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La Uruca, San José, Costa Rica, martes 16 de junio del 2015 AÑO CXXXVII Nº 115 28 páginas ¡Su tiempo es muy valioso para nosotros! www.imprentanacional.go.cr Es fácil y rápido: Regístrese una única vez, indicando su correo electrónico y una contraseña. Ingrese al sistema y cree una solicitud para cada documento a publicar. Adjunte el documento a publicar, el cual debe contener su firma digital. ¡ Ya puede hacerlo desde internet! Aviso de la fecha de su publicación es uno de los beneficios de realizar el trámite de sus publicaciones en La Gaceta, a través de nuestro sitio web transaccional:

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La Uruca, San José, Costa Rica, martes 16 de junio del 2015

AÑO CXXXVII Nº 115 28 páginas

¡Su tiempo es muy valioso para nosotros!

www.imprentanacional.go.cr

Es fácil y rápido: Regístrese una única vez, indicando su

correo electrónico y una contraseña. Ingrese al sistema y cree una solicitud para

cada documento a publicar. Adjunte el documento a publicar, el cual

debe contener su firma digital.

¡Ya puede hacerlodesde internet!

Aviso de la fecha de su publicaciónes uno de los beneficios de realizar el trámite de sus publicaciones en La Gaceta,a través de nuestro sitio web transaccional:

Pág 2 La Gaceta Nº 115 — Martes 16 de junio del 2015

PODER EJECUTIVO

ACUERDOSMINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ

N° 034-MJPEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAY LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En el uso de las facultades conferidas en los artículos 140 inciso 1) y 146 de la Constitución Política del 07 de noviembre de 1949, artículos 53 inciso a) y 65 de la Ley General de Policía, Ley N° 7410 del 26 de mayo de 1994 y los artículos 21, 115, 117 y 119 del Reglamento General de la Policía Penitenciaria, Decreto Ejecutivo N° 26061-J del 15 de mayo de 1997.

Considerando:I.—Que los servidores que se dirán, cumplen con los requisitos

establecidos tanto en el artículo 65 de la Ley General de Policía, como en los artículos 21, 115 y 117 del Reglamento General de Policía Penitenciaria; ocupando actualmente puestos en propiedad en la Policía Penitenciaria.

II.—Que dichos servidores aprobaron satisfactoriamente el curso Básico Policial, de conformidad con lo estipulado en los artículos 117 y 119 del Reglamento General de la Policía Penitenciaria.

III.—Que en la Sesión número: 004-2013 del 13 de setiembre del 2013, 030-2013 del 12 de noviembre del 2013, 005-2015 del 12 de febrero de 2015; del Consejo de Personal de la Policía Penitenciaria, refrendó la elegibilidad de los funcionarios en propiedad que a continuación se indicarán:

ACUERDAN:Artículo 1°—Incluir dentro del régimen del Estatuto Policial

a los siguientes funcionarios: Nombre completo N° cédula1 Arias Leitón Carlos 1-1379-07062 Badilla Zúñiga Martín 1-0519-05263 Barahona Agüero Francis 1-0597-00654 Cerdas Jiménez Wilson 1-1462-07575 Gómez Medina Harol 6-0347-00596 González Vega Reinaldo 1-0726-00427 Masis Vindas Marco 1-1510-08588 Mena Alvarado Rudy 7-0187-02929 Montero Fernández Roy 2-0478-053410 Morales Mora Bryan 1-1287-087711 Navarro Vargas Michael 1-1441-043112 Quesada Rojas Bryan 1-1493-042313 Quesada Rojas Johel Enrique 1-1374-001414 Rodríguez Castro Abner 1-1578-097715 Rodríguez Chavarría William 5-0331-084516 Rojas Hidalgo José Jaime 1-1279-092917 Rosales Godoy Jorge 5-0349-097318 Santana Jiménez Yordin 7-0222-006319 Solano Duarte Robert 1-0725-065420 Vásquez Núñez Álvaro 3-0369-057021 Vindas Venegas Tatiana 1-1269-0743

Artículo 2°—Rige a partir de la fecha de su publicación.Dado en la Presidencia de la República. San José, a los

dieciséis días del mes de febrero de dos mil quince.LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de

Justicia y Paz, Cristina Ramírez Chavarría.—1 vez.—O. C. N° 25384.—Solicitud N° 3965.—(IN2015036923).

N° 040-MJPEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAY LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En el uso de las facultades conferidas en los artículos 140 inciso 1) y 146 de la Constitución Política del 07 de noviembre de 1949, artículos 53 inciso a) y 65 de la Ley General de Policía, Ley N° 7410 del 26 de mayo de 1994 y los artículos 21, 115, 117 y 119 del Reglamento General de la Policía Penitenciaria, Decreto Ejecutivo N°. 26061-J del 15 de mayo de 1997.

Considerando:I.—Que los servidores que se dirán, cumplen con los requisitos

establecidos tanto en el artículo 65 de la Ley General de Policía, como en los artículos 21, 115 y 117 del Reglamento General de Policía Penitenciaria; ocupando actualmente puestos en propiedad en la Policía Penitenciaría.

II.—Que dichos servidores aprobaron satisfactoriamente el curso Básico Policial, de conformidad con lo estipulado en los artículos 117 y 119 del Reglamento General de la Policía Penitenciaria.

III.—Que en la Sesión número: 10-2009 del 02-04-2009, 18-2009 del 25-06-2009, 021-2011 del 28-10-2011, 004-2012 del 09-10-2012, 008-2014 del 24-04-2014, 010-2014 del 14-05-2014, 012-2014 del 29-05-2014, 13-2014 del 12-06-2014, 015-2014 del 30-06-2014, 03-2014 del 21-07-2014; del Consejo de Personal de la Policía Penitenciaría, refrendó la elegibilidad de los funcionarios en propiedad que a continuación se indicarán:

Jorge Luis Vargas EspinozaDirector General imprenta nacional

Director ejecutivo junta aDministrativa

Carmen Muñoz Quesadaministerio De Gobernación y policía

Dorelia Barahona Rierarepresentante eDitorial costa rica

Said Orlando de la Cruz Boschinirepresentante ministerio De cultura y juventuD

CONTENIDOPág

NºPODER EJECUTIVO Acuerdos .................................................................. 2

DOCUMENTOS VARIOS ........................................ 3

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Edictos .................................................................... 6

Avisos ...................................................................... 7

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA ................ 7

REGLAMENTOS ................................................... 15

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS ........ 16

RÉGIMEN MUNICIPAL ....................................... 19

AVISOS..................................................................... 20

NOTIFICACIONES ................................................ 25

FE DE ERRATAS .................................................... 28

La Gaceta Nº 115 — Martes 16 de junio del 2015 Pág 3

ACUERDAN:Artículo 1°—Incluir dentro del régimen del Estatuto Policial

a los siguientes funcionarios: Nombre completo N° cédula1 Aguirre Campos Leónidas Jovel 7-0177-00232 Angulo Rodríguez Alban Jesús 1-1333-05113 Araya Masis Arley 7-0199-08364 Arrieta Núñez Jean Carla 7-0194-01775 Badilla Ureña Ronny Fabián 1-1527-00956 Calderón Bonilla Ruth 7-0112-02187 Campos Madriz Keilin María 2-0723-05388 Carranza Elizondo Guadalupe 2-0681-09849 Carranza Gómez Jairo Arturo 1-1059-029510 Carrillo Salvatierra Marlon José 5-0392-087811 Cascante Fallas William Gerardo 1-1512-081112 Castrillo Pereira Danilo Alejandro 7-0213-004813 Castro Calderón Anthony Humberto 1-1210-012514 Céspedes Méndez Carlos Alberto 7-0190-068915 Corrales Chacón Manuel Eduardo 1-0898-027916 Chacón Alvarado David 7-0200-075917 Chavarría Jiménez Milton Cesar 1-1461-064518 Delgado Elizondo Roger 1-1481-011019 Esquivel Zúñiga Luis Andrés 1-1401-045120 Fallas Jiménez Martín Gerardo 1-1537-026321 Fallas Mendoza Rommel Ángel 1-1424-029222 Fallas Ríos Luis Pablo 1-1575-063323 García Rangel Ana Patricia 5-0325-059924 García Sánchez Juan 1-1377-093525 Guzmán Vargas Gustavo 1-1400-053326 Hidalgo Corrales Cynthia Rocío 1-1227-053927 Hidalgo Fallas Johnny Andrey 1-1434-046028 Jiménez Obando Karen Tatiana 1-1582-030229 López Porras Kener 1-1346-002630 Mesen Ulloa Beatriz de los Ángeles 1-1415-045431 Monge Araya Minor Jesús 1-1483-057732 Monge Ríos Marisol 1-1485-079933 Mora Castro Anastacia Cristina 1-1444-019934 Mora Villalobos Luis Mauricio 6-0299-001935 Moreira Sirias Gerardo 2-0427-057136 Moya Corea Ceilyn Rebeca 1-1384-056037 Murcia Ríos Kendell Joshua 1-1493-098838 Naranjo Fallas Julio Cesar 1-1505-041839 Navarro Castro José Eduardo 1-1383-045540 Obando Duran Argerie María 7-0217-033241 Orozco Apuy Stephanie 2-0700-046842 Picado Mora Daisy Marcela 1-1577-025843 Sandoval Bustos Fabricio Antonio 5-0399-059144 Vásquez Barquero Elisa María 3-0316-035845 Vásquez Bolaños Manuel de Jesús 2-0710-033446 Villegas León José David 7-0230-0571

Artículo 2°—Rige a partir de la fecha de su publicación.Dado en la Presidencia de la República. San José, a los dieciséis días

del mes de febrero de dos mil quince.LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de

Justicia y Paz, Cristina Ramírez Chavarría.—1 vez.—O. C. N° 25384.—Solicitud N° 3964.—(IN2015036934).

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍASERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE AGROQUÍMICOS Y EQUIPOSEDICTO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZAE-REG-E-011/2015.—El señor Erich Hoepker Alvarado,

cédula de identidad: 1-441-909, en calidad representante legal de la compañía Químicas Unidas Ltda, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, provincia de San José, solicita

la inscripción del equipo de aplicación, tipo: PULVERIZADOR DE MOCHILA MOTORIZADO, marca: Solo, Modelo:434, peso: 6, 4 kg y cuyo fabricante es: Solo Sprayers Co. Ltda-China. Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037 MAG –MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el diario oficial La Gaceta.—San José, a las 11:30 horas del 5 de junio del 2015.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—(IN2015036943).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZSERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

EDICTOSLa doctora Laura Chaverri Esquivel, con número de cédula 4-168-

911, vecina de Heredia, en calidad de regente veterinario de la compañía Oficina Tramitadora de Registros Servet S. A., con domicilio en Escazú, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Bravecto fabricado por Laboratorios Intervet GesmbH de Austria, con los siguientes principios activos: Cada 1 gr contiene: Fluralaner 136.4 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas: Tratamiento contra garrapatas y pulgas en perros. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta dirección dentro del término de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el diario oficial La Gaceta.—Heredia, a las 9 horas del 1° de junio del 2015.—Dirección de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(IN2015036879).

El doctor Mauricio Caicedo Mafla número de pasaporte 94492432, vecino de Alajuela en calidad de representante legal de la compañía Droguería 3101462762 S. A., con domicilio en Alajuela, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Colival G 20, fabricado por Laboratorios Carval de Colombia con los siguientes principios activos: Cada 100 g contiene: Colistina sulfato 20 g y las siguientes indicaciones terapéuticas: Tratamiento de enfermedades causadas por E.coli, Klebsiella pneumoniae, Shigella sp. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 10 horas del día 12 de marzo del 2015.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe.—1 vez.—(IN2015037078).

JUSTICIA Y PAZJUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIALMarcas de ganado

N° 2015-943.—Nelson Arias González, cédula de identidad 0203500904, solicita la inscripción de:

N8 2

como marca de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas, Puntarenas, Paquera, Río Grande, del supermercado Las Almendras 400 metros noroeste, en entrada Playa de Mangos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 3 de junio del 2015. Según el expediente N° 2015-943.—San José, 4 de junio del 2015.—1 vez.—(IN2015037240).

N° 2015-816.—Roberto Webb Pineda, cédula de identidad 0600360442, solicita la inscripción de:

como marca de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas, Buenos Aires, Potrero Grande, 700m al noroeste de la escuela. Se cita a terceros interesados en

Pág 4 La Gaceta Nº 115 — Martes 16 de junio del 2015

defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 15 de mayo del 2015. Según el expediente N° 2015-816.—San José, 4 de junio del 2015.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—(IN2015037368).

Patentes de InvenciónPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La señora (ita) Paulina Espinosa Casillas, de México, solicita el Diseño Industrial denominada MODELO INDUSTRIAL DE PLANCHA PARA EL CABELLO.

Se presenta un objeto tipo pinza cuyo sistema permite el alaciado humano por medio del calor tecnología ifra roja aplicada mediante la presión de sus dos piezas principales y alimentada por

fuente de energía (cable). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 28/03; cuyo inventor es Espinosa Casillas, Paulina. Prioridad: La solicitud correspondiente lleva el número 20150253, y fue presentada a las 14:26:07 del 13 de mayo del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 18 de mayo del 2015.—Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador.—(IN2015035708).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICASAsociaciones civiles

AVISOSEl Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su

inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-600745, denominación: Asociación Cámara de Exportadores e Importadores de Productos Perecederos de Costa Rica. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 109836. Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 47 minutos y 27 segundos del 1° de junio del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015036836).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-580329, denominación: Asociación de Operadores de Turismo en el Parque Nacional Marino Ballena de Osa. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 60134. Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 59 minutos y 29 segundos del 12 de marzo del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015036872).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación para la Gestión Agropecuaria de los Distritos del Norte de Puntarenas, con domicilio en la provincia de Puntarenas, Puntarenas, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: gestionar y apoyar a los asociados y comunidades vecinas para ayudar e impulsar el desarrollo agropecuario, cuyo representante será el presidente: Fernando Rogelio Hall Benjamín, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la a Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 86586. Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 25 minutos y 39 segundos del 18 de mayo del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015036903).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Federación de Estilistas, Peluqueros, Esteticistas y Manicuristas de Costa Rica, con domicilio en la provincia de: San José- San José, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: entre otros: organizar eventos, seminarios y/o cualquiera otro relacionados al gremio de los profesionales en belleza. Cuya representante, será la presidenta: Blanca Mesén Vásquez, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2015 Asiento: 117318 con adicional(es): 2015-136123. Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 5 minutos y 43 segundos del 3 de junio del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(2015037004).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-071712, denominación: Asociación de Servicios Funerarios de Mercedes Sur de Heredia. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2015 Asiento: 126891. Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 13 minutos y 2 segundos, del 25 de mayo del 2015.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2015037013).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADOHABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO, con oficinas en San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: ANDREA LUCIA MORA GRANADOS, con cédula de identidad número 1-1220-0926, carné número 22750. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a esta publicación. Expediente N° 15-000698-0624-NO.—San José, 19 de mayo del 2015.—Licda. Tattiana Rojas S, Abogada-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—(IN2015036866).

HABILITACIÓN DE NOTARIA PÚBLICA, La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: MARIBELL SALAZAR SALAS, con cédula de identidad número 1-0581-0639, carné número 22675. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente Nº 15-000780-0624-NO.—San José, 5 de junio del 2015.—Unidad Legal Notarial.—Licda. Amalia Zeledón Lostalo, Abogada.—1 vez.—(IN2015037011).

AMBIENTE Y ENERGÍADIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS

SOLICITUD DE EXPLOTACIÓN EN CAUCEDE DOMINIO PÚBLICO

En expediente Nº 12-2014 el señor Heriberto Solís Ugalde, mayor, casado, comerciante, vecino de Río Claro de Golfito, cédula 6-276-698, apoderado generalísimo de Quebrador Los Piojos S. A., cédula jurídica 3-101-405056, solicita concesión para extracción de materiales en cauce de dominio público sobre el Río Claro.

La Gaceta Nº 115 — Martes 16 de junio del 2015 Pág 5

Localización geográfica:Sito en: Río Claro, distrito 03 Guaycará, cantón 07 Golfito,

provincia 06 Puntarenas.Hoja cartográfica:

Hojas Golfito y Piedras Blancas, escala 1:50.000 del I.G.N.Localización cartográfica:

Entre coordenadas generales: 290150 Norte, 566915.115 - 566781.341 Este límite aguas abajo y 291750 Norte, 567254.486 - 567377.876 Este límite aguas arriba.Área Solicitada: 18 ha 2597 m², longitud promedio 1751.13 metros, según consta en plano aportado al folio 35.Derrotero: Coordenadas del vértice N° 1 291186.398 Norte,

566985.018 Este.

Línea Acimut Distanciao ‘ m Cm

1-2 186 55 263 982-3 166 41 111 473-4 210 22 111 764-5 190 37 106 665-6 168 02 88 056-7 167 56 229 657-8 198 29 91 488-9 200 20 71 539-10 270 00 133 7710-11 355 39 85 0511 -12 0 32 99 6712-13 352 39 103 1113-14 15 23 103 2114-15 15 07 100 8215-16 14 48 98 5016-17 13 31 100 2917-18 5 09 100 0018-19 356 18 27 0719-20 10 35 267 0420-21 20 16 28 4821-22 24 07 166 6222-23 308 51 17 6023-24 50 45 68 1924-25 36 46 115 6425-26 38 24 106 2226-27 34 18 95 7527-28 30 09 53 8728-29 90 00 123 3929-30 209 43 25 6330-31 225 36 105 4031-32 210 34 100 2532-33 214 20 99 4633-34 220 57 100 7934-35 210 32 250 1535-1 211 37 8 87

Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 11 de agosto del 2014, área y derrotero aportados el 12 de febrero del 2015. Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San José, a las catorce horas quince minutos del veintinueve de abril del dos mil quince.—MSc. Marlene Salazar Alvarado, Directora.—(IN2015035872). 2 v. 2.Alt.

SOLICITUD DE EXPLOTACIÓN DE TAJOEDICTO

En expediente N° 2767 el señor Jesús Hernández López, cédula 2-291-574, mayor, casado una vez, ingeniero agrónomo, apoderado generalísimo de Rocalije FHC S. A., solicita concesión para extracción de materiales en el tajo Tenorio.

Localización Geográfica:Sito en: Palmira, distrito 02 Palmira, cantón 06 Cañas,

provincia 05 Guanacaste.Hoja cartográfica:Hoja Tierras Morenas, escala 1:50.000 del I.G.N.Ubicación cartográfica:Entre coordenadas generales: 1171406.1704 - 1171798.5006

Norte, 378237.6827 378501.6061 Este.Área solicitada:7 ha 2654 m2, según consta en plano aportado al folio 68.Derrotero: Coordenadas del vértice N° 1 1171751.8606

Norte, 378501.6061 Este.

Línea Azimut Distancia (m)° ʽ “ m

1-2 180 02 34 199.842-3 214 13 58 176.413-4 286 49 37 41.784-5 298 21 43 14.055-6 276 01 30 9.156-7 286 41 22 17.167-8 288 36 22 20.008-9 284 34 00 13.189-10 288 15 25 14.3110-11 285 18 20 5.8811-12 329 32 00 1.3912-13 271 13 00 16.4313-14 282 49 16 11.2714-15 338 58 00 21.0415-16 19 11 56 25.0516-17 320 56 36 11.9417-18 10 25 42 21.4418-19 16 25 37 19.2119-20 28 50 31 26.8620-21 53 52 45 11.8621-22 68 51 39 40.7822-23 57 45 33 20.4023-24 15 45 00 20.8524-25 22 11 00 36.7625-26 328 20 59 23.5226-27 310 42 02 25.1227-28 301 02 31 42.0328-29 351 49 02 19.7629-30 300 31 46 39.4530-31 14 22 27 49.4931-32 91 17 19 5.1732-33 98 14 28 30.4733-34 100 16 31 19.5634-35 100 08 58 35.9535-36 107 24 19 4.8436-37 99 48 25 47.4037-38 101 01 06 10.5738-39 101 00 28 26.89

Pág 6 La Gaceta Nº 115 — Martes 16 de junio del 2015

Línea Azimut Distancia (m)° ʽ “ m

39-40 102 00 12 33.9440-41 105 57 14 11.3841-1 101 46 25 26.80

Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 27 de enero del 2015, área y derrotero aportados el 27 de marzo del 2015. Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San José, a las doce horas cuarenta y cinco minutos del quince de mayo del dos mil quince.—Registro Nacional Minero.—Licda. Rosa María Ovares Alvarado, Jefa a. í.—(IN2015038023). 2 v. 1.Alt.

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOSRegistro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOSPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. N° 25268-2004.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas treinta minutos del diez de diciembre del dos mil catorce. Diligencias de ocurso presentadas por Marco Antonio Chaves Ramírez, cédula de identidad número cuatro-ciento diecinueve-setecientos dos, vecino de Escazú, San José, tendente a la rectificación de su asiento de nacimiento en el sentido que la fecha de nacimiento de la persona inscrita es doce de junio de mil novecientos cincuenta y seis. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el diario oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—(IN2015036410).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZExp. N° 4908-2015.—Registro Civil.—Departamento Civil.—

Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas cuarenta y seis minutos del diecinueve de mayo de dos mil quince. Diligencias de ocurso presentadas por Sonia María Carballo Venegas, cédula de identidad número 2-278-134, vecina de Concepción, Alajuela, tendente a la rectificación de su asiento de nacimiento en el sentido que la fecha de nacimiento es veintisiete de junio de mil novecientos cincuenta. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el diario oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—(IN2015036946).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZSe hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por

Jubis Liseth Flores Guerra, se ha dictado la resolución N° 1642-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas treinta y seis minutos del diez de abril de dos mil quince. Exp. N° 7978-2015 Resultando 1.-... 2.-... 3.-... Considerando: I.- Hechos Probados: ... II.-Sobre el Fondo: ... Por tanto: rectifíquense los asientos de matrimonio de Gilbert Roy Chollette Macloud con Yuris Liceth Flores Guerra, en el sentido que el nombre de la cónyuge es Jubis Liseth y de nacimiento de Angie Lisette Chollette Flores, en el sentido que el nombre de la madre es Jubis Liseth.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. i.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015036873).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Bayardo Alonso Flores, no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2871-2014.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas tres minutos del dos de setiembre de dos mil catorce, Ocurso. Exp. N° 25556-2014. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando: I. Hechos-Probados:..., II. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Deiby José Flores Avilés, en el sentido que el nombre y el apellido del padre... son “Bayardo Alonso Flores, no indica segundo apellido”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. i.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015036956).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Elvin José Grio González y Miladis Isabel Cortez Obando, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3419-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas treinta y cuatro minutos del nueve de diciembre del dos mil once. Ocurso. Exp. N°. 43439-2011. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Hechos no Probados:..., III. Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Joseline Vanessa Grio Cortés...; en el sentido que el nombre y el primer apellido de la madre... son “Miladis Isabel” y “Cortez” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015036969).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Joseph Vincent Coneff Boyle, se ha dictado la resolución N° 2460-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de mayo de dos mil quince. Exp. N° 8452-2015 Resultando 1.-... 2.-... 3.-... Considerando: I.- Hechos Probados: ... II.- Sobre el Fondo: ... Por Tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de Matías Coneff Gutiérrez y de Miranda Coneff Gutiérrez, en el sentido que el nombre y los apellidos del padre de las personas inscritas son “Joseph Vincent Coneff Boyle.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. i.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015036971).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Yadira del Carmen Gago López, ha dictado la resolución N° 4060-2014, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las catorce horas cincuenta y ocho minutos del seis de noviembre de dos mil catorce. Exp. N° 44306-2014. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Josué Israel Gago López, en el sentido que el nombre de la madre es Yadira del Carmen.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015036990).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Emerson José Paniagua y Martha Indiana Morales, se ha dictado la resolución N° 2336-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas treinta y tres minutos del veintidós de mayo de dos mil quince. Exp. N° 8226-2015 Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados: ... II.—Sobre el fondo: ... Por tanto: rectifíquense los asientos nacimiento de María Elena Paniagua Morales; de Cindy Fabiola Paniagua Morales; y de Jocelyn Francini Paniagua Morales, en el sentido que el nombre y los apellidos del padre y la madre son Emerson José Paniagua, no indica segundo apellido y Martha Indiana Morales, no indica segundo apellido, respectivamente.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015037015).

La Gaceta Nº 115 — Martes 16 de junio del 2015 Pág 7

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Aura Lila Berrios Arellano, se ha dictado la resolución N° 1715-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas veinte minutos del quince de abril de dos mil quince. Exp. N° 6495-2015. Resultando 1º—... 2º—... 3º—... Considerando: I.—Hechos Probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Carlos Alberto Artavia Arellano, en el sentido que los apellidos de la madre de la persona inscrita son Berrios Arellano.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015037022).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por María Mercedes Aguilar Hernández, se ha dictado la resolución N° 2107-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas siete minutos del catorce de mayo de dos mil quince. Exp. N° 6538-2014. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Ian Daniel Avendaño Aguilar, en el sentido que el nombre de la madre de la persona inscrita es María Mercedes.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(IN2015037036).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Ángela del Rosario Saballos Benites, se ha dictado la resolución N° 963-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas cincuenta minutos del dos de marzo de dos mil quince. Exp. N° 46661-2014. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Isaac Daniel Dávila Sáballos, en el sentido que el nombre y el segundo apellido de la madre son Ángela del Rosario, Benites respectivamente.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Gerardo Enrique Espinoza Sequeira, Jefe a. í.—1 vez.—(IN2015037045).

AVISOSOFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO ELECTORALY FINANCIAMIENTO DE PARTIDOS POLITICOS

AVISO:De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 62 del Código

Electoral, se hace saber: Que el señor Francisco José González Madrigal, cédula de identidad número uno-novecientos noventa y tres trescientos setenta, en su condición de Presidente del Comité Ejecutivo del partido Pueblo Garabito, en escrito presentado el dos de febrero del dos mil quince, ha solicitado la inscripción de dicho partido a escala cantonal por el cantón de Garabito de la provincia de Puntarenas, agregando para esos efectos: protocolización de las actas de la asamblea constitutiva y asamblea superior conteniendo el Estatuto que incluye el programa doctrinal y la divisa que será: “Que los colores del partido será: Amarillo, Verde y Azul. Estos colores estarán en una bandera de tres líneas verticales comenzando de izquierda a derecha: azul, verde y amarillo y con dos estrellas doradas representado los distritos. El pantone de los colores es Azul Pantone trescientos, verde pantone trescientos cuarenta y amarillo pantone ciento siete, y el dorado en las estrellas. Se especifica que las estrellas se ubican en el color verde, en el centro de la bandera.” Previniese a quienes sean interesados para que dentro del término de quince días naturales contados a partir de la última publicación de este aviso, que se hará durante cinco días, hagan las objeciones que estimen pertinentes.

San José, veintisiete de mayo del dos mil quince.—Gerardo Abarca Guzmán, Director General.—Solicitud Nº 33575.—(IN2015036965). 5 v. 3.

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

SALUD

INSTITUTO COSTARRICENSE DE INVESTIGACIÓNY ENSEÑANZA EN NUTRICIÓN Y SALUD

III MODIFICACIÓN PLAN DE COMPRAS PERIODO 2015La Proveeduría Institucional informa a todos los interesados

que la III Modificación al Plan de Compras del período 2015, se encuentra disponible en el Sistema Comprared, así como en la dirección http://www.inciensa.sa.cr/InciensaTransparente.aspx

San José, 12 de junio del 2015.—Proveeduría.—Licda. Gabriela Chavarría Richmond, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. N° 24003.—Solicitud N° 34450.—(IN2015037921).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACÍFICO

MODIFICACIÓN AL PROGRAMA DE ADQUISICIONESConforme a lo dispuesto en los artículo 7º del Reglamento

de Contratación Administrativa, esta Institución se permite publicar modificación que se realiza al Programa de Adquisiciones de la Institución, que fue publicado en La Gaceta N° 10 del 15 de enero del 2015.1-03-04 Transporte de Bienes. De ¢50.000,00 pasa a ¢450.000,001-04-02 Servicios Jurídicos. De ¢10.000.000,00 pasa a ¢9.200.000,001-04-03 Servicios de Ingeniería. De ¢39.800.000,00 pasa a ¢111.100.000,001-04-04 Servicios E/Ciencias Económicas y Sociales. De ¢34.533.000,00 pasa a

¢53.033.000,001-04-05 Servicio Desarrollo Sistemas Informáticos. ¢5.500.000,001-04-06 Servicios Generales. De ¢410.550.000,00 pasa a ¢426.050.000,001-04-99 Otros servicios de Gestión y Apoyo. De ¢95.850.000,00 pasa a

¢97.375.000,001-07-01 Actividades de Capacitación. De ¢20.100.000,00 pasa a ¢26.600.000,001-08-01 Mantenimiento de edificios y locales. De ¢33.000.000,00 pasa a

¢37.400.000,001-08-02 Mantenimiento de Vías de Comunicación. De ¢90.500.000,00 pasa a

¢92.200.000,001-08-06 Mantenimiento y Reparación de Equipo de Comunicación. De

¢5.050.000,00 pasa a ¢5.250.000,001-08-07 Mantenimiento y Rep. Equipo y Mobiliario de Oficina. De ¢22.190.000,00

pasa a ¢26.190.000,001-08-08 Mantenimiento y Reparación Equipo Cómputo y Sistemas Informáticos.

De ¢26.020.000,00 pasa a ¢24.020.000,002.03.04 Materiales y productos eléctricos, telefónico y cómputo. De ¢5.895.000,00

pasa a ¢4.895.000,002-04-01 Herramientas e Instrumentos. De ¢2.500.000,00 pasa a ¢2.800.000,002-99-99 Otros útiles, materiales y suministros. De ¢3.375.000,00 pasa a

¢3.675.000,005-01-03 Equipo de Comunicación. De ¢6.500.000,00 pasa a ¢12.500.000,005-01-04 Equipo y Mobiliario de Oficina. De ¢375.000,00 pasa a ¢8.375.000,005-01-05 Equipo y Programas de Cómputo. De ¢76.000.000,00 pasa a

¢75.500.000,005-01-99 Maquinaria y Equipo Diverso. De ¢6.000.000,00 pasa a ¢47.900.000,005-02-04 Obras Marítimas y Fluviales. De ¢733.313.679,76 pasa a ¢675.413.679,765-02-99 Otras Construcciones, adiciones y mejoras. De ¢140.000.000,00 pasa a

¢143.849.082,00.

En lo demás permanece igual el Programa de Adquisiciones, tal y como salió en la publicación de La Gaceta N° 10 del 15 de enero del año en curso.

Mba. Juan Ariel Madrigal Porras, Proveedor General.—1 vez.—O. C. Nº 27830.—Solicitud Nº 34345.—(IN2015037777).

Pág 8 La Gaceta Nº 115 — Martes 16 de junio del 2015

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍASDIRECCIÓN MANTENIMIENTO INSTITUCIONAL

La Dirección Mantenimiento Institucional de la Caja Costarricense de Seguro Social, informa al público en general, la ampliación al programa anual de compras del año 2015:

Descripción del bien, servicio u obra

Proyecto o programa

responsable

Monto estimado

Procedimiento a tramitar

Periodo estimado

para iniciar concurso

Fuente de financiamiento

Partida presupuestaria

Equipos varios para medición eléctrica

para uso en unidades de la CCSS

Dirección Mantenimiento

Institucional

¢ 150 millones Licitación Abreviada

II Trimestre Portafolio Institucional de Proyectos de Inversión 2015,

Programa Calidad y Seguridad Eléctrica.

2360

Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.crSubárea de Gestión Administrativa y Logística.—Lic. José Miguel Chavarría Cordero, Jefe.—Lic. Víctor Murillo Muñoz, Encargado

de Compras.—1 vez.—Solicitud Nº 34344.—(IN2015037790).

MUNICIPALIDADESMUNICIPALIDAD DE EL GUARCO

MODIFICACIÓN AL PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES 2015De conformidad con los artículos 6 y 7 de la Ley de

Contratación Administrativa y su reglamento, respectivamente, la Proveeduría de la Municipalidad de El Guarco, por este medio, comunica a todos los interesados que el detalle de la modificación Nº 001 Plan Anual de Adquisiciones para el ejercicio económico 2015, se encuentra a disposición de los mismos en esta oficina o solicitarlo al correo electrónico [email protected]

El Tejar de El Guarco, 10 de junio de 2015.—José Ml. González Molina, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2015037757).

LICITACIONESSALUD

INSTITUTO COSTARRICENSE DE INVESTIGACIÓNY ENSEÑANZA EN NUTRICIÓN Y SALUD

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2015LN-000004-00100Remodelación y construcción Laboratorio Inocuidad

Microbiológica de AlimentosEl Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en

Nutrición y Salud, a través de la Proveeduría Institucional, recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 13 de julio del 2015, para la contratación de Servicios para la remodelación y construcción Laboratorio Inocuidad Microbiológica de Alimentos, INCIENSA.

El interesado tiene el cartel a disposición en la página oficial de comprared a partir del siguiente día hábil de la presente publicación.

Lic. Gabriela Chavarría Richmond, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. Nº 24003.—Solicitud Nº 34449.—(IN2015037904).

PODER JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVADEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

El Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados en participar en el siguiente procedimiento:

LICITACIÓN PÚBLICA 2015LN-000007-PROVReforzamiento Estructural y Sismorresistente de los edificios

de Tribunales de Justicia de Puntarenas y NicoyaFecha y hora de apertura: 16 de julio de 2015, a las 10:00 horas.El respectivo cartel se puede obtener sin costo alguno a partir

de la presente publicación. Para ello, los interesados deben acceder a través de Internet, en la siguiente dirección www.poder-judicial.go.cr/proveeduría, o solicitar el envío del correspondiente archivo

por correo electrónico a la siguiente dirección: [email protected]. En este último caso, de no atenderse su solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse tal situación a los teléfonos 2295-3623/3295.

San José, 12 de junio de 2015.—MBA. Yurli Argüello Araya Jefa, Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—Solicitud N° 34411.—(IN2015037806).

El Departamento de Proveeduría invita a participar en el siguiente procedimiento de contratación:

LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000042-PROVCompra de bolsas con zipper para cadáveres

Fecha y hora de apertura: 15 de julio de 2015, a las 10:00 horas._________

LICITACIÓN PÚBLICA 2015LN-000012-PROVServicio de lavado, secado y planchado de sábanas

y cobijas, según demandaFecha y hora de apertura: 17 de julio de 2015, a las 10:00

horas.El respectivo cartel se puede obtener sin costo alguno a

partir de la presente publicación. Para ello, los interesados podrán obtenerlo a través de Internet, en la siguiente dirección: http://poder-judicial.go.cr/proveeduria/adquisiciones/invitalic.htm o solicitarlo al correo electrónico [email protected].

San José, 12 de junio de 2015.—MBA. Yurli Argüello Araya Jefa, Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—Solicitud N° 34456.—(IN2015037943).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJEPROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2015LA-000010-08Equipo activo, pasivo e inalámbrico

para configuración de redes telemáticasEl Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Brunca

del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 09:00 horas del 07 de julio de 2015. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en las oficinas del Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Brunca, sita 250 metros al Sur del Supermercado Coopreagri R. L., en barrio Villa Ligia, distrito Daniel Flores, cantón Pérez Zeledón, o de manera electrónica en la dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles

Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado Unidad de Compras Institucionales.—1 vez.—O. C. Nº 23930.—Solicitud Nº 34369.—(IN2015037763).

La Gaceta Nº 115 — Martes 16 de junio del 2015 Pág 9

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2015LA-000014-03Contratación de servicios de mantenimiento preventivo,

predictivo y correctivo para los equipos de mecánicade precisión en el Centro de Desarrollo Tecnológico

de Metalmecánica en la Ciudad TecnológicaMario Echandi Jiménez

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 11:00 horas del 09 de julio del 2015. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones sita en Naranjo, Alajuela, 300 metros al sur del cruce de Cirrí, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles

Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado Unidad de Compras Institucionales.—1 vez.—O. C. Nº 23930.—Solicitud Nº 34368.—(IN2015037765).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000026-02

Suministro e instalación de reconectadores en los plantelesMoín, El Alto, La Garita, Barranca, Aeropuerto Daniel

Oduber en Liberia y Edificio Oficinas CentralesLa Dirección de Suministros de RECOPE invita a participar

en la Licitación Abreviada Nº 2015LA-000026-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el segundo piso de las Oficinas Centrales de RECOPE, Edificio Hernán Garrón, sita en Urbanización Tournón Norte San Francisco de Guadalupe, 50 metros al este del periódico La República, hasta las 10:00 horas del día 10 de julio del 2015.

Se les informa a los proveedores y demás interesados que los carteles únicamente estarán disponibles a través de la página Web de RECOPE www.recope.go.cr.

La visita al sitio se llevará a cabo los días 18, 19 y 22 de junio del 2015. El día 18 de junio a las 11:00 horas en la entrada principal de la Refinería. El día 19 de junio a las 9:00 horas en la entrada principal del Plantel Barranca y a las 14:00 horas en la entrada principal del Aeropuerto Daniel Oduber en Liberia Guanacaste. El día 22 de junio a las 8:00 horas en la entrada del Puesto 11 del Plantel El Alto, para luego trasladarse a las Oficinas Centrales de RECOPE en San José a las 10:00 horas y por último visitar el Plantel La Garita a las 12:00 horas.

Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a través del sitio Web www.recope.com, se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por RECOPE.

Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2014003942.—Solicitud Nº 34452.—(IN2015037902).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE EL GUARCOLICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000006-PROV

Construcción de boulevard frente a la Basílica de El TejarLa Municipalidad de El Guarco, ubicada a un costado del

parque de la ciudad de El Tejar de este cantón, invita a todos los interesados a participar en este proceso licitatorio a presentar su oferta. La apertura de las mismas será el 30 de junio de 2015 a las 10:00 horas en el salón de sesiones de esta Municipalidad. El cartel respectivo se puede adquirir gratuitamente en la Proveeduría Municipal o solicitarlo al correo electrónico [email protected]

Lic. José Ml. González Molina, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2015037754).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000005-PROVServicios de asfaltado en el cantón

La Municipalidad de El Guarco, ubicada a un costado del parque de la ciudad de El Tejar de este cantón, invita a todos los interesados a participar en este proceso licitatorio a presentar su oferta. La apertura de las mismas será el 25 de junio de 2015 a las 10:00 horas en el salón de sesiones de esta Municipalidad. El cartel respectivo se puede adquirir gratuitamente en la Proveeduría Municipal o solicitarlo al correo electrónico [email protected].

Lic. José Ml. González Molina, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2015037758).

ADJUDICACIONES

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIADIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍASe comunica a todos los interesados en el procedimiento de

contratación que se dirá, que por acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión 54-15 del 10 de junio de 2015, artículo VIII, se dispuso adjudicar de la forma siguiente:

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2015LA-000032-PROVContratación de estudio actuarial para el Fondode Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial

A: Valuaciones Actuariales del Norte S. C., cédula jurídica VAN960624621.

Línea 1:Informe Inicial sobre estudio actuarial, por un monto de $430.000,00 MXN

Línea 2:Informe Final sobre estudio actuarial, por un monto de $565.000,00 MXNDemás características y condiciones según cartel. San José, 11 de junio de 2015.—MBA. Yurly Argüello Araya,

Jefa, Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—Solicitud N° 34375.—(IN2015037710).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000015-01Servicio de acondicionamiento físicoen zonas descentralizadas del BCR

Se comunica a los interesados en la licitación en referencia que el 01/06/2015, la División de Servicios Corporativos y la División de Capital Humano, acordaron resolverla de la siguiente manera:

1. Se adjudican los siguientes ítems:a. Ítem N° 1 Zona 5 Sur, a la empresa Zúñiga y Agüero S.A.,

por un costo mensual por persona de ¢20.000,00.b. Ítem N° 2 Zona 6 Atlántica, al señor Fucheng Zhen Liu,

por un costo mensual por persona de ¢16.000,00.c. Ítem N° 3 Zona 11 Occidente I, al señor Juan Faulín Mora

Cerdas, por un costo mensual por persona de ¢15.000,00.d. Ítem N° 5 Zona 22, Zarcero, al señor Adrián Alberto Arias

Blanco, por un costo mensual por persona de ¢17.500,00.El plazo de los contratos es de 6 meses, con probabilidades de

prórroga, hasta un máximo de 4 años.2. Se declara infructuoso el Ítem N° 4 Zona Sur II, dado que no

se recibieron ofertas.San José 12 de junio del 2015.—Oficina Compras y Pagos.—

Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. Nº 64891.—Solicitud Nº 34415.—(IN2015037850).

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BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNALLICITACIÓN PÚBLICA 2015LN-00009-DCADM

Alquiler de local para instalar una oficina de negocioen la localidad de Sabanilla de Montes de Oca

La División de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento de los interesados en Licitación Pública 2015LN-00009-DCADM, alquiler de local para instalar una oficina de negocio en la localidad de Sabanilla de Montes de Oca, que la Comisión de Licitaciones Públicas mediante Acta 728-2015 del 10 de mayo de 2015, acuerda por unanimidad declarar infructuosa esta licitación.

San José, 12 de junio de 2015.— Área Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2015037939).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2015LA-000007-DCADMContratación de una empresa que brinde serviciosde desarrollo, mantenimiento y soporte al sistema

integrado de contratación administrativa(consumo según demanda)

La División de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento de los interesados en la Licitación Abreviada N° 2015LA-000007-DCADM, que la Comisión de Licitaciones Abreviadas mediante acta N° 355-2015 del 10 de junio del 2015, acuerda por unanimidad adjudicar la presente licitación en los siguientes términos a:Proyectos y Sistemas Proyectica S. A., cédula jurídica N° 3-101-

082831- Costo por hora técnico para el mantenimiento y soporte $35.00

(treinta y cinco dólares 00/100).Garantía de cumplimiento:El adjudicatario rendirá la correspondiente garantía de

cumplimiento, durante los 5 días hábiles siguientes a la firmeza de la adjudicación por un monto de ¢3.000.000,00.

Demás condiciones con el cartel, informe de adjudicación N° 58-0015.

San José, 11 de junio del 2015.—Área Gestión y Análisis de Compras.—Licda. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(IN2015037942).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIALHOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIALICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2014LN-000008-2101

Microscopio quirúrgicoLa Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr.

Rafael Ángel Calderón Guardia, les comunica a los interesados en este concurso, que se resolvió adjudicar la contratación de la siguiente manera:Empresa adjudicada: Insumed Inc S. A.

Monto total adjudicado; €463.200,00.Monto en letras: cuatrocientos sesenta y tres mil doscientos con

00/100 euros.Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.San José, 12 de junio de 2015.—Subárea de Contratación

Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador a. í.—1 vez.—(IN2015037779).

GERENCIA DE LOGÍSTICAÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

SUBÁREA DE INSUMOS MÉDICOSLICITACIÓN PÚBLICA 2014LN-000040-05101

(Declaratoria de desierta)Película Radiográfica de 25.40 X 30.48

(10 X 12 Pulg) No interfoliadaA los interesados se le informa que este concurso se Declara

Infructuoso “vea detalles y mayor información en el Sistema de Compra Red y en la Página Web htt://www.ccss.sa.cr.” San José,

11 de junio del 2015. Cecilia Badilla Espinoza, Asistente de la Sub Área de Insumos Médicos - Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios.

Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios Subárea de Insumos Médicos.—Cecilia Badilla Espinoza.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 8559.—(IN2015037807).

DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS MÉDICOSREGIÓN HUETAR ATLÁNTICA

Comunica a los oferentes participantes en el concurso: Licitación Pública Nacional número: 2015LN-000001-2699, Compra de servicios por terceros para el traslado de pacientes en ambulancia para el Área de Salud de Talamanca, que mediante resolución del Director Regional Nº AA-011-2015, de fecha 5 de junio del 2015, resolvió adjudicar el presente concurso a favor de la empresa Tenorio y Obando Ltda., por un monto unitario por kilómetro de ¢503,00 y monto tiempo de espera de ¢1.900,00.

El Acta de Adjudicación N° AA-011-2015, se puede adquirir en la Unidad Regional de Contratación Administrativa de la DRSSRHA, sita en Puerto Limón centro, contiguo al Hospital Dr. Tony Facio Castro. (Mba. Ilse Betancourt Avilés, Coordinadora URCA, tel: 2758-1803, ext. 2013 o 2014, fax: 2798-5876, [email protected]) o [email protected].

Limón, 11 de junio del 2015.—Unidad Regional Contratación Administrativa.—Mba. Ilse Betancourt Avilés, Coordinadora.—1 vez.—(IN2015037811).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJEPROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000005-03Compra de equipo para confección, monitoreo y certificación

de cableado estructurado y fibra óptica para redesLa Comisión Local Regional de Adquisiciones de la Unidad

Regional Central Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje, en la sesión ordinaria 12-2015, celebrada el día 10 de junio del 2015, artículo II, tomó el siguiente acuerdo:

a. Con base en lo indicado en el estudio legal, el informe técnico y el informe de recomendación del Proceso de Adquisiciones, se recomienda adjudicar de la siguiente manera:

Empresa Líneas Recomendadas Monto

Oferta N° 3:Coasin Costa Rica S. A. 4 $5.052,00*

Oferta N° 4:Sistemas Binarios de

Costa Rica S. A.2 $39.600,00*

Oferta N° 5:Invotor S. A. 3 $1.185,00*

InfructuosasSe declara infructuosa la línea 1 debido a que los oferentes incumplen con lo solicitado en el cartel.

Monto Total: ¢24.683.224,50 (*) Al tipo de cambio de venta del día de la apertura. ¢538,50.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 23930.—Solicitud Nº 34366.—(IN2015037770).

LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000004-03Compra de vehículos automotores para uso didácticoLa Comisión Local Regional de Adquisiciones de la Unidad

Regional Central Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje, en la sesión ordinaria 12-2015, celebrada el día 10 de junio del 2015, artículo III, tomó el siguiente acuerdo:

a. Se recomienda adjudicar con base en el dictamen técnico y el dictamen legal y los elementos de adjudicación consignados en el cartel de la siguiente manera:

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Empresa Líneas Recomendadas

Monto

Oferta N° 1:Escuela de

Capacitación Automotriz C S. A.

3-5 ¢22.500.000,00

Oferta N° 2:Ramiz Supplies S. A. 1 $18.200,00

Infructuosas

Líneas 2-4, los oferentes incumplen tecnicamente con lo solicitado en el cartel.

¢0.00

Monto Total: ¢32.301.428,00(*) Al tipo de cambio de venta del día de la apertura. ¢538,54.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 23930.—Solicitud Nº 34365.—(IN2015037773).

AVISOSREFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2015LA-000030-02Suministro de tubería

Se informa que el concurso en referencia, fue adjudicado según acuerdo tomado por la Gerencia de Distribución y Ventas de Recope, mediante oficio GDV-0268-2015, de fecha 10 de junio del 2015, de acuerdo con el siguiente detalle:Oferta Nº 5.—Oferente Valycon de Centroamérica S. A.—Representante legal.—Rigoberto Villalobos Calderón.

Monto total $185.094,00Descripción:Línea 1:

Tres mil (3.000) metros de tubería de 152,4 mm de diámetro nominal, API 5L grado X46 PSL1 con costura, espesor de pared de 5,56 mm por 12 metros de longitud, la tolerancia en las longitudes de acuerdo a lo establecido en la norma, extremos biselados de 30° y acabados en recubrimiento anticorrosivo. Marcada con su información técnica, el fabricante de la tubería Tianjing Boyu Ateel Tube Co., Ltd con licencia API 5-L0680. Protegida en los extremos con cobertores metálicos pintados de color rojo.Precio unitario: $32,96Subtotal: $98.880,00Impuesto de ventas: $12.854,40Total: $111.734,40

Línea 2:Quinientos (500) metros de tubería de 300 mm de diámetro nominal, API 5L grado X52 PSL1 con costura, espesor de pared de 7,11 mm por 12 metros de longitud, la tolerancia en las longitudes de acuerdo a lo establecido en la norma, extremos biselados a 30° y revestida con FBE (Fusion Bonded Epoxic) según la norma CAN/CSA-Z245-20-M (última versión) un espesor de revestimiento nominal de 400 μm (15.75 mils). Marcada con su información técnica, el fabricante de la tubería Tianjing Boyu Steel Tube Co. Ltd con licencia API 5L-0680. Protegida en los extremos con cobertores metálicos pintados de color rojo.Precio unitario: $129,84Subtotal: $64.920,00Impuesto de ventas: $8.439,60Total: $73.359,60

Forma de pago: Crédito a treinta días mediante transferencia bancaria.

Tiempo de entrega: Ciento treinta (130) días naturales.Garantía: Seis meses.

Lugar de entrega: Plantel El AltoNotas importantes:

1) El adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, por el diez (10%) por ciento del total adjudicado, y con una vigencia mínima de tres meses adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto contratado, de conformidad con los términos establecidos en la cláusula 1.11.2 del cartel.

2) La presente contratación se formalizará mediante la emisión respectiva del pedido, el cual será aprobado internamente por la Dirección Jurídica de RECOPE.

3) Con el fin de validar jurídicamente el documento definido para formalizar la presente contratación, se deberán reintegrar las especies fiscales de ley correspondientes a un 0.5% del monto total del contrato, pagadero en su totalidad por el contratista, utilizando para tal efecto el tipo de cambio de venta que reporte el Banco Central de Costa Rica.

4) Confirmada la firmeza el Adjudicatario deberá presentar la documentación en donde se acredite su existencia, según se establece en los apartados 1.2.8 y 1.11.1 del cartel de licitación.Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a

través del sitio web www.recope.com se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por Recope.

Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. N° 2014003942.—Solicitud N° 34427.—(IN2015037908).

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000004-02Contratación del sistema de medición automática de tanques

y sistema de prevención de derramesSe informa que el concurso en referencia, fue adjudicado por

la Junta Directiva de Recope, según consta en el artículo Nº 8, de la sesión ordinaria Nº 4879-85, celebrada el lunes 8 de junio 2015, de acuerdo con el siguiente detalle:Oferta Nº Tres (3).—Oferente: Consorcio PIMESA-DOGER (Productos Importados Mejía Pime S. A. Doger Technology Development S. A.).—Representante Legal: Elkin Darío Mejía López

Monto total $5.445.067,43 incluye Instalación, capacitación, repuestos y puesta en marcha.Desglose:Plantel El AltoComponente Nacional: $639.505,65Componente Importado: $1.321.583,61Plantel La GaritaComponente Nacional: $662.008,62Componente Importado: $1.249.054,58Plantel BarrancaComponente Nacional: $635.770,77Componente Importado: $937.144,21

Descripción:Contratación para el suministro de materiales, equipos y programas, construcción, instalación, capacitación, entrenamiento, pruebas y puesta en marcha, calibración, verificación y ajuste operacional de un sistema de Medición Automática de Tanques (SMAT) y de un Sistema de Prevención de Derrames (SPDR), para los tanques de almacenamiento de producto limpio, de la Gerencia de Distribución y Ventas, en los Planteles de El Alto, La Garita y Barranca.

Demás especificaciones conforme el cartel y la oferta respectiva.

Forma de pago: Mensual de acuerdo con el avance de los trabajos, por transferencia bancaria conforme se establece en el tomo I, capítulo 5, cláusula 5.6.2 del cartel.

Pág 12 La Gaceta Nº 115 — Martes 16 de junio del 2015

RECOPE retendrá de cada uno de los pagos por avance un diez por ciento (10%) con el propósito de asegurarse que la ejecución total de las obras y demás obligaciones del contratista, cuando el contratista incurra en un atraso cuyo impacto sea superior al diez por ciento (10%) del plazo total de entrega de la obra, según el PDT aprobado por RECOPE y vigente a la fecha de la facturación.

Plazo contractual- Requisitos previos: Cuarenta y cinco (45) días naturales. De los

cuales el contratista dispondrá de 35 días naturales.- Ejecución de la obra: Trescientos sesenta y cinco (365) días

naturales.- Condiciones climáticas adversas: Veinte (20) días naturales.

Notas importantes:1) El adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados

a partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, por un monto del diez por ciento (10%) del total adjudicado y con una vigencia mínima de tres (3) meses adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto del contrato, contemplando los aspectos señalados en el apartado 6.2 tomo I del cartel.

2) La Dirección Jurídica deberá confeccionar dentro de los plazos establecidos el contrato que será conocido y refrendado por el Órgano Contralor, por lo que el pedido respectivo únicamente se podrá entregar hasta que se obtenga el supra indicado refrendo.

3) A efectos de la legalización se deberán reintegrar las especies fiscales de ley correspondientes a un 0,5% del monto total del contrato, pagadero en su totalidad por el contratista.

4) El adjudicatario deberá presentar certificaciones de personerías jurídicas y capital social con distribución de las acciones de la empresa DOGER, así como la acreditación de la existencia de ambas empresas. En caso de que dichas acciones pertenezcan a su vez a otra sociedad anónima, deberá aportarse la documentación necesaria hasta demostrar la propiedad de dichas acciones en personería física. Por otra parte, la empresa DOGER deberá inscribirse ante la Caja Costarricense de Seguro Social y ante el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos.

5) De conformidad con el Acuerdo Consorcial aportado por la empresa recomendada se tiene que el buen pago se realizará a la empresa Productos Importados Mejía PIME S. A.

6) El adjudicatario podrá solicitar un anticipo de hasta un 15% del monto total adjudicado, según se establece en el apartado 5.6.1 del cartel.Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a

través del sitio web www.recope.com se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por Recope.

Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. N° 2014003942.—Solicitud N° 34424.—(IN2015037910).

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2014LN-000002-02Suministro de camiones reabastecedores

y servidores de hidranteSe informa que el concurso en referencia, fue adjudicado según

acuerdo tomado por la Junta Directiva de Recope, según consta en el artículo Nº 7, de la sesión ordinaria Nº 4879-85, celebrada el lunes 8 de junio 2015, de acuerdo con el siguiente detalle:Oferta Nº Tres (3).—Oferente: Consorcio Servicios Técnicos S. A. y Setec International Inc.—Representante: Gabriel Castro Castro.

Monto total: US$1.780.020,00 CPTDesglosados:US$1.142.460,00 CPT camiones reabastecedoresUS$637.560,00 CPT servidores de hidrante

Descripción:Línea 1:

Suministro de dos (2) camiones reabastecedores para abastecimiento de JET A1 en aviones con su respectivo tanque de almacenamiento con capacidad mínima de 26.495 litros (7.000 galones), equipado con sus equipos de suministro y

medición, para venta por arriba y debajo del ala del avión, marca Freightliner, modelo M2-106 año 2015. Precio unitario US$571.230,00 CPT. Precio total US$1.142.460,00 CPT.Adicionalmente se considera la inscripción de las unidades ante el Registro Público de la Propiedad a nombre de RECOPE así como la revisión técnica vehicular ante RITEVE, cuyos montos se encuentran incluidos en el precio de las unidades.

Línea 2:Suministro de dos (2) servidores de hidrante para venta de combustible de aviación JET A1, marca Ford, modelo F-450, año 2015. Precio unitario US$318.780,00 CPT. Precio total US$637.560,00 CPT.El ensamblador de los equipos es de la marca Garsite Refueling Aviations.Más detalle de especificaciones de todo el equipo, conforme el cartel y la oferta respectiva.

Forma de pago: Carta de crédito a favor del oferente, según el siguiente detalle:

Se pagará el 75% de cada vehículo una vez que se haya recibido, probado en el banco de pruebas de la terminal del aeropuerto y realizado la puesta en marcha. El 25% restante se cancelará un mes posterior de haberse recibido el equipo, una vez que se hayan probado en las rampas de abastecimiento de aviones, se haya verificado que trabajan a satisfacción y se haya realizado la inscripción a nombre de RECOPE.

Tiempo de entrega: Nueve (9) meses, desglosados:- Embarque: Siete y medio (7,5) meses a partir de la

confirmación de apertura de la carta de crédito.- Arribo: Punto setenta y cinco (0,75) meses.- Revisión en Costa Rica: Punto setenta y cinco (0.75) meses

Lugar de entrega: Aeropuerto Internacional Juan SantamaríaGarantía del equipo: Veinticuatro (24) meses.

Notas importantes:1) El adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados

a partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, por un monto del diez por ciento (10%) del total adjudicado y con una vigencia mínima de tres (3) meses adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto del contrato, conforme se dispone en la cláusula 1.11.2 del cartel.

2) La ejecución del presente concurso estará supeditada a la emisión de la respectiva orden de compra y la suscripción de un contrato, el cual en vista de la cuantía, será confeccionado por la Dirección Jurídica de RECOPE y refrendado por la Contraloría General de la República. A efecto de la legalización, se deberán reintegrar las especies fiscales de ley, en razón del 0,5% del monto total del contrato, pagadero en su totalidad por el contratista.

3) Junto con los equipos se deberán aportar todos los documentos solicitados, manuales, certificados, calibración, suministros, herramientas, repuestos, accesorios, mantenimiento, inspecciones, asesorías, capacitación, garantías y cualquier otro según se establece en el pliego de condiciones y la oferta, los cuales son indispensables en el recibo a satisfacción y su correcto funcionamiento.

4) Según señala la empresa adjudicada en su oferta y lo ratifica en el oficio STC-01-01092014, el servicio de inspección y soporte técnico se realizará en Costa Rica por medio de la empresa adjudicada, la cual cuenta con personal calificado debidamente autorizado por el fabricante Garsite Refueling Aviations para brindar dicho servicio en el equipo ofertado.

5) El contratista debe entregar los equipos debidamente inscritos ante el Registro Público de la Propiedad a nombre de RECOPE, así como los trámites de la revisión técnica vehicular ante RITEVE.Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a

través del sitio web www.recope.com se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por Recope.

Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. N° 2014003942.—Solicitud N° 34406.—(IN2015037912).

La Gaceta Nº 115 — Martes 16 de junio del 2015 Pág 13

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2015LA-000014-02Suministro de equipo para medidores de nivel inalámbricos

Se informa que el concurso en referencia, fue adjudicado según acuerdo tomado por la Gerencia General de Recope, mediante oficio GG-0310-2015, de fecha 04 de junio del 2015, de acuerdo con el siguiente detalle:Oferta Nº Uno (1).—Oferente Grupo CTS Centroamérica Ltda.—Director General Jorge A. García Travieso.

Monto total: $93.249,79 impuestos incluidos, desglosados:$90.389,77 los transmisores$2.860,02 las baterías

DescripciónLínea 1:

Suministro de diecinueve (19) transmisores de nivel de onda guiada, modelo 3308ASX1D1I5S1V4AAR5AM00300WA3WK1M5LSW3WU, marca Emerson, radar de onda guiada, inalámbrico, 4” 150#, intrínseca según FM, con indicación, sonda flexible de 3 metros con contrapeso. Precio unitario $4.210,05 sin impuesto de ventas, precio total $90.389,77 impuesto ventas incluido.Además:- Diecinueve (19) baterías modelo 701PBKKF, marca Emerson,

7,2V. Precio unitario $133,21 sin impuesto de ventas, precio total $2.860,02 con impuesto de ventas.Más especificaciones conforme el cartel y la oferta respectiva.Forma de pago: Crédito a treinta (30) calendario mediante

transferencia, previa verificación del cumplimiento a satisfacción de lo indicado en los documentos contractuales, posterior a la recepción definitiva.

Tiempo de entrega: Noventa (90) días naturales.Lugar de entrega: Almacén de RECOPE en El Alto de

Ochomogo.Garantía de los equipos: Dieciocho (18) meses posteriores a la

aceptación por parte de RECOPE.Oferta Nº Dos (2).—Oferente Elvatrón S. A.—Representante legal Dirk Haase Mauss.

Monto total: $29.865,96 impuestos incluidos.Descripción:Línea 2:

Suministro de cinco (5) interfases Smart Wirelees Gateway 1420, catálogo 1420A1A3A2N5WL2, fabricado por Rosemount. Precio unitario: $5.286,01 sin impuesto de ventas, precio total: $29.865,96 impuesto ventas incluido.Los materiales, componentes y equipos son nuevos, libres de defectos y construidos con materiales de primera calidad.

Más especificaciones conforme el cartel y la oferta respectiva.Forma de pago: Crédito a treinta (30) calendario mediante

transferencia, previa verificación del cumplimiento a satisfacción de lo indicado en los documentos contractuales, posterior a la recepción definitiva.

Tiempo de entrega: Cuarenta (40) días hábiles.Lugar de entrega: Almacén de RECOPE en El alto de

Ochomogo.Garantía de los equipos: Veinticuatro (24) meses a partir de la

aceptación por parte de RECOPE.Notas importantes:

1) El adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, por un monto del diez por ciento (10%) del total adjudicado y con una vigencia mínima de tres (3) meses adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto del contrato, conforme se dispone en la cláusula 1.11.2 del cartel.

2) El presente concurso se formalizará con el respectivo pedido que será aprobado internamente por la Dirección Jurídica. A efectos de la legalización se deberán reintegrar las especies fiscales de ley en razón del 0,5% del monto total del contrato, pagadero en su totalidad por el contratista.

3) Según se señala en el oficio DJU-0713-2015, de previo a la formalización el adjudicatario Grupo CTS Centroamérica Ltda., deberá presentar declaración de que la documentación de acreditación de existencia de la empresa en el Registro de Proveedores se mantiene invariable.Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a

través del sitio web www.recope.com se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por Recope.

Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. N° 2014003942.—Solicitud N° 34394.—(IN2015037917).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2015LA-000012-02Contratación de servicios de limpieza de canales

de aguas pluviales y oleaginozasSe informa que el concurso en referencia, fue adjudicado

según acuerdo tomado por la Gerencia de Refinación de Recope, mediante oficio GRE-0210-2015, de fecha 10 de junio del 2015, de acuerdo con el siguiente detalle:

Oferta N° N° 2Oferente Grupo Agroindustrial Eco

Terra S. A.Representante Legal Rafael Badilla EstradaMonto total ¢81.3000.000,00Descripción Contratación de los servicios para

la limpieza de aguas pluviales y oleaginosas en Refinería.Costo mensual: ¢6.775.000,00Costo anual: ¢81.300.000,00Demás especificaciones conforme la oferta y el cartel.

Forma de pago Mensual mediante transferencia bancaria

Plazo contractual: Un (01) año, prorrogable por tres periodos iguales a discreción de RECOPE.

Notas importantes:1. El adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados

a partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, por el diez (10%) por ciento del total adjudicado, y con una vigencia mínima de tres meses adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto del contrato, de conformidad con los términos establecidos en la cláusula 1.11.2 del cartel.

2. La presente contratación se formalizará mediante la emisión respectiva del pedido, el cual deberá ser aprobado internamente por la Dirección Jurídica de RECOPE.

3. Con el fin de validar jurídicamente el documento definido para formalizar la presente contratación, se deberán reintegrar las especies fiscales de ley correspondientes a un 0.5% del monto total del contrato, pagadero en su totalidad por el contratista, utilizando para tal efecto el tipo de cambio de venta que reporte el Banco Central de Costa Rica.

4. El adjudicatario deberá presentar dentro de un plazo máximo de diez días hábiles contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación, la documentación que permita verificar la existencia de la sociedad de conformidad con el numeral 1.11.1.1 del cartel.

5. Dado que dentro del pago mensual previsto de ¢6.775.000,00 para el plazo de ejecución contractual del primer año de servicio está incorporado la cancelación de la obras provisionales fijadas en un monto total de ¢4.500.000,00 pagadera de la misma forma dentro de los doce pagos (¢375.000,00 mensual); de ejercer RECOPE la posibilidad de prórroga establecida en los alcances de esta contratación, el pago mensual no debe contemplar dicho rubro; es decir, se fija doce pagos mensuales iguales de ¢6.400.000,00 para un monto total anual de ¢76.800.000,00.

Pág 14 La Gaceta Nº 115 — Martes 16 de junio del 2015

Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a través del sitio web www.recope.com se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por Recope.

Dirección de suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2014003942.—Solicitud Nº 34453.—(IN2015037932).

FE DE ERRATAS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

COMISIÓN NACIONAL DE PREVENCIÓN DE RIESGOS Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS

En La Gaceta Nº 112 del jueves 11 de mayo del 2015, en la página Nº 47 salió publicada la LICITACIÓN PÚBLICA N° 2015LN-000001-20013, en donde por error material se publicó la palabra “Comoras”, siendo lo correcto “Compras”.

Lo demás queda igual.

La Uruca, junio del 2015.—Jorge Vargas Espinoza, Director General de la Imprenta Nacional.—C-Exento.—(IN2015038121).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIADIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍALICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000046-PROV

(Aviso de Aclaración N° 1)Licencias de software de la herramienta de continuidad

del negocio basada en las norma ISO 22301Se comunica a los potenciales oferentes que existe la siguiente

aclaración al cartel:Anexo Nº 1. Especificaciones técnicas. 3. Línea 3:

Capacitación, 3.2 Curso de Capacitación en Continuidad del Negocio, punto 3.4.1:

3.4.1 Toda la formación debe ser totalmente compatible con la norma BS 25999 (especificación de gestión de continuidad del negocio) e ISO 27031 (Directrices para la información y la comunicación disposición la tecnología para la continuidad del negocio). Se aclara que cualquier información proporcionada en el curso no debe contradecir a la norma BS 25999 ni a la norma ISO 27031, de manera que el personal que imparte la capacitación así como el material que se entrega y el contenido sean totalmente alineados con los estándares mencionados, de tal manera que se logre recibir capacitación acorde a las necesidades de la institución.

Demás términos, condiciones y la fecha de apertura se mantienen invariables.

San José, 12 de junio de 2015.—MBA. Yurli Argüello Araya Jefa, Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—Solicitud N° 34458.—(IN2015037944).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL SAN JUAN DE DIOSLICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000019-2102

Bolsa para colección y preservación de sangrehumana, para uso en sistema automático de

fraccionamiento por Bufy CoatLes informamos que se realizó una modificación al cartel

licitatorio de este proceso, por lo que el nuevo cartel se encuentra disponible en la Recepción del Área de Gestión de Bienes y Servicios del Hospital San Juan de Dios.

También indicarles que la nueva fecha de apertura de dicho concurso, se fija para el día 26 de junio del año en curso a las 9:00 horas.

San José, 10 de junio de 2015.—Subárea de Contratación Administrativa.—MBa. Marvin Solano Solano, Coordinador.—1 vez.—(IN2015037729).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONESLICITACIÓN ABREVIADA N° 2015LA-000008-08

(Modificación) Equipo activo, pasivo e inalámbrico

para configuración de redes telemáticasEl Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Brunca,

del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los interesados en esta licitación, que el cartel sufrió modificaciones, para tal fin el cartel actualizado podrá ser solicitado a las direcciones electrónicas: [email protected]; [email protected]; o encontrarse en la página web del INA en la siguiente dirección: www.ina.ac.cr, consulta de carteles, modificaciones carteles.

La apertura se mantiene para la fecha y hora publicada en La Gaceta N° 108 del viernes 5 de junio de 2015.

Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado Unidad de Compras Institucionales.—1 vez.—O. C. Nº 23930.—Solicitud Nº 34370.—(IN2015037755).

LICITACIÓN ABREVIADA 2015LA-000010-03(Modificación)

Compra de equipo MacintoshEl Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central

Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje, comunica que para las especificaciones técnicas de la línea N° 1 debe leerse correctamente:

“Microcomputadora IMAC, con las siguientes características:1. Microcomputadora IMAC de 27 pulgadas retina.2. Procesador INTEL Core I7, 4 núcleos, o superior.3. Velocidad del procesador 3.5 Ghz o superior.4. Como mínimo 8 GB de memoria ddr3, 1600 MHZ o superior.5. Conectividad mínimo: 2 puertos Thunderbolt, mini

displayport compatible con DVI, VGA y DVI de doble enlace, 4 puertos USB 3.0, ranura para tarjeta SDXC, audífonos, Wifi y Bluetooth 4.0, ranura para cable de seguridad Kensington.

6. Disco duro de al menos 1 TB.7. Procesador gráfico mínimo Nvidia Geforce GTX 780m de al

menos 4 GB de memoria GDDR5.8. Pantalla Apple a color Retroiluminada por Led, de al menos

68,58 cms (27 pulgadas) en diagonal, resolución 2560x1440 compatible con millones de colores, cámara Facetime HD integrada.

9. Incluir bocinas estéreo y micrófono, ambos integrados, puerto para audífono, salida de audífonos/audio digital óptica (Minijack), compatible con audífonos para Iphone de Apple, con micrófono.

10. Incluir mouse Apple original, alámbrico.11. Incluir teclado Apple original, con teclado numérico

extendido, alámbrico en español.12. Incluir tarjeta de red Ethernet 10/100/1000 MBPS o superior

integrada, con conector RJ-45.13. Con unidad Apple USB Super Drive.14. Incluir sistema operativo Mac OS x, en su última versión en el

mercado, con método de restauración en línea.15. Voltaje de entrada de 120 VAC, 60 HZ.16. Incluir garantía de al menos 1 año (Applecare).

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 23930.—Solicitud Nº 34367.—(IN2015037769).

La Gaceta N° 115 — Martes 16 de junio del 2015 Pág 15

REGLAMENTOS

AVISOSOPERADORA DE PLANES DE PENSIONES

COMPLEMENTARIAS DEL BANCO POPULARY DE DESARROLLO COMUNAL S. A.

Se da a conocer que la Junta Directiva de la Operadora de Pensiones Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, Sociedad Anónima en sesión ordinaria N° 462, celebrada el jueves 28 de mayo del 2015, acordó aprobar por unanimidad de los presentes, el Reglamento de la Contraloría de Servicios de la Operadora de Pensiones Complementarias, en los siguientes términos:

REGLAMENTO CONTRALORÍA DE ATENCIÓN A LAPERSONA USUARIA DE LA OPERADORA DE PLANES

DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS DEL BANCOPOPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL S. A.

Artículo 1°—Objeto: El presente Reglamento regula el funcionamiento de la Contraloría de Atención a la Persona Usuaria de la Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, en adelante “Contraloría” como órgano creado para promover, el mejoramiento continuo en la prestación de los servicios que brinda la Operadora.

Artículo 2°—Fundamento: El presente Reglamento se dicta con fundamento en el artículo 188 del Código de Comercio N° 3284, que define la atribución de la Junta Directiva de Popular Pensiones para dictar el presente Reglamento.

Artículo 3°—Definiciones: Para efectos de la aplicación de este Reglamento, se definen los siguientes términos:

Contraloría de Atención al Usuario: Instancia que ofrece Popular Pensiones para que sus afiliados y usuarios puedan presentar sus inquietudes o disconformidades con la prestación del servicio, con el fin de velar por la calidad de éste y la satisfacción de la persona usuaria.

Calidad: Medida del grado en que un servicio cumple con las especificaciones necesarias para satisfacer las necesidades y expectativas del cliente y afiliado.

Usuarios/Afiliados: Personas físicas o jurídicas a quienes van dirigidos directamente los servicios de la Operadora que no pertenecen a la entidad.

Evaluaciones de Gestión: Es el proceso comparativo entre lo planificado y lo realizado, desde el punto de vista cualitativo y cuantitativo, mediante la aplicación de medidas de desempeño, verificando el grado de cumplimiento de lo planeado y las Inconformidades atendidas.

Evaluación de Servicios: Es el proceso comparativo con el fin de medir el conocimiento de los colaboradores respecto a los productos y servicios brindados al usuario o afiliado.

Evaluación de Percepción: Es el proceso comparativo mediante el cual se mide la percepción del cliente o usuario con respecto al servicio recibido.

Gestión: Se refiere a cómo se formulan y operan los servicios brindados por la Operadora. La gestión busca desarrollar el conocimiento en torno a los procesos que se dan a nivel de la entidad.

Inconformidad: Se presenta cuando los usuarios de la Operadora comunican por vía escrita no estar satisfechos con la calidad en la prestación del servicio por parte de la entidad o sus colaboradores.

Popular Pensiones: Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal.

Servicio: Toda prestación de carácter intangible que contribuya a la satisfacción de una necesidad sea individual o colectiva.

Artículo 4°—Finalidad de la Contraloría de Atención al Usuario de Popular Pensiones: La Contraloría de Atención al Usuario, promoverá los cambios y mejoras en la atención y el servicio al usuario, de conformidad con sus necesidades y expectativas y con la viabilidad técnica y financiera de Popular Pensiones, con el propósito de satisfacer oportuna y adecuadamente las demandas de los clientes, usuarios actuales y potenciales de tales servicios. Es el área administrativa responsable de velar:

a. Porque las áreas donde se generen inconformidades las atiendan de manera debida y oportuna según el procedimiento “Gestión para resolver inconformidades” publicado en la Intranet de Popular Pensiones.

b. Por el debido cumplimiento del Manual “Normas de Atención y Servicio al Cliente” y cualquier otra disposición legal que garantice derechos para los usuarios y clientes de Popular Pensiones.

c. Por la debida y oportuna implementación de las mejoras en la atención y servicio a clientes y afiliados.Artículo 5°—Apoyo Institucional: Para el cumplimiento

de sus funciones, la Contraloría de Atención al Usuario recibirá el apoyo de todos las Áreas y Departamentos de Popular Pensiones. Cuando el proceso de investigación lo requiera gestionará el apoyo de la Contraloría de Servicios del Banco Popular.

El personal que la integre deberá guardar la confidencialidad tanto de la información y documentos que le brinden las diversas áreas, como de las denuncias o inconformidades que se reciban.

Artículo 6°—Organización: La Contraloría de Atención al Usuario dependerá de la Gerencia General de Popular Pensiones y estará a cargo de un Contralor (a) de Atención al Usuario.

Artículo 7°—Requisitos de Nombramiento: Los requisitos de nombramiento del (la) Contralor(a) de Servicios en Popular Pensiones, serán los establecidos en la normativa interna en el Manual de Puestos respectivo.

Artículo 8°—Cumplimiento de Funciones: La Gerencia General de Popular Pensiones dotará a la Contraloría de Atención al Usuario de los recursos necesarios que garanticen su óptimo funcionamiento. Asimismo, con el fin de garantizar la continuidad y la calidad en el servicio que brinda, la dotará de un mínimo de hasta dos trabajadores, incluido el (la) contralor (a) de Atención al Usuario, con el perfil profesional adecuado para desempeñar el puesto.

Artículo 9°—Funciones de la Contraloría de Atención al Usuario: Son funciones de la Contraloría de Atención al Usuario las siguientes:

a. Evaluar la calidad de los servicios que brinda Popular Pensiones y las oficinas del Banco Popular y de Desarrollo Comunal donde se coloquen sus productos y presentar ante la Gerencia General las propuestas y recomendaciones necesarias para que se adopten políticas, normas y procedimientos que lleven a Popular Pensiones a prestar un servicio de excelencia, oportuno y eficaz.

b. Velar porque los colaboradores de Popular Pensiones orienten a los clientes y usuarios sobre sus derechos y obligaciones en relación con la Operadora y su fondo de pensión.

c. Llevar a cabo programas preventivos de revisión y evaluación de los servicios prestados, detectando los puntos de mejora, planteando soluciones al respecto y comunicándoselo a la Gerencia General para que se adopten las acciones correctivas del caso.

d. Mantener una estrecha coordinación con la Junta Directiva, Gerencia General, Jefaturas, y colaboradores de Popular Pensiones así como con los enlaces externos, con el fin de lograr los objetivos indicados en este Reglamento.

e. Servir de enlace y coordinación a nivel institucional ante la Defensoría de los Habitantes, la SUPEN, la sociedad civil y otras instituciones públicas en los asuntos relacionados con los objetivos de la Contraloría de Atención al Usuario de la Operadora.

f. Atender las inconformidades, reclamos y sugerencias presentadas por escrito por parte de los clientes y usuarios y trasladarlas cuando corresponda a las áreas responsables de su solución, vigilar que estas sean resueltas oportunamente y recomendar las acciones correctivas y preventivas según correspondan.

g. Establecer las condiciones, instrumentos y procedimientos accesibles a los clientes y usuarios, con el fin de que estos puedan presentar sus inconformidades o sugerencias a Popular Pensiones.

h. Velar porque existan los instrumentos y procedimientos que permitan la atención oportuna de consultas, solicitudes y solución administrativa de diferencias entre clientes y usuarios de Popular Pensiones. En el caso de denuncias por la supuesta ejecución de hechos irregulares atribuibles a un colaborador de Popular Pensiones velar porque éstas se canalicen en el área correspondiente.

i. Realizar las acciones pertinentes para que los Departamentos de Popular Pensiones, ejecuten los planes y programas específicos en materia de información, orientación y atención de inconformidades que elabore la Contraloría de Atención al Usuario.

j. Realizar las acciones permanentes para que las áreas respectivas de Popular Pensiones establezcan indicadores de gestión que sirvan para identificar las diferentes tendencias de los servicios que presentan dificultades o incrementos

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anormales en la cantidad de inconformidades que generen con la finalidad de contribuir en la disminución de los reclamos e inconformidades futuras.

k. Darle seguimiento al cumplimiento de las acciones correctivas y preventivas que recomienda la Contraloría de Atención al Usuario e informar a la Gerencia General de su grado de cumplimiento.

l. Informar a las áreas donde se presenten inconformidades o reclamos constantes a fin de que procedan a gestionar las acciones pertinentes para mejorar la calidad en la prestación del servicio.

m. Verificar porque el personal de Popular Pensiones conozca y aplique el Manual sobre Normas de Atención y Servicio al Cliente.Artículo 10.—Plan de Trabajo de la Contraloría de

Atención al Usuario: La Contraloría de Atención al Usuario presentará ante la Gerencia General de Popular Pensiones, en la primera semana hábil del mes de enero de cada año, su Plan Anual de Trabajo. La Gerencia lo hará de su conocimiento y aprobación. Este plan deberá contemplar, al menos lo siguiente:

a. Los informes de labores o gestión que mensualmente se presentan a la Gerencia General y/o al Comité Gerencial.

b. El cronograma anual de evaluaciones de servicios y de percepción; así como de gestión de la Contraloría de Atención al Usuario, que permita medir la calidad de los productos y servicios prestados. Estas actividades se realizarán con los instrumentos de investigación que se consideren adecuados para este fin y serán sujetas a evaluaciones selectivas para verificar sus resultados.

c. Los mecanismos de control, seguimiento, resolución y respuesta oportuna a las inconformidades y reclamos presentados por los clientes y usuarios.

d. Listado de acciones para mantener un registro de control de las inconformidades o reclamos planteados y admitidos, resumiendo los resultados de su gestión. Este registro se utilizará para la elaboración del Informe trimestral que enviará a la Gerencia General donde se indicará la naturaleza y frecuencia de las inconformidades, así como las acciones acatadas o recomendadas para resolver el caso.El presente Reglamento podrá ser modificado por acuerdo firme

de la Junta Directiva de Popular Pensiones y sus modificaciones entrarán a regir a partir de su publicación en el diario oficial La Gaceta”.

Rige a partir de su publicación.San José, 4 de junio del 2015.—Departamento de

Administración y Finanzas.—Licda. Cinthia Solano Fernández, Jefa.—1 vez.—(IN2015036909).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CENTRAL DE COSTA RICASUPERINTENDENCIA GENERALDE ENTIDADES FINANCIERAS

CIRCULAR EXTERNASUGEF 1392-2015

21 de mayo del 2015A LAS ENTIDADES SUPERVISADAS POR LA

SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ENTIDADESFINANCIERAS Y OTRAS PERSONAS INTERESADAS

El Superintendente General de Entidades Financieras, comunica que:En cuanto a la solicitud y entrega de constancias de información que consta en la Superintendencia. Forma de realizar las solicitudes:1. Las solicitudes de constancia de información que figure en

los registros de la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF), debe ser formulada mediante solicitud escrita, debidamente firmada, el solicitante deberá indicar el interés legítimo y los motivos para los cuales se requiere la constancia, así como a quien va dirigida. Adicionalmente deberá indicarse un número de teléfono y una dirección de correo electrónico para contacto.

2. Las solicitudes de constancia también podrán realizarse electrónicamente, sin embargo para estos casos solo se admitirán aquellas solicitudes debidamente firmadas mediante los mecanismos de firma digital, suscritas por el interesado en el caso de personas físicas, y por el representante legal en los casos de personas jurídicas.

3. En el caso de las entidades fiscalizadas, solo se admitirán solicitudes de constancia de información mediante los mecanismos de firma digital; y deberán ser firmadas por el gerente, representante legal o por las personas autorizadas por la entidad y que constan en la base de datos de esta Superintendencia, según lo dispuesto en la Circular Externa SUGEF 006-2014 del 28 de abril de 2014.

Plazo de entrega y conservación:1. Las constancias solicitadas electrónicamente, serán enviadas

por esa misma vía a más tardar luego de transcurridos tres (3) días hábiles, contados a partir de la fecha de recibo de la solicitud. En el mismo plazo, las constancias impresas y que fueron solicitadas de forma escrita, estarán a disposición para ser retiradas, en la “Unidad de Correspondencia” en las oficinas de la SUGEF, ubicadas en el Parque Empresarial Fórum II, Edificio C, Radial Santa Ana – Belén, Santa Ana, San José, Costa Rica.

2. Las constancias que fueron solicitadas de forma escrita, se mantendrán a disposición de los solicitantes por un plazo máximo de diez días hábiles, contados a partir de la fecha de recibo de la solicitud. Transcurrido ese plazo el documento será archivado. Solo podrán ser retiradas por el solicitante; por un tercero debidamente autorizado por el interesado; o por el representante legal de la empresa. En estos dos últimos casos, a la autorización se debe adjuntar fotocopia por ambos lados de la cédula de identidad del solicitante o documento legal de identificación, del representante legal, respectivamente, así como una certificación notarial o de Registro Público de la personería jurídica vigente. En todos los casos, la persona que pretenda retirar los documentos, debe presentar su cédula de identidad, vigente.Esta Circular sustituye a la Circular Externa SUGEF 0985-

2015 del 08 de abril de 2015 y cualquiera otra que se le oponga.Para consultas comunicarse al teléfono 2243-5011 o al correo

electrónico [email protected] a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.Javier Cascante Elizondo.—1 vez.—Solicitud N° 33510.—

(IN2015037428).

UNIVERSIDAD NACIONALVICERRECTORÍA ACADÉMICAPROGRAMA DE GRADUACIÓN

REPOSICIÓN DE TÍTULOPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante el Departamento de Registro de la Universidad Nacional, se ha presentado solicitud de reposición de diploma por extravío, correspondiente al Título de Bachillerato en Sociología, grado académico: Bachillerato, registrado en el libro de títulos bajo el tomo: N° 4205, folio: ---, asiento: ---, a nombre de Arguedas Ramírez Bernardita, con fecha 21 de enero de 1982, cédula de identidad N° 4-0118-0820. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.

Heredia, 20 de mayo del 2015.—Departamento de Registro.—M.A.E. Marvin Sánchez Hernández, Director.—(IN2015036681).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIAVICERRECTORÍA EJECUTIVA

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZPROGRAMA DE RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS

Laura Pérez Chaves, costarricense, cédula: 1-0960-0981, ha solicitado reconocimiento y equiparación del título de Diploma Magister en Educación con énfasis en Educación Primaria, obtenido en Kennesaw State University de Estados Unidos de

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América. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado a la Oficina de Registro dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Sabanilla, 19 de mayo del 2015.—Oficina de Registro y Administración Estudiantil.—Licda. Susana Saborío Álvarez, Jefa.—(IN2015036313).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIAAVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZA, Adolfo José Rodríguez Carmona y María Gabriela

Solano Castillo, se les comunica la resolución de las ocho horas del veintiuno de mayo del dos mil quince, que ordenó inicio del proceso especial de protección en sede administrativa, y medida de cuido provisional de Yancy María, Yairet y Karla Mariana Rodríguez Solano, con la señora: María Elena Castillo Castillo, por un plazo de seis meses, siendo la fecha de vencimiento el 21 de noviembre del 2015. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de dos días hábiles siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. San Ramón, PANI Expediente: OLSR-00081-2015. Oficina Local de San Ramón.—Licda. Ana Lorena Fonseca Méndez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 38034.—Solicitud N° 15000050.—(IN2015036490).

A, Daniela Sandoval Solano, se le comunica la resolución de las diez horas y treinta minutos del veinte de mayo del dos mil quince, que ordenó declarar la adoptabilidad en sede administrativa, de María Milagro Sandoval Solano, a fin de que pueda ser ubicada con recurso valorado para adopción. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución proceden los recursos ordinarios de Revocatoria y apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de tres días hábiles siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el primer recurso será de conocimiento de este despacho y el segundo será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. San Ramón, PANI Expediente: OLSR-00331-2014. Oficina Local de San Ramón.—Licda. Ana Lorena Fonseca Méndez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 38034.—Solicitud N° 15000050.—(IN2015036491).

A, Óscar Mario Espinoza Delgado, se le comunica la resolución de las quince horas del veintitrés de abril del dos mil quince, que ordenó inicio del proceso especial de protección en sede administrativa, y medida de cuido provisional de, Alanis Espinoza Rodríguez, con la señora: Aiskel Valverde Monge, por un plazo de seis meses, siendo

la fecha de vencimiento el 23 de octubre del 2015. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de dos días hábiles siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. San Ramón, PANI Expediente: OLSR-00140-2014. Oficina Local de San Ramón.—Licda. Ana Lorena Fonseca Méndez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 38034.—Solicitud N° 15000050.— (IN2015036492).

A, Yorleni Araya Quesada y Asdrúval Alvarado Chaves, se les comunica la resolución de las nueve horas y treinta y ocho minutos del seis de mayo del dos mil quince, que ordenó inicio del proceso especial de protección en sede administrativa, y medida de cese de conductas agresivas en la relación de pareja, así como no exponer a los niños como receptores o testigos de dicha violencia. Se ordena a los padres acudir a grupos de apoyo a fin de que reciban tratamiento para que soluciones los problemas de violencia. Se ordenó al IMAS y al INVU valorar a la familia con miras a que la integren en sus programas de ayuda. Se ordenó valoración psicológica para el niño Jeikol, por el aparente abuso sexual al que estuvo expuesto. Esta medida se dicta por un plazo de cuatro meses. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de dos días hábiles siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. San Ramón, PANI Expediente: OLSR-00081-2014. Oficina Local de San Ramón.—Licda. Ana Lorena Fonseca Méndez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 38034.—Solicitud N° 15000050.— (IN2015036493).

A, Yudi Lodriani Pulido Martínez y Juan Carlos Muñoz Santamaría, se les comunica la resolución de las once horas del veintiuno de mayo del dos mil quince, que ordenó inicio del proceso especial de protección en sede administrativa, y medida de Ingreso a Centro Hogar Calasanz de Jhostin Yesid Muñoz Pulido, así como la autorización dada a la señora María Teresa Quirós, para que asista al joven en período de salidas de fin de semana o vacaciones del centro. Esta medida no cuenta con plazo de vigencia, por lo que el joven podría permanecer en centro hasta la mayoría de edad. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que

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deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de dos días hábiles siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. San Ramón, PANI Expediente: OLSR-00221-2014. Oficina Local de San Ramón.—Licda. Ana Lorena Fonseca Méndez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 38034.—Solicitud N° 15000050.— (IN2015036495).

A, Edgar Trejos Fernández se le comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Grecia de las diez horas treinta minutos del veintidós de mayo del año en curso, en la que se resuelve: I) Dar inicio al Proceso Especial de Protección en Sede Administrativa. II) Se le ordena a la señora, Sara María Pérez Vargas en su calidad de progenitora de la persona menor de edad Isaac Trejos Pérez, que debe someterse a orientación, apoyo y seguimiento a la familia, que le brindará el área de psicología de esta Oficina Local en el tiempo y forma que se le indique. Para lo cual, se le indica que debe cooperar con la Atención Institucional, lo que implica asistir a las citas que se le brinden así como cumplimiento de las indicaciones emitidas. III) Se le ordena a la señora Sara María Pérez Vargas, abstenerse de inmediato de realizar cualquier acción, omisión, manifestación o hechos que tiendan a violentar los derechos de su hijo menor de edad Isaac Trejos Pérez, de situaciones que arriesguen o dañen la integridad física o psicológica de la persona menor de edad, en especial se le ordena el cese de cualquier conducta negligente en el cuidado de su hijo. IV) Brindar seguimiento a la situación a través del área de psicología con el fin de fortalecer el rol materno y el manejo del enojo. VI) La presente medida vence el veintidós de setiembre del año dos mil quince, plazo dentro del cual deberá resolverse la situación de la persona menor de edad. VII) Se ordena al área de psicología de esta oficina local realizar una investigación ampliada de los hechos, en un plazo máximo de 25 días naturales. En contra de lo ordenado se podrá interponer recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la institución; se podrá interponer dentro de las 48 horas siguientes a su notificación. Se le previene que debe señalar un lugar, casa u oficina donde recibir notificaciones futuras, así como señalar un medio electrónico del tipo facsímil y en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico fuere defectuoso, estuviere desconectado las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Exp. OLGR-00097-2015. Oficina Local de Grecia.—Grecia, 28 de mayo del 2015.—Licda. Carmen Lidia Durán Víquez, Representante Legal del PANI.—O. C. N° 38035.—Solicitud N° 15000050.—(IN2015036497).

Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Upala, Guatuso, al ser las catorce horas del día diecinueve de mayo del año dos mil quince, se le comunica a los señores Eleazar Potoy Gaitán y Martha Granja Rivera la resolución de las once horas con quince minutos del día diecinueve de mayo del año dos mil quince que ordenó la Declaratoria de Adoptabilidad de la persona menor de edad M.S.P.G e iniciar el Trámite Judicial de Declaratoria de Estado de Abandono con Extinción de Patria Potestad y con Fines de Adopción. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Oficina Local de Upala, Guatuso. PANI Expediente OLU-00096-2014.—Licda. Katia Corrales Medrano, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 38034.—Solicitud N° 15000050.— (IN2015036498).

Al señor Charles Lawrence Fowler se le notifica la resolución de las diez horas del dos de junio del año dos mil quince, dictada por esta Oficina Local, en la que se resolvió: Modificar la resolución administrativa de las veinte horas con diez minutos del veintitrés de marzo de dos mil quince, dictada por el Departamento de atención Inmediata, Patronato Nacional de la Infancia, en la cual se inicia proceso especial de protección en sede administrativa a favor de la persona menor de edad Eva Angeline Fowler Quirós, donde se le confirió Medida de Abrigo Temporal, hasta por seis meses, en un albergue de la institución Moravia 2, para que sea ubicada bajo Medida de Cuido Provisional en el hogar de su abuela materna la Sra. Francisca Quirós Urbina, cedula de identidad número 8-0054-0187, dirección: Tibás, Llorente de Tibás, de la Pops 200 metros, norte y 300 metros este, Residencial Ambar casa Nº 12, blanca con verjas negras, esquinera de una planta a MD. Teléfonos: 2236-9217, 8991-8260. Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de apelación ante la Oficina Local A quo, quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación. Se advierte a las partes que se debe señalar lugar o medio para atender notificaciones futuras dentro del perímetro de esta Oficina Local, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas. Expediente N° 143-00026-2015. Oficina Local de San José Este.—Licda. Greylin Castillo Gutiérrez, Representante legal.—O. C. N° 38034.—Solicitud N° 15000049.—(IN2015036510).

Al señor Ferley Samir Luengas Camacho, se le notifica la resolución dictada por la Oficina Local San José Este de las trece horas del veintiuno de mayo del año dos mil quince, en la que se resolvió: Iniciar en sede administrativa proceso especial de protección Medida de Cuido Provisional, en beneficio de la persona menor de edad Alondra Pollet Luengas Morales, para que sea ubicada en el hogar de la señora Elena Morales Rojas, tía abuela materna, cedula de identidad número 6-0222-0607, ubicado en San José, del Molino Rojo, 50 metros al sur, casa portón café, de alto. Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de apelación ante la Oficina Local A quo, quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación. Se advierte a las partes que se debe señalar lugar o medio para atender notificaciones futuras dentro del perímetro de esta Oficina Local, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas. 143-00041-2015. Oficina Local de San José Este.—Licda. Greylin Castillo Gutiérrez, Representante Legal.—O. C. N° 38034.—Solicitud N° 15000049.—(IN2015036511).

A la señora Zuni Gabriela Pérez Durán, se le notifica la resolución administrativa de las dieciocho horas con cuarenta minutos del ocho de agosto del dos mil catorce, dictada por el Departamento de Atención Inmediata, Patronato Nacional de la Infancia, en beneficio de las personas menores de edad Keisha Daniela Marín Pérez, Kendra Natasha Marín Pérez y Keishel Chenoa Marín Pérez, en la cual se resolvió: Se confiere el cuido provisional, hasta por seis meses de las hermanas, Keisha Daniela Marín Pérez, Kendra Natasha Marín Pérez y Keishel Chenoa Marín Pérez, a su abuela paterna Olga Marta Muñoz Marín, mayor de edad, conserje, portadora de la cédula de identidad número 106860370, vecina de Barrio Luján, de la casa de Matute Gómez, 200 este, 250 al sur, frente al edificio Telerife, casa con verjas blancas, sin muro, casa color verde oscuro. Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de apelación ante la Oficina Local A quo, quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación. Se advierte a las partes que se debe señalar lugar o medio para atender notificaciones futuras dentro del perímetro de esta Oficina Local, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas. 143-00140-2014. Oficina Local de San José Este.—Licda. Greylin Castillo Gutiérrez, Representante Legal.—O. C. N° 38034.—Solicitud N° 15000049.—(IN2015036512).

La Gaceta N° 115 — Martes 16 de junio del 2015 Pág 19

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

ENERGÍAELECTRICIDAD

CONVOCA A CONSULTA PÚBLICASe invita a los interesados a presentar sus oposiciones o

coadyuvancias a la propuesta de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos a la aplicación para el III trimestre del 2015, de la “Metodología para el Ajuste Extraordinario de las Tarifas del Servicio de Electricidad, Producto de Variaciones en el Costo de los Combustibles (CVC) utilizados en la Generación Térmica para consumo nacional” para el servicio de generación del ICE y el servicio de distribución de todas las empresas distribuidoras.

El 19 de marzo del 2012, mediante resolución RJD-017-2012 la Junta Directiva aprobó la Metodología para el ajuste extraordinario de las tarifas del servicio de electricidad, producto de variaciones en el costo de los combustibles (CVC) utilizados en la generación térmica para el consumo nacional, tramitada en el expediente OT-111-2011 y publicada en La Gaceta N° 74 del 17 de abril del 2012.

La aplicación anual de la metodología del CVC, se realizó en el mes de diciembre del 2014, la cual entró a regir el primero de enero del 2015, según la resolución RIE-098-2014 del 12 de diciembre del 2014, publicada en el Alcance Digital de La Gaceta N° 246 del 22 de diciembre del 2014.

Corresponde en esta oportunidad, el ajuste para el III trimestre del 2015, el cual da como resultado una disminución promedio con respecto a las tarifas fijadas por medio de la RIE-098-2014 de:

III TRIMESTRE 2015

SISTEMA EMPRESA PROPUESTA VRS ANUAL

GENERACIÓNICE T-CB Y T-SD -13,64%

ICE T-UD -14,09%

DISTRUBUCIÓN

ICE -7,93%

CNFL S. A. -8,53%

JASEC -8,29%

ESPH S. A. -8,46%

COOPELESCA R.L. -2,46%

COOPEGUANACASTE R.L. -6,12%

COOPESANTOS R.L. -5,24%

COOPEALFARO RUIZ R.L. -7,37%

LOS CARGOS TRIMESTRALES QUE REGIRÁN EN EL III TRIMESTRE DEL 2015 SERÁN LOS SIGUIENTES:

SISTEMA EMPRESA III TRIMESTRE (C3)

GENERACIÓNICE T-CB Y T-SD -4,27%

ICE T-UD -7,36%

DISTRUBUCIÓN

ICE -2,36%

CNFLS. A. -2,58%

JASEC -2,41%

ESPH S. A. -2,22%

COOPELESCA R.L -0,33%

COOPEGUANACASTE R.L. -1,85%

COOPESANTOS R.L. -1,42%

COOPEALFARO RUIZ R.L. -2,16%

Nota: Durante la consulta pública algunos factores podrían sufrir variaciones, debido a una serie de estudios que se están tramitando en la Intendencia de Energía y que aún no han sido resueltos.

El plazo máximo para presentar sus oposiciones o coadyuvancias vence el día jueves 18 de junio del 2015, a las dieciséis horas (04:00 p. m.).

Las oposiciones o coadyuvancias se pueden presentar: ►en las oficinas de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, ubicadas en el Edificio Turrubares del Oficentro Multipark, Guachipelín de Escazú, San José, ►o al fax: 2215-6002, ►o por medio del correo electrónico(*): [email protected]

Las oposiciones o coadyuvancias deben estar sustentadas con las razones de hecho y derecho que se consideren pertinentes, debidamente firmadas y consignar el lugar exacto, correo electrónico o el número de fax, para efectos de notificación por parte de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. En el caso de que la oposición o coadyuvancia sea interpuesta por persona física, esta deberá aportar fotocopia de su cédula; y si es interpuesta por personas jurídicas, deberán aportar además certificación de personería vigente.

Se hace saber a los interesados que esta consulta pública se realiza conforme las resoluciones RJD-017-2012, RRG-7205-2007 y RJD128-2012, de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.

Se informa que la propuesta se tramita en el expediente ET-050-2015, y se puede consultar en las instalaciones de la ARESEP y en la siguiente dirección electrónica: www.aresep.go.cr (Expedientes).

(*)En el caso de que la oposición o coadyuvancia sea enviada por medio de correo electrónico, ésta debe de estar suscrita mediante firma digital, o en su defecto, el documento con la firma debe de ser escaneado y cumplir con todos los requisitos arriba señalados, además el tamaño de dicho correo electrónico no puede exceder a 10.5 megabytes.

Dirección General de Atención al Usuario.—Marta Monge Marín.—1 vez.—O. C. N° 8377-2015.—Solicitud N° 34197.—(IN2015038164).

AVISOSINSTITUTO DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA RICA (INTECO)

Somete a consulta pública los siguientes proyectos de norma:• PN INTE 06-01-16:2015 “Determinación del índice de

durabilidad en agregados. Método de ensayo” (Correspondencia: ASTM 3744/3744M-11a).• PN INTE/IEC 62561-4 “Requisitos para los componentes

de los sistemas de protección contra el rayo (LPSC) Parte 4: Requisitos para las fijaciones del conductor.”

(Correspondencia: IEC 62561-4:2010).• PN INTE/IEC 62561-5 “Requisitos para los componentes

de los sistemas de protección contra el rayo (LPSC). Parte 5: Requisitos para las cajas de inspección de los electrodos de tierra y para el sellado de los electrodos de tierra.” (Correspondencia: IEC 62561-5:2011 ed1.0).Se recibirán observaciones del 05 de junio hasta el 04 de agosto del 2015.

Para mayor información, comuníquese con la Dirección de Normalización con la Ing. Susana Picado Jiménez al teléfono 2283-4522 o al correo [email protected]

Alexandra Rodríguez Venegas, Directora de Normalización.— 1 vez.—(IN2015037085).

RÉGIMEN MUNICIPALMUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

DIRECCIÓN DE SERVICIOSPara los fines consiguientes la Dirección de Servicios de la

Municipalidad de Montes de Oca, hace saber que el señor Campos Chanto Randall, portador de la cédula de identidad N° 1-0834-0703, han presentado testimonio de escritura pública protocolizada rendida ante el notario Mojica Cerda José Manuel, en la que dice que es el propietario de la fosa 213 del bloque D del cementerio

Pág 20 La Gaceta N° 115 — Martes 16 de junio del 2015

Nuevo de Sabanilla y que en esta escritura traspasa dicho derecho a Solano Román Yeffrey Rodrigo, portador de la cédula de identidad N° 1-0957-0019, quien acepta la donación y a su vez que quede inscrito a nombre de él con las obligaciones y responsabilidades que de este acto se derivan. La Municipalidad de Montes de Oca queda exonerada de toda responsabilidad civil y penal y brindará un plazo de ocho días hábiles a partir de esta publicación para oír objeciones.

Sabanilla de Montes de Oca, 03 de junio del 2015.—Guillermo Montero Marroquín, Encargado de Cementerios.— 1 vez.—(IN2015036808).

MUNICIPALIDAD DE CARTAGOLa Municipalidad de Cartago avisa que el Concejo Municipal

de Cartago en su sesión del día 19 de mayo del 2015, Artículo XIII del Acta N° 379-15, aprobó de forma definitiva la adhesión al nuevo “Manual de Valores Base Unitarios por Tipología Constructiva”, publicado en el Alcance Digital N° 19 a La Gaceta N° 57, de fecha 23 de marzo del 2015. Rige a partir de su publicación.

Guillermo Coronado Vargas, Proveedor Municipal.—1 vez.—(IN2015036999).

MUNICIPALIDAD DE PARRITASM-139-2015.—Sandra Hernández Chinchilla Secretaria

Municipal certifico que mediante acuerdo N° 01, artículo primero. Atención al público, asunto N° 01, de la sesión ordinaria N° 032-2015, celebrada el primero de junio del dos mil quince, el Concejo Municipal, Municipalidad de Parrita, acordó aprobar la juramentación del funcionario Víctor Alvarado Cubillo, cédula de identidad 6-326-949, como inspector Municipal en el Departamento de Desarrollo Urbano y Social de la Municipalidad de Parrita.

Sandra Hernández Chinchilla, Secretaria Municipal.—1 vez.—(IN2015036888).

AVISOSCONVOCATORIASPLAYA DULCE VIDA S. A.

Se convoca a los socios de Playa Dulce Vida S. A., cédula de persona jurídica N° 3-101-083300, a una asamblea ordinaria y extraordinaria de socios a celebrarse a las 11:00 horas del 13 de julio del 2015, en San José, Mata Redonda, Sabana Norte, avenida Las Américas, edificio Torres del Parque, tercer piso, Bufete Expertis - GHP Abogados, para conocer y resolver sobre los siguientes asuntos:

i. Modificación a cláusula de la administración.ii. Ratificación y/o nombramiento de miembros de la junta directiva.

De no haber quórum a la hora señalada, la asamblea se reunirá en segunda convocatoria una hora después, con cualquier número de acciones representadas.—San José, 11 de junio del 2015.—Hans Pfister.—1 vez.—(IN2015037697).

LOGROÑO S. A.Convocatoria a asambleas generales ordinaria y extraordinaria

de socios de Logroño S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno cero tres dos tres dos cero, a celebrarse en Guadalupe, Barrio Colonia del Río, de la entrada principal del barrio cien metros al sur y veinticinco al oeste, casa N° 3, el día 17 de julio del 2015. La asamblea general ordinaria en primera convocatoria a las 08:00 horas de la mañana, y en segunda convocatoria a las 09:00 horas de la mañana; y la asamblea general extraordinaria en primera convocatoria a las 09:00 horas de la mañana y en segunda convocatoria a las 10:00 horas de la mañana. Puntos a tratar en la asamblea ordinaria: Conocer los estados financieros de la sociedad desde el año 2010 a la fecha. Examinar las cuentas y estados de liquidación de operaciones al cierre del ejercicio anual. Puntos a tratar en la asamblea extraordinaria: Reforma de la cláusula sétima de los estatutos.—San José, 9 de junio del 2015.—Pilar Martínez Urtrebia.—1 vez.—(IN2015037725).

TRANSPORTES DEL ESTE MONTOYA S. A.El presidente de Transportes del Este Montoya S. A., convoca

a asamblea general extraordinaria a celebrarse el día 09 de julio del 2015, a las 19:00 horas en primera convocatoria y segunda convocatoria media hora después, si no hubiese quórum, en el domicilio social con la siguiente agenda: 1) Reforma de la cláusula quinta.—Pánfilo Montoya Chavarría.—1 vez.—(IN2015037750).

RASTAFA DE LIMÓN S. A.Se convoca a los accionistas a la realización de asamblea

general extraordinaria de socios de la sociedad: Rastafa de Limón S. A., con cédula de persona jurídica N° 3-101-403812, a celebrarse en la Ciudad de Cartago, frente al Hospital Max Peralta Jiménez, entre avenidas 4 y 6, contiguo a la Cruz Roja Costarricense, casa a mitad de cuadra con portones color café, a las ocho horas del día lunes 03 de agosto del 2015, en primera convocatoria, una hora después se sesionará en segunda convocatoria con los accionistas presentes.

Orden del día:1. Aprobación de la agenda.2. Modificaciones del pacto constitutivo en cuanto a los

siguientes puntos:a. Forma de representación.b. Facultades de los miembros de la junta directiva.c. Aumento de capital social.d. Cambio del domicilio social.e. Puntos varios.San José, 12 de junio del 2015.—Jerome Fait Monge,

Presidente.—1 vez.—(IN2015037907).

LA FAMILIA UNIDA SOCIEDAD ANÓNIMASe convoca a todos los accionistas de la sociedad: La Familia

Unida Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-141405, para que asistan a la asamblea general extraordinaria que se llevará a cabo en su domicilio social en Heredia, de la esquina suroeste del Mercado Central 150 metros al sur, a mano izquierda, que se celebrará el próximo viernes 30 de junio del 2015, a las 10:00 a. m. Se elegirán nuevos miembros de la junta directiva, reforma de los estatutos y asuntos varios.—Manuel Miranda Segura, Presidente.—1 vez.—(IN2015037929).

AVISOSPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

CONDOMINIO LA PRADERALa suscrita Mireya Barboza Navarro, portadora de la cédula

de identidad número 1-633-411, como dueña de la finca filial 1-5070-F-000, la cual forma parte del Condominio La Pradera cédula 3-109-283644 finca matriz 1-312-M-000, realiza la presente publicación con el fin de reponer el Libro de Actas de Asamblea de Propietarios del Condominio, lo anterior por haberse extraviado. Es todo.—San José, 20 de mayo del 2015.—Lic. Mireya Barboza Navarro, Notaria.—1 vez.—(IN2015035792).

UNIVERSIDAD SANTA PAULAPor medio de la presente la Universidad Santa Paula, comunica

que la señorita Carolina Murillo Morales, cédula de identidad número 5-0357-0863, ha presentado ante la oficina de Registro de nuestra Institución, solicitud de reposición de los títulos de Bachillerato y Licenciatura, en la carrera de Terapia Física, registrado en el libro de títulos, el de Bachillerato bajo el tomo 1, folio 330, asiento 4299, con fecha 17 de diciembre del 2010, y el de Licenciatura bajo el tomo 1, folio 452, asiento 6038, con fecha 7 de setiembre del 2012. Se solicita la reposición por habérsele extraviado los originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de junio del 2014.—Rectoría.—Lic. Rocío Valverde Gallegos, Rectora.—(IN2015035802).

UNIVERSIDAD ADVENTISTA DE CENTRO AMÉRICAAnte la Oficina de Registro de la Universidad Adventista

de Centro América se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachillerato en Teología inscrito bajo el Tomo I, Folio 58,

La Gaceta N° 115 — Martes 16 de junio del 2015 Pág 21

Asiento 994 de esta universidad y el Tomo 2, Folio 56, Asiento 987 del Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP), emitido a los treinta y un días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Estuardo Arturo Guerra Cardona, pasaporte Nº 006777256. Se solicita la reposición del título indicado anteriormente, por haberse extraviado el original del mismo. Se publica este edicto para oír oposición a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el diario oficial La Gaceta.—Alajuela, Costa Rica, a los dos días del mes de junio del dos mil quince.—Cecilia Espinosa, Directora de Registro y Admisiones.—(IN2015036485).

Ante la Oficina de Registro de la Universidad Adventista de Centro América se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachillerato en Ingeniería de Sistemas, inscrito bajo el Tomo I, Folio 139, Asiento 2,054 de esta universidad y el Tomo 59, Folio 32, Asiento 2054 del Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP), emitido a los veintisiete días del mes de febrero del año dos mil ocho, a nombre de Eduardo Josué Elías González Valladares, pasaporte Nº A02318801. Se solicita la reposición del título indicado anteriormente, por haberse extraviado el original del mismo. Se publica este edicto para oír oposición a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el diario oficial La Gaceta.—Alajuela, Costa Rica, a los dos días del mes de junio del dos mil quince.—Cecilia Espinosa, Directora de Registro y Admisiones.—(IN2015036486).

HOTELERA PLAYA FLAMINGO S. A.Georgia May Richter, certificado de acciones y libre

alojamiento N° 1772. Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 690, 691, 692, 708, 709 del Código de Comercio. Se avisa que se procederá a reponer la acción aludida, si transcurrido un mes a partir de la publicación del último aviso no se hubiera presentado oposición al respecto.—San José, 3 de junio del 2015.—Arturo Salazar Calvo, Contralor General.—(IN2015036759).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZEMBANAL BRUNCA SOCIEDAD ANÓNIMA

Carlos Valverde Zúñiga, cédula 1-553-737, en su condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de Embanal Brunca Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-138706, hace del conocimiento público que por motivo de extravío el señor Adolfo Santana Mesén, cédula 1-400-748, ha solicitado la reposición de la acción número treinta y cinco y el señor Jorge Luis Sánchez Mata, cédula 1-610-416, ha solicitado la reposición de la acción número treinta y cuatro. Se emplaza a cualquier interesado para que en el término de un mes a partir de la última publicación de este aviso manifiesten su oposición dirigida Embanal Brunca S. A., en General Viejo de Pérez Zeledón, 100 metros al sur de la Iglesia Católica.—Carlos Valverde Zúñiga, Presidente.—(IN2015036891).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZMarco Antonio Garro Masís, cédula de identidad: nueve-cero

ochenta y seis-cuatrocientos sesenta y seis, gerente y apoderado generalísimo sin límite de suma de las siguientes sociedades: Almacén El Rey de Cartago Limitada, cédula jurídica: tres-ciento dos-seiscientos quince mil doscientos noventa y cinco, Almacén El Rey de Curridabat Limitada, cédula jurídica: tres-ciento dos-seiscientos setenta y seis mil doscientos siete, Almacén El Rey de Alajuela Limitada, cédula jurídica: tres-ciento dos-seiscientos dieciséis mil seiscientos sesenta, Almacén El Rey de Escazú Limitada, cédula jurídica: tres-ciento dos-seiscientos diecinueve mil novecientos, Almacén El Rey de San José Limitada, cédula jurídica: tres-ciento dos-seiscientos quince mil trescientos ochenta y siete, comunica al Registro de Personas Jurídicas, público en general e interesados que estamos tramitando la reposición de los libros sociales: Registro de Socios número uno y Actas de Asamblea de Socios número uno, resaltando que los mismos se dio por pérdida o extravío mientras se remodelaba las instalaciones de la empresa.—Marco Antonio Garro Masis, Gerente.—1 vez.—(IN2015036865).

Marco Antonio Garro Masis, cédula de identidad: nueve-cero ochenta y seis-cuatrocientos sesenta y seis, presidente y apoderado generalísimo sin límite de suma de las siguientes sociedades: Inversiones Núñez Alfaro N.A. S. A., cédula jurídica: tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y cuatro mil ciento treinta y siete, Distribuidora de Artículos Orientales Taiwan CR S. A., cédula jurídica: tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y tres mil cuatrocientos ochenta y seis e Importadora San Ramón CR y CH S.A., cédula jurídica: tres-ciento uno-quinientos treinta mil ciento ochenta; comunica al Registro de Personas Jurídicas, público en general e interesados que estamos tramitando la reposición de los libros sociales: Registro de Socios, Actas de Asamblea de Socios y Actas de Consejo de Administración; todos número uno, resaltando que los mismos se dio por pérdida o extravío mientras se remodelaba las instalaciones de la empresa.—Marco Antonio Garro Masis, Presidente.—1 vez.—(IN2015036869).

INVERSIONES AONIDES LIMITADAJavier Enrique Garro Masis, cédula de identidad: dos-

setecientos setenta y ocho-novecientos ochenta y siete, gerente y apoderado generalísimo sin límite de suma de Inversiones Aonides Limitada, cédula jurídica: tres -ciento dos -trescientos cincuenta y nueve mil doscientos veintisiete, comunica al Registro de Personas Jurídicas, público en general e interesados que estamos tramitando la reposición de los libros sociales: Registro de Socios número uno y Actas de Asamblea de Socios número uno, resaltando que los mismos se dio por pérdida o extravío mientras se remodelaba las instalaciones de la empresa.—Javier Enrique Garro Masis, Gerente.—1 vez.—(IN2015036870).

GIRSTEIN SOCIEDAD ANÓNIMAQuien suscribe, Jaime Andrés Rojas Fortado, ciudadano

costarricense, mayor, cédula de identidad número uno-quinientos quince-ciento cuarenta y nueve, en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de Girstein Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero setenta y cuatro mil quinientos setenta para efectos de reposición informo el extravío del tomo uno de los libros de la sociedad denominados Libro de Registro de Socios.—San José, seis de junio de dos mil quince.— Jaime Andrés Rojas Fortado, Apoderado Generalísimo.—1 vez.—(IN2015037020).

CENTRAL PACIFIC COSTA RICA-CHAMBEROF COMMERCE ASSOCIATION

El suscrito, Patrick Vincent Hundley, de un solo apellido (Hundley) en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor de edad, empresario, portador del pasaporte de su país número: 184000486126, vecino de Puntarenas, en mi calidad de presidente de la Central Pacific Costa Rica-Chamber Of Commerce Association titular de la cédula de persona jurídica número: 3-002-463131 solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la Reposición de los libros: Actas de Asamblea General, Actas del Órgano Directivo, Registro de Asociados, Diario, Mayor, Inventarios y Balances, todos por segunda vez ya que los anteriores fueron extraviados. Se emplaza hasta por ocho días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones. Es Todo.—26 de mayo de 2015.—Sr. Patrick V. Hundley.—1 vez.—(IN2015037021).

GRUPO NARANJO LÓPEZ SOCIEDAD ANÓNIMAEl suscrito Juan Vicente Naranjo López, soltero, comerciante,

vecino de San Isidro de Montes de Oro, Puntarenas, cédula de identidad seis-ciento sesenta y nueve-seiscientos cuarenta y cuatro, en mi condición de presidente con las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la empresa Grupo Naranjo López Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro dos seis dos tres cinco, domiciliada en Alajuela, de la antigua bomba Setenta y Seis, setenta y cinco metros al oeste, bufete Naranjo y Asociados; por este medio hago constar a cualquier interesado que en vista de que los libros de la sociedad registro de accionistas, actas de junta directiva, y actas de asambleas generales fueron extraviados, se ha procedido a la reposición de los mismos. Se emplaza a partir de

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esta publicación a cualquier interesado, a fin de oír objeciones al respecto, en el domicilio social de la empresa.—Puntarenas, dos de junio del año dos mil quince.—Juan Vicenti Naranjo López, Presidente.—1 vez.—(IN2015037025).

ITAL EQUIPOS INC SOCIEDAD ANÓNIMAItal Equipos Inc Sociedad Anónima, cédula jurídica número

3-101-636437, para efectos de cumplir lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento de Legalización de Libros de Sociedades Mercantiles por este medio solicita la reposición de los libros de Asamblea de Socios y Consejo de Administración, con el número dos por pérdida. Número de autorización de legalización 40610117956416.—Alberto Baltodano Padilla, Secretario.—1 vez.—(IN2015037031).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 17:15 horas del 1º de junio del 2015, se protocoliza acta de Golf de Santa Rosa S. A., según la cual se reforman cláusulas segunda, tercera, quinta y sexta del pacto constitutivo, se adiciona cláusula undécima y se nombra nueva junta directiva y agente residente.—San José, 1º de junio del 2015.—Lic. Gustavo Adolfo Koutsouris Canales, Notario.—1 vez.—(IN2015035814).

Por escritura número uno-treinta y dos otorgada a las diez horas del veinte de mayo del dos mil quince ante esta notaría, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios, número 24, de la sociedad Ingeniería y Sistemas de Información Codelsa Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-137359, donde se acordó modificar las cláusulas segunda del pacto constitutivo correspondiente al domicilio social, octava correspondiente a la administración y representación de la sociedad y décimo primera de la periodicidad de reuniones de junta directiva, se procede a realizar nuevos nombramientos de presidente, secretario, tesorero de la junta directiva y fiscal y agente residente.—Cartago, 20 de mayo del 2015.—Licda. Ileana Marcela Garita González, Notaria.—1 vez.—(IN2015035815).

Por escritura número 32, otorgada ante esta notaría, a las 20:00 horas del 1º de junio del 2015, se aumentó el capital social de Comercializadora Ayoung E.I.R.L., a la suma de veintiún millones de colones, y se reformó la cláusula quinta del acta constitutiva.—Lic. Francisco Salinas Alemán, Notario.—1 vez.—(IN2015035818).

Por escritura otorgada en esta notoria a las ocho horas del primero de junio del dos mil quince, se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Financiera Comeca S. A.—San José, 1º de junio del 2015.—Lic. Federico José Vega Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2015035825).

El notario que suscribe hace constar que la empresa Nivelaciones del Norte S. A., cédula jurídica 3-101-069729, en asamblea general extraordinaria de accionistas del 8 de mayo del 2015, reformó cláusula 1a de sus estatutos.—San José, 2 de junio, 2015.—Lic. Arturo Fournier Facio, Notario.—1 vez.—(IN2015035826).

Ante esta notaría, se protocolizaron los acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de las sociedades Century Procesamiento S. A. cédula de persona jurídica tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y siete mil trescientos cincuenta y cinco, y Century Metals and Supplies CRC S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos noventa y tres mil cincuenta y nueve, en la cual acordaron fusionarse prevaleciendo la sociedad Century Metals and Supplies CRC Sociedad Anónima, se acuerda aumentar el capital social de Century Metals and Supplies CRC Sociedad Anónima, reformándose la cláusula quinta de los estatutos. Escritura otorgada a las once horas del tres de junio del dos mil quince.—Lic. Javier Andrés Delgado Villalobos, Notario.—1 vez.—(IN2015035829).

Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Reckitt Benckiser Centroamérica S. A., mediante los cuales, se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad.—San José, 2 de junio del 2015.—Lic. Juan Pablo Morales Campos, Notario.—1 vez.—(IN2015035830).

Por escritura pública Nº 117, otorgada ante esta notaría de las 7:00 horas del 3 de junio del 2015, se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo de Edificadora Industrial S. A., aumentando el capital social.—San José, 3 de junio del 2015.—Lic. Johanny Mora Monge, Notario.—1 vez.—(IN2015035831).

Por escritura otorgada a las 8:00 horas del 20 de mayo del 2015, ante esta notaría se protocolizó acta de la empresa Guardia & Bolanos Consultores S. A., donde se reformó la cláusula primera del pacto constitutivo, leyéndose de la siguiente forma primera: La sociedad se denominará Jovapepe Sociedad Anónima, el cual es nombre de fantasía, pero podrá abreviarse Jovapepe S. A.; también se reformaron las cláusulas segunda y octava.—Santa Bárbara de Heredia, 30 de mayo del 2015.—Licda. Ana Cecilia Solís Ugalde, Notaria.—1 vez.—(IN2015035832).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veintiocho de mayo del dos mil quince, se protocolizó acta de asamblea de socios para la disolución de la sociedad Grupo BC Eventos Servicios Especializados Sociedad Anónima.—28 de mayo del 2015.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 33416.—(IN2015035842).

Mediante escritura otorgada el 25 de mayo de 2015, ante esta notaría se modificó el pacto constitutivo de Equipos Ryhnn Costa Rica, con cédula jurídica 3-101-692489.—Lic. Ana Graciela Alvarenga Jiménez, Notaria.—1 vez.—Solicitud N° 33425.—(IN2015035846).

Por escritura otorgada ante este notario, a las quince horas treinta minutos del veintisiete de mayo del dos mil quince, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Inversiones Pies Alegres Fada Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula primera del pacto social.—San José, veintisiete de mayo del dos mil quince.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 33429.—(IN2015035850).

Por escritura número 156 otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 22 de diciembre del 2010, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Familiar La Viña Sociedad Anónima, ced. jurid. 3 101 15721, modificándose la cláusula del domicilio y se modifica junta directiva. Presidenta, Flora Loria Sánchez.—San José, 3 de junio del 2015.—Licda. María Isabel García Campos, Notaria.—1 vez.—(IN2015035852).

En la notaría del Licenciado, Dennis Pineda Soto, mediante escritura número cincuenta y siete-quinto se protocolizó la disolución la empresa Mango Mar A-Uno S. A. el día veintiocho de mayo del dos mil quince.—Lic. Dennis Pineda Soto, Notario.—1 vez.—(IN2015035855).

Ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de A. S. Roma Dos Mil Cinco Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-416618, modificación de estatutos revocatoria y nombramientos. Escritura de las 8:00 horas del 1º de junio del 2015.—Lic. Bárbara Durán Avilés, Notaria.—1 vez.—(IN2015035856).

Por escritura 181-10 de las 17:30 horas del 25 de mayo de 2015, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Residencias Bambú Azul S. A., cédula jurídica 3101411386 Se acuerda transformarla en sociedad de responsabilidad limitada. Gerente y subgerente tendrá la representación judicial.—Lic. Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 33437.—(IN2015035857).

En la notaría, del Licenciado, Dennis Pineda Soto, mediante escritura número cincuenta y nueve-quinto se protocolizó la disolución la empresa Mango Mar C-tres S. A. el día veintiocho de mayo del dos mil quince.—Lic. Dennis Pineda Soto, Notario.—1 vez.—(IN2015035858).

En la notaría del Licenciado, Dennis Pineda Soto, mediante escritura número cincuenta y ocho-quinto se protocolizó la disolución la empresa Mango Mar B-dos S. A., el día veintiocho de mayo del dos mil quince.—Lic. Dennis Pineda Soto, Notario.—1 vez.—(IN2015035860).

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Por escritura número treinta y cuatro-cincuenta, otorgada ante los notarios Juvenal Sánchez Zúñiga, Alberto Sáenz Roesch y Jorge González Roesch, actuando en el protocolo del primero a las once horas treinta minutos del día veintiocho de mayo del año dos mil quince, se acuerda modificar el domicilio social, la administración, revocar y nombrar junta directiva y fiscal correspondiente a la sociedad Grupo Kabul P.E. Sociedad Anónima.—San José, 28 de mayo del 2015.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Conotario.—1 vez.—Solicitud N° 33438.—(IN2015035864).

Por escritura 29 otorgada ante mí, en Alajuela, a las 10:20 horas del día 2-06-2015, visible a folio 100 frente del tomo 9, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria extraordinaria de accionistas de la sociedad Lechería Vega Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-011159, se modificaron sus estatutos en la cláusula sétima del pacto social, junta directiva, renuncia y nuevos nombramientos.—Alajuela, 11:20 horas del 03-06-2015.—Lic. Luis Ángel Rodríguez León, Notario.—1 vez.—(IN2015035868).

Por escritura 30 otorgada ante mí, en Alajuela, a las 10:50 horas del día 2-06-2015, visible a folio 101 frente del tomo 9, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Keelaka Ángel, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-693173, nombramiento de fiscal por el resto del plazo social.—Alajuela. 11:30 horas del 03-06-2015.—Lic. Luis Ángel Rodríguez León, Notario.—1 vez.—(IN2015035869).

Por escritura número veinte, protocolo tomo catorce, se protocoliza acuerdo de asamblea general extraordinaria de Villa Paraíso Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cuarenta y nueve mil trescientos cincuenta y dos, renuncia tesorera y se nombra en sustitución a Hannia Patricia Silesky Jiménez, cédula tres-doscientos quince-doscientos nueve, quien acepta; corresponde al presidente y tesorero, la representación con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—San Pedro de Montes de Oca, a las once horas del veintidós de mayo del dos mil quince.—Lic. Carlos José Vargas Jiménez, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 33448.—(IN2015035871).

Por escritura de las 9:30 horas del 3 de junio del 2015, se acuerda modificar la cláusula décima referente a la representación de la sociedad Varanidea Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 3 de junio del 2015.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2015035875).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del veintiocho de mayo dos mil quince, se nombra junta directiva y modifica cláusula sétima del pacto de la sociedad Finca Q Atro S. A.—Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 33462.—(IN2015035889).

Por escritura Nº 148 otorgada a las 9:00 horas del día 22 de mayo del 2015, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Be It Sociedad Anónima, donde se reformó pacto social aumentando el capital social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—(IN2015035891).

Que por escritura otorgada ante este notario a las trece horas treinta minutos del día veinte de mayo del dos mil quince, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la compañía Alcatorda Sociedad Anónima S. A., mediante la cual se acordó la reformar las cláusulas segunda y sexta del acta constitutiva.—San José, primero de junio del dos mil quince.—Lic. Roberto Solano Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2015035893).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas del veintiocho de mayo dos mil quince, se nombra junta directiva y modifica cláusula sétima del pacto de la sociedad Casa Q Atro S. A.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 33463.—(IN2015035896).

Ante esta notaría por medio de escritura pública número 96-VI, otorgada en Guanacaste a las 15:00 horas del 28 de mayo del 2015, se protocolizó el acta número uno de la sociedad denominada

Sistema Constructivo Perma Form Sociedad de Responsabilidad Limitada, en la cual se tomaron los siguientes acuerdos: Primero: Se acuerda modificar la cláusula primera del pacto constitutivo, referente al nombre. Segundo: Se acuerda el cambio de junta directiva.—Guanacaste, 28 de mayo del 2015.—Lic. Laura Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—Solicitud N° 33468.—(IN2015035899).

El suscrito notario, Greivin Chacón Ramírez, oficina en Alajuela, doscientos veinticinco metros este de la sucursal del Banco Popular, hago constar que por instrumento público número doscientos diecisiete, iniciado a folio ciento veintinueve vuelto del tomo primero de mi protocolo, otorgado en Alajuela, a las doce horas del cuatro de mayo del dos mil quince, se disolvió la sociedad Sandías y Melones de Llanura del Pacífico Central Sociedad Anónima. Se cita a interesados y acreedores para efectos de ley.—Alajuela, cuatro de mayo del dos mil quince.—Lic. Greivin Chacón Ramírez, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 33472.—(IN2015035901).

El día de hoy, a las ocho horas protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la empresa, mediante la cual se aumenta capital y reforma la cláusula quinta del pacto social.—San José, veintinueve de mayo del 2015.—Lic. Milagro Chaves Desanti, Notaria.—1 vez.—Solicitud N° 33487.—(IN2015035906).

Por escritura otorgada ante este notario, a las once horas treinta minutos del veintiocho de mayo del dos mil quince, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía SKCR Holdings Sociedad Anónima, mediante la cual se convierte el capital social de colones a dólares, se aumenta el capital social y se reforma la cláusula quinta de los estatutos de la compañía.—San José, veintiocho de mayo del dos mil quince.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 33493.—(IN2015035908).

Por escritura otorgada ante este notario, a las doce horas del veintiocho de mayo del dos mil quince, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía SMFT Corporation Costa Rica Sociedad Anónima, mediante la cual se convierte el capital social de colones a dólares, se aumenta el capital social y se reforma la cláusula quinta de los estatutos de la compañía.—San José, veintiocho de mayo del dos mil quince.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 33496.—(IN2015035922).

Por escritura otorgada a las diez horas del diecinueve de mayo del dos mil quince, se protocolizan acuerdos por los que se aumenta el capital social de la empresa Novapark Parque Empresarial S. A.—San José, diecinueve de mayo del dos mil quince.—Licda. Sara Sáenz Umaña, Notaria.—1 vez.—(IN2015035925).

Ante esta notaría, a las 10:00 horas del 28 de mayo del dos mil quince, mediante escritura 07 del tomo 06 se constituyó la sociedad Arbor Edén S. A., presidente, José Francisco Rodríguez Ledezma.—Lic. Rafael Ángel Rodríguez Salazar, Notario.—1 vez.—(IN2015035927).

Por escritura otorgada ante mí, a las veinte horas del día veintiocho de mayo de dos mil quince, Corporación G P S Grupo Profesional de Seguridad Sociedad Anónima, reforma la cláusula quinta de la administración, representación judicial y extrajudicial de sus estatutos; se sustituye miembro de junta directiva.—Alajuela, 28 de mayo del 2015.—Lic. Alex Gerardo Castro Paniagua, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 33483.—(IN2015035928).

Por escritura número sesenta y dos ante el notario Edgardo Salvador Mena Páramo, de fecha 11 de mayo de 2015, visible a folio 032 frente, del tomo 9 de su protocolo se reforma el pacto constitutivo de la sociedad denominada Agro Industrial Damas Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres - ciento uno - cero seis cinco tres tres dos, únicamente en cuanto al capital social.—San José, 29 de mayo del 2015.—Lic. Edgardo Salvador Mena Páramo, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 33514.—(IN2015035934).

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Por escritura numero ciento cincuenta y uno-uno, otorgada a las a las once horas del veintinueve de mayo del dos mil quince, ante la notaria Licda. Zaida Granados Gamboa, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de sociedad Palma Sureña Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno- quinientos noventa y tres mil ochenta y dos, en la cual se realiza reforma de las cláusulas segunda y sexta, asimismo se adiciona la cláusula novena de los estatutos de la empresa.—Pérez Zeledón, veintinueve de mayo del dos mil quince.—Licda. Licda. Zaida Granados Gamboa, Notaria.—1 vez.—Solicitud N° 33515.—(IN2015035936).

Hoy protocolicé asamblea de Terel Comunicaciones, Energías Renovables e Infraestructura S. A., por la cual cambia su razón social modificando la primera palabra por Terei y el resto del nombre igual; reforma también cláusula ocho de estatutos.—San José, 2 de junio del 2015.—Lic. Eugenio Francisco Jiménez Bonilla, Notario.—1 vez.—(IN2015035945).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas de hoy, se disuelve y líquida Taller de Ingeniera y Arquitectura Julio Jiménez S. A.—San José, 28 de mayo del 2015.—Lic. Eugenio Francisco Jiménez Bonilla, Notario.—1 vez.—(IN2015035948).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del uno de junio del dos mil quince, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Transportes Generaleños Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-ciento cuarenta y siete mil ochocientos setenta y dos, mediante la cual se reforma la cláusula sexta y se nombra nueve Gerente.—Pérez Zeledón, uno de junio del dos mil quince.—Licda. Angely González Fernández, Notaria.—1 vez.—(IN2015035950).

Que por escritura número 70, visible a folio 102 vuelto se acordó disolver la empresa: Mitar del Mar Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-119710. Visible en el tomo 25 del protocolo del suscrito notario público, el motivo de este edicto es la disolución de la empresa indicada. Teléfono: 771-5855.—Uvita de Osa, a las 12:00 horas del 29 de mayo del 2015.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 33539.—(IN2015035956).

Por escritura autorizada en esta notaría a las 14:00 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea de socios de Miguelfe S. A. en que se reformaron cláusulas sétima y octava de estatutos sociales.—San José, 2 de junio de 2015.—Lic. Alonso Herrera Vargas, Notario.—1 vez.—(IN2015035957).

Que por escritura número 71, visible a folio 103 frente se acordó disolver la empresa: Ventana del Paradisio S. A., cédula jurídica N° 3-101-559592. Visible en el tomo 25 del protocolo del suscrito notario público, el motivo de este edicto es la disolución de la empresa indicada. Teléfono: 771-5855.—Uvita de Osa, a las 12:00 horas del 29 de mayo del 2015.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 33540.—(IN2015035959).

Por escritura número dieciocho de las once horas del veintinueve de mayo del dos mil quince, se modificó la cláusula octava de la Arrendadora del Este AC Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Calle Blancos de Goicoechea, Urbanización Montelimar de los Tribunales de Justicia, ochocientos oeste.—Licda. Karla Calderón Murillo, Notaria.—1 vez.—(IN2015035960).

Por escrituras otorgadas ante mí, el 23 de abril del 2015, se constituyeron: Investment Hauss Internacional (IHI) S. A.; Autumn Leaves International S. A. e Immohaus International S. A., con un capital de cien dólares.—San Pablo de Heredia, 1° de junio del 2015.—Lic. Edgardo Campos Espinoza, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 33555.—(IN2015035970).

Mediante escritura número ciento cuarenta y seis, de las diecinueve horas del cuatro de mayo del dos mil quince, se constituyó la fundación con plazo perpetuo denominada Fundación Vida Misionera San Juan Pablo Segundo Costa Rica con un patrimonio inicial de doscientos mil colones, y tiene por objetivo promover, elaborar y desarrollar proyectos que promuevan en la población los valores éticos y morales, y domiciliada en Heredia,

San Isidro, frente a la Cruz Roja. Ante la notaria pública Ileana María Arguedas Maklouf.—San José, 21 de mayo del 2015.—Lic. Ileana María Arguedas Maklouf, Notaria.—1 vez.—(IN2015035979).

Ante esta notaría, por escritura de las dieciocho horas del trece de noviembre del dos mil catorce, se modifican las cláusulas la sociedad anónima denominada Hotel Arenal Jireh de Costa Rica con cédula 3-101-130401, correspondientes al nombre denominándose dicha sociedad en adelante como Jireh de Costa Rica Sociedad Anónima, y reforma la cláusula su domicilio social.—La Fortuna, 13 de noviembre del 2014.—Lic. Luis Alejandro Rodríguez González, Notario.—1 vez.—(IN2015035981).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las nueve horas con treinta minutos del nueve de abril del dos mil quince, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada: Transportes Turísticos Costa Verde Sociedad Anónima. Reformas a las cláusulas quinta del pacto social y que se refiere a capital social se acuerda aumentar el capital social a la suma de cuarenta y cinco millones de colones.—San José, 27 de mayo del 2015.—Licda. Lucrecia Campos Delgado, Notaria.—1 vez.—Solicitud N° 33373.—(IN2015035986).

A las diez horas del día tres de junio del dos mil quince, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Criolife S. A., donde se modifican las cláusulas del nombre, del domicilio y del objeto del pacto constitutivo. Es todo.—San José, tres de junio del dos mil quince.—Lic. José, Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—(IN2015035987).

Por escritura número setenta y cuatro otorgada ante mí, a las once horas, del día veintiocho de mayo de dos mil quince, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Piel Porcelana S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y un mil seiscientos tres, en la cual se modificaron las cláusulas segunda y novena, de los estatutos de la compañía.—San José, veintiocho de mayo de dos mil quince.—Lic. Susan Naranjo López, Notaria.—1 vez.—(IN2015035989).

Por escritura otorgada ante mí, se constituye sociedad denominada Grupo Habla CR Sociedad Anónima. Capital social: doce millones de colones. Administración: presidente y vicepresidente. Plazo: cien años. Domicilio en San José, San Rafael de Escazú, de la entrada principal del Costa Rica Country Club en Condominio Almendar. Es todo.—San José, dos de junio del dos mil quince.—Lic. Felipe Esquivel Delgado, Notario.—1 vez.—(IN2015035990).

Por escritura otorgada por mí, el día tres de junio del dos mil quince, a las catorce horas, se protocolizó el acta de asamblea de socios de la sociedad denominada Siete Ocho Nueve S. A. mediante la cual se modifica la cláusula sétima (administración) de su pacto social y se nombra nueva junta directiva.—San José, tres de junio de dos mil quince.—Licda. Cindy Sabat Hoffman, Notaria.—1 vez.—(IN2015035993).

En escritura autorizada por el suscrito notario de las quince horas del día dos de junio del dos mil quince, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Multicines San Rafael S.R.L., mediante la cual se acordó reformar la cláusula sétima del pacto social.—San José, tres de junio de dos mil quince.—Lic. Pablo Andrés Sancho Calvo, Notario.—1 vez.—(IN2015035996).

Por escritura otorgada el día hoy, se constituyó la entidad Jonuc J.N.C. Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerente: Joaquín Núñez Chaverri. Plazo social: 100 años. Capital social: 10.000,00 colones. Domiciliada en Grecia.—Grecia, 10 de noviembre del 2009.—Lic. Miguel Ángel Zumbado González, Notario.—1 vez.—(IN2015035999).

Por escritura número 214, otorgada a las 12:00 horas del 1° de junio del 2015, la compañía: Safire G&P Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-628190, ha acordado su disolución a partir del 25 de mayo del 2015, para que en plazo de 30 días comparezca cualquier interesado.—Lic. Giovanni Vega Cordero, Notario.—1 vez.—Solicitud N° 33630.—(IN2015036000).

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Ante mi notaría, por escritura número ciento cuarenta y cinco, de las diez horas del día de hoy, visible a folio cincuenta y seis vuelto, tomo veintinueve, se protocolizó el acta número veinticuatro de la asamblea general extraordinaria de socios de Importaciones Puriscal S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuarenta mil seiscientos dos, en la cual se modificó la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la sociedad.—Grecia, 3 de junio del 2015.—Lic. Miguel Ángel Zumbado González, Notario.—1 vez.—(IN2015036002).

Santiago Sánchez Rojas, mayor de edad, casado una vez, agricultor, con cédula de identidad número seis-ciento uno-mil doscientos cincuenta y seis, vecino de Potrero Grande dos mil quinientos metros al noreste de la escuela, Buenos Aires, Puntarenas y Margarita Vargas Pérez, mayor de edad, viuda de sus primeras nupcias, del hogar, con cédula de identidad número siete-cero sesenta-ciento uno y vecina de Potrero Grande ochocientos metros al norte de la escuela, Buenos Aires, Puntarenas, en su condición de socios accionistas de la sociedad Ganadera Potrero Grande Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento dos-cero once mil trescientos cincuenta, domiciliada en Buenos Aires, mil metros al norte de la Escuela de Potrero Grande, Puntarenas, convienen en cerrar y desinscribir dicha sociedad. Es todo.—Cariari, Pococí, Limón, al ser las diez horas con treinta minutos del primero de junio del dos mil quince.—Lic. Alfredo Calderón Chavarría, Notario.—1 vez.—(IN2015036003).

Por escritura otorgada el día tres de junio del dos mil quince, se protocoliza acta número uno de asamblea extraordinaria de socios de Doughty & Tunbride Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-tres tres tres cero nueve tres. Se revoca y se nombra junta directiva.—Cartago, tres de mayo del dos mil quince.—Licda. Cindy María Blanco González, Notaria.—1 vez.—(IN2015036008).

Por escritura otorgada ante este notario, a las diecisiete horas del dos de junio del dos mil quince, se protocoliza acta de asamblea de la sociedad Centro de Acondicionamiento Físico Integral SF Sociedad Anónima. Se acuerda modificar la cláusula sétima de la administración.—San José, dos de junio del dos mil quince.—Lic. Claudio José Donato Monge, Notario.—1 vez.—(IN2015036010).

Mediante escritura otorgada ante el suscrito notario a las ocho horas del tres de junio del dos mil quince, se protocolizó asamblea general extraordinaria de Asesoría Dorven Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-cero seis ocho cinco tres siete, modificando el pacto constitutivo, en cuando al domicilio social y administración.—San José, 3 de junio del 2015.—Lic. Tomás Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—(IN2015036011).

La suscrita notaria Patricia Villalobos Chinchilla hace saber que en la notaría compareció Cristiano de Freitas Aguiar, cédula 8-089-948 a protocolizar en lo conducente el acta número cinco, de la sociedad anónima Ticadel S. A., cédula jurídica número 3-101-97335 modificando el pacto constitutivo en la cláusulas 6 y se elige nuevo presidente, secretaria, tesorera y fiscal.—San José, 29 de mayo del 2015.—Licda. Patricia Villalobos Chinchilla, Notaria.—1 vez.—(IN2015036013).

Ante esta notaría, a las 15:00 horas del 01 de junio del 2015, se reformaron las cláusulas N° 2 y N° 8 del pacto constitutivo de la sociedad Global Endeavors S. A.—San José, 01 de junio de 2015.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—(IN2015036015).

Por escritura trescientos cuarenta y siete, otorgada ante la notaria pública Carolina Ulate Zárate, a las once horas cincuenta minutos del día veintidós de mayo del dos mil quince, se revocó el nombramiento de la sociedad denominada Segnini Exportaciones S. A.—Heredia, veintidós de mayo del dos mil quince.—Licda. Carolina Ulate Zárate, Notaria.—1 vez.—(IN2015036016).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del dos de junio del dos mil quince, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de: Aldesa Sociedad de Fondos de Inversión S. A., donde se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo.—San José, dos de junio del dos mil quince.—Licda. Eleonora Ortiz Runnebaum, Notaria.—1 vez.—Solicitud N° 33665.—(IN2015036028).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día cuatro de junio del dos mil quince, se constituyó la sociedad Bombardier (Share Services) Americas Sociedad Anónima. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. La sociedad será administrada por una junta directiva conformada por tres miembros: presidente, secretario y tesorero, quienes tendrán la representación judicial y extrajudicial de la compañía, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, cuatro de junio del dos mil quince.—Lic. Tatiana Rojas Hernández, Notaria.—1 vez.—(IN2015036030).

NOTIFICACIONESSEGURIDAD PÚBLICA

SUBPROCESO DE COBROS ADMINISTRATIVOSPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la administración, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta de la siguiente: Resolución Nº 479-2015 AJCA. Ministerio de Seguridad Pública. Subproceso de Cobros Administrativos. San José, a las ocho horas cinco minutos del día doce de marzo del dos mil quince. Procede este subproceso en calidad de órgano director, a aclarar y corregir la resolución Nº 585-2014 DFCA, dictada a las 8:20 horas del 4 de setiembre del 2014, en los siguientes aspectos: el primero en cuanto al nombre y apellidos del deudor, siendo el dato correcto Jorge Gutiérrez Silva, portador de la cédula de identidad número 6-362-940, y no como se consignó “Silva Gutiérrez”, y lo segundo, en cuanto se indicó que la suma total adeudada es de ¢597.897,97 (quinientos noventa y siete mil ochocientos noventa y siete colones con noventa y siete céntimos) desglosada en ¢26.699,83 (veintiséis mil seiscientos noventa y nueve colones con ochenta y tres céntimos) por las ausencias de los días 13 y 16 de junio del 2012, la suma de ¢197.578,72 (ciento noventa y siete mil quinientos setenta y ocho colones con setenta y dos céntimos) por las incapacidades no deducidas de su salario que comprenden: del 30 de mayo al 10 de junio del 2012, del 4 al 5 de agosto del 2012, del 21 al 23 de setiembre del 2012, del 25 al 27 de setiembre del 2012; ¢41.115,78 (cuarenta y un mil ciento quince colones con setenta y ocho céntimos) por suma girada de más del 28 al 30 de setiembre del 2012, ¢373.619,65 (trescientos setenta y tres mil seiscientos diecinueve colones con sesenta y cinco céntimos). No obstante la sumatoria correcta del monto total adeudado es de ¢639.013,98 (seiscientos treinta y nueve mil trece colones con noventa y ocho céntimos). Lo anterior, conforme al artículo 157 de la Ley General de Administración Pública, y en lo demás se mantiene incólume la citada resolución y se le concede nuevamente los 15 días hábiles que cita Ley General de Administración Pública, para presentar cualquier oposición al citado cobro o bien un arreglo de pago. Notifíquese.—Subproceso de Cobros Administrativos, Órgano Director.—Licda. Beatriz López González, Jefa a. í.—O. C. Nº 3400024678.—Solicitud Nº 33624.—(IN2015035721).

EDUCACIÓN PÚBLICA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZApertura de procedimiento administrativo disciplinario c/

Rivas Núñez Priscilla Dayana.—Resolución N° 1853-2015.—El Órgano Director del Procedimiento, a las once horas con catorce minutos del seis de abril del dos mil quince.

Resultando:I.—Que mediante resolución N° 1080-2015, de las diez horas

con treinta minutos del veinte de marzo del 2015, suscrita por el Msc. Yaxinia Díaz Mendoza, Directora de Recursos Humanos del Ministerio de Educación Pública, se ordenó la apertura de procedimiento administrativo ordinario tendiente a establecer la responsabilidad disciplinaria de Rivas Núñez Priscilla, asimismo, designa a quien suscribe, como Órgano Director Unipersonal del Procedimiento administrativo tramitado contra el servidor de cita. (Ver folios 09 al 10 del expediente N° 161-2015).

II.—Que lo anterior encuentra sustento en lo establecido en los artículos 211 y siguientes (de la responsabilidad Disciplinaria del Servidor), artículos 214 y siguientes (Del Procedimiento Administrativo), 272 y siguientes (Del acceso al Expediente y sus

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Piezas) y 308 y siguientes (Del Procedimiento Ordinario), todos de la Ley General de la Administración Pública; 41, 42 y 43 del Estatuto del Servicio Civil, artículos 18 inciso j) y 50 inciso K) de la Ley Orgánica del Ministerio De Educación Pública, así como en artículos 54 y siguientes del Reglamento Autónomo de Servicios del Ministerio de Educación Pública.

III.—Que de conformidad con lo anteriormente expuesto, se considera procedente dar inicio al Procedimiento Administrativo Ordinario tendiente a establecer la responsabilidad disciplinaria de la persona investigada, a saber, Rivas Núñez Priscilla, cédula de identidad número 1-1643-397, quien se desempeña en el puesto de oficinista de servicio civil 1, en la Escuela Cristóbal Colon, Dirección Regional de Educación de Desamparados, respecto al supuesto hecho que a continuación se detalla:

Que Rivas Núñez Priscilla en su condición de Oficinista en la Escuela Cristóbal Colón, adscrita a la Dirección Regional de Educación de Desamparados, supuestamente se ausentó los días, 26, 27, 28, 29, 30 de enero, 02, 03, 04, 05, 06, 09, 10, 11, 12, 13, 16, 17, 18, 19, 20, 23, 24 y 25 de febrero todos del 2015, lo anterior sin dar aviso oportuno a su superior inmediato y sin presentar justificación posterior alguna, dentro del término legalmente establecido. (Ver folios 01 al 07 de la causa de marras).

V.—Que los hechos anteriormente citados -de corroborarse su comisión- constituirían una violación a las obligaciones y prohibiciones del cargo contempladas en el artículo 39 inciso a) del Estatuto de Servicio Civil, artículo 35 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, articulo 63 del Reglamento Autónomo de Servicios del M.E.P, todos en relación con el artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo; que podrían acarrear una sanción que podría ir desde una suspensión sin goce de salario hasta el despido sin responsabilidad patronal.

VI.—La prueba que constituye la base del procedimiento disciplinario, es el expediente administrativo número 161-2015 a nombre de Rivas Núñez Priscilla, donde consta la denuncia y el registro de asistencia supra establecido, debidamente certificados. (Ver folios 01 al 07 referente a registro de asistencia, de la causa de marras).

VII.—Que en razón de lo anterior se dictó la resolución número 1244-2015 de las once horas con catorce minutos del seis de abril del dos mil quince, convocándose a audiencia oral y privada para el día martes cinco de mayo del presente año, siendo que no se pudo notificar a la señora Rivas Núñez Priscilla, por lo que en aras de cumplir con lo establecido en el artículo 311 de la Ley General de Administración Pública, y no causar indefensión al investigado, se dicta la presente resolución que se encuentra ajustada a derecho.

VIII.—Se apercibe al accionado de que debe señalar medio o lugar para recibir futuras notificaciones –Ley Notificaciones N° 8687- dentro del plazo de diez días hábiles a partir de la notificación del presente acto, bajo el apercibimiento de que si no se hiciere o el lugar fuere impreciso, incierto o ya no existiere, las resoluciones se tendrán por notificadas automáticamente veinticuatro horas después de dictadas -artículo 11 de la Ley de Notificaciones-.

IX.—Que para los efectos de este procedimiento, se pone a disposición de la persona accionada el respectivo expediente administrativo, el cual podrá consultar, reproducir o analizar cuantas veces considere necesario. Así mismo se le hace saber que le asiste el derecho de presentar los argumentos de defensa y descargo que considere oportunos, de ofrecer la prueba que considere pertinente, desde este momento y hasta el mismo día de la audiencia, así como hacerse asesorar por un profesional en Derecho que le provea la defensa técnica, si así lo considera pertinente. En caso de aportar prueba testimonial, se le solicita que indique expresamente el nombre, calidades, la dirección respectiva de los testigos junto con la descripción lacónica de los hechos sobre los que versará su deposición, para efectos de confeccionar las citaciones respectivas.

X.—Se cita a Rivas Núñez Priscilla a comparecencia oral y privada de ley (artículos 309 y 312 de la Ley General de la Administración Pública), se fija para tales efectos el día viernes 10 de julio del 2015, a las diez horas, en el departamento de gestión disciplinaria, ubicado frente a la entrada de emergencias del Hospital San Juan de Dios, 4to piso del Oficentro Plaza Rofas, San José, oportunidad procedimental en que podrá ejercer su derecho de defensa y se le garantizará el principio constitucional al debido proceso. En esa oportunidad podrá:

1- Ofrecer (presentar) su prueba, si es que no lo hubiera hecho con antelación o quisiera adicionarla.

2- Obtener su admisión y trámite cuando sea pertinente y relevante.3- Interrogar a la contraparte, si la hubiera, preguntar y

repreguntar a los testigos y peritos cuando los hubiera.4- Aclarar, ampliar o reformar su petición o escrito de defensa inicial.5- Formular conclusiones de hecho y de derecho en cuanto a la

prueba y resultados de la comparecencia. Lo anterior deberá hacerse verbalmente y bajo la sanción de caducidad del derecho para hacerlo si se omite en la comparecencia.X.—La sede del Órgano Director donde las partes podrán

consultar el expediente y presentar su defensa, recusaciones e impugnaciones, será la normal del Departamento de Asuntos Disciplinarios, sito en el Edificio ROFAS, frente a la entrada de Emergencias del Hospital San Juan de Dios, 4º Piso, San José.

XI.—Conforme lo estipulan los artículos 245 de la Ley General de la Administración Pública y 18 j) de la Ley Orgánica del Ministerio de Educación Pública, se hace saber que contra esta Resolución proceden los recursos ordinarios, los cuales deben formularse ante esta instancia dentro del término de veinticuatro (24) horas siguientes a la respectiva notificación. El primero será resuelto por este órgano y el segundo por el Órgano Decisor.

Notifíquese.—Arelis Sibaja Hernández, Órgano Director.— O. C. N° 24628.—Solicitud N° 3572.—(IN2015036880).

Exp. N° 38-15.—La Dirección de Recursos Humanos, a: Héctor Antonio Marín Esquivel, cédula: 1-0519-0392.

HACE SABER:I.—Que por así haberlo ordenado la Dirección de Recursos

Humanos, se inició en su contra la instrucción de una causa disciplinaria, de conformidad con el procedimiento establecido al efecto en el Estatuto de Servicio Civil, por la supuesta comisión de falta en el ejercicio de sus funciones.

II.—De la información substanciada existen elementos probatorios para imputarle los siguientes hechos:

A) Que usted en su condición de Profesor de Enseñanza Técnica Profesional, especialidad educación física en la Escuela Pbro. Yanuario Quesada, Escazú, incurrió en un presunto hecho en perjuicio de la estudiante menor de edad Alina Archibold Arce, el cual se describe a continuación:a) Que el día 16 de octubre del año 2014, cuando se encontraba

impartiendo lecciones a la sección de la estudiante Alina Archibold Arce, les indicó a los estudiantes que hicieran dos filas una de hombres y otra de mujeres para dirigirse a recibir lecciones a la plaza “cancha de futbol” porque el Colegio estaba en exámenes, le indicó a la fila de hombres que salieran para ello le tocó el hombro al primer estudiante de la fila mientras que a la fila de mujeres la cual iniciaba con la estudiante Archibold Arce, supuestamente cuando les indicó que ya podían salir con la frase “ya pase” le tocó el pecho “seno” de la estudiante Alina Archibold Arce, situación que incomodó a la estudiante (Folios 01 al 10,21,22, 49 al 59).

III.—De ser ciertos los hechos anteriormente descritos, usted incurrió en falta grave según lo dispuesto en los artículos 81, inciso a) y l) del Código de Trabajo; artículos 57 incisos b), e) y l) del Estatuto del Servicio Civil y los artículos 27 del Reglamento del Estatuto del Servicio Civil; 11 inciso b), 12 inciso 1), 13 inciso 3,14 y 15 inciso b) del Reglamento de la Carrera Docente.

IV.—Que se le emplaza para que ejerza su derecho de defensa dentro de los diez días hábiles siguientes al recibo de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de Servicio Civil y ofrecer las pruebas que estimare pertinentes. Si fueren testimoniales, indicará los hechos sobre los cuales versarán las respectivas deposiciones así como la correspondiente dirección de los testigos bajo el apercibimiento de poder ser declarada inadmisible la referida prueba.

V.—Para el ejercicio pleno de su derecho de defensa puede tener acceso al expediente disciplinario iniciado al efecto y hacerse representar por un abogado.

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VI.—Que la defensa deberá formularse por escrito ante el Departamento de Asuntos Disciplinarios de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación Pública, ubicado en el Edificio Rofas, cuarto piso, frente a emergencias del Hospital San Juan de Dios. Debiendo señalar medio para atender notificaciones -Ley de Notificaciones N° 8687-, bajo el apercibimiento que en caso contrario quedará notificada de forma automática dentro de las 24 horas siguientes de conformidad con el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. La no presentación de la defensa hará presumir la renuncia al ejercicio de ese derecho en esta etapa procedimental, y, la no indicación del lugar para recibir notificaciones surtirá los efectos previstos en el artículo 12 de la citada ley.

VI.—Contra la presente resolución caben los recursos de revocatoria ante este Departamento con apelación en subsidios ante el Tribunal de la Carrera Docente, dentro del plazo de cinco días hábiles, según lo establecido en los artículos 66 del Estatuto de Servicio Civil y 26 del Reglamento de la Carrera Docente.

San José, 27 de febrero de 2015.—Yaxinia Díaz Mendoza, Directora.—O. C. N° 24628.—Solicitud N° 3570-.—(IN2015036884).

AMBIENTE Y ENERGÍAINSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

HACE SABER:PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

De conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública, mediante el presente edicto y por no haber sido posible la notificación en el domicilio indicado, procede a efectuar la presente notificación al señor Iván Campos Arias, cédula de identidad: uno-setecientos ochenta y tres-cuatrocientos treinta, Apoderado Generalísimo de la Empresa Seguridad Camarias Sociedad Anónima. Se dispone la notificación del auto inicial o apertura de procedimiento administrativo, por edictos mediante publicación en el diario oficial La Gaceta; el emplazamiento comenzará a correr cinco días después de la última publicación. Se acoge así, de pleno, la garantía de la debida comunicación al interesado. Lo anterior, con el fin de que el administrado tenga conocimiento anticipado de las diversas decisiones administrativas que le atañen en protección de la seguridad, certeza jurídica, y como garantía de su derecho de defensa.

ÓRGANO DIRECTOROD-SC-01-2015

Órgano Director del Procedimiento Ordinario.—San José, a las once horas con quince minutos del dieciocho de mayo del dos mil quince.

Resultando:1°—Que mediante oficio DM-388-2015, el Dr. Edgar E.

Gutiérrez Espeleta, en su condición de Ministro de Ambiente y Energía, al amparo de lo dispuesto en la Ley General de la Administración Pública en sus artículos 308 y siguientes, nombra a señor Max Mena Rojas, como Órgano Director de la Investigación Administrativa, para determinar la verdad real de los hechos por supuesto incumplimiento del contrato suscrito contra la firma, Seguridad Camarias S. A., según Licitación Abreviada N° 2013LA-000002-8830, con fundamento en la cláusula segunda del mismo, de conformidad con lo regulado en el numeral 308 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública, lo anterior en razón de la declaratoria de inconstitucionalidad del artículo 205 del Reglamento a Ley de Contratación Administrativa, según Resolución N° 2011-004431 de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de las 10 horas 32 minutos del 1° de abril de 2011. Segundo: que en el presente procedimiento se observaron los plazos, términos y las prescripciones de ley.

Considerando único:Con fundamento en lo establecido en el Resultando Primero

de la presente resolución y de conformidad a lo establecido en los artículos 218 y 308 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública, lo procedente es citar al testigo señor Iván Campos Arias,

cédula de identidad: uno-setecientos ochenta y tres-cuatrocientos treinta, apoderado generalísimo de la empresa Seguridad Camarias Sociedad Anónima, a efecto de que se refiera a la denuncia visible en folios 13, 14 y 18 del expediente administrativo levantado al efecto para investigación de supuesto incumplimiento señalado en el Resultando Primero de la presente resolución. Por tanto,EL ORGANO DIRECTOR DEL PROCEDIMIENTO, RESUELVE:

1°—De conformidad a lo establecido en el Considerando Único de la presente resolución, citar en forma personal y no por medio de apoderado al señor Iván Campos Arias, cédula de identidad: 1-0783-0430, Apoderado Generalísimo de la empresa Seguridad Camarias Sociedad Anónima, cedula jurídica 3-101-124844, a la comparecencia oral y privada el día martes treinta de junio de 2015 a las 9.30 a.m. para que se manifieste sobre los hechos que se investigan, en las instalaciones del Instituto Meteorológico Nacional, San José, Costa Rica, calle 17, avenida 9.

2°—De conformidad con lo establecido en el artículo 345 de la Ley General de la Administración Pública, a la presente Resolución pueden presentarse los recursos ordinarios señalados por la Ley General de la Administración Pública, dentro de los plazos por ella fijados. Es todo.—Max Alonso Mena Rojas, Legal IMN.—O. C. N° 25294.—Solicitud N° 7101.—(IN2015036828).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIALHOSPITAL RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA

DIRECCIÓN ADMINISTRATATIVA FINANCIERAPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Notificación de resolución final 0005-2015. Expediente 2009CD-000241-2101. La Dirección Administrativa Financiera del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública en virtud de que materialmente resultó imposible localizar a la Empresa Inmunolab Costa Rica S. A., cédula jurídica N° 3-101-224803, en San José, Zapote, Barrio Córdoba, de Autos Bohío cincuenta metros al oeste y por ignorarse su actual domicilio, se procede en esta vía, a comunicar que mediante resolución N° 0005-2014, del Veintidós de abril del 2015, se finaliza el procedimiento Administrativo Ordinario. De lo cual se impone la Resolución contractual del contrato N° 905 y la sanción de apercibimiento sobre el código 288740571, la cual consiste en una formal amonestación escrita para que corrija su conducta debido a que incumplió con las dos entregas de la primera prorroga y tres de la segunda. Visible a folio 000055 del expediente de incumplimiento. Con base en artículo 99 inciso a) de la Ley de Contratación Administrativa y artículo 308 1(a) siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, para la Compra Directa 2009CD-000241-2101, por Reactivo para determinar Dengue, código 288740571. Por no cumplir con las obligaciones pactadas en el contrato N° 905 la cual se encuentra visible a folios 000078 al 000084 del expediente de incumplimiento. Y que se debe pagar el monto de $40 dólares correspondientes a un atraso de 51 días naturales, ya que dicha factura se canceló en forma íntegra según folio 000023 del expediente de incumplimiento, sin rebajar lo que en derecho correspondía por el atraso. Se comunica al contratista que contra la presente resolución caben los Recursos de Revocatoria y Apelación, mismos que deberán presentarse en un plazo de 3 días hábiles, plazo contado a partir de la última comunicación del acto, según lo establecen los artículos 343 y 346 de la Ley General de Administración Pública los cuales deberán presentarse en la Dirección Administrativa Financiera.—San José, 2 de junio del 2015.—Lic. Carlos Alfaro Valverde, Director Administrativo Financiero a.í..—(IN2015035702).

SUCURSAL PURISCALPUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La suscrita Licenciada Sahudy Ortiz Jara, Administradora de la Sucursal de Puriscal, Caja Costarricense del Seguro Social, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en

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el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos y trabajadores independientes incluidos en el listado que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. En el listado, se indica el número patronal, nombre del patrono o razón social y monto de la deuda al 22 de mayo del 2015. La Institución le concede 5 días hábiles, para que se presenten a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. Los periodos notificados anteriormente que ya poseen firmeza en Sede Administrativa por tanto; en caso de aparecer en este aviso de cobro deben ser tomados a efectos de referencia de la deuda. (Publicar 3 Veces). 0-00900500621-001-001 Delgado Madrigal Carlos ¢237.274,00, 0-00800570822-001-001 Carrizo Corzio ¢96.521,00, 0-00203200096-001-001 Céspedes Murillo Manuel Antonio ¢17.748,00, 0-00111600734-001-001 Delgado Serrano Cesar ¢32.838,00, 0-00108840059-002-001 Segura Amaya Juan Carlos ¢832.305,00, 0-00104600732-001-001 Mora López Ligia María ¢177.737,00, 0-00108060106-001-001 Mora Picado Freddy Gerardo ¢204.616,00, 0-00106570468-001-001 Arias Delgado Walter ¢462.592,00, 0-00107080502-001-001 Herrera Cordero María Ibel ¢2.317,651,00, 2-03101395154-001-001 Black Hawk Security S. A. ¢594.337,00, 2-03101497904-002-001 Moda Perfil S. A. ¢333.888,00, 2-03101513200 -001-002 Renta Equipos Sol S. A. ¢121.334,00, 2-03101533874-002-001 Seguridad Arias S. A. ¢973.611,00, 2-03101630468-001-001 Donde Leo de Puriscal S. A. ¢45.165,00, 7-00017716221-002-001 López No indica otro Franklin Humberto ¢363.146,00.—Lic. Sahudy Ortiz Jara, Administradora Sucursal CCSS Puriscal.—(IN2015035796).

MUNICIPALIDADESMUNICIPALIDAD DE PARRITA

Por no haber sido posible notificarle en el domicilio señalado ante la administración se ordena la notificaci ón por medio de edictos por tres veces alternas en La Gaceta el acuerdo municipal N° 07, artículo tercero, informes, punto N° 02, asunto N° 05, sesión ordinaria N° 025-2015, celebrada el 27 de abril del 2015. Acorde con lo ordenado por los artículos 214, 320 y siguientes de la Ley General de Administración Pública. Considerando esta comisión ha revisado el caso del Señor Alex Monge Villalobos, arrendatario del local N° 19 y según oficio OAM-22-2015, se detectaron los siguientes incumplimientos: que el local número 19 del Mercado Municipal de Parrita, arrendado al señor Alex Monge Villalobos, cedula de identidad número seis-doscientos sesenta y tres-setecientos setenta, según sesión extraordinaria N° 2349-2011, acuerdo N° 03, informes, punto N° 02, asunto N° 01, celebrada el 10 de enero del 2011. El cual cuenta con un pendiente de pago que va desde el mes de abril de 2013 hasta el nueve de abril del 2015, habiéndose realizado las gestiones de cobro pertinentes y notificadas al lugar señalado, siendo este mismo local 19, de acuerdo con las inspecciones realizadas al sitio se demuestra que el local se encuentra cerrado según las actas levantadas al efecto. Que según las inspecciones realizadas se demuestra que el local Municipal número 19, tiene más de un año de encontrarse cerrado, sin cumplir con el fin para lo que fue cedido al señor Monge Villalobos, contraviniendo lo estipulado en el Contrato de Arrendamiento y en el Reglamento del Mercado Municipal de Parrita, que en su cláusula novena indica en lo conducente” si un local permanece cerrado y/o inexplotado por más de un mes sin autorización del Administrador, se considerará desocupado…” así como lo referente al no pago según artículo 17 del mismo reglamento que indica literalmente; “Los alquileres deberán ser pagado por mensualidades adelantadas, en la primera quincena de cada mes en la oficina correspondiente. La falta de pago y, por ende el atraso en el pago de una mensualidad, dará derecho a la Municipalidad para dar por terminado el contrato y recurrir a la vía judicial a hacer valer sus derechos”. Que aunado a todo lo anterior el señor Monge Villalobos, hizo abandono del local Municipal número 19, sin mediar causa alguna atribuible a la municipalidad. Que en cumplimiento al Acuerdo Municipal

N° 06, artículo N° 05, asunto N° 01, sesión ordinaria N° 017-2015, celebrada el 23 de marzo del 2015, se encomienda a las Funcionarias Annia Sibaja Sibaja e Ingrid Jiménez Díaz, para que se realicen el procedimiento debido, respecto al local municipal número 19 y se pasen a esta alcaldía el informe correspondiente. Que los contratos de alquiler de locales municipales tendrán una vigencia quinquenal una vez aprobados por el Concejo Municipal, según lo estipula la Ley 2423 del 14 de setiembre de 1959, reformada por la Ley N° 7027 del 4 de abril de 1986, Ley de Arrendamientos de locales en Mercados Municipales. Qué el contrato suscrito entre la Municipalidad de Parrita y el señor Alex Monge Villalobos, venció el quinquenio el 31 de diciembre del 2014, no habiéndose prorrogado ni firmado el nuevo contrato. Que en fecha nueve de abril del presente, las funcionarias asignadas hacen entrega del acta de inspección del Local Municipal número 19, constatándose que se encuentra absolutamente vacío. Resultando: debido a todo el incumplimiento que se evidencia en el Considerando del presente informe, el Concejo Municipal debe de tomar la decisión de finalizar el proceso para rescindir el contrato con el señor Alex Monge Villalobos. Por tanto esta comisión de asuntos jurídicos le recomienda al Honorable Concejo Municipal, Municipalidad de Parrita que con la aprobación del presente dictamen acuerde lo siguiente: se acuerde en base a todos los incumplimientos al Reglamento del Mercado Municipal de Parrita y al Contrato de arrendamiento y constatándose en el expediente administrativo que se ha realizo el debido proceso de notificaciones al señor Monge Villalobos, que se procede a rescindir el contrato de arrendamiento del señor Alex Monge Villalobos y se le notifique vía edicto la resolución, otorgándose los cinco días hábiles para que alegue lo que estime pertinente respecto al cierre y abandono del local N° 19. El plazo de los cinco días señalados, empieza a correr el día siguiente hábil de la última notificación de este edicto.—Parrita, veinticinco de mayo del dos mil quince.—Lic. Sandra Hernández Chinchilla, Secretaria del Concejo Municipal.—(IN2015032578). 3. v 1 Alt.

FE DE ERRATASJUSTICIA Y PAZ

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADOSe corrige error material contenido en la publicación

efectuada por esta Dirección en el FOLIO 54 del Diario Oficial La Gaceta Digital #112 del 11 de junio del 2015, para que dónde dice “ACUERDO 2014-013-004” y “Acuerdo 2015-013-004”, se LEA CORRECTAMENTE por su orden así: “ACUERDO: 2015-013-003” y “Acuerdo 2015-013-003”. En todo lo demás queda incólume la publicación.

San José, Montes de Oca, 11 de junio del 2015.—Lic. Melvin Rojas Ugalde, Director Ejecutivo (ad ínterim).—1 vez.—Solicitud N° 34338.—(IN2015037934).

AVISOSCOLEGIO DE PROFESIONALES EN CIENCIAS

ECONÓMICAS DE COSTA RICAEl Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas de Costa

Rica, informa que en la agenda de la convocatoria a la asamblea general extraordinaria número 100-2015, se incluyó en el punto uno, “Apertura en primera convocatoria de la asamblea general extraordinaria N° 099-2015 a celebrarse en la sede del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas de Costa Rica, el viernes 19 de junio de 2015, a las 17:30 horas”; siendo lo correcto, “Apertura en primera convocatoria de la asamblea general extraordinaria N° 0100-2015 a celebrarse en la sede del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas de Costa Rica, el viernes 19 de junio de 2015, a las 17:30 horas”.—Lic. Gerardo Gutiérrez Villafuerte, Presidente.—Bach. Cinthia Leandro Mora, Secretaria.—MBA. Zoila Víquez Ramírez, Directora Ejecutiva a. i.—1 vez.—(IN2015036979).