la representacion procesal en el derecho romano
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Representacion procesal en el derecho romanoTRANSCRIPT
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REVISTADELCONSEJOGENERALDEPROCURADORES.NMERO59DICIEMBRE2005.
LAREPRESENTACINPROCESALENELDERECHOROMANOOrigenyevolucinhistricadelafiguradelProcurador
PorAnaIsabelVirtudesGonzlez
Elantiguoprocuratorromanodistabastantedesuhomlogoactual,ysinembargovinoaconstituirlaraz
delprocuradorde los tribunalesmodernoposibilitando la intervencinenelprocesodeunatercera
persona distinta del demandante o demandado con las ventajas que ello pudiese conllevar para
ambos.
Elorigendelprocuratorpareceencontrarseenesclavosmanumitidos,queapesardesulibertad,seencar
gaban de la administracin de los bienes de sus antiguos dueos. Era en la vida cotidiana romana,
especialmente en actividades comerciales o de banca, donde los esclavos resultaban de especial
importancia, actuando como representantes o agentes de sus propietarios, con gran flexibilidad e
independencia.
Porleyyportradicin,elsenadoromanonopodadedicarsealosnegocios,yaquelaprincipalfuncin
de susmiembros era dirigir los asuntos de la comunidad civil en el mbito poltico, legislativo y
gubernamental.No obstante, apesarde sudevocin altruista al artede gobernar, la lite romana
tambin mantena e incrementaba su fortuna personal. As, muchos senadores se dedicaban a
actividadesrelacionadasconelcomercioolabanca,aunquelohacandeunmododiscretoatravsde
intermediariosoagentesqueensumayorparteeranesclavosoantiguosesclavos.
Enestesentido,elDigesto14.3.9sancionalaresponsabilidadcontractualdeaquellosquedesignabanrepre
sentantesqueactuabanensunombre.Esteagente, libreoesclavo,hombreomujer,se llamaba institory
estabaautorizadoacompraryvendersinespecificacindelugarconcreto.
Ahorabien,fuedurantelavigenciadelprocedimientodeLegisActionescuandoseaprecianciertoscasos
derepresentacinprocesalquesecontienenreseadosbrevementeen las Institucionesde Justiniano,
alcanzandoenelprocedimientoPerFormulasoFormulariounmayorprotagonismo.
ElProcedimientodelasEegisActionesconstituyeelprocedimientomsantiguodetodoslosutilizadosen
el derecho romano, (s. V a I a.C.) y se encuadra dentro de los procedimientos del ordo iudiciorum
privatorum llamadosasporladivisindelprocedimientoendosfases:unaanteelmagistrado(fasein
iure) y otra ante el juez (fase apud iudicem).Caracterizadoporun excesivo formalismo en todos sus
trmites,sloseaplicabaalosciudadanosromanosdentrodelmarcodelantiguoiuscivile.
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Duranteeltiempodevigenciadeesteprocedimientoydebidoalcarctereminentementepersonalista
de su aplicacin, la figura del representante procesal es escasa o casi nula, permitindose slo en
determinados casos en los que la imposibilidad fsica o geogrfica impeda la asistencia al juicio a
cualquieradelaspartes.
Elexcesivoformalismo,ascomosuformidablerigidez,hicierondelasLegisActionesunprocedimientocada
vezms difcil en su aplicacin, que en ocasiones daba lugar a la propia nulidad de la accin si estas
formalidadesnoerancumplidasensutotalidad,pudindoseinclusollegaralaprdidadellitigioporempleo
de una palabra que no fuese la que estrictamente estaba prevista para la accin correspondiente. Esta
circunstanciaprovoclaprogresivacadaendesusodeesteprocedimiento,dejandodeaplicarsesalvocasos
excepcionales.
MediantelaLeyAebutia,aprobadaentornoal130a.d.C,sepermitialaspartesenlitigioelegirentre
elantiguoprocedimientodelaLegisActionesyelprocedimientoPerFormulasoFormulario,siendolaLex
Julia iudiciorum Privatorum (poca de Augusto, probablemente en el 17 a. C.) la que suprimi la
posibilidad de eleccin imponiendo la utilizacin obligatoria del proceso per formulas, estando
vigentedurantetodalapocaclsica
Esteprocedimientoformulariopertenecaalyamencionadoordoiudiciorumprivatorum,divididoen
dosfases:lafaseiniureanteelmagistradoylafaseapudiudicemanteeljuez.Sunombreprovenade
undocumento llamado frmulaqueseredactabaalfinaldelafaseiniureconlainclusindelas
partesydelmagistradointerviniente,yenelcualquedabanconcretadaslaspretensionesdelactory
deldemandado,sirviendodebaseparaeljuezencargadodedictarsentenciaunavezfinalizadalafase
apud iudicem. Esto constitua una gran diferencia con respecto al proceso de Legis Actiones,
ntegramenteoralyenelcual seconfiabaa lamemoriade los testigos todoaquelloque laspartes
hubiesen declarado ante el magistrado y que posteriormente confirmaran ante el juez para la
decisindesteenlasentencia.
Es importante resear que el Derecho romano, salvo excepciones, no conoci la representacin
procesaldirecta,valindosesiempredelaindirectapara laregulacindeaquellossupuestosenlos
quepordiversas razones el representado no poda, o no quera,personarse en el proceso.Esta
representacinprocesal indirectaconllevabaqueelrepresentanteactuabaenelprocesoennombre
propioperoporcuentaajena,porloquelosefectosderivadosdelaeventualsentenciadictadaenel
litigioproducanunefectoinmediatoenelrepresentanteysloenunmomentoposteriorenel
representado, afectndole no nicamente en el mbito procesal, sino tambin en las eventuales
consecuenciascivilesdelproceso.
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Este modo indirecto de representar involucrndose directamente en el litigio lleva consigo la
prestacindecaucionesygarantas,quegaranticenlaresponsabilidaddelrepresentado.
Dosfigurasconstituyenlarepresentacinprocesalromanaporexcelencia,pudiendoafirmarseque
posiblementefueselarepresentacinjudiciallaantecesoradelarepresentacinvoluntaria:
Elcognitor,yamencionadoen lasXIITablasyporGayoensusInstituciones (Comentario IV).
Requiereunnombramientoformalysolemne,exigiendoqueademssteseefecteenpresencia
de la otra parte litigante. La accin entablada por l se consume plena y definitivamente, no
pudiendo serutilizadapor el representado enun eventualprocesoposterior.Puede sernom
bradoporeldemandanteoporeldemandado.Sirepresentaalactor,eselcognitorelquedisponede
laactio iudicati (accindeejecucinde la sentenciaenelprocedimiento formulario.Se concede
por el pretor contra el condenado en la sentencia y contra el confessus.Deba solicitarse en el
trminode30dascontadosapartirdelasentencia.
Si el demandado se opone a la actio iudicati se tramita un nuevo proceso cuya prdida le
supondraunacondenaaldoble).
Siporelcontrariorepresentaaldemandado,surepresentadodebeprestarlacantoiudicatumsolv
envirtudde lacualmediante fiadoreselrepresentadosecomprometaacumplir lasentencia
dictada en elprocesoenelcualhaba intervenido representadoporelcognitorparagarantizar las
resultasdelasentenciacondenatoria
Elprocuratoresunrepresentantemsevolucionado,posiblementesurgidodurantelavigencia
delprocedimiento formulario.No requierepara sunombramientopalabras solemnes,ascomo
tampoco lapresencianiconocimientodeladversario. Inclusopuededarseelcasodequeactede
maneraespontneasinconocimientodelrepresentado.
Adiferenciadelanteriorlaaccinejercitadanoseconsumeporelejerciciodelamismaporelprocu
rator,porloquestepodravolverautilizarlaenunnuevolitigio.Aligualqueelcognitorpuede
nombrarsecomorepresentantedeldemandanteodeldemandado.Sirepresentaaldemandante,
debe prestaruna caucin llamada canto de ratomediante la cual quedaba comprometido,ya
travs de l su representado, a aceptar el resultado de la sentencia dictada en el proceso,
comprometindoseanoestablecerenelfuturounnuevolitigioeventualmentemsbeneficioso
paral.Si,porelcontrario,representaaldemandado,elprocuratordebeprestar lacanto Iudicatum
solv yamencionadapor la que se comprometemediante fiadores a la satisfaccinde la sentencia
dictada.
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Apartirdels.IId.C.lafiguradelprocuradorsevapaulatinamentefundiendoconladelcognitor.El
proceso civil va a experimentar durante esta poca un cambio por la introduccin del
procedimientode laCognitioExtraordinem,prevaleciendoel trminodeprocuradorparadesignaral
representanteprocesalvoluntario.Esteprocedimientoromanocoexistedurantelapocaclsicacon
elprocedimientoformularioyqueseimplantadefinitivamenteporAugusto.Seaplicasobretodoen
las provincias y se fundamenta en la idea de que todo el proceso ha de presidirse por un
representanteofuncionariodelEstado.Yaenels.IIIseaplicadeformausual.Secaracterizaporla
desaparicindelasdosfasesanteriores(iniureyapudiudicem)reconducidasaunasola,presidida
porelmagistrado.Elprocesopierdesucarcterarbitral,pudiendoser lasentenciaapeladaanteel
superiorjerrquico.
Ladesignacinpuedeefectuarsedeformaverbalpersonndoseelprocurador,procuratorpraesentis,y
el representado ante el magistrado al inicio del procedimiento, que durante la vigencia del
procedimientodeCognitioExtraordinempuederealizarsesinlanecesariapresenciadelacontraparte.
Ladesignacinapudactafactus,entendidacomonombramientosinlapresenciadelrepresentanteen
unacto jurdicooficialanteelmagistrado,escomnmenteadmitidacomoformadedesignacin
delprocurador,admitindosetambinstamedianteundocumentoprivadoenelqueconstasela
representacinconferidayelcompromisoderatificacindeloactuadoporelprocuradorporparte
desurepresentado.
Encuantoalaaccinejercitadaporelprocurador,aligualqueenperiodosanterioresseconsidera
consumidaylaactioiudicatisedatantoafavorcomoencontradelrepresentado,suprimindose la
obligacin delprocuradordeprestar lasgarantasa lasqueantesestabaobligado,ya fuese como
representantedeldemandantecomodeldemandado.
Duranteestenuevoprocedimientolaintervencindelprocuradorcomodemandantenoseadmi
tirdenoiracompaadadesupoderderepresentacin.Eldemandadoporsupartepuedeincluir
en la formula la llamada exceptioprocuratoriaparaobligaraque se compruebequeelpoderde
representacinexiste,ypudiendoexigirsuabsolucinporinexistenciadedichorequisito.
Mencinapartesuscita,amijuicio,eltratamientoquedelafiguradelprocuradorhaceelDigesto
de Justiniano en su Libro 3, Titulo III, 178 titulado genricamente Sobre los procuradores y
defensores,porrecogerdeformaampliayexhaustivasurgimen jurdico.Contribuyeademsde
formaimportanteaofrecernosunaideadelaespecialimportanciaqueestafigurajurdicallega
poseerdentrodelDerechoromanoJustinianodadaladedicacin,verdaderamenteextensa,quele
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dispensaestafuente.
Nopodemos finalizar esta breve referenciaa la representacinprocesal enRoma sinuna siquiera
somerareferenciaa larepresentacinprocesaldentrodelmbitopenal.Podemossealarquela
representacin procesal no se permita en el proceso criminal ni en la figura del acusador ni
tampocoenladelacusado,extendindoseestaprohibicinaambasinstancias.
Laresponsabilidadpersonaldelacusadoeralaesenciadelprocedimientopenal,porloquesehaca
imposible cualquier tipo de representante del mismo en las consecuencias derivadas del propio
proceso.
Conrespectoalactor,tambinaqularepresentacinerainadmisible,noobstantepodemoshablar
dealgunasexcepcionesconrespectoalaintervencindeambaspartes:
Laaccindelmanumitentecontraelmanumitidopor ingratitud.Sepodaejercitartantoactiva
como pasivamente mediante representante. No se exiga por tanto que el manumitente
personalmenteexpusieraanteeltribunalculeshabansidolaingratitudesdesulibertoparaconl.
Delmismomodoallibertoselehabradepermitirlasmismascondiciones.
>Accionespenalesdirigidascomonicoobjetoaobtenerunareclamacinpecuniaria.Tambinen
estossupuestossepermitaaccionarmedianterepresentacin,demodoespecialparalaapelacin
yparaaquellaspersonasderangosuperior.
>Accionesporinjurias.Enunprincipioestuvieronsometidasalareglageneral,siendoatravsde
unaconstitucindeZenncuandosepermitiqueaquellaspersonasdeclaseprimera,derango
superior,actorasodemandadas,quehubieranintervenidoeneliniciodelprocesopersonalmente,
pudieranvalersederepresentanteprocesalparalasustanciacinposteriordelmismo.Enpocade
Justinianoyaseprescribideformaobligatorioelusoderepresentanteparaestasclaseselevadas,
extendiendosuusoposteriormenteapersonasdeotrosrangos.
Esterecorridohistricoporlarepresentacinprocesalen laantiguaRoma,y la importanciaquesu
derechootorgalprocurator,resultamuyadecuadoparacomprobar,conlostiemposquecorren
paraestaprofesinnuestra,queelmodernoprocuradordelostribunales,tantodesdeelpunto
de vista formal en su designacin, como desde su fundamentacin, debe mucho a su viejo
antecesor romano, siendo sin lugar a dudas una figura indispensable dentro del proceso ya que
contribuye de manera muy importante a facilitar la intervencin en el proceso del tercero
representado,enlasfacultadesprocesalesporsteconferidas.
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48/PROCURADORESDiciembre2005