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1 Junta Gobierno 20/02/2018 JUNTA DE GOBIERNO LOCAL SESION ORDINARIA DIA 20/02/2018 ALCALDESA Dª. Arantza Baigorri Belaza CONCEJALAS Y CONCEJAL Dª. Carmen Sampedro D. Aitor Lopez Dª. Jasone Urizar SECRETARIA Dña. Inmaculada Echeandia En la Alcaldía de la Casa Consistorial, a veinte de febrero de dos mil dieciocho, y siendo las ocho horas, se constituyó la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria, presidida por la Sra. Alcaldesa-Presidenta Dª Arantza Baigorri Belaza y la asistencia de las concejalas y concejal arriba reseñadas y de mí la Secretaria de la Corporación que da fe del acto. Declarado abierto el mismo, por la Sra. Alcaldesa-Presidenta se procedió a dar comienzo a la sesión ordinaria de acuerdo con el orden del día establecido para tal fin y que es como a continuación se detalla: 31.-APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN DE FECHA 6 DE FEBRERO DE 2018 Sometido a votación el borrador del acta de la sesión de fecha 6 de febrero de 2018, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los miembros presentes, acuerda aprobar el borrador del acta anteriormente indicada en sus propios términos. 32.-RELACIÓN DE CRÉDITOS Y FACTURAS Por la Sra. Alcaldesa-Presidenta de la Corporación se da cuenta de las facturas presentadas por Intervención, las cuales a propuesta de la Sra. Alcaldesa-Presidenta fueron aprobadas en su totalidad y que desglosadas son del detalle siguiente: Sendo, S.L., por inventario de caminos públicos 2ª certificación………………………………….. 6.050,00 € Tratamientos antideslizantes Ziur, S.L., por tratamiento antideslizante realizado sobre pavimento de baldosa hidráulica y piedra caliza ( Zubiaurre y Zaldusolo)por importe de …………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… 4.758,93 €

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Junta Gobierno 20/02/2018

JUNTA DE GOBIERNO LOCAL SESION ORDINARIA DIA 20/02/2018 ALCALDESA Dª. Arantza Baigorri Belaza

CONCEJALAS Y CONCEJAL Dª. Carmen Sampedro D. Aitor Lopez Dª. Jasone Urizar

SECRETARIA

Dña. Inmaculada Echeandia

En la Alcaldía de la Casa Consistorial, a veinte de febrero de dos mil dieciocho, y siendo las

ocho horas, se constituyó la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria, presidida por la Sra.

Alcaldesa-Presidenta Dª Arantza Baigorri Belaza y la asistencia de las concejalas y concejal

arriba reseñadas y de mí la Secretaria de la Corporación que da fe del acto.

Declarado abierto el mismo, por la Sra. Alcaldesa-Presidenta se procedió a dar comienzo a la sesión ordinaria de acuerdo con el orden del día establecido para tal fin y que es como a continuación se detalla:

31.-APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN DE FECHA 6

DE FEBRERO DE 2018

Sometido a votación el borrador del acta de la sesión de fecha 6 de febrero de 2018, la

Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los miembros presentes, acuerda aprobar el

borrador del acta anteriormente indicada en sus propios términos.

32.-RELACIÓN DE CRÉDITOS Y FACTURAS

Por la Sra. Alcaldesa-Presidenta de la Corporación se da cuenta de las facturas

presentadas por Intervención, las cuales a propuesta de la Sra. Alcaldesa-Presidenta fueron

aprobadas en su totalidad y que desglosadas son del detalle siguiente:

Sendo, S.L., por inventario de caminos públicos 2ª certificación………………………………….. 6.050,00 €

Tratamientos antideslizantes Ziur, S.L., por tratamiento antideslizante realizado sobre

pavimento de baldosa hidráulica y piedra caliza ( Zubiaurre y Zaldusolo)por importe de

…………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… 4.758,93 €

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Junta Gobierno 20/02/2018

33. -EXPEDIENTES DE ACTIVIDAD

Vista la comunicación previa y declaración responsable de la actividad que presenta D. Sebastián De Agra Barreira en representación de Sedeloto, S.L. con fecha de 1 de febrero de 2018, para el ejercicio de la actividad de local de alterne “Cabaret Stress” en un local situado en el polígono Ibur-Erreka de Zaldibar.

Considerando la potestad de intervención que se reconoce a las entidades locales con posterioridad al inicio de la actividad, a efectos de verificar el cumplimiento de la normativa reguladora de la misma ( art. 84.1.d) de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículo 69.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas). Y a propuesta de la Sra. Alcaldesa-Presidenta, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los miembros presentes, acuerda: Primero.- Tomar razón de la comunicación del ejercicio de la actividad de local de alterne “Cabaret Stress” en el polígono Ibur-Erreka, S/N y cuyo titular es Sedeloto, S.L. Segundo.- Iniciar procedimiento de control posterior al inicio de la actividad de local de alterne “Cabaret Stress” en el polígono Ibur-Erreka, S/N y cuyo titular es Sedeloto, S.L. Tercero.- Que por parte del arquitecto técnico municipal se realice la actividad de control de la actividad consistente en:

a) Requerimiento de la documentación. b) Inspección del establecimiento, a fin de comprobar el cumplimiento de la normativa

urbanística y técnica aplicable a la actividad.

Cuarto.- Practicar la correspondiente liquidación tributaria de conformidad con el epígrafe E) de la Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por prestación de servicios públicos y realización de actividades:

DEUDA TRIBUTARIA ..................................................................... 22,30€.

Sexto.- Notificar el presente acuerdo a Sedeloto, S.L.

Vista la comunicación previa y declaración responsable de la actividad que presenta D. Sebastián De Agra Barreira en representación de Sedeloto, S.L. con fecha de 1 de febrero de 2018, para el ejercicio de la actividad de local de alterne “Pub Zapai” en un local situado en el polígono Ibur-Erreka de Zaldibar.

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Junta Gobierno 20/02/2018

Considerando la potestad de intervención que se reconoce a las entidades locales con posterioridad al inicio de la actividad, a efectos de verificar el cumplimiento de la normativa reguladora de la misma ( art. 84.1.d) de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y art. 69.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas). Y a propuesta de la Sra. Alcaldesa-Presidenta, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los miembros presentes, acuerda: Primero.- Tomar razón de la comunicación del ejercicio de la actividad de local de alterne “Pub Zapai” en el polígono Ibur-Erreka, S/N y cuyo titular es Sedeloto, S.L. Segundo.- Iniciar procedimiento de control posterior al inicio de la actividad de local de alterne “Pub Zapai” en el polígono Ibur-Erreka, S/N y cuyo titular es Sedeloto, S.L. Tercero.- Que por parte del arquitecto técnico municipal se realice la actividad de control de la actividad consistente en:

a) Requerimiento de la documentación. b) Inspección del establecimiento, a fin de comprobar el cumplimiento de la normativa urbanística y técnica aplicable a la actividad.

Cuarto.- Practicar la correspondiente liquidación tributaria de conformidad con el epígrafe

E) de la Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por prestación de servicios públicos y realización de actividades:

DEUDA TRIBUTARIA ..................................................................... 22,30€.

Sexto.- Notificar el presente acuerdo a Sedeloto, S.L.

Vista el acta de inspección y control de cambio de titularidad de la actividad de “ planta de clasificación y valorización de residuos no peligrosos” en la parcela “V” del polígono de Ibur Erreka realizada por el arquitecto técnico municipal de fecha 16 de febrero de 2018, y que actualmente desarrolla la empresa Txaraka Kontenedorak, S.L

Resultando que a la vista de la precitada acta y del informe emitido por el arquitecto técnico

municipal resulta que la titular de la actividad ha aportado la documentación a la que hacía mención en la declaración responsable, así como que se observa el cumplimiento de la normativa aplicable al establecimiento.

Y a propuesta de la Sra. Alcaldesa-Presidenta, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de

los miembros presentes, acuerda:

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Junta Gobierno 20/02/2018

Primero.- Tomar razón de la comunicación del cambio de titularidad de la actividad de

“planta de clasificación y valorización de residuos no peligrosos” ubicada en un local situado en una parcela del polígono de Ibur-Erreka y que actualmente desarrolla la empresa Txaraka Kontenedoreak, S.L.

Segundo.- Declarar concluido el procedimiento de control incoado el 31 de octubre de

2017, y en su virtud entender concedida desde dicha fecha la licencia de cambio de titularidad de la actividad.

Tercero.- Notificar el presente acuerdo a Txaraka Kontenedoreak, S.L.

34.-LICENCIAS DE OBRAS

Por la Sra. Alcaldesa-Presidenta se da lectura a la relación de licencias de obras que se han concedido a través del procedimiento abreviado y que son las siguientes:

-Javier González Gaitón, para reforma de la vivienda sita en Euskal Herria, 22-6ºC y con un presupuesto de ………………………………………………………………………………………………………………..………………..……………… 22.403,40 €

A propuesta de la Sra. Alcaldesa-Presidenta y por unanimidad de los miembros

presentes en la sesión, la Junta de Gobierno Local acuerda ratificar las licencias concedidas por el procedimiento abreviado y que se han relacionado anteriormente.

Vista la solicitud presentada en este Ayuntamiento por D. Francisco Javier Aramberri Odriozola en representación de la Comunidad de Propietarios Sallabente, 9, con objeto de obtener licencia de obras para asegurar los aleros de su edificio de viviendas, como consecuencia del Informe de Evaluación del Edificio que dicha comunidad realizó a su edificio y para la ocupación de vía publica en una superficie de 4 m2, durante 2 dias. Visto el informe favorable del arquitecto técnico municipal en sentido favorable, a propuesta de la Sra. Alcaldesa-Presidenta, y por unanimidad de los miembros presentes en la sesión, la Junta de Gobierno Local, acuerda:

Primero.- Conceder licencia de obras a D. Francisco Javier Aramberri Odriozola en

representación de la Comunidad de Propietarios Sallabente, 9, para asegurar los aleros de su edificio de viviendas, como consecuencia del Informe de Evaluación del Edificio que dicha comunidad realizó a su edificio, previo pago de la tasa e impuesto correspondiente, con las condiciones generales que se anexan a las licencias de obras menores y las que a continuación se señalan:

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1.-Esta licencia de obras dispondrá de un plazo máximo de tres meses para el inicio de los

trabajos y de seis meses después de iniciados para su finalización.

2.-Deberán adoptar las medidas oportunas que garanticen la seguridad del tránsito de las

personas y bienes, así como de los trabajadores.

3.-Deberán abonar las siguientes tasas correspondientes a la ocupación de la vía pública

mediante elevador: 2 DÍAS x 4,00 M2 x 0,59 € = 4,72 €.

En el supuesto que, por razón de estas obras, sea preciso ocupar más superficie de la vía

pública (contenedor, vallas, acopio de materiales, etc.), los interesados deberán solicitar

también la licencia correspondiente, con indicación de superficie y duración.

4.-Los interesados serán los responsables de los daños que como consecuencia de las

obras se puedan producir en todos los elementos de dominio público, y por lo tanto,

serán por su cuenta y cargo las reparaciones que sean necesarias.

Segundo.- Conceder a D. Francisco Javier Aramberri Odriozola en representación de la Comunidad de Propietarios Sallabente, 9 licencia para ocupar la vía publica en una superficie 4m2, y durante dos días.

Tercero.- Aprobar la correspondiente liquidación tributaria de conformidad con el

epígrafe E) de la Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por prestación de servicios públicos y realización de actividades, y que asciende a la cantidad de 22,30 €.

Cuarto.- Aprobar la liquidación provisional del Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras recogido en la correspondiente Ordenanza Fiscal aprobada por el Pleno en sesión extraordinaria de fecha 23 de octubre del 2014, y que asciende a la cantidad de 24,84€ teniendo en cuenta que junto con la solicitud los interesados han presentado un presupuesto de ejecución material de los trabajos de 1.801,00 €, del cual están exentas de tasas municipales todas las partidas a excepción de la de medios auxiliares, la cual se valora en 621,00 €.

Quinto.- Aprobar la liquidación tributaria provisional de la Tasa por la utilización privativa

o el aprovechamiento especial del dominio público municipal de conformidad con la correspondiente Ordenanza Fiscal aprobada por el Pleno en sesión extraordinaria de fecha 23 de abril de 2015:

4 m2 x 0,59 m2/día x 2dias= 4,72 € Sexto.- Notificar el presente acuerdo a D. Francisco Javier Aramberri Odriozola en

representación de la Comunidad de Propietarios Sallabente, 9.

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Junta Gobierno 20/02/2018

Vista la documentación presentada en este Ayuntamiento por don Sebastián de Agra Barreira, en representación de Sedeloto, S.L., con objeto de legalizar las obras realizadas en el local en el que se ha legalizado la actividad del “Pub Zapai”.

Visto el informe favorable condicionado del arquitecto técnico municipal y a propuesta de la

Sra. Alcaldesa-Presidenta y por unanimidad de los miembros presentes en la sesión, la Junta de Gobierno Local, acuerda:

Primero.- Legalizar las obras realizadas por Sedeloto S.L., en el local en el que ha

legalizado la actividad del “Pub Zapai” .

Segundo.- Practicar la correspondiente liquidación tributaria de conformidad con el epígrafe E) de la Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por prestación de servicios públicos y realización de actividades:

DEUDA TRIBUTARIA................................................................ 22,30 €

Tercero.- Aprobar la liquidación provisional del Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras recogido en la correspondiente Ordenanza Fiscal aprobada por el Pleno en sesión extraordinaria de fecha 23 de octubre de 2014:

Presupuesto: 2.002,23 € Tarifa : 4%

DEUDA TRIBUTARIA....................... 80,09€ Cuarto.- Notificar el presente acuerdo a Sedeloto, S.L.

35.- SOLICITUDES DE ACOMETIDA DE AGUA

Vista la instancia presentada por don Rafael Romero en nombre y representación de

Gestión de Infraestructuras de Bizkaia, S.A., de fecha 12 de febrero del actual, en la que solicita

la concesión de acometida de agua para las instalaciones del nuevo peaje de Ermua en la

autopisa AP-8.

Y previa deliberación sobre el tema, y por unanimidad de los miembros presentes, la

Junta de Gobierno Local acuerda:

Primero.- Conceder a Gestión de Infraestructuras de Bizkaia, S.A. la acometida de agua

solicitada para las instalaciones del nuevo peaje de Ermua en la autopisa AP-8.

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Junta Gobierno 20/02/2018

Segundo.- Notificar el presente acuerdo a don Rafael Romero en nombre y

representación de Gestión de Infraestructuras de Bizkaia, S.A. 36.- ADHESIÓN, SI PROCEDE, DEL AYUNTAMIENTO DE ZALDIBAR AL RECURSO

UNIFICADO QUE SE VA A PRESENTAR CONTRA EL PROYECTO DE LINEA DE ALTA

TENSION GUEÑES-ITSASO

Visto el escrito dirigido al Ayuntamiento de Zaldibar en relación con el proyecto de la

línea de alta tensión Gueñes-Itsaso, en el sentido de unirse varios ayuntamientos para la

presentación de un recurso unificado en contra de dicho proyecto, que ha conseguido

recientemente la autorización administrativa.

Resultando que en dicho escrito se comunica que el llevar adelante este recurso unificado

va a suponer hacer frente a una serie de gastos, para pagar al perito, al abogado y a un

especialista en esta materia, y que habiéndose puesto en contacto con un despacho

especializado en medio ambiente y con un abogado, estos han informado que el coste puede ser

de unos 15.000,00 €.

Visto que en el escrito se propone contratar a la empresa Anbientalia 21 para hacer los informes de los peritos y los trabajos precisos en el ámbito medio ambiental; y al abogado Daniel Maeztu Perez para preparar los argumentos jurídicos.

Resultando que el Ayuntamiento de Zaldibar aprobó una moción en contra de la línea de alta tensión Gueñes-Itsaso y está dispuesto a hacer todos los esfuerzos posibles para que no se causen daños a los vecinos de Zaldibar y al medio ambiente.

Y a propuesta de la Sra. Alcaldesa-Presidenta, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los cuatro miembros presentes, acuerda:

Primero.- La adhesión del Ayuntamiento de Zaldibar al recurso unificado que se va a presentar contra el proyecto de la línea de alta tensión Gueñes-Itsaso.

Segundo.- Notificar el presente acuerdo a los Ayuntamientos de Arrankudiaga-Zollo, Igorre, Lemoa y Elgeta.

37.-SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE AVAL Dada cuenta de la solicitud presentada por doña Ana Isabel González Renedo, en representación de la empresa Giroa, S.A.U., para la devolución del aval constituido para garantizar la correcta instalación de caldera (sistema District Heating) en el CEP de Zaldibar, por la cantidad de 16.110,15 €.

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Visto el informe favorable del arquitecto técnico municipal y de Intervención.

Y previa deliberación sobre el tema y a propuesta de la señora Alcaldesa-Presidenta, la Junta de Gobierno, por unanimidad de los miembros presentes, acuerda:

Primero.- Que se proceda a la devolución del aval presentado por la empresa Giroa, S.A.U.,

para garantizar la correcta instalación de caldera (Sistema District Heating) en el CEP de Zaldibar, por la cantidad de 16.110,15€.

Segundo.- Notificar el presente acuerdo a Giroa, S.A.U. 38.- PRORROGAR, SI PROCEDE, EL CONTRATO DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE VARIOS LOCALES E INMUEBLES MUNICIPALES

Visto el contrato que se firmó el 26 de abril de 2016 con la empresa Comercial de

Limpieza Villar, S.A., para la limpieza de varios locales e inmuebles municipales, y en el que se indicaba que el plazo de duración del contrato sería de dos años contados a partir de 1 de mayo de 2016, siendo susceptible la prórroga por mutuo acuerdo, sin que la duración total de esta, pudiera exceder de un año. Y a propuesta de la Alcaldía-Presidencia, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los miembros presentes acuerda:

Primero.- Prorrogar por un año desde el día 1 de mayo 2018 al 30 de abril de 2019 el

contrato de limpieza de varios locales e inmuebles municipales que el Ayuntamiento de Zaldibar tiene con la empresa Comercial de Limpieza Villar, S.A.

Segundo.- Notificar el presente acuerdo a Comercial de Limpieza Villar, S.A.

39- APROBACION, SI PROCEDE, DEL EXPEDIENTE PARA LA ENAJENACIÓN O SUBSIDIARIAMENTE EL ARRENDAMIENTO DE CINCO PLAZAS DE GARAJE EN LA CALLE AUTONOMÍA DE ZALDIBAR

Visto el expediente incoado para la enajenación mediante concurso, o subsidiariamente el

arrendamiento, de las siguientes parcelas de garajes:

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Junta Gobierno 20/02/2018

Número Uno: Parcela de garaje n.º 5, en la planta semisótano, de 9,90 m2 útiles y de 21,36 m2

útiles a efectos del cómputo de V.P.O., que linda: al Norte con parcela 6; al Este con pasillo de

rodadura; al Sur, con parcela 4 y, al Oeste, con muro de contención. Cuota de participación: Con

relación a la Comunidad general un 0,85% y con relación a la subcomunidad de la planta de

semisótano, 1/27.

Inscripción Registral: Registro de la Propiedad de Durango. Tomo 1632, Libro 46 de Zaldibar,

Folio 115, Finca 2.532.

Número Dos: Parcela de garaje n.º 6, en la planta semisótano, de 9,90 m2 útiles y de

21,36 m2 útiles a efectos del cómputo de V.P.O., que linda: al Norte con parcela 7, al; al Este con

pasillo de rodadura; al Sur, con parcela 5 y, al Oeste, con muro de contención. Cuota de

participación: Con relación a la Comunidad general un 0,85% y con relación a la subcomunidad

de la planta de semisótano, 1/27.

Inscripción Registral: Registro de la Propiedad de Durango. Tomo 1632, Libro 46 de Zaldibar,

Folio 117, Finca 2.533.

Número Tres: Parcela de garaje n.º 7, en la planta semisótano, de 9,90 m2 útiles y de

21,36 m2 útiles a efectos del cómputo de V.P.O., que linda: al Norte con parcela n.º 8; al Este con

pasillo de rodadura; al Sur, con parcela 6 y, al Oeste, con muro de contención. Cuota de

participación: Con relación a la Comunidad general un 0,85% y con relación a la subcomunidad

de la planta de semisótano, 1/27.

Inscripción Registral: Registro de la Propiedad de Durango. Tomo 1632, Libro 46 de Zaldibar,

Folio 119, Finca 2.534.

Número Cuatro: Parcela de garaje n.º 19, en la planta semisótano, de 9,90 m2 útiles y de 21,36

m2 útiles a efectos del cómputo de V.P.O., que linda: al Norte con parcela 20; al Este con muro de

contención; al Sur, con ascensor de acceso a portal 14 y, al Oeste, con pasillo de rodadura. Cuota

de participación: Con relación a la Comunidad general un 0,85% y con relación a la

subcomunidad de la planta de semisótano, 1/27.

Inscripción Registral: Registro de la Propiedad de Durango. Tomo 1632, Libro 46 de Zaldibar,

Folio 129, Finca 2.539.

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Junta Gobierno 20/02/2018

Número Cinco: : Parcela de garaje n.º 23, en la planta semisótano, de 9,90 m2 útiles y de 21,36

m2 útiles a efectos del cómputo de V.P.O., que linda: al Norte con ascensor de acceso al portal; al

Este con muro de contención; al Sur, con parcela n.º 22 y, al Oeste, con pasillo de rodadura. Cuota

de participación: Con relación a la Comunidad general un 0,85% y con relación a la

subcomunidad de la planta de semisótano, 1/27.

Inscripción Registral: Registro de la Propiedad de Durango. Tomo 1632; Libro 46 de Zaldibar,

Folio 137, Finca 2.543.

Visto el pliego de condiciones jurídicas y económicas para la enajenación, o

subsidiariamente el arrendamiento, de los garajes de los números 14 y 16 de la calle Autonomía

de Zaldibar, así como el informe de Secretaria.

Resultando que en el informe realizado por el arquitecto asesor municipal se indica que

el valor del alquiler se fija en 40€/ mes, haciendo un total de 480,00 €, y viendo que hasta

ahora el tipo de licitación es de 360, 00 € al año, más IVA., se considera por la Junta de

Gobierno conveniente el seguir manteniendo el tipo de licitación en la cantidad de 360,00 € al

año, más IVA.

Y a propuesta de la Sra. Alcaldesa-Presidenta, la Junta de Gobierno Local, por

unanimidad de los miembros presentes, acuerda:

Primero.- Proceder a la enajenación o, subsidiariamente, el arrendamiento, mediante

concurso, de las parcelas de garaje anteriormente indicadas.

Segundo.- Aprobar el expediente para la enajenación o, subsidiariamente, el

arrendamiento, mediante concurso de las parcelas de garaje arriba mencionadas, por un precio

cada una de 14.000,00 €( enajenación), o 360,00 €/año + IVA (arrendamiento)

Tercero.- Aprobar el pliego de condiciones jurídicas y económicas que va a regir la

enajenación o, subsidiariamente, el arrendamiento mediante concurso de las parcelas de garaje

anteriormente mencionadas.

Cuarto.- Disponer la apertura del procedimiento de concurso y anunciar el mismo en el

tablón de anuncios y en el Boletín Oficial de Bizkaia.

Quinto.- Dar cuenta de esta resolución al órgano competente de la Diputación Foral de

Bizkaia.

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Junta Gobierno 20/02/2018

40.- RECURSOS DE REPOSICION SOBRE EL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE

VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA

Visto el recurso de reposición interpuesto el 17 de noviembre de 2017 por D. José Antonio Moreno Cerros, en el que solicita la anulación de la liquidación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana con número 20170045, por la no existencia de manifestación de capacidad económica por causa de la concurrencia de una minusvalía económica en la transmisión del inmueble al mediar un precio de venta inferior al originario de adquisición.

Visto el informe emitido al respecto por la empresa Gesmunpal, S.A., como adjudicataria

del servicio de liquidación del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de

naturaleza urbana del Ayuntamiento de Zaldibar, en el que se indica que revisada la

documentación adjunta a la solicitud se comprueba que en virtud del VMA del suelo para el

inmueble con número fijo U8705875F en las fechas de adquisición y venta, resulta:

FECHA VMA SUELO ( Reducción 60%

12/08/2008 72.265,51 €

29/06/2017 32.959,08€

DECREMENTO

-39.306,43€

Y que por lo tanto la liquidación nº 20170045 resulta incorrecta por existir un decremento

de valor del bien en cuestión y tan solo cabe la estimación de la pretensión del recurrente.

Considerando lo dispuesto en el Decreto Foral Normativo 3/2017, de 20 de junio, por el

que se modifica la Norma Foral 8/1989, de 30 de junio, sobre el Incremento del Valor de los

Terrenos de Naturaleza Urbana.

Y previa deliberación sobre el tema la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los

miembros presentes, acuerda:

Primero.- Estimar el recurso de reposición presentado por D. José Antonio Moreno

Cerros frente a la liquidación Nº 20170045 del Impuesto sobre el incremento del valor de los

terrenos de naturaleza urbana, por importe de 46,63 €.

Segundo.- Devolver el importe al recurrente, correspondiente a la liquidación Nº

20170045 ahora anulada, en el número de cuenta que indique.

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Junta Gobierno 20/02/2018

Visto el recurso de reposición interpuesto el 17 de noviembre de 2017 por Doña Edurne Moreno Cerros, en el que solicita la anulación de la liquidación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana con número 20170046, por la no existencia de manifestación de capacidad económica por causa de la concurrencia de una minusvalía económica en la transmisión del inmueble al mediar un precio de venta inferior al originario de adquisición.

Visto el informe emitido al respecto por la empresa Gesmunpal, S.A., como adjudicataria

del servicio de liquidación del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de

naturaleza urbana del Ayuntamiento de Zaldibar, en el que se indica que revisada la

documentación adjunta a la solicitud se comprueba que en virtud del VMA del suelo para el

inmueble con número fijo U8705875F en las fechas de adquisición y venta, resulta:

FECHA VMA SUELO ( Reducción 60%

12/08/2008 72.265,51 €

29/06/2017 32.959,08€

DECREMENTO

-39.306,43€

Y que por lo tanto la liquidación nº 20170046 resulta incorrecta por existir un decremento

de valor del bien en cuestión y tan solo cabe la estimación de la pretensión del recurrente.

Considerando lo dispuesto en el Decreto Foral Normativo 3/2017, de 20 de junio, por el

que se modifica la Norma Foral 8/1989, de 30 de junio, sobre el Incremento del Valor de los

Terrenos de Naturaleza Urbana.

Y previa deliberación sobre el tema la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los

miembros presentes, acuerda:

Primero.- Estimar el recurso de reposición presentado por D. Edurne Moreno Cerros

frente a la liquidación Nº 20170046 del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de

naturaleza urbana, por importe de 46,63 €.

Segundo.- Devolver el importe al recurrente, correspondiente a la liquidación Nº

20170046 ahora anulada, en el número de cuenta que indique.

Visto el recurso de reposición interpuesto el 17 de noviembre de 2017 por Doña Maria Rosario Moreno Cerros, en el que solicita la anulación de la liquidación del Impuesto sobre

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el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana con número 20170047, por la no existencia de manifestación de capacidad económica por causa de la concurrencia de una minusvalía económica en la transmisión del inmueble al mediar un precio de venta inferior al originario de adquisición.

Visto el informe emitido al respecto por la empresa Gesmunpal, S.A., como adjudicataria

del servicio de liquidación del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de

naturaleza urbana del Ayuntamiento de Zaldibar, en el que se indica que revisada la

documentación adjunta a la solicitud se comprueba que en virtud del VMA del suelo para el

inmueble con número fijo U8705875F en las fechas de adquisición y venta, resulta:

FECHA VMA SUELO ( Reducción 60%

12/08/2008 72.265,51 €

29/06/2017 32.959,08€

DECREMENTO

-39.306,43€

Y que por lo tanto la liquidación nº 20170047 resulta incorrecta por existir un decremento

de valor del bien en cuestión y tan solo cabe la estimación de la pretensión del recurrente.

Considerando lo dispuesto en el Decreto Foral Normativo 3/2017, de 20 de junio, por el

que se modifica la Norma Foral 8/1989, de 30 de junio, sobre el Incremento del Valor de los

Terrenos de Naturaleza Urbana.

Y previa deliberación sobre el tema la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los

miembros presentes, acuerda:

Primero.- Estimar el recurso de reposición presentado por D. Maria Rosario Moreno

Cerros frente a la liquidación Nº 20170047 del Impuesto sobre el incremento del valor de los

terrenos de naturaleza urbana, por importe de 46,63 €.

Segundo.- Devolver el importe al recurrente, correspondiente a la liquidación Nº

20170047 ahora anulada, en el número de cuenta que indique.

Visto el recurso de reposición interpuesto el 17 de noviembre de 2017 por D. David Moreno Cerros, en el que solicita la anulación de la liquidación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana con número 20170048, por la no existencia de manifestación de capacidad económica por causa de la concurrencia de una

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minusvalía económica en la transmisión del inmueble al mediar un precio de venta inferior al originario de adquisición.

Visto el informe emitido al respecto por la empresa Gesmunpal, S.A., como adjudicataria

del servicio de liquidación del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de

naturaleza urbana del Ayuntamiento de Zaldibar, en el que se indica que revisada la

documentación adjunta a la solicitud se comprueba que en virtud del VMA del suelo para el

inmueble con número fijo U8705875F en las fechas de adquisición y venta, resulta:

FECHA VMA SUELO ( Reducción 60%

12/08/2008 72.265,51 €

29/06/2017 32.959,08€

DECREMENTO

-39.306,43€

Y que por lo tanto la liquidación nº 20170048 resulta incorrecta por existir un decremento

de valor del bien en cuestión y tan solo cabe la estimación de la pretensión del recurrente.

Considerando lo dispuesto en el Decreto Foral Normativo 3/2017, de 20 de junio, por el

que se modifica la Norma Foral 8/1989, de 30 de junio, sobre el Incremento del Valor de los

Terrenos de Naturaleza Urbana.

Y previa deliberación sobre el tema la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los

miembros presentes, acuerda:

Primero.- Estimar el recurso de reposición presentado por Dña. David Moreno Cerros

frente a la liquidación Nº 20170048 del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de

naturaleza urbana, por importe de 46,63 €.

Segundo.- Devolver el importe al recurrente, correspondiente a la liquidación Nº

20170048 ahora anulada, en el número de cuenta que indique.

Visto el recurso de reposición interpuesto el 17 de noviembre de 2017 por D. Juan Luis Moreno Cerros, en el que solicita la anulación de la liquidación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana con número 20170049, por la no existencia de manifestación de capacidad económica por causa de la concurrencia de una minusvalía económica en la transmisión del inmueble al mediar un precio de venta inferior al originario de adquisición.

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Junta Gobierno 20/02/2018

Visto el informe emitido al respecto por la empresa Gesmunpal, S.A., como adjudicataria

del servicio de liquidación del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de

naturaleza urbana del Ayuntamiento de Zaldibar, en el que se indica que revisada la

documentación adjunta a la solicitud se comprueba que en virtud del VMA del suelo para el

inmueble con número fijo U8705875F en las fechas de adquisición y venta, resulta:

FECHA VMA SUELO ( Reducción 60%

12/08/2008 72.265,51 €

29/06/2017 32.959,08€

DECREMENTO

-39.306,43€

Y que por lo tanto la liquidación nº 20170049 resulta incorrecta por existir un decremento

de valor del bien en cuestión y tan solo cabe la estimación de la pretensión del recurrente.

Considerando lo dispuesto en el Decreto Foral Normativo 3/2017, de 20 de junio, por el

que se modifica la Norma Foral 8/1989, de 30 de junio, sobre el Incremento del Valor de los

Terrenos de Naturaleza Urbana.

Y previa deliberación sobre el tema la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los

miembros presentes, acuerda:

Primero.- Estimar el recurso de reposición presentado por D. Juan Luis Moreno Cerros

frente a la liquidación Nº 20170049 del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de

naturaleza urbana, por importe de 46,63 €.

Segundo.- Devolver el importe al recurrente, correspondiente a la liquidación Nº

20170049 ahora anulada, en el número de cuenta que indique.

Visto el recurso de reposición interpuesto el 17 de noviembre de 2017 por Doña Francisca Moreno Cerros, en el que solicita la anulación de la liquidación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana con número 20170050, por la no existencia de manifestación de capacidad económica por causa de la concurrencia de una minusvalía económica en la transmisión del inmueble al mediar un precio de venta inferior al originario de adquisición.

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Junta Gobierno 20/02/2018

Visto el informe emitido al respecto por la empresa Gesmunpal, S.A., como adjudicataria

del servicio de liquidación del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de

naturaleza urbana del Ayuntamiento de Zaldibar, en el que se indica que revisada la

documentación adjunta a la solicitud se comprueba que en virtud del VMA del suelo para el

inmueble con número fijo U8705875F en las fechas de adquisición y venta, resulta:

FECHA VMA SUELO ( Reducción 60%

12/08/2008 72.265,51 €

29/06/2017 32.959,08€

DECREMENTO

-39.306,43€

Y que por lo tanto la liquidación nº 20170050 resulta incorrecta por existir un decremento

de valor del bien en cuestión y tan solo cabe la estimación de la pretensión del recurrente.

Considerando lo dispuesto en el Decreto Foral Normativo 3/2017, de 20 de junio, por el

que se modifica la Norma Foral 8/1989, de 30 de junio, sobre el Incremento del Valor de los

Terrenos de Naturaleza Urbana.

Y previa deliberación sobre el tema la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los

miembros presentes, acuerda:

Primero.- Estimar el recurso de reposición presentado por Doña Francisca Moreno

Cerros frente a la liquidación Nº 20170050 del Impuesto sobre el incremento del valor de los

terrenos de naturaleza urbana, por importe de 46,63 €.

Segundo.- Devolver el importe al recurrente, correspondiente a la liquidación Nº

20170050 ahora anulada, en el número de cuenta que indique.

Visto el recurso de reposición interpuesto el 17 de noviembre de 2017 por D. Francisco Javier Moreno Cerros, en el que solicita la anulación de la liquidación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana con número 20170051, por la no existencia de manifestación de capacidad económica por causa de la concurrencia de una minusvalía económica en la transmisión del inmueble al mediar un precio de venta inferior al originario de adquisición.

Visto el informe emitido al respecto por la empresa Gesmunpal, S.A., como adjudicataria

del servicio de liquidación del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de

naturaleza urbana del Ayuntamiento de Zaldibar, en el que se indica que revisada la

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Junta Gobierno 20/02/2018

documentación adjunta a la solicitud se comprueba que en virtud del VMA del suelo para el

inmueble con número fijo U8705875F en las fechas de adquisición y venta, resulta:

FECHA VMA SUELO ( Reducción 60%

12/08/2008 72.265,51 €

29/06/2017 32.959,08€

DECREMENTO

-39.306,43€

Y que por lo tanto la liquidación nº 20170051 resulta incorrecta por existir un decremento

de valor del bien en cuestión y tan solo cabe la estimación de la pretensión del recurrente.

Considerando lo dispuesto en el Decreto Foral Normativo 3/2017, de 20 de junio, por el

que se modifica la Norma Foral 8/1989, de 30 de junio, sobre el Incremento del Valor de los

Terrenos de Naturaleza Urbana.

Y previa deliberación sobre el tema la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los

miembros presentes, acuerda:

Primero.- Estimar el recurso de reposición presentado por D. Francisco Javier Moreno

Cerros frente a la liquidación Nº 20170051 del Impuesto sobre el incremento del valor de los

terrenos de naturaleza urbana, por importe de 46,63 €.

Segundo.- Devolver el importe al recurrente, correspondiente a la liquidación Nº

20170051 ahora anulada, en el número de cuenta que indique.

Visto el recurso de reposición interpuesto el 17 de noviembre de 2017 por Doña Estrella Moreno Cerros, en el que solicita la anulación de la liquidación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana con número 20170052, por la no existencia de manifestación de capacidad económica por causa de la concurrencia de una minusvalía económica en la transmisión del inmueble al mediar un precio de venta inferior al originario de adquisición.

Visto el informe emitido al respecto por la empresa Gesmunpal, S.A., como adjudicataria

del servicio de liquidación del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de

naturaleza urbana del Ayuntamiento de Zaldibar, en el que se indica que revisada la

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Junta Gobierno 20/02/2018

documentación adjunta a la solicitud se comprueba que en virtud del VMA del suelo para el

inmueble con número fijo U8705875F en las fechas de adquisición y venta, resulta:

FECHA VMA SUELO ( Reducción 60%

12/08/2008 72.265,51 €

29/06/2017 32.959,08€

DECREMENTO

-39.306,43€

Y que por lo tanto la liquidación nº 20170052 resulta incorrecta por existir un decremento

de valor del bien en cuestión y tan solo cabe la estimación de la pretensión del recurrente.

Considerando lo dispuesto en el Decreto Foral Normativo 3/2017, de 20 de junio, por el

que se modifica la Norma Foral 8/1989, de 30 de junio, sobre el Incremento del Valor de los

Terrenos de Naturaleza Urbana.

Y previa deliberación sobre el tema la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los

miembros presentes, acuerda:

Primero.- Estimar el recurso de reposición presentado por Doña Estrella Moreno Cerros

frente a la liquidación Nº 20170052 del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de

naturaleza urbana, por importe de 46,63 €.

Segundo.- Devolver el importe al recurrente, correspondiente a la liquidación Nº

20170052 ahora anulada, en el número de cuenta que indique.

41.- APROBACION SI PROCEDE DEL PADRON DEL IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA AÑO 2018 Se da cuenta del Padrón Municipal para el ejercicio 2018 en relación con el Impuesto Municipal sobre Vehículos de Tracción Mecánica con un importe total de 169.161,82€ y con un total de vehículos de dos mil noventa y dos. A propuesta de la Alcaldesa-Presidenta y por unanimidad de los miembros presentes, la Junta de Gobierno Local, acuerda:

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Primero.- Aprobar el Padrón Municipal para el ejercicio 2018 en relación con el Impuesto Municipal sobre Vehículos de Tracción Mecánica, en los mismos términos que se ha confeccionado. Segundo.- Publicar en los sitios de costumbre en el municipio y en el B.O.B. por espacio de quince días a efectos de reclamaciones.

42.- ADJUDICACION DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LOS EQUIPOS INFORMATICOS DEL AYUNTAMIENTO DE ZALDIBAR EN EL AÑO 2018 POR CONTRATO MENOR

Ante la necesidad de este Ayuntamiento de contratar el servicio de mantenimiento de los equipos informáticos para el periodo comprendido entre 1 de marzo de 2018 y 28 de febrero de 2019, estimándose conveniente el proceder a la contratación del servicio para la realización del mismo a través de una empresa externa.

Visto que a tales efectos, por la empresa RICOH ESPAÑA, SLU se ha presentado un

presupuesto para la prestación del citado servicio, que asciende a la cantidad de 4.501,20€ al año, (IVA incluido).

Considerando que por la cuantía del mismo se trata de un contrato menor y le resulta de aplicación las disposiciones de contratos menores contenidas en los artículos 23.3, 111, 138.3 y 156.2 del texto refundido de la ley de contratos del sector público, a propuesta de la Sra. Alcaldesa-Presidenta, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los miembros presentes acuerda:

Primero.- Aprobar el gasto relativo a la contratación del servicio de mantenimiento de

los equipos informáticos del Ayuntamiento de Zaldibar para el periodo comprendido entre el 1 de marzo de 2018 y el 28 de febrero de 2019, por importe de 4.501,20€, (IVA incluido).

Segundo.- Contratar con empresa RICOH ESPAÑA, SLU el servicio de mantenimiento de

los equipos informáticos del Ayuntamiento de Zaldibar para el periodo comprendido entre el 1 de marzo de 2018 y el 28 de febrero de 2019, por importe de 3.720,00 +781,20€ (21%IVA), haciendo un total de 4.501,20 €.

Tercero.- El plazo total para la prestación del servicio es desde el 1 de marzo de 2018 hasta 28 de febrero de 2019. Cuarto.- El pago de la prestación del servicio se realizará previa emisión por la adjudicataria de la factura correspondiente y previa aprobación de la misma por el órgano

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competente. El pago se realizará en doce mensualidades por un importe de 310,00 € + IVA cada una. Quinto.- Notificar el presente acuerdo a RICOH ESPAÑA, SLU 43.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO

CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2017

Visto el expediente de liquidación del Presupuesto Municipal del año 2017 y los informes

emitidos por Intervención, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Norma Foral 10/2003, de 2 de diciembre, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia y cuyo resumen se concreta de la siguiente forma:

REMANENTE LIQUIDO DE TESORERIA - PRESUPUESTO 2017

a) Deudores pendientes de cobro 216.757,99

+ De Presupuesto de Ingresos, corriente 73.729,54 + De Presupuesto de Ingresos, cerrados 129.221,70 + De Otras Operaciones No Presupuestarias 13.806,75

- Ingresos Pendientes de Aplicación

b) Acreedores pendientes de pago 773.340,17 + De Presupuesto de Gastos, corriente 25.425,02 + De Presupuesto de Gastos, cerrados 0,00 + De Otras Operaciones No Presupuestarias 747.925,15 - Pagos Pendientes de Aplicación 0,00

c) Fondos Líquidos de Tesorería 1.737.264,91 d) Remanente Líquido de Tesorería 1.180.672,73 ( a –b + c) e) Remanente para Gastos con F.Afectada 6.403,32 f) Saldos de dudoso cobro 124.289,32 f) Remanente para Gastos Generales 1.049.980,09 ( d – e – f))

RESULTADO PRESUPUESTARIO - PRESUPUESTO 2017

a) Derechos reconocidos netos 3.051.695,58 b) Obligaciones reconocidas netas 2.909.590,57 c) Ingresos y Beneficios de ejerc. Cerrados 0,00

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d) Derechos anulados de ejerc. Cerrados 0,00 e)(a-b) + ( c-d) 142.105,01 f) Gastos financiados con remanente líquido de tesorería 287.743,00 g) Desviaciones positivas de financiación imputables al ejercicio -6.403,32 h) Desviaciones negativas de financiación imputables al ejercicio 0,00 i) Resultado Presupuestario Ajustado ( E+F-G+H) 423.444,69

Y después de un detenido examen de los documentos aportados y de los estados numéricos que integran dicha liquidación, y a propuesta de la Sra. Alcaldesa-Presidenta, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los miembros presentes, acuerda:

Primero.- Aprobar la liquidación correspondiente al año 2017 en los propios términos

que se ha confeccionado. Segundo.- Dar cuenta de dicha aprobación al Pleno. Tercero.- Remitir una copia de la liquidación a la Diputación Foral de Bizkaia, antes de

finalizar el mes siguiente a su aprobación.

Concluido el examen de los asuntos incluidos en el orden del día y antes de pasar al turno de ruegos y preguntas, por la Alcaldía-Presidencia se propone el someter a la consideración de la Junta el asunto que a continuación se detalla, siendo aceptado por unanimidad de los miembros presentes: SOLICITUD DE FRACCIONAMIENTO DE PAGO.

Se da lectura al escrito presentado por don Said Rebroubrebroub, de fecha 15 de febrero del actual, mediante el cual solicita un fraccionamiento del pago de la deuda correspondiente a las tasas por Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (Expte.2018/002961), que asciende a la cantidad de 195,59 €, en pagos mensuales de 40€ el día 5 de cada mes. Y previa deliberación sobre el tema y a propuesta de la Alcaldía-Presidencia por unanimidad de los miembros presentes en la sesión, la Junta de Gobierno Local acuerda:

Primero.- Conceder a don Said Rebroubrebroub, el fraccionamiento solicitado para el pago de la deuda correspondiente al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica y que asciende a la cantidad de 195,59€, fraccionándose los pagos de la siguiente manera:

5 de marzo ………………….. 40,00 € 5 de abril ………………….. 40,00 € 5 de mayo ………………….. 40,00 €

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5 de junio ………………….. 40,00 € 5 de julio ………………….. 35,59 €

Segundo.- Notificar el presente acuerdo a don Said Rebroubrebroub.

44.-RUEGOS Y PREGUNTAS

No hubo. Y no habiendo más asuntos que tratar, por la Sra. Alcaldesa-Presidenta se dio por finalizada la

sesión siendo las ocho horas y treinta y cinco minutos de todo lo cual, yo, la Secretaria-Interventora, doy fe.

Vº Bº

La Alcaldesa, La Secretaria-Interventora