la reivindicación marítima en la constitución de bolivia - 2012

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  1  Apuntes  sobre la Reivindicación Marítima en la Constitución de Bolivia “Durante los álgidos días en que Chile y Argentina se disputaban la soberanía del Canal Beagle, un diario chileno publicó un artículo titulado ‘Julio Verne, Testigo de Chile’, donde se citaba un párrafo de la novela ‘Los Náufragos del Jonathan’, en el cual este escritor declaraba que las islas en disputa  pertenecían a Chile. Para destacar lo importante que era para Chile la opinión de  Julio Verne, el artículo en este diario chileno expresaba lo siguiente: La imaginería de Julio Verne no fue nunca solamente literaria. Su especial oniromancia marchó siempre del brazo por sus libros con una rigurosa exactitud histórica y geográfica. Julio Verne sabía historia y sabía geografía (…). La honestidad intelectual de Julio Verne surge como un vigoroso antecedente a  favor de la causa de Chile en el Canal Beagle. Nadie podría jamás acusar al escritor francés de ignorar la geografía o inventarla. Todo lo que él dijo en este ámbito fue siempre exacto y verdadero. Pues bien, si Julio Verne fue tan valioso testigo para Chile en el pleito con Argentina por su ‘honestidad intelectual’ y su ‘rigurosa exactitud histórica y geográfica’, seguramente esas virtudes seguirán vigentes cuando el gran escritor francés se pronuncia también sobre el pleito entre Chile y Bolivia. En efecto, en su obra ‘Un Capitán de Quince Años’, capítulo 15 de la segunda parte, se relata que el barco en el cual viajaba un grupo de aventureros encalló en el paralelo 25 (¡justo en el punto donde Don Alonso de Ovalle declaró que comenzaba Chile!). Los viajeros no sabían con exactitud dónde se encontraban. ¿Estaban acaso en las costas del Perú? Un desconocido que llega en ese momento, les aclara: ‘No, amiguito, no; un poco más al sur. Han encallado ustedes en la costa boliviana. Es más, están ustedes en esa parte meridional de Bolivia, que confina con Chile’. No es necesario seguir acumulando evidencias -de toda índole- para llegar a la única gran conclusión: Chile le debe un puerto a Bolivia” 1 . 1  MARTÍNEZ, Cástulo. El Mar de Bolivia. Reflexiones de un Ciudadano Chileno.  Tercera Edición revisada y aumentada. La Paz (Bolivia): Librería Editorial Juventud, 2003. Págs. 144- 145.

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Habiendo transcurrido 133 años desde la usurpación chilena del Puerto de Antofagasta, mediante una premeditada invasión armada y violenta (guerra de conquista) al territorio boliviano del Litoral, considero pertinente trazar algunas ideas y apuntes respecto a los antecedentes, la naturaleza y los alcances de la Reivindicación Marítima consagrada ahora por la Constitución Boliviana aprobada el año 2009, con el fin de precisar las bases históricas, diplomáticas y documentales, que sustentan la eficacia y utilidad de los preceptos constitucionales referidos a esta temática, susceptibles de ser invocados ante cualquier instancia de carácter internacional. A este efecto, se ha visto pertinente repasar previamente algunas ideas en torno a la Ley Fundamental y la Reivindicación Marítima prevista ahora por la Constitución Boliviana aprobada el año 2009.

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 Apuntes  sobre la Reivindicación Marítima en la Constitución de Bolivia 

“Durante los álgidos días en que Chile y Argentina se disputaban lasoberanía del Canal Beagle, un diario chileno publicó un artículo titulado ‘JulioVerne, Testigo de Chile’, donde se citaba un párrafo de la novela ‘Los Náufragosdel Jonathan’, en el cual este escritor declaraba que las islas en disputa

 pertenecían a Chile. Para destacar lo importante que era para Chile la opinión de

 Julio Verne, el artículo en este diario chileno expresaba lo siguiente: Laimaginería de Julio Verne no fue nunca solamente literaria. Su especialoniromancia marchó siempre del brazo por sus libros con una rigurosa exactitudhistórica y geográfica. Julio Verne sabía historia y sabía geografía (…). Lahonestidad intelectual de Julio Verne surge como un vigoroso antecedente a

 favor de la causa de Chile en el Canal Beagle. Nadie podría jamás acusar alescritor francés de ignorar la geografía o inventarla. Todo lo que él dijo en esteámbito fue siempre exacto y verdadero. Pues bien, si Julio Verne fue tan valiosotestigo para Chile en el pleito con Argentina por su ‘honestidad intelectual’ y su‘rigurosa exactitud histórica y geográfica’, seguramente esas virtudes seguirán

vigentes cuando el gran escritor francés se pronuncia también sobre el pleitoentre Chile y Bolivia. En efecto, en su obra ‘Un Capitán de Quince Años’,capítulo 15 de la segunda parte, se relata que el barco en el cual viajaba un grupode aventureros encalló en el paralelo 25 (¡justo en el punto donde Don Alonso deOvalle declaró que comenzaba Chile!). Los viajeros no sabían con exactituddónde se encontraban. ¿Estaban acaso en las costas del Perú? Un desconocidoque llega en ese momento, les aclara: ‘No, amiguito, no; un poco más al sur. Hanencallado ustedes en la costa boliviana. Es más, están ustedes en esa partemeridional de Bolivia, que confina con Chile’. No es necesario seguir acumulando evidencias -de toda índole- para llegar a la única gran conclusión:

Chile le debe un puerto a Bolivia”1

.

1 MARTÍNEZ, Cástulo. El Mar de Bolivia. Reflexiones de un Ciudadano Chileno. TerceraEdición revisada y aumentada. La Paz (Bolivia): Librería Editorial Juventud, 2003. Págs. 144-145.

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 Habiendo transcurrido 133 años desde la usurpación chilena del Puerto de

 An tofagasta, m ediante una prem editada invasión arm ada y violenta (guerra

de conquista) al territorio boliviano del Litoral, considero pertinente trazar 

algunas ideas y apuntes respecto a los antecedentes, la naturaleza y los

alcances de la Reivindicación Marítima consagrada ahora por la Constitución

 Boliv iana aprobada el año 20 09, con el fin de precisar las bases históricas,

diplomáticas y documentales, que sustentan la eficacia y utilidad de los

 precep tos const itucion ales referidos a esta tem ática, su sceptibles de ser 

invocados ante cualquier instancia de carácter internacional. A este efecto, se

ha visto pertinente repasar previamente algunas ideas en torno a la Ley

Fundamental y la naturaleza jurídica de la Reivindicación Marítima prevista

ahora por la Constitución Boliviana aprobada el año 200 9.

1. Noc ion es Gene r a le s sob r e l a Cons t i tuc ión Bo liviana

Debemos comenzar señalando que la Constitución desde una  perspectiva

 jurídica , es la Ley Fundamental de todo el ordenamiento jurídico del Estado,

cuyas normas regulan el sistema constitucional, es decir, la forma en que se

organiza y estructura el Estado, proclamando a su vez los valores supremos y 

principios fundamentales sobre los que se asienta el mismo Estado,consagrando los derechos fundamentales y las garantías constitucionales para

hacerlos efectivos en favor de las personas, definiendo y delimitando la

estructura social, económica-financiera, jurídica y política, así como su régimen

de gobierno y los órganos a través de los cuales será ejercido el poder político,

determinando su organización y el ámbito específico de competencias de cada

una de sus instituciones.

Por otro lado, y desde una  perspectiva política , la Constitución se define comoun pacto social y político adoptado por el pueblo, y que fija las normas y reglas

 básicas de convivencia pacífica para el desarrollo y la construcción democrática

de la sociedad; es decir que se trata de un ordenamiento en el cual los derechos

 y libertades de los ciudadanos en relación con las autoridades gubernamentales,

se hallan protegidos a través de la garantía de división del ejercicio del poder

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político, en una coordinación separada de órganos y funciones estatales2. En

este sentido, el significado político de la Constitución puede verse expresado

claramente en el artículo 16 de la  Decla ración de Der echos del Hom bre y del

Ciudadano, cuando señala que: “Toda sociedad en la que la garantía de los

derechos no esté asegurada y la división de poderes determinada, no tiene

Constitución”.

 Ahora bien, de acuerdo a su naturaleza, y considerando la enorme importancia

que tiene esta norma fundamental para la vida y el desarrollo del Estado como

tal, la misma debe poseer de manera imprescindible un sello de legitimidad, lo

que supone la existencia de dos condiciones básicas:

a ) el pacto social y político expresado en ella, debe ser adoptado con la

 participación dem ocrática de toda la ciudadanía , de manera que sea la fiel

expresión de la suma de todos los factores reales de poder, es decir, todos los

sectores y actores sociales y políticos; y,

b ) el sistema constitucional en ella configurado, debe ser la expresión de la

realidad social, económica, política y cultural de la sociedad , lo que significa

que la Constitución formal o escrita debe ser expresión de la Constituciónmaterial, que es la sociedad misma.

Cabe tener presente, que el incumplimiento de alguna de esas mínimas

condiciones, dará lugar a que la Constitución pierda legitimidad y validez, cuya

consecuencia directa será que la misma no se acate ni cumpla o, en su caso, se

produzca una ruptura violenta del sistema constitucional3 como en el caso de

Bolivia, en las jornadas de Octubre de 2003.Finalmente, la Constitución también debe estar dotada de una garantía de

estabilidad y duración en el tiempo, lo que significa que no debe estar sometida

a los vaivenes políticos, y por lo tanto, no debe ser afectada por los cambios o

2 Cfr. RIVERA SANTIVAÑEZ, José Antonio. Hacia una Nueva Constitución. Luces y Sombras del Proyecto modificado por el Parlamento. (Cochabamba - Bolivia: FUNDACIÓN KONRADADENAUER, FUNDAPPAC y Oficina Jurídica para la Mujer, 2008). Págs. 7-8.3 Cfr. RIVERA SANTIVAÑEZ, José Antonio. Análisis de la Nueva Constitución Política del 

Estado. En: SERNA  DE  LA  GARZA, José María (Coord.). Procesos constituyentes contemporáneos en América Latina. Tendencias y Perspectivas . México D.F.: Instituto deInvestigaciones Jurídicas de la UNAM, 2009. Págs. 91-92.

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modificaciones frecuentes con cada cambio de gobierno; sin embargo, ello no

significa que sus normas sean pétreas e inmodificables, pues la estabilidad no

conlleva la prohibición de la reforma constitucional, sino que debe entenderse,

que no reformar oportunamente la Constitución podría generar una ruptura y 

desvinculación creciente entre el proceso político y social con el texto

constitucional, lo que tampoco resulta aconsejable en un régimen democrático.

Se debe tener presente, que la garantía de la estabilidad de la Constitución

depende principalmente de tres elementos:

i ) e l a l t o g rad o de leg i t i m i dad , pues en la medida en que sea fruto de la

decisión y la voluntad de todos los sectores y actores sociales no será impugnada

con frecuencia, en cambio, cuando se excluyan a importantes sectores sociales,

del proceso de su formación y aprobación, los sectores excluidos la impugnarán

 y al tomar el gobierno la sustituirán por otra;

i i ) e l con t en i do de l a Cons t i t uc i ón , pues al ser la Ley Fundamental del

Estado, debe contener simplemente normas generales de carácter axiológico,

dogmático y orgánico; ello significa que la Constitución no debe contenernormas casuísticas y reglamentarias, pues el hecho de incorporar a su texto

temas cuya regulación corresponde a la legislación ordinaria, pone en riesgo la

estabilidad constitucional, ya que ante cualquier cambio de las condiciones

reguladas se hace necesaria la reforma de la Constitución; y,

i ii ) u n a d e c u a d o m e ca n i sm o d e r e fo r m a d e la Co n s t i t u c ió n , pues la

reforma constitucional debe concebirse como un mecanismo de balancepermanente entre las necesidades de estabilidad constitucional y los

requerimientos que conllevan los procesos de cambio social, político y 

económico. En definitiva, tan nefasta es una hiperreformabilidad continua,

como una inmovilidad irrazonable. Entre ambos extremos, la reforma

constitucional puede desempeñar con éxito sus funciones4.

4 RIVERA SANTIVAÑEZ, José Antonio. HACIA UNA NUEVA CONSTITUCIÓN. Luces y Sombras del Proyecto modificado por el Parlamento. Pág. 6.

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2 . La t ipo log ía de l a s no r m as con ten ida s en l a Con s t i tuc ión

Según el criterio del profesor argentino Néstor Pedro Sagües5, no todas las

reglas constitucionales tienen idéntico vigor formal, pudiendo distinguirse: a )  

las cláusulas declarativas; b ) las cláusulas programáticas (de cumplimiento

discrecional, o de cumplimiento obligatorio para el legislador); y c) las cláusulas

operativas (permisivas, preceptivas y prohibitivas), de acuerdo a lo siguiente:

a ) C láu su la s d ec la r a t iva s , son las que efectúan declaraciones casi siempre

genéricas y que, contrariamente a lo que algunos autores sostienen, no se

agotan con el simple acto de la declaración, pues tales cláusulas tienen como fin,

cuando menos, de invalidar una norma inferior que las contradiga, además que

significan pautas para el comportamiento jurídico del legislador, ya que éste

debe someterse al techo ideológico constitucional, marcado a menudo por esas

normas constitucionales declarativas. Del mismo modo, son útiles para

interpretar el resto de las normas constitucionales y la normativa

infraconstitucional. Un ejemplo de este tipo de cláusulas, puede considerarse el

artículo 267 constitucional, que en su parágrafo I establece que: “El Estado

boliviano declara su derecho irrenun ciable e im prescript ible sobre el terr itorio

que le dé acceso al océano Pacífico y su espacio m arít im o”. 

b ) C l á u s u l a s p r o g r a m á t i c a s , son aquellas no operativas, o no

autoaplicativas, y también se las llama de efecto diferido. En concreto, para

funcionar, requieren el dictado de otra norma, de inferior jerarquía u ordinaria,

que la reglamente o instrumente. Por eso las normas programáticas han sido

 juzgadas como "bajo condición suspensiva", y la condición es el dictado de esa

norma infraconstitucional, que entonces monitoriza a las reglas constitucionalesprogramáticas convirtiéndolas en operativas. Es el caso del artículo 268

constitucional cuando señala que: “El desarrollo de los intereses marítimos,

 fluviales y lacustres, y de la m arina m ercante será prior idad del Estado, y su

administración y protección será ejercida por la Armada Boliviana, de

acuerdo con la ley”.

5 SAGÜÉS, Néstor Pedro. Teoría de la Constitución . Buenos Aires – Argentina: EditorialASTREA, 2001. Pág. 261.

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En efecto, las normas que pueden catalogarse como encargos al legislador, son

normas constitucionales de eficacia limitada que, dada la previsión explícita o

implícita en ella contenida, resulta de obligatorio y concreto desarrollo para que

cobre eficacia plena. Por ejemplo, el art. 136 de la CPE abrogada, luego de

señalar cuáles son los bienes de dominio originario del Estado, disponía que

será la ley –instrumento normativo emitido por el Legislativo- que establezca

las condiciones de dicho dominio; y actualmente, el artículo 349 es mucho más

explícito al señalar que “Los recursos naturales son de propiedad y dom inio

directo, indivisible e imprescriptible del pueblo boliviano, y corresponderá al

Estado su administración en función del interés colectivo”, ello precisamente

mediante Ley. En otro ámbito, y en lo referente a la protección de la Hoja de

Coca, la Constitución (artículo 384) prevé que: “El Estado protege a la coca

originaria y ancestral com o patrim onio cultural, recurso na tural renovable de

la biodiversidad de Bolivia, y como factor de cohesión social; en su estado

natur al no es estupefaciente. La reva lorización, producción, com ercialización e

industrialización se regirá m ediante la ley”.

Para dar otro ejemplo más, se encuentra otro encargo al legislador en el artículo

27 referente a los Derechos Políticos de los bolivianos en el exterior, y de los

extranjeros, cuando la misma Constitución Política del Estado dispone que: “I . Las boliv ianas y los boliv ianos residen tes en el exterior tien en derecho a

 participar en las elecciones a la Presidencia y Vicepresidencia del Estado, y en

las demás señaladas por la ley. El derecho se ejercerá a través del registro y

empadronam iento realizado por el Órgan o Electoral. I I . Las extranjeras y los

extranjeros residentes en Bolivia tienen derecho a sufragar en las elecciones

municipales, conforme a la ley, aplicando principios de reciprocidad 

internacional”.

c ) Cláusu la s Ope r a t iva s , frente a las normas programáticas, las operativas

son autoaplicativas: se efectivizan sin necesidad de una norma complementaria

o inferior que las regule o implemente para entrar en funcionamiento.

 Asimismo, debe considerarse que las normas operativas son de distinta índole,

según el tipo de conducta a que hagan referencia, y así se distinguen:

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a. Normas permisivas, facultan a los particulares o a la autoridad pública, a

realizar, o no, determinadas conductas. Las reglas enunciativas de los derechos

personales, son, por lo común, normas constitucionales permisivas, en tanto los

particulares pueden ejercer o no el derecho en cuestión, por ejemplo, el derecho

a ser o no propietario; a practicar o no un culto religioso.

b. Normas preceptivas, que imponen a los particulares o agentes públicos,

determinados comportamientos. Son deberes de acción. Por ejemplo, en el art.

23, parágrafo IV, de la CPE, en cuanto a la aprehensión de un delincuente in

fraganti por parte de cualquier persona, aún sin mandamiento, dispone el deber

de conducir al aprehendido inmediatamente ante la autoridad judicial

competente. Las normas preceptivas no requieren de desarrollo alguno, son

mandatos de acción de los que no puede sustraerse nadie al ser imperativos, y 

de hacerlo, deberá estar a las consecuencias de su inobservancia al mandato

constitucional. Dicho de otra manera, las normas preceptivas no precisan de

desarrollo legislativo, pues se aplican por si solas, así por ejemplo el artículo 12

de la CPE, que establece que el Estado se organiza y estructura su poder 

 público a través de los órganos Legislativo, Ejecutivo, Judicia l y Electoral, y 

que la organización del Estado está fundamentada en la independencia,

separación, coordinación y cooperación de dichos órganos, no requiere de unaley para generar o crear los órganos del Estado, sino sólo para desarrollar, en

caso necesario, el alcance de sus atribuciones; de igual modo, las normas de la

Constitución no precisan de una norma legislativa expresa que reconozca las

atribuciones del Órgano Legislativo, dado que éste no sólo puede ejercerlas en

forma directa, sino que está obligado a hacerlo, pues es su función, así como los

demás órganos deben respetar tal ejercicio, al haber sido instituidos para ese

fin, precisamente por el Poder Constituyente.c. Norm as prohibitivas , que impiden realizar determinados actos a la autoridad

pública o a los particulares, es decir que enuncian deberes de omisión. Así se

tiene, entre otras de este tipo, la prohibición de toda especie de torturas, tratos

crueles, inhumanos, degradantes o humillantes (motivo por el cual además, no

existe la pena de muerte), así como el derecho de todas las personas a no sufrir

 violencia física, sexual o psicológica, tanto en la familia como en la sociedad, de

acuerdo a lo determinado por el artículo 15 de la CPE.

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3 . An teceden te s so b r e e l Des ie r to d e Atacam a y e l Re ino d e Ch i le

Debemos señalar, que de acuerdo a los fundamentos expuestos en el  Alegato

 Histór ico sobre los Der echos de Boliv ia al Pacífico6 (que abarca tres grandes

 períodos: el Im perio In caico antes de 1530 , la Audien cia de Charcas de 1530

hasta 1825, y la República de 1825 hasta 1842), respecto a los antecedentes

precolombinos del Desierto de Atacama, se ha puesto en evidencia que

geográficamente el mencionado Desierto, se extendía de 80 a 100 leguas de

costa, desde el río Loa hasta Copiapó, abrazando la tierra de mar a cordillera, y 

que los dueños del Desierto, en la prehistoria, fueron los Linka-Antai o

atacameños, de tipo racial andino y que señorearon, principalmente, el

territorio en que florecieron las grandes civilizaciones de los chullpas, los

aymaras y los quechuas; sin embargo, en la época del Inca Tupac Yupanqui

(siglo XV) los atacameños ya habían desaparecido como unidad étnica.

Por otro lado, también se ha puesto en evidencia que antes de verificarse la

conquista incásica del Reino de Chile, el Desierto de Atacama era “res nullius”,

es decir que no pertenecía ni al Imperio del Cuzco, ni al país de los Araucos;

empero, posteriormente, y producida la conquista de Chile por los Incas, el

Desierto de Atacama, perdiendo su carácter de tierra sin dueño, pasó a formar

parte indisoluble del Tahuantinsuyo, entendiéndose por “Chile”, según loscronistas de Indias, a partir de Copiapó, habitado por una tribu de escaso o

ningún desarrollo cultural, de origen diaguita, del norte argentino. Asimismo, se

ha dado a conocer que la expresión “Chilli” era relativa solo al valle que riega el

río Aconcagua, siendo extendida por los conquistadores peruanos hasta el

primer pueblo que encontraron en su marcha hacia el sur, el de Copiapó,

situado a la altura del Paralelo 27.

Finalmente, y desde que los Incas descubrieron y ocuparon el Desierto, quetomó su nombre del pueblecito de Atacama en el confín del Imperio, por

 Atacama se entendió en lo sucesivo, todo el inmenso despoblado, a lo largo y 

ancho de los dos caminos imperiales, el de la Costa, y el de la Sierra; he ahí la

tradición y la situación jurídica del Desierto de Atacama que encontraron los

españoles cuando arribaron al Perú y Chile.

6 Cfr. GUTIERREZ, Mario R. Alegato Histórico de los Derechos de Bolivia al Pacífico . SegundaEdición. La Paz (Bolivia): Artes Gráficas Don Bosco, 1979.

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Como se puede ver –y de acuerdo a las conclusiones a las que arribó Mario

Gutierrez en su  Alegato Histór ico–, el Desierto de Atacama, perteneció al

Imperio del Cuzco a título de dominio auténtico, pero luego pasó a integrar la

circunscripción territorial de la Gobernación del Perú primero, y de la Audiencia

de Charcas después, desde la Conquista española hasta la independencia. En

efecto, el 21 de julio de 1529 Su Majestad le otorgó a Don Francisco Pizarro,

 veinte (20) leguas de Costa, desde el pueblo de Tenempuela (que se llamó

Santiago) hasta el pueblo de Chincha, y posteriormente, el 4 de mayo de 1534 le

fueron ampliadas setenta (70) leguas más de costa, llamándose Gobernación de

 Nueva Castilla que se extendía desde los 1º 20’ hasta los 14º 05’ 43’’ de latitud

sur. Luego, por provisión de 21 de mayo de 1534, se le adjudicaron a Don Diego

de Almagro 200 leguas de Costa, a continuación de la Gobernación de Pizarro,

tomando el nombre de Gobernación de Nueva Toledo, y abarcando

geográficamente sobre la Costa, el Desierto de Atacama, Tarapacá y Arica, hasta

medio grado al sur de Cuzco7.

 Al año siguiente, por el Tratado de 12 de junio de 1535 celebrado con Pizarro,

 Almagro emprendió la conquista del Reino de Chile, situado en la Gobernación

de Don Pedro de Mendoza, sin título oficial para esa empresa. Almagro

castellanizó el vocablo “Chilli”, individualizando la futura nacionalidad chilena, y vuelto al Perú terminó sus días en 1538 en guerra con Pizarro por la posesión

del Cuzco. A raíz de este suceso histórico, la Nueva Toledo pasó a depender de la

Gobernación de Pizarro, quien a su vez comisionó en abril de 1539 a Don Pedro

de Valdivia para proseguir la conquista de Chile, abandonada por Almagro.

 Años más tarde, en 1541, Francisco Pizarro fue asesinado por los almagristas,

sumiendo a la Colonia en plena confusión, por lo que, Don Pedro de la Gasca fue

enviado por el Rey, con poderes omnímodos para pacificarla.

7  “Por efecto de la conquista ibérica del Perú por Francisco Pizarro, el Emperador Carlos V,mediante Capitulación de 26 de julio de 1526, adjudicó a dicho capitán doscientas leguas primero y sesenta después (Provisión Real de 4 de mayo de 1534) que comprendían desde el pueblo indígena de Tenempuela o Santiago, en el norte, sobre el paralelo 1º 20’ latitud sud hasta el paralelo 14º 05’ 43’’ de la misma latitud. A este territorio se le llamó Gobernación de la Nueva Castilla o Castilla de Oro. Diego de Almagro, compañero de Pizarro desde el famoso Pacto de la Isla del Gallo, por Capitulación de 21 de mayo de 1534 obtuvo del monarca español doscientas leguas al sur del límite de la Nueva Castilla, que alcanzaban al paralelo 25º 31’ 26’’ latitud sur. Dicho territorio, que comprendía parte del actualmente boliviano, adoptó el nombre 

de Gobernación de Nueva Toledo”. BOTELHO GOSALVEZ, Raúl. Breve Historia del Litoral Boliviano . Colección LITORAL BOLIVIANO. La Paz (Bolivia): Biblioteca Popular BolivianaULTIMA HORA, 1978. Pág. 12.

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10 

Pedro de Valdivia regresó de Chile, y combatió contra el rebelde Gonzalo Pizarro

que después de la batalla de Jaquijahuana, fue ejecutado el 9 de abril de 1548.

Posteriormente, el pacificador, Pedro de la Gasca premió los servicios de

 Valdivia nombrándole Gobernador de Chile por toda su vida, dicha gobernación

fue bautizada con el nombre de Nueva Extremadura. Y como el límite

meridional de la Nueva Toledo llegaba a los 25º 31’ 36’’, resulta que Pedro de la

Gasca amplió su jurisdicción en 1º 28’’ 35’’ hasta Copiapó, y asimismo

desmembró Copiapó de Atacama, señalando los límites de la Nueva

Extremadura a las treinta (30) leguas de dicho pueblo, sobre un río (Río Salado)

que era en realidad la línea divisoria entre el virreinato del Perú y Chile. Los

nombramientos de los sucesores de Valdivia confirman el límite norte del Reino

de Chile (Nueva Extremadura), fijado por La Gasca8.

 Así también, se debe considerar que la Audiencia de Charcas o de La Plata, fue

erigida por Felipe II el 4 de septiembre de 1559 sobre el territorio de la Nueva

Toledo, que le fue segregado a la de Lima, por cuyo motivo nació con todo el

amplio Litoral que a aquélla le correspondía, habiéndosele señalado todo el

Distrito y jurisdicción de la ciudad de La Plata, con más cien leguas de tierra

alrededor por cada parte, demarcación ésta que alcanzaba hasta el Océano

Pacífico9.

8 “A la terminación de la guerra civil desatada en el Perú por pizarristas y almagristas, mediante providencias del Pacificador Don Pedro de la Gasca, y en mérito de los plenos poderes de que éste se hallaba investido, otorgó el 23 de abril de 1548 al capitán Don Pedro de Valdivia,conquistador de Chile, un territorio que comenzaba en el paralelo 27º de latitud austral, más cien leguas de este a oeste, con lo cual quedó alterada la Real Provisión de Carlos V por la que se creó la Nueva Toledo, pues entre ambos territorios había un espacio de aproximadamente treinta leguas de res nullius entre el límite sur de la Nueva Toledo sobre el paralelo 25º y el paralelo 27º de la flamante Gobernación de Chile. Esta Provisión fue, sin embargo, rectificada por La Gasca al señalar como nuevo límite norte de Chile, al entonces Río Santa Clara, hoy el 

seco Río Salado, con lo que el límite chileno que empezaba en el Salado, con escasa diferencia de 45’’ del límite sur de la Nueva Toledo, ex Gobernación de Almagro” . BOTELHOGOSALVEZ, Raúl. Breve Historia del Litoral Boliviano . Colección LITORAL BOLIVIANO. Pág.13.9 Al respecto, el reconocido escritor chileno, Cástulo Martínez, indagando los antecedentes,señala que: “en 1563 se funda la Audiencia de Charcas, subordinada al Virreinato del Perú.Esta Audiencia comprendía la ciudad de La Plata, la ciudad de La Paz, Chucuito, el pueblo de Oropesa, la Villa Imperial de Potosí, Porco y Santiago del Estero. La costa se extendía desde Tampalla hasta el río de Copiapó, incluyendo los puertos Tarapacá y Mejillones. La Audiencia de Charcas tenía acceso soberano al Océano Pacífico por la costa del desierto de Atacama que correspondía a la jurisdicción de la Provincia de Potosí. En la Provincia de Potosí se encontraban dos subdivisiones: Atacama la Grande, ubicada en la parte alta y montañosa,cuya capital era San Pedro; y Atacama la Chica, ubicada en la parte baja y costera, cuya 

capital era Chiu-Chiu. A su vez en Atacama la Chica se encontraban los puertos de Cobija y Tocopilla” . Cfr. MARTÍNEZ, Cástulo. El Mar de Bolivia. Reflexiones de un Ciudadano Chileno.Pág. 28.

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11 

 Asimismo, la Audiencia de Santiago, fundada el 17 de febrero de 1609 por orden

de Felipe III, tuvo por distrito todo el reino de Chile, que histórica y 

geográficamente comenzaba en Copiapó10.

4 . La Recop i lac ión d e l a s Leyes de Ind ia s

La famosa Recopilación de las Leyes de Indias, Código fundamental impreso y 

publicado en 1681 por orden de Carlos II, en su Ley IX, Título XV, Libro II, que

trata de la Audiencia de la Plata, establece los siguientes límites: “por el

septentrión (norte), con la Real Audiencia de Lima y Provincias no

descubiertas; por el mediodía (sur) con la Real Audiencia de Chile; por el

levan te y poniente con los mar es del Norte y del Sur y línea de la demar cación

entre las Coronas de los reinos de Castilla y Portugal…”, es decir que Charcas

lindaba con el Atlántico y el Pacífico.

La Ley V de la Recopilación, correspondiente a la Audiencia de Lima, pese a

equívoca interpretaciones de los historiadores chilenos, reconoce la soberanía

marítima de la Audiencia de Charcas al declarar que aquella limitaba por el

mediodía con la de La Plata.

La Ley XIV de la Recopilación, dictada en 1573, por la cual se dividieron los

términos del Cuzco entre las Audiencias de Lima y de Charcas, cercenó a estaúltima una parte de sus costas: la perteneciente al Distrito de Arequipa,

quedando su jurisdicción marítima desde el Río Nombre de Dios o Tambopalla,

después del cual seguían el Puerto de Ilo, Arica, Tarapacá, etc., hasta el Río de

Santa Clara, a treinta leguas de Copiapó, límite entre Chile y Charcas.

Posteriormente se le quitaron a Charcas, a favor de la ciudad de los Reyes, las

costas de Arica y Tarapacá, quedando el Río Loa como línea divisoria entre

ambas Audiencias.

10 “Aunque la génesis de Chile puede haberse iniciado con las primeras capitulaciones que la Reina española firmó con Francisco Pizarro y otros conquistadores, se puede decir que el nacimiento formal de Chile se gestó el 18 de abril de 1538, cuando el Licenciado Pedro de la Gasca, presidente de la Real Audiencia de Lima, por orden del Rey español Carlos V, otorgó a Pedro de Valdivia ‘por gobernación y conquista desde Copiapó, que está en 27 grados de altura de la línea equinoccial a la parte del sur, hasta 41 de la dicha parte...’. El laureado historiador chileno, Francisco Antonio Encina, nos informa que el rey confirmó el nombramiento de Pedro de Valdivia en los mismos términos de La Gasca, por Real Cédula de 31 de marzo de 1552; y los límites de la Gobernación de Nueva Extremadura o Provincia de Chile fueron 

inicialmente: por el norte, el grado 27 (Copiapó)” . ENCINA, Francisco. Historia de Chile .Santiago de Chile, Editorial Ercilla, 1983. Citado por: MARTÍNEZ, Cástulo. El Mar de Bolivia.Reflexiones de un Ciudadano Chileno. Pág. 24.

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12 

5 . La In dep end en c ia d e l Al to Pe r ú , h oy Bo l ivia

En el Alto Perú –según explica Mario Gutierrez–, la lucha por la emancipación

de América se inició cuando la Audiencia de Charcas se encontraba formando

parte del Virreynato de Buenos Aires. Consolidada la independencia del Alto

Perú, después de la “Guerra de los quin ce años”, tanto Lima como Buenos Aires,

a cuyos virreinatos perteneció alternativamente la Audiencia de Charcas, y 

cuyos ejércitos contribuyeron al afianzamiento de su causa, reconocieron la

personalidad histórica (y jurídica) de la naciente República11. Una vez liberadas

las antiguas colonias españolas en América, acordaron fijar como principio

regulador de sus fronteras en su nueva estructura republicana, los mismos

límites que poseían bajo la Legislación de Indias. Así surgió la doctrina del “ut t i

 p os s id et is ju r is”  de 1810, destinada a promover la armonía y favorecer la

paz en el Continente sobre la base del arreglo jurídico de cualquier controversia

territorial. En virtud de aquella norma del derecho público americano, Bolivia,

como heredera de la Audiencia de Charcas, nació a la vida independiente con

dominio sobre todo el Litoral atacameño, desde el río Loa hasta el Paposo. En

efecto, después del proceso de liberación de la Guerra de la Independencia –nos

aclara Botelho Gosalvez-, al ser establecido el territorio de los nuevos Estados

 bajo el principio del “uti possidetis” de 1810, la República Bolívar, que devinopoco más tarde en República de Bolivia, comprendía toda la antigua jurisdicción

de la Real Audiencia de Charcas, la cual, en lo que concierne a su litoral

marítimo,  fijaba la costa boliv iana sobr e el Pacífico desde el Río Loa por el

norte, lindando con la Provincia Tarapacá del Perú, hasta el Río Salado por el

sur, lindando con la República de Chile, es decir hasta el extremo sur del

 Desier to de Atacam a. La costa boliviana tenía los siguientes puertos marítimos:

 Antofagasta, Mejillones, Cobija y Tocopilla; y las siguientes caletas: Gatico,Guanillos, Michilla, Tames, Gualaguala, Cobre y Paquica. El Departamento del

Litoral o Atacama, con su capital Puerto La Mar, con que fue rebautizada la

antigua Cobija, comprendía una extensión aproximada de 158.000 kilómetros

11  “La Provincia de Charcas fue anexada al naciente Virreinato de Buenos Aires, según Real Cédula del 21 de marzo de 1778. Posteriormente, mediante un Acuerdo fechado el 9 de marzo de 1825, la República Argentina renunció a todo derecho sobre la Audiencia de Charcas,decretando que ‘aunque las cuatro provincias han pertenecido siempre a este Estado, es la 

voluntad del Congreso General Constituyente que ellas queden en plena libertad para disponer de su suerte, según crean convenir mejor a sus intereses y a su felicidad’ (…)” . Cfr.MARTÍNEZ, Cástulo. El Mar de Bolivia. Reflexiones de un Ciudadano Chileno. Pág. 30.

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13 

cuadrados. El mencionado estatuto del Litoral boliviano, no fue jamás

observado por Chile ni Perú; por el contrario, las Constituciones Políticas de

Chile, correspondientes a los años 1822, 1823, 1828 y 1833, reconocieron en

forma constante que el límite norte de Chile llegaba hasta el despoblado de

 Atacama. El Informe de la Comisión Redactora de la Constitución Política

chilena de 1828, señalaba: “La Nación chilena se extiende en un v asto territor io

lim itado al Norte por el Desierto de Atacam a”. Así también, el 31 de enero de

1828, al señalarse por Ley la jurisdicción de las ocho provincias en que se

dividía Chile, el Artículo 1º de la misma, indicaba así el alcance territorial de la

subdivisión política en el norte: “Primera Provincia: desde el despoblado de

 At acam a hasta la orilla norte del R ío Chospa”. De ahí que Bolivia, en uso de sus

derechos soberanos, mantuvo una pacífica posesión de su territorio litoral,

autorizando la presencia de Cónsules extranjeros, proveyendo algunas obras

públicas, administrando justicia, explotando la riqueza del suelo. Entre dichos

actos jurisdiccionales se pueden mencionar los siguientes:

•   Decreto de 28 de diciem bre de 1825, firmado por el Libertador Simón

Bolívar, disponiendo que en el Partido de Atacama, el Puerto de Cobija

sea habilitado como Puerto Mayor con el nombre de Puerto La Mar , en

honor del General colombiano José La Mar, héroe de Ayacucho12.

•   Decreto de 30 de diciem bre de 1832 , del Presidente Andrés de Santa

Cruz, estableciendo una fortaleza en Cobija, una batería de cañones en el

camino a Gatico, y otra en el Morro Blanco, sobre la bahía.

•   Decreto de 17 de julio de 1839 , de la Asamblea de Chuquisaca, puesto en

 vigor por el Doctor José Maria Serrano (Presidente de la misma), por el

que se destina fondos para construir edificios públicos, muelles, aduana,

faros, etc., en Puerto La Mar, o sea Cobija13.

12 “El Decreto del Libertador, de 28 de diciembre de 1825, erige Cobija como puerto mayor de las provincias del Alto Perú, y le da el nombre de La Mar, en memoria del Mariscal don José La Mar, vencedor en Ayacucho; y en fecha 10 de septiembre de 1827, el Mariscal  (Antonio Joséde) Sucre dictó cuidadosas medidas y auxilios estimulando la población de la provincia de Atacama, considerada siempre en sus límites tradicionales (del Paposo al Loa); y por último, en sus Decretos de 1 y 2 de junio de 1829, el Presidente  (Andrés de) Santa Cruz erige el gobierno litoral de Cobija, sobre la antigua provincia de Atacama y, separándola del Departamento de Potosí, declara franco el puerto de Cobija, y expide varias disposiciones que afirman sin ninguna contradicción la soberanía boliviana sobre sus márgenes ya históricas del Pacífico” .SÁNCHEZ BUSTAMANTE, Daniel. Bolivia: Su estructura y sus derechos en el Pacífico.

Tercera Edición. La Paz (Bolivia): Fondo Editorial de los Diputados, 2000. Pág. 86.13  “En los registros del Partido Judicial del Distrito de Atacama, constan numerosas concesiones de yacimientos de guano, otorgadas por la autoridad boliviana, en beneficio de 

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14 

 Años más tarde, y a raíz de la primera disputa de fronteras que sostuvo Bolivia

con la República Argentina, por la posesión de Tarija, le tocó al Libertador

Simón Bolívar defender la soberanía altoperuana de Atacama, frente a las

pretensiones del General Arenales, cuyas milicias habían ocupado una parte del

Desierto, como contingencia de la guerra emancipadora. Chile, entre tanto,

conocedor como la Argentina, que la provincia de Atacama correspondía a

Potosí y, por consiguiente, a Bolivia, no formuló ningún reclamo. Asimismo, los

plenipotenciarios argentinos, Albear y Vélez, acreditados ante el Gobierno de

Bolívar, declararon carecer de instrucciones para reclamar la provincia de

 Atacama y dijeron que les parecía que le tocaba correr la suerte del

Departamento de Potosí. Tarija, por decisión de su pueblo, secundando al

Mariscal Sucre, que reclamaba su restitución a Bolivia por seguridad

geopolítica, fue reincorporada al seno de la patria por los legisladores de 1826.

En definitiva, el año mismo de su independencia, Bolivia tomó posesión real de

la costa de Atacama, sin oposición alguna. Numerosas leyes y decretos, de

amplia publicidad, atestiguan el ejercicio jurisdiccional de la República sobre

ella, y esa soberanía se expresó, asimismo, en el régimen constitucional del país,

 y diversos actos administrativos respaldan igualmente el dominio nacional delLitoral.

6 . La a m b i ci ó n c h i le n a p o r e l gu a n o e n la P r o vi n c ia d e At a c a m a

Como se ha señalado, la provincia de Atacama, con el puerto de Cobija como

capital, fue erigida en Distrito Litoral, independiente de Potosí, con gobierno

propio, en 1829, aumentándose de ésta manera el número de los departamentos

de la República. De ahí que, los más reputados autores y varios documentos dealta jerarquía, correspondientes a la época republicana, revelan que Bolivia

poseía con título legal el Litoral atacameño, y la propia legislación chilena,

empezando por sus primeras Constituciones, excluyó el Desierto de Atacama del

dominio de aquel país.

ciudadanos bolivianos y extranjeros, entre ellos varios chilenos. Esas concesiones fueron 

cedidas dentro de los límites territoriales plenamente reconocidos a Bolivia, entre el Río Loa y el Salado” . Cfr. BOTELHO GOSALVEZ, Raúl. Breve Historia del Litoral Boliviano . ColecciónLITORAL BOLIVIANO. Págs. 18-20.

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15 

En este período, no se registraron actos jurisdiccionales de Chile en el Desierto

de Atacama, salvo por algunas explotaciones clandestinas de guano por parte de

súbditos de aquella nación, y que motivaron medidas disciplinarias de las

autoridades bolivianas. Ni siquiera con ocasión de la Guerra contra la

Confederación Perú-Boliviana14, Chile alegó derechos sobre el territorio de

 Atacama. Recién cuando la explotación del guano alcanzó un incremento

considerable con el descubrimiento de grandes depósitos, abriéndose el

mercado europeo, Chile optó por declarar mediante  Ley de 13 de octubre de

1842 de propiedad nacional las guaneras del Litoral atacameño desde

Mejillones, lo que obligó al Gobierno de Bolivia, a acreditar ante el Gobierno de

“La Moneda”, la Misión de Olañeta con la expresa finalidad de protestar por

aquella insólita medida y pedir su inmediata derogación15.

14  “Como es sabido, desde 1836 quedó establecida la Confederación Perú-Boliviana bajo el mando del Protector Mariscal Andrés de Santa Cruz y Calahumana, quien pretendía formar un poderoso Estado que sirviese de contrapeso a la Gran Colombia, a la Confederación Argentina y al Imperio del Brasil. El ideal crucista encontró la más enconada oposición por parte del Ministro chileno Diego Portales, celoso del poder que veía crecer en el norte, como amenaza para la seguridad e independencia de su país, pues no concebía, dentro de su cerrado nacionalismo inspirado por los intereses de la oligarquía de ‘pelucones’ de Santiago, ninguna idea integracionista que permitiera el crecimiento de naciones fuertes en esta parte de América.Portales decidió hacer la guerra a la Confederación y envió contra ella un ejército al mando del 

Almirante Blanco Encalada, el cual, comprometida su posición militar en Paucarpata, hubo de retirarse después de firmar el Tratado de 17 de noviembre de 1837. (…) Asesinado Diego Portales en Quillota, Chile rechazó el Tratado de Paucarpata, y se apresuró a enviar otra expedición contra la Confederación Perú-Boliviana que se hallaba resquebrajada por las disensiones internas y las ambiciones del General peruano Agustín Gamarra, y de otros militares bolivianos, como Velasco y Ballivian. Esta expedición, al mando de Manuel Bulnes, el 20 de enero de 1839 logró derrotar en Yungay al ejército de la Confederación, poniendo así fin a un grandioso proyecto que, en la medida del tiempo, hallaría justificadores en el propio seno del pueblo chileno, cuando allí se habla de integración sudamericana (…)” . Cfr. BOTELHOGOSALVEZ, Raúl. Breve Historia del Litoral Boliviano . Colección LITORAL BOLIVIANO. Págs.20-21.15  “En efecto, el descubrimiento de salitre y la naciente prosperidad peruana, a raíz de la explotación de las guaneras y calicheras de Tarapacá, incitaron a Chile a explorar los 

probables depósitos de guano y salitre de Atacama y, mediante Mensaje al Congreso, el Presidente de Chile, Don Manuel Bulnes, envió un proyecto de ley, que fue aprobado el 31 de octubre de 1842, en el cual declaraba como propiedad nacional las guaneras de Coquimbo, del Desierto de Atacama e islas adyacentes. Casimiro Olañeta, Ministro boliviano en Santiago, fue encargado de formular una reclamación diplomática para que dicha ley, que legislaba sobre territorio de Bolivia, fuese derogada; la Cancillería de Chile respondió a Olañeta que estudiaría el asunto, pues no podía modificar leyes de la Nación. El año 1844, Chile creó la Provincia de Atacama. Su intención consistía en establecer un medio de paralogización internacional,tomando en cuenta que dicho país nunca tuvo hasta entonces, dentro de su territorio, ninguna zona con aquel nombre que iba a confundirse con la antigua Atacama de Bolivia. Entre tanto,personas de nacionalidad chilena, que sacaban clandestinamente guano y salitre, vinieron efectuando incursiones furtivas al litoral boliviano. En 1843, fue apresado por las autoridades bolivianas de Cobija,, el barco chileno Rumena, sorprendido infraganti en la tarea de recoger 

ilegalmente guano en el lugar denominado Orejas de Mar; en 1846 la goleta chilena Janequeo,izó la bandera chilena en la Punta de Angamos, situada a los 23º3’. Ante la reclamación del representante diplomático boliviano en Chile, Joaquín Aguirre, el Ministro de Relaciones 

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16 

 Aquella invasión ilegal del territorio boliviano, fue completada con la creación

de la provincia de Atacama, lo que no figuraba en la geografía política de Chile

hasta entonces. Con la dictación de esas dos leyes usurpadoras y la gestión de

Olañeta, quedó trabada la controversia diplomática entre ambos países, la

misma que 37 años después se resolvió a favor de Chile, con la Guerra (de

conquista) del Pacífico16.

7. La p r e m e d i t a d a i n v a s ió n c h i le n a y Tr a t a d o s p o s t e r i o r e s 17 

Es necesario poner en evidencia nuevamente la verdad irrebatible de que Chile,

primero de manera furtiva18, y luego en franca posición de ataque directo,

invadió el territorio de Bolivia y la despojó de todo su Litoral. Al respecto, es útil

reiterar que conforme al uti possidetis juris de 1810 , Bolivia se extendía por el

sur hasta el paralelo 25º37’09’’, y asimismo las Constituciones chilenas

ratificaban los límites altoperuanos, al declarar que Chile se extendía desde el

despoblado de Atacama hasta el Cabo de Hornos, y es que, precisamente el

mencionado despoblado de Atacama llegaba hasta los 25º37’09’’, que fijaron las

cédulas reales.

Exteriores de Chile, Manuel Montt, rechazo por inexacta la reclamación sin mencionar siquiera que Angamos fuera territorio chileno, como de rigor correspondía hacerlo, si Chile hubiese sido soberano de aquella región. (…)” . Cfr. BOTELHO GOSALVEZ, Raúl. Breve Historia del Litoral Boliviano . Colección LITORAL BOLIVIANO. Págs. 21-22.16 El despojo consumado del Litoral, hizo nacer en Chile la conciencia de la justicia y el derechoque le asisten a Bolivia para integrarse al mar; así surgió el Tratado de Transferencia de Territorio de 1895 por el cual Chile se obliga a entregar a Bolivia, en la forma y extensión queadquiera, los territorios de Tacna y Arica, y en todo caso una caleta análoga a la Vítor, capazde satisfacer ampliamente las necesidades y el porvenir de su industria y comercio. Sinembargo, posteriormente la ambición se apoderó de los gobernantes chilenos, olvidandodeliberadamente la deuda contraída con Bolivia, que en su lugar es amenazada a través de laNota del Ministro Koning de 1900, sucumbiendo entre la debilidad de la nación y la prepotenciade Chile, al firmar el Tratado de 1904, por el que renunció a su costa legendaria, siendo dicho

Tratado un instrumento viciado por la fuerza, la ilegalidad y la injusticia, que no representa unajuste definitivo de paz entre las dos naciones. Cfr. GUTIERREZ, Mario R. Alegato Histórico de los Derechos de Bolivia al Pacífico . Págs. 261-264.17 Este acápite está basado en la obra: La Reintegración Marítima de Bolivia , escrita por unprofesor boliviano de Derecho Internacional, con el seudónimo de BAL-DEMAR (Carlos AlbertoSalinas Baldivieso). La Paz (Bolivia): Premio Simón I. Patiño a la Cultura, Concurso 1965.Empresa Editora Universo, 1966.18  “La atracción del salitre, unida a la circunstancia de que Bolivia contaba con escasa población en el Departamento del Litoral, y reducidos medios para hacer prevalecer su autoridad, permitió a numerosos contingentes de aventureros y trabajadores chilenos, a internarse en aquel territorio para explotarlo, sin permiso de las legítimas autoridades bolivianas. Esta suerte de invasión pacífica, al ser denunciada ante el Gobierno de La Moneda,permitió al Canciller responder al representante boliviano que no había llegado a su noticia la 

perpetración de aquel abuso, y que había dado las órdenes necesarias para contenerlo. (…)” .Cfr. BOTELHO GOSALVEZ, Raúl. Breve Historia del Litoral Boliviano . Colección LITORALBOLIVIANO. Pág. 22.

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17 

Se debe precisar que, fue en 1842 que empezó la agresión por parte de Chile, al

declarar de propiedad nacional chilena las guaneras de Coquimbo, situadas al

norte del paralelo 25º, y al año siguiente (1843) por primera vez aparece en la

geografía chilena el nombre de Atacama para designar una de sus provincias. En

1846 la goleta Janequeo enarboló el pabellón de Chile en Atacama a los 23º3’, y 

después los chilenos se apoderaron de Mejillones, siendo arrojados luego por las

fuerzas de Bolivia; aunque más tarde, la fragata Esmeralda, contando con

mayores fuerzas, ocupó Mejillones19. Posteriormente, las protestas de Bolivia, y 

aún la defensa militar, fueron respondidas con ofertas, promesas incumplidas y,

por último, constantes evasivas (como hasta ahora).

Por estas razones –según relata Carlos Alberto Salinas Baldivieso–, Bolivia

siempre intentó y utilizó todos los medios posibles para lograr poner fin a esta

desastrosa situación originada por el país vecino; sin embargo, el guano –que

era la riqueza de gran cotización en ésa época– despertó la desenfrenada codicia

de Chile. Por su parte, el gobierno de Bolivia, invitó al Gobierno chileno para

suscribir un Tratado, hasta inclusive ofreció sacrificar algo de sus intereses en

procura de preservar la hermandad, pero Chile, no quiso escuchar. Ante tal

emergencia, el Congreso boliviano, autorizó al Poder Ejecutivo para declarar la

guerra en caso de que no se llegue a una solución compatible con la dignidadnacional20.

19 “Diez años más tarde, en 1857 la fragata Esmeralda de la Armada de Chile, se apoderó de Mejillones mediante desembarco armado; el capitán de la nave ordenó que todos los empresarios que allí explotaban el salitre fuesen a recabar autorización a Valparaíso. En forma simultánea, el Intendente chileno designado por los ocupantes, mediante una Ordenanza decretó la anexión de Mejillones al Departamento de Caldera. Ante tan abierta violación del territorio boliviano, los industriales extranjeros que trabajaban legalmente, al amparo de las autoridades bolivianas, pidieron garantías al Prefecto de Cobija, manifestando que desde hacía tres años explotaban esos minerales sin la menor contradicción, vendiendo sus metales en 

Valparaíso, trayendo de allí y de otros puntos de la costa de Chile, víveres, gente de trabajo y maquinaria en los buques fletados para el transporte de metales a Europa y los Estados americanos. El prefecto de Cobija, carente de medios de fuerza, se limitó a informar al Gobierno y a protestar por la ocupación de Mejillones. (…)” . Cfr. BOTELHO GOSALVEZ, Raúl.Breve Historia del Litoral Boliviano . Colección LITORAL BOLIVIANO. Pág. 23.20 “En 1860, Bolivia acreditó en Chile a José María Santivañez, quien debía entenderse con el negociador chileno Francisco Javier Ovalle, pero ante las excusas de éste para tratar la cuestión de fondo, es decir la línea de frontera, Santivañez propuso como límite entre Bolivia y Chile el paralelo 25º, y después el paralelo 24º30’ y que sean comunes a ambos Estados todos los puertos y bahías comprendidos entre los paralelos 24º y 26º; ambas proposiciones fueron rechazadas por Chile, quien insistió en el paralelo 23º como límite y el condominio de la bahía de Mejillones. Ante el virtual fracaso de la negociación, Bolivia propuso como último recurso el arbitraje jurídico, el cual también fue rechazado por Chile. El plenipotenciario boliviano presentó 

una formal protesta por las dilaciones impuestas por La Moneda para zanjar el asunto de límites y eludir el arbitraje. La respuesta chilena le fue entregada dos días antes de que Santivañez abandonase Santiago, cuando ya había anunciado la presentación de sus cartas de 

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18 

En ese estado de inquietud, o más bien de incertidumbre, llegó Mariano

Melgarejo al poder, y la clase política chilena, con el objetivo de conseguir un

Tratado a su antojo, halagó al tirano de Bolivia, y hasta le hizo llegar el

nombramiento de General de División de su ejército.

En 1866 se firmó un acuerdo oneroso para Bolivia, lo que se tradujo en la

primera mutilación de su territorio al fijarse como límite de su territorio el

paralelo 24º, estableciéndose además una comunidad de explotación en los

paralelos 23º y 25º; “adem ás de la m utilación inferida, Chile logra todo lo que

deseaba… la carta blanca, una comunidad que le permita, con la razón del

león, continua r su política trad icional”(BAL-DEMAR, 1966).

 Y vanos fueron los esfuerzos posteriores para deshacer o dejar sin efecto la

famosa comunidad, porque Chile seguía avanzando hacia el norte. Así, en 1874

se consiguió un convenio que señalaba con carácter definitivo el paralelo 24º, y 

mantenía la explotación solamente para el guano con carácter común. Además,

Bolivia se comprometía a no gravar con nuevos impuestos –por el término de 25

años–, los capitales, las personas e industrias chilenas en la zona de la

comunidad; cabe hacer notar que este convenio no ofrecía ventajas a Bolivia,

sino que por el contrario complicaba el asunto, como esperaba Chile,

constituyéndose posteriormente en uno de los pretextos para el inicio de laGuerra del Pacífico. En efecto, la Compañía Salitrera de Antofagasta, que había

obtenido sus derechos de los empresarios Ossa y Puelma, quienes recibieron la

concesión en forma ilegal durante el gobierno de Melgarejo, deseaba regularizar

su situación y obtuvo de Bolivia la ratificación de sus concesiones con la

condición de pagar diez centavos por cada quintal de guano que exporte. Este

hecho sirvió de base para declarar la guerra a Bolivia, y extenderla al Perú.

 Y fue obviamente un pretexto, porque la Compañía Salitrera de Antofagasta erauna Sociedad Anónima (sin nacionalidad) y sólo contaba con domicilio; por

tanto, no se trataba de intereses puramente chilenos y en ningún caso se violaba

el Tratado de 1874. Incluso Bolivia, quiso llevar el asunto ante un tribunal

retiro. Esa respuesta tampoco era constructiva. Frente a esta política de Chile, encaminada a consolidar su sistemática ocupación de territorio boliviano, en 1863, reunido el Congreso boliviano en Oruro, dictó el 5 de junio una Ley, autorizando al Ejecutivo a declarar la guerra de Chile, siempre que agotados los medios de la diplomacia, no obtuviera la reivindicación del territorio usurpado o una solución pacífica, compatible con la dignidad nacional. Esta Ley fue 

fruto de la documentada exposición de títulos y derechos históricos de Bolivia al Litoral del Pacífico, hecha por el Canciller Rafael Bustillo. (…)” . Cfr. BOTELHO GOSALVEZ, Raúl. Breve Historia del Litoral Boliviano . Colección LITORAL BOLIVIANO. Pág. 24.

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19 

arbitral o someterlo a cualquier otro procedimiento pacífico, pero Chile ya había

tomado su decisión y no quiso escuchar nada.

Como no podía ser de otra manera, la guerra fue adversa a los aliados, porque la

superioridad del armamento y el número de fuerzas se impusieron. El afán

pacifista de Bolivia fue arrollado, y el Perú compartió el infortunio. En 1883 se

firmó el Tratado de Ancón, que fue impuesto por la fuerza, ya que el ejército

chileno llegó hasta la capital misma del Perú. Así, el Litoral boliviano ocupado

íntegramente por Chile, no fue suficiente para obligar a Bolivia a firmar un

Tratado de Paz. Por su parte, el Perú tuvo que ceder ante el agresor, e incluso

suscribió el Tratado de Ancón, cediendo Tarapacá y dejando Tacna y Arica,

como prenda en poder de Chile, sin que intervenga su aliado, conforme a lo

pactado en el acuerdo de alianza. Como se puede ver, el gobierno peruano,

intervenido en su misma capital Lima, se vio completamente a merced del

ejército chileno.

Las fuerzas de Bolivia se replegaron a sus montañas y allí se procuró reorganizar

el ejército, en espera del invasor; pero, éste no se atrevió a subir y en forma

cautelosa pactó con Bolivia una tregua indefinida. “Esta tr egua tu vo que

aceptarla el gobierno boliviano, porque después de una guerra adversa, por 

m ás pa triotismo que se tenga, las consecuencias son funestas e im previsibles, pero no se m idieron los térm inos del con trato, que en el fondo im portaban un

estrangulamiento económico contra Bolivia, cuya consecuencia más tarde

sería un tratado leonino, impuesto por la fuerza militar, la agresión

económica, la amenaza de otra guerra y de una polonización”. Así, ante esa

presión despiadada, junto a una situación económica desesperante, frente a la

 brutalidad del Embajador de Chile en Bolivia, Abraham Koning, que a voz en

cuello manifestaba que sus derechos “nacen de la victoria, la ley suprem a de lasnaciones…”, y también ante la indiferencia de los países vecinos y del decantado

panamericanismo, que parecía ser sólo un vínculo de palabras y de intereses de

los más fuertes, “el gobierno de Bolivia tuv o que firm ar – contra su voluntad–

el Tratad o (“de Paz y Amistad”) de 1904, cediendo a Chile todo su litoral, para

que este país le afloje la cuerda con que hasta en tonces lo tenía estrangulado y

así pueda Bolivia, por lo menos, respirar y volver a la vida” (BAL-DEMAR,

1966).

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20 

8 . L o s ca m i n o s a n d a d o s p o r B o li vi a p a r a c o n s e g u ir s u r e in t e g r a c i ó n

m a r í t i m a 2 1 

Ciertamente, y a través de la historia diplomática de nuestro país, se puede

percibir una falta de coordinación y de engranaje de ideas, que determine una

tesis capaz de imponer el derecho que asiste a Bolivia para salir airosa de su

enclaustramiento. En este sentido, después de la Guerra del Pacífico, Bolivia

quedó afectada víctima de la agresión -como consta por abundantes

documentos históricos-, debido a una campaña de conquista, ejercitada por

Chile con el ánimo de salvar su economía que estaba en bancarrota, y 

asegurando su triunfo frente a un pueblo pacífico que se encontraba muy lejos

de su litoral, que fue defendido apenas por ínfimas guarniciones. Sin embargo,

el aumento de la población, el progreso, el desarrollo de relaciones comerciales

a nivel internacional, y la necesidad ineludible de vivir como Estado soberano,

demostraron que Bolivia debe recuperar uno de sus puertos, para lograr el

afianzamiento de los derechos fundamentales de todo Estado. De ahí que, una

 vez ocupado el Litoral boliviano, por parte de las fuerzas chilenas, en el período

que abarca desde el Pacto de Tregua de 1884 hasta el Tratado de 1904, los

gobiernos de Bolivia procuraron recuperar un puerto en el Océano Pacífico.

Por el Pacto de Tregua firmado por el Ministro de Relaciones Exteriores deChile, Aniceto Vergara Albano, y de parte de Bolivia por los dos “Belisarios”

(Belisario Salinas y Belisario Boeto) se estableció una tregua indefinida,

quedando en poder de Chile, todo el Litoral boliviano desde el paralelo 23º

hasta la desembocadura del Río Loa en el Pacífico22. Esa era la realidad, y ante

la imposición del conquistador, en un momento especial se suscribieron los

Tratados de 1895, por los que Chile quedaba como dueño del Litoral boliviano, y 

en cambio se dijo que cedería a Bolivia el puerto de Arica, en su defecto, lacaleta Vítor u otra análoga, y además una indemnización de cinco millones de

pesos, estableciéndose la paz, amistad y normas para el comercio. Esos acuerdos

fueron suscritos por Luis Barros Borgoño, Ministro de Relaciones Exteriores de

21 Este acápite también se basa en la obra: La Reintegración Marítima de Bolivia , escrita porBAL-DEMAR (Carlos Alberto Salinas Baldivieso) en 1966.22 “Los rendimientos de la Aduana de Arica –puerto natural de Bolivia– quedaron afectados en esta forma: 25% para el servicio aduanero y 75% para Bolivia. D este 75% se dividió 40avas partes para la administración chilena (indemnización a chilenos perjudicados por la guerra), el 

resto 35% se entregaría a Bolivia. En una palabra, Bolivia recibiría solamente el 35% de los únicos ingresos para sostener su economía, como pueda y hasta cuando pueda. El litoral quedaría en poder de Chile indefinidamente” . (BAL-DEMAR).

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21 

Chile, y Heriberto Gutierrez, Ministro Extraordinario y Enviado

Plenipotenciario de Bolivia, en la ciudad de Santiago.

Sin embargo, esos tratados no se cumplieron porque Chile no llegó a

perfeccionarlos, debido principalmente al Protocolo de ese mismo año, firmado

por Gonzalo Matta y Emeterio Cano, en el que se declaraba que los Tratados de

Paz y Amistad y Transferencia de territorios, constituían un “todo in div isible”, y 

que “la cesión definitiva del Litoral de Bolivia a favor de Chile quedaría sin

efecto si Chile no entregase a Bolivia, dentro de un término de dos años el

 puerto en la costa del Pacífico”. Al respecto, el Congreso chileno dejo pendiente

la aprobación respectiva.

 Así se llegó al momento de la suscripción del Tratado de 1904. El Gobierno de

Chile, con la amenaza de la fuerza, una nueva guerra, la polonización de Bolivia

 y el ultimátum de su Ministro en Bolivia, Abraham Koning, que decía entre

otras cosas: “No podemos esperar más. El gobierno y el pueblo de Chile

consideran que han esperado con paciencia”. Las rentas de la Aduana de Arica,

que correspondían a Bolivia, quedaban en poder de Chile en un 65%, y el pueblo

 boliviano sufría la más penosa depresión económica.

 Ante esa situación, el gobierno de Chile impuso el Tratado de 1904, que fue

firmado en La Paz por Emilio Bello Codecido, de parte de Chile, y AlbertoGutierrez por Bolivia. Por este Tratado, Bolivia cedió su litoral, además de

ciertas regiones mineralógicas como la de Chilcaya, ocupadas por las fuerzas

militares de Chile con posterioridad a la Guerra del Pacífico. Como

indemnización, Chile entregaba a Bolivia trescientas mil libras esterlinas y la

construcción de un ferrocarril Arica - La Paz.

 Ante lo sucedido, y una vez consumada la conquista, el pueblo boliviano alzó

 vibrante su voz de protesta, y los distintos gobiernos bolivianos trataron de buscar un camino para conseguir la recuperación de un puerto. Varios

procedimientos se han intentado, aunque en forma indecisa y dudosa,

ocasionando situaciones inciertas que han retardado la solución de este

problema internacional23.

23 Los distintos caminos seguidos por Bolivia para conseguir su reintegración marítima, hansido: Gestiones Directas, Circulares a las Cancillerías, Mediación de Estados Unidos inclusive,

y la Exposición de la Demanda Marítima ante Congresos y Conferencias Internacionales, todolo cual se encuentra resumido de manera precisa, en la obra: La Reintegración Marítima de Bolivia , escrita por BAL-DEMAR (Carlos Alberto Salinas Baldivieso), en 1966.

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22 

9 . P r e m is a s fu n d a m e n t a le s s ob r e e l te m a m a r í t im o

Indudablemente, se ha generado abundante bibliografía, tanto en Chile como en

Bolivia, respecto a la invasión del Litoral boliviano, y la consecuente Guerra del

Pacífico, así como sobre las funestas secuelas que esto ha dejado en Bolivia. De

ahí que, en base a los elementos históricos anteriormente detallados, es posible

–siguiendo el criterio de Walter Montenegro– sentar algunas premisas en las

que deben fundarse el razonamiento y las conclusiones a las que se pueda llegar,

hoy o mañana, sobre este tema tan importante:

a )   El Lito r a l sobr e e l Pac í fico , qu e Bol iv ia r ec lam a, fu e bo l ivian o

a ú n e n s u s a n t e c e d e n t e s p r e h i s t ó r i c o s , d e s d e l o s t i e m p o s d e l

I m p e r i o I n c a ic o . 

En este sentido, la famosa y recurrente tesis chilena, de que  Boliv ia

nunca tuvo litoral24, ha sido totalmente rebatida por falaz e

24  “La escuela chilena que sostiene esta pueril tesis, sin embargo, no es tan nueva ni tan antigua. Data, como tenemos indicado, de los años en que Chile con el apoyo del imperialismo británico había resuelto apoderarse mediante la conquista armada de todo el litoral Boliviano.En puridad de verdad, la ocurrencia sui generis, había ido madurando al compás sigiloso de los avances territoriales de Chile, hasta que Don Miguel Luís Amunátegui, un historiador ingenioso 

de singular facundia, decidió dar forma a la intrépida interpretación acomodada a los intereses de la conquista. En base a las lucubraciones histórico-geográficas de este notable publicista chileno del siglo pasado, se ha ido elaborando la extravagante tesis que sostiene sin rubor alguno que Bolivia nunca tuvo mar y que siempre estuvo encerrada en sus montañas hasta 1825, en que “por un descuido” se dejaron arrebatar dichos territorios y que en 1879 no han hecho otra cosa que “reincorporar” a su soberanía lo que siempre fue de ellos; que la guerra de conquista contra Bolivia y el Perú no era tal sino, una simple acción de “reivindicación”. La tesis adolecía de una simpleza abrumadora. Y, la impostura fue tomando cuerpo hasta llegar a nuestros días, al extremo que, hoy por hoy no hay títere en Chile que no repita esa versión.Desde la escuela primaria hasta la universidad se enseña tal aberración histórica sin el menor escrúpulo. Y como ello demuestra que los vecinos transandinos hacen culto de la mentira, no es extraño que el propio Presidente de la Junta Militar, General Augusto Pinochet, apareciera cohonestando la falsía nada menos que en un libro destinado a servir de texto en los institutos 

militares de su país. En homenaje a tan alto personaje, que encarna estas ideas antibolivianas,y con el fin de establecer una diferencia clara con la historiografía seria de Chile que se ocupa del tema, vamos a bautizar esta corriente sui generis con el nombre de “pinochetista”, ya que hasta ahora, extrañamente el improperio no tenía una denominación correcta. (…) Habida cuenta que el General Pinochet no es el autor de la tesis que sustenta en su libro como pretende hacer creer, es conveniente saber que ni siquiera aporta algo a ella. Es un simple copista de las versiones de Ríos Gallardo, Espinoza Moraga y Jaime Eyzaguirre, y en cierta medida de Francisco A. Encina; quienes a su vez remozan y hacen suya la de Amunátegui como tenemos indicado. Pero quizá la pieza más importante que sirve de verdadero sustento a las lucubraciones de Ríos Gallardo y Eyzaguirre en especial, sea la famosa circular del Ministro de Relaciones Exteriores de Chile, R. Errázuris Urmaneta de 30 de septiembre de 1900, nota circular que tomando por armazón la invención Amunateguina llega a constituir la base del pinochetismo contemporáneo. (…) Desaparecido Eyzaguirre, ha quedado como heredero el 

General Pinochet, quien antes de asumir la presidencia en 1973 había publicado los libros sobre el tema. Las obras de Pinochet, destinadas a servir de texto de consulta en los institutos militares de su país pasaron desapercibidos por su ninguna importancia; pero su 

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23 

inconsistente, ello principalmente a través de las obras de Edgar Oblitas

Fernández, en su  Historia Secreta de la Guerra del Pacífico, y de Juan

Siles Guevara: Ensay o Crítico sobre Chile y Bolivia25.

Por ello, al margen del enrevesamiento de los títulos coloniales, los

hechos demuestran que si el Litoral (158.000 km2) no hubiese sido

 boliviano, entonces no se justifica que Chile hubiera negociado su

apropiación por la vía diplomática antes de la Guerra del Pacífico, como

efectivamente lo hizo. Y si no fuera así, ¿qué explicación tendrían los

Tratados que tan laboriosamente obtuvo de Bolivia en 1866 y 1874; y por

qué Chile habría negociado la salida de Bolivia al mar en 1895 y en tantas

otras oportunidades? Cabe hacer notar que esta situación también fue re-

actualizada con la suscripción de la famosa  Agenda de los trece puntos

entre Chile y Bolivia.

Sobre este aspecto, se debe considerar que nadie pondría en trance de

negociación, la propiedad de algo que posee con un título

 verdaderamente incuestionable26 ( y se debe agregar tam bién que un

Tratado exigido por la fuerza a un país vencido, no puede ser 

considerado títu lo suficiente).

b )  La g u e r r a d e 18 7 9 fu e u n a g u e r r a d e c o n q u i s t a , m o t iva d a p o r

la s ingen te s r iqu ezas (gua n o , s a li t r e , y m ás t a r de , cob r e , p la ta

y o t r o s m i n e r a l e s ) q u e gu a r d a b a e l li to r a l b o li vi a n o .

Entre otras muchas otras que podrían citarse, la confirmación definitiva

de que el litoral boliviano fue conquistado por Chile, la expresó el

plenipotenciario chileno Abrahan Koning, quien en una memorable nota

oficial dirigida a la Cancillería boliviana, en agosto del año 1900, dijotextualmente: “Es un error m uy esparcido y que se repite diariam ente

encumbramiento a la Primera Magistratura de Chile ha servido también para desempolvar sus libros y ponerlos de relieve a manera de rodearle de un aura intelectual. (…)” . OBLITASFERNÁNDEZ, Edgar. Historia secreta de la Guerra del Pacífico (1879 - 1904). La Paz (Bolivia):Editorial Los Amigos del Libro, 2001. Págs. 4-5.25 SILES GUEVARA, Juan. Ensayo Crítico sobre: “Chile y Bolivia. Esquema de un proceso diplomático”, de Jaime Eyzaguirre . La Paz, Bolivia: Centro de Estudiante de la Facultad deFilosofía y Letras de la Universidad Mayor de San Andrés, 1967.26  “Bolivia tenía pues su propia, amplia, salida al mar. Nada menos que cuatrocientos kilómetros de costa sobre el Pacífico desde el grado 21.27’ de latitud Sur (desembocadura del 

río Loa) en el norte hasta el grado 27 (cabecera del valle de Copiapó) en el Sur” . Cfr.MONTENEGRO, Walter. Oportunidades perdidas. Bolivia y el mar . La Paz – Cochabamba(Bolivia): Editorial Los Amigos del Libro, 1987. Pág. 12.

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24 

en la prensa y en la calle, el opinar que Bolivia tiene derecho a exigir un

 puerto en com pensación de su litoral. N o hay tal cosa. Chile ha ocupado

el litoral y se ha apoderado de él con el m ismo t ítulo con que Aleman ia

anexó al Im perio, la Alsacia y la Lorena; con el m ism o título con que los

Estados Unidos de la América del Norte han tomado a Puerto Rico.

 Nuestros derechos nacen de la victor ia, la ley suprem a de las nacion es.

Que el litoral es rico y que vale millones, eso ya lo sabíamos. Lo

guardamos porque vale; que si nada valiera, no habría interés en su

conservación. Terminada la guerra, la nación vencedora impone sus

condiciones y exige el pago de los gastos ocasionados. Bolivia fue

vencida, no tenía con qué pagar, y entregó el Litoral. Esta entrega es

indefinida , por tiem po indefinido, así lo dice el Pacto de Tregua: fue una

entrega absoluta, incondicional y perpetua. En consecuencia Chile no

debe nada, no está obligado a nada, mucho menos a la cesión de una

 zona de terreno y de un puerto. (…)”27(los subrayados me corresponden).

 Y se debe recordar, que ésta es (y ha sido siempre) la posición reiterada

que el Gobierno de Chile ha expresado y reafirmado a través de sus

gobernantes, desde hacen más de cien años hasta el presente, así como

en diversas instancias internacionales.Que el litoral era boliviano, Chile lo sabe, así como también conoce y sabe

que el Pacto de Tregua de 1884, y el Tratado de Paz de 1904, fueron

documentos suscritos por Bolivia en su condición de país vencido,

obligado a aceptar las condiciones del vencedor. Ciertamente, no hay en

la historia de la humanidad, tratado suscrito después de una contienda,

en que la nación perdedora logre pactar una paz justa; y fue así como se

suscribieron ambos documentos.Frente a estos hechos, hubo oposición en Bolivia, y se emitieron votos

disidentes en minoría, al ser sometido el Tratado al Congreso Nacional,

sin embargo, ello no altera el hecho de que ese documento fue ratificado

por el ente legislativo. Así por ejemplo, el artículo II del Tratado de Paz

indica: “Por el presente Tratado, quedan reconocidos del dominio

27  “Que Koning cometió una monumental indiscreción diplomática cuando declaró lo que antecede, es un hecho, pero ciertamente no estaba inventando nada y nunca fue oficialmente 

desmentido. Un tiempo después de su teutónico exabrupto fue retirado, y años después murió tranquilamente en Chile. Había dicho la verdad y no lo podían acusar ni menos condenar por ello” . MONTENEGRO, Walter. Oportunidades perdidas. Bolivia y el mar . Pág. 13.

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25 

absoluto y perpetuo de Chile, los territorios ocupados por éste en virtud 

del artículo 2º del Pacto de Tregua de 4 de abril de 188 4”, y 

precisamente esos territorios son los que formaban el litoral boliviano28.

c)   L o o c u r r i d o e n e l á m b i t o d i p l o m á t i c o d e s d e 1 9 0 4 h a s t a e l

p r e sen te (n egociac ion es , ge s t iones , a l ega to s y con t r aa lega to s ,

t r á m i t e s c o n f i d e n c i a l e s , e t c . ) , n o h a c a m b i a d o e n n a d a l a

s i tuac ión . Con la pérdida del Litoral, Bolivia no solamente ha quedado

despojada de su acceso soberano al mar, sino que ha perdido una enorme

fuente de riquezas29. Esas inmensas pérdidas, han causado un profundo

daño material a Bolivia, al que se podría añadir el lucro cesante relativo a

la explotación de las riquezas de la superficie y el fondo del mar; y una

profunda huella emocional cuya influencia, legítima en su esencia pero

negativa en su exceso, no se puede dejar de mencionar en estas premisas.

d )  La na tu ra leza exc lu s ivamen te “b i l a te ra l” de l p rob lema de l a

m e d i t e r r a n e i d a d d e B o l i v i a , c o n s t a n t e m e n t e a l e g a d a p o r

C h i l e , n o e s t a l , d e b i d o a q u e i n e v i t a b l e m e n t e h a b r á u n a

pa r t i c ipac ión de l Pe rú , po r l a ex i s tenc ia de l P ro toco lo

C o m p l e m e n t a r i o d e l T r a t a d o c h i l e n o - p e r u a n o d e 1 9 2 9 (que

puso fin a la guerra de 1879 entre esos dos países), y según el cual: “los

gobiernos de Chile y el Perú no podrán, sin previo acuerdo entre ellos,

ceder a una tercera potencia (Bolivia, desde luego) la totalidad o parte

de los territorios que, en conformidad con el Tratado de esta misma

 fecha, quedan ba jo su s respectivas soberanías, ni podrán sin ese

requisito, construir a través de ellos, nuevas líneas férreasinternacionales”. Este aspecto -según anota Montenegro- es muy 

28  “En este punto, es importante recordar que un tratado, como un instrumento básico del Derecho Internacional, sólo puede ser modificado por acuerdo entre las partes, no por decisión unilateral. Esto es obvio, pero cabe recalcarlo porque no ha faltado alguna vez, en la histeria de una crisis política interna boliviana, la proposición (felizmente no acogida) de denunciar (desconocer) el Tratado de 1904; lo que habría significado volver a un virtual estado de guerra con Chile” . MONTENEGRO, Walter. Oportunidades perdidas. Bolivia y el mar . Pág. 14.29 “Con cifras cuidadosamente compiladas y verificadas por el historiador y diplomático Alfonso Crespo Rodas, el documento oficial (Informe) presentado por la Cancillería boliviana ante la IX Asamblea General de la Organización de Estados Americanos realizada en 1979 en La Paz,

muestra impresionantes datos…”, respecto a lo que Chile ganó y Bolivia perdió comoconsecuencia de la Guerra del Pacífico, lo que puede verse en el Apéndice documental de laobra de Walter Montenegro, que hemos citado y utilizado para desarrollar este acápite.

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26 

importante, porque algunas de las soluciones más factibles para el

problema de la salida de Bolivia al mar, estarían situadas en los

territorios afectados por el Protocolo que se acaba de mencionar. Por

tanto, el problema se hace ya tripartito a partir de este punto. Y,

finalmente, por fuerza de la creciente interdependencia político-

económica de todos los componentes del mundo contemporáneo, y 

gracias a la permanente gestión de Bolivia ante los organismos

internacionales para dejar constancia de este hecho, la salida de Bolivia al

mar ha adquirido indudable dimensión e interés continentales,

expresados en repetidas declaraciones de organismos internacionales.

e )   T a n e q u i v o c a d a , c o m o l a n o c i ó n d e q u e e l p r o b l e m a d e l a

s a l ida de Bo l iv ia a l ma r e s exc lu s ivamen te b i l a te ra l ( en t re

Bo livia y Ch i le ) , e s l a de qu e lo s o rgan i sm os in te r n ac iona le s (a

n ive l m un d ia l , com o la ONU, o a n ive l r eg iona l com o la OEA) ,

q u e h a n d e c l a r a d o s u i n t e r é s e n e l p r o b l e m a , p o d r á n

r e s o lve r l o p o r s í m i sm o s .

Eso por supuesto, -aclara Montenegro- es imposible, puesto que no existe

todavía en el mundo un tribunal de ésta índole, ni siquiera la Corte deJusticia Internacional de la Haya (el más alto de su especie) cuyas

decisiones tengan fuerza ejecutiva. “Sin duda , habrá que pasar por una

negociación directa con Chile, en la que posiblemente intervendrá el

Perú; y es probable que todo este procedimiento se desarrolle bajo los

auspicios de la Organización de Estados Americanos y, por ende,

 Boliv ia deberá estar preparada para sostener su causa en todas estas

instancias del pr ocedimiento”(Montenegro).

Por todo lo expuesto, y considerando: a ) las razones de reparación de una

injusticia de la que fue Víctima Bolivia; b ) la necesidad práctica que tiene de

contar con una salida al mar, para facilitar su desarrollo económico-social; c) la

conveniencia de que Bolivia cuente con ese recurso para desempeñar mejor su

papel en los esquemas de integración subregional y continental; y  d ) el valor

emocional que el pueblo boliviano asigna a este asunto, se puede afirmar –junto

a Walter Montenegro– que Bolivia no cejará en su empeño de recuperar por la

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27 

 vía pacífica, su acceso propio al Océano Pacífico; que mientras no lo recupere,

habrá un obstáculo permanente para las buenas relaciones y el desarrollo

armónico de esta parte del continente; y que, por consiguiente, para beneficio

de todas las partes afectadas, entre las que se incluye a la subregión andina, será

deseable resolver satisfactoriamente este problema tan pronto como sea

posible30.

10 . La Re ivind icac ión Mar í t im a en l a Con s t i tuc ión Bo liviana

Ciertamente –aunque resulte paradójico–, el tema marítimo, o de la

reivindicación marítima como tal, no fue abordado o incorporado en ninguna de

las reformas que se introdujeron a la Constitución Boliviana (salvo por la

reformas constitucionales efectuadas durante los años 1831, 1834 y 1839, en

que se declaró expresamente que el territorio de la Nación Boliviana

comprendía los Departamentos de Potosí, Chuquisaca, La Paz, Santa Cruz,

Cochabam ba y Oruro, así com o las provincias Litoral y de Tarija), pese a ser

un tema de constante actualidad en el transcurso de todos estos años, y que

constituye inclusive una de las bases de la Política Exterior Boliviana frente a

Chile; ello, presumiblemente en la confianza de que el asunto, en los inicios de

la época republicana, no requería mayor controversia, dado que la mismaRepública de Chile, en sus Constituciones Políticas de 1822, 1823, 1826 y 1833, 

declaraba expresamente que los límites de ese país abarcaban “desde el

despoblado de Atacam a hasta el Cabo de Horn os...".

Sin embargo de esta grave omisión, son rescatables algunas de las propuestas de

reforma constitucional que se formularon hasta antes de la instalación de la

 Asamblea Constituyente en Bolivia (2007), con el objeto de dotar al país de unaNueva Constitución.

 Así por ejemplo, hacia 1979 (año del Centenario de la pérdida del Litoral

cautivo) el notable estadista boliviano, Fernando Diez de Medina, planteaba la

necesidad de un precepto constitucional que declare nuestro propósito

constante de obtener una salida al mar, ello en el entendido de que si la

Constitución es la Ley fundamental que organiza un Estado, el derecho que

30 Cfr. MONTENEGRO, Walter. Oportunidades perdidas. Bolivia y el mar . Pág. 16.

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28 

emana del pueblo para darse el sistema de gobierno y las formas jurídicas que

normen la vida civil, lo primero que se ha de preguntar el legislador que revisa

la Carta Magna es: qué piensa, qué busca, qué quiere la colectividad que le

confió su representación; agregando que:

“Desde 188 0, el pueblo bolivian o piensa , busca, quiere su reintegración

marítima. Es el supremo ideal de la Nación enclaustrada. La fuerza

invisible que nos mueve hacia el progreso. El motor primero, anima

animans de la gente andina. En el conjunto de leyes que determina la

estructu ra del Estado y garan tiza los derechos de los ciudadanos, sea en

su parte dogmática o en su aspecto orgánico, parece difícil acomodar 

un artículo que establezca la salida al mar como principio de acción,

com o norte dinám ico de la Nación Boliviana, porque la Carta Magna no

es un program a de gobierno.

Pero sí será lícito el enunciado, y cabe consignarlo como expresión

indeclinable de la voluntad popular. Debe darse consistencia jurídica a

este alto ideal nacional – suprem a lex– que señala a las generaciones el

camino de la verdad, de la reparación que la República se debe a sí 

misma. Y no se hable de romanticismo y tradición, porque éste sería, políticam ente hablando, un acto revolucion ario acorde con el tiem po:

los pueblos tienen el deber de p roclam ar su s derechos y de afirm ar sus

necesidades vitales, partiendo del cimiento legal que legitima su

existencia. ¿Qué piensa, qué busca, qué anhela Bolivia? ¡Su salida al

mar!”31.

31 DIEZ DE MEDINA, Fernando. La marcha hacia el mar . La Paz (Bolivia): Editorial CasaMunicipal de la Cultura “Franz Tamayo”. Biblioteca Paceña – H. Municipalidad de La Paz, 1979.Págs. 143-144. Cabe hacer notar también, que fue precisamente en el año 1979 (en el 9no.Periodo de Sesiones de la OEA, del 22 al 31 de octubre, celebrado en la ciudad de La Paz),que Bolivia obtuvo el mayor triunfo diplomático en la pulseta por la reivindicación marítima conChile. La Organización de los Estados Americanos (OEA), aprobó la Resolución Nº 426, quedetermina “de interés hemisférico permanente encontrar una solución equitativa por la cual Bolivia obtenga un acceso soberano y útil al océano Pacífico” . La resolución tambiéndispuso:“Recomendar a los Estados a los que este problema concierne, que inicien negociaciones encaminadas a dar a Bolivia una conexión territorial libre y soberana con el océano Pacífico. Tales negociaciones deberán tener en cuenta derechos e intereses de las partes y podrán considerar, entre otros elementos, la inclusión de una zona portuaria de desarrollo multinacional integrado y tener en cuenta el planteamiento boliviano de no incluir 

compensaciones territoriales” . Recientemente, se ha anunciado que después de 33 años,Bolivia será sede de la 42º reunión de la OEA, y el lugar elegido para el encuentro hemisféricoes la ciudad de Cochabamba.

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29 

 Años más tarde, una de las primeras propuestas específicas sobre el tema, fue

expuesta por Fernando Salazar Paredes, quien fundamentándose precisamente

en el hecho de que uno de los pilares de nuestra política internacional es el

derecho que tiene Bolivia a retornar al Pacífico, argumentaba que -según su

criterio- “el pun to de partida par a alcanzar nuestra r eintegración m arítim a es,

consecuentemente, afirmar en lo interno y externo el derecho que tiene Bolivia

a retornar al Pacífico”, y este principio, fue precisamente reconocido en el

ámbito hemisférico, de manera contundente en la  Resolución de la OEA de 22

de octubre de 1979, cuando unánimemente se expresó que: “es de interés

hemisférico perm anente encontrar una solución equitativa por la cual Bolivia

obtenga acceso soberano y útil al Océano Pacífico”, motivo por el cual dicho

autor sostuvo que un precepto de esta naturaleza no puede estar ausente de

nuestro texto constitucional, a cuyo efecto propuso un nuevo artículo a ser

inserto entre las Disposiciones Generales de la Constitución, que establezca: “El

derecho eminente de Bolivia a un acceso propio, libre, soberano y útil al

Océano Pacífico es imprescriptible”; e inmediatamente después, un segundo

artículo relacionado al anterior, y basado en las Resoluciones, tanto del Consejo

de Seguridad como de la Asamblea General de las Naciones Unidas, queconstituyen parte de la doctrina internacional, y que declare: “Bolivia reconoce

 y aplica las norm as del derecho internacional general y am ericano en la

m edida en que sus p oderes públicos las hay an adoptado. Consagra el derecho

de auto-determinación de los pueblos y el respeto a su soberanía. El principio

de la no intervención constituye una norma invariable de la política

internacional boliviana que no reconoce la conquista territorial por la fuerza

de las arm as”32

.

32 SALAZAR PAREDES, Fernando. Política Exterior, Relaciones Internacionales y Constitución. La Paz (Bolivia): Ediciones CERID, 1991. Págs. 122-123. En similar sentido, el profesor de laUniversidad de Cochabamba, Dr. Pablo Dermizaky Peredo, en su propuesta de Reformas a laConstitución Política del Estado (de 1967, vigente en ese entonces), planteó la necesidad deque la Constitución deba contener “un Capítulo sobre el respeto a los principios de Derecho Internacional universalmente aceptados, como son el derecho de asilo, la auto-determinación de los pueblos, la no intervención, la solución pacífica de las controversias, el derecho de los tratados, la integración regional y subregional, el no reconocimiento de adquisiciones territoriales por la fuerza, condena a la agresión, al colonialismo, neo-colonialismo, racismo y toda forma de discriminación, etc.”  CONSTITUCIÓN  POLÍTICA  DEL  ESTADO (Con 

Introducción, Notas, Comentarios y Concordancias por el Dr. Pablo Dermizaky Peredo ).Segunda Edición. Cochabamba – La Paz (Bolivia): Editorial Los Amigos del Libro, 1992. Pág.24. Así también, el entonces H. Diputado Nacional, Dr. Benjamín Miguel Harb (ahora

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30 

Por otro lado, se debe mencionar que ciertamente en Bolivia, y después de las

reformas constitucionales efectuadas durante los años 1994 y 2004, han sido

pocas las innovaciones trascendentales que se han incorporado al texto

constitucional, y sin embargo –curiosamente– en ningún momento se

determinó incorporar una cláusula de rango constitucional que ponga en

evidencia la situación de enclaustramiento en que se encuentra nuestro país a

consecuencia de la invasión perpetrada al Litoral boliviano, y la injusta Guerra

del Pacífico.

Entonces, probablemente éste aspecto sí pueda ser considerado uno de los

méritos de la Constitución aprobada en enero del año 2009, que dedica un

Capítulo especial al tema de la Reivindicación Marítima, aunque

lamentablemente, tan sólo lo desglosa escuetamente en dos artículos:

“Ar t ícu lo 267. I . El Estado bolivian o declara su derecho irrenunciable

e im prescript ible sobre el territorio que le dé acceso al océano Pacífico y

su espacio marítimo. I I .  La solución efectiva al diferendo m arítim o a

través de medios pacíficos y el ejercicio pleno de la soberanía sobre

dicho terr itorio constituy en objetivos perm anentes e irrenunciables delEstado boliviano”. 

“Art ícu lo 268 . El desarrollo de los intereses marítimos, fluviales y

lacustres, y de la marina mercante será prioridad del Estado, y su

adm inistración y protección será ejercida por la Arm ada Boliviana, de

acuerdo con la ley”.

desaparecido), en su Anteproyecto de Reforma Constitucional (1992), como miembro delConsejo Nacional de Reforma y Modernización del Poder Judicial; propuso incorporar a laConstitución, un Título especialmente dedicado a configurar los lineamientos de la PolíticaInternacional, en los siguientes términos: “Bolivia forma parte de la Comunidad Internacional,hace suyos los principios y declaraciones de las Naciones Unidas que consagran el derecho a la autodeterminación de los pueblos y el respeto a su soberanía. No reconoce la conquista territorial por la fuerza de las armas. Declara que no renuncia a su reintegración al Océano Pacífico, considerada parte viva de su territorio. (…)” . CONSEJO NACIONAL DE REFORMA Y MODERNIZACIÓN DEL PODER JUDICIAL. Anteproyecto de Reforma Constitucional 1992. H.

Benjamín Miguel Harb . La Paz (Bolivia): Centro de Informática del Consejo Nacional deReforma y Modernización del Poder Judicial, 1992. Pág. 16. Sin embargo, extrañamente, estasy otras propuestas, no fueron incorporadas en la Reforma Constitucional de 1994.

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31 

Es importante tener presente, que cuando la Constitución habla de

 Reiv indicación Marítim a, hace referencia precisamente al reclamo insistente de

todo el pueblo boliviano, y que se ha mantenido incólume durante todo este

tiempo, para que vuelvan al dominio soberano de Bolivia, los extensos

territorios del Litoral boliviano y adyacentes que fueron usurpados por la

prepotencia bélica, permaneciendo hasta la actualidad en poder de la República

de Chile, desde la injusta guerra de conquista, asalto e invasión, perpetrados el

año de 1879 en contra de Bolivia, lo cual se encuentra abundantemente

demostrado.

En este sentido, las citadas normas constitucionales pretenden poner en

evidencia este funesto hecho ante cualquier Estado de la comunidad

internacional, declarando precisamente el carácter irrenunciable e

imprescriptible de la demanda marítima boliviana, a un acceso libre y soberano

al Océano Pacífico y su espacio marítimo, con la necesaria aclaración de que

Bolivia es partidaria de una solución al diferendo marítimo, siempre por medios

pacíficos, antes que bélicos, ello en el marco del respeto y observancia de las

reglas del Derecho Internacional, como corresponde a toda nación civilizada, en

el presente siglo de nuestro desarrollo; aunque, sin embargo, pretender “elejercicio pleno de la soberanía sobre dicho territorio…”, es precisamente lo que

ha provocado una reacción contraria y negativa, por parte de las principales

autoridades chilenas en este último tiempo33 ( principalm ente porque

contradice la política expansionista que ese país siempre ha sostenido ), con el

argumento de que no existiría problema limítrofe alguno, y que el mismo habría

sido “solucionado” por el Tratado de “Paz y Amistad” suscrito entre ambos

países el año 1904, lo cual no hace sino poner en evidencia la existencia de unTratado impuesto injustamente por la fuerza, a un país vencido como

consecuencia de una guerra de agresión injusta (ciertamente con Chile tenemos

paz, pero NO amistad). Asimismo, esa posición oficial no considera que cuando

un Tratado, por el cambio de las circunstancias, llega a producir a una de

las potencias contratantes un daño grave que no puede razonablemente

33 En este sentido, el pasado año 2011, el mismo Presidente de la República de Chile,

Sebastián Piñera, sostuvo que la propuesta final es no ceder soberanía, y que esa sería lapropuesta definitiva, ante el consenso político alcanzado en Chile. (Fuente: Matutino La Razón.La Paz (Bolivia), 26 de febrero de 2011. Disponible en el Blog: Tren Fugitivo Boliviano).

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32 

preverse, obraría contra la equidad la otra potencia, insistiendo en su

cumplimiento, conforme se ha dejado establecido por el mismo Andrés

Bello en la doctrina del Derecho Internacional.

Por otro lado, se debe rescatar que, lo que la Constitución quiere poner de

relieve, es que la República de Bolivia -ahora Estado Plurinacional de Bolivia-

nació libre, independiente y soberana, y que en la primigenia división política

territorial, contaba con la provincia del Litoral –constitucionalmente

reconocida–, poseyendo una franja costera y marítima hacía el océano Pacifico;

ello implica también que la República de Bolivia -ahora Estado Plurinacional de

Bolivia- nunca renunció a reivindicar su Derecho Marítimo, sino que de manera

permanente mantuvo vigente el reclamo ante Organismos Internacionales e

instancias bilaterales y multilaterales sobre el derecho al acceso soberano a las

costas marítimas usurpadas en 1879.

Precisamente esta situación, y las normas constitucionales antes detalladas,

motivaron la reciente emisión del Decreto Suprem o N º 834, de fecha 5 de abr il

de 2011, que tiene por objeto crear la  Dirección Estratégica de Reiv indicación

 Marítim a (como institución pública descentralizada, de derecho público, conpersonalidad jurídica propia, autonomía de gestión administrativa, financiera,

legal, técnica y patrimonio propio, bajo tuición del Ministerio de Relaciones

Exteriores), y el Consejo Nacional de Reivindicación Marítima, que se

constituye en el órgano superior de coordinación, presidido por el Presidente

del Estado Plurinacional de Bolivia (y en su ausencia por el Vicepresidente del

Estado Plurinacional o por el Ministro de Relaciones Exteriores), encontrándose

encargado de la definición, planificación, desarrollo ejecución y evaluación depolíticas referidas a la reivindicación marítima del Estado Plurinacional de

Bolivia, de acuerdo a lo previsto por la Constitución Boliviana.

 Además de lo anterior, a fin de sustentar la reivindicación marítima boliviana,

se debe considerar como requisito imprescindible, el agotamiento de todas las

instancias jurídicas existentes a nivel internacional, a efecto de presentar

documentación verídica y apropiada (desechando la que fuere dudosa o

meramente literaria); así como invalidar los Tratados impuestos por la fuerza –

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33 

según mandato constitucional–, haciendo valer de ellos, únicamente la auto-

confesión de que los territorios usurpados eran y son bolivianos, mucho más si

se considera que en caso de una eventual exigencia de compensaciones, la

explotación por parte de Chile, del Ferrocarril Arica - La Paz, de las minas de

Chuquicamata, de abonos, de tierras, de agua dulce, del mar y de aduanas, han

cancelado en demasía, todo pago, gasto o compensación que quisieran alegar las

autoridades chilenas, lo que debe ser necesariamente considerado en estricto

derecho; todo ello como parte de una estrategia jurídica de la Demanda

 Marítim a Boliv iana34.

 A criterio del autor, es importante dejar establecido que la reivindicación

marítima no acaba con la mencionada declaración constitucional, tampoco

empieza con la conmemoración del  Día de la Reiv indicación Marít im a (el día

29 de abril de cada año), sino que implica toda una estrategia política,

institucional y de política exterior (constante y permanente), del Estado

Plurinacional de Bolivia, encaminada a la discusión abierta, debate serio y 

consecución de propuestas concretas (y pacíficas) de solución al problema del

enclaustramiento marítimo de Bolivia, situación política, económica y 

socialmente perjudicial ésta, que no puede perpetuarse, ni tampoco mantenerseinvariable por más tiempo; este tema debe ser propuesto en la mesa de

negociación de cualquier instancia regional y/o internacional por parte de

Bolivia; debe ser el punto central de todo acuerdo de integración regional que

involucre a los dos países, para que goce de especial y pr evio pronunciam iento,

como requisito indispensable para el desarrollo del país en el concierto de la

comunidad internacional, a fin de que el clamor del pueblo boliviano no sea más

desoído o simplemente ignorado, y no sea soslayado o reemplazado porintereses momentáneos que no consulten las legítimas aspiraciones de un

pueblo que tiene derecho a reclamar lo que fue, es y será siempre suyo: una

costa marítima, con puerto libre, en el Océano Pacífico.

34 El pasado año 2011, también se han dado a conocer algunos argumentos legales y ejes

principales que debería tener la estrategia para la Demanda Marítima Boliviana. (Fuente:Matutino La Razón. La Paz (Bolivia), 27 de marzo de 2011. Disponible en el Blog: Tren FugitivoBoliviano).

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34 

 Al respecto, es importante entender que el Tratado de 1904, estableció la Paz,

después de la guerra injusta, pero no así la Amistad, es decir, que no ha cerrado

en definitiva el problema limítrofe que persiste entre Bolivia y Chile, sino que

por el contrario, es el motivo que ahora más que nunca, determina la búsqueda

de vías alternativas, para que ambos Estados, a través de las voces de sus

pueblos, encuentren la manera adecuada de reconciliar su hermandad, y de esta

forma reforzar su soberanía frente a influjos externos que tienden a

distanciarlos, y para ello, debe tenerse como punto de partida la premisa básica

consistente en la necesidad de hacer justicia a la demanda del pueblo de Bolivia,

como una muestra de hidalguía por el daño enorme ocasionado en una época

llena de ambiciones y de oligarquías momentáneas, manipuladas por intereses

extranjeros.

Finalmente, cualquier proceso de integración, presente o futuro, entre nuestros

pueblos, se ve enormemente obstaculizado, no solamente por todos los sucesos

históricos que han derivado en la situación actual, sino también por las

realidades vigentes que crean desunión entre nosotros, y para concretar aquella

aspiración, debemos buscar juntos una solución pacífica al injusto encierro

geográfico de Bolivia, superando de una vez y para siempre las heridas delpasado, e imponiendo a su vez la voluntad real de los pueblos involucrados en

este problema (Bolivia, Chile y Perú) por la fuerza de las circunstancias

históricas que ahora se presentan y exigen soluciones definitivas. De otra

manera, y sin ese convencimiento pleno, no podremos actuar con la lealtad que

se requiere de manera indispensable para la convivencia pacífica entre naciones

de un mismo continente.

 Abog. Alan E. Vargas LimaResponsable del Blog Jurídico:

Tren Fugitivo Boliviano http://alanvargas4784.blogspot.com/  Homenaje al Día del Mar y el Litoral Boliviano.

La Paz, 23 de marzo de 2012.