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s \\ ll-ioos · "'- " -1: PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN "\ -. :,r. H C jPROVEEDOR: LUNA CONSTRUCCIONES DE OBREGÓN. S A DE C V. l -- FORMA DE PAGO INMEDIATA DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA 16 DE SEPTIEMBRE No 38 . 6' PISO, COL CENTRO. C P 06000. MD<ICO, D F TELS : 411 31 100 Ext 5305. 5722, 5321, 5721 y5304 FAX 41 131751 DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ IGNACIO ZARAGOZA No 1340 COL JUAN ESCUTIA C P 09100, MEXICO. O F TELS 5701 2036 y 5763 7003 OBSERVACIONES R.F.C. DEL PRESTADOR DE SERVICIOS . ') 1" .,\ \ / . l. . e. ' J,I . ..... ""' . "' \ L- .. :- ' e" 11 \.! l tfll". .U :fi'· ,, w _, CONTRATO SIMPLIFICADO 4515002804 EN SUS REMI SIONES. FA(;TURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO '' S001 DEL DOCUMENTO 05/10120 15 ---- ,_ ___________ ---·- !FECHA DE ENTREGA LUGAR DE ENTREGA 1 30 Dl AS NATURALES Calle de José Maria ,_ Cuauhtemoc, 06065, MX, DF _ ·- ------ --------- --- -- --- U§§ _ ·- Clave art. Í Canbc!ad · Descnpcion ___ 1 P.Unitario -··¡ 10 ! 1 t 000 1 UP 1 MANTO. HIOROSANITARIO CD. OBREGÓN. SON ¡ 60 998.00 60 998 00 1 2"j 1 / /!J t ' OBSERVACIONES 1 1 1 1 ¡ ¡ l MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A LAS INSTALACIONES HIDROSANITARIAS PARA LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN CIUDAD OBREGÓN, SONORA DICHO MANTENIMIENTO CONSIDERA LOS SIGUIENTE: IHS INSTALACIÓN HIDRÁULICA Y SANITARIA. IHS 001 MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE UN W C , CONSISTENTE EN REVISIÓN, LIMPIEZA, Y EN SU CASO CAMBIO DE REFACCIONES MENORES, COMO PUEDE SER LA MANGUERA COFLEX, LA LLAVE ANGULAR, ACCESORIOS DEL TANQUE BAJO, EMPAQUES, Y SELLO DEL W C (JUNTA PROH) . AJUSTE DE PIJAS DE SUJECIÓN. INCLUYE ADEMÁS: PROTECCIÓN DE ÁREAS Y ELEMENTOS ALEDAÑOS, YA QUE DE LO CONTRARIO CUALQUIER OAÑO QUE SE CAUSE POR NEGLIGENCIA. DEBESER REPARADO POR LA EMPRESA SIN CARGO ALGUNO PARA LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Y ESTE SERÁ RECIBIDO POR LA SUPERVISIÓN HASTA QUEDAR CONFORME CON LOS RESULTADOS, ASI MISMO LOS MATERIALES, MANO DE OBRA, EQUIPO DE SEGURIDAD, HERRAMIENTA, LIMPIEZA DURANTE Y Al FINAL DE LOS TRABAJOS, ACARREOS TANTO VERTICALES COMO HORI ZONTALES DENTRO Y FUERA DEL EDIFICIO Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN, P.U.O.C T (PZA 11 00) IHS.002 MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE UN LAVABO CONSISTENTE EN REVISIÓN, LIMPIEZA DE APARENTES DE CROMO CON PAÑO HUMEDO Y DEL DEPÓSITO DE PORCELANA CON AGUA Y VINAGRE EN PROPORCIÓN DE 50-50 O EN SU CASO. ALGÚN PRODUCTO ANTISARRO COMERCIAL AUTORIZADO POR LA SUPERVISIÓN. REPARACION, CAMBIO O COMPLEMENTO DE REFACCIÓNES MENORES COMO PUEDE SIE R LA MANGUERA COFLEX, LLAVES ANGULARES, CESPOL, ACCESORIOS DEL LAVABO. L- - ·------- ,,--, ;/! :p// 7? / / ,,/' "/ /), / V( ú -' I CO NT IN UA 1 _J Página 1 de 5 Fec:ha de 1mpres1 6n 05110QO-: 5 11 35 59 4 o l Soo

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s \\ll-ioos ·"'-"-1: PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

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jPROVEEDOR: LUNA CONSTRUCCIONES DE OBREGÓN. S A DE C V.

l --FORMA DE PAGO INMEDIATA

DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA 16 DE SEPTIEMBRE No 38 . 6' PISO, COL CENTRO. C P 06000. MD<ICO, D F TELS : 411 31 100 Ext 5305. 5722, 5321, 5721 y5304 FAX 41 131751

DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ IGNACIO ZARAGOZA No 1340 COL JUAN ESCUTIA C P 09100, MEXICO. O F TELS 5701 2036 y 5763 7003

OBSERVACIONES R.F.C. DEL PRESTADOR DE SERVICIOS

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CONTRATO SIMPLIFICADO

4515002804 EN SUS REMISIONES. FA(;TURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

'' S001

~HA DEL DOCUMENTO 05/1012015 ---- ,_ ___________ ---·-

!FECHA DE ENTREGA LUGAR DE ENTREGA 1 30 DlAS NATURALES Calle de José Maria Pino~!E_e_! N~ ,_Cuauhtemoc, 06065, MX, DF _ ·-

--~--· ---------------- - - -----U§§_ ·- Clave art. Í Canbc!ad . ,u~idadj--·-- · Descnpcion ___ 1 P.Unitario lm~. Tctal -··¡

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UP 1 MANTO. HIOROSANITARIO CD. OBREGÓN. SON ¡ 60 998.00 60 998 00

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MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A LAS INSTALACIONES HIDROSANITARIAS PARA LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN CIUDAD OBREGÓN, SONORA

DICHO MANTENIMIENTO CONSIDERA LOS SIGUIENTE:

IHS INSTALACIÓN HIDRÁULICA Y SANITARIA. IHS 001 MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE UN W C , CONSISTENTE EN REVISIÓN, LIMPIEZA, Y EN SU CASO CAMBIO DE REFACCIONES MENORES, COMO PUEDE SER LA MANGUERA COFLEX, LA LLAVE ANGULAR, ACCESORIOS DEL TANQUE BAJO, EMPAQUES, Y SELLO DEL W C (JUNTA PROH). AJUSTE DE PIJAS DE SUJECIÓN. INCLUYE ADEMÁS: PROTECCIÓN DE ÁREAS Y ELEMENTOS ALEDAÑOS, YA QUE DE LO CONTRARIO CUALQUIER OAÑO QUE SE CAUSE POR NEGLIGENCIA. DEBERÁ SER REPARADO POR LA EMPRESA SIN CARGO ALGUNO PARA LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Y ESTE SERÁ RECIBIDO POR LA SUPERVISIÓN HASTA QUEDAR CONFORME CON LOS RESULTADOS, ASI MISMO LOS MATERIALES, MANO DE OBRA, EQUIPO DE SEGURIDAD, HERRAMIENTA, LIMPIEZA DURANTE Y Al FINAL DE LOS TRABAJOS, ACARREOS TANTO VERTICALES COMO HORIZONTALES DENTRO Y FUERA DEL EDIFICIO Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN, P.U.O.C T (PZA 11 00)

IHS.002 MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE UN LAVABO CONSISTENTE EN REVISIÓN, LIMPIEZA DE APARENTES DE CROMO CON PAÑO HUMEDO Y DEL DEPÓSITO DE PORCELANA CON AGUA Y VINAGRE EN PROPORCIÓN DE 50-50 O EN SU CASO. ALGÚN PRODUCTO ANTISARRO COMERCIAL AUTORIZADO POR LA SUPERVISIÓN. REPARACION, CAMBIO O COMPLEMENTO DE REFACCIÓNES MENORES COMO PUEDE SIER LA MANGUERA COFLEX, LLAVES ANGULARES, CESPOL, ACCESORIOS DEL LAVABO.

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CONTRATO SIMPLIFICAOO OE PRESTACIÓN DE SERV\ClOS PARA CASA DE LA CULTURA JUR!DICA (HASTA 25,000 UDIS)

DECLARACIONES La Suprem 1 Corte dt Justicie de la Nac.fón, en lo sucesivo 11 la Suprema Corta" por conducto de su repr9'5entante para los erectos de este Instrumento mznlfiesta qu e:

1.1 Es el ma.imo órgano depos1larlo del Poder Judicial de la Federacióo. en términos de lo dispuesto en los at11aJlos 94 de la Const~ución Política de lus Estados Unlaos Me>dcanos y 1º, fraccoón 1. de la Ley Organica del Poder Judicia l de ta Federación 1.2 La prcscrie cootratac16n lue 3\ltonzada por el (la) Titular de la Casad~ la CultUfa Jurídica en .Ji:•nO~ n;\1·1~ri r!-c cfc(1u)11?.e tus ,.,ci: ,..:10> rrr::dianle el proccdim.ento de adJuthcac1ón directa (hasta 25,000 udil) df': tonfomuded con k> previsto en el artK:Ulo 42: p 6utlfo y umt? Cl ól Acuerug G:imlr;}! dn Adm1m~tr.ac1ón Yl•200t. dt:"I ·~int cinco de seplicmbre dt! dos mil ocho, del Ccm11e de Gobittmo y Adminisuacióo de I~ Suprema Corte de Justtcia de la Nación por el que se regulan los procedlmtenlos para la adquistcion. admnistración y des1ncorporaci6n efe blones y la con1rataclon de obras, usos y seMcios requendos por os10 Tnbunal l. J El 01reaor Generai de lnhaestrud.l1rn FLslc.a es1.l facullado para suscribir el presenle instrumen10. de confom1•dad coo lo dispues1.a in.al 3niculo JO. p6rr.sfo g ... intc del Acu tl'uJ<.1 Ger1ti ,~d l •J 1! Aótn!r1fslftt.IQCL..);llioo& dt'll vojn~ 11:rnco du n·pt1 ttmlm: \Jg gos ~. del Comilé de Gobierno y Adnmústración de In Suprema Corte de Juslcia de la Nación por el que se rt!gulan 1us p1ocedimientos para la adquisición. admini51raclón y desmcorporacKln de bienes y le contratación de obras, usos y servicios rcquCfldos por este Tribunal. 1.4 Para lodo lo relacionado con ~presente conlrato sc.ia1a com<J su domicilio el ubtcado en la Calle de Jost!: Marta Pino Su&rez número 2. colonia Centro. deleyac1ón Cuaunttmoc. código post;il 06060, en la ciudad de Mélico. Oislllto federal 11 El pr•stador de se-rvlclos" por conduc.tc de su '•Pr"entAnte legal manlfie1t1 bajo protesta de dec.i r verd;!Mj que: 11.1 Cuenl e con personal con la suftC'Jenle expenenaa y calrficactOn pa.a ejecutar los scMcios requendos por la Suprema Corte, a!l f como con los elemento~ te<:mcos y capacidad econóu11ca necesorio.s para tal fin 11.2 Na doscmpel\a un empleo, cargo o ccmi5lón en el seMc:iO püblico y entre sus socios, acciones1as. repre¡entanles legales o apoderados no se encuentran setvidores públ;cos del Poder Judicial de la F ederacto,, 11.2 No s e 0<1cuenlr• en ninguno d~ los supuestas a que se rcllcren los artk:ulos 48, fracciones l . ti. 111. IV, V, VI. VII, VIII y X. asi como 56 fracción XVI , del Acuerdo General de Administración vt1ioo8 11.3 Conoce y acepta sujetarse a lo pra'ilsto en el Acue1do General de Adrrunoslracióo Vl/2008, del veint icinco de septiembre de dos mll ocho, del Comité do Gobierno y Administración de te Suprema Corte de Ju$ltt1a de le Nación por ~ qu~ se regulan los proced1m1entos para la adquisición. adrninistraclon y deslncarporac1ón de bienes y la conl ratac16n de obras, usos 'I servidos requerido' P°' csle ~o TribunaJ 11.!> Para lodo lo relact0nado con el presente contralo, señala como su clomicHio el ubicado en ta caratula det presente instrumento. _,n el apartado denominado '"Proveedor' 111. La " Supram1 Corte" y ''El pr ettador de servicios" d eclaran que: 111.1 Reconor.en mutuarnenle ta personalidad jurid1ca con la que comparecen a la celebración del presenle fflShurnenlo y maninestan que todas las comunicaciones que se: realicen entre ellas :tt:!i

dirigirán a kls dom1c1Nos indicados en Jos antecedentes 1.4 y 11.5 de e!ite instrumento l ll.2 El acuerdo de W4untades plasmado en este instrumento contractual se r\gc por lo dlspueslo en lit Conslilución Pol itice de los Estados Unidos Me:Qc.,nos, en el Acuerdo General de Administ racion Vl/2008, del vcintk::inco de sepllemb1e de dos mil odlo, del Comité de Gobiemo y Adminlsllaoóo de le Supreme Corte de Jusht1a do ta Nación y en lo no pre 111sto an éste por el Código Cl\Jil Federal. el Código FederaJ de Proced1mentos Civiles y la Ley Org8nica oel Poder J1Jdicial de la Federac ión. al tenor de las s1guHmles

C LÁUS ULAS

Primera. Condick>na1 generaln '"El prestador de servicios· se compromele a proporcionar ~I servicio descoto en In caratula del presente lns1rumento y a res pelar en eodo momento el precio. p1ozo y condiciones de pago aellalados en la referida cara1ula, durante y hasta el cumplimiento letal del ob¡ie!o de este acue1do de voluntades El pago señalado en la preseo1c cláusula, cubre ef talal del servicio conlratedo, por to cual '"Ja Suprema Cune· 110 llene obllgacfón de cubrir nmgUn importe adicional Segunda. Pena convencional. En caso de :!l);.Wfi.lJ;J,"Jlk[l~Q dq t..,.~ otil 1n~1::1one~ pactadas en el contrato. se apllcaril una pena convencional equivalente al monto que resulle de aplicar~ 10% al va lor del serviCJO o servicios que no se hayan rea lizado a satisfacción de la Suprema Corte En tc1:io de 1ncyrrolirniento en los o!aLOS establecidos en el contralo simplificado. se aplicará una pena convencional por atrasos que le sean Imputables en ta realización de los servtclos. equ1v•hmtu al monto que resulte de aplicar el 10 W mllar aiano a ID cant idad que importen los trabafos no e1ecutados dentro del plazo indicado en ej apartado Inciso '"fed'la de entrega' de ta cNélula del Conlralo Simplificado y no podrá e.ceder del IO'M> del monto totel contratado Tercera. Requisitos para rullzar los pagos respeclivoa. Pata efectos fiscales "El prestado• de servicios" deberá p1eseolar la o las factlJfas •nombre de la · suprema Corte" según consla en la cédula d• Identificación fiscal. expedida por la Secretaria de Hacienda y Crédito l'úbhco con et Re<,¡ istro Federal de Contribuyentes SCJ9502046P5 Indicando el domiciUo señalado en le dedar11C1ón 1.4 de- este instrumento y demás requisitos fiscales a que haya lugar Cuarta. Modific.1tione1 de este instrumento. las cond1clonm pactadas en el presente mslrumMIO podrén ser objeto de modificación en l érmmos dt1 lo previsto en los artículos 12. fracción XXII: 143, lracción 1 y 162 del relendo Acue<do General Vl/2008. Quinta. lnexlslentla de relación laboral. ~El prestador de Ser.1c1os', como empres3no y patról'l del personal que ocupe para la prestactón de los servidos profesk.JnHlt!s mahma de este contralo. sera el único responsable de la.s obhgac1<>nes denvadas d~ las d\Sposiciones laborales y demás 01denamiontos en materia de lraba,o y seguridad social, por lo que re.sponderé de todas la~

reciarnactones que sus trabajadores presenlasen en su COfltta o de '"la Suprema Corte'". en relación con los seMc1os motivo de este contra to "la Suprema Cone· estara lacul1ada para requerir a •EJ prestodOI de sel'Jicios" los comprobantes de •~•ación de sus trabajadores el IMSS, asl como los comprobantes de pego de les cuotos al SAH INFONAVIT e IMSS En caso de Que alguno o algunos da los trabajada<es de "El prestadOI de servicios'. ejecuten o pretendan ejecutar alguna reclamarJón en contra de "la Suprema Corte', "El prestada< de servicios" deberá reembolsor la totalid&d de los ga•tos que erogue ·1a Suprema Corte·. por conccplo de traslado, lli6hcoo, hospedaje, lransport8ción. alimentos y dem.h inherentes, con el fin de acreditar ante 1a autoridad competente que no e.IQslo relación laboral alguna con los mismos y deslindar a •ta Suprema Corte• de cua~uier t.ípo de re.sponsabilid&d en ese sentido Las parte! acuerdan que -01 importe de los rerer1dos geslos que se llegaran a ocasionar podrá:n ser deducidos por "la Suprema Corta• de las fac::turas que se encuentren pendfenles de pago, indcpendlenremente de las acciones legales que se pudieran etecccr. Sexta. Subccntratación Para eíectos de este coolrnto simphhcado, se entiende por subcon1ralac16n, et ado 1nediante el cual ·e1 pre:1lad0f de servicios· encomienda a otra persona, fislco o moral la 1ea1izaclón parcial del objeto de éste conlralo simplificado Cuando el prestado< de ser.licios o conl1atista pretenda subcootratar, deber6 comun ícano previamente y por escrito a ·10 Suprema Corte· . ta que también por escrito resolVC<é .si ocept.a o rechaza ta subconfratoción En ningún caso se aceptara la subcontratac:ión total dtt los servicios o ltaba)os con un solo subcontralisla En todo caso de subcontratet ión, el responsable sera "El prestador de servicios· y sera • éste a Qu•enes les cubra el pago. No e1Gsllré subrogación por pano del subcontratista ni tendrá retacl6n con '"la Suprema Corte• S•pllma. Conndoncialidad. La documentación que se proporcione a "El prestad"' de servicios' con motivo de le celebración de esle contrato, es propiedad de ·1a Supremo Cort•·. por lo que "El preshtdOf de servicios". por si o a llavés de sus trabajad0<es. se compromete a no divulgar a t ravés de c:.ualquier medio de comunicación. cualqu1e1 resultado o dato obl~ido de los servicios 0 tfaba,tos p1esttldos a la primera Oclava. Rasci sk)n. Queda expr esamente convenido que ·1a Suprema COf1e" podr3 daf p(.)1 rescincl1do et presente contrato sin necesidad de C'jue medie dechrnsclón ¡ltdic1al, en caso de que ~[I preshtdOf ele servicios"' deje de c.umpltr c.ualquiera de las ob~gac1one.s que asume en es le contrato por causas que le sean imputables, o bien, en caso de ser objelo de embargo, huelga estallada, concurso mcrca n11I o liquidaclón Antes de declarar la rescisinn. '"la Sup1ema Cor1e' noliticaré por esenio las causas respcctrvas a "El prestador de servicios" en su domicilio señal~do en fa c.fedaración 11.S de este Instrumento, con quien en el adose encuentre. otorgóndole un plazo de quince dias hilbiles para que rnanifieste lo que a su derecho convenga, a1\8K'B los documentos que estime convenientes y apotte. en su caso. las. pruebas que estime pertinentes VenCJdo ese plazo el 6<gano competente de ·1a Suprema Cone· delerm111ar6 sobre la procedencia de la rescisión, to que se comunicar~ a '"El prestador de servicios· en su domk:l~o senalado eri la declaración 11.S de lnshu1neoto Novena. Del fomHltO a la trans parenc•• y de la proteec'6n de datos personaiea. Lns parte" están de acuerdo en que el presente mslrumento conslituye información pública en términos de lo dispuesto en los anlculos l" , 7' y 42 de la Ley Federol du Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por lo que loo gobernados podrán reehur su consulla De conformidad con lo eslablecido en el 8!ticulo 71 del Acuerdo General de la Comis16n de Transparencia. Ac::ce&o a la l nfom\8CJ6n Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales de la Suprema Cone de Ju&ócia de la Nacióo. del nueve de ¡ul10 de dos mil ocho. rele llvo a los órganos y procedimlontos pilla tutelar en el ámbito de este Tr1bunel los derecho• d• acceso a ta información. a la pnvac1dad y a la prote<:e:ión do dalos per.<onale• ge1ant izados en et art iculo s· Const~ucional. "El preslador de servicios' se obliga a guardar aecrelo y a no dvulgar p0< n ingun medio, aun electrónico. ni por conferencias y/o infonnes )os datos personales a que lenya acceso con moti\'O de la documenlación que maneje o conoz1:3 el desanotlar las actM clades objeto del presenle contrato En Cr'lsodr 1nc.umpllm1ento la '" Suprema Corte .. podrá eJligir ol pago conespondleole al 10% <Jel monto lO(al de este instrumento, por concepto de pena convenconal. Décima. Legisl•ci6n aplicable. El acuerdo de 110luntades p1ellisto en este in•trumento contractual se rige por lo dispuesto en le consl1luci6n po@ca de los Estados Unidos Me>dcanos, el Acuerdo General de Admmistrac1ón Vl/2008. del velnllcmco de Septiembre de dos mil ocho, del Comilé de Gobierno y Administración d• la Suprema Corte de Justicie do la Nación y on lo no previsto en ésl• por al Cód1uo Clllil Federal. Código Fede<aJ de Procedimen1os Civiles. la Ley f ederal de Presupuesto y Responsabilidades administrativas de los se1vodores públicos y la Ley Federal del Proc.edimle1110 adrrurnstralivo. en lo conducente Décima primera. Res~ución d e controver5ia5. Para efecto de la Interpretación y cumphmienlo de lo estipulado en estu instrumento. ·E1 prestador de seMClos .. se some1e cJq>1csamentc a las decisiones del ·rnbunal Aeno <Je -1a Suprema Corte• renunc1oodo a cualqui~• lu~ru quu un f8.l.ÓO de su dom.eme tenga o lleuurc: a tcnl'lr, de conformidad con lo Indicado en et onlculo 11 . tracción xx. de la Ley Orgéin1ta del Poc1er Judicial de la Feueradón renunciando en lorma c,q;>reso a cu'11quier ol: ro fue<o que en razón de su domlclllo o vecindad, tengan o Jlcgaren a tener

Las partes acuerdan que cua~u1e1 notificación que tengan que reahza~e do una pa/te a otra, $8 raah.c:ará por escrito en el domic:tho que ha seflalado en las dec.lera<;iones 1.4 y 11.S de este instl\lmen to

RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEL PRESENTE CONTRATO. PRESTADOR OE S~RVICIOS

~--~~-~~~-..~~~~~~~~~~~~

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::0 - OC/1' - '20 1 S ,...-~~~~~~~~~

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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUAREZ No 2 COL CENTRO OELEGACION CUAUHTEMOC. 06060, O F R.F C SCJ-950204~PS

-·-· PROVEEDOR: LUNA CONSTRUCCIONES DE OBREGÓN. S A. DE C V.

DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA 16 OE SEPTIEMBRE No 38, 6 ' PISO, COL CENTRO, C P 06000. MEXICO. O F TELS ~1131100 Exl 5305. 5722. 5321, 5721 y 5304 FAX 41131751

DIRECCIÓN DE ALMACENES CAlZ IGNACIO ZARAGOZA No 1340 COL JUAN ESCUTIA. C P 09100, MEXICO, O F TELS 5701 2036 y 5763 7893

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FECHA DEL DOCUMENTO 1 FORMA DE PAGO --- r o BSERVACIONES . - - ••••••• 05/ 10/201 5 ¡ INMEDIATA 1 R F C. DEL PRESTADOR DE SERVICIOS:

FECHA DE ENTREGA- i LUGAR DE ENTREGA _¡___ ---------------

30 DIAS NATURALES 1 Calle de J9~~ ~ri.a Pino Suar.~~~~ . _f uau_~~~.moc, 0606 5, MX, DF

CONTRATO SIMPLIFICADO

4515002804

EN SUS REMISIONES. FAUTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO OE DOCUMENTO

1 Partida 1 Clave art - ¡ Cantid-aci] üñi-dadj' Descripcion . -· .=--=---1 ---·-· -1------P.Unit_'.l rio _ __ Importe Total

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LLAVES DE LA MEZCLADORA o ECONOMIZ/1DORA SEGUN SEA EL c1,so, ASI COMO CAMBIO DE EMPAQUES, Y AJUSTE DE TORNILLERIA. INCLUYEN ADEMAS·

, PROTECCION DE AREAS Y ELEMENTOS ALEDAÑOS, YA QUE DE LO CONi RARIO ¡CUALQUIER DAÑO QUE SE CAUSE POR NEGLIGENCIA DEBERÁ SER REPARADO POR LA EMPRESA SIN CARGO ALGUNO PARA LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA

• NACIÓN Y ESTE SERÁ RECIBIDO POR LA SUPERVISION HASTA QUEDAR CONFORME 1 CON LOS RESULTADOS, ASI MISMO TODOS LOS MATERIALES, MANO DE OBRA, EQUIPO DE SEGURIDAD, HERRAMIENTA, LIMPIEZA DURANTE Y AL FINAL DE LOS TRABAJOS, ACARREOS TANTO VERTICALES COMO HORIZONTALES, INTERIORES Y

I EXTERIORES Y TODO LO NECESARIO PARA SU COR RECTA EJECUCIÓN, P U.O.C.T. : (PZA 9 00).

l 1HS 003 DESASOLVE DE BAJADAS DE AGUAS PLUVIALES MEDIANTE PROCESOS

1

ELECTROMECÁNICOS Y A BASE DE PRESIÓN DE AGUA CON EQUIPO TIPO KARCHER, REPOSICION Y/O CAMBIO DE COLADERAS DE PROCEDER AS( COMO SELLADO

l PERIMETRAL DE LA MISMAS CON EMULSIONES ASFALTICAS DE BASE VAPOR Y 1 PINTURA ACRILICA EN COLOR TERRACOTA COMO ACABADO, LIMPIEZA, ANDAMIAJE Y REPARACIONES DE TUBERIAS EN CASO DE SER NECESARIO, INCLUYE: PROTECCION DE ÁREAS Y ELEMENTOS ALEDAÑOS CON PLÁSTICO Y CARTÓN CORRUGADO DE AL TA DENSIDAD, YA QUE DE LO CONTRARIO CUALQUIER DAÑO QUE SE CAUSE POR NEGLIGENCIA, DEBERÁ SER REPARADO POR LA EMPRESA SIN CARGO ALGUNO PARA LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Y ESTE SERÁ

1

RECIBIDO POR LA SUPERVISION HASTA QUEDAR CONFORME CON LOS RESULTADOS, ASI TAMBlt.N MATERIALES, MANO DE OBRA, EQUIPO Y HERRAMIENTA. LIMPIEZA DURANTE Y AL FINAL DE LOS TRABAJOS, ACARREOS VERTICALES Y HORIZONTALES TANTO INTERIORES COMO EXTERIORES Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA

1 EJECUCIÓN, PU.O C.T (LOTE 1.00)

IHS 004 SUMINISTRO E INSTALACION DE UN MINGITORIO MARCA MAKESH MODELO CL 3003 ODORSTOP. INCLUYE: REPUESTO ODORSTOP PARA REEMPLAZARSE A LOS

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1 C ONTI NUA 1

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Fedla de 1mpres16n 05/ i0/2015 11 :;s 59

Page 4: !l ~ ) · En todo caso de subcontratetión, el responsable sera "El prestador de servicios· y sera • éste a Qu•enes les cubra el pago. No e1Gsllré subrogación por pano del

CONTRATO SIMPLIFICADO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA CASA DE LA CULTURA JURJDICA (HASTA 25,000 UDIS)

DECLARACIONES l. La Suprema Corte de J1..1sUcla de la Nación, en lo sucesivo "'J1 Suprem• Corte'º por conducto de &u representante pan lolii efectos da nl• in•lrumento maninesta que: 1.1 Es el máJOmo órgano dcposllarlo del Poder Jud11:1al de la Federacion. en lerminos de lo dispueslo en los arliculos 9-1 de la ConslttuclOn Poiltica de los Eslados Unidos MeJOcano• y 1', ~acción 1. <ie In Ley OrgDn1ca del F'oder Judicial de la F C!dcración 1.2 La presente conlralación fue aulorizade por el (la) Tilular de la Casa de la Cultura Jurídica en donde habr8n de efcetuo..,e los serVtcios mediante el procedirnienlo de adiudteacióo directa (hasta 25.000 ud1s) de conformidad con lo previsto en el arHculo 42 pttrr,¡fo quinto def Acuerdo Gent!')I de Adm!nhstración VV200IS. del veinhcinco de septiembre de dos mil ocho. del Comité d~ Gobierno y Administración de la Suprema Corte de JuslJda de la Nación por ~ que se regu lan los procedimientos parn la 8dqu1stcu:m, adminislración y desincorpontclón de bienes y la contretacion de obres. usos y ser,,ctos roqucndos por este ínbunaL 1.3 Et 01rector Generat Ge lnfracsl rudura Flsica está focult&do para su~ibir el presente instrumento. de conformidad con lo dispuesta en el articulo 10. párrafo quinto det Acuerdo General de A<1rn1n1J.tt.lct6n Vl.' ZOOA dt:1I vu1tHkinco d~ set"ltieml.lt~ <Je <.h,l) mll ocho, del Comité da Gooicmo y Admlni,tración de la Suprema Corte de .Ju~ lic1a de la Nación por el que se r~ule11 k,))

pruced11111er1lus Pª'ª la adquisición. adrRnislración y desincorporac1ón de bienes y la conttalac1ón de obras. usos y servklos requeridos por este Tnbunal. 1 -4 Para lodo lo relacionado con ~presente contrata señala como su donjol10 el ubicado en la Cana de José Maria Pino Suároz número 2, colonia Cenlro, delegaci(Ji Cuaohlémoc, código postal 06060, en la c.1udad de MéJ1CcO, Distrito Fe<lcral 11 E l prestador de wrvlclos" por conduele de su representanl e legal manlnesta bajo protMta do decir verdad que: 11.1 Cuenta con personal c.on la suficienle e.-.:periencia y calificcición para eJeCUtar los .ser.itcios 1equeridos por la SupremR Corte, asl r.omo con los elemenlo s técnicos y capactdad económica necesanM para lal fin 11 2 No deseft1>efla un efn~eo, cargo o comisión en el servicio pübllco y entre sus socios, ecctoni.stas, represeotanles legales o apode<ados no se encuenlran .servtdores públicos del Poder Judicial de la Federación 11.2 No se eocuenlra en ninguno de Jos s~Jp11estos a que se refieren los articules 48, fracciooe!l I, 11. 111. IV. V. VJ, VII, \1111 y X, asl como 58 tracc ión XVI, det Acuerdo General de Administración V\12008 11.3 Conoce y acepta •u¡elarse a lo previ•lo en el Acuerdo General de Admirnsllación Vl /2008. del wln11cinco do sepllembre de dos mll ocho, del Comité de Gobierno y Admirn•lracicln de la Supre1na CO<te de Justicia do la Nación por el que ae regulan los procedimientos para la adqulsicion, adrrun1slración y des1nc.orporaciór1 de bienes y la concratacióo de obras. usos y sefVicios requeridos por este Alo Tribunal 11.5 Para lodo lo relacionado con IN presenre conlralo, ser.ala como su domici6o ~ Libicado on la carlll:ula del presente instrumento, en el apartado denominado '"Pro1o1eedor"' 11 1. La .. Suprema Corte" y "El preatador de servicio•" d eclaran que: 111.1 H.econocen mutuamente la personalidad ~ridi ca con la que comparecen a la celebración det presente lns1n.imen10 y manifieslan que tod.u las comunicec.iones que se realicen enlre ellas se ditigirim a tos domici~os 1nd1cados en los antecedentes I .•y 11.5 de esle instrumento 111.2 El •cuerao do w iunlades plamiado en este inslrumenlo conlraclual se rige p0< lo dispuesto en le Con •litución Politlca de los Estad"5 Unidos Mexicano" en el Acuerdo General de Adminislración Vl/2006, del veinticinco do sepllembre de deo mil ocho. del C01TI1le de Gobierno y Adminls1ración de la Suprema Corte de Ju•hcia de la Nación y en lo no previsto Ctl este por el Código Civll Fcaeral . C! Código Fedtlía/ de Procedimientos Civiles y le Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, al lenor de las s111uienles

C LAUSULAS

Primera. Condiciones genenlH. ·e1 prc.st3do1 de servicios· se compromete a proporcionar el servicio descrUo en la cari1ula del presenle instrumento y a respetar en todo momento el precio, pla2o y condiciones de pago senalados en la referida caratula, duranle y hasta el cumplirnlenlo tOCal del obJeCo de e5le acuerdo de voluntades El pago sellalado en la presenle clausula, cubre el tola! del servicio con1ra1ado. p0< lo cual ·1a Suprema Corte• no bene ob~gaci6n de cubñr ningun Impone adiciona! Segunda. Pena convencion al. En caso de i..O~.i'-'llRr;:l."L~'1lQ . .;-1!.l. ¡;p. r.h!IQjl!:•onr·~ pactadas en el contrato, se apltcaré una peni'I convencJonal equ1v.alente al monto que resulte de apltcttr el 10% al vt11lo r del servicio o serV1c.1os que no se hayan realizado a sotistección de Is Sup<erna Cone En caso de incumplimjcnto en los plazot establecidos en el conlr tttu sinphftcado, se aplicará una pena conYencional por atrasos que le sean imputable! en la realización de los servicK>s, equivalenle al monlo que resulle de apicsr el 10 al millar diario a la canlldad que importen los trabajos no e1eculados dentro del plazo indicado en el apartado inaso "feclla de entrega· de la caralula del Conlrolo Simpilncado y no podrll e>Ceder del 10% del monlo lolal contratado. Tercera. Requisitos para realizar loa pago• reapectlvos. Pare erectos fiscales "El pre!lador de servicios· deberá presentar la o las tac:turas a nombre de la "Suprema Corte· según consla en la cédula de idenlilicaclón fiscal, expedida po1 l• Secrelarla de Hacienda y CrCdilo Publico con el Regisl ro Fe<leral de Contribuyenle5 SCJ9502046P5 indicando el domicilio sel\elado en la declaración 1.4 de esle instrumento y demás requisilos fiscales a quo haya lugar Cuarta. Modificaciones de e-ste instrumento. las condiciones pacladas en e( presente instrumento podrán set ob,eto de modificación en ténninos de lo prewtsto en los articulos 12, fracción XXII : 143, 1recc1ón 1 y 162 del referido Acuerdo Genernl Vl/200B Quinta. lnexi litencJa de rela.clón laboral. ºEl prestador da servicios~. como empresaria y palrón del personal que ocupe para la prestación de los set\'icios profesionales materia de este conlralo será ~ Un1co responsable de la! oblig&e10ne! denvadas de las dlspo.!iciones laborales y demás ordenanvenlos en malena de trab&JO y seguridad social, por lo que responderá de lodas les recianwc.iones que sus lrabajadores presenlasen en su contra o de "la Suprema Corte'". en relación con los se1V1aus moli\'O de este contrato ·La Suprema Corte• es tara fac:.uttada para requerir a ·e1 prestadOf de serV1cio.s" los comprobanle-s de afiheción de sus trabajadores al IMSS. asi como los comproban1es de pago de las cuotas al SAR INFONAVlT e IMSS. En caso de que alguno o algunos de los trabajadores de "El prestador de servicios' , ejecuten o prele<idan ejecutar alguna r~amac16n en contra de ·1a Suprema Cor1e· . ·e1 prestador de seMCios· debera reembolsar la !Olalidad de lo• gaslos que erogue "la Sup<erM Corto", por conc•plo de lraslado. Yiali<:os. llospedaje. t ransportación, allmenlos y dema• inherenles. con et ftn de acre<lilar anle la autoridad competente que nn existe relación laboral elguna con \os m ismos y deslindar a ·1a Suprema Cone~ de cualquier tipo de responsabilidad en ese senl1do Las partes acuerdan que el importe de los rerendos gas1os que se llegaran a ocasionar podran ser deduodo5 por •ta Suprema Corte· de las faduras que se enoJenllen pend1enttts de pago. independientemente de las acciones legales que se pudieran e¡ercet Sena. SubconttataelOn Para efectos de este contrato slmplificado, se enliende por subconttatación, el acto mediante el cual ·e1 prestador de servklos· encomienda a olra peBona. fis ica o moral la rcaliz;1cJ6n parcial de4 objeto de este conl r alo simplifK:ado Cuando et prestador de seMc1os o cootra1.1sta pretenda subconlretar, deberá comunicar1o P'evntrnenle y por escnto a ·1a Suprema Corte~. I;, ~ue 1.amblen por escrito r~Veté si acepta o rechaza la subcontratación En ningún caso ae aceptara la subcontrataciófl total de los s~clos o trabajos con un solo suba>nlrat1sta En l odo caso de subconlratación, et responsable ser~ ·e 1 prestador de seMcios· y sera a és to a quienes les cubra el pago. No e)Qslirá subrog&C16n P°' parte del subcontre llsla ni tendrá relactón con · 10 Suprema Cone· SiptJma. Confidencialidad. la documentación que se. proporciooe a ~e1 pre$lador de ief'Vtcio5• con motivo de la celebrac16n de este contnlto, M propiedad de "la Suprema Corte·. por lo que · El pros1ad0< de ser;icios·. por si o a lravé• de sus lraba¡ad0<es. •• compromete a no divulgar a lraYlls de cualquier medio de c<><nunlcación, cualqu le< resultado o dalo obl ooido de los servicios o trabajos prestados a la primera Ocl.ava Resci•lón. Queda e>c¡>resamenle convemdo que · 1a Suprema Cone· podrá dar PO< rescindido el presenle corurato sin necuidad de que medie declaración judicial, en caso de que "El prcsladO< de s~clos" de¡e de cumplir cualquiera de las obllgac10nes que asume en esle conlralo por e<1usu que le sean impulables. o b ien. en caso de .er objelo de embargo, huelga eslallada, concurso mercan!~ o liquidación Antes de declarar la res.cisión, "la Suprem;t Coc1e• notlftcará por escrito las causas respecll~s a ºEl p1estador de servk:.los· en su dom1c.1l10 sefialado en la declaración 11.5 de este 1 n ~lrumenl o, con quien en el adose encuenlre, otcwgándole un plazo de quince dias h8b 11cs para que mantftcslc lo que a su derecho convenga. anC):J? k>s documentos que esfünc convenientes y aporto, en su caso. las p<uebas que eslime pertinentes Vencido ese plazo el órgooo compelente de •ta Suprema Corle" determinara sobre la procedencia de la resc isión. lo que se comunicara a ·et prestado< dt.i' servtcios· en su domicillo senelado en la declaración 11.6 de Instrumento Novena. O_. tomento • la transparencia y de la protección de d atos personales. Las partes astan de acuerdo en que ~ presente instrumento constituye mformactón pUbhca en tennino~ de 10 d1Spueslo en los a~iculos 1', 7" y 42 ae la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información PUbilC<l Gubemamcnlal, por fo quo los gobernados podrán realizar su consulla De conformidad con lo eslablecido en el arllculo 71 del Acuerdo General de la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Publica Gubernamental y Protección de Dalo• P•11on•les de 18 Suprema Cone de Jusllcia de la N ación, del nueve de julio de dos mil ocho. rclalhlo a los ó<ganos y procedimiento• P""ª lUlclar en el ámbllo de eslc Tribunal los derechos do acceso a la informaetor. . a la privacidad y a la proteo:ión de dalos personales garantizados en el articulo 6' Constitucional. ·El presladO< de servicios" se obliga a guanlar seaeto y a no !fvulgar por nlngun medio, aun elec trónico. ni pOí conferencias y/o informes los datos personales i1 que tenga acceso con mollvo de ta docume:nlación que mane¡e o conozca al desarroHar las acltV1dades ob1eto del prescol e conlra\o. En casa de lncumphm1enlo la 'Sup1ema Corte" podré e~gir el pago concspondiente al 10% <lol monto total de esto instrumento. por concoplo de pena convencional. Décima. Legislación aplicablt. El acuerdo ae volunlades prellislo efl es1e instrumento conlra~ual se r1ge por lo dlspueslo en la constitución politlca de los Eslados Unidos Me>ócanos. el Al:ucrdo Gene<al de Administración Vl/2006, del velnlicinco de Seplicmb<e do dos mil ocho, del Comtté de Gob<emo y Admin1slración dv la Sup1eme Corte de Jusllcia de la Nación y en lo no previslo en éste por el Cod1go Clllil Federal, Código Federal de f>rocedlrn1en1os C1vile5, la Ley Fedeial de Presupuesto y RcspOO!l&bilidades adminioirai ives de los servidores publico• y la Ley Federal del Proce<Jimienlo admlnislra11vo, eo lo conducenle. Okbna primera. Rttofuclón de controvers,as . Para efeclo de lo 1ul(:(prctac16n y cumpl1m1en10 de lo estipulBdO ef'I esle Instrumento. ·e1 prestador de seMclos• se 'omete e:.cpre,amente o las docisooos del Tribunal Pteno ~ -1i3 Suprema C0<1e" renunciando a cualqu1e1 ftJe10 qut! ~n razón do su domicilio tonga o llegare a tener, de confonnklad con lo Indicado en~ anK:ulo 11. tracci-On X.X. de la Ley Orgilnica del Poder Judicial de la Federación renuncaando en forma ei.presa o cuDlquier otro tuero que en razón de su domicilio o vec.indad, tengan o legaren a ten&f

La~ panes acuerdan que cualquier noul'icaclón que tengan que realiza ne de una parte a oCra, se 1eal12ara por oscnto on el domicilio quo ha senalado en las deciaraclones 1.4 y 11.S de csle instrumenlo

RECEPCION Y CONFORMIDAD D EL PRESENTE CONTRATO L PRESTADOR DE SERVlCIOS

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Page 5: !l ~ ) · En todo caso de subcontratetión, el responsable sera "El prestador de servicios· y sera • éste a Qu•enes les cubra el pago. No e1Gsllré subrogación por pano del

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUAREZ No 2 COL CENTRO OELEGACION CUAUHTEMOC. 06060, D F R F C SCJ-950204~P5

EDOR: LUNA CONSTRUCCIONES DE OBREGÓN, S.A. DE C.V.

DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA 16 OE SEPTIEMBRE No 38. 6' PISO, COL. CENTRO. C.P 06000, MEXICO, D F TELS 41131100E.<1 S305, 5722, 5321, 572 1 y5304 FAX. ~1131751

DIRECCIÓN D E ALMACENES CAlZ IGNACIO ZARAGOZA No 1340 COL JUAN ESCUTIA, C P 09100, MEXICO . D F TELS 5701 2036 y 5763 786J

...-------------···· ·• FECHA DEL DOCUMENTO 1 FORMA DE PAGO OBSERVACIONES

05/ 10/2015 __ INMEDIATA RF.C DEL PRESTADOR DE SERVICIOS

FECHA DE ENTREGA 30 DIAS NATURALES

LUGAR DE ENTREGA Calle de José María Pino Suárez No. 2 • Cuauhtemoc, 06065, MX, DF

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CONTRATO SIMPLIFICADO

4515002804

EN SUS REMISIONES FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR OE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

S001

, Partida 1 Clave art.

1

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Cantidad jUnidadj _ Dewip~"O; -- - 1 ~.'!~!ta1io ¡-·--,~porte Total ==l SEIS MESES DE USO, KIT DE INSTAlACION PROTECCIÓN DE ÁREAS Y ELEMENTOS

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ALEDAÑOS. YA QUE DE LO CONTRARIO CUALQUIER DAÑO QUE SE CAUSE POR NEGLIGENCIA, DEBERÁ SER REPARADO POR LA EMPRESA SIN CARGO ALGUNO PARA LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Y ESTE SERÁ RECIBIDO POR LA SUPERVISIÓN HASTA QUEDAR CONFORME CON LOS RESULTADOS, ASI TAMBIÉN MATERIALES. MANO DE OBRA, EQUIPO Y HERRAMIENTA. LIMPIEZA DURANTE Y AL FINAL DE LOS TRABAJOS, ACARREOS VERTICALES Y HORIZONTALES TANTO

11 INTERIORES COMO EXTERIORES Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN. P.U.O C T. (PZA 2.00)

IHS 005 MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE UNA TARJA METÁLICA. CONSISTENTE EN

l REVISIÓN, LIMPIEZA CON PAÑO HÜMEDO Y ALGÜN SOL VENTE DE SER NECESARIO REPARACIÓN, CAMBIO Y COMPLEMENTO DE REFACCIONES MENORES. TALES COMO

1 MANGUERAS COFLEX, LLAVES ANGULARES, CESPOL, CONTRA LLAVE MEZCLADORA O ' • LLAVES, ASI COMO CAMBIO OE EMPAQUES Y A.JUSTE DE TORNILLERIA; INCLUYE: 1 PROTECCIÓN DE AREAS Y ELEMENTOS ALEDAÑOS, YA QUE DE LO CONTRARIO CUALQUIER DAÑO QUE SE CAUSE POR NEGLIGENCIA. DEBERÁ SER REPARADO POR LA EMPRESA SIN CARGO ALGUNO PARA LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Y ESTE SERÁ RECIBIDO POR LA SUPERVISIÓN HASTA QUEDAR CONFORME CON LOS RESULTADOS, ASI TAMBIÉN TODOS LOS MATERIALES, MANO DE OBRA. EQUIPO, HERRAMIENTA, LIMPIEZA DURANTE Y AL FINAL DE LOS TRABAJOS, ACARREOS VERTICALES Y HORIZONTALES TANTO INTERIORES COMO EXTERIORES Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN, P.U O.C.T (PZA 1 00).

IHS 006 MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE EQUIPO Y LIMPIEZA DE CISTERNA Y TINACOS SEGÚN NORMA DE LA SSA. A BASE DE UN CEPILLADO CON CERDA DURA Y AGUA POTABLE CORRIENTE EN DOS A TRES EVENTOS SEGÚN EL GRUESO DE LA CAPA DE SARRO. ENJUAGAR CON MAQUINA KARCHER SOBRE TODAS LAS S UPERFICIES DE LA CISTERNA O El TINACO, PARA DESPUÉS APLICAR HIPOCLORITO PURO DILUIDO AL 50 % EN AGUA . HACIENDO USO OBLIGADO DE

CONT INU A

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CONTRATO SIMPLIFICADO DE PRESTACIÓN OE SERVICIOS PARA CASA OE LA CULTURA JURlDICA (HASTA 25,000 UDIS)

DECLARAC I ONES 1 La Suprem a Corte de Justicia de la Nació n, en lo &ucesi vo "la Suprema Corto" por conduelo de su reprH1ntanle para los efectos de nt• in11trumento maAifiesta que: 1. 1 Es si málGrno órgano depositario del Poder Jud1oal de la Federación. en lénnmos de lo despuesto en k1s articulas 94 de la Consllt11Ct6n P~n1ca de lo.s Estados Unidos MeJdcanoi y 1•. fracción t. de la Ley Organoca del Poder Judictal de la Federación 1.2 La pre:scrtlo coo,mlad6n fue autonzada por et (la) Titular de la Casa de ta Cullura Juridica en donde habrán de erectuarse los seMclos me-chan te ttl p<ocedimicn to do adjud1c.aclón directa {hasta 25,000 udis) de con!ormdad con lo previsto eo el articulo H oArra!o g uonto do! Acuordo Genoral de Adm!nlstrac!Oo VV2000. del ve inlicmco de septiembre de dos m~ ocho, do! Comilé de Gol11emo y Administraclon de la Suprema Corte de Jushc1a de lo Nación pcx t=I que se 1 e~ulan los procedimientos pard la adquisición, administración y des1ncorporec.1óo de bienes y la conlratación oe obres, usos y Sef"Vlttos reqlJeridos por este Tribunal 1.3 El 0 1redor General de lntraes lrudura Fbica e5lil rac.ultado para suscribir el presente msl rume.nto, de conformidad con lo dispuesto en el artfculo 10. pérrafo quinto. del Acuerdo General de 8rJf"T'l 1ni~1r:n. •ño y11"/<Jó8 . lJc! ""einhcim:u dt: iewt•~ulirt" d t do1 ID!! '2.."-!?.2· del Comué de Gobierno y Admln1strnción de la Supretna Corte de Jus\ir::la de la Nncióo por al que se regulan lo~ procedimientos para la a<IQuisición. administración y desincorporaci6n de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal 1.4 Para todo lo <elacionado con et p1esente contrato se"ala como su domicilio el ubicado en la CaUe de José Maria Pino Suarez nümero 2. colonia Centro, delegaciCn Cuauht9moc, código poslitl 06060. co la ciudad de MélOCO, O.strilo Federal 11 El prestador de sMVlclos" por conduc to de su reprHe-nt.ant• legal m anifiesta ba}o protesta de decir verdad que: 11. 1 Cuenta COfl personal con 'ª suhciente eMperiencie y callfic.ación para e1ecuta1 los sel'\llCIOS requeridos por la Suprema Corte. así como con los elementos lécnicos y capacidad económica necesarios para tal fin 11.2 No desempc1'a un empleo, cargo e con'llstón en al servicio p(1blico y entre sus socios, acctont1tas. repfC$Cntantes legalei o apodmados no se encueotran seMdores públicos del Poder Judicial de ta r ederactón 11.2 No se oncuenlr• en ninguno do los supuestos A que so rofteren lo• articules 48, h'accionos l, 11.111. IV V, VI, VII, VIII y X, a>icomo 58 fracción XVI . del Acuerdo General de Administración Vl/2008 11.3 Conoce y acepta sujelarse a lo previsto co el Acuerdo General de Adrnanis!racion 111/2008. del \'C ln11cinco de septiembre de dos mil OCllO, del Com~c de Gobierno y AdmlnlstradOn do lo Suprema Cort~ de Justicia do la Nación por d que se regulan los procedul\lentos para la adquisición, adm1rnst1ac.i6n y desincorporación de bienes y ta contralaci6n de obra~ . usos y s«Vicfos requeridos por ~si~ Alto Tribunal 11.5 Para 1odo lo relacionado con el pt"esente coolrato. señala c.umo su dorricilio el ubicado en: la carill ula del p<esenle instrumento, en e1 apartado denom¡nado ·Proveedor" 111 La " Suprem1 Cor1e .. '/ .. El preaUidor de ser.ricios .. d eclaran que: 111 1 Reconocen mutuamente la personalidad jurtd1ca con la que comparecen a la cclebract6n del presenle inslrumenlo y manifiestan que todas las comunlcacione! que se realK:en ent<e ellas se dirigirán a los donHc1hos indicados en los antecedcntP..s l .• y 11.6 de este instrumento 111.2 El acuerdo de voluntades plasmado en este instrumento conlractual se r1ge por k> dispuesto en la Con sllluci611 PofHica de los Esrados Unidos Me)jcanos, en el Acuetdo Gerusral de Adm1mstraoón Vl/2008. del vc;n1lcinco de seplierrbre de dos mll ocho, del Comrte de Gobierno y Aannoslroci6n de la Supremo Con e de JuOlic la do la Nación y en lo no previsto en éste por el C6<1igo Civil Federal. el Código Federal de Proced1m1enlo• Covtles y la Ley Orgánica del Poder Judicial do la Fedelación, al tenor de les siguientes:

CLÁUSULAS

Primera. Condiciones generales. -e1 prestador de scMcios· se compromete a proporcionar el servicio desculo en la carátula del presente instromento y a respetar en todo momenlu ul p1ttC10, pi!tt<J y condiciones de pago se~alados en la relerida caratula. duranl• y hasta el cump!lmleoto lolal del objeto de ..ste acuerdo de voluntades El pitgo seflal&do en la presente clousule. cubre el total del scMcio contratado. por lo cual "la Suprema Corte• no t iene obligacion <le cubrir ningún Importe adiaonal SV'QurtdA. P1n1 conv1nclonal. En ~so de incun'ºlimienlo de IA$ ob!igpc1ones pactadas en ej conlrato. se ~plican9 una pena convencional equivalente al monto que resulte de apllcer el 10% el valor c1el ~eNic10 o serllic1os que no se hayan realizado a satisfacción de la Suprema Corto. En e.a.so da 1ncuroo!1m1an10 &n los p lazos Cstilblecidos en el con hato si01plif1cado. se aplicará unq pena c onvencional por atrasos que te sean imputables en la realización de los servicJO.!, equivalente al monto que rosulle do apk<'lr el t O el mi.ar dlatio a lo cantidad que imponen los trabajos no ejCC<Jlados dentro del plazo indicado en el apanado inciso "focha de en11ega' de la c.11•tuta del Contrato SimplificadO y no podrá exceder del t0% del monto l ota! contratado Tet"cera. Requlsllos p1r1 realizar los pagos r••peclivo•. Paf& erectos hscales "El prestador de seMcios" deberá presentar la o las facturas a nombre de la "Suprema Corte" segün consta en la códula de odenliftcaclón hcal. e11ped1da por la Seaelarla de Hacienda y Crédilo Público con el Regist ro Federal de Contribuyentes SCJ9502046P5 Indicando el domociio señalado en la declaración 1.4 de esle instrumenlo y demás requisilos fisc:.Dlos a que haya lugar Cuarta. Modlficacione5 de este- In strumento. Las condiciones pactadas en el presenle instrumento podrñn ser objeto de modiflc.t1ci6n en temunos de lo preV1sto en los articulos 12, hacción XXII ; 143, ~acción 1 y 162 del re!Of\do Acuerdo General Vl/2008 Quinta. lnextstoncl• de relaclón tabora l. ·e1 prestador de servicios ~. como empresano y pHtJón del pel'Sonal que ocupe para la prestación de los servicios profesionales mater1a de esle contralo. sera el lmico responsable de les obliuaciones derivadas de las dlspos1aones labo<ales y demas ordenamientos en materia do trabajo y seguridad -soclal. por lo que responderñ oe 1odns las reclamacloncs que sus rrat>ajadores presentasen en su cuntra o de "la Supn:rna Corte·. en relación con los servicios motivo de esle contrato. "La Súprema Cort•' eslanl lacullada para requerir a "El prestador de servicios· los oornproban!es de afihación da sus trabajad()(8s al IMSS, asl como los comprobantes de pago de las cuotas al SAR. INFONAVIT e IMSS En caso de que olguno o algunos de los lrabajad0<es de "El prestador de ocrvlclos", ejecuten o pretendan ejecutar alguna reclamación en contra de 1a Suprema Cone', 'El prestador de servicios· deben! reembO!sat la tota•dad de los gaslos qoJe erogue ' la Suprema Corte" por concepto de traslado, 'liál icos. hospeda1e. tran•portación, alimentos y aemas inherentes. con el fin de acreditar ante 1~ autoridad competente quo no eJds le relación laboral e!guna con Jos mismos y deslindar• · ra Supremo Cono· de cualquier tipo de responsabilidad en ose sentido Las partes ac:uertfon que el importe de los rerendcs gas los que se llega..an a ocasionar podrén ser deducidos p0< ·1a Suprema Cor1eª de las facturas que se encuentren pendientes de pag1..' indcpendicnlemenle de las acciones legales que se pudieran ejercer Sexta. Subconlrat:aclón Para efectos de este contrato simpli~c.ado, se eniíende por subconlratac16n, el &do mediante el cuaC ªEl prestad0< de servicio s~ encomienda a o tra persona, fisic.a o moral la realización pwclal del objeto de éste contrNo simpliftcado Cuando~ prestador de SBMcios o contra1ista pretenda subconlratar, deber' comun1cer10 preY1amen1e y por escrito a 1a Suprema Col"le~ la que también p0< e5Cril o resolver:& si acepta o rechaza la subconlfalación En ningUn caso se acep1a'11 la subeontral8CJ6n total de los seMcios o trabajos con un solo subcon1ratlsta En todo ceso de subcorit<alac.on. iel r11sponsable sera "l:.I prestador de sonñcios~ y seré a éste a quienes les cubJB el pago. No eldsliré subrogaci6n por par1c del subcomratista ni tendrá relación con ·1a Suprema Corte" Séptima. Coondanclalldad. l o <locumentaci6n que se proporcione a •Et prestador do oer.iie100· con moti~ de la celebración de este conlrnto. O'.I propiedad de ' lo Suprema Cone· . por lo que 'El prestador de servicios·. por ¡¡¡ o a trav91 de sus trabajadores, se compromete a no cjvulgar a través de cualquier medio de comunicación, cualquie< resullado o dalo obtenido de los servicios o traba;os prestados e la primera. Octav a. RoaclslOn. Queda expr89amente convenido que ·1a Suprema Corto' podrá dar por rescindido el pres&lltc contrato sin nceesldad d" que medio declaracl6n judicial, en caso de que "El prestadOf de se™clos '" deje de c.umphr cualquiera de los obligaciones que asumo en este contrato pe< c.aus3s que le sean imputebles. o bttffl , en ca.so de set obieto de embargo, huelga e&lallado, concurso mercant il o liquidación. Ante.5 de declerar le rescisión. ·1a Suprema Corte• noliftcafé por escrito las causas respectivas a '"El pres tador de servicios· en su domkJllo seftalado en la ded aracl6n 11.S de este Instrumento, con quien en et acto se encuentre, otorgi\ndole un plazo de quince dias h3biles para que manifiesto lo que a su derecho convenga, anexe los documentos que estune convenientes y aporte, en su caso, las pruebes que estime p~nenles Vencido ese plazo el órgano competente de ·1a Suprema Corte• delermlnará sobre le procedencia de Ja rescisión, lo que se comunicaré a ·e1 prestador de seM a os· en su dcmt11io senaJado en la declaración 11 .5 <le instrumento NoY'ena. Oel fomento a la tnmsparencla y de la protección de datos peraonalea. Las parte~ e.stan de acuerdo en que el presente instrumenlo constituye inf0011oción püblica en términos de lo dispuesto en lus articulas 1· . 7• y ~ 2 de la Ley Federal de TransparenCJa v Acceso ala lnfomu.ci6n PUbllca Gubernamental. por lo que los gobemados podrin reahztsr ::su consulla De conformidad con lo eslablecido en el arü: u•o 71 del Acuerdo General de la Comisión de Trimsp&rencia, Acceso a la Información PUblica Gubernamental y Prolección ele Oeto!I Penonales de la Suprema Cor1e de .Justicia de ta Nación. de( nueve de julio de dos mil ocho relativo a los órganos y procedimientos para tutelar en el ámbito de este Tribunal los derechos de ctcceso a le. mfomu~c:1ón ,

a la pnveckJaU y a la prole-o:;ión de dolos pen;onales garsnlizados en el articulo s• Cons•i1.ucional. ·e1 p<estador de servidos· se obliga n guardar secselo y a oo civulgar por ningún medio, aun clcclrón1co, ni por conftrencias y/ o inlormes tos datos personales a que tenga acceso con moUvo da la documentación que maneje o conozca al dcsarroUar las actividi!des objeto del presente contrato. En caso de incumplimiento la ·suprema Cooe· podrá exigir el pago c orrespondienle al 10% del monto total do este lnsl rumento, por concepto de pena convenc.:>nal. Décima. Legislación apllcable. El acuerdo de volunlade' previs to en este inslr\Jmonto contractual se rige por lo dispuesto en la cons tilucíón política de los Eslados Unidos Mexicanos, el Acuerdo General de Administración 11112008, del veinticinco de Septiembre de dos mol ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y en lo no previsto en éste por el Cód1110 CrVll Federal. Código Federal de Proce<Jlmlenl os Clvoles, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidades admlnistraUvas de los servldOJes públicos y Ja Ley Federal del Proc;edirrnento administralrw, en lo conducente Déc ima p<tme<a. Resolución de controve<•las. Para efecto de la Interpretación y c.umpl1mlento do lo ostipulodo en este inslrumento ·e1 prestador de servicios• se somete e>q:>resamente a las dcc1s1ones del Tribunal Pleno de ·1a Suprema Corte" renunclNldo e cualquier f\Jero que en razón de su dor™ciflo tenga o llegare a lener. de conlorm1dat1 con k> md1CBdo en e( articulo 11 , kacción XX. :1~ m L l!'y ~Jr9:s1·1c.·u dr.:. ?ull--::r J i.. 1J 1._ uw ue l..:t : b1J-E:, .ai.;r'...c1 r ~r1u1l(1.;jtldl.' "" 1ot tno o.q:.~04a a W illQlli<tf 1o)U(\ r\io ro q u o n n r~1M ri o "" oomu:1ho o veC;fld;:n:( l<:nf}:U• o llL""gatcn » lC11c1

EL PRESTADOR DE SERVICIOS

Page 7: !l ~ ) · En todo caso de subcontratetión, el responsable sera "El prestador de servicios· y sera • éste a Qu•enes les cubra el pago. No e1Gsllré subrogación por pano del

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUAREZ No 2 COL CENTRO OELEGACION CUAUHTEMOC. 06060. O F R F C SCJ-9502~PS

DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FISICA 16 DE SEPTIEMBRE No J8 . 6" PISO. COL CENTRO. C P 06000. MEXICO. O F TELS 41 131100 EJ<I 5305. 5722. 5321 . 5721y5304 FAX. 41131751

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DIRECCIÓN DE ALMACENES ~: 'f}J- [JfJt9 gtzJ:r~m~x~ZA09~~~i1co. º F ~, a ' . n · ·

CONTRATO SIMPLIFICADO

4515002804

EN SUS REMISIONES. FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERU DE DOCUMENTO

e( ,: Ii~~~· J1 J11

TELS 5701 2036y5763 7883 S001

I PROVEEDO~ LUNACONSTRUC~ONES ~~BREGÓN, SA DE~V~ -.-~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~, -- ·--- . ---. . -- ------------FECHA DEL DOCUMENTO FORMA DE PAGO OBSERVACIONES

0511012015 INMEDIATA R F.C. DEL PRESTADOR DE SERVICIO · -------·~- - -· -·----FECHA DE ENTREGA

30 DIAS NATURALES

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Partida

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Clave art.

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LUGAR DE ENTREGA Calle de José Maria Pino Suárez No 2 , Cuauhtemoc, 06065, MX, DF

- Cañtida-d \ Unldad) -- -· -- Descripcion - · 1 P Unitario 1 Importe Total

I Mf,SCARILLA DE GAS Y ASISTENCIA EXTERIOR EN PARALELO PARA MONITOREAR 1 . ESTA ULTIMA TAREA DESDE AFUERA, SE RECOMIE;NDA LA APUCACIÓN DE UN I EXÁMEN DE ASPIROMETRiA EN LAS PER?ONAS ENCA_RGADAS DE ESTA LABOR. PARA 1 GARANTIZAR SU INTEGRIDAD Y SALUD FISICA ADEMAS SE INCLUYE lA 1

1 REVISIÓN, DIAGNOSTICO, LIMPIEZA. REPARACION Y CAMBIO DE REFACCIONES MENORES DE LUNES DE RETENCIÓN. DEL SfSTEMA AlJlOMÁTICO. ELECTRO 1

1 NIVELES, FLOTADORES Y EN GRAL. TODOS Y CADA UNO DE LOS ELEMENTOS QUE ,, INTERVIENEN EN EL BUEN FUNCIONAMIENTO DEL EQUIPO, ESTOS TRABAJOS

¡ INCLUYEN: MATERIALES, MANO DE OBRA, EQUIPO, HERRAMIENTA. LIMPIEZA . DURANTE Y AL FINAL DE LOS TRABAJOS Y TODO LO NECESARIO PARA SU . 1 CORRECTA EJECUCION P.U.O.C.T (PZA 1 00) 1

IHS.007 MANTENIMIENTO CORRECTIVO Y PREVENTIVO A SISTEMA HIDRONEUMÁTICO, INCLUYE TANQUE DE ALMACENAMIENTO Y BOMBA ACOPLADA A MOTOR ELÉCTRICO 127/220 VOLTS, MATERIALES, MANO DE OBRA, EQUIPO Y HERRAMIENTA PU O C.T. (PZA 1.00)

·SE SUMINISTRARÁN TAPETES ANTISALPICADURAS PARA MINGITORIO MARCA WIESE P.U O.C.T. (PZA 4.00).

SE REEMPLAZARÁ El DISPOSITIVO DE ALTERNANCIA DE BOMBAS DEL SISTEMA 1 HIDRONEUMÁTICO.

1-AREA SOLICITANTE: C.C.J. CIUDAD OBREGÓN SONORA -ADMINISTRADOR DEL CONTRATO e.e J . CIUDAD OBREGÓN.SONORA -NÚMERO DE SOLICITUD: OFICIO No CCJCO:JJ5!2015

! -CENTRO GESTOR: 1109801

l. -Pc;>SICIÓN PRESUPUESTAL:351 01 -NUMERO DE COTIZACIONES: 3

_ J ESTINO C C.J . CIUOAO OBREGÓN, SONORA 1 1 CO NTINUA 1 _ _______ l - --- - --'---- - - -

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Página 4 de 5

Focha de omproS10n 05/1 OQQ· 5 11 35 59

Page 8: !l ~ ) · En todo caso de subcontratetión, el responsable sera "El prestador de servicios· y sera • éste a Qu•enes les cubra el pago. No e1Gsllré subrogación por pano del

CONTRATO SIMPLIFICADO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA (HASTA 25,000 UDIS)

DEC L ARACIONES l. L• Suprema Cone de Justicia de la Nación, en lo sucesivo "la Suprema Con• .. por conducto de su representanta para los ~fectos de es le lnsttumenlo mattifiesta que: 1.1 F.s el miuamo 6'geno depositario del Poder Judicial de la ícdcrnc1ón. en tCnmnos de lo dlspues10 en tos art1C4.Jlos 94 de la Constrtución Poli'tica do los Eslados Uni<Jos Mc)Qcanos y 1'. fracción 1. do la Ley Orgonica del Poder Judicial de la Federación 1.2 La prcst:Nf': cootralac1ón h.Je autorizada por e4 (la) li tular de la Casa de la Cullura Juriche.a en dondo habrOn de efectuarso los servicios mediBnte el procedimiento de 8dJud1cación directa (hasta 25,000 udls} de conformidad con lo p1evis10 eo el articulo 42 piir rafo autnto. dfi't Acuerdo General dt Administración W2008 del veinhcmc:o de !:1epllemb1e de do~ mil ocho, del Comilé de Gobierno y Adm1ois1ración de la Suprema, Corte de Justir.:in de la Nación pcx t9l que s.e regulan los pwceoimientos para la adquisición, adminisuación y desincorporacion de bienes y la contraloción de obras. usos y sef'Vlcios requof1dos por e5IC Tribunal 1.3 El Otrector General de lnfraestrudura fis1ca eslé facultado para suscribir el presente lnstrumenlo, de confonntdad con lo dispueslo en el artlculo 10. pi rrafo quinto d~ Acuerdo General de A drp11H!t lJdt1<m V11200!. d~l y.:-1r1t1C11)SO Slt s . .tf'h~lJ?rt d~ W·.J~. del Comité de Gobierno y Adrnntsllaci6n de la Sup1ema Corte de JustCJa de la Nación µor el que se regulan h.J> pfocedlmtentos para la adquisición, administración y des incorporación de bienes y !a conlralaclón de obf8s, usos y seMcios requeridos por este Tribunal 1.4 Para todo lo rolaclcnado con 8' presenle contra10 senala corno su do1rnciho el ubicado en la Callo de José Maria Pino Suttrez numero 2, colon ia Cenlro, delegac1éri Cuauhtémoc, código postal 06060. en la ciudad de Mihaco, Oistnto Federal 11 El prestador da aervlclos" por conducto de su repr ffentante legel m1ninast& b1}o protnta de deci r verdad que: U.1 Cuenta con personal con la suficiente e)(J>enencia y c.nlitlc.ac1ón para ejeculat los servicios: requeridos por le Suprema Cor1e, así como con los etemenlos lécnlcos y copnctdod económica necesanos para tal fin 11.2 No desempefla un empteo, cargo o comisión en el serv1c10 púbhco y cnlre SYS socios. accion¡s,1as. reprftSenlanlP.S l~ales o apoderados no se encuentran servidores públicos del JJodnr Jud1r.ial dP. la F e<1eración 11.2 No se e11cue11l ra en ninguno de loo supuestos a que so refieren los articules 48, fracclooes 1, 11 , 111, IV, V, VI, VII, VIII y X. asi como 5B fracción XVI. del Acuerdo General de Adminislración Vl/2008 11.3 Conoce y acepta su~arsc a lo previsto en el Acuerdo General de Administración V1/2008, del veinHcinco de septiembre de dos mil ocho. del Comltó de Gobierno y Administración de la Supremi:t Cone de Justicia de la Nación por ttl que H regulan los p1oc.edimic~ntos para ta adquisición, administración y deslnoorporacK>n de bienes y la conltell1dóo de obras. usos y !ervicios requeridos por esle AJlo Tnbunal IL S Pnra lodo lo relacionado con ~ presente conlralo. sel'lala como su domicilio el ubicado on la caratula del presente instrumenlo, en el apartado denominado ·Pro\leednr"' 111. La "Suprema Con•" y "El prestador de servicios" declaran q ue: 111.1 Recvnocen mutuamente la personalidad juridica con Ja quo comparecen a la celebración del presente 1nsl rumento y manifiestan que todas las comumca~ones que se rea licen entre ellas se dmgiran a los dom1c111os indicados 01'1 los an1ecede11lM 1.4 y JI 5 do este inslt\Jmento IU.2 El at.:ue1do de voluntades plasmado en esle instrumento conlractuaJ se rige por k> djspues1o en la Con.stituci6n PolitJc.a de los Estados Unidos MeJC1c.anos. en el Acuerdo General de Admmislración Vl /2008. del veinticinco de scpliembre de dos mil odlo, del Comité de Gobierno y Admmisltncl6n de la Suprema Corte de Jushc1a de la Nación y en lo no previslo en este por el CÓÓlgo c .... 1 Federal , el Código Federal de Procedimientos Civiles y la Ley Orgánica Clel Poder Jud1ael de la Federaci6o. at lenor de las r.iguienles·

C L AU S U L AS

Pnm era. Condiciones generales. ·E1 prestador de servicios· se compromere a proporc;onar el sef'llclo descr1to en la carétula del presenle instrumento y a respetar en todo momento el precio. p lazo y condiciones de pago sel'lalados en la referida catátula, durante y hasla el cumplimiento tQal del obje(o de este aCtJerdo de voluntades E l pago senalado en la presente clausula. e.ubre el IOlal del seMcJo conllalado, por lo cual ·1a Suprema Cone· no 1iene obligación de cubrir ningún importe adicK>nel Segund11. Pena convencional. En caso de incumplimiento de las obl!gacione¡ pactadas en el cnntrato. se apl lc.an\ ooa pena c.onvendonal equlvi\lente al monto que resurte de ap~car e4 10% al valor del servicio o servicios que no se hayan realizado a satisfacción de la Suprema Corte En caso de mcumphrtlfen!o en los plazos er.lablecidos en el contrato simplificado, se aplicaré una pena convencional por atrasos que le sean imputable• en la rea!tzac1ón de los servicios, equivalente al monto que re•ulle de oplic.ar el 10 lll rru llar diario a la canl1dad que importen los lrabajos no ejeculados deolro del plazo indicado en el apart&óo inci•o ~eCha de enlte¡¡a• de la carálula del conlrnto Simpliftcado y no podré e.n:eder del 10% del monlo total conl/alado. Tercera. Requisitos para realizar los pagos respectivos. Para elec1os nscales el preslador de seMclos· deber.\ presefllar la o las facturas a nombre do la · suprema Corte· según con•\a en la cédula de identificación fisClll. •"l'edoda por la Secretaria de Hacienda y Credllo Público con el Regislrn Federal de Contribuyentes SCJ9502046PS indicando el domicilio señalado eo la dcc:laración 1.4 de l?Sle lnslrumenlo y dem3! requlsilos ftsca les a que haya lugar Cuaria.. Moditici1clont1 de•••• instrumento. Las con~icion~ pacladas en~ presente instrumento podrán ser ob,elo de mod1ficacl6n en términos de lo previsto en los articulos 12. fracción X.XII . 1 •J. tracción 1 y 162 del relendo Acuerdo General Vl/2008 Quinta. Inexistencia de relación laboral. 'El prestador de servicios·. como empresario y patrón del peBonat que ocupe para la prestación de los servicios profesioM1es materia do este contrato, sera el ümco responsable de las oOl1gac1one3 denvadHs de tas d1Spos1ciones labotales y demás crdenamlcnlos en malcria do trabajo y seguridad social . por lo que responderá oe todas las reclamoclones que sus lrabajadores presentasen en su conlra o dH "la Suµ1ema Corte•, en relación con los sel'Vicios motivo de este contrato ·La Suprema Corte' e•larli !&cuitada para requenr a ·E1 preslador de servicios· los comprobenles de afihaci6n de su• lrabejadores al IMSS, asl corno los comproDantes de pago de las cuotas al SAR INFONAVIT e IMSS En caso de que olguno o algunos de los traba¡adOfes de ·e1 proslador de scNtcios·. ejeculcn o prelendon ejecutor ulguna rcclamoclón en conlrn de ·1a Suprema Cene· , "El presiador de servicios" dt:tberA reembolsas 1211 lotalidad de los gastos que ero0ue ·1a Suprema Corte•, por concepto de traslado, viélicos, hospedaje, transportación, alimontos y demás inherentes, con el fi n tJe acrttU1tar anttt la autoridad compelente que no e»ste rel&eión laboral alguna con k>s mismos y deslindar 8 ·1a Supremo Cone'" de C\Jslquler tipo de responsabilidad en ese sentido Les portes acuerdan que el Importe de loa referidos gaslos que se llegaran a ocasionar pc>q~n ser deducidos por "la Suprema Corte"' de las tai::turas que se encuentren pendientes de pa\¡lo, incJepend1cntemente de tas nccione~ legales que se pud~ran ejercer S••t.a. Subcontr.-tación. Para efeC1os de este contrato slmptificado. se en~ende por subconlralac.lón. el acto medan1e el cual ·et prestador de servicios· encomienda a otra persona, fisica o mOfal Ir.. realización parcial del objeto de é:sl!!: contrato slmpliticado Cuando el prestador de servicios o contrat1sla pretenda subcontraar. deberá comunlcar1o p reviamente y por estrilo a ·1a Suprema Corte·. la que 1amb1én por esenio re.solV91'é si acopla o rechaza la subcootratación En ningún caso se aceptaré la subcontralac1ón IOlaf de lo& servtc.1011 o traba1cs con un solo subconlratlsta En todo caso de subconltalaci6n, el r~sponsable serD "El presls dor de servic.msª y será I! éste 111 quienes les cubra el pago No e»stlrá subrogación por parte del subcontratista nj tendrá relación con ·1a Suprema Coite" Séptima. Confidencl1l ldad. la documentación que se proporcione a "El prestador de servkios• con motivo de la ~ebración de esle conlrato. e.s propiedad do '"la Suprema Corte·. por lo que ·e1 prestador de servicios·. por si o a l/avés Oo sus lrabajadores. se compromete e no divulgar a través de cualquier medio de comunicación. cualquier resultado o dalo oblenido de los servicios 0 lrabajos prestado• e la pnmera Octava. Rescisión. Queda &xpresamenle COflvenldo que ·1a Suprema Corta'" podra dar por rrsclndlcto ef presente contrato sin necesidad de que medie declaración 1ud1c1al, en caso de que -e1 rresladOf de servicios· deje de cumplir cualquiera de las obhgaciones que asume en este conlr11to por causas que le sean ¡mpulables . o bien, en caso de ser objeto de embargo , huelga estalllida, concutsa mercantil o llQlltdación Anles de declarar la rescisión. "la Supremt\ Cone· nouncarñ por escrito las causa.s respectl\las a ·El prestador de s~rv>cios"' en su domicilio se-'alado en la dedsración 11 .5 de este 1nstrumeoto, con qui<tn en el acto se encuentre. ot0<gándole un plazo de qu1nee dias hábiles para que manifieste lo que a su derecho convenga, aneJll!I la!i dcx:umen1os que e.!lune convenientes y eporte. en su cnso. las pruebas qve estime pertinenre.s. Vencido ese plazo el órgano competente de ·1a Suprema Corte• determinará sobre la procedencia de la rescisióo, lo que se comunicará a ·e1 prestador de sefV1c10s· en su domoc1~0 se<lalado en la declaración 11.6 de 1nslrumento Novena.. Del tomento a la l ransp arenc:la y de la protección de da.tos personales. Las partes estan de acuerdo en que el presente instrumento constl1uye información pUblica en términos de 10 dispuesto en los nr1iculos 1•, r y 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la lnlormación PUbl1ca Gubemamenl31. por to que las gobernados podrán realizar su consul la De conformidad con kl establecido en el articulo 71 del Acuerdo Genefal de la Comisión de Transparencia, Acceso a la lnfomiadón PUblica Gubemamenlal y Protección de Oa,os Personales l.lu 1~ Suprema Corte de .Justu:.ia de la Nación, del nueve de ¡ullo de dos mil ocho. relativo a los órganos y procedimientos para tu telar en et ~mbilo de este Tnbunal los derechos de acceso a la Información. a la privacidad y a la pro1cc:ci6'1 de datos penOflales garaoti.tados en el articulo e· Constitucional. "'E l prc!tador de servicios· se obliga a guardar S8Cfeto y a no ávulgar pOJ n11gún medio. aun elec1rónico. ni por conlerencias y/o informes los dalos personales a que tenga ac.ceso con motivo de la doc.umen1ación que m11neje o conozca al desarrollar tas ac1Mdades objelo del pre,t!nte conlralo En caso de oncumplimiento la ·suprema Corte• podni e>dgir el pago cOrT.,.ponólentc al 10% del monto letal de este lnstrumenlo. pOf con~plo de pena convencional Décima. Leglsla t lón aplicable. El acuerdo de \'Oluolaóes pno111slo en esle inslrumenlo coolraaual se nge por lo dispuesto en la coosllluclón polhica de los E5todos Unidos Mc,,cenos. ot Acuerde. Gene1•I de Aómm1>lnlción Vl/2006. del wmlicmco de Seploemt><e de dos mil ocho. del Comrté de GoDiemo y Admm1Strac1ón de la Suprema Corte de Jus~cia de la Nación y en lo no previsto en és ll< por el Código Civil federal, Códioo Federal de Procedimientos C iviles. la Ley Federal do Presupuesto y RcspoosaDllidadcs admioislralivas de los seN1dores publlros y lo Ley Federal del Procedimiento adn.;nisllal ivo. en lo conducenle. o•eima prirrutta. Recotucldn: de conttoveraia&. Para efcclo de la intcrpretactóo y cumphm1cn10 oc lo est ipulndo en este mstrvmCfl tO. ·E1 prostodor de scrncioa· su somete e¡q:>res.emente 8 las decisiones del Tribunal Pleno de ·1a Suprema Corte' renunciando a cualquier tuero que en razón de su domtellk> tenga o llegare a lener. de contormK:tad con lo Indicado en el an,oculO 11 , fracción X.X tJ'!'! 1:: l..C-)' 011::1~·:n.:b 1..lt.": Pu:J~• )1..:J!~ ld -:lr la ; t:"'J.::1~ .... 1:.'f1 r e11u\1llblt\Jü ~ll t(tf-118 ~A<-=~& a {.Uci~.Jl!.~ 1 ot1u ludO 4W t:I f Q.:~1 ae- ~" oc.·111':1110 (J Ytt:ll l!J~:l. !~l "f'ii ~O o l éij¡:sfdt 1:1 l~nt:r

L PAESTAOOR 0 ( SERVICIOS

Page 9: !l ~ ) · En todo caso de subcontratetión, el responsable sera "El prestador de servicios· y sera • éste a Qu•enes les cubra el pago. No e1Gsllré subrogación por pano del

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUAAEZ No 2 COL CENTRO DELEGACION CUAUHTEMOC. 06060, D F R F C SCJ-950204-óP5

PROVEEDOR: LUNA CONSTRUCCIONES DE OBREGÓN, SA DE C V . ... FECHA DEL DOCUMENTO

05f10(2015 T FORMA DE PAGO

INMEDIATA

DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA 16 DE SEPTIEMBRE No 38 , 6' PISO, COL CENTRO, C.P. 06000, ME.XICO. O F TELS 41131100 Ex1 5305, 5722. 5321, 572i y 53C<I FAX 41131751

DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ IGNACIO ZARAGOZA No 1340 COL JUAN ESCUTIA. C.P 09100, MEXICO. O F TELS 5701 2036 y 5763 7883

j OBSERVACIONES i R.F C. DEL PRESTADOR DE SERVICIO

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c. . 1 1,.u~J1 ~1 ~. lr~ ·,. ~ · e:~ 11fJ~9

FECHA DE ENTREGA 1 LUGAR DE ENTREGA , 30 OIAS NATURALES Calle de José María Pino Suarez No 2 ,__, C_ ua_u_h_te_m_o_c..:..._0_6_06_5..:..,_M_X..:..,_D_F ______________ _

1 Partida - - - - - -, Clave art. Cantidad Unidad Descripcion P.Unitario

-TIPO DE CONTRATACIÓN: ADJUDICACIÓN DIRECTA ¡ -CLASIFICACIÓN: MINIMA 1 -ÓRGANO Ó FUNCIONARIO QUE AUTORIZÓ LA CONTRATACIÓN: DIRECTORA DE LA ¡ CASA DE LA CULTURA JURIDICA EN CIUDAD OBREGÓN, SONORA

1

1 -FECHA DE AUTORIZACIÓN: 11 DE SEPTIEMBRE DE 2015

l -INCLUIDO EN EL PROGRAMA ANUAL DE NECESIDADES 2015: SI

~ LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN HARÁ LA RETENCIÓN DE IMPUESTOS LOCALES Y FEDERALES QUE CORRESPONDA. i ¡

1

SERVICIOS INCLUIDOS

1 MANTO HIDROSANITARIO 1

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CON~RATGS Y SFRV1C•OS Focha de 1m::re!1óo ~5! 10/20 1 S . 16 37 36

Page 10: !l ~ ) · En todo caso de subcontratetión, el responsable sera "El prestador de servicios· y sera • éste a Qu•enes les cubra el pago. No e1Gsllré subrogación por pano del

COfflRATO SIMPLIFICAOO Df PRESTACIÓN Df SfRVIOOS PARA CASA DE LA CUL l"URA JURiOICA (HASTA 25,000 UDIS)

DEC LARAC I ONES l. La Suprom1 Corte de Juollci• do la N•clón, on lo ouceslvo " la Suprema Corte" por conducto de su rei>roeentante para tos efectos de Hlo lnslrumento ma..inoeto'1ue: 1.1 Es el ma..;nio 6<gano depositario del Poder Judicial de la Federación. en términos do lo d1Spuesto en k<I artOC<Jlos 94 de la Const~uclón Polttica do los Estados Unidos Me>dcanos y 1•, 1racción 1. de 13 l ey Org6nlca del Poder Jud1c1al de la f edaración. 1.2 La pre5me con1ratad6n tue auloriz.ada por el (la) Titular de la Casa de la Cultura Juddica en doode habrán de efectuarse los s~cios medi.anle el procedimiento de adjudjcación directa (has lo 25,000 udls) de conlormdad con lo previsto en el arHculo 42 pirnro quinto. dpi Acyordo Geogral de Administración W2008 del velntlclnco de sepllembre de dos mll octio. del Comité de Gobierno y ALlmtnlsl.nlciOO de la Suprema Corte de Just icia de la N ación P°' ol quo se regulan los procodimieotos para la adquisición, admlnlstraclón y desinccxporacióo de bienes y la conlratadón de obr21s, usos y servicios requeridos por es1e Tnbunal 1.J El Oued.or G80etal de lotraostruci.uro Fi9ica está facul\ado para suscribir el presenle Instrumento. de confonn1dad con lo dispuesto en e l art(culo 10 pirrafo quinto. det Acuerdo General de Admlnlstr~c;ión VU200S. dt! yefoUc;inco de awtlwnb<e dt dot mj! ocho. del Comité de Gobierno y Administración de la Suprlffi\8 Corte de Juste.a de h1 Nación por el que se regulan los procedirnientos para la adquisk:;ión. administración y desincorporaetón de bleoes y la c.ontratzt(:ion de obras, usos y servittos requeridos por este Tnbunal 1.4 P..-a lodo lo relacionado con el presento contrato senala conio su domicilio ol IA>icado en le Calle d<I José Maria Pino Suarez numero 2, coloola Centro. deleg•clón Cuauhlemoc. codlgo postal 06060, en la ciudad de Mé¡cjco, Dist rito Federal 11 El prestodor do servicias" por conducto do su repr .. entanle l~al m1nifiHt1 bajo pro1 .. 11 dt dKir verdad que: 11.1 Cuenta con pe~onal con la suficienle expenenc.ia y c.alifteac16n para ejeo.i'ar los servicios requeridos por la Suprema Corte. asi como con los e4emento5 técnicos y capacidad económica 11ece5anos para tal fin 11.2 No desempelia un empleo, cargo o comisión en el seMc10 pUblico y entre sus wc:ios, accionislas, ropresenlantes legales o apoderados no se eocuenlrnn servidoces púbUcos del Poder Judicial de la Federación 11.2 No ~e encoenl.r.:l en ninguno d& los supuestos a que se 1etieren los articulas 48, fracc.lonos l. U, 111. IV. V. \11 . VII . V'UI y X. asl como 58 fraccK>n XVI, del Acuerdo G~nera/ de Adm1nislrao6n Vll200G 11.3 Conoce y acepta sujetarn •la previsto en el Acuerdo General Oe AOm1nistraclón Vl/2006, del volnhcinco Oe soptlembra de dos mil ocho, del Camilé de Gobierno y AOmnlstradón de la Suprema Coite de Jusltc.ia de la Nación por el que so regulan los procedimientos para la &dqulsJceón, administración y desincorporación de bienes y la tonlriltac:ión de obras, usos y s~c;ios roqueridos por 05\e Alto TnbunlM 11 .5 Para todo lo relacionado con el prcsenlo conlralo. so~ala como su domtclho el ubicado en: la carl!lule del presente instrumcnl o, en et apenado denominado "Provoe<lor" 111. La "Suprema Corte" y " El prestador de urvtcios" declaran q ue: 111.1 Reconocen mutuemente la persooahdad iuridic:a con la que c.omparecen a la celebración dol presente Instrumento y menifteslan que todas las comunicaciones que se realicen enlre ellas se d1ngiran a los domicilios indicados en los antecedentes 1.4 y 11.5 de esto lnSlrumcnta 111.2 El ar:.ueroo de voluntades plasmado en este instrumento contractual se nge por O dispuesto en la Const.itUClón Poli1ica de los Estados Unidos MoJdcanos. en el A.cuetdo General de Admm1straaoo Vl/2008. del vetnllcinco de septiembre de oos n"il oc/\o, d el Comité de Gobierno y Adm•nistración de l a Sup<ema Corte de Juotlcia de la Nación y en lo no prevts10 eo este por el Código Civil Federal , el Código Feder8' de Procedimientos Civiles y la Ley OrgÁnica del Poder Judicial de la Federación, al tener de las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Condiciones generales. "El prest8d0< de servicios· se ComPfomele a proporcionar el ser.icio descrito eo la caratula del presenl e instrumento y a respetar en todo rnomento et precio. pla•o y conOiciones de pago se~alados en la referida carátula, durante y hnsta el cumplimiento taal del objeto oe este acuerdo de voluntades El pago señalado en la presente c lausula. cubre et tOCal del servicio conlratado. por lo cual ·1a Suprema Corte· no tiene obligación de cubrir n lngun Importe adicional Segunda. Pen1 convenclonal. En e.aso de 1nc:wnr·.,ncran dr. w~ c:t:HtnFJ;:mnr.~ pactadas en eJ contrato, se spfieer4 una pena convencion8' equivalente al monto que resutte de npllcat el 10'% al vnlor del sl:!tvtcio o ~etvicios que no se hayan realiiado a satisracción de fa Suprema Cor1o En caso de mcymQf1miento en los p lazos establecidos en el cootrato simplificado. se aplicará uno pena convencional por atrasos que le sean Imputables en le reaHzacióo do los servicios. equivalente al monto que 1esulle de aplicar el tO al millar diario a la cantidad que lmporte<l los trabajos no ejewta<!os dentro del plazo Indicado en el apanado inciso "fecha de en1re<,¡a" de la casátula del Contrato Slmplikado y no podrll ext:eder del 10% del monto total contmtada Tercera. Requisitos pua realtzar 101 pagos respec:tJvos. Para efectos lscaes ~I prestador de servicios" deber.! presentaJ la o las facturas a nombre de la ~suprema Corte• según consta en la cédula de identificación nscal, e:iiiedida por la Secretarla de Hacienda y Crédito P\Jblico con el Registro Federal do Coolnbuyentes SCJ9502040P5 indicando et domiciio se•'latado en la declaración 1 4 de este Instrumento y demás requisito:s tis.cales a que haya lugar Cu•rta. Modlftcaciones do oste instrumento. Las cond1e1011es pactadas en .. presente instrumento podnln ser objeto de modlncación on términos de lo previsto en los aniculos 12. fracción xx11· 143, f1acciór1 t y 162 del roforldo Acuerdo General Vl/2008 Quinta. Inexistencia de relación laboral. "El preS1ador de servicios· . cooio empresario y patrón del peBonal quo ocupe para la prestación de los servicios profesionales materia de esle controlo. senl el ún1co responseble de las obliyac1ones de1ivad8S de las disposiciones laborales y domas ordenamientos en materia de 1raba)o y seguridad •acial. pa< lo qua responderá de lodos l• s reclamadone9 que sus treb&J&dores presen tasen en su cuntra o de ~1a Suprema Cotto·, en relación COI\ los servicios motivo de csle contrato. "La Suprema Corta• estará facuhada p•ra requerir a "El pres tada< de servidos" los aimprobantes de aftllaciOn de sus trabajadores al IMSS, asl como lo• comprobanles de pago de tas cuotas al SAR, INfONAVlT o IMSS. En caso de que alguno o algunos de los trabajadores do "El prestadOf" de servic ios", e}ectJten o pretendan ejecular alguna reclnm&elón en contra de ·1a Suprema Cone". "El prestador de servicios deberá reembolsar la totalidad de los gastos que erogue · 1a Suprema Corte•, por concaplo de traslado. viáticos. hospedaje. transportación. alimentos y demols Inherentes. con el ~n de acreditar ante la autoridad competenle que na e>Ciste relación labon1l alguna con los mismos y deslindar a ·11!1 Suprema Corte• de cualquier tipo de responsab1IKtad en ese senhdo las pilnes acuerdan que el 1mp0f1e de los referidos gaslos que se llegaran a ocasionar podrén ser deducidos por ·1a Suprema Cone~ de las hldures que se enaJentren pendientes de pagc ;ndcpcndientementc de las acciones legales que se pudieran ejercer. Serta. Subcontrataclón. Para electos de este contrato simplificado. se enUende por aubcontralación. el acto mediante el cual 'El preslad0< de servicios· encomienda a otra PC<Sona. fis ica o moral la reati.1:ación parcial del objelo de éste contrato simplificado Cuando el prestadOJ de servicios o cootra:l:lsla pretenda subconlratar, deberá comunicarlo pre!Jiamente y por escrito a ·ta Suprema Corte·, la que tambiCn por escrito rMolvera si acepta a rechaZa la subcontratact6n En ningún caso se aceptar6 la subcontral8Clón toe.al de los servicios o tsebaps con un solo submntratisla En todo caso de subco11tretación. d responsablo sera '"El prcslad0< de servidos .. y .sera a este a quienes le5 cubra el pago No e>dstlr.i subrogación por parte del s1..1bcon1ra1Js1a ni tendrá relación ton ·1a Suprema Conc· Séptim• . Confidencl•l idad. La docurnentaclón que se proporcione o ' El prestador de servicios• con moüvo de le celebfoción de este conlrato. es propiedad de "la Suprema Corte•, por lo que "El prestador de servidos· . Por si o e través de sus trabaiadores, se compromete a no diw!gar a lravés de cuaJqulor medio do COO'lunicación, cualqu10< rcsunado o da\o obtenido de los .1ervic1os o lraba;:>S prestados a la primera Octava. Rescis~n. Queda ei:p<Csamcntc conveoldo que ·1a S1..1prema Corte• podrá dar por resclncldo el presente contrato sin necesidad de que medie declaración judicial. en coso de que ·e1 prestada de Set'l'cios" deje de c.umplir cualquiera de las obtigaciones que asume en este contrato por causas que le sean imputables. o bien. en caso de ser objeto do embargo, huelga estallada, concurso mercanhl o liqu1dac16n Antes de declarar la rescisión. "le Suprema Corte" notiftc.ará por escrito las causas respectivas a ·e1 prestador de sef'Yicios• en su domicilio se"alado en la declaración 11.5 de este Mlstrumenlo, con quien en el acto se encuentre. ctorgando~ un plazo de quince días hábiles peflJ que manifieste lo que a su derecho convenga. anexe k>s documentos que estJme convenientes y apol"le, eo su caso. las pruebas que estime per1tnentes Vencido ese plazo el órgano compelente de •ta Suprema Corte• deteoninará sobre la procedtmeta de la rescisión, lo que se comunk:ara a ·e1 preslador de seMC:ics· en su domicilio se~atado "" la dectaraciOn 11.5 de Instrumento Novena. Del fomento a la tr1nspannct1 y de la protección de d alos per 50naJe1. Las partes están de acuerna en que el presente inslrumento constttuye Información pública en térrnít10:1 de kJ d ispuesto en los o~iculos 1•, 7' y 4Z de la Ley Federal de Transparencia y Aa:eso a la lnfO<TT1oción Pública GubernamentlM. por lo que los gobernados podrén reali zar su consulla De conformidad con lo establecido en el articulo 71 del Acuerdo General de la Comisión oe Transparencia. Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Pef'>onales de la Suprema Cene de Justicia de In Nación. del nueYe de julio de dos n"il ocho. relativo a los 6<g"'1os y procedin"ientos para tutelar en el arrbilo de este Tribunal los derechos de acc"'o a la Información. a la prtvacidad y a la protección de dnlos pet30f'u1les garantizados en e4 articulo a· Constitucional, ºE' preslador de servicios• se obltga a gua<dar secreto y a no dwlgar por ninuün medio, aun elec.l rórnco, n1 por conterenuas y/o informes kls datos personaJcs a que tenga acceso con motivo de la documentación que maneje o conozca al des01rrollar las acU~dades objeto del p<esentc conlralo En caso de lncumphmlenlo la ·suprema Corte• podrá eJág1r el pago correspondienle al 10% del monto total Oe este instrumento, por cooceplo oe pena conYenciooal. D•cime. Leglsl1clón aplicable. El aCtJerdo de 110lunludes previs to co os te instrumento contraClual so rige por lo dlspues1o en la consliwdón poHtlca de los E!tados Unidos Mc>dcanos. el Acuerdo General de Adn• nisllsción \1112008, del veinticinco de Septiembre de dos mil ocho, d~ Comrte de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la NaCJón y en lo no previsto en éste por el Código Civil Federal, Código Federal do Procedimientos Civiles. la Ley Fede<al de Presupuesto y Responsabilidades aon"inistrahvas Oe los servioores públicos y la Ley Federal del Procedinvenlo adrrinistsativo, en lo c.ooducente Oíelma prtmeta. Res~uclón d• controver5l,,.5, Para efecto da la intorprotac1ón y cuniplirriento de lo estipulado eo este instrumento, ºEl prestador de sen,,cios· se sornote o.wprosomento a IDS decisiones del Tribunal Pleno de ·1a Suprema Cortoº renunciando a cualquler fuero que en razón de 5U domlc:1ho tengn o llegare a tener. de cooformtded con lo 1nd1cado en ef articulo 11, tracción XX, de la Ley Orgé"ica d~ Poder JudiciaJ do la Fe<ieradón renunciando en forma e>:presa a cualquier otro fuero que en razón de su domicilio o vecindad. longan o llagaren a lene<

Las partes acuerdnn que cualquier nollhcactón que tengan que realizarse de una panc a ocra. se reali · tlio que ha ser.alado en las deciarack>ncs 1.4 y 11.5 de este 1nslnlmcn10

RECEPCIÓ N Y CONFORMIDAD DEL PRESENTE CONTRA PRESTADOR DE SERVICIOS

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Page 11: !l ~ ) · En todo caso de subcontratetión, el responsable sera "El prestador de servicios· y sera • éste a Qu•enes les cubra el pago. No e1Gsllré subrogación por pano del

"En términos de lo previsto en los artículos 111, 116 y 120, primer párrafo de la Ley General de

Transparencia y Acceso a la Información Pública; 113, fracción 1 y el Capítulo IV del Título Cuarto, de

la Ley Federa l de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en esta versión púb lica se suprime

la información considerada legalmente como confidencial que encuadra en esos supuestos

normativos."

" Este documento es parte integrante de la versión pública del Contrato Simplificado relativo al

contrato por Adjudicación Directa número 4515002804 correspondiente al mantenimiento

preventivo y correctivo hidrosa nitario 2015"