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tofi¡TRATü h¡ÚMERO $T 029-06-20{9" En la ciudad de Guatemala, eltres (03)de enero
dsl añ0 dos mil diecinueve (2019), NOSOTRO$: EDGAR ANTOÍ{IO JOSÉ OVATLE
Vltt,ASEÑOR, de cuarenta y cuatro años, ca$ado, guatenlalteco, Licenciado en
Arjministración de Sistemas de Información, me identifico con el Documento Fersonalde
ldentificacion corr cód¡go único de ¡dentif¡cat¡ón número dos mil cuatrocientoe cualro,
fretenta y $¡ete mil se¡scientos cuarenla y dos, cero ciento uno (2404 77642 Ü101),
ext*ndiclo por el Regi$tro Nacional de las Personas de la Repúlrlica de Guatemala, con
Núrnero de ldentificación Tributaria setecientos sesenta mil novecientos noventa y dos
guión dos (760992-2), actúg en calidad de $ubsecretario Ejecutivo de la
fij*cutiva de la ComisiÓn Contra las Adicciones y el Tráfico llícito de Drogas
VicepresicJencia de la República de Guatemala, extremg que acreditCI por
Acuerdo Vicepresidencial número c!{at'enta guión dos mil dieciséis (40-2016) de fÍ\,
vsintinueve (29)de enefo delaño dos nrildiecis*is (2016) que contie¡le m¡ nombram't"Q,i¡a-...
y cr:n el acta de tr¡ma de posesión del cargo para el cual fui nombrado, nrl¡mero cinco \ t'}}-
guión dos mildieciséis (5-2016), asentada en el libro de acta$ que se lleva en la Unidad
ds l?ecurso$ Humano$ de la Dirección Administrativa Financiera de la'$ecretaría
üjecutiva de ta Comisión Contra las Adicciones y el Tráfico llícito de Drogas adscrita a la
Vicepresiclencia de la República de Guatemala, autoriZado por la Contraloría General de
üuentas según registro sesenta y ocho guión dos rnil trece (68-2013) de fecha veintiuno
{21) de lebrero de dos mil trece (2013), señalo como lugar para recibir notificaciones,
citaciones y/o emplazanrientos la sede de la Secretaría Ejecutiva de ia ComisíÓn Contra
las Adicciones y el Tráfico llicito de Drogas adscrita a la Vicepresidencia de la RepúDl¡ca
d* Guaternala, ubieada en la segunda (24.) calle, uno guiÓn cero cero (1-00) zona diez
t10) de esta ciudad capital y por la otra parte FELIPE SOTO RUIZ, de cLlarenta y un
? i"Jilir l.ljt,l li)tii ttl. (ittrtfr:mul"t' iiih,l rlr l{,i JIi}"1..*i}{.11 I
rff¡fí¡./D\^ ,nrik,qr:;;
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arlos de edad, ca$ado, guaternalteto, Baclhiller en cienc¡as y Letras por Madurez, de esteclomicilio' me identifico con el Documento Personal de ldentificacíón con código úr¡ícr: de¡d$nt¡ficac¡ón número un mir seiscientos üncuenta y siete, cuarenta y siete mjrtrÉ$cientos veiniitrés, mil doscientos veintinueve (1657 47g231225),extendidnporelRegistro Nacional de las Personas de la República de Guatemaia, con Numero rJetuentificaciÓn Tribr-rtaria dos rnillones quinientos setenta y nueve mir seiscientos ocheniay *eis guiÓri cero (2579686-0), señalo corno lugar para recibir notificaciones, citaciones'llú enrplazamientos Afdea Las Lagunas, san Marcos, san Marcos. Amboscr:rnpareclentes a$eguranros: a) $er de los datos de identificación personal consigna<jos;tr) Hallarnos en el libre ejercicio de nuestros derechos civiles; c) eue se tienen a la vistalos documentos de identificación relacionados y que ra representac¡ón gue se ejercita essuficiente conforme a la Le¡r y a nuestro juicio para la celebración del presente contrato;ri) Que e* ro sucesivo Ros denominaremos simpremente como ,.$HCCATTD,, y .EL
cCIN1-¡lATrSTA", respectivamenle; y e) Que convenímos en cerellrar contratü rre$trtqvlctos TÉcNlcos de conformidad con tas cláusulas siguientes: pRtMÉRA: HAqELfrsaL: El presante contrato se cerebra con fundamento en ro que orr, *, efectoestaDrecen ros artícuros cuarenta y cuatro (44) inciso e), cuarenta y siete (47), cuarenta yr:e;hr: (48), cu&rünta y nueve (49), sesenta y cinco iuu¡ , ,"r"nta y nueve (69) der Decretonuülerü cincuenta y siete g,ión noventa y dos (57-92) der congreso de ra Repúbrica queüo¡ltlene la Ley de contrataciones del Estado y Decreto número nueve guión dos rnilquince (g-2015) qite contiene las Reforrnas a la Ley de contrataciones del Estado; treintay t:cts (32) y cuarenta y dos (42) delAcuerdo Gubernativo número ciento veintidós guiondcs rnildieciséis (122-2016J que contiene el Regtamento de la Ley de contrataciones delEsiado' Reformado por elAcuerdo Gubernativo número ciento cuarenta y siete guión dos
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mil dieciséis {147-2016); uno (1) delAcuerdo Gubornativo ciento cuarenta y tres guión
noventa y cuatro (143-94); doce (12), trece (13) literal h), catorce (14) literal c) delAcuerdo
GubernatÍvo noven¡a y einco guidn 0'o$ mif doce F5-Z[JTZ'; lo esfipulado en fa cricular
conlunta del Ministerio de Finanzas Públicas, Oficina Nacional de Servicio Civil y
L:,rntraloría üeneral de Cuentas publicada en el Diario de Centro Amér¡ca con fecha
once {1 1) de enero de dos mil diecisiete (2017) y Acuedo Ministerial Númenr veinticuatro
guion dos mif cliez (24-201A) del Ministerio de Finanzas Públicas y el artÍculo doscientos
sstenra y dos (272) del Código de Tr:abajo, Decreto mil cualrocientos cuarenta y uno
{1441), los artículos dos (2) literal c), quince (15) y veintidos (22) del Acuerdo Gutrernativo
ciento setenta y guion dos mil dieciocho (170-2018) que contiene Reglamento del Rel^4st'^ ?,."
$eneral de Adquisiciones del Estado y los artículos uno (1), dos (2), cuatro 1+) y oncá$r#ffi ¡,5 \ \ f l * .
del Acuerdo Ministerial número quinientos sesenta y tres guion dos mtl dieciocho (SNY
2ü18) del Minrsterio de Finanzas Públicas que contiene Requisitos y metodología de\;*{*''
inscriprién y precallficación ante el Reg¡istro General de Adquisiciones del Estado.
{üf,üUNDA: {i$JHT.Q_DEL CQ}¡IRATO:'EL CONTRATI$TA" $e compromete a prestar
sus $ERV|C|SS TÉCNrcOS a "SECCATID", con dedicaciÓn, cliiigenciai y con
ariegio a las prescripciones de la ciencia de la cual es conocedor, en la prestac¡ón de
servicios técn¡cCI$ que se describen a continúación, sin ser estas limitativas, sino
únicamente enunciativas: a) Clasificar documentación de archivo inactivo existente en las
Liodegas de la institr.¡ción; b) Clasificar y reorganizar equipo inactivo existente en las
haclegas de la lnstitución, c) Apoyar en el levantarniento de datos del equipo inactivo
existente en bodega; d) Acompañamiento técnico en la logística de traslado de personal
de la institución a las diferentes actividades que se realicen fuera de la misma cuand,s sea
necesario; e) Velar por el uso adecuado, razonado y mantenimientc¡ correcto dei
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mobiliario, material e insumos que le fueren asignados y f) Otras actividades que le sean
asignadas en materia rle su competenc¡a cuando le sea requerido por la Autoridad
$ u ¡re rior. "l É Rt ERA : A) qE Lo$-Fl O N o ry\R [QSlPgElgü SEEyl$lg g-PAgJAPgS- Y
f ü$UA *QH*gA*g -"SECCATID", pagará a "EL CONTRATISTA', por lo seri¡icios
TEüNICOS que preste, la cantidad tolal de CUATR0 MIL OCHOCIEN1OS TREIN1A Y
oct{fl üuETZAt.Hs CON TREINTA Y DOS CHN-TAVOS (Q. 4,838.32), monto que
incluye el lrnpuesto al Valor AEregaclo -lVA- en concepto de honorarios que será cubierto
contfa la presentación de la factura contable correspondiente e informe de las actividades
r*alizadas, documentos que deberán ser debidamente aceptados y a satisfaccion de
'$ECCATIü". Dicho monto será cancelado en UN único pago, a partir del inicio de la
vigencia del plazo del presente contrato" Los pagos serán cubiertos con cargo a la partida
presupuestaria número dos mil diecinueve guión once millones ciento treinta mii
tlieciséis guión doscientos veintidós guiórr cero cero guiÓn cero ciento uno guiÓn cero
üero cero cercr guión cero cero gu¡ón treinta y seis guiÓn cero cero guiÓn cero cero cerü
Euión cero cero uno guión cero cero cero guión cero veintinueve EuiÓn once (2019-
1 1 1 30016-?22-00-0101.0000-00-36-00-000-001-000-029-1 1), rtel Presupue'sto G*neral
de lngresos y f,gresos propios del ejercicio fiscal vigente o la que en elfuturo corresponda,
g} pHt*[ffi El plazo de este contrato es de veintinueve (?9) días, que inician el tres
{0t} de enero del año dos mil diecinueve (2019) y finaliza el tre¡nta y uno (3'l) de enero
dei año dos mii ctiecinueve (2019); y C) DE LA APROBA,CIÓN pEL G-ONTRATO DE
$Envtql0$ TÉCN!CO$: De conformidad con la Ley de Contrataciones del Estado, este
contrato neceslia aprobación por el Secretario Ejecutivo de .$ECCAI'|D', pafa lo cual
deberá enritirse el correspondiente acuerdo, mismo que es necesario para que tenga
vatidez. cUARTA: GAB&TiAlpE CgMPLIMIENTO: Para garantizar el cumplimiento de
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tes nbligaciones contenidas en el presente contrato de acuerdo al artículo sesenta y cinco
i$5)ite la Ley de Contratacrones del üstado'EL CONTRATISTA'deberá adquirir a favor
sj* "Si¡üCATlD" una fian¿a (caución) de cumplimiento equivalente al diez por ciento {10%)
dül münto total det contrato de conformiciad con los artículos cincuenta y cinco ($5) y
cir¡cuenta y seis (50) del Reglarnento de la Ley de Contrataciones clel Estado y con las
Í*rmatidades que establece el a¡tículo sesenta y nueve (69) de la Ley de Contrataciones
r:ei fstado, Dicha fianza será ejecutada por.SECCATID" de conformidad con lo que para
tal efecto disponga el acuerdo que cancele la relación contractual, contra la aseguradora
se produzca ha$ta et otorgamiento del corre$pondiente y recíproco finiquito entt*'ia"',) n-
penes cr:ntratantes; B) "F*L CONTRATI$TA" prestará sus ^serv¡cios
técnicos en la ':'::)-
.íJEüüATID'' de acuerdo a la naturaleea de este tipo de contrato; C) "ÉL CONI"RATI$TA',
para los efecros del sistema de evaluación, rleberá presentar la factura correspondi*nte
y un informe que describa los servicios técnicos prestados, según lo esttpulado en la
cltusula segunda del presente contrato, ¡niorme que deberá ser aprobado por qtrien
u'.:*rdina diclras actividades, y a tr.avés del cual, de conforrnidad con la nalurale¿a del
seruicio prestado, se evaluará el productc y la calidad del mismo. En virtutJ de lo cual se
deberá perr"nitir que en cualquier momento la autoridad superior que designe "SHCüA f lD"
evarúe la prestación de los servicios TÉCNICOS que "EL CONTRATISTA" realtce.
Asin¡ismo presentar informa final del resultado de la prestación de servicio al linalizar el
pla¿o del presente contrato; y D) A.EL CONTRATISTA", puede eventualmente dotársele
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de enssres ¡lr: equipos para la reali¿ación de sus actividades, de conformidad con lo que
para tal efecto disponga el $ecretario Ejecutivo de .SECCATID". $HXTA:
flffg$lg$lQ{*F$: A "EL CONTRATISTA" le queda expresamente prohibido ceder los
der*chüs prüventeütes del presente cc¡ntratCI de servicios TECNICO'S, asi comr:
¡rr*pcrrcionar información a terceros sobre log asunto$ que $on o sean de su connc¡rniento
oor*0 resultacjo de los seruicio$ TÉCNICO$ que preste a "SF^CCATID' SÉPTIMA:
t&fgffiIg$*Y RHTffiQIONE$: Queda entendido que el pago de honorarios que se
te fraga a "EL CCINTRATI$IA", estará afecto al lmpuesto al Valor Agregado (lVA) del
r"nonto total del contrato, el lmpuesto [iobre la Renta (lSR) y otros de conformidad con los
por"centajes y la periodicidad que de acuerdo con la ley corresponda, asimismo que "üL
*ilNTRATIS-fA" será responsable del conlrol y pago de los impuestos correspondientes
*egún la cons'lancia de Registro Tributario Unificado *RTU-. OCTAVA: gIro$
t*NHqlANÉSl ai "[L CONTRATISTA" manifiesta que se enüuentra ¡nscrito (jn el
Registro Gen*ral de Adquisiciones del Estado, haf:iendo cumplido con la presentaciÓn de
rJo*ilmÉntos y requisitos contenidos en el Acuerdo Gubernativo número ciento setenta
guion clos mil ,l ieciocho (170-2CI1 8) y en el Acuerdo Ministerial ni¡mero qLrinientoó sesenta
y trs$ gu¡{rn dus nlil dieciocho (563-2018) emitido por ei Ministerio de Finanzas PÚhlica$;
h) t"ü$ docum€üto$ e informes que se originen de este contrato serán propiedad exclustva
cl* '$üCCAl"lü"; c) Los servicios que prestará 'EL CONTRATISTA' son de carácter
estrictamenter TÉCNlCOfi y dicha persona no tiene la calidad de servidor o funcionario
pribtico por lo que tarnpoco tiene derecho a ninguna prestación de carácter laboral,
¡¡cJniinistrat¡va funcional, y los honorarios técnicos pactados no tienen la calidad de sueido
u saiario, ta¡ üomo se estipula en la descripciÓn del renglÓn de gasto cero ve¡ntinugve
{ü39¡ "Otras Remuneraciones de Personal l"emporal", del Manual de clasificaciones
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pre$upue$tfina$ para el Sector Público de üuatemala, aprof¡adas por el Acuerdo
Ministerial número trescientos setenta y nueve guión dos mil diecisiete (379-20f i) del
Ministerio rie Finanzas Públicas del veintinueve (29) de diciembre del dos tril rjiecisiete
(:ü17). NEI obetante io anterior, además rJe las retribucione$ pactada$ por los servicios
tecnicos a r*alizarse, 'EL tÜb¡TRA1"lSTA", tiene derecho a que se le paguen los gastos
ün que incurra, cuando por motiv<l de los servicios prestados, tenga que trasladarse al
¡ntedor o exterior del pais, de conformidad con lo estipulado en la Circular üonjunta del
Mrnr*ierio cle Finanzas Públicas, Oficina lllacional del$ervicio Civily Contraloría General
de Cuentas, publicada en el D¡ario de Centro Amérioa con fecha once (11) de enero de
elos mil clíecisiete QA17j y demás normativa relacionada con la materia. NOVENA:
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CüNTRATISTA" se so{nete expresamente a las leyes de la República de GuatemalQfi
t*do to relaclsnado a este contrato, por lo tanto "Et- CoNTRAI-lsrA" renunc¡a ar tu'*ü.fthffi,
su domicilro y se somete a los tribunales que elija "SECCATID', señalanrJo como lugar tt::1*5-"
para recibir citaciones, notificaciones ylo emplazamientos la direcciÓn señalada al inicio
de este conrrato nÉclru¡n: ngqlanaqlQn¡,¡uRnn¿: "EL coNTRA-fl$TA',declara bajo
jurarr-rentcl rle Ley y advertido de la pena que se impone por el delito cJe perlurio, qus no
se encuentra conprenrJiclo dentro de las prohiOiciones contenidas en elAfticulo ochenta
{Sü) de la Ley de Contrataciones del Estado, üecreto número cincuenta y siete guion
nüventa y dos (57-92) del Congreso de la RepúblÍca de Guatemala y que no es deudor
ntoro$o clel Estadü ni de las entidades a que $e refiere el artículo uno (1) del rnisrno
ciisrpo legal. Asimismo, declam de conformidad con el artículo doscientos netenta y dCIs
(272) del Cótiigo de Trabajo, Decreto mil cuatrocientos cuarenta y uno (1a41) del
Congreso de la República, que no se tiene pendiente el pago de sanciones administrativas
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guJÉcréF¡*A. LA$--IHYES. -DE- LA BEpÚBtlCA Y*CpNTROVERgAS: ÁqI'' "u,.34-l- i t l orx- '11
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o la üorrección del incurnplirniento de obligac¡ones relal¡vas a condioione$ gensfales
mínirnas de empleo, trabajo, seguddad y salud ocupac¡onal, no teniendo ninguna
limitación pará la celebrac¡ón del presente cüntrato, Declara además que no tiene proceso
¿idrnini$trativo o judicial pendiente en contra de "SñCCATID" o sus un¡dades elecutoras;
üürflnt¡zand{} el $urnplimientu de tal condición cCIn todós sus b¡enes pre$entes y futuros
xin que esto lo exir¡ra de las demás responsabilidacles en que pr.rdiera iricurnr DECIÍVIA
PRIMERA: "TqS$lMc_LQN qEL coNr
'$ÉüCATID" sin responsabilidad alguna de su parte podrá dar por terminacio
unilal*ralmente el presente contrato si 'EL CONTRATI$TA" incumple con todas o
cualesquiera de las cláusulas y condicione$ de este contrato; a$im¡$mo, "SECüAT|D" se
reserva el derecho de dar por terminado el presente contrato en forma uniiateral en
uu*iquier nromento sin incurrir en responsabilidad de su pañe ni por el pago de daños o
perjuicios que pudieren causarse, siendo imputables a "EL OONTRATI$TA" cualquiera rle
las causas que fuemrt invocaclas y además por las siguientes: (i) En caso de negligencia
ile "f;t CONTRA1.ISTA" en la prestación de los servicios contratados; (ii) Por negativa
infur¡dacla en la entrega de los inforrnes de los servicios prestados; (iii) Poi negativa
inf*ndada en la presentacién mensual de ta factura cofrespondiente para el pago de
honorarios; sin perjuicio de ejecutar en todos los casos la fianza de cumplirnienio
ctiiltÉnici¿¡ en la cláusula cuarta del presente contrato. En cualquiera de los casos
anteriores sl contrato se rescindirá sin responsabilidad alguna para "SECCATID'.
Asirnismo, se podrá rescindrr el presente contrato de mutuo consentimiento entre las
partes. üÉcrMA $EGUNDA: clÁusulA nrlnT|vA nL conec.uo: yc, "EL
üüNTR/\TIST'A", manitiesto que conozco las penas relativas al delito de cc¡hecho así
ccmo las disprosicione$ üonten¡das en el Capitulo lll del TÍtulo Xlll, del Decreto d¡ec¡$¡ete
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l r . , ¡ ( , r r ¡ r1 r1 : , ' ¡ id i+ . i i4 l { r { !
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guión setenta y tres (17-73) rfel congreso de la República cJe Guatemala, cÓdigo Penal'
Adicicnatniente, conozcc¡ las normas ¡urídicas que facultan a la Autoridad $r"rperior de la
enii,lad atectada para aplicar las sanciones administrativas que pudieren
i:ürresponderrne, incluyendo la inlrauilitaciÓn en el sistema GUATEüOMpRA$'
I}ÉCIMA TfiRCERA:
tn curnf;limientq $e tas Obl¡gaciones contenldas en elAcuerdo núnlero A guiÓri cientr: 'Jiez
guión cios nril frece (A-1 10-2013) de fecha dieciocho (18) de nc¡viembre del año dos mil
tr*ere (2013) emitido por la Contralgría General de Cuentas se consigna el regl$tro de
cuentaclancia número $ uno guiÓn quince (s1-15) de la oficina de Registro y'Trámite
Presr.rpuestal de "sECCATID" y/o Direccion de serviCios Administrativos y Financieros'
pÉttMA CUARTA: AqÉPTACIÓN¡ En los términos y condiciones descritas, "SECCATID'
y "Hl- CONT'RATISTA', manifestamos nuestra expresa aceptaciÓn a todas y cada una
dr ias cláusulas eiel presente conttato. Leímos íntegramente lo escrito y enterado$ de su
e*ntenirjo, ob1eto, valirJez y clenrás efectos legales, aceptanros, lo ratificamos y firmamos
*n cinco (5) hojas de papel bond tamaño oficio con el membrete de la secretaría Eiecutiva
de la ContrsiÓn Cr¡ntra las Adicciones y el Tráfico llícito de Drogas adscrita a ta
Vicepresiciencia cle la República cle Guatemala, las cuales las primeras cuairo estan
inrpresas en ambos lados y la quinta únicamente en $ü anverso/ -.'
Lic. Edgat Antonio Ovalle Villaseñor Feli¡re $oto RuizEt CONTRATISTASubsecretario Ejecutivo
- sEccATlÜ
I r . ; ¡ i [ , l - t r \ l , : ¡ . i ¡ r , l I { ] , ( , u , ¡ l r . ' r n ; r i - ¡
i ; , i | i ' i l $ ¡ t u1 "1 , ' , i l t 11 l
x*,*#ffiWffi*&ASEGUIiADOR/\ RURAL, S.A.
ffeb HR $*. &h(&"f;Fq s{B** " 106"ü'i;' ;;,:iili;i;"J ""'*'
/ iL . ¡ lor i¿ada p i l ra operar Seguros cn la Repr ib l ica de Guate 'mala, conforme Acuerdo Gubernat ivo
Lr¿iv i is del Min is tcr io de Econr:mía e l día l0 de sept iernbre de 1999'
Por Q,.483.83DATOS DÉL FIADO
ir l r ¡mbre: FI t lPI SOTO l iUlZ
t, ' i¡eccló¡r: ALDEA LAS LACiUNAS, SAN MARCOS, SAN lVlAttCOS
{rA5[ c-2
ASLGUll/ iDüRl\ f{ul{AL, S"A.
c r : r i s t i tL ryc l ' i ac lo ra s<¡ l idar ia
{Q"483.83} "
sEGURo pe cRuclów [¡E cutvlPl lMlENTo DE coNTRATot-lo. 1G90&381937
en uso de la autor ización qr.re le fue otorgacJa por EL MINISTERIO DE ECO{\OMíA, s. :l rasta por la surna de CIJATIIOCIINTOS OCHENTA Y TRES qUETZALES CON 83/100
A¡¡ l i : : SECIIETARIA [JECUIIVA DE LA COMISION CONTRA ADICCIONES Y EL TRAFICO lL lClTO DE DROGAS
p;rra Garant i¿ar : A nombre c le FELIPE SOTO RUIZ, e l curnpl imiento de las obl rgaciones c lue le impone CONTRATO DE
Sri {ViCrOS TICNtCOS No. 5T 029-062019 celcbrado e 'n CI IJDAD DE GUATEMALA, e l d ia 03 de Enero del 2019, por
n i4¡Cio r ic i cu¡ l sq. cor lpromete a prestar SEI IVICIOS |ECNICOS a par t i r del 03 de Enero del 2019 a l 31 de Enero del
.2üi9 de conforn l ic lac l con todas y cat la una de las es¡ :ec i f icac iones contenidas err e l refer ido ¡nstrume nto lcgal . E l vr lor
i r - , r ; : l r lc l c i t ¡do CONTf lAl .O DE SERVICIOS I 'ECNICOS es de CUATIIO MIL OCHOCIENTOS Tf tElNTA Y OCHO QUFTZ/ ' \ I [5
Cüi \ : iU100 (Cl4,S38.32) INCLUYE IMPUESTO AL VALOft AGREGADO IVA; este segLrro de caución se otorga por e l
( ] { . t lJ iva le i } te a l c l rcz por c iento (10%) c le su valor to ta l , o sea hasta por la suma de CUATttOCIENTOS OCl l tNfA Y l l l IS
I IUEIZAL{:S CON S3/100 (a,483 83) y estará v igente por e l per íodo conrprendido del 03 de Enero del 2019 hasta quc
SI1ÜIITTi \RIA [J ICUI- IVA DF LA COMIS¡ON CONTI1A ADICCIONES Y Et TRAFICO ILICITO DE DROGAS, C,X[ iCNdA IA
cL:n l tan; ia de recepción o a l 31 de Enero de ' l 2019, lo que ocurra pr imero. . Aseguradora Rural , S.A. no pagará e l
i ¡ rcunlp l ip iento de la obl igación garant izada por medio de este seguro de caución, c t lando e l mismo se deba ¿l
cr : ¡setue r r r : ia de caso for tu i to y fuerza mayor err tendiéndose estos términos como todo acontecimietr to o sucoso c l t lc l
nü sc FrLtede prever o que previs to no sÉ) puede res is t i r .
l - i i ¡ : r '¿ : ;cr r tc pól iza se expide con sujec ión a las r :ondic iones que se€xpresan en las Condic iones Gencrales adl r i : r idas a( ] , l . r i J . J l r l . l .
A! i lcU[ iADORA RUttAL, S. A. , conf 'orme al ar t í r :u lo IQ27 del Códi¡ ;o de Comercio de Guatenla la, r to ¡1ozará del
br¡c i ic io r jer cxcusión a que se ref iere e l Código Giv i l de la Repúbl ica de Guatemala, y para la in terpretac iÓn y
c i r r r rp l inr icntu c le la garanf ía que esta pól iza reprc.senta, se somete expresamente a la jur isd icc ión de los- f r ibunales dc
G r . ra t c r r l a l¿ .
ESTE CONTRATO INCLUYE UN ACUERDO DE ARBITI IAJE
[¡ fc r jc lo cual , ex l icnc lc , se l la y f i rma la presente pól iza en la Ciudad de Guatemala, a los 14 días del mes dc Enero
r i - ?ü19
ASEGUÍTADORA RURAL, S. A.
Revisatlo Representante Legal
Este texto es rcsponsabi l ic jad c le la Asef luradora y fue ref { is t rado por la
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CüN$I$HRANOü:
[].{i r}ri lut}c¡or1 {:e ia Autoridad ilüfü¡nadora aprnhar los procesf,rli ille reclutam¡t}nlo, l;elecclon y
r:{rr}ti*tñc:róit rlB ¡}ei:;sna¡ pafa ei ¡¡decuatlo lilJ"¡(j¡olt&rfi¡t}Ílto de la $ecretaría l:lecutiva de 1a Coln¡5iofi
Cufrt.r'it ias ¡1,.c¡ir.;i'"iiirres y sl Tráfica liicif¡"¡ de DrüÍJas'
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PüR TANTfJ:
ftl cjelcicici rje las fu¡¡cii¡nes que ls {orifieren ios articul<¡s ?4 de la Ley üontra l¡r f'larcoaclividarl' dscretc}
r+S,{j? ciel (tiingfe}¿.} rJe la Repritrlica de Gilalenlala; 1 del Aflierdo Gulrernativü r'¡tlt¡il{}ro 143-Ü4; 13 litr¡t'al
hi y pi rlert Anue¡$* Gui¡ernalivü niirüuro 95-?012 qüe cr:)ntiüne $t Rr¡glanientt¡ cte la Con¡isiÓn Cnntra los
Acir:;ciol¡es y et Trálico llicít¡: df} Dfcr-¡as. 48 ds la Ley de üontratflclonfis del Estado' Decreto nrirne¡n 57-
il?; r 42 det Acuiltcto Gr¡brern¿¡tivo núrneffi 122-2016 rlue conliene el Reglafnetlto cle la Ley de
Ci;rilr¡¡l;¿,:ír¡nss íft)i b-s{ilfJc, lieformado por el Acuerulo GubemativO numerg 14'7-2{J16
ACUERñA:
Aü l'!#uL(} 1. A$)fúbar lo$ contratos qle servicios tempofÍ¡les con cargo al renglón cero veintinueve (Ü29)
{.1rll pÍr}$uf}tiesto general de in$re$os y egle$i}$ del ESfado as¡gnades a la Secretaria Ejecutiva dtl ia
i-'.i:;rilisión [$ntf;] las ArJii;cic¡r¡ss y el Tráfico llícito cle Orogai;, de i;otlformid;¡d cr¡n la pa$id¿¡
í:riiiirtlri"le.ril.¡f iit {¡üe se dsscfil¡e ¡¡ conlin¿raciÓn:
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ART¡CULü 2. El prssente acüerlo cobra vigencia de forna ¡nmed¡ata.
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