la justicia comprobó

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Page 1: La justicia comprobó

La justicia comprobó

Fernando Botero Zea (Director de la Asociación Colombia Moderna y de la Campaña

Samper Presidente) “fue condenado el 3 de Octubre de 1996 por un Juzgado Regional por

los punibles de enriquecimiento ilícito a favor de terceros y falsedad ideológica en

documento privado, por la captación de donaciones provenientes del denominado Cartel de

Cali que ingresaron a la campaña Samper Presidente y la adulteración de los respectivos

balances”1.

Santiago Medina Serna (Tesorero de la Asociación Colombia Moderna y de la

Campaña Samper Presidente) “fue condenado mediante sentencias de julio 11 y

septiembre 25 de 1996, expedidas respectivamente por un Juez Regional de Bogotá y por el

Tribunal Nacional, al a pena de 64 meses de presión y multa de tres mil trescientos treinta y

tres millones, trescientos treinta y tres pesos con treinta y tres centavos, al ser hallado

responsable de incurrir en el delito de enriquecimiento ilícito descrito por el artículo 10 del

decreto 2266 de 1991”.2

Aparece contrastado por la naturaleza del ilícito que dio origen a la vinculación del señor

MEDINA SERNA, inicialmente como imputado y luego como sindicado en un proceso

por el delito de enriquecimiento ilícito. Se trató nada más y nada menos que de la búsqueda

y facilitamiento de financiación de la campaña por la jefatura del Estado colombiano por

parte de personas dedicadas a actividades de narcotráfico, conducta de cuya gravedad y

nocividad social no queda la menor duda, ni es susceptible de minimizarse, si se mira que a

ella resultaron vinculados cinco mil millones de pesos recibidos de los hermanos Gilberto y

Miguel Rodríguez Orejuela, de Helmer Herrera y de José Santacruz Londoño integrantes

del “Cartel de Cali”.

La potencialidad del daño a la estabilidad de la República, a la legitimidad de la institución

Presidencial, a la figuración internacional del país como Estado soberano y el fraude que al

proceso electoral como fundamento del sistema democrático y base de la credulidad

pública, por no citar sino esos cuatro factores, son elementos que no podía pasar por alto el

procesado cuando aceptó el encargo del Director General de la Campaña de acudir a los

1 Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Proceso No. 22412, p. 2 y 32 Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Proceso 12.786, Aprobado Acta 28, p. 1

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ahora confesos narcotraficantes del Cartel de Cali para que financiaran una Campaña cuyo

propósito específico era la elección del Presidente de la República. 3

Juan Manuel Avella Palacio (Suplente del Director y Director Administrativo de la

Asociación Colombia Moderna) condenado el 23 de Febrero de junio de 1998 por el

Tribuna Nacional por el delito de falsedad ideológica en documento privado y absuelto por

el delito de enriquecimiento ilícito de particulares a favor de terceros. “JUAN MANUEL

AVELLA Palacio en su condición de Director Administrativo de la Asociación Colombia

Moderna, con conocimiento del manejo contable que debió darse a un sin número de

donaciones, no las hizo reportar para evitar la superación de los topes electorales fijados

para esa época por el Consejo Nacional Electoral. Fue así como omitió u ocultó

transacciones, falseando la verdad real que debió hacerse constar en la contabilidad, la que

posteriormente se utilizó para obtener el reintegro de $1.795.951.200 como gastos

electorales reconocidos por el CNE a la campaña a la presidencia de la República del

doctor ERNESTO SAMPER PIZANO.”4

3 Ibid. P. 114 Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Proceso No 15294, Aprobado Acta No 143, p. 5.