junta de educación y junta administrativa

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Resumen: Junta de educación y junta administrativa

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Page 1: Junta de educación y junta administrativa

Universidad de Costa RicaSede del Atlántico/Recinto de

Guápiles

Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas

del Ministerio de Educación Pública

Page 2: Junta de educación y junta administrativa

¿Qué son?

• El Ministerio de Educación Pública, MEP (2013) las define en su Artículo 2 como “Organismos auxiliares de la Administración Pública y les corresponde coordinar, con el respectivo director del centro educativo, el desarrollo de los programas, proyectos y servicios de apoyo, de acuerdo con las necesidades y prioridades establecidas en el Plan Anual de Trabajo (PAT) del centro educativo.”(p.3).

Page 3: Junta de educación y junta administrativa

Contexto en que se debe desarrollar:• Artículo 16: “El nombramiento de las Juntas de

centros educativos localizados en los 24 territorios indígenas reconocidos se realizará de conformidad con lo establecido en el Decreto Ejecutivo N° 37801-MEP, Reforma del Subsistema de Educación Indígena, publicado en La Gaceta N° 135 del 15 de julio de 2013”. (p.5).

Page 4: Junta de educación y junta administrativa

Ciclos educativos donde apoya la Junta de Educación y la Junta Administrativa:

• El Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas (2013) del Ministerio de Educación Pública no establece un sector específico (escuelas o colegios) donde debe ejercer funciones, sin embargo, al ser órganos auxiliares de la Administración Pública constituyen la base para el funcionamiento de los centros educativos públicos (p.1).

Page 5: Junta de educación y junta administrativa

Alcances: algunas de las funciones de la Junta de Educación y Junta

Administrativa que involucran el sistema educativo, según el MEP (2013):

• Artículo 30: “Las Juntas de Educación y las Juntas Administrativas deberán orientar sus acciones a la atención de las necesidades y prioridades del centro educativo y de la población estudiantil, de conformidad con lo establecido en el Plan Anual de Trabajo del centro educativo” (p.7).

Page 6: Junta de educación y junta administrativa

• Artículo 31: “Corresponde al director del centro educativo, como administrador general del mismo, coordinar con la Junta la formulación del Plan Anual de Trabajo (PAT), con el fin de precisar y priorizar las necesidades del centro educativo y de la población estudiantil”.

• Formular el presupuesto del centro educativo con base en el Plan Anual de Trabajo (PAT), respetando las necesidades y prioridades establecidas.

Page 7: Junta de educación y junta administrativa

• Remitir al Departamento de Servicios Administrativos y Financieros de la Dirección Regional de Educación, para su aprobación, el presupuesto anual del centro educativo, así como las correspondientes modificaciones presupuestarias.

• Administrar y ejecutar de manera oportuna, eficiente y transparente los recursos públicos que les hayan sido transferidos, respetando el destino establecido según fuente de financiamiento, así como los lineamientos dictados en cada caso por las dependencias competentes.

Page 8: Junta de educación y junta administrativa

• Proveer los bienes y servicios requeridos para el funcionamiento operativo del centro educativo, tanto a nivel administrativo como académico.

• Promover y gestionar el desarrollo de proyectos para el mejoramiento de la infraestructura física del centro educativo, relacionados con mantenimiento preventivo, recurrente y correctivo de todas las instalaciones, así como de nuevas obras.

Page 9: Junta de educación y junta administrativa

• Promover y gestionar el desarrollo de proyectos para la dotación de mobiliario y equipo para apoyar procesos académicos y administrativos.

• Promover y gestionar los procesos relacionados con la prestación del servicio del comedor estudiantil, en sus diversas modalidades.

• Promover y gestionar los procesos relacionados con la prestación del servicio de transporte estudiantil, en sus distintas modalidades.

Page 10: Junta de educación y junta administrativa

Limitaciones de la Junta de educación y la Junta administrativa:

• Falta de compromiso de los integrantes de las juntas hacia el establecimiento de objetos y el cumplimiento de los mismos.

• Necesidad de trabajar en equipo.• Es necesario una correcta administración de los

recursos económico.• Fatal de proyección de las juntas a nivel

comunitario.• Se les limita en el cumplimiento de objetivos en

pro del desarrollo educativo debido a los limitados recursos con que disponen.

Page 11: Junta de educación y junta administrativa

Bibliografía:

• Ministerio de Educación Pública, MEP (2013). Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas del Ministerio de Educación Pública. San José, Costa Rica. Disponible en: http://www.apse.or.cr/webapse/legdoc/leg05.htm