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La desmaterialización Sol Bourgon Camacho 9 de junio de 2003 Cartagena de Indias

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Page 1: La desmaterialización

La desmaterialización

Sol Bourgon Camacho9 de junio de 2003

Cartagena de Indias

Page 2: La desmaterialización

Proceso de cambio de forma de representación de valores de títulos a

anotaciones en cuenta

Page 3: La desmaterialización

Un poco de Historia ¿Por qué esta forma de representación? Edad Media:

–Nuevas fuentes de riqueza–Aparición de títulos valores–El derecho se incorpora al título–Necesidad del título para ejercer

el derecho–Los derechos se “cosifican”

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Historia

Éxito de título derivó en inconvenientesTratamiento de grandes cantidades de

papelComprobaciones numéricasLentitud en las entregas y liquidaciones

Page 5: La desmaterialización

Historia

Aparición de sistemas correctoresEl título se deposita en entidades

financierasSe inmoviliza. Gran ParadojaLas entidades emiten resguardosSe llevan registros internos de titularesEl sistema rige en torno a la Fungibilidad

Page 6: La desmaterialización

Historia

De los sistemas correctivos se pasa a sistemas sustitutivos.

Se aprovechan la innovaciones informáticas Se prescinde del título/documento Se acude a la anotación contable Se crea una teoría jurídica para dotar al

sistema de seguridad y certeza

Page 7: La desmaterialización

Evolución del sistema español de anotaciones en cuenta

RD1128/1974, de 25 de abrilAplicación a valores cotizados no desaparece el documentoDepósito en entidades de crédito y ACBRegistros internos de titularidadesTraspaso de papel cada 15 dias

Page 8: La desmaterialización

Evolución del sistema español de anotaciones en cuenta

Ley General Presupuestaria 11/1977 y Leyes de Presupuestos 79, 80 y 81

Aplicación: Deuda del EstadoDesaparece el títuloNo hay construcción jurídica completa

sobre A/C

Page 9: La desmaterialización

Evolución del sistema español de anotaciones en cuenta

RD 505/1987 Emisión de deuda del Estado en A/CExiste un mayor avance en la regulación

de esta forma de representación:• Entidades encargadas del registro• Aspectos de la llevanza del registro• Compensación y liquidación• Supervisión y control

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Regulación actual en España

Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores Regulación general de los mercados de valores

y de las entidades que intervienen en ellos. Se establece por primera vez una construcción

jurídica aplicable a las A/C La Ley regula cuestiones generales. El detalle

se deja a desarrollo reglamentario

Page 11: La desmaterialización

Regulación actual en España

Ley 24/1988 RD 116/1992, de 14 de febrero:

representación mediante A/C y compensación y liquidación de valores

Page 12: La desmaterialización

Regulación actual en España

Posibilidad de representación mediante títulos o mediante A/C

No existencia previa de documento Rige el principio de fungibilidad Construcción de Doctrina legal: regulación

de principios en los Arts. 5- 12 de la LMV

Page 13: La desmaterialización

¿Qué es la anotación en cuenta?

Un registro informático organizado por la entidad encargada del registro contable

Incorporan información:–Titular–Fecha y clase de transacción–Número de valores–Clase, etc.

Page 14: La desmaterialización

Supuestos obligatorios de representación Valores negociados en mercados

secundarios. Registro central y delegación en entidades

adheridas que llevan las cuentas de clientes. Sistema de representación irreversible.

Excepciones: valores con poca difusión/autorización

Page 15: La desmaterialización

Requisitos de esta forma de representación Existencia de Escritura Publica:

–Nº de valores–Características de los valores

Excepciones: Deuda del Estado, CCAA Problemas: sustitución por folleto cuando

los valores cotizan.

Page 16: La desmaterialización

Entidades que pueden llevar el registro Entidades sometidas a especial supervisión

y control. Fedatarios públicos de la propiedad mobiliaria.

Distinción legal según se trate de valores cotizados o no.

Page 17: La desmaterialización

Entidades que pueden llevar el registro Valores no cotizados:entidades financieras y S.

Sistemas.–Un escalón

Valores cotizados: S.Sistemas y entidades adheridas (entidades financieras).

–Doble escalón

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Principios rectores

Similares a los principios del Registro Inmobiliario

–Función constitutiva–Irreivindicabilidad frente a

terceros–Legitimación

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Principios rectores Función constitutiva Los valores representados mediante A/C se

constituyen como tales mediante la inscripción en el registro contable.

El contenido de los valores se determina en la escritura de representación.

La transmisión se realiza por transferencia contable. Traditio.

La constitución de derechos reales exige la inscripción.

Page 20: La desmaterialización

Principios rectores

Irreivindicabilidad

La transmisión será oponible a terceros desde que se practica la inscripción

El que adquiera de buena fe a titulo oneroso de titular inscrito no estará sujeto a reivindicación salvo mala fe o culpa grave.

Page 21: La desmaterialización

Principios rectores

Legitimación

El titular inscrito se presume legítimo y puede exigir las prestaciones a que da derecho el valor.

La Emisora se libera pagando a quien aparezca como titular registral.

Page 22: La desmaterialización

CONCLUSION Las A/C facilitan las transmisiones de valores.

Reducción de costes de comprobación. Apropiadas para valores cotizados.

Agilizan los plazos de compensación y liquidación de valores cotizados.

Su implantación requiere una completa elaboración jurídica que aporte certeza y seguridad.

Solo entidades supervisadas pueden actuar como registradoras.

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CONCLUSION

Los sistemas de compensación y liquidación son claves en los mercados de valores.

Los sistemas seguros y eficientes técnica y jurídicamente y con costes moderados atraen la inversión.

Cuanto más atractivo sea un mercado de valores mayores oportunidades de financiación de la empresas cotizadas.