la justicia comprobó
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La justicia comprobó
Fernando Botero Zea (Director de la Asociación Colombia Moderna y de la Campaña
Samper Presidente) “fue condenado el 3 de Octubre de 1996 por un Juzgado Regional por
los punibles de enriquecimiento ilícito a favor de terceros y falsedad ideológica en
documento privado, por la captación de donaciones provenientes del denominado Cartel de
Cali que ingresaron a la campaña Samper Presidente y la adulteración de los respectivos
balances”1.
Santiago Medina Serna (Tesorero de la Asociación Colombia Moderna y de la
Campaña Samper Presidente) “fue condenado mediante sentencias de julio 11 y
septiembre 25 de 1996, expedidas respectivamente por un Juez Regional de Bogotá y por el
Tribunal Nacional, al a pena de 64 meses de presión y multa de tres mil trescientos treinta y
tres millones, trescientos treinta y tres pesos con treinta y tres centavos, al ser hallado
responsable de incurrir en el delito de enriquecimiento ilícito descrito por el artículo 10 del
decreto 2266 de 1991”.2
Aparece contrastado por la naturaleza del ilícito que dio origen a la vinculación del señor
MEDINA SERNA, inicialmente como imputado y luego como sindicado en un proceso
por el delito de enriquecimiento ilícito. Se trató nada más y nada menos que de la búsqueda
y facilitamiento de financiación de la campaña por la jefatura del Estado colombiano por
parte de personas dedicadas a actividades de narcotráfico, conducta de cuya gravedad y
nocividad social no queda la menor duda, ni es susceptible de minimizarse, si se mira que a
ella resultaron vinculados cinco mil millones de pesos recibidos de los hermanos Gilberto y
Miguel Rodríguez Orejuela, de Helmer Herrera y de José Santacruz Londoño integrantes
del “Cartel de Cali”.
La potencialidad del daño a la estabilidad de la República, a la legitimidad de la institución
Presidencial, a la figuración internacional del país como Estado soberano y el fraude que al
proceso electoral como fundamento del sistema democrático y base de la credulidad
pública, por no citar sino esos cuatro factores, son elementos que no podía pasar por alto el
procesado cuando aceptó el encargo del Director General de la Campaña de acudir a los
1 Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Proceso No. 22412, p. 2 y 32 Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Proceso 12.786, Aprobado Acta 28, p. 1
ahora confesos narcotraficantes del Cartel de Cali para que financiaran una Campaña cuyo
propósito específico era la elección del Presidente de la República. 3
Juan Manuel Avella Palacio (Suplente del Director y Director Administrativo de la
Asociación Colombia Moderna) condenado el 23 de Febrero de junio de 1998 por el
Tribuna Nacional por el delito de falsedad ideológica en documento privado y absuelto por
el delito de enriquecimiento ilícito de particulares a favor de terceros. “JUAN MANUEL
AVELLA Palacio en su condición de Director Administrativo de la Asociación Colombia
Moderna, con conocimiento del manejo contable que debió darse a un sin número de
donaciones, no las hizo reportar para evitar la superación de los topes electorales fijados
para esa época por el Consejo Nacional Electoral. Fue así como omitió u ocultó
transacciones, falseando la verdad real que debió hacerse constar en la contabilidad, la que
posteriormente se utilizó para obtener el reintegro de $1.795.951.200 como gastos
electorales reconocidos por el CNE a la campaña a la presidencia de la República del
doctor ERNESTO SAMPER PIZANO.”4
3 Ibid. P. 114 Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Proceso No 15294, Aprobado Acta No 143, p. 5.