.

    Los maestros depurados en esta zona geogrfica correspondiente con el Bierzo y Los Ancares fue de 184, 168 y 26 respectivamente. Es decir, el 20% del total de los 920 depurados.

    El pronunciamiento militar no tuvo todo el xito esperado por el General Mola y, al igual que ocurri en otras provincias de Espaa, la guerra comenz. Se form una lnea republicana que iba desde el Puerto de Valdeprado hasta el de San Glorio, pasando por Palacios del Sil, La Robla, Boar y Riao. Estaba formada por los puntos: Riao Lillo Boar La Vecilla Matallana La Robla La Magdalena27. Est franja fue objeto de conquista por parte de los nacionalistas durante los siguientes meses de la contienda. En el frente leons se desarroll una dura lucha que impregn tanto la vida civil y social de los vecinos de los diversos pueblos, como la personal y familiar. Muchos municipios fueron testigos de enfrentamientos en las montaas cercanas mientras las gentes, expectantes, procuraron seguir unos con una vida normaliza-da, centrada en el trabajo, y otros huyendo en funcin de sus intereses e ideologas. Zonas tomadas que no regularon su situacin hasta la cada del frente norte y que se caracterizaron por esta situacin, fueron Cistierna, Boar y varios pueblos del munici-pio de La Robla (Solana de Fenar, Olleros de Alba, Brugos, Rabanal, Candanedo, etc.).

    En la primera quincena de agosto del 36 se tom por este orden Matallana, La Robla, La Magdalena, Lancara de Luna, Murias de Paredes, Villablino, Palacios del

    27 Cfr. Wenceslao LVAREZ OBLANCA y Secundino SERRANO, La Guerra Civil en Len, Tierras de Len, n 67, monogrfico, 1987.

  • 32 LA REPRESIN DE MAESTROS EN LA PROVINCIA DE LEN DURANTE LA GUERRA CIVIL

    Sil, Pramos del Sil, Fabero, Villaseca, Los Barrios de Luna, San Pedro de Luna. El ejr-cito nacionalista haba iniciado el despeje de la franja que tapaba el paso hacia los puertos principales que comunicaban Len con Asturias. Partiendo de los munici-pios conquistados, la segunda quincena, las tropas se hicieron con Lario, Acebedo, Maraa y Lillo, Valdeteja. Terminaron el mes ocupando Somiedo y el Puerto Ventana.

    Sin embargo, los republicanos reiniciaron su contraataque y crearon varios comi-ts de guerra que impidieron tratar la defensa de manera organizada y unitaria. A finales de agosto se cre el Comit Provincial de Milicias Antifascitas, que acordon una zona geogrfica con un gran papel para la defensa de la repblica, formada por Valdelugueros, Valdeteja y Crmenes. En los siguientes meses se organizaron briga-das republicanas con grandes iniciativas en la defensa del frente norte centrndo-se la actividad blica en esta zona de la pennsula. Los contraataques republicanos aislaron destacamentos del ejrcito Nacional de Somiedo, el Puerto Ventana y San Pedro de Luna. El duro invierno y las tempranas nevadas redujeron el numero de ataques de ambos bandos pero no la dureza de los mismos. A pesar de la ofensiva republicana, el 21 de noviembre, los nacionales tomaron Correcillas y el 13 de ene-ro de 1937 Portilla de la Reina. Avanzaron por Riao, Oseja de Sajambre, Torre Barrio y Valdepilago. Durante los meses siguientes la ofensiva se caracteriz por la esta-bilidad hasta el mes de abril que fue tomado Montuerto. Durante mayo y junio, los republicanos contraatacaron de nuevo la zona de los puertos de Tarna y San Isidro, as como Oseja de Sajambre. Estas maniobras, sin embargo, no impidieron la toma de Pea Ubia.

    En julio del 37, los militares, bajo la orden de Franco de terminar pronto con la situacin, recuperaron Somiedo. En septiembre llegaron hasta el Puerto Pajares, Villasimpliz y Villamanin. El 11 de octubre avanzaron a Pola de Gordn, Cubillas, Casares de Arbs y Beberino. Durante este mes cayeron Villadangos de Arbs, Pobladura, Rodiezmo, Fontn y Velilla.

    El frente quebr con la toma del Puerto de Ventanilla, Lillo, Tolibia de Arriba y de Abajo, Pedrosa, Valverdn, Canseco, Crmenes, Barrio de la Tercia, Villanueva de la Tercia y Golpejar.

    Vase a continuacin el nmero de maestros depurados en la zona geogrfica que ms tard en normalizar la situacin denominada frente norte:

  • 33CAPTULO 1. ASPECTOS HISTRICOS Y LEGALES. LA COMISIN DEPURADORA

    Cuadro 1. Maestros depurados en frente norte

    Zona geogrfica N maestros %Cistierna 3 032%

    Boar 2 022%

    La Robla 2 022%

    Villamann 0 0%

    Pola de Gordn 3 032%

    Cubillas de Arbs 1 011%

    Casares de Arbs 1 011%

    Pobladura 2 022%

    Rodiezmo 2 022%

    Fontn 1 011%

    Lillo 2 022%

    Valverdn 1 011%

    Canseco 1 011%

    Crmenes 1 011%

    Barrio de la Tercia 0 0%

    Villanueva de la Tercia 1 011%

    Golpejar 1 011%

    Total depurados en el frente norte 24 261%

    Total 920 100%

    FUENTE: Elaboracin propia a partir de los expedientes de depuracin (A.G.A.)

  • 34 LA REPRESIN DE MAESTROS EN LA PROVINCIA DE LEN DURANTE LA GUERRA CIVIL

    LA REGULACIN DEL PROCESO DEPURADOR. BREVE ANLISIS

    En este apartado se pretende ofrecer un breve anlisis del desarrollo de la legisla-cin referente al proceso depurador con la finalidad de situar los contenidos poste-riores y los resultados de la investigacin. La razn de la brevedad de esta exposicin es la misma que justifica la concrecin del apartado anterior: ya hay varios estudios minuciosos y completos de la materia.

    PRIMERA FASE

    Se desarroll desde agosto de 1936 hasta octubre del mismo ao y se caracteriz por una falta de concrecin del proceso depurador. Exista una falta de criterios claros que desarrollasen la depuracin y homogeneizasen las actuaciones.

    La Orden de 19 de agosto de 1936 (Boletn Oficial de la Junta de Defensa Nacional de Espaa (en adelante B.O.J.D.N.E.), Burgos 21 de Agosto de 1936, nmero 9) regulaba que ante la necesidad de demostrar al mundo la normalidad de la vida nacional en las regiones ocupadas por el Ejrcito Espaol salvador de Espaa, se haca imprescindible que () las escuelas nacionales de instruccin primaria reanuden las enseanzas el das 1 de septiembre (). Antes del da 30 del corriente mes, los Alcaldes informarn al Rectorado del Distrito Universitario respecto si la conducta observada por los Maestros, propietarios o interinos, que desempeaban las escuelas en las localidades respectivas, ha sido la con-veniente en orden a las finalidades de esta disposicin, o si, por el contrario han mostrado aquellos en el ejercicio de su cargo, ideario perturbador de las conciencias infantiles, as en el aspecto patritico como en el moral.

    Si as hubiese sido, esta norma permita a los rectores a destituir urgentemente a los maestros sin criterios claros sancionadores28. Por ello, la Circular del B.O.J.D.N.E. de Burgos 19 de septiembre de 1936, nmero 24, concret los poderes especiales concedidos a los rectores, pero todava haba una falta de precisin en los motivos de sancin, una escasa variacin en las modalidades sancionadoras y no se contem-plaba la posibilidad de defensa.

    28 Francisco MORENTE VALERO. O.c., 1997. 194 y ss.

  • 35CAPTULO 1. ASPECTOS HISTRICOS Y LEGALES. LA COMISIN DEPURADORA

    SEGUNDA FASE

    Acontece hasta diciembre de 1936. Es el momento en el que se crearon las comi-siones depuradoras, se inici la concrecin de las conductas sancionadas, as como de las sanciones que se podan proponer.

    En el Decreto nmero 66 (Boletn Oficial del Estado (en adelante B.O.E.), Burgos 11 de noviembre de 1936, nmero 27) Francisco Franco afirm que debido a que tras varias dcadas el Magisterio haba estado influido y casi monopolizado por ideologas e instituciones disolventes, en abierta oposicin con el genio y tradicin nacional, hace preciso que en los solemnes momentos porque atravesamos se lleve a cabo una revisin total y profunda del personal de Instruccin Pblica, trmite previo a una reorganizacin radical y definitiva de la enseanza (). Se empez a detallar el proceso depurador al disponer que se llevase a cabo una revisin total en el personal de Instruccin Pblica, por medio de las Comisiones que se creaban.

    Este decreto fue desarrollado, adems de con otras disposiciones, con la Orden de 10 de noviembre de 1936 (B.O.E., Burgos 11 de noviembre de 1936, nmero 27) que estableca las reglas para la revisin del personal de Instruccin Pblica y creaba, entre otras, la Comisin de depuracin para los miembros del magisterio primario; regul tambin los testigos que informaran de las conductas de los maestros, que seran el Alcalde, el prroco, el comandante del puesto de la Guardia Civil y un padre de familia bien reputado; el trabajo de la Comisin Provincial Depuradora; y las san-ciones que podan proponer esta Comisin y los plazos.

    En la Circular que dirigi Jos Mara Pemn (Presidente de la Comisin de Cultura y Enseanza) a los vocales de las comisiones depuradoras de Instruccin Pblica (B.O.E., Burgos 10 de diciembre de 1936, nmero 52) se estableci que () el carcter de la depuracin que hoy se persigue no es solo (sic) punitivo, sino tambin preventivo. () no compete a las comisiones depuradoras el aplicar las penas que los Cdigos sea-lan () pero si (sic) proponer la separacin inexorable de sus funciones magistrales de cuantos directa o indirectamente han contribuido a sostener y propagar partidos, idea-rio e instituciones del llamado Frente Popular, () de los envenenadores del alma po-pular primeros y mayores responsables de todos los crmenes y destrucciones que sobre-cogen al mundo y han sentado de duelo la mayora de los hogares honrados de Espaa. Adems de detallar qu aspectos deban ser sancionados, aada de qu manera las propuestas de sancin que podan hacer las comisiones provinciales: libre de abso-lucin, traslado o separacin definitiva.

    Estos criterios expuestos por Jos Mara Pemn definan el proceso depurador con extrema dureza, por lo que fueron suavizados con la Orden del 17 de febrero de 1937, que regulaba las nuevas sanciones que poda proponer la Comisin Provincial Depuradora.

  • 36 LA REPRESIN DE MAESTROS EN LA PROVINCIA DE LEN DURANTE LA GUERRA CIVIL

    TERCERA FASE

    A partir de 1937 se desarroll el entramado legal de la depuracin con la que se pretendan tres objetivos principales:

    a) Ampliar el alcance de la depuracin a las fundaciones benfico-docentes, alumnos de las normales, maestros de colegios privados, interinos y sustitu-tos, maestros excedentes, titulados que no ejercan.

    b) Reponer en el cargo a quienes estuviesen suspendidos previamente por la Junta de Defensa Nacional sin que su expediente se hubiese completado, prohibiendo suspensiones provisionales y aceptando solicitudes de reingre-so fuera de plazo para solucionar la falta de personal que se empez a dar.

    c) Proporcionar continuas aclaraciones y precisiones aclarando los problemas tcnicos que a las comisiones depuradoras se le planteaban a medida que se aplicaban las disposiciones.

    En esta poca destacan tres disposiciones importantes. La primera de ellas, la Orden de 11 de marzo de 1938 (B.O.E. del 19 de marzo, nmero 514), a partir de la que se organizaba una Oficina Tcnico-Administrativa para la depuracin del perso-nal e introduca la posibilidad, inexistente hasta entonces, de establecer recurso ad-ministrativo por la resolucin del expediente de depuracin. La segunda, la Orden de 18 de marzo de 1939 (B.O.E. del 23 de marzo, nmero 82) que recapitulaba la normativa anterior y concretaba los elementos bsicos de la depuracin. sta fue la orden que se aplic para el resto del proceso depurador en todas las provincias, in-cluso en las que ya se haba comenzado el proceso de depuracin. Esa misma orden design una Comisin Superior Dictaminadora, que vino a sustituir en gran parte a la Oficina Tcnico-Administrativa, y se que encarg de resolver los expedientes in-coados por las comisiones depuradoras. Fue la principal reforma legal que sufri el entramado legislativo referente a depuracin. Por ltimo, la Orden del 31 de marzo de 1939 (B.O.E del 4 de abril) por la que se supriman las atribuciones de la Oficina Tcnico-Administrativa y se crea la Junta Superior Dictaminadora.

    Durante los aos que se desarroll el proceso depurador, la publicacin de refe-rencias legislativas fue muy numerosa y continua, siendo muy laborioso adquirir una visin global de todos los aspectos regulados. A continuacin se ofrece una relacin de muchas de las disposiciones legales consultadas, relacionadas de forma directa o de forma indirecta con el proceso depurador, as como una breve explicacin del contenido de las mismas.

  • 37CAPTULO 1. ASPECTOS HISTRICOS Y LEGALES. LA COMISIN DEPURADORA

    RELACIN DE DISPOSICIONES LEGALES

    Ley de Instruccin Pblica de 9 de septiembre de 185. En su artculo 171 contempla la vacante autonmica en caso de abandono de plaza.

    Orden de 19 de agosto de 1936: acord que las escuelas nacionales de instruc-cin primaria reanuden las enseanzas el da primero del prximo septiembre (B.O.J.D.N.E., Burgos 21 de Agosto, nmero 9).

    Orden de 28 de agosto de 1936: acord que los Rectorados de los Distritos universi-tarios remitiesen a la Junta de Defensa las propuestas de los cargos de Directores de los Centros de enseanza secundaria y superior no universitaria (B.O.J.D.N.E. de 30 de Agosto).

    Orden de 4 de septiembre de 1936: dict las reglas a las que habra de sujetar-se la enseanza en los Institutos nacionales durante el prximo curso escolar (B.O.J.D.N.E. del 8, nmero 18).

    Decreto de 13 de septiembre de 1936 (B.O.J.D.N.E. del 16, nmero 108), que declar fuera de la Ley a los partidos o agrupaciones polticas que desde la convocato-ria de las elecciones celebradas el 16 de febrero de ese mismo ao integraron el llamado Frente Popular, sealndose las medidas y sanciones que se adoptaron tanto sobre aqullas como sobre los funcionarios pblicos y los de empresas subvencionadas por el Estado. El artculo 3 hizo referencia a la depuracin de funcionarios.

    Circular de 16 de septiembre de 1936 (B.O.J.D.N.E., Burgos 19 de septiembre de 1936, nmero 24), donde se establecan tres tipos de sanciones para la depura-cin de los maestros y se concretaban las sanciones.

    Decreto de 23 de septiembre de 1936 (Gaceta de Madrid de 24 de septiembre, nme-ro 268), que facultaba al Ministerio para trasladar libremente a los Maestros na-cionales, Inspectores, Profesores de Normal y Escuelas especiales, Catedrticos de Instituto y de Universidad y a todo el personal docente.

    Orden de 30 de octubre de 1936 (B.O.E. de 2 de noviembre, nmero 19): dictaba las reglas para la provisin interina de las Escuelas Nacionales.

    Decreto nmero 66, de 8 de noviembre de 1936 (B.O.E. de 11 de noviembre de 1936, nmero 27), que dispuso una revisin total del personal de Instruccin Pblica por medio de las Comisiones que se cre.

    Orden de 10 de noviembre de 1936 (B.O.E. del 11 de noviembre de 1936, nmero 27): dict reglas para la aplicacin del Decreto anterior sobre revisin del per-sonal de Instruccin Pblica. Cre cuatro comisiones de depuracin, entre ellas una para los miembros del Magisterio primario.

    Decreto Ley de 5 de diciembre de 1936 (B.O.E. del 9) que dict reglas para la sepa-racin definitiva del servicio de toda clase de empleados.

  • 38 LA REPRESIN DE MAESTROS EN LA PROVINCIA DE LEN DURANTE LA GUERRA CIVIL

    Circular de 7 de diciembre de 1936 (B.O.E. de 10 de diciembre de 1936, nmero 52), a los vocales de la Comisin Depuradora de Instruccin Pblica, por la que se establecieron las conductas que deban ser sancionadas, los cargos que podan ser imputados y las sanciones que podan ser impuestas por las comisiones de depuracin. Fue modificada por la Orden de 17 de febrero de 1937.

    Aviso de 4 de enero de 1937 a las Comisiones Depuradoras del Profesorado (B.O.E. de 7 de enero de 1937, nmero 79). Puso en conocimiento de las comisiones depuradoras su autorizacin a pedir directamente informes a los gobernadores civiles, rectores de la Universidad, presidentes de audiencia y alcaldes.

    Circular de 28 de enero de 1937 (B.O.E. de 3 de febrero de 1937 nmero 108), dict normas aclaratorias a las Comisiones depuradoras del personal docente y esta-bleci el funcionamiento interno de las comisiones.

    Orden de 3 de febrero de 1937 (B.O.E. de 5 de febrero, nmero 108), dispuso que las Comisiones Depuradoras del personal docente creadas por Decreto n-mero 66 extenderan su actuacin al personal perteneciente a las fundaciones benefico-docentes.

    Orden de 17 de febrero de 1937 (B.O.E. de 27 de febrero de 1937, nmero 130), dispuso que las Comisiones depuradoras del personal afecto a la enseanza po-dra proponer, adems de las sanciones que determinadas por el artculo 5. de la Orden de 10 de noviembre de 1936, la suspensin de empleo y sueldo por un perodo de un mes a dos aos y la jubilacin forzosa del interesado.

    Orden de 29 de abril de 1937 relativa a la depuracin del alumnado, regul el pro-ceso de depuracin de los alumnos normalistas. Esta orden estableci que los expedientes del alumnado de las normales slo podan resolverse de dos formas: confirmando en sus derechos y autorizando para continuar los estudios, o per-diendo los derechos adquiridos y prohibiendo continuar estudios. Slo en aque-llos casos en que ninguna de ambas resoluciones fuese totalmente satisfactoria se pudo resolver la apertura de un expediente de disciplina.

    Orden de la Comisin de Cultura y Enseanza de la Junta Tcnica del Estado de 9 de julio de 1937 (B.O.E. del 13), por la que se inst a las comisiones a enviar una relacin nominal de maestros suspensos de empleo y sueldo con carcter provisional.

    Orden de 21 de julio de 1937 (B.O.E. del 27, nmero 280) por la que se estableci el 31 de agosto como la fecha lmite para la depuracin de los profesores de or-ganizaciones benfico docentes.

    Orden de 30 de agosto de 1937 (B.O.E. de 31 de agosto de 1937, nmero 315), que regul los traslados de Maestros impuestos con sancin. Fue modificada por la Orden de 5 de marzo de 1938.

  • 39CAPTULO 1. ASPECTOS HISTRICOS Y LEGALES. LA COMISIN DEPURADORA

    Orden de 27 de octubre de 1937 (B.O.E. del 29), por la que se requiri a las comisio-nes que remitiesen los expedientes acompaando a las propuestas de resolucin los documentos justificativos.

    Orden de 27 de noviembre de 1937 (B.O.E. de 1 de diciembre de 1937, nmero 407), disponiendo que determinados acuerdos solo se publiquen en el "Boletn Oficial" de las provincias.

    Orden de 18 de enero de 1938 (B.O.E. de 21 de enero de 1938, nmero 457), fa-cultando a los Alcaldes para solicitar la continuacin en sus Escuelas de los Maestros que hubieren sido sancionados. Fue modificada por la Orden de 27 de febrero de 1938.

    Orden de 27 de febrero de 1938 (B.O.E. del 11 de marzo) por la que se modific la orden de 18 de enero de 1938.

    rdenes (Orden de 5 de marzo de 1938, en concreto) relativas a nombramien-tos, separaciones, subvenciones por desplazamiento, licencias por enferme-dad, excedencias, gratificaciones e imposicin de sanciones del personal de este Departamento que se citan en las disposiciones que se insertan (Gaceta de la Repblica del 16 de marzo de 1938, nmero 75).

    Orden de 11 de marzo de 1938 (BOE de 19 de marzo, nmero 514), organizando una Oficina Tcnico-Administrativa para la depuracin del personal con las fun-ciones que se indican, nombrando el personal que ha de servirla.

    Orden de 18 de marzo de 1938 (B.O.E. de 21 de marzo, nmero 516), para reponer en sus cargos a los Maestros suspendidos de empleo y sueldo que no hubiesen sido propuestos para separacin definitiva.

    Orden de 13 de abril de 1938 (B.O.E. del 16), por la que se hace extensivo lo dis-puesto en la de 18 de marzo.

    Orden de 21 de abril de 1938 (BOE del 23), por lo que se matiza lo dispuesto en la de 18 de marzo

    Orden de 14 mayo de 1938 (B.O.E. del 19), por la que se regula el proceso depurador de los maestros de colegios privados.

    Orden Ministerial de 13 de julio de 1938 (B.O.E. del 19), sobre las normas para so-licitar la depuracin los maestros procedente de zona roja.

    Orden de 20 de julio de 1938 (B.O.E. del 6 de agosto), por la que las comisiones slo pidieron proponer y no decidir la suspensin provisional de maestros.

    Orden de 20 de agosto de 1938, regulando la provisin de Escuelas Nacionales (B.O.E. de 26 de agosto de 1938, nmero 57). Sanz Rodrguez di normas al Jefe de Servicio Nacional de Primera Enseanza sobre el tratamiento a los maes-tros propietarios trasladados, por sancin, reiterando y ampliando la normativa anterior e indicando explcitamente que se la adjudicara una plaza vacante en una localidad distante cuando menos treinta kilmetros.

  • 40 LA REPRESIN DE MAESTROS EN LA PROVINCIA DE LEN DURANTE LA GUERRA CIVIL

    Orden de 18 de enero de 1939 (B.O.E. del 3), disponiendo que las comisiones de-puradoras eleven en el plazo de 20 das relacin nominal de los funcionarios sancionados a que se refiere la orden de 20 de julio, con informe y propuesta correspondiente.

    Orden de 4 de febrero de 1939 (B.O.E. del 7), por la que se estableci que una dele-gacin especial del Ministerio centralizase los trabajos previos a la depuracin mientras no estuviesen constituidas las comisiones depuradoras.

    Orden de 8 de febrero de 1939 (B.O.E. del 10), por la que se estableci la depuracin como requisito para formar parte del S.E.M., o de cualquier otra asociacin de magisterio.

    Ley de la Jefatura del Estado de Responsabilidades Polticas de 9 de febrero de 1939 (B.O.E. del 13). Fue promulgada un da antes de que se decretase el fin de la gue-rra en Catalua.

    Ley de 10 de febrero de 1939 de Jefatura de Estado (B.O.E. del 14). Los artculos del 1 al 14 desarrollan aspectos sobre la depuracin de los funcionarios pblicos.

    Ley de 2 de marzo de 1939 (B.O.E. del 3), por la que se dej en suspenso la inamo-vilidad de los maestros para justificar legalmente los traslados.

    Orden de 18 de marzo de 1939 (BOE de 23 de marzo, nmero 82) sobre la depura-cin de funcionarios y creacin de la Comisin Superior Dictaminadora de los expedientes de depuracin.

    Orden Ministerial de 31 de marzo de 1939 (B.O.E. del 4 de abril), por la que se suprimieron las atribuciones de la Oficina Tcnico-Administrativa y se cre la Junta Superior Dictaminadora.

    Orden de 23 de abril de 1939 (B.O.E. del 28) suprimiendo las delegaciones creadas por la Comisin de Cultura y Enseanza de la Junta Tcnica del Estado.

    Orden de 29 de abril de 1939 (B.O.E. del 30) determinando la cuanta de los haberes que haban de percibir los funcionarios civiles sometidos a depuracin durante el tiempo que sta se efectuase.

    Orden de 20 de abril de 1939 (B.O.E. del 29), sobre la aplicacin de la ley de respon-sabilidades polticas.

    Orden de 2 de junio de 1939 (B.O.E. del 4) aclarando la de 29 de abril ltimo sobre percibo de haberes por los funcionarios a depuracin.

    Orden de 26 de julio de 1939 (B.O.E. nmero 222), referente al Decreto de 8 de no-viembre de 1936 y Orden de la Presidencia de la Junta Tcnica del 10 del mismo mes y ao sobre muertos y desaparecidos a causa de la lucha contra el marxismo.

    Orden de 27 de septiembre de 1939 (B.O.E. del 30), por la que se modific la com-posicin de la Comisin Superior Dictaminadora.

    Orden de 2 de noviembre de 1939, regulando los traslados de Maestros a conse-cuencia de depuracin (BOE de 5 de noviembre de 1939, nmero 309).

  • 41CAPTULO 1. ASPECTOS HISTRICOS Y LEGALES. LA COMISIN DEPURADORA

    Orden de 2 de noviembre de 1939 (B.O.E. de 8 de noviembre, nmero 312), am-pliando en nmero de Vocales de las Comisiones Provinciales de Depuracin del Personal de Educacin Nacional.

    Orden de 19 de diciembre de 1939 (BOE del 25, nmero 359), ampliando las san-ciones determinadas en el artculo segundo de la Orden de 18 de marzo de 1939.

    Orden de 10 de enero de 1940 (B.O.E. del 13), por la que en las poblaciones de me-nos de cien mil habitantes los informes del prroco, del alcalde, de la Guardia Civil y de los padres de familia dejaron de ser imprescindibles, pasando a hacerse la propuesta pertinente atendiendo al informe de algn miembro de la comisin si lo conoca conoce personalmente.

    Orden de 20 de mayo de 1940 (BOE del 26, n 147), por la que se aclar la de 29 de abril de 1937 dando normas para la incoacin de expedientes de disciplina. Se defini la apertura de expedientes de disciplina a los alumnos normalistas obje-tos de depuracin.

    Orden de 8 de junio de 1940 (B.O.E. del 9), por la que se dispuso que los funcionarios que desempeasen destino en poblaciones liberadas, soliciten su depuracin.

    Orden de 12 de junio de 1940 (B.O.E. del 13, nmero 165), por la que se aclar la del 8 del mismo mes sobre depuracin de funcionarios que desempeaban des-tino en poblaciones liberadas con anterioridad a la aplicacin de la Ley de 10 de febrero de 1939.

    Orden de 18 de junio de 1940, por la que se dieron normas para la aplicacin del Ministerio de las Ordenes de 8 y 12 de junio de la Presidencia del Consejo (B.O.E. del 30).

    Orden de 25 de noviembre de 1940 (B.O.E. del 7 de diciembre, nmero 342), por la que se autoriz a la Comisin Asesora del Escalafn General para formular pro-puestas de ascenso por corrida de escala a Maestros sancionados.

    Orden de 7 de marzo de 1941 (B.O.E. del 14), por la que se estableca que los profe-sores que figuraran en sus respectivos escalafones en la situacin de excedentes y que an no haban cumplido lo preceptuado sobre depuracin, estaban obli-gados a someterse a lo ordenado por la Ley de 10 de febrero de 1939, dndose un plazo de 60 das.

    Orden Ministerial de 30 de enero de 1942 (B.O.E. del 10 de febrero) por la que se suprimi la Comisin Superior Dictaminadora y se crea un Juez Superior de Revisiones.

    Decreto de 15 de junio de 1942 (B.O.E. del 1 de julio), por el que se aprob el regla-mento Orgnico del Tribunal Nacional de Responsabilidades Polticas.

    Orden de 22 de mayo de 1944 (B.O.E. del 26, nmero 147), de la Direccin General de Enseanza Primaria, dictando normas sobre colocacin de Maestros sancionados.

  • 42 LA REPRESIN DE MAESTROS EN LA PROVINCIA DE LEN DURANTE LA GUERRA CIVIL

    Orden de 15 de diciembre de 1949 aclaratoria del Decreto de 8 de noviembre de 1936, sobre inscripciones provisionales de defuncin (se desconoce el B.O.E.), donde se daban normas en relacin con el procedimiento a seguir para solicitar la cancelacin en el expediente de depuracin sanciones impuestas por depura-cin. No se ha localizado an en el BOE.

    Orden de 24 de diciembre de 1952 (B.O.E. del 26, nmero 361), por la que se anu-laron todas las sanciones de carcter accesorio impuestas por la depuracin.

    Decreto 2824/1966, de 10 de noviembre (B.O.E. del 12, nmero 271), de indulto para extincin definitiva de responsabilidades polticas.

    Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histrico Espaol.Ley 46/1977 de 15 de octubre, de Amnista (B.O.E. del 17)