jurisdiccion 3

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trabajo de investigación sobre los errores jurisdiccionales de las altas cortes en una jursiprudencia

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Page 1: Jurisdiccion 3

PROYECTO

DAIRO FERNEY GOMEZUNIVERSIDAD LA GRAN COLOMBIA

Page 2: Jurisdiccion 3

ERRORES

JURISDICCIONALES

DEL ESTADO

EN UNA SENTENCIA

Page 3: Jurisdiccion 3

PROBLEMA DE

INVESTIGACION Las autoridades que despliegan justicia,

facultados según el artículo 228 de la Carta Magna, pero que en ejercicio de

su función jurisdiccional profieren fallos injustos “errores Jurisdiccionales”, afectando la persona

sometida al imperio de la ley, causándole perjuicios morales y materiales.

Page 4: Jurisdiccion 3

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

La Carta magna reviste a las autoridades para administrar justicia en nombre del pueblo de Colombia, pero como aquellos en quienes recaen tal responsabilidad son personas, no están exentos de equivocaciones a la hora de tomar decisiones junciales, decisiones que, afectan la vida en sociedad de los administrados sometidos al sistema de justicia, en cuyos casos confluyen un sin fin de factores, como son: el defectuoso funcionamiento de la administración de justicia, falla de la administración de justicia, retardo en la prestación del servicio de justicia, privación injusta de la libertad.

Page 5: Jurisdiccion 3

¿Cuáles son los mecanismos existentes en el ordenamiento colombiano que, protegen a los administrados contra los errores judiciales. Y su carácter indemnizatorio para resarcir los daños ocasionados por sentencias leoninas?.

FORMULACION

DEL

PROBLEMA

Page 6: Jurisdiccion 3

HIPOTESIS

La existencia de mecanismos Constitucionales no es suficiente para resarcir los daños ocasionas al administrado debido

al error jurisdiccional de los operadores judiciales. Puesto que, la corrupción, movimientos

procesales, retardos injustificados, entorpecen el normal funcionamiento de la justicia, de igual forma la falta de compromiso

y la total irresponsabilidad del manejo de vidas humanas de los funcionarios judiciales al desplegar la facultad jurisdiccional.

Page 7: Jurisdiccion 3

OBJETIVO

Analizar el alcance vinculante del precedente del Consejo de Estado y la Corte Constitucional en la protección jurídica

frente al error jurisdiccional al vulnerar derechos fundamentales de los administrados, entre los que

encontramos; el de la dignidad humana de cara a la libertad del individuo.

Page 8: Jurisdiccion 3

OBJETIVOS ESPECIFICOS

•Identificar los mecanismos o herramientas Constitucionales y legales que tienen los administrados cuando han sido

soslayados en sus derechos fundamentales, en ejercicio de una actividad jurisdiccional.

• Determinar la responsabilidad de los operadores judiciales frente a los daños antijurídicos causados a los administrados al proferir

sentencias injustas.

•Analizar los daños causados a los administrados por las equivocaciones de los funcionarios de la justicia al expedir fallos

contrarios a la realidad de la responsabilidad del sujeto activo.

Page 9: Jurisdiccion 3

ANTECEDENTES

La responsabilidad del Estado Colombiano antes de la constitución de 1991,

carecía de mecanismos o principio general de responsabilidad extracontractual

del Estado en la Constitución de 1886 como también en la ley, es por lo

anterior que, la jurisprudencia desarrolla dicho instituto de responsabilidad

del Estado a cargo de la Corte Suprema de Justicia, como también por el

Consejo de Estado apoyándose en principios constitucionales, en normas especiales

que consagraban de manera muy aislados algunos sucesos de responsabilidad

extracontractual de la administración del orden público, el código Civil, pero

más concretamente la doctrina de la Jurisprudencia Francesa,

fueron los artífices de limitarlo, instituyendo sus fundamentos y

especificando los requisitos para su proceder etc., abriendo paso

a la vigencia de dicha figura.

Page 10: Jurisdiccion 3

MARCO TEORICO

La responsabilidad patrimonial del estado por las acciones u omisiones de sus agentes judiciales que se

predica es institucional y no personal, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 90

de la Constitución Política, toda vez que se genera por la configuración de un daño antijurídico proveniente de una acción u

omisión de la autoridad pública, que debe ser asumido por el Estado como ente, y no por el funcionario con

cuya conducta se produjo el perjuicio.

Page 11: Jurisdiccion 3

MARCO CONCEPTUALError Jurisdiccional

Facultad Jurisdiccional

Jurisdicción

Administración de Justicia.

Justicia.

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MARCO JURIDICO

Constitución Política de Colombia 1991.

LEY 270 DE 1996 Modificada por la ley 1285 de 2009

LEY 446 DE 1998 PARTE II. DE LA EFICIENCIA EN LA JUSTICIA

LEY 734 DE 2002LIBRO I PARTE GENERAL

JURISPRUDENCIA

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VIDEO

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GRACIAS