jurado de conciencia

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Jennifer Mossack El Jurado de Conciencia: Una Comparación entre el Sistema de Derecho Civil y de “Common “Law El jurado de Conciencia en derecho panameño tiene su origen en el derecho español 1 y se encuentra regido por el Código Judicial de Panamá dentro de los artículos 2316 a 2392. Un doctrinista ha definido el Jurado de Conciencia como “la reunión o junta de ciudadanos que sin tener carácter público de magistrados son elegidos por sorteo y llamados ante el tribunal o juez de derecho para declarar según su conciencia si un hecho está o no justificado, a fin de que aquél pronuncie su sentencia de absolución o condenación y aplique en este caso la pena con arreglo a las leyes.” 2 En otras palabras, el Jurado de Conciencia tiene el trabajo difícil de decidir si un imputado está culpable de un crimen, en base a su conciencia y de ahí proviene el nombre “jurado de conciencia.” En este ensayo vamos a realizar una comparación entre la legislación panameña, como Derecho Civil, y la legislación del estado de Massachusetts de los Estados Unidos de América como lugar donde rige el “Common Law.” Hay varias diferencias entre los dos sistemas de Panamá y Massachusetts pero los más atenuados, en mi opinión, son las exenciones bajo la ley panameña para servir en el jurado de conciencia, el voto por mayoría en el derecho panameño, el uso del jurado de conciencia en los casos penales y la edad como requisito de servir en el jurado de conciencia. Cuando estudiamos las exenciones para servir como jurado, bajo la ley panameña como sistema de Derecho Civil, podemos referirnos al Artículo 2323 del Código Judicial que tiene una larga lista de personas exentos de servir como los miembros de la Asamblea Legislativa, los ministros de los cultos religiosos, los 1 González Herrera, Alberto H., “El Jurado de Conciencia en Panamá”, en Cuadernos Panameños de Criminología, Universidad de Panamá, 2000. 2 González Herrera, Alberto H., “El Jurado de Conciencia en Panamá”, en Cuadernos Panameños de Criminología, Universidad de Panamá, 2000.

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Page 1: Jurado de Conciencia

Jennifer Mossack

El Jurado de Conciencia: Una Comparación entre el Sistema de Derecho

Civil y de “Common “Law

El jurado de Conciencia en derecho panameño tiene su origen en el

derecho español1 y se encuentra regido por el Código Judicial de Panamá dentro

de los artículos 2316 a 2392. Un doctrinista ha definido el Jurado de Conciencia

como “la reunión o junta de ciudadanos que sin tener carácter público de

magistrados son elegidos por sorteo y llamados ante el tribunal o juez de derecho

para declarar según su conciencia si un hecho está o no justificado, a fin de que

aquél pronuncie su sentencia de absolución o condenación y aplique en este caso

la pena con arreglo a las leyes.”2 En otras palabras, el Jurado de Conciencia tiene

el trabajo difícil de decidir si un imputado está culpable de un crimen, en base a su

conciencia y de ahí proviene el nombre “jurado de conciencia.” En este ensayo

vamos a realizar una comparación entre la legislación panameña, como Derecho

Civil, y la legislación del estado de Massachusetts de los Estados Unidos de

América como lugar donde rige el “Common Law.” Hay varias diferencias entre

los dos sistemas de Panamá y Massachusetts pero los más atenuados, en mi

opinión, son las exenciones bajo la ley panameña para servir en el jurado de

conciencia, el voto por mayoría en el derecho panameño, el uso del jurado de

conciencia en los casos penales y la edad como requisito de servir en el jurado de

conciencia.

Cuando estudiamos las exenciones para servir como jurado, bajo la ley

panameña como sistema de Derecho Civil, podemos referirnos al Artículo 2323 del

Código Judicial que tiene una larga lista de personas exentos de servir como los

miembros de la Asamblea Legislativa, los ministros de los cultos religiosos, los

1 González Herrera, Alberto H., “El Jurado de Conciencia en Panamá”, en Cuadernos Panameños de Criminología, Universidad de Panamá, 2000. 2 González Herrera, Alberto H., “El Jurado de Conciencia en Panamá”, en Cuadernos Panameños de Criminología, Universidad de Panamá, 2000.

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militares en servicio activo, los empleados de los hospitales, los abogados,

médicos, dentistas y cajeros de los bancos etc. Esto lo podemos comparar con

ley de Massachusetts de los Estados Unidos de América, como sistema de

“Common Law” porque en Massachusetts, nadie se encuentra exento de servir en

el jurado de consciencia debido a su ocupación o profesión. En mi opinión, el

sistema de Massachusetts es mejor porque al limitar el jurado de conciencia en

Panamá, a personas que no son, en su mayoría, profesionales e incluso,

abogados y estudiantes de derecho, se baja el nivel educativo de los miembros del

jurado. Por otro lado, yo me siento ofendida que no puedo ser parte del jurado de

conciencia en Panamá por el simple hecho que soy abogada. Este limitante en el

derecho Panameño pone el futuro y las vidas de los imputados en las manos de

personas que tienen un nivel educativo inferior y por ende pueden llegar a

conclusiones que no son adecuadas porque no tienen experiencia y exposición al

mundo literario y educativo y pueden tener los abogados, médicos y dentistas por

ejemplo. Ahora bien, dicho esto, también digo que esto es una generalización por

mi parte y puede ser que haya algunas personas que aunque no hayan atendido la

universidad (como mis abuelos por los dos lados) tienen educación por motivación

propia y sepan más que un abogado por leer más libros. Pero en general, si creo

que excluir a abogados, médicos, dentistas, cajeros, etc., puede afectar el nivel

educativo del jurado de conciencia y por ende afectar las mismas vidas de los

imputados que son arrestados por crímenes de homicidio.

Además de las exenciones bajo la ley panameña, el voto por mayoría del

jurado de conciencia, de acuerdo al Artículo 2384 del Código Judicial es muy

diferente al sistema de “Common Law” que se encuentra en el estado de

Massachusetts y por todo los Estados Unidos de América. El Artículo 2384 del

Código Judicial de Panamá indica que “Los jurados adoptarán sus decisiones por

mayoría de votos” cual indica que la decisión de los jurados de la culpabilidad de

los imputados se decida por mayoría. Esto es muy diferente al sistema de

“Common Law” en los Estados Unidos porque ahí se necesita siempre la

unanimidad del jurado de conciencia para dar un veredicto, sea absolutoria o

condenatoria. Yo siento que se debe tener unanimidad en el jurado de conciencia

Page 3: Jurado de Conciencia

porque los crímenes decididos por los jurados en Panamá son sobre el material

penal de homicidio y estos temas son bastante serios, tanto para el imputado que

para las víctimas y se debe tener un voto de 100% del jurado. La naturaleza del

crimen de homicidio, en mi opinión, es demasiado delicado para dejar que un

jurado de conciencia tenga un voto por simple mayoría para decidir el futuro de un

imputado y el efecto para las víctimas. Nosotros podemos ver casos muy

importantes penales que se han dado en los Estados Unidos de América como el

caso de O.J. Simpson, el caso de Trayvon Martin, el caso de Mary Winkler y el

caso de Casey Anthony cuales se han decidido por jurados de conciencia, por

unanimidad, y aun así han sido controversiales para la cultura norteamericana. No

me puedo imaginar la controversia y las huelgas y demostraciones que hubieron

pasado si estos casos se hubieran decidido por simple mayoría en vez de

unanimidad. Por ejemplo, en el caso de Casey Anthony que es un caso reciente,

Casey Anthony es una mujer que fue acusada del homicidio de su hija de tres (3)

años. Hubo mucha evidencia que expuso la fiscalía que Casey Anthony mató a su

hija por el hecho que la hija despareció y Casey Anthony siguió a ir a bares y

discotecas para beber y festejar aunque no había visto su hija en varias semanas.

Al final, el asunto fue ventilado ante un jurado de conciencia que decidió que

Casey Anthony era inocente y ahora está libre. Hubo muchas protestas por el

veredicto de Casey Anthony pero el hecho de que el jurado voto por unanimidad

ayudó a que el público aceptara el veredicto.

Por otro lado, los casos criminales que se deciden por jurado de conciencia

en el sistema de “Common Law” tiene cierto modo de protección para los

miembros del jurado ya que son esforzados a votar de una u otra manera y la

votación es unánime entre todos. Es difícil que haya repercusiones para ciertos

miembros del jurado de conciencia cuando todos votan con unanimidad porque

hay cierta cohesión entre los miembros y es difícil que la familia del imputado o de

la víctima pueda hacerles daño a los miembros del jurado. Mientras que en

sistema Panameño de Derecho Civil cuando se vota por mayoría en los casos

penales, es más fácil que la familia o amigos del imputado o familia o amigos de la

víctima persiguen a los miembros del jurado porque hay maneras ilegales de

Page 4: Jurado de Conciencia

saber cómo votaron cada miembro del jurado y por ende tenerle algún tipo de

venganza. En mi opinión, hubiera mucho más protección para los miembros del

jurado en Panamá, si tuvieran que votar por unanimidad como en el sistema de

“Common Law” de los Estados Unidos.

Siguiendo el pensamiento de la naturaleza delicada de los homicidios, el

uso del jurado de conciencia en los casos penales en Panamá, como Derecho

Civil, es muy diferente al sistema de “Common Law” en Massachusetts y los

Estados Unidos de América porque allí se utilizan los jurados de conciencia para

temas no solo penales pero para el ámbito civil también. Probablemente esto ya

sea de conocimiento de los lectores de este ensayo por las programas de

televisión como “Ally McBeal”, “Franklin & Bash”, “Drop Dead Diva” etc. En

Panamá, de acuerdo al Artículo 2316 del Código Judicial, “Serán juzgados por

jurados de conciencia los procesos por delitos que conocen los Tribunales

Superiores de Distrito Judicial en primera instancia y que se enumeran a

continuación: 1. Homicidio doloso . . .; 2. Aborto provocado por medios dolosos

cuando, por consecuencia de éste o de los medios usados para provocarlo,

sobreviene la muerte de la mujer; 3. Delitos que implican un peligro común

cuando, por consecuencia de éstos, resulta la muerte de alguien . . .; 4. Delitos

contra la seguridad de los medios de transporte o de comunicación cuando

sobreviene la muerte de alguien . . .; 5. Delitos contra la salud pública cuando,

por consecuencia de estos, sobreviene la muerte de alguien . . .” En los

Estados Unidos, como sistema de “Common Law”, todos los casos civiles

(además de los casos penales) se pueden ventilar ante un jurado de conciencia a

menos que las partes acuerden que sea solo ante el juez o la cantidad de la

demanda (en casos civiles) no sea suficientemente alta para calificar para el

jurado de conciencia en cuyo caso, la materia se vea ante el “Small Claims Court”

o juzgado de menor cuantía. Pienso que hay ventajas de que el jurado de

conciencia solo sea utilizado para casos penales porque puede ayudar a que los

costos del mismo país o estado, sean más bajos porque cuesta más dinero

cuando se involucran los jurados. Pero a la misma vez, pienso que hay muchas

ventajas para las personas proponiendo casos civiles, si se puede involucrar

Page 5: Jurado de Conciencia

jurados de conciencia porque esto ayuda a que haya menos corrupción en los

casos civiles. Ahora en Panamá, se ha encontrado en el pasado, casos de

corrupción donde la parte demandante o demandado, le ofrece una coima al juez,

y el juez puede basar su decisión no en derecho pero en la coima que recibió.

Cuando se introduzca el elemento del jurado de conciencia en los casos civiles,

los jueces ya no pueden ser influidos por coimas o por temas de política, tendrían

que implementar la decisión del jurado de conciencia. Entonces, en mi opinión,

creo que Panamá debería implementar el jurado de conciencia para todos los

casos cual ayudaría con la transparencia de nuestro sistema de derecho.

La edad como requisito de servir en el jurado de conciencia en Panamá,

como Derecho Civil, es de veintiún años a sesenta años de acuerdo al Artículo

2320 del Código Judicial mientras en Massachusetts, U.S.A, como sistema de

“Common Law” la edad para servir como miembro del jurado de conciencia es de

dieciocho años a setenta años. Pienso que eso es una gran diferencia, la edad de

los que pueden servir como jurados en el jurado de conciencia porque al reducir la

edad de veintiún a sesenta años, se reduce la cantidad de personas elegibles y

disponibles para tener este trabajo. Es un poco contradictorio que las personas

pueden votar y beber alcohol en Panamá a los dieciocho años pero no pueden ser

miembros de un jurado de conciencia. Además, de una vista práctica, el gobierno

panameño se puede beneficiar si amplían la edad de servir en el jurado de

conciencia porque así tendrían más candidatos para cumplir con este trabajo.

Entonces, estoy de la opinión que Panamá debería cambiar la edad para servir

como miembro de un jurado de conciencia de veintiún a sesenta años a la nueva

categoría de dieciocho a setenta años como práctica seguida en Massachusetts

como área de “Common Law.”

En síntesis, hay muchas diferencias con el tema del jurado de conciencia en

Panamá que es un sistema regido por el Derecho Civil y Massachusetts y los

Estados Unidos que sigue el sistema de “Common Law.” Es importante comparar

estas diferencias para ver si se puede realizar cambios a nuestro sistema del

jurado de conciencia para mejorarlo. Pienso que se deben hacer ciertos ajustes

Page 6: Jurado de Conciencia

para el jurado de conciencia en Panamá, como no eximir a nadie a ser parte del

jurado debido a su profesión, tener unanimidad en las decisiones del jurado,

implementar el jurado de conciencia en temas civiles tanto como penales en

Panamá y ampliar la edad como requisito de ser parte del jurado de conciencia.

Bibliografía

1. González Herrera, Alberto H., “El Jurado de Conciencia en Panamá”, en

Cuadernos Panameños de Criminología, Universidad de Panamá, 2000.

2. Código Judicial de la República de Panamá, Editorial Mizrachi & Pujol, S.A.,

Panamá, 2012.